Antecedentes Derecho Laboral

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Este archivo habla sobre todos los antecedentes del derecho laboral, desde sus inicios.

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ANTECEDENTES DEL DERECHO EN LA ANTIGEDAD Como antecedente a cualquier derecho laboral, podemos citar las Leyes de Marcu donde aparecen por primera vez en la historia limitaciones sobre las horas de jornada laboral, de modo que se aprovechase al mximo las horas de luz a la vez que se cuidaba de no sobreexplotar a los trabajadores.ANTECEDENTES DEL DERECHO LABORAL DURANTE LA ROMA CLSICADurante la poca del Imperio Romano, el hombre se consideraba un cmulo de virtudes dentro de las cuales no exista el concepto de trabajo. Consideraban que nicamente las bestias y los esclavos deban trabajar.Con este tipo de conceptos sobre el trabajo, no es de extraar que en roma no existiera el derecho Laboral y mucho menos que hubiesen leyes al respecto. Era mucho ms importante legislar el sector humano en cuestiones civiles, y por tanto fue el Derecho Civil el que caracteriz el mundo jurdico de la antigua Roma.A pesar de que la agricultura formaba parte de las principales actividades el Imperio, el hecho de tener una actividad de tipo comercial, como panadero, zapatero....etc. vena siendo cosa de extranjeros y por tanto nadie se molestaba en interferir o en intentar legislar dichas actividades. a estas personas simplemente se les reconocan honores pblicos y es de aqu de donde ha derivado la palabra "honorarios" en referencia al hecho de ganarse un sueldo.ANTECEDENTES DEL DERECHO LABORAL DURANTE LA EDAD MEDIA

Tras la cada del Imperio Romano toda esta cultura laboral tan denigrante para el ser humano pasa a ser ocultada y escondida sin acceso al pueblo. Las nuevas generaciones crecen en un ambiente donde el trabajo, aparte de necesario, comienza a considerarse como un bien social, una forma de sustenta casi nica y obligatoria... Vamos, lo que todos conocemos hoy en da.Existe una expresin que procede de los monasterios portugueses que dice "el ocio es enemigo del alma"...Durante la edad media surgi el famoso Feudalismo, que viene a ser algo as como que trabajen todos y que cobre uno. Se basaba en grandes extensiones de tierra cuya propiedad perteneca al estado a la nobleza y que deban por tanto pagar altos intereses para poder sobrevivir.Entre los seores feudales y la Iglesia catlica se repartan todo el trabajo, y no me estoy refriendo al sudor de su frente, como he dicho antes, sino con el sudor del de enfrente.

De forma intermedia entre los que cobran y los que trabajan aparecan tmidamente las actividades artesanales. Estos autnomos medievales se movan en la frgil frontera entre ambos bandos, siempre con el miedo a parecer demasiado rico o demasiado pobre y desencajarse del puzzle. En esta situacin, es de todo impensable la formacin de posibles sindicatos o de algn tipo de Derecho laboral.Fue al final de la Edad media cuando surge, gracias a la revolucin industrial, una nueva ideologa que viene a decir que la riqueza no se centra exclusivamente en tener o no propiedades de Tierra. La revolucin industrial nos ense que la riqueza no solo se obtiene por nacer en una familia noble, que en cualquier parte hay oportunidades de crecer, que las necesidades humanas pueden ser satisfechas y gracias a ello uno puede enriquecerse. Nace el concepto del "consumo".Todo esto ya nos empieza a sonar, nos resulta demasiado familiar como para no darnos cuenta de que la humanidad comenzaba a entrar en lo que posteriormente se denomin Edad Moderna.ANTECEDENTES DEL DERECHO LABORAL DURANTE LA EDAD MODERNA

Durante la edad moderna ya nos vamos a hechos histricos como el descubrimiento de America, la fiebre del oro, la inflacin, el cohecho, la corrupcin.... todos estos trminos que seguro estamos todos de acuerdo son trminos modernos.

Surgen las grandes fbricas, los grandes mercados y la nueva maquinaria que a la vez fomenta nuevos sistemas de produccin y nuevas necesidades sociales.

En 1791 el poder poltico comienza a perder fuerza en favor de los trabajadores, en Francia aparece la llamada "Le chatelier" que concede a los trabajadores el derecho a asociarse y a formar corporaciones sin riesgo a ser encarcelados o vejados.Posteriormente, con el inicio de la revolucin francesa, la vieja Europa comienza un viaje que ya no podra volver nunca ms atrs, desaparecen las antiguas leyes de trabajo dejando paso a un fresco aire de liberalismo y comunismo.Y por fin all por el ao 1940 se crea el manifiesto comunista del derecho del trabajo que es el antecedente oficial de lo que hoy conocemos como el derecho Laboral moderno.

ANTECEDENTES DEL DERECHO EN MXICO Las primeras leyes laborales fueron obra de los gobernadores Vicente Villada en el ao de 1904 para el estado de Veracruz y Bernardo Reyes para el ao de 1906 en el estado de Nuevo Len.Desde el ao de 1914 se inici el movimiento a favor de una legislacin del trabajo por los hombres que militaban al lado de Venustiano Carranza, de lo cual se puede afirmar que el Derecho del Trabajo en Mxico, en sus orgenes es obra del Estado, pero posteriormente el papel principal correspondi a las organizaciones obreras.Carranza nuca tuvo la idea de incluir un ttulo sobre materia de Trabajo en la Constitucin, sino, ms bien, el de promulgar una ley sobre trabajo, que remediara el malestar social. La idea de transformar el Derecho del Trabajo en Garantas Constitucionales, surgi en el Constituyente de Quertaro.Fue as, que el Jefe del Ejrcito Constitucionalista convoc a la reunin de un Congreso Constituyente para dar al Pas una nueva Constitucin. Se reuni el Congreso en Quertaro, en el mes de noviembre de 1916; el primer Ejrcito Constitucionalista, present al mismo, un proyecto de Constitucin.Al discutirse en sesin del 26 de diciembre de 1916, el tercer dictamen referente al proyecto del Artculo 5 de la Constitucin se lanz la propuesta, por un grupo de Diputados de ideas avanzadas de incluir en la Constitucin un ttulo sobre trabajo, por lo que despus de acaloradas discusiones, se formul el proyecto del Artculo 123, el que fue sometido a la constatacin del Constituyente, siendo aprobado, por lo que la base y fundamento de las Garantas Sociales consagradas en el Artculo 123 Constitucional, se encuentra en el Tercer Dictamen referente al proyecto del Artculo 5 Constitucional, y en las discusiones que se motivaron en el Constituyente.El da 5 de febrero de 1917, fue promulgada la Nueva Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.Nuestra Constitucin vigente estipulada adems de las Garantas Individuales, las llamadas Garantas Sociales; que vienen a ser un conjunto de derechos otorgados a determinadas clases sociales, que tienden a mejorar y consolidar su situacin econmica.