Análisis Del Mercado de La Red Telefónica Pública

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COMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES Consulta Pœblica ASTF PÆgina 1 de 96 CONSULTA PBLICA SOBRE DEFINICIN Y AN`LISIS DEL MERCADO DE SERVICIO MINORISTA DE ACCESO DIRECTO A LA RED TELEFNICA PBLICA DESDE UNA UBICACIN FIJA Los Servicios de esta Comisin del Mercado de Telecomunicaciones (en adelante, CMT) han elaborado la definicin y anÆlisis de determinados mercados del sector de comunicaciones electrnicas a efectos de identificar los posibles problemas de competencia en ellos presentes. Para ello, se han aplicado tØcnicas de derecho de la competencia, tal y como recomienda el nuevo marco regulatorio sectorial. No obstante, ni la definicin ni el anÆlisis que se somete a la presente consulta pœblica son los correspondientes al artculo 10 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel). Su finalidad, como queda dicho, no es otra que la de realizar un diagnstico de los problemas de competencia que se producen en el mercado objeto de estudio. Por tanto, no ha de inferirse de la presente consulta pœblica que esta CMT considere al mercado objeto de estudio como mercado de referencia a efectos de regulacin sectorial. El objetivo de la presente consulta es conocer el punto de vista de los agentes implicados respecto al diagnstico realizado, como paso previo a la implementacin del procedimiento definido en el citado artculo 10 de la LGTel. Se solicita que los interesados aporten toda la evidencia documental y de informacin sobre la que basen sus opiniones, principalmente en caso de discrepancia con el anÆlisis realizado. Las respuestas escritas deberÆn remitirse, con la referencia: Consulta Pœblica ASTF, a la siguiente direccin: Comisin del Mercado de las Telecomunicaciones Calle AlcalÆ, 37 28014 Madrid Se ruega seæalen las partes de la informacin remitida que tengan carÆcter confidencial. Slo se admitirÆn respuestas en las que el remitente estØ identificado. Se admiten comentarios a travØs del correo electrnico dirigidos a: [email protected] Se ruega no enven material confidencial por correo electrnico. El periodo de consulta se mantiene abierto hasta el 31 de agosto de 2004.

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CONSULTA PÚBLICA SOBRE

DEFINICIÓN Y ANÁLISIS DEL MERCADO DE SERVICIO MINORISTA DE ACCESO DIRECTO A LA RED TELEFÓNICA

PÚBLICA DESDE UNA UBICACIÓN FIJA Los Servicios de esta Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (en adelante, CMT) han elaborado la definición y análisis de determinados mercados del sector de comunicaciones electrónicas a efectos de identificar los posibles problemas de competencia en ellos presentes. Para ello, se han aplicado técnicas de derecho de la competencia, tal y como recomienda el nuevo marco regulatorio sectorial. No obstante, ni la definición ni el análisis que se somete a la presente consulta pública son los correspondientes al artículo 10 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel). Su finalidad, como queda dicho, no es otra que la de realizar un diagnóstico de los problemas de competencia que se producen en el mercado objeto de estudio. Por tanto, no ha de inferirse de la presente consulta pública que esta CMT considere al mercado objeto de estudio como mercado de referencia a efectos de regulación sectorial. El objetivo de la presente consulta es conocer el punto de vista de los agentes implicados respecto al diagnóstico realizado, como paso previo a la implementación del procedimiento definido en el citado artículo 10 de la LGTel. Se solicita que los interesados aporten toda la evidencia documental y de información sobre la que basen sus opiniones, principalmente en caso de discrepancia con el análisis realizado. Las respuestas escritas deberán remitirse, con la referencia: Consulta Pública ASTF, a la siguiente dirección: Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones Calle Alcalá, 37 28014 Madrid Se ruega señalen las partes de la información remitida que tengan carácter confidencial. Sólo se admitirán respuestas en las que el remitente esté identificado. Se admiten comentarios a través del correo electrónico dirigidos a: [email protected] Se ruega no envíen material confidencial por correo electrónico. El periodo de consulta se mantiene abierto hasta el 31 de agosto de 2004.

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I DEFINICIÓN DEL MERCADO RELEVANTE............................................................................4

I.1 Identificación del conjunto de productos del que se parte..........................................................4 I.1.1 Determinación del conjunto de partida...................................................................................4 I.1.2 Caracterización de los productos ............................................................................................5

I.1.2.1 Características de los productos.....................................................................................5 I.1.2.2 Identificación de subconjuntos dentro del conjunto de partida....................................16

I.1.3 Identificación de los oferentes ..............................................................................................16 I.1.3.1 Identificación de oferentes actuales .............................................................................16 I.1.3.2 Identificación de oferentes inmediatos ........................................................................17

I.1.4 Precios y cantidades de los productos identificados .............................................................18 I.2 Sustituibilidad dentro del conjunto de partida..........................................................................18 I.3 Sustituibilidad con terceros productos......................................................................................24 I.4 Definición del mercado relevante .............................................................................................27

I.4.1 Definición del mercado relevante de producto .....................................................................27 I.4.2 Definición del mercado relevante geográfico .......................................................................28 I.4.3 Definición del mercado relevante temporal..........................................................................29

II ANÁLISIS DE LA ESTRUCTURA DEL MERCADO................................................................30

II.1 Características de la oferta.......................................................................................................30 II.1.1 Identificación de los oferentes del mercado relevante......................................................30 II.1.2 Variables en las que se compite .......................................................................................30

II.1.2.1 Características de la diferenciación del producto.........................................................31 II.1.2.2 Estructura de costes .....................................................................................................34 II.1.2.3 Competencia en precios ...............................................................................................38

II.1.3 Grado de concentración de la oferta.................................................................................48 II.1.3.1 Tamaño del mercado y cuotas de los operadores.........................................................48 II.1.3.2 Índices de concentración..............................................................................................50 II.1.3.3 Valoración del grado de concentración........................................................................52

II.2 Análisis de la entrada ...............................................................................................................52 II.2.1 Análisis de la entrada y la salida ......................................................................................52

II.2.1.1 Análisis de la entrada...................................................................................................52 II.2.1.2 Análisis de la salida .....................................................................................................57

II.2.2 Elementos que pueden restringir la entrada......................................................................59 II.2.2.1 Obstáculos legales........................................................................................................59 II.2.2.2 Elementos estructurales ...............................................................................................62

II.2.3 Efectos del progreso técnico sobre la entrada ..................................................................67 II.2.4 Entrantes potenciales........................................................................................................70 II.2.5 Carácter esencial del producto comercializado en mercados conexos .............................71 II.2.6 Valoración de la competencia potencial...........................................................................72

II.3 Características de la demanda .................................................................................................73 II.3.1 Evolución de la demanda .................................................................................................73

II.3.1.1 Tendencia registrada ....................................................................................................73 II.3.1.2 Previsiones de demanda...............................................................................................74

II.3.2 Estructura de la demanda .................................................................................................74 II.3.2.1 Grado de concentración de la demanda .......................................................................74 II.3.2.2 Mecanismos de negociación ........................................................................................74 II.3.2.3 Alternativas de suministro ...........................................................................................75 II.3.2.4 Valoración del poder de la demanda............................................................................77

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II.3.2.5 Carácter esencial del producto comercializado en el mercado objeto de análisis ........77 II.4 Valoración de la necesidad de realizar el análisis de dominancia...........................................77

III ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS.........................................................................................78

III.1 Resultados del mercado para los consumidores .......................................................................79 III.1.1 Comparación de precios ...................................................................................................79

III.1.1.1 Inter-temporal ..........................................................................................................79 III.1.1.2 Geográfica ...............................................................................................................80

III.1.2 Oferta de servicios............................................................................................................82 III.1.2.1 Inter-temporal ..........................................................................................................82 III.1.2.2 Geográfica ...............................................................................................................84

III.1.3 Satisfacción del consumidor.............................................................................................85 III.2 Regulación como garantía de la competencia efectiva.............................................................87

III.2.1 Obligaciones asimétricas..................................................................................................87 III.2.2 Efectos de las obligaciones asimétricas............................................................................91 III.2.3 Impacto sobre la competencia efectiva.............................................................................93

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I DEFINICIÓN DEL MERCADO RELEVANTE

En la fase I del presente informe, se definen los mercados de referencia relacionados con los servicios que caben bajo la denominación de �servicios minorista de acceso directo la red telefónica pública desde una ubicación fija�. Para ello, lo primero que se hace en el apartado I.1 es describir dichos servicios, tratando de identificar posibles características de pudieran justificar su pertenencia a distintos mercados de referencia.

Una vez identificados los posibles subconjuntos del conjunto de partida que pudieran dar lugar a distintos mercados de referencia, se realiza el análisis de sustituibilidad entre dichos subconjuntos en el apartado I.2. En los casos en que se establece la sustituibilidad entre dos de esos subconjuntos, se considera que ambos están en un mismo mercado de referencia. Como resultando del apartado I.2 se tienen aquellos mercados de referencia a que da lugar el conjunto de servicios de partida.

Una vez realizada esta identificación, en el apartado I.3 se procede a analizar la sustituibilidad con servicios NO incluidos en el conjunto de partida, esto es, terceros productos, para de esta forma concluir la definición de los mercados de referencia que contienen los servicios incluidos en el conjunto de partida.

Finalmente, en el apartado I.4 se concluye la definición de las tres dimensiones de los mercados de referencia: de producto, geográfica y temporal, dándose por concluida la fase I.

I.1 Identificación del conjunto de productos del que se parte

I.1.1 Determinación del conjunto de partida

El conjunto de partida para la definición de mercados relevantes objeto de este informe se considera integrado por los siguientes servicios:

- Servicio minorista de acceso a la red telefónica pública desde una ubicación fija.

- Facilidades adicionales asociadas al acceso fijo.

El servicio minorista de acceso a la red telefónica pública desde una ubicación fija se define como la puesta a disposición de los usuarios finales de los recursos que permitan el disfrute del servicio telefónico disponible al público, desde un punto de terminación de red no móvil. Dicho servicio permite necesariamente tanto la recepción como el envío de llamadas vocales, pero también puede utilizarse para disfrutar de otro tipo de servicios, como es el acceso a redes de datos o el envío y/o recepción de fax. Asimismo, los servicios incluidos en el conjunto de partida pueden posibilitar el establecimiento simultáneo de una o más comunicaciones vocales.

Junto al acceso propiamente dicho, los usuarios finales reciben facilidades adicionales, asociadas al servicio telefónico, tales como la llamada en espera, el servicio

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contestador, el desvío de llamadas, el servicio de identificación de la línea llamante, la llamada a tres, el telecómputo, el límite de crédito, la facturación detallada, la información sobre el coste de la última llamada, etc. Por facilidades adicionales al acceso se entienden todos aquellos servicios suplementarios asociados al acceso a la red telefónica pública consistentes en una serie de prestaciones que proporcionan una mayor diversidad y riqueza en el uso del servicio.

Por consiguiente, los servicios considerados en el conjunto de partida son:

- Servicio de acceso a la red telefónica pública a través de líneas individuales analógicas (línea Básica).

- Servicio de acceso a la red telefónica pública a través de líneas digitales (principalmente, RDSI Básico y RDSI Primario).

- Facilidades adicionales asociadas a cada uno de los accesos anteriores.

I.1.2 Caracterización de los productos

I.1.2.1 Características de los productos

Usos que los consumidores dan al producto o productos

El acceso a la red telefónica pública desde una ubicación fija permite a los usuarios una conexión permanente a la red telefónica pública, lo que les garantiza la posibilidad de efectuar y recibir llamadas en cualquier momento para la satisfacción de sus necesidades de comunicación vocal.

Asimismo, los usuarios finales utilizan el servicio de acceso a la red telefónica pública para otro tipo de comunicaciones no vocales, como pueden ser el envío o recepción de faxes y el acceso a redes de datos, en especial, el acceso a Internet en modo conmutado.

El uso del servicio de acceso a la red telefónica pública puede llevarse a cabo de forma individual o simultánea, dependiendo del número de personas que necesiten utilizar al mismo tiempo el citado acceso. En este sentido, se puede distinguir entre dos tipos de usos: individual y compartido.

En cuanto a las facilidades adicionales, la utilización que les dan los usuarios finales son básicamente aquellas para las que están concebidas.

Características físicas

Puesto que se está analizando un servicio, no tiene sentido referirse a sus características físicas.

Características de los demandantes, tanto efectivos como potenciales

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El servicio de referencia es utilizado por todo tipo de usuarios finales para cubrir sus necesidades de comunicación vocal.

Se pueden clasificar los demandantes en función de diversos criterios que pueden condicionar las características del acceso demandado. En general, se puede establecer una primera clasificación de los demandantes dependiendo de si la utilización del acceso es para fines profesionales o no profesionales.

Asimismo, se puede identificar un grupo de demandantes, en el que se encontrarían determinadas empresas que proporcionan Telefonía de Uso Público (en adelante, TUP), ya sea de dominio público o privado. Este tipo de demandantes son de especial importancia en el caso español; los accesos de telefonía utilizados para telefonía de uso público representaron en 2002 un 0,5% del total1.

Características técnicas o tecnológicas

Los servicios objeto de este informe pueden ofrecerse sobre cualquier medio físico que soporte un ancho de banda igual o superior a 4 Khz (en medios analógicos) o 64 Kbps (en medios digitales), y que sea bidireccional. Así, se puede prestar a través de las siguientes tecnologías, según el medio físico empleado:

- Par de cobre (y tecnologías xDSL)

- Cable coaxial (HFC)

- Línea eléctrica (PLC)

- Fibra óptica

- Acceso radio punto a multipunto (LMDS)

- Acceso radio celular (ETACS, GSM; GSM utiliza menos de 64 Kbps)

En la Tabla I.1.1 se resumen los parámetros comparativos más relevantes de las mismas.

1 Se estima un total de 88.000 TUPs, donde 30.400 se encuentran en dominio privado y unos 57.800 en dominio público. Fuente: Requerimiento Anual de la CMT, 2003.

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Tabla I.1.1 Características de las diferentes tecnologías

Fuente: Elaboración propia; a mayor número de �+� implica que la tecnología es mejor, en términos relativos, en la característica especificada.

En el Gráfico I.1.1 se recogen el número de accesos instalados en España, por tecnología:

Gráfico I.1.1 Distribución de accesos por tecnología (2003)

Par de cobre; 75,08%

HFC; 4,42%HFC y Par Cobre; 18,57%

Fibra óptica; 0,02%

LMDS; 0,05%Accesos radio; 1,86%

Par de cobre

(xDSL) HFC PLC LMDS GSM Observaciones

Capacidad y servicios ++ +++ + ++ --

Se establecen claras diferencias cuando se trata de transmitir señales audiovisuales.

Inversión por línea +++ + +++ ++ N/A

Cuanto más positivo menor inversión. xDSL y PLC se instalan sobre líneas ya existentes.

Madurez de la

tecnología ++ ++ - + +++

PLC es la tecnología más reciente.

Rapidez en el

despliegue +++ + ++ ++ +++

PLC y ADSL hacen uso de un cableado ya desplegado.

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Fuente: Informe Anual CMT, 2003.

Factores que se emplean para su producción

La prestación de los servicios objeto del informe requiere de los siguientes elementos:

- Red fija de acceso. Comprende todas aquellas infraestructuras que permiten el transporte de la información al usuario final desde el elemento de conmutación en la red de telecomunicaciones más próximo a él.

La obtención de una red fija de acceso se puede hacer mediante el despliegue de infraestructuras propias o mediante el alquiler de medios ajenos. En el primer caso, el importe de las inversiones y la cantidad de tiempo necesarias dependen directamente de la tecnología utilizada (Véase Anexo 1); en términos generales, es más costoso en los casos en que se requiere la realización de zanjas para enterrar el medio físico.

En cuanto a la utilización de medios ajenos, se pueden utilizar líneas alquiladas. Con la regulación vigente, además, se puede utilizar el bucle local de TESAU, en las condiciones especificadas en la Oferta de Bucle de Abonado (OBA), así como los servicios de interconexión de líneas alquiladas, en las condiciones especificadas en la Oferta de Interconexión de Referencia (OIR).

En la Tabla I.1.2 se muestran los porcentajes del total de líneas de acceso que se prestan mediante medios ajenos, por tipo de medio.

Tabla I.1.2 Líneas de acceso mediante medios ajenos (2003)

Tipo de medio ajeno Número %/ sobre total

Circuitos alquilados Baja Capacidad 48.690 0,25%

Circuitos alquilados Media Capacidad 25.649 0,13%

Circuitos alquilados Alta Capacidad 1.344 0,01%

Bucles desagregados AD 16.106 0,08%

Número de accesos instalados 19.453.533

Fuente: Requerimiento anual, CMT

- Elementos de conmutación: Parte de la red de telecomunicaciones que realiza el encaminamiento del tráfico generado y dota de inteligencia a los medios de transmisión. Adicionalmente, estos elementos son el factor productivo para las facilidades adicionales.

- Operación y mantenimiento de red: Actividades de puesta en marcha y mantenimiento del servicio. Este factor de producción tiene una incidencia directa sobre la calidad del servicio objeto de este informe.

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- Sistemas de información: en términos generales, resulta en la actualidad impracticable la prestación de servicios de telecomunicación sin este tipo de elementos. En particular, para el servicio objeto del informe, cabe destacar los sistemas de soporte a la red (OSS) así como los sistemas de facturación.

Junto a estos factores productivos, es necesaria, de acuerdo al artículo 6 de la LGTel, una autorización general. Asimismo, son también necesarios recursos de numeración.

Finalmente, dado que como se verá más adelante, el servicio de referencia se suele comercializar empaquetado típicamente con el servicio telefónico básico, los operadores necesitan Acuerdos de Interconexión con otros operadores, y en particular con el operador incumbente.

Diferencias de calidad entre los productos considerados

La calidad del servicio de referencia se mide típicamente con parámetros como los siguientes:

- Porcentaje de tiempo de disponibilidad de la línea

- Tiempo de suministro de conexión inicial

- Porcentaje de cumplimiento de los plazos de suministro

- Número de avisos de averías

- Tiempo de reparación de averías

- Porcentaje de cumplimiento de plazos de reparación

La normativa vigente establece los niveles de calidad mínimos para algunos de estos parámetros, que los operadores declarados dominantes han de cumplir. Los restantes operadores deben comunicar al Gobierno los niveles de calidad a que se comprometen. Según dicha normativa, los proveedores deben mantener una calidad uniforme en las distintas zonas geográficas y para los distintos tipos de usuarios.

A modo ilustrativo, en la Tabla I.1.3 se recogen los parámetros de calidad establecidos para TESAU.

Tabla I.1.3 Parámetros de calidad establecidos para TESAU

TIEMPO DE SUMINISTRO DE LA CONEXIÓN INICIAL Inferior a 25 días para el 95% de los casos, o un valor medio inferior a 10 días

PORCENTAJE DE AVERÍAS POR LÍNEA DE ACCESO Menor del 4%

TIEMPO DE REPARACIÓN DE AVERÍAS (sólo para averías en red de acceso)

Inferior a 48 horas para el 95% de los casos, o un valor medio inferior a 15 horas

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PORCENTAJE DE LLAMADAS FALLIDAS

a. Nacionales Inferior al 1%

b. Internacionales Inferior al 2,5%

TIEMPO DE ESTABLECIMIENTO DE LLAMADAS Inferior a cinco segundos para el 95% de las llamadas o un valor medio inferior a tres segundos

PORCENTAJE DE RECLAMACIONES SOBRE CORRECCIÓN DE FACTURAS

Inferior al 5 por mil por trimestre

Fuente: ORDEN de 14 de octubre de 1999 por la que se regulan las condiciones de calidad en la prestación de los servicios de telecomunicaciones.

Características espaciales y temporales de su consumo y producción

En principio, el servicio de acceso se consume permanentemente, tanto para realizar sus comunicaciones de voz y transmisiones de fax y datos como para recibirlas.

En cuanto a la localización donde se realiza el consumo del servicio de acceso, está relacionado evidentemente con el lugar donde se sitúa el Punto de Terminación de Red (PTR), dado que es fijo. Atendiendo a la localización donde se consume el servicio, se puede distinguir entre acceso residencial, aquel que se realiza en viviendas particulares, sea primera o segunda residencia, y acceso no residencial, que es el que se realiza en otro tipo de localizaciones, como puedan ser despachos profesionales, empresas, administraciones públicas u otro tipo de lugares �no habitables�. Se estima que hay unos 17 millones de localizaciones en total. En el Gráfico I.1.2 se presenta qué porcentaje se corresponde con hogares, con locales comerciales y con locales de AAPP.

Gráfico I.1.2 Localizaciones

Localizaciones

82%

17% 1%

HogaresLocales de empresasLocales de Administraciones públicas y otros

Fuente: Elaboración propia, a partir de datos del INE.

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En referencia a la localización donde los proveedores producen el servicio, está directamente relacionada con el área geográfica en que disponen de red de acceso, sea propia o ajena. Dicha localización depende lógicamente de la estrategia de despliegue del operador, que a su vez está condicionada por la tecnología de acceso que utilice y por las condiciones demográficas de cada área geográfica.

En este sentido, en España existe un operador TESAU que, por diversas razones, produce el servicio de acceso en todo el territorio nacional; por otro lado, la mayoría de los restantes operadores de acceso (los operadores de cable) únicamente producen el servicio de acceso en ámbitos geográficos restringidos, que suelen coincidir con las demarcaciones en que disponen de concesión para la prestación del servicio de difusión de TV. Finalmente, se puede constatar la existencia de otros operadores que producen servicios de acceso únicamente en áreas no residenciales de núcleos metropolitanos. En la Tabla I.1.4 se muestra en qué demarcaciones opera cada operador de cable; asimismo, se presenta un mapa en el que se plasma gráficamente dicha distribución.

Tabla I.1.4 Demarcaciones en donde opera cada operador de cable

Operador Demarcaciones

ONO C. Valenciana, Mallorca, Cantabria, Murcia, Albacete, Huelva, Cádiz.

AUNA Madrid, Cataluña, Aragón, Andalucía, Canarias.

Euskaltel País Vasco

Telecable Asturias Asturias

Rcable Galicia

Retecal Castilla-León2

Tenaria Navarra, La Rioja

Fuente: Elaboración propia.

2 Retecal está en proceso de integrarse con ONO. Fuente: �ONO desbanca a Auna como líder en cable al sumar Retecal�, Cinco Días, 5-12-2003

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Gráfico I.1.3 Mapa de las demarcaciones en donde opera cada cablero

Fuente: Elaboración propia.

De forma prospectiva, cabe referirse a la utilización de la red eléctrica para la prestación de los servicios objeto de informe mediante tecnologías PLC; en este caso, las áreas geográficas donde se podrían producir los servicios vienen condicionadas por el área en que tiene desplegada red eléctrica cada empresa del sector. En la Tabla I.1.5 se muestran las áreas geográficas en donde cada eléctrica tiene la mayor parte de clientes, de acuerdo a su condición de antiguo monopolista, y, en consecuencia, donde más probable parece que inicien la prestación de servicios.

Tabla I.1.5 Áreas geográficas donde las eléctricas tienen su mayor parte de clientes

ENDESA Islas Canarias, Islas Baleares, Cataluña, Aragón, Andalucía

Iberdrola Valencia, País Vasco, Madrid, Castilla y León, Murcia, Albacete, Navarra, Extremadura, La Rioja, Cantabria

U. FENOSA Madrid, Galicia, Castilla la Mancha (menos Albacete)

Hidroeléctrica del Cantábrico

Asturias

Fuente: Informe Anual 2002 de Endesa www.endesa.es, Informe Anual 2002 de Iberdrola www.iberdrola.es, Informe anual 2002 de Unión FENOSA www.unionfenosa.es. Informe de la CNE.

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En cuanto a las características temporales de la producción del acceso, están condicionadas por la contratación que haga el usuario final. El servicio objeto de informe se produce de forma permanente desde el momento en que el usuario final contrata el servicio, hasta que se interrumpe, temporal o definitivamente, dicho contrato. El servicio se produce con independencia de que se utilice o no para tráfico.

Políticas comerciales

En general, la estructura de precios de los servicios objeto del presente informe se compone de una cuota de alta, que se abona en el momento en que se contrata el servicio, y una cuota periódica, normalmente mensual, independiente del uso que se haga del acceso suministrado, cuyo pago se puede interrumpir en ofertas de algunos operadores.

El servicio objeto del presente informe es necesario para la prestación de otros servicios de comunicaciones electrónicas, como se ha visto anteriormente. Es por ello que normalmente los operadores están dispuestos a reducir sus precios (y, consecuentemente, sus márgenes) para la provisión de este servicio, puesto que de esta forma se pueden garantizar que el consumo que realice el usuario final de los restantes servicios se hará a su través.

La política comercial de los servicios objeto de este informe, por tanto, no se puede observar de forma aislada, sino como parte integral de la política comercial global del operador. En este sentido, lo más habitual es que este servicio se empaquete con otros; en particular, los usuarios finales lo perciben como íntimamente ligado a la prestación del servicio telefónico disponible al público, así como a determinadas facilidades adicionales (contestador, llamada en espera).

En cuanto la forma de empaquetamiento, cabe hacer la siguiente clasificación:

- Empaquetamiento a medida: es el caso en que el servicio objeto del presente informe se integra como parte de una solución diseñada a la medida del usuario final. En estos casos, lo más habitual es que el operador tenga en cuenta no solo las necesidades de telefonía fija del usuario final, sino la que tiene de otros servicios de comunicaciones electrónicas, como transmisión de datos o telefonía móvil. En estos casos, resulta prácticamente imposible definir una política comercial para el acceso. La prestación de este servicio queda condicionada por múltiples servicios, que tendrán influencia en la tecnología que se utilice y que incluso pueden conllevar despliegues extraordinarios de red.

- Empaquetamiento estándar: en este caso, se trata de ofertas integradas estandarizadas en las que se encuentran empaquetados diversos servicios. Dichos servicios pueden ser telefónicos exclusivamente (por ejemplo, la reciente oferta modular de TESAU, o determinadas ofertas de RDSI, que empaquetan acceso con

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facilidades adicionales3). También es frecuente el empaquetamiento con servicios no telefónicos, como típicamente hacen los operadores de cable, que ofertan acceso a servicios de telefonía, Internet de alta velocidad y televisión de pago mediante el abono de una cuota de alta e instalación y el pago de una cuota mensual.

Asimismo, resulta de gran importancia la imagen de marca dentro de la política comercial para estos servicios, como, en general, para la comercialización de los servicios de telecomunicaciones. Para muchos usuarios finales, constituye prácticamente el único elemento diferenciador de una oferta frente a otra. A este respecto, se ha de tener en cuenta que los gastos de publicidad realizados por operadores de telecomunicaciones constituyen más de un 5%4 del total de estos gastos en España, lo cual prueba la gran importancia de este aspecto.

Canales de distribución.

La distribución de los servicios objeto del presente informe se realiza a través de los siguientes canales:

- Canales no presenciales: son aquellos que se apoyan en el servicio telefónico o en acceso a Internet. Aunque permiten también la comercialización activa, normalmente se utilizan como canal pasivo, ya que es el usuario quien toma la iniciativa en la contratación del servicio, complementándose la acción comercial mediante publicidad por parte del operador. Cabe destacar, como ejemplo de comercialización activa por esta vía, las acciones de recuperación de clientes que realiza TESAU.

Estos canales suelen ser propiedad del operador (aunque puedan operar de forma externalizada).

- Puntos de venta: Dadas las características del servicio objeto de informe, se presta poco a su venta en locales, puesto que la complejidad en su instalación hace que sea necesario el concurso de un técnico especializado para su disfrute. Por ello, los incentivos del potencial cliente a desplazarse son bastante bajos, máxime con la ubicuidad de los canales no presenciales.

3 La Línea Básica RDSI de Telefónica incluye Acceso Básico RSDI con los siguientes Servicios Suplementarios: presentación de la identidad del usuario llamante, presentación de la identidad del usuario conectado, portabilidad del terminal, indicación de llamada en espera, retención de llamada, desvío incondicional de llamada, desvío si ocupado, desvío si no contesta, servicio contestador RDSI; además de TR1 Mixta. Fuente: Catálogo de Telefónica www.telefonicaonline.es

Auna, con la contratación de la Línea Individual incluye gratuitamente servicio contestador, identificación de numero entrante, llamada en espera, llamada alternativa, llamada a tres, ocultación de identidad llamada a llamada, ocultación de identidad permanente, desvío si no contesta, desvío si comunica, desvío inmediato, restricción de llamadas desviadas entrantes y restricción de llamadas salientes. Fuente: www.auna.es

4 Fuente: Informe Anual, 2003; Infoadex

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No obstante, se puede constatar un cierto uso de este canal de distribución, principalmente mediante canal indirecto (grandes superficies, tiendas de electrodomésticos y tiendas especializadas). También se puede constatar la existencia de tiendas integradas en operadores (Telyco, ONO), pero con una presencia marginal. En todo caso, como se ha dicho, en estos locales únicamente se puede realizar la contratación, que posteriormente precisaría una segunda fase de instalación del servicio.

- Fuerza de ventas propia y externa: Este canal de distribución es típicamente utilizado para clientes de necesidades complejas y que precisan soluciones a medida.

En el caso de la fuerza de ventas externa, normalmente se trata de agentes que prestan un valor añadido al usuario final sobre el mero servicio de acceso, que puede ir desde un mejor tratamiento personal, hasta la prestación de un servicio global de otra índole, en el que se puedan incluir las telecomunicaciones.

También se utiliza este canal para la comercialización de paquetes con un menor grado de personalización, como es el caso de determinados operadores de cable.

Tabla I.1.6 Resumen de las características del servicio objeto de informe

Servicio minorista de acceso directo para telefonía desde ubicación fija

Características Rasgos generales Rasgos particulares

De uso - Comunicación de voz, transmisión de fax y datos

- Uso individual

- Uso compartido

Físicas N.A. N.A.

De los demandantes - Uso profesional; uso no profesional

- Explotadores TUP

Técnicas - Prestación posible mediante diversas tecnologías

- Par de cobre

- Cable coaxial

- Fibra óptica

- Línea eléctrica

- Acceso radio punto a multipunto

- Acceso radio celular

Factores productivos

- Red de acceso

- Elementos de conmutación

- Operación y mantenimiento

- Sistemas de información

- Red de acceso propia

- Red de acceso ajena

De calidad - Parámetros de disponibilidad y

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provisión del servicio

Espaciales y temporales

- Localización del consumo

- Localización de la producción según estrategia de despliegue de los operadores

- Residencial

- No residencial

Políticas comerciales

- Estructura de precios formada por cuota de alta y de abono

- Empaquetamiento con otros servicios.

- Imagen de marca.

- Empaquetamiento a medida vs estándar

- Empaquetamiento con servicios telefónicos vs. con otros servicios

Canal distribución - Relación con el cliente

- Canales no presenciales

- Fuerza de ventas

I.1.2.2 Identificación de subconjuntos dentro del conjunto de partida

Dentro de las diferencias en cada característica enumeradas en el apartado anterior, se identifican aquellas cuya intensidad podría justificar la separación en subconjuntos del conjunto de partida.

Tabla I.1.7 Subconjuntos del conjunto de partida

Características

De uso Acceso uso individual Acceso uso compartido

De los demandantes No profesionales Profesionales Telefonía de Uso Público

Técnicas Par de cobre Tecnologías de acceso en línea: cable coaxial y

fibra óptica

Tecnologías de acceso radio

Espaciales y temporales

Acceso en hogares (Residencial)

Acceso fuera de hogares (No residencial)

Políticas comerciales No empaquetamiento Facilidades adicionales

I.1.3 Identificación de los oferentes

I.1.3.1 Identificación de oferentes actuales

La Tabla I.1.8 muestra una lista de los principales operadores que en la actualidad prestan servicios minoristas de acceso directo para telefonía en ubicación fija:

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Tabla I.1.8 Principales operadores

AUNA TELECOMUNICACIONES, S.A.

CABLEUROPA, S.A.

EUSKALTEL, S.A.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.

Fuente: Elaboración propia.

Existen otros operadores que prestan el servicio objeto del informe; sin embargo, los recogidos en la lista representan un porcentaje superior al 99% de los ingresos totales en este mercado, de acuerdo al Informe Anual de 2003 de esta CMT, por lo que su análisis se juzga suficiente para el objetivo de este informe.

Los operadores citados se encuentran presentes en todos los subconjuntos identificados en el apartado anterior, con la excepción de los subconjuntos por tecnología, puesto que Cableuropa, S.A. no puede prestar acceso mediante tecnologías vía radio, ya que carece de las concesiones demaniales de espectro necesarias.

En cuanto al ámbito geográfico de los operadores considerados, tanto Auna como Telefónica de España operan a nivel nacional; por su parte, Euskaltel únicamente lo hace en el País Vasco, y ONO sólo lo hace marginalmente fuera de las demarcaciones en que cuenta con concesión para difusión de TV. ONO y Auna únicamente cuentan con concesión para el servicio de difusión de TV en los siguientes territorios:

- ONO: Castilla La Mancha, Huelva, Cádiz, Mallorca, Comunidad Valenciana, Murcia, Cantabria (Castilla y León, tras adquirir RETECAL)

- Auna: Aragón, Canarias, Madrid, Cataluña, Andalucía (salvo Huelva y Cádiz)

I.1.3.2 Identificación de oferentes inmediatos

No se aprecian indicios de que existan operadores de telecomunicaciones u otros agentes que estén en condiciones de prestar el servicio objeto del informe de forma inmediata.

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I.1.4 Precios y cantidades de los productos identificados5

En la Tabla I.1.9 se recogen los últimos precios en Euros para los distintos tipos de acceso a RTC, ofrecidos por los oferentes del servicio de referencia.

Tabla I.1.9 Precios según los distintos tipos de acceso a RTC

Línea Básica RDSI Básico RDSI Primario

Operador Cuota de alta

Cuota de abono Cuota de alta Cuota de

abono Cuota de alta Cuota de abono

AUNA 60,10 14,10 90,00 22,60 1800,00 315,00

CABLEUROPA 45,90 16,90 78,13 24,04 3245,47 300,51

EUSKALTEL 90,15 11,60 134,63 21,50 2884,86 300,00

TESAU 59,50 12,62 168,28 23,78 3606,07 342,58

Fuente: Base de datos de ofertas, CMT.

I.2 Sustituibilidad dentro del conjunto de partida

En el apartado I.1.2 quedaron identificados los subconjuntos en que se podía considerar dividido el conjunto de partida, debido a aspectos considerados como suficientemente diferenciados dentro de las características de los servicios incluidos en el conjunto de partida.

En el presente apartado se trata de identificar si dichos subconjuntos se pueden considerar o no mercados de referencia separados, desde el punto de vista de derecho de la competencia. Para ello, se ha de analizar la sustituibilidad entre los servicios incluidos en cada subconjunto, tanto desde el punto de vista de la demanda como de la oferta. En caso de constatarse que son sustitutivos, habrá que considerar que ambos subconjuntos forman parte de un mismo mercado de referencia. Como resultado, se obtendrán los mercados de referencia en que se puede considerar dividido el conjunto de partida, esto es, los servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija.

A continuación, se irá analizando la sustituibilidad de cada subconjunto identificado, característica por característica.

A. Características de uso: Acceso para uso individual � Acceso para uso compartido.

5 Se ha realizado un requerimiento específico de datos para el informe de referencia. En dicho requerimiento se solicitaron los siguientes datos, desde enero de 2000 y para cada mes: Número de líneas dadas de alta (en ese mes); Número de clientes de acceso directo acumulados; Ingresos por alta; Ingresos por abono mensual; Ingresos por tráfico telefónico; Minutos vendidos de tráfico telefónico

Dicho requerimiento se realizó a: TESAU, AUNA, ONO, Euskaltel, Telefónica Móviles de España, Vodafone, AMENA

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Como subconjunto de partida, se utilizará el de los servicios minoristas de acceso a la red telefónica pública para uso individual.

Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un incremento reducido pero significativo y no transitorio (en adelante, IRSNT) en los precios de los servicios de acceso para uso individual, los usuarios finales comenzarían a adquirir servicios de acceso para uso compartido, como puede ser RDSI básico o RDSI primario.

No parece que tal fuera el caso, habida cuenta de dos aspectos:

1) Los productos RDSI son más caros que las líneas convencionales, como se pone de manifiesto en el apartado I.1.4. Dicha diferencia de precios es superior en cualquier caso a lo que se puede considerar un incremento reducido. La razón es que realmente un servicio RDSI es equivalente a varias líneas individuales (2 ó 30, respectivamente para RDSI básico y primario), por lo que sus precios reflejan este múltiplo de capacidad.

2) El usuario final debe afrontar costes de cambio, en lo referente a los equipos terminales, para obtener los beneficios adicionales que le puede dar un servicio RDSI tanto en términos de capacidad como de utilización de facilidades adicionales. Así, aunque el IRSNT pudiera hacer que determinados usuarios finales pasaran a RDSI, al percibir que la relación precio � canal de voz es mejor, aún deberían confrontar estos costes de cambio.

Así pues, no se consideran sustituibles desde el punto de vista de la demanda los accesos para uso individual y los que son para uso compartido.

En cuanto a la sustituibilidad desde el punto de vista de la oferta, esta �se produce generalmente cuando las empresas comercializan una amplia gama de calidades o tipos de un mismo producto; aún cuando para un consumidor o un grupo de consumidores finales determinados las distintas calidades no sean sustituibles, estas distintas calidades se agruparán en un mercado de producto siempre que la mayoría de los proveedores puedan ofrecer y vender las diversas calidades inmediatamente y sin incrementos significativos de los costes�6. Es claro que este es precisamente el caso en España, puesto que la generalidad de operadores de acceso incluyen en su cartera de productos tanto la línea individual como los accesos compartidos (RDSI básico y primario). Así, en la Tabla I.2.1 se muestra el número de accesos que cada operador tiene operativo por tipo, donde se puede constatar que todos los operadores tienen en servicio (y, por tanto, ofrecen) los tres tipos de acceso.

6 Párrafo 21, COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN relativa a la definición de mercado de referencia a efectos de la normativa comunitaria en materia de competencia (97/C 372/03)

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Tabla I.2.1 Operadores que ofrecen los tres tipos de acceso

RDSI Básico RDSI Primario Telefonía Básica

Colt Telecom España 269 282 298

Euskaltel 2.407 443 145.957

Grupo Auna 31.943 3.582 551.078

Grupo Ono 11.408 1.647 708.534

Jazz Telecom 2.421 190 4.165

R Cable 4.071 51 110.103

Retecal 311 47 64.865

Telecable de Asturias 102 26 64.906

Telefónica de España 996.235 24.067 15.974.733

Tenaria 103 0 30.129

Uni2 426 840 1.377

Fuente: Requerimiento Anual, 2003, CMT.

En definitiva, desde el punto de vista de la oferta, los accesos para uso individual y los accesos para uso compartido prestados mediante RDSI forman parte de un mismo mercado de referencia.

B. Características de los demandantes: Acceso a la red telefónica pública - Acceso a la red telefónica para telefonía de uso público

Como subconjunto de partida, se utilizará el de los servicios minoristas de acceso a la red telefónica pública para telefonía de uso público.

Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso para telefonía de uso público, los usuarios de este tipo de servicio (esto es, los proveedores de TUP) comenzarían a adquirir accesos �genéricos�, es decir, los utilizados por cualquier usuario final.

Dado que ambos servicios satisfacen una misma necesidad, la de disponer de un acceso para utilizar el servicio telefónico, se puede considerar que la respuesta a la anterior pregunta sería afirmativa. Desde un punto de vista técnico, el acceso y el servicio que requieren los usuarios que utilizan el punto de terminación de red para

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instalar teléfonos de uso público es idéntico al servicio de acceso que se presta al resto de usuarios finales7.

Idénticamente, ante un IRNST en los precios de los accesos ofertados al resto de usuarios finales, los demandantes tenderían a comprar accesos para telefonía de uso público. Únicamente las políticas comerciales restrictivas del operador podrían impedir que un cliente adquiriera un acceso específico para telefonía de uso público para un uso convencional.

En consecuencia, desde el punto de vista de la demanda, cabe concluir que los servicios de acceso prestados a la generalidad de los usuarios y los servicios de acceso para telefonía de uso público forman parte del mismo mercado.

C. Características técnicas: Distintas tecnologías.

Como subconjunto de partida, se utilizará el de los servicios de acceso a la red telefónica pública mediante par de cobre.

Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso mediante par de cobre, los usuarios finales comenzarían a adquirir servicios de acceso mediante otra tecnología.

Parece claro que esto sería así, pues ambos servicios satisfacen una misma necesidad, la de disponer de un acceso para utilizar el servicio telefónico, con independencia de la tecnología que se utilice para su prestación. A los usuarios finales que demandan un acceso para telefonía, no les importa cuál es la tecnología con que se lo prestan. El único requerimiento que dicha tecnología debe cumplir es el ya especificado al comienzo de las Características técnicas en el apartado I.1.2.1, esto es, que dicha tecnología tenga capacidad al menos para un canal vocal.

En definitiva, los servicios de acceso para telefonía son sustitutivos entre sí, con independencia de la tecnología con la que se presten, y, por tanto, forman parte de un mismo mercado de referencia. Este resultado es consistente con el principio de neutralidad tecnológica que preside el marco normativo de las comunicaciones electrónicas.

D. Características de uso espacial: Acceso residencial � Acceso no residencial

Como subconjunto de partida, se utilizará el de los servicios minoristas de acceso a la red telefónica pública desde una ubicación fija residencial.

Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso en ubicación residencial, los usuarios finales comenzarían a adquirir servicios de acceso en ubicación no residencial en lugar de los anteriores.

7 Resoluciones de la CMT OM 2001/5789, 18 de julio de 2002 y OM 2002/6634, 19 de septiembre de 2002.

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No parece que tal fuera el caso, puesto que, de hacerlo, perdería la posibilidad de hacer o recibir llamadas telefónicas durante el tiempo que permaneciera en su residencia, y solo lo podría hacer durante el tiempo que pasara en otros lugares, típicamente en su puesto de trabajo. Dado que la mayor parte de la población continúa pasando largos periodos de tiempo en su hogar, no parece razonable que en términos generales se pueda producir una sustitución entre ambos tipos de acceso.

Desde el punto de vista de la oferta, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso en ubicación residencial, los operadores que estuvieran prestando únicamente acceso en ubicación no residencial, comenzarían a prestar también los primeros.

Al respecto, se puede decir que cuando un operador realiza su despliegue de red de acceso, está en condiciones de prestar servicios de acceso en toda su área de cobertura. Como se ha dicho, los lugares en que los operadores despliegan su red dependen básicamente de su estrategia comercial. Así, podría darse el caso de operadores que optaran por desplegar su red de acceso únicamente en áreas no residenciales; para estos operadores, comenzar a prestar servicios de áreas residenciales supondría seguramente un coste lo suficientemente elevado para no justificar la sustituibilidad de la oferta.

Sin embargo, lo cierto es que en España las áreas residenciales y no residenciales no están normalmente separadas, contrariamente a lo que parece ocurrir en otros países europeos. En nuestro caso existe un alto grado de coincidencia en las mismas áreas de oficinas y viviendas, y, pese al éxito de los centros comerciales, todavía existen notables zonas comerciales y de ocio en el centro de las ciudades.

En estas condiciones, lo que ocurre generalmente es que los operadores en su despliegue de red cubren áreas en las que típicamente se mezclan localizaciones residenciales y no residenciales, por lo que en la práctica no se suele excluir ninguno de los tipos de acceso considerados de la oferta de los operadores.

Por otro lado, si bien se han identificado operadores que solo parecen prestar el servicio de referencia en determinadas ubicaciones no residenciales (como pueden ser COLT o Comunitel), su volumen de accesos no es comparable con el que presentan los operadores entrantes más significativos, como es el caso de ONO o Auna, según se mostró en la Tabla I.2.1 en el punto A, por lo que su existencia no se puede considerar justificación suficiente para distinguir los tipos de acceso identificados como mercados de referencia distintos.

Así pues, cabe concluir que, desde el punto de vista de la oferta, los accesos en ubicación fija residencial y aquellos en ubicación fija no residencial se pueden considerar sustitutos, y, por tanto, incluidos en el mismo mercado de referencia.

E. Políticas comerciales: Acceso a la red telefónica pública sin empaquetamiento � Acceso a la red telefónica pública con empaquetamiento.

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Como subconjunto de partida, se utilizará el de los servicios minoristas de acceso a la red telefónica pública sin empaquetamiento con otros servicios de comunicaciones electrónicas.

En principio, es evidente que los servicios de comunicaciones electrónicas que se suelen comercializar de forma integrada con el de referencia, como son el servicio telefónico, el acceso a Internet, los servicios interactivos y audiovisuales o las facilidades adicionales (servicio contestador, llamada en espera, llamada a tres...) no son sustituibles desde el punto de vista de la demanda con los servicios de acceso.

Sin embargo, el que dos servicios se presenten de forma integrada no implica que sean necesariamente parte de un mismo mercado. Para que se pueda definir como mercado el de la oferta integrada, los demandantes deben valorar el paquete como tal, no pudiendo sustituirlo de forma económicamente viable por la compra individual de los elementos del paquete8.

Precisamente, este es el caso de las facilidades adicionales con respecto a los servicios de acceso, puesto que los usuarios finales, por el momento, no pueden adquirirlas de forma independiente. No pueden en modo alguno sustituir, dada la actual situación comercial, la oferta integrada (servicio de acceso y facilidades adicionales) por la adquisición separada de ambos productos de forma económicamente viable.

Por el contrario, el resto de servicios de comunicaciones electrónicas (acceso a Internet, servicios interactivos y audiovisuales o el servicio telefónico) que en la actualidad se ofertan vinculados al acceso, pueden ser adquiridos de forma independiente de dicho servicio de acceso y de manera económicamente viable para los consumidores. En concreto, el servicio telefónico se puede adquirir separadamente del acceso a RTP, debido a la normativa vigente, que impone al operador incumbente la obligación de acceso indirecto, lo que en la práctica supone la ruptura de este empaquetamiento.

En consecuencia, las facilidades adicionales se han de incluir en el mercado constituido por los servicios de acceso y no así el resto de servicios de comunicaciones electrónicas que se oferten vinculadas al mismo.

Conclusión: Definición del mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija

Una vez abordado el análisis de sustituibilidad dentro del conjunto de partida, se concluye que todos los subconjuntos de servicios que en él se habían identificado, son

8 Decisión de la Comisión, de 27 de julio de 1994, en el Asunto nº IV/34.857, BT-MCI e Informe del Tribunal de Defensa de la Competencia sobre el expediente de concentración C52/00 Carrefour/Promodès.

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sustitutos entre sí, sea desde la perspectiva de la demanda o de la oferta, y, consecuentemente, forman un mismo mercado de referencia.

Dicho mercado de referencia es el mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija.

I.3 Sustituibilidad con terceros productos

En I.2, se ha concluido que los servicios objeto de análisis forman un único mercado de referencia, el mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija.

En el presente apartado se trata de valorar la sustituibilidad de estos servicios con terceros servicios no incluidos en el conjunto de partida identificado en I.1. En caso de encontrarse que un determinado servicio es sustituible con los incluidos en el mercado de referencia, debería incluirse en el mismo.

Como posibles sustitutos de los servicios incluidos en el mercado de referencia, se consideran los siguientes, correspondientes a los cuatro principales calificativos que se dan al mercado de referencia:

- Servicio minorista de acceso directo a red telefónica pública desde una ubicación móvil.

- Servicio minorista de acceso directo a redes de servicios de banda ancha desde una ubicación fija.

- Servicio minorista de acceso indirecto a red telefónica pública desde una ubicación fija.

- Servicio mayorista de acceso directo a red telefónica pública desde una ubicación fija.

A continuación se analiza la sustituibilidad con cada uno de estos cuatro servicios.

A. Acceso desde una ubicación fija � Acceso desde una ubicación móvil

La principal característica que diferencia el servicio de acceso desde una ubicación móvil con el servicio de acceso desde una ubicación fija es la movilidad. En general, el acceso móvil está asociado a una persona y no, como en el caso del acceso fijo, a un lugar, por lo que el usuario puede realizar y recibir llamadas vocales desde cualquier punto de cobertura de la red móvil.

Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso fijo, los usuarios finales comenzarían a adquirir servicios de acceso móvil.

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Lo cierto es que, con la información disponible, no hay una respuesta concluyente a esta pregunta. En todo caso, el usuario final tomará la decisión basándose, no solo en el coste del servicio de acceso, sino y principalmente, en el coste que le supongan las llamadas. En particular, hay que destacar que la política comercial de los operadores móviles tiene una gran tendencia a eliminar las cuotas de alta y abono (que nunca han existido, por ejemplo, en prepago), por lo que la decisión basándose única y exclusivamente en el precio del servicio de referencia sería probablemente de cambio. Así pues, según los patrones de tráfico de cada usuario final, dicha sustitución tendrá o no sentido.

Por otro lado, los costes de cambio que confronta el usuario final, se pueden referir a dos aspectos:

1) Cambio de terminal: este coste se ha reducido considerablemente, tanto por la política de subvenciones practicada por los operadores móviles, como por el cambio de consideración que ha tenido el terminal móvil, pasando de mera �commodity� (caso del terminal fijo) a un objeto personal.

2) Uso dado al medio fijo de acceso: si el usuario final utiliza la red fija de acceso para acceder a servicios adicionales al telefónico fijo, será más reacio a cambiar, puesto que perdería la posibilidad de recibir los otros servicios. En estos casos, podría hablarse de servicios complementarios.

Así pues, no parece haber costes de cambio significativos para usuarios finales que únicamente usan los medios de acceso para los servicios de la red telefónica pública, por lo que únicamente se puede deducir algo de la diferencia de precios, que ya se ha visto no es concluyente.

A los efectos del presente análisis, no se considera que los dos servicios comparados son sustitutos perfectos desde el punto de vista de la demanda, a falta de pruebas más concluyentes.

Desde el punto de vista de la oferta, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso fijo, los operadores de telefonía móvil comenzarían a prestar este tipo de servicios, dedicando recursos de los utilizados para acceso móvil a este otro tipo de servicios. Dada la valoración que los usuarios finales hacen de la movilidad y, consecuentemente, los mayores precios que están dispuestos a pagar por utilizar servicios con acceso móvil, así como los ingresos que los operadores móviles perciben por interconexión en terminación móvil parece muy difícil que estén dispuestos a dedicar capacidad de telefonía móvil para prestar telefonía fija ante un IRNST. Por tanto, no cabe decir que son productos sustitutos desde el punto de vista de la oferta.

En conclusión, no cabe incluir los servicios móviles dentro del mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija, anteriormente definido.

B. Acceso a la RTP � Acceso a redes de servicios de banda ancha

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Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso a RTC, los usuarios finales comenzarían a adquirir servicios de acceso a redes de servicios de banda ancha en lugar de los anteriores.

Dado que cada uno de los servicios de acceso referidos permite el acceso a servicios diferentes, por una parte el servicio telefónico y por otra los servicios de acceso a Internet y los servicios audiovisuales, que satisfacen además necesidades muy diferentes, los usuarios no pueden plantearse esta sustitución.

Desde el punto de vista de la oferta, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso para RTC, los operadores de acceso a redes de servicios de banda ancha estarían en condiciones de prestar este tipo de servicios, de forma inmediata. Para hacer esto, los citados proveedores deberían dotarse de determinados recursos (por ejemplo, elementos de conmutación telefónica o acuerdos de interconexión), lo que les impediría sin más la prestación inmediata del servicio de referencia. Por ello, no se los puede considerar sustitutos.

En conclusión, no cabe incluir los servicios de acceso a redes de servicios de banda ancha dentro del mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija, anteriormente definido.

C. Acceso directo � Acceso indirecto

Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso directo, los usuarios finales comenzarían a adquirir servicios de acceso indirecto, en sustitución de los primeros.

Resulta obvio que no podrían hacerlo, puesto que el usuario final no puede contratar un servicio de acceso indirecto si no cuenta previamente con un servicio de acceso directo. Además, el acceso indirecto únicamente posibilita la realización de llamadas, por lo que, aunque hipotéticamente pudiera darse el caso, el usuario final tampoco estaría dispuesto a sustituirlo, puesto que perdería la posibilidad de recibir llamadas.

Desde el punto de vista de la oferta, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios de acceso directo, los operadores de acceso indirecto estarían en condiciones de prestar este tipo de servicios, de forma inmediata. Una vez más, es obvio que no es el caso, puesto que para hacer eso deberían realizar ellos mismos la explotación de la red de acceso, sea con medios propios o ajenos.

En conclusión, no cabe incluir los servicios de acceso indirecto dentro del mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija, anteriormente definido.

D. Acceso minorista � Acceso mayorista

Desde el punto de vista de la demanda, hay que preguntarse si, ante un IRSNT en los precios de los servicios minoristas de acceso, los usuarios finales comenzarían a adquirir servicios de acceso mayoristas en lugar de los anteriores.

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En términos generales, los servicios mayoristas, al combinarse con otros elementos de producción del agente que los adquiere, sirven para producir servicios minoristas. Así pues, el grado de sustituibilidad entre unos y otros está muy relacionado con lo que supongan los referidos elementos adicionales en la prestación del servicio minorista.

En la medida en que el servicio mayorista sea menos elaborado, más elementos adicionales habrá de añadir el agente que desee producir el minorista, y mayores por tanto serán los costes de cambio confrontados para sustituir un servicio minorista por la adquisición del mayorista correspondiente.

Por el contrario, cuanto más parecido sea el servicio mayorista al minorista, ocurrirá lo contrario. Así, en esquemas de pura reventa, es más probable que el usuario final, ante un IRSNT, se plantee comenzar a adquirir servicios mayoristas para su utilización directa. Esto se facilita considerablemente con la normativa vigente, en que simplemente con una autorización se puede comenzar la prestación de servicios y, por ende, la adquisición de servicios mayoristas.

No obstante, en el caso que nos ocupa, el servicio mayorista correspondiente sería el regulado mediante la OBA. La sustitución del servicio minorista de acceso por el mayorista, esto es, por la utilización de bucle desagregado, exige unas cuantiosas inversiones, tanto a nivel de central local como de red de transporte, para poder prestarse el servicio de acceso a la red telefónica fija. Además del coste de todos los elementos de la red propia, se debe hacer frente en cada ubicación del repartidor, al coste de los servicios de coubicación, entrega de señal y tendido. Eso, sin contar con el grado de conocimiento en telecomunicaciones que el usuario final debería tener.

Por tanto, se puede concluir que no hay sustituibilidad entre ambos servicios, desde el punto de vista de la demanda.

Desde el punto de vista de la oferta, la pregunta carece de sentido, puesto que únicamente TESAU presta los servicios mayoristas de referencia, lo que además hace por imposición legal. Evidentemente, la prestación de estos servicios por TESAU no es algo que haya hecho por presiones competitivas, por tanto.

En conclusión, no cabe incluir los servicios de acceso mayorista dentro del mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde una ubicación fija, anteriormente definido.

I.4 Definición del mercado relevante

I.4.1 Definición del mercado relevante de producto

A la vista de los análisis de sustituibilidad realizados, se puede concluir que los servicios incluidos en el conjunto de partida forman un único mercado de referencia: el mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde ubicación fija.

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En dicho mercado se incluyen los servicios de acceso propiamente dichos, definidos como la puesta a disposición de los usuarios finales de los recursos que permitan el disfrute del servicio telefónico disponible al público, desde un punto de terminación de red no móvil, así como las facilidades adicionales asociadas al mismo.

I.4.2 Definición del mercado relevante geográfico

El alcance de este mercado es nacional, pues no se han detectado ámbitos inferiores al nacional en que las condiciones de competencia aplicables al servicio descrito sean suficientemente distintas respecto al resto del territorio nacional. Se puede constatar que, a nivel nacional, las condiciones de competencia son suficientemente homogéneas, tanto desde el punto de vista de sustituibilidad de la demanda como de la oferta.

Así, desde el punto de vista de sustituibilidad de la demanda, en general, se puede afirmar que los usuarios pueden acceder a los servicios de los operadores con título de ámbito nacional. Adicionalmente, cabe decir que el hecho de que existan operadores con títulos de ámbito geográfico inferior al nacional, como puedan ser los operadores de cable, no modifica este análisis de por sí, pues habría que demostrar que su presencia supone una alteración suficiente en las condiciones de competencia con respecto al resto del territorio nacional, lo que parece difícil en el momento actual.

En este sentido, y según las Directrices de la Comisión sobre el análisis del mercado y evaluación del peso significativo en el mercado dentro del marco regulador comunitario de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, �los límites del mercado pertinente pueden ampliarse para tomar en consideración los productos o las zonas geográficas que, aunque no sean directamente intercambiables, deben incluirse en la definición del mercado a causa de la denominada sustitución en cadena�.

Asimismo, según la Comunicación de la Comisión relativa a la definición de mercado de referencia a efectos de la normativa comunitaria en materia de competencia (97/C 372/03), puntos 57 y 58, se dice, por ejemplo, que puede darse el caso de sustitución en cadena cuando una empresa que presta servicios a nivel nacional presiona sobre los precios aplicados por las empresas que prestan servicios en mercados geográficos distintos. Tal puede ser el caso cuando los precios aplicados por las empresas que suministran redes de cable en determinadas zonas se ven influidas por una empresa incumbente que opera al nivel nacional. Lo dicho aplica perfectamente al caso aquí tratado, ya que sin ningún tipo de dudas, los operadores nacionales, y en particular el operador incumbente, influyen en los precios que los operadores de telecomunicaciones de ámbito regional pueden imponer a sus clientes. Estos precios, como se ha comentado anteriormente, se fijan al nivel nacional. Por tanto, se da una sustitución en cadena entre los productos de estos operadores y los del operador incumbente, cuyos precios se han formado de manera independiente a las condiciones particulares de la región en cuestión. En consecuencia, los ámbitos geográficos de dichos operadores deberían considerarse dentro del mismo mercado geográfico, por lo que en esencia el mercado de referencia ha de ser de ámbito nacional.

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Desde el punto de vista de sustituibilidad de la oferta, los operadores que prestan servicios en España no enfrentan costes adicionales que impidan la prestación de servicios en áreas distintas, dentro del territorio nacional, a aquellas dónde están presentes. Entre otros elementos que hacen que esto sea así, cabe citar la existencia de instrumentos legales o regulatorios homogéneos, como venían siendo las licencias (que se otorgaban en las mismas condiciones en todo el ámbito nacional), o la regulación de precios mayoristas y finales.

De este modo, se debe concluir que las condiciones de competencia son homogéneas, en todo el territorio nacional y, por tanto esa es la dimensión geográfica del mercado relevante.

I.4.3 Definición del mercado relevante temporal

No cabe dividir el mercado relevante identificado en cuanto a una dimensión temporal, puesto que no se han detectado variaciones en las condiciones de la competencia por motivos estacionales.

Conclusión

Se define el mercado de servicios minoristas de acceso directo a la red telefónica pública desde ubicación fija, como aquel que incluye los servicios de acceso propiamente dichos (puesta a disposición de los usuarios finales de los recursos que permitan el disfrute del servicio telefónico disponible al público desde un punto de terminación de red no móvil), y las facilidades adicionales asociadas al mismo. La dimensión geográfica de dicho mercado es el territorio nacional.

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II ANÁLISIS DE LA ESTRUCTURA DEL MERCADO

En la fase II del presente informe, una vez definido el mercado de referencia, que es el de �servicios minorista de acceso directo la red telefónica pública desde una ubicación fija�, se procede a realizar una descripción estructural del mismo.

Así, en el apartado II.1, se describen las variables en que pueden competir los operadores, con especial énfasis en los precios, para los que se analizan en detalle los aspectos que los condicionan: estructura de costes del servicio y factores que influyen en la misma, regulación y transparencia del mercado. Por último, se analiza la posición de cada oferente en el mercado de referencia.

En el apartado II.2, por su parte, se identifican las barreras de entrada al mercado; además, se estudia el impacto que puede tener la evolución tecnológica sobre dichas barreras y se identifican, en consecuencia, posibles entrantes. En el apartado II.3 se analiza el poder de la demanda, como posible contrapeso a eventuales posiciones dominantes en el mercado de referencia.

Por último, se realiza una valoración global del mercado y se concluye si es necesario pasar a la siguiente fase, esto es, si es posible que existan operadores dominantes a la luz del análisis realizado.

II.1 Características de la oferta

II.1.1 Identificación de los oferentes del mercado relevante

En el apartado I.1.3 se hizo una relación de los principales operadores que tienen oferta en el mercado de referencia.

A efectos de valorar la verdadera posición en el mercado de cada empresa, no se puede tener en cuenta de manera aislada a una determinada sociedad, sino que se ha de considerar a la misma en el marco del grupo al que pertenece. Desde un punto de vista económico, la estrategia de las empresas de un mismo grupo viene en última instancia dictada por una misma unidad de decisión, por lo que es previsible que puedan coordinar su comportamiento competitivo.

II.1.2 Variables en las que se compite

Una vez conocidos los oferentes en el mercado de referencia, en el presente apartado se trata de identificar de qué forma pueden competir en él. En concreto, primero se establece la importancia qué tiene el precio como factor competitivo (en la medida en que el servicio se pueda diferenciar, la importancia del precio será menor en este sentido), y, a continuación, se identifican aquellos aspectos que puedan tener algún tipo de influencia en la fijación de precios, como son los costes, la regulación y la transparencia.

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II.1.2.1 Características de la diferenciación del producto

El hecho de que diversos productos compitan en un mismo mercado relevante definido supone que se trata de productos sustitutivos entre sí. Sin embargo, ello no quiere decir que necesariamente se trate de productos perfectamente homogéneos. En numerosas ocasiones es posible apreciar dentro del mercado relevante definido la existencia de diferencias entre productos, unas veces provocadas intencionadamente por el productor y otras no. En la medida que la homogeneidad entre productos sea mayor, mayor será la importancia del precio como variable competitiva, y tanto más intensa la competencia en precios.

Como principales posibles características de diferenciación en el mercado de referencia se han detectado las siguientes:

Características técnicas o tecnológicas

En el apartado I.1.2 se identificaron las tecnologías que permiten la prestación de los servicios incluidos en el mercado de referencia. Dichas tecnologías se pueden utilizar para la prestación de los mismos, pero también, en función de su capacidad, para el acceso a otros tipos de redes distintas de la RTC y, en consecuencia, para la prestación de otros servicios de tráfico.

Debido a ello, se puede decir que la tecnología de acceso utilizada constituye una importante fuente de diferenciación para los operadores. La posibilidad de poder ofrecer conjuntamente el servicio de acceso a la red telefónica pública, con el acceso a servicios como Internet o televisión por parte de los operadores de cable es el ejemplo más claro.

La posibilidad de contratar más de un servicio con un único operador hace que la oferta de este último sea especialmente atractiva por la reducción de los costes de transacción asociados. A igualdad de precios (así como otros atributos relevantes) para un consumidor que desee consumir servicio telefónico, Internet y televisión será más atractiva la oferta, por ejemplo, de un operador de cable que la alternativa ofrecida por un operador de telecomunicaciones y la empresa propietaria de una plataforma digital. Este consumidor disfrutará de las ventajas que presenta el tener una única relación comercial tales como la recepción de una factura única y la posibilidad de llamar al mismo servicio de atención al cliente para cualquier posible contingencia relacionada con cualquiera de los servicios.

En el apartado II.2 se podrá constatar la importancia de esta variable de diferenciación, cuando se observe que los únicos casos significativos de entrada al sector son, precisamente, los operadores de cable, y en aquellas demarcaciones en que cuentan con concesión para la prestación de servicios de difusión de TV.

En principio, se puede considerar esta forma de diferenciación como vertical, ya que en esencia se refiere a la capacidad de la tecnología de acceso. Cuanto �mejor� en términos de capacidad sea la tecnología, más variedad y calidad de servicios se podrá prestar a su través (junto con el acceso a RTC), y más estarán dispuestos a pagar los usuarios finales, si es que valoran este atributo.

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También se identifica una componente horizontal de diferenciación, en relación con las posibilidades que tienen los operadores de empaquetar sus servicios. Esto se trata con más detalle en el apartado dedicado a políticas comerciales.

Diferencias de calidad entre los productos considerados

Los servicios de acceso se diferencian en términos de calidad objetiva, tal y como se describe en el punto I.1.2.1, mediante los parámetros allí especificados.

Determinados usuarios finales pueden estar dispuestos a valorar estos aspectos a la hora de elegir un proveedor, y los operadores podrán diferenciarse comprometiéndose a garantizar unos niveles de calidad y servicio acordes con las características de cada cliente (por ejemplo, mediante service level agreements).

No obstante, en términos generales no parece que para el servicio de referencia este sea un aspecto suficientemente importante para conseguir un grado de diferenciación sostenible. En todo caso, se considera esta característica como una fuente de diferenciación vertical.

Características espaciales y temporales de su consumo y producción.

La cobertura de red de un operador puede ser una variable competitiva importante. El hecho de disponer de una red de cobertura nacional permite a los consumidores que cambian de ubicación tomar en consideración a este operador como posible proveedor de los servicios de telecomunicaciones, pero no a sus competidores9 sin la misma cobertura.

Para aquellos consumidores que necesiten contratar el servicio de acceso en más de una ubicación fija (segundas viviendas, sucursales, etc.) será más atractiva la oferta que pueda realizar un operador con una red de dimensión nacional, ya que entablará una única relación comercial por la prestación del servicio de acceso y obtendrá mejores condiciones.

No obstante, en términos generales, se puede considerar relativamente bajo el número de clientes que está en una situación como la descrita, y tampoco es obvio que su decisión de compra en las ubicaciones adicionales esté muy condicionada por la decisión inicial. Por ello, no se puede considerar este atributo como una fuente de diferenciación de especial importancia. Se considera, por otro lado, como fuente de diferenciación vertical.

Políticas comerciales

En cuanto a las políticas comerciales, cabe referirse a los siguientes aspectos:

9 De hecho, tanto esta CMT como Oftel han reconocido que éste es uno de los beneficios intangibles que se toman en consideración a la hora de valorar si la prestación del servicio universal constituye una desventaja competitiva al operador responsable de su prestación.

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- Comercialización de ofertas integradas y soluciones personalizadas

Como se ha descrito, el servicio de acceso se comercializa normalmente de forma empaquetada con otros servicios, típicamente la prestación del servicio telefónico, y normalmente junto con facilidades adicionales. En este sentido, no se puede hablar de diferenciación sostenible, pues la mera prestación del servicio de referencia conlleva la prestación del servicio telefónico y sus facilidades adicionales.

Las posibilidades de diferenciarse mediante el empaquetamiento de estas últimas son extremadamente reducidas, ya que no es sostenible en el tiempo. Por ejemplo, la prestación gratuita del servicio contestador es fácilmente replicable por los restantes operadores de acceso. Lo mismo ocurre con la mayor parte de las facilidades adicionales.

Por otra parte el modo en que se regulan los precios también tiene influencia en la política comercial de los operadores.

Más importante puede resultar la diferenciación en empaquetamiento de servicios diferentes del telefónico. Como se ha visto, determinadas tecnologías permiten la prestación de servicios adicionales a este. Los operadores que utilicen estas tecnologías, podrán realizar ofertas de paquetes, ya sea estándar o personalizadas, a sus clientes.

En el caso de las ofertas estándar, tampoco existe gran posibilidad de diferenciarse, en el supuesto de que la tecnología tenga capacidad suficiente. Cualquier paquete que diseñe un determinado operador, podrá fácilmente ser replicado por sus competidores10.

Por otro lado, los operadores pueden diseñar ofertas personalizadas que se adecuen a las necesidades de cada cliente de forma particular, englobando servicios a medida, atención personalizada, servicios de voz y datos, optimización del ancho de banda, simplificación de redes internas, gestión integrada de la red, etc. En este sentido, la orientación de los recursos y procedimientos del operador para atender este tipo de demanda es un proceso que se juzga costoso, por lo que un operador puede encontrar una cierta diferenciación sostenible por esta vía.

- Imagen de marca

La imagen de marca es una variable relevante a la hora de analizar la competencia en el mercado. Los operadores han llevado a cabo campañas de publicidad con este objetivo, además de para comunicar sus planes tarifarios. Esta variable constituye un elemento de diferenciación vertical.

10 Por supuesto, existen posibilidades de diferenciación que escapan al presente análisis, como puede ser los contenidos audiovisuales de que disponga el operador.

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No obstante lo anterior, la capacidad de las campañas publicitarias para influir en la toma de decisión del consumidor será menor cuanto mayor sea su grado de sofisticación o mayor nivel de información y conocimiento sobre las ofertas alternativas en el mercado posea. Así, un consumidor más sofisticado o con un nivel de información superior a la media, valorará más el grado de adecuación de las ofertas disponibles a sus necesidades, el grado de confianza y/o la fiabilidad de cada operador de telecomunicaciones que la imagen resultante de campañas publicitarias.

II.1.2.2 Estructura de costes

A efectos de analizar la estructura de costes de los servicios, se considerará la estructura de costes del operador incumbente, TESAU, por un lado, y la de los operadores alternativos de acceso directo, por otro. Al considerarse que ambas estructuras de costes son suficientemente diferenciadas, una promediación sin más de las mismas supondría una evidente pérdida de transparencia.

Ha de tenerse en cuenta que, si bien de TESAU, y debido a sus obligaciones de contabilidad de costes, se dispone de información desagregada para los servicios que se incluyen en el mercado de referencia, no ocurre lo mismo con los otros operadores incluidos en este mercado, que no están sujetos a esta obligación. Dado que no se dispone de información suficiente para imputar los gastos obtenidos de las memorias de cada operador alternativo a los distintos servicios (ejercicio que, adicionalmente, es extremadamente costoso), únicamente se dará una estructura de costes general para los operadores alternativos.

Operador incumbente: La estructura de costes para los servicios de acceso se muestra en el Gráfico II.1.1:

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Gráfico II.1.1 Estructura de costes

Costes Servicios de Acceso

42%

58%

Ctes. variables Ctes. fijos

Fuente: Elaboración propia a partir de la contabilidad de costes históricos de TESAU de 2002.

Gráfico II.1.2 Distribución de los principales capítulos de costes variables

Distribución Costes Variables

Operación y mantenimiento de red

40%

Otros costes9%

Facturación, cobro y marketing

18%

Actividades corporativas y

generales3% Actividades de

soporte11%

Costes de venta19%

Fuente: Elaboración propia a partir de la contabilidad de costes históricos de TESAU de 2002.

En la Tabla II.1.1 presenta la distribución de las partidas más relevantes de los costes fijos:

Tabla II.1.1 Distribución de los costes fijos

Partida de coste % s/ total costes fijos

Medios portadores 36,26%

Equipos de fuerza, conmutación y transmisión 18,46%

Redes de acometida 14,81%

Planta exterior 12,13%

Otros costes 7,63%

Edificios, Casetas, Soporte antenas y acondicionamiento de caminos 6,45%

Gastos I+D y sistemas de información 4,26%

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Fuente: Elaboración propia.

Se estima que los costes hundidos (o irrecuperables) representan entre un 36 y un 47% del total de costes. Se ha considerado como costes hundidos aquellas partidas correspondientes con elementos de inmovilizado que tienen un largo período de vida útil y/ o que presentan un alto grado de obsolescencia tecnológica con escasa aplicación fuera del uso específico actual11.

- Operadores de acceso directo: Para estos operadores, como se ha anticipado, se da una estructura de costes global, no la correspondiente al servicio de acceso. La estructura promedio de costes ordinarios para los servicios telefónicos de este tipo de operadores se muestra en el Gráfico II.1.3 (los costes fijos son equivalentes a las amortizaciones y los gastos financieros):

Gráfico II.1.3 Estructura de costes de operadores de acceso directo

Costes 2002

62%

38%

Costes variables Costes fijos

Fuente: Elaboración propia a partir de las memorias de 2002 de ONO, AUNA y EUSKALTEL.

Los principales capítulos de costes variables (promediados) se distribuyen de la siguiente forma:

11 En el caso de los servicios de acceso ofrecidos por el incumbente se han considerado como costes hundidos la Planta Exterior y algunas Instalaciones Técnicas (el límite inferior incluye los Medios portadores y las Redes de acometida, y el límite superior también incluye los Equipos de Fuerza, Conmutación y Transmisión).

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Gráfico II.1.4 Distribución de costes variables

Distribución Costes Variables

Gastos de personal22%

Interconexión, aprovisionamientos y

otros51%

Publicidad3%

Provisiones de tráfico3%

Otros gastos de explotación

21%

Fuente: Elaboración propia.

En la Tabla II.1.2 se presenta la distribución de las partidas más relevantes de los costes fijos:

Tabla II.1.2 Distribución de costes fijos

Partida de amortizaciones % s/ costes fijos

Gastos financieros 35,14%

Instalaciones técnicas y maquinaria 32,41%

Otro inmovilizado 17,53%

Aplicaciones informáticas 10,77%

Concesiones 4,01%

Gastos I+D 0,14% Fuente: Elaboración propia.

Se estima que los costes hundidos (o irrecuperables) representan entre un 12 y un 14% del total de costes de los servicios telefónicos. Se ha considerado como costes hundidos aquellas partidas correspondientes con elementos de inmovilizado que tienen un largo período de vida útil y/ o que presentan un alto grado de obsolescencia tecnológica con escasa aplicación fuera del uso específico actual12.

12 En el caso de este tipo de operadores se han considerado como costes hundidos las Instalaciones técnicas y maquinaria (el límite superior también incluye el coste de las Concesiones administrativas).

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II.1.2.3 Competencia en precios

Una vez conocidos los costes, en el presente apartado se analizan qué otros aspectos pueden estar condicionando la fijación de precios por parte de los oferentes presentes en el mercado.

II.1.2.3.1 Regulación de precios

Con carácter general para los servicios de telecomunicaciones, se encuentran regulados únicamente los precios de TESAU; los restantes operadores únicamente están obligados a notificar sus precios, como obligación impuesta en el propio título.

Los precios del servicio objeto de informe se encuentran sujetos a dos tipos de regulación. Por una parte, la derivada de las obligaciones de servicio universal, entre las cuales se establece la necesidad de garantizar una conexión a la red a un precio asequible13.

Por otra parte, existe una regulación de precios minoristas, que afecta, entre otros servicios, al acceso minorista, dirigida a garantizar que la liberalización de los servicios redunde en el beneficio de los usuarios y permita la libre competencia. Este segundo tipo de regulación, se deriva fundamentalmente de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 11/1998 que establece que la CDGAE, previo informe de la CMT, podrá fijar, transitoriamente, precios fijos, máximos y mínimos o los criterios para su fijación y los mecanismos para su control, en función de los costes reales de la prestación del servicio y del grado de concurrencia de operadores en el mercado, lo que ha venido haciendo regularmente.

La normativa vigente hasta el 200414 entiende susceptibles de ser regulados el servicio telefónico fijo disponible al público, el de líneas susceptibles de arrendamiento y aquellos servicios de telecomunicaciones que utilicen como acceso la red pública de telefonía fija de TESAU, y subraya la obligación de orientación a costes de los precios minoristas. Este marco se ha alterado para 200415.

13 Corresponde al Gobierno determinar lo que se entiende por precio asequible en relación con la conexión a la red telefónica pública desde una ubicación fija. En este sentido, mediante Orden PRE/68/2002 (B.O.E. de 19 de enero de 2002), se estableció que el precio asequible correspondiente a los distintos servicios telefónicos incluidos en la prestación del servicio universal se corresponde con el establecido en la regulación de precios minoristas aplicable a TESAU (véanse notas 28 y 29 de este documento).

14 La regulación aplicable a los precios hasta el año 2003 se contiene en la Orden de 10 de mayo de 2001 por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Delegada de Gobierno para Asuntos económicos del Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de 27 de julio de 2000 por el que se establece un nuevo marco regulatorio de precios para los servicios prestados por �Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal� (Orden de �price cap�), modificada por la Orden PRE/3189/2002, de 12 de diciembre, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CDGAE por el que se modifica para el año 2003 el vigente marco regulatorio de los precios de los servicios que presta �Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, y se autoriza a reducir en dicho año los precios de los servicios ADSL minorista en un 10 por 100.

15 Orden PRE/3103/2003, de 5 de noviembre, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de fecha 25 de septiembre de 2003 de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos por el que se aprueba el marco de regulación de los precios de determinados servicios prestados por TESAU para el año 2004.

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TESAU puede aplicar descuentos sobre estos precios regulados sujetándose a un régimen de notificación o autorización, según los casos. Además, la CMT ejerce un control a posteriori sobre los precios efectivamente aplicados.

El hecho de que los precios se encuentren sujetos a este régimen no supone que el operador sujeto a regulación "price cap" o a simples precios máximos no tenga libertad para decidir los precios que aplicará por debajo de las tarifas nominales bajo la forma de programas de descuentos, paquetes de servicios, bonos y planes de precios, pero estos no podrán distorsionar la competencia en el mercado por lo que se les somete, además, a determinadas cautelas.

A este régimen se unirá la competencia del Gobierno para determinar la asequibilidad del acceso conforme a la normativa de servicio universal. En este sentido, la Orden PRE/3103/2003 de 5 de noviembre establece en su apartado tercero que una vez la CMT haya concluido el proceso de definición de mercados y análisis de la competencia, la CDGAE aprobará a lo largo del año 2004 el nuevo marco regulador de los precios para el 2005 destinado exclusivamente a garantizar la asequibilidad de las prestaciones incluidas en el ámbito del servicio universal.

- Régimen de �price cap� y precios máximos

El sistema de regulación de precios actual supone un control de los precios que no se produce concepto a concepto sino para una serie de conjuntos o cestas de servicios representativos de la generalidad de los precios del sector. La autoridad económica marca el porcentaje obligatorio de reducción anual del valor de cada cesta en términos nominales (IPC-X)% y deja al operador libertad para mover sus precios de acuerdo con su política comercial dentro de unos márgenes máximos y mínimos, con tal de que cumpla con los objetivos de reducción establecidos. Este sistema coexiste con otros regímenes regulatorios de autorización previa y precios máximos.

Los servicios que se entienden incluidos en cada una de las cestas y subcestas, así como las salvaguardas respecto de los mismos, han sufrido distintas modificaciones de forma que servicios que, en un primer momento, se sometían al régimen de límite máximo, actualmente han quedado fuera de las cestas y su única limitación es el sometimiento a un precio máximo. Tal ha sido el caso de la cuota de conexión, y de la cuota de abono para el año 2004.

- Régimen de Descuentos y nuevos servicios vigente hasta el 31 de diciembre de 2003

Los programas de descuentos, paquetes de servicios, bonos y planes de precios no se computan a la hora de determinar estas reducciones periódicas y precios máximos, aunque sí estén sometidos al control que a continuación se explica.

El régimen articulado para ello en nuestro ordenamiento jurídico implica un doble control: 1) un control previo antes de comercializarse el servicio en los términos propuestos y, 2) un control �a posteriori�.

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Este control previo puede plasmarse en un sistema de mera notificación cuando el impacto del descuento se entiende que va a ser mínimo por razón de su importe y estructura, o en un sistema de autorización cuando no se encuadre en estos parámetros.

De acuerdo con el régimen establecido para el año 2004, los paquetes de servicios, bonos, planes de precios, programas de descuento, (tanto para los nuevos como para la modificación de alguno existente), así como los nuevos servicios y facilidades que podrán ser comercializadas, quedarán sometidos únicamente a un régimen de notificación a los Ministerios de Economía y de Ciencia y Tecnología, al Consejo de Consumidores y Usuarios y, a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, que se realizará con, al menos, veintiún días de antelación a su aplicación efectiva.

- Regulación de precios aplicada al acceso

El precio de los servicios de acceso está compuesto por una cuota de alta (abonada en el momento de contratar el servicio) y una cuota de abono (generalmente con carácter mensual). Ambas se encuentran reguladas, si bien su régimen ha sufrido modificaciones. En un primer momento, la cuota de alta y de abono se encontraban sometidas al régimen de �price cap� e incluidas, junto con los servicios de tráfico telefónico, en la denominada cesta 1. Para el año 2004, la cuota de conexión de líneas individuales queda sometida a la regulación de precios máximos, mientras que la cuota de abono queda sujeta a salvaguarda, de forma que el precio establecido por este concepto no podrá experimentar una subida superior al límite fijado por la propia Orden (4.35%).

Se encuentran regulados con un sistema de precios máximos, aunque a partir del 2004 se liberalizan, tanto los accesos RDSI, como las facilidades asociadas al acceso y las facilidades de configuración de servicios de inteligencia de red.

En el caso de que se pretendan ofrecer descuentos por los conceptos de cuota de alta y cuota de abono, se contemplan las bonificaciones previstas por el servicio universal o la posibilidad de suscripción a un plan de descuento (estos conceptos deben someterse al mismo régimen de autorización - notificación para el 2004 de los servicios no liberalizados - antes explicado). También es posible que el operador pretenda ofrecer mejores descuentos en tráfico a los usuarios que contraten con él el acceso, lo que está sujeto a autorización/notificación.

Finalmente, se ha de decir que, hasta ahora, la regulación obligaba a TESAU a aplicar precios similares en todo el territorio nacional, sin distinguir en función de la rentabilidad, por lo que no le era posible despromediar sus precios, para bajarlos en áreas geográficas en las que tal vez hubiera podido hacerlo.

- Regulación de precios en otros mercados

Como se ha visto en el apartado I.1.2.1, para la prestación del servicio de referencia se pueden utilizar medios ajenos, como líneas alquiladas, servicios de OBA o servicios de interconexión de líneas alquiladas. Así pues, aunque de forma indirecta, también

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afecta al mercado objeto de análisis la regulación de precios de estos servicios mayoristas.

En la actualidad, la normativa obliga a TESAU a poner a disposición de terceros una Oferta de Acceso al Bucle y una Oferta de alquiler de circuitos minorista y mayorista (OIR), en las cuales se recogen unos precios máximos regulados orientados a costes. Dicha regulación tiene impacto sobre los costes que confrontan los operadores, de la forma que se explica en el apartado siguiente, referente a factores regulatorios que influyen sobre los costes.

Estos factores fueron tenidos en cuenta a la hora de elaborar el sistema de regulación de precios, tal y como pone de manifiesto la Orden de 10 de mayo de 2001, al afirmar que �la indudable relación existente entre los precios de acceso al bucle de abonado y las cuotas de abono al servicio telefónico para los usuarios finales y la necesidad de que los distintos agentes que operan en el mercado, en especial los operadores alternativos, tengan un marco de referencia que minimice en lo posible el grado de incertidumbre en sus decisiones de acometer proyectos de inversión en redes de acceso alternativas a la de Telefónica, es una segunda circunstancia que aconseja que se determine lo antes posible el marco de precios (en especial la cuota de abono al servicio telefónico fijo de los usuarios finales) para el ejercicio de 2003, horizonte temporal para el que se estableció el precio del bucle del abonado.�16

II.1.2.3.2 Factores que inciden sobre los costes

En el apartado II.1.2.2 se describió la estructura de costes del servicio de referencia. Dada la influencia que los costes tienen normalmente sobre la fijación de precios, es necesario, en un análisis prospectivo, identificar qué factores del entorno pueden afectar a los mismos. Dichos factores se han clasificado en regulatorios, macroeconómicos, técnicos y otros.

- Factores regulatorios

Se trata de factores que pueden incidir en la estructura de costes pero de los cuales la empresa no tiene capacidad de actuación directa, de ahí que tengan un carácter exógeno. Por otro lado, tienen una singular importancia en el sector de las comunicaciones electrónicas.

• Desagregación del bucle de abonado: Según la regulación vigente, TESAU debe disponer de una Oferta de desagregación del bucle de abonado que recoja tanto cuestiones técnicas o administrativas como económicas. Los operadores alternativos pueden prestar servicios de acceso mediante el uso de esta Oferta,

16 Los precios de la primera oferta de acceso al bucle se regularon mediante Orden de 29 de diciembre de 2000 por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, por el que se establecen los precios de la primera oferta de acceso al bucle de abonado en las modalidades de acceso completamente desagregado, de acceso compartido y de acceso indirecto a la red pública telefónica fija de Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal.

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decisión para la cual tendrán en cuenta los diferentes aspectos recogidos en la misma.

Una vez tomada la decisión de prestar servicios de acceso mediante dicha Oferta de desagregación del bucle de abonado, los precios establecidos en la misma influirán directamente en su estructura de costes. Se trata de un factor que incide de manera desigual en los distintos operadores, pues únicamente tendrá impacto en los costes de aquellos operadores que decidan prestar servicios mediante dicha Oferta; incluso en este caso, el impacto puede resultar muy desigual dependiendo de si se trata de un operador para el que dicha desagregación constituye un factor esencial de su negocio o si la utiliza de forma más marginal.

• Costes asociados a la ocupación del dominio público: Respecto del despliegue de red, dado que éste puede suponer una partida importante en la estructura de costes de un operador, hay que tener en cuenta que puede ser necesaria la ocupación del dominio público y que dicha ocupación puede conllevar una serie de costes directos e indirectos asociados. Como costes directos cabe destacar el pago de tasas o cánones por la ocupación de dicho dominio público; como indirectos, los relacionados con las propias gestiones que los operadores deben realizar a la hora de acometer obras civiles y ocupar el dominio público, ya que deberán respetar ordenamiento establecido en esta materia, lo cual puede conllevar enfrentarse a un conjunto de problemas (dificultades para la obtención de permisos de construcción por parte de las autoridades locales motivadas por consideraciones medioambientales; ordenamiento del dominio público para fomentar la compartición de infraestructuras cara a reducir el impacto de múltiples obras). Estos costes indirectos son principalmente costes en recursos humanos y en servicios profesionales.

En todo caso, los costes asociados a la ocupación del dominio público tienen un mayor impacto para los operadores que se encuentran desplegando actualmente su red de acceso, frente a aquellos que ya la tienen instalada en buena medida.

• Servicio universal: El operador designado para la prestación del servicio universal incurre en ciertos costes para posibilitar el acceso a todos los usuarios que así lo requieran. En caso de que se determine que la obligación de prestación del servicio universal pueda implicar una carga injustificada para los operadores obligados a su prestación, se establecerá que dicho coste neto sea financiado por otros operadores. En este caso, a la estructura de costes de todos los operadores que contribuyan a dicha financiación se verá afectada.

• Tasa del espectro radioeléctrico: En los casos en los que el operador accede a la utilización de una parte privativa del espectro radioeléctrico para la prestación de los servicios de acceso, como es el caso de los operadores de LMDS en el mercado objeto de análisis, los operadores deben hacer frente al correspondiente pago de la tasa del espectro radioeléctrico. Cualquier modificación que se lleve a cabo sobre dicha tasa tendrá una repercusión directa en los costes de los operadores, especialmente cuando haya una fuerte variación (como ya ocurrió. por

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ejemplo, en el caso de la subida que se produjo en la tasa del espectro radioeléctrico para el año 2001).

• Avales y compromisos: Existen empresas que, por diversas razones, han tenido que constituir avales o comprometer inversiones con la Administración (operadores de cable, de LMDS). Estos avales o compromisos influyen en la estructura de costes de estas empresas, por lo que cualquier variación en los mismos supone la alteración de la estructura de costes de las mismas.

• Otros factores regulatorios: También influyen sobre la estructura de costes de los operadores, aunque claramente en menor medida, aspectos como la tasa general de operador o los costes relacionados con la portabilidad numérica (costes derivados de la actualización de los elementos de la red y de los sistemas y costes relacionados con la tramitación de las solicitudes o con el encaminamiento de las llamadas).

- Factores macroeconómicos

Los factores macroeconómicos constituyen factores exógenos que pueden afectar sensiblemente a los costes de las empresas. En principio, estos efectos son similares para la totalidad de los operadores presentes en el mercado, aunque pueden tener impacto desigual dependiendo de la situación de la empresa y de su posicionamiento estratégico. A continuación se destacan algunos de los factores más relevantes que pueden afectar a los costes de los operadores:

• Tipo de interés: Los operadores que actúan en el mercado objeto de análisis suelen tener una componente importante de financiación ajena. Por ello, las variaciones que se produzcan en los tipos de interés pueden afectar considerablemente la estructura de costes de los operadores, por la vía directa de la variación en los gastos financieros de esa financiación ajena, y por la indirecta de posibles cambios en la estructura financiera de la empresa, en respuesta a dichas variaciones.

• Tipo de cambio: En muchas ocasiones, los bienes, equipos o servicios que las empresas contratan y que son necesarios para la prestación de los servicios, se los proporcionan empresas extranjeras cuyas tablas de precios para estos productos se encuentran referenciadas a otra divisa distinta al euro, normalmente al dólar. Dada esta vinculación, fluctuaciones de una divisa frente a otra afectarán consecuentemente al valor de estos productos, viéndose, por tanto, afectadas las partidas de coste correspondientes. Asimismo, estas variaciones de tipo de cambio pueden afectar a los gastos financieros, si se contraen compromisos de pago en la divisa de referencia.

• Inflación: Puede tener efectos directos sobre los costes de los servicios y bienes adquiridos por la empresa, o indirectos, vía las revisiones salariales que deba enfrentar la empresa.

- Factores técnicos

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En general, la introducción e implantación de una nueva tecnología hace que los costes de producción se reduzcan y al mismo tiempo generan nuevas ofertas de servicios de telecomunicaciones de mayor calidad esperando poder amortizar la tecnología en el menor tiempo posible.

La evolución de la estructura de costes de los operadores de telecomunicaciones está estrechamente ligada al nivel de inversión realizado, al ciclo de vida de la tecnología, y al desarrollo de nuevos servicios y productos derivados del cambio en las necesidades y las preferencias de los consumidores.

Por otra parte, cabe señalar que es la propia empresa la que se embarca en una determinada tecnología, por lo que se puede considerar que los factores tecnológicos constituyen factores endógenos de la empresa, en el sentido de que dependen de las decisiones de la propia empresa. Muchas veces, sin embargo, esta elección se encuentra muy condicionada por el entorno y habrá ocasiones en las que dicha elección venga ya dada por condicionantes externos, convirtiéndose en estos casos en factores exógenos al no depender de la decisión de la propia empresa.

• Rápida obsolescencia de los equipos: En un entorno tecnológico cada vez más cambiante, los períodos de vida útil de las redes y de los sistemas se ven cada vez más acortados ante la aparición de nuevos cambios tecnológicos. Esta reducción de la vida útil lleva consigo que los equipos y sistemas alcancen más rápido la obsolescencia, lo que supone periodos menores de amortización de los equipos y, en consecuencia, mayores costes.

• Integración de tecnologías y migración hacia entornos menos propietarios: Esta evolución hacia entornos cada vez más convergentes está provocando un abaratamiento en los equipos y sistemas, así como una reducción en los equipos de trabajo. Anteriormente, la aplicación de unos determinados equipos o sistemas estaba limitada a un entorno concreto; en la actualidad, los equipos o sistemas utilizados para una determinada finalidad pueden ser extensamente utilizados en otros entornos para fines muy diferentes, basándose en la misma tecnología. Como ejemplo, los fabricantes de centrales telefónicas de conmutación utilizan cada vez más tecnologías procedentes de otros entornos, como las de sistemas de información, de forma que tecnologías diseñadas para fines distintos a la conmutación, finalmente acaban siendo utilizadas también para este fin.

• Desplazamiento de las inversiones tecnológicas en equipos hacia inversiones en servicios de consultoría y de desarrollo de servicios: Las nuevas tecnologías proporcionan un entorno de una alta integración de plataformas lo cual repercute en mayores posibilidades a la hora de ofrecer servicios. Este aumento en los servicios conlleva que se requiera destinar un mayor número de recursos al desarrollo de los mismos y en general, a servicios de consultoría.

• Costes de mantenimiento frente a inversiones: Dado el entorno cambiante en el que tienen moverse los operadores del mercado de referencia, se buscan reducciones en la inversión inicial, aun a costa de unos mayores costes de mantenimiento. De esta forma, ante cambios tecnológicos repentinos o

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reorientaciones en la estrategia empresarial, los operadores se encuentran en mejor situación para adaptarse a estos cambios, al estar menos condicionados por unas fuertes inversiones iniciales.

En este sentido, resulta un buen ejemplo el uso de la tecnología IP. Dadas sus características de simplicidad y universalidad, los equipos basados en esta tecnología pueden llegar a tener grandes economías de escala, lo que ocasiona la disminución de los precios de los equipos, y, en definitiva, una reducción de la inversión para el operador.

- Otros factores

Se pueden identificar otros factores relacionados con decisiones empresariales que afectan a la estructura de costes. Entre estos factores cabe destacar los siguientes:

• Condiciones laborales: Un factor que tiene tanto unas características endógenas como exógenas es el de las condiciones laborales de los trabajadores. En este sentido, cualquier cambio en las condiciones laborales repercute en una variación de esta partida de coste. Respecto de las características endógenas de este factor, conviene señalar que son las propias empresas las que configuran la plantilla y establecen las condiciones laborales de sus trabajadores.17

Respecto de las características exógenas de este factor, procede señalar que si bien es la empresa la que configura su plantilla y las condiciones laborales, dichas condiciones tienen que ser conformes a la legislación vigente. Cualquier cambio normativo puede afectar a las condiciones laborales de sus empleados y por lo tanto, tener incidencia en los costes. Estos cambios podrán incidir en todo el conjunto del mercado o bien sólo afectar a determinadas empresas.18

• Marketing: Es un factor endógeno. Para captar nuevos clientes o fidelizar los actuales la empresa deberá desarrollar una labor de marketing. Dependiendo del alcance y de los medios que se empleen así supondrá una mayor o menor partida de gastos de publicidad y marketing que afectará a la estructura general de costes.

• Concentraciones de empresas: Cuando dos empresas se fusionan se puede producir en una primera etapa una duplicidad de recursos y se pueden generar costes adicionales como, por ejemplo, el de una nueva imagen de marca. No obstante, cuando dicha fusión se encuentra ya consolidada es probable que se produzca una reducción de costes al optimizar algunos de sus recursos.

17 Por ejemplo, es la propia empresa la que decide presentar un Expediente de Regulación de Empleo ante determinadas circunstancias objetivas, afectando dicho Expediente a la propia partida de costes de personal.

18 Por ejemplo, si bien es la empresa la que presenta un Expediente de Regulación de Empleo, será la Autoridad Laboral la que, en último término, la apruebe.

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Tabla II.1.3 Resumen de los factores que inciden sobre los costes

Factor Carácter del factor Tipo de incidencia en los operadores

Factores regulatorios

Desagregación Bucle de abonado EXÓGENO De manera desigual

Condiciones del dominio público EXÓGENO De manera desigual

Servicio universal EXÓGENO De manera desigual

Tasa espectro radioeléctrico EXÓGENO De manera desigual

Compromisos / avales EXÓGENO De manera desigual

Factores macroeconómicos

Tipo de interés EXÓGENO De manera uniforme

Inflación EXÓGENO De manera uniforme

Tipo de cambio EXÓGENO De manera uniforme

Factores técnicos

Introducción nuevas tecnologías/ Rápida obsolescencia tecnológica ENDÓGENO De manera desigual

Otros factores

Condiciones laborales EXÓGENO/ ENDÓGENO De manera desigual

Política de marketing ENDÓGENO De manera desigual

Concentración de empresas ENDÓGENO De manera desigual

II.1.2.3.3 Grado de transparencia

Los precios de los servicios de referencia se encuentran accesibles en las páginas web de los operadores o en sus servicios telefónicos de atención al público, por lo que están disponibles fácilmente tanto para los clientes como para los operadores que compiten en ellos. Adicionalmente, hay numerosas páginas web que ofrecen comparativas de los precios de los distintos operadores e información sobre sus

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ofertas19. Asimismo, las asociaciones de consumidores suelen mantener comparativas actualizadas, como es el caso de la OCU.

Se puede decir, pues, que toda la información sobre precios está disponible para el público.

En cuanto a los servicios de acceso propiamente dichos, no existen problemas para comparar los precios, dado que la estructura de precios es muy sencilla, limitándose a una cuota de alta y otra de abono mensual, que es la que normalmente se compara. No obstante, las ofertas de operadores alternativos pueden ser más confusas, si no detallan debidamente las componentes debidas a los servicios que suelen integrar (esto es, acceso a Internet o televisión, junto al telefónico básico).

Respecto a otras condiciones contractuales, cabe destacar la falta de información que tienen los clientes que contratan accesos con operadores alternativos al incumbente en lo referente a la imposibilidad de seleccionar otros operadores para su tráfico.

Dicho esto, se ha de tener en cuenta que el usuario final en general no considera únicamente el precio del acceso a la hora de decantarse por uno u otro operador, sino que también atiende al precio de los consumos que deba realizar mediante este acceso. Aquí se pierde transparencia respecto a lo anteriormente dicho.

En efecto, en el caso de los servicios telefónicos, las estructuras de precios utilizadas típicamente por los operadores no permiten que sea inmediato el coste que va a tener el consumo del servicio para el cliente. Así, suele haber un precio de establecimiento de llamada, y un precio por minuto, que a su vez depende de la franja horaria en que se realice la llamada. Además, dichas franjas pueden variar para cada operador. Finalmente, los precios que se publican no suelen incorporar el IVA, al que cliente también debe hacer frente.

Hay que tener en cuenta, además, la creciente tipología de llamadas posibles. Junto a las tradicionales metropolitanas, provinciales e interprovinciales, el cliente utiliza habitualmente las llamadas de fijo a móvil (cuyos precios pueden depender del operador móvil que dé servicio al número de destino), las llamadas a números de Red Inteligente y las llamadas a servicios de consulta telefónica, cuyo precio depende del proveedor del servicio. En el caso de las llamadas internacionales, los precios dependen asimismo del país destino.

En esencia, aunque existe la teórica posibilidad de saber el precio exacto de los servicios consumidos, en la práctica los usuarios finales tienen únicamente una idea aproximada de lo que les puede costar la llamada, y esto en los casos de las llamadas más habituales. Posiblemente, el precio que asocien a cada operador venga más bien de la imagen que tengan de él, que realmente de un conocimiento más o menos detallado de sus precios.

19 Ver, por ejemplo, http://www.teltarifas.com/.

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Por otro lado, no hay razones que induzcan a pensar que algunos usuarios finales puedan acceder a la información en condiciones objetivamente mejores que otros. Al respecto, ha de tenerse en cuenta que los números de atención al cliente de los operadores suelen ser gratuitos, por lo que acceder a su información de precios no tiene coste económico. A pesar de ello, es necesario tener en cuenta que la existencia de heterogeneidad en los volúmenes de consumo y gasto de los diferentes consumidores puede dar lugar a diferencias en los costes de búsqueda y análisis de información que están dispuestos a soportar. Así, un usuario final con un volumen de gasto reducido puede no encontrar rentable incurrir en costes de búsqueda de información, dado que el ahorro que obtiene en términos de su factura telefónica es reducido.

La transparencia de la información de precios respecto a otros operadores es prácticamente completa, puesto que, como se ha dicho, toda la información sobre precios está disponible al público por distintos medios. Consecuentemente, no hay asimetrías en el acceso a la información de precios por parte de los distintos operadores.

Todo lo dicho es sin perjuicio de que puedan existir demandantes que, normalmente por sus elevados consumos, pueden recibir ofertas personalizadas. En estos casos, el conocimiento de los precios aplicados por los operadores resulta más complicado, especialmente cuando se producen empaquetamientos específicos con otros productos y servicios del operador, como ocurre típicamente en la prestación de servicios a las grandes corporaciones y Administraciones Públicas.

II.1.3 Grado de concentración de la oferta

II.1.3.1 Tamaño del mercado y cuotas de los operadores

II.1.3.1.1 Tamaño del mercado

El tamaño del mercado relevante definido se puede valorar de acuerdo al total de ingresos por conceptos de acceso (altas, cuotas y facilidades asociadas al acceso) de los operadores y al total de clientes de acceso directo de los mismos (puesto que son los únicos que pagan por el acceso). En la Tabla II.1.4 se muestra el tamaño del mercado por ambos criterios, en los años 2000, 2001, 2002 y 2003. Los ingresos se expresan en cifras corrientes.

Tabla II.1.4 Tamaño del mercado

Operadores fijos 2000 2001 2002 2003 Ingresos (millones de euros) 2.465 2.558 2.815 2.978Clientes (acc. directo, miles) 13.436 13.853 13.843 13.866Líneas en servicio (miles) 16.903 17.531 17.641 17.758

Fuente: Elaboración propia.

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Durante el cuatrienio 2000-2003 los ingresos crecieron un 20%, mientras que el número de clientes sólo ha ascendido un 3%. Esto se puede explicar principalmente por la subida regulada en la cuota de abono de TESAU.

En definitiva, el mercado de referencia tiene un tamaño de unos 2.800 millones de Euros.

II.1.3.1.2 Cuotas de mercado

Las cuotas de mercado son un instrumento útil para determinar las posiciones relativas de los operadores en el mercado tanto en términos de ingresos como de clientes. En la Tabla II.1.5 se muestra esta información. Se observa que TESAU tiene una cuota de mercado superior al 90% para cada uno de los tres años, tanto en términos de ingresos como de clientes. No obstante, se ha producido un descenso de 8 puntos durante el periodo considerado en la cuota de mercado por clientes, por tan solo 4 puntos en la cuota por ingresos.

Tabla II.1.5 Cuotas de mercado por clientes e ingresos20

2000 2001 2002 2003 Ingresos Clientes Ingresos Clientes Ingresos Clientes Ingresos ClientesBT Ignite España 0,01% 0,00% 0,02% 0,00% 0,03% 0,00% 0,02% 0,00%Catalana de Telec. 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,07% 0,01% 0,07% 0,01%Colt Telecom España 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,01% 0,00% 0,01% 0,01%Comunitel Global 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,02% 0,02% 0,03% 0,04%Euskaltel 0,06% 0,10% 0,14% 0,24% 0,28% 0,54% 0,67% 0,99%Grupo Auna 0,28% 0,03% 0,55% 1,53% 1,66% 3,15% 1,58% 3,97%Grupo Ono 0,33% 1,15% 0,97% 2,26% 1,92% 3,31% 2,83% 4,02%Iberbanda 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,06% 0,00%Jazz Telecom 0,01% 0,00% 0,11% 0,01% 0,16% 0,01% 0,28% 0,02%R Cable 0,00% 0,02% 0,03% 0,16% 0,15% 0,47% 0,37% 0,78%Retecal 0,02% 0,07% 0,11% 0,89% 0,19% 0,38% 0,24% 0,46%Telecable Asturias 0,00% 0,00% 0,17% 0,22% 0,15% 0,36% 0,20% 0,46%Telefónica de España 99,13% 98,62% 97,79% 94,63% 95,18% 91,64% 93,43% 88,97%Tenaria 0,00% 0,00% 0,02% 0,04% 0,04% 0,10% 0,09% 0,22%Uni2 Telecomunicaciones 0,00% 0,00% 0,06% 0,00% 0,07% 0,00% 0,10% 0,00%

Fuente: Elaboración propia.

20 El Grupo Auna incluye a Cable i Televisió de Catalunya, Supercable Andalucía, Cabletelca, Supercable de Sevilla, Madritel Telecomunicaciones, Med Telecom y Aragón de Cable. R Cable está formada por R Cable y Telecomunicaciones Galicia y R Cable y Telecomunicaciones Coruña. Telecable Asturias incluye a Telecable de Avilés, Telecable de Gijón, Telecable de Oviedo. Tenaria está formada por Retena, Reterioja y Redes de Telecomunicaciones de Navarra.

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II.1.3.1.3 Sesgo de las cuotas

El sesgo de las cuotas es la relación entre las cuotas de mercado por ingresos y las cuotas de mercado por clientes, y da cierta idea del grado relativo de calidad de los clientes. En la Tabla II.1.6 se presenta este dato para cada operador. Los datos mostrados en la misma han de ser tomados con las oportunas cautelas, pues en la mayor parte de los operadores se está haciendo el cociente entre cifras pequeñas; esto incide especialmente en las cifras de 2000.

Tabla II.1.6 Sesgo de las cuotas

2001 2002 2003 2004 BT Ignite España 0,00 29,01 26,18 13,28 Catalana de Telec. 0,00 0,00 13,97 7,34 Colt Telecom España 0,00 0,00 2,78 1,97 Comunitel Global 0,16 0,71 0,95 0,82 Euskaltel 0,64 0,59 0,52 0,68 Grupo Auna 8,79 0,36 0,53 0,40 Grupo Ono 0,28 0,43 0,58 0,70 Iberbanda 0,00 0,00 0,00 25,46 Jazz Telecom 0,00 9,75 12,29 11,92 R Cable 0,00 0,19 0,31 0,48 Retecal 0,28 0,12 0,50 0,53 Telecable Asturias 0,00 0,78 0,42 0,44 Telefónica de España 1,01 1,03 1,04 1,05 Tenaria 0,00 0,40 0,40 0,42 Uni2 Telecomunicaciones 0,00 39,78 36,68 37,74

Fuente: Elaboración propia.

II.1.3.2 Índices de concentración

Las medidas de concentración pretenden medir, de modo simplificado, la proximidad de un mercado a una estructura de competencia perfecta o bien a una de monopolio. Para el análisis de este mercado se utilizan algunos de los índices que se usan con más frecuencia.

Una primera medida para valorar el grado de concentración en el mercado es el número de operadores presentes en el mercado, que se muestra en la Tabla II.1.7.

Tabla II.1.7 Número de operadores presentes

2000 2001 2002 2003

Número de operadores 16 27 25 20

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Fuente: Elaboración propia.

II.1.3.2.1 Cálculo de los índices CR

A continuación, se calculan los índices de concentración CRi. Estos índices se calculan como la suma de los �i� operadores de mayor cuota en un periodo determinado, en este caso el año. Así, el CR4 representa la cuota de mercado que tienen conjuntamente los cuatro mayores operadores en el mercado. En la Tabla II.1.8 se presentan los índices de concentración (CR1, CR2, CR3 y CR4) en términos de ingresos.

Tabla II.1.8 Índices de concentración

2000 2001 2002 2003

CR1 99,1% 97,8% 95,2% 93,4%

CR2 99,5% 98,8% 97,1% 96,3%

CR3 99,7% 99,3% 98,8% 97,8%

CR4 99,8% 99,5% 99,0% 98,5%

Fuente: Elaboración propia.

II.1.3.2.2 Cálculo de los HHI

Otra medida frecuentemente utilizada es el índice de Herfindahl21 que tiene una serie de propiedades de consistencia que un buen índice debe cumplir, de tal modo que puede obtenerse de forma axiomática como medida proporcional del poder de mercado, lo que no ocurre con CRi.

Junto a los HHI se muestra asimismo el índice de inestabilidad22, que mide la volatilidad o la forma en que evoluciona la posición relativa de las empresas a lo largo del tiempo. Por ejemplo, un mercado en que siempre hubiera algún operador con una cuota de mercado elevada, pero en que dicho operador varía de periodo a periodo, posiblemente tenga un comportamiento más competitivo que otro en el que, con las mismas medidas de concentración, las empresas que tienen una posición dominante no cambien. En la Tabla II.1.9 se muestran los índices de Herfindahl y de inestabilidad, para los ingresos.

21 Es la suma del cuadrado de las cuotas de mercado de todas las empresas de un mercado. Su valor varía entre 1 (concentración mínima) y 10.000 (concentración máxima).

22 El valor de este índice varía entre 0 (que corresponde a una inestabilidad mínima) y 1 (en la que sería máxima).

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Tabla II.1.9 Índice de Herfindahl y de inestabilidad

2000 2001 2002 2003

HHI 9.827 9.564 9.067 8.740

Inestabilidad - 0,0150 0,0266 0,0192

Fuente: Elaboración propia.

Como se puede ver, el HHI muestra un grado de concentración bastante elevado, así como unos índices de inestabilidad muy reducidos.

II.1.3.2.3 Cálculo de HHIM

Esta medida es igual que la anterior, salvo que se consideran para su cálculo los grupos corporativos en lugar de las empresas de forma individualizada.

Dado que en el periodo considerado aún no estaban materializadas las consolidaciones del Grupo AUNA y del Grupo ONO, su valor coincide con el de los índices HHI.

II.1.3.3 Valoración del grado de concentración

En vista de los valores obtenidos para el CR y para el HHI, se puede calificar este mercado como muy concentrado.

II.2 Análisis de la entrada

II.2.1 Análisis de la entrada y la salida

La evidencia de la entrada y de la salida que realmente se ha producido en el pasado es un elemento importante para valorar hasta qué punto los operadores del mercado están sujetos a presiones competitivas.

II.2.1.1 Análisis de la entrada

II.2.1.1.1 Casos de entrada

Como primera aproximación para comprobar la facilidad de entrada a un determinado mercado, se puede dar el número de operadores que han entrado al mismo desde un momento dado.

En el caso del mercado objeto de análisis, la entrada no se permitió hasta enero de 1998, por lo que será este el punto de partida. Por otro lado, la prestación de los servicios incluidos en el mercado de referencia exigía, de acuerdo al marco normativo anterior, la obtención de una licencia de tipo B1. Siguiendo este criterio, se puede

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comprobar que se han producido 76 entradas en este mercado, entre 1998 y 2003, con la siguiente distribución temporal23:

Tabla II.2.1 Distribución temporal de las entradas

1998 1999 2000 2001 2002 2003

16 39 13 3 4 1

Fuente: Elaboración propia.

Sin embargo, la obtención de la licencia B1 no implica necesariamente que el operador habilitado tenga presencia en el mercado de referencia, por lo que parece adecuado completar este criterio con otro adicional, cual es la instalación de la red de acceso necesaria para la prestación de estos servicios.

Así, se muestra a continuación la entrada considerada a partir de la implementación de una red de acceso, y tanto mediante la instalación de una red de acceso propia como a través de la adquisición de la misma a través del alquiler del bucle de abonado al incumbente.

Tabla II.2.2 Número de accesos instalados por tecnologías (2003)

Operador Par de cobre

HFC y Par Cobre HFC Accesos radio LMDS

Fibra óptica Total Cuota

Amena 0 0 0 0 0 0 0 0,00%

AUNA 0 2.093.432 0 3.328 8.104 341 2.105.205 8,87%

BT Ignite España 0 0 0 213 0 194 407 0,00%

Catalana de Telec. 893 0 0 71 544 1.508 0,01%

Colt Telecom España 0 0 0 0 0 318 318 0,00%

Comunitel Global 4.794 0 416 0 87 10 5.307 0,02%

Euskaltel 146.512 0 0 2.295 0 0 148.807 0,63%

Grupo Ono 0 1.764.576 0 0 0 0 1.764.576 7,44%

Jazz Telecom 25 0 0 34 308 434 801 0,00%

23 En los casos en los que un mismo operador solicite varias licencias para ámbitos territoriales restringidos, se considera una sola entrada. En 1998, se incluyen, junto a las 5 licencias B1 otorgadas, las concesiones concedidas a RETEVISIÓN I, UNI2 y los operadores de cable que comenzaron a prestar servicio dicho año. Para 1999 se incluyen, de nuevo, a aquellos concesionarios de cable que comenzaron la prestación del servicio en dicho ejercicio. Por otra parte, en 2000 se ha restado del número de licencias otorgadas las que corresponden a transformaciones de concesiones anteriores, ya tenidas en cuenta en sus correspondientes años.

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Mci Worldcom (Spain) 0 0 0 1.576 1.576 0,01%

R Cable 0 417.456 0 0 0 0 417.456 1,76%

Retecal 0 0 479.291 479.291 2,02%

Telecable Asturias 0 0 238.567 0 0 0 238.567 1,01%

Telefónica Cable 0 0 8.000 8.000 0,03%

Telefónica de España 17.662.787 0 0 433.197 18.095.984 76,26%

Telefónica Móviles España 0 0 0 1.731 0 0 1.731 0,01%

Tenaria 0 130.314 0 0 0 0 130.314 0,55%

Uni2 Telecomunicaciones 0 0 0 177 0 280 457 0,00%

Vodafone España 0 0 0 368 0 7 375 0,00%

Resto 2.196 0 322.712 229 3.710 439 329.286 1,39%

Total 17.817.207 4.405.778 1.048.986 441.643 12.209 4.143 23.729.966 100,00%

Fuente: Elaboración propia.

Tabla II.2.3 Número de accesos alquilados a TESAU (2003)

AUNA Uni2 Jazztel Colt Comunitel Al - Pi ONO TOTAL31 de Diciembre 0 0 3 0 4 0 0 731 de Marzo 2002 0 0 18 0 4 0 0 2230 de Junio 78 0 21 2 57 0 0 15831 de Julio 223 0 66 8 244 0 0 54131 de Agosto 235 0 108 14 378 0 0 73530 de Septiembre 447 0 170 15 545 4 0 1.18131 de Octubre 529 3 273 33 795 6 0 1.63930 de Noviembre 793 3 413 50 912 21 0 2.19231 de Diciembre 1.274 18 532 61 1.186 23 0 3.09431 de Enero 2003 1.803 128 593 76 1.414 61 0 4.07528 de Febrero 2.110 351 680 84 1.666 116 0 5.00731 de Marzo 2.599 401 707 92 1.850 197 0 5.84630 de Abril 3.488 536 764 98 2.162 331 0 7.37931 de Mayo 4.356 545 817 107 2.339 402 0 8.56630 de Junio 5.068 548 915 113 2.616 481 1 9.74231 de Julio 5.950 546 997 115 2.893 518 1 11.02031 de Agosto 6.434 542 1.112 127 3.178 569 2 11.96430 de Septiembre 7.022 541 1.167 130 3.440 627 3 12.93031 de Octubre 7.331 532 1.272 140 3.688 676 5 13.644

53,73% 3,90% 9,32% 1,03% 27,03% 4,95% 0,04% 100,00%

Fuente: Elaboración propia.

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En cuanto al total de accesos instalados por los operadores entrantes, los datos muestran cómo la mayor parte corresponden a los operadores de cable vinculados a AUNA y ONO, siendo los únicos operadores que han superado el 5% de cuota. Por su parte, los datos expuestos sobre evolución en accesos desagregados muestran que la entrada al mercado de referencia mediante esta opción es poco relevante.

A la vista de la información expuesta, se puede concluir que los casos de entrada más representativos al mercado de referencia durante el periodo considerado son AUNA, ONO y EUSKALTEL, por lo que estos son los operadores que se tendrán en cuenta en el resto del análisis.

A continuación, se analizan los casos de entrada y salida mediante tomas de participación accionarial en los operadores entrantes identificados, junto a TESAU.

Tabla II.2.4 Evolución de la participación de los principales accionistas de TELEFÓNICA, AUNA, ONO y EUSKALTEL

ACCIONISTA OPERADOR 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 TOTAL

Auna Operadores 21,7% +6,97% +1,21% 29,88% Endesa

Euskaltel 10% 10%

Unión Fenosa Auna Operadores 8,6% +4,93% +5,17% 18,70%

Auna Operadores 21,7% +7% -28,7% - Telecom. Italia

Euskaltel 18% -11,9% 6,10%

Auna Operadores - 5,5% +17,99% 23,49%

Cableuropa 37,5% -5,05% -32,45% +3,54% +15,61% 19,15% SCH

Telefónica, S.A. 2% -2%

Auna Operadores 3,5% -2,9% 0,6% BBK

Euskaltel 23,5% +9,63% 33,13%

BBVA Telefónica, S.A. 8% +2,02% -1,78% -2,72% 5,52%

Auna Operadores 3% +2% -2% -0,9% 2,1% Kutxa

Euskaltel 18,5% +1,48% 19,98%

Iberdrola Euskaltel 10% +0,8 10,08%

ING Auna Operadores - 10,27% 10,27%

Multitel Cableuropa 15% +2,61% -0,03% -7,58% +0,39% 10,39

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Spaincom Cableuropa 32,5% -0,17% +0,11% +12,96% +4,06% 49,46%

Ferrovial Cableuropa 15% +2,61% -0,03% -7,56% +0,39% 10,41

Val Telecom Cableuropa - 12,60% -2,01% 10,59%

Cantabra de Inv.

Cableuropa - 32,4% -13,96% -18,44% -

La Caixa Telefónica, S.A. 5,01% -1,41% 3,6%

Caja Madrid Telefónica, S.A. 3% -3% -

Chase Manhattan

Telefónica, S.A. - 6,8% 6,8%

Citybank - 5,63% 5,63%

Auna Operadores

Euskaltel 3% 3%

Caja Vital Euskaltel 5% 5%

Euskaltel Auna Operadores 3% -0,6% 2,4%

Fuente: Elaboración propia.

Como entradas más destacadas, cabe referirse a la del BSCH y al ING en el grupo de AUNA, así como a las de Chase Manhattan y Citybank en el grupo Telefónica

II.2.1.1.2 Características de la entrada

Se han identificado como casos de entrada significativos los correspondientes a los operadores AUNA, ONO y EUSKALTEL. Estos operadores han entrado al mercado mediante la obtención de concesiones para la difusión de TV en determinadas demarcaciones; con posterioridad, se les autorizó a prestar el servicio telefónico y demás servicios de comunicaciones electrónicas.

Así pues, parece claro que su motivación inicial para entrar al mercado era la prestación del servicio de difusión de TV, para lo que se les otorgaba una concesión en competencia con Telefónica, a la que, a su vez, se imponía un plazo de moratoria antes de poder comenzar la prestación de servicios, con el objetivo de dar un tiempo inicial al operador alternativo que le permitiera el despliegue de infraestructura.

Con posterioridad, y ante la liberalización del sector en 1998, se les concede la posibilidad de prestar también el servicio objeto de análisis, como fuente adicional de ingresos. Así pues, podría decirse que, paradójicamente, los principales entrantes en este mercado no lo hicieron con la vocación de prestar este servicio

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En cuanto al crecimiento de AUNA y ONO, se ha materializado en parte mediante la adquisición de los operadores regionales de cable en que participaban directamente o través de sus accionistas (como se verá en el apartado siguiente), en lo que indica un proceso de reestructuración tendente a la búsqueda de economías de escala y concentración de actividades.

Por otro lado, en cuanto a los agentes que han entrado en el mercado de referencia vía participación en operadores, los más destacados son Endesa, Unión FENOSA, BSCH y Telecom Italia24. Como se observa, son empresas de gran potencial financiero, lo que hace pensar en que la entrada al mercado de referencia puede precisar de una cuantiosa financiación. En todos los casos, la entrada en el mercado parece haberse producido en respuesta al deseo de participar en el mercado de las telecomunicaciones (en particular, de telefonía) en España, percibido como rentable, y en el que hasta 1998 no era posible participar más que por la vía de ser accionista de Telefónica.

Por otro lado, hay que destacar el caso del BSCH quien entró al mercado de referencia mediante su participación en ONO, y que ha ampliado su presencia en el mismo mediante su reciente entrada en el accionariado de AUNA. Dada la complementariedad entre las áreas geográficas en que ofrecen sus servicios ambos operadores, no cabe desechar la posibilidad de que la entrada de BSCH en este último operador se haya visto motivada por la búsqueda de una consolidación entre ambas empresas, como único camino para conseguir economías de escala similares a las de TESAU.

II.2.1.2 Análisis de la salida

II.2.1.2.1 Casos de salida

De la misma forma que se hizo anteriormente, a continuación se describen los casos de salida de una forma cuantitativa, dando el número de operadores que han solicitado la cancelación de su licencia B1 durante el periodo de referencia.

Tabla II.2.5 Número de licencias B1 canceladas

1998 1999 2000 2001 2002 2003

0 1 8 15 19 19

Fuente: Elaboración propia.

Como ya se dijo, la obtención de la licencia B1 no implica necesariamente que el operador habilitado tenga presencia en el mercado de referencia, por lo que tampoco

24 Como se verá en el apartado II.3.1.2.2, Telecom Italia ha salido del mercado de referencia durante el periodo analizado.

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su cancelación supone necesariamente salida, puesto que podría no haber estado presente.

Estas cancelaciones pueden deberse a dos razones: 1) Abandono de un operador del mercado, ya sea por quiebra o, por dedicación de sus activos a otras actividades, y 2) Venta, por parte de los accionistas de un operador, del capital del mismo a un tercero.

De este modo, en suma, no sólo habrá que considerar la desaparición de un operador por su disolución o quiebra. Habrá que tener en cuenta aquellos casos en que la salida del operador se produce por su adquisición a manos de algún competidor que ya estaba presente en el mercado (concentraciones horizontales). En la Tabla II.2.6 se recoge el número de salidas producidas por esta causa, anualmente.

Tabla II.2.6 Número de salidas por concentraciones horizontales

1998 1999 2000 2001 2002 2003

0 0 0 0 7 10

Fuente: Elaboración propia.

En el apartado de casos de entrada se concluyó que los casos de entrada más significativos eran los de AUNA, ONO y EUSKALTEL. Consecuentemente, el análisis de la salida habría de centrarse en estos mismos operadores. En este sentido, y si bien ninguno de dichos operadores ha efectuado una salida del mercado, sí puede considerarse como tal la realizada por aquellos que entre sus accionistas han procedido a la venta de su capital en la empresa, como es Telecom Italia, tal y como se aprecia en la Tabla II.2.4 �Evolución de la participación de los principales accionistas de TELEFÓNICA, AUNA, ONO y EUSKALTEL� anteriormente mostrada.

II.2.1.2.2 Características de la salida

Los casos de salida identificados en el apartado anterior, se corresponden con el proceso de formación de los grupos AUNA y ONO, que se ha materializado a partir de la absorción en los mismos de los 7 operadores de cable que se recogen como salida en 2002 en la Tabla II.2.6 precedente, en el caso de ONO, y los diez que salen en 2003, en el caso de AUNA. Se trata de operadores de cable que en su momento tenían forma jurídica y, en parte, actividad comercial diferenciada, por lo que su salida del mercado parece indicar que existe una tendencia a una mayor concentración en el mismo, a través de procesos de reestructuración, donde la desaparición de empresas va ligada al intento de las adquirentes de ganar tamaño para aprovechar economías de escala y ofrecer el producto en condiciones más eficientes.

Asimismo, ha de mencionarse la salida de TELECOM ITALIA, que ha vendido su participación en AUNA y está desprendiéndose de la que aún tiene en EUSKALTEL. El resto de salidas que se han producido se han dado, principalmente, entre entidades bancarias con participaciones minoritarias, con la finalidad de realizar plusvalías o

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evitar mayores pérdidas en valores que desde el año 2000 han experimentado un claro descenso en su valor de mercado.

En definitiva, no se puede hablar realmente de que se hayan producido salidas del mercado de referencia, en el sentido de que no ha habido operadores que hayan abandonado sus actividades. Lo que sí se advierte es una consolidación en dos grandes grupos alternativos a TESAU, que ha sido la causa de las �salidas� registradas, lo que constituye un claro indicio de la existencia de costes hundidos en este mercado.

II.2.2 Elementos que pueden restringir la entrada

La existencia de barreras a la entrada es un elemento trascendental a la hora de determinar el impacto que la existencia de un operador dominante tiene sobre la competencia efectiva en el mercado de referencia. Su existencia o no determina que una posición empresarial de poder de mercado adquiera un carácter duradero y estructural o, por el contrario, sea fácilmente contestable y, por lo tanto, coyuntural.

II.2.2.1 Obstáculos legales

No existen barreras legales de carácter absoluto puesto que han desaparecido los monopolios legales para la prestación del servicio de acceso. El régimen de licencias introducido por la Ley 11/1998 no supuso una barrera de entrada puesto que su otorgamiento se producía de forma reglada. El nuevo régimen de autorizaciones agiliza todavía más la entrada de los operadores pues se limita a exigir la notificación.

- Obstáculos para el establecimiento de redes publicas de telecomunicaciones

El establecimiento de redes, en general, y de las redes de acceso necesarias para la prestación de los servicios incluidos en el mercado objeto de análisis, se enfrenta a obstáculos legales y reglamentarios a la hora de obtener las autorizaciones necesarias para realizar su despliegue. Según la normativa vigente, los operadores de telecomunicaciones habilitados para el establecimiento de redes públicas tienen reconocido el derecho a la ocupación del dominio público así como derecho a exigir que se les permita la ocupación de la propiedad privada en la medida que ello sea necesario para el establecimiento su red. Ahora bien, el ejercicio de estos derechos queda sometido a la obtención de la debida autorización, que se otorgará conforme a la normativa en cada caso aplicable (legislación de régimen local para el caso de ocupación del dominio público, y normativa en materia de expropiación forzosa, previa aprobación del proyecto técnico, para la ocupación de la propiedad privada), y previa tramitación del expediente de ocupación correspondiente por la Administración competente.

Adicionalmente, este derecho se ve condicionado por la normativa específica que rija la gestión del dominio público concreto de que se trate, así como por la regulación que haya sido dictada por la Administración pública correspondiente, ya sea en materia de medioambiente, salud pública, seguridad pública, defensa nacional u ordenación urbana o territorial. Esta normativa puede suponer la imposición de condiciones, o

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limitaciones, así como la necesidad de ajustarse a los procedimientos y plazos en ella determinados. Del mismo modo, la instalación de las redes de acceso en edificios sujetos a propiedad horizontal puede encontrar trabas derivadas de la necesidad de acuerdo de la comunidad de propietarios al respecto, aun cuando la normativa relativa a la instalación de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (ICT�s) ha venido a solventar en cierta medida esta situación, y a resolverla completamente en el caso de las viviendas de nueva construcción.

También debe hacerse mención al procedimiento de compartición al que puede dar origen la tramitación de cualquier solicitud de ocupación. En este sentido, la normativa sectorial de telecomunicaciones dispone que la ocupación de un bien puede obligar, cuando así lo determine el titular de la propiedad, al uso compartido de dicho bien. Dicha compartición puede ser vista como una medida favorecedora de la competencia (desde el punto de vista de aquellos operadores a quienes se les reconoce el derecho de compartición), pero, por otro lado, implica la necesidad de que los operadores interesados lleguen a acuerdos y negocien las condiciones en las que la misma se producirá, lo que conlleva demora en los plazos y tiempo en que el establecimiento de la red pueda llevarse a cabo. En caso de que no se llegue a un acuerdo está previsto la intervención de esta CMT, quien determinará las condiciones en las que la compartición deberá llevarse a cabo.

Como se observa, los procedimientos legales para el ejercicio de los derechos de ocupación por parte de los operadores implican incertidumbre en cuanto al tiempo y condiciones en las que dicha ocupación podrá producirse, y por lo tanto, afecta a la capacidad de los operadores para tender sus redes conforme a la planificación y tiempo previstos. Por ello, en esencia, suponen una barrera de entrada legal a este mercado, cuya importancia depende de numerosos factores, pero principalmente del área geográfica en que se desea realizar la prestación del servicio.

- Efectos de la regulación de precios

Los principios que rigen el sistema de regulación de precios minoristas son: transparencia, orientación a costes, no discriminación, estabilidad de los conceptos tarifarios, publicidad por parte de la operadora y homogeneidad de la oferta en todo el territorio nacional.

El régimen de regulación de precios recogido en la normativa vigente constituye uno más de los mecanismos previstos por el legislador para equilibrar, en la medida de lo posible, la inevitable desigualdad de posiciones de los nuevos entrantes respecto de los operadores dominantes25. Asimismo, desde la perspectiva del beneficio del

25 De hecho, el principio de intervención tarifaria está vinculado al grado de apertura que presente el correspondiente mercado. Efectivamente, dado el precario nivel de competencia efectiva que caracteriza todo mercado recientemente liberalizado, la finalidad perseguida por la Disposición Transitoria Cuarta de la antigua Ley General de Telecomunicaciones, que se mantiene en la disposición Transitoria tercera de la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones, no es otra que la de prevenir eventuales comportamientos anticompetitivos por parte de quienes disfruten de una particular posición de fortaleza en el mercado, fomentando asimismo un deseable nivel de competencia efectiva en el sector nacional de telecomunicaciones.

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usuario, pretende asegurarse, en la medida de lo posible, la accesibilidad de los servicios y la asequibilidad de precios. De hecho, los informes de esta Comisión en materia de descuentos y nuevos servicios se han basado en dichos criterios: 1) Condiciones que se ofrecen a los abonados, y 2) Condiciones de libre competencia.

Por otro lado, la regulación de precios de los servicios telefónicos ofrecidos por TESAU, en tanto que operador dominante, se ha basado fundamentalmente en la orientación de los precios a los costes, velando a su vez porque la apertura a la competencia redundase, en última instancia, en beneficio para los usuarios. Además, con el sistema de �price cap� y precios máximos se pretendía dar una mayor flexibilidad en su acción comercial al operador obligado.

Paradójicamente, esta regulación de precios puede llegar a constituir una barrera de entrada en aquellos casos en los que el nivel de regulación de los precios no permita una tasa de retorno para los operadores alternativos, en función de los costes de éstos, o limite las estrategias competitivas de los operadores entrantes, quienes puedan verse obligados a emular los precios del operador dominante. De esta forma, la obligación de orientación a costes de los servicios minoristas de TESAU pone presión en los precios de mercado, afectando tanto al operador regulado como a los operadores entrantes.

De hecho, las últimas modificaciones en la regulación de precios en materia de acceso parecen obedecer a esta preocupación. Así, los precios establecidos para la cuota de alta y la de abono han pasado de un régimen de límites máximos, a quedar sometidos a un régimen de precios máximos o subidas autorizadas. Con ello se persiguen los objetivos de compensar el déficit de acceso de TESAU (complementando de esta forma el reequilibrio tarifario del 2003) así como facilitar la creación de competencia en acceso directo, permitiendo la entrada de nuevos servicios.

En definitiva, una inadecuada regulación de los precios minoristas de TESAU, puede suponer una gran barrera de entrada a este mercado, puesto que dicho precio es la referencia máxima para los operadores alternativos, cuando se trata de prestar los servicios objeto de análisis.

- Obstáculos para la prestación de servicios adicionales

Tal y como se ha expuesto, la prestación al usuario final de servicios adicionales al de referencia constituye el elemento de diferenciación más importante en este mercado. En este sentido, de acuerdo con la Disposición Transitoria Décima de la LGTel, no se otorgarán nuevas autorizaciones para la prestación de los servicios de difusión por cable antes del 31 de diciembre de 2009, salvo que el Gobierno, previo dictamen de esta Comisión, considere conveniente la modificación de dicho término a partir del 31 de diciembre de 2005.

En la medida que la diferenciación en los servicios puede ser decisiva para posibilitar la entrada en este mercado, la imposibilidad descrita puede suponer una significativa barrera de entrada al sector.

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II.2.2.2 Elementos estructurales

Una vez vistas las barreras legales, se describen a continuación las estructurales. Al respecto, se ha de tener en cuenta que, en general, el tamaño de la empresa es una barrera a la entrada a los mercados de comunicaciones electrónicas, en el sentido que limita el número de entrantes potenciales26. Desde esta perspectiva, deben ser analizados la importancia de los costes hundidos, inversiones, requerimientos financieros y el resto de parámetros que se consideran relevantes a la hora de analizar la importancia de las barreras a la entrada.

A) Existencia de costes hundidos

Este tipo de costes son aquellos necesarios para la entrada del operador en el mercado y que no pueden ser recuperados a la salida de la empresa del mismo. Desde este punto de vista, la decisión de entrada de un nuevo competidor será función de estos costes y de la rentabilidad que espere obtener la empresa de ellos. En conclusión, la evaluación de la importancia de estos costes es función de dos parámetros: la magnitud de los mismos y la rentabilidad esperada de la inversión, en función de los ingresos y los costes variables de la actividad.

Los costes hundidos son especialmente relevantes en el sector de las comunicaciones electrónicas, dado que son necesarias elevadas inversiones para desarrollar una red de telecomunicaciones. En particular, las inversiones que han de realizarse para poder prestar los servicios incluidos en el mercado objeto de análisis, son especialmente elevadas, ya que es preciso explotar una red de acceso, lo que normalmente exige el previo despliegue de la misma (aunque también se puede hacer con medios ajenos, como más adelante se analizará). Por otro lado, la red de acceso en la que se invierte difícilmente podría utilizarse para otra finalidad que la prestación de los servicios objeto de análisis, por lo que son inversiones difícilmente recuperables en caso de abandonar el mercado.

Esta infraestructura necesaria para proveer el servicio de referencia (que a su vez es la base para la prestación de otros servicios de comunicaciones electrónicas) ha sido considerada por las autoridades de competencia una barrera a la entrada importante27.

En cuanto al uso de servicios de acceso desagregado para proveer el servicio de referencia, debería requerir unas inversiones sensiblemente inferiores a las que supone la creación de una red propia, aun pudiendo ser importantes.

En efecto, el operador que optase por esta alternativa para lograr el acceso físico al cliente final debería proceder a desagregar el bucle del abonado (lo cual podría hacer siguiendo las condiciones recogidas en la vigente OBA) lo que le supondría la

26 Caso 322/81 Nederlandsche Baden-Industrie Michelin v Comission.

27 Decisión de la Comisión de 9 de febrero de 2001, Asunto Telia/Telenor; Decisión de la Comisión de 21 de mayo de 2003, Asunto Deutsche Telekom AG; ver Informe del Tribunal de Defensa de la Competencia sobre el expediente de concentración económica C 74/02 Sogecable/Vía Digital.

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realización de las inversiones necesarias, tanto al nivel de central local como de red de transporte, para poder prestar el servicio de referencia a los usuarios a quienes corresponden la titularidad de los bucles que pretendiese desagregar. Además del coste de todos los elementos de la red propia, se debe hacer frente en cada ubicación del repartidor, al coste de los servicios de coubicación, entrega de señal y tendido interno antes de poder ofrecer servicios a los clientes del área de cobertura del repartidor.

A este respecto, hay que tener en cuenta que, para proveer el servicio a la totalidad de la planta actual en España se debería acceder a los más de 6.000 repartidores de pares de cobre, no en todos los cuales se ofrece en la OBA espacio para coubicación, debiéndose encontrar soluciones alternativas en el resto de ubicaciones. Estas inversiones deben ser consideradas, al menos en gran parte, como costes hundidos, dado que su valor se reduce de forma sensible una vez que la empresa abandona el mercado.

Ahora bien, y como se ha señalado, los costes hundidos representan una barrera a la entrada en la medida que la rentabilidad esperada de las inversiones que suponen no sea la adecuada. Por tanto, debe tenerse en cuenta también los ingresos que aportará al operador la infraestructura de acceso, y que evidentemente, sí es función del tipo de mercado considerado. Pues bien, dada la definición del mercado de referencia (acceso a la RTC), en términos generales, no se puede decir que los márgenes sean elevados, por lo que esta barrera de entrada cobra aún mayor importancia. De hecho, tanto los nuevos despliegues de red de acceso que están realizando los operadores, como aquellos que están utilizando la OBA para prestar sus servicios de acceso, lo hacen con la finalidad de utilizar dichos accesos, no solo para acceso a RTC, sino para la prestación de otros tipos de servicios, como audiovisuales o de transmisión de datos.

B) Obstáculos de disponibilidad de factores

De nuevo, el análisis de esta barrera a la entrada debe tener un doble enfoque. Por una parte, se deben analizar los problemas a la disponibilidad de factores para la creación de una red de acceso mediante medios propios. Dado que también se han considerado como alternativas los productos mayoristas de acceso (OBA), es necesario analizar qué problemas observan los operadores que pretenden prestar sus servicios mediante estos productos.

En general puede afirmarse que los operadores cuentan con total disponibilidad de factores para la creación de una red de acceso con medios propios. Esto es, los mercados conexos relativos a fabricantes no están dominados por ningún agente que pueda impedir conseguir estos inputs para su despliegue. No obstante, sí se han identificado considerables barreras legales en lo referente a la obra pública, que ya han sido analizados en el punto anterior.

Además, con la normativa vigente, los operadores entrantes tienen, como alternativa a la construcción de una red de acceso, la posibilidad de utilizar los servicios mayoristas regulados del operador dominante. Para el mercado objeto de análisis, los operadores alternativos cuentan con una oferta mayorista, basada en la obligación de TESAU de

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facilitar el acceso al bucle del abonado (que se concretada por el Reglamento de Acceso al Bucle del Abonado28). De esta forma, los operadores dominantes deberán atender a las �solicitudes razonables de los operadores autorizados para el acceso desagregado a los bucles de abonados�.

El acceso desagregado al bucle permite al operador entrante la prestación de una oferta completa para el acceso a la red telefónica fija independiente de la del operador propietario de la red de acceso. Por tanto, salvo en el medio de transmisión, que no es elegido por el operador entrante, este producto mayorista permite la desvinculación total del cliente del operador titular de la red. Asimismo, el operador que desagrega el bucle puede proveer sobre dicha infraestructura otros servicios también de forma independiente al operador dominante (servicio telefónico fijo, acceso a Internet de banda ancha,...). Dicha prestación ha de realizarse en condiciones transparentes, equitativas y no discriminatorias, a fin de evitar que TESAU, integrado verticalmente, pueda obstaculizar el acceso a estos servicios. Por tanto, en principio los operadores no deberían encontrar obstáculos a la disponibilidad de este factor de producción para la prestación del servicio de acceso.

Sin embargo, la aplicación práctica del citado principio de no discriminación presenta muchas dificultades, menores en el caso de las condiciones económicas pero muy relevantes en lo que hace a otras condiciones, como los niveles de calidad o el espacio en centrales.

En cuanto a otros posibles factores de producción, no se han detectado dificultades especiales en el acceso a los mismos.

C) Obstáculos a la creación o acceso a una red de distribución

Tal y como se ha especificado en el punto I.1.2.1. la comercialización de los servicios de telecomunicaciones se realiza a través de diferentes canales de distribución, tanto directos como indirectos: canales no presenciales, puntos de venta y fuerza de ventas.

Dada la variedad posible en los canales de distribución y la gran facilidad que hay en la utilización de algunos de ellos (por ejemplo, �call center�, para los que se ha previsto la asignación de números cortos, o una página Web), no se estima que existan obstáculos a la creación de una red de distribución propia para un entrante potencial.

D) Economías de escala

Normalmente, los mercados de comunicaciones electrónicas se caracterizan por unas importantes economías de escala, alcance y densidad que implican que los operadores entrantes enfrenten unos costes medios unitarios mayores que los operadores establecidos.

28 Real Decreto 3456/2000, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece las condiciones para el acceso al bucle del abonado de la red pública telefónica fija de los operadores dominantes.

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No obstante, los servicios de referencia, dadas sus características, presentan unas menores posibilidades en este sentido, puesto que, al fin y al cabo, se exige el despliegue de una infraestructura específica para cada usuario final. En la medida en que haya más elementos comunes a varios usuarios finales antes del tramo específico, aumentarán, como es lógico, las economías de escala.

A su vez, la mayor o menor presencia de dichos elementos comunes en la red de acceso depende básicamente de la densidad y dispersión de los lugares en que se demanda el servicio de acceso. En efecto, se puede hablar de unas economías de densidad en la prestación de estos servicios, puesto que los costes de despliegue de una red de acceso son inversamente proporcionales a la cercanía entre consumidores.

Posiblemente es la existencia de estas economías de escala la causa de que los operadores alternativos, principalmente los de cable, hayan iniciado su despliegue y prestación de servicios en los núcleos urbanos.

Por otro lado, es claro que la prestación de servicios de acceso tiene considerables economías de alcance, pues es un servicio que, como se ha visto, siempre se presta empaquetado con otro tipo de servicios, sean telefónicos o de otra índole. Dichas economías de alcance dependen de la tecnología que se utilice para prestar el servicio de acceso, pues en función de su ancho de banda e interactividad se podrá prestar un mayor o menor número de servicios.

E) Diferenciación de producto

En sí misma, la diferenciación de producto no es una barrera a la entrada. Sin embargo, la consecución de la misma en el mínimo grado necesario para entrar al mercado, puede constituir una importante barrera de entrada.

Así, la publicidad es una de las principales fuentes de diferenciación de productos. El gasto publicitario supone una barrera a la entrada en la medida que este tipo de inversión constituye un coste hundido. De hecho, esta Comisión ya se refería en su Circular 1/98 a: �la valoración de la posible existencia de barreras de entrada, erigidas éstas por los operadores dominantes a través de la realización de gastos publicitarios excesivos�.

La importancia de este tipo de gastos viene reflejada por la Tabla II.2.7 que ilustra el porcentaje de los ingresos que representan los gastos de publicidad:

Tabla II.2.7 Comparativa de ingresos y gastos de publicidad. Datos en Euros. (2003)

Ingresos por telefonía fija Gasto Publicidad % Gastos Publicidad /

Ingresos

Auna Telecomunicaciones 437,65 10,68 2,4%

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Colt Telecom España 12,98 0,73 5,6%

Comunitel Global 96,33 1,82 1,9%

Euskaltel 84,20 12,89 15,3%

Grupo Ono 194,68 12,19 6,3%

Jazz Telecom 103,35 3,93 3,8%

Jazz Telecom 103,35 3,93 3,8%

Telecable de Asturias 17,44 2,40 13,8%

Telefónica de España 6.707,42 81,99 1,2%

Uni2 Telecomunicaciones 262,80 5,11 1,9%

Fuente: Informe Anual CMT, 2003

Como se puede observar, los gastos en publicidad de los operadores son elevados y, en especial y en términos relativos, de las empresas entrantes, que, en promedio, dedican un 6,1% de sus ingresos a la publicidad. Este hecho indica que estos operadores observan la publicidad como un elemento determinante para competir en el mercado.

En cuanto a los costes de cambio para los usuarios finales, son de especial importancia en el mercado de referencia, dominado en el pasado por una única empresa, lo que obliga a que el crecimiento de los operadores entrantes únicamente pueda realizarse a costa de los clientes del incumbente, máxime en un entorno de saturación del mercado. Adicionalmente, esta dependencia tradicional de un único operador hace que los operadores entrantes se enfrenten a la inercia de los consumidores respecto a la empresa tradicional.

En concreto, el cambio de proveedor implica ciertos costes para los clientes, en términos de interrupción del servicio o pérdida del número. Respecto a esto último, la normativa vigente prevé el derecho a la portabilidad del número cuando el cliente cambia de proveedor, aunque dicho proceso implica la interrupción del servicio durante un periodo reducido de tiempo. Con respecto a la posible interrupción del servicio, no parece ser un problema en el caso que el nuevo proveedor disponga de una red propia de acceso. Ahora bien, en el caso que el nuevo operador acuda a la oferta mayorista de acceso (OBA), la implementación de las medidas previstas es compleja y, es posible que el cliente deba incurrir en ciertos costes para proceder al cambio.

F) Necesidades financieras

La necesidad de disponer de un elevado potencial financiero para hacer frente a los requerimientos de inversión para entrar en un mercado puede constituir una barrera a la entrada. El servicio de referencia se caracteriza por la gran magnitud de las

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inversiones necesarias, como ya se ha visto en el apartado A, y por tanto, de sus necesidades de financiación. Sin embargo, el hecho de que dicha cifra de inversión sea más o menos alta, en términos absolutos, no es excesivamente relevante a la hora de valorar la facilidad de entrada al mercado. Esta dependerá de la rentabilidad esperada sea suficiente, y no tanto del volumen total de inversiones requeridas.

Si bien es cierto que las cuantiosas inversiones a realizar reducirán el número de potenciales entrantes capaces obtener la financiación y afrontar estos requerimientos de inversión, esto no impedirá que en la medida que el negocio tenga perspectivas de rentabilidad suficiente haya entidades empresariales con capacidad de captar los fondos necesarios, tal y como ha sucedido.

Las condiciones en que los operadores acceden a los recursos de financiación dependen de la rentabilidad que les exigen las entidades de financiación, que a su vez esta influenciada por el tamaño de la empresa (pertenencia a grandes grupos empresariales), su fortaleza financiera y la viabilidad de su negocio. Por tanto deberemos analizar el grado de simetría entre la capacidad financiera de TESAU y los competidores potenciales.

Del análisis de los accionistas correspondientes a los principales operadores presenten en el mercado de referencia se desprende que no hay diferencias notables en cuanto a su capacidad financiera (ver Tabla II.2.8). Todas ellas están respaldadas por grandes grupos industriales de otros sectores (construcción, sector energético), bancos o fondos de inversión.

Tabla II.2.8 Accionistas de los principales operadores

AUNA Endesa, Unión FENOSA, BSCH

Euskaltel BBK, Kutxa, Telecom. Italia (vía Stet), Endesa, Iberdrola

ONO Caisse de Dépôt et Placement du Québec, GE Capital Services, Bank of America (vía Spaincom), BSCH, Ferrovial.

TESAU BBVA, La Caixa

Fuente: Elaboración propia.

Por tanto, cabe concluir que para que la entrada se produzca, el grupo empresarial debe tener una capacidad financiera elevada, dado que no existen empresas atomizadas y con reducido potencial financiero.

II.2.3 Efectos del progreso técnico sobre la entrada A efectos de analizar el mercado de referencia de una forma prospectiva, hay que identificar qué factores le pueden afectar a medio y corto plazo, de forma que no solamente se tome en consideración el momento actual si no también la posible evolución que pueda sufrir en un futuro dicho mercado. En particular, en los mercados

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de comunicaciones electrónicas, juega un papel especialmente relevante el progreso técnico, ya que cualquier avance tecnológico puede tener un fuerte impacto en un mercado determinado. A estos efectos, se va a realizar a continuación una revisión de los distintos avances técnicos que previsiblemente van a afectar al mercado de referencia. Al respecto, hay que destacar que la principal tendencia dentro de los servicios de referencia, consiste en la prestación del servicio telefónico mediante accesos con utilización de IP, en lugar del acceso tradicional. Así pues, la mayoría de las tecnologías que aquí se van a analizar entrarían dentro de esta categoría de acceso. - Comunicación a través de líneas eléctricas (Power Line Communications, PLC) Inicialmente, parece que se van a ofrecer sobre esta tecnología servicio telefónico y servicio de acceso a Internet. Se han hecho pruebas para transmitir señal de televisión, si bien este servicio no se va a ofrecer comercialmente a corto plazo, ya que la velocidad de transmisión es todavía muy escasa para ofrecer este servicio adecuadamente. Con relación al servicio telefónico, cabe destacar que se trata de voz sobre el protocolo IP (VoIP), es decir, la voz se tiene que digitalizar y empaquetar para poder ser transmitida, ya que no se cuenta con un circuito dedicado para esta transmisión si no que la información debe ser enviada conjuntamente con el resto de paquetes de información. Esto conlleva que los teléfonos utilizados tengan que ser teléfonos IP. Sin duda existen claras oportunidades para estas tecnologías en lo que al acceso al abonado se refiere. Esto es debido a que potencialmente PLC puede llegar a cualquier domicilio. Se trata, por tanto, de empresas que disponen de la última etapa de una red de telecomunicaciones ya desplegada por todo el país y que llega a todos los hogares. Por otra parte, se trata de una tecnología que puede cubrir muchas de las necesidades que a corto o medio plazo se presenten en muchos de los hogares. Y adicionalmente, conforme aumente la investigación en este campo, es probable que se vean mejoras en las velocidades ofrecidas, aunque parece difícil que se puedan lograr prestaciones similares a las de otros medios físicos, como la fibra óptica o el cable coaxial. - Par de cobre (Tecnologías xDSL)

Bajo el término xDSL, se conoce un conjunto de tecnologías que permiten regímenes de datos de alta velocidad sobre el par de cobre telefónico; así, se posibilita un uso mucho más extensivo de la planta de acceso desplegada, lo que permite incrementar considerablemente los servicios prestados a su través y, consecuentemente, aumentar su rentabilidad. Esto supone, a su vez, un mayor fidelización del cliente, que utiliza la misma infraestructura para consumir más servicios que el telefónico, incrementando los costes de cambio del mismo.

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El estándar ADSL es actualmente el más extendido de todos los estándares de la familia xDSL. En cuanto a su evolución a ADSL 2, sus características podrían hacerlo idóneo para la prestación de los servicios simétricos tradicionalmente prestados por SHDSL, (como RDSI primario).

El estándar VDSL permite uso regimenes binarios muy elevados, así como la coexistencia del servicio telefónico en el par. Sin embargo, su utilización exigiría posiblemente un amplio despliegue de fibra hasta los nodos desde los cuales se alcanza el abonado mediante tiradas de cobre muy cortas.

Finalmente, el estándar SHDSL parece llamado a sustituir al HDSL (que posibilita unas tasas binarias entorno a los 2Mbps de manera simétrica), ya que requiere normalmente un solo par de cobre, está normalizado (frente al HDSL, que precisa de equipos propietarios) y además está diseñado no solo para servicios de multiplexación sino también para tráfico ATM.

En definitiva, los efectos del progreso técnico sobre el uso del par de cobre para la prestación de los servicios de referencia, se caracterizan por una mejora constante de las tecnologías xDSL que permitan la prestación de más y mejores servicios a su través.

- Redes locales inalámbricas Mediante esta tecnología se consigue conectividad IP en el área de servicio. Así, para acceder a la RTP, se haría mediante Voz sobre IP, para lo cual se requerirán terminales IP y no terminales de voz tradicionales en una red telefónica conmutada. Por otro lado, se trata de una tecnología que acerca el entorno fijo al entorno móvil, lo cual puede tener repercusión tanto en el negocio de la telefonía fija como de la telefonía móvil. Esta tecnología parece ser muy adecuada para entornos de difícil cableado o con un número de usuarios variable, como edificios antiguos, fábricas, oficinas provisionales y otros entornos donde las redes cableadas convencionales no resultan viables técnica o económicamente. Es una tecnología que requiere poca instalación, pero en ocasiones una compleja planificación si se quieren prestar otros servicios además del acceso a Internet, como pueda ser voz. - Telefonía sobre redes de cable

Las tecnologías que permiten la prestación de acceso a RTC directamente mediante cable coaxial harán que los operadores de cable puedan ver reducidos sus costes de despliegue y la complejidad de la planta, lo que mejorará relativamente su posición competitiva. Al respecto, téngase en cuenta que, en la actualidad, los operadores de cable se ven obligados a desplegar conjuntamente con el cable coaxial pares de cobre con el único objeto de que la transmisión de voz sea transportada por esos pares de cobre y no por los cables coaxiales, lo que supone un aumento en la complejidad de la planta así como un aumento en la inversión.

- Bucle inalámbrico (LMDS)

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La ETSI está desarrollando un proyecto llamado HIPERACCESS bajo el auspicio del Broadband Radio Access Networks ETSI Project en el campo del acceso inalámbrico de abonado que aportará nuevas posibilidades para esta tecnología; no obstante, no se prevén cambios de importancia en lo referente a la prestación del servicio de referencia mediante esta tecnología.

II.2.4 Entrantes potenciales

La amenaza más creíble de entrada provendrá de agentes que estén desarrollando las siguientes actividades, por las razones que se exponen:

− Servicios telefónicos prestados en una ubicación fija. Los operadores que ofrecen este servicio, normalmente mediante acceso indirecto, pueden plantearse comenzar a prestar servicios en el mercado de referencia. Se trata de operadores que disponen ya de una relación comercial con el abonado de prestación de un servicio telefónico, por lo que podría ser razonable que migraran su base de clientes a acceso directo, para desvincular al cliente de su relación con TESAU y además obtener ingresos adicionales por servicios de terminación.

No se debe olvidar, no obstante, que es precisamente este último tramo de una red telefónica, el tramo de acceso, el que requiere unas inversiones más fuertes, lo cual puede contribuir a desincentivar esta entrada. Así pues, es razonable esperar que estos operadores no hagan una entrada generalizada en el mercado de referencia, con ofertas a todos los clientes, sino que posiblemente vayan migrando su base de clientes paulatinamente, en función del tráfico que genera cada uno.

En este sentido, resulta difícil que este tipo de operadores puedan suponer algún tipo de amenaza para los operadores presentes en el mercado.

− Servicio de acceso a redes de servicios de banda ancha. Los operadores que ofrecen este servicio podrían plantearse con relativa facilidad la entrada en el mercado de referencia, si bien habrán de hacerlo posiblemente mediante tecnología de Voz sobre IP, como se ha visto en el apartado de progreso técnico.

No obstante, en la práctica, los únicos de estos operadores que no prestan ya el servicio de referencia, son aquellos que prestan servicios mediante el servicio mayorista GigADSL. En estas condiciones, podrían tener dificultades para cumplir los parámetros de calidad que se exigen para interconectarse con la red telefónica conmutada, por lo que su entrada es más complicada.

− Servicio minorista de acceso desde ubicación móvil. Los operadores en este mercado tienen una amplia base de clientes a los que les puede interesar en un momento dado completar la oferta de servicios de telecomunicación, agrupando en su oferta telefonía fija y móvil, o incluso sustituyendo tráfico fijo a móvil por móvil a móvil. De los agentes presentes en este mercado, la amenaza de entrada más creíble puede provenir de Vodafone, puesto que tanto Telefónica Móviles como Amena forman parte de un grupo de empresas en que otra filial presta el servicio

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de acceso fijo, por lo que, a nivel de estrategia de grupo, parece ser más difícil que se planteen la entrada en el mercado de referencia.

Por otro lado, también pueden constituir una amenaza creíble de entrada aquellos operadores que prestan servicios similares en áreas geográficas restringidas, en el sentido de que podrían extender su actividad a nuevas áreas. Al respecto, como se ha visto, los operadores de cable, en general, restringen sus actividades a áreas en las que tienen concesión para el servicio de difusión de TV. No obstante, nada les prevendría de ofrecer los servicios incluidos en el mercado de referencia en otras demarcaciones, aun sin disponer del privilegio de la concesión.

Ya se vio, sin embargo, que como factor de diferenciación en este mercado el más importante es, posiblemente, la posibilidad de prestar servicios adicionales al telefónico mediante la misma infraestructura de acceso. Así pues, un operador de cable que decidiera comenzar la prestación del servicio de referencia en un área en que no dispusiera de concesión se vería privado de su principal aspecto competitivo, por lo que, en principio, cabe pensar que tendrá poco incentivo para entrar.

No ocurriría lo mismo con aquellas áreas o demarcaciones, como Extremadura, Ceuta o Melilla, en que no se llegó a otorgar la concesión antes referida. En principio, cabe pensar que un operador de cable presente en otras demarcaciones sí podría ser un entrante potencial en dichas áreas, de convocarse el oportuno concurso administrativo.

II.2.5 Carácter esencial del producto comercializado en mercados conexos

En este apartado se trata de constatar si alguno de los productos resultado de posibles actividades conexas tiene carácter esencial en el mercado de referencia, desde el punto de vista de derecho de la competencia. De ser así, la presencia de oferentes en el mercado analizado y en el conexo esencial podría tener un considerable impacto en la estructura del primero.

Para que un producto o servicio pueda considerarse recurso esencial para la provisión de servicios de acceso, han de cumplirse tres requisitos, a saber: ha de resultar imprescindible para el desarrollo de la actividad en el mercado de referencia; ha de ser controlado por un único operador, no existiendo fuentes de suministro alternativas; y la réplica del recurso ha de resultar inviable desde el punto de vista económico29.

En el apartado I.1.2.1 se identificaron los factores necesarios para la producción de los servicios de referencia, factores que se comercializan en los mercados conexos ascendentes. En concreto, se citaron los siguientes: red fija de acceso, elementos de conmutación, operación y mantenimiento de red, y sistemas de información.

29 Obsérvese que la consideración de un recurso como esencial es un concepto de derecho de competencia y sujeto a criterios más exigentes que el de ser imprescindible.

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De dichos factores, el único que presenta dudas sobre una posible naturaleza esencial es la red de acceso. Es evidente que la explotación de una red de acceso propia o alquilada es imprescindible para la prestación de servicios en el mercado de referencia. No obstante, como se ha visto en apartados previos, la instalación de redes de acceso no es una actividad controlada por un solo operador (en principio, puede ser desplegada por cualquier agente del sector de construcción y obra pública); además existe la alternativa, con la normativa vigente, de utilizar el bucle de acceso de TESAU de forma desagregada. En definitiva, tampoco la red fija de acceso se puede considerar como un recurso esencial para participar en el mercado objeto de análisis.

Así pues, de las actividades y servicios conexos anteriormente señalados, no se identifica ningún producto que tenga el carácter de recurso esencial para el desarrollo de la actividad en el mercado analizado. Todos los factores involucrados en la producción del servicio previamente identificados en el apartado I.1.2.1 se pueden obtener sin que ninguno de ellos suponga un recurso esencial del que no existan fuentes alternativas de suministro o que no sea económicamente viable replicarlo.

II.2.6 Valoración de la competencia potencial

Al realizar el análisis de las entradas en el mercado de referencia se ha podido constatar que los operadores entrantes lo hicieron inicialmente mediante la prestación de otro tipo de servicios de comunicaciones electrónicas aparte del telefónico fijo, como es el de difusión de TV. En efecto, se ha visto que los casos de entrada más significativos se corresponden con operadores de cable con concesión del citado servicio en determinadas demarcaciones. Por otro lado, no se constataron casos de salida significativos, salvo en lo referente a operadores de cable que se concentran, con el objetivo claro de obtener mejores economías de escala.

Asimismo, se ha podido constatar que el mercado de referencia tiene notables barreras de entrada, principalmente debido a los costes hundidos que requiere la prestación de este tipo de servicios, que hacen la entrada prácticamente imposible, a menos que se disponga de algún valor claro de diferenciación, como puede ser precisamente la concesión de difusión de TV de que disponen los únicos entrantes significativos, los operadores de cable. Asimismo, hay importantes barreras de entrada por las economías de escala, que ocasionan que los operadores entrantes tiendan a centrar su negocio en ciudades o incluso áreas metropolitanas más concentradas. Finalmente, hay que referirse a las barreras legales, que dificultan y encarecen el despliegue de la necesaria red de acceso, y las necesidades financieras, causa de que los principales entrantes a este mercado estén participados por empresa de gran potencial financiero, como eléctricas o bancos.

La amenaza de entrada más creíble procede de los operadores móviles, sea por la vía de establecimiento de su propia red fija cliente a cliente, o bien, más probablemente, por sustitución de tráfico fijo � móvil por tráfico móvil � móvil. Por otro lado, también parece probable la entrada de operadores de cable en aquellas demarcaciones en que en su momento no se dio concesión alternativa, así como en aquellas áreas en que, disponiendo de concesión, aún no tienen despliegue de red.

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Finalmente, no se han detectado productos o servicios esenciales que se obtengan del desarrollo de actividades conexas descendentes, por lo que es irrelevante, a estos efectos, la presencia en ellos de los operadores oferentes en el mercado analizado.

En conclusión, cabe afirmar que el mercado de referencia tiene unas elevadas barreras a la entrada, siendo aparentemente la única forma de superarlas, desplegar redes con tecnologías que permitan la prestación de otros servicios además de los considerados en el presente mercado.

II.3 Características de la demanda

II.3.1 Evolución de la demanda

II.3.1.1 Tendencia registrada

La evolución de las líneas en servicio en el mercado objeto de análisis parece indicar que es un mercado maduro, con claros signos de estancamiento. En concreto, se puede observar la debilidad de la demanda en el hecho de que en el último año el número de líneas en servicio prácticamente no haya variado. En conclusión, se puede afirmar que la demanda del mercado de referencia se caracteriza por un bajo grado de dinamismo, dada su evolución.

Tabla II.3.1 Número de líneas en servicio en el mercado de servicio minorista de acceso (miles

de líneas)

2000 2001 Evolución 2000-2001 2002 Evolución

2001-2002 2003 Evolución

2002-2003

16.903 17.531 3,7% 17.641 0,6% 17.758 0,7%

Fuente: Elaboración propia.

De una forma más detallada30, se constata que los hogares situados en grandes municipios tienen un gasto medio ligeramente superior a los hogares situados en pequeños municipios. El gasto medio también aumenta a medida que el hogar se compone de mayor número de personas, como parece lógico. Así, el gasto en hogares con 5 o más miembros es un 57,8% mayor que el gasto medio realizado por los hogares de un miembro (40,03 euros frente a 25,37 euros). A este dato contribuye el hecho de que los hogares de un solo miembro tienen menos teléfonos fijos que el resto de hogares (84,9%), cinco puntos porcentuales menos que la media.

30 Fuente: Encuesta a hogares españoles sobre tecnologías de la información y la comunicación (TIC-H 2002)

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II.3.1.2 Previsiones de demanda

No se dispone de previsiones globales para el mercado, aunque parece razonable esperar que se mantenga la tendencia expresada en el anterior apartado, dado que el mercado se puede considerar maduro, y no hay indicios que inviten a pensar que la demanda pueda dispararse o retrotraerse de forma espectacular, incluso en un entorno de competencia con telefonía móvil.

II.3.2 Estructura de la demanda

II.3.2.1 Grado de concentración de la demanda

La información contenida en la Tabla II.3.2 revela que la demanda presenta un elevado grado de atomización. Así, en el año 2003, el número de clientes que tenían contratados los servicios de referencia ascendió a 13,8 millones, siendo la factura media anual por el servicio objeto de análisis de 214,73 euros.

Tabla II.3.2 Facturación media por cliente y líneas por cliente

Número de clientes acceso directo 13.866.390 Líneas en servicio 17.758.431 Ingresos por servicios de acceso y asociados (millones �) 2.978 Facturación media por cliente (�) 214,73 Líneas por cliente 1,28

Fuente: Elaboración propia.

Desde esta perspectiva, a la vista de los datos anteriores, la capacidad de que dispondrá un cliente aislado para disciplinar el comportamiento de un operador a través de su decisión de cambio se puede considerar, en general, muy limitada.

II.3.2.2 Mecanismos de negociación

El mecanismo de negociación predominante en el mercado objeto de análisis es la utilización de contratos de adhesión: el operador establece las condiciones del servicio (en términos de precio y calidad del servicio) y los compradores deciden si aceptan o no las condiciones ofertadas. Resulta evidente que las posibilidades para ejercer poder de compra a través de este mecanismo son muy limitadas, porque pasan necesariamente por el cambio de proveedor31.

No obstante lo anterior, cabe señalar que los contratos de adhesión (también denominados contratos tipo) deben respetar los derechos de los consumidores y

31 Existen demandantes que, por diversas razones, utilizan la subasta o el concurso como forma de adquisición del servicio; este es el caso de los grandes clientes y las Administraciones Públicas, que llegan a establecer procedimientos detallados con los requisitos y características de prestación del servicio, incluyendo en ocasiones el precio, a los que deben sujetarse los operadores interesados. No obstante, dichos mecanismos suelen utilizarse para la adquisición del conjunto de servicios de comunicaciones electrónicas demandado por el cliente, no solo el incluido en el mercado de referencia.

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usuarios finales, tal y como establece el artículo 38 de la LGTel. Por tanto, si bien las posibilidades de ejercer poder de compra a través de este mecanismo son limitadas, no es menos cierto que la conducta del operador se encuentra mermada dada la obligación de respectar dichos derechos.

Por consiguiente, para que los usuarios puedan ejercer un cierto poder de compra que influya en las condiciones ofertadas por el operador es necesario valorar las alternativas de suministro, cuestión que será abordada en el siguiente aparatado.

II.3.2.3 Alternativas de suministro

Las alternativas de suministro en el mercado objeto de análisis dependerán del número de accesos instalados en cada ubicación fija. A efectos ilustrativos, en la Tabla II.3.3 se muestra una estimación del número medio de accesos instalados por hogar y por grupo de operadores.

Tabla II.3.3 Número medio de accesos instalados por hogar (2003)

Total TESAU Operadores de cable32 Resto

Número de hogares 14.270.659

Total accesos instalados 23.729.966 18.095.984 5.488.396 145.586

Total accesos instalados residencial (estimados)33 20.899.367 15.469.633 5.311.896 117.838

Número medio accesos por hogar 1,46 1,08 0,37 0,01

Fuente: INE, Encuesta de hogares sobre equipamiento y uso de tecnologías de información y comunicación, Mayo 2003 y Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Informes Anuales 2002 y 2003.

Como se puede apreciar, en general, los clientes prácticamente no disponen de alternativas de suministro, a la vista del número medio de accesos por hogar. Las fuentes de suministro se reducen, en general, a los accesos desplegados por el operador tradicional (TESAU) y por el operador de cable habilitado presente en cada una de las demarcaciones. No obstante lo anterior, cabe señalar que la cobertura de las redes de cable es relativamente pequeña con respecto al número de hogares (ONO, que es el operador con mayor número de accesos, cubre únicamente al 14,25% de hogares) por lo que en la mayoría de las ubicaciones no existen alternativas de suministro a TESAU.

32 Los operadores de cable incluyen al Grupo Auna, Grupo Ono, Telefónica de Cable, Retecal Sociedad Oper. de Tel. Castilla-Leon, Euskaltel, R Cable, Telecable de Asturias, Tenaria y Procono.

33 Dado que para el año 2003 no se dispone de información sobre accesos instalados desglosada por clientes residenciales y no residenciales, se ha estimado el número de accesos instalados en hogares suponiendo que se mantienen las proporciones correspondientes al año 2002.

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No obstante lo dicho, la situación de alternativas es muy distinta según el ámbito geográfico, puesto que los operadores de cable (y los de LMDS) suelen concentrar su oferta en los núcleos urbanos, y no en el resto del territorio.

La situación de cobertura descrita se puede extrapolar hasta cierto punto a accesos fuera del hogar, aún reconociendo la existencia de áreas metropolitanas aisladas en las que puede haber unas mayores alternativas de suministro, típicamente en áreas donde se concentran las sedes de grandes corporaciones. Esto, no obstante, no cambia la conclusión del presente apartado para el mercado de referencia, puesto que dichas grandes corporaciones presentan necesidades de telecomunicaciones muy apartadas de las que se pueden cubrir con los servicios incluidos en este mercado.

Junto a las alternativas descritas, hay que citar también los operadores que prestan servicios de acceso mediante desempaquetamiento del bucle local o bucle inalámbrico. Lo cierto es que estas alternativas, hasta el momento, han conocido poco desarrollo, y en ámbitos geográficos muy concretos, como los citados en el párrafo anterior.

En cuanto a los costes de cambio de proveedor, hay que referirse a los siguientes:

- Costes de cambio psicológicos, derivados de la imagen de marca de que puedan gozar algunos de los competidores presentes en el mercado, fundamentalmente el operador establecido.

- Costes de búsqueda de información. Los clientes con un volumen de gasto reducido serán reticentes a incurrir en costes de búsqueda de información, por cuanto pueden no verse recompensados por el ahorro en la factura telefónica.

- Costes de actualización. Anteriormente a la implantación de los mecanismos de portabilidad numérica, el cambio de operador de acceso conllevaba el cambio del número de teléfono del abonado, lo que implicaba un coste de actualización para el abonado dado que debe comunicar a su entorno su nuevo número. No obstante, en la actualidad, este coste se puede considerar suprimido, ya que el cliente tiene la opción de solicitar la portabilidad de numeración.

- Costes de pérdida de alternativa para cursar tráfico: cuando un cliente cambia de TESAU a otro operador de acceso, pierde la posibilidad de cursar llamadas mediante acceso indirecto, puesto que según la normativa vigente es TESAU el único operador obligado a proporcionar esta clase de servicios. Este aspecto podría ser muy relevante en determinados casos, aunque, como se ha visto en el apartado II.1.2.3.3, normalmente los clientes lo desconocen.

Si bien resulta difícil cuantificar el nivel de estos costes, parece que todos ellos resultan asumibles para el cliente, aunque en algún caso han de ser disminuidos mediante acciones comerciales del operador alternativo (por ejemplo, algunos operadores de cable no cobran la cuota de abono durante unos meses para que el cliente pueda mantener temporalmente el acceso de TESAU).

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Finalmente, respecto a la posible integración vertical y autoprestación por parte de los clientes, se puede ver el apartado II.3.2, sobre las dificultades para comenzar a prestar estos servicios.

II.3.2.4 Valoración del poder de la demanda

A la vista del análisis realizado en este apartado, se puede concluir que el poder de mercado de la demanda es muy limitado cuando no inexistente. En efecto, la demanda está muy atomizada y ningún cliente puede presentar una parte importante de la facturación del operador. En cuanto a los mecanismos de negociación, no favorecen el poder de la demanda, salvo en casos puntuales, y poco relevantes para el mercado objeto de análisis. Por fin, se ha podido observar que, en términos generales, los clientes no cuentan con alternativas de suministro (así, tan solo aproximadamente un 40% de los hogares estaría en disposición de obtener un acceso alternativo), y solo determinadas áreas geográficas cuentan realmente con alternativa.

II.3.2.5 Carácter esencial del producto comercializado en el mercado objeto de análisis

Se trata de analizar si alguno de los productos incluidos en el mercado de análisis tiene carácter de recurso esencial para el desarrollo de las actividades de los demandantes en alguno de los mercados conexos.

Obsérvese que el mercado de referencia se refiere a servicios minoristas, esto es, a servicios prestados a usuarios finales, en el sentido de que no utilizan este servicio para elaborar servicios de comunicaciones electrónicas. En este sentido, si bien los servicios de comunicaciones electrónicas no son estrictamente imprescindibles para su desarrollo, normalmente constituyen un apoyo básico al despliegue de su actividad, con efectos considerables sobre la productividad de la misma. Por ello, sin alcanzar el calificativo de esencial en términos de derecho de competencia, sí son fundamentales y hasta imprescindibles en la actividad de los demandantes. En este sentido, el poder de la demanda se ve afectado, pues normalmente el usuario final no puede renunciar a contratar los servicios de referencia.

Adicionalmente, se podría plantear el carácter esencial del producto para el desarrollo de determinadas actividades, como la prestación de servicios de telefonía pública.

II.4 Valoración de la necesidad de realizar el análisis de dominancia

A la vista de los resultados obtenidos en los diferentes apartados de esta fase, se considera necesario realizar el análisis de posible existencia de operadores dominantes en el mercado de referencia, por lo que a continuación de procede a realizar la fase III del presente informe.

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III ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

En esta fase se trata de valorar si el mercado se desarrolla en un entorno de competencia efectiva desde la perspectiva de los resultados para los consumidores, con independencia de la posible existencia o no de operadores dominantes en el mismo.

Además, se analiza si el eventual desarrollo en competencia efectiva del mercado se debe, precisamente, a las obligaciones asimétricas que se han impuesto a los operadores presentes en el mercado de referencia. De ser así, no se podrían retirar las citadas obligaciones y, en esencia, se debería declarar a dichos operadores con PSM en el mercado de referencia.

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III.1 Resultados del mercado para los consumidores

III.1.1 Comparación de precios

Una de las posibles referencias para evaluar los resultados del grado de competencia de un mercado para los consumidores es la comparación de precios. Los precios que se van a analizar para el mercado de referencia son los precios de la cuota de conexión y de abono de una línea individual.

Dichos precios estarán referidos solamente a TESAU, que es el operador con posición dominante en el mercado objeto de análisis.

III.1.1.1 Inter-temporal

Previo a mostrar la evolución de precios que ha sufrido la cuota de conexión y de abono de una línea individual en el tiempo es preciso señalar que los precios de ambos servicios se han encontrado sometidos a regulación para TESAU desde el inicio del proceso de liberalización como ya se ha señalado en apartados previos de este informe.

Al inicio de este proceso de liberalización los precios para estos servicios se encontraban directamente fijados sin que TESAU tuviese ningún grado de libertad en su fijación. Posteriormente, estos servicios formaron parte de dos subcestas del modelo del �price cap� desarrollado mediante Orden Ministerial de 10 de mayo de 2001 y modificado por Orden Ministerial de 12 de diciembre de 2002. La cuota de conexión de líneas individuales se metió en la subcesta 1.1 y la cuota de abono de líneas individuales se metió en la subcesta 1.2. Para el año 2003 la cuota de abono de líneas individuales se ha excluido de dicha subcesta.

La Tabla III.1.1 muestra las variaciones de precio, en el caso de TESAU, que han sufrido tanto la cuota de conexión como la de abono de una línea individual en este tiempo. Los precios se muestran en Euros.

Tabla III.1.1 Variación precios cuota conexión y abono

Cuota de conexión Cuota de abono

31-dic-97 127,72 7,46

31-dic-98 127,72 8,67

31-dic-99 127,72 8,67

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31-dic-00 127,72 9,27

15-feb-01 127,72 9,87

30-abr-01 95,00 10,47

1-ene-02 95,00 11,68

1-nov-02 59,50 11,68

1-ene-03 59,50 12,62

Fuente: Elaboración propia.

Si bien estas variaciones en los precios no parecen ser indicativas del comportamiento de TESAU frente a los consumidores, ya que le han venido impuestas por la regulación, lo que sí se puede observar es que con la introducción del modelo de �price cap�, TESAU ha decidido aplicar estas subidas inmediatamente a la cuota de abono mensual34. No ha sido así, sin embargo, en el caso de los descuentos que estaba obligada a aplicar a la cuota de conexión, viéndose éstos dilatados en el tiempo.

Como se observa, los precios de este servicio crecen en términos reales; además, existiendo precios regulados, no se despegan del techo previsto.

III.1.1.2 Geográfica

El Gráfico III.1.1 muestra una comparativa de la cuota de alta de líneas individuales en diferentes países de Europa con datos del año 2000 y del año 2003 a efectos de apreciar su evolución:

34 Esto podría no ocurrir con la subida autorizada para 2004, según ha aparecido en prensa. Véase �Telefónica retrasa la subida de la cuota de abono para no perder clientes�, 22-12-2003, El País.

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Gráfico III.1.1 Cuota de alta de línea individual

Cuota de Alta línea individual (euros)

46.1

111.8

54.5

105.6

85.0

40.0

107.9

71.5 71.8

143.2

100.0

39.131.6

99.3

107.0127.8

44.5

21.8

54.5

105.7

59.5

81.2

38.629.3

37.8

50.0

107.493.0

71.671.8

020406080

100120140160

Aleman

ia

Austria

Dinamarc

a

Finlan

dia

Francia

Grecia

Holand

a

Irland

aIta

lia

Luxe

mburgo

Portug

al

Reino U

nido

Suecia

Año 2000 Año 2003

Fuente: Elaboración propia.

Se puede observar como en la mayoría de los países se ha tendido a reducir la cuota de alta. No obstante, en países como Italia o Irlanda a pesar de estar por encima de la media europea, 82,81 euros para el año 2000, no se ha producido esta reducción. Sin embargo, sí ha sido muy acentuada en el caso español, donde se observa que dicho precio es de 59,5 Euros para 2003, cifra ésta inferior a la media europea, 64,44 euros.

La comparativa de la cuota de alquiler de líneas individuales en diferentes países de Europa con datos del año 2000 y del año 2003 se muestra en el Gráfico III.1.2.

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Gráfico III.1.2 Cuota de alquiler mensual de línea individual

Cuota de Alquiler mensual línea individual (euros)

12.3

8.710.0

10.9

13.514.4

10.0

13.7

11.2

14.5 14.8

11.8

13.6 13.214.4

12.1

16.0

12.311.8

7.3

11.3 13.411.3

12.6

10.210.0

11.5

12.0

10.9

18.6

02468

101214161820

Aleman

ia

Austria

Dinamarc

a

Finlan

dia

Francia

Grecia

Holand

a

Irland

aIta

lia

Luxe

mburgo

Portug

al

Reino U

nido

Suecia

Año 2000 Año 2003

Fuente: Elaboración propia.

Debido al llamado "déficit de acceso" con que se partía en el proceso de liberalización en muchos países la cuota de alquiler de líneas individuales se ha visto incrementada en la mayoría de los casos. No ha sido así, por ejemplo, en el caso del Reino Unido ni de Suecia donde dicha cuota se ha visto reducida, de 14,5 a 11,8 en el caso del Reino Unido y de 14,8 a 11,5 en el caso de Suecia.

Como se observa, los precios de este servicio en España crecen por encima de la media con respecto a los otros países, aunque la causa podría ser una adaptación más tardía del precio de acceso a los costes reales.

III.1.2 Oferta de servicios

Otra variable que se puede tener en cuenta a la hora de valorar los resultados para los consumidores de la presión competitiva es el nivel de oferta de servicios. Para llevar a cabo dicha valoración procede analizar el grado de innovación en los servicios y el grado de alternativas de que disponen los consumidores.

III.1.2.1 Inter-temporal

Al inicio de la liberalización, puesto que se partía de una situación monopolística, la oferta de servicios se limitaba a la de ese único operador, no disponiendo los consumidores de capacidad de elección. Conforme ha ido progresando la liberalización, algunos operadores, principalmente los operadores de cable, han

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desplegado redes de acceso alternativas, posibilitándose así que el usuario final disponga de ofertas adicionales en el servicio objeto de análisis.

Para determinar de qué forma se ha incrementado la oferta al usuario final, no basta con conocer el número total de operadores en el mercado y su evolución en el tiempo, puesto que muchos de ellos despliegan sus redes en ámbitos muy reducidos, no suponiendo una oferta alternativa en términos generales.

En la Tabla III.1.2 se muestra la evolución en el porcentaje de hogares pasados por cable, como mejor aproximación al número de alternativas dispuestas durante el tiempo. Dicha penetración es muy diferente de unas CCAA a otras, en todo caso, variando desde un 12% de Castilla La Mancha, a un 70% en Cantabria. A nivel nacional se puede afirmar que todavía el 60% de los hogares únicamente pueden contratar servicios del mercado de referencia con TESAU.

Tabla III.1.2 Hogares pasados por el cable

1998 1999 2000 2001 2002 2003

5,8% 10,1% 24,6% 36,4% 40,9% 51,3%

Fuente: MCYT, CMT

Con relación al grado de innovación en el acceso y su progreso desde el inicio de la liberalización, se puede afirmar que TESAU ha ido paulatinamente ofreciendo un mayor número de facilidades adicionales asociadas al acceso conforme se ha ido avanzando en el proceso de liberalización. Hoy en día el número de facilidades adicionales que TESAU ofrece se puede considerar muy significativo, como se muestra en la Tabla III.1.3:

Tabla III.1.3 Facilidades adicionales que ofrece TESAU

Control de facturación • Servicio de Personalización de Factura • Servicio de Alarma • Seguro de Consumo • Información de Consumo • Servicio Detalle un destino metropolitano • Facturación Online • Pago Concertado

Servicios de Mantenimiento

• Alta de línea (Línea Básica) • Desvío de Llamadas • Desvío Selectivo de Llamadas • Rechazo Selectivo de Llamadas

Servicio Recarga Móvil

Llamada sin Marcar

Llamada Intercomunicada

Servicio Contestador Múltiple

Servicio Devolución última llamada

Servicio Contestador desde Internet

Servicio Mensajes de Texto

Desvío Selectivo de Llamadas

Rechazo Selectivo de Llamadas

Servicio Identificación de Llamadas

Servicio Identificación Llamada en Espera

Servicio Contestador con Identificación de Llamadas

Otros Servicios

• Fonobuzón • SMS Web

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Servicio Contestador

Llamada a tres

Llamada en Espera

• Servicio Salto de llamadas • Información Cambio de Número • Servicio No Molesten • Desvío Automático al Buzón (Servicio

Personal de Mensajería) • Desvío Automático al Buzón (Servicio

Personal de Mensajería) • Indicador de nuevos mensajes en el

contestador Fuente: Elaboración propia.

Igualmente, TESAU ha aumentado su oferta comercial sobre la propia línea individual a través de productos como "Línea Joven I" y "Línea Joven Ciudad/Línea Joven País" dirigidos a las distintas necesidades de los más jóvenes o "Línea Vacaciones" para las líneas de teléfono de segundas residencias.

En conclusión, se puede decir que hay una tendencia a un mayor número de ofertas en el mercado, limitada por las dificultades que tiene el despliegue de red de acceso, y a una mayor variedad en los productos que se ofrecen, por la vía de las facilidades adicionales al acceso, que se han incrementado considerablemente los últimos años.

III.1.2.2 Geográfica

La Tabla III.1.4 muestra los porcentajes de hogares pasados por operadores de cable en algunos países de la UE y Estados Unidos:

Tabla III.1.4 Hogares pasados en EU y EE.UU.

Porcentaje de hogares pasados con cable

Alemania 86%

Austria 53%

Bélgica 100%

Dinamarca 77%

España 41%

Estados Unidos 97%

Francia 51%

Holanda 94%

Irlanda 88%

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Italia 11%

Luxemburgo 100%

Portugal 93%

Reino Unido 62%

Suecia 65%

Fuente: Informe sobre Competencia en Banda Ancha; DotEcon, Criterion Economics, Octubre 2003. Dato de España proviene de la CMT.

Se observa como España se encuentra muy por debajo de la media, sólo por delante de Italia. Aún así, conviene señalar que en algunos casos estos hogares pasados pueden acceder al servicio de televisión pero no al servicio telefónico. Así pues, en España el número de ofertas alternativas es inferior al que disponen en la mayor parte de los países europeos.

III.1.3 Satisfacción del consumidor

Según el informe elaborado por la CMT en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística, el 85,98% de los usuarios residenciales de servicios de telefonía fija se encuentra satisfecho o muy satisfecho con los servicios del operador con el que realiza la mayor parte de sus llamadas. Este grado de satisfacción es similar para aquellos usuarios que tienen contratado un segundo y/o un tercer operador de telefonía fija.

Así pues, la satisfacción de los hogares con las compañías operadoras de telefonía fija es muy elevada, ya que de una escala de uno a cinco, donde uno equivale a �nada satisfecho� y 5 a �muy satisfecho�, los hogares se posicionan en la media de 3,44 (de satisfecho a bastante satisfecho) con respeto a la primera compañía contratada.

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Gráfico III.1.3 Grado de satisfacción con la compañía principal

Grado de satisfacción con la compañía principal contratada de telefonía fija (% hogares)

Nada satisfecho6%

Poco satisfecho8%

Satisfecho39%

Bastante satisfecho31%

Muy Satisfecho16%

Fuente: Informe elaborado por la CMT en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística.

Esta información no permite, sin embargo, extraer conclusiones definitivas dado que se trata de un dato que se refiere al total de servicios de telefonía fija. Además, un 60,22% de los encuestados afirman no conocer ofertas de otras compañías, por lo que la percepción de las condiciones en las que reciben el servicio pueden haberse vistos sesgadas.

Aparentemente debido a este grado de satisfacción, una inmensa mayoría de los encuestados no se plantea cambiar de compañía. Esto es lógico ya que la mayoría de los entrevistados no perciben que haya otras posibilidades y por lo tanto, huelga pensar en solicitar el servicio con otra compañía.

En concreto, el porcentaje de entrevistados que han manifestado no tener intención de cambiar de compañía en los próximos seis meses es de un 93,8%. A la hora de plantearse un posible cambio de compañía de telefonía fija, las motivaciones pueden ser múltiples, debiéndose destacar que los motivos más significativos son el precio (48,8%), la mejor relación calidad/precio (36,8%) y la calidad en la prestación del servicio (25,2%).

En cuanto al ámbito empresarial35, un 69% de las empresas con una facturación superior a 60 millones de euros, han manifestado no tener intención de cambiar de proveedor.

Del 31% restante, que sí desean cambiar de operador, cabe señalar que el 50% de ellas aduce motivos de precio, un 40% la atención comercial, un 20% el soporte

35 Fuente: Informe elaborado por AUTEL y el Grupo Penteo sobre las telecomunicaciones en la empresa, 2001

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técnico, un 20% por decisión corporativa y un 10% por transmisión de datos lenta36. Así mismo, aparece un 10% que manifiesta cambiar según las ofertas que recibe.

A la hora de elegir un operador por parte de las empresas, los motivos que más influyen en la elección son, por este orden y con indicación en primer término de los datos para empresas con facturación superior a 60 M Euros y en segundo para las de facturación inferior, los siguientes: a) precios competitivos: 64%, 85%; b) soporte técnico adecuado y soporte postventa: 53%, 69%; c) gama de productos y servicios: 47%, 62%; d) seguridad y fiabilidad: 39%, 38%.

Es digno destacar que a las empresas de mayor facturación les preocupa más aspectos de servicio, mientras que a las de menor, el precio del servicio. A la hora de valorar el grado de satisfacción es algo a tener en cuenta, ya que una pequeña empresa estará insatisfecha principalmente por el precio del servicio, si bien para una gran empresa posiblemente las fuentes de insatisfacción provengan más por otras consideraciones del servicio recibido al margen del precio.

La valoración media de los servicios percibida es de un 6,5. Con relación a estos resultados cabe destacar que las empresas con un nivel de facturación inferior puntúan algo mejor que las empresas con volúmenes de facturación más alto. Así British Telecom o Jazztel puntúan por delante de Telefónica o Retevisión para el caso de las de menor facturación.

A partir de la información expuesta, esta CMT considera que el grado de satisfacción en el mercado relevante se puede calificar como aceptable. Ha de tenerse en cuenta que los datos aportados no se refieren a un servicio concreto, si no más bien a la percepción de la oferta integrada, que es lo que perciben los usuarios finales.

III.2 Regulación como garantía de la competencia efectiva

Como se ha visto en el análisis realizado, existen en el momento actual una serie de obligaciones asimétricas que pesan sobre TESAU, en cuanto que operador dominante en determinados mercados de referencia según la normativa precedente, y en cuanto que operador designado para la prestación del servicio universal.

En el presente apartado, se trata de evaluar que ocurriría en el mercado objeto de análisis, desde el punto de vista de la competencia, si dichas obligaciones fueran suprimidas.

III.2.1 Obligaciones asimétricas

a) Obligaciones asimétricas en relación con la regulación de precios a nivel minorista

En el apartado II.1.2.3.1 se ha descrito en detalle la regulación de los precios del operador dominante en el servicio de referencia y su evolución en los últimos años.

36 El total de porcentajes suma más de 100% ya que los motivos para la toma de decisión han podido ser más de uno.

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Asimismo, en el mismo apartado se ha descrito sucintamente el régimen de regulación de precios en algunos mercados conexos.

Los precios de los servicios incluidos en el mercado de referencia, se encuentran regulados únicamente para TESAU, limitándose el resto de los operadores a notificar sus precios. Según dispone la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 11/1998, esta regulación tiene por fundamento garantizar el control de las situaciones de abuso de posición dominante y el acceso de todos los ciudadanos a los servicios a precios asequibles.

Como se ha dicho, esta regulación se ha basado fundamentalmente en un sistema de �price cap�, consistente en un sistema de variación entre precios máximos y mínimos por conceptos incluidos en cestas sujetos a reducción periódica del tipo IPC-X, combinado con un régimen de precios máximos y de subidas máximas. Junto a ello, TESAU ha podido aplicar descuentos sobre estos precios regulados sujetándose a un régimen de notificación o autorización, según los casos. Además, la CMT ejerce un control a posteriori sobre los precios efectivamente aplicados y su compatibilidad con la libre competencia.

En cuanto a los servicios objeto de análisis, para el año 2004, la cuota de conexión de líneas individuales queda sometida a la regulación de precios máximos, mientras que la cuota de abono queda sujeta a salvaguarda, de forma que el precio establecido por este concepto no podrá experimentar una subida superior al 4.35%. Asimismo, se encontraban regulados con un sistema de precios máximos, aunque a partir del 2004 se han liberalizado, el Acceso básico y el primario RDSI, los Servicios de inteligencia de red y los Servicios suplementarios o facilidades asociadas.

b) Obligaciones asimétricas relacionadas con el Servicio Universal

El servicio de referencia se encuentra sujeto a la regulación derivada de las obligaciones de servicio universal, entre las cuales se establece la necesidad de garantizar una conexión a la red a un precio asequible, cuya determinación corresponde al Gobierno.

Estas obligaciones se han impuesto hasta ahora a TESAU, estableciéndose mediante Orden PRE/68/2002 que se entenderá por precio asequible el establecido en la actual regulación de precios minoristas.

La regulación ha obligado a TESAU a aplicar precios similares en todo el territorio nacional, sin distinguir en función de la rentabilidad mientras que otros operadores son libres de ofrecer precios distintos.

c) Regulación del acceso indirecto

TESAU tiene la obligación de habilitar mecanismos de selección de operador (selección llamada a llamada y preselección) que han facilitado la introducción de la competencia en los servicios de tráfico telefónico y acceso a Internet de banda estrecha.

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La normativa ha extendido sucesivamente el ámbito de llamadas que se pueden cursar mediante acceso indirecto, que actualmente incluye: llamadas internacionales, nacionales (interprovinciales, intraprovinciales, metropolitanas), fijo a móvil y llamadas a números de Red Inteligente. Junto con la obligación de permitir mecanismos de selección de operador se ha establecido, por medio de Circular de la CMT, la obligación de no empaquetar las facilidades asociadas al acceso.

d) Obligación de suministrar acceso al bucle de abonado

Dadas las barreras de entrada al despliegue de redes propias y la posición de TESAU en el acceso, el Real Decreto 3456/2000, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece las condiciones para el acceso al bucle de abonado de la red pública telefónica fija de los operadores dominantes, obliga a ésta a poner a disposición de terceros una Oferta de Acceso al Bucle en la cuál se recogen unos precios máximos regulados orientados a costes y unas condiciones técnicas. El Reglamento contempla tres modalidades de acceso: acceso completamente desagregado, acceso compartido y acceso indirecto.

De las anteriores, la única que permite la prestación inmediata del servicio de referencia es la de acceso completamente desagregado, mientras que las otras únicamente permitirían su prestación mediante �Voz sobre IP�, por lo que en la actualidad no se utilizan, en general, para prestar el servicio de referencia.

e) Obligaciones relacionadas con el servicio de alquiler de circuitos

Como se ha visto, las líneas alquiladas son una alternativa para la prestación de los servicios de referencia, sin necesidad de desplegar red propia. Así, TESAU, según la normativa vigente, está obligada a suministrar líneas susceptibles de arrendamiento según su oferta en condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias. Es decir, existe una obligación de tener una oferta de referencia de alquiler de circuitos. Esta oferta de referencia puede darse a dos niveles tanto, mayorista como minorista, dado que el usuario que solicita la línea puede ser un usuario final o un operador de telecomunicaciones.

Aunque tradicionalmente estos precios estaban sometidos a un modelo de límites máximos de precios anuales formulado en términos de variación del IPC-X, durante el año 2004 todos los servicios de líneas susceptibles de arrendamiento prestados por TESAU se someten al sistema de regulación de precios máximos excepto los de N x 64 kbps que queda liberalizado. A partir del 2005, de acuerdo con el apartado tercero de la Orden de 5 de noviembre, los precios minoristas quedarán, sin perjuicio de las obligaciones que pueda imponer esta Comisión, liberalizados excepto en lo que se refiere a garantizar la asequibilidad de las prestaciones incluidas en el ámbito del servicio universal.

A nivel mayorista, además de la Oferta ya citada, existen determinados servicios regulados en la OIR, que permiten la prestación de servicios de acceso similares.

f) Obligaciones de interconexión

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Si bien el mercado de referencia se refiere a servicios de acceso, ya se estableció en la caracterización de este servicio, que normalmente se vende empaquetado. Esto es, el operador que presta el acceso, normalmente lo hace para prestar una serie de servicios adicionales al usuario final. En particular, en el caso que nos ocupa, el operador estará interesado en la prestación de servicios telefónicos. Para ello, es necesario que pueda interconectar su red con la de otros operadores y, en particular, con la de TESAU, dada su posición en el mercado.

Por ello, el marco regulador conlleva necesariamente la definición de obligaciones de interconexión de redes y servicios que garanticen la interoperabilidad de los servicios que los operadores ofrecen a los usuarios finales. Esta interconexión se ha venido regulando como un derecho y obligación para todos los operadores, incluso los no dominantes, que debía ofrecerse en condiciones no discriminatorias, transparentes, proporcionales y basadas en criterios objetivos.

Dada la posición de dominio de TESAU en el mercado de redes públicas telefónicas fijas y servicio telefónico fijo disponible al público, tiene como obligaciones asimétricas, la orientación a costes y la publicación de una Oferta de Interconexión de Referencia con el desglose suficiente de forma tal que el peticionario no sufrague más de lo estrictamente relacionado con el servicio solicitado.

En la Tabla III.2.1, se resumen las obligaciones asimétricas que pesan sobre TESAU.

Tabla III.2.1 Obligaciones asimétricas que pesan sobre TESAU

Operador regulado

Obligaciones que soporta Descripción de la Obligación

TESAU Regulación de precios minoristas Precios máximos para la conexión de líneas individuales

Salvaguarda 4,35% subida máxima para la cuota de abono de líneas individuales

Conceptos de tráfico sujetos a �price cap�; posibilidad de planes de descuento

Notificación de descuentos

TESAU Prestación del servicio universal Suministro de acceso a precios asequibles

Precios razonablemente comparables en todo el territorio nacional

TESAU Acceso indirecto Obligación de permitir llamadas a través de otros operadores

Prohibición de empaquetar las facilidades asociadas al acceso

TESAU Suministro de acceso al bucle de Orientación de precios a costes

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abonado Condiciones técnicas no discriminatorias, recogidas en OBA

TESAU Suministro de líneas susceptibles de arrendamiento

Condiciones técnicas y económicas objetivas, transparentes y no discriminatorias

Oferta de Referencia OLA

Alquiler de circuitos en condiciones OIR

TESAU Facilitar la interconexión Precios de interconexión transparentes y orientados a costes

Condiciones no discriminatorias, transparentes, proporcionales, objetivas, en OIR

Separación de cuentas para los servicios de interconexión

Acceso especial

Fuente: Elaboración propia.

III.2.2 Efectos de las obligaciones asimétricas

En la Tabla III.2.2 se realiza una valoración del impacto de dichas obligaciones sobre las condiciones de competencia en el mercado.

Tabla III.2.2 Impacto de las obligaciones asimétricas sobre las condiciones de competencia

Condiciones de competencia significativamente afectadas

Obligación que les afecta Descripción del efecto

Presencia del operador en el mercado

Regulación de precios minoristas Si el precio máximo se regula demasiado bajo, la cuota de mercado por clientes de TESAU sería superior a la que cabría esperar

Regulación de precios minoristas Si el precio máximo se regula demasiado bajo, impide la entrada

Existencia de alternativas de suministro

Flexibilidad de la oferta de los instalados

Competencia potencial

Regulación de servicios mayoristas (OBA, Líneas Alquiladas)

Aumenta las alternativas de suministro, la flexibilidad de la oferta y la competencia potencial

Regulación de precios minoristas Evita aplicación de precios excesivos al usuario final.

Poder de la demanda

Servicio universal Impide negativa de suministro

Integración vertical y presencia en mercados conexos

Regulación de precios minoristas Evita prácticas de subvenciones cruzadas

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Regulación del acceso indirecto

Rompe el empaquetamiento de acceso con tráfico y permite la competencia en tráfico

Regulación de servicios mayoristas (OBA y OLA)

Impide discriminación y condiciones no equitativas

Regulación interconexión

Impide discriminación y condiciones no equitativas; afecta indirectamente al mercado de referencia

De lo sistematizado en la Tabla III.2.2 se pueden extraer las conclusiones siguientes: en cuanto a la posición de TESAU en el mercado de referencia, el impacto de la regulación de precios minoristas puede repercutir de forma limitada en lo que se refiere al establecimiento de precios ya que los posibles competidores ofrecen además otro tipo de servicios adicionales al servicio telefónico. Ello implica que el precio de los servicios de referencia no es la única variable que influye decisivamente en la elección del consumidor.

En lo que se refiere a la regulación de un precio minorista máximo, la regulación no reduce el peso del operador en el mercado pero sí su posibilidad de abusar del mismo aplicando precios excesivos a los usuarios finales.

En cuanto a las condiciones de competencia relacionadas con la escasa existencia de alternativas de suministro, la reducida flexibilidad de la oferta de los instalados así como la competencia potencial, los efectos de la regulación existente son equiparables en los tres casos. Por un lado, la regulación de los precios minoristas del operador dominante mejora las condiciones de competencia siempre que el precio máximo no se regule demasiado bajo, de forma que no suponga una barrera a la entrada. Por otro lado, la regulación existente en los servicios mayoristas relativa al acceso en condiciones transparentes y no discriminatorias al bucle completamente desagregado y la oferta de líneas alquiladas, tienen por efecto mejorar las condiciones de competencia mencionadas.

En lo referente al poder de la demanda, la regulación de precios minoristas impide a TESAU la imposición de precios abusivos a aquellos clientes que no dispongan de alternativa; además, la obligación de servicio universal impide a TESAU prácticas de negativa de suministro, que podrían ser muy perjudiciales para determinados clientes.

Por lo que se refiere a la capacidad de actuación en mercados conexos, la regulación de los precios minoristas puede evitar prácticas de subvenciones cruzadas (por ejemplo que se aumente excesivamente el precio del servicio de referencia donde la competencia es más débil y se disminuyan los precios de los servicios de tráfico) y de

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empaquetamiento de servicios (que se obligue a contratar conjuntamente el servicio de referencia con el tráfico).

La regulación del acceso indirecto incide directamente en la capacidad de actuación en mercados conexos, puesto que permite introducir competencia en los servicios de tráfico y rompe el empaquetamiento �natural� entre servicios de acceso y de tráfico, creando regulatoriamente un mercado.

Por otra parte, la obligación de poner a disposición de terceros un acceso mayorista a los servicios de acceso al bucle completamente desagregado y de líneas alquiladas, en lo que se refiere a la actuación en mercados conexos permite la competencia en paquetes de servicios de acceso y tráfico, además de en servicios de ancho de banda.

III.2.3 Impacto sobre la competencia efectiva

Una vez identificadas las obligaciones asimétricas y evaluados sus efectos, se procede a analizar cuál sería el impacto sobre el mercado de suprimirlas.

A continuación se describe el efecto que, en primera aproximación, tendría la supresión de las obligaciones anteriormente identificadas, con excepción de las relacionadas con el servicio universal, por no ser esta una obligación que se pueda suprimir como consecuencia del análisis de mercado.

a) Regulación de precios minoristas

Ante la eliminación de esta obligación para TESAU, es difícil predecir de qué forma evolucionarían los precios de TESAU.

Por un lado, dada la posición dominante constatada y la ausencia de alternativas para un gran número de usuarios finales, cabría pensar que TESAU tendería a subir los precios por este servicio. Sin embargo, no es claro que esto pueda ser así.

Por otro lado, la regulación del servicio universal establece la necesidad de garantizar una conexión a la red a un precio asequible, actualmente establecidos mediante su remisión a los precios previstos en la regulación de precios minoristas aplicable a TESAU37.

Se ha comentado anteriormente que TESAU está planteándose no aplicar de momento las subidas en cuotas de abono autorizadas por el Gobierno, precisamente por �el miedo a perder clientes ante operadores móviles o de cable�. No está claro, como se vio en la fase I, el grado de sustituibilidad con el acceso desde ubicación móvil, pero lo que sí es cierto es que tienen numerosas ofertas en que no cobran por

37 Obsérvese que el análisis se mantiene aun no siendo TESAU el operador designado para prestar el servicio universal. En efecto, en caso de ser otro operador, la asequibilidad le sería exigible a él, y TESAU, para poder competir, debería ofrecer precios mejores a los asequibles establecidos para el operador designado.

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cuota de alta ni abono. Ante una subida excesiva de precios, los usuarios finales podrían considerar el acceso móvil como alternativa.

Así pues, no es evidente que la eliminación de esta obligación regulatoria vaya a suponer una subida excesiva en los precios de TESAU.

Por otro lado, los operadores alternativos se podrían beneficiar de la situación, en la medida en que TESAU ajustara sus precios con los costes reales de prestación del servicio, sobre todo en el supuesto de que no sea así en la actualidad. Efectivamente, en la medida en que los precios de TESAU, que juegan como referencia máxima para los operadores alternativos, reflejen mejor sus costes de prestación, más margen tendrán para entrar con precios competitivos, comparativamente con el caso de que dichos precios estuvieran por debajo de los costes. Así pues, una inadecuada regulación de los precios minoristas de TESAU, podría suponer incluso una barrera de entrada a este mercado. En definitiva, eliminar la regulación de los precios de referencia supone una disminución en las barreras de entrada.

En cuanto a posibles descensos excesivos del precio de acceso, con la finalidad de conseguir precios predatorios o pinzamiento de márgenes, parece poco esperable. Sí podrían producirse precios predatorios selectivos en áreas donde existe competencia (con la limitación de que la regulación del servicio universal exige precios �razonablemente comparables� entre las distintas áreas geográficas). Este tipo de actuaciones podría solucionarse con medidas �ex post� tal y como se analiza en el apartado III.2.1, si bien la dificultad de su detección aconsejaría la imposición de condiciones de transparencia.

También es posible que el operador dominante pretenda aplicar precios discriminatorios anticompetitivos en función del volumen de consumo en los servicios donde sí que existe competencia o donde hay un acceso alternativo suministrado por un competidor. Nuevamente, este tipo de actuaciones podría solucionarse con medidas �ex post� tal y como se analiza en el apartado III.2.1, complementadas tal vez con medidas adicionales �ex ante� de transparencia que faciliten la detección de estas prácticas tales como comunicación de las tarifas y de los descuentos sobre las tarifas.

b) Regulación del Acceso Indirecto

Con esta regulación se permite a los usuarios finales contratar los servicios de tráfico de operadores distintos del que le provee el acceso, con lo que se consigue el desempaquetamiento de servicios del operador dominante. De esta forma, se crea regulatoriamente un mercado. Por ello, la supresión de esta obligación afectaría al mercado de tráfico.

En caso de suprimirse esta obligación, lo más probable es que TESAU interrumpiera su prestación a los operadores alternativos, dado que carece de todo incentivo para permitir que se utilicen los servicios de acceso prestados por ella para que otros operadores presten los servicios de tráfico, normalmente de un margen muy superior. Así se ha podido constatar en el caso de los operadores alternativos, ya que ninguno de ellos ha comenzado a ofrecer espontáneamente este tipo de servicios.

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Así pues, la supresión de esta obligación tendría como consecuencia directa que los únicos competidores en el mercado de servicios telefónicos serían aquellos que dispusieran de acceso directo. La competencia pasaría a basarse más en los precios del paquete acceso más tráfico que en los precios del tráfico, como es el caso ahora. En la práctica, numerosos operadores se verían privados de su principal fuente de ingresos, pero no los presentes en este mercado, que posiblemente vieran incrementada su presencia en el mercado de tráfico. En efecto, clientes insatisfechos con la oferta de TESAU habrían de cambiar de operador de acceso para disfrutar de otros servicios de tráfico, al contrario de lo que ocurre ahora.

En definitiva, la supresión de la obligación de referencia tendría efectos principalmente sobre el mercado de tráfico telefónico (a cuyo estudio corresponde un análisis detallado de estos efectos), pero también indirectos sobre el de referencia. Dichos efectos serían positivos para todos los operadores en él establecidos.

c) Regulación de servicios mayoristas

- Regulación del acceso al bucle de abonado

La regulación de acceso al bucle de abonado tiene incidencia en el grado de competencia en los servicios de referencia, aunque no se utilicen exclusivamente con esta finalidad y se utilicen más bien para competir en acceso y servicios de banda ancha.

Teniendo en cuenta que lo mismo puede decirse de los competidores de TESAU en este mercado (operadores de cable), el impacto de esta regulación se ve reflejado con mayor claridad en los mercados de acceso a redes de servicios de banda ancha que en el de referencia.

Se puede decir que los efectos de suprimir esta obligación sobre el mercado de referencia son prácticamente inexistentes, dado que su utilización para prestar servicios en el mismo es muy marginal, según se ha podido constatar. Pese a ello, de suprimirse la regulación que hace obligatorio el suministro en condiciones no discriminatorias, transparentes y orientadas a costes del acceso completamente desagregado al bucle, los niveles de competencia en acceso de banda estrecha serían menores.

- Regulación de las líneas susceptibles de arrendamiento

La conclusión es la misma que la anterior, aunque los efectos serían menores, si cabe. En todo caso, la supresión de la regulación del servicio de alquiler de circuitos en condiciones no discriminatorias, transparentes y orientadas a costes reduciría la competencia en el mercado de referencia.

- Regulación de los servicios de interconexión

Los oferentes en este mercado normalmente ofrecen el servicio de referencia empaquetado con el servicio telefónico. En este sentido, es necesario para ellos

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Consulta Pública ASTF Página 96 de 96

disponer de interconexión con las redes de otros operadores, en particular, con la de TESAU, ya que es la que dispone de un mayor número de clientes.

En caso de suprimirse esta obligación asimétrica, TESAU tendría incentivos para abusar de su posición en las negociaciones de interconexión, e imponer precios y condiciones que impidieran a estos operadores la competencia en el mercado de referencia. Hay que denotar que TESAU no podría, con la normativa vigente, negar la interconexión, pero sí dificultarla y dilatar sus plazos de implementación. En efecto, en la medida en que por esta vía obstaculizara la entrada de los operadores al mercado de referencia, tendría garantizado no ya solo el dominio de este mercado, sino también de los de tráfico.

Así pues, la supresión de esta obligación tendría consecuencias sobre el mercado de referencia, incrementando las barreras de entrada al mismo así como la viabilidad de los operadores presentes en él.