Alcance General - Auditoria

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Informativo Caballero Bustamante INFORMATIVO AUDITORÍA 2da. quincena, ABRIL 2012 REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA CONTENIDO Informe Especial Alcances Generales de la Auditoría INFORME ESPECIAL Alcances Generales de la Auditoría 1. Definición La auditoría es una profesión privada que presta un servicio plenamente públi- co, cuyo resultado afecta o influye no solo al profesional y al cliente sino también a la totalidad del medio socio-económico. De acuerdo a Arthur Holmes, no es una rama o subdivisión de la contabilidad, puesto que mide o evalúa los resultados de las aplica- ciones contables en los negocios. Por lo tan- to, afirma, la auditoría es independiente –o complementaria– a la contabilidad. La audi- toría no mide, ni forma acerca de los datos financieros de los negocios (función que corresponde a la contabilidad); revisa e in- forma acerca de la corrección e incorrección de las mediciones y de la comunicación de las operaciones financieras llevadas a cabo por la empresa. Objetivos inmediatos de una auditoría son el asegurarse de la confiabilidad de los Estados Financieros y el de rendir una opinión acerca de la confiabilidad de los Estados Financieros y de la razonabilidad de las cifras presentadas en los Estados Fi- nancieros. Objetivos a largo plazo de una auditoría son el de servir como una guía para las deci- siones futuras de la administración respecto a asuntos, tales como pronósticos, control, análisis e información. 2. Tipos de Auditoría CPCC Ana Pacherres Recuay a. Auditoría Financiera La Auditoría Financiera consiste en el examen de los libros y registros contables que constituyen los do- cumentos sustentatorios del siste- ma de control interno, en función de la aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Acep- tados, Normas y Procedimientos y Técnicas de Auditoría, con el obje- tivo de emitir una opinión sobre la razonabilidad o no de los Estados Financieros presentados por la ad- ministración del ente económico por el periodo o periodos determi- nados. Según el autor Pablo Arenas –Profe- sor de la Universidad Jaen – (Espa- ña), la auditoría financiera es, según una de las definiciones más acep- tadas actualmente (AAA, 1973) “el proceso sistemático de obtener y evaluar objetivamente la evidencia acerca de las afirmaciones relacio- nadas con actos y acontecimientos económicos, a fin de evaluar tales declaraciones a la luz de los crite- rios establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas”. Continua señalando el autor que esta concepción de auditoría –en- tendida como un proceso– encierra, entre otras, las siguientes ideas; en primer lugar, considerar a la audito- ría como un “proceso sistemático” significa que el trabajo a desarrollar se encuentra planificado y sujeto al cumplimiento de unas normas téc- } } T I P O S D E A U D I T O R Í A Por su Naturaleza Por su Relación con la Entidad Auditada Por la Iniciativa Por el Ámbito Funcional – Financiera – Operativa – Tributaria – Administrativa – Gubernamental – Laboral – Externa – Interna – Voluntaria – Obligatoria – Total – Parcial } } 2.1. Por su Naturaleza: Esta clasificación está basada en la orientación que se da a la auditoría a realizar, la cual se puede clasificar en: 1

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InformativoCaballero Bustamante

INFORMATIVO AUDITORÍA

4 2da. quincena, A B R I L 2012REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA

CONTENIDO

Informe EspecialAlcances Generales de la Auditoría

INFORME ESPECIAL

Alcances Generales de la Auditoría

1. Definición

La auditoría es una profesión privada que presta un servicio plenamente públi-co, cuyo resultado afecta o influye no solo al profesional y al cliente sino también a la totalidad del medio socio-económico. De acuerdo a Arthur Holmes, no es una rama o subdivisión de la contabilidad, puesto que mide o evalúa los resultados de las aplica-ciones contables en los negocios. Por lo tan-to, afirma, la auditoría es independiente –o complementaria– a la contabilidad. La audi-toría no mide, ni forma acerca de los datos financieros de los negocios (función que corresponde a la contabilidad); revisa e in-forma acerca de la corrección e incorrección

de las mediciones y de la comunicación de las operaciones financieras llevadas a cabo por la empresa.

Objetivos inmediatos de una auditoría son el asegurarse de la confiabilidad de los Estados Financieros y el de rendir una opinión acerca de la confiabilidad de los Estados Financieros y de la razonabilidad de las cifras presentadas en los Estados Fi-nancieros.

Objetivos a largo plazo de una auditoría son el de servir como una guía para las deci-siones futuras de la administración respecto a asuntos, tales como pronósticos, control, análisis e información.

2. Tipos de Auditoría

CPCC Ana Pacherres Recuay

a. Auditoría Financiera La Auditoría Financiera consiste en

el examen de los libros y registros contables que constituyen los do-cumentos sustentatorios del siste-ma de control interno, en función de la aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Acep-tados, Normas y Procedimientos y Técnicas de Auditoría, con el obje-tivo de emitir una opinión sobre la razonabilidad o no de los Estados Financieros presentados por la ad-ministración del ente económico por el periodo o periodos determi-nados.

Según el autor Pablo Arenas –Profe-sor de la Universidad Jaen – (Espa-ña), la auditoría financiera es, según una de las definiciones más acep-tadas actualmente (AAA, 1973) “el proceso sistemático de obtener y evaluar objetivamente la evidencia acerca de las afirmaciones relacio-nadas con actos y acontecimientos económicos, a fin de evaluar tales declaraciones a la luz de los crite-rios establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas”. Continua señalando el autor que esta concepción de auditoría –en-tendida como un proceso– encierra, entre otras, las siguientes ideas; en primer lugar, considerar a la audito-ría como un “proceso sistemático” significa que el trabajo a desarrollar se encuentra planificado y sujeto al cumplimiento de unas normas téc-

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TIPOS DE AUDITORÍA

Por su Naturaleza

Por su Relación con la Entidad Auditada

Por la Iniciativa

Por el Ámbito Funcional

– Financiera– Operativa– Tributaria– Administrativa– Gubernamental– Laboral

– Externa– Interna

– Voluntaria– Obligatoria

– Total– Parcial

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2.1. Por su Naturaleza: Esta clasificación está basada en la

orientación que se da a la auditoría a realizar, la cual se puede clasificar en:

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nicas o sea, su desarrollo no se hace al azar sino sujeto a uno métodos estructurados; en segundo lugar, el proceso permite obtener y evaluar evaluar evidencia, entendida ésta como todos aquellos hechos y as-pectos susceptibles de ser verifica-dos por el auditor.

b. Auditoría Tributaria La Auditoría Tributaria es un pro-

cedimiento destinado a fiscalizar el correcto cumplimiento por parte de

los contribuyentes de su obligación tributaria principal, como también de aquellas accesorias o formales contenidas en la normativa legal y administrativa vigente.

Sánchez F. Valderrama citado por Pablo Arenas, refiere que “la audi-toría del área fiscal persigue doble objetivo: en primer lugar compro-bar que la compañía ha reflejado adecuadamente las obligaciones tributarias, en función del deven-go, habiendo provisionado correc-

tamente los riesgos derivados de posibles contingencias fiscales, y, en segundo, si se ha producido su pago efectivo según plazos y de acuerdo a los requisitos formales establecidos”.

De acuerdo a Pablo Arenas las di-ferencias y similitudes entre la au-ditoría financiera y la inspección fiscal (lo que nosotros conocemos como auditoría tributaria) realizada por inspectores tributarios son las siguientes:

OBJETIVO

OPINIÓN

ACCESO A LA INFORMA-CIÓN INTERNA

OPORTUNIDAD

MEDIOS

PROCEDIMIENTOS

DOCUMENTACIÓN DEL TRABAJO

REVISIÓN DEL TRABAJO

Auditoría financiera

Opinar sobre si las cuentas anuales expresan, en todos los as-pectos significativos, la imagen fiel del patrimonio, de la situa-ción financiera, de los resultados y de los recursos obtenidos y aplicados por la entidad auditada.

Hay supuestos en los que es posible denegar la opinión.

La opinión parcial no está permitida.

Amplio acceso a la información económico financiera, por tra-tarse de una colaboración profesional así como a los controles internos establecidos por la entidad.

Desarrolla su función normalmente, de forma casi simultánea a los hechos que verifica.

Obtención de información a terceros limitada.

Cruces de información restringidos a datos internos de la en-tidad.

Sistemas expertos.

Cuestionario, indagaciones orales y escritas.

Conciliaciones globales limitadas a datos de la propia entidad.

Confirmaciones con terceros (limitadas)

Papeles de trabajo.

Informe de auditoría.

Corporaciones profesionales.

Inspección fiscal

Determinar si las bases imponibles declaradas por una entidad son correctas conforme a los criterios legales establecidos.

Se debe emitir opinión en todo caso (1).

Opinión parcial permitida (2).

Menos facilidades para el acceso a la información, así como para apoyarse en los controles internos de la entidad.

Su actuación se inicia tras el termino del plazo legal para la pre-sentación de las distintas declaraciones fiscales.

Obtención de información a terceros ilimitada

Posibilidad de cruzar información con declaraciones presenta-dos por otros contribuyentes, además de entre las presentadas por la entidad.

Sistemas de expertos y base de datos estatales.

Indagaciones orales y por escrito, cuestionario fiscal.

Conciliaciones globales con datos de la entidad y con informa-ción obtenida de otros contribuyentes.

Confirmaciones con terceros (amplias)

Diligencias.

Actas de inspección.

Inspección de los servicios.

c. Auditoría Operativa La Auditoría Operativa consiste en

la evaluación de las áreas de fun-cionamiento y/u operación de una empresa o entidad para establecer si se cuentan con los adecuados con-troles para operar con eficiencia.

La auditoría operativa consiste en la revisión general de la empresa, con el fin de detectar los problemas más importantes que originan la falta de eficiencia y que obviamente de solu-cionarse los mismos se lograría ob-tener una mayor productividad.

Este tipo de auditoría se basa prin-cipalmente en el sistema de control interno de la empresa.

d. Auditoría Administrativa Este tipo de auditoría consiste en

la revisión de la estructura organi-zativa de una empresa, institución o entidad, así como de las políti-cas y prácticas de sus métodos de control y empleo que de a sus re-cursos materiales y potencial hu-mano.

e. Auditoría Gubernamental La Auditoría Gubernamental consiste

en la evaluación de las operaciones financieras y administrativas realiza-das por las entidades confortantes del sector público. Para el desarro-llo de esta auditoría, se utilizan los

mismos principios, procedimientos y técnicas de la Auditoría Financiera y/u Operativa.

f. Auditoría Laboral La Auditoría Laboral consiste en la

intervención de profesionales que con carácter independiente puedan aclarar las posiciones entre empresa y trabajadores. Su función debe ser tal que determinadas cuestiones de naturaleza económica y financiera se puedan aclarar y puedan ser acepta-das por ambas partes.

La auditoria en el ámbito laboral, puede cumplir entre otras, las si-guientes funciones:

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– A solicitud de los trabajadores, puede analizarse la marcha eco-nómica de la empresa.

– A solicitud de una de las partes o de ambas, se analiza la negocia-ción de convenios de trabajo.

– A solicitud de los trabajadores en relación a la verificación y cuan-tificación de las condiciones ge-nerales de trabajo y remuneracio-nes.

2.2 Por su relación con la entidad auditada:

a. Auditoría Externa Como su nombre lo indica la audito-

ria externa es aquella realizada por una persona independiente o firma de contadores públicos.

Los objetivos de la auditoria externa son:– Determinar la razonabilidad de

los estados financieros.– Rendir una opinión profesional e

independiente respecto a la con-dición financiera y los resultados de operación de la empresa audi-tada.

b. Auditoría Interna La Auditoría Interna es aquella que la

realizan los empleados de una mis-ma empresa y dependiendo de la administración de la misma.

El auditor interno es responsable de la revisión de la efectividad de los registros, de los controles y de las operaciones contables, generalmente dentro de una organización, que sir-ven a la gerencia como un elemento importante de control interno. Este tipo de auditoría implica la determi-nación de que los planes, las políticas y los procedimientos prescritos por la gerencia están siendo cumplidos por las unidades de operación; también consite en efectuar las observaciones y sus respectivas recomendaciones para el mejoramiento de los diversos sectores del negocio.

2.3 Por la Iniciativa

a. Auditoría Voluntaria Este tipo de auditoria se realiza por

propia iniciativa de la empresa. En este caso, cabe efectuarlas bien por el servicio de auditoría interna o mediante contratación de auditores

independientes (auditoría externa). En este aspecto, el artículo 226º de la Ley General de Sociedades (en adelante LGS) establece que me-diante el pacto social, el estatuto o el acuerdo de junta general, adoptado por el 10% de sus acciones suscritas con derecho a voto, pueden dispo-ner que la sociedad anónima tenga auditoria externa anual. Asimismo, señala la norma que las sociedades que conforme a lo antes indicado están sometidas a auditoría externa anual nombrarán a sus auditores ex-ternos anualmente. El informe de los auditores se presentará a la junta ge-neral conjuntamente con los estados financieros.

b. Auditoría Externa Obligatoria

– Sociedad anónima cerrada El pacto social, el estatuto o

acuerdo de junta general adop-tado por el 50% de las acciones suscritas con derecho a voto, puede disponer que la sociedad anónima cerrada tenga auditoria externa en forma anual, confor-me lo dispuesto por el artículo 242º de la LGS.

– Sociedad anónima abierta En virtud a lo dispuesto en el ar-

tículo 260º de la LGS, la sociedad anónima abierta está sometida a auditoría anual a cargo de audi-tores externos escogidos, que se encuentren hábiles e inscritos en el Registro Único de Sociedades de Auditoría.

Las entidades que deberán Au-ditar sus Estados Financieros son las reguladas por la Resolución CONASEV N° 103-99-EF/94.10 artículo 3°, referida a los emisores y las personas jurídicas inscritas en el RPMV, así como las Empre-sas Administradoras de Fondos Colectivos, deben presentar los estados financieros intermedios individuales e intermedios con-solidados, según corresponda a CONASEV y, de ser el caso, simul-táneamente, a las entidades res-ponsables de la conducción de los mecanismos centralizados de negociación, al día siguiente de haber sido aprobados por el ór-

gano correspondiente. En el caso de emisores, la presentación de dicha información es considerara hecho de importancia.

– Mandato Legal En algunos supuestos la realiza-

ción de una auditoría obedece a una normativa legal, en cuyo caso será “obligatoria” y “externa”. En concordancia con ello, el artículo 226º de la LGS dispone que las so-ciedades se encuentran obligadas a tener Estados Financieros Audita-dos además de los supuestos antes señalados, por mandato legal.

En virtud a dicha regulación, me-diante el artículo 5º de la Ley Nº 29720 publicada el 25 de junio 2011, establece que las entidades no supervisadas por la CONASEV (actualmente Superintendencia de Mercado de Valores) (SMV), cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de ser-vicios o que sus activos totales sean iguales o excedan las 3,000 UIT, deben presentar sus Estados Financieros auditados por socie-dades de auditoría habilitadas por un Colegio de Contadores Públicos del Perú y de acuerdo a las Normas Internacionales de In-formación Financiera y a las dis-posiciones así como a los plazos que determine la SMV.

2.4 Por el ámbito funcional

a. Total Llamada también completa, y con-

siste en la revisión de todos los as-pectos financieros y económicos de la entidad.

b. Parcial Cuando comprende aspectos con-

cretos, por ejemplo la auditoría de un determinado rubro, tal como Ac-tivo Fijo o Existencias.

NOTAS

(1) Si bien en la práctica existen situaciones en las que el proceso finaliza por simple deja-dez –que determina la prescripción de las posibles deudas– o se da por terminado sin constancia escrita alguna.

(2) Existen actas parciales y no definitivas y actas de prueba constituída. n

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