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    TTRRAABBAAJJOOYY

    PPRREESSTTAACCIIOONNEESSDDEELLAASSEEGGUURRIIDDAADDSSOOCCIIAALL

    UUNNAANNUUEEVVAAPPRROOPPUUEESSTTAADDIIDDCCTTIICCAA::AAFFIIPPSSIIMMUULLAADDAA

    AADDMMIINNIISSTTRRAACCIINNFFEEDDEERRAALLDDEEIINNGGRREESSOOSSPPBBLLIICCOOSS

    Abog. Ricardo Echegaray

    SSUUBBDDIIRREECCCCIINNGGEENNEERRAALLDDEESSEERRVVIICCIIOOSSAALLCCOONNTTRRIIBBUUYYEENNTTEE

    DDIIRREECCCCIINNDDEEAASSIISSTTEENNCCIIAACCIIUUDDAADDAANNAA

    Abog. Damin Cerrudo

    DDIIVVIISSIINNEEDDUUCCAACCIINNFFOORRMMAALL

    Lic. Gastn Bruzzone

    EENNEERROODDEE22..001111..--lt ima revisin: 03-08-12

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    INDICE

    INTRODUCCIN ........................................................................................................................................ 1

    1-PRESENTACINDELAPROPUESTAPEDAGGICA ...................................................................... 2

    SECUENCIAS DIDCTICAS .................................................................................................................... 3

    2-SECUENCIASDIDCTICAS ............................................................................................. ..................... 4

    2.1 - INTRODUCCIN .......................................................................................... ......................................... 4

    2.2 - TRABAJADORES EN RELACIN DE DEPENDENCIA .................................................................. 5

    2.2.1 - INTRODUCCIN A LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO .................... .................. 5

    2.2.2 - LOS DEBERES Y DERECHOS DE LAS PARTES EN EL CONTRATO DETRABAJO ..................................................................................................... ...................... 9

    2.2.3 - MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO ................. ..................................... 10

    2.2.4 - LIBRO ESPECIAL DEL ARTCULO 52 DE LA LEY DE CONTRATO DETRABAJO .................................................................................. ....................................... 14

    2.2.5 - VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS ........................................................................... 16

    2.2.6 - TRABAJO DE MUJERES ..................................................................................... ............. 20

    2.2.7 - OTROS TEMAS DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO ..................................... 23

    2.2.8 - REMUNERACIONES......................................................................... ................................ 27

    2.3 - TRABAJADORES INDEPENDIENTES ............................................................................................. 31

    2.3.1 - MONOTRIBUTO 1 CLASE ........................................ ..................................................... 31

    2.3.2 - MONOTRIBUTO 2 CLASE ........................................ ..................................................... 38

    2.3.3 - OTROS TRABAJADORES INDEPENDIENTES ............................................................. 39

    2.4 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL ............................................................................. 43

    2.4.1 - SEGURIDAD SOCIAL 1 PARTE DE LA PROPUESTA ............................................ 43

    2.4.2 - SEGURIDAD SOCIAL 2 PARTE DE LA PROPUESTA ............................................ 52

    2.5 - PRCTICA INTEGRADORA ......................................................................................................... .... 54

    2.5.1 - HERRAMIENTAS PARA EL TRABAJADOR: TRABAJO EN BLANCO YMIS APORTES .............................................. ................................................................... 54

    ANEXOS ...................................................................................................................................................... 58

    ANEXOI: TABLARESUMENDELASDISTINTASCATEGORASDELMONOTRIBUTO ............ 59

    ANEXOII: MISAPORTESYTRABAJOENBLANCO .......................................................................... 60

    BIBLIOGRAFA ..................................................................................... .................................................... 61

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    INTRODUCCIN

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    1 -PRESENTACIN DE LA PROPUESTA PEDAGGICA

    Se propone en este material una secuencia didctica de varias clases con los temasde TRABAJO Y PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIALsimplificados yfacilitados para su implementacin en el aula.

    Como es nuestra costumbre, el profesor podr bajar de internet cada clase,imprimirla y trabajarla directamente con su grupo de alumnos.

    Las clases estn diseadas con actividades sugeridas que se estructuran en torno adinmicas grupales (que podrn ser mediadas con una explicacin del docenteintroduciendo cada tema) y tienen por objetivo llevar realidad al aula.

    Este material es parte integrante de AFIP SIMULADA: Una nuevapropuesta pedaggica (www.afip.gob.ar/institucional/afipsimulada).

    Un objetivo importante de la Administracin Federal de Ingresos Pblicos esreducir la informalidad, en este caso vamos a estudiar la informalidad laboral. Conrespecto al trabajo la AFIP tiene adems otros desafos a alcanzar:

    Que todos los trabajadores estn declarados (registrados; trabajando enblanco).

    Que se ingresen los aportes y las contribucionesde todos los trabajadores.

    Que se logre una verdadera inclusin social, o sea, el acceso de todotrabajador a las prestaciones de la Seguridad Social.

    Desarrollamos este libro abordando la vinculacin con AFIP de:

    o Un trabajador en relacin de dependencia;o Un autnomo;o Un monotributista.

    En este mdulo se analiz el siguiente marco normativo: Ley 20.744; Ley 24.241;Ley 24.013; Ley 24.714; Ley 19.032; Ley 24.557; Ley 23.660; Ley 26.565; Decreto1/2010; R.G. (AFIP) 2746; R.G. (AFIP) 2760; etc.

    Adems proponemos en las clases llevar al aula las herramientas de gobiernoelectrnico: Trabajo en blanco, Mi simplificacin y Mis aportes.

    Esperamos que les guste el material y que sea de su utilidad.

    Estamos a su disposicin. Nos mantenemos en contacto a travs de:[email protected]

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    SECUENCIAS

    DIDCTICAS

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    2 -SECUENCIAS DIDCTICAS

    2.1 -INTRODUCCIN

    Antes de introducirnos en este tema vamos a ver En qu categoras podemosencuadrarnos ante la AFIP al trabajar? Inicialmente vamos a decir:

    Categoras Breve explicacin Ejemplos

    RELACIN DE DEPENDENCIA

    Trabajamos paraalgn empleador(que puede ser una

    persona o unaempresa) y

    dependemos de este.Generalmente nosfijan el horario, ellugar de trabajo y latarea a desarrollar.

    Ejemplos de Relacin deDependencia:

    una maestra que trabajaen una escuela;

    un cajero de un banco; un polica; una secretaria de oficina; un empleado de un

    comercio; un mdico en un hospital; etc.

    INDEPENDIENTES

    Monotributista

    Trabajamos porcuenta propia.Recin estamosinicindonos en unaactividad o bien,comenzamos hacetiempo pero an nohemos logradograndes niveles defacturacin.Tenemos o podemostener varios clientes.

    Ejemplos de Monotributistas:

    plomero; pintor; cortinero; tcnico de computadoras; instalador de aire

    acondicionado; dentista; mdico; contador; abogado; arquitecto; psiclogo; peluquero; etc.

    TrabajadorAutnomo

    Trabajamos por

    cuenta propia.Hemos logradotener grandesniveles defacturacin y enconsecuencia,excelentes ingresos.

    Ejemplos TrabajadoresAutnomos:

    presidente de una

    Sociedad Annima; un publicista famoso; un productor de TV; un escritor de best sellers; conocido cirujano; un renombrado artista

    plstico; etc.

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    Adems, vamos a analizar los beneficios que otorga la Seguridad Social a lostrabajadores

    PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIALLa esencia de la Seguridad Social es crear a favor de todos los miembros de la sociedad un

    conjunto de garantas para hacer frente a determinados hechos o eventos que suprimen o reducen suactividad productiva o imponen cargas econmicas suplementarias.

    O sea, la Seguridad Social se ocupa de cubrir contingencias del trabajador y de sufamilia. Pero veamos cules pueden ser estas contingencias

    Contingencia a cubr ir Prestaciones o cober tur as de laSegur idad Social

    Vejez, invalidez, muerte Rgimen PrevisionalCargas de familia Asignaciones y Subsidios FamiliaresEnfermedad Obras Sociales y PamiEnfermedad profesional yaccidentes de trabajo

    Rgimen de Riesgos de Trabajo

    Desempleo Seguro de DesempleoVamos a estudiar los principales beneficios de la Seguridad Social para los trabajadores:

    Asignaciones familiares (Hijo, Hijo discapacitado, Prenatal, Maternidad, Nacimiento, Adopcin,Matrimonio, Ayuda escolar, Asignacin universal por hijo), Seguro de Desempleo, ART,Jubilaciones, Pensiones, etc.

    2.2 -TRABAJADORES EN RELACIN DE DEPENDENCIA

    A continuacin se presenta el material para trabajar en clase.

    Para utilizar esta herramienta didctica se sugiere que divida a sus alumnos en grupos.Por equipos, se propone que los chicos realicen las fichas de trabajo, guiados por el profesor. Serecomienda introducir cada temtica con un dilogo dirigido que posibilite indagar losconocimientos previos de los alumnos.

    Se puede utilizar la propuesta en forma integral o tomar slo alguno de los temaspresentados.

    2.2.1 -INTRODUCCIN A LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

    La Ley de Contrato de Trabajo (en adelante LCT), Ley 20.744, es la norma que regulalas relaciones entre trabajadores y empleadores. Se public el 21 de mayo de 1976.

    Adems, a raz de la especificidad de las distintas ramas de actividades y de diferentestareas realizadas, los trabajadores organizados en gremios celebran con los empleadores delsector Convenios Colectivos de Trabajo (en adelante CCT).

    Los CCT reglan su relacin laboral. Generalmente, los CCT mejoran las condicionesgenerales expuestas en la LCT para todos los trabajadores.

    Analicemos algunas cuestiones introductorias en la temtica:

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    Cmo definimos el TRABAJO?

    Constituye trabajo (para la Ley de Contrato de Trabajo) toda actividad lcita que sepreste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneracin.

    La remuneracin es lo que recibe el trabajador de su empleador por la tarea que ha

    realizado. Puede denominarse: salario, sueldo, haber, jornal, etc.

    El contrato de trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva. Existe entrelas partes una relacin de intercambio y un fin econmico.

    Qu se entiende por CONTRATO DE TRABAJO?

    Hay contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominacin, siempre que unapersona fsica se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra ybajo la dependencia de sta, durante un perodo determinado o indeterminado de tiempo,mediante el pago de una remuneracin.

    Sus clusulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestacin, quedan sometidas alas normas, las convenciones colectivas y los usos y costumbres. El contrato de trabajo siempreest referido al trabajo en relacin de dependencia.

    Quines son los SUJETOS DE LA RELACIN LABORAL?

    Habr relacin de trabajo cuando una persona realice actos, ejecute obras o presteservicio en favor de otra, bajo la dependencia de sta en forma voluntaria y mediante el pago deuna remuneracin, cualquiera sea el acto que le d origen.

    En lneas generales, vamos a decir que las 2 partes que componen la relacin de trabajoson:

    Trabajador: Persona fsica que se obligue o preste servicios en lascondiciones citadas anteriormente, cualesquiera que sean lasmodalidades de la prestacin.

    Empleador: Persona fsica o conjunto de ellas, o jurdica, tenga o nopersonalidad jurdica propia, que requiera los servicios de un trabajador.

    Cul es el MARCO LEGALen el que se encuadran las relaciones laborales?

    La Ley de Contrato de Trabajo - Ley 20.744 es aplicable en todo el territorio argentino.

    Esta ley regir todo lo relativo a la validez, derechos y obligaciones de las partes, sea

    que el contrato de trabajo se haya celebrado en el pas o fuera de l; en cuanto se ejecute en suterritorio.

    La Ley de Contrato de Trabajo se aplica a todos los trabajadores? Cules son losTRABAJADORES EXCLUDOS? Por qu?

    La LCT no se aplica a todos los trabajadores. Las disposiciones de la LCT no sernaplicables a:

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    a) los trabajadores dependientes de la Administracin Pblica Nacional, Provincialo Municipal (excepto que por acto expreso se los incluya en la misma o en elrgimen de las convenciones colectivas de trabajo).

    b) los trabajadores del servicio domstico.c) los trabajadores agrarios.Para los trabajadores detallados, su actividad se rige por otra normativa diferente,especficamente creada para ellos y ms adecuada a las caractersticas de las tareas

    que desarrollan.

    Qu son y qu CARACTERSTICAStienen los Convenios Colectivos de Trabajo?

    Los SINDICATOS (representantes de los trabajadores) reunidos con las CMARASEMPRESARIALES (representantes de los empleadores -de cada sector de actividad-) celebranacuerdos que rigen las relaciones laborales y que generalmente mejoran las condiciones previstasen la LCT. Estos acuerdos luego son promulgados por el MINISTERIO DE TRABAJO y sedenominan CCT.

    Las partes, en ningn caso, pueden pactar condiciones menos favorables para eltrabajador que las dispuestas en las normas legales y CCT.

    En caso de duda sobre la aplicacin de normas legales o convencionales se aplicar elprincipio en el cual prevalece la norma ms favorable para el trabajador.

    Si la duda recayese en la interpretacin o alcance de la ley, o en la apreciacin de laprueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirn en el sentido msfavorable al trabajador.

    Cules son los PRINCIPIOS RECTORESde esta ley?

    Los principios de la justicia social, los generales del derecho del trabajo, la equidad y labuena fe y la no discriminacin. Esta ley prohibe cualquier tipo de discriminacin entre lostrabajadores por motivo de sexo, raza, nacionalidad, religiosos, polticos, gremiales o de edad.

    QUINESpueden celebrar Contrato de Trabajo?

    Pueden celebrar contrato de trabajo las personas desde:o los 18 aos,o los 16 aos y menores de 18 aos, con autorizacin de sus padres, responsables

    o tutores. Se presume tal autorizacin cuando el adolescente vivaindependientemente de ellos.

    Los menores desde los 18 aos de edad tienen la libre administracin y disposicin del

    producido del trabajo que ejecuten, regidos por esta ley, y de los bienes de cualquier tipo queadquirieran con ello, estando a tal fin habilitados para el otorgamiento de todos los actos que serequieran para la adquisicin, modificacin o transmisin de derechos sobre los mismos.

    Los menores emancipados por matrimonio gozarn de plena capacidad laboral.

    Qu FORMASpuede presentar el contrato de trabajo?

    Cuando nos referimos al contrato de trabajo, tendemos a pensar en un contrato escrito.Sin embargo, habitualmente el contrato de trabajo se explicita verbalmente. Por ello, es

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    importante destacar la validez del contrato oral entre el empleador y el trabajador; en el que seda consentimiento mutuo y se establecen ciertos acuerdos en relacin a:

    Lugar, horario y duracin de la jornada de trabajo Tareas a realizar Remuneracin; etc.

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Definir trabajo y reconocer las partes existentes en una relacin laboral. Introducir los contenidos fundamentales de la LCT dejando que afloren los

    conocimientos previos que los alumnos tienen del tema.

    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo

    Actividades

    1) Leer la ficha anterior.2) En grupo, guiados por el profesor, confeccionar una encuesta (de no ms de 10

    preguntas) que permita indagar acerca del trabajo, de distintos aspectos que lesinteresen de la relacin laboral, condiciones de trabajo, etc.

    3) Administrar la encuesta entre familiares, conocidos y amigos que trabajen.4) Hacer un resumen de los datos ms relevantes que han obtenido.5) Puesta en comn (por grupos)6) A qu conclusiones arribaron?7) Han detectado la presencia de empleo no registrado (empleo en negro)? En el

    caso de que haya surgido de las respuestas de las encuestas enumera las

    diferencias existentes entre el TRABAJO REGISTRADO y el TRABAJO NOREGISTRADO.

    TRABAJO REGISTRADO TRABAJO NO REGISTRADO

    8) De las puestas en comn de las encuestas Qu Convenios Colectivos deTrabajo se han ido mencionando (o sea, bajo qu CCT se encuadran losdiferentes trabajadores encuestados?). Listar algunos.

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    2.2.2 -LOS DEBERES Y DERECHOS DE LAS PARTES EN ELCONTRATO DE TRABAJO

    La Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo (en adelante LCT) es la norma que regulalas relaciones entre trabajadores y empleadores. Habr relacin de trabajo cuando una personarealice actos, ejecute obras o preste servicio en favor de otra, bajo la dependencia de sta en

    forma voluntaria y mediante el pago de una remuneracin.En lneas generales, vamos a decir que las 2 partes que componen la relacin de trabajo

    son: Trabajador: Persona fsica que se obligue o preste servicios en las condiciones

    citadas anteriormente, cualesquiera que sean las modalidades de la prestacin. Empleador: Persona fsica o conjunto de ellas, o jurdica, tenga o no

    personalidad jurdica propia, que requiera los servicios de un trabajador.

    Las partes estn obligadas a:o Prestarse colaboracin.o Ser solidarios.o Obrar de buena fe.

    Analicemos las obligaciones de c/u de las partes:

    EmpleadorOrganizar econmica y tcnicamente la empresa, explotacin o establecimiento.Dirigir la empresa.Modificar las formas y modalidades del trabajo.Aplicar medidas disciplinarias.Aplicar controles personales del trabajador (destinados a la proteccin de los

    bienes del empleador).Pagar la remuneracin debida al trabajador en los plazos y condiciones previstosen esta ley.Cumplir las normas legales sobre higiene y seguridad en el trabajo.Observar las pausas (descansos) y limitaciones a la duracin del trabajoestablecidas.Practicar las retenciones correspondientes (Ejemplo: Impuesto a las Ganancias,Aportes a la Seguridad Social, Aportes Obra Social, Cuota Gremial, etc).Obligacin de ingresar los fondos retenidos a la Seguridad Social, los sindicales asu cargo, el Impuesto a las Ganancias de corresponder-.Entregar la constancia o el certificado de servicios dentro de los 2 das hbiles desolicitado por el trabajador donde conste la calificacin profesional obtenida y los

    puestos de trabajo desempeados.

    Dar igual trato en identidad de situaciones. Se considerar que existe tratodesigual cuando se produzcan discriminaciones arbitrarias fundadas en razones desexo, religin o raza.Etc.

    TrabajadorDebe prestar el servicio con puntualidad, asistencia regular y dedicacin adecuadaa las caractersticas de su empleo y a los medios instrumentales que se le provean.Debe observar todos aquellos deberes de fidelidad que deriven de la ndole de lastareas que tenga asignadas, guardando reserva o secreto de las informaciones aque tenga acceso y que exijan tal comportamiento de su parte.

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    Debe cumplir las rdenes e instrucciones que se le impartan sobre el modo deejecucin del trabajo.Debe conservar los instrumentos o tiles que se le provean para la realizacin deltrabajo.Etc.

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Conocer los deberes y derechos de las partes en el contrato de trabajo. Reflexionar sobre el valor la colaboracin, la solidaridad y la buena fe, as como

    el cumplimiento de las normas en la relacin laboral.

    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo

    Actividades

    1) Leer la ficha anterior.2) Formular lo que para vos sean las 3 obligaciones ms importantes del:

    trabajador y empleador.

    Trabajador Empleador

    3) Qu diferencias consideras que existirn entre el TRABAJO REGISTRADO yel TRABAJO NO REGISTRADO en relacin con las obligaciones enumeradasen la ficha anterior?

    4) Por qu crees que es importante el empleo registrado?

    2.2.3 -MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO

    Hemos definido en las clases anteriores: trabajo, contrato de trabajo, partesintervinientes en la relacin laboral Repasemos un poco.

    Constituye trabajo (para la Ley 20.744: Ley de Contrato de Trabajo) toda actividadlcita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneracin.

    Hay contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominacin, siempre que unapersona fsica se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y

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    bajo la dependencia de sta, durante un perodo determinado o indeterminado de tiempo,mediante el pago de una remuneracin.

    En lneas generales, vamos a decir que las 2 partes que componen la relacin de trabajoson:

    Trabajador: Persona fsica que se obligue o preste servicios en las condiciones

    citadas anteriormente, cualesquiera que sean las modalidades de la prestacin. Empleador: Persona fsica o conjunto de ellas, o jurdica, tenga o no

    personalidad jurdica propia, que requiera los servicios de un trabajador.

    Ahora, vamos a analizar que existen diferentes modalidades de contrato de trabajo:

    1 - Contrato de trabajo a plazo fijo2- Contrato de trabajo de temporada3- Contrato de trabajo eventual4- Contrato de trabajo de grupo o por equipo5- Contrato de trabajo por tiempo indeterminado:

    oEl principio general establecido por la LCT de indeterminacin del plazo,oEl perodo de prueba y sus reglas yoEl tipo de contrato de trabajo a tiempo parcial.

    En el cuadro que se expone a continuacin vamos a ver las principales caractersticas decada modalidad de trabajo:

    MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO

    1-Contrato detrabajo a plazofijo

    En el contrato de trabajo se ha fijado en forma expresa y por

    escrito el tiempo de su duracin. El contrato de trabajo a plazo fijodurar hasta el vencimiento del plazo convenido, no pudiendo celebrarsepor ms de 5 aos.

    Las partes debern preavisar la extincin del contrato con antelacinno menor de 1 mes ni mayor de 2, respecto de la expiracin del plazoconvenido. Aquella que lo omitiera, se entender que acepta la conversin delmismo como de plazo indeterminado, salvo acto expreso de renovacin de un

    plazo igual o distinto del previsto originariamente.

    2-Contrato detrabajo detemporada

    Habr contrato de trabajo de temporada cuando la relacinentre las partes, originada por actividades propias del giro normal de laempresa o explotacin, se cumpla en determinadas pocas del aosolamente y est sujeta a repetirse en cada ciclo en razn de la naturaleza

    de la actividad.Con una antelacin no menor a 30 das respecto del inicio de cada

    temporada, el empleador deber notificar en forma personal o por mediospblicos idneos a los trabajadores de su voluntad de reiterar la relacin ocontrato en los trminos del ciclo anterior. El trabajador deber manifestar sudecisin de continuar o no la relacin laboral en un plazo de 5 das denotificado, sea por escrito o presentndose ante el empleador.

    3-Contrato detrabajo eventual

    Se entender que media tal tipo de relacin cuando el vnculocomienza y termina con la realizacin de la obra, la ejecucin del acto ola prestacin del servicio para el que fue contratado el trabajador.

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    Cualquiera sea su denominacin, se considerar que media contratode trabajo eventual cuando la actividad del trabajador se ejerce bajo ladependencia de un empleador para la satisfaccin de resultados concretos,tenidos en vista por ste, en relacin a servicios extraordinarios determinadosde antemano o exigencias extraordinarias y transitorias de la empresa,explotacin o establecimiento, toda vez que no pueda preverse un plazo cierto

    para la finalizacin del contrato.

    4-Contrato detrabajo degrupo o porequipo

    Habr contrato de trabajo de grupo o por equipo, cuando elmismo se celebrase por un empleador con un grupo de trabajadores que,actuando por intermedio de un delegado o representante, se obligue a laprestacin de servicios propios de la actividad de aqul.

    El empleador tendr respecto de cada uno de los integrantes delgrupo, individualmente, los mismos deberes y obligaciones previstos en estaley, con las limitaciones que resulten de la modalidad de las tareas aefectuarse y la conformacin del grupo. Si el salario fuese pactado en formacolectiva, los componentes del grupo tendrn derecho a la participacin queles corresponda segn su contribucin al resultado del trabajo.

    5-Contrato portiempoindeterminado

    Cabe aclarar que, el principio general establecido por la Ley deContrato de Trabajo es el de indeterminacin del plazo. Esto implica que

    el contrato de trabajo se entender celebrado por tiempo indeterminado,salvo que su trmino resulte de las siguientes circunstancias:

    a) Que se haya fijado en forma expresa y por escrito el tiempo de suduracin (#).

    b) Que las modalidades de las tareas o de la actividad, as lojustifiquen.

    El contrato por tiempo indeterminado dura hasta que:el trabajador se encuentre en condiciones de gozar de los beneficios

    jubilatorios ose configure alguna de las causales de extincin de la relacin

    laboral (despido, renuncia, fallecimiento, etc).(#) Tngase en cuenta que la formalizacin de contratos por plazo determinado en

    forma sucesiva, que se exceda de las exigencias previstas en la Ley de Contrato de Trabajo,convierte al contrato en uno por tiempo indeterminado.

    Perodo de pruebaEl contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entender

    celebrado a prueba durante los primeros 3 meses de vigencia .Cualquiera de las partes podr extinguir la relacin durante ese lapso

    sin expresin de causa, sin derecho a indemnizacin con motivo de laextincin, pero con obligacin de preavisar a la otra parte.

    El perodo de pruebase regir por las siguientes reglas:1. Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, ms de

    una vez, utilizando el perodo de prueba. De hacerlo, se considerar que elempleador ha renunciado al perodo de prueba.

    2. El uso abusivo del perodo de prueba con el objeto de evitar laefectivizacin de trabajadores ser pasible de las sanciones previstas en losregmenes sobre infracciones a las leyes de trabajo. Se considerar abusiva laconducta del empleador que contratare sucesivamente a distintos trabajadores

    para un mismo puesto de trabajo de naturaleza permanente.3. El empleador debe registrar al trabajador que comienza su

    relacin laboral por el perodo de prueba.4. Las partes estn obligadas al pago de los aportes y contribuciones

    a la Seguridad Social.

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    5. El trabajador tiene derecho, durante el perodo de prueba, a lasprestaciones por accidente o enfermedad del trabajo. Tambin por accidente oenfermedad inculpable, que perdurar exclusivamente hasta la finalizacindel perodo de prueba si el empleador rescindiere el contrato de trabajodurante ese lapso.

    6. El perodo de prueba se computar como tiempo de servicio atodos los efectos laborales y de la Seguridad Social.

    Dentro de la modalidad de contrato por tiempo indeterminado existeel tipo de contrato de trabajo a tiempo parciales aquel en virtud del cual eltrabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado nmero dehoras al da o a la semana, inferiores a las 2/3 (dos terceras) partes de la

    jornada habitual de la actividad.En este caso la remuneracin no podr ser inferior a la proporcional,

    que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley oconvenio colectivo, de la misma categora o puesto de trabajo. Si la jornada

    pactada supera esa proporcin, el empleador deber abonar la remuneracincorrespondiente a un trabajador de jornada completa.

    Los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrn realizarhoras suplementarias o extraordinarias, salvo en caso de peligro grave paralas personas o cosas de la empresa. La violacin del lmite de jornadaestablecido para el contrato a tiempo parcial, generar la obligacin delempleador de abonar el salario correspondiente a la jornada completa para elmes en que se hubiere efectivizado la misma, ello sin perjuicio de otrasconsecuencias que se deriven de este incumplimiento.

    Las prestaciones de la seguridad social se determinarnreglamentariamente teniendo en cuenta el tiempo trabajado, los aportes y lascontribuciones efectuadas. Los aportes y contribuciones para la obra socialser la que corresponda a un trabajador, de tiempo completo de la categoraen que se desempea el trabajador.

    Los convenios colectivos de trabajo determinarn el porcentajemximo de trabajadores a tiempo parcial que en cada establecimiento sedesempearn bajo esta modalidad contractual. Asimismo, podrn establecerla prioridad de los mismos para ocupar las vacantes a tiempo completo quese produjeren en la empresa.

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Conocer las distintas modalidades del contrato de trabajo, fundamentalmente lascaractersticas del contrato por tiempo indeterminado y del perodo de prueba.

    Poder categorizar a empleados en las diferentes modalidades del contrato detrabajo.

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    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo

    Actividades

    1- Leer la ficha MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO.En grupos:2- Qu modalidad de trabajo consideran que ser la ms conveniente para el empleado? Porqu?3- Expliquen con sus palabras: En una relacin laboral, a qu se denomina perodo de

    prueba? Indiquen 3 caractersticas que recuerden de ese perodo.4- Dados los siguientes casos, encuadren a los empleados en la modalidad del contrato de trabajoque les corresponde.

    ENUNCIACIN DE CASOS QU MODALIDADDE CONTRATO DETRABAJO USARN?

    1- Martn tiene una heladera en San Bernardo. Va a tomar a

    4 empleados para la atencin de su local. Los necesitar todoslos aos slo en los meses de diciembre, enero y febrero.2- Juan coordina un equipo de analistas de temas tributarios.

    Consiguieron hacer una investigacin sobre Educacin Fiscalpara una importante editorial. Trabajar un grupo de 5investigadores.

    3- Para cubrir una campaa publicitaria destinada al pblicoinfantil, se necesitarn 8 promotoras con experienciacomprobable en juegos con nios. El contrato ser slo por 1ao.

    4- Una empresa requerir la realizacin, por nica vez, deuna certificacin de calidad sobre todo el circuito productivo.

    Para efectuar esa tarea se utilizar a un empleado de la firmaque es Ingeniero Industrial y certifica calidad.

    5- Mara es Contadora Pblica. Comenz a trabajar en laAFIP hace 17 aos cuando era una estudiante de CienciasEconmicas.

    2.2.4 -LIBRO ESPECIAL DEL ARTCULO 52 DE LA LEY DECONTRATO DE TRABAJO

    Quines deben llevar el Libro del artculo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo?Los empleadores.

    Qu caractersticas debe tener el Libro del artculo 52?El libro especial, registrado y rubricado deber tener las mismas condiciones que se exigen paralos libros principales de comercio.

    Qu datos deben consignarse en el Libro del artculo 52?En l se consignar:

    a) Individualizacin ntegra y actualizada del empleador.b) Nombre del trabajador.c) Estado civil.

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    d) Fecha de ingreso y egreso.e) Remuneraciones asignadas y percibidas.f) Individualizacin de personas que generen derecho a la percepcin deasignaciones familiares.g) Otros datos que establezca la reglamentacin.

    Qu se prohibe hacer en el libro?

    Se prohibe:1. Alterar los registros correspondientes a cada persona empleada.2. Dejar blancos o espacios.3. Hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas, las que debern ser salvadas en el

    cuadro o espacio respectivo, con firma del trabajador a que se refiere el asiento ycontrol de la autoridad administrativa.

    4. Tachar anotaciones, suprimir fojas o alterar su foliatura o registro. Tratndose deregistro de hojas mviles, su habilitacin se har por la autoridad administrativa,debiendo estar precedido cada conjunto de hojas, por una constancia extendida pordicha autoridad, de la que resulte su nmero y fecha de habilitacin.

    Qu autoridades pueden solicitar el Libro del artculo 52?

    Las autoridades administrativas (AFIP, ANSES, Ministerio de Trabajo, Obras Sociales, etc) ojudiciales.

    Qu ocurre si un empleador no exhibe el Libro del artculo 52?La falta de exhibicin del libro, as como de registros, planillas u otros elementos de contralor;ser tenida como presuncin a favor de las afirmaciones del trabajador sobre las circunstanciasque deban constar en tales asientos.

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Conocer la importancia del Libro del artculo 52 de la LCT. Poder crear una planilla que simule el Libro del artculo 52 de la LCT y efectuar

    una carga de datos.

    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo

    Actividades

    I - Leer la ficha anterior.II - En grupo, contesten las siguientes preguntas y realicen las actividades sugeridas:

    1) En una relacin de trabajo por qu consideran que es importante el Libro delartculo 52? Mencionen por lo menos 3 razones para c/u:

    a) Para el empleadob) Para el empleador

    2) Para qu creen que puede utilizarse la informacin contenida en el citado libro?

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    3) Adems del Libro del artculo 52 qu otros registros o planillas sirven paradocumentar la relacin laboral?4) Armen en un archivo Excel una planilla que contenga los datos requeridos por elLibro del artculo 52 de la LCT.5) Inicialmente, carguen en la planilla de Excel creada los datos de los compaeros queintegran el grupo (inventando aquellos que no les sea posible llenar con informacinreal).

    6) Utilizando la planilla de Excel, si ustedes ya han inventado sus empresas simuladasvuelquen en ella los datos de los empleados simulados. En el caso que los miembroscoincidan con la consigna del punto anterior releven otra empresa u otro grupo detrabajo.

    2.2.5 -VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS

    I VACACIONES

    Caractersticas de la licencia ordinaria

    El trabajador para tener derecho al goce de sus vacaciones anuales deber haberprestado servicios durante la mitad, como mnimo, de los das hbiles comprendidos en elao calendario respectivo.

    Se computarn como trabajados, los das en que el trabajador no preste servicios porgozar de una licencia legal o por estar afectado por una enfermedad justificable o por otrascausas no imputables a l.

    La licencia comenzar en da luneso el siguiente da hbil si aqul fuese feriado.

    Clculo de los das de vacaciones:

    ANTIGEDAD EN EL EMPLEO DAS CORRIDOS DE VACACIONESHasta 5 aos inclusive 14

    Ms de 5 y hasta 10 aos inclusive 21

    Ms de 10 y hasta 20 aos inclusive 28Ms de 20 aos 35

    Cuando el trabajador no llegase a totalizar el ao trabajado igual gozar de un perodode descanso anual que se calcular en proporcin de 1 da de descanso por cada 20 das detrabajo efectivo.

    Para computar las vacaciones de un trabajador se tomar la antigedad que tenga al 31de diciembre del ao que correspondan las mismas.

    Cundo el empleador debe conceder el goce de vacaciones?

    Dentro del perodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril del ao siguiente.

    El empleador debe comunicarle la fecha de licencia al trabajador?

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    S, y deber ser por escrito, con una anticipacin no menor de 45 das. Tambin tieneque tener en cuenta que al trabajador le corresponder el goce de stas por lo menos en unatemporada de verano cada tres perodos.

    Las vacaciones deben ser remuneradas?

    S, el trabajador percibir retribucin durante el perodo de vacaciones. Cuando

    abordemos el tema de las remuneraciones veremos la manera de calcular su pago.

    Cuando finalice por cualquier causa el contrato de trabajo, el trabajador percibir unaindemnizacin equivalente al salario correspondiente al perodo de descanso proporcional a lafraccin del ao que trabaj.

    Las vacaciones no son compensables en dinero, salvo lo dispuesto en lo referente a laindemnizacin por finalizacin del contrato.

    Se pueden acumular los perodos de vacaciones?

    S, se podr acumular a un perodo de vacaciones la tercera parte de un perodo

    inmediatamente anterior que no se haya usado. Esto deber ser convenido por las partes.

    Qu tratamiento se debe dar a un matrimonio que trabaje para un mismo empleador?

    Cuando un matrimonio trabaje bajo las rdenes del mismo empleador se les debeotorgar las vacaciones en forma conjunta y simultnea, siempre que no afecte la tarea asignada.

    II LICENCIAS ESPECIALES

    El trabajador gozar de las siguientes licencias especiales. Estas licencias sern pagas:

    LICENCIA DAS CORRIDOSPor nacimiento de hijo (*) 2Por matrimonio 10Por fallecimiento de cnyuge, hijos o padres 3Por fallecimiento de hermano 1Por examen 2 das corridos por examen

    Mximo de 10 das anuales.Debe presentar certificado acreditando el examen.

    Cuando coincidieran con das domingos, feriados o no laborables las licencias

    especiales debern comenzar a computarse desde el siguiente da hbil.

    (*) La licencia por maternidad la estudiaremos en la clase de Trabajo de mujeres.

    III FERIADOS OBLIGATORIOS Y DAS NO LABORABLES

    Sern feriados nacionales y das no laborables los establecidos en el rgimen legal quelos regule.

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    Los feriados nacionales pueden asimilarse a un da domingo en lo relacionado a temaslaborales. En caso que los trabajadores presten servicios en tales das, cobrarn la remuneracinnormal de los das laborables ms una cantidad igual.

    Los trabajadores tendrn derecho a percibir esta remuneracin, siempre que: Hubiesen trabajado a las rdenes de un mismo empleador. Lo hubieran hecho 48 horas o 6 jornadas dentro del trmino de 10 das hbiles

    anteriores al feriado. Y aquellos que hubiesen trabajado la vspera hbil del da feriado y continuaran

    trabajando en cualquiera de los 5 das hbiles siguientes.

    En los das no laborables, el trabajo ser optativo para el empleador, salvo en bancos,seguros y actividades afines. En esos das, los trabajadores, percibirn el salario simple. En casode optar el empleador como da no laborable, el jornal ser igualmente abonado al trabajador.

    El procedimiento para su liquidacin y pago ser igual que en el caso de las licenciasordinarias.

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Conocer la normativa relacionada con las diferentes licencias. Poder realizar clculos de das para el goce de las licencias ordinarias.

    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo

    Actividades

    1- Leer la ficha VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS.2- Menciona 3 licencias de las cuales el trabajador pueda hacer uso.3- Teniendo en cuenta los siguientes casos, calcula la antigedad:

    ENUNCIACIN DE CASOS CUNTOS DASDE VACACIONESLECORRESPONDEN?

    1- Mara tiene 4 aos de antigedad en su trabajo.2- Jos es empleado bancario y este mes ha recibido la medalla por

    pertenecer a la entidad por 30 aos.3- Ana ha ingresado a la empresa hace justo un ao.4- Pedro ingres a trabajar en un local de venta de calzado el 2 defebrero del 2002.5- Ester comenz como secretaria del Dr. Prez el 20 de enero de1998.

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    4 - Planteadas las siguientes situaciones problemticas, responde las preguntas:

    a) Graciela y Osvaldo son empleados en una inmobiliaria. Estn casados. Ella sedesempea como recepcionista y l como agente inmobiliario. Ambos quieren tomarsevacaciones este verano Pueden tomarse la licencia juntos? Por qu?

    b) Arturo es el dueo de una agencia de viajes. Le avisa a Marta, una de sus vendedoras,

    el da martes que le otorga las vacaciones desde el lunes siguiente. Qu est incumpliendo elempleador al informar sto? Por qu?c) El padre de Facundo falleci un domingo. Su jefe le ha dicho que debe reintegrarse a

    trabajar el da martes Es correcto esto? Si no lo es, explique cmo debera calcularsecorrectamente esta licencia especial?

    d) Vernica es empleada de un shopping. El ltimo feriado ha trabajado Cmo debernpagarle?

    e) Nicols es estudiante. Tiene un examen Cuntos das se puede tomar por examen?Cul es el mximo de das que tiene en el ao? Qu comprobante debe presentar a suempleador?

    f) Federico fue pap! Cuntos das le corresponden por el nacimiento de su hijo?

    RESPUESTAS

    Respuestas a los casos:

    1) 14 das2) 35 das3) 14 das4) 21 das5) 28 das

    Respuestas a las situaciones problemticas:

    a) S, porque son matrimonio y as lo prev la Ley de Contrato de Trabajo.b) Est incumpliendo el plazo mnimo de aviso de vacaciones, que no debe ser menor de 45

    das.c) No lo es. Como el padre falleci un da domingos la licencia especial deber comenzar a

    computarse desde el da hbil siguiente. Los 3 das comienzan a correr desde el lunes. Por lotanto deber reintegrarse el jueves.

    d) Como Vernica prest servicios en da feriado cobrar la remuneracin normal de los daslaborables ms una cantidad igual.

    e) Nicols puede tomarse 2 das corridos por examen, con un mximo de 10 das anuales por esteconcepto. Al reintegrarse a trabajar debe presentar a su empleador certificado acreditando el examen.

    f) Por nacimiento de hijo a Federico le corresponden 2 das corridos.

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    2.2.6 -TRABAJO DE MUJERES

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Relevar los conocimientos previos acerca del tema. Investigar y profundizar los contenidos que despierten mayor inters.

    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo

    Actividades

    1- Responder individualmente: Qu sabs acerca del trabajo de mujeres? Enuncia por lo menosun par de subtemas que consideres que se relacionen con el trabajo de la mujer.2- En grupos: Qu temas vinculados con el trabajo de la mujer les resultan ms interesantes?(Tanto por su propia inquietud -para las chicas- o para tener conocimiento para informar a susfuturas parejas -en el caso de los chicos-).3- Puesta en comn.4- Leer la ficha sobre TRABAJO DE MUJERES que se presenta a continuacin.5- Elaboren en grupos una red conceptual, un esquema de contenido, un afiche o alguna sntesissobre los aspectos principales de esta temtica.6- Realiza un ensayo breve sobre la importancia de la proteccin especial del TRABAJO DEMUJERES.7- Puesta en comn.

    8- Busquen algn Convenio Colectivo de Trabajo (Empleados de comercio, Docentes,Empleados pblicos, etc) y examinen qu dispone el CCT elegido sobre el trabajo de las mujeresa) El Convenio Colectivo de Trabajo analizado respeta las condiciones enunciadas en laLey de Contrato de Trabajo?

    b) En algunos aspectos el CCT mejora las condiciones de la LCT En cules?9- De los temas planteados, cules sern las diferencias para la mujer entre el trabajo registradoy el no registrado?

    TRABAJO REGISTRADO TRABAJO NO REGISTRADO

    10- Qu condicin laboral consideran que ser ms favorable para la mujer trabajadora?

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    TRABAJO DE MUJERES

    Caractersticas del trabajo femenino

    La mujer podr celebrar toda clase de contrato de trabajo No debe haber ningn tipo de discriminacin en su empleo fundada en el sexo o

    estado civil de la misma, aunque este ltimo se altere en el curso de la relacin

    laboral. Debe observarse el principio de igualdad de retribucin (a hombres y mujeres)

    por trabajo de igual valor. No se podr encargar la ejecucin de trabajos a domicilio a mujeres ocupadas en

    algn local u otra dependencia en la empresa. Queda prohibido ocupar a mujeres en trabajos que revistan carcter penoso,

    peligroso o insalubre.

    Proteccin de la maternidad

    La legislacin prohbe el trabajo del personal femenino durante 45 das anteriores al

    parto y 45 das despus del mismo. Pero la interesada podr optar por reducir la licenciaanterior al parto, hasta 30 das. Los das sobrantes del total de licencia se acumularn al perodoposterior al parto.

    Si el nacimiento se adelanta, los das no usados de la licencia pre-parto, se acumular aldescanso posterior al mismo, de modo de completar los 90 das.

    La trabajadora deber comunicar el embarazo al empleador presentndole un certificadomdico en el cual conste la fecha presunta del parto.

    La trabajadora conservar su empleo durante los perodos indicados y gozar delas asignaciones que le confieren los sistemas de Seguridad Social. Por lo tanto se le garantiza la

    percepcin de una suma igual a la que corresponda al perodo de licencia legal.

    Se garantiza a toda mujer durante la gestacin el derecho a la estabilidad en elempleo. Tendr carcter de derecho adquirido a partir del momento en que la trabajadora

    practique la notificacin de su estado de embarazo al empleador.

    En caso de ausencia como consecuencia de enfermedad que segn certificacin mdicadeba su origen al embarazo o parto y la incapacite para volver al trabajo vencidos aquellos

    plazos, la mujer ser acreedora a los beneficios que veremos cuando estudiemos el captulo deremuneraciones.

    Si una mujer embarazada es despedida, se presume que dicho despido tuvo relacin con

    la maternidad o el embarazo cuando ocurriese dentro del plazo 7 y 1/2 meses anteriores oposteriores a la fecha del parto, siempre que la mujer haya notificado o acreditado en formafehaciente el hecho del embarazo o el del nacimiento.

    Si el despido ocurriese bajo estas circunstancias, la trabajadora tendr derecho a percibirla indemnizacin correspondiente.

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    Lactancia

    Toda trabajadora con hijo lactante, dispondr de dos 2 descansos de 1/2 hora paraamamantar a su hijo, durante la jornada de trabajo y por un perodo de hasta 1 ao desde elnacimiento. Si hay razones mdicas que aconsejen continuar con la lactancia, este perodo podr

    prolongarse.

    Estado de excedencia

    Nacido el beb y culminados los das de licencia por maternidad, la trabajadora puededecidir no ir a trabajar por un perodo de 3 hasta 6 meses, con el objeto de cuidar a su hijo/a.Cabe aclarar, que en el estado de excedencia la trabajadora no goza de la percepcin de haberes.

    Entonces, la mujer trabajadora que, vigente la relacin laboral, tuviera un hijo ycontinuara residiendo en el pas podr optar entre las siguientes situaciones:

    a) Continuar su trabajo en la empresa, en las mismas condiciones en que lo vena

    haciendo.b) Rescindir su contrato de trabajo, percibiendo la compensacin por tiempo de servicioque se le asigna por esto.c) Quedar en situacin de excedenciapor un perodo no inferior a 3 meses ni superior a6 meses. La mujer trabajadora que hallndose en situacin de excedencia formalizaranuevo contrato de trabajo con otro empleador quedar privada de pleno derecho de lafacultad de reintegrarse.

    El reintegro de la mujer trabajadora en situacin de excedencia deber producirse altrmino del perodo por el que optara.

    El empleador podr disponerlo:

    En el cargo de la misma categora que tena al momento del alumbramiento o dela enfermedad del hijo.

    En el cargo o empleo superior o inferior al indicado, de comn acuerdo con lamujer trabajadora.

    Si la trabajadora no fuese reintegrada deber ser indemnizada como si se tratara dedespido injustificado, salvo que el empleador demostrara la imposibilidad de reincorporarla, encuyo caso la indemnizacin ser la de excedencia.

    Los plazos de excedencia no se computarn como tiempo de servicio. Y para optar poresta excedencia la trabajadora deber tener como mnimo 1 ao de antigedad.

    Si la mujer, luego de vencidos los plazos de licencia no se reincorporara a su empleo yno comunicara a su empleador que se acoge al beneficio de la excedencia (dentro de las 48 horasanteriores a la finalizacin de los mismos), se entender que opta por la percepcin de lacompensacin establecida en el apartado b).

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    Salas maternales y guarderas

    En los establecimientos donde preste servicios el nmero mnimo de trabajadoras quedetermine la reglamentacin, el empleador deber habilitar salas maternales y guarderas. Estanormativa variar segn:

    los diferentes Convenios Colectivos de Trabajo,

    las distintas ramas de actividades, los tamaos de las empresas, la cantidad de personal femenino en las organizaciones.

    Despido por matrimonio

    Ser nulo cualquier acto que establezca para su personal el despido por causa dematrimonio.

    Se considera que alguien ha sido despedido por matrimonio cuando:

    el empleador no presente causa para el despido, no la pueda probar correctamente

    el despido suceda dentro de los 3 meses anteriores o 6 meses posteriores almatrimonio.

    Todo esto, siempre que el trabajador haya notificado de su matrimonio al empleador.

    De producirse el despido, el empleador abonar una indemnizacin equivalente a un aode remuneraciones que se sumarn al resto de las indemnizaciones que le correspondan por leyy que veremos ms adelante.

    2.2.7 -OTROS TEMAS DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

    I - Jornada de trabajo

    Cul es la duracin de la jornada de trabajo?

    La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposicin delempleador. En general, la duracin del trabajo no podr exceder de 8 horas diariaso 48 horassemanales.

    Recordemos que no estn comprendidos en las disposiciones de la LCT los trabajos agrcolas, ganaderos

    y los del servicio domstico, ni los establecimientos en que trabajen solamente miembros de la familia del jefe,dueo, empresario, gerente, director o habilitado principal.

    Cul es la duracin de la jornada de trabajo, tratndose de trabajo nocturno?

    La jornada nocturna no podr exceder de 7 horas y la misma es la que se cumple entrelas 21 hs y las 6 hs del da siguiente.

    Cul es la duracin de la jornada de trabajo, tratndose de trabajo insalubre?

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    La jornada de trabajo en condiciones insalubres (ya sea por la tarea en si misma o porlas condiciones ambientales en las cuales se desarrolla) no podr exceder de 6 horas diarias o36 semanales.

    Qu establece la ley sobre el descanso semanal?

    El trabajador no debe trabajar desde las 13 hs del sbado hasta las 24 hs del domingo,

    salvo en los casos de excepcin previstos en la ley u otras reglamentaciones.

    Si aparecen esas excepciones el trabajador gozar de un descanso compensatorio de lamisma duracin, en la forma y oportunidad que fijen esas disposiciones.

    II - Prohibicin del trabajo infantil y la proteccin del trabajo adolescente

    Cules son las principales disposiciones en relacin con la prohibicin del trabajo infantily la proteccin del trabajo adolescente?

    Segn lo establece la Ley 26.390 - Prohibicin del trabajo infantil y proteccin del

    trabajo adolescente:

    Personas menores de 16 aos

    Se eleva la edad mnima de admisin al empleo a 16 aos. Queda prohibido a losempleadores ocupar personas menores de 16 aos en cualquier tipo de actividad, persiga ono fines de lucro.

    Excepcin parapersonas mayores de 14 aos y menores de 16

    Las personas mayores de 14 y menores de 16 aos podrn ser ocupados enempresas cuyo titular sea su padre, madre o tutor, en jornadas que no podrn superar las 3horas diarias y las 15 horas semanales, siempre que no se trate de tareas penosas, peligrosasy/o insalubres, y que cumplan con la asistencia escolar. La empresa de la familia del trabajadormenor que pretenda acogerse a esta excepcin a la edad mnima de admisin al empleo, deberobtener autorizacin de la autoridad administrativa laboral de cada jurisdiccin.

    Personas desde los16 aos y menores de 18 aos

    Las personas desde los 16 aos y menores de 18 aos, pueden celebrar contrato detrabajo, con autorizacin de sus padres, responsables o tutores. Se presume tal autorizacincuando el adolescente viva independientemente de ellos.

    Las reglamentaciones, convenciones colectivas de trabajo o tablas de salarios que seelaboren, garantizarn a estos trabajadores igualdad de retribucin, cuando cumplan jornadasde trabajo o realicen tareas propias de trabajadores mayores.

    No podr ocuparse a personas de 16 a 18 aos en ningn tipo de tareas durante ms de 6horas diarias o 36 semanales. La distribucin desigual de las horas laborables no podr superarlas 7 horas diarias.

    La jornada de las personas menores de ms de 16 aos, previa autorizacin de laautoridad administrativa laboral de cada jurisdiccin, podr extenderse a 8 horas diarias o 48semanales.

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    La jornada de labor de los menores deber realizarse exclusivamente en horario

    matutino o vespertino. No se podr ocupar a personas menores de 18 aos en trabajosnocturnos, entendindose como tales el intervalo comprendido entre las 20 y las 6 horas del dasiguiente.

    Las personas menores de 18 aos gozarn de un perodo mnimo de licencia anual

    por vacaciones no inferior a 15 das.

    En relacin con el trabajo de los jvenes: En qu consiste el Contrato de Trabajo deAprendizaje?

    El contrato de aprendizaje tendr finalidad formativa terico-prctica, la que serdescripta con precisin en un programa adecuado al plazo de duracin del contrato. Se celebrar

    por escrito entre un empleador y un joven sin empleo, de entre 16 y 28 aos.

    Este contrato de trabajo tendr una duracin mnima de 3 meses y una mxima de 1 ao.

    A la finalizacin del contrato el empleador deber entregar al aprendiz un certificado

    suscripto por el responsable legal de la empresa, que acredite la experiencia o especialidadadquirida.

    La jornada de trabajo de los aprendices no podr superar las 40 horas semanales,incluidas las correspondientes a la formacin terica. Respecto de las personas entre 16 y 18aos de edad se aplicarn las disposiciones relativas a la jornada de trabajo de los mismos.

    III - Extincin de la relacin laboral

    Cules son las formas posibles de ruptura de la relacin laboral?

    La extincin (o finalizacin) del Contrato de Trabajo puede deberse a distintos motivos:

    a)Renuncia del trabajador.b)Jubilacin del trabajador.c)Despido con justa causa (el trabajador produce perjuicio o injuria al empleador).d)Despido sin causa (por razones econmicas o productivas se reduce personal).e)Fallecimiento del trabajador.f) Fallecimiento del empleador.

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Conocer las principales disposiciones en relacin con la prohibicin del trabajoinfantil y la proteccin del empleo adolescente.

    Relacionar los contenidos citados anteriormente con la importancia del empleoregistrado.

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    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo.

    Actividades

    I - Responda individualmente las siguientes preguntas:

    1) Entre qu edades se contempla el trabajo de menores?2) El trabajo de menores de 14 aos est prohibido en todos los casos?3) Cul es la jornada laboral legal habitual para los trabajadores de 16 a 18 aos?4) Cul es la jornada mxima legal para los trabajadores de 16 a 18 aos?5) Pueden los menores realizar trabajos en la jornada nocturna?6) Quin lleva la carga de culpa en caso de accidente de un menor durante su

    prestacin de servicios?7) En lneas generales, cul es la edad mnima de admisin al empleo?8) Cuando cumplan jornadas de trabajo o realicen tareas propias de trabajadores

    mayores: Cmo deber ser la remuneracin abonada a los menores?9) Cul es el perodo mnimo de vacaciones que se deben asignar a un trabajador

    menor?10) Seale 4 caractersticas del Contrato de Trabajo de Aprendizaje.

    II- Enuncie con sus palabras al menos 3 aspectos de su inters en relacin con los temas tratados.

    III- A su criterio, qu aspectos de los enunciados en esta clase- se vern vulnerados en unarelacin laboral marginal (trabajo en negro).

    Respuestas:

    1) De 14 a 18 aos los menores podrn celebrar contrato de trabajo.2) S. Excepto que haya autorizacin del ministerio pblico para trabajar en empresas

    familiares y no se someta a los menores a tareas nocivas.3) 6 horas diarias o 36 horas semanales.4) Se puede extender a 8 hs diarias o 48 semanales con autorizacin de autoridad

    administrativa.5) No.6) El empleador, salvo que el menor se encontrara en un sitio de trabajo en el que fuera ilcita o

    prohibida su presencia y sin conocimiento del empleador.7) 16 aos.8) Igual a la remuneracin de los trabajadores mayores.9) Las personas menores de 18 aos gozarn de un perodo mnimo de licencia anual por

    vacaciones no inferior a 15 das.10) Algunas caractersticas del Contrato de Trabajo de Aprendizaje pueden ser:

    Tendr una finalidad formativa terico-prctica. Se celebrar por escrito entre un empleador y un joven sin empleo, de

    entre 16 y 28 aos. El contrato de trabajo tendr una duracin mnima de 3 meses y una

    mxima de 1 ao. La jornada de trabajo de los aprendices no podr superar las 40 horas

    semanales, incluidas las correspondientes a la formacin terica.

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    2.2.8 -REMUNERACIONES

    Qu se entiende por remuneracin?

    Se entiende por remuneracin la contraprestacin que debe percibir el trabajador comoconsecuencia del contrato de trabajo. Dicha remuneracin no podr ser inferior al salario mnimovital y mvil.

    Qu caractersticas tiene la remuneracin?

    1) Igualdad:Tiene su fundamento en el artculo 14 bis de la Constitucin Nacional,que seala igual remuneracin por igual tarea.

    2) Supervivencia: Se supone que la remuneracin es suficiente para que eltrabajador pueda atender sus necesidades y a las del grupo familiar.

    3) Conmutatividad: La remuneracin que paga el empleador est directamenteproporcionada con la calidad y cantidad de servicios que aporta el trabajador.

    4) Continuidad:La remuneracin se produce da a da sin perjuicio de que existen

    plazos para hacer efectivo su pago, pero el derecho a percibirla se vaproduciendo da a da.5) Alimentario:Para el trabajador tiene este carcter la remuneracin ya que cubre

    necesidades bsicas.6) Intangibilidad: La remuneracin no puede sufrir disminuciones.

    Qu tipos de remuneraciones hay?

    Hay distintos tipos de remuneracin:

    1) Sueldo: Se denomina as cuando la remuneracin se paga en relacin con el mes

    de trabajo.2) Jornal: Se denomina jornal cuando la remuneracin se paga en relacin con elda u hora de trabajo.

    3) Por resultado obtenido:a)A destajo: Es la remuneracin por unidad de obra o pieza producida.

    b)Comisiones: En funcin de operaciones concretadas como ser ventas.

    Cmo y cundo se instrumenta el pago?

    El recibo de haberes

    Todo pago en concepto de salario u otra forma de remuneracin deber instrumentarsemediante recibo firmado por el trabajador. El recibo ser confeccionado por el empleador endoble ejemplar (original y duplicado), debiendo entregar el duplicado al trabajador.

    El recibo deber reunir como mnimo los siguientes requisitos:

    Nombre ntegro o razn social del empleador, su domicilio y C.U.I.T. Nombre y apellido del trabajador, su calificacin profesional y C.U.I.L. Todo tipo de remuneracin que perciba. Total bruto de la remuneracin bsica.

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    Importe de las deducciones que se efectan por aportes jubilatorios u otrasautorizadas por Ley de Contrato de Trabajo (Obra Social, Sindicatos).

    Importe neto percibido. Constancia de la recepcin del duplicado por el trabajador (su firma en el

    original que queda en poder del empleador). Lugar y fecha (que deber corresponder con la del efectivo pago). Firma y sello del empleador.

    Fecha de ingreso y tarea cumplida o categora en que se desempe durante elperodo de pago.

    El pago de haberes

    El pago se efectuar una vez vencido el perodo que corresponda dentro de lossiguientes plazos mximos:

    4 das hbiles para la remuneracin mensual o quincenal 3 das hbiles para la remuneracin semanal

    Adems A qu se denominan beneficios sociales?

    Se denominan beneficios sociales a las prestaciones de naturaleza jurdica de seguridadsocial, no remunerativas, no dinerarias, no acumulables ni sustituibles en dinero, que brinda elempleador al trabajador por s o por medio de terceros, que tiene por objeto mejorar la calidad devida del dependiente o de su familia a cargo. Son beneficios sociales las siguientes prestaciones:

    Los servicios de comedor de la empresa; Los reintegros de gastos de medicamentos y gastos mdicos y

    odontolgicos del trabajador y su familia que asumiera el empleador,previa presentacin de comprobantes emitidos por farmacia, mdico uodontlogo, debidamente documentados;

    La provisin de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado ala indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en eldesempeo de sus tareas;

    Los reintegros documentados con comprobantes de gastos de guarderay/o sala maternal, que utilicen los trabajadores con hijos de hasta 6 aosde edad cuando la empresa no contare con esas instalaciones;

    La provisin de tiles escolares y guardapolvos para los hijos deltrabajador, otorgados al inicio del perodo escolar;

    El otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos oseminarios de capacitacin o especializacin;

    El pago de gastos de sepelio de familiares a cargo del trabajadordebidamente documentados con comprobantes.

    Qu es el Salario Mnimo Vital y Mvil?

    El salario mnimo vital, es la menor remuneracin que debe percibir en efectivo eltrabajador sin cargas de familia (sin hijos ni familiares directos a cargo), en su jornada legal detrabajo, de modo que le asegure alimentacin adecuada, vivienda digna, educacin, vestuario,asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsin.

    Todo trabajador mayor de 18 aos, tendr derecho a percibir una remuneracin noinferior al salario mnimo vital que se establezca, conforme a la ley y por los organismos

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    respectivos. Por ninguna causa podrn abonarse salarios inferiores, salvo los que resulten dereducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida.

    Qu es el SAC y cundo se abona?

    Se entiende por Sueldo Anual Complementario (SAC) la doceava (1/12) parte del total

    de las remuneraciones definidas percibidas por el trabajador en el respectivo ao calendario.

    El sueldo anual complementario ser abonado en dos cuotas, cada ao en las siguientesfechas:

    30/06 31/12

    El importe a abonar en cada semestre, ser igual a la doceava parte de las retribucionesdevengadas en dichos lapsos (del 01/01 al 30/06 y del 01/07 al 31/12).

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Identificar los principales aspectos de la temtica sobre remuneraciones. Relacionar los contenidos con la importancia del empleo registrado.

    Referencia normativa: Ley 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo.

    Actividades

    A- Leer la ficha: REMUNERACIONES.

    B- Decidir para cada caso cul es la opcin correcta:

    1) La remuneracin con respecto al Salario Mnimo Vital y Mvil no puede ser: Igual Menor Mayor Ninguna de las anteriores

    2) La caracterstica de la remuneracin que seala que sta no puede sufrirdisminuciones se denomina: Igualdad Continuidad Supervivencia Intangibilidad

    3) El pago - para la remuneracin mensual o quincenal - se efectuar una vez vencido elperodo que corresponda dentro de los siguientes plazos mximos:

    4 das hbiles 5 das hbiles

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    6 das hbiles 7 das hbiles

    4) El Sueldo Anual Complementario (SAC) ser abonado en dos cuotas cada ao en lassiguientes fechas, la 2 el 31/12 y la 1 el:

    13/06 14/02 30/06 31/10

    C- Incorporar la letra inicial de c/u de las diferentes situaciones en la columna correspondientedel cuadro:

    a) Juan tiene 18 aos y casi 1 de antigedad en su trabajo. A veces le pagan el 10, aveces el 12 o cuando el patrn tiene plata.

    b) Pedro nunca tuvo recibo de sueldo.c) Mara tiene recibo de sueldo computarizado con el logo de su empresa. Le

    entregan su copia todos los meses.d) Fernanda est mensualizada le pagan antes del 4 da hbil del mes.e) Martn trabaja hace 4 aos. Ni sabe lo que es el SAC (aguinaldo).f) A Florencia le pagan un aguinaldo re-grande porque el SAC incluye en la

    liquidacin la parte correspondiente a un plus especial que la empresa les abonaen febrero a todos los empleados Qu se comprar?

    g) A Marcos le depositan el sueldo mediante cajero de la red Link. Su amigoAlberto cobra en cajeros de la red Banelco.

    h) A Mariana su jefe le va pagando de a puchitos, cuando puede. Si tiene suerte afin de mes le va a pagar parte de los salarios atrasados.

    i) Horacio no llega a cubrir el Salario Mnimo Vital y Mvil.j) Elena est orgullosa de su hijo, es muy estudioso. Su empleador lo valora

    pagndole re-bien (siempre muy por encima del Salario Mnimo Vital y Mvil).Desde que comenz su relacin laboral est registrado ante la AFIP.

    TRABAJO REGISTRADO(TRABAJO EN BLANCO)

    TRABAJO NO REGISTRADO(TRABAJO EN NEGRO)

    D- En blanco o en negro: Debatir grupalmente sobre cul ser el trabajo ms beneficioso para elempleado. Dar fundamentos.

    E- Registrado o no registrado: Debatir grupalmente acerca de cul ser el trabajo ms ventajosopara la sociedad en su conjunto. Dar fundamentos.

    F- Realizar un breve ensayo en defensa de tu postura. Efectuar una puesta en comn.

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    2.3 -TRABAJADORES INDEPENDIENTES

    2.3.1 -MONOTRIBUTO 1 CLASE

    2.3.1.1 -ASPECTOS GENERALES DEL RGIMEN

    El Rgimen Simplificado para Pequeos Contribuyentes o Monotributoes unrgimen integrado y simplificado destinado a los pequeos contribuyentes relativo a:

    Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Sistema Previsional.

    Los pequeos contribuyentes debern encuadrarse en categoras tomando distintosparmetros y efectuar solamente el pago mensual de un tributo (de aqu surge la denominacin

    de Monotributo).

    2.3.1.2 -PEQUEOS CONTRIBUYENTES

    Pueden ser pequeos contribuyentes: Personas que realicen:

    a) Venta de cosas mueblesb) Locaciones (alquileres) de cosas (tanto muebles como inmuebles)c) Locaciones de obras y/o prestaciones de servicios

    Sociedades de hecho e irregulares siempre que tengan hasta 3 socios Integrantes de cooperativas de trabajo

    Sucesiones indivisas y condominios Etc.

    2.3.1.3 -PARMETROS

    Para encuadrarse en las diferentes categoras los criterios fijados son: Ingresos brutos anuales Superficie afectada a la actividad Energa elctrica consumida anual Monto de los alquileres devengados en el ao

    El importe del impuesto a ingresar variar segn la actividad realizada por el pequeocontribuyente, ya sea que se trate de: Locaciones y/o prestaciones de servicios Venta de cosas muebles

    Se debe tener en cuenta que:o No se podrn superar los parmetros mximos definidos para cada categora.o El precio mximo unitario de venta no deber superar el importe de $ 2.500.o No podrn realizar ms de 3 actividades simultneas o no poseer ms de 3 unidades de

    explotacin.

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    2.3.1.4 -VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIN MENSUAL

    Hasta el da 20 del correspondiente mes, excepto cuando se trate de inicio de actividades,en cuyo caso el 1 pago podr efectuarse hasta el ltimo da de ese mes.

    Modalidades de pago: dbito directo en cuenta bancaria, tarjeta de crdito, a travs de cajeroautomtico, Pago Fcil, Rapipago, etc.

    Para abonar se deber exhibir la credencial para el pago, Form. 152, 153 o 157, segncorresponda.

    2.3.1.5 -CATEGORAS

    El sujeto deber inscribirse en la categora en la que no supere el valor de ninguno delos parmetrosdispuestos para ella.

    Categora Ingresos Brutos(anual)

    Superficie afectada Energa elctricaconsumida (anual)

    Monto de alquileresdevengados (anual)

    B Hasta $ 24.000 Hasta 30 m2 Hasta 3.300 KW Hasta $ 9.000

    C Hasta $ 36.000 Hasta 45 m Hasta 5.000 KW Hasta $ 9.000

    D Hasta $ 48.000 Hasta 60 m2 Hasta 6.700 KW Hasta $ 18.000

    E Hasta $ 72.000 Hasta 85 m2 Hasta 10.000 KW Hasta $ 18.000

    F Hasta $ 96.000 Hasta 110 m2 Hasta 13.000 KW Hasta $ 27.000

    G Hasta $ 120.000 Hasta 150 m2 Hasta 16.500 KW Hasta $ 27.000

    H Hasta $ 144.000 Hasta 200 m2 Hasta 20.000 KW Hasta $ 36.000

    I Hasta $ 200.000 Hasta 200 m2 Hasta 20.000 KW Hasta $ 45.000

    Exclusivamente para venta de bienes muebles

    CategoraCantidad mnima de

    empleadosIngresos Brutos (anual)

    J 1 $ 235.000

    K 2 $ 270.000

    L 3 $ 300.000

    2.3.1.6 -IMPUESTO INTEGRADO

    El impuesto integrado est compuesto por un componente impositivo y uncomponente previsional.

    El importe a pagar en concepto de componente impositivo va a variar segn laactividad desarrollada por el contribuyente, ya sea:

    Locaciones y/o prestaciones de servicios Venta de cosas muebles

    como as tambin, la categora en que el contribuyente resulte encuadrado (segn los parmetrosmencionados anteriormente).

    El impuesto integrado que por cada categora deber ingresarse mensualmente es:

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    Categora

    COMPONENTE IMPOSITIVO:(a) o (b)

    Locacionesy/o

    prestaciones

    de servicios (a)

    Venta decosas mueble

    (b)

    B $ 39 $ 39

    C $ 75 $ 75

    D $ 128 $ 118

    E $ 210 $ 194

    F $ 400 $ 310

    G $ 550 $ 405

    H $ 700 $ 505

    I $ 1.600 $ 1.240

    J $ 2.000

    K $ 2.350

    L $ 2.700

    El importe a pagar en concepto de componente previsionales:$ 100 correspondientes al aporte para Obra Social y$ 157 correspondientes al aporte para las prestaciones de la Seguridad

    Social al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).

    Entonces, el IMPORTE TOTAL A INGRESAR en concepto de MONOTRIBUTOsurge de la suma de: Componente Impositivo, Aportes de Obra Social y Aportes de SeguridadSocial.

    2.3.1.7 -NORMATIVA VIGENTE al 03/08/12

    Ley 26.565 (B.O. 21/12/2009) que sustituye el Anexo de la Ley N 24.977. Decreto N 01/2010 (B.O. 05/01/2010) R.G. (AFIP) 2746 (B.O. 06/01/2010) modificada por R.G. (AFIP) 2760 (B.O. 26/01/2010) R.G. (AFIP) 3334 (B.O. 31/05/2012)

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    2.3.1.8 -CATEGORIZACIN: INICIO DE ACTIVIDADES

    2.3.1.9 -RECATEGORIZACIN

    CATEGORIZACININICIAL

    Segn superficieafectada a laactividad y en su caso al monto del

    alquiler pactado.

    Si no posee

    Estimacin razonable.

    Deber encuadrarse:

    Transcurridos 4 meses:la finalizacin del perodo

    coincide con lafinalizacin del

    cuatrimestre calendario?:

    SI

    A la finalizacin de cada cuatrimestre calendario.

    Determina la categora en que resulta encuadrado.

    Nueva categora: a partir del segundo mes inmediatosiguiente del ltimo mes del cuatrimestre respectivo.

    Mantendr lacategorizacininicial hasta elmomento de la

    primerarecategorizacin.

    Confirma

    categorizacin

    Se recategoriza Supera los lmites conforme

    la actividad y de acuerdo a lacantidad de empleados queosea

    Permanecer dentro del RS debiendo encuadrarse hasta laprxima recategorizacin, en la ltima categora que

    corresponda a la actividad que desarrolla (I o L, segn elcaso).

    NO

    Ingresos brutos obtenidos yEnerga elctrica consumidaAlquileres devengados

    Se deberanualizar

    en dichoperodo

    Ingresos brutos obtenidos yEnerga elctrica consumidaAlquileres devengados

    Se debercalcular

    En los 12 mesesinmediatos anteriores.

    Superficie afectada a la actividadA la finalizacin del

    cuatrimestre.

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    2.3.1.10 -TABLA RESUMEN DE LAS DISTINTAS CATEGORAS

    Ver ANEXOS ANEXO I.

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Comprender el tratamiento impositivo para los Pequeos Contribuyentes. Poder categorizar diferentes contribuyentes dentro del Rgimen del Monotributo.

    Referencia normativa vigente al 03-08-12

    Ley 26.565 (B.O. 21/12/2009) que sustituye el Anexo de la Ley N 24.977. Decreto N 01/2010 (B.O. 05/01/2010) R.G. (AFIP) 2746 (B.O. 06/01/2010) modificada por R.G. (AFIP) 2760 (B.O. 26/01/2010) R.G. (AFIP) 3334 (B.O. 31/05/2012)

    Actividades

    I-Leer la ficha RGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEOS CONTRIBUYENTES (RS) oMONOTRIBUTO.

    II- Dados los siguientes casos, encuadre a los contribuyentes en la categora del Monotributo quecorresponde e indique cunto debera pagar mensualmente. Para ejemplificar resuelvan 2 casostodos juntos.

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    Enunciacin de casos Categora en laque se encuadrael contribuyente

    Importe a pagarmensualmente

    de Monotributo

    1- Un electricista tiene local de ventas demateriales elctricos con una superficie de 52m2, consume 4.000 kw de energa elctricaanual y sus ingresos brutos anuales son de $65.000. Es propietario del local.2- Un abogado recibido hace 1 ao y , quealquila los lunes, mircoles y viernes un estudio

    jurdico de una superficie de 32 m2 , consume500 kw de energa elctrica, paga un alquiler de$ 900 mensuales y tiene ingresos brutosanuales por $ 35.000.3- Un contador que no tiene un estudiocontable percibe ingresos por $ 95.000.4- Un comerciante que tiene 5 locales deventas.5- Un electricista a domicilio que tiene ingresosanuales por $ 24.000.6- Un panadero con 2 empleados a cargo eingresos brutos anuales por $ 240.000.7- Un arquitecto por honorarios de direccin deobras percibe anualmente $ 160.000.8- Una mdica anestesista entre sus guardias ytrabajos en clnicas percibe honorarios

    profesionales por $ 144.000 anuales.9- Un joven dentista atiende en un consultoriode 45 m2 . Su to le alquila el departamento queusa de consultorio y le cobra slo $ 700mensuales. Consume 500 kw de energaelctrica. Tiene ingresos brutos anuales por $35.000.10- Una empresa muy grande que tiene 15

    puntos de venta.11- Un contador que tiene un estudio contable

    percibe ingresos anuales por $ 118.000.Adems tiene un empleo en relacin de

    dependencia: es profesor titular de ctedra deImpuestos I en la Facultad de CienciasEconmicas. Paga una prepaga para l y sufamilia.12- Un ingeniero que se dedica a la venta, tieneun comercio de 100 m2, 5 empleados, consumeanualmente 4.000 kw de energa elctrica y susingresos brutos anuales son de $ 300.000. Es

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    propietario del local. Es soltero, paga un plande medicina privada. Es profesor de ctedra deuna materia de la carrera de IngenieroIndustrial en la Facultad de Ingeniera.

    Respuestas (para el profesor):

    1- Electricista con local de ventas: Categora E; Impuesto integrado = $ 194 + $ 157 + $ 100 = $4512- Abogado: Categora D; Impuesto integrado = $ 128 + $ 157 + $ 100 = $ 3853- Contador: Categora F; Impuesto integrado = $ 400 + $ 157 + $ 100 = $ 6574- Comerciante que tiene 5 locales de ventas: Est excludo del Rgimen Simplificado paraPequeos Contribuyentes.5- Electricista a domicilio: Categora B; Impuesto integrado = $ 39 + $ 157 + $ 100 = $ 2966- Panadero con 2 empleados: Categora K; Impuesto integrado = $ 2.350 + $ 157 + $ 100 = $2.6077- Arquitecto: Categora I; Impuesto integrado = $ 1.600 + $ 157 + $ 100 = $ 1.8578- Mdica anestesista: Categora H; Impuesto integrado = $ 700 + $ 157 + $ 100 = $ 957

    9- Joven dentista: Categora C; Impuesto integrado = $ 75 + $ 157 + $ 100 = $ 33210- Empresa muy grande con 15 puntos de venta: Est excluda del Rgimen Simplificado paraPequeos Contribuyentes.11- Contador con estudio y empleo en relacin de dependencia: Categora G; Impuesto integrado= $ 550 + $ 0 + $ 0 = $ 550 - Debe pagar slo el componente impositivo.12- Ingeniero comerciante y profesor: Categora L; Impuesto integrado = $ 2.700 + $ 0 + $ 0 = $2.700 - Debe pagar slo el componente impositivo.

    (Observacin: Poner atencin en el futuro a la vigencia de las categoras e importes Esta

    actualizacin incluye las modificaciones de la R.G. (AFIP) 3334 B.O. 31/05/12 - Actualizacin al

    03/08/12)

    Tarea para la prxima clase:

    A) Recolectar comprobantes: facturas, tiquete, tiquete-facturas, recibos (10 por persona).

    B) Visitar 5 negocios pequeos. En relacin con la AFIP, observar:-Qu formulario exhiben generalmente en sus vidrieras o puertas? Mencionar el N.-Qu formulario exhiben generalmente en sus cajas o en lugar cercano a la caja? Mencionar el N.-Cules son los datos principales que constan en los formularios citados anteriormente?

    C) Ir a la Agencia o al Centro de Servicios de la AFIP ms cercana a la escuela. Solicitar losformularios o bajarlos de la pgina web del organismo e imprimilos (www.afip.gob.ar owww.afip.gov.ar).

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    2.3.2 -MONOTRIBUTO 2 CLASE

    PROPUESTA DIDCTICA

    Objetivos

    Comprender el funcionamiento del Rgimen de Monotributo. Poder realizar una inscripcin simulada de un contribuyente, articulando teora y

    prctica impositiva. Relacionar la temtica de encuadre e inscripcin en el Monotributo con la de

    facturacin. Reflexionar sobre el sentido social de los impuestos.

    Referencia normativa vigente al 03-08-12

    Ley 26.565 (B.O. 21/12/2009) que sustituye el Anexo de la Ley N 24.977. Decreto N 01/2010 (B.O. 05/01/2010) R.G. (AFIP) 2746 (B.O. 06/01/2010) modificada por R.G. (AFIP) 2760 (B.O. 26/01/2010) R.G. (AFIP) 3334 (B.O. 31/05/2012)

    Actividades

    I- Releer la ficha analizada la clase anterior sobre RGIMEN SIMPLIFICADO PARAPEQUEOS CONTRIBUYENTES (RS) o MONOTRIBUTO.

    II- Recolectar comprobantes: facturas, tiquete, tiquete-facturas, recibos (10 por persona).Agruparlos segn quin emite el comprobante: Monotributistas versus Otros contribuyentes.

    1) Qu clase de comprobantes emiten los Monotributistas?2) Listar qu actividades desarrollan los Monotributistas.

    III- Visitar 5 negocios pequeos. En relacin con la AFIP, observar:a- Qu formulario exhiben generalmente en sus vidrieras o puertas? Mencionar el N.

    b- Qu formulario exhiben generalmente en sus cajas o en lugar cercano a la caja? Mencionar elN .c- Cules son los datos principales que constan en los formularios citados anteriormente?

    IV- Ir a la Agencia o al Centro de Servicios de la AFIP ms cercana a la escuela. Solicitar losformularios o bajarlos de la pgina web del organismo e imprimilos (www.afip.gob.ar owww.afip.gov.ar).

    V- Guiados por el profesor, realizar las siguientes inscripciones:A.Simular su propia inscripcin al Monotributo. Llenar los formularios correspondientes.B.Inscribir a la empresa simulada que han creado con sus compaeros del curso.

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    La renta de referencia se calcula en funcin de una proporcin para cada categora calculadaen base al haber mnimo jubilatorio garantizado, que asciende a $ 1.687,01 (Resol. 47/12 deANSES). Los nuevos importes de aportes previsionales a ingresar rigen a partir del vencimiento delmes de abril 2012 (R.G. (AFIP) 3305).

    La Ley 26.417: Ley de Movilidad Jubilatoria prev que los importes detallados en la tablaanterior sufran modificaciones en los meses de marzo y septiembre de cada ao.

    Normativa vigente al 03-08-12

    Ley 24.241 (fundamentalmente artculos: 1, 2 inc b), 10 inc c) y 11). Decreto 1866/06. R.G. (AFIP) 2922. R.G. (AFIP) 3305. Res. (ANSES) 47/12.

    2.3.3.2 -UN CASO ESPECIAL: SERVICIO DOMSTICO

    Un caso especial de trabajadores independientes son los trabajadores que se encuadrandentro del Rgimen Especial para el Servicio Domstico.

    Servicio

    Domstico

    Trabajan por cuenta propia. Sededican fundamentalmente ahacer tareas de limpieza y/ocuidado de nios.

    Ejemplos de Trabajadores del Servicio Domstico: la seora que hace la limpieza en tu

    casa; la seora que cuida los hijos de la

    vecina; etc.

    Caractersticas

    Los empleados de ambos sexos que presten servicios dentro de la vida domstica y quepara el empleador no originen con sus acciones beneficio econmico o lucro, se encuadrarn en elRgimen Especial para el Servicio Domstico. El mismo regir en todo el territorio de la Nacin

    Argentina.

    No se considerarn empleados del servicio domstico: las personas emparentadas con el dueo de casa, aquellas que sean exclusivamente contratadas para cuidar enfermos, aquellas que sean exclusivamente contratadas para conducir vehculos, ninguna persona menor de 14 aos, quienes presten sus servicios por tiempo inferior a un mes.

    CATEGORA DEAUTNOMOS

    VALOR DE RENTADE REFERENCIA

    NUEVOS IMPORTESA INGRESAR DE

    APORTESPREVISIONALES

    I $ 977,98 $ 312,96II $ 1.369,16 $ 438,13III $ 1.955,95 $ 625,90IV $ 3.129,52 $ 1.001,45V $ 4.303,09 $ 1.376,98

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    La Ley 25.239 estableci un Rgimen Especial de Seguridad Social de carcter obligatoriopara el Servicio Domstico. Para encuadrarse dentro de este rgimen las empleadas domsticasdeben prestar servicio como mnimo de 6 horas semanales.

    Obligaciones del dador de trabajo

    Pagar la remuneracinde la empleada domstica (Actualmente el salario mnimosegn convenio es $ 2.071,88).

    Pagar los aportes y contribucionescorrespondientes. Contra el pago efectuado, elsistema emitir dos comprobantes:

    uno para el dador de trabajo y otro para el trabajador domstico.

    Entregar a la empleada el tiquet de pago de la obligacin mensual (que le servir enel caso que la Obra Social se lo requiera).

    Etc.

    Aportes y contribuciones

    El rgimen contempla una tabla de cotizaciones donde figuran los montos que se debenpagar, segn la cantidad de horas semanales trabajadas por el personal de servicio domstico:

    Horas semanales trabajadas Aportes mensuales Contribuciones mensuales Total

    6 a menos de 12 $ 8.- $ 12.- $ 20.-

    12 a menos de 16 $ 15.- $ 24.- $ 39.-

    16 o ms $ 60.-(#) $ 35.- $ 95.-

    (#) Desde 01/2011 por Resolucin 883/2010 (B.O.: 30/12/10)

    Prestaciones de la Seguridad Social para la empleada

    Para tener derecho a las prestaciones de la Seguridad Social (Jubi lacin y Obra Social) laempleada domstica debe estar en la categora de 16 o ms horas semanales trabajadas (para elmismo o para diferentes dadores de trabajo). El pago se realiza mediante formulario 102/B.

    Si estuviera en una categora menor, en forma voluntaria, la empleada domstica puedeoptar por ingresar la diferencia de aportes y contribuciones con el formulario AFIP N 575/B, paragozar de dichas prestaciones.

    Entonces, actualmente $ 95 (Desde 01/2011 por Resolucin 883/2010 - B.O.: 30/12/10)es elimporte entre aportes y contribuciones- que le permite al trabajador domstico acceder a una obrasocial, a eleccin, y a un futuro beneficio previsional.

    Cobertura de jubil acin: Si trabaja 16 horas o ms no debe efectuar ningn aporteadicional.

    Cobertur a de obra social: Con el comprobante del pago de los $ 60 (de aportes a laobra social), pudiendo completar este importe con los comprobantes mensuales de

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    diferentes dadores de trabajo, la empleada domstica tiene la posibilidad de elegirentre ms de 200 obras sociales. El listado de las mismas puede ser consultado enla Superintendencia de Servicios de Salud, ingresando awww.sssalud.gov.aro porva telefnica en el 0800-222-72583 (SALUD). El personal domstico tieneasegurada su cobertura mdica desde el mismo da que hace el primer pago a laSeguridad Social. De este modo accede a los servicios incluidos en el Programa

    Mdico Obligatorio. Cobertur a opcional - de obra social para el grupo fami li ar del personal de

    servicio domstico: Abonando $ 60 ms, por cada integrante del grupo (hijos yfamiliares a cargo) tambin puede obtener la cobertura de la obra social para cadauno de los familiares citados.

    Trmite para la inclusin en el Rgimen del Servicio Domstico

    1) La empleada con su DNI deber gestionar su CUIL en una oficina de la ANSES(www.anses.gov.ar)

    2) Completar el formulario 102/B que podr ser descargado de la pgina web de la AFIP(www.afip.gob.ar)3) Dicho formulario es el volante de pago de los aportes de cada mes, con el que se concurrir al

    banco habilitado, Pago Fcil, Rapi Pago, etc. para ingresar mensualmente el pago de los aportes.4) En el formulario 102/B tambin hay un recibo de pago para ser firmado, una copia para el

    trabajador y otra