Actividad numero 4 derecho tributario para enviar

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Universidad “Fermín Toro” Vice-Rectorado Académico De Ciencias Políticas Y Sociales “Escuela De Derecho” Barquisimeto- Edo Lara El derecho Tributario Integrante Eliseo Aranguren 2015BI “SAIAC” Prof. Emily Ramírez Materia: Derecho Tributario

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Universidad “Fermín Toro”Vice-Rectorado Académico De Ciencias Políticas Y Sociales

“Escuela De Derecho”Barquisimeto- Edo Lara

El derecho Tributario

IntegranteEliseo Aranguren

2015BI“SAIAC”

Prof. Emily RamírezMateria: Derecho

Tributario

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Puntos a tratar-El derecho tributario-Contenido del derecho tributario-Autonomía del derecho tributario-Principios generales del derecho tributario-Legalidad-Generalidad-Igualdad-Progresividad-No confiscatoriedad-No retroactividad -Justicia tributaria-Prohibición de impuestos pagadero en servicio personal

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El derecho tributarioEs una rama del Derecho público, dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común

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Autonomía del derecho tributario

La autonomía no puede concebirse de manera absoluta, sino que cada rama del derecho forma parte de un conjunto del cual es porción solidaria. Así, por ejemplo, la “relación jurídica tributaría” (el más fundamental concepto de derecho tributario) es sólo una es pecie de “relación jurídica” 

CONTENIDO DEL DERECHO TRIBUTARIO

Es donde se consagran los principios aplicables a las relaciones entre estados y particulares, armonizando la necesidad de eficacia funcional de los órganos fiscales con las garantías individuales de los contribuyentes. Se busca el equilibrio razonable entre el individuo y el estado.

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Principios generales del derecho tributarioLegalidad: es un principio

fundamental del Derecho Público conforme al cual todo ejercicio del Poder Público debería estar sometido a la voluntad de la Ley y no a la voluntad de las personas, por lo cual se dice que el mismo establece la seguridad jurídica.

Articulo 317 constitución de la republica bolivariana de Venezuela

No podrá cobrarse impuesto, tasa, ni contribución alguna que no estén establecidas en la ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por las leyes que cree el tributo correspondiente.

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Principio de generalidad

Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.

Es regulado por la constitución de la republica bolivariana de Venezuela en su articulo 133

Toda persona tiene el deber de, coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.

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Principio de igualdad

El principio de igualdad ante la ley es el que establece que todos los seres humanos son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios

Es considerado uno de los artículos mas importante de la carta magna y esta plasmado en el articulo 21

Todas las personas son iguales ante la Ley; en consecuencia: no se permitirán discriminaciones fundadas en la reza, credo, condición social entre otros

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Principio de progresividad

El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará para ello en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos. 

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La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra el derecho a la propiedad privada, su libre uso, goce, disfrute y disposición y prohíbe la confiscación, salvo los casos expresamente permitidos por la Constitución (Artículos 115, 116 y 317). Un tributo es confiscatorio cuando absorbe una parte sustancial de la propiedad o de la renta; es decir, cuando merma parte del capital o acaba con la renta.

Principio de no confiscatoriedad

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Principio de no retroactividad

Este principio de irretroactividad de las normas tributarias tiene singular importancia en el momento de la entrada en vigor de la ley y la realización del hecho imponible, resultando de aplicación en estos casos la ley que estaba vigente al producirse el devengo del tributo

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Principio de justicia tributaria

Prohibición de impuesto pagadero en servicio personal

El sistema tributario debe procurar la justa distribución de las cargas según la capacidad económica del responsable o contribuyente pero respetando el principio de la progresividad.

"Toda persona tiene el deber de pagar los impuestos establecidos por la Ley para el sostenimiento de los servicios públicos".

Nuestra Carta Magna en su Articulo 317 establece "que no podrá establecerse ningún impuesto pagadero en servicio personal". Este principio consagra los derechos individuales de la persona física

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Gracias