Actas y Nominas

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<c' cY\ ANODE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA DIRECTIVAN°024-D.UGEL.05-J.AGP-EQ.Ay_N.-SJL-EA-2013 "ORIENTACIONES PARA LA ELABORACION Y PRESENTACION DE NÔMINAS DE MATRICULA, ACTAS DE EVALUACION FINAL, ACTAS ADICIONALES DE RECUPERACION Y SUBSANACION" I. FINALIDAD: La presente directiva tiene por finalidad normar los procedimientos para la correcta elaboraciOn y presentaciôn de las Nôminas de Matricula Escolar, Actas de Evaluaciôn Final, Actas Adicionales de Recuperaciôn 2013, Actas de Subsanaciôn de las Instituciones Educativas Püblicas y Privadas de la JurisdicciOn de la UGEL.05 SJL-EA. II. OBJETIVOS: 2.1 Orientar a los responsables de la elaboraciôn de Nôminas de Matricula y Actas de EvaluaciOn de las Instituciones Educativas Püblicas y Privadas para un procesamiento correcto y formal de los documentos oficiales. 2.2 Asegurar y garantizar la presentaciôn oportuna de los documentos Técnico Pedagogicos de las Instituciones Educativas PUblicas y Privadas de Ia UGEL 05, jurisdicciôn San Juan de Lurigancho y El Agustino. 3 Optimizar y asegurar un servicio adecuado y oportuno a los educandos en lo referente a los documentos ' iciales de estudios. BASE LEGAL: Gc s0l 3.1 Lev N° 28044 - Lev General de Fdiir.riñn 3.2 Ley N° 29944 - Ley de Reformat Magisterial 3.3 Ley NO 26549 de Centros Educativos Privados, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N 0009 2006-ED. 3.4 Ley N O 27665, Ley de Protecciôn a la Economia Familiar respecto al pago de Pensiones en los Centros y Programas Educativos Privados. 3.5 Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. 3.6 Decreto Supremo N 004-98-ED, Aprueban el Reglamento de lnfracciones y Sanciones para lnstituciones Educativas Particulares". 3.7 Decreto Supremo N° 011-98-ED, Modifican el Reglamento de Infracciones y Sanciones para lnstituciones Educativas Particulares" 3.8 Decreto Supremo N002-2001-ED, 'Modifican Articulo del Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Particulares". 3.9 Decreto Supremo NO 0016- 2004 ED Aprueba el Texto LJnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Educaciôn. 3.10 Decreto Supremo N°01 1-2012-ED Reglamento de la Ley General N° 28044 3.11 Resolución Ministerial N O 0516-2007-ED "Lineamientos para el proceso de matricula Escolar en las LE pOblicas de Educaciôn Básica" \3.12 Resoluciôn Ministerial N 569-2004-ED, Modifican la Resoluciôn Ministerial NO 181-2004-ED. .13 Resoluciôn Ministerial N° 0234-2005-ED, Aprueban la Directiva N O 004-VMGP-2005, sobre la Evaluaciôn de los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educaciôn Básica Regular. 14 Resoluciôn Ministerial N" 0387 - 2005-ED, Modifica los numerales 6.3.3 de los resultados y 6.3.5 de los ( requisitos de Promoción, Repitencia y RecuperaciOn en la Evaluaciôn de la Directiva N O 004-VMGP-2005. 3.15 Resoluciôn Ministerial N" 181-2001-ED, "Establecen Procedimientos para la AplicaciOn del Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Particulares" 3.16 Resolucián Ministerial N°440-2008-ED, que aprueba el "Diseflo Curricular Nacional de Educaciôn Básica Regular" como el resultado del proceso de revision, actualizaciOn y mejoramiento. 3.17 ResoluciOn Ministerial NO 431-2012-ED, Aprueba Ia Directiva para el Inicio del Año Escolar 2013, en las lnstituciones Educativas de Educaciôn y Técnico Productivo. 3.18 Resoluciôn Ministerial NO 0588-2006-ED. Aprobar el Diseno Curricular Básico para la EducaciOn Técnico Productiva Ciclo Básico. 3.19 Resoluciôn Ministerial N° 0276-2009-ED.Aprueba el Diseño Curricular Básico Nacional y EvaluaciOn Básica Alternativa. DirecciOn: Av. PerO s/n - Caia de Agua - San Juan (IC Lurigancho Tell Fax. 459-8490 Página Web: www.ugel 05cdti.pe 459-1135 Correo electrOnico A.G.P.: agpsiluget05(il1otmail.con1 AdrninistraciOn: 459-0882

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ANODE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

DIRECTIVAN°024-D.UGEL.05-J.AGP-EQ.Ay_N.-SJL-EA-2013

"ORIENTACIONES PARA LA ELABORACION YPRESENTACION DE NÔMINAS DE MATRICULA, ACTAS DE

EVALUACION FINAL, ACTAS ADICIONALES DERECUPERACION Y SUBSANACION"

I. FINALIDAD:

La presente directiva tiene por finalidad normar los procedimientos para la correcta elaboraciOn y presentaciônde las Nôminas de Matricula Escolar, Actas de Evaluaciôn Final, Actas Adicionales de Recuperaciôn 2013,Actas de Subsanaciôn de las Instituciones Educativas Püblicas y Privadas de la JurisdicciOn de la UGEL.05SJL-EA.

II.OBJETIVOS:

2.1 Orientar a los responsables de la elaboraciôn de Nôminas de Matricula y Actas de EvaluaciOn de lasInstituciones Educativas Püblicas y Privadas para un procesamiento correcto y formal de los documentosoficiales.2.2 Asegurar y garantizar la presentaciôn oportuna de los documentos Técnico Pedagogicos de lasInstituciones Educativas PUblicas y Privadas de Ia UGEL 05, jurisdicciôn San Juan de Lurigancho y El Agustino.

3 Optimizar y asegurar un servicio adecuado y oportuno a los educandos en lo referente a los documentos' iciales de estudios.

BASE LEGAL:

Gc s0l 3.1 Lev N° 28044 - Lev General de Fdiir.riñn3.2 Ley N° 29944 - Ley de Reformat Magisterial3.3 Ley NO 26549 de Centros Educativos Privados, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo

N0009 2006-ED.3.4 Ley NO 27665, Ley de Protecciôn a la Economia Familiar respecto al pago de Pensiones en los Centros y

Programas Educativos Privados.3.5 Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.3.6 Decreto Supremo N 004-98-ED, Aprueban el Reglamento de lnfracciones y Sanciones para lnstituciones

Educativas Particulares".3.7 Decreto Supremo N° 011-98-ED, Modifican el Reglamento de Infracciones y Sanciones para lnstituciones

Educativas Particulares"3.8 Decreto Supremo N002-2001-ED, 'Modifican Articulo del Reglamento de Infracciones y Sanciones para

Instituciones Educativas Particulares".3.9 Decreto Supremo NO 0016- 2004 ED Aprueba el Texto LJnico de Procedimientos Administrativos del

Ministerio de Educaciôn.3.10 Decreto Supremo N°01 1-2012-ED Reglamento de la Ley General N° 280443.11 Resolución Ministerial N O 0516-2007-ED "Lineamientos para el proceso de matricula Escolar en las LE

pOblicas de Educaciôn Básica"\3.12 Resoluciôn Ministerial N 569-2004-ED, Modifican la Resoluciôn Ministerial NO 181-2004-ED.

.13 Resoluciôn Ministerial N° 0234-2005-ED, Aprueban la Directiva N O 004-VMGP-2005, sobre la Evaluaciônde los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educaciôn Básica Regular.

14 Resoluciôn Ministerial N" 0387 - 2005-ED, Modifica los numerales 6.3.3 de los resultados y 6.3.5 de los( requisitos de Promoción, Repitencia y RecuperaciOn en la Evaluaciôn de la Directiva N O 004-VMGP-2005.3.15 Resoluciôn Ministerial N" 181-2001-ED, "Establecen Procedimientos para la AplicaciOn del Reglamento de

Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Particulares"3.16 Resolucián Ministerial N°440-2008-ED, que aprueba el "Diseflo Curricular Nacional de Educaciôn Básica

Regular" como el resultado del proceso de revision, actualizaciOn y mejoramiento.3.17 ResoluciOn Ministerial NO 431-2012-ED, Aprueba Ia Directiva para el Inicio del Año Escolar 2013, en las

lnstituciones Educativas de Educaciôn y Técnico Productivo.3.18 Resoluciôn Ministerial NO 0588-2006-ED. Aprobar el Diseno Curricular Básico para la EducaciOn Técnico

Productiva Ciclo Básico.3.19 Resoluciôn Ministerial N° 0276-2009-ED.Aprueba el Diseño Curricular Básico Nacional y EvaluaciOn

Básica Alternativa.

DirecciOn: Av. PerO s/n - Caia de Agua - San Juan (IC Lurigancho Tell Fax. 459-8490Página Web: www.ugel 05cdti.pe 459-1135Correo electrOnico A.G.P.: agpsiluget05(il1otmail.con1 AdrninistraciOn: 459-0882

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3.20 Resoluciôn Ministerial N O 0070-2008-ED Dispone la publicaciôn de la relaciôn de procedimientosadministrativos a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instaricias de gestiOneducativa descentralizada.

3.21 Resoluciôn Vice Ministerial. N 0085-ED-Aprueba el Catálogo Nacional de Titulos y Certificados.3.22 ResoluciOn Directoral N°0562-2010-ED, que aprueba la Directiva N0044-2010-VMGP/DIGEBA/DPEBA

Evaluaciôn de los Aprendizajes en la Modalidad de EducaciOn Básica Altemativa'.3.23 Resoluciôn Directoral 0329-2007-ED Orientaciones para la culminaciôn de la Conversion de Centro de

Educaciôn Ocupacional (CEO) y Programa de Educaciôn Ocupacional (PEO) a Centro de EducaciônTécnico Productiva (CETPRO) Ciclo Básico 2007-2008.

3.24 Resoluciôn Directoral N° 445-2006-ED, aprueba la Directiva NO 92-2006-DINESUTP, y precisa que, parala oferta formativa del mOdulo y/o especialidad, debe tomarse como referencia, el CatalogO Nacional deTitulos y Certificaciones, aplicando el "Diseño Curricular bãsico para la EducaciOn técnico-Productiva:Ciclo Bâsico y para la experimentaciôn del Ciclo Medio los "Lineamientos PedagOgicos y de gestiOn de laEducaciOn Técnico-Productiva para los centros Experimentales: Ciclo Medio"

3.25 Resoluciôn Directoral N 0353-2006-ED. Aprueban formatos de los documentos Tecnico-PedagOgico deEducaciOn Técnico Productiva.

3.26 Resoluciôn Directoral N° 0047-2007-ED. Aprueba Certificado de MOdulos Ocupacionales de CicloBãsico-Ciclo Medio y autorizaciôn de CETPRO de ciclo Básico de gestion pOblica, privada o convenio.

3.27 ResoluciOn Directoral N O 0084-2012 - ED Orientaciones para el desarrollo de las actividades educativasen la Educaciôn Básica Alternativa 2012

3.28 Resolucion Directoral N° 378-2012-ED. Orientaciones Nacionales para el Desarrollo de las ActividadesDurante el año 2013 en los Centros de EducaciOn Técnico Productiva (CETPRO).

3.29 Directiva N O 083 -2012-DIR-AGI-AGP-AGA-IJGEL N O 05/SJL-EA sobre "Normas para el proceso definalizaciôn 2012 y presentaciOn de documentos del año escolar 2013 a nivel de los programas e ll.EE.PUblicas, privadas y por convenio de la UGEL N O 05-SJLJEA

3.30 Directiva NO 081 -2012-DIR-AGI-EP-UGEL NO 05/SJL-EA sobre "Normas para el proceso de planeamientointegral y formulacion - evaluación de los instrumentos de gestiOn 2013 a nivel de los programas e II. EE .püblicas, privadas y por convenio de la jurisdicciôn de la UGEL NO 05-SJLJEA e ll.EE. PUblicas, Privadasy por Convenlo de Ia UGEL 05-SJL/EA".

ALCANCE:DirecciOn de las lnstituciones y Programas Educativos Püblicos y Privados de EducaciOn Básica yEducaciOn Técnico- Prod uctiva.Area de Gestiôn Pedagogica.

•1,) Area de Gestiôn Institucional.4.4 Area de GestiOn Administrativa, lnfraestructura y Equipamiento.4.5 Coordinadores de ]as Redes Educativas4.6 Oficina de Trãmite Documentario-Actas y Certificados.4.7 Comision Especial de Supervision de ll.EE. Privadas.4.8 Comisiôn de Sanciones para ll.EE. Privadas.

V. DISPOSICIONES GENERALES:

5.1 Las Direcciones de [as Instituciones Educativas Püblicas y Privadas de todos los Niveles y ModalidadesEducativas, están obligadas a observar los lineamientos generales establecidos en la normatividad vigentey la presente Directiva.

5.2 Los Especialistas de los diferentes niveles y modalidades del Area de GestiOn PedagOgica, el Equipo deActas y Nôminas quedan encargados de orientar a los Directores de las Instituciones Educativas sobre losalcances de la presente Directiva.

Los coordinadores de las Redes, los Directores de las Instituciones Educativas PUblicas y Privadas sonresponsables de difundir, orientar y hacer cumplir, entre su personal, la presente Directiva.

El Aplicativo del SIAGIE es de uso obligatorio para todas las Instituciones Educativas PUblicas y Privadas aNivel Nacional.

Las nOminas de matricula y las actas de evaluaciôn se realizan en los formatos oficiales, disponibles en elSIAGIE los mismos que tienen valor oficial.

5.6 Las fechas de entrega virtual de Actas y nOminas a la UGEL NO 05 estará sujeto a las disposicionesemanadas por el Sistema de InformaciOn de Apoyo a la Gestion de la InstituciOn Educativa —SIAGIE.

5.7 Al elaborar oficios y Resoluciones Directorales deben hacer uso de los membretes de la InstituciOnEducativa, señalando direccián y teléfono actualizados.

DirecciOn: Av. Peri s/n - Caja de ,.\gua - San Juan de Lurigancho TelL Fax. 459-849CPágina Web: www.ugel 05.edu.pe 459-1135Correo electrOnico A.G.P.: agpsjl_ugeI05(Jhotmail.com Adrninistración: 459-0882

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5.8 Las lnstituciones PUblicas y Privadas que contemplen en primera instancia OmisiOn de Grado de Estudiosy/o Reconocimiento de Estudios en el presente año; deberãn solicitar previamente, OPINION TECNICA alEspecialista del Area de Gestión Pedagôgica segUn el Nivel que corresponda.

A. DISPOSICIONES ESPECIFICAS:

6.1 DE LA MATRICULALas Instituciones PUblicas, Privadas y Programas no Escolarizados deberán cumplir con los requisitosexigidos segün Jo establecido en la normatividad vigente.Las matriculas de los estudiantes se realizan con el DNI, Pasaporte, Partida de Nacimiento y Ficha dematricula emitida por el SIAGIE.

Las constancias de vacantes de los estudiantes deberán ser registradas mediante el SIAGIE por las ll.EEDESTINO y ser aprobadas por las ILEE ORIGEN (liberación de estudiantes) dentro de los 15 dias de suregistro bajo la responsabilidad del Director de la lnstituciOn Educativa.

a. En Educación InicialLa matricula para ninos y niñas de 0 a 5 años de edad se realiza de acuerdo a la edad cronolOgica al 31de marzo del 2013.

Los niños y niñas que excepcionalmente regularizaron sus matriculas amparados en cualquiera de lasexcepciones previstas en las Directivas para el Desarrollo del Año Escolar 2012, deben continuar susestudios de manera progresiva, 10 cual se evidenciará con la copia del acta final 2012 o certificados deestudios visados por la UGEL de procedencia.

b. En Educaciór, PrimariaPara matricularse en el ler. Grado de Primaria, se debe haber cumplido 6 años de edad al 31 de marzodel 2013.

Los niños y riiñas que excepcionalmente regularizaron sus matriculas amparados en cualquiera de lasexcepciones previstas en las Directivas para el Desarrollo del Año Escolar 2012, deben continuar sus

/ .\ estudios de manera progresiva, 10 cual se evidenciará con la copia del acta final 2012 0 certificados de(i' ' estudios visados par la UGEL de procedencia.—)

..,

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(11 6 DE LAS NÔMINAS DE MATRiCULA EDUCACION INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA EBR:a. Para el ingreso al SIAGIE de toda I.E. Püblica y Privada reclén creada se puede realizar desdecualquier ordenador conectado a Internet con Código de USUARIO y PASWORD proporcionado por la

1IOi señora Especialista Jenny Luz Rivera Pardo, responsable del SIAGIE — UGEL.05

c. En Educación SecundariaEn ]as Instituciones Püblicas de la EBR, Ia Matricula y el traslado son gratuitos y se efectCian deconformidad al con los Lineamientos para el Proceso Matricula Escolar en las ll.EE. de la EBR; aprobadopor la RM N00516-2007-ED

b. El llenado debe ser computarizado sin borrones ni enmendaduras. Los apellidos con mayüsculas y losnombres con letra inicial mayüscula y Ia demás con minUsculas.

c. Las Nôminas de Matricula 2013 se generan con el DNI de los estudiantes, en caso de no contar con elDNI el sistema asigna un côdigo al estudiante que termina en el digito 8, baja el compromiso deregularizar y validar dicho documento.

(

d. Al concluir el Ilenado de las Nôminas de Matricula correspondiente a un grado/secciOn debe sercuidadosamente revisada y aprobada mediante Resolución Directoral bajo responsabilidad delDirector(a), registrando el nUmero de Ia Resoluciôn Directoral y la fecha, en el casillero correspondiente

. parte posterior de la nômina. Se tendrá especial cuidado en lo relacionado at orden alfabético, sexo,resumen estadistico, la Firma y Post Firma del responsable de la matricula, la Firma y Post Firma delDirector(a) y el sello de la Direcciôn de la lnstituciôn. En el caso de los Programas No Escolarizados deEducaciOn lnicial (PRONOEI), las Nôminas de Matricula son aprobadas con ResoluciOn delCoordinador(a) del PRONOEI.

e. La Nómina de Matricula corresponde a un grado/seccion. Esto es de cumplimiento obligatorlo,inclusive para las IIEE. Unidocente, Multigrado y Poli Docentes. No pueden registrarse estudiantes dediferentes grados o secciones en una misma nómina.

f. En EducaciOn Inicial el llenado de las Nôminas de Matricula es por edades: de 01 año, 02 años, 03años. 04 años y 05 años.

Direccion: Av. Perñ s/n - Caja de Agua - San Juan de Lurigancho TeIf. Fax. 459-8490Página Web: www.u gel 05.edupe 459-1135Correo electrOnico A.G.P.: agpsjl ugeJO . hoimail.com Adrninistración: 459-0882

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g. Las Nôminas de Matricula 2013 generadas y enviadas serán aprobadas a través del SIAGIE, la I.E. nopodrá enmendar cualquier error, para hacerlo deberâ solicitar por escrito a la UGEL NO 05, Ia rectificaciOncon [as evidencias del caso.

h. La presentaciôn de las Nôminas de Matricula 2013 se realiza a través de Mesa de Partes de laUGEL.05.L Requisitos para Ia presentaciOn de las Nóminas de MatrIcula 2013 de Instituciones EducativasPüblicas y Privadas (EBR, CEBE, CETPRO).

V La ResoluciOn Direct oral de AprobaciOn de las Nóminas de Matricula y el Oficio de aprobaciOn delas nOminasv' NOminas originales de MatrIcula 2013 por duplicadov' Para Inicial de 1, 2, 3, 4, 5 años y 10 Grado de pnmaria se adjuntara la partida de nacimientooriginal de los ninos(as) y1d ONI autenticado; documento que será devuelto con el expediente a laaprobaciOn de las nOminas..( Reporte de S/A GIE.I Firma del Especialista en el Oficio de PresentaciOn (Solo pam CETPROs)

Además las lnstituciones Educativas Privadas deberán adjuntar:I Copia de la ResoluciOn Directoral de AutorizaciOn de Funcionamiento de la lnstituciOn.I Copia de la ResoluciOn Directoral de AutorizaciOn pat-a brindar los Servicios Educativos, segOn el

Nivel (Metas de AtenciOn).I ResoluciOn Directoral del Reconocimiento del Director(a) vigente.I Copia de Reso/uciOn de AprobaciOn de MOdulos. (SOlo para CETPROs

6.3. PRESENTACION DE LAS NOMINAS DE MATRICULA DE EDUCACION BASICA ALTERNATIVA

a. La matricula para el ciclo inicial e Intermedio del PEBAJA, en cualquiera de los grados, se iniciapat-hr de los 14 años de edad. La matricuta en el ciclo avanzado del PEBAJA es para personas con

\ extra edad escolar para EBR, teniendo en cuenta lo siguiente: ler grado 15 años a más, 2do grado 16

\\ años a más, 3er. grado 17 años a más y 4to grado 18 anos a más. En el programa de alfabetizaciOn lamatricula es a partir de los 15 años de edad. Por ningUn motivo, habrá matricula para personas que no

'- /J cuenten con las edades establecidas por los programas o que no se encuentren en extra edad.

b. Los CEBA privados solo podrán establecer dos periodos promocionates durante el año lectivoconsiderando tiempos de descanso entre periodos no menor de treinta dias ( Resoluciôn Ministerial0431-2012-ED)

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c. Los procesos de matricula, subsanaciôn y recuperaciôn de la modalidad EBA el presente añoescolar 2013, se procesarán manualmente en formato etectrônico Excel.

d. En el caso de los CEBAS de Gestiôn Privada se sujetarán a los mismos dispositivos que losPciblicos, asi como el Diseno Curricular Básico Nacional de EBA , aprobado por Ia ResoluciónMinisterial N00276-2009-ED.

e. En todos los demás aspectos generates la presentación de las NOminas de Matricuta ano 2013 enEBA se rigen por la presente Directiva.

f. El plazo para la presentaciôn de Nôminas para CEBAS privados será a partir del inicio de cadaperiodo promocional.

PRESENTAC ION DE LAS NOMINAS DE MATRICULA DE EDUCACION TECNICA PRODUCTIVALos Directores de los CETPROS presentarán sus nôminas de matricula teniendo en cuenta tosiguiente:

a. Resoluciôn Directoral N 0972-2009-ED, procedimientos en la implementaciôn del examen teôricopractico para la titulaciôn en los Centros de educaciôn técnica productiva (CETPRO).

b. Resoluciôn Directoral N 0520 -2011-ED, Procedimientos para el desarrollo de actividades decapacitaciôn, actualizaciôn 0 Reconversion Laboral en los Centros de Educaciôn Técnica Productiva.

c. Los CETPROS se organizan en Môdulos los cuales inician en funciOn de la demanda.

d. Las NOminas serán presentadas a los 45 dias de iniciado el môdulo.

e. Los CETPROS que cuenten con mOdulos experimentales presentarán sus NOminas una vez quecuenten con Resoluciôn de aprobaciOn de MOdulos experimentales.

Asla

Dirección: Av. PerU s/n -- Caja de Agua - San Juan de Lurigancho TeIf. Fax. 459-8490Página Web: www.ugel OSedupe 459-1135Correo eleclrónico A.G.P.: agI)sJl_ug005hotmaiI.com AdministraciOn: 459-0882

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6.5 DE LAS FECHAS DE PRESENTACION DE NOMINAS DE MATRICULA INSTITUCIONES EDUCATIVASPUBLICAS Y PRIVADAS (EBR, CEBE, CETPRO).

a. Las Nóminas de MatrIcula año 2013 de las IIEE. Püblicas y Privadas de EducaciOn Bãsica yProgramas no Escolarizados, deberán presentarse debidamente Ilenadas, haciendo uso del SIAGIEdentro de los 60 dias, posteriores al inicio del año escolar en mérito a la Resolución Ministerial N°431-2012-ED, conforme at siguiente cuadro:

FECHA DE RECEPCION EN MESA DE PARTES DEIIEE LA UGEL 05- 2013

No PUBLICAS Y PRIVADAS NOMINAS DE MATRICULA

1. La IE debe remitir las nôminas Impresasgeneradas por el SIAGIE a la UGEL 05 Hasta el 03 de mayo de 2013.

2. Extemporãrieo Del 06 al 17 de Mayo

3. Los Programas no escolarizados de EducaciOnInicial (PRONOEI) 60 dias posteriores al inicio Hasta el 01 de Jun10 de 2013del año escolar (01-04-2013)

b. Las Instituciones Educativas PUblicas y Privadas, presentarán a la UGEL 05 las NóminasComplementarias (Adicionales) de Matricula, cuando se realice traslados o ingresos durante el añoescolar hasta antes de iniciarse el ültimo periodo de evaluacián (Resolución Ministerial N O 431-2012-ED) conforme al siguiente cuadro:

'° GestO./

FECHA DE RECEPCION EN MESA DE PARTES DEIIEE LA UGEL 05- 2013

No PUBLICAS Y PRIVADASNÔMINAS_COMPLEMENTARIAS_DEMATRICULA

Nóminas Complementarias de Matricula, hasta antes de Hasta el 31 de Octubre de 2013iniciarse el Ultimo periodo de evaluaciOn

c. Los Directores de las Instituciones Educativas Püblicas que incumplieran lo establecido en elnumeral 6.5 literal a y b serán pasibles de sanciOn por incumplimiento de funciOn, segcin lasdisposiciones emanadas por la Ley de Reforma Magisterial N° 29944

d. Los Directores de las Instituciones Educativas Privadas que incumplieran lo establecido en elnumeral 6.5 literal a y b serán pasibles de sanciôn por incumplimiento de funciôn, de acuerdo al inc.a) Art. 280 del Decreto Supremo NO 009-2006-ED.

e. Las lnstituciones Educativas Privadas que incumplieran con lo establecido en el numeral 6.5literal a y b incurren en infracciOn leve, pasible de Amonestaciôn o Multa de 1 a 10 UnidadesImpositivas Tributarias UIT), de conformidad con el inc. C) - Art. 50 del Decreto Supremo N O 011-98-ED.

DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIONEn merito a Ia Resoluciôn Ministerial N O 0234-2005-ED que aprueba la Directiva N O 004-VMGP-2005"'Evaluaciôn de los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educaciôn Básica Regular'

6.6.1 Educación Inicial Todos los estudiantes son promovidos sin excepción. La escala decalificacion del nivel de Educaciôn Inicial de la EBR es literal y descriptiva; de acuerdo con losiguiente.

A Logro previstoB En procesoC En inicioNo hay repitencia en el nivel.

Las ILEE Püblicas y Privadas que presten servicios en el nivel Inicial de la Educaciôn Básica Regular,excepcionalmente y en una sola oportunidad, a solicitud expresa del padre, madre y/o apoderadosegUn sea el caso, o por sugerencia de la I.E con la debida autorizaciôn podrãn autorizar el ingresoy/o permanencia del niño o nina al inicio del año escolar, siempre que se cumpla y acredite con lascondiciones que menciona la Resoluciôn Ministerial NO 0028-2013 ED

6.6.2 Educaciôn Primaria La escala de calificaciôn del nivet de Educaciôn Primaria de la EBR esliteral y descriptiva, de acuerdo con 10 siguiente:

AD Logro destacado

Dirccción: Av. Peru s/n (.aja de Azua -- San Juan de Lurigancho

TeIf. Fax. 459-8490Pagina Web: wwwugel Ocdu.pe

459-1135Correo clectronico .\(H gpsIugclU:YIhotmailcoun Administración: 459-0882

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A Logro previstoB En procesoC En inicioLos estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma automática.

6.6.3 En Educación Secundaria la escala de calificaciOn es vigesimal considerándose a la nota 11como minima aprobatoria.

6.7 PRESENTACION DE LAS ACTAS DE EVALUACION:a. En el Ciclo I de Educación Inicial no corresponde el registro de actas de evaluaciOn que se utilizan

para los demâs ciclos o niveles (Resoluciôn Ministerial NO 431-2012-ED)

b. En las Actas de Evaluaciôn se consignarán los calificativos finales obtenidos por los estudiantes encada una de las Areas Curriculares y en el caso de los Talleres Curriculares deben estar consideradosen el Plan de estudios del Proyecto Curricular Institucional aprobado por la I.E. y Adjuntar laConstancia del PCI visado por la UGEL 05 en mérito a la Resolución Ministerial N O 0234-2005-ED.Que aprueba la Directiva NO 004-VMGP-2005.

c. En Educaciôn Básica Alternativa los estudiantes se rigen por [as Normas establecidas en laResolución Directoral N°0562-201 0.

d. Al concluir de Ilenar [as actas de evaluaciôn correspondiente a un grado/seccion debe serS cuidadosamente revisada y aprobada mediante ResoluciOn Directoral bajo responsabilidad del

, Director(a). Debe estar registrado la Firma y Post Firma del profesor o profesores responsables delArea Curricular, la Firma y Post Firma del Director(a) de Ia lnstituciôn Educativa y el sello de Direcciôn.

— En el caso de los Programas no escolarizados de educacián inicial (PRONOEI), las Actas deEvaluaciôn son aprobadas con Resolución del Coordinador(a)-PRONOEI.

e. Requisitos para la presentaciOn de las Actas de Evaluación Final 2013 de InstitucionesEducativas PUblicas y Privadas (EBR, CEBE, CETPRO).

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/La ResoluciOn Directoral do Aprobación de las Actas y el Oficio do aprobaciOn de las actas.Actas de EvaluaciOn final porduplicado

V Repoite de S/A GIE.v' Cons tancia de visación del PC/ con V.B de la Jefatura do AGP (para las LE que presenten talleres

curnculares y éstos hayan sido aprobados por la UGEL).

Además las Instituciones Educativas Pnvadas deberán adjuntar:/ Copia de NOminas de Matricula visadas por Ia UGEL 05./ Copia do la ResoluciOn Directoral de AuforizaciOn do FuncionarnientoV La Resolución Directoral do AutorizaciOn para brindar los Servicios Educativos en el Nivel (Metas

de atención)V ResoluciOn Dire dora! del Reconocimiento del Director(a) vigente.

6.8 DE LAS FECHAS DE PRESENTACION DE LAS ACTAS DE EVALUACIÔN FINAL 2013.

a. Las lnstituciones Educativas Püblicas y Privadas deberán presentar las Actas de EvaluaciOn Finaldentro de los treinta (30) dias del término del Aft Escolar 2013; conforme al siguiente cuadro:

FEC HA DE RECEPCION EN MESA DEllEE

PARTES DE LA UGEL 05 - 2012No PUBLICAS Y PRIVADAS

ACTAS FINALES DE EVALUACION

2012

n)

1. La IE debe remitir las actas doevaluaciOn final Impresas y generadaspor el SIAGIE a Ia UGEL 05

2. Externporãneo

Hasta el 27 de Enero 2014

Del 28 al 31 de enero 2014

b. Los Directores do las Instituciones Educativas Püblicas que incumplieran lo establecido en elnumeral 6.8 literal a serán pasibles de sanción por incumplimiento de funciôn, segin lasdisposiciones ernanadas por la Ley N° 29944, Ley do Reforma Magisterial.

c. Los Directores de las Instituciones Educativas Privadas que incumplieran lo establecido en elnumeral 6.8 literal a serán pasibles de sanciôn por incumplimiento de funciOn, de acuerdo at Inc. a)art. 280 del Decreto Supremo NO 009-2006-ED.

DirecciOn: Av. Peru s'n - (aja de .Aztia -Saji Juan de Lurigancho Tetti Fax. 459-8490Pagina Web: www.ugel 05edu.pc 459-1135Correo electrOnico A,(i.P..' agpsjueI05dIiotmaiI,eorn Adrninistración: 459-0882

Page 7: Actas y Nominas

d. Las lnstituciones Educativas Privadas que incumplieran con lo establecido en el numeral 6.8literal a incurren en infraccion leve, pasible de Amonestacion o Multa de 1 a 10 Unidadeslmpositivas Tributarias UIT), de conformidad con el inc. C) - art. 50 del Decreto Supremo NO 011-98-ED.

6.9 DE LAS ACTAS DE RECUPERACION

a. Son aquellas que se elaboran en los meses de Enero y Febrero (2014), luego de la EvaluaciOnde las Areas Desaprobadas en el año anterior (2013)

b. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden rendir la evaluaciOn derecuperación en su I.E. de origen, la rinden en otra I.E., siempre y cuando tengan obligatoriamente laautorizaciOn expedida par la Direccion de la lnstituciôn Educativa de procedencia u origen en ménto ala Directiva NO 004- VMGP-2005, aprobada par Resoluciôn Ministerial NO 0234-2005-ED.

c. Los estudiantes de 50 Año de EducaciOn Secundaria que tengan 03 Areas CurricularesDesaprobadas, incluyerido el Area pendiente del año anterior, podrán presentarse a la EvaluacjOn deRecuperacion hasta antes del lnicio del Año Lectivo siguiente. De persistir la Desaprobacion en mäsde un Area Curricular, en el mes de marzo, desaprobarân elAño Escolar 2013.

d. Requisitos para la presentaciOn de las Actas de Recuperacion:

• La ResoluciOn Directoral de AprobaciOn do las Actas y el Oficio de aprobaciOn de las actas.• Copia de Actas de finalizaciOn visadas par /a UGEL 05.• Constancia de v/sac/on del PC/ con V.8 de la Jefatura do AGP (para las I.E que presen ten talleres

curricula res y es/os hayan sido aprobados par la UGEL)• AutorizaciO,i oscrita de la I.E do procedencia si es eva/uado en otra lnstituciOn Educativa.• El Informe del docente responsable de la evaluaciOn, (Primaria y Secundatia).• Ac/as de recuporaciOn par duplicado.

e. De las fechas do presentación de las Actas de RecuperaciOn 2013: Las Actas deRecuperacion 2013 deben presentarse a La UGEL 05 hasta el 15 de Marzo del 2014, segün lapresente Directiva

TL

IIEEN o PUBLICAS Y PRIVADAS

La IE debe remitir las actas derecuperacion impresas y generadas por elSIAGIE UGEL 05

FECHA DE RECEPCION EN MESADE PARTES DE LA UGEL 05 - 2012ACTAS DE RECUPERACION 2013

Hasta el 15 de marzo de 2014

%Mt0.

0 DE LAS ACTAS DE SUBSANACION

a. Son aquellas que se elaboran luego de la evaluaciôn del area y/o asignatura a cargo a que losalumnos(as) de Secundaria tienen pendiente de grados y años anteriores conforme a laResolucibn Ministerial N O 234-2005- ED y Resoluciôn Ministerial N 0782-94 ED.

b. La Evaluacion de estudiantes quo tienen un área/ asignatura pendiente al 2012 deben serevaluados en el mes do Agosto 2013, debiendo presentarlo a la UGEL NO 05 en un plaza nomayor de 10 dias posteriores a su aplicacion. Se recomienda colocar de manera precisa la fechade aplicación do la evaluaciôn en los exámenes e informes.

c. Los ex-alumnos que han culminado 50 de Secundaria, rinden evaluaciôn de subsanaciôn cada30 dIas o cuando lo solicitan.

-FECHA DE RECEPCION EN MESAIIEEDE PARTES DE LA UGEL 05 - 2012N o PLJBLICAS Y PRIVADAS

ACTAS DE SUBSANACION

Actas de subsanaciôn 2012 (Secundaria) Hasta el 10 de Setiembre de 2013

d. SegOn Ia Directiva NO 004-VMGP-2005, aprobada por ResoluciOn Ministerial N O 0234-2005-ED enel nivel Prirnaria no se contemplan actas de subsanaciôn.

DirecciOn: Av. Peru s/ri -- (aIr de Aitia - San Juan de LuriganchoPágina Web: WWW.LI2CI (J'.CdI.peCorreo electrónico A.6.11.:

Tell. Fax. 459-349(459-1 135

AdrninistracjOn: 459-0882

Page 8: Actas y Nominas

e. La normatividad que debe tener en cuenta para la elaboraciôn de las Actas de Subsanaciôn sonlas siguientes:

Año 2011• Decreto Supremo N0009-2006-ED• Decreto Supremo N0013-2004-ED-EBR• Decreto Supremo N0015-2004-ED-EBA• Resoluciôn Ministerial NO 0341-2009-ED/ ResoluciOn Ministerial NO 0348-2010-ED/ Resolucion Directoral N 00562-201 0-ED-EBA

Año 2012/ Decreto Suprerno N°009-2006-ED/ Decrelo Suprerno N°013-2004-ED-EBR/ Decreto Supremo N0015-2004-ED-EBA/ Resolucion Ministerial NO 0341-2009-ED/ ResoluciOn Ministerial N° 0622-2011-ED/ Resolución Directoral N°0562-201 0-ED-EBA

Año 2013/ Resolucion Ministerial N O 431-2012-ED1' Decreto SLipremo N011-2012-ED

cFL

A. 6.11 .DE LA PRESENTACION DE ACTAS DE RECUPERACIÔN V ACTAS DE SUBSANACION.

a. De la misma lnstitución EducativaLas Actas de Recuperaciôn y Subsanaciôn deben ser elaboradas sin errores ni enmendaduras, enformatos originales y actualizados determinados por el SIAGIE (en blanco y negro), en dos (02)ejempla res.

b. De otra lnstituciOn Educativa de Ia misma UGELLas Actas de Recuperaciôn y SubsanaciOn deben ser elaboradas sin errores ni enmendaduras,computarizadas y en formatos originales y actualizados (en blanco y negro), un juego en ties (03)ejemplares.

c. De Institucion Educativa de otra UGEL y/o Provincia

)3/I Las Actas de RecuperaciOn y Subsanaciôn deben ser elaboradas sin errores ni enmendaduras, en-'/ formatos originales y actualizados del SIAGIE (en blanco y negro) y un juego en cuatro (04)

ejemplares.

d. En las Actas de Recuperaciôn, como las de Subsanaciôn, para los estudiantes procedentes de lamisma lnstituciôn Educativa asi como de otras Instituciones Educativas deberán consignarse las

, normas vigentes, lugar (Provincia, Departamento) y/o UGEL de la lnstituciôn Educativa de

-4I procedencia.

çt.2b e. Las Instituciones Educativas Püblicas y Privadas, para presentar las Actas de RecuperaciOn yb

subsanaciôn a la UGEL 05, para todos los casos deberàn adjuntar las respectivas pruebascalificadas del estudiante, con la fecha de su evaluaciôn, el Informe del docente responsable de laevaluaciôn, la ResoluciOn Directoral de Aprobaciôn de las Actas, el Oficio de Autorización expedidapor el Director de Ia lnstitución Educativa de procedencia u origen del estudiante.

,J) f. Los estudiantes que proceden de otras Instituciones Educativas, sean PUblicas o Privadas, para losefectos de evaluación de Recuperaciôn o Subsanaciôn, deberán contar obligatoriamente, con laautorización expedida por el Director de la Institución Educativa de procedencia u origen.

g. Las I.E DESTINO que asumen estudiantes externos para el desarrollo del Programa o Examen deRecuperacion, tienen Ia obligacion de:. Recuperar al estudiante externo, subir ]as notas del estudiante y procesar el Acta, pero no

presentarlo• La I.E. DESTINO enviará mediante un oficio las notas aprobadas de los estudiantes a las IE.

ORIGEN para que ésta Ultima remita las actas de recuperaciôn.

6.12 DE LA CONVALIDACION DE ESTUDIOS

Segun la Directiva NO 004-VMGP-2005, aprobada por Resolución Ministerial NO 0234-2005-ED

DirecciOn: Av. PerO s/u - ( le .\"uua San Juan de Lurivancho TeIf. Fax. 459-8490Pagina Web: www.ugel 05.eduipe 459-1135Correo electrOn ico A.G.P.: asp'uI uu:eIOciIuuiniaiI.conu AdministraciOn: 459-0882

Page 9: Actas y Nominas

/

PAk GostO

a. La convalidaciôn de estudios procede para los estudiantes que hubieran realizado estudios en elextranjero. La convalidaciôn la autoriza el Director de la lnstituciOn Educativa mediante unaResoluciôn Directoral.

b. El proceso de corivalidaciôn consiste en el reconocimiento automätico, por equivalencia, de losestudios aprobados que se acrediten mediante los correspondientes certificados. En los casos en losque el estudiante procede de un pais que pertenece al Convenio Andrés Bello o a algUn otro conveniobilateral, se aplicar-àn las tablas de equivalencias y condiciones vigentes.

c. La convalidaciôn en todos los casos se realiza en la lnstituciôn Educativa donde se solicita la matriculamediante solicitud del interesado al Director de la I.E. Deberá adjuntarse los certificadoscorrespond ientes debidamente legalizados por el Ministerio de EducaciOn y el de RelacionesExteriores del pais de origen. En caso de certificados en idioma distinto al castellano, se adjuntarâ alos mismos la traducciôn visada por el Consulado o Embajada del pals donde se expidieron.

d. La convalidacion se tramita, preferentemente, un mes antes de iniciar el año escolar.

6.13 RECTIFICACION DE APELLIDOS Y NOMBRES

a. Para rectificar una nömina de matricula y/o acta de evaluaciôn por error de nombres y/o apellidos, elDirector de Ia I.E presentará por mesa de partes con atenciôn a Trámite Documentarlo, Actas yCertificados, la Resoluciôn que autoriza la rectificaciôn, adjuntando los demás requisitos establecidosen el Decreto Supremo N° 0016-2004-ED y Resoluciôn Ministerial N° 0070-2008 ED; éstos trámitesdeben realizarse durante presente Año Escolar antes del cierre de SIAGIE, caso contrario una vezcerrado el Sisterna de la Informaciôn lo harán directamente en el MED-SIAGIE.

6.14 EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA:

a. Los CETPROs Publicos y Privados presentarán las Nôminas de Matricula y Actas de evaluaciôn en elFormato Oficial emitido por el Ministerio de Educaciôn, de acuerdo a la ResoluciOn Directoral N° 0353-2006- ED.

b. Los CETPROs Püblicos y Privados para la elaboraciôn de las Nôminas de Matricula y las Actas deEvaluaciôn, deben solicitar a la UGEL la autorizaciOn del formato oficial emitido por el Ministerio deEducaciôn.

c. Los CETPROs pUblicos presentan las Nôminas Oficiales de Matricula y Actas de EvaluaciOnacompañado de Ia Resoluciôn de aprobacion de las Nóminas, la Resoluciôn de apertura y

7$ '-" funcionamiento. Resoluciôn de autorizaciôn de los Môdulos ocupacionales. En lo referente a los

f ' • • Certificados Oficiales de Capacitaciôn, presentar un ejemplar en copia simple de las nôminas de,' k matricula y Acta de Evaluaciôn.

/

d. Los CETPROs privados para la elaboraciôn de las Nôminas de Matricula, deben solicitar laautorizaciOn del formato oficial, antes de presentar las nôminas de matricula. En la presentaciôndeben adjuntar la Resoluciôn de aprobaciôn de estas, la Resoluciôn de Creaciôn de la lnstituciônEducativa, Ia Resolución del reconocimiento del Director de la lnstituciôn, la Resoluciôn de

J 1, autorización de los Môdulos ocupacionales.

6.15 DE LA CERTIFICACION EN EDUCACIÔN TECNICO PRODUCTIVA:

a. La certificaciOn que otorga ]as lEE. PUblicas y Privadas deberán ser APROBADOS mediante

-.\ Resoluciôn Directoral de la lnstituciôn Educativa, documento que debe adjuntar en su presentaciôn

.)) ante la UGEL 05.

b. Los certificados de capacitaciôn Ilenados en los formatos oficiales del Ministerio de Educaciôn(especie valorada) deberán ser remitidos dentro de un plazo no mayor a treinta dIas hábiles (30) apartir de Ia clausura del curso.

c. Los Certificados oficiales de capacitaciôn se expide por ünica vez al participante; la direcciôn de loscentros de Gestión Estatal y no Estatal, tienen la obligaciôn de expedir y entregar a los participantesque han cumplido satisfactoriamente con los requisitos de evaluaciOn.

d. Los certificados de capacitaciôn llenados en los formatos oficiales del Ministerio de EducaciOn(especie valorada) deberãn ser remitidos dentro de un plazo no mayor a treinta dIas calendario apartir de la clausura del curso.

DirecciOn: Av. PerO s/u C,ij de A.ui SilI .Iuauu ik Lurusancho Tell Fax. 459-8490

Pâgina Web: www.ugcl O.cdtu.pc 459-1135Correo electrOnico Au. I'.: :u g psil w-,c[05 ahoLniail.com

AdministraciOn: 459-0882

Page 10: Actas y Nominas

e. La Unidad de Gestiôn Educativa Local (UGEL05) visarâ los Certificados de los MOdulos expedidos porlos CETPROS, previa presentaciOn de las Actas de EvaluaciOn visadas por la UGEL 05, laconstancia de prácticas pre-profesionales y la Resoluciôn Directoral de la Aprobación de losCertificados.

6.16 EDUCACION BASICA ESPECIAL

a. Los procesos de matricula, subsanaciôn y recuperaciôn de la modalidad EBE por el presente añoescolar 2013, se procesarãn manualmente en formato electrônico Excel.

b. Los Directores de la Modalidad de Educaciôn Básica Especial, presentaran sus Nominas de Matriculaen los Niveles de Inicial y Primaria rigiéndose al formato de la EBR.

c. Los estudiantes con discapacidad leve y multidiscapacidad atendidos en los CEBE que hayanculminado el nivel Primaria, serãn registrados en el programa de la primaria posterior, hasta los 20años de edad. Su estructura se organiza en tres niveles:

• Nivel liSa 16a6os• Nivel2:l7al8anos• Nivel 3: 19 a 20 años

d. Los Talleres Ocupacionales ya no son consideradas en EBE, porque la atenciôn estâ dirigida aestudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad.

e. En todo los demãs aspectos generales la presentaciôn de las Nôminas de Matricula del Ano 2013 enEBE se rigen por la presente directiva.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA:

7.1 La Resolución Directoral Institucional de Aprobaciôn de las Nôminas de Matricula, Actas Consolidadasde Evaluaciôn Final, ]as Actas Adicionales de Evaluaciôn y Certificados Oficiales de CapacitaciOn,deberán elaborarse considerando la normatividad vigente.

VIII. DISPOSICIONES FINALES:

PRIMERA.- La presentación y tramitación de las NOminas de Matricula, Actas de EvaluaciOn Final yCertificaciones ante la UGEL NO 05-San Juan de Lurigancho y El Agustino, es de responsabilidad

- exciusiva de los Directores de las Instituciones Educativas PUblicas y/o Privadas. Su incumplimiento einobservancia puede devenir en la configuracion de alguna forma de infracción Ieve, grave y muygrave y las correspondientes sanciones establecidas en el DS NO 004-98 —ED, su modificatoria

f' .. Decreto Supremo NO 011-98 —ED y las acciones administrativas a que hubieran lugar deconformidad a lo ostablecido en La normativa educativa privada y estatal.

\, 4T SEGUNDA.-Oueda terminantemente prohibida la Presentaciôn, Recepciôn y VisaciOn de NOminas de

Ases Matricula, Actas de Eva Iuaciôn Final y Certificaciones que se emitan en via de regularizaciOn.

Sj jTERCERA.- 1 :asc d':videncause docurnentos dolosos, rnodificados y/o adulterados por ]as

' Instituciones Hhlic:as yb P;vadas serán remitidas al Ministerio PUblico para las Investigaciones de Ley(Delito Contra a Fe Pübica en la Modalidad de Falsificaciôn de Documentos): continuando Iainvestigación e;; UGEL por la Cornisión de Amonestaciones y sanciones de las Instituciones

\ PUblicas y Priv:iaa

UARTA.- Las Actas de EvaluaciOn y/o Nôminas de Matricula que sean observadas solo podrán ingresar,ebidamente subsanadas las observaciones una sola vez dentro de las 48 horas posteriores a su

\ 4T."J'1 devoluciôn. En merito a la Ley N O 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General - art. 125 -uiour" Numeral 125.1, que establece 'un plazo mäximo de dos dias".

QUINTO.- Las Instituciones PUblicas y Privadas con obligatoriedad harán la presentaciOn de lasNOminas y Actas a haves de SIAGIE.

SEXTO.- Los casos especificos de carãcter Académico y Técnico PedagOgico no contemplados en la/ presente Directiva deberãn ser resueltos por ]as respectivas Direcciones de las Instituciones Educativas,

de acuerdo a las Normas vigentes y con opinion del Consejo Educativo lnstitucional (CONE[) para suaprobaciôn en caso de ser necesario.

Dirección: Av. Pert s/n (i.i k .\ia u .Iuan Je Luriaricho TeIf. Fax. 459-8490Pagina Web; www.ugel ()5.elti pe 459-1135Correo electrónico A.G.l'. ip.;I :'IaS lioirnail.crm AdrninislraciOn: 459-0882

1.

J

Page 11: Actas y Nominas

SEPTIMO- Los aspectos no contemplados y/o previstos en la presente Directiva, serán resueltos por IaDirecciOn de la UGEL NO 05 a través del equipo de Gestiôn Pedagogica y Actas y Nóminas de acuerdo alas Normas Vigentes.

San Juan de Lurigancho, 26 de abril de 2013

S.

EAMJ AGPSSEPM

Dirección: Av. PerU s/n - Caja dc Agua -- San Juan de Lurigancho Tell. Fax. 459-8490PAgina Web: www.ugel 05.edu.pe 459-1135Correo electrónico A.G.P.: agpsilugelo5a)hotmail.com AdministraciOn: 459-0882