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2019-10-07 SGC ACTA 1 ACTA DE SESIÓN Nº 15/2019 DE LA COMISIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO En Burgos, a siete de octubre de dos mil diecinueve. Siendo las diez horas y treinta minutos, se constituye la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Comisión, previa convocatoria al efecto, con la asistencia de sus miembros: PRESIDENTE: Excmo. Sr. D. José Luís Concepción Rodríguez MIEMBROS: Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez Ilmo. Sr. D. José Ramón González Clavijo Ilmo. Sr. D. Ignacio Pando Echevarría Ilmo. Sr. D. Jesús Carlos Galán Parada Ilmo. Sr. D. José Ignacio Fontán Silva SECRETARIO: Sra. Dª María Teresa de Benito Martínez, Secretaria Coordinadora Provincial de Burgos que sustituye a la Ilma. Sra. Dª. María del Pilar Rodríguez Vázquez por ausencia justificada. No asiste la Ilma. Sra. Dª Patricia Fresco Simón quien ha justificado debidamente su ausencia. Constatada la presencia de la mayoría de sus miembros, se considera válidamente constituida la Sala de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 153.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. A continuación, se inicia el estudio de los asuntos, siguiendo el orden del día expresado en la convocatoria, previa dación de cuenta y discusión de los mismos, adoptándose los siguientes acuerdos:

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ACTA DE SESIÓN Nº 15/2019

DE LA COMISIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO

En Burgos, a siete de octubre de dos mil diecinueve.

Siendo las diez horas y treinta minutos, se constituye la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Comisión, previa convocatoria al

efecto, con la asistencia de sus miembros:

PRESIDENTE: Excmo. Sr. D. José Luís Concepción Rodríguez

MIEMBROS:

Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Ilmo. Sr. D. José Ramón González Clavijo

Ilmo. Sr. D. Ignacio Pando Echevarría

Ilmo. Sr. D. Jesús Carlos Galán Parada

Ilmo. Sr. D. José Ignacio Fontán Silva

SECRETARIO: Sra. Dª María Teresa de Benito Martínez, Secretaria Coordinadora

Provincial de Burgos que sustituye a la Ilma. Sra. Dª. María del Pilar Rodríguez

Vázquez por ausencia justificada.

No asiste la Ilma. Sra. Dª Patricia Fresco Simón quien ha justificado

debidamente su ausencia.

Constatada la presencia de la mayoría de sus miembros, se considera

válidamente constituida la Sala de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 153.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

A continuación, se inicia el estudio de los asuntos, siguiendo el orden del día

expresado en la convocatoria, previa dación de cuenta y discusión de los mismos,

adoptándose los siguientes acuerdos:

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1º.- Aprobar provisionalmente el acta de la sesión del Pleno de la Sala de

Gobierno de este Tribunal Superior, celebrada el día 23 de septiembre de 2019, sin

perjuicio de su posterior aprobación definitiva, en su caso, por el Pleno en su

próxima reunión.

2º.- Ratificar los acuerdos adoptados por el Sr. Presidente desde la Sala de

Gobierno, celebrada el día 23 de septiembre de 2019, en virtud de la facultad que

le confiere el artículo 160.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

3º.- [Expediente Alarde N.º 15/2019].

Ponente: D. Jesús Carlos Galán Parada.

Tomar conocimiento del alarde elaborado por D. Julio Severino Barrio de la

Mota, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Social N.º 1 de Ávila, con motivo de

su cese por jubilación.

INFORME

El alarde revisado ha sido elaborado por el Sr. D. Julio Severino Barrio de la

Mota, Magistrado-Juez titular en el Juzgado de lo Social Nº 1 de Ávila, que ha

servido dicho órgano desde el 5 de abril de 1994 hasta el 7 de agosto de 2019, en

que ha cesado por jubilación.

En cuanto al contenido del alarde, cumple, básicamente y en lo fundamental,

con lo dispuesto por los artículos 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 124 a

132 del Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial, aprobado por Acuerdo del Pleno

del Consejo General del Poder Judicial de 28 de abril de 2011, así como por la Guía

de Criterios para la Confección de Alardes aprobada por el Pleno del CONSEJO

GENERAL DEL PODER JUDICIAL y las instrucciones de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Se desconoce cuándo se elaboró el alarde anterior y si hubo o no

conformidad con él, ya que el Juzgado cambió de sede y no se encuentra

documentación alguna al respecto. La fecha de la última Inspección del órgano

judicial es de 2 de diciembre de 2014.

En atención a los datos del alarde presentado, se obtienen las conclusiones

siguientes:

DATOS DE REGISTRO DE ASUNTOS

Año 2015 Año 2016 Año 2017 Año 2018

Año 2019 (7.8.2019)

Procedimientos 626 577 644 651 399

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Ejecuciones

175 155 185 183 113

Asuntos totales registrados

801 732 829 834 512

NÚMERO DE SENTENCIAS Y RESOLUCIONES FINALES DICTADAS

Año 2015 Año 2016 Año 2017 Año 2018 Año 2019 (7.8.2019)

SENTENCIAS 342 266 287 344 150

AUTOS 35 36 35 33 30

VALORACION SOBRE LOS DATOS DE REGISTRO

El Juzgado, atendiendo al módulo de entrada de 800 asuntos, presenta un

nivel de entrada inferior a dicha cifra en proyección anual al tiempo de realización del

alarde, manteniendo la línea de años anteriores. Igual ocurre con las ejecuciones.

El Magistrado ha compatibilizado su condición de titular del Juzgado con la de

Juez Decano durante 24 de los 25 años en que ha permanecido en su destino.

Tanto en medios personales como materiales se destaca su óptimo estado,

manteniéndose buena parte de la plantilla existente cuando el Sr. Barrio de la Mota

tomó posesión.

VALORACION SOBRE LOS ASUNTOS PENDIENTES

No existen asuntos pendientes de sentencia o de resolución que ponga fin al

procedimiento, según consta en el alarde.

12 escritos pendientes de proveer, todos ellos presentados entre el 30 de

julio y el 6 de agosto de 2019 (2 sobre conformidad con acumulación, 8 demandas

pendientes de incoación, 1 recurso de reposición y un escrito de subsanación).

4 escritos de ejecución pendientes de proveer, todos ellos presentados

entre el 31 de julio y el 2 de agosto de 2019.

2 despachos de auxilio judicial pendientes, uno recibido el 24 de abril de

2019 para la celebración de videoconferencia, fijada para el 21 de octubre de 2019,

y otro de 2 de agosto de 2019 para hacer citación.

112 PROCEDIMIENTOS PENDIENTES ANTES DE SENTENCIA, todos

incoados en 2019, siendo el más antiguo de 14 de marzo de 2019. En su gran

mayoría están pendientes de juicio (solo se exceptúa uno pendiente de subsanar

defectos y otro pendiente de acumulación), siendo la fecha última de señalamiento el

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14 de noviembre de 2019. En todos ellos el último proveído oscila entre junio y

agosto de 2019, siendo la mayoría de julio.

NO HAY PROCEDIMIENTOS PENDIENTES DESPUES DE SENTENCIA O

RESOLUCION FINAL PENDIENTE DE NOTIFICACION U OTRA ACTUACION

POSTERIOR.

3 RECURSOS PENDIENTES DE ELEVAR O EN TRÁMITE DE

FORMALIZACIÓN O IMPUGNACIÓN: todos ellos corresponden a procedimientos

de 2019, siendo el ultimo proveído de julio.

42 EJECUCIONES PENDIENTES: 1 de 2012 (pago a plazos), 3 de 2015, 2

de 2017, 5 de 2018 y 31 de 2019 con fechas recientes en los últimos proveídos

salvo una de 2018 (pago a plazos), que es de 19 de diciembre de 2018.

VALORACION FINAL

El alarde presentado revela un remarcable nivel de respuesta pues, salvo dos,

todos los procedimientos en fase declarativa corresponden a este año y se

encuentran pendientes de juicio, mediando entre la incoación y el señalamiento un

intervalo inferior a cuatro meses. A este respecto el Magistrado destaca en su alarde

que las vistas se han venido señalando y celebrando habitualmente dentro de los 21

días siguientes a su entrada, si bien no ha sido posible mantener tan perentorio y

meritorio plazo en las fechas inmediatamente previas al cese al haber tenido lugar

sin solución de continuidad el disfrute de las vacaciones y la jubilación y no haberse

accedido al nombramiento de sustituto para el periodo vacacional ni para el mes de

septiembre, por lo que se procedió a realizar los señalamientos en octubre.

El número de escritos pendientes de proveer es muy reducido y todos ellos de

fecha muy reciente. Igual ocurre con las ejecuciones.

PARTE DISPOSITIVA

Informar favorablemente el alarde presentado por D. Julio Severino Barrio de

la Mota, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Ávila, desde el 5 de abril

de 1994 hasta el 7 de agosto de 2019, fecha en que cesó, felicitando la Sala al

mismo por su labor.

Comuníquese este Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial y al

Juzgado de lo Social Nº 1 de Ávila a los efectos oportunos.

4º.- [Expediente Alarde Nº 17/2019].

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Ponente: Dª Patricia Fresco Simón, asume la ponencia Dª María José

Renedo Juárez por ausencia justificada de la anterior.

Tomar conocimiento del alarde elaborado por Dª Rosa María Fernández

Pérez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de

León, con motivo de su cese en el mismo al haber obtenido plaza en otro órgano

judicial.

INFORME

ALARDE presentado por la arriba referenciada con motivo de su cese del

período comprendido entre el 20 de septiembre de 2012 al 4 de septiembre de 2019.

I.- VALORACIÓN FORMAL DEL ALARDE

Cumple básicamente y en lo fundamental con lo dispuesto por los artículos

317.3 de la LOPJ y 124 a 132 del Reglamento 02/2011 de 28 de abril de la Carrera

Judicial, así como por la Guía de Criterios para la Confección de Alardes aprobada

por el Pleno del CGPJ el día 21/07/11 y las instrucciones de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma.

La Firmante del Alarde tomó posesión en el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo Nº 2 de León en fecha 20 de septiembre de 2012 y ha servido en él

hasta el pasado 4 de septiembre de 2019, algo menos de 7 años, habiendo tenido

última inspección el 19 de septiembre de 2018 sin que consten datos acerca de ella.

Acompaña informe escrito del que la principal conclusión que se extrae es

que es un Juzgado que en todos sus aspectos funciona con normalidad, como así

manifiesta la Titular; a modo de resumen refiere, en primer lugar, a la EVOLUCIÓN

DE DATOS DE REGISTRO e indica que a fecha de tomar posesión arrastraba cierta

pendencia provocada por el hecho de haber contado esa provincia con dos juzgados

de este orden jurisdiccional hasta el año 2010 que se creó el tercero y una vez

superado ese período atendidos los datos que aporta desde el año 2014 no se

aprecian cambios significativos -salvo una leve tendencia a la baja- a salvo del año

2017 que registró un total de 563 asuntos (entre recursos, cautelares, incidentes en

pieza separada y ejecuciones) mientras que anualidades anteriores y posteriores la

cifra siempre ha sido más baja, destacando que el año 2018 lo cerró con un total de

484 asuntos registrados y el presente año 2019 a fecha de cierre del alarde (4

septiembre) el registro es de 309.

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En cuanto a Sentencias se dictaron en este período a que refiere el alarde

una media de 250 por año, si bien, en el año 2018 se pusieron 308 y en 2019 a

fecha de cierre de alarde 226 y en cuanto a Autos una media de 140, si bien, en el

año 2015 constan 174 y en este año 2019 a fecha de cierre de alarde 98.

En cuanto a MEDIOS PERSONALES, resalta que León cuenta con Oficina

Judicial desde junio del año 2011 y que la UPAD y el SCOP que sirven al Juzgado

trabajan de forma coordinada y correcta en la llevanza de asuntos y que así como al

tiempo de tomar posesión la plantilla de la UPAD compuesta por un gestor y un

tramitador -ambos titulares- pudo ser insuficiente por el volumen de asuntos que

afrontaba no lo es a fecha actual en el que apenas presenta pendencia gracias a ese

trabajo y esfuerzo coordinado que pone de manifiesto. También refiere al SCEJ

como servicio de ejecuciones e indica que un funcionario lleva el trabajo de los tres

juzgados de lo contencioso. Cada uno de los tres servicios citados cuenta con

Letrado/a de la Administración de Justicia titular.

En cuanto a MEDIOS MATERIALES no hay mención especial a problema

alguna o disfunción determinada sólo indica que su despacho es correcto y

adecuado y en óptimas condiciones para el desempeño del trabajo y refiere al

expediente digital evidenciando problemas que inciden directamente en la buena

marcha y funcionamiento del Juzgado -como por ejemplo el examen del expedientes

judiciales y acceso a documentación de las partes que ralentiza el trabajo del Juez-

si bien lo califica de deficiencias típicas del inicio de implantación del nuevo sistema

de trabajo y que, entiende, se irán depurando con el paso del tiempo.

A modo de conclusión indica que todos los asuntos que se registran

cualquiera que sea naturaleza se tramitan y resuelven dentro del plazo previsto para

cada uno, los abreviados en una media de 6 meses y los ordinarios en más tiempo

propio de su específica naturaleza. En esta escasa pendencia que refiere explica

que tiene incidencia la existencia de una sola Sala de vistas para los 3 juzgados, así

como la necesidad de compaginar la sala con la obligación de resolver autos,

providencias y resto de incidencias de la oficina.

II.- TOTAL ASUNTOS REGISTRADOS

En atención a los datos del Alarde presentado, se obtienen las

siguientes cifras:

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AÑO REGISTRO GENERAL

SENTENCIAS

2015 527 270

(R.CONT:336 CAUT:47 INCID:92 EJ: 52)

*ABREVIADOS PENDIENTES:3

EJECUCIONES: 1

RESTO: 0

AÑO REGISTRO GENERAL

SENTENCIAS

2016 426 227

(R.CONT:328 CAUT:40 INCID:9 EJ:49)

*ORDINARIOS PENDIENTES: 1

EJECUCIONES: 5

RESTO: 0

AÑO REGISTRO GENERAL

SENTENCIAS

2017 563 270

(R.CONT:469 CAUT:38 INCID:11 EJ:46)

*ABREVIADOS PENDIENTES: 4

ORDINARIOS PENDIENTES: 3

EJECUCIONES PENDIENTES: 6

RESTO: 0

AÑO REGISTRO GENERAL

SENTENCIAS

2018 484 308

(R.CONT:368 CAUT:32 INCID:12 EJ:72)

* ABREVIADOS PENDIENTES: 10

ORDINARIOS PENDIENTES: 11

EJECUCIONES PENDIENTES: 9

RESTO: 0

AÑO REGISTRO GENERAL

SENTENCIAS

2019(HASTA 04/09) 309 226

R.CONT:244 CAUT:23 INCID:5 EJ:37)

* ABREVIADOS PENDIENTES: 78

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8

ORDINARIOS PENDIENTES: 29

DERECHOS FUNDAMENTALES: 2

EJECUCIONES PENDIENTES: 22

RESTO: 0

III.- VALORACIÓN SOBRE DATOS DEL REGISTRO

El Juzgado en la actualidad registra un volumen de asuntos por debajo del

módulo que fija el CGPJ con arreglo a la última Instrucción que entró en vigor en

enero de este año (que cifra en un total de 570 asuntos por órgano y año), si bien,

hay que decir que la carga de trabajo que arrastraba cuando la Titular tomó posesión

se ha visto notablemente reducida y ello exclusivamente atribuible a su esfuerzo así

como al de la Oficina Judicial en los términos que se han indicado de forma que en

la actualidad apenas presenta pendencia, resultando que las vistas señaladas más

alejadas en el tiempo son las de 14 de noviembre de 2019 y los asuntos más

antiguos que se hallan pendientes son en fase declarativa: 3 procedimientos

abreviados del año 2015 y 1 del año 2016 todos ellos suspendidos por

prejudicialidad o recientemente proveídos al cierre del alarde y en fase de ejecución:

la más antigua pendiente de incidente en pieza separada es del año 2013 e

igualmente figura proveída con motivo del cierre del alarde y en trámite una del año

2005 (pendiente de apelación), otra del año 2010 (pendiente de requerimiento al

ejecutante), dos del año 2012, tres del año 2013, cinco del año 2014 y 1 del año

2015 todas ellas recientemente proveídas, debiendo reseñar que ninguno de ellos

pende de la actuación de la Magistrada/Titular.

IV.- VALORACIÓN DE ASUNTOS PENDIENTES

*NO EXISTEN SENTENCIAS PENDIENTES DE DICTADO POR LA

MAGISTRADA FIRMANTE DEL ALARDE SEGÚN CONSTA EN LA

DOCUMENTACIÓN REMITIDA.

*ESCRITOS DE TRÁMITE PENDIENTES DE PROVEER: 5, todos ellos del

año 2019, siendo el más antiguo del mes de julio correspondiente a un PO y resto

pendientes de unir trámites procesales como contestación a demanda; ninguno

sobre recurso o actuación análoga.

*ESCRITOS DE EJECUCIÓN PENDIENTES DE PROVEER: 0

*DESPACHOS DE AUXILIO JUDICIAL: 0

V.- PROCEDIMIENTOS PENDIENTES

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1.- DILIGENCIAS PREVIAS, PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS Y JUICIOS

POR DELITO LEVE en la instancia hay que distinguir:

a) En fase previa a sentencia o resolución que ponga fin constan: 95 PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS: siendo el más

antiguo de fecha 2015 que se han justificado más arriba (suspensión por

prejudicialidad) resto de los años 2017 a 2019 proveídos a fecha de cierre del alarde

o próxima;

44 PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS: siendo el más

antiguo del año 2016 (pendiente de conclusiones del demandante) resto de

los años 2017 en adelante y proveídos recientemente.

2 PROC. ESPECIAL DE PROTECCIÓN

D.FUNDAMENTALES: el primero incoado el 25/07/019 proveído el

03/09/2019 y el segundo incoado el 04/09/2019 proveído el 04/09/2019.

b) De los pendientes de notificación de sentencia u otra actuación

posterior:

NO EXISTEN.

c) Los pendientes de elevar recurso y cautelares: NO EXISTEN

2.- EJECUTORIAS en trámite constan:

2 EN PIEZA SEPARADA PENDIENTES: una del año 2013 y otra del año

2017 proveídas el 06/02/2019 y el 26/07/2019 respectivamente.

60 EN TRÁMITE DE EJECUCIÓN: una del año 2005, otra del año 2010, dos

del año 2012, tres del año 2013, cinco del año 2014 y 1 del año 2015 todas ellas

recientemente proveídas

NO HAY DESPACHOS DE AUXILIO JUDICIAL PENDIENTES

VI.- VALORACIÓN FINAL SIN PROPUESTA DE MEDIDAS

A la vista de todo lo expuesto el alarde presentado revela un más que

adecuado nivel de resolución por parte de la Magistrada-Juez que lo suscribe que

ha dado respuesta a más del 90% de asuntos registrados anualmente alcanzando

una media considerable de sentencias y autos anual -260/130- que se incrementó

cuando en el año 2017 el registro sufrió un repunte, generalizado, en cuanto a

recursos contencioso administrativos; es de destacar el esfuerzo personal de la

Magistrada al constatar la fecha de vista más alejada en el tiempo a un plazo no

superior a 6 meses desde la incoación del respectivo procedimiento abreviado -

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siendo en su mayoría menor- lo que también se refleja en la ejecución dado que en

este tipo de Juzgados suele ser cuantitativamente inferior respecto a otros órdenes

judiciales, pero, especialmente prolongada en el tiempo y en el caso (sin obviar que

se trata del tercer Juzgado, de nueva creación en la última década y precisamente

ante la pendencia excesiva de los otros dos) consta que en el período que más

asuntos registra se cuantifican 22, y son precisamente del año en curso, 2019, sin

que existan escritos pendientes de resolver en esta fase del proceso, lo que no

puede por menos que ser mencionado.

En el aspecto de medios personales no hay más reseña que hacer que la

que ella misma indica, la coordinación y trabajo conjunto de UPAD y SCOP que

dada la composición de la Oficina Judicial en ocasiones no resulta sencilla y en el de

medios materiales ninguna objeción especial que hacer constar sin perjuicio de las

disfunciones propias del expediente digital -que una vez más- reflejan que gracias al

esfuerzo personal de quienes integran el Juzgado no ha impedido el correcto

desempeño del trabajo, aparte de la existencia de una sola sala de vistas para los 3

juzgados sin más trascendencia para el funcionamiento del Juzgado.

Sin que haya más añadir al respecto, en consecuencia,

En atención a todo lo expuesto, la Comisión Permanente de esta Sala de

Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Acuerda,

VII.- PARTE DISPOSITIVA

INFORMAR FAVORABLEMENTE el alarde elaborado por la Magistrada

Titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de León Dª Rosa María

Fernández Pérez por su labor en el mismo felicitándola por el trabajo realizado.

No se precisa proposición de medida alguna.

Comuníquese este Acuerdo a la Interesada, al Secretario Coordinador de

León y al Consejo General del Poder Judicial a los efectos oportunos.

5º.- [Expediente Alarde Nº 14/2019].

Ponente: D. José Ignacio Fontán Silva.

Tomar conocimiento y trasladar el alarde elaborado por Dª MARÍA JOSÉ

JUANES GARCÍA, Juez sustituta en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

de Sanabria (Zamora), con motivo de su cese, en el mismo, al haberse

reincorporado su Titular, Dª Elena Rubio González, del Servicio de Inspección del

Consejo General del Poder Judicial, junto con el siguiente:

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INFORME

ALARDE presentado por Dª MARÍA JOSÉ JUANES GARCÍA, Juez sustituta

que sirvió el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla de Sanabria

(Zamora), desde el día de su toma de posesión, el 24 de octubre de 2018, hasta el

día 31 de julio de 2019, en que cesó, en dicho Juzgado.

VALORACIÓN FORMAL DEL ALARDE

Cumple, básicamente y en lo fundamental, con lo dispuesto por los artículos

317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 124 a 132 del Reglamento 2/2011, de

28 de abril, de la Carrera Judicial, así como por la Guía de Criterios para la

Confección de Alardes aprobada por el Pleno del CGPJ el día 21 de julio de 2011 y

las instrucciones de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la

Comunidad Autónoma de Castilla y León.

El alarde anterior fue elaborado con fecha 8 de noviembre de 2018, no

habiéndose prestado conformidad, ni disconformidad, al mismo.

La última inspección fue girada el día 20 de marzo de 2012.

Se acompaña informe sobre la evolución del Juzgado desde la fecha de toma

de posesión de la firmante del Alarde hasta su cese, datos de registro, y, en general,

volumen de entrada de asuntos y carga de trabajo, medios personales y materiales y

pendencia del órgano.

En relación a la evolución del órgano jurisdiccional, se expone, en el informe

del Alarde, que, se ha reducido la carga de trabajo en la sección penal, y, si bien, ha

aumentado la pendencia en la sección civil, se justifica, tal incremento, en la

celebración de Elecciones Generales, y, también, Elecciones Autonómicas, Locales

y Europeas, que generaron, sobre todo en el caso de las Elecciones Locales, mucho

trabajo para la firmante del Alarde, pero, también, para el Letrado de la

Administración de Justicia y para las dos funcionarias que colaboraron con la Junta

Electoral de Zona. Se pone, igualmente, de manifiesto, por la firmante del Alarde,

que una funcionaria del Juzgado, en concreto, Dª María José Revoredo Rodríguez,

ha estado, durante un periodo muy largo de tiempo, de unos nueve meses,

aproximadamente, en situación de baja laboral, permiso o vacaciones, habiéndose

cubierto su plaza por una funcionaria sustituta, únicamente, dos meses, lo que ha

repercutido, gravemente, en la tramitación de procedimientos civiles, si bien, se

señala, que, la pendencia, finalmente, se ha incrementado, sólo ligeramente, al

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haberse ocupado de la tramitación de los asuntos otra funcionaria, el Letrado de la

Administración de Justicia, e incluso la propia Juez sustituta.

TOTAL DE ASUNTOS REGISTRADOS

En atención a los datos del alarde presentado, se obtienen las cifras

siguientes:

SECCIÓN CIVIL

Registro general

Año 2015: 300

Año 2016: 238

Año 2017: 231

Año 2018: 206

Año 2019: 175 (hasta el 31 de julio de 2019)

Jurisdicción contenciosa (incluidos asuntos de Derecho de Familia)

Año 2015: 192

Año 2016: 183

Año 2017: 175

Año 2018: 139

Año 2019: 136 (hasta el 31 de julio de 2019)

Jurisdicción voluntaria

Año 2015: 53

Año 2016: 16

Año 2017: 17

Año 2018: 12

Año 2019: 17 (hasta el 31 de julio de 2019)

Ejecuciones (sin incluir las de familia)

Año 2015: 50

Año 2016: 32

Año 2017: 33

Año 2018: 51

Año 2019: 19 (hasta el 31 de julio de 2019)

Ejecuciones de familia

Año 2015: 5

Año 2016: 7

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13

Año 2017: 6

Año 2018: 4

Año 2019: 3 (hasta el 31 de julio de 2019)

SECCIÓN PENAL

Registro general

Año 2015: 979

Año 2016: 532

Año 2017: 495

Año 2018: 457

Año 2019: 309 (hasta el 31 de julio de 2019)

Sumarios

Año 2015: 0

Año 2016: 0

Año 2017: 1

Año 2018: 0

Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)

Diligencias Previas

Año 2015: 823

Año 2016: 430

Año 2017: 413

Año 2018: 382

Año 2019: 241 (hasta el 31 de julio de 2019)

Procedimientos Abreviados:

Año 2015: 25

Año 2016: 24

Año 2017: 28

Año 2018: 29

Año 2019: 14 (hasta el 31 de julio de 2019)

Juicio de Faltas/Delitos Leves:

Año 2015: 52 JF. 22 LEV.

Año 2016: 7 JF. 42 LEV.

Año 2017: 27

Año 2018: 41

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14

Año 2019: 41 (hasta el 31 de julio de 2019)

Habeas Corpus

Año 2015: 0

Año 2016: 0

Año 2017: 0

Año 2018: 0

Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)

Diligencias indeterminadas:

Año 2015: 9

Año 2016: 8

Año 2017: 2

Año 2018: 0

Año 2019: 1 (hasta el 31 de julio de 2019)

Procedimiento de Tribunal de Jurado:

Año 2015: 0

Año 2016: 0

Año 2017: 0

Año 2018: 0

Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)

Ejecutorias de juicios de faltas/Delito Leve:

Año 2015: 23

Año 2016: 13

Año 2017: 12

Año 2018: 5

Año 2019: 12 (hasta el 31 de julio de 2019)

Apelaciones de juicios de faltas:

Año 2015: 2

Año 2016: 0

Año 2017: 0

Año 2018: 0

Año 2019: 0 (hasta el 31 de julio de 2019)

VALORACIÓN SOBRE LOS DATOS DE REGISTRO

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15

Se trata de un Juzgado que soporta una carga de trabajo muy moderada,

pues, el volumen de entrada de asuntos no supera, ni en el ámbito civil, ni en el

ámbito penal, el módulo de registro establecido por el CGPJ para Órganos mixtos,

fijado en 680 asuntos civiles, incluyendo jurisdicción voluntaria y ejecuciones y 1.000

asuntos penales, observándose después de unos años de disminución progresiva

de la entrada de asuntos, un sensible incremento, de dicha entrada, tanto en el

ámbito de lo civil, como en el penal, de manera, que, de mantenerse la tendencia,

hasta fin de año, el ejercicio 2019, se cerrará con una entrada, superior, a la de

los últimos cuatro años.

NIVEL DE RESOLUCIÓN

SENTENCIAS CIVILES:

Año 2015: 122

Año 2016: 60

Año 2017: 86

Año 2018: 57

Año 2019: 29 (hasta el 31 de julio de 2019)

AUTOS CIVILES:

Año 2015: 101

Año 2016: 65

Año 2017: 70

Año 2018: 61

Año 2019: 35 (hasta el 31 de julio de 2019)

SENTENCIAS PENALES:

Año 2015: 66

Año 2016: 58

Año 2017: 35

Año 2018: 47

Año 2019: 45 (hasta el 31 de julio de 2019)

De lo anterior se desprende un nivel de resolución muy justo para la carga de

trabajo, en tendencia ascendente, que soporta el órgano, debiéndose señalar, que,

de mantenerse la tendencia al alza del registro de entrada, habrá de producirse un

incremento en el número de resoluciones, o, de no ser así, aumentará la pendencia,

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16

hasta niveles, que, no se corresponderán con una carga de entrada de asuntos del

órgano, que, sigue sin ser excesiva para un Juzgado mixto.

VALORACIÓN DE LOS ASUNTOS PENDIENTES

A.- CIVIL:

No existen Sentencias, ni Autos definitivos, pendientes de dictado, a la

presente fecha, atendida la certificación remitida, en el día de hoy, por el Letrado de

la Administración de Justicia, a la Secretaría de este Tribunal Superior de Justicia. El

número global de asuntos pendientes en procedimientos civiles contenciosos en

fase declarativa, sin incluir los referidos a Derecho de Familia, es de 134, de los

cuales, 32 asuntos se encuentran en trámite de notificación de Sentencia, lo cual,

implica, un incremento, ciertamente, notable, de la pendencia, en relación con el

anterior Alarde emitido en fecha 8 de noviembre de 2018. Por lo que se refiere a los

más antiguos, de este tipo de procedimientos, existe 1 asunto del año 2011, en

concreto, los autos de división de herencia número 201/2011, en el que, por medio

de Providencia, de fecha 31 de julio de 2019, se requirió, a las partes, para que

ingresaran provisión de fondos para que el contador partidor pudiera llevar a cabo su

cometido. Asimismo, pende 1 asunto del año 2012, los autos de división de herencia

número 306/2012, en los que, la fecha del último de sus proveídos, es de 14 de junio

de 2019, estando pendientes las actuaciones de cumplimentar un requerimiento y de

presentar las operaciones particionales, Pende, igualmente, 1 asunto del año 2013,

los autos de división de herencia número 1/2013, siendo el último de sus proveídos

de fecha 31 de julio de 2019, encontrándose pendientes de la presentación de las

operaciones particionales. Del año 2014, penden los autos de liquidación de

sociedad de gananciales 259/2014, cuyo último de sus proveídos es de fecha 31 de

julio de 2019, encontrándose pendientes de nombramiento de Perito para la

valoración de los bienes. Del año 2015, penden los autos de división de herencia

número 47/2015, siendo el último de sus proveídos de fecha 7 de junio de 2019,

encontrándose pendientes del traslado del cuaderno particional a parte no

personada. Del año 2016, penden los autos de juicio ordinario 76/2016, cuyo último

de sus proveídos es de fecha 31 de julio de 2019, y se encuentran pendientes de

dictamen pericial y los autos de división de herencia número 84/2016, que se

encuentran pendientes de la presentación del cuaderno particional, siendo el último

de sus proveídos de fecha 18 de febrero de 2019. Del año 2017, penden 8 asuntos,

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17

del año 2018, 21 asuntos y del año 2019, 66 asuntos, siendo recientes la fechas del

último de sus proveídos.

En derecho de familia penden en trámite, previo a sentencia, 7 asuntos, de

los cuales, 1 es del año 2018, con vista ya señalada y el resto, esto es, 6

asuntos, del año 2019. En trámite de notificación de sentencia se encuentran 3

asuntos.

Y por lo que se refiere a la jurisdicción voluntaria la pendencia se sitúa en 28

asuntos, todos ellos, proveídos, en fechas próximas al cese y relativos, en su

práctica totalidad, al trámite de rendición de cuentas del Tutor.

Existen 158 asuntos en ejecución, y otros 8 de derecho de familia. Todas

las que penden de actuaciones judiciales están proveídas de forma reciente y las

más antiguas, penden, en su mayoría, de pagos periódicos y embargos.

Existen 2 despachos de auxilio judicial pendientes de cumplimentar, de fecha

reciente (30 de julio de 2019).

Por último, cabe reseñar, que, a la fecha del Alarde, se consignaron, la

existencia, de 6 escritos civiles de ejecución pendientes de proveer.

B.- PENAL:

El Juzgado no tiene sumarios en trámite, ni procesos de ley de jurado.

Tiene en trámite 99 diligencias previas, de ellas, 58 del año 2019, 30 del

año 2018 y 11 del año 2017. Con alguna excepción, las fechas del último

proveído, en los procedimientos, es reciente.

Asimismo, tramita 42 procedimientos abreviados (aunque, por un error

material, se hacen, solo, constar, 39), 2, de ellos, del año 2013, uno pendiente de

notificar el Auto de apertura de juicio oral al acusado, y, en otro, se remitió, una

comisión rogatoria, 1 del año 2015, en el que se acordó el traslado para la

presentación del escrito de defensa, 3 del año 2016, 8 del año 2017, 15 del año

2018 y 13 del año 2019. Todos ellos están proveídos en fecha reciente.

Existen, a la fecha del Alarde, 21 juicios por delitos leves pendientes, todos

ellos, del año 2019, siendo reciente la fecha del último de sus proveídos y tiene 10

juicios por delitos leves con sentencia dictada en fase de notificación y 2 asuntos

terminados en la instancia en trámite de recurso pendiente de elevar; así como 29

ejecutorias de delitos leves y faltas.

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18

Existen 3 despachos de auxilio judicial pendientes de cumplimentar, de fecha

reciente.

Por último, cabe reseñar, que, a la fecha del Alarde, se consignaron la

existencia de 5 escritos penales de trámite pendientes de proveer.

En el ámbito penal, el Juzgado presenta un nivel de pendencia aceptable, en

términos generales, si bien, debe destacarse, un incremento importante, en la

pendencia de delitos leves.

SITUACIÓN DEL ÓRGANO JUDICIAL

I.- MEDIOS PERSONALES.

La plantilla del Juzgado se compone de un puesto de LAJ, uno de gestor,

dos de tramitación y un auxilio, estando, todas las plazas, cubiertas, por

funcionarios titulares, si bien, se advierte, que, una de las tramitadoras, ha estado

en situación de baja laboral, permiso o vacaciones, durante una parte, muy

importante, del periodo, al que, se refiere, el Alarde, sin que, su ausencia, se

haya cubierto por funcionaria interina, más que, durante un plazo breve del total

de la ausencia.

II.- MEDIOS MATERIALES.

En el Alarde, no se hace mención a ninguna necesidad o deficiencia que se

considere destacable por parte de la firmante del Alarde.

VALORACIÓN FINAL

A la vista de todo lo expuesto, el Alarde presentado por la Juez sustituta DÑA.

MARÍA JOSÉ JUANES GARCÍA, revela un nivel de resolución, que, aunque, no es,

significativamente, inferior, al del periodo, inmediatamente, anterior, al periodo al que

se refiere el Alarde, resulta excesivamente ajustado, teniendo, en cuenta, la

tendencia al alza de la entrada de asuntos, lo que se traduce en un aumento de la

pendencia, que, es, especialmente, apreciable, en la jurisdicción contenciosa, sin

incluir familia, en el ámbito civil y en los delitos leves, en el ámbito penal.

En atención a todo lo expuesto, la Comisión Permanente de esta Sala de

Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA

PARTE DISPOSITIVA

Informar favorablemente el Alarde elaborado por DÑA. MARÍA JOSÉ JUANES

GARCÍA, Juez sustituta en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla

de Sanabria (Zamora), con motivo de su cese en el mismo.

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19

Comuníquese este Acuerdo a la interesada y al Consejo General del Poder Judicial

a los efectos oportunos.

6º.- ………

7º.- [Expediente General Nº 25/2016].

Ponente: D. José Ramón González Clavijo.

Tomar conocimiento del escrito del Presidente de la Audiencia Provincial de

Salamanca de 19 de septiembre de 2019, en el que se remite una modificación

transitoria de las normas de reparto de esa Audiencia Provincial y composición de

salas a fin de evitar coincidencia de dos Magistrados suplentes en la misma sala.

Antecedentes

Primero.

Por acuerdo de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del TSJ de

Castilla y León de 23 de noviembre de 2016 se aprobaron las normas de reparto de

la Audiencia Provincial de Salamanca, según escrito remitido por su Presidente el 11

de noviembre de 2016.

Segundo.

El 19 de septiembre de 2019 el Presidente de dicho tribunal remite al

Excelentísimo Sr. Presidente del TSJ de Castilla y León oficio dando traslado de la

modificación transitoria de las normas de reparto y composición de las salas de la

Audiencia Provincial de Salamanca como consecuencia de la baja por enfermedad,

previsiblemente de cierta duración, de la Magistrada Doña Carmen Borjabad García,

con el fin de evitar la coincidencia de dos Magistrados suplentes en la misma sala.

Tercero.

Por acuerdo del Excmo. Sr. Presidente del TSJ de Castilla y León de 25 de

septiembre de 2019 se acuerda unir el oficio y la modificación de las normas de

reparto y composición de salas al Expediente General número 25/2016, anexo IV y

dar cuenta a la Sala de Gobierno, incluyéndose dicha dación de cuenta en el orden

del día de la Comisión Permanente de 7 de octubre de 2019.

Fundamentación jurídica

Primero.

Según las normas de reparto de la Audiencia Provincial de Salamanca de 11

de noviembre de 2016, contando en ese momento el tribunal con cinco Magistrados

titulares más un Magistrado de refuerzo al que se repartirán 75% de las ponencias

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20

repartidas a los titulares, la asignación de ponencias se realizaría por riguroso orden

de antigüedad en el órgano entre los Magistrados, conformándose las salas civiles y

penales encargadas de conocer de todo tipo de recursos por el Magistrado ponente

y los dos Magistrados que le siguen en orden de antigüedad y las salas de

enjuiciamiento de procedimientos penales en primera instancia por el Magistrado

ponente y el que le precede y le sigue en el orden de antigüedad.

Segundo.

La baja de larga duración de la Magistrada Doña María Luisa Marro

Rodríguez, así como la reciente baja de la también Magistrada Doña Carmen

Borjabad García, con el consiguiente llamamiento de los dos Magistrados suplentes,

Don José Antonio Martín Pérez y Don Fernando Carbajo Cascón, obliga a modificar la

norma de composición de salas así como la redistribución de los asuntos pendientes

en su día asignados a ambas Magistrados titulares, evitando, la medida de lo posible,

la demora en el tiempo de respuesta en la resolución de recursos y enjuiciamiento de

causas penales en primera instancia y que, como consecuencia de las anteriores

normas de reparto y composición de salas, formasen parte a la vez de las mismas

dos Magistrados suplentes.

Tercero.

En la modificación remitida se procede a la redistribución de los asuntos

pendientes, en su día repartidos a Doña María Luisa Marro Rodríguez, entre todos

los Magistrados de la Audiencia, incluido el Magistrado de refuerzo y los Magistrados

suplentes (a estos tan sólo de asuntos civiles), por riguroso orden de antigüedad, sin

perjuicio de dar preferencia a los procedimientos urgentes.

Del mismo modo, se acuerda el reparto de los asuntos asignados a Doña

María del Carmen Borjabad García.

Cuarto.

La composición de salas, según el escrito remitido, prevé que los Magistrados

suplentes, que entraban a formar sala por turnos semanales alternos en sustitución

de Doña María Luisa Marro Rodríguez, según su especialización, sean llamados

todas las semanas, uno en sustitución de Doña María Luisa Marro y otro en

sustitución de Doña Carmen Borjabad, y, para evitar su coincidencia en la misma

sala competente para conocer de los recursos, éstas quedan conformadas de la

siguiente forma:

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21

Sala 1ª: José Ramón González Clavijo, Juan Jacinto Martín Pérez y Fernando

Carbajo Cascón.

Sala 2ª: José Antonio Vega Bravo, Eugenio Rubio García, José Antonio

Martín Pérez.

Quinto.

Para la celebración de los juicios penales de primera instancia, además de

reasignar las ponencias en la misma forma anteriormente expuesta, las salas

quedarán constituidas por el Magistrado ponente y aquel que le precede y el que le

sigue por antigüedad, en la siguiente forma:

1. González Clavijo (ponente), Vega Bravo, Rubio García.

2. Vega Bravo (ponente), González Clavijo, García Pérez.

3. García Pérez (ponente), Vega Bravo, Martín Pérez (suplente).

4. Rubio García (ponente), González Clavijo, Carbajo Cascón (suplente).

Sexto.

La modificación transitoria de las normas de reparto y composición de salas

se ajusta a lo previsto en los artículos 160.9, 196 y siguientes y 203 y siguientes de

la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como a los Reglamentos del CGPJ 2/2011,

de la Carrera Judicial y 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, y las

Leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal.

Parte dispositiva

Por todo lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA:

Aprobar la modificación transitoria de las normas de reparto y composición de

salas de la Audiencia Provincial de Salamanca según escrito remitido por su

Presidente el 19 de septiembre de 2019.

Comuníquese este acuerdo al Presidente de la Audiencia Provincial de

Salamanca para su traslado los Magistrados de esa audiencia y se dé publicidad a

las mismas según lo previsto en el apartado 6 del artículo 12 del Reglamento

1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.

Comuníquese, asimismo, este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial,

junto con copia de la mencionada propuesta.

8º.- [Expediente General Nº 109/2015].

Ponente: Dª María José Renedo Juárez.

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22

Por la SALA DE GOBIERNO se toma conocimiento del escrito conjunto de 10

de septiembre de 2019, de la Sra. Juez y la Sra. Letrada de la Administración de

Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Briviesca (Burgos)

en el que informan sobre la inexistencia de medidas de seguridad en el edificio

donde tiene su sede el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de

Briviesca (Burgos).

ANTECEDENTES

Primero. -Que en el Expediente 109/2015 se han dictado los siguientes

acuerdos:

Acuerdo Nº 7 de 23 de noviembre de 2015, acuerdo Nº 10 de 15 de enero de

2016 y acuerdo Nº 8 de 15 de noviembre de 2017, todos ellos de la Comisión

Permanente de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia.

Segundo. - En el Acuerdo 8 de la CP de 15 de noviembre 2017 consta:

“La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Único de Briviesca (Burgos) presenta escrito de fecha 11 de octubre de

2017, suscrito por la Juez titular de dicho órgano judicial, en el que se manifiesta que

en el mencionado Juzgado, no se dispone de medidas de seguridad adecuadas para

garantizar la integridad de los Funcionarios, Juez y Letrado de la Administración de

Justicia, en el desarrollo de las tareas y funciones propias de su puesto de trabajo, y

ello, por cuanto no cuentan con ningún tipo de control de acceso al mismo (no hay

arco de detección de metales, ni vigilancia de seguridad), el acceso es

completamente libre desde la planta baja a todas las dependencias del juzgado.

De otro lado se relatan acontecimientos ocurridos recientemente que

produjeron situaciones de tensión, dada la ausencia de control de acceso al juzgado

y de medidas de seguridad. Siendo necesaria la intervención de la policía local.

Por la Gerencia Territorial de Justicia de Castilla y León en Burgos, se

manifiesta por el Gerente Territorial que, con fecha 15 de marzo de 2016 se instaló

en el edificio un sistema de CCTV (circuito cerrado de televisión) con 1

videograbador, 1 monitor y 8 cámaras.

Esta Sala de Gobierno toma conocimiento del escrito presentado por la

Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Único de Briviesca (Burgos)

suscrito por la Juez titular del órgano, viniendo a valorar y considerar insuficiente el

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23

sistema instalado de circuito cerrado de televisión, al objeto de prevenir y controlar el

acceso de personas y objetos a las dependencias judiciales.

Considerando necesario que se proceda a implementar dicha medida con el

fin de garantizar la seguridad de las personas que prestan su trabajo en dicho

órgano judicial.”

Tercero.- La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción Único de Briviesca (Burgos) presenta escrito de fecha 10 de

Septiembre de 2019, suscrito por la Juez titular de dicho órgano judicial, en el que se

reitera que en el mencionado Juzgado no existen medidas de seguridad , reiterado

en Marzo 2019 con motivo de la implantación de Oficina Judicial y relata un

incidente ocurrido el 3 y 6 de septiembre de amenazas mortales, insultos e

intento de agresión.

FUNDAMENTOS JURIDICOS:

ÚNICO. -Observado de todo lo que antecede respecto de la implementación

de las medidas de seguridad necesarias para garantizar el normal desarrollo del

trabajo del órgano judicial.

1º la ausencia de medidas de seguridad en la sede de los Juzgados de

Briviesca, por cuanto no existe ni medios materiales de arcos de seguridad, control

de acceso, Vigilancia ni de empresas privadas, ni de Fuerzas de Seguridad del

Estado.

2º los múltiples requerimientos de esta Sala en los reiterados Acuerdos

adoptados por la misma, DESDE EL AÑO 2015

3º No solventados de ninguna forma por la instalación de cámaras de

seguimiento de Vigilancia sin personal destinado, cualificado ni habilitado a tal

efecto, por cuanto la atribución- al colocarlas en su despacho- a la Sra. Letrada de la

Administración de Justicia excede de sus competencias

4º Reiterados incidentes denunciados por la Juez y Letrado/a de la

Administración de Justicia destinados a lo largo de estos años en dicho órgano

jurisdiccional, de extrema gravedad con amenazas, insultos e intento de agresión

y total alteración de la función jurisdiccional.

5º Estas situaciones se reproducen en casi todos los órganos únicos en un

partido judicial de esta comunidad.

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24

Determinan a esta SALA DE GOBIERNO ante la realidad permanente de los

hechos denunciados de ausencia integral de seguridad, la vulnerabilidad

manifiesta de las personas que integran la plantilla del citado órgano judicial, de los

propios ciudadanos que acuden a la citada sede y de la imperiosa necesidad de

que se adopten medidas efectivas y ejecutivas inmediatas para garantizar el

normal desarrollo del trabajo del órgano judicial, a adoptar el siguiente

ACUERDO de conformidad con los Art 152.10 LOPJ que dice: Proponer al Consejo

General del Poder Judicial la adopción de las medidas que juzgue pertinentes para

mejorar la Administración de Justicia en cuanto a los respectivos órganos

jurisdiccionales; y artículo 4. j) del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno,

que señala: j) Proponer al Consejo General del Poder Judicial la adopción de las

medidas que juzgue pertinentes para mejorar la Administración de Justicia en cuanto

a los respectivos órganos jurisdiccionales (artículo 152.1. 10.º de la Ley Orgánica del

Poder Judicial), con especificación razonada de las necesidades de medios

personales y materiales, o de su mejor organización o distribución.

ACUERDO:

• Interesar por escrito al Gerente Territorial del Ministerio de Justicia con

sede en Burgos para que realice las actuaciones pertinentes para la contratación de

personal de Vigilancia de seguridad, instalación de arco de seguridad, control de

acceso y vigilancia y orden, para la sede de Briviesca en las horas de apertura.

• Traslado a la Dirección General de Relaciones con la Administración de

Justicia del Ministerio de Justicia, a través de la Subdirección General de Recursos

Económicos

• Traslado al Subdelegado del Gobierno en Burgos para su

conocimiento.

Comuníquese este acuerdo junto con copia de la documentación recibida, al

Gerente Territorial del Ministerio de Justicia con sede en Burgos a los efectos

establecidos en el mismo.

Comuníquese igualmente, junto con la documentación recibida, a la Dirección

General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia, a

través de la Subdirección General de Recursos Económicos, a los efectos

contenidos en el mismo.

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Comuníquese este acuerdo, junto con copia del escrito presentado, al

Subdelegado del Gobierno en Burgos para su conocimiento

Y, por último, comuníquese igualmente a la Juez y a la Letrada de la

Administración de Justicia del Juzgado Único de Briviesca (Burgos), así como al

Presidente de la Audiencia Provincial de Burgos, para su conocimiento.

9º.- [Expediente General Nº 78/2012].

Ponente: D. José Ignacio Fontán Silva.

Tomar conocimiento del escrito del Juez Decano de León de fecha 11 de

septiembre de 2019, solicitando la prórroga de la comisión de servicio sin relevación

de funciones del Magistrado D. Alfonso Pérez Conesa, Magistrado Titular del

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de León, en el Juzgado de lo

Contencioso Nº 1 de la misma localidad, en virtud de lo dispuesto en el acuerdo Nº

37-Anexo 2 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de

fecha 20 de junio de 2019, a fin de hacerse cargo del 20% de la carga del Juzgado

de lo Contencioso Nº 1 de esa ciudad para cubrir la liberación del 20% de la carga

de trabajo de su Titular, D. Luis Alberto Gómez García, habida cuenta, que, éste,

desempeña las funciones de Juez Decano del partido judicial de León.

A la vista de lo solicitado y del Acuerdo de la Comisión Permanente del

Consejo General del Poder Judicial, en el que, se libera parcialmente al solicitante

del 20% de su carga de trabajo por su dedicación a las funciones derivadas de su

condición de Decano, dado que las circunstancias que motivaron dicha liberación y

el nombramiento de Magistrado en comisión de servicio sin relevación de funciones

para hacerse cargo de esos asuntos no se han modificado, habiendo manifestado el

comisionado su conformidad para continuar desempeñando la comisión de servicios

sin relevación de funciones, procede proponer la renovación de la comisión de

servicio concedida por otros seis meses, a partir del día 1 de NOVIEMBRE de 2019.

Comuníquese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial a través del

Servicio de Personal Judicial y Oficina Judicial -Sección Oficina Judicial-, a los

efectos contenidos en el mismo.

Comuníquese, asimismo, este acuerdo al Magistrado-Juez Decano de León,

para su conocimiento y traslado al Magistrado-Juez D. Alfonso Pérez Conesa.

10º.- [Expediente General Nº 66/2016].

Ponente: D Ignacio Pando Echevarría.

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Tomar conocimiento del escrito del Sr. Presidente de la Audiencia Provincial

de Salamanca de 18 de septiembre de 2019, solicitando la renovación de la

comisión de servicio sin relevación de funciones del Magistrado D. Eugenio Rubio

García, Titular del Juzgado de Menores de Salamanca para reforzar la Audiencia

Provincial de Salamanca, dispuesta por acuerdo Nº 12-Anexo 2 de la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 16 de junio de 2016, y

renovada por distintos acuerdos siendo el último el acuerdo Nº 10-Anexo 2 de la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 20 de junio de

2019, y que termina el 31 de octubre de 2019, adoptando el siguiente acuerdo:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Por acuerdo Nº 12 Anexo 2 de la Comisión Permanente del

Consejo General del Poder Judicial de 16 de junio de 2016, se concedió la comisión

de servicio sin relevación de funciones a favor de D. Eugenio Rubio García,

Magistrado titular del Juzgado de Menores de Salamanca a fin de reforzar la

Audiencia Provincial de Salamanca por un período de seis meses. Dicha medida se

ha venido renovando por la Comisión Permanente del Consejo, encontrándose

vigente la última renovación aprobada por acuerdo Nº 10-Anexo 2 de la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 20 de junio de 2019, y que

termina el 31 de octubre de 2019, fundamentando la decisión en la carga de trabajo

que soporta la Audiencia Provincial de Salamanca.

SEGUNDO. El Sr. Presidente de la Audiencia Provincial ha solicitado la

prórroga de la comisión de servicio sin relevación de funciones relativas al

Magistrado del Juzgado de Menores de Salamanca, D. Eugenio Rubio García, quien

en la actualidad se encuentra prestando servicios, como Magistrado de refuerzo en

el citado órgano. De igual modo, el propio Magistrado ha mostrado su conformidad

con la solicitud de dicha prórroga, expresando su disposición a continuar en el

desempeño de la función hasta ahora realizada, si así lo autorizara la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

FUNDAMENTACIÓN

PRIMERO. Subsistiendo los motivos que justificaron la adopción de la medida

de que se trata, pues, como se refleja en el escrito remitido por el Presidente de la

Audiencia Provincial de Salamanca, es patente el resultado beneficioso que la

medida está teniendo desde su implantación en tanto que ha contribuido a aliviar el

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reparto entre el resto de Magistrados e igualmente contribuye satisfactoriamente en

el dictado de resoluciones finales, reduciendo la pendencia del órgano.

SEGUNDO. El incremento en el número de asuntos registrados, conforme

consta en anteriores solicitudes de prórroga, es evidente, a lo que se une el hecho

de que, a fecha 18 de septiembre de 2019, se han registrado en el orden civil 661

recursos de apelación, con una previsión de alcanzar los 900 asuntos,

incrementando la carga de años anteriores (849 en 2018, 875 en 2017, 749 en

2016). A su vez si bien la carga de entrada se ha mantenido en el orden penal, se

destaca por el Sr. Presidente el incremento de recursos contra autos penales (326

frente a 282 en 2018), así como el incremento de los juicios penales en primera

instancia, con las consecuencias de presencia de tres Magistrados en la Sala

durante las sesiones de los juicios.

Igualmente se destaca en el informe la positiva adaptación del Magistrado

comisionado al órgano judicial, habiendo dictado hasta la fecha indicada del informe

un total de 60 asuntos penales y 87 asuntos civiles.

TERCERO. Respecto del plan de actuación, se propone que el comisionado

asuma el 75% del reparto de los titulares, esto es tres procedimientos civiles por

cada cuatro que se repartan a los titulares, e idéntico régimen en materia penal,

excepto en apelaciones de menores, en los que no formará Sala dado su destino en

dicho órgano judicial.

En virtud de lo expuesto ACUERDA:

Proponer al Consejo General del Poder Judicial la prórroga de la medida

acordada consistente en la adscripción obligatoria de D. Eugenio Rubio García, ya

nombrado por acuerdo Nº 10-Anexo 2 de 20 de junio de 2019 de la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en comisión de servicio sin

relevación conforme a lo dispuesto en el artículo 216 BIS 1.2 de la LOPJ, para

reforzar la Audiencia Provincial de Salamanca, por un período de seis meses más,

desde el 1 de noviembre de 2019 y manteniendo el mismo plan de actuación que se

sigue en la actualidad, descrito en el fundamento tercero.

Comuníquese este acuerdo, junto con copia de la documentación recibida a la

Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, a través del Servicio

de Personal y Oficina Judicial, Sección Planta y Oficina Judicial, a los efectos

oportunos.

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Comuníquese, asimismo, al Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de

Salamanca, para su conocimiento y el del comisionado.

11º.- [Expediente General Nº 107/2018].

Ponente: D. José Ignacio Fontan Silva.

Tomar conocimiento del escrito remitido por el Magistrado-Juez Titular del

Juzgado de lo Social Nº 2 de León, D. Ángel Sorando Pinilla, de fecha 3 de

septiembre de 2019, en el que informa de la actividad desarrollada durante el

segundo trimestre del presente año por Dª Alba María Pérez-Bustos Manzaneque,

Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Ponferrada (León),

nombrada en comisión de servicio con relevación de funciones, como medida de

refuerzo en el citado Juzgado de lo Social Nº 2 de León, por Acuerdo Nº 47-Anexo 2

de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 21 de

febrero de 2019 y autorizado, a efectos económicos, por el Ministerio de Justicia en

fecha 24 de febrero de 2019.

El Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Social Nº 2 de León, D. Ángel

Sorando Pinilla, informa que Dª Alba María Pérez-Bustos Manzaneque, durante el

segundo trimestre del presente año, ha dictado 169 Sentencias, de ellas, 88 en

procedimientos de reclamación de cantidad y 81 en juicios de Seguridad Social

(despidos y urgentes no forman parte del refuerzo), lo que significa un muy alto nivel

de resolución, teniendo, en cuenta, además, la complejidad de los asuntos que se ha

atribuido a la Juez de refuerzo, deduciéndose, de los datos del informe, que, dicha

medida de refuerzo está siendo eficaz en tanto que se aprecia, no obstante el nivel

de entrada de asuntos, una evidente reducción de la pendencia que presenta el

Juzgado, que de 875 asuntos al final del primer trimestre del presente año, ha

descendido hasta 657, al finalizar el segundo trimestre del mismo.

A la vista de los datos expuestos, se considera muy satisfactoria por la Sala la

actividad desarrollada por la Juez de refuerzo durante el periodo de tiempo referido,

cumpliéndose, en esencia, el plan de actualización recogido en el Acuerdo de la

Comisión Permanente de esta Sala de Gobierno, de fecha 3 de diciembre de 2018 y

aprobado por Acuerdo, de su Pleno, de fecha 17 de diciembre de 2018.

En virtud de lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno

ACUERDA:

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Tomar conocimiento e informar favorablemente la actividad desarrollada por

Dª Alba María Pérez-Bustos Manzaneque, Titular del Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción Nº 1 de Ponferrada (León), nombrada en comisión de servicio con

relevación de funciones, como medida de refuerzo en el Juzgado de lo Social Nº 2

de León, durante el periodo correspondiente al segundo trimestre del presente año.

Comuníquese este Acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, a través

de su Servicio de Inspección, a los efectos contenidos en el mismo, acompañando

copia de la documentación recibida.

Comuníquese, asimismo, el presente Acuerdo, para su conocimiento, al

Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Social Nº 2 de León y a la comisionada Dª

Alba María Pérez-Bustos Manzaneque.

12º.- [Expediente General Nº 42/2019].

Ponente: Dª Patricia Fresco Simón. Asume la ponencia D. Ignacio

Pando Echevarría por ausencia justificada de la anterior.

Tomar conocimiento del escrito del Presidente de la Audiencia Provincial de

Ávila de 2 de septiembre de 2019, solicitando la prórroga de la comisión de servicio

con relevación de funciones de la Magistrada Dª María del Carmen del Peso Crespo,

Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Ávila, para reforzar la

Audiencia Provincial de Ávila, dispuesta por acuerdo Nº 21-Anexo 2 de la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 20 de junio de 2019,

autorizada a efectos económicos el 24 de junio de 2019, y que termina el 31 de

octubre de 2019.

En Burgos, a 7 de octubre de 2019.

HECHOS:

Por escrito de fecha 20/03/2019 el Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia

Provincial de Ávila solicitó ante esta Sala de Gobierno medida de apoyo

urgente consistente en el nombramiento de un JAT o, en su defecto, un

Magistrado en comisión de servicios con relevación de funciones en base a los

motivos que se expusieron y ahora se dan por reproducidos.

Por Acuerdo de esta Comisión Permanente de fecha 8 de abril de 2019 y

previa la argumentación -que consta y ahora se da por reproducida- se apreció

la necesidad de aprobar una medida de apoyo urgente para la Sección Mixta

de la Audiencia Provincial de Ávila mediante una comisión de servicio con

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relevación de funciones que fue adjudicada a la Magistrada-Titular del Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Ávila, Dª María del Carmen del Peso

Crespo, atendidos los Criterios de la Propuesta de Instrucción sobre

Convocatoria, Tramitación, Resolución y Ejecución de Medidas de Apoyo del

CGPJ de fecha 10/12/2018 como obra en Actas de esta Comisión permanente.

Que por escrito de fecha 2 de septiembre de 2019 el Ilmo. Sr. Presidente

de la Audiencia Provincial de Ávila solicita prorroga de la comisión por período

de 6 meses a favor de la misma comisionada por entender que la evolución ha

sido favorable y subsisten razones de carga de trabajo que evidencian la

necesidad de mantenerla.

FUNDAMENTOS:

PRIMERO.- El artículo 216.bis 1 de la LOPJ dispone: 1. Cuando el

excepcional retraso o la acumulación de asuntos en un determinado juzgado o

tribunal no puedan ser corregidos mediante el reforzamiento de la plantilla de la

Oficina judicial o la exención temporal de reparto prevista en el artículo 167.1, el

Consejo General del Poder Judicial podrá acordar excepcionales medidas de apoyo

judicial consistentes en la adscripción de jueces y magistrados titulares de otros

órganos judiciales mediante el otorgamiento de comisiones de servicio.

2. Los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia podrán proponer

como medida de apoyo la adscripción obligatoria, en régimen de comisión sin

relevación de funciones, de aquellos jueces y magistrados titulares de órganos que

tuviesen escasa carga de trabajo de conformidad con los criterios técnicos

establecidos por el Consejo General del Poder Judicial. Dicha comisión no será

retribuida, aun siendo aprobada, si la carga de trabajo asumida por el adscrito,

computada junto con la de su órgano de procedencia, no alcanza el mínimo

establecido en los referidos criterios técnicos.

3. También se podrá acordar la adscripción en calidad de jueces de apoyo,

por este orden, a los jueces en expectativa de destino conforme al artículo 308.2, a

los jueces que estén desarrollando prácticas conforme al artículo 307.2, a los jueces

de adscripción territorial a que se refiere el artículo 347 bis y excepcionalmente a

jueces sustitutos y magistrados suplentes.

4. Quien participase en una medida de apoyo en régimen de comisión de

servicio sin relevación de funciones quedarán exentos, salvo petición voluntaria, de

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realizar las sustituciones que le pudiesen corresponder en el órgano del que sea

titular, conforme al plan anual de sustitución.

5. La aprobación por parte del Consejo General del Poder Judicial de

cualquier medida de apoyo precisará la previa aprobación del Ministerio de Justicia

quien únicamente podrá oponerse por razones de disponibilidad presupuestaria,

todo ello dentro del marco que establezca el Protocolo que anualmente suscribirán

ambos a los efectos de planificar las medidas de este tipo que sea posible adoptar.

6. Si la causa del retraso tuviera carácter estructural, el Consejo General del

Poder Judicial, junto con la adopción de las referidas medidas provisionales,

formulará las oportunas propuestas al Ministerio de Justicia o a las Comunidades

Autónomas con competencias en la materia, en orden a la adecuación de la plantilla

del juzgado o tribunal afectado o a la corrección de la demarcación o planta que

proceda.

SEGUNDO.- En virtud de lo anterior y a efectos de lo dispuesto en el apartado

6º del Acuerdo Nº 21 Anexo 2 de la Comisión Permanente del CGPJ de fecha 20 de

junio de 2019 que dispuso la aprobación de la medida de apoyo cuya prórroga ahora

se solicita se emite el siguiente informe a fin de hacer propuesta de renovación y a

tal fin se indica que con arreglo a la petición de prórroga que hace el Ilmo. Sr.

Presidente de la Audiencia Provincial de Ávila subsisten las circunstancias de carga

de trabajo, incremento de la misma (principalmente en asuntos civiles) que es

estructural y de composición de una Audiencia Mixta que cuenta con una sola

Sección compuesta por 3 magistrados, las cuáles, se tuvieron en cuenta al tiempo

de decidir la necesidad de aprobar medida de apoyo urgente lo que fue proveído a

través de Comisión de Servicios con relevación a favor de la Magistrada-Titular del

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Ávila.

En el escrito presentado se indica la evolución de datos de registro en los

últimos 5 años, que son los mismos que se tuvieron en cuenta en el Acuerdo de esta

Permanente de fecha 08/04/2019, y, añade, datos desde fecha del Acuerdo a la

actualidad -04/09/2019- indicando: asuntos civiles, 466 y asuntos penales, según

probable evolución más de 500, incluyendo recursos y causas de competencia

propia. Todo lo cual supone que en este año cada magistrado conozca de 470

asuntos (civiles y penales) cuando el módulo que fija el CGPJ en Acuerdo de fecha

28/12/2018 está en 260 asuntos/magistrados/año (civiles y penales).

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Igualmente se indica que procede la renovación a favor de la misma

Magistrada Titular que ejecuta el refuerzo dado que, a pesar de la elevada carga de

trabajo que presentan los Juzgados Mixtos de la Ciudad de Ávila, es el que menor

de ellos presenta, lo que además procede con el mismo plan de trabajo que hasta la

fecha se viene desarrollando en virtud de la Comisión. Al respecto no hace constar

incidencia ninguna en el órgano de origen.

Por todo ello, se estima concurren las mismas circunstancias que se tuvieron

en cuenta para acordar el refuerzo y que, ahora, justifican la renovación por período

de 6 meses sin que ello afecte a la llevanza del Órgano judicial del que es Titular la

Magistrada/titular que cubre el refuerzo con relevación de funciones, el cual, seguirá

servido en las mismas condiciones que hasta el momento (respecto a lo cual no

constan incidencias).

En base a todo ello esta Comisión Permanente ACUERDA proponer la

PRÓRROGA de la medida de apoyo propuesta igualmente por Acuerdo de esta

misma Comisión Permanente de fecha 8 de abril de 2019 cubierta mediante

comisión de servicios con relevación de funciones a favor la Magistrada/Titular del

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Ávila, Dª María del Carmen del

Peso Crespo, Y DISPUESTA POR ACUERDO Nº 21-ANEXO 2 DE LA COMISIÓN

PERMANENTE DEL CGPJ DE FECHA 20/06/2019, AUTORIZADA A EFECTOS

ECONÓMICOS EL 24/06/2019, PRÓRROGA QUE SE PROPONE POR PERÍODO

DE 6 MESES por subsistencia de los motivos que determinaron su aprobación

según se aprecia en este informe que se emite a los fines del apartado 6º del citado

Acuerdo Nº 21-Anexo 2 de la Comisión Permanente del CGPJ de fecha 20/06/2019

(propuesta de renovación).

Comuníquese este acuerdo junto con copia de la documentación recibida, al

Consejo General del Poder Judicial a través del Servicio de Personal y Oficina

Judicial Sección de Planta y Oficinal Judicial, a los fines oportunos.

Comuníquese igualmente al Presidente de la Audiencia Provincial de Ávila

para su conocimiento y traslado a la Magistrada comisionada.

13º.- [Expediente General Nº 4/2017].

Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.

Tomar conocimiento de las relaciones de los llamamientos prolongados a

Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos, realizados con anterioridad al día 25 de

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septiembre 2019 que pretenden mantenerse durante el mes de octubre de 2019,

remitidas por diversos Presidentes de Audiencias Provinciales, en cumplimiento del

Acuerdo del Presidente de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de

18 de enero de 2013.

14º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].

Ponente: Dª Maria José Renedo Juárez.

El artículo 1.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,

indica que “Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no

estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo

303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”, señalando el artículo 303 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que “Están incapacitados para

el ingreso en la Carrera Judicial los impedidos física o psíquicamente para la

función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la

rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean

absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno

ejercicio de sus derechos civiles”.

El artículo 389.3 LOPJ establece que “el cargo de juez es incompatible con

los empleos o cargos dotados o retribuidos por la administración del estado,

comunidades autónomas, provincias, municipios y cualesquiera entidades como

organismos o empresas dependientes de unos u otras”.

En base a lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA nombrar a los

siguientes Jueces de Paz por el trámite de designación directa:

* LEÓN:

Posada de Valdeón (Sustituto). Raquel Guerra Gao.

Única candidata, pertenece a un Partido Político y presta servicios en el

Ayuntamiento. De conformidad con el informe emitido por el Ministerio Fiscal quien

entiende que no procede porque está afiliada a Partido Político y prestar servicios en

la Administración Local. por concurrir la causa de incompatibilidad el art 389.3 y 395

LOPJ. No procede su nombramiento.

Torre del Bierzo (Sustituto). María Teresa Alonso Alvarez.

(Auxiliar de Geriatría- EEPP) 35 años, es elegida sobre Ricardo Alonso del

Rio (Albañil, graduado escolar) por el nivel de estudios superior al del otro candidato.

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Valverde de la Virgen (Sustituto). Antonia Abad Calvo.

Candidata única. No constan antecedentes penales. Maestra. Reúne los

requisitos y no consta esté incurso en ninguna de las causas de incapacidad o de

incompatibilidad previstas para el desempeño de las funciones judiciales

* PALENCIA:

Santa Cecilia del Alcor (Sustituto). Carlos Maria de Castro Peinador.

Candidato único. No constan antecedentes penales y está en posesión de

estudios ESO. Reúne los requisitos y no consta esté incurso en ninguna de las

causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas para el desempeño de las

funciones judiciales

Villarmentero de Campos (Sustituto). María Isabel Gonzalez Cortes.

Candidata única. No constan antecedentes penales. Está en posesión de

Bachiller Superior. Reúne los requisitos y no consta esté incursa en ninguna de las

causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas para el desempeño de las

funciones judiciales.

15º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].

Ponente: D. José Ramón González Clavijo.

El artículo 1.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,

indica que “Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no

estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo

303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”, señalando el artículo 303 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que “Están incapacitados para

el ingreso en la Carrera Judicial los impedidos física o psíquicamente para la

función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la

rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean

absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno

ejercicio de sus derechos civiles”.

El artículo 389.3 LOPJ establece que “el cargo de juez es incompatible con

los empleos o cargos dotados o retribuidos por la administración del estado,

comunidades autónomas, provincias, municipios y cualesquiera entidades como

organismos o empresas dependientes de unos u otras”.

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En base a lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA nombrar a los

siguientes Jueces de Paz por el trámite de designación directa:

SALAMANCA:

La Alberca (sustituto): Doña María Victoria Cordón Rodríguez, candidata

única, jubilada, nacida el 30 de agosto de 1951, vecina de la localidad, con

estudios de bachillerato elemental, sin que consten antecedentes penales ni

causa alguna de incompatibilidad o incapacidad para el desempeño del cargo.

Alberguería de Argañán (titular): Gerardo Díaz González, albañil,

graduado escolar, nacido el 14 de julio de 1989, no incurso en causas de

incompatibilidad, sin antecedentes penales y que ha desempeñado anteriormente

el cargo de juez de paz titular, sin que conste nota desfavorable alguna y al que

se da preferencia sobre el resto de candidatos, todos ellos jubilados, con el

mismo nivel de estudios, sin experiencia previa en el cargo y tampoco incursos en

causas de incompatibilidad y sin antecedentes penales.

Cerralbo (sustituto): Roberto Carlos Herrero Rubio, graduado escolar,

nacido el 26 de febrero de 1975, sin antecedentes penales, peón que presta sus

servicios para el Ayuntamiento lo cual no es obstáculo para su nombramiento

ante la falta de otro candidato y lo previsto en el acuerdo de la Comisión

Permanente del CGPJ de 21 de marzo de 2018 relativo a la flexibilidad en la

interpretación de las causas de incompatibilidad de los jueces de paz, sin que se

observe, atendida la profesión citada, que pueda verse afectada la necesaria

imparcialidad en el desempeño del cargo.

Pelabravo (titular): David Rodrigo Rodríguez perito judicial con titulación

de ingeniero informático de sistemas, vecino de Pelabravo, no incurso en causa

de incompatibilidad y sin antecedentes penales. Se da preferencia a este

candidato sobre Paloma Matos Rodríguez por no residir en el pueblo y ser

trabajadora social con estudios de postgrado y sobre María Velázquez González,

bachiller superior y cursando cuarto curso de los estudios de grado en derecho y

administración de empresa y vecina de la localidad.

Sancti Spiritus (sustituto): María Dolores Alonso Torres, candidata única,

actual juez de paz sustituta, nacida el 27 de mayo de 1969, de profesión modista,

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sin antecedentes penales y sin estar incursa en causa de incompatibilidad, con

estudios de bachillerato administrativo.

Tordillos (sustituto): Nicolás Alonso Blázquez, único candidato, nacido el 2

de septiembre de 1943, jubilado, con estudios primarios, sin antecedentes

penales y no incurso en causa de incompatibilidad.

Villaseco de los Gamitos (titular): Juan José Sánchez Hernández, nacido el

31 de diciembre de 1979, de profesión cerrajero, con estudios de formación

profesional 1, sin antecedentes penales y no incurso en causa de

incompatibilidad y actual juez de paz titular, sin que conste nota desfavorable

alguna, candidato que es elegido con carácter preferente sobre Francisco Javier

Fernández Herrero, de profesión administrativo, con estudios de formación

profesional de administrativo, nacido el 29 de marzo de 1964, sin antecedentes

penales y afiliado a un sindicato, y sobre María Felicidad Sánchez García,

educadora infantil y actualmente de profesión repartidora de pan, nacida el 27 de

octubre de 1966, sin antecedentes penales y no incursa en causa de

incompatibilidad.

Villavieja de Yeltes (titular): Isabel Muriel Estévez, candidata única, de

profesión maestra, con estudios de Profesora de EGB, actual juez de paz titular,

nacida el 16 de marzo de 1981, sin antecedentes penales, vecina de la localidad

y actualmente trabajando la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, lo

que, según el informe del Ministerio Fiscal, no puede considerarse que afecte a la

necesaria imparcialidad del cargo según el criterio flexible que mantiene el CGPJ

en acuerdo de la comisión permanente de 21 de marzo de 2018, en la

interpretación de las causas de incompatibilidad de los jueces de paz (artículos

102 y 389 LOPJ y artículo 14.2b del Reglamento de los Jueces de Paz).

16º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].

Ponente: D. Jesús Carlos Galán Parada.

El artículo 1.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz,

indica que “Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no estar

incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la

Ley Orgánica del Poder Judicial”, señalando el artículo 303 de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que “Están incapacitados para el ingreso en

la Carrera Judicial los impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los

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condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los

procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto

de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles”.

En base a lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA nombrar a los siguientes

Jueces de Paz por el trámite de designación directa:

*SEGOVIA

- Fuentesaúco de Fuentidueña (Titular): Se presentan seis solicitantes,

cumpliendo todos ellos los requisitos legales. La Sala considera que la condición de

actual Jueza Sustituta de Dª. SABINA FRIAS VILLAR le otorga superiores garantías

de conocimiento del cargo, sus funciones y sus obligaciones, por lo que se procede

a su nombramiento.

-Marugan (Sustituto): el solicitante único, ENRIQUE LIBRERO

SAMANIEGO, declara pertenecer o trabajar para partido político o sindicato, lo que

es incompatible con la condición de Juez de Paz según el artículo 23 del

Reglamento de Jueces de Paz en relación con el 395 de la LOPJ, por lo que NO

PROCEDE su designación.

- Olombrada (Titular): MARIA DOLORES GARCIA GOMEZ

(Cumple los requisitos legales y es solicitante única)

-Veganzones (Sustituto): MONTSERRAT LOPEZ PERODOMINGO,

solicitante única, declara pertenecer a un partido político o sindicato, lo que es

incompatible con la condición de Juez de Paz según el artículo 23 del Reglamento

de Jueces de Paz en relación con el artículo 395 de la LOPJ, por lo que NO

PROCEDE su designación.

*SORIA

-Almarza (Sustituto): MARIA BLANCA MARTIN JUGO, que reúne los

requisitos legales. No lo hace la otra solicitante, SARA AGUILERA CASTRO, que

declara pertenecer a un sindicato, lo que es incompatible con la condición de Juez

de Paz según el artículo 23 del Reglamento de Jueces de Paz en relación con el

artículo 395 de la LOPJ, por lo que no procede su designación.

-Cañamaque (Sustituto): JESUS BRAVO GALLEGO

(Cumple los requisitos legales y es solicitante único).

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-Espeja de San Marcelino (Sustituto): MARIA FELICIDAD PASCUAL

CABREJAS

(Cumple los requisitos legales y es solicitante única).

-Fuentestrun (Sustituto): OSCAR LARGO GIL

(Cumple los requisitos legales y es solicitante único).

-San Felices (Sustituto): ANA ISABEL ARGUILE LOPEZ

(Cumple los requisitos legales y es solicitante única).

17º.- ………

18º.- [Expediente General Nº 67/2019].

Tomar conocimiento del acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial de 16 de septiembre de 2019 por el que se desestima el

recurso de reposición Nº 235/2019, interpuesto por D. Raimundo Prado Bernabéu,

portavoz en representación de Asociación Judicial Francisco de Vitoria, D Ignacio

Gonzalez Vega, portavoz en representación de Juezas y Jueces para la Democracia

y Dª Concepción Rodríguez González del Real, presidenta en representación de

Foro Judicial Independiente, contra acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial, adoptado en reunión de 9 de mayo de 2019, por el que

se convoca la provisión de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Zamora

(BOE 14 de mayo de 2019).

19º.- [Expediente General Nº 81/2019].

Tomar conocimiento del acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial de 20 de junio de 2019 por el que se desestima la

solicitud de suspensión del acto impugnado instada en el recurso de reposición Nº

249/2019, interpuesto por D. Raimundo Prado Bernabéu, portavoz en representación

de Asociación Judicial Francisco de Vitoria, D Ignacio Gonzalez Vega, portavoz en

representación de Juezas y Jueces para la Democracia y Dª Concepción Rodríguez

González del Real, presidenta en representación de Foro Judicial Independiente,

contra acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial,

adoptado en reunión de 6 de junio de 2019, por el que se convoca la provisión de la

Presidencia de la Audiencia Provincial de Valladolid (BOE 10 de junio de 2019).

20º.- [Expediente General Nº 81/2018].

Tomar conocimiento del acuerdo Nº 1-Anexo 2 de la Comisión Permanente

del Consejo General del Poder Judicial de 12 de septiembre de 2019 por el que se

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aprueba la comisión de servicio sin relevación de funciones a favor de Dª María del

Mar Navarro Mendiluce, Magistrada-Juez Titular del Registro Civil Exclusivo Nº 1 de

Valladolid, para atender la sustitución de la vacante en la Sala de lo Social del

Tribunal Superior de Justicia, sede de Valladolid, al haber alcanzado dicha

Magistrada los 180 días anuales de sustitución voluntaria. Y de la autorización

económica de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia

de 16 de septiembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.

21º.- [Expediente General Nº 87/2019].

Tomar conocimiento del escrito del Gerente Territorial de Justicia de

Valladolid de 20 de septiembre de 2019, en cumplimiento de lo dispuesto en el

acuerdo Nº 8 de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno de este Tribunal

Superior de 11 de septiembre de 2019, en el que se comunica que se cursó por

parte de esa Gerencia petición de una destructora de papel para la Sección Primera

de la Audiencia Provincial de León a la Subdirección General de Obras y Patrimonio

del Ministerio de Justicia con fecha 22 de enero de 2018 y se ha vuelto a reiterar el

día de la fecha del escrito.

22º.- [Expediente General Nº 2/2019].

1. Tomar conocimiento de los correos electrónicos de 11 de julio, 27 de

agosto y 25 de septiembre del actual, remitidos por funcionario de la Subdirección

General de Medios Personales del Ministerio de Justicia y del contenido de los

archivos adjuntos referentes a los refuerzos existentes de funcionarios interinos

de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y

Administrativa y Auxilio Judicial (ceses, nuevos nombramientos, prórrogas -no ha

habido-, y refuerzos vigentes) referidos a los meses de junio, julio y agosto de

2019, respectivamente.

2. Remitir al Consejo General del Poder Judicial, en cumplimiento del

apartado b) del Acuerdo Nº 20, adoptado en su reunión del día 22 de abril de 2009,

relativo a las medidas de refuerzo de personal de oficina judicial, copia de la relación

de los nombramientos efectuados por la Subdirección General de Medios

Personales al Servicio de la Administración de Justicia de funcionarios interinos de

los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y

Administrativa y Auxilio Judicial, como medidas de refuerzo para los órganos

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judiciales del ámbito territorial del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

durante los meses de junio, julio y agosto de 2019.

Comuníquese este acuerdo, junto con la expresada relación de

nombramientos, al Consejo General del Poder Judicial, a través del Servio de

Personal Judicial -Sección Oficina Judicial- del mismo.

23º.- [Expediente General Nº 26/2019].

Tomar conocimiento del acuerdo Nº 9-Anexo 2 de la Comisión Permanente

del Consejo General del Poder Judicial de 5 de septiembre de 2019 en el que se

toma conocimiento del acuerdo de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno

del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 21 de marzo de 2019 al que

se adjunta Propuesta de la Sección de Planta y Oficina Judicial sobre el acuerdo

antes mencionado relativo a la creación de un servicio centralizado en el Decanato

de los Juzgados de Salamanca para la designación de peritos y contadores

partidores y aprobación de las normas reguladoras del mismo.

24º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].

Autorizar el anuncio de vacantes para incoar los correspondientes

expedientes para el nombramiento por el trámite de designación directa de Jueces

de Paz de los siguientes municipios, pertenecientes a las provincias que se indican:

* SALAMANCA: Aldehuela de la Bóveda (Sustituto). Hinojosa de Duero

(Sustituto). La Peña (Sustituto). Peromingo (Titular y Sustituto). Tamames

(Sustituto).

* SEGOVIA: Basardilla (Titular y Sustituto). Chañe (Sustituto). Matabuena

(Sustituto). Membibre de la Hoz (Sustituto). Montejo de la Vega Serrezuela (Titular y

Sustituto). Santiuste de Pedraza (Sustituto). Tolocirio (Titular). Villeguillo (Sustituto).

Zarzuela del Pinar (Titular).

25.- [Expediente General Nº 81/2017].

Ponente: D. José Luis Concepción Rodríguez.

Adoptar, a la vista del resultado de la publicidad efectuada, realizada

conforme a los criterios fijados por la Instrucción 1/2019 relativa a la formulación de

propuestas de medidas de apoyo judicial y aprobada por acuerdo de 11 de julio de

2019 por la Comisión Permanente del Consejo General Judicial, y en cumplimiento

de lo previsto en el artículo 216 bis 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de la

medida de apoyo al Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de los de Palencia, que

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conoce de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones

generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias

cuyo prestatario sea una persona física, consistente en el nombramiento de un Juez

o Magistrado en comisión de servicio sin relevación de funciones, durante la baja por

enfermedad de la Magistrada comisionada, Ilma. Sra. Dª. Paloma Lázaro Rodríguez,

y demás actuaciones que obran en el citado expediente, el siguiente:

ACUERDO

Burgos, a siete de octubre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES

PRIMERO.- 1. Por Acuerdo de uno de octubre de dos mil diecinueve dictado

al amparo de lo dispuesto en el artículo 160.7 LOPJ, esta Presidencia con el fin de

proponer al Consejo General del Poder Judicial -a través del Servicio de Personal y

Oficina Judicial-Sección de Planta y Oficina Judicial- de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 216 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

una medida de refuerzo para el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de los de

Palencia, que conoce de la materia relativa a las acciones individuales sobre

condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales

inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, una medida de apoyo

consistente en el nombramiento de un Juez o Magistrado en comisión de servicio sin

relevación de funciones, durante la baja por enfermedad de la Magistrada

comisionada, Ilma. Sra. Dª. Paloma Lázaro Rodríguez, ofreció la adecuada

publicidad, a través de la página web del Consejo General del Poder Judicial para

que los Jueces y Magistrados de todo el territorio nacional que pudieran estar

interesados en el nombramiento tuvieran la oportunidad de deducir la

correspondiente petición, dándose la fecha límite del 4 de octubre para que las

solicitudes tuviesen entrada en este Tribunal Superior, quedando supeditada la

comisión de servicio propuesta a su aprobación por el Consejo General del Poder

Judicial y el Ministerio de Justicia.

SEGUNDO.-

Las solicitudes recibidas han sido las de:

-D. VICENTE DÍEZ MARTÍN, Magistrado con destino en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción Nº 7 de Palencia, con número de escalafón 2.326.

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- Dª. MARTA ELENA GARCÍA LIÉBANA, Juez con destino en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción de Cervera de Pisuerga (Palencia), con número de

escalafón 720.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Con base en las razones que para dirimir este tipo de controversias

establece el artículo 216 bis 3, 2º LOPJ, se está en el caso de proponer a D. Vicente

Díez Martín, Magistrado con destino en el Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción Nº 7 de los de Palencia.

Y ello porque, de entre las solicitudes presentadas, sobresalen los méritos

que acompaña el citado Magistrado, quien además ostenta el número escalafonal

más antiguo de entre los dos candidatos, posee la necesaria experiencia como para

desarrollar la labor exigida con facilidad y resulta ser titular de un Órgano

jurisdiccional en el mismo partido judicial que se encuentra plenamente actualizado

que le permitirá compatibilizar ambas funciones.

De ahí que, siguiendo el tradicional criterio seguido, se esté en el caso de

proponer al mencionado Magistrado.

PARTE DISPOSITIVA

Por lo expuesto, la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal

Superior de Justicia de Castilla y León ACUERDA:

Proponer al Consejo General del Poder Judicial -a través del Servicio de

Personal y Oficina Judicial, Sección de Planta y Oficina Judicial- de conformidad con

lo dispuesto en los artículos 216 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder

Judicial, como medida de refuerzo sustitutiva a la ya existente en el Juzgado de

Primera Instancia Nº 2 de los de Palencia -que conoce de la materia relativa a las

acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de

financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona

física-, el nombramiento de un Juez o Magistrado en comisión de servicio sin

relevación de funciones, durante la baja por enfermedad de la Magistrada

comisionada, Ilma. Sra. Dª. Paloma Lázaro Rodríguez, en favor del Ilmo. Sr. D.

VICENTE DÍEZ MARTÍN, Magistrado con destino en el Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción Nº 7 de Palencia.

Comuníquese este acuerdo, junto con copia de los particulares obrantes en el

Expediente General Nº 81/2017, al Consejo General del Poder Judicial, a través del

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Servicio de Personal y Oficina Judicial, Sección de Planta y Oficina Judicial, a los

efectos contenidos en el mismo.

Comuníquese, asimismo, el presente acuerdo a los dos solicitantes y al Ilmo.

Sr. D. Jesús Manuel González Villar, titular del Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción Nº 2 de Palencia, para su conocimiento.

Comuníquese también este acuerdo al Presidente de la Audiencia Provincial

de Palencia y a la Magistrada-Juez Decana de dicho partido para su conocimiento.

FUERA DEL ORDEN DEL DÍA, la Sala de Gobierno, previo examen y

deliberación de los asuntos a que se refieren, adopta los siguientes acuerdos:

26º.- [Expediente General Nº 4/2017].

Proceder a la elaboración del Plan Anual de Sustituciones para el año 2020

en el ámbito de este Tribunal Superior de Justicia, en los términos previstos en los

artículos 199 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Sala acuerda, en relación con el Plan Anual de sustituciones para el año

2020:

1. Aprobado el Real Decreto 700/2013, de 20 de septiembre, por el que se

modifica el Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo, por el que se regulan las

retribuciones previstas en la disposición transitoria tercera de la Ley 15/2003, de 26

de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, abrir un

plazo de 5 días para que aquellos Jueces y Magistrados que aún no lo estén,

puedan integrarse, si así lo desean, en las listas de sustituciones voluntarias,

haciéndoles saber que, en todo caso, pueden hacerlo en cualquier momento

posterior, dándose a tal fin la oportuna publicidad a través del correo electrónico de

este Tribunal Superior de Justicia.

2. Interesar, por correo electrónico, a las Juntas de Jueces, a través de los

respectivos Jueces Decanos, y a los Presidentes de Sala y de Audiencia Provincial

del ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia, REMITAN a esta Sala de

Gobierno los correspondientes Planes Anuales de Sustitución 2020 observando los

criterios establecidos en los Acuerdos de esta Sala de Gobierno Nº 11, de 13 de

febrero de 2013, Nº 10, de 25 de noviembre de 2013, Nº 12, de 13 de enero de

2014, y Nº 13, de 3 de febrero de 2014, y los remitan a esta Sala de Gobierno, a

través de la dirección de correo electrónico [email protected], antes

del próximo día 1 de noviembre de 2019, para su aprobación provisional, en su

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caso, y traslado al Consejo General del Poder Judicial, a efectos de su aprobación

definitiva en los términos que procedan.

Se solicita que se remitan redactados de forma completa, sin remisiones a

planes de sustituciones previamente aprobados y en caso de que en los mismos no

estuviera ya contemplada, que se incluyan todas las posibilidades de sustitución a

que se refiere el artículo 211 de la LOPJ (sustituciones entre juzgados de distinta

clase y orden, y concreto orden de llamamiento en ese caso).

Comuníquese este acuerdo a los Jueces Decanos y Presidentes de Sala y

Audiencias Provinciales del ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia.

27º.- ………

28º.- [Expedientes de nombramiento de Juez de Paz].

Nombrar Jueces de Paz Titulares y/o Sustitutos en virtud de los

expedientes incoados por el trámite de elección por el Ayuntamiento, de

conformidad con lo dispuesto en los arts. 101.1 de la L.O.P.J. y concordantes del

Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los municipios que se indican, a las

siguientes personas:

Municipio Cargo Nombre

LEON:

MANSILLA MAYOR TITULAR NATALI RODRIGUEZ LLAMAZARES PRIARANZA DEL BIERZO TITULAR MIGUEL ANGEL BELLO FRESCO

SAN ESTEBAN DE NOGALES TITULAR RAÚL ALONSO PRIETO

SANTA CRISTINA DE VALMADRIGAL SUSTITUTO ANA MARIA ALONSO CURTO TRABADELO TITULAR JULIO ALVAREZ ALVAREZ

VILLAMANDOS TITULAR SANTOS MARIANO GARCIA VILLASELÁN TITULAR ELENA PUENTE CARDO

PALENCIA:

AUTILLO DE CAMPOS TITULAR MARGARITA CARRIEDO

BOADILLA DE RIOSECO TITULAR LUIS MELERO APARICIO

BOADILLA DEL CAMINO TITULAR ANA ELISA LOMAS VILLAN CASTRILLO DE ONIELO TITULAR MARIA SOLEDAD CALLEJA SERRANO

PEDRAZA DE CAMPOS TITULAR ANGEL TRIGUEROS LOBOS VILLOLDO TITULAR DIONISIO FERNANDEZ HERREZUELO

SALAMANCA:

ABUSEJO TITULAR ANA MARIA MARCOS MARTIN

ALDEACIPRESTE TITULAR MARCELINO PUENTE GARCIA

ALDEANUEVA DE FIGUEROA SUSTITUTO JOSE MARIA DEL BRIO MORO BASTIDA (LA) TITULAR VALENTIN RODRIGUEZ PEREZ

CABRILLAS TITULAR LUCIA MARTIN MATILLA CABRILLAS SUSTITUTO ANTONIO MARTIN MATILLA

ESPEJA SUSTITUTO MARIA DEL PILAR RODRIGUEZ GARCIA FRADES DE LA SIERRA TITULAR CAMILO NAVARRO GONZALEZ

FRADES DE LA SIERRA SUSTITUTO IVAN NAVARRO DOMINGUEZ

FREGENEDA (LA) SUSTITUTO JULIAN CORREDERA PIÑEL FUENTEGUINALDO TITULAR MARIA LUISA SANCHEZ TAPIA

GOLPEJAS TITULAR MARIA LORENZA IGLESIAS PEREZ ITUERO DE AZABA TITULAR RAQUEL SANCHEZ HERRERO

LAGUNILLA TITULAR CLARA HERNANDEZ NOVOA LARRODRIGO TITULAR ROBERTO PEREZ VICENTE

LEDESMA TITULAR FRANCISCO SANCHEZ VICENTE

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MAYA (LA) TITULAR MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ MIEZA SUSTITUTO RENATO CAPELLA CACCAVO

NAVAMORALES TITULAR JOAQUIIN HERNANDEZ DIAZ

NAVARREDONDA DE LA RINCONADA TITULAR INOCENCIO ASENSIO FRANCISCO NAVASFRIAS TITULAR MAURICIO MOREIRO MOREIRO

NAVASFRIAS SUSTITUTO LIDIA PIRIZ SANCHEZ ORBADA (LA) TITULAR MANUEL MARTÍN GARCÍA

PALENCIA DE NEGRILLA SUSTITUTO MIGUEL CASTRO LASO

PAYO (EL) TITULAR JESUS MANGAS MARTIN PAYO (EL) SUSTITUTO ALFREDO PEREZ DE LA MONJA

PEDROSILLO DE ALBA TITULAR MANUELA CURTO CALLE PITIEGUA TITULAR AGUSTIN GONZALEZ GARCIA

PITIEGUA SUSTITUTO FERNANDO FERNÁNDEZ GARCÍA ROBLIZA DE COJOS TITULAR ROSA MARIA PEREZ SANCHEZ

ROBLIZA DE COJOS SUSTITUTO MARIA ANUNCIACION GALLEGO GARCIA

ROLLAN SUSTITUTO MARIA BLANCA MANGAS MARTIN SALMORAL TITULAR SILVIA MARFIL GARCIA

SALVATIERRA DE TORMES TITULAR MARIA TERESA RODRIGUEZ GARCIA TRABANCA TITULAR ELISEO SARDÓN HERNÁNDEZ

SEGOVIA:

ALDEA REAL SUSTITUTO MIGUEL ANGEL TEJERO HERRANZ ARCONES TITULAR INOCENCIO RODRIGUEZ DEL AMO

BERNUY DE PORREROS TITULAR EVA MARIA DE FRUTOS MONTES

CASTROSERNA DE ABAJO SUSTITUTO HIPOLITO GARCÍA GARCÍA

CEREZO DE ABAJO TITULAR JULIA MORENO RAMOS DONHIERRO TITULAR GERARDO HURTADO VELAZQUEZ

ESPINAR, EL TITULAR RAQUEL ALVAREZ RODRIGUEZ

ESPINAR, EL SUSTITUTO SANDRA FERNANDEZ MORENO FRESNEDA DE CUELLAR SUSTITUTO CESAR DE LA FUENTE ARRANZ

FUENTEPIÑEL TITULAR FERNANDO DIEZ GOMEZ HONTALBILLA TITULAR CAROLINA SANZ MARTIN

LANGUILLA TITULAR MARÍA CRUZ EVENCIA IGLESIA MARTIN

MADERUELO TITULAR RAFAEL MARTIN AYUSO MARTIN MIGUEL TITULAR CÁNDIDO GARCÍA BALLESTEROS

MONTEJO DE AREVALO TITULAR MARIA ANGELES JIMENEZ RODRIGUEZ MONTEJO DE AREVALO SUSTITUTO ONESIMO SAIZ AJO

MONTERRUBIO TITULAR JOSE ANTONIO DE FRUTOS OTERO MONTERRUBIO SUSTITUTO ISABEL GIL PERUJO

MOZONCILLO TITULAR ANA ISABEL ARRIBAS MATESANZ

NAVAS DE RIOFRIO TITULAR MARIA ESTRELLA VEGA CALLE NIEVA TITULAR MIGUEL ANGEL SANZ DE PEDRO

NIEVA SUSTITUTO MARGARITA BLANCO MUÑOZ OREJANA TITULAR JUAN ANTONIO MUÑOZ GONZALEZ

OTERO DE HERREROS SUSTITUTO JOAQUINA MORENO ALCAIDE

PEDRAZA TITULAR SANTIAGO PASCUAL ALONSO

PEDRAZA SUSTITUTO EULOGIO MANRIQUE GARCÍA

PEROSILLO SUSTITUTO TRIFÓN-JOSÉ DOMINGO GONZÁLEZ REMONDO TITULAR YOLANDA MATILDE MARTIN SANZ

REMONDO SUSTITUTO MONICA GAMARRA LOZANO SACRAMENIA SUSTITUTO VENANCIO MARTIN ANDRES CRISTOBAL

SAN MARTIN Y MUDRIAN TITULAR ESTEBAN FUENTETAJA SANTOS

SANCHONUÑO SUSTITUTO MARIA PALOMA PERLA ALONSO VICENTE SANTIUSTE DE PEDRAZA TITULAR ALBERTO DE LA FUENTE BARON

SANTIUSTE DE SAN JUAN BAUTISTA TITULAR BEATRIZ HERRERO GARCÍA

SANTIUSTE DE SAN JUAN BAUTISTA SUSTITUTO MARIA LUISA AJO JIMENEZ

SORIA:

BAYUBAS DE ABAJO TITULAR MONTSERRAT LÓPEZ HUESO

CASTILFRIO DE LA SIERRA TITULAR ELEUTERIO DEL RIO MARTINEZ MOMBLONA SUSTITUTO BIENVENIDA BAQUEDANO

POZALMURO SUSTITUTO JOSÉ GERARDO PARDO ASENSIO VIZMANOS TITULAR JORGE DEL RINCÓN GARCIA

VIZMANOS SUSTITUTO CRISTINA GARCIA PÉREZ

No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la sesión que ha

durado dos horas.

En prueba de todo ello, extiendo la presente acta que es firmada por el

Excmo. Sr. Presidente, de lo que yo, la Secretaria de la Sala de Gobierno, doy fe.