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1 PLENO, SESIÓN Nº 5/2012 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO CELEBRADA EL 7 DE MAYO DE 2012, EN PRIMERA CONVOCATORIA. En el Salón de Plenos de la Casa Consistorial sita en el Castillo, siendo las diecinueve horas del lunes, 7 de mayo de 2012, se reúnen, presididos por D. Germán Cotanda Gil y asistido por mí, el Secretario del Ayuntamiento D. Juan Ignacio Moreno García, los Sres. Concejales/las que se reseñan en la presente acta, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Ayuntamiento en Pleno, en primera convocatoria, cuyo orden del día ha sido repartido con anterioridad cumpliendo los requisitos reglamentarios. Los componentes de la Corporación asistentes se relacionan a continuación: ASISTENTES Alcalde : Germán Cotanda Gil (PP) Concejales : D. Fco. Javier Alapont Pérez (PP) Dª. Mª Elia Verdevío Escribá (PP) Dª. Mª. Rosario Martínez Cáceres (PP) D. Fco. Javier Martínez Sania (PP) D. José Mª Coscollar Campos.(PP) Dª Maria Josefa Roig Giner (PP) D. José Ángel Blay Ricart (PP) Dª. Maria Vicenta Boquer Granell (PP). Concejales no asistentes: Dª. Mónica Herrero Alcàcer (PP). D.Josep Enric Alcàcer i Asensi (UPIB) Dª Victoria Cremades Salavert (UPIB) Dª.Maria Pilar Ros Sánchez (PSOE) D.Roberto Ocaña Pérez (PSOE) Dª.Dolores C. García Martínez (PSOE) Dª Cristina Alemany Campos( COMPROMIS). D. José Rodado Hernandez (COMPROMIS). D. Juan José Baudés Llistó (COMPROMIS) D. Salvador Beltrán Talamantes (MAS CAMARENA). D. Juan Carlos Camargo Martínez (MAS CAMARENA). D.Manuel J.Alberto Chover Lara (CUBE). Secretario: Interventora acctal: D. Juan Ignacio Moreno García. Carolina Bosch Escribà. NUMERO LEGAL DE MIEMBROS: 21 ASISTENTES: 21

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PLENO, SESIÓN Nº 5/2012

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO

CELEBRADA EL 7 DE MAYO DE 2012, EN PRIMERA CONVOCATORIA. En el Salón de Plenos de la Casa Consistorial sita en el Castillo, siendo las

diecinueve horas del lunes, 7 de mayo de 2012, se reúnen, presididos por D. Germán Cotanda Gil y asistido por mí, el Secretario del Ayuntamiento D. Juan Ignacio Moreno García, los Sres. Concejales/las que se reseñan en la presente acta, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Ayuntamiento en Pleno, en primera convocatoria, cuyo orden del día ha sido repartido con anterioridad cumpliendo los requisitos reglamentarios.

Los componentes de la Corporación asistentes se relacionan a continuación:

ASISTENTES

Alcalde: Germán Cotanda Gil (PP) Concejales: D. Fco. Javier Alapont Pérez (PP)

Dª. Mª Elia Verdevío Escribá (PP) Dª. Mª. Rosario Martínez Cáceres (PP) D. Fco. Javier Martínez Sania (PP)

D. José Mª Coscollar Campos.(PP) Dª Maria Josefa Roig Giner (PP)

D. José Ángel Blay Ricart (PP) Dª. Maria Vicenta Boquer Granell (PP). Concejales no asistentes:

Dª. Mónica Herrero Alcàcer (PP). D.Josep Enric Alcàcer i Asensi (UPIB) Dª Victoria Cremades Salavert (UPIB) Dª.Maria Pilar Ros Sánchez (PSOE) D.Roberto Ocaña Pérez (PSOE) Dª.Dolores C. García Martínez (PSOE) Dª Cristina Alemany Campos( COMPROMIS). D. José Rodado Hernandez (COMPROMIS). D. Juan José Baudés Llistó (COMPROMIS) D. Salvador Beltrán Talamantes (MAS CAMARENA). D. Juan Carlos Camargo Martínez (MAS CAMARENA). D.Manuel J.Alberto Chover Lara (CUBE).

Secretario: Interventora acctal:

D. Juan Ignacio Moreno García. Carolina Bosch Escribà.

NUMERO LEGAL DE MIEMBROS: 21 ASISTENTES:

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Por la Alcaldía Presidencia, se declara abierto el acto y de su orden se procede al tratamiento y adopción de acuerdos sobre los asuntos recogidos en el siguiente:

ORDEN DEL DÍA.

1. REGIMEN JURÍDICO.- Aprobación, si procede, de las actas de las sesiones

anteriores la nº 3 de 28/03/12 y la nº 4 de 02/04/12. 2. RÉGIMEN JURIDICO. Correspondencia oficial, asuntos y disposiciones de

carácter general. 3. RÉGIMEN JURÍDICO. Control y fiscalización de las resoluciones de la Alcaldía

desde la nº 615 de 23/03/12 a la nº 840 de 26/04/12. 4. REGIMEN JURIDICO. Sesiones de la Junta de Gobierno local nº 10 de 26/03/12,

nº 11 de 02/04/12, nº 12 de 17/04/12 y nº 13 de 23/04/12. 5. INTERIOR.-Expediente de modificación del acuerdo plenario de determinación de

día y hora de las sesiones ordinarias de las comisiones informativas y las sesiones plenarias.

6. HACIENDA.- Expediente de aprobación del pago a justificar nº 04/2011, mediante reconocimiento extrajudicial de crédito.

7. HACIENDA.- Expediente relativo a modificación de la Ordenanza Fiscal nº 16 bis reguladora de la tasa por prestación del servicio de voz pública del Ayuntamiento de Bétera.

8. URBANISMO.- Expediente relativo a convenio a suscribir por este Ayuntamiento con la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI).

9. URBANISMO.- Expediente relativo a aceptación cesión gratuita de vial correspondiente al estudio de detalle de las parcelas 9-21 a 9-24 de la Urbanización Torre en Conill.

10. RÉGIMEN JURÍDICO.- Ruegos y Preguntas

FUERA DE DESPACHO; MOCIONES.

1.- MOCIÓN SOBRE BUENAS PRÁCTICAS.

1.-REGIMEN JURÍDICO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS

ANTERIORES Nº 3 DE 28/03/12 Y LA Nº 4 DE 02/04/12. Por la Alcaldía Presidencia se pregunta a los miembros del Pleno asistentes, si

alguno de ellos ha de formular observaciones a los borradores de las actas nº 3 de 28/03/12 y la nº 4 de 02/04/12 que han sido distribuidos con anterioridad a este acto en atención a lo preceptuado en el art 91 del ROF y RJ de las EE.LL.

El Pleno de la Corporación Municipal a la vista de lo preceptuado en el artículo 91

del ROF y RJ de las Entidades Locales, en relación con la Ley 7/85 de 2 de abril, RBRL, y demás disposiciones concordantes y de aplicación, por unanimidad de sus miembros ACUERDA :

Aprobar el las actas nº 3 de 28/03/12 y nº 4 de 02/04/12, en los términos que

figuran en el borrador de la misma facilitado con anterioridad a los miembros de la Corporación.

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2.-RÉGIMEN JURIDICO.- CORRESPONDENCIA OFICIAL, ASUNTOS Y

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL. Se informa a la Corporación Municipal de la correspondencia habida desde la

última sesión ordinaria del Pleno hasta la fecha, según consta en los registros generales de la Corporación, cuyo resumen se detalla a continuación:

DOCUMENTO NÚMEROS DE REGISTRO

Entrada Del 3.092 al 4.416 del 2012(ambos inclusive). Salida Del 2995 al 4822 del 2012 (ambos inclusive).

Visto lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y R.O.F. y R.J. de las EE.LL, el Pleno de la Corporación queda enterado.

3.-RÉGIMEN JURÍDICO. CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LAS

RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA DESDE LA Nº 615 DEL 23/03/12 A LA Nº 840 DE 26/04/12.

Se da cuenta al Pleno de las resoluciones dictadas por la Alcaldía desde la

última sesión ordinaria del Pleno hasta el 26/04/12, según consta en los libros correspondientes y que se ajustan al siguiente detalle:

Desde la nº 615 de 23/03/12 a la nº 840 de 26/04/12.

Visto lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, y R.O.F. y R.J. de las EE.LL, el Pleno de la Corporación queda enterado.

4.- REGIMEN JURIDICO.- DACIÓN DE CUENTA DE LAS SESIONES DE LA

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Nº 10 DE 26/03/12, Nº 11 DE 02/04/12 LA Nº 12 DE 17/04/12 Y LA Nº 13 DE 23/04/12.

11. nº 10 de 26/03/12, nº 11 de 02/04/12, nº 12 de 17/04/12 y nº 13 de 23/04/12. Se da cuenta a la Corporación Municipal de las sesiones de la Junta de Gobierno

Local habidas desde la última sesión ordinaria del Pleno, según consta en el correspondiente libro de actas, cuyo resumen se detalla a continuación:

Nº DE ACTA FECHA DE LA SESIÓN 10 26/03/12 11 02/04/12 12 17/04/12 13 23/04/12

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Visto lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y R.O.F. y R.J. de las EE.LL, el Pleno de la Corporación queda enterado.

5.-INTERIOR.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DEL ACUERDO

PLENARIO DE DETERMINACIÓN DE DÍA Y HORA DE LAS SESIONES ORDINARIAS DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Y LAS SESIONES PLENARIAS.

A la vista de la propuesta formulada por la Alcaldía- Presidencia del siguiente

tenor literal:

“Una vez constituida la Corporación Municipal, y de conformidad con lo establecido en el art. 38 del ROF y RJ de las EE.LL, El Ayuntamiento en Pleno en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 23/06/11, determinó la periodicidad de sus sesiones plenarias ordinarias, así como la creación, composición y periodicidad de las Comisiones informativas permanentes.

No obstante, tras la aplicación del referido régimen de sesiones, se ha hecho evidente la necesidad de unificar su horario, así como determinar algunos aspectos que no fueron recogidos en dicho acuerdo, por ello esta Alcaldía-Presidencia, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas, propone al Ayuntamiento en Pleno, la adopción de acuerdo de modificación del régimen de sesiones del siguiente tenor literal:

PRIMERO.- Establecer la periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno

conforme al siguiente detalle:

PERIODICIDAD: MENSUAL. FECHA: PRIMER LUNES DEL MES. LUGAR: SALON DE PLENOS DEL CASTILLO. HORA: 19:00 HORAS.

SEGUNDO: Determinar que en el caso de que el primer lunes del mes fuera

inhábil, la celebración de la sesión plenaria ordinaria se trasladaría al lunes siguiente a tal fecha, a la misma hora y en el mismo lugar establecido con carácter general para las sesiones plenarias ordinarias.

TERCERO.-Fijar la periodicidad de las sesiones ordinarias de las Comisiones

Informativas según el siguiente detalle: PERIODICIDAD: MENSUAL FECHA: LUNES ANTERIOR AL PLENO LUGAR: SALON DE PLENOS DEL CASTILLO HORA: A PARTIR DE LAS 19:00 HORAS

CUARTO: Seguir en el expediente el procedimiento y trámites establecidos en el

ordenamiento jurídico vigente. El presente expediente ha sido dictaminado favorablemente por la comisión

informativa de empleo, interior, policía y protección civil de 2/05/12.

La Alcaldía a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 y concordantes del R.O.F. y R.J. de las EE.LL. pregunta a los miembros de la Corporación presentes si alguno de ellos desea intervenir en el debate del expediente de que se trata, produciéndose las siguientes intervenciones.

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Toma la palabra la Sra. Cristina Alemany, portavoz del grupo político municipal

COMPROMÍS y dice que evidentemente el voto de Compromís en este punto será a favor pero nos gustaría que el portavoz del equipo de gobierno nos explicara el cambio de opinión de pasar el Pleno del lunes si es festivo al siguiente lunes, nosotros esta propuesta la hicimos en el primer Pleno de la legislatura y lo rechazaron, entonces me gustaría saber la razón de este cambio de criterio, ya que ahora si que lo aceptan.

El Sr. Javier Alapont, portavoz del grupo político municipal PP contesta que al reconsiderarlo, creemos que vale la pena, ahora al aprobar un cambio de horario, establecer esta previsión.

Visto lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Régimen Local, en relación con el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el ROF y RJ de las EELL..

La Corporación municipal, por unanimidad con el voto a favor de los concejales

del PP (10), UPIB (2) PSOE (3), COMPROMIS 3), MAS CAMARENA (2), y CUBE (1), lo que supone el voto favorable de la totalidad de los miembros que la integran asistentes, ACUERDA:

PRIMERO.- Establecer la periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno

conforme al siguiente detalle:

PERIODICIDAD: MENSUAL. FECHA: PRIMER LUNES DEL MES. LUGAR: SALON DE PLENOS DEL CASTILLO. HORA: 19:00 HORAS.

SEGUNDO: Determinar que en el caso de que el primer lunes del mes fuera

inhábil, la celebración de la sesión plenaria ordinaria se trasladaría al lunes siguiente a tal fecha, a la misma hora y en el mismo lugar establecido con carácter general para las sesiones plenarias ordinarias.

TERCERO.-Fijar la periodicidad de las sesiones ordinarias de las Comisiones

Informativas según el siguiente detalle:

PERIODICIDAD: MENSUAL FECHA: LUNES ANTERIOR AL PLENO LUGAR: SALON DE PLENOS DEL CASTILLO HORA: A PARTIR DE LAS 19:00 HORAS

CUARTO: Seguir en el expediente el procedimiento y trámites establecidos en el

ordenamiento jurídico vigente. 6.-HACIENDA.-EXPEDIENTE DE APROBACIÓN DE PAGO A JUSTIFICAR

Nº 04/2011, MEDIANTE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO. Se da cuenta de expediente de aprobación de pago a justificar nº 4/11

“Adquisición de bonometro para desplazamiento en gestiones de servicios sociales” mediante reconocimiento extrajudicial de crédito, así como cuantos antecedentes, informes y documentos conforman el mismo, y en especial los que se relacionan a continuación.

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La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el dia 10/10/11 aprobó, la

concesión de pago a justificar nº 04/2011 “Adquisición bonometro para desplazamientos en gestiones de servicios sociales” por importe de 25,40 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 2300/23120 denominada “SS.SS Gastos de locomoción del personal no directivo”.

Consta en el expediente Propuesta de Justificación presentada por la Jefa del

Departamento de Servicios Sociales, (R.E nº 2786) en fecha 21/03/2012, en la que justifica un total de 25,40 €.

La Interventora Municipal en fecha 11/04/2012 ha emitido informe de fiscalización

del expediente de aprobación del pago a justificar, en el que si bien constata la existencia de justificantes de todos los gastos realizados, la realización material del pago a los acreedores y que el pago se ha realizado para el fin para el que fue otorgado, manifiesta que dado que parte de los gastos se han efectuado en el ejercicio actual y otros lo han sido en el ejercicio anterior, habiéndose incumplido el principio de especialidad temporal, de conformidad con lo dispuesto en la LBRL y en el TRLHL, resulta competente para la aprobación de la justificación, el Pleno de la Corporación por tratarse de gastos de ejercicios anteriores que deberán aprobarse mediante reconocimiento extrajudicial de créditos, según lo dispuesto en el art. 176.1 del TRLHL, en relación con el artículo 60.1 del RD 500/90, de 20 de abril.

- Igualmente, el expediente ha sido dictaminado favorablemente por la

Comisión informativa de Hacienda y Especial de Cuentas de 02/05/12.

La Alcaldía a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 y concordantes del R.O.F. y

R.J. de las EE.LL. pregunta a los miembros de la Corporación presentes si alguno de ellos desea intervenir en el debate del expediente de que se trata, produciéndose las siguientes intervenciones.

Toma la palabra el Sr. Juan José Baudés, concejal del grupo político municipal

COMRPOMÍS y dice que le gustaría que le explicaran bien este punto, me he leído el expediente y no acabo de entender por qué tiene que venir al Pleno, si que me gustaría que me informaran, he leído el informe de intervención pero no me ha quedado muy claro, me gustaría que me lo aclararan.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, concejal de Hacienda contesta que es porque se trata de un reconocimiento extrajudicial, por esa razón tiene que aprobarlo el Pleno, porque es un gasto del 2011 que se justifica en el 2012.

El Sr. Juan José Baudés dice que hay un informe de intervención de octubre del 2011, no se si será de donde se habla del extrajudicial porque he visto un informe dentro del expediente de intervención de octubre del 2011 y no acabo de ligar como puede ser si estamos hablando de un pago que se presentaba en el 2012, ¿por qué había un informe del 2011? De todas formas en el expediente está, ya lo miraréis y me lo decís, en cualquier caso son 11 euros lo que se paga del año pasado y yo creo que por 11 euros, a veces hilamos muy fino y a veces no, si, será obligatorio pero por 11 euros hacer un informe el Secretario, un informe la Interventora, un informe el Concejal, traerlo al Pleno, 21 concejales aquí discutiendo del tema, la verdad es que… después tenemos el PMS que son 5 millones de euros que resulta que por criterio de caja se han gastado y no hay ningún informe que justifique esto, y sin embargo por 11 euros no acabo de entender que tenga que venir a un Pleno.

El Sr. Josep Enric Alcàcer contesta que simplemente volver a decir que es obligatorio y que el informe que hay de intervención seguramente será de autorizar el adelanto de caja fija y no el tema del reconocimiento extrajudicial, primero

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evidentemente tendrá que informar intervención de la petición de gasto que será favorable y después la justificación que es cuando viene fuera del año y es cuando provoca un reconocimiento extrajudicial de crédito.

Toma la palabra la Sra. Pilar Ros, portavoz del grupo político municipal PSOE y dice que en este caso desde el PSOE no íbamos a intervenir, de hecho en la comisión nos manifestamos o votamos a favor de esta figura, es una figura legal, si que es cierto que por 11 euros… pero bueno es una figura legal que esta ahí y que por tanto vamos a apoyar.

La Corporación municipal, con el voto a favor de los concejales del PP (10), UPIB (2), PSOE (3), MAS CAMARENA (2), y CUBE (1), y la abstención de los concejales de COMPROMIS (3), lo que supone el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que la integran asistentes, ACUERDA:

PRIMERO.- Quedar enterada de Expediente sobre Pago a Justificar número 04/2011 “ADQUISICIÓN DE BONOMETROS PARA DESPLAZAMIENTOS EN GESTIONES DE SERVICIOS SOCIALES”: FASE DE JUSTIFICACIÓN así como de cuantos antecedentes, informes y documentos constan en el mismo, y en particular Informe de la Intervención de fecha 10 de abril de 2012, en el que se formulan Reparos, y en su consecuencia:

a) Levantar el Reparo emitido por la Intervención Municipal de Fondos en su

informe de fecha 11 de abril de 2012, por los motivos señalados en el mismo. b) Aprobar la justificación presentada por la funcionaria Dña. Mª José Solera Bes,

en su condición de Habilitada de Fondos mediante el oportuno reconocimiento extrajudicial de créditos y con cargo a las aplicaciones presupuestarias correspondientes del ejercicio actual, con el detalle que se resume a continuación:

FECHA

FRA/TICKET TERCERO RESUMEN CONCEPTO

IMPORTE

(€)

18/10/2011 FERROCARRILS DE LA GENERALITAT

VALENCIANA (CIF. Q-9650001-B)

RECARGA DE BONOMETRO

ABC 12,70

03/02/2012 FERROCARRILS DE LA GENERALITAT

VALENCIANA (CIF. Q-9650001-B) BONOMETRO ABC 7,00

TOTAL JUSTIFICADO: 19,70

TOTAL REINTEGRADO: 5,70

TOTAL CONCEDIDO: 25,40

c) Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal y al interesado, a los efectos oportunos.

SEGUNDO.- Seguir en el expediente el procedimiento y trámites legalmente

establecidos por el ordenamiento jurídico vigente. 7.-HACIENDA.- EXPEDIENTE RELATIVO A MODIFICACIÓN DE LA

ORDENANZA FISCAL Nº 16 BIS REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VOZ PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE BÉTERA.

Se da cuenta de expediente relativo a modificación de la Ordenanza Fiscal nº 16

bis reguladora de la tasa por prestación del servicio de voz pública del Ayuntamiento de Bétera, así como cuantos antecedentes, informes y documentos obran en el mismo, y en especial de Estudio Técnico Económico, texto de la Ordenanza Fiscal a modificar e informe de la Intervención Municipal.

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Obra al expediente memoria de la Alcaldía donde se justifica la modificación

propuesta en el hecho de que resulta necesaria, a juicio de la Alcaldía, una mejor redistribución del coste del servicio entre los beneficiarios directos del mismo, en lugar de financiarlos con impuestos generales aplicables a todos los ciudadanos del municipio, consiguiendo de este modo una distribución más justa de los costes; y por otro lado, en el hecho de que la tasa sufrió su última modificación en el año 2001, no habiéndose actualizado las tarifas desde entonces, lo que ha provocado un incremento de los costes que no ha estado acompañado de un incremento en los ingresos, provocando un desequilibrio económico en la prestación del servicio.

Igualmente, consta en el expediente estudio Técnico Económico, en el que se

pone de manifiesto que el servicio de voz pública arroja un déficit considerable, disponiendo la Ley Reguladora de las Haciendas Locales vigente, que el importe de la tasas por prestación de un servicio o por la realización de una actividad no podrá exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o, en su defecto, del valor de la prestación recibida.

La Interventora Municipal emite informe de 01/03/12, en el que señala entre otros

extremos: “en relación al informe técnico-económico emitido por la Técnico de Gestión Tributaria, y por los datos obrantes en el mismo, quedaría acreditado que el importe de las tasas por la prestación del servicio no excedería, en su conjunto, del coste previsible del servicio. El déficit resultante deberá tenerse en cuenta por la Corporación en la elaboración del Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2012, a los efectos de cubrir el coste del servicio no financiado con la tasa propuesta, con la parte de recursos propios correspondientes”.

- La Comisión informativa de Hacienda y Especial de Cuentas celebrada el día

02/05/12, ha dictaminado favorablemente el expediente.

La Alcaldía a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 y concordantes del R.O.F. y

R.J. de las EE.LL. pregunta a los miembros de la Corporación presentes si alguno de ellos desea intervenir en el debate del expediente de que se trata, produciéndose las siguientes intervenciones.

Toma la palabra la Sra. Cristina Alemany, portavoz del grupo político municipal

COMPROMÍS y dice que va a explicar el sentido del voto de su grupo. Compromís en el Pleno anterior presentó una propuesta sobre la modificación de las tasas de voz pública, concretamente lo que proponía Compromís era que quedaran exentas las Asociaciones sin ánimo de lucro y en este caso el equipo de gobierno lo ha aceptado, y la segunda parte de la propuesta era que el aumento fuera gradual concretamente en cinco años, esta parte de la propuesta el equipo de gobierno no la ha aceptado y desde nuestro grupo evidentemente consideramos que es inasumible la propuesta que trae al Pleno el PP y el UPIB porque creemos que es insuficiente, que el equipo de gobierno continúa perjudicando sustancialmente a los ciudadanos de Bétera con su política de revisión de precios, y por ello volvemos a ofrecer otra propuesta, en este caso consideramos que la concejalía afectada estudie la implantación de un nuevo sistema para informar a la ciudadanía, como por ejemplo podría ser la megafonía, con una triple finalidad, en primer lugar reducir el gasto del servicio, en segundo lugar mantener informada a toda la población, no solo al núcleo urbano sino a todas las urbanizaciones, y por ultimo que creo que es la parte mas importante reducir el impacto económico sobre la población, por tanto lo que proponemos es que el equipo de gobierno vuelva a dejar sobre la mesa este punto, y lo estudie, si no es así nuestro voto será en contra.

El Sr. Javier Alapont, portavoz del grupo político municipal PP, contesta que efectivamente este tema se quedó sobre la mesa en el último Pleno y de alguna manera se pretendía que las Asociaciones sin ánimo de lucro y todas aquellas que tengan un

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carácter social y que la información que se tuviera que dar en los bandos a la población, no tuviera una carga económica sobre estas Asociaciones, y haciéndolo de la manera que, ha explicado el Secretario cuando ha leído el acuerdo. ¿Quién si que pagaría?, las empresas funerarias que hacen bandos cuando muere algún ciudadano de los que están asegurados, los que no están asegurados tendrían que pagarlo ellos, y pagarían también todos aquellos ciudadanos que quisieran trasladar a la población cualquier tema que no tuviera carácter de interés general, todo lo demás estaría exento de pago, otra cosa es que Compromís en este momento plantea una opción de revisar el sistema, podemos revisar el sistema perfectamente, pero lo que esta claro es que hay que tratar de aproximarse al máximo al coste del servicio y cuando hay un bando que hacer a las siete de la tarde, o un sábado, domingo o festivo, que los honorarios que tiene que pagarle el Ayuntamiento a la persona que tiene que hacer el bando, estén pagados por quién ocasiona ese trabajo extraordinario que no está previsto y que se tiene que hacer necesariamente. No nos negamos en absoluto y recojo la propuesta de poder estudiar un sistema alternativo, el tema de la megafonía me lo tendréis que explicar mejor, cómo lleváis megafonía sin un vehículo y sin una persona que lleve el vehículo a urbanizaciones y todo eso, lo hablamos pero con tiempo y sin estar sujetos a que este tema hay que hacerlo necesariamente, por lo tanto aceptamos la propuesta, la estudiaremos incluso en junta de portavoces podemos ver distintas posibilidades de cambiar el sistema pero pasaremos a votación y el equipo de gobierno apoyará este punto.

La Sra. Pilar Ros, portavoz del grupo político municipal PSOE dice que la anterior vez que vino al Pleno anunciamos que nos íbamos a abstener en el tema de aprobación de esta tasa, el Concejal de Hacienda por activa y por pasiva nos recuerda que las tasas, su objetivo final es cubrir gastos, con lo que estamos de acuerdo, ahora acabo de escuchar “aproximarse al máximo” que ya no es cubrir gastos, ya anuncié que esta tasa no recoge todos los costes que tendría que tener por lo tanto entendiendo que hay que actualizar no solo ésta sino todas las tasas que sean necesarias, porque la mayoría están sin revisar desde 2000-2003, hacer desde aquí el ruego de que ya que se ha comenzado se haga, porque el IPC ya comenté que había variado un treinta y pico por ciento. Nosotros vamos a continuar absteniéndose porque si la tasa tiene que cubrir parte del coste, y evidentemente lo ha de pagar el que lo utiliza, en este caso vemos que sería mas cara posiblemente pero no está cubriendo o no está siguiendo la filosofía de lo que es una tasa.

El Sr. Javier Alapont, contesta que ha dicho “aproximarse” porque este tema de la voz pública lo realizan personas, si no fuera así y supiéramos que son “x” euros y no puede variar y que siempre son “x” euros, diría que se ajusta perfectamente pero como el tema de la voz pública la hacen personas y vehículos que se utilicen al efecto, si resulta que pensamos que al cabo del mes se utilizan 30 horas de trabajador y tantos litros de gasolina y resulta que el vehiculo se ha estropeado dos veces en el mes y no esta previsto, y la persona se pone enferma, pues claro no se puede tener el detalle que usted quiere por eso le digo que esto es aproximarse al máximo, ojala no fuera de esa forma, si esto fuera pulsar un botón sería perfecto pero cuando intervienen personas y vehículos no puede ser esa aproximación al 100% trataremos que sea al máximo posible.

La Sra. Pilar Ros añade que en este caso me alegro de que el portavoz haya explicado el “aproximarse al máximo”, hasta ahora siempre nos habían dicho que había que cubrir costes, hay dos versiones de una misma definición, me alegro y veo que es correcta la que esta haciendo.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, concejal de Hacienda, por alusiones le diré que yo he dicho por activa y por pasiva en el tema de las tasas, en ningún momento he dicho cubrir al 100% el coste, siempre he matizado “en la medida de lo posible”, de hecho en el plan de ajustes alguna de las tasas todavía continúan siendo deficitarias en menor medida pero yo en ningún momento he dicho que en las tasas, en las propuestas que nosotros hacemos cubrimos el coste 100%, revise y verá como en algún momento he matizado “en la medida de lo posible” porque si no ese incremento nosotros también somos conscientes

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que en algún momento determinado seria un incremento muy sustancial, y por eso lo que ha dicho Javier en la medida de lo posible ésta tasa igual, y ésa filosofía es la que continuamos manteniendo, no es que la vayamos a tener de nuevo como tu propones o que la tengamos a partir de ahora, ya la llevamos de atrás, en las que hemos revisado, en éstas, y en las que revisaremos, “en la medida de lo posible”, vuelvo a recalcar, pero ahora, antes y después.

La Sra. Cristina Alemany añade, simplemente decir que entiendo que el equipo de gobierno estudiará la propuesta que ha hecho pero que lleva a delante la votación de este punto, ¿no?

El Sr. Alcalde-Presidente dice que el tema de la megafonía hace cinco o seis años ya tuvimos una empresa que vino, nos hizo un estudio propuesta y la cuantía es bastante elevada, por eso cuando vino ese estudio se quedó en stand-by, pero sobre todo el problema que tenemos es que todos estos aparatos de megafonía tanto para el pueblo, como para las urbanizaciones, tienen que estar en instalaciones públicas y no se llegaba a cubrir todo el término, lo cual era un problema, de todas formas las técnicas avanzan y continúan estudiándolo pero ya les digo que la cuantía era bastante elevada, es muy ambiciosa, la tuvimos, la estudiamos, pero para llegar a todo el término, lógicamente ya que se hace, se tenía que poner en muchas vías wifi y muchos repetidores y eso lo encarecía. También se estudió los edificios públicos, aunque por ejemplo las escoletas todavía no estaban, y se nos quedaban zonas sin cubrir. Ahora se puede retomar otra vez y se puede estudiar de nuevo, la cuantía nos marcará un poco el tema, pero yo creo que es factible y tenemos que estudiarlo necesariamente.

Visto lo dispuesto en el RDL 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, el RD 500/1990 de 20 de abril, así como lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto vigente.

La Corporación municipal, con el voto a favor de los concejales del PP (10), UPIB

(2), MAS CAMARENA (2), y CUBE (1), las abstenciones de los concejales del PSOE (3), y el voto en contra de los concejales de COMPROMIS (3), lo que supone el voto favorable de la mayoría de los miembros que la integran asistentes, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar provisionalmente las modificaciones contenidas en al nueva redacción de la Ordenanza Fiscal nº 16bis que regula la Tasa por Servició de Voz Pública del Ayuntamiento de Bétera, la cual se encuentra adjunta al presente expediente, consistiendo la modificación fundamentalmente en la conformación del articulado a la legislación vigente, y la adaptación del importe de la Tasa a los costes generados por el servicio:

(*Las modificaciones introducidas aparecen identificadas en negrita y

sombreadas.) “Articulo 1º.- Fundamento Legal.

En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Española y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, el Excmo. Ayuntamiento de Bétera establece la Tasa por la Prestación del servicio de Voz Pública, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal y por la normativa reguladora de las Haciendas Locales vigente en cada momento.”

...

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“Articulo 3º.- Sujetos Pasivos. Son sujetos pasivos contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como

las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria –en adelante LGT -, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por el servicio de voz pública objeto de esta tasa.

No tiene la condición de sujeto pasivo, la Administración Pública que presta el

servicio de voz pública municipal, realizando los servicios con carácter institucional, y todos aquellos pretendidos por Entidades sin fines lucrativos, de conformidad con la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

” ...

“Articulo 8º.- Gestión. La presente tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, correspondiendo a la

Alcaldía- Presidencia la aprobación del modelo de autoliquidación correspondiente. A tal efecto y excepto en los casos de bandos por entierros, junto a la presentación de la solicitud para la realización del servicio correspondiente, deberá adjuntarse copia de la autoliquidación con la que acreditarán el ingreso previo del importe correspondiente. No obstante en el caso de bandos por funerales el plazo para ingresar la autoliquidación será de una semana desde el momento del devengo.

Los plazos de ingreso serán los señalados en el Reglamento General de

Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio. Las cuotas no satisfechas en periodo voluntario, se harán efectivas por el procedimiento ejecutivo de apremio.”

... “DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el

Boletín Oficial de La Provincia y comenzará a aplicarse al día siguiente de su publicación definitiva, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

ANEXO

Las cuotas tributarias a liquidar y exigir por la prestación del servicio regulado en la indicada Ordenanza, lo serán con arreglo a las siguientes tarifas:

EPÍGRAFE Cuota

Por cada recorrido turno o interesado en la difusión, por medios de megafonía del Servicio Municipal de Voz Pública, de noticias, anuncios o similares

40 Euros

Por cada recorrido turno o interesado en la difusión, por medios de megafonía del Servicio Municipal de Voz Pública, de noticias, anuncios o similares EN HORARIO NO LABORAL DEL AYUNTAMIENTO

75 Euros

Por cada recorrido turno o interesado en la difusión, por medios de megafonía del Servicio Municipal de Voz Pública, de noticias, anuncios o similares EN FESTIVOS

90 Euros

.”

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SEGUNDO.- Abrir un período de información pública por plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES mediante edicto que ha de publicarse en el tablón de anuncios, en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de mayor difusión de la provincia, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, las cuales serán resueltas definitivamente por la corporación.

TERCERO. Si no se presentara ninguna reclamación, el acuerdo hasta ese

momento provisional pasará automáticamente a definitivo, según lo que establece el artículo 49 de La Ley 7/85, de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. Si bien, los acuerdos definitivos, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de las ordenanzas o de sus modificaciones, habrán de ser publicados en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

8.-URBANISMO.- EXPEDIENTE RELATIVO A CONVENIO A SUSCRIBIR POR

ESTE AYUNTAMIENTO CON LA ENTIDAD METROPOLITANA DE SERVICIOS HIDRÁULICOS (EMSHI).

Se da cuenta de expediente relativo a convenio a suscribir por este Ayuntamiento

con la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI), así como cuantos antecedentes, informes y documentos conforman el mismo, y en especial los que se relacionan a continuación:

I.- La Ley 2/2001 de 11 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de creación y gestión de áreas metropolitanas de la Comunidad Valenciana, crea la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos para la prestación de servicios hidráulicos, asignándosele en concreto en su párrafo segundo la competencia del servicio del agua en alta, la producción y suministro para el ámbito territorial integrado por los municipios enumerados en la referida Disposición Adicional Primera, así como los expresamente incorporados al área por Ley 5/2004 de 13 de julio de la Generalidad valenciana.

II.- La Asamblea de esa Entidad en sesión celebrada el 24/04/08, aprobó como forma de gestión del servicio de abastecimiento de agua potable en alta, la gestión directa del servicio mediante la modalidad de empresa mixta, creándose en fecha 17 de diciembre de 2008 la EMPRESA MIXTA METROPOLITANA S.A, EMIMET.

III.- El municipio de Bétera no se halla incluido en el ámbito territorial integrado por los municipios enumerados en la Disposición Adicional Primera de la Ley 2/2001 ni en el artículo único de la Ley 5/2004 de13 de julio de la Generalitat, de modificación de la Ley 2/2001, en la que se modifica dicho ámbito. Si bien, de conformidad con el art. 2 del Reglamento Regulador del Servicio de Agua en Alta aprobado por la Asamblea de la Entidad, en fecha 24 de abril de 2008 “podrán ser usuarios aquellos municipios que, no hallándose incluidos en el Área Metropolitana lo soliciten, siempre que así lo acuerde la EMSHI. En tal caso, la Entidad instará la inclusión del municipio solicitante en el ámbito del Área Metropolitana”. A tal fin, la EMSHI tiene aprobado un modelo de convenio para adquirir la condición de usuario del servicio y promover su inclusión en el área.

IV.- Por otro lado, el Ayuntamiento de Bétera tiene suscrito con la entidad “AGUAS DE VALENCIA S.A, Contrato de Gestión y Explotación del Servicio Municipal de Abastecimiento Domiciliario de Agua Potable a diferentes núcleos de población del término municipal, en cuya cláusula primera, según recoge el Informe del Ingeniero Industrial municipal de 24/04/12, se concreta, entre otros aspectos, que el origen del agua potable a suministrar a los abonados del servicio, procederá del depósito del agua de “Mas Camarena”, abastecido por el “Consell Metropolità de L´Horta”, actualmente denominado “Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI)”.Con dicho objeto, se modificaron las tarifas presentadas por la entidad de “AGUAS DE VALENCIA S.A”, en su oferta económica, incluyendo la repercusión en los recibos de agua de la tarifa a abonar a la EMSHI. Por tanto, el municipio de Bétera, a través de la concesionaria “Aguas de Valencia

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S.A”, es usuario del suministro de agua en alta, competencia de la EMSHI, y la adquisición del agua en alta debido a las modificaciones introducidas en el suministro, fue repercutida en las tarifas del servicio.

V.- Este último extremo es constatado igualmente por la Interventora Municipal, al fiscalizar la adecuación del crédito para cubrir el posible gasto originado por la firma del Convenio. Y, en base a ello, fiscaliza favorablemente el expediente, siempre y cuando, atendiendo a lo establecido en el art. 2 del Reglamento Regulador del Servicio de Agua en Alta, se proceda a delegar expresamente en la concesionaria Aguas de Valencia, S.A, la condición de usuario del servicio de suministro de agua potable en alta prestado por la EMSHI, para el territorio incluido en su concesión, asumiendo la misma todos los derechos y obligaciones que implica dicha condición, según el convenio y su reglamento.

VI.- Por su parte, el Secretario de la Corporación emite informe en fecha 26/04/12, en el que tras referirse a los extremos anteriormente referidos, y una vez determinada la competencia plenaria para la aprobación del convenio y la necesidad de que dicho acuerdo sea adoptado por mayoría absoluta de sus miembros, a la vista de los informes favorables del Técnico Jurídico de 18/04/12 del Ingeniero Industrial de 24/04/12 y de la interventora municipal, respectivamente, informa favorablemente la aprobación del convenio.

VII.- El presente expediente ha sido dictaminado favorablemente por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras Públicas, Urbanizaciones, Núcleos de Población y Participación Ciudadana de 02/05/12.

La Alcaldía a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 y concordantes del R.O.F. y R.J. de las EE.LL. pregunta a los miembros de la Corporación presentes si alguno de ellos desea intervenir en el debate del expediente de que se trata, produciéndose las siguientes intervenciones.

Toma la palabra la Sra. Cristina Alemany, portavoz del grupo político municipal

COMPROMÍS y dice que quiere hacer dos preguntas al Concejal del área y una petición, el contrato de gestión del agua de algunos núcleos de población esta cedido a Aguas de Valencia desde el 98, mi pregunta es ¿cuándo finaliza este contrato?, y la petición seria si nos podrían dar una copia de este contrato.

Y la segunda cuestión seria que sabiendo lo que cobra el EMSHI que son 48 céntimos de euro por metro cúbico, si el Ayuntamiento ha hecho algún seguimiento de lo que cobra Aguas de Valencia posteriormente a los usuarios, ya que hemos recibido algunas quejas por parte de usuarios que aun no teniendo un uso abusivo de este servicio están pagando, creo que son, 80 euros bimestrales.

El Sr. Javier Alapont, portavoz del grupo político municipal PP, contesta que el tiempo de la concesión se lo diré, no recuerdo si son 20 o 25 años, referente al precio, ya fue Mas Camarena quien contrató con Aguas de Valencia antes incluso de hacer la concesión, es decir, cuando se cedió por parte de la promotora de Mas Camarena en su momento, a la Asociación de Vecinos de Mas Camarena, fue la Asociación de Mas Camarena la que contrató con Aguas de Valencia para poderse suministrar de agua, nosotros lo que hicimos fue legalizar aquella situación. En cuanto al precio que compra Aguas de Valencia al EMSHI y que la repercute sobre los vecinos, tenga en cuenta que cada precio público es visado por la Comisión de Precios que está en la Consellería, a partir de ahí el técnico del Ayuntamiento es el que está a favor o no de actualización de precio, por lo tanto el precio está perfectamente reglado.

La Sra. Pilar Ros, portavoz del grupo político municipal PSOE dice que leyendo el convenio hay un párrafo que nos preocupa, a ver si nos puede informar, dice que el EMSHI podrá en modo unilateral acordar la suspensión temporal del vigente convenio en caso de falta de caudal, ¿si esto se produjera tenemos un plan b? entiendo que esto es Camarena y las zonas que nos explicó en la comisión, pero ¿cuál seria este plan b?.

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El Sr. Javier Alapont, contesta que en lugar de llegar el agua potable por parte del EMSHI desde el este para Mas Camarena, sería desde la avenida de la Paz donde tenemos la canalización del Ayuntamiento de los pozos directamente por el camino Paterna hacia Mas Camarena, es decir, las concesiones que tenemos de alguna manera están entrelazadas entre ellas, de manera que en cualquier momento que alguna de ellas fuera deficitaria o tuviera cualquier problema, podría ser suministrada de forma inmediata la situación de restablecimiento de agua potable, muchas veces yo os paso secuencialmente el tema de los nitratos que tenemos en los pozos sobretodo cuando hay sequía, cuando hace tiempo que no llueve, suben los nitratos, siempre se mantienen ahí arriba en los 50, si en algún momento eso se disparara no habría ningún problema porque se cortaría el suministro y vendría por otro sitio el restablecimiento del agua potable, si que hay un plan b, pero desde hace mucho tiempo.

Visto lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ley 2/2001, de 11 de

mayo, de la Generalitat Valenciana, de Creación y gestión de áreas metropolitanas de la Comunidad Valenciana; la Ley 5/2004 de 13 de julio de la Generalitat Valenciana, de modificación de la Ley 2/2001; la Ley 8/2010 de 23 de junio de Régimen Local de la Comunidad Valenciana, que pese a derogar la referida Ley 2/2001, de 11 de mayo, de la Generalitat Valenciana, mantiene vigente su Disposición Adicional Primera; la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; así como lo preceptuado por el Reglamento Regulador del Servicio de Agua en Alta aprobado por la Asamblea de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI).

La Corporación municipal, con el voto a favor de los concejales del PP (10), UPIB

(2), MAS CAMARENA (2), y CUBE (1), y las abstenciones de los concejales del PSOE (3), y COMPROMIS (3), lo que supone el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que la integran asistentes, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar el CONVENIO INTERADMINISTRATIVO, cuyo contenido es el siguiente:

“CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE LA ENTIDAD METROPOLITANA DE SERVICIOS HIDRÁULICOS (EMSHI) TITULAR DE LA COMPETENCIA DEL SERVICIO DEL AGUA EN ALTA, PRODUCCIÓN Y SUMINISTRO HASTA EL PUNTO DE DISTRIBUCIÓN MUNICIPAL Y EL MUNICIPIO DE BÉTERA, NO INTEGRADO EN EL ÁREA TERRITORIAL QUE COMPRENDE LA EMSHI, EN ORDEN A ALCANZAR LA CONDICIÓN DE USUARIO DEL SERVICIO DE AGUA EN ALTA Y PROMOVER SU INCLUSIÓN EN EL ÁREA METROPOLITANA.”

En la ciudad de Valencia, a _____________________

REUNIDOS

De una parte, D. Germán Cotanda Gil, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bétera, asistido por el Secretario General de la Corporación Municipal D. Juan Ignacio Moreno García, en nombre y representación de dicha Corporación y especialmente facultado para este acto mediante Acuerdo Plenario de fecha ___________, que se acompaña.

Y de otra parte, D. Arturo Ros Ribes, Presidente de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos, facultado para el presente en virtud del acuerdo de la Asamblea, adoptado en sesión de fecha _________, y asistido en la firma del presente por parte del Sr. Secretario General de la EMSHI, D. José Antonio Martínez Beltrán.

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MANIFIESTAN

I.- La Ley 2/2001 de 11 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de creación y gestión de áreas metropolitanas de la Comunidad Valenciana, que no obstante su derogación expresa operada por Ley 8/2010 de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana (Disposición Derogatoria Segunda ) mantiene expresamente en vigor, por lo que ahora nos interesa, su Disposición Adicional Primera, que crea la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos para la prestación de servicios hidráulicos, asignándosele en concreto en su párrafo segundo la competencia del servicio del agua en alta, la producción y suministro y ello para el ámbito territorial integrado por los municipios enumerados en la referida Disposición Adicional Primera, así como los expresamente añadidos al área por Ley 5/2004 de 13 de julio de la Generalidad valenciana.

II.- La Asamblea de esta Entidad en sesión celebrada en fecha 24-04-2008 aprobó como forma de gestión del servicio de abastecimiento de agua potable en alta, la gestión indirecta del servicio mediante la modalidad de empresa mixta, creándose en fecha 17 de diciembre de 2008 la EMPRESA MIXTA METROPOLITANA S.A., EMIMET, CIF A-98104763, tras el oportuno procedimiento licitatorio.

III.- El municipio de Bétera, no se halla incluido en el ámbito territorial del Área Metropolitana. No obstante, solicitó mediante acuerdo plenario, notificado a la EMSHI en fecha ________ su interés en ser usuario del servicio descrito, de titularidad de la EMSHI y gestionado a través de la empresa mixta EMIMET.

Por ello, se ACUERDA la formalización del presente Convenio entre la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos, en su condición de titular del servicio metropolitano de abastecimiento de agua en alta, y el Ayuntamiento de Bétera, no integrado en el Área, en orden a establecer, la efectiva prestación del servicio, condiciones de uso y tarifa correspondiente de abastecimiento de agua potable en alta, al convertirse en usuario del servicio no integrado en el Área Metropolitana, lo que llevarán a efecto con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO

Constituye el objeto del presente Convenio la efectiva prestación, que formalmente por la presente solicita y el establecimiento del régimen de usuario del servicio de abastecimiento de agua potable, para el municipio de Bétera, que no se halla incluido en el ámbito geográfico del área territorial que comprende la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos, titular del servicio, en relación con el llamado “suministro en alta”. Como consecuencia de la formalización del presente convenio, la EMSHI, se compromete a instar la inclusión del municipio solicitante de la prestación en el ámbito del Área Metropolitana.

El servicio conveniado se gestionará por la EMSHI a través de la Sociedad Anónima denominada empresa mixta metropolitana (EMIMET), constituida en fecha 17 de diciembre de 2008, gestionará la prestación del servicio metropolitano de abastecimiento de agua en alta, producción y suministro hasta el punto de distribución municipal.

La Entidad Gestora del Servicio será al propio tiempo la responsable en las funciones de gestión y cobro de las tarifas correspondientes al servicio de suministro de agua en alta, que corresponda satisfacer a los usuarios del servicio no incluidos en el Área Metropolitana, que mediante el presente acto convenían su prestación.

SEGUNDA.- POTESTADES QUE SE RESERVA LA EMSHI

La Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos mantiene la titularidad sobre el servicio de suministro de agua en alta, en concreto las competencias de producción y suministro, excluida la captación y potabilización, de los municipios integrantes del Área Metropolitana y enumerados en la Disposición Adicional Primera, apartado primero de la

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Ley 2/2001 de 11 de mayo así como de los municipios incorporados al área por Ley 5/2004 de 13 de julio, y de aquellos otros municipios no incluidos en el Área Metropolitana que por la presente convenían su prestación.

La EMSHI es la responsable de la explotación y conservación de su red de distribución en alta así como de sus instalaciones auxiliares, entendida como conjunto de tuberías y todos sus elementos de maniobra y control que conducen agua a presión desde los puntos de captación hasta las acometidas de los usuarios, tales como depósitos, rebombeo, controles, así como los siguientes derechos y facultades:

- Potestad para denunciar el presente convenio, previa comunicación al Ayuntamiento afectado con una antelación mínima de tres meses, respetando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la EMSHI.

- Derecho a ser informado con periodicidad mínima trimestral de las incidencias derivadas de la prestación del servicio, en particular datos de, suministro, presión y cauda adecuados.

La EMSHI podrá de modo unilateral acordar la suspensión temporal de la vigencia del convenio si por cualquier circunstancia no existiera caudal suficiente para atender al abastecimiento del municipio, dado que tiene carácter preferente el abastecimiento de los municipios incluidos en el Área Metropolitana. Si la suspensión excediera de seis meses ambas partes podrán instar la extinción del convenio.

También será causa de suspensión lícita y sin derecho alguno a compensación la manifestación negativa por parte de la Entidad de Cuenca respecto a la disposición de caudales para el abastecimiento en cuestión.

TERCERA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

1. Son derechos de los usuarios:

a) Suscribir con la entidad gestora del servicio el contrato de suministro en los términos con las garantías y en las condiciones previstos en el Reglamento del servicio de suministro de agua potable en alta para el Área Metropolitana de Valencia, aprobado por la Asamblea de esta Entidad en sesión celebrada el 24-04-2008 (en adelante reglamento del servicio).

b) Recibir copia del contrato y del reglamento del servicio.

c) Obtener el suministro del agua en alta en las condiciones sanitarias de calidad y presión, correspondientes al uso que de acuerdo con las características, similares a la del resto de usuarios de la EMSHI, y conforme con la legislación aplicable, en los términos y condiciones previstas en el reglamento del servicio y en las normas que en desarrollo del mismo apruebe la EMSHI.

d) Solicitar y obtener las informaciones y aclaraciones sobre el funcionamiento de su suministro, así como los datos referidos al mismo que resulten necesarios para que el municipio usuario solicitante pueda conocer las condiciones en que se realizará el suministro en alta en cuanto puedan afectar a la distribución en baja.

e) Formular las reclamaciones que estime oportunas, por el procedimiento establecido reglamentariamente.

f) Exigir la facturación de los consumos de acuerdo con las tarifas vigentes.

g) Solicitar de la EMSHI la información y asesoramiento técnico en materias cuya competencia corresponda a la citada entidad, en cuanto pueda resultar necesario para asegurar el abastecimiento en baja.

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2. Son obligaciones de los usuarios:

a) Satisfacer el importe de las tarifas facturadas en la forma y tiempo previstos en el reglamento del servicio y en el contrato de suministro, así como los intereses de demora a que haya lugar a contar desde el vencimiento del plazo de pago.

b) Satisfacer las cantidades resultantes de liquidaciones que se determinen producidas por error, fraude, sanción o avería en el contador sin corte de suministro. en los supuestos en que no pudiese determinarse los consumos reales se estimará la media de consumo tomando como referencia periodos equivalentes, de acuerdo con lo que se establece en el reglamento del servicio.

c) Destinar el agua suministrada a los usos previstos en el contrato de suministro y ordenanzas, de conformidad con la legislación de aguas.

d) Adecuar y regular la presión y caudal de la distribución en baja de acuerdo con sus propias necesidades y mediante sus propias instalaciones y medios, asumiendo la plena responsabilidad sobre las condiciones del abastecimiento en baja. Estas maniobras no podrán perturbar el servicio en alta.

e) Abstenerse de establecer o permitir derivaciones en sus instalaciones para suministros en alta a terceros o distintos de las consignados en el contrato.

f) Permitir y facilitar al personal autorizado por la EMSHI y la entidad gestora del servicio, la inspección de las instalaciones del usuario afectas al servicio o vinculadas con el objeto del contrato, así como facilitar la comprobación del uso real que se esté dando al agua suministrada en alta.

g) Cumplir las condiciones y obligaciones contenidas en el contrato de suministro y en el reglamento del servicio, y disposiciones complementarias.

h) Peticionar con la debida y suficiente antelación a la EMSHI las modificaciones en las instalaciones de baja, en especial, la incorporación de nuevos puntos o elementos de consumo significativos. A este respecto se entienden como significativos nuevas demandas que superen el 10% del volumen diario asignada al municipio en cuestión así como la ejecución de cualquier programa de actuación urbanística. La EMSHI dará traslado a la entidad gestora tanto de la petición como de la solución a la misma.

i) Notificar a la EMSHI y a la entidad gestora del los cambios en la forma de gestión del servicio en baja.

j) Respetar los precintos colocados por la EMSHI y/o entidad gestora del servicio por orden de la EMSHI u organismos competentes de las administraciones públicas. en cualesquiera elementos del servicio, en especial válvulas, llaves, caudalímetros, contadores y arquetas de registro.

k) Responder frente a terceros por los daños y perjuicios que pueda ocasionarles como consecuencia de la prestación del abastecimiento en baja.

El municipio se obliga a la entrada en vigor del presente convenio a instar ante la Generalitat Valenciana su futura inclusión en el área territorial que comprende la EMSHI o a bien realizar con diligencia todas las actuaciones necesarias para dotarse con los medios para obtener agua en alta por sí mismo, o asociado con otros.

CUARTA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD GESTORA DEL SERVICIO.

1. Son derechos de la Entidad Gestora del Servicio:

a) Percibir el importe de la facturación en la forma y tiempo determinados en el contrato y en Reglamento del Servicio.

b) Inspeccionar y revisar las instalaciones de los usuarios, afectas al servicio o vinculadas al objeto del contrato, que pudieran incidir de forma directa o indirecta sobre el funcionamiento del sistema en alta.

c) Establecer las medidas oportunas tendentes a evitar el uso incorrecto del agua suministrada.

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2. Son obligaciones de la Entidad Gestora del Servicio:

a) Prestar el servicio de suministro en todo momento con la calidad, presión y caudal adecuados y dentro de las posibilidades que las instalaciones operativas existentes lo permitan, primando siempre el interés general sobre el particular de cualquier usuario y tomando como referencia el orden de preferencia en los usos que establece las ley de Aguas.

b) Asegurar la continuidad del suministro, sin más interrupciones que las motivadas por causas de fuerza mayor, averías en las plantas o tuberías de conducción, fallos de suministro eléctrico, operaciones de mantenimiento, conservación y ampliación programas o cualquier otra causa impeditiva del funcionamiento normal del servicio.

c) Facturar por los consumos realizados con arreglo a las tarifas vigentes en cada momento.

d) Mantener el funcionamiento normal de las instalaciones sobre las que la Entidad tuviera competencia, asegurando en todo momento las características de potabilidad del agua recibida en las mismas, de acuerdo con la normativa vigente.

e) Conservar en perfecto estado y mantener todas las instalaciones y equipos de distribución sobre las que la Entidad tuviera competencia: depósitos, bombeos, conducciones y demás elementos afectos al servicio de suministro en alta, así como los elementos de control, medición, automatización e información.

f) Reparar todos los elementos deteriorados de las instalaciones.

g) Disponer de todos los materiales, productos y suministros precisos para el debido mantenimiento, conservación y explotación de las instalaciones.

h) Mantener en perfecto estado de limpieza y pintura todos los elementos y obras de las instalaciones, así como conservar en las debidas condiciones todos los elementos anejos, como vías de acceso, jardines, edificaciones, etc., procurando que ofrezcan siempre el mejor aspecto.

i) Mantener un servicio permanente de vigilancia que garantice la seguridad del mismo, del personal y de las instalaciones.

j) Registrar y analizar las características de las aguas suministradas antes de su entrega a los distintos usuarios, de acuerdo con la dispuesto en la Reglamentación Técnico Sanitaria, ordenanzas y lo ordenado por la Administración competente.

QUINTA.- DE LAS CONDICIONES DE USO

5.1.- POTABILIDAD Y PRESIÓN DEL AGUA

Cuando el suministro sea de agua potable, la EMSHI garantizará la potabilidad química y bacteriológica del agua suministrada de conformidad con la Reglamentación que establece los criterios sanitarios de calidad del agua de consumo humano (RD 140/2003, de 7 de febrero), así como con las demás disposiciones que resultaren aplicables a la prestación del servicio en virtud de la legislación vigente. La Entidad Gestora del Servicio realizará análisis periódicos del agua cuyos resultados se pondrán en conocimiento de las autoridades sanitarias, de la EMSHI y de los Municipios que las solicitaren, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.j) del Reglamento del servicio.

La presión en los puntos de suministro será la acordada con el usuario en función del destino previsto del suministro. No obstante, en todo caso, quedará sujeta a las variaciones técnicas de la red general de distribución en alta y a las fluctuaciones en el caudal de entrada a dicha red, así como a las características de presión que el sistema hidráulico en alta permita.

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5.2.- COMUNICACIÓN DE ANOMALÍAS

Si en algún momento se detectara por la Entidad Gestora del servicio la existencia de algún posible foco de contaminación o anomalía en las condiciones del agua en las instalaciones en alta, se pondrá inmediatamente en conocimiento de la EMSHI y de los municipios que resultaran afectados, los cuales dictarán las órdenes precisas en cada caso, sin perjuicio de que al mismo tiempo se notifique a las Autoridades Sanitarias a fin de coordinar las acciones a realizar para la enmienda y subsanación de las anomalías existentes.

5.3.- DESTINO DEL AGUA SUMINISTRADA

El usuario no podrá utilizar el agua para otros usos que no sean el abastecimiento de la población, o destinos distintos de los contratados, ni tampoco a cualquiera contra lo dispuesto en la legislación de aguas, debiendo utilizar el agua suministrada de acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento y usar sus instalaciones de forma racional y correcta, evitando con ello perjuicios al interés general.

5.4.- COMUNICACIÓN DE ALTERACIONES DEL SUMINISTRO

En los supuestos en que la Entidad Gestora del servicio tuviese programado realizar trabajos de conservación o ampliación de la red, vendrá obligada a advertir a la EMSHI y a los Municipios afectados de los cortes de suministro o alteraciones en el suministro que se vayan a producir, comunicando con la debida antelación, la interrupción o modificación al objeto de que los Municipios afectados puedan adoptar las medidas oportunas.

No existirá esta obligación cuando la actuación venga impuesta por la necesidad urgente de reparar fugas en la red de distribución u otros sucesos de fuerza mayor, si bien se deberá dar cuenta inmediata a la EMSHI y a los Municipios afectados de los cortes o alteraciones que la reparación conlleve.

5.5.- MEDIDAS PREVENTIVAS

Los usuarios deberán prever, con la antelación necesaria, las consecuencias que sobre sus instalaciones y equipos en baja se puedan producir por maniobras en la red en alta, por cortes de suministro debidos a fuerza mayor trabajos de conservación o de ampliación de la citada red, siempre que se les haya comunicado previamente o, en caso de necesidad urgente o fuerza mayor, hubiesen tenido conocimiento de ello por otros medios.

Adicionalmente los usuarios deberán tener sus instalaciones adaptadas para una reacción proactiva a sucesos posibles y repentinos en la red en alta, por ejemplo. variación repentina en la presión del suministro.

5.6.- MODIFICACIONES PROHIBIDAS

El usuario no podrá modificar unilateralmente y sin el consentimiento previo de la Entidad Gestora EMSHI aquellas instalaciones en baja que pudieran producir efectos directos sobre las condiciones de suministro del abastecimiento en alta.

5.7.- CONDICIONES MÍNIMAS DE LA RED DE ABASTECIMIENTO EN BAJA

Con objeto de optimizar el uso eficiente del agua y normalizar las relaciones entre la Entidad Gestora EMSHI y los Ayuntamientos titulares de cada red en baja, determinando los respectivos ámbitos de responsabilidad, se establecen una serie de condiciones mínimas que deberán cumplir los Municipios abastecidos desde el sistema en alta, y que son los siguientes:

a) Siempre las infraestructuras que posibilitan la transferencia hídrica ente las instalaciones EMSHI y las del abonado, serán por cuenta de este último. Por ello, no habrá responsabilidad alguna para la EMSHI, EMIMET o sus mandados respecto de la

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construcción y/o mantenimiento de estas. Como colorario tampoco la EMSHI, EMIMET o sus mandados tendrán responsabilidad alguna sobre el estado de las mismas o sobre las consecuencias que de dicho estado se pudieran derivar.

b) El rendimiento de la red local de distribución en baja, definido como la relación entre el volumen registrado por los contadores de los abonados y el volumen librado en cada red en el mismo periodo de tiempo, tenderá a situarse como mínimo en un 70 % en 5 años, en todas las redes locales del Área Metropolitana de Valencia. En 10 años, deberá conseguirse al menos un 80%.

c) En los abastecimientos en baja que dispongan de depósitos en cabecera de su propia distribución y estén en condiciones aptas para su uso, se utilizarán tales depósitos para efectuar las entregas desde la red en alta. Para ello, se adecuará la regulación del llenado/vaciado de los mismos por los titulares de la distribución en baja y serán estos elementos los que definirán los límites de la conexión entre los dos sistemas. Todos los abastecimientos en baja deberán dotarse de depósitos con capacidad suficiente para al menos absorber sus propias puntas.

d) Los Municipios deberán implantar planes de detección y reparación de fugas e inspecciones en las redes, así como programas de renovación de las mismas, en orden a la consecución de los objetivos previstos en el apartado a).

e) Se actualizarán los planos de las redes locales de distribución, realizándose un inventario de sus elementos y características, trazado y antigüedad tendiendo a disponer tal información en soporte adecuado 1 para su tratamiento informático.

f) Se implantarán servicios de reparación urgente, así como acopios mínimos de materiales que garanticen la máxima diligencia en la reparación de las averías.

g) Trimestralmente, se remitirán a la EMSHI, los partes diarios de explotación de aquellos pozos que contribuyan al abastecimiento de las redes en baja de los usuarios.

h) Se ejecutarán redes específicas auxiliares para agua de riego y servicios.

SEXTA.- DE LA TARIFA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y RÉGIMEN DE PAGO DE LA MISMA.

La tarifa de abastecimiento de agua potable en alta, así como los elementos que la integran, para los sucesivos ejercicios con vigencia del presente convenio, será idéntica a la aprobada anualmente por la Asamblea de la EMSHI previa resolución de la Junta de Precios de la Generalidad valenciana.

La tarifa establecida en esta cláusula se abonará en el plazo de 30 días desde su presentación, estando sujeta a lo dispuesto en los artículos 216 y 217 bis del Real Decreto legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Si el impago excede de tres meses la EMSHI queda facultada para interrumpir el servicio objeto del presente convenio, sin perjuicio de la extinción formal del mismo.

SÉPTIMA.- CAUSAS DE EXTINCIÓN

El presente convenio se extinguirá por su cumplimiento, en los términos indicados en la cláusula siguiente, por falta de pago del precio, en los términos indicados en la cláusula anterior, y por el incumplimiento de alguna de las obligaciones esenciales consignadas en el mismo, previa intimación para su cumplimiento en el plazo de un mes. También se podrá instar la extinción si el suministro se interrumpiera por un plazo superior a seis meses de conformidad con lo indicado en el último párrafo de la cláusula segunda.

En caso de que se produzca una causa de extinción, distinta a la extinción del plazo establecido el convenio entrará en fase de liquidación debiendo procederse a la

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restitución o indemnización de las actuaciones e inversiones que no se encuentren finalizadas y/o amortizadas.

OCTAVA.- PLAZO DE VIGENCIA

El presente Convenio entrará en vigor el día 1 del mes siguiente a su firma.

La vigencia del mismo se establece en cuatro años, desde su entrada en vigor, a cuyo término se entenderá tácitamente prorrogado por periodos anuales sucesivos, salvo que con una antelación mínima de tres meses a la finalización del Convenio, o de cualquiera de las prórrogas, alguna de las partes manifieste su voluntad en contrario, mediante notificación por escrito.

Durante la vigencia del plazo inicial o de cualquiera de sus posibles prórrogas, las partes podrán unilateralmente resolver este acuerdo, mediante notificación por escrito, con una antelación mínima de tres meses a la fecha en la que la resolución haya de tener efectividad, lo que traerá como consecuencia la suspensión del servicio.

NOVENA.- RÉGIMEN JURÍDICO.

La suscripción del presente convenio por el municipio solicitante supone la aceptación expresa del Reglamento del servicio de agua en alta aprobado por Acuerdo de Asamblea de EMSHI de 24 de abril de 2008.

Por lo expuesto, este Convenio se regirá por el Reglamento citado anteriormente y cuantas disposiciones le sean de aplicación contenidas en el Pliego de Prescripciones que rigió el procedimiento de selección de un socio privado para que, junto con EMSHI, constituyera una empresa mixta encargada de la gestión del servicio de agua en alta.

Y en prueba de conformidad con lo pactado en el presente Convenio, las partes suscriben el presente documento en duplicado ejemplar.”

SEGUNDO.- Instar la inclusión de Bétera en el ámbito del Área Metropolitana,

de conformidad con el art. 2 del vigente Reglamento Regulador del Servicio de Agua en Alta.

TERCERO.- Delegar expresamente la condición de usuario del Ayuntamiento en Aguas de Valencia S.A, CIF:A46000477, como concesionaria de la gestión y explotación del servicio municipal de abastecimiento a diferentes núcleos de población del término municipal, quedando subrogada ésta, en el ámbito territorial de su concesión, en los derechos y obligaciones como usuario frente a la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI), y en especial en cuanto a la facturación y pago de la tarifa de abastecimiento de agua potable en alta al EMSHI.

CUARTO.- Autorizar al Alcalde-Presidente a la suscripción del presente Convenio, así como a cuantos documentos sean procedentes en ejecución del mismo.

QUINTO.- Publicar el presente Convenio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, en ejecución de lo preceptuado el art. 111.3 de la Ley de Régimen local valenciana.

SEXTO.- Notificar el presente acuerdo al EMSHI y a Aguas de Valencia S.A a los efectos oportunos

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9.- URBANISMO.- EXPTE. RELATIVO A ACEPTACIÓN CESIÓN GRATUITA DE VIAL CORRESPONDIENTE AL ESTUDIO DE DETALLE DE LAS PARCELAS 9-21 A 9-24 DE LA URBANIZACIÓN TORRE EN CONILL.

Se da cuenta de expediente relativo a aceptación de la cesión gratuita de vial correspondiente al estudio de detalle de las parcelas 9-21 a 9-24 de la Urbanización Torre en Conill, así como cuantos antecedentes, informes y documentos integran el mismo, y en especial de los que se relacionan a continuación:

1.- Mediante Acuerdo Plenario de fecha 26 de Septiembre de 2005, se aprobó el Estudio de Detalle de las parcelas 9-21 a 9-24 del PRI Torre en Conill de Bétera, donde se identifica el vial que es objeto del Proyecto de Urbanización presentado.

2.- En fecha 9 de junio de 2008, por el Pleno del Ayuntamiento, se acordó la aprobación del Modificado de Estudio de Detalle respecto de las parcelas 9-21 a 9-24 del PRI Torre en Conill del municipio.

3.- Mediante instancia de fecha 15 de octubre de 2009 (Registro de Entrada nº 14382) se presenta por la mercantil “URBE DE LA UCHERA, S.A.”escritura pública otorgada ante el Notario de Valencia Don José Luis Pavia Sanz, en fecha 6 de octubre de 2009 con número de protocolo 2.199, en la que se expone literalmente lo siguiente:

“I.- Que mediante escritura por mi autorizada el día nueve de mayo del año dos

mil seis, con el número 1.515 de orden de protocolo, la mercantil representada (URBE DE LA UCHERA, S.A.) declaró la OBRA DE EDIFICACIÓN, entonces en construcción, del GRUPO DE EDIFICACIÓN integrado por siete viviendas unifamiliares aisladas en término municipal de Bétera, partida Mas de En Conill, sobre la parcela 9-21/22/23/24.../...

Las superficies del Grupo de Edificación son (2.450,50 M2 útiles); y (2.985,56 M2 construidos).

Como se ha dicho se está construyendo sobre una Parcela edificable, situada en término municipal de Bétera, Partida de Mas En Conill, con una superfície actual de (6.675,25 M2).

▪ Que los distintos departamentos independientes o elementos de la propiedad

horizontal en que se dividió dicho grupo de edificación están inscritos en el Registro de la Propiedad de Moncada, al tomo 2.341, libro 386, folio 6, finca número 31.395; folio 9, Finca número 31.396; folio 12, finca numero 31.397; folio 15, finca número 31.398; folio 18, finca número 31.399; folio 21, finca número 31.400; y folio 24, finca número 31.401.

▪ Que, por error cometido de forma enteramente involuntaria y ahora advertido,

con carácter previo a la división horizontal del referido edificio, se debió proceder a la segregación de una parcela de (691,63 m2), se superficie para su cesión como viales al Ayuntamiento de Bétera, segregación a la que ahora se procede .../...”

En el otorgamiento de dicha escritura pública, intervienen D. José Manuel Ortiz

Ferris, en nombre y representación de la mercantil “URBE DE LA UCHERA, S.A.”, Don Antonio Javier Santiago Espinosa Rueda y Don Jorge-Antonio Navarro Gosalbez, en calidad de administradores concursales del procedimiento 23/2008 de fecha 10 de enero de 2008, efectuándose las siguientes operaciones jurídicas:

“IV. SEGREGACIÓN.- La mercantil ”URBE DE LA UCHERA, S.A.”, según está

representada, SEGREGA de la finca descrita en el punto expositivo I anterior, la que a continuación se describe como NUEVA E INDEPENDIENTE: PARCELA de forma irregular destinada a viales, con una superfície de (691,63 m2), Está situada en la zona de confluencia interior de las parcelas números 1,2,3,4,5,6 y 7, con las que linda, constituyéndose como una prolongación de la calle E-1 Cucut, con la que también linda”.

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V. CESIÓN.- La mercantil “URBE DE LA UCHERA, S.A.”, CEDE GRATUITAMENTE AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BÉTERA, en pleno dominio y libre disposición, LA FINCA destinada a viales que, como segregada, ha quedado descrita en el expositivo anterior”.

De la escritura antes reseñada queda acreditado que la mercantil “URBE DE LA

UCHERA, S.A.” CEDE GRATUITAMENTE al Ayuntamiento de Bétera, la parcela destinada a viales con una superficie de 691,63 m2.

4.- Igualmente, consta en el expediente certificación registral expedida por Don

Javier Solá Palerm, Registrador de la Propiedad de Moncada 1, de fecha 15 de marzo de 2012, de la Finca Registral nº 33.840, a favor de la mercantil “URBE DE LA UCHERA, S.A.”,, cediendo gratuitamente la misma al EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE BÉTERA, suspendiendo su inscripción a favor de este último, al no constar su ACEPTACIÓN.

5.- Informe Técnico emitido por la Arquitecto Municipal en fecha 18 de abril de 2012, en el que concluye no existir inconveniente en proceder a la aceptación de la cesión gratuita al Ayuntamiento de Bétera de la parcela registral nº 33.840, con una superficie de 691,63 m2 destinada a suelo dotacional público viales, según Estudio de Detalle aprobado el 9 de junio de 2008, sito en la Urbanización Torre en Conill, y proceder a la continuación de los trámites correspondientes para la misma.

6.- Por la Oficial Mayor, se emite informe en fecha 19/04/12, en el que tras analizar que se cumplen los requisitos establecidos legalmente para aceptar la cesión, eleva propuesta de aceptación de la misma.

7.-.-Dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras Públicas, Urbanizaciones, Núcleos de Población y Participación Ciudadana de 02/05/12.

La Alcaldía a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 y concordantes del R.O.F. y

R.J. de las EE.LL. pregunta a los miembros de la Corporación presentes si alguno de ellos desea intervenir en el debate del expediente de que se trata, sin que haya intervenciones que reseñar.

Visto lo dispuesto en los artículos 50, 174 y 175 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, B.O.E. nº 305, de 22 de diciembre de 1986; corrección de errores en B.O.E. nº 12, de 14 de enero de 1987; el artículo 22.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; los artículos 32, 42, 70 y 83 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero; los artículos 9, 10, 12 y 13 y 74 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio; los artículos 15 y 65 y 84 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; y artículos 29 a 32 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística

La Corporación municipal, con el voto a favor de los concejales del PP (10), UPIB

(2) y CUBE (1) y las abstenciones de los concejales del PSOE (3), COMPROMIS (3), y MAS CAMARENA (2), ACUERDA:

PRIMERO.- Quedar enterado de expediente relativo a la aceptación de la cesión de vial correspondiente al Estudio de Detalle respecto de las parcelas 9-21 a 9-24 del PRI Torre en Conill del Plan General de Bétera, aprobado en fecha 9 de junio de 2008, así como de los informes y documentos que constan en el mismo, y en consecuencia:

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• Aceptar la cesión gratuita al Ayuntamiento de la parcela con una superficie de 691,63 m² destinada a vial público, con el siguiente detalle:

• Descripción de la parcela: Parcela de forma irregular destinada a viales, con

una superficie de seiscientos noventa y metros sesenta y tres decímetros cuadrados (691,63 m2). Está situada en la zona de confluencia interior de las parcelas números 1,2,3,4,5,,6 y 7, con las que linda constituyéndose como una prolongación de la calle E-1 Cucut, con la que también linda.

• Datos registrales de la Finca: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Moncada, al Tomo 2.558, libro 446 de Bétera, folio 010, finca número 33.840, inscripción 1ª.

• Superficie: 691,63 m². • Destino: suelo dotacional público vial. • Advertir a la mercantil cedente que la utilización privativa de los terrenos

cedidos requiere de la previa autorización administrativa en los términos establecidos en los artículos 74 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y en los artículos 84 y siguientes de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

• Incluir en el Inventario de bienes y derechos de la Corporación en orden a su

posterior remisión al Registro de la Propiedad, la parcela cuya cesión gratuita se acepta, siguiendo el procedimiento y trámites establecidos por el Ordenamiento Jurídico vigente.

• Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que en nombre y representación del

Ayuntamiento suscriba los documentos y escrituras públicas que correspondan. • Dar traslado de la presente resolución a la Secretaría de este Ayuntamiento y a

los Servicios Técnicos Municipales para su conocimiento y a los efectos correspondientes. • Notificar la presente resolución a los interesados, con expresión de los recursos

que procedan y demás prevenciones legales.

SEGUNDO.- Seguir en el expediente el procedimiento y trámites legalmente

establecidos para el cumplimiento de lo acordado.

FUERA DE DESPACHO

ASUNTOS URGENTES QUE SE SOMETEN DIRECTAMENTE A LA CONSIDERACIÓN DEL PLENO AL AMPARO DEL ART. 91.4 DEL ROF Y RJ DE LAS EE.LL. Concluido el examen de los asuntos recogidos en el Orden del Día, y antes de

pasar al punto de Ruegos y Preguntas, de conformidad con lo establecido en el art. 91.4 del R.O.F. y R.J. de las E.E.L.L., el Sr. Alcalde Presidente pregunta a todos los grupos políticos municipales si desean someter a la consideración del Ayuntamiento Pleno, por razón de urgencia, algún asunto no incluido en el orden del día, y que no tiene cabida en el turno de ruegos y preguntas, ante lo cual, se someten para tratamiento urgente por el Pleno el siguiente punto:

1.- “MOCIÓN SOBRE BUENAS PRÁCTICAS.

Por Dª Pilar Ros en nombre del Grupo Municipal Socialista PSPV-PSOE, se presenta “Moción Sobre Buenas Prácticas”, para someterla directamente y por razones de

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urgencia, a la consideración del Pleno, en atención a lo previsto en el artículo 91.4 del R.O.F y R.J. de las EE.LL.

La referida moción es del siguiente tenor literal:

“Los socialistas presentamos el pasado mes de diciembre una moción solicitando la toma

de medidas encaminadas a la transparencia y rendición de cuentas con el fin de ayudar a la ciudadanía a participar activamente de lo que se está haciendo en su ciudad, promoviéndose una comunicación activa con un lenguaje accesible. La presentación de dicha moción ha posibilitado dotar de contenido el acuerdo del pleno de este Ayuntamiento en el que, comprometido a cumplir y respetar los principios establecidos en la Carta de Buenas Prácticas en la Administración Autonómica y Local, aprobada por el Consell el 24 de octubre de 2008, principios todos ellos encaminados a garantizar una auténtica gobernanza. Con su aplicación gradual a esta fecha, los ciudadanos de Bétera ya pueden consultar las actas de los plenos municipales así como escuchar la retransmisión completa de la sesión del pleno ordinario en diferido. Estando pendiente de publicar en la página web municipal parte de los documentos aprobados definitivamente que siendo de interés general requiera ser anunciada su exposición al público en el Diario Oficial de la Provincia, manteniendo en el histórico de la web como puede ser el Plan de estabilidad o los presupuestos municipales que años atrás se publicaban. Es conocido por el conjunto de la ciudadanía de todo el Estado, que se está adoptando un amplio programa de reformas desarrolladas para impulsar la creación de empleo, la recuperación económica y el bienestar social, requiere un marco institucional sólido y solvente en el que los ciudadanos puedan confiar y para ello se pretende restaurar la confianza que la sociedad española exige, ampliar su capacidad para conocer cualquier aspecto relativo a la gestión de los asuntos y recursos públicos y para comprobar que esta gestión se ajusta completamente a los principios democráticos, jurídicos y éticos que deben inspirar en todo caso la acción de gobierno.

Restaurar la confianza de la sociedad española exige ampliar su capacidad para conocer cualquier aspecto relativo a la gestión de los asuntos y recursos públicos, y para comprobar que esta gestión se ajusta completamente a los principios democráticos, jurídicos y éticos que deben inspirar en todo caso la acción de Gobierno. La norma incorpora una innovación radical en nuestro ordenamiento jurídico y una importante contribución a la calidad de nuestra democracia ya que supone un ambicioso refuerzo de los derechos de los ciudadanos y de las obligaciones de los gestores públicos. Por todas las razones expuestas, proponemos al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Adquirir el compromiso ante los ciudadanos de Bétera de ofrecerles el conocimiento absoluto mediante la puesta en funcionamiento de “LA VENTANA TRANSPARENTE”. Como su denominación persigue, este servicio pretende hacer la gestión pública lo más transparente posible, así como consolidar los principios de ética y honradez como elementos fundamentales del trabajo político.

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Segundo.- Dar información del patrimonio y de las retribuciones percibidas por los representantes públicos del municipio de Bétera, mediante la publicación de la declaración patrimonial presentada ante la Secretaría Municipal, así como el salario y/o dietas de asistencia mensuales que percibe por su condición de concejal. Tercero.- Poner a disposición de todos los Grupos Políticos Municipales, una pestaña individualizada en cada una de las publicaciones y página web institucionales, para que puedan comunicarse con la ciudadanía y máxime teniendo en cuenta que dicha acción no generará costo alguno al propio Ayuntamiento.”

Tras la lectura de la parte dispositiva de la moción en la que se propone la adopción de determinados acuerdos, por el Sr. Alcalde Presidente, se somete la misma a la votación prevista en el artículo 91.4 del R.O.F y R.J. de las EE.LL, propuesta, que resultó positiva por unanimidad, tras lo cual por la Alcaldía a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 y concordantes del R.O.F. y R.J. de las EE.LL, se pregunta a los miembros de la Corporación presentes si alguno de ellos desea intervenir en el debate del expediente de que se trata, produciéndose las siguientes intervenciones

Toma la palabra la Sra. Pilar Ros, portavoz del grupo político municipal PSOE y dice que en el ánimo del PSOE al traer esta moción al Pleno lo que pretendemos, ésta sería la segunda iniciativa presentada, la primera fue la retransmisión de los Plenos, en diferido, que ya está haciéndose, y ahora lo que queremos es que a través de esta moción se pueda hacer público la información que tiene el Ayuntamiento, al fin y al cabo la información no es propiedad de nadie, es propiedad de todos los contribuyentes por tanto sabemos que se esta trabajando en este caso en el Congreso para llevar a delante una Ley de transparencia como ya se trabajaba en el anterior, pero en el Congreso discutirán los Diputados qué se puede incluir o qué no. En mi ánimo es primero la ventana transparente, pienso que ninguno de los que estamos aquí tenemos nada que esconder, por tanto qué problema hay en que se publique. El patrimonio, como muy bien comentamos, ya es publico, pero creo que ése enlace ha de estar mas a la mano , vuelvo a repetir que ninguno de los 21 que estamos aquí tenemos nada que esconder, por lo tanto no entiendo la razón de que no pueda estar ahí, y en el tercer punto que si que podría generar mas discrepancia, a mi lo que me gustaría matizar en este caso es que ahora mismo, tal y como esta la página web del Ayuntamiento, cualquier ciudadano puede acceder y allí están nuestras fotos y nuestros nombres, ampliar esa información, no utilizar una página web como una herramienta de publicidad porque cada representación o formación política ya entendemos que tenemos las nuestras, simplemente ampliar esa información, informar sobre a qué hora pueden contactar con nosotros, si hay un saludo, etc. Este es el ánimo que mueve al PSOE a presentar esta moción y también el ánimo de que la transparencia es un indicador de calidad y en este caso nosotros lo que queremos es que esta corporación tenga el mejor nivel de calidad en temas de transparencia.

El Sr. Javier Alapont, portavoz del grupo político municipal PP dice que desde el equipo de gobierno estamos completamente de acuerdo, y no solo eso, ¿por qué lo hacemos? Porque independientemente de que consideramos que debe ser así, cumplimos la ley y como cumplimos la ley resulta que todo Concejal que es nombrado tiene que presentar patrimonio, etc, tanto al principio como al final de la legislatura, y eso es lo que esta legislado y independientemente a lo que cobre cada uno de los Concejales, cualquier ciudadano puede pedirlo al Ayuntamiento y se le facilita la información que solicite. Y respecto a poner en la página web lo que si que estamos de acuerdo es que haya un vínculo establecido de manera que se pulse al lado de donde esta cada grupo político en representación municipal y directamente se traslade a la página web de ese grupo, y en esa página web cada grupo puede decir lo que quiera sin contaminar políticamente la página web, que queremos que sea muy estéril, tanto es así, que en ningún momento ha habido quejas referentes a manipulación o utilización de la página web en todo este tiempo, por lo tanto, el equipo de gobierno quiere asumir la ley, cumplir la ley, se esta trabajando como usted muy bien ha dicho en el Congreso de los Diputados por parte del

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Gobierno una ley de trasparencia, la Generalitat exactamente igual, y cumpliremos como cualquier otro Ayuntamiento en los principios máximos que marque la ley y como lo estamos haciendo, cualquier ciudadano, cualquier grupo, puede pedir los gastos de cualquier Concejal porque además esta establecido por el Pleno, aquí no hay horas que hace uno u otro, aquí se cobra por órganos colegiados, por lo tanto tantas se hacen, tantas se reciben, por lo tanto no apoyaríamos la moción en su totalidad lo que si que le digo es que aun no apoyándola, si que se han dado instrucciones directamente por parte de la Concejal de comunicación para que en la página web desde ya mismo haya un vínculo que pulsándolo cualquier grupo de representación municipal le de acceso directo a la pagina web de ese grupo municipal, y a partir de ahí si que puede decir absolutamente todo lo que quiera.

La Sra. Pilar Ros añade que entiende su postura, coincidimos en muchas cosas, en

más de las que parece, pero si que haríamos referencia que el art. 20 de la Constitución en su apartado d) habla de comunicar y recibir libremente información, yo no veo porque no podemos apoyarla, desde el PSOE continuaremos presentando mociones sobre la transparencia porque pienso que es el indicador mas grande democrático de cualquier institución.

El Sr. Javier Alapont, continuo estando de acuerdo con usted y no existe ningún colectivo que esté tan visado y revisado como el político, otros colectivos como los médicos, los ingenieros, los secretarios, los interventores, no están en la obligación de decir lo que cobran, ni establecer su patrimonio dos veces dentro de la legislatura o cuando así se convenga, y eso está marcado por ley y vamos a más, y a mi me parece perfecto, pero dentro de lo que marque la ley. Usted estaba delante cuando en la junta de portavoces discutimos este tema y hubo un portavoz, que en buen criterio y por su profesión, entiendo que las cosas se tienen que hacer en cada momento, porque sino se puede perjudicar profesionalmente, por tanto no corresponde fuera de lo que la ley establece en estos momentos, y nosotros lo entendemos de esa manera, por eso le digo que ya están los vínculos en la página web.

La Sra. Pilar Ros, añade que de todas formas y por matizar, pienso que las posturas en este caso están más o menos claras, cuando se habla de retribuciones, es retribuciones que percibimos del pueblo no en la vida privada, nunca me he referido yo a la vida profesional o privada.

El Sr. Javier Alapont, le recuerdo que tanto usted como yo hemos sido por la transparencia objeto de, seria muy fuerte decir calumnia, pero parecido. Por lo tanto cojámonos a la ley porque es de la única manera en que seremos capaces todos los que estamos aquí de defendernos ante un abuso de esa información.

Visto lo dispuesto por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Régimen Local, en relación con el Real –Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el R.O.F. y R.J. de las EE.LL. y cuantas disposiciones son concordantes y de aplicación.

La Corporación municipal, con el voto a favor de los concejales del PSOE (3), COMPROMIS (3), y CUBE (1), los votos en contra de los concejales del PP (10) y UPIB (2) y la abstención de MAS CAMARENA (1) lo que supone el voto contrario a la moción de la mayoría absoluta de los miembros que la integran, por lo que queda RECHAZADA la moción.

10.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

1º.- La Sra. Cristina Alemany, portavoz del grupo político municipal

COMPROMÍS, indica que tiene unas cuantas preguntas para el Concejal de Medio Ambiente, la primera viene en referencia a una noticia que salió la semana pasada en el

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periódico El País, concretamente voy a leer el primer párrafo, “Vicente Rios el juez que instruye el caso Emarsa en el que investiga el saqueo de al menos 25 millones de la empresa pública, que trata las aguas residuales de Valencia y su área metropolitana, quiere saber que se hizo realmente con los lodos resultantes de la depuración cuya gestión a costes elevados constituyó una de las vías para desviar el dinero”, y ¿por qué leo esto? Porque me gustaría saber si tiene constancia el Ayuntamiento que se hayan vertido aquí lodos de la depuradora en algún campo del término, simplemente es para descartar.

La segunda pregunta hace referencia al vertedero del Periquillo, recuerdo que el

Ayuntamiento tenía allí un vertedero ilegal que ya se hizo todo el proceso para la limpieza, pero me gustaría saber porque tengo entendido que la hierba que había en este vertedero se quemó y que por parte de Seprona se denunció este hecho, lo que me gustaría es que me confirmara o que me desmintiera este rumor que me ha llegado, si realmente se quemó en la limpieza.

El Sr. Javier Alapont, portavoz del grupo político municipal PP contesta que en la parte del Periquillo no me consta, nosotros tenemos el vertedero de leña que han clausurado, en el que prácticamente ahí no queda nada, y hubo una quema controlada y lo comentó la Concejal de Agricultura en el anterior Pleno, a mi no me consta en absoluto que hubiera una quema en la parte del Periquillo ni en ninguna otra, y no me consta que el Seprona haya intervenido en este tema, que yo tenga conocimiento.

La Sra. Cristina Alemany, la siguiente pregunta hace referencia a los dos edificios que tenemos pendientes de ocupar del Plan Confianza, el primero seria el edificio de la calle Colón, que nos gustaría saber en que situación se encuentra, y después el edificio de la policía y también de urbanismo, lo que nos gustaría saber es cuándo se va a producir el traslado y que nos comentara un poco el por qué del retraso.

El Sr. Javier Alapont, contesta que al edificio nuevo nos gustaría pasar en lo que

queda de mes y el retraso ha sido porque en su momento Iberdrola pidió informe a la Confederación Hidrográfica por la proximidad al barranco y eso a supuesto un tiempo de demora, y hasta que no tuviéramos el informe de Confederación no se podía hacer la conexión eléctrica en los centros de transformación, ya tenemos el informe favorable tanto de la Confederación como de Industria, Iberdrola ya tiene hecha la conexión y estamos esperando que nos venga la conexión de luz real para poder pasar, pero ya estamos pasando cosas allí para intentar el mes de junio estar trabajando ya en el nuevo edificio. Respecto al de la calle Colón sabéis que la empresa entró en concurso, había hecho lo que de edificio hay y había cobrado en función de las certificaciones de la obra hecha, todo este tiempo se ha demorado el proceso hasta que al final se le ha declarado en concurso, a perjudicado al propio edificio y a la propia obra, ¿por qué? Porque el dinero que queda no es suficiente para que otros profesionales avalen los boletines tanto de fontanería, como eléctrico, etc. y entonces el precio para acabar está por encima del dinero que queda. ¿Qué posibilidad hay? Cofinanciar, con el dinero que queda, alrededor de 150.000 euros por parte de la Consellería, implementar el Ayuntamiento una cantidad parecida alrededor de 100.000 euros, que haría un total de 250.000 euros que si que daría para acabar el edificio en su totalidad, estamos pensando que a lo largo del último trimestre de año podemos sacar el concurso para que alguna empresa pueda acabar el edificio, pero necesariamente tendrá que ser cofinanciado.

La Sra. Cristina Alemany, dos cuestiones a partir de lo que me ha comentado,

en el tema del edificio de la policía, se ocuparía la planta baja, la primera planta que iría la policía, y arriba urbanismo, y la parte de arriba se quedaría diáfana, entonces lo que se pregunta Compromís, ahora mismo en la situación económica en la que está el Ayuntamiento, ¿se puede hacer cargo del mantenimiento del edificio por completo y así como abastecer de mobiliario al edificio tan grande? y en relación al tema del edificio de la calle Colón hemos de tener en cuenta que estamos pagando 1.500 euros al mes de

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alquiler, yo supongo que gestión tributaria una vez se finalice el edificio de la calle Colón irá allí y estaremos ahorrando este dinero mensual.

El Sr. Javier Alapont, contesta que la idea es que cuando se vaya urbanismo,

gestión tributaria irá donde esta urbanismo ahora y dejamos de pagar el alquiler, y cuando esté terminado el edificio irán todos los servicios económicos, tesorería, intervención y recaudación tributaria, urbanismo se va y en su sitio en el Ayuntamiento viene recaudación tributaria y el mobiliario se puso como mejoras por la empresa que hizo el edificio, mesas, sillas, etc, y a los despachos de urbanismo que quedarían pendientes llevaríamos mobiliario propio que tenemos en recaudación tributaria y recaudación tributaria tendría el que tienen ahora urbanismo, la idea es irse al menor coste posible y el mantenimiento y todo eso está contemplado.

La Sra. Cristina Alemany, la siguiente pregunta seria para el Concejal de deportes, concretamente hace referencia al tema de los monitores, creo que es un tema bastante importante, los monitores están muy preocupados porque en las reuniones que han tenido con el Sr. Concejal no se les ha aclarado realmente qué va a pasar, y lo que me gustaría saber es si ya esta clara la situación de los monitores para el año que viene y que nos explicara un poco, y si se ha planteado el Ayuntamiento que pasará con los deportes minoritarios o no tan minoritarios, ¿desaparecerán? Que nos explique si lo tienen claro y si lo han trasladado, porque la gente esta un poco en el aire y las reuniones no han aclarado nada.

El Sr. José Ángel Blay, concejal de deportes contesta que estamos intentando

solucionar el tema lo mas rápido posible y que sea una salida viable, deportes minoritarios no va a desaparecer ninguno, se van a quedar todos igual, lo que pasa es que estamos mirando una formula y estamos contactando con otros pueblos de qué forma se lleva, pero durante esta semana o la semana que viene tengo la fecha límite para arreglarlo ya, pero desaparecer no desaparece ningún deporte minoritario.

La Sra. Cristina Alemany, así y todo, si los monitores se han de hacer autónomos ¿qué pasará en ese deporte si ve el monitor que no puede cubrir esos gastos?

El Sr. José Ángel Blay, contesta que se unificará a la gente para que cubra, pero estamos mirando la mejor formula posible para que todos salgan beneficiados, tanto los monitores como el Ayuntamiento.

La Sra. Cristina Alemany, esperemos que la medida que se tome sea la que menos impacto tenga sobre todo en los deportes minoritarios, porque hay algunos que van solos pero hay otros que no.

El Sr. José Ángel Blay, no desaparece ninguno. 2º.- El Sr. Juan José Baudés, concejal del grupo político municipal,

COMPROMÍS, dice que el otro día en la comisión informativa en relación a un punto de urbanismo que hablábamos de la EMSHI surgió el tema de la privatización del agua potable del casco urbano donde estuvimos hablando del tema aunque no venía a relación del Pleno, y en uno de los puntos comentó el Sr. Javier que se iba a plantear no solo el tema de la plica de lo que era el agua del casco urbano sino también de aquellos núcleos de población que esta llevando Aguas del Plantío, mi pregunta es si va a ir todo junto en un paquete, lo digo porque yo creo que el casco urbano es una cuestión, ya que el agua va a continuar saliendo de los pozos del pueblo, y por el contrario el tema de urbanizaciones que ahora mismo esta llevando el Plantío no creo que salga de los pozos del pueblo, sino que también se tendrán que suministrar de fuera, por tanto imagino que ahí muchas empresas puede ser que se queden fuera, yo no conozco el Plantío qué capacidad tiene para poder gestionar los pozos del pueblo, creo que se debía plantear

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esta cuestión en urbanismo y que se lo estudien, porque a lo mejor estamos perdiendo la posibilidad de que otras empresas puedan concursar, empresas que por precio a lo mejor son mas baratas que otras, y no me gustaría que pudiendo ser mas baratas no puedan entrar a participar porque han de entrar también en el tema del casco urbano, simplemente que se plantee.

El Sr. Javier Alapont, contesta que llevamos mucho tiempo con el tema del agua potable porque de alguna manera hay flecos y hay variables que los técnicos tenían que valorar bien y ver de qué manera era mejor, si el casco urbano con los pozos por una parte, la concesión del Plantío por otra, porque ya a caducado su concesión, pero en estos momentos sale mucho mejor junto, y si alguna empresa no puede optar no será por el tema del agua potable, será porque hemos puesto también el saneamiento, que en un principio no estaba tan claro, y sin embargo al final se ha incluido el saneamiento del pueblo más el de todas las urbanizaciones que tengan y que se hayan recepcionado, y eso es también un problema que se quita el Ayuntamiento cuando un concesionario o adjudicatario se haga cargo de todo eso, en este momento el Ayuntamiento tiene que intervenir en urbanizaciones, tiene que intervenir en el mismo pueblo y hay dificultades a ese nivel, sería lo mas idóneo, y confirmo que, efectivamente si no pasa nada esta a punto de que ustedes tengan información de cuándo vamos a tratar este tema en pleno.

El Sr. Juan José Baudés, estaremos muy pendientes y la verdad es que si que nos gustaría que en cuanto haya información podamos verla inmediatamente para poder valorarla, porque estamos hablando de un punto que yo creo que va a ser muy conflictivo sobre todo porque el otro día como bien comentábamos el agua del casco urbano la estamos pagando, que los pozos son nuestros, a unos precios relativamente bajos en relación al resto de pueblos y muchísimo menos que la ciudad de Valencia, siempre entendemos que es porque los pozos son propios, y aunque usted nos diga que no, que el servicio es muy deficitario, entendemos que el servicio se paga, pero aun así estamos hablando de unos precios de 35 euros al semestre, que es más o menos lo que venimos a pagar los ciudadanos del casco urbano, por el contrario fuera del casco urbano están pagando cantidades ingentes de dinero, realmente será lo que cueste el servicio porque evidentemente están comprando agua de fuera y es mas caro, pero realmente la diferencia del casco urbano y las urbanizaciones, y no se lo que va a venir, es muy elevada, vamos a estar pendientes y en cuanto haya información si que queremos estudiarla con tiempo porque pensamos que esto va a tener mucha repercusión para la gente del pueblo.

También quería preguntarle al Sr. Josep Enric Alcàcer , al final después de todo el

tema recaudatorio del año pasado, ¿en qué tanto por ciento de morosidad se ha quedado? Después ya de la vía ejecutiva cuál es el índice de morosidad.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, contesta que se lo tendrá que mirar, es un dato económico que no recuerdo de memoria.

El Sr. Juan José Baudés dice que el IBI es el principal ingreso que tenemos en el Ayuntamiento.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, ya pero hay tantas cifras y ahora mismo con el tema del presupuesto tantos números, tantas partidas, como podrás entender no puedo llevarlas todas en la cabeza, si quieres una cifra en concreto, la busco y te la digo.

El Sr. Juan José Baudés, si quiero una cifra en concreto porque el IBI es el

principal impuesto del Ayuntamiento, es donde mas recaudamos y evidentemente, según la morosidad que haya también te puedes hacer una idea de cómo esta la gente en el pueblo.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, sin ningún problema pero ahora mismo no.

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3º.- La Sra. Pilar Ros, portavoz del grupo político municipal PSOE, pregunta

cómo están los presupuestos, ya que estamos a 7 de mayo.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, contesta que están a punto de tenerlos en vuestras manos.

La Sra. Pilar Ros, por tanto ya tendrás previstas partidas presupuestarias de ingresos, y el mayor ingreso de este Ayuntamiento viene por el IBI que estaba diciendo el Sr. Juan José, yo no estoy preguntando por un tanto de morosidad, el Pleno anterior ya lo pregunté, quiero saber cuál es el valor medio catastral que al final a dado Diputación, al final me dijiste que no lo sabias todavía.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, toda la información puntual, de datos numéricos, la tendréis en breve, ya le digo se maneja una gran cantidad de cifras, que usted a lo mejor si que está capacitada, yo no estoy capacitado para retener todas estas cifras en la memoria para poder dárosla ahora.

La Sra. Pilar Ros, bueno pues esperaremos pacientemente. El Estado ha aprobado los planes de ajuste y como no estamos en prensa, será que lo han aprobado.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, esta publicado que nos han aprobado el plan de ajustes, cosa que no ha pasado en todos los municipios, quedémonos también con ese dato.

La Sra. Pilar Ros, En la junta de gobierno he visto que se va a hacer una subasta por la enajenación del camino del Mas del Quiquet, el plazo para presentarse a esta subasta he visto que ya ha terminado, me gustaría saber si se ha presentado alguien y ¿qué precio se podría pagar?¿ cuál era el precio de salida? ¿se ha quedado desierta?

La Sra. Elia Verdevío, dice que me parece que ha quedado desierta, pero estoy hablando un poco sin saber el expediente, si quiere se lo miro y le informo. Creo que ha salido por unos seis mil euros.

La Sra. Pilar Ros, una pregunta que de verdad me preocupa más, es que a oídos de este grupo municipal, lo que nos ha llegado es que ha habido un procedimiento por parte del Servef, y en un escrito que se dirige a este Ayuntamiento se le notifica que ha habido una actuación irregular por parte de alguien, y que esta actuación lo que le va a equivaler al Ayuntamiento es de una minora del importe subvencionado, no voy a ver qué importe se ha dejado de recibir, o no recibir, lo que nos preocupa o lo que nos gustaría saber es ¿por qué a pasado algo así? ¿Cuáles han sido los motivos reales? Me gustaría tener la explicación oficial del Ayuntamiento.

El Sr. Alcalde, contesta que no tengo ni idea de lo que me estas hablando, en personal no tenemos constancia de nada.

La Sra. Pilar Ros, añade que le recomendaría al Secretario que se tomara nota porque me dicen que se han dirigido por escrito a este Ayuntamiento.

El Sr. Alcalde, añade que puede que esté en Jurídicos. No tengo constancia, de

todas formas, mañana lo comentaré y se lo digo enseguida, no hay ningún problema, pero a Personal como resolución no ha llegado nada, igual ha llegado a Jurídicos y está en fase de reclamación, no tengo constancia de nada.

La Sra. Pilar Ros, en el momento lo sepa me gustaría que se aclarara porque veo que si ha habido un mal procedimiento, habrá que saber realmente qué es lo que ha pasado.

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4º.- El Sr. Roberto Ocaña, concejal del grupo político municipal PSOE, señala que quería hacer tres preguntas, la primera creo que va para el Concejal de Medio Ambiente, quería saber ¿qué ha pasado con los paelleros del Junqueral, por qué se han eliminado?

El Sr. Javier Alapont, contesta que fundamentalmente porque había una carretera que pasaba mucho tráfico y que muchos niños cuando los padres estaban haciendo las paellas no hacían mas que cruzar, eso ha pasado durante muchísimos años y afortunadamente nunca ha pasado nada que tengamos que lamentar, pero no estábamos dispuestos a que ocurriera en algún momento, y además muy pocos vecinos de Bétera lo utilizaban, salvo en contadas ocasiones con lo cual hemos preferido eliminarlos, e irán probablemente nuevos cuando hagamos un plan integral del Junqueral.

El Sr. Roberto Ocaña, yo no se si eran vecinos de Bétera o no pero si que veía que había gente que disfrutaba de aquello, es cierto que hay que preveer que puedan pasar este tipo de cosas, y en previsión pues eliminarlos o desplazarlos a otro lugar, pero si que eran unos paelleros de los que disfrutaba la gente, si son o no vecinos de Bétera, yo no lo sé.

El Sr. Javier Alapont, si usted quiere cogerse a la segunda opción, le digo que la

basura que se dejaba la pagaba el municipio de Bétera, los problemas que se ocasionaban de policía por actos vandálicos, por peleas, era de la policía de Bétera, y eso justificaba que de alguna manera fuera una variable más a la hora de primar la primera, y es que en algún momento podía haber un accidente importante de algunos de los niños que cruzaban la carretera y podría haber habido un atropello y no estábamos dispuestos a que eso ocurriera, han sido muchos años que afortunadamente no ha pasado nada y consideramos que ahí no era el mejor lugar donde tendrían que estar, ¿que se pondrán a lo mejor en otro sitio cuando hagamos un proyecto integral del Junqueral? Probablemente, pero hoy por hoy hay otros sitios en el término municipal, en Portaceli donde hay paelleros que están mucho mejor acondicionados, y considero que puestos a venir de fuera pueden ir a otros sitios perfectamente, incluso en el término de Bétera, pero ya le digo que la primera razón sin duda ha sido la de prevenir una situación que hubiera sido responsabilidad del Ayuntamiento, un atropello hubiera sido responsabilidad del Ayuntamiento totalmente, es una instalación municipal y hay una carretera que atraviesa entre el Junqueral y los paelleros, había peligro, por responsabilidad civil subsidiaria hubiera sido el Ayuntamiento el responsable, con lo cual hemos considerado que debíamos de eliminarlos.

El Sr. Roberto Ocaña, se han dirigido a mi algunos ciudadanos para que pregunte sobre un tema de vertederos ilegales, parece ser que ha aparecido un vertedero nuevo en una zona nueva del barranco, en cualquier caso manifestar que parece seguimos teniendo un problema de vertederos por todo el municipio, y me gustaría saber si el Ayuntamiento tiene controlados todos estos vertederos y que solución se prevé para eliminarlos, y por otro lado qué medidas se pretenden tomar, o estudian tomar, para evitar que estas cosas continúen ocurriendo, me refiero a que surjan vertederos por todas partes.

El Sr. Javier Alapont, contesta que confiar en la educación del ciudadano sería

importante, el ciudadano que no es capaz de tirarse la basura en su casa, ni siquiera en un contenedor, pasa con el coche abre la ventanilla y la tira hacia el contenedor que ve, y el siguiente hace lo mismo y cuando pasa un fin de semana y vienes el lunes, tienes un vertedero, ¿esos son los vertederos incontrolados que hacemos? Inmediatamente se retiran, tratamos incluso de que los contenedores de basura no tengan sitio alrededor, en vez de tener un sitio mas o menos amplio, tratamos de que ni siquiera tenga sitio, porque en cuanto están en una pequeña zona parcela, zona verde o lo que sea, pero incluso en zonas urbanas, el otro día lo comentaba en el ultimo Pleno el concejal de CUBE, habíamos retirado de una zona verde un contenedor y lo habíamos puesto 100 metros mas allá, en la fachada de una parcela donde no había nada, y la gente continuaba tirando en el hueco

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del contenedor, en la zona verde, continuaba tirando las bolsas, en zona urbana, estoy hablando de Torre en Conill, ¿educación? Ojala la policía pasara en ese momento, pero no es así.

El Sr. Roberto Ocaña, yo me refería también a un tema sobre todo de

concienciación, por ejemplo con el tema del Ecoparque, quizá hay gente que no sabe que tenemos un Ecoparque, a eso me refiero, sobre todo por lo menos por nuestra parte que no quede e intentar evitar estas cosas, porque no hay ninguna necesidad de tirar los restos de una obra al lado del barranco pudiendo llevarlo al Ecoparque.

El Sr. Javier Alapont, contesta que el problema es, que ése que tira los

escombros al barranco o los deja en una parcela, o los deja al margen del camino, no lo lleva al Ecoparque, porque no se lo van a permitir, porque es una empresa que al vecino o al ciudadano al que ha ido a su casa, le ha hecho una pequeña reforma, le ha cobrado para eliminar ese material y luego lo ha tirado a la calle, y no puede ir al Ecoparque porque al Ecoparque los escombros que se pueden llevar son los que el ciudadano en su casa ha podido hacer en un momento dado, pero no en una furgoneta, en un camioncito y cuando el Ecoparque esta cerrado, los lunes por la mañana la puerta del Ecoparque está llena, porque han ido allí y les da igual, no se esperan, lo que hacen en un chalet el fin de semana van y lo dejan en la puerta, pues al final son vertederos incontrolados y que nos cuestan dinero, desplazar al personal, desplazar camiones, desplazar la retro para que cargue, y es muy lamentable pero es de esa manera, y como tenemos mucho término municipal, tenemos mucho diseminado, y es que sería perfecto que lo tiraran en el contenedor mas cercano pero es que lo tiran desde la ventanilla, lamentablemente es así, todo el mundo lo sabe, ¿qué podemos hacer? Recogerlo en cuanto nos dice la policía que lo detecta, pero a lo mejor resulta, que un sábado o un domingo por la mañana paseamos tranquilamente o vamos donde sea, y nos encontramos esta situación que es muy desagradable pero es lo que tenemos, por desgracia, y no paramos todas las semanas de limpiar vertederos de estas características, todos los días de todas las semanas.

El Sr. Roberto Ocaña, yo pondría un poco de empeño en información, quizá alguna campaña publicitaria que se pudiera hacer, simplemente por intentar ayudar a que esto no ocurra, se que es difícil y evidentemente es una cuestión de educación de la gente.

He leído en un Acta de una Junta de Gobierno, sobre el tema de aumento de

precio de utilización de piscina y de instalaciones deportivas se dejaba sobre la mesa para estudiar mejor el tema de coste y adecuar la tasa a ese coste, me pregunto por ejemplo, a la hora de evaluar todo este tipo de cosas si tenemos un convenio suscrito con otros municipios para que las tasas sean iguales independientemente de que se resida en Bétera o no por utilización de una instalación deportiva, por ejemplo la piscina, ¿tenemos un convenio que diga que un ciudadano de Náquera tiene que pagar lo mismo que un ciudadano de Bétera por la utilización de la piscina?

El Sr. Alcalde es la ley, tu no puedes discriminar a uno de Náquera que quiera venir a nadar aquí, el precio es el que hay establecido, no hay un precio para los de Bétera y un precio para los de fuera, no puedes, ni puedes ni debes, el precio está marcado, no podemos discriminar, los únicos que tienen un precio especial son familias numerosas, jubilados o gente determinada o la colaboración que se hace con entidades como el psiquiátrico, o como Avapace, casos de este tipo que incluso se deja gratis porque es lo correcto, es un tema social, es como si me voy mañana a la de Náquera, y me cobrará el precio de Náquera no me cobrará otro, igual que al que viene aquí le cobro el de aquí y si no le gusta el de aquí se va a San Antonio, se va a la Eliana o se va a la Pobla, los precios son los aprobados.

El Sr. Roberto Ocaña, ¿no es incoherente?, si por ejemplo hemos recibido una subvención para hacer la piscina, yo entiendo que evidentemente todo el mundo tenga el derecho a disfrutar de esa piscina, pero si somos los ciudadanos de Bétera los que hemos

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pagado por hacer esa piscina, evidentemente si quiere venir alguien no se le niega, pero cuando estamos en un proceso de adecuar tasas a los costes, quizás la gente de fuera tenga que pagar un poco mas.

El Sr. Alcalde, contesta que esa teoría habría que llevarlo a todo, y no sabe las sorpresas que se llevaría, empezando por el fútbol, la gimnasia de mantenimiento, el aerobic, la piscina cubierta, la piscina descubierta, el triatlón, hay un precio tasado y es el que hay, y muchas veces hay actividades de esas que se aguantan gracias a que viene gente de fuera, porque a lo mejor aquí no hay bastante gente para esa actividad y colaboran aquí, gente de Náquera, gente de Serra, gente de San Antonio, incluso gente de Moncada vienen aquí, si encima les cobramos más pues a lo mejor hundimos la actividad, que de por si ya es deficitaria.

El Sr. Roberto Ocaña, yo me refiero solamente aquellas instalaciones realmente que hayan costado dinero.

El Sr. Alcalde, todas las que le he dicho son actividades que se realizan en

instalaciones que han costado dinero y cuestan de mantenimiento y de gestión.

El Sr. Roberto Ocaña, si lo que se trata no es de penalizar si no de adecuar, lo que hemos pagado todos adecuarlo a un coste lógico y normal.

El Sr. Alcalde, ¿no es penalizar? Yo creo que eso hasta ahora no lo he visto en ningún sitio. ¿Entonces yo que vivo en Bétera me voy a la piscina de la Pechina de Valencia y me tienen que cobrar otro precio diferente o me cobran el que esta marcado? Sr. Roberto, es difícil poder hacer eso que usted dice, no le voy a quitar ni dar razones, pero a mi interpretación personal es así, no queda otro remedio.

5º.- La Sra. Dolores C. García, concejal del grupo político municipal PSOE, hace

ego para el Concejal de Bienestar Social, si usted se pasea por el Calvario verá que son muchas las personas mayores que utilizan este espacio para caminar, y de la manera hacer el ejercicio físico que tanto recomiendan los médicos a ciertas edades, el grupo socialista le rogaría, aprovechando que Bétera cuenta con este sitio tan privilegiado, que a través de su concejalía se estudiara al menos, la posibilidad de instalar en el Calvario un circuito biosaludable, el grupo socialista piensa que invertir en este tipo de actuaciones, llevan a la larga más beneficios que esas otras acciones municipales mas llamativas o populistas, que se hacen de cara a las personas mayores.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, contesta que tiene que decirle que en Casa Nebot contamos con mobiliario de este tipo, pueden hacer uso de el libremente y creo que hay gente que hace uso de ello.

La Sra. Dolores C. García, pero es necesario, según dicen los investigadores

aumentar las instalaciones y motivar positivamente el participar en programas de actividad física, porque si los únicos aparatos que hay están en Casa Nebot hay mucha gente que no tiene ni idea de que están, encima los domingos cierran y no hay ni una mísera placa que diga el horario de entrada a Casa Nebot, por lo menos la podrían poner.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, todo lo que sea mejorar evidentemente no hace falta ser investigador, también tengo que decirle que la gente no se amontona en Casa Nebot a utilizar estas instalaciones, no quiero decirle con ello que sean suficientes ni mucho menos.

La Sra. Dolores C. García, pero porque no lo tienen a mano. El Sr. Josep Enric Alcàcer, a jugar a la petanca, si va usted todos los días, verá

como si que hay gente, lo tienen igual a mano, la gente hace el uso que quiere hacerle, no hay ninguna dificultad de acceso, las pistas de petanca están igual de accesibles y si

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que se utilizan, por la misma regla de tres se puede utilizar esto, y no hay horario ni placa ni nada, o sea que para unas cosas si y otras no, y están en el mismo sitio.

La Sra. Dolores C. García, pero por el Calvario pasa mucha gente, lo tendrían mas a mano. Hay mucha gente mayor que no sabe que eso esta allí.

El Sr. Alcalde dice en cuanto al horario, que aproximadamente está abierto de lunes a viernes de 9 de la mañana a 9 de la noche, porque cierra la policía a las 9 de la noche y la “suerte” que tenemos es que ahí esta bien guardado, se cierra por la noche, porque si supierais la cantidad de actos vandálicos que nos hacen el en Calvario, rompiendo gomas, rompiendo farolas, es increíble lo que la gente no valora lo que tenemos, la idea es buena y se estudiará, pero si alguien le pregunta le dice que normalmente de lunes a viernes esta abierto desde las 9 de la mañana hasta las 9 de la noche que suele cerrar la policía.

6º.- El Sr. Juan Carlos Camargo, concejal del grupo político municipal MAS

CAMARENA, hace una pregunta para el Concejal de Hacienda. Ha comentado el Sr. Josep Enric que el presupuesto 2012 esta prácticamente, me podría decir cuáles son los pasos hasta su aprobación, es decir, si se va a hacer un Pleno extraordinario para poder debatirlos, si se van a aprobar en un Pleno ordinario de junio o julio, si se van a poder hacer aportaciones a ese presupuesto.

Y la otra para el Concejal de Urbanismo, el acceso de Torre en Conill a cv-35 esta cortado, el acceso que se inauguró desde la carretera de Consum hasta la cv-35 esta cortado, quisiera saber si había algún problema, es un acceso que en hora punta suele solucionar bastantes problemas, y quisiera saber cómo estaba esa situación.

El Sr. Javier Alapont, contesta que el acceso que se inauguró, todavía no puede pasar el tráfico porque no está todavía recepcionado el sector y están a la espera de la descarga de la luz para las farolas públicas, en la bajada hay farolas públicas y entonces no queremos abrirlo hasta que no esté la iluminación, están acabando la calle que han transformado que será vial único, y en cuanto esto se acabe se supone que el alumbrado público también lo habrán terminado, y entonces recepcionaremos, yo espero que en un mes pudiera hacerse, entre otras cosas porque en la carretera de San Antonio vendría muy bien ese acceso, vamos a ver si lo conseguimos en este mes.

El Sr. Josep Enric Alcàcer, se convocarán las sesiones de comisiones

informativas, a partir de ese momento tendrán ustedes la información en su poder, se harán las informativas y si no pasa nada se hará un Pleno extraordinario.

7º.- El Sr. Salvador Beltrán, portavoz del grupo político municipal MAS

CAMARENA, dice que quería hacer una reflexión y una pregunta sobre el gasto de personal del Ayuntamiento, lo hago desde la posición mas constructiva de que soy capaz, créalo, me parece un asunto muy importante y de largo recorrido, tanto en la cuantía como en que estamos trabajando con material humano, con familias, he cogido como fuente el plan de saneamiento económico-financiero que nos dio una empresa en diciembre y doy por válidos los datos que hay aquí, independientemente de cómo se repara lo que hay mal, pero la evaluación me parece correcta, en el tema de personal que me parece uno de los temas mas sustantivos por el valor que tiene cuantitativamente, se observa que dice que, cualquiera tendríamos problemas para evaluar si un Ayuntamiento esta sobredimensionado o no, pero aquí toman un camino que es muy interesante y es una comparación entre los Ayuntamientos del entorno y que poblacionalmente tienen paralelismo con el nuestro, según eso y me remito a los datos que están aquí que supongo que aceptan ustedes, esa es la primera pregunta, si les parece que el análisis es el correcto, estamos hablando de los Ayuntamientos del entorno estarían en el 40% para gastos de personal y nosotros estamos en el 55’36%, que supone unos 2.316.000€ de

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más, que quiere decir que estamos empleando ese dinero de más sin necesidad, dicho con todos los matices, en comparación con Ayuntamientos del entorno.

Este tema ya sé que es muy delicado, hablamos de personas y de familias, pero

debemos decir que tenemos un problema que está cifrado en una cantidad del entorno de la deuda que tenemos, y es una deuda que sabemos todos que es relativamente baja, con lo cual diríamos que si conseguimos llegar a este objetivo tendríamos un remanente de dos millones casi y medio anuales para hacer rotondas, colegios, fútbol, etc. La primera pregunta es, ¿ustedes han valorado esto? Y si lo han hecho tienen alguna solución, ¿quieren acercarse hacia la solución? Yo entiendo que la solución no puede ser de los presupuestos del 12, sino que ni siquiera llegarían a esta legislatura, seguramente tendrían un traslado a muchos años vista, de ahí que mi propuesta es que si el plan existe lo compartamos y que si no existe que intentemos crearlo entre todos, ahora mismo no estoy hablando de despidos, estoy hablando de hacer una especie de foto fija de cómo esta este Ayuntamiento, cómo debería de estar dentro de equis años, cual sería la situación ideal en cuanto a personal, ver el tránsito dónde esta, y qué cantidades debemos de reducir, ¿cómo lo haríamos? Pues evidentemente hay normas, hay acuerdos sindicales que te dejan o no te dejan hacer cosas, pero podemos valorar a nivel biológico cuántas personas se jubilan y en qué recorridos anuales, cuántas se pueden incentivar con bajas que sean asumibles, cuántos se pueden reubicar, si se puede primar la movilidad dentro del Ayuntamiento, puede que hayan departamentos excesivamente dotados y otros no, entonces a lo que voy al final es, ¿ustedes comparten este diagnostico de que estamos sobredimensionados en una cuantía de este orden, sin entrar en el detalle y si tienen un plan?, y permítanme que salga un poco al paso, la solución que se aportó a final de marzo para el plan de estabilidad, yo creo que todos reconoceremos que fue una cosa muy forzada desde la administración central y que no hubo tiempo de prepararlo bien, yo cuando lo he analizado me da la impresión de que tiene que haber algo mas que eso, porque en aquel planteamiento era como muy superficial, si tienen un plan a largo plazo me gustaría compartirlo, y si no, contar con la modestia de este humilde grupo político y conmigo mismo para apoyar en algo que creo que es de largo recorrido y que toda la ciudadanía debería de tomar conciencia, si es que es así el diagnóstico y lo compartimos, de que tenemos un Ayuntamiento sobredimensionado y que la liberación de esa situación nos podría llevar a una situación de superávit clara, y con una capacidad de inversión importante, entonces, ¿Están de acuerdo? ¿tienen un plan? ¿Lo podemos hacer juntos? ¿Podemos apoyar?

El Sr. Alcalde, contesta que el plan del que habla es el de la Consellería, hay otro

posterior, revíselo porque el que hicimos que mandamos al Ministerio es diferente y de hecho se lleva desde hace mas de tres años trabajando en eso, prejubilaciones, acuerdos, jubilaciones y de todo, de hecho el presupuesto en aquel momento rondaba personal cerca de los diez millones, cuando estábamos en algo más de veinte millones de presupuesto, y ahora ronda alrededor de los ocho millones o por debajo de los ocho millones y continuamos bajando, de todas maneras son temas que se trabajan muy bien dentro de la mesa general de los sindicatos, se llevan las propuestas, colaboran y se está haciendo todo dentro de este marco de negociación, que es el que nos marca la legalidad a la hora de las gestión de recursos humanos y de hecho se están reestructurando servicios, se está haciendo movilidad horizontal y vertical, en función de las necesidades, con concursos internos y conforme se van produciendo jubilaciones, no se renueva, se intenta dentro del personal que quiera voluntariamente trasladarse, y se está ajustando todo de una manera continua, en el presupuesto ya lo verá como ha bajado y se ha ajustado en ese sentido.

El Sr. Salvador Beltrán, entonces calculan que todavía hay un excedente importante o quizá no es el foro para hablarlo.

El Sr. Alcalde, eso lo dice usted, he dicho que se está trabajando desde la administración codo a codo con las centrales sindicales todo este tema, y en la mesa general para ajustar todo lo posible y trabajando con ellos continuamente.

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El Sr. Salvador Beltrán, no le he entendido, no sé lo que quiere decir, yo le he preguntado si consideran que todavía hay un excedente.

El Sr. Alcalde, yo no le digo ni que si, ni que no, estamos trabajando en ese tema, se están modificando horarios, se están modificando cosas, de acuerdo con el personal y tratando con las centrales sindicales para ajustar presupuestos continuamente.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, por el Sr. Presidente se levanta la

sesión, siendo las veinte horas y veinticinco minutos del día previamente citado, y para dar constancia de lo que se ha tratado y de los acuerdos adoptados, extiendo la presente acta, de lo que como Secretario doy fe.

El ALCALDE PRESIDENTE EL SECRETARIO.

Germán Cotanda Gil.

Juan Ignacio Moreno García.