Acta de Pleno · 2010-11-03 · 328 0.- ACTAS 0.1 Aprobación, si procede, del borrador del acta de...

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SECRETARÍA GENERAL Plaza Viriato, S/N 49071- ZAMORA 980 559 300 980 530.430 Acta de Pleno ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO EL DIA ONCE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ PRESIDENCIA.- SR. MARTÍNEZ MAÍLLO En la ciudad de Zamora, y a las diez horas y quince minutos del día once de junio de dos mil diez, previa convocatoria cursada en forma legal, se reúne el Pleno de la Excma. Diputación de Zamora, en el Salón de Sesiones del Palacio Provincial, para celebrar sesión ordinaria, bajo la Presidencia del titular, Ilmo. Sr. Don Fernando Martínez Maíllo, con asistencia de los Sres. Vicepresidentes, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández y Don José María Barrios Tejero, así como de los Señores Diputados: Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña Maribel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don José Luis Pernía Fernández, Don Antonio Iglesias Martín, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, Don Francisco Molina Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez; estando presente la Sra. Interventora de Fondos Provinciales, Dña. Elena Hernández Santana, asistidos por mí, el Secretario General de la Corporación, D. Juan Carlos Gris González. La Sra. diputada del grupo socialista Dña. Raquel Pascual Blanco se incorpora a la sesión al comienzo del debate del punto 2.2 del orden del día. El también diputado socialista Don Braulio Prieto Macías se ausenta del Salón de Plenos en el transcurso del debate del punto 2.3, incorporándose de nuevo a la sesión cuando se inicia el debate del punto 3.1 del orden del día. * Ratificación del traslado de la sesión ordinaria correspondiente al primer viernes del presente mes de junio para el día 11 de dicho mes. Abierta la sesión y conforme figura como primer punto del orden del día, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad ratificar el traslado de la sesión ordinaria correspondiente al primer viernes del presente mes de junio al día de hoy, viernes, 11 de junio de 2010.

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SECRETARÍA GENERAL

Plaza Viriato, S/N 49071- ZAMORA 980 559 300 980 530.430

Acta de Pleno ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO EL DIA ONCE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ PRESIDENCIA.- SR. MARTÍNEZ MAÍLLO

En la ciudad de Zamora, y a las diez horas y quince minutos del día once de junio de dos mil diez, previa convocatoria cursada en forma legal, se reúne el Pleno de la Excma. Diputación de Zamora, en el Salón de Sesiones del Palacio Provincial, para celebrar sesión ordinaria, bajo la Presidencia del titular, Ilmo. Sr. Don Fernando Martínez Maíllo, con asistencia de los Sres. Vicepresidentes, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández y Don José María Barrios Tejero, así como de los Señores Diputados: Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña Maribel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don José Luis Pernía Fernández, Don Antonio Iglesias Martín, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, Don Francisco Molina Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez; estando presente la Sra. Interventora de Fondos Provinciales, Dña. Elena Hernández Santana, asistidos por mí, el Secretario General de la Corporación, D. Juan Carlos Gris González.

La Sra. diputada del grupo socialista Dña. Raquel Pascual Blanco se incorpora a la sesión al comienzo del debate del punto 2.2 del orden del día. El también diputado socialista Don Braulio Prieto Macías se ausenta del Salón de Plenos en el transcurso del debate del punto 2.3, incorporándose de nuevo a la sesión cuando se inicia el debate del punto 3.1 del orden del día.

* Ratificación del traslado de la sesión ordinaria correspondiente al

primer viernes del presente mes de junio para el día 11 de dicho mes.

Abierta la sesión y conforme figura como primer punto del orden del día, el

Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad ratificar el traslado de la sesión ordinaria correspondiente al primer viernes del presente mes de junio al día de hoy, viernes, 11 de junio de 2010.

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0.- ACTAS

0.1 Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión ordinaria del Pleno de fecha 14 de mayo de 2010.

Abierta la sesión y conforme determina el artículo 91.1 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre, el Sr. Presidente pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al borrador del acta de la sesión ordinaria del Pleno de fecha 14 de mayo de 2010, cuyas copias se han distribuido con la convocatoria. Y no habiendo observaciones de ningún tipo, esta resulta aprobada por unanimidad.

1.- PRESIDENCIA

1.1 Dación de cuenta de las resoluciones dictadas por la Presidencia

desde la última sesión ordinaria celebrada por la Diputación, y que van desde el Decreto 3.265/2010, de 3 de mayo, al 4.206/2010, de 4 de junio.

A continuación y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 62 del Reglamento

de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD. 2568/86, de 28 de noviembre, se ponen a disposición de todos los Sres. diputados presentes las resoluciones dictadas por la Presidencia, y que van desde el Decreto 3.265/2010, de 3 de mayo, al 4.206/2010, de 4 de junio.

Y preguntando el Sr. Presidente si es el deseo de alguno de los presentes conocer cualquier extremo respecto a estos Decretos, no se producen peticiones en tal sentido.

2.- RECURSOS HUMANOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

2.1 Aprobación 2ª modificación parcial de la RPT por aplicación del RDL 8/2010

Al Pleno de la Corporación se presenta propuesta formulada por el diputado

delegado del Área de Recursos Humanos y Participación Ciudadana, relativa a la 2ª modificación parcial de la relación de puestos de trabajo por causa de la aplicación del R.D. Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

Conocida la propuesta se declara abierto el debate con una primera

intervención a cargo del representante de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, quien adelanta su no rotundo a esta decisión por cuanto entiende que gobernar es tomar decisiones sensatas y si en alguna ocasión éstas han de ser duras deben serlo con los poderosos, pero no contra los que viven en su trabajo, en este caso los trabajadores del sector público.

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Al margen de ello, dice que además se trata de unas medidas erróneas porque es evidente que si se reducen los sueldos a la clase social de los trabajadores ello redundará en detrimento del consumo.

Así pues, considera que quien vote esta decisión que hoy se plantea no está

apoyando una solución a la crisis, sino que vota “que no se toque a los ricos”, que no se suban los impuestos de los que más tienen.

Para el diputado de Adeiza, Sr. Tejedor Sánchez, hay dos cuestiones que le

gustaría le fueran contestadas por el equipo de gobierno. En primer lugar, cuántos euros le suponen a la Institución Provincial el ahorro en la reducción de las retribuciones de sus funcionarios.

Asimismo, dice que ha podido leer en el expediente que se determina

suspender parcialmente la eficacia del acuerdo que firmó la Diputación con la Junta de Personal el día 10 de octubre de 2008 para la Modernización y Mejora de la Administración Pública Provincial. De ahí que desee conocer las consecuencias de tal decisión para los funcionarios.

Responde el Vicepresidente primero, Sr. Tomás Fernández, destacando que

lo que hoy se somete al Pleno no es más que algo de obligado cumplimiento para la Administración, como es el RDL 8/2010 por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, resultando cuanto menos paradójico que Izquierda Unida después de llevar muchos años apoyando en el Parlamento una política del Partido Socialista no quiera ahora ser partícipe de esta situación.

En contestación al Sr. Tejedor Sánchez le dice que este RDL no deja lugar a

dudas en cuanto a que el ahorro que derive de la reducción de las retribuciones del personal deberá destinarse en primer lugar a reducir el déficit. Y en segundo lugar a disminuir el endeudamiento que tenga la Institución Provincial.

Así pues, asegura el Sr. diputado que la cantidad resultante de esa reducción

en las nóminas del personal de la Diputación, que en lo que resta de año será alrededor de 500.000 euros y de 900.000 euros el año que viene, se destinará a amortizar préstamos.

Interviene de nuevo el Sr. Molina Martínez en turno de réplica afirmando que

al grupo popular “se le ha aparecido la Virgen” por cuanto que el Gobierno de Zapatero está haciendo lo mismo que hubiera hecho el Partido Popular en caso de que fueran Gobierno. Es por ello por lo que asegura que en el fondo están a favor de estas medidas, y la prueba de que ello es así es que el Partido Popular ha presentado en el Senado y en las Cortes una moción, que también traen hoy a este Pleno, contra la congelación de pensiones, pero, sin embargo, no presentan ninguna contra la rebaja de los salarios de los funcionarios, no estando incluso a favor de la huelga de éstos.

Respecto al “presunto apoyo” de Izquierda Unida en los últimos años al

Gobierno de Zapatero, recuerda que sólo lo ha sido en el ámbito de medidas

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sociales que se han tomado, pero no en las medidas económicas, contra las que asegura siempre han estado en total desacuerdo.

Concluye el Sr. diputado asegurando que lo que hoy se adoptan son medidas

de derechas, que el grupo popular comparte en el fondo, siendo por tanto cómplice de esta situación.

También el Sr. Tejedor Sánchez hace uso del turno de réplica insistiendo en

que le gustaría que se le aclarase si hay consecuencias añadidas en esa suspensión parcial de la eficacia del acuerdo que se firmó con los sindicatos al 10 de octubre de 2008. De igual modo solicita que si es posible “afinar” un poco más respecto a cuánto supone el ahorro neto que deriva de la reducción de las retribuciones de los funcionarios.

Interviene a continuación la portavoz socialista, Sra. Muñoz Santarén,

destacando que si este punto está hoy en el orden del día es precisamente porque el RDL 8/2010 deja la puerta abierta en cuanto a ciertas retribuciones que no están establecidas en el mismo, ya que de lo contrario sería incluso innecesario traerlo a Pleno porque es de obligado cumplimiento, siendo por ello por lo que como grupo socialista entienden que han de respetar y apoyar estas medidas, de manera que si la opción era recortar los subsidios de desempleo o bajarles el sueldo a los funcionarios, ésta última era sin lugar a dudas la más racional y responsable.

Insiste el Sr. Tomás Fernández que por exigencia legal es obligatorio

someter este RDL a consideración del Pleno, al igual que si existían unos acuerdos previos con las organizaciones sindicales y ahora el Decreto obliga a congelar las retribuciones para el año 2012, no cabe tampoco aplicar aumentos que se tengan pactados con los sindicatos. Así pues, repite que esos acuerdos quedan suspendidos mientras por Ley no se diga lo contrario.

Cierra el debate el Sr. Presidente manifestando que el equipo de gobierno

está radicalmente en contra de la reducción de sueldos de los funcionarios a la que sin embargo obliga a aplicar el RDL 8/2010, sin que quepa la menor duda de que el único responsable de este recorte es el PSOE, que es quien votó a favor de estas medidas.

Y sin otras intervenciones sobre este particular, se somete a votación

ordinaria la aprobación de esta segunda modificación parcial del la RPT por aplicación del RDL 8/2010:

� Votos a favor de su aprobación: VEINTIDOS, (los de los Sres. Diputados:

Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don

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Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión).

� Votos en contra: UNO, (el del Sr. diputado Don Francisco Molina

Martínez). � Abstenciones: UNA, (la del Sr. diputado: Don Manuel Tejedor Sánchez). Así pues, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente

acuerdo: La Comisión Informativa de Recursos Humanos y Participación Ciudadana,

en sesión ordinaria celebrada el día cuatro de junio de 2010, dictaminó favorablemente por 6 votos a favor (diputados pertenecientes al Grupo Popular, y al grupo mixto y 1 abstención (Diputado perteneciente al Grupo Mixto,) la propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Recursos Humanos y Participación Ciudadana, que se describe a continuación

ANTECEDENTES DE HECHO

I) Por orden del Diputado Delegado del Área de Recursos Humanos y

Participación Ciudadana de fecha 20 de enero de 2010 se dispuso la incoación del oportuno expediente para la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo con causa de la aplicación del acuerdo alcanzado para la Modernización y Mejora de la Administración Publica Provincial en 2008 y de la aplicación del R.D. Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

II) Con fecha 2 de junio de 2010 se sometió propuesta para la aplicación del

referido R.D.Ley 8/2010 al ámbito de la Administración Provincial a la Mesa General de Negociación de esta entidad, no habiéndose alcanzado a tal efecto un acuerdo sobre la misma con las organizaciones sindicales en ella representadas CC.OO., CSI-CSIF, UGT, USCAL, y USO.

III) Con fecha 10 de enero de 2.010 se alcanzo acuerdo en la mesa General

de Negociación de esta Diputación Provincial para aplicar a las retribuciones complementarias de los funcionarios de esta Corporación un incremento del 0.3% durante el ejercicio 2.010, a la vista de la Ley Presupuestos Generales del Estado así como en su consecuencia establecer el valor del punto por factor en 10,5944102191165000 €/ año a los efectos de permitir la determinación del importe del complemento asignado a aquellos puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo de esta Diputación sometidos al sistema de valoración de puntos por factor implementado para estos por el Pleno Corporativo en diversos acuerdos a lo largo del año 2001.

IV) Con fecha 20 de enero de 2.010 la Comisión Paritaria para el desarrollo

del acuerdo de la Excma. Diputación Provincial de Zamora y las Organizaciones Sindicales integrantes de la Junta de Personal, para la modernización y mejora de la Administración Pública Provincial, suscrito el 10 de octubre de 2008 acordaron fijar

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el importe de los factores de movilidad y de innovación tecnológica del complemento especifico para el ejercicio 2.010 en los importes que en su decisión se recogen.

Igualmente en cumplimiento de lo acordado se decide en dicha reunión de

la comisión paritaria que en cumplimiento de establecido en los párrafos 3 y 5 del apartado 4 del capitulo III del Acuerdo para la modernización y mejora de la Administración Publica provincial que durante la anualidad de 2010 se aplicará el Fondo de Innovación Tecnológica y Formación a la distribución de un complemento de productividad, a los puestos de trabajo de personal funcionario (de carrera o interino) de la relación de puestos de trabajo de esta entidad local de acuerdo con el detalle que se describe en el miso documento.

V) Los anteriores acuerdos de la Mesa General de Negociación y de la

Comisión de seguimiento son recogidos en la resolución de la Presidencia núm. 199/2010, de fecha 21 de enero, y en los acuerdos Plenarios de 12 de febrero de 2.010, mediante los cuales se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de esta Excma. Diputación Provincial de Zamora, y se aprueba el Presupuesto de esta Entidad local para el ejercicio 2.010.

Sobre los referidos antecedentes es necesario hacer los siguientes

CONSIDERANDOS JURIDICOS

“1. Las retribuciones básicas del personal al servicio del sector público, excluida la correspondiente a la paga extraordinaria del mes de diciembre a que se refiere el punto 3 de este apartado, quedan fijadas en las cuantías recogidas en el apartado Cinco de este artículo.

(Dicha retribuciones son: Primero.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 93 de la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 2, 3, y 4 del R.D. 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración local, vigentes ambas normas en la actualidad en virtud de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, las modificaciones introducidas en el régimen retributivo del personal funcionario de la Administración General del Estado por el R.D.L. 8/2010 extienden sus efectos también al personal funcionario de esta entidad local.

Segundo.- En cuanto a las retribuciones básicas de los funcionarios de esta

Entidad local resulta de aplicación obligada el articulo 1 uno y apartados 1 y 3 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, el cual da nueva redacción a los apartados Dos y Cinco del artículo 22 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010. Siendo estos preceptos de carácter básico según la disposición final segunda del mismo R.D. Ley resultan de obligado cumplimiento lo dispuesto en los mismos según los cuales las retribuciones básicas de los funcionarios públicos serán con efectos 1 de junio de 2.010 las siguientes:

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Grupo / Subgrupo Ley 7/2007 Sueldo

Euros

Trienios

Euros

A1 13.308,60 511,80 A2 11.507,76 417,24 B 10.059,24 366,24 C1 8.640,24 315,72 C2 7.191,00 214,80 E y Agrupaciones Profesionales (Ley 7/2007) 6.581,64 161,64)

3. La paga extraordinaria del mes de diciembre que corresponda en aplicación del articulo 21.tres de la Ley 42/2006, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, en los términos de lo recogido en el apartado Dos del articulo 22 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, incluirá, además de la cuantía del complemento de destino o concepto equivalente mensual que corresponda una vez practicada la reducción indicada en el punto 2 anterior, las cuantías en concepto de sueldo y trienios que se recogen en el cuadro siguiente o, en su caso, las que se señalen en esta Ley en función de la Carrera, Cuerpo o Escala a la que pertenezcan los correspondientes empleados públicos:

Grupo/Subgrupo Ley 7/2007 Sueldo – Euros

Trienios – Euros

A1 623,62 23,98 A2 662,32 24,02 B 708,25 25,79 C1 608,34 22,23 C2 592,95 17,71 E y Agrupaciones Profesionales (Ley 7/2007) 548,47 13,47

La paga extraordinaria del mes de junio se regirá por lo dispuesto en el apartado Dos. A) de este artículo” (es decir se devengará con arreglo a la primera de las dos tablas aquí reproducidas – sin reducción e incluyendo además la cuantía del complemento de destino o concepto equivalente que corresponda sin la reducción del 5 por ciento-. Esta regla es también aplicable a los demás conceptos retributivos que formen parte de la paga extraordinaria o se abonen con motivo de la misma en el caso de la Diputación Provincial de Zamora la paga adicional).

Tercero.- En cuanto al resto de las retribuciones de los funcionarios, por tanto

las conocidas como retribuciones complementarias, resulta de aplicación obligada, al ser preceptos básicos, el articulo 1.dos apartado 2 y último párrafo del apartado 3 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, según los cuales:

“2. Una vez aplicada la reducción de las retribuciones básicas en los términos

indicados en el punto anterior, sobre el resto de las retribuciones se practicará una

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reducción de modo que resulte, en términos anuales, una minoración del 5 por ciento del conjunto global de las retribuciones.

El resto de los complementos retributivos que integren la citada paga extraordinaria (diciembre) o se abonen con motivo de la misma tendrán la cuantía que corresponda por aplicación de lo dispuesto en este apartado.”

No resulta pues de aplicación directa a esta Diputación Provincial, al no ser

básico el articulo 1.dos apartado 4 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo en el que se modifican todos los artículos, salvo el 27, del Capítulo II del Título III, de la Ley de Presupuestos para el 2.010.

En tales preceptos, sobre las premisas sentadas por los preceptos básicos

antes apuntados, se regulan para el ámbito de la administración central del Estado, y los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en los términos de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, se establece:

1º.- La reducción con efectos de 1 de junio de las retribuciones básicas -

sueldo, trienios y extra de diciembre, así como el abono de la paga extra de junio que incluirá el complemento de destino que corresponda y al que no se aplica reducción alguna, se llevara a cabo conforme en el Art. 22.dos b) y 22.cinco B. - Art. 28 uno B- letras a y b- y Art.24 uno B letra a)- (Lo cual es coincidente con los preceptos básicos para todo el sector publico y obligatorio para todo él).

2º.- Las retribuciones complementarias de carácter fijo y periódico y el resto de

las restantes retribuciones complementarias tendrán una reducción del 5 por ciento respecto de las vigentes el 31 de mayo de 2.010.

Así en la redacción dada por el R.D.Ley 8/2010 al Art. 28 B letra c) de la Ley

de Presupuestos para el 2.010 se fija que con efectos de 1 de junio de 2010, el complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se desempeñe, de acuerdo con las siguientes cuantías referidas a doce mensualidades:

NIVEL IMPORTE EUROS

30 11.625,00

29 10.427,16

28 9.988,80

27 9.550,20

26 8.378,40

25 7.433,64

24 6.995,04

23 6.556,92

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NIVEL IMPORTE EUROS

22 6.118,08

21 5.680,20

20 5.276,40

19 5.007,00

18 4.737,48

17 4.467,96

16 4.199,16

15 3.929,28

14 3.660,12

13 3.390,36

12 3.120,84

11 2.851,44

10 2.582,28

9 2.447,64

8 2.312,52

7 2.178,00

6 2.043,24

5 1.908,48

4 1.706,52

3 1.505,04

2 1.302,84

1 1.101,00

Dicha escala, aun cuando sea de forma indirecta por obra de la disposición

final cuarta del Estatuto Básico del Empleado Publico, también resulta de aplicación en el ámbito de esta Diputación Provincial de Zamora, al no haberse establecido aún un sistema retributivo y de carrera por la legislación de desarrollo del EBEP aplicable a ésta.

E igualmente en la redacción dada por el R.D.Ley 8/2010 al Art. 28 B letra d) de la Ley de Presupuestos para el 2.010 se fija que con efectos de 1 de junio de 2010, el complemento específico que, en su caso, esté asignado al puesto que se desempeñe, cuya cuantía anual, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 24.Uno.B), letra a), experimentará una reducción de 5 por ciento respecto de la vigente a 31 de mayo de 2010.

El Art. 24. uno. B establece que no obstante la reducción general del 5 por ciento en las retribuciones complementarias las del Grupo E: agrupaciones

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profesionales de la Ley 7/2007, tendrán una reducción con carácter personal del 1 por ciento. Nótese que se trata de una reducción de carácter personal, lo cual tiene su lógica dado que las retribuciones de carácter complementario no son fijadas en función del grupo de pertenencia del funcionario sino de las características del puesto y del grado de complemento de destino consolidado en su caso. De hecho el grupo E y el grupo D comparten niveles de complemento de destino y pueden existir puestos (con su valoración en orden al CD y Especifico) a los que pueden acceder funcionarios de ambos grupos.

En cuanto a las pagas adicionales se establece: 1º que la de junio se abonara conforme al Art. 22 dos A); según la cual lo

indicado respecto del complemento de destino a incluir en la paga extra de junio será también aplicable a los demás conceptos retributivos que se abonen con motivo de la misma.

2º, Que la de Diciembre será del La paga adicional del mes de diciembre será

del mismo importe que el complemento específico mensual que corresponda en este período.

3º.- No aplica reducción alguna a las indemnizaciones por razón del servicio que se regirán por su normativa específica. La cual, por cierto, es de aplicación supletoria, hoy por hoy, a esta Diputación Provincial.

4º.- Que cada departamento ministerial determinará, dentro del crédito total disponible, que experimentará una reducción, con efectos de 1 de junio de 2010 y en términos anuales, del 5 por ciento respecto de los créditos autorizados para 2010, las cuantías parciales asignadas a sus distintos ámbitos orgánicos, territoriales, funcionales o de tipo de puesto.

5º.- Las gratificaciones por servicios extraordinarios, que se concederán por los Departamentos ministeriales u Organismos públicos dentro de los créditos asignados a tal fin que experimentarán una reducción, con efectos de 1 de junio de 2010 y en términos anuales, del 5 por ciento respecto de los créditos autorizados para 2010.

Estas disposiciones sobre el complemento especifico, gratificaciones y productividades no son de aplicación al ámbito local, y específicamente a esta Diputación, la cual únicamente tiene obligación de cumplir los preceptos básicos reseñados; no obstante lo cual se considera conveniente y adecuado seguir las misma pautas en cuanto a dichas retribuciones; todo ello con objeto de cumplir los preceptos básicos enunciados, al mismo tiempo que cumplir con el objetivo de solidaridad que se y de minimización de los efectos de estas medidas sobre los salarios mas bajos.

CUARTO.- La competencia para la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios, así como para la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, viene atribuida al Pleno Corporativo, por el artículo 33.2.f) de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y en el Art. 70.5 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el

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Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Sobre la base de las consideraciones expuestas se adopta el siguiente

acuerdo:

Primero.- Modificar el complemento específico señalado en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación para los puestos reservados a funcionarios, durante el ejercicio 2010, cuya cuantía vendrá determinada durante el referido ejercicio conforme a las siguientes reglas:

A) A partir del uno de junio de 2.010 el valor del punto por factor en año

2.010, señalado hasta el 31 de mayo de 2.010 vendrá reducido en un 5 por ciento. Así a los efectos de permitir la determinación del importe del complemento

asignado a aquellos puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo de esta Diputación sometidos al sistema de valoración de puntos por factor implementado para estos por el Pleno Corporativo en diversos acuerdos a lo largo del año 2001, con arreglo a la siguiente escala:

Valoración del punto por factor a partir de 1 de enero a 3 de mayo:

10,59441021911650 €/año. Valoración del punto por factor a partir de 1 de junio a 31 de diciembre:

10,06468970816070 €/año. Los puestos a los que no se les ha aplicado el sistema aprobado el

complemento específico del puesto se reducirá en un 5 por ciento a partir del 1 de junio de 2.010 y hasta el31 de diciembre del mismo año.

B) Reducir en un 5 por ciento a partir del 1 de junio de 2010 el complemento

por Innovación Tecnológica y Formación señalado hasta el 31 de mayo de 2.010 y acordado en sesión plenaria de 12 de febrero de 2.010 por el que se modifica la RPT el cual se abonará por el desempeño de los puestos de trabajo de personal funcionario (de carrera o interino) incluidos en la relación de puestos de trabajo de esta entidad local, con arreglo a la siguiente escala:

CLASIFICACIÓN LEY 7/2007

SUBGRUPO

NIVEL DE COMPLEMENTO

DE DESTINO DEL PUESTO

COMPLEMENTO ESPECIFICO

FACTOR INNOVACION

Computo anual (referido a doce

pagas ordinarias) de enero a mayo

COMPLEMENTO ESPECIFICO

FACTOR INNOVACION

Computo anual (referido a doce

pagas ordinarias) de junio a diciembre

A A1 30 1.972,20 1.873,59 A A1 28 1.842,36 1.750,24 A A1 27 1.807,68 1.717,30 A A1 26 1.714,68 1.628,95 A A1 25 1.639,80 1.557,81 A A1 24 1.605,00 1.524,75

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CLASIFICACIÓN LEY 7/2007

SUBGRUPO

NIVEL DE COMPLEMENTO

DE DESTINO DEL PUESTO

COMPLEMENTO ESPECIFICO

FACTOR INNOVACION

Computo anual (referido a doce

pagas ordinarias) de enero a mayo

COMPLEMENTO ESPECIFICO

FACTOR INNOVACION

Computo anual (referido a doce

pagas ordinarias) de junio a diciembre

A A1 23 1.570,20 1.491,70 A A2 24 1.446,12 1.373,81 A A2 22 1.376,52 1.307,69 A A2 21 1.341,72 1.274,63 C C1 18 1.040,04 988,04 C C1 17 1.018,68 967,75 C C2 17 897,60 852,72 C C2 15 854,88 812,14 C C2 14 833,52 791,84 C C2 13 812,16 771,55

AGRUPACION PROFESIONAL -- 14 787,08 747,73 AGRUPACION PROFESIONAL -- 12 744,24 707,03

C) Reducir en un 5 por ciento a partir del 1 de junio de 2.010 el complemento

por movilidad señalado hasta el 31 de mayo de 2.010 y acordado en sesión plenaria de 12 de febrero de 2.010 por el que se modifica la RPT el cual se abonará por el desempeño de los puestos de trabajo de personal funcionario (de carrera o interino) incluidos en la relación de puestos de trabajo de esta entidad local, con arreglo a la siguiente escala

PUESTO DE TRABAJO

Complemento especifico factor

movilidad total anual 2010 (referido a doce pagas ordinarias)

ENERO MAYO

Complemento especifico factor movilidad total anual 2010

(referido a doce pagas ordinarias) junio-

diciembre

ADMINISTRATIVO 479,84 € 455,85 € ADMINISTRATIVO CONTABLE 479,84 € 455,85 € ADMINISTRATIVO DE PRESIDENCIA 505,00 € 479,75 € ANIMADOR COMUNITARIO 511,20 € 485,64 € ARCHIVERO TECNICO 514,79 € 489,05 € ARQUITECTO SUPERIOR 560,86 € 532,82 € ARQUITECTO TECNICO 523,36 € 497,20 € ASESOR JURIDICO DE ASISTENCIA TECNICA A MUNICIPIOS 557,27 € 529,40 € ASESOR JURIDICO DE BIENESTAR SOCIAL 555,47 € 527,70 € ASISTENTE SOCIAL 511,20 € 485,64 € AUXILIAR ADMINISTRATIVO 457,65 € 434,77 € AUXILIAR DE RECAUDACION 463,14 € 439,99 € AYUDANTE AGROPECUARIO 451,05 € 428,50 € AYUDANTE DE ARCHIVO 509,40 € 483,93 € AYUDANTE DE ESTABLECIMIENTOS 447,46 € 425,09 €

339

PUESTO DE TRABAJO

Complemento especifico factor

movilidad total anual 2010 (referido a doce pagas ordinarias)

ENERO MAYO

Complemento especifico factor movilidad total anual 2010

(referido a doce pagas ordinarias) junio-

diciembre

AYUDANTE DE GERIATRIA 464,68 € 441,45 € AYUDANTE DE MAQUINAS DE IMPRENTA 457,65 € 434,77 € AYUDANTE DE OBRAS Y SERVICIOS 472,65 € 449,02 € AYUDANTE DE PROGRAMACION 481,63 € 457,55 € AYUDANTE DEL INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL RAMA ELECTRICIDAD 475,63 € 451,85 € CAPATAZ AGRICOLA 466,64 € 443,31 € CAPATAZ DE OBRAS PROVINCIALES 479,22 € 455,26 € COCINERO 464,68 € 441,45 € CONDUCTOR DE CAMION 477,42 € 453,55 € CONDUCTOR DE MAQUINARIA 484,61 € 460,38 € CONDUCTOR DE PRESIDENCIA 525,95 € 499,65 € CONDUCTOR DE TURISMOS 472,03 € 448,43 € CONDUCTOR DE VICEPRESIDENCIA 513,95 € 488,25 € CONSULTOR DE CEAS 511,20 € 485,64 € COORDINADOR DE PROYECTOS 511,20 € 485,64 € DELINEANTE 476,24 € 452,43 € DIPLOMADO UNIVERSITARIO EN ENFERMERIA 534,56 € 507,83 € DIRECTORA ADMINISTRADORA 601,04 € 570,99 € DISEÑADOR DE PRENSA 516,59 € 490,76 € EDUCADOR SOCIAL 511,20 € 485,64 € ENCARGADO DE LOS PARQUES DE MAQUINARIA 488,52 € 464,09 € ENCARGADO DE MANTENIMIENTO 464,68 € 441,45 € ENCARGADO DE RELACIONES LABORALES 551,46 € 523,89 € ENCARGADO DEL PABELLON DE DEPORTES 471,88 € 448,28 € ENCARGADO DEL PARQUE DE TURISMOS 479,22 € 455,26 € ENCARGADO DEL VIVERO 455,32 € 432,55 € FISIOTERAPEUTA 509,40 € 483,93 € GESTOR DE INFORMACION JUVENIL 511,20 € 485,64 € INGENIERO DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS 621,53 € 590,45 € INGENIERO TECNICO AGRICOLA 520,18 € 494,18 € INGENIERO TECNICO DE OBRAS PUBLICAS 545,49 € 518,22 € INGENIERO TECNICO FORESTAL 518,39 € 492,47 € INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL RAMA ELECTRICIDAD 520,18 € 494,18 € INGENIERO TECNICO INDUSTRIAL RAMA ELECTRICIDAD 545,49 € 518,22 € INTERVENTOR 712,67 € 677,04 € JEFE DE LA SECCION DE ASISTENCIA SOCIAL 535,12 € 508,37 € JEFE DE LA SECCION DE DEPORTES 529,73 € 503,25 € JEFE DE LA SECCION DE DESARROLLO DE APLICACIONES 544,11 € 516,91 € JEFE DE LA SECCION DE MANTENIMIENTO 547,70 € 520,32 €

340

PUESTO DE TRABAJO

Complemento especifico factor

movilidad total anual 2010 (referido a doce pagas ordinarias)

ENERO MAYO

Complemento especifico factor movilidad total anual 2010

(referido a doce pagas ordinarias) junio-

diciembre

JEFE DE LA SECCION DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 538,72 € 511,78 € JEFE DE LA SECCION DE RECAUDACION 553,26 € 525,60 € JEFE DE LA SECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES 544,11 € 516,91 € JEFE DE LA SECCION DEL PARQUE MOVIL 558,48 € 530,56 € JEFE DE LA SECCION TECNICA DEL AREA DE OBRAS PROVINCIALES 624,72 € 593,48 € JEFE DE SUBALTERNOS DE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 489,11 € 464,66 € JEFE DE SUBALTERNOS DEL CENTRO DE SERVICIOS ESPECIFICOS 461,39 € 438,32 € JEFE DE SUBALTERNOS DEL COLEGIO UNIVERSITARIO 462,16 € 439,05 € JEFE DEL AREA DE OBRAS PROVINCIALES 655,16 € 622,40 € JEFE DEL NEGOCIADO DE AGRICULTURA 485,39 € 461,12 € JEFE DEL NEGOCIADO DE BIENESTAR SOCIAL 485,39 € 461,12 € JEFE DEL NEGOCIADO DE FORMACION, CONTRATACION, Y CONTROL HORARIO 485,39 € 461,12 € JEFE DEL NEGOCIADO DE NOMINAS Y GESTION DE SEGUROS SOCIALES 485,39 € 461,12 € JEFE DEL NEGOCIADO DE PATRIMONIO 481,79 € 457,71 € JEFE DEL NEGOCIADO DE PLANES DE OBRAS 488,99 € 464,54 € JEFE DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO DEL AREA DE OBRAS PROVINCIALES 590,26 € 560,75 € JEFE DEL SERVICIO AGROPECUARIO 572,29 € 543,67 € JEFE DEL SERVICIO DE ACTAS Y REGISTRO 575,88 € 547,09 € JEFE DEL SERVICIO DE ARCHIVO 566,89 € 538,55 € JEFE DEL SERVICIO DE ARQUITECTURA 590,39 € 560,88 € JEFE DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA A MUNICIPIOS 583,07 € 553,91 € JEFE DEL SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL 590,26 € 560,75 € JEFE DEL SERVICIO DE CONTABILIDAD 590,26 € 560,75 € JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACION 568,69 € 540,26 € JEFE DEL SERVICIO DE CULTURA Y DEPORTES 579,48 € 550,50 € JEFE DEL SERVICIO DE DESARROLLO ECONOMICO 572,29 € 543,67 € JEFE DEL SERVICIO DE INFORMATICA 590,26 € 560,75 € JEFE DEL SERVICIO DE PERSONAL 590,26 € 560,75 € JEFE DEL SERVICIO DE PLANES PROVINCIALES, OBRAS, Y SERVICIOS 575,88 € 547,09 € JEFE DEL SERVICIO DE PRENSA 579,48 € 550,50 € JEFE DEL SERVICIO DE RECAUDACION 583,07 € 553,91 € MEDICO DE MEDICINA GENERAL 552,85 € 525,21 € OFICIAL ALBAÑIL 457,65 € 434,77 € OFICIAL DE DE EDICION DEL BOP 457,65 € 434,77 € OFICIAL DE RECAUDACION 479,84 € 455,85 €

341

PUESTO DE TRABAJO

Complemento especifico factor

movilidad total anual 2010 (referido a doce pagas ordinarias)

ENERO MAYO

Complemento especifico factor movilidad total anual 2010

(referido a doce pagas ordinarias) junio-

diciembre

OFICIAL ELECTRICISTA 468,44 € 445,01 € OFICIAL FONTANERO 457,65 € 434,77 € OFICIAL JEFE UD. DE ADMINISTRACION 490,78 € 466,24 € OFICIAL JEFE UD. DE GESTION DE TRIBUTOS DELEGADOS 490,78 € 466,24 € OFICIAL JEFE UD. DE GESTION TRIBUTARIA 490,78 € 466,24 € OFICIAL JEFE UD. DE REC. EJECUTIVA 490,78 € 466,24 € OFICIAL JEFE UD. DE REC. VOLUNTARIA DE BENAVENTE 490,78 € 466,24 € OFICIAL JEFE UD. DE REC. VOLUNTARIA DE ZAMORA 490,78 € 466,24 € OFICIAL MAYOR 680,50 € 646,47 € OFICIAL PINTOR 457,65 € 434,77 € OPERARIO ALBAÑIL 451,05 € 428,50 € OPERARIO DE ESTABLECIMIENTOS 451,21 € 428,65 € OPERARIO DE ESTABLECIMIENTOS (TUR) 452,85 € 430,21 € OPERARIO DE VIAS Y OBRAS 456,44 € 433,62 € ORDENANZA 451,21 € 428,65 € ORDENANZA (TUR) 454,65 € 431,92 € ORIENTADOR LABORAL 511,20 € 485,64 € PSICOLOGO 553,06 € 525,41 € SECRETARIO GENERAL 712,67 € 677,04 € SECRETARIO INTERVENTOR 526,78 € 500,45 € SUPERVISORA 544,93 € 517,68 € TECNICO ADMINISTRATIVO 546,48 € 519,16 € TECNICO AUXILIAR DE PROGRAMACION 481,63 € 457,55 € TECNICO AUXILIAR DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES 481,63 € 457,55 € TECNICO DE GESTION 521,99 € 495,89 € TECNICO DE MEDIO AMBIENTE 546,48 € 519,16 € TECNICO DE PROTECCION CIVIL 529,17 € 502,71 € TECNICO DEL GABINETE DE PRENSA 546,48 € 519,16 € TELEFONISTA RECEPCIONISTA 454,65 € 431,92 € TRABAJADOR SOCIAL 511,20 € 485,64 € VETERINARIO 546,48 € 519,16 € VICEINTERVENTOR 692,37 € 657,76 € VIGILANTE 475,63 € 451,85 € TECNICO SISTEMAS Y COMUNICACIONES 523,78 € 497,59 € ENCARGADO EDICION BOP 483,13 € 458,97 € ENCARGADO SERVICIOS GENERALES 484,93 € 460,68 € TERAPEUTA OCUPACIONAL 509,40 € 483,93 € TECNICO ECONOMISTA RR.EE. 546,48 € 519,16 € TESORERO 712,67 € 677,04 € ENCARGADO RELACIONES PUBLICAS 476,40 € 452,58 € INGENIERO DE CAMINOS 560,86 € 532,82 €

342

D) Asignar a titulo personal a los funcionarios del grupo E: agrupaciones profesionales (ley 7/2007), un complemento especifico personal por una cantidad equivalente al 4 por ciento del importe del complemento especifico fijado hasta el 31 de mayo de 2010 (incluidos todos los factores y componentes) del puesto que ocupen.

Segundo.- Las pagas adicionales durante el ejercicio 2.010 se devengaran y

abonaran con arreglo a las siguientes normas: La paga adicional de junio se abonará conforme al Art. 22 dos A) de la Ley de

Presupuestos Generales del Estado para 2010; según el cual lo indicado respecto del complemento de destino a incluir en la paga extra de junio será también aplicable a los demás conceptos retributivos que se abonen con motivo de la misma. Y por tanto se devengará y abonará incluyendo una cantidad equivalente al complemento específico establecido hasta el 31 de mayo de 2.010.

La paga adicional de diciembre será del mismo importe que el complemento

específico mensual que corresponda en el periodo junio a noviembre de 2010.” 2.2 Aprobación de la modificación del Reglamento Orgánico de la

Diputación de Zamora. Conoce la Corporación propuesta formulada por el diputado delegado del Área

de Economía y Hacienda relativa a la aprobación de la modificación del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Zamora.

Vista la propuesta, por la Presidencia se indica que se han presentado dos

enmiendas, una de ellas por el diputado de Izquierda Unida y la otra por la portavoz del grupo socialista.

Dichas enmiendas dicen así:

“ENMIENDA DEL DIPUTADO DE IZQUIERDA UNIDA

EXPOSICIÓN DE MOTI VOS

1.-Un reglamento de mínimos permite su persistencia en el tiempo, pudiendo cada mayoría -según los mandatos- adaptar los bienes materiales y humanos a su punto de vista político, pero estando obligada a respetar los mínimos

2.- La adaptación del Reglamento actual a uno de mínimos sería sencilla y rápida,

resolviéndose así el posible Fraude de Ley vigente ya que está una persona de confianza (personal eventual) sacada del cupo de otro partido respecto a aquel para el que trabaja.

3.- Un Reglamento de mínimos permite alcanzar un fácil acuerdo o consenso ya que no hay

que entrar en disquisiciones sobre pequeños detalles 4.-Quien esté en contra de un Reglamento de mínimos debería explicar el por qué. 5.-Al comienzo de cada mandato, con un Reglamento Orgánico de mínimos, cada partido

tendría que explicar por qué lo incrementaría con el consiguiente coste económico y por lo tanto político que tendría al comprobar la opinión pública de que pie cojea cada grupo.

343

ENMIENDA

Que se elabore un nuevo Reglamento Orgánico para la Diputación de Zamora basado en la garantía de las condiciones mínimas que deben darse para el correcto funcionamiento de la Institución.

Dichas condiciones mínimas serían:

1.- Cada partido político, o coalición electoral, que obtenga representación en la Diputación de Zamora se constituirá como Grupo Político propio, a efectos del funcionamiento interno de la institución. 2.-Cada Diputado contratado por la Diputación cobrará como mínimo lo que percibiera en su puesto de trabajo o la parte proporcional si la contratación lo es a tiempo parcial 3.-El número mínimo de Comisiones Informativas será de tres (3) 4.-El número mínimo de integrantes de cada comisión informativa será de cinco (5) 5.-El número mínimo de liberados o Diputados contratados por la Institución será: * De tres para el equipo de Gobierno (incluido quien presida la institución) * Y de medio o ninguno (ver la NOTA) por cada grupo político constituido como tal. 6.-El número mínimo de personal de confianza o eventual, al servicio de cada Grupo Político será de un auxiliar administrativo con sueldo de tal NOTA: Cada Grupo Político podrá optar entre contar con un auxiliar administrativo o la contratación de un Diputado a media jornada. 7.-La asignación a los Grupos Políticos para su funcionamiento será, como mínimo, de 1.000 € anuales por cada uno.”

“ENMIENDA DE LA PORTAVOZ DEL GRUPO SOCIALISTA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Grupo Socialista de la Diputación Provincial de Zamora, ante el DICTAMEN DE MODIFICACION DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE ESTA DIPUTACION en su Art. 159, por los motivos que expondremos en el debate que se producirá en el mismo Pleno de la Institución Provincial el día 11 del presente mes, presenta al Pleno Provincial la siguiente,

ENMIENDA

Se eliminará, con el fin de de cumplir con las recomendaciones de la Comisión ejecutiva de la FEMP en relación con el RD 8/2010 de 20 de Mayo, de este Art. 159 del Reglamento como retribución de los Diputados Provinciales que desarrollen su actividad tanto en régimen de dedicación exclusiva como parcial, la equiparación de dicha retribución a la señalada para los Directores Generales, si bien deberá establecerse en la nueva redacción de este Art. 159.1 lo siguiente:

“Los Diputados Provinciales que desarrollen su actividad tanto en régimen de dedicación

exclusiva percibirán las retribuciones que en cada caso se acuerde por el Pleno ,tomando como límite máximo la retribución que la Ley de Presupuestos Generales del Estado señale, cada año, para los Directores Generales y asimilados” .

Conocido cuanto antecede y tras manifestarse por la Presidencia que las dos

enmiendas se debatirán conjuntamente con la propuesta; pide la palabra la portavoz socialista, Sra. Muñoz Santarén, alegando como cuestión previa que, a su modo de entender, la enmienda que presenta el diputado de Izquierda Unida no puede

344

considerarse como tal por cuanto que está referida a cuestiones que no están relacionadas con el dictamen y con el acuerdo, sino que es mucho más amplia.

Informa sobre esta cuestión el Secretario de la Corporación, a petición de la

Presidencia, afirmando que es cierto que el acuerdo sólo se refiere a la modificación del Reglamento en cuanto a retribuciones de los diputados, y sin embargo el Sr. Molina amplía el contenido estricto de la cuestión, pues entiende que ello también afecta a las retribuciones de los diputados, con lo cual considera el Sr. Secretario que no hay ningún problema para admitir la enmienda como tal.

Vuelve a tomar la palabra la Sra. Muñoz Santarén alegando que si hace esta

observación es sencillamente porque el equipo de gobierno es muy escrupuloso con el grupo socialista y lo habitual es que a ellos no les admitan aquello que entienden que no se presenta como debe de ser.

Interviene seguidamente el Sr. Molina Martínez manifestando que su escrito

claramente es una enmienda, si bien a la totalidad del Reglamento, de manera que ha querido aprovechar que el equipo de gobierno propone modificar el Art. 159 del Reglamento utilizando el argumento de la recomendación de la FEMP de reducción de los salarios de los cargos electos locales, para presentar una enmienda en la que se propone que se opte por la elaboración de un nuevo Reglamento Orgánico, basado en unas condiciones mínimas que deberían darse para garantizar un correcto funcionamiento de la Diputación, condiciones que enumera todas ellas en la enmienda y que explica pormenorizadamente el Sr. diputado.

En opinión del Sr. Tejedor Sánchez, representante de Adeiza, no sería

necesaria la modificación que hoy propone el equipo de gobierno de este artículo, por cuanto que lo que venga a disponer el RDL respecto a las pagas extraordinarias no afecta a las retribuciones de los diputados liberados de esta Diputación ya que en la actual redacción de este Art. 159 se establece que las pagas extraordinarias son dos y de la misma cuantía que las ordinarias.

Lo cierto es, según dice, que lo que el equipo de gobierno persigue en el fondo

es que la reducción del sueldo del Sr. Presidente sea inferior a la recomendación que ha hecho la FEMP. Por ello, insiste en que considera que la modificación no es necesaria. Además existe otro motivo que recuerda fue comentado muy acertadamente por el diputado de IU en la Comisión Informativa cuando habló de que el equipo de gobierno pretendía con esta modificación liberarse del “corsé” que supone la referencia que actualmente hay en este artículo a la figura de los Directores Generales, todo ello pese a que estos últimos ganan menos que los Presidentes de esta Diputación desde que se aprobó este Reglamento.

Por lo expuesto, propone el Sr. Tejedor que en vez de modificar el Reglamento

Orgánico se establezca una disposición transitoria que faculte a este Pleno para reducir las retribuciones que establece el artículo 159.

Es seguidamente la portavoz del grupo socialista, Sra. Muñoz Santarén, la que

recuerda que a principio de Legislatura era voluntad de todos los grupos políticos modificar este Reglamento que resulta obsoleto en muchos aspectos. Sin embargo, el equipo de gobierno no lo ha hecho porque era evidente que no les merecía la

345

pena por las razones que fuera. Es por ello que ahora sorprende que para una cosa tan puntual propongan modificarlo, si bien sin consensuar previamente nada con la oposición y perdiendo una ocasión de oro para haber modificado este texto en su integridad. Como ello no se ha hecho, es por lo que dice ha presentado una enmienda puntual y concreta a este Art. 159, la cual entiende que es perfectamente asumible por el grupo popular confiando en que cuente con su apoyo.

Contesta a quienes le han precedido el Vicepresidente primero, Sr. Tomás

Fernández, remontándose a las fechas en que se elaboró este Reglamento, considerándose oportuno en aquel entonces asimilar las retribuciones del Presidente de la Diputación a un cargo político similar como es el de Director General. Sin embargo, ahora sucede que si se aplica el RDL la reducción de las retribuciones del Presidente no sería del 8%, sino del 7%. Por tal motivo, continua diciendo el Sr. diputado, y con el fin de cumplir con los acuerdos de la FEMP y poder aplicar esa reducción del 8%, es por lo que los servicios técnicos han informado que es preciso modificar este artículo concreto del Reglamento.

Concluye recordando también que ya en el pasado mandato el Presidente

invitó a todos los portavoces de la oposición a presentar un borrador de enmiendas al actual Reglamento, sin que hasta la fecha nadie haya aportado nada.

Abierto un turno de réplica vuelve a intervenir el Sr. Molina Martínez

manifestando que votará en contra de la enmienda del grupo socialista porque entiende que resulta excesivo tomar como límite máximo la retribución de un Director General. Respecto a la propuesta que presenta el equipo de gobierno, adelanta que se abstendrá porque en el fondo supone suprimir ese “corsé” que es la referencia que ahora existe al Director General.

Así pues, propone de nuevo una modificación integral del Reglamento en el

sentido recogido en su enmienda, entendiendo que es necesario poner fin al escándalo de derroche que ha sido esta Institución y a “un Reglamento en el que se plasmó el saqueo de las arcas públicas en beneficio de los políticos”.

También el Sr. Tejedor Sánchez hace uso de su turno de réplica admitiendo

que Adeiza en este último año y medio o dos no ha tenido intención de modificar el Reglamento Orgánico de la Diputación, si bien también dice poner en duda la voluntad del grupo popular y del grupo socialista para hacerlo, no así de Izquierda Unida.

Es por ello por lo que manifiesta que no está de acuerdo en que se modifique

en estos momentos, ni por supuesto con que se elimine la referencia al Director General, porque ello supondría liberarse del corsé al que hace alusión el Sr. Molina y que es bueno que exista, con independencia de que los datos de los Presupuestos Generales del Estado vienen a demostrar que el Sr. Presidente de esta Diputación ha ganado en estos últimos años más que un Director General.

Por todo lo cual, insiste en que no es el momento de modificar el Reglamento,

máxime si se tiene en cuenta también que, de modificarlo, la diferencia en las retribuciones del Sr. Presidente tan sólo sería de 672 euros anuales, es decir , pasarían de 56.504 euros a 55.832 euros al año.

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Niega la Sra. Muñoz Santarén que sea cierto que el grupo socialista no haya

tenido intención de modificar el Reglamento sino que, por el contrario, entiende que quien debe de hacer la propuesta para modificarlo es el equipo de gobierno y no la oposición, si bien dice que está de acuerdo en que ahora ya no es el momento de hacerlo.

Respecto a la enmienda que ha presentado, asegura que lo único que persigue

es poner un techo, un límite, a las retribuciones que se puedan fijar para el Presidente.

Finaliza destacándole al Sr. Tejedor que son precisamente los diputados que

integran el grupo socialista los que menos coste le suponen a esta Diputación en proporción a su número, algo que no puede decirse del grupo mixto.

Coincide el Sr. Tomás Fernández con la Sra. portavoz en que efectivamente el

grupo mixto es el que más dinero le supone a la Institución como ya se ha comentado en más de una ocasión.

En cualquier caso, manifiesta que el equipo de gobierno ha de ser responsable

y coherente con un acuerdo que se ha adoptado en el seno de la FEMP, donde se ha acordado la reducción de las retribuciones de los cargos públicos. De ahí la propuesta que hoy se trae al Pleno, por cuanto que su cumplimiento exige reformar el Reglamento Orgánico, resultando sorprendente que se critique al Presidente de esta Diputación por bajarse el sueldo, incluso más de lo que establece el propio RDL.

Dicho esto, por la Presidencia se someten a votación ordinaria las enmiendas

presentadas a este asunto, haciéndolo en primer término con la del diputado de Izquierda Unida:

� Votos a favor de esta enmienda: UNO, (el del Sr. diputado Don Francisco

Molina Martínez). � Votos en contra: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

347

En consecuencia y por mayoría se acuerda rechazar la urgencia de esta moción, procediéndose a la votación de la que presenta el grupo socialista:

� Votos a favor de esta enmienda: NUEVE, (los de los Sres. Diputados

Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión)

� Votos en contra: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Abstenciones: DOS, (las de los Sres. diputados: Don Francisco Molina

Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez). Por lo tanto, rechazada también esta segunda moción por mayoría, se somete

a votación ordinaria la propuesta de aprobación de la modificación del Reglamento Orgánico de la Diputación de Zamora:

� Votos a favor: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero).

� Votos en contra: UNO, (el del Sr. diputado Don Manuel Tejedor

Sánchez). � Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Francisco Molina Martínez).

Así pues, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente acuerdo: La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por cuatro votos a favor, las de los Diputados del Partido Popular, ninguno en contra y tres abstenciones, las de los representantes del PSOE y

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ADEIZA, la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Examinado el procedimiento iniciado relativo al expediente de modificación del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Zamora, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Mediante Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público se minoran, entre otras, las retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos Consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo.

Por su parte, la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y

Provincias ha acordado, con el apoyo de todos los grupos políticos, recomendar a todos los Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares la aplicación de la medida de reducción de los salarios de los cargos electos locales y altos cargos de los Gobiernos Locales, aplicando los mismos criterios y escalas establecidas por el Gobierno de España para la Administración General del Estado.

2º.- El Reglamento Orgánico de esta Diputación fija las retribuciones de los

diputados provinciales que desarrollen su actividad en régimen de dedicación exclusiva o parcial tomando como referencia la establecida en a través de las diferentes Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los directores generales y asimilados. No obstante, esta remisión no es total, ya que sólo se refiere a las pagas ordinarias, puesto que respecto de las dos pagas extraordinarias se indican que cada una de ellas ascenderá a la misma cuantía que cada una de las ordinarias.

Por consiguiente, dado que la reducción que sobre las retribuciones de los

Directores Generales y asimilados ha impuesto el citado Real Decreto-ley 8/2010 no tiene el mismo reflejo, en términos porcentuales, en ambos tipos de pagas, siendo mayor el soportado por la paga extraordinaria de diciembre que el de las ordinarias a abonar desde la entrada en vigor de esta norma hasta el fin del presente año, se hace imposible, en el actual estado de cosas, trasladar a esta Administración la recomendación de la Federación Española de Municipios y Provincias. Ello es así, porque la cuantía de la paga extraordinaria del mes de diciembre de los diputados provinciales que desempeñen sus tareas en régimen de dedicación exclusiva o parcial debe ser equivalente a una ordinaria, sin que, por ende, puedan aplicarse a esa paga extraordinaria los criterios y escalas que respecto de los Directores Generales y asimilados se establecen por el Gobierno de España.

3º.- Como quiera que la voluntad de esta Diputación Provincial es seguir las

recomendaciones que la Federación Española de Municipios y Provincias ha hecho en esta materia, se hace preciso modificar el sistema de determinación de las retribuciones que dispone nuestro Reglamento Orgánico.

349

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- La modificación de las normas reglamentarias de las entidades locales sigue el mismo régimen que su aprobación. En consecuencia, la modificación del Reglamento Orgánico se ajustará al procedimiento recogido en los artículos 47, 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

II.- Los trámites a seguir para proceder a esta modificación son los siguientes:

• Aprobación inicial por el Pleno, que habrá de adoptarse con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación.

• Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Este trámite se produce mediante la inserción del pertinente anuncio en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial y en el Boletín Oficial de la Provincia.

• Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno, con idéntico quórum que el señalado para la aprobación inicial. En el acuerdo inicial se puede establecer que, si no se presentan reclamaciones o sugerencias, el Reglamento se considerará aprobado definitivamente de forma automática.

• Publicación del acuerdo y texto íntegro del Reglamento en el Boletín Oficial de la Provincia. La norma en cuestión no entrará en vigor hasta que no se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, esto es el que se otorga a la Administración estatal y autonómica para requerir a la Entidad local con el fin de que ésta anule un acto cuando infrinja el ordenamiento jurídico (este plazo es de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción de la comunicación del correspondiente acuerdo).

Por todo lo expuesto, se adopta el siguiente acuerdo: Primero.-Aprobar inicialmente el Reglamento Orgánico de la Diputación

Provincial de Zamora que se reseña seguidamente:

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público minora, entre otras, las retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos Consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo.

Por su parte, la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y

Provincias ha acordado, con el apoyo de todos los grupos políticos, recomendar a todos los Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares la aplicación de la medida de reducción de los salarios de los cargos electos locales y altos cargos de los Gobiernos Locales, aplicando los mismos criterios y escalas establecidas por el Gobierno de España para la Administración General del Estado.

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El Reglamento Orgánico de esta Diputación, por otro lado, fija las retribuciones de los diputados provinciales que desarrollen su actividad en régimen de dedicación exclusiva o parcial tomando como referencia la establecida en a través de las diferentes Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los directores generales y asimilados. No obstante, esta remisión no es total, ya que sólo se refiere a las pagas ordinarias, puesto que respecto de las dos pagas extraordinarias se indican que cada una de ellas ascenderá a la misma cuantía que cada una de las ordinarias.

Por consiguiente, dado que la reducción que sobre las retribuciones de los Directores

Generales y asimilados ha impuesto el citado Real Decreto-ley 8/2010 no tiene el mismo reflejo, en términos porcentuales, en ambos tipos de pagas, siendo mayor el soportado por la paga extraordinaria de diciembre que el de las ordinarias a abonar desde la entrada en vigor de esta norma hasta el fin del presente año, se hace imposible, en el actual estado de cosas, trasladar a esta Administración la recomendación de la Federación Española de Municipios y Provincias. Ello es así, porque la cuantía de la paga extraordinaria del mes de diciembre de los diputados provinciales que desempeñen sus tareas en régimen de dedicación exclusiva o parcial debe ser equivalente a una ordinaria, sin que, por ende, puedan aplicarse a esa paga extraordinaria los criterios y escalas que respecto de los Directores Generales y asimilados se establecen por el Gobierno de España.

Como quiera que la voluntad de esta Diputación Provincial es seguir las

recomendaciones que la Federación Española de Municipios y Provincias ha hecho en esta materia, se hace preciso modificar el sistema de determinación de las retribuciones que dispone nuestro Reglamento Orgánico.

Artículo único.- Se introduce la siguiente modificación en el Reglamento Orgánico de

la Diputación Provincial de Zamora: Única.- Se da un nuevo contenido a los apartados 1 y 2 del artículo 159 que quedan

como siguen: Artículo 159.1. Los diputados provinciales que desarrollen su actividad en

régimen de dedicación exclusiva percibirán las retribuciones que en cada caso se acuerden por el Pleno.

2. Excepcionalmente, a los diputados delegados que no tengan dedicación

exclusiva el Presidente podrá concederles, si lo estima necesario para la gestión encomendada, el régimen de dedicación parcial, que en ningún caso podrá exceder de media jornada.

El número máximo de diputados provinciales que pueden ostentar dedicación

parcial será de dos. Disposición derogatoria única.- Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o

inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento. Disposición final única.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de la

publicación íntegra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

Segundo.- Abrir un período de información pública y audiencia a los interesados por un plazo de 30 días, a computar desde la inserción del pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Igualmente y al mismo efecto, se publicará el correspondiente anuncio en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial.

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En el supuesto de que en este período no se presentasen reclamaciones o sugerencias, el acuerdo de aprobación inicial se elevará automáticamente a definitivo.

Tercero.- Publicar el acuerdo y el texto íntegro del Reglamento en el Boletín Oficial de la Provincia, una vez se haya procedido a su aprobación definitiva y haya transcurrido el plazo del artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

2.3 Aprobación de la determinación de las retribuciones de los Diputados

Provinciales en relación al Acuerdo de la FEMP y RDL 8/2010. Al Pleno de la Corporación se presenta para su conocimiento y aprobación, si

procede, propuesta que formula el diputado-delegado del Área de Economía y Hacienda relativa a la determinación de las retribuciones de los diputados provinciales en relación al acuerdo de la FEMP y RDL 8/2010.

Vista la propuesta y antes de que se declare abierto el debate sobre la misma,

por el representante de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, se recuerda que tiene presentado un escrito en el que se recogen dos enmiendas, una a este punto y otra al siguiente, relativo a la aprobación de la determinación de las retribuciones del personal eventual.

Dicho esto pide intervenir la portavoz del grupo socialista, Sra. Muñoz

Santarén, alegando no tener la menor duda de que esta enmienda del diputado de IU no puede presentarse. Es por ello por lo que dice que en su momento llamó personalmente al Secretario de la Corporación para preguntarle si se podía modificar el dictamen o introducir algo que no estuviera directamente relacionado con el dictamen, cuestión esta a la que se le respondió negativamente porque en dicho caso se le dijo que no sería una enmienda al dictamen, sino una moción.

Por todo lo cual, entiende la Sra. portavoz que esto mismo es de aplicación a lo

que en estos momentos presenta el Sr. Molina. Ante las dudas suscitadas se le cede la palabra por el Sr. Presidente al

Secretario General quien confirma que efectivamente es lo que le manifestó a la portavoz socialista, que lo que pretendía presentar no debía hacerlo como enmienda, sino como moción.

En cuanto a lo que presenta el Sr. Molina puede afirmar que no son

estrictamente enmiendas, sino un poco de “batiburrillo” ya que contienen de todo, debiéndose haber presentado por separado, porque resulta complicado discernir qué corresponde a cada parte.

Interviene la Presidencia asegurando que coincide en parte con la Sra. Muñoz,

a la que no obstante pide comprensión y le plantea que para evitar alargar esta discusión se vote el escrito del diputado de Izquierda Unida como enmienda, si bien solicita a todos los grupos que en el futuro esto no vuelva a repetirse y se concrete con rigurosidad lo que se presenta.

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Vuelve a hacer uso de la palabra la portavoz del grupo socialista recordando que hace poco, con motivo del debate de los Planes Provinciales, presentó un documento que titulaba como proposición, en lugar de enmienda, y el Sr. Presidente actuando rigurosamente no dejó que lo presentara ni que se discutiera. De ahí que asegure no comprender a qué se debe esa forma de actuar tan escrupulosa con algunos portavoces. No obstante, dice que no se va a oponer a que se trate como enmienda lo que plantea el Sr. Molina.

Así pues, se le concede la palabra a este último, quien asegura que su

primera intención fue presentar su escrito como moción, pero que sin embargo al consultar el Reglamento pudo leer que se definía la enmienda como cualquier modificación que se proponga respecto a un punto que ya esté incluido en el orden del día, mientras que las mociones lo son con relación a temas que no estén en el orden del día. Por lo tanto dice haber actuado correctamente, no entendiendo cómo se puede calificar de batiburrillo un escrito por el hecho de que en el mismo se incluyan dos enmiendas, estando como están perfectamente diferenciadas la una de la otra.

Dicho escrito aparece redactado como sigue: “ENMIENDA AL PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DE

RETRIBUCIONES DE LOS DIPUTADOS Y DEL PERSONAL EVENTUAL RAZONES DE LA PROPUESTA: 1.-La reducción de los emolumentos de los políticos deben ser severos pues ya no se trata de

que este colectivo predique con el ejemplo, sino que debe recibir un castigo como casta, dado lo mal que lo han hecho todo

2.-La misma Diputación de Zamora ha contribuido a la ruina de España y los responsables

deben pagarlo lo más caro posible. 3.-La reducción del 15 % puede suponer un ahorro de 50.000 € en el tiempo que queda en lo

referente a Liberados. 4.- Respecto al personal eventual supondrá un ahorro de otros 50.000 en el tiempo que resta

hasta finalizar el mandato. 5.- De la rebaja en las indemnizaciones por asistencias a reuniones se puede ahorrar un 40%

de 160.000 € es decir 64.000 € 6.- Del funcionamiento de los Grupos políticos el ahorro sería de 100.000 € 7.- Hablamos pues con esta propuesta de reducir en los meses que quedan de ahorrar más

260.000 € cifra verdaderamente importante y no la que se propone que sólo es simbólica pues al año –con un nuevo mandato-se puede modificar siguiendo por el mal camino.

Por todo ello, al Pleno de la Diputación se propone que acuerde: Primero.- Que hasta el final de este mandato, y motivada por la crisis económica, le reducción

de las retribuciones sea la que sigue: 1.-Los Diputados con contrato con esta Diputación verán reducidos sus sueldos en un 15 % en

todos los conceptos.

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2.-La asistencia a Plenos y Municipios verán reducidas las indemnizaciones en la siguiente manera:

• Por asistencia a Comisiones Informativas, se pasaría de 84,65 a 50 € • Por asistencia a Plenos se pasaría de 129, 30 € a 80 € • Por otras reuniones, se reduciría la percepción de los 350 € “fijos” mensuales de 350 € a

200 €. 3.- Así mismo, se modificarán de las bases de ejecución del presupuesto en los términos

siguientes: • Las dietas completas de los Altos Cargos- Diputados- pasarán a ser como la de los

funcionarios de los grupos A y B, es decir, pasará de 53,34€ a 37,40 € • Los gastos de viaje de los Diputados sería como los de los funcionarios de los grupos A y

B, es decir en tren se pasaría de la Clase Preferente a la Turista • Los gastos de alojamiento de los Diputados serían como los de los grupos A y B, es decir

pasarían de 102,56 € a 65,97 € 4.-El dinero destinado al funcionamiento de los grupos se reducirá en 100.000 € pasando de

181.000 € a 81.000 € Segundo.- Que la reducción del sueldo del personal de confianza o de personal eventual al

servicio de los Grupos Políticos sea del 15%.” Expuestas las enmiendas, pide la palabra el representante de Adeiza, Sr.

Tejedor Sánchez, destacando que personalmente nunca ha criticado lo que cobran los diputados del equipo de gobierno, ni por supuesto ha hecho demagogia sobre estos temas, sino que siempre ha abogado por la necesidad de dignificar la figura de los políticos. Del mismo modo tampoco dice haber criticado en esta ocasión que el Sr. Presidente se rebaje el sueldo, si bien considera que entre lo que gana como Presidente de la Institución y lo que cobra por su condición de Consejero de Caja España, no es como para quejarse, máxime en una provincia pequeña como es ésta.

En lo que sin embargo insiste el Sr. Tejedor es en que no era necesaria la

modificación del Reglamento interno de la Diputación, y en segundo lugar en que no está en absoluto de acuerdo con que se elimine del artículo 159 la referencia al Director General.

Igualmente y ya para concluir, asegura que no es cierto que él y el diputado de

IU sean los que más “casos” le resultan a la Institución, decir esto no es más que demagogia, pues evidentemente ninguno de los dos están en esta Diputación por dinero.

Manifiesta también su opinión la portavoz del grupo socialista, Sra. Muñoz

Santarén, señalando que el planteamiento inicial de su grupo político no es otro que el de acatar el acuerdo al que se ha llegado en la FEMP, si bien hay que tener presente que no deja de ser más que una recomendación y que luego cada Institución es muy libre de hacer lo que quiera. Y en este sentido indica que el grupo socialista podía haber caído en la demagogia de plantear una reducción mayor en las retribuciones de los diputados a sabiendas de que no iba a prosperar al no contar con mayoría, aún así han optado por acatar lo que dice la FEMP aunque el Sr. Presidente haya demostrado poca sensibilidad al no haber consensuado

354

previamente una postura con los grupos de la oposición antes de actuar sin contar con nadie.

Se pone término al debate por el Vicepresidente primero, Sr. Tomás

Fernández, manifestando que se trata de algo tan simple como ratificar y ser responsables con un acuerdo adoptado en el seno de la FEMP por todos los representantes de la misma.

Dicho esto y sin otras intervenciones, se somete a votación ordinaria la

enmienda del diputado de Izquierda Unida, en lo referente a la determinación de las retribuciones de los diputados provinciales.

� Votos a favor de esta enmienda: UNO, (el del Sr. diputado Don Francisco

Molina Martínez). � Votos en contra: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

Así pues, el Pleno de la Corporación acuerda por mayoría rechazar esta

enmienda y, en consecuencia se procede a la votación de la propuesta de determinación de las retribuciones de los diputados provinciales:

� Votos a favor: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Votos en contra: UNO, (el del Sr. diputado Don Francisco Molina

Martínez). � Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña.

355

Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

Por consiguiente, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente

acuerdo: La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por cuatro votos a favor, las de los Diputados del Partido Popular, ninguno en contra y tres abstenciones, las de los representantes del PSOE y ADEIZA, la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Examinado el procedimiento iniciado relativo al expediente de determinación

de las retribuciones de los diputados provinciales en régimen de dedicación exclusiva y parcial, se han apreciado los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Esta siendo tramitado el expediente relativo a la modificación del

Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Zamora con el objeto de poder cumplir las recomendaciones que la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias ha dado a los Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares al respecto de la aplicación de la medida de reducción de los salarios de los cargos electos locales y altos cargos de los Gobiernos Locales, con los mismos criterios y escalas establecidas por el Gobierno de España para la Administración General del Estado en el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

2º.- Las retribuciones de los diputados que desempeñan su actividad en

régimen de dedicación exclusiva o parcial son, en cómputo anual y en relación al ejercicio 2010, las siguientes:

− Diputados en régimen de dedicación exclusiva: • Presidente.- 60.687,48 €. • Vicepresidentes.- 45.957,80 €. • Diputados delegados y portavoces de grupos políticos.- 35.046,76 €.

− Diputados en régimen de dedicación parcial.- 17.523,38 €. 3º. En la propuesta de modificación del Reglamento Orgánico de esta

Diputación se dispone que las retribuciones de los diputados provinciales que desarrollen su actividad en régimen de dedicación exclusiva o parcial se determinaran por el Pleno de la Corporación.

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FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Las recomendaciones que la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios referidas en el antecedente de hecho nº 1 del presente informe disponen las siguientes reducciones en función de la cuantía de las retribuciones:

− Entre 54.615,68€ y 64.606,48 €.- 8%.

− Entre 41.055,65 € y 54.615,68 €.- 7%.

− Entre 27.495,63 € y 41.055,65 €.- 6%.

− Entre 13.935,60 € y 27.495,63 €.- 5%.

En consecuencia, las reducciones a aplicar en esta Diputación Provincial a los diputados que desempeñan su actividad en régimen de dedicación exclusiva o parcial son las que se reseñan seguidamente:

− Diputados en régimen de dedicación exclusiva:

• Presidente.- 8%.

• Vicepresidentes.- 7%.

• Diputados delegados y portavoces de grupos políticos.- 6%.

− Diputados en régimen de dedicación parcial.- 5%.

Segundo.- La propuesta de modificación del Reglamento Orgánico de esta

Diputación dispone lo siguiente: Artículo único.- Se introduce la siguiente modificación en el Reglamento

Orgánico de la Diputación Provincial de Zamora: Única.- Se da un nuevo contenido a los apartados 1 y 2 del artículo 159 que

quedan como siguen: Artículo 159.1. Los diputados provinciales que desarrollen su actividad en

régimen de dedicación exclusiva percibirán las retribuciones que en cada caso se acuerden por el Pleno.

2. Excepcionalmente, a los diputados delegados que no tengan

dedicación exclusiva el Presidente podrá concederles, si lo estima necesario para la gestión encomendada, el régimen de dedicación parcial, que en ningún caso, podrá exceder de media jornada.

El número máximo de diputados provinciales que pueden ostentar

dedicación parcial será de dos. Por todo lo expuesto, se adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Establecer, en relación con el ejercicio 2010, las retribuciones anuales que se indican seguidamente para los diputados provinciales que desempeñen su actividad en régimen de dedicación exclusiva o parcial:

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− Diputados en régimen de dedicación exclusiva:

• Presidente.- 55.832,48 €.

• Vicepresidentes.- 42.740,75 €.

• Diputados delegados y portavoces de grupos políticos.- 32.943,95 €.

− Diputados en régimen de dedicación parcial.- 16.647,21 €.

Estas retribuciones se percibirán en doce pagas de abono mensual y en dos extraordinarias a abonar los meses de junio y diciembre.

Segundo.- Someter la eficacia de este acuerdo a la condición suspensiva de que entrada en vigor de la modificación del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Zamora.

Tercero.- Establecer, como régimen transitorio del acuerdo, que las retribuciones que perciban los diputados en régimen de dedicación exclusiva o parcial desde la entrada en vigor de la modificación del Reglamento Orgánico hasta el 31 de diciembre de 2010 deberán ser objeto de las oportunas adecuaciones a los efectos de que, con fecha de 1 de junio de 2010, se cumplan las recomendaciones que la Comisión Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias ha dado a los Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares al respecto de la aplicación de la medida de reducción de los salarios de los cargos electos locales y altos cargos de los Gobiernos Locales, con los mismos criterios y escalas establecidas por el Gobierno de España para la Administración General del Estado en el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

2.4 Aprobación de la determinación de las retribuciones del personal

eventual en relación al RDL 8/2010. Conoce la Corporación propuesta formulada por el diputado delegado del Área

de Economía y Hacienda relativa a la determinación de las retribuciones del personal eventual de esta Diputación Provincial.

Y no teniendo lugar intervenciones por parte de ninguno de los portavoces, se

somete a votación ordinaria, en primer lugar, la enmienda presentada por el representante de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, que ha quedado reflejada en el punto anterior del orden del día, en la cual se propone la reducción del sueldo de este personal en un 15%.

� Votos a favor de esta enmienda: UNO, (el del Sr. diputado Don Francisco

Molina Martínez). � Votos en contra: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio

358

Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero).

� Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

Por lo tanto, el Pleno de la Corporación acuerda por mayoría desestimar

esta enmienda, dándose paso a la votación ordinaria de la propuesta de determinación de las retribuciones del personal eventual en relación al RDL. 8/2010:

� Votos a favor de la propuesta: CATORCE, (los de los Sres. Diputados:

Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Votos en contra: UNO, (el del Sr. diputado Don Francisco Molina

Martínez). � Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

Así pues, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente acuerdo: La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por cuatro votos a favor, las de los Diputados del Partido Popular, ninguno en contra y tres abstenciones, las de los representantes del PSOE y ADEIZA, la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Examinado el procedimiento iniciado relativo al expediente de determinación

de las retribuciones del personal eventual en régimen de dedicación exclusiva y parcial, se han apreciado los siguientes

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ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Mediante el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público se han reducido las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas, por lo que se hace necesario ajustar el régimen económico del personal eventual a las previsiones de esa norma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- El artículo 33.2.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las

Bases del Régimen Local dispone que el Pleno determinará el régimen del personal eventual, entre el cual se encuentran los derechos económico del susodicho personal.

Por todo lo expuesto, se adopta el siguiente acuerdo: Único.- Establecer, en relación con el ejercicio 2010, las retribuciones anuales

que se indican seguidamente para el personal eventual de la Diputación Provincial de Zamora que desempeñan los puestos de trabajo que se relacionan a continuación:

- Jefe de Gabinete (código de puesto n.º 251).- 39.643,29€. - Asesor Técnico de Presidencia (códigos de puesto n.º 252 y 253).- 33.381,52€. - Asesor Técnico de Área (código de puesto n.º 254).- 33.381,52€. - Asesor Técnico de Presidencia (código de puesto n.º 255).- 25.053,47€. - Secretaria Particular (código de puesto n.º 256).- 25.053,47€. - Administrativo grupo político (códigos de puesto n.º 257, 258 y 259).- 22.117,90€. - Administrativo de Presidencia (código de puesto n.º 260).- 22.117,90€. - Auxiliar Administrativo (códigos de puesto n.º 261 y 262).- 19.591,69€. Estas retribuciones se percibirán en doce pagas de abono mensual y en dos

extraordinarias a abonar los meses de junio y diciembre.

3.- ECONOMÍA Y HACIENDA 3.1 Aprobación de la adjudicación provisional del contrato de préstamo

para financiar inversiones.

Se pone en conocimiento de la Corporación propuesta formulada por el diputado delegado del Área de Economía y Hacienda relativa a la contratación de un préstamo destinado a financiar determinadas inversiones del presupuesto 2010.

Visto lo que antecede se declara abierto el debate con una primera

intervención a cargo del diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, quien dice estar de acuerdo con la oferta a la que se le ha adjudicado el contrato por ser la más barata para la Institución, si bien no puede decir lo mismo del importe del préstamo, pues como ya dijo en su día, debería de haberse solicitado una cantidad superior.

360

Toma la palabra seguidamente el Vicepresidente primero, Sr. Tomás Fernández, manifestando que una de las consecuencias de la decisión del Gobierno de la Nación de que las Entidades Locales no puedan solicitar préstamos el próximo año, es que probablemente una pequeña parte de estos 14 millones de euros se reserven “como oro en paño” para poder asumir los compromisos existentes al igual que aquellas aportaciones que ha de hacer la Diputación a Planes Provinciales para que en ningún caso haya que renunciar por falta de financiación a los fondos que se le puedan asignar a esta Institución.

Se cierra el debate por el Sr. Presidente exponiendo que salvo que el Gobierno

de la Nación rectifique su abusiva e injusta decisión de que las Corporaciones Locales no puedan pedir préstamos en el año 2011, esta Diputación no podrá solicitar el de nueve millones que tenía previsto para el próximo año. Ello unido a la reducción de los ingresos del Estado, que ya se vienen sufriendo en estos últimos años, han llevado a que este equipo de gobierno se vea obligado a presentar a la Junta de Portavoces en un plazo muy breve de tiempo un Plan de Ajuste de esta Diputación Provincial. Un Plan de Ajuste para que la Institución pueda sobrevivir económicamente y que tiene dos objetivos fundamentales. En primer lugar, mantener el gasto en los servicios sociales que presta la Diputación, pero también mantener el mayor nivel posible de inversión pública, fundamentalmente en los pueblos y en carreteras, de manera tal que ninguna obra presupuestada, proyectada o ejecutada será eliminada, suprimida o recortada y para ello está este préstamo de 14 millones de euros. Un Plan de Ajuste que, según afirma el Sr. Presidente, afectará directamente en la contención del gasto público y que supondrá, entre los años 2010-2011, un ahorro de seis millones de euros.

Asimismo, se adoptarán otro tipo de medidas paralelas, como es el caso de la

congelación de convocatorias públicas de plazas de la Diputación y la amortización de todas las vacantes, salvo algunas excepciones muy concretas.

Y dándose por terminada la exposición del Sr. Presidente, se somete a

votación ordinaria la aprobación de la adjudicación provisional de este contrato de préstamo:

� Votos a favor: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Votos en contra: NINGUNO. � Abstenciones: ONCE, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, Don Francisco Molina

361

Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez). En consecuencia y por mayoría el Pleno de la Corporación adopta por mayoría

el siguiente acuerdo: La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por cuatro votos a favor, las de los Diputados del Partido Popular, ninguno en contra y tres abstenciones, las de los representantes del PSOE y ADEIZA, la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Examinado el procedimiento instruido bajo el número 0010/10/09/05, relativo a

la contratación de un préstamo destinado a financiar determinadas inversiones del presupuesto de 2010, cuyo importe ha sido cifrado en la cantidad de 14.000.000,00 €, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Mediante acuerdo del Pleno de la Corporación Provincial en sesión

ordinaria celebrada el día 19 de abril de 2010, fue aprobado dicho expediente de contratación así como los pliegos de condiciones particulares, tanto administrativas como técnicas que habrían de regir dicha contratación.

2.- Con fecha de 10 de mayo de 2010 fue publicado en el BOP de Zamora nº

53 anuncios de licitación del referido concurso. 3.- Según consta en la certificación de la hoja del registro de plicas,

presentaron proposiciones las siguientes empresas: DEXIA SABADELL, BANCO SANTANDER S.A., BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A., CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, CAJA DE AHORROS DE SALAMANCA Y SORIA y CAIXA DÈSTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA (CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA.

4.- Con fecha de 26 de mayo de 2010 se abren los sobres de

documentación administrativa por el Jefe del servicio de Contratación y con fecha de 3 de junio emite informe técnico el Tesorero Accidental de la Diputación.

Sobre estos antecedentes cabe formular las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

1.- Se ha observado lo prescrito en los Art. 33 de la Ley 7/85, en la redacción

dada a este por la Ley 57/2003, 48 a 55 y 149 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por RDLeg 2/2004, de 5 de marzo,

362

y art. 4, 20 y 21 y la categoría 6 del anexo II de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 30/2007, de 30 de octubre, así como las disposiciones generales concordantes del RGLCAP.

Por ultimo debe citarse la base 49 de las de ejecución del presupuesto de esta

Diputación para el ejercicio 2.010 que dispone que en “la concertación o modificación de toda clase de operaciones de crédito con entidades financieras de cualquier naturaleza, vinculadas a la gestión del presupuesto, respetarán, en todo caso, los principios de publicidad, concurrencia y no discriminación y aquellos otros de preceptiva aplicación”.

Por todo lo expuesto, se acuerda: Primero.- Declarar valido el procedimiento de selección de los contratistas,

asumiendo como propia la valoración de las ofertas realizada conforme a los criterios establecidos en el Pliego por el Sr. Tesorero en su informe de 3 de junio de 2010, que consta en el expediente.

Segundo.- Excluir de la licitación las siguientes ofertas por los motivos que se

relacionan: - Plica nº 1 presentada por DEXIA SABADELL por establecer el tipo de interés

máximo del 7%, incumpliendo de ese modo el punto 6.1 del Pliego de Condiciones Técnicas.

- Plica nº 2 presentada por el BANCO SANTANDER S.A. por incurrir en varias

irregularidades respecto del Pliego de Condiciones Técnicas. El importe de la operación no es el fijado en la contratación, el tipo de interés es diferente para el periodo de carencia y para el de amortización, indicando la oferta que podría sufrir variaciones, y se establece una comisión de cancelación de la operación.

- Plica nº 3 presentada por el BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A.

pues incurre en varias irregularidades respecto del Pliego de Condiciones Técnicas. No se establece el tipo de interés máximo del 7%, incumpliendo de ese modo el punto 6.1 del Pliego de Condiciones Técnicas de la contratación. También se establece una comisión de cancelación de la operación.

- Plica nº 5 presentada por CAJA DUERO por cuanto no cumple el requisito del

importe de la contratación, incumpliendo así el pliego de condiciones técnicas. Tercero.- Clasificar, de conformidad con el Art. 135 de la LCSP, las

proposiciones presentadas y admitidas, por orden decreciente, de la siguiente forma:

1.- CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE

PIEDAD. 2.- CAJA DE AHORROS DE SALAMANCA Y SORIA y CAIXA DÈSTALVIS I

PENSIONS DE BARCELONA (CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA.

363

Cuarto.- Adjudicar provisionalmente el contrato consistente en la contratación

de un préstamo por importe de 14.000.000,00 € destinado a financiar determinadas inversiones, instruido bajo el nº de expediente 0010/10/09/05, a la oferta presentada bajo el nº 4 por don Francisco Javier Refoyo Fernández y don Ángel Francisco Gago Fernández, actuando en nombre y representación de CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, C.I.F. G-24219891, como autor de la proposición mas ventajosa para la Corporación en base a la propuesta formulada de conformidad con lo establecido en el informe de la Tesorería, el cual se hace propio en su integridad en las siguientes condiciones:

Importe: 14.000.000,00 €

Plazo de carencia: 2 años

Plazo de Amortización: 10 años

Tipo de Interés: Variable: Euribor 90 días mas 1,25 puntos

Revisión de interés: Cada tres meses.

Techo máximo tipo de Interés: 7% nominal anual.

No se aplica ningún tipo de comisión a la operación

Liquidación intereses y amortizaciones: A trimestre natural vencido

Intereses de demora: Dos puntos más sobre el tipo de interés pactado.

T.A.E.: 1,9471 %, calculada sobre el euribor 90 días a fecha 17/05/2010

(0,6830 %)

Quinto.- Notificar a los licitadores y publicar esta adjudicación provisional en el

perfil de contratante del órgano de contratación, de conformidad con lo establecido en el Art. 135 de la LCSP.

Sexto.- Requerir al adjudicatario para que, en el plazo de quince días hábiles

contados desde el siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, en los términos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas.

Séptimo.- Elevar la adjudicación provisional a definitiva dentro de los diez días

hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en el apartado anterior, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada.

Octavo.- Requerir al adjudicatario para que concurra a la formalización del

contrato, conforme con lo establecido en el pliego y en los plazos y términos también establecidos.

364

Noveno.- Notificar a los participantes y publicar esta adjudicación de conformidad con lo establecido en el Art. 138 de la LCSP, poniendo a disposición de los licitadores la documentación presentada, conforme al Art. 87.4 del RGLCAP.

Décimo.- Delegar en la Presidencia la adjudicación definitiva del presente

contrato de Préstamo y facultar al Ilmo. Sr. Presidente para la firma del oportuno contrato.

3.2 Aprobación de la rectificación errores materiales en el acuerdo de

Pleno relativo a la subvención nominativa de la Asociación del Alzheimer de Benavente.

Al Pleno Corporativo se presenta para su debate y aprobación, si procede,

propuesta formulada por el diputado delegado del Área de Economía y Hacienda relativa a la rectificación de error en la partida presupuestaria asignada a la subvención nominativa destinada a la Asociación de Alzheiner de Benavente.

Y puesto que no es el deseo de los presentes manifestar nada sobre el

particular, la Presidencia somete el asunto a votación ordinaria; resultando éste aprobado por unanimidad de los miembros que integran la Corporación.

Por lo tanto, el Pleno de la Institución adopta el siguiente acuerdo: La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por cuatro votos a favor, las de los Diputados del Partido Popular, ninguno en contra y tres abstenciones, las de los representantes del PSOE y ADEIZA, la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Revisado el procedimiento tramitado relativo al expediente de modificación al

presupuesto de gastos por suplementos de crédito y créditos extraordinarios número 10/2010 por el Diputado Delegado de Economía y Hacienda que suscribe, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que se ha aprobado por acuerdo plenario del mes de abril la modificación del presupuesto de gastos por suplemento de créditos y créditos extraordinarios número 10/2010, en el que se incluyó una subvención nominativa para la Asociación de Alzheimer de Benavente.

Segundo.- Que se ha detectado un error en la partida presupuestaria asignada

a la subvención nominativa destinada a la Asociación de Alzheimer de Benavente.

CONSIDERACIONES JURIDICAS PRIMERO.- De acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas podrán,

365

asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Ello respondería a la doctrina jurisprudencial que entiende esta vía como

tendente a evitar que tales errores necesiten para ser eliminados de la costosa formalidad de los procedimientos de revisión, si bien esa posibilidad de rectificación de plano debe ceñirse a los supuestos en que el propio acto administrativo revele una equivocación evidente por si misma y manifiesta en el acto susceptible de rectificación sin afectar a la pervivencia del mismo (SSTS 20 de julio 1984 y 27 febrero 1990) tal como dispone la STSJ de Castilla y León de 21 de enero de 1999. Continua diciendo la misma sentencia que también es doctrina jurisprudencial la que indica que los actos que la Administración puede rectificar son aquellos que después de corregidos no cambian el contenido del acto administrativo que se produce, de manera que subsiste con iguales efectos y alcance una vez subsanado el error (SSTS 30 de mayo 1985 y 29 marzo y 20 diciembre 1989).

SEGUNDO.- De la revisión del expediente se deduce que se ha producido un

error material en la denominación de la partida presupuestaria asignada a la subvención nominativa para la Asociación de Alzheimer de Benavente, ya que se asignó la partida presupuestaria 331.0.480.00 cuando la partida presupuestaria correcta es la 230.0480.00.

TERCERO.- Que la modificación propuesta no supone alteración de la cuantía

de la subvención ni de la denominación de la misma, por lo que tampoco supone modificación de la cuantía total del suplemento de créditos número 10/2010.

Por todo lo expuesto, se acuerda: Primero.- Modificar la partida presupuestaria asignada a la subvención

nominativa de la Asociación del Alzheimer de Benavente según se detalla a continuación:

3.3 Aprobación de la modificación del beneficiario de la subvención nominativa de Patronato de Turismo.

Se da cuenta a la Corporación de la propuesta formulada por el diputado delegado del Área de Economía y Hacienda relativa a que sea el Ayuntamiento de Zamora, en vez de la Sociedad Mixta de Gestión, el beneficiario de la subvención nominativa del Patronato de Turismo según el convenio de colaboración para la apertura de monumentos de Zamora capital, año 2010.

Conocida la propuesta y sin intervenciones sobre el particular, la Presidencia

somete la propuesta a votación ordinaria:

PARTIDA PRESUP.

CONCEPTO SUPLEMENTO

230.0.480.00 Subvención nominativa. Asoc. de Alzheimer de Benavente

90.000,00 €

366

� Votos a favor de la propuesta: VEINTITRES, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión)

� Votos en contra: NINGUNO. � Abstenciones: DOS, (las de los Sres. diputados Don Francisco Molina

Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez). Así pues y por mayoría el Pleno de la Corporación adopta el siguiente acuerdo: La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y Mantenimiento,

en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por cuatro votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que el presente expediente supone el cambio de beneficiario en la concesión de una subvención nominativa.

Segundo.- La disposición adicional primera de las Bases de Ejecución de los

Presupuestos General de 2010, contempla entre la relación de subvenciones nominativas, con cargo a la partida 432.462.00, la que se prevé para la Sociedad Mixta de Gestión, para la apertura de monumentos de Zamora Capital año 2010.

Tercero.- Vistos los informes técnicos y jurídicos el Patronato Provincial de

Turismo de Zamora no puede suscribir un convenio de Colaboración para la apertura de monumentos en Zamora Capital con una sociedad privada. Por ello se plantea el cambio de beneficiario de la subvención nominativa, en vez de la Sociedad Mixta de Gestión, que sea el Ayuntamiento de Zamora.

CONSIDERACIONES JURIDICAS

Primero.- Que procede iniciar expediente de modificación presupuestaria de las

Bases de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2010. Segundo.- Que la normativa aplicable para este tipo de expedientes será el

establecido en el artículo 169 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

367

de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el artículo 20 y siguientes del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Por todo lo expuesto, se acuerda Primero.- La subvención nominativa de 65.000€ para el Ayuntamiento de

Zamora, según detalle:

PARTIDA TERCERO CONCEPTO IMPORTE €

432.462.00 Ayuntamiento de Zamora

Convenio de Colaboración Apertura de Monumentos eclesiásticos en Zamora Capital año 2010

65.000,00 €

TOTAL 65.000,00 €

Segundo.- Dar traslado del expediente, para su consideración, al Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Zamora.

Tercero.- Exponer este acuerdo en el BOP y en el tablón de anuncios durante

el plazo de quince días, con el régimen del articulo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

3.4 Aprobación del expediente de modificación nº 2 al Presupuesto de

Gastos por suplementos de crédito del Patronato de Turismo.

Conoce la Corporación propuesta formulada por el diputado delegado del Área de Economía y Hacienda relativa a la modificación nº 2 al presupuesto de gastos por suplementos de crédito del Patronato de Turismo, por importe de 134.745, 62 euros.

Vista esta propuesta y dado que no se producen intervenciones al respecto, la Presidencia la somete directamente a votación ordinaria

� Votos a favor de la propuesta: CATORCE, (los de los Sres. Diputados:

Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Votos en contra: NINGUNO. � Abstenciones: ONCE, (las de los Sres. diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, Don Francisco Molina Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez).

368

Por consiguiente, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente

acuerdo: La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por cuatro votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Examinado el procedimiento iniciado relativo al expediente de modificación al

presupuesto de gastos por suplementos de crédito por el Vicepresidente del Patronato Provincial de Turismo que suscribe, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que el presente expediente supone la dotación presupuestaria del

expediente 2/2010 para dotar económicamente varias partidas presupuestarias por gastos que no pueden demorarse al ejercicio siguiente como son Campaña Vintour, campaña de promoción turística de Zamora en Santiago de Compostela con motivo del Año Santo, nueva edición de las Rutas Jacobeas, organización de Intur-2010, contratación del stand que representará a la provincia en la mencionada Feria, cambio página Web.

SEGUNDO.- Que procede dicha modificación presupuestaria, que será

financiada con remanente general de tesorería.

CONSIDERACIONES JURIDICAS

PRIMERO.- Que procede iniciar expediente de modificación presupuestaria por suplementos de crédito.

SEGUNDO.- Que según los antecedentes obrantes en contabilidad existe

suficiente remanente de tesorería pendiente de utilización para cubrir el importe de la modificación presupuestaria propuesta.

TERCERO.- Que la normativa aplicable para este tipo de expedientes será la

establecido en el articulo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el articulo 35 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Por todo lo expuesto, se acuerda: Primero.- Modificar el presupuesto de gastos a través de suplementos de

créditos financiados con remanente de tesorería, según detalle:

369

ESTADO DE GASTOS

Partida Presupuestaria

Denominación Importe

432.226.02 Publicidad y anuncios en diarios y boletines

34.745,62

432.226.99 Gastos en actividades de los servicios 100.000,00

TOTAL 134.745,62

La financiación de este expediente de modificaciones de créditos se hará con

cargo a remanentes de tesorería:

PARTIDA PRESUP. EXPLICACIÓN FINANCIACIÓN

870.00 Remanente de Tesorería 134.745,62

870.00 FINANCIACION 134.745,62

Segundo.- Dar traslado del expediente, para su consideración, al Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Zamora.

Tercero.- Exponer este acuerdo en el BOP y en el tablón de anuncios durante

el plazo de quince días, con el régimen de los artículos 177 en relación con el articulo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

Cuarto.- Una vez que este acuerdo tenga el carácter definitivo, enviar copia

del expediente a la Comunidad Autónoma y al Ministerio de Economía y Hacienda, así como publicar en el BOP el expediente de modificaciones de crédito que se han aprobado y su financiación, resumido por capítulos presupuestarios.

La modificación aprobada producirá efectos desde la fecha de la aprobación

provisional, siempre que se haya producido la publicación a que se refiere el apartado anterior y se incorporara a la contabilidad general a través del correspondiente documento MC.

4.- PATRIMONIO

4.1 Aprobación de la rectificación errores materiales en los acuerdos de

Pleno relativos al bien inmueble Instalación Eléctrica de La Aldehuela.

Al Pleno de la Corporación se presentan propuestas formuladas por el diputado

delegado del Área de Economía y Hacienda relativas a rectificación de errores materiales en los acuerdos plenarios de fecha 12 de febrero de 2010, de alteración de la calificación jurídica de la línea aérea de alta tensión del bien inmueble denominado Instalación Eléctrica de Alta Tensión La Aldehuela, y de fecha 15 de marzo de 2010, de aprobación provisional de cesión a Iberdrola de la Línea eléctrica

370

de alta tensión propiedad de esta Diputación y ubicada en la Carretera La Aldehuela.

Examinadas ambas propuestas y sin intervenciones al respecto, la

Presidencia somete las mismas a votación ordinaria, resultando éstas aprobadas por unanimidad de todos los miembros que integran la Corporación.

Por lo tanto, el Pleno Corporativo adopta el siguiente acuerdo: Primero.- Rectificación de error material en acuerdo del Pleno de fecha 12 de

febrero de 2010, de alteración de la calificación jurídica. La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por UNANIMIDAD la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Visto el expediente instruido para la alteración de la calificación jurídica de la

línea aérea de alta tensión, bien inmueble numero 13658, del Inventario de Bienes, denominado Instalación Eléctrica de Alta Tensión La Aldehuela, ubicado en la finca propiedad de la Diputación “La Aldehuela”, sita al pago de “santa Cristina” y arroyo o Río Valderaduey, en Zamora, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Con motivo de la construcción de las obras denominada Vivero de

Empresas y CRIE, se realizaron dos proyectos eléctricos de 100 y 150 KW respectivamente para cubrir las necesidades de las instalaciones proyectadas.

Dentro de las instalaciones de la Diputación se encuentra precisamente la

citada línea, que se construyó expresamente para el suministro de energía eléctrica ya que, según la información facilitada por la mercantil Iberdrola, esta no disponía de la infraestructura precisa para cubrir la demanda solicitada, por lo que se hacia necesaria la construcción de un Centro de Transformación.

2.- El único destino actual de la citada línea aérea de alta tensión, propiedad de

esta Diputación, sita en el Crta. La Aldehuela es el de prestar, al Vivero de Empresas allí ubicado, servicio público del que es titular la Diputación Provincial de Zamora y que está siendo gestionado a través de concesión administrativa por la empresa SODEZA, y CRIE, cedido a la Junta de Castilla y León, Consejería de Educación, el suministro de energía eléctrica a las citadas instalaciones.

3.- Estudiada la conveniencia de la cesión de la línea y por la propia utilidad

que a la Diputación le supondría, y tramitado el oportuno expediente, mediante acuerdo plenario de 12 de febrero de 2010 se adoptó acuerdo de alteración de la calificación jurídica de la citada línea de alta tensión, de dominio público a patrimonial, como paso previo a una eventual cesión a Iberdrola.

371

4.- Con fecha de 22 de febrero de 2010, por el Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora se procede a la recepción formal de la línea como bien patrimonial.

5.- Con fecha 9 de marzo de 2010 se aprobó en Pleno la cesión inicial del

citado bien de carácter patrimonial a la empresa Iberdrola. Sobre los referidos antecedentes han de realizarse los siguientes

CONSIDERANDOS

Primero.- De acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Ello respondería a la doctrina jurisprudencial que entiende esta vía como

tendente a evitar que tales errores necesiten para ser eliminados de la costosa formalidad de los procedimientos de revisión, si bien esa posibilidad de rectificación de plano debe ceñirse a los supuestos en que el propio acto administrativo revele una equivocación evidente por si misma y manifiesta en el acto susceptible de rectificación sin afectar a la pervivencia del mismo (SSTS 20 de julio 1984 y 27 febrero 1990) tal como dispone la STSJ de Castilla y León de 21 de enero de 1999. Continua diciendo la misma sentencia que también es doctrina jurisprudencial la que indica que los actos que la Administración puede rectificar son aquellos que después de corregidos no cambian el contenido del acto administrativo que se produce, de manera que subsiste con iguales efectos y alcance una vez subsanado el error (SSTS 30 de mayo 1985 y 29 marzo y 20 diciembre 1989).

Segundo.- De la revisión del expediente se deduce que se ha producido un

error material en la denominación utilizada en la descripción del bien inmueble objeto de la alteración de la calificación jurídica y posterior cesión del bien a Iberdrola, dado que aparece en el Proyecto de obra como L.S.M.T. A 13,2/20 kv, C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE, y tanto en el expediente tramitado para la alteración de la calificación jurídica del bien como en el tramitado para la posterior cesión del bien patrimonial a Iberdrola, se denominó como INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN “ LA ALDEHUELA”, por figurar en el Inventario de Bienes, dentro del Epígrafe “ Bienes Inmuebles”, el bien nº 13658, denominado Instalación Eléctrica de Alta Tensión La Aldehuela, ubicado en la finca propiedad de la Diputación “ LA Aldehuela”, sita al pago de “santa Cristina” y arroyo o Río Valderaduey, en Zamora, con calificación jurídica de bien de dominio público afecto a un servicio público, según certificado de Secretaria General de fecha uno de septiembre de 2009.

CONCLUSIONES

Primera.- Es procedente la rectificación de los Acuerdos de Pleno del día 12 de febrero de 2010 con el contenido que a continuación se detalla:

372

Que donde dice:

“DICTAMEN

La Comisión Informativa de Patrimonio y Mantenimiento, en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2009, dictaminó favorablemente por unanimidad la Propuesta al Pleno formulada por la Presidenta de la misma que se transcribe a continuación, relativa a la alteración de la calificación jurídica de la línea de alta tensión propiedad de esta Diputación y ubicada en la Crta. La Aldehuela (Zamora).

“Visto el expediente instruido para la alteración de la calificación jurídica de la

línea aérea de alta tensión, propiedad de esta Diputación, sita en el Crta. La Aldehuela y que presta suministro al Vivero de Empresas allí ubicado, servicio público del que es titular la Diputación Provincial de Zamora y que está siendo gestionado a través de concesión por la empresa SODEZA, y CRIE cedido a la Junta de Castilla y León, Consejería de Educación, y vista la documentación obrante en el mismo y en particular los informes del Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General de 28 de septiembre de 2009, con nota de conformidad al mismo consignada por el Secretario General de la Corporación, de fecha de septiembre, y encontrando oportuno y conveniente efectuar tal alteración, de conformidad con lo establecido en los artículos 33, 47.3 y 81.1 de la ley de Bases de Régimen Local, ley 7/1985, de 2 de abril y artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, se acuerda:

1. Aprobar el inicio del expediente de alteración de la calificación jurídica de la

citada línea aérea de alta tensión propiedad de la Diputación Provincial de Zamora, que presta suministro al Vivero de Empresas allí ubicado, servicio público del que es titular la Diputación Provincial de Zamora y que está siendo gestionado a través de concesión por la empresa SODEZA, y CRIE cedido a la Junta de Castilla y León, Consejería de Educación , servicio público de titularidad provincial, como paso previo a su futura cesión a una empresa suministradora, lo que es conveniente para la Diputación Provincial de Zamora por el ahorro de costes que supondría el no soportar el mantenimiento de la citada línea y para asegurar el perfecto estado de la misma lo que únicamente una empresa suministradora puede garantizar, siempre asegurando en todo caso la continuidad del suministro de energía eléctrica a dicho Vivero de Empresas y CRIE.

2. Ordenar la apertura un periodo de información pública y audiencia a los interesados por plazo de un mes mediante su publicación el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y en el Tablón de Anuncios de esta Corporación.

3. Notificar personalmente la tramitación de este expediente al actual concesionario, la empresa SODEZA y cesionario, Junta de Castilla y León, como interesados directos.

4. Transcurrido el periodo de información publica, continuar con la tramitación del expediente hasta su resolución mediante nuevo acuerdo plenario.

5. Finalizado el mismo, se proceda a la recepción de la línea como bien patrimonial.”

373

Debe decir:

“DICTAMEN

La Comisión Informativa de Patrimonio y Mantenimiento, en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2009, dictaminó favorablemente por unanimidad la Propuesta al Pleno formulada por la Presidenta de la misma que se transcribe a continuación, relativa a la alteración de la calificación jurídica de la L.S.M.T. A 13,2/20 kv, C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE, propiedad de esta Diputación y ubicada en la Crta. La Aldehuela (Zamora).

“Visto el expediente instruido para la alteración de la calificación jurídica de la

L.S.M.T. A 13,2/20 kv, C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE , propiedad de esta Diputación, sita en el Crta. La Aldehuela y que presta suministro al Vivero de Empresas allí ubicado, servicio público del que es titular la Diputación Provincial de Zamora y que está siendo gestionado a través de concesión por la empresa SODEZA, y CRIE cedido a la Junta de Castilla y León, Consejería de Educación, y vista la documentación obrante en el mismo y en particular los informes del Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General de 28 de septiembre de 2009, con nota de conformidad al mismo consignada por el Secretario General de la Corporación, de fecha 28 de septiembre, y encontrando oportuno y conveniente efectuar tal alteración, de conformidad con lo establecido en los artículos 33, 47.3 y 81.1 de la ley de Bases de Régimen Local, ley 7/1985, de 2 de abril y artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, se acuerda:

1. Aprobar el inicio del expediente de alteración de la calificación jurídica de la

citada L.S.M.T. A 13,2/20 kv, C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE, propiedad de la Diputación Provincial de Zamora, que presta suministro al Vivero de Empresas allí ubicado, servicio público del que es titular la Diputación Provincial de Zamora y que está siendo gestionado a través de concesión por la empresa SODEZA, y CRIE cedido a la Junta de Castilla y León, Consejería de Educación , servicio público de titularidad provincial, como paso previo a su futura cesión a una empresa suministradora, lo que es conveniente para la Diputación Provincial de Zamora por el ahorro de costes que supondría el no soportar el mantenimiento de la citada línea y para asegurar el perfecto estado de la misma lo que únicamente una empresa suministradora puede garantizar, siempre asegurando en todo caso la continuidad del suministro de energía eléctrica a dicho Vivero de Empresas y CRIE.

2. Ordenar la apertura un periodo de información pública y audiencia a los interesados por plazo de un mes mediante su publicación el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y en el Tablón de Anuncios de esta Corporación.

3. Notificar personalmente la tramitación de este expediente al actual concesionario, la empresa SODEZA y cesionario, Junta de Castilla y León, como interesados directos.

374

4. Transcurrido el periodo de información publica, continuar con la tramitación del expediente hasta su resolución mediante nuevo acuerdo plenario.

5. Finalizado el mismo, se proceda a la recepción de la línea como bien patrimonial.” Segundo.- Rectificación de error material en acuerdo del Pleno de fecha 15 de marzo de 2010, de aprobación provisional de cesión a Iberdrola.

La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2010, dictaminó favorablemente por UNANIMIDAD la Propuesta formulada por el Diputado Delegado del Área de Economía y Hacienda para su posterior elevación al Pleno Corporativo relativa a la aprobación de la modificación al presupuesto de gastos por suplementos de crédito y que se transcribe a continuación:

Visto el expediente instruido para la alteración de la calificación jurídica de la

línea aérea de alta tensión, bien inmueble numero 13658, del Inventario de Bienes, denominado Instalación Eléctrica de Alta Tensión La Aldehuela, ubicado en la finca propiedad de la Diputación “La Aldehuela”, sita al pago de “santa Cristina” y arroyo o Río Valderaduey, en Zamora, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Con motivo de la construcción de las obras denominada Vivero de

Empresas y CRIE, se realizaron dos proyectos eléctricos de 100 y 150 KW respectivamente para cubrir las necesidades de las instalaciones proyectadas.

Dentro de las instalaciones de la Diputación se encuentra precisamente la

citada línea, que se construyó expresamente para el suministro de energía eléctrica ya que, según la información facilitada por la mercantil Iberdrola, esta no disponía de la infraestructura precisa para cubrir la demanda solicitada, por lo que se hacia necesaria la construcción de un Centro de Transformación.

2.- El único destino actual de la citada línea aérea de alta tensión, propiedad de

esta Diputación, sita en el Crta. La Aldehuela es el de prestar, al Vivero de Empresas allí ubicado, servicio público del que es titular la Diputación Provincial de Zamora y que está siendo gestionado a través de concesión administrativa por la empresa SODEZA, y CRIE, cedido a la Junta de Castilla y León, Consejería de Educación, el suministro de energía eléctrica a las citadas instalaciones.

3.- Estudiada la conveniencia de la cesión de la línea y por la propia utilidad

que a la Diputación le supondría, y tramitado el oportuno expediente, mediante acuerdo plenario de 12 de febrero de 2010 se adoptó acuerdo de alteración de la calificación jurídica de la citada línea de alta tensión, de dominio público a patrimonial, como paso previo a una eventual cesión a Iberdrola.

4.- Con fecha de 22 de febrero de 2010, por el Presidente de la Excma.

Diputación Provincial de Zamora se procede a la recepción formal de la línea como bien patrimonial.

375

5.- Con fecha 15 de marzo de 2010 se aprobó en Pleno la cesión inicial del citado bien de carácter patrimonial a la empresa Iberdrola.

Sobre los referidos antecedentes han de realizarse los siguientes

CONSIDERANDOS

Primero.- De acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Ello respondería a la doctrina jurisprudencial que entiende esta vía como

tendente a evitar que tales errores necesiten para ser eliminados de la costosa formalidad de los procedimientos de revisión, si bien esa posibilidad de rectificación de plano debe ceñirse a los supuestos en que el propio acto administrativo revele una equivocación evidente por si misma y manifiesta en el acto susceptible de rectificación sin afectar a la pervivencia del mismo (SSTS 20 de julio 1984 y 27 febrero 1990) tal como dispone la STSJ de Castilla y León de 21 de enero de 1999. Continua diciendo la misma sentencia que también es doctrina jurisprudencial la que indica que los actos que la Administración puede rectificar son aquellos que después de corregidos no cambian el contenido del acto administrativo que se produce, de manera que subsiste con iguales efectos y alcance una vez subsanado el error (SSTS 30 de mayo 1985 y 29 marzo y 20 diciembre 1989).

Segundo.- De la revisión del expediente se deduce que se ha producido un

error material en la denominación utilizada en la descripción del bien inmueble objeto de la alteración de la calificación jurídica y posterior cesión del bien a Iberdrola, dado que aparece en el Proyecto de obra como L.S.M.T. A 13,2/20 kv, C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE, y tanto en el expediente tramitado para la alteración de la calificación jurídica del bien como en el tramitado para la posterior cesión del bien patrimonial a Iberdrola, se denominó como INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN “ LA ALDEHUELA”, por figurar en el Inventario de Bienes, dentro del Epígrafe “ Bienes Inmuebles”, el bien nº 13658, denominado Instalación Eléctrica de Alta Tensión La Aldehuela, ubicado en la finca propiedad de la Diputación “ LA Aldehuela”, sita al pago de “santa Cristina” y arroyo o Río Valderaduey, en Zamora, con calificación jurídica de bien de dominio público afecto a un servicio público, según certificado de Secretaria General de fecha uno de septiembre de 2009.

CONCLUSIONES Primera.- Es procedente la rectificación del Acuerdo de Pleno del día 15 de

marzo de 2010 con el contenido que a continuación se detalla: que donde dice:

376

“DICTAMEN

La Comisión Informativa de Patrimonio y Mantenimiento, en sesión celebrada el día 9 de marzo de 2010, dictaminó favorablemente por unanimidad la Propuesta al Pleno formulada por el Presidente de la misma que se transcribe a continuación, relativa a la cesión de la línea eléctrica de alta tensión propiedad de esta Diputación y ubicada en la Crta. La Aldehuela (Zamora)

1. “Visto el expediente instruido para la cesión de la línea aérea de alta tensión

propiedad de esta Diputación y ubicada en la Crta. La Aldehuela y “Considerando que mediante acuerdo del Pleno de esta Corporación de fecha de 12 de febrero de 2010 se aprobó definitivamente el expediente instruido para la alteración de la calificación jurídica de la línea aérea de alta tensión, propiedad de esta Diputación, sita en Crta. La Aldehuela, cambiando su calificación jurídica de bien de dominio público a bien patrimonial.

Considerando que en fecha de 22 de febrero de 2010 se procedió a su

recepción formal como bien patrimonial por parte del Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 del reglamento de Bienes de las Entidades Locales, RD 1372/1986, de 13 de junio.

Considerando que la referida alteración de la calificación jurídica era requisito

previo para su futura cesión a una empresa suministradora de energía eléctrica, lo que es conveniente para esta Corporación por el ahorro del mantenimiento que supone, además de obligatoria en los términos del artículo 45.6 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre.

Y visto el expediente instruido, y en particular informe del Técnico de

Administración general adscrito a Secretaría General de fecha de 4 de marzo de 2010, con nota de conformidad al mismo consignada por el Secretario General de fecha de 5 de marzo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 47.3 de la ley de Bases de Régimen Local, ley 7/1985, de 2 de abril y artículo 45.6 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, de las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica, se acuerda:

o Aprobar inicialmente la cesión a la empresa Iberdrola S.A. de la titularidad

de la línea aérea de alta tensión y su centro de transformación, propiedad de la Diputación Provincial de Zamora, sita en Crta. La Aldehuela de titularidad provincial allí ubicado.

1. Establecer como requisitos de la cesión los siguientes: o Que el cesionario mantenga la instalación en perfecto estado de

funcionamiento, recayendo sobre él toda la responsabilidad derivada de la titularidad.

o Que se mantenga por el cesionario la continuidad del suministro de energía

eléctrica al citado CRIE y Vivero de Empresas.

377

o Que cualquier gasto que pudiera ocasionar esta cesión sea sufragado por

la empresa suministradora. 2. Ordenar la apertura de un periodo de información pública y audiencia a los

interesados por plazo de 20 días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias, entendiendo, de no presentarse reclamaciones en dicho plazo, adoptado definitivamente el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.

3. Facultar al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de

Zamora para la formalización de cualquier acto que fuera necesario para la ejecución de este acuerdo.”

Debe decir:

“DICTAMEN

La Comisión Informativa de Patrimonio y Mantenimiento, en sesión celebrada

el día 9 de marzo de 2010, dictaminó favorablemente por unanimidad la Propuesta al Pleno formulada por el Presidente de la misma que se transcribe a continuación, relativa a la cesión de la línea eléctrica de alta tensión propiedad de esta Diputación y ubicada en la Crta. La Aldehuela (Zamora)

1. “Visto el expediente instruido para la cesión de la L.S.M.T. A 13,2/20 kv,

C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE y considerando que mediante acuerdo del Pleno de esta Corporación de fecha de 12 de febrero de 2010 se aprobó definitivamente el expediente instruido para la alteración de la calificación jurídica de la L.S.M.T. A 13,2/20 kv, C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE, propiedad de esta Diputación, sita en Crta. La Aldehuela, cambiando su calificación jurídica de bien de dominio público a bien patrimonial.

Considerando que en fecha de 22 de febrero de 2010 se procedió a su

recepción formal como bien patrimonial por parte del Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 del reglamento de Bienes de las Entidades Locales, RD 1372/1986, de 13 de junio.

Considerando que la referida alteración de la calificación jurídica era requisito

previo para su futura cesión a una empresa suministradora de energía eléctrica, lo que es conveniente para esta Corporación por el ahorro del mantenimiento que supone, además de obligatoria en los términos del artículo 45.6 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre.

Y visto el expediente instruido, y en particular informe del Técnico de

Administración general adscrito a Secretaría General de fecha de 4 de marzo de 2010, con nota de conformidad al mismo consignada por el Secretario General de

378

fecha de 5 de marzo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 47.3 de la ley de Bases de Régimen Local, ley 7/1985, de 2 de abril y artículo 45.6 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, de las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica, se acuerda:

o Aprobar inicialmente la cesión a la empresa Iberdrola S.A. de la titularidad

de la L.S.M.T. A 13,2/20 kv, C.T. 630 kVA, LÍNEAS DE B.T. Y ACOMETIDAS, PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELÉCTRICA A LAS INSTALACIONES DEL VIVERO DE EMPRESAS Y CRIE y su centro de transformación, propiedad de la Diputación Provincial de Zamora, sita en Crta. La Aldehuela de titularidad provincial allí ubicado.

1. Establecer como requisitos de la cesión los siguientes: o Que el cesionario mantenga la instalación en perfecto estado de

funcionamiento, recayendo sobre él toda la responsabilidad derivada de la titularidad.

o Que se mantenga por el cesionario la continuidad del suministro de energía

eléctrica al citado CRIE y Vivero de Empresas. o Que cualquier gasto que pudiera ocasionar esta cesión sea sufragado por

la empresa suministradora. 2. Ordenar la apertura de un periodo de información pública y audiencia a los

interesados por plazo de 20 días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias, entendiendo, de no presentarse reclamaciones en dicho plazo, adoptado definitivamente el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.

3. Facultar al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de

Zamora para la formalización de cualquier acto que fuera necesario para la ejecución de este acuerdo.”

5.- MOCIONES

Una vez llegados al turno de mociones, por la Presidencia se indica que son varias las presentadas, dándose comienzo por las que formula el diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, a quien se le concede la palabra para que proceda a exponer la primera de ellas, que dice como sigue:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

“El Presidente del Gobierno ha presentado en el Congreso de los Diputados su plan anti crisis

con unos recortes del gasto público, presionado por Obama y por la derecha europea. Entre las medidas que ha propuesto están:

1. - Reducción de las retribuciones del personal del sector público en un 5 por cien de media

en 2010 y su congelación en 2011. 2. - Se suspende para 2011 la revaloración de las pensiones, excluyendo las no contributivas y

las mínimas.

379

3. - Eliminación del régimen transitorio para la jubilación parcial prevista en la ley 40/2007. 4. - Eliminación del "cheque-bebé" de 2.500 euros a partir del 1 de enero de 2011. 5. - Adecuación del número de unidades de los envases de medicamentos para ajustarlo a la

duración estandarizada de los tratamientos. Se espera ahorrar unos 300 millones de euros anuales. 6. – La ayuda oficial al desarrollo se reducirá entre 2010 y 2011 en 600 millones de euros. 7. – Se prevé una reducción de 6.045 millones de euros entre 2010 y 2011 en la inversión

pública estatal. 8. -Previsión de un ahorro adicional de 1.200 millones de euros por parte de las Comunidades

Autónomas y entidades locales. 9 -Las solicitudes para la dependencia deberán resolverse en 6 meses y se eliminará la

retroactividad. Con eso se espera ahorrar 670 millones de euros anuales.

Con éstas medidas el Gobierno hace pagar la crisis a los de siempre, es decir, a los trabajadores y trabajadoras, a los empleados públicos, a los jóvenes y a las mujeres. En vez de tomar medidas para que paguen los poderosos, que son los que han generado la crisis.

El déficit se tiene que combatir haciendo pagar quienes más tienen. No es aceptable

que se congelen las pensiones mientras un alto directivo de la Banca se jubile con 87 millones de pensión, o reducir los salarios de los empleados públicos (muchos de ellos mileuristas) mientras en muchas instituciones, empresas públicas y otros organismos tengan salarios desorbitados. Es escandaloso que los ejecutivos de las grandes empresas que cotizan en el IBEX 35 tengan unas retribuciones que son 17 veces el salario medio de los trabajadores de esas empresas.

Las medidas del Gobierno del PSOE, son antisociales y encaminadas al fracaso,

claramente contrarias al interés general, ya que en lugar de poner en valor la lucha contra el fraude fiscal, y eliminar los paraísos fiscales, recortar los grandes salarios y controlar los grandes beneficios de la banca, como medidas para superar el déficit, opta por unas medidas dirigidas directamente para que sean los más débiles quienes paguen el déficit y por una salida de la crisis que va a generar más paro al reducir el consumo y crear más incertidumbre social.

Existen otras soluciones e Izquierda Unida las entregó al Presidente del Gobierno hace ya

más de un año y las discutió en las reuniones de Zurbano con el Gobierno. Pero el Ejecutivo se ha plegado a las exigencias del capital financiero. Estamos bajo una dictadura financiera que va a por todas, a por los servicios públicos, a por las pensiones y a por las Cajas de Ahorro.

Desde IU-LV consideramos que cualquier reducción del gasto público es

contradictoria con los objetivos de estimulación de la demanda que son imprescindibles en una situación de crisis económica como la actual. La limitación del déficit no puede ser obtenida, en estas condiciones, por medio del recorte del gasto, sino mediante mecanismos de incremento de los ingresos como los propuestos en este documento. Sin embargo, es absolutamente necesaria una racionalización del gasto público que la reoriente hacia la eficiencia, el aumento efectivo del gasto social, la mejora de los servicios sociales públicos y la actividad productiva. Asimismo, nos oponemos radicalmente a la reducción del salario de los empleados públicos y a su congelación, excepto los de los altos cargos y los de confianza, así como a la reducción de departamentos o la disminución del sector público empresarial.

En este caso, las reducciones sólo sirven para que la actividad sea desarrollada por el

sector privado, con mayores costes y un control inexistente de la eficiencia del gasto.

Por eso la Diputación de Zamora adopta los siguientes acuerdos: 1. Instar al Gobierno Central la inmediata suspensión de estas medidas. 2. Como alternativa de urgencia proponemos:

- Recuperar el Impuesto de Patrimonio. - Derogar el aumento del IVA que entrara en vigor el 1 de junio y estableciendo un IVA

especial al 25% exclusivamente en las compras de productos de lujo y suntuarios. - Aumento de 5 puntos en el impuesto sobre beneficios (Impuesto de Sociedades) de

las entidades, sociedades e instituciones de intermediación financiera (Bancos, Cajas, Compañías de Seguros, Sociedades de Cartera, etc.)

380

- Aumento del tipo impositivo marginal en el último tramo del IRPF del 43 al 50%. - Imposición extraordinaria del 50%, mientras dure la crisis, de los bonos, primas y

cualquier otra retribución extra salarial de los directivos de instituciones financieras. 3. Instamos al Gobierno a que convoque a los representantes de las fuerzas políticas para

encontrar entre todos medidas que vayan en esta dirección. 4. Dar soporte a la huelga general para los empleados del sector público convocada por

para el 8 de junio. 5. Dar traslado de esta moción a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de los

Diputados.” Expuesta la moción y defendida su urgencia por el representante de Izquierda

Unida, el Sr. Presidente somete a votación ordinaria dicha urgencia: � Votos a favor de la urgencia: UNO, (el del Sr. diputado: Don Francisco

Molina Martínez) � Votos en contra: VEINTITRES, (los de los Sres. Diputados: Don

Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión)

� Abstenciones: UNA, (la del Sr.. diputado Don Manuel Tejedor Sánchez).

En consecuencia, no obtenerse el voto favorable de la mayoría absoluta del

número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * * Una segunda moción del Sr. Molina Martínez es la que se formula en el sentido

siguiente: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.- El Barrio de los Bloques en la capital necesita un amplio jardín que sirva de esparcimiento

para todos y zona de juegos para los más pequeños. 2.-La Diputación posee unos terrenos sin uso alguno en un lugar ideal para cumplir la función

de zona verde de uso público. 3.-Fue un error en su día vender-enajenar-parte de esos terrenos para una inmobiliaria con el

fin de conseguir fondos para la obra en el antiguo solar de las Arcadas en la Plaza de Viriato. 4.-Mantener sin uso o en uso ínfimo ese solar verde puede desembocar en otro error como el

anterior y acabar vendiéndose también a particulares, acabando así de estropear el entorno de un Hospital, de un Polideportivo y de un centro público-Conservatorio y Colegio del Tránsito.

381

5.- IZQUIERDA UNIDA llevó ya hace varios mandatos esta propuesta de usar esos terrenos para jardín de la ciudad incluso al modo inglés-con horario de cierre- y ahora existen rumores de que el Ayuntamiento aceptaría el cuidado y gestión de ese futuro jardín público.

6.- Los vecinos de los barrios próximos recibirían la noticia con satisfacción, y además la

Junta Directiva de los Bloques viene reivindicando últimamente esa cesión o donación de terrenos al Ayuntamiento con el exclusivo fin de convertirlos en parque.

Por lo expuesto, el Pleno de la Diputación de Zamora acuerda: Que la Diputación cede el uso, done o lo que mejor proceda en derecho a la ciudad de

Zamora, en la figura de su Ayuntamiento, la zona verde situada en el entorno del antiguo Hospital Provincial, el Colegio del Tránsito y el solar que se vendió para sufragar las obras de “Las Arcadas” con la finalidad de dotar de un necesario parque urbano a la barriada de los Bloques.”

Conocido el contenido de la moción y defendida la urgencia por quien la ha

presentado, hace uso de la palabra el Sr. Presidente manifestando que es este un tema que ha tratado varias veces con la Asociación de Vecinos del Barrio de los Bloques y, aún teniendo voluntad, la solución no es fácil al ser una zona próxima al Hospital que requiere de las garantías de seguridad suficientes para los usuarios de ese parque, de modo que en tanto en cuanto esto no esté garantizado no habrá ningún tipo de cesión.

Dicho esto, se somete a votación ordinaria su urgencia: � Votos a favor de la urgencia: DOS, (los de los Sres. diputados: Don

Francisco Molina Martínez y Manuel Tejedor Sánchez) � Votos en contra: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Abstenciones: NUEVE, (las de las Sres.. diputados Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión)

Por lo tanto dado que no se obtiene el voto favorable de la mayoría absoluta

del número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * * Como tercera y última moción del Sr. Molina Martínez está la siguiente:

382

“1.- La Caja de Cooperación, es decir esa especie de Banca Pública cuyo propietario es la Diputación de Zamora y cuyo fin es prestar dinero a los Ayuntamientos para que sufraguen los gastos relativos a las obras que financia la propia Diputación debe poder cumplir su función.

2.-Durante casi todo el periodo de existencia de dicha Caja -financiada también por la Junta de

Castilla y León- prácticamente no se usó por parte de ningún Ayuntamiento debido al elevado interés que se les cobraba por prestarles dinero.

3.- La decisión del Gobierno de España de prohibir que durante el año 2011 puedan pedir

préstamos las entidades locales pone a los Ayuntamientos al borde del abismo en muchos casos, amen de paralizar la actividad constructora y por ende la creación o mantenimiento de puestos de trabajo

4.-Hoy los acontecimientos vienen a darnos la razón cuando ya hace un año proponíamos

bajar el interés de estos préstamos al 0,5 %. La Diputación no puede ser otra Banca usurera y zampona como las demás. La misión de esta Caja de Cooperación como su nombre indica es ayudar y no explotar ni hacer negocio.

5.-La crisis económica ha llegado a un punto en que el enfermo-el sistema- puede morir en vez

de por tensión alta por tensión baja, lo cual es peor porque no lo ves venir y por tanto no reaccionas; es pues fundamental reactivar la economía, hacer circular el dinero.

6.- Lo ideal es que esos préstamos salgan y entren en la Diputación en vez de en la banca

privada al tiempo que dinamizan las obras en los municipios. 7.- El aumentar los fondos de esa caja, con la colaboración o no de la Junta, es elemental. El

dinero que sobró del año 2009 fue de unos 5M€ de los cuales se han invertido ya unos 3 por lo que quedarían 2 más para esta banca pública

8.-Respecto a los 100.000 € destinados en los presupuestos del 2010 para préstamos o

anticipos al personal de la casa es evidente que la crisis no permite mantener esos lujos 9.-Por otra parte de la flexibilización de las condiciones a cumplir para recibir el préstamo de la

Caja de Cooperación no pueden ser leoninas, ni exageradas; pues corresponde a la Diputación facilitar a los Ayuntamientos la consecución de sus fines de atención al ciudadano.

Por lo expuesto, el Pleno de la Corporación acuerda:

Ante el hecho de que los Ayuntamientos no podrán pedir préstamos durante el año

2011, potenciar e impulsar la Caja de Cooperación. Esta potenciación se haría en dos sentidos: ampliando sus fondos y modificando el

interés al que se presta el dinero de dicha Caja bajándolo del 2% al 0,50 % La ampliación de fondos se haría al menos destinando a ella la parte del Remanente del

2009- superávit -aún no gastada, y los 100.000 € destinados a préstamos para los empleados de la Diputación.

También se solicitaría a la Junta de Castilla y León que incremente su aportación a esta

Caja dada la circunstancia sobrevenida que dejan a los Ayuntamientos al borde del abismo. Así mismo se flexibilizarán las condiciones de esos préstamos.

Enterada la Corporación de la moción y una vez que se ha defendido su

urgencia por el Sr. Molina Martínez, toma la palabra la Presidencia manifestando que tiene entendido que si no se puede pedir préstamos, es evidente que tampoco se pueden conceder. Por tal motivo solicita al diputado de IU que retire esta moción al no tener ningún sentido su votación.

383

Y dado que dice el Sr. diputado no ser su intención el retirarla, la Presidencia somete a votación ordinaria la urgencia de la misma:

� Votos a favor de la urgencia: DOS, (los de los Sres. diputados: Don

Francisco Molina Martínez y Manuel Tejedor Sánchez) � Votos en contra: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

� Abstenciones: NUEVE, (las de las Sres.. diputados Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión)

Así pues, queda rechazada por mayoría la urgencia de la moción al no darse

el número de votos favorables exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril.

* * *

Es seguidamente la portavoz del grupo socialista, Sra. Muñoz Santarén, la que presenta la siguiente moción:

“ANTECEDENTES

La actual situación de crisis económica que nos afecta, y que ha llevado al Gobierno de la

Nación a la adopción de medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, hace necesario que desde el resto de las Instituciones se adopten también medidas particulares de cara a esta minoración del déficit.

En esta Diputación llevamos años acudiendo a préstamo, para poder, según sus propias

palabras “realizar las inversiones básicas en los pueblos “ El Presupuesto del 2010 presenta un déficit de 9,4 millones de euros y para superarlo ha sido

necesario un plan financiero exigido por Ley, estro demuestra que la gestión del Partido Popular al frente de esta institución desde hace 20 años, ha sido nefasta , de manera que en nuestra provincia, donde ya de por sí venimos acuciando desde hace tiempo la necesidad de reducir gastos para dar cumplimiento a necesidades prioritarias de nuestros municipios, donde los niveles de despoblación son de los más elevados del territorio nacional ante las carencias que sufrimos y donde presentamos frente a otras provincias de la Comunidad, un distanciamiento en cuanto al nivel de vida cercano a los 30 puntos, se hace si cabe, más necesario plantear medidas concretas que permitan reducir nuestro déficit.

Hoy, y ante esta situación, este pleno centra casi todos sus puntos en la adopción de medidas

económicas que ,en cumplimiento del Real Decreto de 8 de mayo de 2010 , van a suponer la reducción de retribuciones de los Diputados Provinciales, de los funcionarios , así como del personal eventual, pero serían muchas efectivas estas medidas si, a mayores nos replanteásemos si es necesario contar con un alto número de personal eventual en Gabinete de Presidencia , si realmente

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es imprescindible para el funcionamiento de esta Diputación que el Gabinete de Presidencia esté integrado por 8 personas o si lo que se hace es duplicar el gasto .

Nuestro grupo entiende que si bien, es necesario contar con personal de confianza, en el caso

del Gabinete de Presidencia 8 personas es un número excesivo, y posiblemente, reduciendo este número la efectividad de este gabinete no se vería mermada, pero si el gasto.

Igualmente debería suponer una reflexión para el Presidente de esta Institución, si el alto

número de Diputados Liberados con los que cuenta en su equipo de Gobierno (8 de 14) ha supuesto una eficaz gestión en todas las áreas y que hay redundado en beneficio para la ciudadanía.

Por ello, el grupo socialista en la Diputación, y en su nombre la Portavoz del mismo, somete a

la consideración del Pleno la aprobación de la siguiente Moción a fin de que el Pleno se pronuncie sobre el siguiente:

ACUERDO:

El Pleno de la Excma. Diputación de Zamora, acuerda: 1º.- Adoptar las medidas necesarias para reducir el número de personal eventual que integra

el Gabinete de Presidencia. 2ª.- Adoptar las medidas necesarias para reducir el número de Diputados con liberación.” Expuesta la moción y tras ser defendida su urgencia por la Sra. diputada, toma

la palabra el Presidente de la Corporación destacando que el Plan de Ajuste que esta Diputación se ve abocada a hacer es una consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno de la Nación y su determinación de que las Corporaciones Locales no puedan ya pedir crédito para el próximo año. Es por ello que el objetivo fundamental de este Plan de Ajuste no es otro que mantener el grueso de las inversiones en los pueblos.

Respecto al contenido de la moción que presenta la diputada socialista le

aconseja que empiece aplicándosela a sí misma, reduciéndose o renunciando a lo que cobra.

Y sin más intervenciones sobre esta cuestión se somete a votación ordinaria la

urgencia o no de la moción: � Votos a favor de la urgencia: ONCE, (los de los Sres. diputados: Doña

Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión, Don Francisco Molina Martínez y Manuel Tejedor Sánchez)

� Votos en contra: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Jesús Villasante Carnero)

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Por consiguiente, también en esta ocasión al no obtenerse el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * * Ya como última moción de cuanto se han presentado está la formulada por el

portavoz del grupo popular, Sr. Vega Espinosa, en virtud de la cual se insta al Gobierno de la Nación a que elimine las medidas aprobadas para la supresión de la revalorización de las pensiones contributivas, el mantenimiento del poder adquisitivo de las mismas y la convocatoria urgente de la Comisión del Pacto de Toledo para que se acuerden las reformas necesarias para garantizar el futuro del sistema de Seguridad Social.

Conocido el contenido de la moción y defendida la urgencia por el

Vicepresidente primero, Sr. Tomás Fernández, la Presidencia somete a votación ordinaria dicha urgencia:

� Votos a favor de la urgencia: DIECISEIS, (los de los Sres. diputados:

Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Don Jesús Villasante Carnero, Don Francisco Molina Martínez y Manuel Tejedor Sánchez)

� Votos en contra: NINGUNO. � Abstenciones: NUEVE, (las de las Sres. diputados Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión)

Una vez cumplido este trámite y apreciada la urgencia por mayoría, se declara

abierto el debate con una primera intervención a cargo del diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, quien partiendo que se da por hecho que la moción incluye también a las pensiones contributivas, pide que se retire el punto tercero de la misma, por cuanto que siempre que alguien habla de que se garantice la viabilidad y el futuro de nuestro sistema de Seguridad Social, lo que en el fondo se está proponiendo es que se retrase la edad de jubilación y se esté más años trabajando.

En opinión de la portavoz socialista, Sra. Muñoz Santarén, es imposible

encontrar más demagogia en la moción que presenta el grupo popular, cuyo partido no es el más indicado para dar lecciones en el tema de pensiones y en servicios sociales en general.

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Es por ello y porque la moción no puede calificarse más que de impresentable, por lo que adelanta que votarán en contra de la misma.

Responde a quien le ha precedido el Sr. Tomás Fernández manifestando que

de lo que no hay la menor duda es que en temas de protección de derechos sociales lo más importante es tener trabajo, y en ese aspecto el Partido Socialista ha de reconocer que son los campeones en crear paro.

Asimismo es de destacar que en este país jamás se había dictado un Decreto

de congelación de pensiones, en el que se saltan todas las pautas que se habían pactado en su día en el Pacto de Toledo.

Vuelve a tomar la palabra el Sr. Molina Martínez asegurando que está

dispuesto a votar a favor de esta moción, pero para ello sería aconsejable y conveniente suprimir este apartado tercero de la moción.

También la Sra. Muñoz consume un turno de réplica asegurando que son

muchos los ciudadanos que cobran mil euros al mes, frente a otros muchos pensionistas que cobran tres mil euros y que, por supuesto, no tienen problemas por el hecho de que se les congele su pensión.

Dice la Presidencia desconocer pensiones de tres mil euros, pues lo cierto es

que en Zamora cerca del 80% de las pensiones son las que se van a ver afectadas por esta congelación.

Y con esta afirmación, se da por concluido el debate, sometiéndose a votación

ordinaria la moción con el siguiente resultado: � Votos a favor de su aprobación: DIECISEIS, (los de los Sres. diputados:

Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Don Jesús Villasante Carnero, Don Francisco Molina Martínez y Manuel Tejedor Sánchez)

� Votos en contra: NUEVE, (los de los Sres. diputados Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Dña. Raquel Pascual Blanco, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión)

En consecuencia y por mayoría el Pleno Corporativo adopta el siguiente

acuerdo: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las graves dificultades económicas y de paro que vive nuestro país y el desmesurado déficit

público, obligan a adoptar medidas extraordinarias, también exigidas por nuestra pertenencia a la

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zona euro, que a su vez atraviesa un período de inestabilidad al que es preciso dar soluciones coordinadas.

En este contexto el Presidente del Gobierno anunció el pasado 12 de mayo en el Congreso de

los Diputados algunas decisiones, ratificadas posteriormente por Decreto Ley y aprobadas en el Congreso de los Diputados, que lesionan injusta e injustificadamente a más de 5 millones de pensionistas de todo el país, de los cuales 53.000 viven en la provincia de Zamora, rompiendo de paso uno de los logros mayores de nuestra democracia: el Pacto de Toledo.

Cabe recordar también que el pasado 25 de mayo, el Congreso de los Diputados aprobó una

iniciativa presentada por el Grupo Popular, que salió adelante con el voto en contra del Grupo Socialista, por la que se insta al Ejecutivo a que proceda con el cumplimiento de la Recomendación Undécima del Pacto de Toledo de 1995, actualizada por la Recomendación Segunda del Pacto de Toledo de 2003, que garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones frente a coyunturas económicas adversas y mediante la revalorización automática y con carácter anual de todas las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social, conforme a la evolución anual del IPC.

El Pacto de Toledo se alcanzó en 1995 entre todos los Grupos Parlamentarios, y mereció el

respaldo de los sindicatos en 1996 mediante el Acuerdo sobre consolidación y racionalización del sistema de pensiones.

Estos acuerdos, fruto de un amplio y responsable diálogo político y social, sacaron a nuestra

Seguridad Social de la incertidumbre económica y garantizaron un sólido compromiso de todos para hacer viable y sostenible nuestra Seguridad Social.

500.000 millones de pesetas de déficit, inseguridad de poder cobrar las pensiones e

incertidumbre de los pensionistas para mantener su poder adquisitivo fueron, entre otras, razones para que todos los partidos asumieran el Pacto de Toledo y sus recomendaciones.

La Ley 24/1997, de 16 de julio, de consolidación y racionalización de la Seguridad, fue

resultado directo del Pacto de Toledo, cuyo cumplimiento se quiso garantizar con la participación de todos los Grupos Parlamentarios, constituyendo al efecto una Comisión en el Congreso de los Diputados.

Esta Comisión ha ido evaluando el cumplimiento de compromisos y recomendaciones desde

entonces y lo ha hecho con eficacia y con rigor bajo diversos gobiernos. En la actualidad está examinando un documento de fecha 29 de enero de 2010, enviado por el

Gobierno para examen y debate, de modo que los acuerdos que pudieran alcanzarse dieran lugar a aquellas reformas y modificaciones legales pactadas entre todos los grupos políticos, sin olvidar la participación de los agentes sociales en el proceso de diálogo social actualmente abierto.

El recorte de los derechos de los pensionistas, principalmente el derecho a la revalorización en

función del IPC (artículo 11 de la Ley 24/1997, de 16 de julio), viene a romper el Pacto de Toledo, una de las más importantes conquistas de nuestra democracia.

Los recortes del Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero privan de derechos a

más de cinco millones de pensionistas y nos hace retroceder a los tiempos en los que el Gobierno, según criterios de oportunidad y de conveniencia política, daba o negaba la revalorización de las pensiones y, por tanto, daba o quitaba poder adquisitivo a las debilitadas economías de los pensionistas.

Se producirían otros efectos adicionales e indeseables de empobrecimiento para los

pensionistas al bloquear “sine die” la base sobre la que se actualizarían las pensiones tras el bloqueo de su cuantía que plantea ahora el Gobierno.

La experiencia indica que este tipo de medidas, combinadas con la elevación de impuestos, en

especial el IVA (2 puntos de subida a partir del próximo 1 julio), generan problemas añadidos en el consumo y en el empleo, cuya evolución, si no se corrige con reformas adecuadas, pondrá en peligro

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los ingresos por cotizaciones, que son esenciales para mantener nuestro sistema de Seguridad Social.

Por todo ello, el Pleno de la Diputación Provincial acuerda: Primero: Instar al Gobierno de la Nación a que elimine las medidas aprobadas para la

supresión de la revalorización de las pensiones contributivas. Segundo: Solicitar el Ejecutivo el cumplimento de la iniciativa presentada por el Grupo

Parlamentario Popular aprobada por el Congreso de los Diputados para el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones frente a coyunturas económicas adversas como la actual, y mediante la revalorización automática y con carácter anual de todas las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social, de acuerdo con la evolución anual del IPC, en cumplimiento de las recomendaciones recogidas en el Pacto de Toledo.

Tercero: Pedir que se convoque de modo urgente la Comisión del Pacto de Toledo para

reanudar los trabajos de la misma, a fin de que se acuerden por todos los grupos las reformas que sean necesarias para que se garantice la viabilidad y el futuro de nuestro sistema de Seguridad Social.”

6.- RUEGOS Y PREGUNTAS

Llegados al turno de ruegos y preguntas se da comienzo con las presentadas

por el diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez: XXX “Preguntas referentes a los premios sobre la “rehabilitación del palacio antiguo de

la diputación. Preámbulo: 1.- En las Bases de la Convocatoria pone textualmente: 8.5.3 Criterios de valoración En la selección de los trabajos, el Jurado correspondiente tomará en consideración los

siguientes aspectos: • La adaptación del edificio y su ordenación espacial a las funciones previstas en el mismo,

la calidad de la intervención arquitectónica, la puesta en valor de los elementos existentes y la adecuación de la actuación al entorno del edificio.

• Las condiciones de accesibilidad y movilidad de personas y objetos, la versatilidad para futuros cambios de uso, la posibilidad de sectorización que permita funcionamiento individualizado por zonas que así lo requieran y las condiciones de sostenibilidad y aprovechamiento de los recursos naturales.

En ningún caso el Jurado podrá fallar a favor de un proyecto que tenga un coste estimado de

intervención superior al presupuesto de ejecución material total, es decir, hasta tres millones de euros.

2.- El Presidente del Jurado-por delegación suya-fue el Diputado Barrios y por tanto en calidad

de tal, el encargado de que se cumplieran las normas. Ante esto se pregunta: 1.- Si … “En la selección de los trabajos, el Jurado correspondiente tomará en consideración

los siguientes aspectos: La adaptación del edificio y su ordenación espacial a las funciones previstas en el mismo, como dicen las bases

¿Cómo es que se convoca un premio con esa condición, si resulta que a día de hoy, usted

mismo como Presidente de la Diputación no sabe a qué se va a dedicar el edificio del Palacio Antiguo

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de la Diputación? 2.- ¿No hubiera sido lo elemental el que primero hubiera decidido la Diputación a qué va a

dedicar ese edificio y luego sacar a concurso la idea de cómo dejarlo mejor para cumplir la función asignada?

3.- Si dicen las bases: En ningún caso el Jurado podrá fallar a favor de un proyecto que tenga un coste estimado de

intervención superior al presupuesto de ejecución material total, es decir, hasta tres millones de euros.

Y resulta que el proyecto que quedó en primer lugar, dice el propio equipo ganador –ver

pag.web de la Diputación- que costaría 3.799.768 € ¿Cómo se explica que el Diputado Presidente, en dicho Jurado, no exigiera que se cumplieran

las normas que elaboró la propia institución? ¿Cuál es la función si no, de un presidente de Tribunal? 4.- Por cierto ¿cree usted que el proyecto ganador se podría hacer por sólo ese dinero, los

3.800.000 €? 5.- ¿Cuánto tiempo considera usted que va a estar cerrado, y por tanto en continuo periodo de

deterioro e incluso destrucción, el archi citado edificio? RAZONES DE LAS PREGUNTAS: Elementales”

XXX Otro bloque de preguntas del Sr. Molina Martínez dicen así: “En el año 2009, año que usted declara como Primer Año de la Austeridad, celebra una

Comida con el Presidente Nacional del Sindicato Agrario ASAJA y el Presidente Provincial de Zamora del mismo sindicato:

¿A qué se debió tal comida? ¿Fue de trabajo o simplemente protocolaria para quedar bien? ¿De ser de trabajo, en qué consistió dicho trabajo?

RAZONES DE LAS PREGUNTAS 1.- Se supone que la comida fue de Trabajo puesto que la carga a las arcas públicas (115 €). 2.- Sin embargo durante la sesión ustedes consumen una botella de Vino “Elías Mora” de 18

€ -lo cual no parece muy lógico como útil de trabajo.- 3.- El sindicato Agrario ASAJA es vinculado políticamente, por la opinión pública, al Partido

Popular-vulgo PP- con lo que parece más bien que estamos ante una francachela entre correligionarios, por eso para no dar esa mala impresión es necesario que usted precise las razones de prolongar el trabajo natural en los despachos a una comida de 115,40€

4.-Teniendo en cuenta que usted había advertido a los medios de comunicación que a partir

del año 2009 iba a emprender una línea política de austeridad, ahorro y buen ejemplo, la razón para que quebrara tales medidas debió de ser importante. ¿Cuál fue? “

XXX Concluye el Sr. Molina con sus preguntas con otra serie de ellas que se

plasman en el siguiente escrito:

PREGUNTAS:

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Todas referentes a su injerencia en las Obras del Teatro “Ramos Carrión” Preámbulo: 1.- En el Proyecto Inicial (PI) de esas obras, en la parte que colinda con la muralla, estaba

proyectado un garaje para 25 vehículos que en su parte superior llevaría una Plaza-Mirador sobre el Duero.

2.- Dicha Plaza debería mantener por tanto la rasante de la calle y en consecuencia se

mantendría al menos a 90 cms. bajo el nivel de la muralla en su borde superior, de manera que ésta hiciera a modo de “barandilla” respecto al mirador de manera parecida a lo que ocurre en otras zonas de la ciudad como por ejemplo el Mirador del Troncoso.

3.- Ocurre luego que usted personalmente impulsa una modificación-un modificado-en el PI

según el cual el garaje pasaría a ser una sala polivalente o salas multiusos. 4.- Esta nueva opción, ya ejecutada en parte, supuso que el suelo de la Plaza-Mirador se elevó

por encima del muro de la muralla además de no respetar el retranqueo de al menos 3 metros que exigía Patrimonio, cosa que si hacia el PI.

5.- Esto, unido a que el modificado proponía la construcción de un lucernario por encima de la

muralla para que las salas polivalentes reciban luz natural (lucernario de impacto visual similar al que hay en la Casa del Cid junto a la Catedral), hizo que la Comisión Territorial del Patrimonio de Zamora(CTPC) emitiera en Marzo un informe desfavorable a dicho modificado (que cambia garaje por salas modificando la altitud de la Plaza-Mirador e introduciendo por arriba de la muralla encima un lucernario).

6.- Es más, Patrimonio requiere la demolición de la estructura construida en esta zona (plaza-

mirador) pues gran parte de la obra ya estaba hecha. 7.- A todo esto, el Ministerio de la Vivienda, que es quien pagaba y llevaba a cabo la

responsabilidad de toda la obra del “Ramos”, ya comenzó a cumplir la orden de demolición afirmando al parecer que no pagará esa demolición ni la construcción de lo que se hizo mal.

Ante todo esto se pregunta: i).- ¿Por qué no se llevó el proyecto de modificado a Patrimonio para ver si lo aprobaba antes

de comenzar las obras como es natural y preceptivo hacer? ii).-¿Quién dio la orden de empezar el modificado antes de someterlo a inspección y sin haber

recibido el visto bueno correspondiente de Patrimonio? iii).-La Diputación había afrontado el coste del “modificado interruptus” con 580.000 €. Si ahora Vivienda no paga la construcción de lo hecho sin permiso de Patrimonio, ni el derribo,

¿lo va a pagar la Diputación? ¿Existe ya presupuesto de lo que puede ser ese coste no esperado y producto de la mala gestión suya, Sr. Presidente?

iv).-Ese incremento del coste por no cumplir la legalidad vigente es motivo más que suficiente

para que usted dimita ¿lo va a hacer? ¿Prefiere que lo pidamos la oposición? v):-¿Considera que alguien a su cargo incumplió sus indicaciones? ¿Quién o quienes? ¿Qué

medidas tomará contra esas personas?

vi).-ARCEBANSA es una empresa que tiene fama de tener buenas conexiones con el PP en Zamora, ¿pudo ese hecho haber influido en la frivolidad con la que se actuó, en la línea de “ve haciendo el modificado que así ganamos tiempo ya que el permiso del modificado no es problema”?

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vii).- ¿Quién le comunicó tan grave decisión de la CTPC para la Diputación? ¿Fue el Delegado Territorial de la Junta en Zamora en persona dado que son Presidente y secretario del PP en la provincia y por tanto llevan juntos la cruz de este partido?

viii).- ¿En cuanto se estima el incremento del coste de la obra por culpa de esta fase

“ilegalizada”? ¿Qué cuantía de ese incremento no previsto y producto de la imprudencia va a pagar la Diputación?

ix).- la empresa constructora ¿va a cobrar el modificado, el derribo del modificado y la

construcción de lo que se legalice? “ ___ Responde el Sr. Presidente a la primera de las cuestiones planteadas por

el diputado de IU, manifestándole que no es el Presidente del Jurado quien ha de velar por el cumplimiento estricto de la legalidad, pues para ello hay un secretario, que es el arquitecto de la Diputación, junto con otra serie de arquitectos, que en este caso son de prestigio nacional e internacional, y que son los que hicieron la valoración.

En cualquier caso, le recuerda al Sr. diputado que tiene a su disposición todo el

expediente, si bien puede asegurarle que personalmente le solicitó al Sr. Barrios Tejero, que ha sido el diputado Presidente de dicho Jurado, que a la hora de tomar la decisión sobre el proyecto a elegir se abstuviera de opinar y se adhiriera a lo que los arquitectos del Jurado, que son los verdaderos especialistas, dijeran que era la mejor opción, evitando así cualquier tipo de suspicacia.

___ Con respecto a la segunda pregunta del Sr. Molina Martínez le afirma que

el equipo de gobierno desde el año 2009 ha reducido en cerca de un 70% y de forma permanente todos los gastos de muchos actos institucionales, que es lo que el diputado de IU denomina gastos de protocolo.

___ Por último y en lo referente a las preguntas sobre el Teatro Ramos Carrión

dice querer advertir al Sr. diputado que tenga mucho cuidado cuando hace afirmaciones que en algunos casos rozan o incluso vulneran la ilegalidad, pues le pueden causar problemas y encontrarse con un serio disgusto. Es por ello que le invita a que en el futuro no haga afirmaciones gratuitas de esta naturaleza, porque nadie puede poner en duda que el Partido Popular es un partido independiente que no tiene ninguna “buena conexión” con empresa alguna.

En cualquier caso y en respuesta a las preguntas concretas sobre el Teatro

recuerda que el único órgano de contratación y, por tanto, el único capacitado para aprobar modificados, autorizarlos, consignar presupuestariamente, etc., es el Ministerio de Vivienda, respecto al cual asegura que no tiene más que palabras de agradecimiento y ninguna de reproche.

Así pues, dice que ha de quedar muy claro que lo único que ha hecho esta

Diputación fue plantear en su momento una propuesta de modificado para que las 20 plazas de garaje se pudieran convertir en una zona de almacenaje para los grupos de teatro, consiguiendo al mismo tiempo liberar el tramo existente de muralla. No obstante, continua diciendo el Sr. Presidente, la Diputación no da autorización alguna para hacer la obra del modificado, sino que tan sólo sugiere que se haga el proyecto de modificado, sencillamente porque para autorizar la obra quien tiene capacidad es el Ministerio de Vivienda.

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Pese a todo, destaca que se está intentando por todos los medios buscar la forma de solucionar el problema del modificado, porque de lo que no debe haber ninguna duda es que el objetivo de esta Institución es que la obra se concluya, se haga conforme a ordinación urbanística y sin causar daños a nadie.

XXX Ya para concluir se da cuenta de la siguiente pregunta que presenta el

diputado del grupo socialista D. Enerino Luis Gago.

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde que en el año 2002 se iniciase el expediente de segregación del municipio de Castro de Alcañices del municipio de Fonfría y su incorporación a Pino del Oro este parecía haber caído en el olvido, de manera que a raíz de la insistencia de nuestro grupo en sucesivas comisiones de Asistencia a Municipios, volvió a retomarse el asunto. Así, el mes pasado se llevó a Comisión un dictamen favorable a la segregación, dictamen que posteriormente pasó por pleno pero que el Sr. Presidente decidió retirar del Orden del Día dado, según él, lo “complicado y complejo del asunto” y se comprometió, y así consta en el acta de la sesión anterior, a traer nuevamente el asunto a este pleno, pero no ha sido así.

Consideramos que, más que por complejidad, los motivos que llevaron a retirar este asunto

del Orden del Día obedecen al poco interés de esta Presidencia a llevar a buen término la segregación que con arreglo a la ley, han solicitado los vecinos.

Y no entendemos, como con un expediente tan completo como el que existe en relación a

este asunto, el Sr. Presidente quiera seguir recabando informes y dando largas. Más incompresible es el retraso si tenemos en cuenta que la opinión de esta Diputación no es

vinculante y que es la Junta de Castilla y León la que toma la decisión final. Es por ello que sometemos al Sr. Presidente, para ser contestada en este pleno, la siguiente

PREGUNTA

1. ¿Va a incluir en el Pleno del próximo mes este asunto de la Segregación de Castro de Alcañices? “

___ Contesta el Sr. Presidente a esta cuestión recordando que en el Pleno del

pasado mes este asunto se retiró del orden del día porque al ser un tema complicado y complejo la Presidencia determinó que se emitiera un informe complementario por el Secretario de la Corporación para conocer si el Pleno tiene capacidad para tomar una decisión técnico-política en torno a si se desea o no que se produzca una segregación de un municipio.

Dicho informe ya se ha emitido si bien el asunto no se ha podido incluir en el

Pleno de hoy por una cuestión de plazo, si bien asegura que en el próximo Pleno de junio el expediente de la Segregación de Castro de Alcañices se traerá y se podrá ver el informe complementario que ha emitido el Sr. Secretario.

Y no habiendo otros asuntos que tratar, ni más ruegos y preguntas que

contestar, se levanta la sesión siendo las trece horas y diez minutos del día al principio señalado, extendiéndose de todo lo tratado la presente acta, de la que yo, el Secretario de la Corporación, certifico.