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666 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 4-11-91 9 .-Rehabilitaci6n del paciente hemiplejico, 1O.-EI Hospital de Dia Geriatrico. Concepto. Funciones .del fisioterapeuta. 11.-EI ejercicio ffsico y el deporte en el anciano. Efectos preventivos . Caracterfsticas y modalidades. -e- RESOLVC/ON de 4 de enero de 1991, de la Come- jerfa de la Presidencia, por la que se convocan prue- bas selectivas para la provision de una plaza de Tera- peuta Ocupacional, en regimen de contratacion labo- ral por tiempo indefinido. En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de mayo de 1990, aprobatorio de la Oferta PUblica de Empleo para este afio, de conformidad con los arts. 42, apt. 1 de la Ley y 20 del Reglamento que se citaran en la base pri- mera y en uso de la delegaci6n conferida por Resoluci6n del limo. Sr. Consejero de 29 de enero de 1986, RESUELVO: Convocar las pruebas selectivas para la provisi6n de la plaza que se dira, con sujeci6n a las siguientes : BASES Primera.-Objeto y normas de aplicacion La provisi6n de una plaza de Terapeuta Ocupacional (Ti- tulado de Grado Medio) en regimen de contrataci6n laboral por tiempo indefinido, por el procedimiento de concurso- oposici6n y conforme a estas Bases, la Ley 3/85, de 26 de diciembre , de Ordenaci6n de la Funci6n Publica de la Admi- nistraci6n del Principado de Asturias, el Reglamento de selecci6n e ingreso de personal al servicio de dicha Adminis- traci6n aprobado por Decreto 68189, de 4 de mayo (en 10 sucesivo, Reglamento) y el convenio colectivo que resulte de aplicaci6n. A las plazas convocadas se acurnularan, en su caso, y en la proporci6n que correspondiere de turno libre/promoci6n interna, aquellas otras que pudieren resultar vacantes en plantilla con anterioridad a la fecha de comienzo de las prue- bas que determine la Resoluci6n a que se refiere la base cuar- ta o Segunda.-Requisitos para concurrir - Nacionalidad espanola. - Edad comprendida entre 18 anos y la legal de jubila- ci6n. - Ausencia de enfermedad 0 limitaci6n fisica 0 pslquica incompatibles con el ejercicio de la funci6n a desarrollar. Segun el art. 38 de la Ley 13/82, de 7 de abril, los minus- validos seran admitidos en condiciones de igualdad con los demas aspirantes. Las condiciones personales de aptitud de aquellos para el ejercicio de la funci6n a desarrollar y, en su caso, las adaptaciones de tiempo y medios que para la prac- tica de las pruebas procediesen, se acreditaran mediante dic- tamen vinculante expedido por el equipo multiprofesional competente, dictamen que se adjuntara a la solicitud a que se refiere la base tercera. - Titulo de Diplomado por la Escuela Nacional de Sani- dad en Terapia Ocupacional. Todos ellos deberan poseerse el dia final de la presenta- ci6n de solicitudes prevista en la base siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesi6n, acreditandose previamente a esta segun establece la base octava. Tercera.-Documentacion a presentar La solicitud (a la que, en caso de minusvalia , se adjuntara indeclinablemente el dictamen vinculante exigido por la base anterior), en impreso normalizado, que se facilitara en el Registro General de la Consejeria de la Presidencia (calle Suarez de la Riva, 11,33007 Oviedo) . EI resguardo del pago de la tasa de inscripci6n , que , en cuantia de 1.590 Ptas. se ingresaran 0 transferiran a la cuenta corriente 3435504262 "Funci6n PUblica. Derechos de Exa- men" de la Caja de Ahorros de Asturias, sucursal de la calle Fruela, 8, 33007 Oviedo . De conformidad con el art. 18 de la Ley 5/88, de 22 de julio, estaran exentos del pago de esta tasa quienes se encuentren en situaci6n de paro, que acreditaran con la pre- sentaci6n de la cartilla de demandante de empleo expedida con un mes de antel aci6n a la fecha de publicaci6n de esta convocatoria como mfnimo, Los documentos acreditativos de los meritos que se ale- guen, en original 0 fotocopia compulsada 0 adverada. Estos documentos seran : a) Diplomado por la Escuela Nacional de Sanidad en Terapia Ocupacional. b) Curriculum vitae extenso y detallado. c) Relaci6n circunstanciada de centros 0 servicios donde se haya formado y trabajado, debidamente documentada, asf como la actividad desarrollada en los mismos. d) Memoria de organizaci6n y funcionarniento de una Unidad de Terapia Ocupacional Geriatrica, Todos ellos se presentaran en el Registro General citado o por cualquiera de los medios establecidos en el art . 11 de la Ley 9/83 , de 12 de diciembre"(BOLETIN OFICIAL del Prin- cipado de Asturias y de la Provincia de 20 de diciembre), en el plazo de 20 dias habiles desde el siguiente habil al en que se publique esta convocatoria. Cuarta.-Admisionlexclusion de aspirantes La Resoluci6n aprobatoria de la lista de admitidos y, en su caso, excluidos se publicara en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia. Indicara los lugares donde dicha lista se expone al publi- co, en su caso motivo de la exclusi6n y plazo para subsanarlo si se tratare de defecto subsanable, asf como lugar, dfa y hora de cornienzo de las pruebas. No obstante, si en cualquier momenta posterior a la apro- baci6n de la referida lista, incluso durante la celebraci6n de las pruebas, se advirtiere en las solicitudes de los aspirantes inexactitud 0 falsedad que fuere causa de exclusi6n, esta se considerara defecto insubsanable y se resolvera dicha exclu- si6n. Quinta.-Tribunal calificador Se designata en la resoluci6n a que se refiere la base ante- rior , y para su constituci6n y actuaci6n validas se requerira la presencia de, al menos, la rnitad mas uno de sus rniembros, titulares 0 suplentes. Los aspirantes podran recusar a cualquiera de los rniem- bros, y estes deberan abstenerse.de actuar, si en ellos concu- . rriere alguna de las circunstancias del art . 20 de la Ley de Pro- cedimiento Adrninistrativo 0 la del art. 13, apart. 1 del Regla- mento. Si se estimase necesario, a propuesta del Tribunal, podra designarse uno 0 mas asesores especialistas, que actuaran con voz y sin voto. Sexta .-Estructurp y calificacion de las pruebas A) Fase de oposici6n Todas elias de caracter obligatorio y eliminatorio. Primera.-Desarrollo escrito de temas 0 cuestiones rela- cionados con el programa adjunto, cuyo contenido y tiempo maximo de duraci6n determinara el tribunal antes de su comienzo. Segunda.e-Supuesto practice relacionado con las funcio- nes de Terapeuta Ocupacional, a desarrollar en un tiempo maximo que determinara el tribunal antes del comienzo .

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666 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 4-11-91

9.-Rehabilitaci6n del paciente hemiplejico,

1O.-EI Hospital de Dia Geriatrico. Concepto. Funciones.del fisioterapeuta.

11.-EI ejercicio ffsico y el deporte en el anciano. Efectospreventivos . Caracterfsticas y modalidades.

-e-

RESOLVC/ON de 4 de enero de 1991, de la Come­jerfa de la Presidencia, por la que se convocan prue­bas selectivas para la provision de una plaza de Tera­peuta Ocupacional, en regimen de contratacion labo­ral por tiempo indefinido.

En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Gobiernode 17 de mayo de 1990, aprobatorio de la Oferta PUblica deEmpleo para este afio, de conformidad con los arts. 42, apt.1 de la Ley y 20 del Reglamento que se citaran en la base pri­mera y en uso de la delegaci6n conferida por Resoluci6n dellimo. Sr. Consejero de 29 de enero de 1986,

RESUELVO:

Convocar las pruebas selectivas para la provisi6n de laplaza que se dira, con sujeci6n a las siguientes :

BASES

Primera.-Objeto y normas de aplicacion

La provisi6n de una plaza de Terapeuta Ocupacional (Ti­tulado de Grado Medio) en regimen de contrataci6n laboralpor tiempo indefinido, por el procedimiento de concurso­oposici6n y conforme a estas Bases, la Ley 3/85, de 26 dediciembre , de Ordenaci6n de la Funci6n Publica de la Admi­nistraci6n del Principado de Asturias, el Reglamento deselecci6n e ingreso de personal al servicio de dicha Adminis­traci6n aprobado por Decreto 68189, de 4 de mayo (en 10sucesivo, Reglamento) y el convenio colectivo que resulte deaplicaci6n.

A las plazas convocadas se acurnularan, en su caso, y en laproporci6n que correspondiere de turno libre/promoci6ninterna, aquellas otras que pudieren resultar vacantes enplantilla con anterioridad a la fecha de comienzo de las prue­bas que determine la Resoluci6n a que se refiere la base cuar­ta o

Segunda.-Requisitos para concurrir

- Nacionalidad espanola.- Edad comprendida entre 18 anos y la legal de jubila-

ci6n.- Ausencia de enfermedad 0 limitaci6n fisica 0 pslquica

incompatibles con el ejercicio de la funci6n a desarrollar.Segun el art. 38 de la Ley 13/82, de 7 de abril, los minus­

validos seran admitidos en condiciones de igualdad con losdemas aspirantes. Las condiciones personales de aptitud deaquellos para el ejercicio de la funci6n a desarrollar y, en sucaso, las adaptaciones de tiempo y medios que para la prac­tica de las pruebas procediesen, se acreditaran mediante dic­tamen vinculante expedido por el equipo multiprofesionalcompetente, dictamen que se adjuntara a la solicitud a que serefiere la base tercera.

- Titulo de Diplomado por la Escuela Nacional de Sani­dad en Terapia Ocupacional.

Todos ellos deberan poseerse el dia final de la presenta­ci6n de solicitudes prevista en la base siguiente y mantenerseen la fecha de toma de posesi6n , acreditandose previamentea esta segun establece la base octava.

Tercera.-Documentacion a presentar

La solicitud (a la que, en caso de minusvalia , se adjuntaraindeclinablemente el dictamen vinculante exigido por la base

anterior), en impreso normalizado, que se facilitara en elRegistro General de la Consejeria de la Presidencia (calleSuarez de la Riva, 11,33007 Oviedo) .

EI resguardo del pago de la tasa de inscripci6n , que , encuantia de 1.590 Ptas. se ingresaran 0 transferiran a la cuentacorriente 3435504262 "Funci6n PUblica. Derechos de Exa­men" de la Caja de Ahorros de Asturias , sucursal de la calleFruela, 8, 33007 Oviedo .

De conformidad con el art . 18 de la Ley 5/88, de 22 dejulio, estaran exentos del pago de esta tasa quienes seencuentren en situaci6n de paro, que acreditaran con la pre­sentaci6n de la cartilla de demandante de empleo expedidacon un mes de antel aci6n a la fecha de publicaci6n de estaconvocatoria como mfnimo,

Los documentos acreditativos de los meritos que se ale­guen, en original 0 fotocopia compulsada 0 adverada.

Estos documentos seran :

a) Diplomado por la Escuela Nacional de Sanidad enTerapia Ocupacional.

b) Curriculum vitae extenso y detallado.c) Relaci6n circunstanciada de centros 0 servicios donde

se haya formado y trabajado, debidamente documentada, asfcomo la actividad desarrollada en los mismos.

d) Memoria de organizaci6n y funcionarniento de unaUnidad de Terapia Ocupacional Geriatrica,

Todos ellos se presentaran en el Registro General citadoo por cualquiera de los medios establecidos en el art . 11 de laLey 9/83 , de 12 de diciembre"(BOLETIN OFICIAL del Prin­cipado de Asturias y de la Provincia de 20 de diciembre) , enel plazo de 20 dias habiles desde el siguiente habil al en quese publique esta convocatoria.

Cuarta.-Admisionlexclusion de aspirantes

La Resoluci6n aprobatoria de la lista de admitidos y, ensu caso, excluidos se publicara en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y de la Provincia .

Indicara los lugares donde dicha lista se expone al publi­co, en su caso motivo de la exclusi6n y plazo para subsanarlosi se tratare de defecto subsanable, asf como lugar , dfa y horade cornienzo de las pruebas.

No obstante , si en cualquier momenta posterior a la apro­baci6n de la referida lista, incluso durante la celebraci6n delas pruebas, se advirtiere en las solicitudes de los aspirantesinexactitud 0 falsedad que fuere causa de exclusi6n, esta seconsiderara defecto insubsanable y se resolvera dicha exclu­si6n.Quinta.-Tribunal calificador

Se designata en la resoluci6n a que se refiere la base ante­rior , y para su constituci6n y actuaci6n validas se requerira lapresencia de, al menos, la rnitad mas uno de sus rniembros,titulares 0 suplentes.

Los aspirantes podran recusar a cualquiera de los rniem­bros , y estes deberan abstenerse.de actuar, si en ellos concu­

. rriere alguna de las circunstancias del art . 20 de la Ley de Pro­cedimiento Adrninistrativo 0 la del art. 13, apart. 1 del Regla­mento.

Si se estimase necesario , a propuesta del Tribunal, podradesignarse uno 0 mas asesores especialistas, que actuaran convoz y sin voto.Sexta .-Estructurp y calificacion de las pruebas

A) Fase de oposici6n

Todas elias de caracter obligatorio y eliminatorio.

Primera.-Desarrollo escrito de temas 0 cuestiones rela-cionados con el programa adjunto, cuyo contenido y tiempomaximo de duraci6n determinara el tribunal antes de sucomienzo.

Segunda.e-Supuesto practice relacionado con las funcio­nes de Terapeuta Ocupacional, a desarrollar en un tiempomaximo que determinara el tribunal antes del comienzo .

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Cada una de ellas se calificara de 0 a 10 puntos con nivelmfnimo de aprobado de 5 puntos.

A efectos de calificaci6n, el Tribunal valorara los conoci­mientos concretos de los temas 0 materias, la formaci6ngeneral, la capacidad de analisis y raciocinio y el orden y cla­ridad de las ideas desarrolladas. En las pruebas en que, por sufndole, no sean susceptibles de apreciaci6n tales cualidades,se atendra a la exactitud de las respuestas.

Excepto el caso de que se suscitare decisi6n unanime 0

consensuada del Tribunal, la calificaci6n de cada prueba seobtendra por la media aritmetica de las otorgadas por cadauno de sus miembros. Si entre estas resultare diferencia supe­rior al 30% de la maxima puntuaci6n posible, se excluiranuna calificaci6n parcial maxima y otra mfnima , aplicandose lamedia de las restantes.

B) Fase de concurso:

De caracter obligatorio y no eliminatorio. EI Tribunalvalorara los meritos alegados y justificados documentalmentepor los aspirantes que hayan superado la fase de oposici6n,conforme a este baremo:

1.-Formaci6n academica, hasta un maximo de 6 puntosestablecidos por:

a) Premio fin de carrera: 1,5 puntos.b) Matrfcula de honor: 0,5 puntos.c) Sobresaliente: 0,3 puntos.d) Cursos de formaci6n complementaria de Terapeuta

Ocupacional con mas de 20 horas lectivas: 0,5 puntos.

2.-Memoria. Se calificara de 0 a 2 puntos su exposici6ny defensa.

3.-Por servicios prestados a organismos de la Adminis­traci6n en areas de terapia ocupacional, 0,10 puntos por mes,hasta un maximo de 2 puntos.

Los puntos obtenidos en esta fase se sumaran a los obte­nidos en la de oposici6n, a fin de establecer el orden de prio­ridad de los aspirantes.

Septima.e-Su desarrollo

Las pruebas, que no podran comenzar antes de dos mesesdesde esta publicaci6n, se celebraran en ellugar, dfa y horaque establezca la Resoluci6n a que se refiere la Base Cuarta.

Conforme al resultado del sorteo publico celebrado el dfa10 de enero de 1990, la actuaci6n de los aspirantes se iniciarapor la letra Z 0, en su defecto, la siguiente del primer apelli- ·do.

En cada prueba de la fase de oposici6n la comparecenciade los aspirantes sera requerida de viva voz y en llamamientounico (en las de realizaci6n simultanea, todos al comienzo; enlas de realizaci6n sucesiva y en la lectura publica de ejerci­cios, paulatinamente segun el orden de actuaci6n), resul­tando excIuidos quienes no comparezcan en el acto . No obs­tante, en caso de asistencia masiva a pruebas de realizaci6nsimultanea, el Tribunal podra decidir un segundo llamamien­to , acto seguido en tal caso al primero, para la correcta aco­modaci6n de todos los aspirantes.

Las calificaciones de cada prueba y, en su caso , la convo­catoria para la siguiente se haran publicas en el propio lugarde celebraci6n y en los terminos del art. 27, apartado 2 delReglamento.

A los efectos del parrafo primero de la base octava, encaso de igualdad de puntuaci6n final entre dos 0 masaspiran­tes la prioridad se dirimira por sorteo en plazo maximo de 48horas, para cuya celebraci6n el Tribunal citara a los afecta­dos.

Oetava.-Propuesta, contratacion y toma de posesion

ConcIuidas las calificaciones, el Tribunal hara publica larelaci6n de aprobados por orden de puntuaci6n y la elevara alConsejero de la Presidencia con propuesta de contrataci6n enmimero no superior al de plazas convocadas.

En caso de que la convocatoria comprenda mas de unaplaza, la prioridad en la elecci6n de destino inicial correspon­dera a los aspirantes en raz6n directa al orden de puntuaci6nobtenido; prevaleciendo a tal efecto los concurrentes por pro­moci6n intema sobre los de acceso libre.

Si alguno de los propuestos decayere de su derecho porincumplimiento de los requisitos prevenidos en esta base , lapropuesta del Tribunal se entendera automaticamente refe­rida al 0 los aspirantes que le sigan en el orden de puntuaci6n.

Dentro de los 20 dfas naturales desde el siguiente habil alde la publicaci6n de la lista, los aspirantes propuestos presen­taran en el Servicio de Gesti6n Administrativa de Personal dela Direcci6n Regional de la Funci6n PUblica (calle Marquesde Santa Cruz, 14, 33007 Oviedo) estos documentos, todosellos en original y fotocopia , para su compulsa y devoluci6nen su caso , sornetiendose a las prevenciones del art. 17 delReglamento:

- Documento Nacional de Identidad.- Titulo exigido por estas Bases . .- Certificado medico expedido por la Consejerfa de

Sanidad de la Administraci6n del Principado de Asturias.Los propuestos que ya sean funcionarios de carrera 0 con­

tratadoslaborales por tiempo indefinido presentaran unica­mente los acreditativos de tal condici6n y de la titulaci6n exi­gida.

Aprobada y publicada en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y de la Provincia la contrataci6n, loscontratados tomaran posesi6n dentro de un mes desde lapublicaci6n. Decaeran en su derecho por la inobservancia detal plazo , excepto la eventual solicitud y concesi6n de pro­rroga por causa justificada.

Oviedo, a cuatro de enero de mil novecientos noventa yuno.-EI Director Regional de la Funci6n PUblica.-149.

Anexo (Programa)

l.-5istema nervioso. Fisiologia. Lesiones y enfermeda­des mas comunes del sistema nervioso: Periferico y central.

2.-Aparato locomotor. Fisiologfa, Lesiones y enferme­dades mas comunes del aparato locomotor.

3.-Ludoterapia. La actividad Indicaa nivel: Ffsico, men­tal y social.

4.-Actividades tecnicas y terapeuticas en pintura. Pre­cauciones y limitaciones. Aplicaciones en geriatrfa.

5.-Actividades tecnicas y terapeuticas en cesterfa. Pre­cauciones y limitaciones. Aplicaciones en geriatrfa.

6.-Actividades de la vida diaria. Generalidades. Activi­dades de autoindependencia. Actividades de comunicaci6n.Actividades domesticas,

7.-Cinesiologfa.

8.-Psiquiatrfa. Actuaci6n del Terapeuta Ocupacional enlos sfndromes clinicos mas frecuentes dentro del campo psi­quiatrico.

9.-Geriatrfa. Envejecimiento y sus causas. Actuaci6ndel Terapeuta Ocupacional en las enfermedades mas frecuen­tes del anciano.

1O.-Actividades tecnicas y terapeuticas en ceramica.Precauciones y limitaciones. Aplicaciones en geriatrfa,

11.-Drganizaci6n del departamento de Terapia Ocupa­cional . Planificaci6n. Cuidado de materiales y equ ipo.

12.-Drtopraxia y ayudas tecnicas, Toma de medidas ymoldes. Materiales utilizados .

13.-Dinamica de grupos. Aplicaciones en geriatrfa.

14.-Psicomotricidad. Aplicaciones en geriatrfa.

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15.-Actividades tecnicas y terapeuticas en encuaderna­ci6n. Precauciones y limitaciones. Aplicaciones en geriatrta,

16.-Musicoterapia. Aplicaciones en las patologfas mascomunes en geriatrfa. .

-e-

RESOLVCION de 17 de enero de 1991, de la Conse­jerta de la Presidencia, por la que se aprueba la listade admitidos y excluidos, la designacion del TribunalCalificador y el comienzo de las pruebas selectivaspara la provision de una plaza de Oficial de PrimeraSocorrista en regimen de contratacion laboral indefi­nida (convocatoria BOPAP de 23-11-1990, num.272).

De conformidad con el art. 24 del Reglamento aprobadopor Decreto 68/89, de 4 de mayo y las bases de la convocato­ria y en uso de la delegaci6n conferida por resoluci6n delIlmo. Sr. Consejero, de 29 de enero de 1986,

RESUELVO:

Primero.-Aprobar la lista certificada de aspirantes admi­tidos y excluidos a la oposici6n convocada para la provisi6nde una plaza de Oficial Primera Socorrista, en regimen decontrataci6n laboral por tiempo indefinido, que se hallaexpuesta en esta Direcci6n Regional (el Marques de SantaCruz, 14, Oviedo) yen la Oficina de Informaci6n, Iniciativasy Reclamaciones (el Cabo Noval, 5, Oviedo).

Segundo.-Designar el siguiente Tribunal Calificador:

Presidente: D. Miguel Angel Blanco Casasola, licenciadoen Educaci6n Fisica, titular, y Don Sabino L6pez Garcia,perteneciente al Cuerpo Superior de Administradores,suplente.

Vocales: D. German Meneses Castillo, Diplomado enEnfermerfa, yD. Jaime de Saa Senra, Oficial Instructor, titu­lares; D.· Carmen Teresa Velasco Gonzalez, Diplomada enEnfermeria, yD. Jose Manuel de Saa Gonzalez, Oficial Ins­tructor , suplentes.

D. Antonio M.· Rodriguez Fernandez, titular, yD. MarioRodriguez Ortiz, suplente; ambos representantes sindicales.

Secretario: D. Jose Manuel Suarez Murias, titular, yD.Antonio Tamargo Carbajal, suplente, ambos funcionarios,adscritos a la Administraci6n del Principado de Asturias.

Tercero.c-Comenzar las pruebas el dfa 26 de febrero de1991, a las 16,30 horas, en el Centro Regional de Difusi6nCultural, eI Rosal, 7, Oviedo.

Oviedo, a diecisiete de enero de mil novecientos noventay uno.-El Director Regional de la Funci6n PUblica.-828.

-e-

INFORMACION publica sobre la realizacion delsorteo que determinara el orden de actuacion de losaspirantes en las pruebas selectivaspertenecientes a laoferta de 1991.

De conformidad con el art . 19 del Reglamento de Selec­ci6n e Ingreso de Personal de la Administraci6n del Princi­pado de Asturias, aprobado por Decreto 68/89,de 4 de mayo,se hace publico que el dta 28 de febrero de 1991, a las 10horas, y en esta Direcci6n Regional (el Marques de SantaCruz, mim. 14), se determinara en un mismo sorteo publico

el orden de actuaci6n de los aspirantes de todas las pruebasselectivas que se deriven de la Oferta de Empleo PUblico1991.

Oviedo, diecisiete de enero de mil novecientos noventa yuno .- El Director Regional de la Funci6n PUblica.-693.

- OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES

RESOLVCION de 22 de enero de 1991, de la Conse­jeria de Educacion, Cultura y Deportes, por la que seaprueban las bases que han de regir la convocatoriade subvenciones para equipamientos de grupos deinvestigacion folkl6rica .

Primera.-Es objeto de la presente convocatoria la conce­si6n de ayudas econ6micas a grupos de investigaci6n folkl6­rica con destino a la adquisici6n en el ejercicio de 1991 delmaterial necesario para el desarrollo de sus actividades, yfundamentalmente:

a) Trajes e instrumentos.

b) Material tecnico para el trabajo de campo y el archivodocumental del grupo.

c) Bibliografia de caracter especializado.

Segunda.-La cuantia total de las subvenciones ascenderaa 3.000.000 ptas.

Tercera.s-Podran optar a la mismas los grupos 0 asocia­ciones cuya actividad y fin fundamental consista en investigarel folklore asturiano y se hallen inscritos en el Registro deEntidades Culturales del Principado de Asturias .

Cuarta.-En el plazo de 30 dias a partir de la publicaci6nde la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y de la Provincia, los interesadosdeberan presentar en el Registro de la Consejerfa de Educa­ci6n, Cultura y Deportes, 0 a traves del sistema establecidoen el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo,debidamente cumplimentado, el impreso de solicitud enmodelo oficial, acompaftado de los siguientes documentos:

a) Presupuesto detallado del equipamiento que precisan .b) Memoria de las actividades de la entidad solicitante,

con especificaci6n clara del trabajo de campo realizado y delos archivos de que dispone.

Quinta.-La comprobaci6n del efectivo desarrollo de unalabor de investigaci6n sera condici6n indispensable para reci­bir subvenci6n, y a tal efecto, la Consejeria de Educaci6n,Cultura y Deportes podra solicitar el examen de los trabajosrealizados, del material de archivo y de los testimonios de susactividades de que disponga la entidad solicitante.

Sexta.-La 'Comision seleccionadora se integrara por per­sonas con conocimientos y relacionadas con el area de la cul­tura asturiana, en mimero no inferior a tres ni superior a cin­co, designados por el Consejero de Educaci6n, Cultura yDeportes. Actuara como Presidente el Director Regional deCultura y, como Secretario, un empleado adscrito al Serviciode Promoci6n y Cooperaci6n Cultural.

En el plazo de 30 dias, a partir de la fecha limite de pre­sentaci6n de solicitudes, la Comisi6n seleccionadora, valo­rando la trayectoria del grupo solicitante y el interes de susinvestigaciones, propondra al Consejero de Educaci6n , Cul­tura y Deportes la concesi6n de las ayudas que estime opor­tunas, determinando su cuantfa,

Las ayudas podran ser declaradas desiertas.