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  • Seguridad Social y

    Formalizacin del empleo

  • Con fecha 20 de mayo se public en el DOF el Plan Nacional de Desarrollo2013-2018, en el cual se establecen 5 Metas Nacionales que son: Mxicoen Paz, Mxico Incluyente, Mxico con Educacin de Calidad, Mxico conResponsabilidad Global y Mxico Prspero.

    Entre las estrategias para lograr un Mxico Prspero, est el promover eltrabajo digno o decente, teniendo entre sus lneas de accin la promocindel respeto de los derechos humanos, laborales y de seguridad social, y elimpulso de acciones para la adopcin de una cultura de trabajo digno odecente.

    Poltica laboral

  • En este sentido la Poltica Laboral se sustenta en cuatro ejes de accin queson: el impulso a la creacin de empleos formales de calidad;*democratizar la productividad; salvaguardar los derechos de lostrabajadores y conservar la paz laboral.

    Adicionalmente, el 17 de junio de este ao el Gobierno de Mxico porconducto del Lic. Alfonso Navarrete Prida, Secretario del Trabajo y PrevisinSocial suscribi con la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) unconvenio de cooperacin para promover la aplicacin de un piso deproteccin social y la lucha contra la informalidad.

    *el cual coordinar las acciones de gobierno encaminadas a llevar a cabo polticas pblicas que eliminen losobstculos que limitan el potencial productivo de los ciudadanos y las empresas; incentivar entre todos losactores de la actividad econmica el uso eficiente de los recursos productivos; y analizar de manera integral lapoltica de ingresos y gastos pblicos para que las estrategias y programas del gobierno induzcan la formalidad.

  • Derechos Humanos

    La Poltica Laboral, establece y redefine la forma en que se dar vida a las recientes reformas enmateria laboral y de derechos humanos, por una parte la reforma a la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 10 junio 2011, enmateria de derechos humanos; estableciendo en su artculo 1, que en los Estados UnidosMexicanos todas las personas gozarn de los derechos humanos reconocidos en la Constitucin yen los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, as como de las garantaspara su proteccin.

    Todas las autoridades, en el mbito de sus competencias, tienen la obligacin de promover,respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios deuniversalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estadodeber prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en lostrminos que establezca la ley.

    Reformas a la Constitucin y a la Ley Federal del Trabajo

  • Trabajo Decente

    Con la reforma a la Ley Federal del Trabajo, en vigor a partir del 1 de diciembre de 2012, se

    incorpora el trmino de trabajo digno o decente, promovido por la OIT, el cual se integra por

    los siguientes elementos:

    Respeto pleno a la dignidad humana del trabajador.

    No exista discriminacin.

    Se tenga acceso a la seguridad social y se perciba un salario remunerador.

    Se reciba capacitacin continua.

    Se cuente con condiciones ptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.

    Tambin incluye:

    El respeto irrestricto (incondicional o sin limite) a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociacin, autonoma, el derecho de huelga y de contratacin colectiva.

    Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al patrn.

    Reformas a la Constitucin y a la Ley Federal del Trabajo

  • El trabajo decente incluye varios elementos, entre los que destaca el acceso a la seguridad

    social, constituyendo una obligacin patronal el inscribir a sus trabajadores ante el IMSS,

    de conformidad con lo establecido por la normatividad laboral.

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

    El artculo 123, apartado A fraccin XXIX, seala que es de utilidad pblica la Ley del SeguroSocial, y ella comprender seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesacin involuntaria del trabajo,de enfermedades y accidentes, de servicios de guardera y cualquier otro encaminado a la proteccin ybienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

    Ley Federal del Trabajo (LFT).

    El artculo 2, seala como elemento del trabajo decente aquel en el que se tiene acceso a la seguridad social.

    Obligaciones Patronales

  • El artculo 15-A, en el caso de subcontratacin, cuando el contratante no cumpla con los requisitosde este rgimen y en su caso, se considere patrn para todos los efectos de ley, incluir lasobligaciones en materia de seguridad social.

    Artculos 39-A, 39-B, 39-C, cuando se trate de relaciones de trabajo con periodo a prueba o decapacitacin inicial, el patrn deber garantizar el acceso a la seguridad social.

    Ley del Seguro Social (LSS).

    Artculo 2, seala que la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, laasistencia mdica, la proteccin de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesariospara el bienestar individual y colectivo, as como el otorgamiento de una pensin.

    Artculo 12 fraccin I, establece que son sujetos de aseguramiento los trabajadores, quepresten en forma permanente o eventual, a otras de carcter fsico o moral o unidades econmicassin personalidad jurdica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea elacto que le d origen y cualquiera que sea la personalidad jurdica o la naturaleza econmica delpatrn.

    Obligaciones Patronales

  • Artculo 15, regula como obligacin del patrn registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los dems datos, dentro de plazos no mayores de cinco das hbiles.

    Artculo 28. Los asegurados se inscribirn con el salario base de cotizacin que perciban en el momento de su afiliacin, establecindose como lmite superior el equivalente a 25 veces el salario mnimo general que rija en el Distrito Federal y como lmite inferior el salario mnimo general del rea geogrfica respectiva.

    Obligaciones Patronales

  • Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliacin,Clasificacin de Empresas, Recaudacin y Fiscalizacin (RLSSMACERF).

    Artculo 12, que establece la obligacin de registrarse como patrn anteel Instituto cuando empiece a utilizar los servicios de uno o variostrabajadores.

    Artculo 45, seala la obligacin de los patrones de inscribir a sustrabajadores, incluso hasta un da hbil anterior al inicio de la relacinlaboral.

    Obligaciones Patronales

  • De conformidad con los artculos 15-A y 15-B de la Ley Federal delTrabajo, el trabajo en rgimen de subcontratacin es aquel por mediodel cual un patrn denominado contratista ejecuta obras o prestaservicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de uncontratante, persona fsica o moral, la cual fija las tareas del contratista ylo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecucin de las obrascontratadas.

    La empresa contratante debe cerciorarse al momento de celebrar elcontrato, que la contratista cuenta con la documentacin y loselementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones quederiven de las relaciones con sus trabajadores.

    Obligaciones Contratistas

  • Asimismo, la Ley del Seguro Social en su artculo 15-A seala que, cuando en la contratacin detrabajadores para un patrn, a fin de que ejecuten trabajos o presten servicios para l, participeun intermediario laboral, cualquiera que sea la denominacin que patrn e intermediariosasuman, ambos sern responsables solidarios entre s y en relacin con el trabajador,respecto del cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley.

    Obligaciones Contratistas

  • Ley Federal del Trabajo

    Conforme a las recientes reformas a la LFT, en caso de no cumplir con la obligacin de otorgar trabajodecente, el artculo 1002 del citado ordenamiento contempla una multa por el equivalente de 50 a5000 veces el salario mnimo general en el Distrito Federal; adicionalmente el artculo 992 seala quela misma incluso puede individualizarse por cada uno de los trabajadores afectados.

    Ley del Seguro Social

    El artculo 307 de la LSS seala que: cometen el delito de defraudacin a los regmenes del segurosocial, los patrones o sus representantes y dems sujetos obligados que, con el uso de engaos yaprovechamiento de errores, omitan total o parcialmente el pago de las cuotas obrero-patronales uobtengan un beneficio indebido con perjuicio al Instituto Mexicano del Seguro Social o lostrabajadores.

    De lo anterior, se puede desprender que el no inscribir a los trabajadores ante el IMSS, generamayores perjuicios tanto a los trabajadores como al propio patrn.

    Consecuencias legales de no afiliara los trabajadores

  • El Programa para la Formalizacindel Empleo 2013, fue suscrito el 22de julio de 2013 por los gobiernos

    estatales y del Distrito Federal, con

    el Gobierno de la Repblica.

    Se trata de un instrumentoinnovador que tiene como propsitofacilitar el trnsito de los empleosinformales a un esquema deformalidad, creando trabajos dignosy socialmente tiles.

    Programa para la formalizacin

  • OBJETIVOS:

    1. Lograr que el empleo formal sea la va para mejorar la calidad de vidade los trabajadores y sus familias.

    2. Aumentar la productividad y la competitividad de las empresas a travsde los beneficios que trae consigo la formalidad, tales como lacapacitacin, el acceso a servicios de salud y el ahorro para el retiro.

    3. Consolidar al trabajo formal como motor del desarrollo econmico con equidad.

    4. Reducir el nmero de trabajadores en la informalidad, a travs de lapromocin de la inscripcin de trabajadores asalariados no registradosen el IMSS.

  • En este sentido, uno de los compromisos adquiridos por la Secretara del Trabajo y Previsin Social en el marco de este Programa, es intensificar la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones a su cargo de inscribir a sus trabajadores en el rgimen obligatorio del seguro social, instruyendo el C. Secretario del Trabajo y Previsin Social, Alfonso Navarrete Prida, que en la ejecucin de este programa se privilegie la Paz Laboral en base a la cual el Gobierno de la Repblica tendr siempre disposicin para el dilogo, la conciliacin y el entendimiento.

  • 1. Mediante la coordinacin interinstitucional entre el IMSS, STPS, las autoridadeslaborales de las entidades federativas, y con la participacin de las CmarasEmpresariales, se establecern acciones de concertacin para que los patronesregistren a sus trabajadores asalariados subordinados que no estn inscritos alIMSS.

    2. Propiciar que los contratos de obra pblica, as como el otorgamiento orenovacin de concesiones, licencias y permisos federales, estatales ymunicipales para la realizacin de actividades econmicas (telecomunicaciones,minera, energa, servicios financieros, autotransporte de carga y pasajeros,distribucin y comercializacin de combustibles), se sujeten al cumplimiento delos derechos laborales que establece la Ley Federal del Trabajo.

    Acciones para promover la formalidad y

    disminuir la informalidad.

  • 3. Vigilar que en todos los centros de trabajo se cumpla con la Ley Federal delTrabajo y la Ley del Seguro Social, respecto al derecho de los trabajadores a gozarde todas las prestaciones de la seguridad social.

    4. Promover la inscripcin al rgimen obligatorio de seguridad social por parte delos patrones, de todos sus trabajadores que no se encuentren afiliados.

    Acciones para promover la formalidad y

    disminuir la informalidad.

  • Para ello, se ha integrado un Grupo de Trabajo en cada entidad federativa, conformado por la STPS, el IMSS, la SHCP; con la participacin del INEGI, La Secretara de Economa, y Cmaras patronales y de trabajadores.

    El mismo establecer los mecanismos de

    acopio, intercambio y consulta de

    informacin necesarios en apoyo a los

    responsables de realizar las acciones para

    transitar a la formalizacin de las relaciones

    Adems, realizar el monitoreo, seguimiento

    y evaluacin de avance de las acciones

    realizadas, as como el reporte de progreso

    respecto al cumplimiento de la meta estatal

    en relacin al nmero de trabajadores

    formalizados registrados en el IMSS u otras

    instituciones de seguridad social de trabajo.

    Grupo de Trabajo

  • Por qu es importante el programa para la formalizacin del empleo?

    La informalidad laboral es una condicin que vulnera los derechos de los trabajadores y frena el crecimiento econmico del pas.

    Los trabajadores informales tienen acceso limitado a la seguridad social, incluidos los servicios de salud, perciben bajos salarios y trabajan en condiciones precarias de seguridad y salud.

    El Gobierno de la Repblica est comprometido a lograr que cada mexicano tenga un empleo formal, mejores ingresos y prestaciones sociales.

    Para tal fin se trabaja con polticas pblicas innovadoras y reformas transformadoras.

  • Las empresas formales tienen una productividad 45% mayor que los negocios informales, yaque la informalidad se caracteriza por ser una actividad de subsistencia, sin acceso a crdito,tecnologa y capacitacin, limitando la productividad de los negocios, su desarrollo y lageneracin de empleos formales.

    La informalidad se desenvuelve al margen de los sistemas contributivos, con menorrecaudacin de impuestos y aportaciones a los esquemas de previsin social, debilitando elgasto pblico y los sistemas de seguridad social y pensiones.

    La generacin de empleos formales de calidad es objetivo prioritario para que cada mexicanopueda tener acceso a un trabajo digno y a la seguridad social necesaria que le permita construirsu xito profesional.

  • Con este programa se tomarn las medidas necesarias para que, a este esfuerzo, se sumen

    todos los proveedores y contratistas de la Administracin Pblica Federal.

    En ese sentido, se trabajar para continuar avanzando en la simplificacin y desregulacin de

    los servicios que ofrece el IMSS, a fin de que sean ms accesibles, giles y transparentes.

  • Beneficios de la formalidad

    Con la inscripcin del trabajador, el mismo tiene acceso alseguro de riesgos de trabajo; de enfermedades ymaternidad; de invalidez y vida; de retiro, cesanta en edadavanzada y vejez; guarderas y prestaciones sociales,incapacidades, y diversas pensiones, adems de ayuda paragastos de matrimonio y funeral; lo que genera unaproteccin integral para ellos y su familia, evitando que eltrabajador afronte dichos gastos.

    El patrn al registrarse e inscribir a sus trabajadores ante elIMSS, es relevado del pago de los gastos que genera hacerfrente a un riesgo de trabajo, ya que es el propio elInstituto quien cubrira los gastos de atencin mdica,rehabilitacin, medicinas y otras erogaciones, evitando conello la descapitalizacin de la empresa.

  • Beneficios de la formalidad

    El inscribir a los trabajadores evita que se generen enormespasivos sociales con el tiempo, teniendo acceso a derechosy satisfactores bsicos como crdito para la vivienda yahorro para el retiro; para ello al trabajador se le generauna cuenta individual en la que durante su vida laboral seacumulan las cuotas y las aportaciones que realizan elpatrn, el gobierno y el propio trabajador.

    Al cumplir el patrn con sus obligaciones legales, evitar laimposicin de multas por parte de las autoridades laboralesy fiscales que pudieran afectar sus estados financieros.

    Genera ms ganancia para los patrones. En ningn caso lafalta de inscripcin de los trabajadores genera ms dineropara el patrn, sino todo lo contrario, ya que si ocurre algnriesgo de trabajo quien tendr que hacerse responsable delos gastos ser el propio patrn, generando con ms prdidaque ganancia.

  • Beneficios de la formalidad

    An cuando el trabajador est inscrito el patrn es responsable de cubrir los gastos por algnriesgo de trabajo que ocurra en sus instalaciones. Una vez que el trabajador ha quedado inscrito enel Seguro Social, queda protegido de cualquier eventualidad que ocurra, cubriendo los gastos ascomo la atencin mdica el propio instituto, ya que el pago de las cuotas otorga esos beneficios a lostrabajadores.

    Formalidad = Productividad

  • Inscripcin de los trabajadores ante el IMSS

    Quin debe realizarlo?

    El patrn, sujeto obligado o su representante legal, presentando la tarjeta

    de identificacin patronal y carta poder simple suscrita por el patrn o su

    representante legal.

    En qu casos?

    Cuando exista inscripcin de trabajador o sujeto de aseguramiento.

    Medio de presentacin del trmite

    Utilizando el formato: Aviso de Inscripcin del Trabajador AFIL-02

    publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 16 de noviembre de

    1999, en original y 2 copias.

  • Inscripcin de los trabajadores ante el IMSS

    A travs de qu medios?

    Por internet: http://idse.imss.gob.mx

    Personalmente ante las Subdelegaciones y Oficinas Administrativas en los Municipios de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes.

    Documentos que deben anexarse a la solicitud.

    1. Tarjeta de identificacin patronal.

  • Inscripcin de los trabajadores ante el IMSS

    Para realizar la inscripcin de trabajadores a travs de medios electrnicos se deber contar con Firma Electrnica, a fin de estar en posibilidad de realizar trmites y actuaciones electrnicas por Internet a travs del sistema IMSS Desde Su Empresa (IDSE), que produce los mismos efectos jurdicos que la firma autgrafa. Para ello es necesario contar con Certificado Digital, Nmero Patronal de Identificacin Electrnica (NPIE), usuario y contrasea, mismos que se obtienen al realizar la Solicitud de Certificado Digital.

    En caso de requerirlo el patrn, se podr solicitar Certificados Digitales Adicionales para que el personal que designe pueda realizar los trmites electrnicos que sern reconocidos por el patrn o sujeto obligado como propios y autnticos tales como:

    movimientos afiliatorios, consulta y confronta de emisin.

    De igual manera, con la firma digital, es posible controlar varios centros de trabajo con un Registro Patronal nico (RPU), as como operar bajo el esquema de Matriz y Sucursales.

    *Informacin recabada del sitio del IMSS, http://idse.imss.gob.mx/certificacion/

  • Nuevos subsidios para incentivar la formalizacin del empleo: IMSS

    Para tal efecto, el Presidente de la Repblica expidi el 8 de Abril de 2014 el Decreto por el que se Otorgan Estmulos para Promover la Incorporacin al Seguro Social, el cual entr en vigor el 1 de julio de 2014.

    Este Decreto otorga un subsidio, hasta por 10 aos, consistente en un descuento en elpago de las cuotas de Seguridad Social y Aportaciones al Fondo Nacional de la Viviendapara los Trabajadores y la facilidad para que el pago de las cuotas de Seguridad Socialpuedan ser cubiertas de manera bimestral.

    Podrn acceder a este subsidio:

    En el Rgimen Voluntario, los patrones con trabajadores asegurados a su servicio;trabajadores independientes no asalariados; ejidatarios, comuneros, colonos ypequeos propietarios;

    En el Rgimen Obligatorio, los trabajadores que presten un servicio remunerado,personal y subordinado a patrones personas fsicas sujetos al Rgimen deIncorporacin Fiscal.

  • Nuevos subsidios para incentivar la formalizacin del empleo: IMSS

    Los requisitos son:

    Que la empresa o patrn tribute en el Rgimen de Incorporacin Fiscal;

    Que el trabajador a asegurar, no haya cotizado en el IMSS o INFONAVIT, durante losveinticuatro meses previos a la fecha de la presentacin de la solicitud del subsidio.

    La Aplicacin del Subsidio se dar bajo dos modalidades:

    Rgimen obligatorio

    Tratndose de trabajadores asalariados obtendrn un descuento en sus cuotas yaportaciones de hasta tres salarios mnimos para el distrito federal;

    Rgimen voluntario

    En el caso de patrones con trabajadores asegurados a su servicio, del medio rural ourbano, as como trabajadores independientes obtendrn un descuento en sus cuotasque se calculan sobre la base de un salario mnimo para el Distrito Federal.

  • Nuevos subsidios para incentivar la formalizacin del empleo: IMSS

    El porcentaje del descuento se aplicar en funcin del ao de alta de los trabajadoresindependientes o patrones personas fsicas que tributen en el Rgimen de Incorporacin Fiscal(RIF), conforme a la siguiente tabla:

    Ao 1 Ao 2 Ao 3 Ao 4 Ao 5 Ao 6 Ao 7 Ao 8 Ao 9 Ao 10

    50% 50% 40% 40% 30% 30% 20% 20% 10% 10%

  • Los beneficios sern:

    1.- El acceso a las prestaciones en materia de Seguridad Social y Vivienda, con un costo menor.

    2.- Prestaciones en especie y dinero que prev la seguridad social para el asegurado y susbeneficiarios, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Seguro Social de acuerdo al tipo dergimen que se trate (Rgimen Obligatorio o Rgimen Voluntario).