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Enero 2020 TEMA 8

TEMA 8

RED EURES (EUROPEAN EMPLOYMENT SERVICES).

OBJETIVOS DE LA RED. NORMATIVA. REGLAMENTO.

ESTRUCTURA. CATÁLOGO DE SERVICIOS. ORGANIZACIÓN

EURES EN ESPAÑA-COMUNIDADES AUTÓNOMAS. MIEMBROS

Y SOCIOS DE LA RED EURES EN ESPAÑA: SISTEMA

NACIONAL DE ADMISIÓN. PORTAL EURES. AYUDAS PARA

POTENCIAR LA MOVILIDAD LABORAL EN EUROPA: YOUR

FIRST EURES JOB. PROGRAMA REACTIVATE. PROGRAMA

CUERPO EUROPEO DE SOLIDARIDAD. ESCO CLASIFICACIÓN

EUROPEA DE OCUPACIONES, COMPETENCIAS Y

CUALIFICACIONES.

Este material es propiedad del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) estando disponible en la página web del Organismo. Están protegidos por los correspondientes derechos de propiedad e industrial.

Se autoriza su reproducción siempre que se garantice la gratuidad de su distribución, así como la expresa referencia al SEPE. Queda totalmente prohibido su uso y distribución con fines comerciales, así como cualquier transformación o actividad similar o análoga. En consecuencia, no está permitido suprimir, eludir o manipular el presente aviso de derechos de autor, y cualesquiera otros datos de identificación de los derechos del SEPE.

Estos temas han sido elaborados por distintos expertos/as, coordinados por la Subdirección General de Recursos y Organización del SEPE, con el objeto de proporcionar una ayuda a los candidatos/as en la preparación de las pruebas selectivas de acceso a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Empleo.

Se advierte que constituyen un material de apoyo de carácter orientativo, que en modo alguno agota la materia de la que trata, ni ha de entenderse como garantía de superación de las pruebas. El contenido de los temas no compromete al órgano de selección, que está sometido únicamente a las reglas, baremos o valoraciones de aplicación al proceso selectivo. Por otro lado, el SEPE no se obliga a la actualización permanente de su contenido.

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EURES es una red de cooperación creada para facilitar la libre circulación de

trabajadores dentro de los 28 Estados miembros de la UE, Suiza, Islandia,

Liechtenstein y Noruega.

La libre circulación de los trabajadores es uno de los fundamentos de la Unión,

(artículo 45 del TFUE). La libre circulación de los trabajadores es una libertad

fundamental de los ciudadanos de la Unión y uno de los pilares del mercado interior,

consagrado en el artículo 45 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

(TFUE). Su aplicación ha sido desarrollada por el Derecho de la Unión, con el fin de

garantizar el pleno ejercicio de los derechos conferidos a los ciudadanos de la Unión y

a los miembros de sus familias. La libre circulación de los trabajadores es uno de los

elementos clave para el desarrollo de un mercado laboral de la Unión más integrado,

incluidas las regiones transfronterizas, lo que permite una mayor movilidad de los

trabajadores, aumentando así la diversidad y contribuyendo a la inclusión e integración

sociales en toda la Unión de las personas excluidas del mercado laboral. También

contribuye a hallar las capacidades adecuadas para puestos vacantes y a superar los

cuellos de botella del mercado de trabajo.

La red está compuesta por la Oficina Europea de Coordinación, las Oficinas

Nacionales de Coordinación, los socios y miembros de EURES.

Los socios/miembros de la red pueden ser servicios públicos de empleo, servicios

privados de empleo, sindicatos, organizaciones patronales y otros agentes del

mercado laboral. Los socios /miembros facilitan información y ofrecen servicios de

colocación y contratación a los empleadores y a los solicitantes de empleo mientras

que las Oficinas de Coordinación, tanto europea como nacionales, supervisan la

organización de actividades a escala europea y nacional respectivamente.

Asimismo, EURES desempeña una función importante en la facilitación de información

específica y ofrece servicios de colocación que redundan en beneficio de los

empleadores y trabajadores fronterizos de las regiones transfronterizas europeas.

EURES ofrece sus servicios a través de su portal y de una red humana que cuenta

con aproximadamente 1 000 consejeros EURES que están en contacto permanente

con solicitantes de empleo y empleadores de toda Europa.

1. RED EURES (EUROPEAN EMPLOYMENT SERVICES)

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Es un servicio público y gratuito. Dirigido a trabajadores y empresarios

1.1. OBJETIVOS DE LA RED EURES

La red EURES contribuirá, dentro de sus ámbitos de actuación, a los siguientes

objetivos:

a) facilitar el ejercicio de los derechos conferidos por el artículo 45 del TFUE referidos

a la libertad de circulación de los trabajadores

b) Aplicar la estrategia coordinada para el empleo y, en particular, para la promoción

de una mano de obra capacitada, formada y adaptable, de conformidad con el

(artículo 145 del TFUE)

c) Mejorar el funcionamiento, la cohesión e integración de los mercados de trabajo en

la Unión, también a nivel transfronterizo;

d) Fomentar una movilidad geográfica y profesional voluntaria dentro de la Unión, con

inclusión de las regiones transfronterizas, de forma equitativa y cumpliendo lo

dispuesto en la legislación de la Unión y en la legislaciones nacionales;

e) Apoyar las transiciones al mercado de trabajo promoviendo así los objetivos

sociales y de empleo.

1.2. NORMATIVA EURES

Tratado de Funcionamiento de la UE. Tratado de la Unión Europea y Tratado

de Funcionamiento de la Unión Europea 2012/C 326/01

Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de

2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al acceso de los

trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de

trabajo.

El Real Decreto 2017/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional

de admisión de miembros y socios de la red EURES en España.

1.3. REGLAMENTO (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de

abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al acceso

de los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los

mercados de trabajo.

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Contempla:

Las nuevas pautas de movilidad

La mayor exigencia de una movilidad equitativa

Los cambios en la tecnología de intercambio de datos

El uso de una variedad de canales de contratación por los trabajadores y los

empresarios

Un papel importante de otros agentes del mercado laboral, junto con los

servicios públicos de empleo (SPE), en la prestación de servicios de

contratación

Apertura y ampliación de la Red EURES a nuevos Miembros y Socios

El Reglamento establece un marco de cooperación para facilitar el ejercicio de la libre

circulación de trabajadores dentro de la Unión, de conformidad con el artículo 45 del

TFUE, mediante la fijación de principios y normas sobre:

a) la organización de la red EURES entre la Comisión y los Estados miembros;

b) la cooperación entre la Comisión y los Estados miembros en lo que respecta a la

puesta en común de los datos disponibles pertinentes sobre las ofertas de empleo, las

demandas de empleo y los curriculum vitae (CV);

c) las acciones llevadas a cabo por los Estados miembros y entre ellos para conseguir

un equilibrio entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo, con vistas a

conseguir un alto nivel de empleo de calidad;

d) el funcionamiento de la red EURES, incluida la cooperación con los agentes

sociales y la participación de otros actores;

e) los servicios de apoyo a la movilidad relacionados con el funcionamiento de la red

EURES que deben facilitarse a los trabajadores y los empresarios, promoviendo

también así la movilidad de forma equitativa;

f) la promoción de la red EURES a escala de la Unión a través de medidas de

comunicación eficaces adoptadas por la Comisión y los Estados miembros.

La actividad de EURES está fundamentada en una red humana estructurada a través

de miembros y socios y el PORTAL EURES. El reglamento EURES describe las

características del portal EURES como plataforma informática común, definiendo su

organización, el acceso y la clasificación europea de Ocupaciones y Competencias en

los siguientes términos:

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1.4. ESTRUCTURA DE LA RED EURES

La red EURES incluirá las siguientes categorías de organizaciones:

Oficina Europea de Coordinación, ECO, establecida dentro de la Comisión

Europea, que será responsable de asistir a la red EURES en el desempeño de sus

actividades, con las siguientes actividades, en estrecha colaboración con las ONCs:

a) formular un marco coherente y actividades de apoyo horizontal en beneficio de la

red EURES, entre ellas:

i) el mantenimiento y desarrollo del portal EURES, y los correspondientes servicios

informáticos, incluidos los sistemas y procedimientos para el intercambio de ofertas

de empleo, demandas de empleo, CV y documentos justificativos, y otra

información, en cooperación con otros servicios o redes e iniciativas de

información y asesoramiento pertinentes de la Unión,

ii) actividades de información y comunicación sobre la red EURES,

iii) un programa común de formación y desarrollo profesional permanente para el

personal de los miembros y los socios de EURES y de las ONC que garantice los

conocimientos especializados necesarios,

iv) un servicio de asistencia que apoye al personal de los miembros y socios de

EURES y de las ONC, en particular al personal que está en contacto directo con

los trabajadores y los empleadores,

v) la facilitación de la creación de redes, el intercambio de buenas prácticas y el

aprendizaje mutuo en la red EURES;

b) el análisis de la movilidad geográfica y laboral, teniendo en cuenta las distintas

situaciones de los Estados miembros;

c) el desarrollo de una estructura adecuada para la cooperación y la casación de oferta

y demanda en la Unión sobre los períodos de aprendizaje y de prácticas.

2. La Oficina Europea de Coordinación será gestionada por la Comisión y mantendrá

un diálogo periódico con los representantes de los interlocutores sociales a escala de

la Unión.

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3. La Oficina Europea de Coordinación elaborará sus programas de trabajo

plurianuales en consulta con el Grupo de Coordinación

Oficinas Nacionales de Coordinación EURES (ONC), responsables de la aplicación

del presente Reglamento en el Estado miembro, son designadas por los Estados

miembros. En España es el Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE

1. En el marco de lo establecido en el Reglamento EURES, cada ONC será

responsable de:

a. la organización de los trabajos relativos a la red EURES en el Estado miembro

correspondiente, que incluirá garantizar la transferencia coordinada al portal

EURES de información sobre las ofertas y demandas de empleo, así como

sobre los CV, a través de un único canal coordinado;

b. la cooperación con los Estados miembros y la Comisión en lo que respecta a la

compensación de ofertas y demandas de empleo;

c. proporcionar información a la Oficina Europea de Coordinación sobre

discrepancias entre el número de ofertas de empleo notificadas y el número

total de ofertas de empleo a escala nacional;

d. la coordinación de las acciones llevadas cabo dentro del Estado miembro de

que se trate y junto con otros Estados miembros,

2. Cada ONC organizará la aplicación a escala nacional de las actividades

horizontales de apoyo prestadas por la Oficina Europea de Coordinación

Las actividades horizontales de apoyo incluirán, en particular:

a. a efectos de publicación, en particular en el portal EURES, la recogida y

validación de información actualizada sobre miembros y socios de EURES

establecidos en el territorio nacional de la ONC, sus actividades y el alcance de

los servicios de apoyo que prestan a los trabajadores y los empleadores;

b. la realización de actividades de formación preparatoria relativa al

funcionamiento de EURES, la selección del personal para participar en el

programa de formación común y en las actividades de aprendizaje mutuo;

c. la recogida y el análisis de los datos relativos al plan de actividades e informe

final anual.

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3. Publicación en el portal EURES, en interés de los trabajadores y de los

empresarios, cada ONC dará a conocer, actualizará periódicamente y difundirá con

la debida antelación la información y orientación disponibles a escala nacional

sobre la situación en dicho Estado miembro sobre:

a. las condiciones de vida y de trabajo, con inclusión de información general

sobre seguridad social y pago de impuestos;

b. los procedimientos administrativos pertinentes en relación con el empleo y las

normas que sean aplicables a los trabajadores en el momento de aceptar un

empleo;

c. su marco normativo nacional en materia de períodos de aprendizaje y de

prácticas y las normas e instrumentos existentes en la Unión;

d. el acceso a la formación profesional;

e. la situación de los trabajadores fronterizos, en particular en las regiones

transfronterizas;

f. la asistencia después de la contratación en general y la información sobre el

modo de obtener dicha asistencia dentro de la red EURES, y cuando se

disponga de tal información, fuera de la misma.

4. Las ONC intercambiarán información sobre los mecanismos y las normas a que se

refiere el artículo 17, apartado 5, así como sobre las normas relativas a la

seguridad y la protección de los datos que sean pertinentes para la plataforma

informática común.

5. Cooperarán entre ellas y con la Oficina Europea de Coordinación, en particular con

respecto a las reclamaciones y a las ofertas de empleo que se considera que no

cumplen con las normas aplicables con arreglo a la legislación nacional.

6. Cada ONC prestará apoyo general a los miembros y socios de EURES en lo que

respecta a la colaboración con sus homólogos de otros Estados miembros, lo que

incluirá el asesoramiento a los miembros y socios de EURES sobre el modo de

tratar las reclamaciones en relación con ofertas de empleo y contrataciones a

través de EURES, así como sobre la cooperación con las autoridades públicas

competentes. Si las ONC disponen de la información, los resultados de los

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procedimientos de reclamación se transmitirán a la Oficina Europea de

Coordinación.

7. La ONC promoverá la colaboración con las partes interesadas, como los agentes

sociales, los servicios de orientación profesional, los centros de formación

profesional y las universidades, las cámaras de comercio, los servicios sociales y

las organizaciones que representan a grupos vulnerables en el mercado de trabajo

y las organizaciones que participan en programas de aprendizaje y de períodos de

prácticas.

Los miembros de EURES son:

Los SPE designados por los Estados miembros: En España todos los Servicios

Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas (SPEs de CCAA) y el Servicio

Público de Empleo Estatal, SEPE

Las organizaciones admitidas de conformidad con el Sistema Nacional de Admisión

que cada Estado miembro elabore. En España, a través de RD publicado en BOE

Los socios de EURES, de conformidad con el Sistema Nacional de Admisión que

cada Estado miembro elabore.

Los miembros y los socios de EURES contribuirán en lo concerniente a las tareas

para las que hayan sido designados y cumplirán con sus obligaciones a tenor del

Reglamento EURES y la normativa nacional establecida al efecto. Tareas a realizar:

a) contribuir al conjunto de ofertas de empleo del portal EURES;

b) contribuir al conjunto de demandas de empleo y de CV del portal EURES;

c) prestar servicios de apoyo a trabajadores y empresarios

Los miembros de EURES cumplimentarán todas las tareas mencionadas. Los socios

de EURES participarán en la red EURES con el cumplimiento de al menos una de las

tareas.

1.5. CATÁLOGO DE SERVICIOS

El catálogo de servicios está concebido como servicios de apoyo a los trabajadores, a

los empresarios y servicios posteriores a la contratación, con las siguientes

obligaciones de los miembros y socios EURES:

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a) Proporcionar asistencia a los servicios de apoyo de todos los trabajadores y

empresarios que lo soliciten.

b) Garantizar acceso efectivo a los servicios de apoyo, no solo garantizando que

dichos servicios estén disponibles a petición explícita de un trabajador o empresario

concretos, sino también facilitando, cuando proceda, por iniciativa propia, información

sobre EURES a los trabajadores y empresarios con ocasión de su primer contacto y

ofreciendo de forma proactiva asistencia en este ámbito durante todo el proceso de

contratación.

c) Indicar claramente a los trabajadores y a los empresarios, a través de sus canales

de información, la gama de servicios que prestan, así como las modalidades y

condiciones de acceso a los mismos. Dicha información se publicará en el portal

EURES.

d) Facilitar a los trabajadores y a los empresarios información básica relativa al portal

EURES, incluida la base de datos de demandas de empleo y de currículos e

información básica relativa a la Red EURES España, incluidos los datos de contacto

de los miembros y socios de EURES pertinentes en el plano nacional, información

sobre los canales de contratación que emplean (servicios electrónicos, servicios

personalizados, localización de los puntos de contacto) y los enlaces electrónicos

pertinentes, de un modo accesible y sencillo, así como remitir, cuando proceda, a los

trabajadores y a los empresarios a otro miembro o socio de EURES

e) Proporcionar, a instancias de un trabajador, información y orientación sobre las

oportunidades de empleo individuales y, en particular, ofrecerle los siguientes

servicios de apoyo:

1º Información general sobre las condiciones de vida y de trabajo en el país de

destino, o referencia a dicha información.

2º Orientación y asistencia.

3º Cuando proceda, asistencia en la redacción de las demandas de empleo y

los currículos, a fin de garantizar su conformidad con las normas y los formatos

técnicos y asistencia para su introducción en el portal EURES.

4º Cuando proceda, estudiar la posibilidad de una colocación dentro de la

Unión como parte de un plan de acción individual, o respaldar la elaboración de

un plan de movilidad individual como medio para conseguir una colocación

dentro de la Unión.

5º En su caso, remitir al trabajador a otro miembro o socio de EURES.

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f) Proporcionar, previa solicitud razonable de un trabajador, asistencia complementaria

y otros servicios adicionales, teniendo en cuenta las necesidades del trabajador.

g) Proporcionar, previa solicitud de un empresario, información y orientación sobre las

oportunidades de contratación y, en particular, ofrecerle los siguientes servicios de

apoyo a los empresarios:

1º Información sobre normas específicas relativas a la contratación desde otro

Estado miembro y sobre los factores que puedan facilitar dicha contratación.

2º Cuando proceda, información y asistencia en la redacción de los requisitos

individuales del puesto en una oferta de empleo, así como para garantizar su

conformidad con las normas y los formatos técnicos europeos.

h) Proporcionar, previa solicitud de un empresario y cuando exista una probabilidad

razonable de contratación en la Unión, asistencia complementaria y otros servicios

adicionales, teniendo presentes las necesidades del empresario. Asimismo, previa

petición, los miembros, y en su caso los socios, de EURES prestarán una orientación

individual para la formulación de requisitos para las ofertas de empleo

i) Facilitar, previa solicitud de un trabajador o de un empresario, los siguientes

servicios de asistencia posterior a la contratación:

1º Información general sobre la asistencia posterior a la contratación, como la

formación en materia de comunicación intercultural, cursos de idiomas y apoyo

con miras a la integración, incluida la información general relativa a las

oportunidades de empleo para los miembros de la familia del trabajador.

2º En lo posible, los datos de contacto de las organizaciones que ofrezcan

asistencia posterior a la contratación.

Los miembros y, cuando proceda, los socios de EURES podrán prestar de

forma directa la asistencia posterior a la contratación a los trabajadores o los

empresarios, pudiendo percibir un contraprestación por estos servicios,

debiendo informar de forma clara y precisa sobre cualquier posible coste.

j) Remitir, a petición de un trabajador o de un empresario, las peticiones de

información específica sobre los derechos en materia de seguridad social, medidas

activas del mercado de trabajo, fiscalidad, aspectos relativos al contrato de trabajo,

derechos de pensión y seguro de enfermedad a las autoridades nacionales

competentes y, en su caso, a otros organismos apropiados en el plano nacional que

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apoyen a los trabajadores en el ejercicio de sus derechos en el marco de la libre

circulación.

k) En caso de que, en regiones transfronterizas, miembros o socios de EURES

participen en estructuras específicas de cooperación y de servicio, como las

asociaciones transfronterizas, facilitarán a los trabajadores y empresarios fronterizos

información relacionada con la situación particular de los trabajadores fronterizos que

sea pertinente para los empresarios en tales regiones, de acuerdo con lo establecido

en el artículo 27.1 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del

Consejo, de 13 de abril de 2016.

1.6. ORGANIZACIÓN EURES EN ESPAÑA- COMUNIDADES AUTÓNOMAS

En la actualidad, la Red EURES España está formada por:

Oficina Nacional de Coordinación EURES: Servicio Público de Empleo Estatal,

SEPE

Miembros EURES España: Los 17 Servicios de Empleo Públicos de las

Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE.

115 personas como Consejeros y Consejeras EURES y Responsables EURES

de CCAA todos ellos personal de los Servicios Públicos de Empleo.

Los nuevos miembros y socios se incorporarán según El Real Decreto

2017/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de

admisión de miembros y socios de la red EURES en España.

1.7. MIEMBROS Y SOCIOS DE LA RED EURES EN ESPAÑA: SISTEMA

NACIONAL DE ADMISIÓN.

El Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de

admisión de miembros y socios de la Red EURES en España constituye la base legal.

En el Capítulo I se hace referencia a la definición de los miembros y los socios de

EURES, la autorización, la Oficina Nacional de Coordinación de la red EURES en

España, y los SPE como miembros de EURES en España.

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El Capítulo II describe el régimen jurídico, la gratuidad de la prestación de servicios,

las obligaciones de los miembros y socios EURES en función de las tareas a

desarrollar, el espacio EURES de los miembros y socios de EURES España en los

SPE, y el seguimiento y análisis.

El Capítulo III gira en torno al procedimiento para la concesión, conversión de socio a

miembro o viceversa y extinción de la autorización de la condición de miembros y

socios de EURES España.

Los Servicios Públicos de Empleo de las comunidades autónomas son miembros

de EURES España, para ello se siguió el siguiente procedimiento de designación:

o Comunicación por parte del SEPE, como Oficina Nacional de Coordinación

EURES España, a los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades

Autónomas las condiciones para ser miembro de la red EURES en España, según

el Artículo 10 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del

Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo

(EURES), que establece la designación de los SPE como miembros de EURES.

o Confirmación de los 17 SPE de las CCAA de España asumiendo el cumplimiento

de obligaciones para ser miembros de la red EURES España.

o Comunicación a la CE por parte del SEPE de los nuevos miembros de EURES

España, según el Artículo 11.6 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento

Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de

servicios de empleo (EURES.

En la Extranet del Portal EURES se encuentran publicados los datos de los miembros

de EURES España, actualmente los 17 SPE de CCAA más el SEPE como Oficina

Nacional de Coordinación de la red EURES España:

https://ec.europa.eu/eures/extranet/group/extranet/learn-knowledge-base/-

/wiki/Main/Spain

Trabajo conjunto con los Agentes Sociales: A petición de los Agentes Sociales en

España se ha elaborado una Guía para miembros y socios de la red EURES en

España, en la que se describe la red EURES, así como el Reglamento EURES, y se

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aportan una serie de instrucciones prácticas sobre el Sistema Nacional de Admisión de

miembros y socios de la red EURES en España.

SISTEMA NACIONAL DE ADMISIÓN en el Espacio EURES, como área informática

común, en la web del Sistema Nacional de Empleo.

https://www.sistemanacionalempleo.es/espacio-eures.html incluye:

Q Procedimiento de Solicitud de nuevos miembros y socios, según formulario común

en todas las CCAA.

Q Procedimiento de alta y baja de miembros y socios EURES en España.

Q Procedimiento de modificación de miembros y socios EURES en España.

Q Procedimiento informático para la transferencia de datos del Sistema de Medición

del Rendimiento (PMS: Performance Measurement System). Tal y como se recoge

en el Artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del

Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo

(EURES), los Estados miembros garantizarán la existencia de procedimientos de

recogida de datos relativos a las siguientes áreas de actividad EURES realizadas a

escala nacional:

- Información y orientación sobre el número de contactos con trabajadores y

empleadores.

- Resultados en materia de empleo: colocaciones y contrataciones resultantes

de las actividades de EURES, así como el número de ofertas de empleo,

demandas de empleo y CV tratados y procesados por los miembros y socios

de EURES.

- Resultados sobre la satisfacción de los usuarios con la red EURES.

- Además de indicadores de red (satisfacción de los usuarios, formación, redes

sociales, eventos EURES.)

Q Procedimiento informático para la comunicación de Plan de Actividades Anual de

cada miembro y socio EURES en España. De acuerdo con el Artículo 31 del

Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril

de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), las ONC

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elaborarán anualmente programas de trabajo relativos a las actividades de la red

EURES en sus Estados miembros. Los miembros y socios de EURES España

deberán reportar a la ONC sus Planes de Actividad Anual dentro del período

comprendido entre octubre y diciembre del año anterior al Plan de Actividades en

cuestión. Estos Planes de Actividad Anual incluyen la estimación de datos de los

indicadores incluidos en cada una de las actividades, en consonancia con los

indicadores establecidos en el Sistema de Medición del Rendimiento (PMS:

Performance Measurement System).

Q Procedimiento para la comunicación del Informe Final Anual de cada miembro y

socio EURES en España. Los miembros y socios de EURES España deberán

reportar a la ONC los resultados totales de aquellas actividades recogidas en el

Plan de Actividades Anual.

Q Procedimiento para la transferencia de ofertas y demandas de los miembros y

socios al portal EURES. Tal y como se establece en el Artículo 18 del Reglamento

(UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016,

relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), los miembros y socios

de la Red EURES transferirán la información sobre ofertas y demandas de empleo,

así como sobre los CV a través de un único canal coordinado. En el caso de

EURES España, la transferencia de información se hará a través de la base de

datos de consolidación nacional del Sistema Nacional de Empleo.

1.8. PORTAL EURES

El Portal EURES: http://ec.europa.eu/eures/ está considerado un gran instrumento

de apoyo a la movilidad laboral en Europa.

Tiene varias secciones dirigidas a personas que buscan trabajo y a empresas que

buscan candidatos para sus ofertas de empleo así como a profesionales de la

intermediación laboral.

El portal EURES cuenta con más de 3 millones de puestos de empleo clasificados

por: País, Tipo de contrato, Duración del contrato, Nivel educativo, Experiencia

profesional.

Los candidatos pueden incorporar su currículum, CV, especificando sus

características competencias para que el encuentro entre oferta de empleo y demanda

sea lo más ajustada posible

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El portal EURES tiene una sección sobre Vida y Trabajo con información detallada

por país para facilitar el traslado al extranjero proporcionando con antelación toda la

información posible. También indica en qué sectores existe un significativo

desequilibrio entre ofertas de trabajo y candidatos, tanto a corto como a largo plazo.

A pesar de que el derecho a residir y trabajar en otro país de la UE es una de las

libertades fundamentales de la UE (que se aplica igualmente en Noruega, Islandia,

Liechtenstein y Suiza en virtud de los acuerdos del EEE y la AELC), los ciudadanos de

algunos de los nuevos países de la UE están sujetos a ciertas normas transitorias.

Puede hallar más información sobre la aplicación de estos acuerdos transitorios en los

distintos países EURES en la sección «Libre circulación», o en el siguiente enlace:

http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=466&langId=es

Para personas que dedican algún tiempo a trabajar para su empresa fuera del Estado

miembro en el que suele trabajar como «trabajador desplazado» se puede encontrar

información sobre las normas que regulan las condiciones de trabajo en la sección

«Trabajadores desplazados» del portal Europa.

El portal da acceso a la Plataforma Europea on-line de Job Days. EOJD

http://www.europeanjobdays.eu Este portal permite la puesta en marcha y

organización de eventos y ferias de empleo virtuales.

El portal da acceso a las páginas web EURES de todos los países, en España:

web en el Servicio Público de Empleo Estatal http://www.sepe.es/redEURES

EURES en las Redes Sociales

Facebook https://es-es.facebook.com/EuresSpain

Twitter https://twitter.com/euresspain

Blog EURES España

EURES Spain Youtube

EURES Spain LInkedin

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2.1 Your First Eures Job/ Tu primer trabajo EURES (YFEJ)

Es una iniciativa de movilidad dirigida y co-financiada por la Comisión Europea, con el

objetivo de fomentar la movilidad laboral y de proporcionar a los trabajadores y a los

empleadores servicios de información y de orientación de forma gratuita. El programa

ofrece a jóvenes que buscan empleo, apoyo financiero para contribuir a gastos de

viaje y colocación.

Requisitos

Jóvenes entre 18 y 35 años.

Nacionales y residentes en algún país de la UE, Islandia y Noruega.

Que deseen ejercer la movilidad laboral hacia alguno de los países anteriormente

citados.

Puesto de trabajo ofertado por una duración mínima de 6 meses o de prácticas

laborales de 3 meses.

Ofrece

Orientación y asesoramiento a los trabajadores que desean realizar una movilidad

laboral en Europa, pero además ofrece a dichos candidatos ayudas económicas

para

Acudir a una entrevista de trabajo o prácticas

Instalarse en el país donde el candidato haya sido contratado

Realizar un curso de idiomas que permita al candidato mejorar sus

competencias lingüísticas y que le permita ampliar su posibilidades de

contratación

Convalidar títulos y formación

Necesidades especiales

Cómo solicitar

Red Humana: Consejeras y Consejeros EURES (más de 1000 en toda Europa)

Red Informática: Portal EURES Europa.https://ec.europa.eu/eures/public/es/homepage

2.2. Programa Reactivate

Este programa de ayudas a la movilidad laboral en Europa está inspirado en Tu

Primer Trabajo EURES, dirigido a trabajadores:

a) Mayores de 35 años

b) Ciudadanos y residentes en algún país de la UE28

c) Para trabajos o prácticas laborales de un mínimo de 6 meses en algún país

de la UE28

2. AYUDAS PARA POTENCIAR LA MOVILIDAD LABORAL EN EUROPA

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Ofrece

La mayor parte de las ayudas que contempla Reactivate y sus cuantías son

similares a las de Tu Primer Trabajo EURES:

Acudir a una entrevista de trabajo/prácticas laborales

Instalarse en el país donde el candidato haya sido contratado

Realizar un curso de idiomas que mejore sus competencias lingüísticas

Homologar títulos y formación

Necesidades especiales

Se añade como algo diferente el concepto de ayudas económicas y/o

de formación a los miembros de la familia que se desplacen con el

candidato que ha sido contratado.

2.3. Cuerpo de Solidaridad Europeo

El Cuerpo Europeo de Solidaridad es una iniciativa de la Unión Europea cuyo objetivo

es crear oportunidades para que los jóvenes trabajen como voluntarios o colaboren en

proyectos —en sus propios países o en el extranjero— que beneficien a comunidades

y ciudadanos de toda Europa.

El Cuerpo Europeo de Solidaridad tiene dos vertientes complementarias:

La vertiente de voluntariado ofrece a los jóvenes la oportunidad de prestar en otro

país un servicio voluntario a tiempo completo durante un período de entre dos y doce

meses. Se basa en el Servicio Voluntario Europeo (englobado en ERASMUS+) y otros

programas de financiación de la UE. En España lo coordina el INJUVE.

La vertiente ocupacional ofrece a los jóvenes una oportunidad de trabajo, prácticas o

aprendizaje en toda una serie de campos de actividad relacionados con la solidaridad

en los que se necesitan personas jóvenes, muy motivadas y mentalizadas sobre temas

sociales. Esta vertiente está financiada a través del Programa Europeo de Empleo e

Innovación Social (EaSI).

Los jóvenes contratados a través de la vertiente ocupacional del Cuerpo Europeo de

Solidaridad tendrán contrato de trabajo y se les remunerará de manera acorde con la

normativa salarial y los convenios colectivos vigentes en el país correspondiente.

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Estarán sujetos a la legislación laboral del país en el que trabajen. Las personas

contratadas como aprendices también tendrán contrato de trabajo.

Los jóvenes que soliciten estas ayudas deberán:

Tener entre 18 y 30 años

Ser nacional y residente en un país de la UE

Un trabajo que tenga una dimensión solidaria, esté localizado en un país

diferente a su país de residencia y una duración de entre 2 y 12 meses.

Las ayudas que pueden pedir los jóvenes a través de estos programas de ayudas a

la movilidad en Europa son las siguientes:

Ayudas para asistir a una entrevista de trabajo o prácticas en un país diferente

al país de residencia del candidato

Ayudas para la instalación si el candidato ha sido contratado en un país

diferente al de su residencia habitual

Ayudas para realizar un curso de idiomas

Ayudas para el reconocimiento de títulos y formación

Ayudas para necesidades especiales

Ayudas para el retorno al país de origen una vez finalizado el contrato de

trabajo o prácticas.

Para los aprendices se pueden ofrecer una dieta suplementaria mensual.

Las empresas pueden solicitar las ayudas de integración independientemente

de su tamaño o su estatus legal

Los proyectos del Cuerpo de Europeo de Solidaridad tendrán una duración

comprendida entre dos meses y un año, y se desarrollarán dentro de los Estados

miembros de la Unión Europea.

3. ESCO: Clasificación Europea de Capacidades/Competencias, Ocupaciones y

Cualificaciones.

ESCO es la clasificación europea multilingüe de ocupaciones,

capacidades/competencias y cualificaciones, forma parte de los objetivos a alcanzar

en la estrategia Europa 2020.

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Estructura de ESCO

La clasificación ESCO se compone de tres pilares que de manera conjunta pueden

ayudar a trabajadores, estudiantes y empleadores a la mejora del mercado laboral

europeo.

Pilar de las Ocupaciones. Compuesto por 2.942 ocupaciones. Cada ocupación

recoge un perfil profesional con una definición y explicación de la ocupación,

además enumera los conocimientos, capacidades y competencias que los

expertos consideran pertinentes para esta ocupación a escala europea. Las

ocupaciones ESCO tienen una relación directa con la Clasificación Internacional de

Ocupaciones ISCO (Grupo a 4 dígitos)

Pilar de las Capacidades/Competencias. Compuesto por 13.485

capacidades/competencias. Cada competencia tiene una definición y una

explicación del concepto. Se diferencian entre competencias específicas y

deseables en relación a una o varias ocupaciones.

Pilar de las Cualificaciones: Está en proceso de construcción. Incluirá todo tipo

de titulaciones y su principal referencia será el MEC ( Marco Europeo de

Cualificaciones ) o EQF (European Qualification Framework) Elemento esencial es

el Resultado de Aprendizaje.

La primera versión de ESCO fue publicada por la Comisión Europea el 28 de julio de

2017 conteniendo el pilar de ocupaciones y el pilar de competencias.

En la versión actual faltan por definir las cualificaciones asociadas a las ocupaciones y

competencias. Entre los diferentes usos y aplicaciones que la CE prevé para ESCO

está su utilización en el portal EURES para favorecer la movilidad de los trabajadores

europeos.

Base legal de ESCO

Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de

abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al

acceso de los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de

los mercados de trabajo. Art.19

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Artículo 19.Puesta en correspondencia automatizada a través de la plataforma

informática común

1. Los Estados miembros cooperarán entre sí y con la Comisión por lo que

respecta a la interoperabilidad entre los sistemas nacionales y la clasificación

europea elaborada por la Comisión. La Comisión informará a los Estados

miembros sobre la marcha de dicha clasificación.

2. La Comisión adoptará y actualizará, mediante actos de ejecución, la lista de

capacidades/competencias y ocupaciones de la clasificación europea…..

3. A efectos de la puesta en correspondencia automatizada a través de la

plataforma informática común, cada Estado miembro establecerá, sin

dilaciones indebidas y a más tardar en un plazo de tres años desde el

momento de la adopción de la lista contemplada en el apartado 2, un inventario

inicial para asegurar la correspondencia entre todas las clasificaciones

nacionales, regionales y sectoriales y esta lista, y, una vez introducido el uso

de dicho inventario mediante la aplicación proporcionada por la Oficina

Europea de Coordinación, lo actualizará regularmente a fin de que refleje la

evolución de los servicios de contratación.

4. Los Estados miembros podrán optar por sustituir sus clasificaciones nacionales

por la clasificación europea, una vez que esta se haya ultimado, o bien por

mantener sus sistemas de clasificación nacionales interoperables.

5. La Comisión prestará apoyo técnico, y cuando sea posible financiero, a los

Estados miembros cuando establezcan el inventario con arreglo al apartado 3,

así como a los Estados miembros que opten por sustituir sus clasificaciones

nacionales por la clasificación europea.

6. La Comisión adoptará, mediante actos de ejecución, las normas y los

formatos técnicos necesarios para el funcionamiento de la puesta en

correspondencia automatizada a través de la plataforma informática común

sirviéndose de la clasificación europea y de la interoperabilidad entre los

sistemas nacionales y la citada clasificación europea.

Acto de Ejecución (UE) 2018/1020 de la Comisión, de 18 de julio de 2018,

relativa a la adopción y la actualización de la lista de capacidades, competencias y

ocupaciones de la clasificación europea a efectos de la puesta en correspondencia

automatizada a través de la plataforma informática común.

Acto de Ejecución (UE) 2018/1021 de la Comisión, de 18 de julio de 2018,

relativa a la adopción de las normas y los formatos técnicos necesarios para el

funcionamiento de la puesta en correspondencia automatizada a través de la

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plataforma informática común utilizando la clasificación europea y la

interoperabilidad entre los sistemas nacionales y la clasificación europea.

Aspectos positivos de ESCO

Identifica y clasifica las ocupaciones, competencias y relevantes para el mercado

laboral de la UE, para la educación y para la formación, y muestra

sistemáticamente las relaciones existentes entre los diferentes conceptos.

Se ha desarrollado en un formato IT abierto y está disponible para su uso gratuito

por todos los estados miembros y organizaciones que lo soliciten.

Se puede acceder al sistema a través de la plataforma de servicio ESCO.

Es una herramienta útil de orientación profesional.

Aportará en un futuro bases de datos de oportunidades de aprendizaje.

Mejora la comunicación entre el sector de la educación y la formación y el mercado

laboral de la UE.

Apoya la movilidad geográfica y laboral en Europa.

Facilita el intercambio de datos entre empleadores, proveedores de educación y

solicitantes de empleo independientemente del idioma o país.

Está traducida y disponible en 26 lenguas europeas y en árabe.

Estas características representarán unos beneficios muy tangibles, derivados de su

uso, para las personas que desean realizar cambios en su carrera profesional, los

estudiantes, los solicitantes de empleo y los empleadores.