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Enero 2020 TEMA 8
TEMA 8
RED EURES (EUROPEAN EMPLOYMENT SERVICES).
OBJETIVOS DE LA RED. NORMATIVA. REGLAMENTO.
ESTRUCTURA. CATÁLOGO DE SERVICIOS. ORGANIZACIÓN
EURES EN ESPAÑA-COMUNIDADES AUTÓNOMAS. MIEMBROS
Y SOCIOS DE LA RED EURES EN ESPAÑA: SISTEMA
NACIONAL DE ADMISIÓN. PORTAL EURES. AYUDAS PARA
POTENCIAR LA MOVILIDAD LABORAL EN EUROPA: YOUR
FIRST EURES JOB. PROGRAMA REACTIVATE. PROGRAMA
CUERPO EUROPEO DE SOLIDARIDAD. ESCO CLASIFICACIÓN
EUROPEA DE OCUPACIONES, COMPETENCIAS Y
CUALIFICACIONES.
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EURES es una red de cooperación creada para facilitar la libre circulación de
trabajadores dentro de los 28 Estados miembros de la UE, Suiza, Islandia,
Liechtenstein y Noruega.
La libre circulación de los trabajadores es uno de los fundamentos de la Unión,
(artículo 45 del TFUE). La libre circulación de los trabajadores es una libertad
fundamental de los ciudadanos de la Unión y uno de los pilares del mercado interior,
consagrado en el artículo 45 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
(TFUE). Su aplicación ha sido desarrollada por el Derecho de la Unión, con el fin de
garantizar el pleno ejercicio de los derechos conferidos a los ciudadanos de la Unión y
a los miembros de sus familias. La libre circulación de los trabajadores es uno de los
elementos clave para el desarrollo de un mercado laboral de la Unión más integrado,
incluidas las regiones transfronterizas, lo que permite una mayor movilidad de los
trabajadores, aumentando así la diversidad y contribuyendo a la inclusión e integración
sociales en toda la Unión de las personas excluidas del mercado laboral. También
contribuye a hallar las capacidades adecuadas para puestos vacantes y a superar los
cuellos de botella del mercado de trabajo.
La red está compuesta por la Oficina Europea de Coordinación, las Oficinas
Nacionales de Coordinación, los socios y miembros de EURES.
Los socios/miembros de la red pueden ser servicios públicos de empleo, servicios
privados de empleo, sindicatos, organizaciones patronales y otros agentes del
mercado laboral. Los socios /miembros facilitan información y ofrecen servicios de
colocación y contratación a los empleadores y a los solicitantes de empleo mientras
que las Oficinas de Coordinación, tanto europea como nacionales, supervisan la
organización de actividades a escala europea y nacional respectivamente.
Asimismo, EURES desempeña una función importante en la facilitación de información
específica y ofrece servicios de colocación que redundan en beneficio de los
empleadores y trabajadores fronterizos de las regiones transfronterizas europeas.
EURES ofrece sus servicios a través de su portal y de una red humana que cuenta
con aproximadamente 1 000 consejeros EURES que están en contacto permanente
con solicitantes de empleo y empleadores de toda Europa.
1. RED EURES (EUROPEAN EMPLOYMENT SERVICES)
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Es un servicio público y gratuito. Dirigido a trabajadores y empresarios
1.1. OBJETIVOS DE LA RED EURES
La red EURES contribuirá, dentro de sus ámbitos de actuación, a los siguientes
objetivos:
a) facilitar el ejercicio de los derechos conferidos por el artículo 45 del TFUE referidos
a la libertad de circulación de los trabajadores
b) Aplicar la estrategia coordinada para el empleo y, en particular, para la promoción
de una mano de obra capacitada, formada y adaptable, de conformidad con el
(artículo 145 del TFUE)
c) Mejorar el funcionamiento, la cohesión e integración de los mercados de trabajo en
la Unión, también a nivel transfronterizo;
d) Fomentar una movilidad geográfica y profesional voluntaria dentro de la Unión, con
inclusión de las regiones transfronterizas, de forma equitativa y cumpliendo lo
dispuesto en la legislación de la Unión y en la legislaciones nacionales;
e) Apoyar las transiciones al mercado de trabajo promoviendo así los objetivos
sociales y de empleo.
1.2. NORMATIVA EURES
Tratado de Funcionamiento de la UE. Tratado de la Unión Europea y Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea 2012/C 326/01
Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de
2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al acceso de los
trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de
trabajo.
El Real Decreto 2017/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional
de admisión de miembros y socios de la red EURES en España.
1.3. REGLAMENTO (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de
abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al acceso
de los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los
mercados de trabajo.
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Contempla:
Las nuevas pautas de movilidad
La mayor exigencia de una movilidad equitativa
Los cambios en la tecnología de intercambio de datos
El uso de una variedad de canales de contratación por los trabajadores y los
empresarios
Un papel importante de otros agentes del mercado laboral, junto con los
servicios públicos de empleo (SPE), en la prestación de servicios de
contratación
Apertura y ampliación de la Red EURES a nuevos Miembros y Socios
El Reglamento establece un marco de cooperación para facilitar el ejercicio de la libre
circulación de trabajadores dentro de la Unión, de conformidad con el artículo 45 del
TFUE, mediante la fijación de principios y normas sobre:
a) la organización de la red EURES entre la Comisión y los Estados miembros;
b) la cooperación entre la Comisión y los Estados miembros en lo que respecta a la
puesta en común de los datos disponibles pertinentes sobre las ofertas de empleo, las
demandas de empleo y los curriculum vitae (CV);
c) las acciones llevadas a cabo por los Estados miembros y entre ellos para conseguir
un equilibrio entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo, con vistas a
conseguir un alto nivel de empleo de calidad;
d) el funcionamiento de la red EURES, incluida la cooperación con los agentes
sociales y la participación de otros actores;
e) los servicios de apoyo a la movilidad relacionados con el funcionamiento de la red
EURES que deben facilitarse a los trabajadores y los empresarios, promoviendo
también así la movilidad de forma equitativa;
f) la promoción de la red EURES a escala de la Unión a través de medidas de
comunicación eficaces adoptadas por la Comisión y los Estados miembros.
La actividad de EURES está fundamentada en una red humana estructurada a través
de miembros y socios y el PORTAL EURES. El reglamento EURES describe las
características del portal EURES como plataforma informática común, definiendo su
organización, el acceso y la clasificación europea de Ocupaciones y Competencias en
los siguientes términos:
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1.4. ESTRUCTURA DE LA RED EURES
La red EURES incluirá las siguientes categorías de organizaciones:
Oficina Europea de Coordinación, ECO, establecida dentro de la Comisión
Europea, que será responsable de asistir a la red EURES en el desempeño de sus
actividades, con las siguientes actividades, en estrecha colaboración con las ONCs:
a) formular un marco coherente y actividades de apoyo horizontal en beneficio de la
red EURES, entre ellas:
i) el mantenimiento y desarrollo del portal EURES, y los correspondientes servicios
informáticos, incluidos los sistemas y procedimientos para el intercambio de ofertas
de empleo, demandas de empleo, CV y documentos justificativos, y otra
información, en cooperación con otros servicios o redes e iniciativas de
información y asesoramiento pertinentes de la Unión,
ii) actividades de información y comunicación sobre la red EURES,
iii) un programa común de formación y desarrollo profesional permanente para el
personal de los miembros y los socios de EURES y de las ONC que garantice los
conocimientos especializados necesarios,
iv) un servicio de asistencia que apoye al personal de los miembros y socios de
EURES y de las ONC, en particular al personal que está en contacto directo con
los trabajadores y los empleadores,
v) la facilitación de la creación de redes, el intercambio de buenas prácticas y el
aprendizaje mutuo en la red EURES;
b) el análisis de la movilidad geográfica y laboral, teniendo en cuenta las distintas
situaciones de los Estados miembros;
c) el desarrollo de una estructura adecuada para la cooperación y la casación de oferta
y demanda en la Unión sobre los períodos de aprendizaje y de prácticas.
2. La Oficina Europea de Coordinación será gestionada por la Comisión y mantendrá
un diálogo periódico con los representantes de los interlocutores sociales a escala de
la Unión.
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3. La Oficina Europea de Coordinación elaborará sus programas de trabajo
plurianuales en consulta con el Grupo de Coordinación
Oficinas Nacionales de Coordinación EURES (ONC), responsables de la aplicación
del presente Reglamento en el Estado miembro, son designadas por los Estados
miembros. En España es el Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE
1. En el marco de lo establecido en el Reglamento EURES, cada ONC será
responsable de:
a. la organización de los trabajos relativos a la red EURES en el Estado miembro
correspondiente, que incluirá garantizar la transferencia coordinada al portal
EURES de información sobre las ofertas y demandas de empleo, así como
sobre los CV, a través de un único canal coordinado;
b. la cooperación con los Estados miembros y la Comisión en lo que respecta a la
compensación de ofertas y demandas de empleo;
c. proporcionar información a la Oficina Europea de Coordinación sobre
discrepancias entre el número de ofertas de empleo notificadas y el número
total de ofertas de empleo a escala nacional;
d. la coordinación de las acciones llevadas cabo dentro del Estado miembro de
que se trate y junto con otros Estados miembros,
2. Cada ONC organizará la aplicación a escala nacional de las actividades
horizontales de apoyo prestadas por la Oficina Europea de Coordinación
Las actividades horizontales de apoyo incluirán, en particular:
a. a efectos de publicación, en particular en el portal EURES, la recogida y
validación de información actualizada sobre miembros y socios de EURES
establecidos en el territorio nacional de la ONC, sus actividades y el alcance de
los servicios de apoyo que prestan a los trabajadores y los empleadores;
b. la realización de actividades de formación preparatoria relativa al
funcionamiento de EURES, la selección del personal para participar en el
programa de formación común y en las actividades de aprendizaje mutuo;
c. la recogida y el análisis de los datos relativos al plan de actividades e informe
final anual.
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3. Publicación en el portal EURES, en interés de los trabajadores y de los
empresarios, cada ONC dará a conocer, actualizará periódicamente y difundirá con
la debida antelación la información y orientación disponibles a escala nacional
sobre la situación en dicho Estado miembro sobre:
a. las condiciones de vida y de trabajo, con inclusión de información general
sobre seguridad social y pago de impuestos;
b. los procedimientos administrativos pertinentes en relación con el empleo y las
normas que sean aplicables a los trabajadores en el momento de aceptar un
empleo;
c. su marco normativo nacional en materia de períodos de aprendizaje y de
prácticas y las normas e instrumentos existentes en la Unión;
d. el acceso a la formación profesional;
e. la situación de los trabajadores fronterizos, en particular en las regiones
transfronterizas;
f. la asistencia después de la contratación en general y la información sobre el
modo de obtener dicha asistencia dentro de la red EURES, y cuando se
disponga de tal información, fuera de la misma.
4. Las ONC intercambiarán información sobre los mecanismos y las normas a que se
refiere el artículo 17, apartado 5, así como sobre las normas relativas a la
seguridad y la protección de los datos que sean pertinentes para la plataforma
informática común.
5. Cooperarán entre ellas y con la Oficina Europea de Coordinación, en particular con
respecto a las reclamaciones y a las ofertas de empleo que se considera que no
cumplen con las normas aplicables con arreglo a la legislación nacional.
6. Cada ONC prestará apoyo general a los miembros y socios de EURES en lo que
respecta a la colaboración con sus homólogos de otros Estados miembros, lo que
incluirá el asesoramiento a los miembros y socios de EURES sobre el modo de
tratar las reclamaciones en relación con ofertas de empleo y contrataciones a
través de EURES, así como sobre la cooperación con las autoridades públicas
competentes. Si las ONC disponen de la información, los resultados de los
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procedimientos de reclamación se transmitirán a la Oficina Europea de
Coordinación.
7. La ONC promoverá la colaboración con las partes interesadas, como los agentes
sociales, los servicios de orientación profesional, los centros de formación
profesional y las universidades, las cámaras de comercio, los servicios sociales y
las organizaciones que representan a grupos vulnerables en el mercado de trabajo
y las organizaciones que participan en programas de aprendizaje y de períodos de
prácticas.
Los miembros de EURES son:
Los SPE designados por los Estados miembros: En España todos los Servicios
Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas (SPEs de CCAA) y el Servicio
Público de Empleo Estatal, SEPE
Las organizaciones admitidas de conformidad con el Sistema Nacional de Admisión
que cada Estado miembro elabore. En España, a través de RD publicado en BOE
Los socios de EURES, de conformidad con el Sistema Nacional de Admisión que
cada Estado miembro elabore.
Los miembros y los socios de EURES contribuirán en lo concerniente a las tareas
para las que hayan sido designados y cumplirán con sus obligaciones a tenor del
Reglamento EURES y la normativa nacional establecida al efecto. Tareas a realizar:
a) contribuir al conjunto de ofertas de empleo del portal EURES;
b) contribuir al conjunto de demandas de empleo y de CV del portal EURES;
c) prestar servicios de apoyo a trabajadores y empresarios
Los miembros de EURES cumplimentarán todas las tareas mencionadas. Los socios
de EURES participarán en la red EURES con el cumplimiento de al menos una de las
tareas.
1.5. CATÁLOGO DE SERVICIOS
El catálogo de servicios está concebido como servicios de apoyo a los trabajadores, a
los empresarios y servicios posteriores a la contratación, con las siguientes
obligaciones de los miembros y socios EURES:
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a) Proporcionar asistencia a los servicios de apoyo de todos los trabajadores y
empresarios que lo soliciten.
b) Garantizar acceso efectivo a los servicios de apoyo, no solo garantizando que
dichos servicios estén disponibles a petición explícita de un trabajador o empresario
concretos, sino también facilitando, cuando proceda, por iniciativa propia, información
sobre EURES a los trabajadores y empresarios con ocasión de su primer contacto y
ofreciendo de forma proactiva asistencia en este ámbito durante todo el proceso de
contratación.
c) Indicar claramente a los trabajadores y a los empresarios, a través de sus canales
de información, la gama de servicios que prestan, así como las modalidades y
condiciones de acceso a los mismos. Dicha información se publicará en el portal
EURES.
d) Facilitar a los trabajadores y a los empresarios información básica relativa al portal
EURES, incluida la base de datos de demandas de empleo y de currículos e
información básica relativa a la Red EURES España, incluidos los datos de contacto
de los miembros y socios de EURES pertinentes en el plano nacional, información
sobre los canales de contratación que emplean (servicios electrónicos, servicios
personalizados, localización de los puntos de contacto) y los enlaces electrónicos
pertinentes, de un modo accesible y sencillo, así como remitir, cuando proceda, a los
trabajadores y a los empresarios a otro miembro o socio de EURES
e) Proporcionar, a instancias de un trabajador, información y orientación sobre las
oportunidades de empleo individuales y, en particular, ofrecerle los siguientes
servicios de apoyo:
1º Información general sobre las condiciones de vida y de trabajo en el país de
destino, o referencia a dicha información.
2º Orientación y asistencia.
3º Cuando proceda, asistencia en la redacción de las demandas de empleo y
los currículos, a fin de garantizar su conformidad con las normas y los formatos
técnicos y asistencia para su introducción en el portal EURES.
4º Cuando proceda, estudiar la posibilidad de una colocación dentro de la
Unión como parte de un plan de acción individual, o respaldar la elaboración de
un plan de movilidad individual como medio para conseguir una colocación
dentro de la Unión.
5º En su caso, remitir al trabajador a otro miembro o socio de EURES.
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f) Proporcionar, previa solicitud razonable de un trabajador, asistencia complementaria
y otros servicios adicionales, teniendo en cuenta las necesidades del trabajador.
g) Proporcionar, previa solicitud de un empresario, información y orientación sobre las
oportunidades de contratación y, en particular, ofrecerle los siguientes servicios de
apoyo a los empresarios:
1º Información sobre normas específicas relativas a la contratación desde otro
Estado miembro y sobre los factores que puedan facilitar dicha contratación.
2º Cuando proceda, información y asistencia en la redacción de los requisitos
individuales del puesto en una oferta de empleo, así como para garantizar su
conformidad con las normas y los formatos técnicos europeos.
h) Proporcionar, previa solicitud de un empresario y cuando exista una probabilidad
razonable de contratación en la Unión, asistencia complementaria y otros servicios
adicionales, teniendo presentes las necesidades del empresario. Asimismo, previa
petición, los miembros, y en su caso los socios, de EURES prestarán una orientación
individual para la formulación de requisitos para las ofertas de empleo
i) Facilitar, previa solicitud de un trabajador o de un empresario, los siguientes
servicios de asistencia posterior a la contratación:
1º Información general sobre la asistencia posterior a la contratación, como la
formación en materia de comunicación intercultural, cursos de idiomas y apoyo
con miras a la integración, incluida la información general relativa a las
oportunidades de empleo para los miembros de la familia del trabajador.
2º En lo posible, los datos de contacto de las organizaciones que ofrezcan
asistencia posterior a la contratación.
Los miembros y, cuando proceda, los socios de EURES podrán prestar de
forma directa la asistencia posterior a la contratación a los trabajadores o los
empresarios, pudiendo percibir un contraprestación por estos servicios,
debiendo informar de forma clara y precisa sobre cualquier posible coste.
j) Remitir, a petición de un trabajador o de un empresario, las peticiones de
información específica sobre los derechos en materia de seguridad social, medidas
activas del mercado de trabajo, fiscalidad, aspectos relativos al contrato de trabajo,
derechos de pensión y seguro de enfermedad a las autoridades nacionales
competentes y, en su caso, a otros organismos apropiados en el plano nacional que
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apoyen a los trabajadores en el ejercicio de sus derechos en el marco de la libre
circulación.
k) En caso de que, en regiones transfronterizas, miembros o socios de EURES
participen en estructuras específicas de cooperación y de servicio, como las
asociaciones transfronterizas, facilitarán a los trabajadores y empresarios fronterizos
información relacionada con la situación particular de los trabajadores fronterizos que
sea pertinente para los empresarios en tales regiones, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 27.1 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 13 de abril de 2016.
1.6. ORGANIZACIÓN EURES EN ESPAÑA- COMUNIDADES AUTÓNOMAS
En la actualidad, la Red EURES España está formada por:
Oficina Nacional de Coordinación EURES: Servicio Público de Empleo Estatal,
SEPE
Miembros EURES España: Los 17 Servicios de Empleo Públicos de las
Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE.
115 personas como Consejeros y Consejeras EURES y Responsables EURES
de CCAA todos ellos personal de los Servicios Públicos de Empleo.
Los nuevos miembros y socios se incorporarán según El Real Decreto
2017/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de
admisión de miembros y socios de la red EURES en España.
1.7. MIEMBROS Y SOCIOS DE LA RED EURES EN ESPAÑA: SISTEMA
NACIONAL DE ADMISIÓN.
El Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de
admisión de miembros y socios de la Red EURES en España constituye la base legal.
En el Capítulo I se hace referencia a la definición de los miembros y los socios de
EURES, la autorización, la Oficina Nacional de Coordinación de la red EURES en
España, y los SPE como miembros de EURES en España.
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El Capítulo II describe el régimen jurídico, la gratuidad de la prestación de servicios,
las obligaciones de los miembros y socios EURES en función de las tareas a
desarrollar, el espacio EURES de los miembros y socios de EURES España en los
SPE, y el seguimiento y análisis.
El Capítulo III gira en torno al procedimiento para la concesión, conversión de socio a
miembro o viceversa y extinción de la autorización de la condición de miembros y
socios de EURES España.
Los Servicios Públicos de Empleo de las comunidades autónomas son miembros
de EURES España, para ello se siguió el siguiente procedimiento de designación:
o Comunicación por parte del SEPE, como Oficina Nacional de Coordinación
EURES España, a los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades
Autónomas las condiciones para ser miembro de la red EURES en España, según
el Artículo 10 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo
(EURES), que establece la designación de los SPE como miembros de EURES.
o Confirmación de los 17 SPE de las CCAA de España asumiendo el cumplimiento
de obligaciones para ser miembros de la red EURES España.
o Comunicación a la CE por parte del SEPE de los nuevos miembros de EURES
España, según el Artículo 11.6 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de
servicios de empleo (EURES.
En la Extranet del Portal EURES se encuentran publicados los datos de los miembros
de EURES España, actualmente los 17 SPE de CCAA más el SEPE como Oficina
Nacional de Coordinación de la red EURES España:
https://ec.europa.eu/eures/extranet/group/extranet/learn-knowledge-base/-
/wiki/Main/Spain
Trabajo conjunto con los Agentes Sociales: A petición de los Agentes Sociales en
España se ha elaborado una Guía para miembros y socios de la red EURES en
España, en la que se describe la red EURES, así como el Reglamento EURES, y se
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aportan una serie de instrucciones prácticas sobre el Sistema Nacional de Admisión de
miembros y socios de la red EURES en España.
SISTEMA NACIONAL DE ADMISIÓN en el Espacio EURES, como área informática
común, en la web del Sistema Nacional de Empleo.
https://www.sistemanacionalempleo.es/espacio-eures.html incluye:
Q Procedimiento de Solicitud de nuevos miembros y socios, según formulario común
en todas las CCAA.
Q Procedimiento de alta y baja de miembros y socios EURES en España.
Q Procedimiento de modificación de miembros y socios EURES en España.
Q Procedimiento informático para la transferencia de datos del Sistema de Medición
del Rendimiento (PMS: Performance Measurement System). Tal y como se recoge
en el Artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo
(EURES), los Estados miembros garantizarán la existencia de procedimientos de
recogida de datos relativos a las siguientes áreas de actividad EURES realizadas a
escala nacional:
- Información y orientación sobre el número de contactos con trabajadores y
empleadores.
- Resultados en materia de empleo: colocaciones y contrataciones resultantes
de las actividades de EURES, así como el número de ofertas de empleo,
demandas de empleo y CV tratados y procesados por los miembros y socios
de EURES.
- Resultados sobre la satisfacción de los usuarios con la red EURES.
- Además de indicadores de red (satisfacción de los usuarios, formación, redes
sociales, eventos EURES.)
Q Procedimiento informático para la comunicación de Plan de Actividades Anual de
cada miembro y socio EURES en España. De acuerdo con el Artículo 31 del
Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril
de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), las ONC
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elaborarán anualmente programas de trabajo relativos a las actividades de la red
EURES en sus Estados miembros. Los miembros y socios de EURES España
deberán reportar a la ONC sus Planes de Actividad Anual dentro del período
comprendido entre octubre y diciembre del año anterior al Plan de Actividades en
cuestión. Estos Planes de Actividad Anual incluyen la estimación de datos de los
indicadores incluidos en cada una de las actividades, en consonancia con los
indicadores establecidos en el Sistema de Medición del Rendimiento (PMS:
Performance Measurement System).
Q Procedimiento para la comunicación del Informe Final Anual de cada miembro y
socio EURES en España. Los miembros y socios de EURES España deberán
reportar a la ONC los resultados totales de aquellas actividades recogidas en el
Plan de Actividades Anual.
Q Procedimiento para la transferencia de ofertas y demandas de los miembros y
socios al portal EURES. Tal y como se establece en el Artículo 18 del Reglamento
(UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016,
relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), los miembros y socios
de la Red EURES transferirán la información sobre ofertas y demandas de empleo,
así como sobre los CV a través de un único canal coordinado. En el caso de
EURES España, la transferencia de información se hará a través de la base de
datos de consolidación nacional del Sistema Nacional de Empleo.
1.8. PORTAL EURES
El Portal EURES: http://ec.europa.eu/eures/ está considerado un gran instrumento
de apoyo a la movilidad laboral en Europa.
Tiene varias secciones dirigidas a personas que buscan trabajo y a empresas que
buscan candidatos para sus ofertas de empleo así como a profesionales de la
intermediación laboral.
El portal EURES cuenta con más de 3 millones de puestos de empleo clasificados
por: País, Tipo de contrato, Duración del contrato, Nivel educativo, Experiencia
profesional.
Los candidatos pueden incorporar su currículum, CV, especificando sus
características competencias para que el encuentro entre oferta de empleo y demanda
sea lo más ajustada posible
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El portal EURES tiene una sección sobre Vida y Trabajo con información detallada
por país para facilitar el traslado al extranjero proporcionando con antelación toda la
información posible. También indica en qué sectores existe un significativo
desequilibrio entre ofertas de trabajo y candidatos, tanto a corto como a largo plazo.
A pesar de que el derecho a residir y trabajar en otro país de la UE es una de las
libertades fundamentales de la UE (que se aplica igualmente en Noruega, Islandia,
Liechtenstein y Suiza en virtud de los acuerdos del EEE y la AELC), los ciudadanos de
algunos de los nuevos países de la UE están sujetos a ciertas normas transitorias.
Puede hallar más información sobre la aplicación de estos acuerdos transitorios en los
distintos países EURES en la sección «Libre circulación», o en el siguiente enlace:
http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=466&langId=es
Para personas que dedican algún tiempo a trabajar para su empresa fuera del Estado
miembro en el que suele trabajar como «trabajador desplazado» se puede encontrar
información sobre las normas que regulan las condiciones de trabajo en la sección
«Trabajadores desplazados» del portal Europa.
El portal da acceso a la Plataforma Europea on-line de Job Days. EOJD
http://www.europeanjobdays.eu Este portal permite la puesta en marcha y
organización de eventos y ferias de empleo virtuales.
El portal da acceso a las páginas web EURES de todos los países, en España:
web en el Servicio Público de Empleo Estatal http://www.sepe.es/redEURES
EURES en las Redes Sociales
Facebook https://es-es.facebook.com/EuresSpain
Twitter https://twitter.com/euresspain
Blog EURES España
EURES Spain Youtube
EURES Spain LInkedin
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2.1 Your First Eures Job/ Tu primer trabajo EURES (YFEJ)
Es una iniciativa de movilidad dirigida y co-financiada por la Comisión Europea, con el
objetivo de fomentar la movilidad laboral y de proporcionar a los trabajadores y a los
empleadores servicios de información y de orientación de forma gratuita. El programa
ofrece a jóvenes que buscan empleo, apoyo financiero para contribuir a gastos de
viaje y colocación.
Requisitos
Jóvenes entre 18 y 35 años.
Nacionales y residentes en algún país de la UE, Islandia y Noruega.
Que deseen ejercer la movilidad laboral hacia alguno de los países anteriormente
citados.
Puesto de trabajo ofertado por una duración mínima de 6 meses o de prácticas
laborales de 3 meses.
Ofrece
Orientación y asesoramiento a los trabajadores que desean realizar una movilidad
laboral en Europa, pero además ofrece a dichos candidatos ayudas económicas
para
Acudir a una entrevista de trabajo o prácticas
Instalarse en el país donde el candidato haya sido contratado
Realizar un curso de idiomas que permita al candidato mejorar sus
competencias lingüísticas y que le permita ampliar su posibilidades de
contratación
Convalidar títulos y formación
Necesidades especiales
Cómo solicitar
Red Humana: Consejeras y Consejeros EURES (más de 1000 en toda Europa)
Red Informática: Portal EURES Europa.https://ec.europa.eu/eures/public/es/homepage
2.2. Programa Reactivate
Este programa de ayudas a la movilidad laboral en Europa está inspirado en Tu
Primer Trabajo EURES, dirigido a trabajadores:
a) Mayores de 35 años
b) Ciudadanos y residentes en algún país de la UE28
c) Para trabajos o prácticas laborales de un mínimo de 6 meses en algún país
de la UE28
2. AYUDAS PARA POTENCIAR LA MOVILIDAD LABORAL EN EUROPA
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Ofrece
La mayor parte de las ayudas que contempla Reactivate y sus cuantías son
similares a las de Tu Primer Trabajo EURES:
Acudir a una entrevista de trabajo/prácticas laborales
Instalarse en el país donde el candidato haya sido contratado
Realizar un curso de idiomas que mejore sus competencias lingüísticas
Homologar títulos y formación
Necesidades especiales
Se añade como algo diferente el concepto de ayudas económicas y/o
de formación a los miembros de la familia que se desplacen con el
candidato que ha sido contratado.
2.3. Cuerpo de Solidaridad Europeo
El Cuerpo Europeo de Solidaridad es una iniciativa de la Unión Europea cuyo objetivo
es crear oportunidades para que los jóvenes trabajen como voluntarios o colaboren en
proyectos —en sus propios países o en el extranjero— que beneficien a comunidades
y ciudadanos de toda Europa.
El Cuerpo Europeo de Solidaridad tiene dos vertientes complementarias:
La vertiente de voluntariado ofrece a los jóvenes la oportunidad de prestar en otro
país un servicio voluntario a tiempo completo durante un período de entre dos y doce
meses. Se basa en el Servicio Voluntario Europeo (englobado en ERASMUS+) y otros
programas de financiación de la UE. En España lo coordina el INJUVE.
La vertiente ocupacional ofrece a los jóvenes una oportunidad de trabajo, prácticas o
aprendizaje en toda una serie de campos de actividad relacionados con la solidaridad
en los que se necesitan personas jóvenes, muy motivadas y mentalizadas sobre temas
sociales. Esta vertiente está financiada a través del Programa Europeo de Empleo e
Innovación Social (EaSI).
Los jóvenes contratados a través de la vertiente ocupacional del Cuerpo Europeo de
Solidaridad tendrán contrato de trabajo y se les remunerará de manera acorde con la
normativa salarial y los convenios colectivos vigentes en el país correspondiente.
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Estarán sujetos a la legislación laboral del país en el que trabajen. Las personas
contratadas como aprendices también tendrán contrato de trabajo.
Los jóvenes que soliciten estas ayudas deberán:
Tener entre 18 y 30 años
Ser nacional y residente en un país de la UE
Un trabajo que tenga una dimensión solidaria, esté localizado en un país
diferente a su país de residencia y una duración de entre 2 y 12 meses.
Las ayudas que pueden pedir los jóvenes a través de estos programas de ayudas a
la movilidad en Europa son las siguientes:
Ayudas para asistir a una entrevista de trabajo o prácticas en un país diferente
al país de residencia del candidato
Ayudas para la instalación si el candidato ha sido contratado en un país
diferente al de su residencia habitual
Ayudas para realizar un curso de idiomas
Ayudas para el reconocimiento de títulos y formación
Ayudas para necesidades especiales
Ayudas para el retorno al país de origen una vez finalizado el contrato de
trabajo o prácticas.
Para los aprendices se pueden ofrecer una dieta suplementaria mensual.
Las empresas pueden solicitar las ayudas de integración independientemente
de su tamaño o su estatus legal
Los proyectos del Cuerpo de Europeo de Solidaridad tendrán una duración
comprendida entre dos meses y un año, y se desarrollarán dentro de los Estados
miembros de la Unión Europea.
3. ESCO: Clasificación Europea de Capacidades/Competencias, Ocupaciones y
Cualificaciones.
ESCO es la clasificación europea multilingüe de ocupaciones,
capacidades/competencias y cualificaciones, forma parte de los objetivos a alcanzar
en la estrategia Europa 2020.
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Estructura de ESCO
La clasificación ESCO se compone de tres pilares que de manera conjunta pueden
ayudar a trabajadores, estudiantes y empleadores a la mejora del mercado laboral
europeo.
Pilar de las Ocupaciones. Compuesto por 2.942 ocupaciones. Cada ocupación
recoge un perfil profesional con una definición y explicación de la ocupación,
además enumera los conocimientos, capacidades y competencias que los
expertos consideran pertinentes para esta ocupación a escala europea. Las
ocupaciones ESCO tienen una relación directa con la Clasificación Internacional de
Ocupaciones ISCO (Grupo a 4 dígitos)
Pilar de las Capacidades/Competencias. Compuesto por 13.485
capacidades/competencias. Cada competencia tiene una definición y una
explicación del concepto. Se diferencian entre competencias específicas y
deseables en relación a una o varias ocupaciones.
Pilar de las Cualificaciones: Está en proceso de construcción. Incluirá todo tipo
de titulaciones y su principal referencia será el MEC ( Marco Europeo de
Cualificaciones ) o EQF (European Qualification Framework) Elemento esencial es
el Resultado de Aprendizaje.
La primera versión de ESCO fue publicada por la Comisión Europea el 28 de julio de
2017 conteniendo el pilar de ocupaciones y el pilar de competencias.
En la versión actual faltan por definir las cualificaciones asociadas a las ocupaciones y
competencias. Entre los diferentes usos y aplicaciones que la CE prevé para ESCO
está su utilización en el portal EURES para favorecer la movilidad de los trabajadores
europeos.
Base legal de ESCO
Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de
abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al
acceso de los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de
los mercados de trabajo. Art.19
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Artículo 19.Puesta en correspondencia automatizada a través de la plataforma
informática común
1. Los Estados miembros cooperarán entre sí y con la Comisión por lo que
respecta a la interoperabilidad entre los sistemas nacionales y la clasificación
europea elaborada por la Comisión. La Comisión informará a los Estados
miembros sobre la marcha de dicha clasificación.
2. La Comisión adoptará y actualizará, mediante actos de ejecución, la lista de
capacidades/competencias y ocupaciones de la clasificación europea…..
3. A efectos de la puesta en correspondencia automatizada a través de la
plataforma informática común, cada Estado miembro establecerá, sin
dilaciones indebidas y a más tardar en un plazo de tres años desde el
momento de la adopción de la lista contemplada en el apartado 2, un inventario
inicial para asegurar la correspondencia entre todas las clasificaciones
nacionales, regionales y sectoriales y esta lista, y, una vez introducido el uso
de dicho inventario mediante la aplicación proporcionada por la Oficina
Europea de Coordinación, lo actualizará regularmente a fin de que refleje la
evolución de los servicios de contratación.
4. Los Estados miembros podrán optar por sustituir sus clasificaciones nacionales
por la clasificación europea, una vez que esta se haya ultimado, o bien por
mantener sus sistemas de clasificación nacionales interoperables.
5. La Comisión prestará apoyo técnico, y cuando sea posible financiero, a los
Estados miembros cuando establezcan el inventario con arreglo al apartado 3,
así como a los Estados miembros que opten por sustituir sus clasificaciones
nacionales por la clasificación europea.
6. La Comisión adoptará, mediante actos de ejecución, las normas y los
formatos técnicos necesarios para el funcionamiento de la puesta en
correspondencia automatizada a través de la plataforma informática común
sirviéndose de la clasificación europea y de la interoperabilidad entre los
sistemas nacionales y la citada clasificación europea.
Acto de Ejecución (UE) 2018/1020 de la Comisión, de 18 de julio de 2018,
relativa a la adopción y la actualización de la lista de capacidades, competencias y
ocupaciones de la clasificación europea a efectos de la puesta en correspondencia
automatizada a través de la plataforma informática común.
Acto de Ejecución (UE) 2018/1021 de la Comisión, de 18 de julio de 2018,
relativa a la adopción de las normas y los formatos técnicos necesarios para el
funcionamiento de la puesta en correspondencia automatizada a través de la
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plataforma informática común utilizando la clasificación europea y la
interoperabilidad entre los sistemas nacionales y la clasificación europea.
Aspectos positivos de ESCO
Identifica y clasifica las ocupaciones, competencias y relevantes para el mercado
laboral de la UE, para la educación y para la formación, y muestra
sistemáticamente las relaciones existentes entre los diferentes conceptos.
Se ha desarrollado en un formato IT abierto y está disponible para su uso gratuito
por todos los estados miembros y organizaciones que lo soliciten.
Se puede acceder al sistema a través de la plataforma de servicio ESCO.
Es una herramienta útil de orientación profesional.
Aportará en un futuro bases de datos de oportunidades de aprendizaje.
Mejora la comunicación entre el sector de la educación y la formación y el mercado
laboral de la UE.
Apoya la movilidad geográfica y laboral en Europa.
Facilita el intercambio de datos entre empleadores, proveedores de educación y
solicitantes de empleo independientemente del idioma o país.
Está traducida y disponible en 26 lenguas europeas y en árabe.
Estas características representarán unos beneficios muy tangibles, derivados de su
uso, para las personas que desean realizar cambios en su carrera profesional, los
estudiantes, los solicitantes de empleo y los empleadores.