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CORPORACIÓN MUNICIPAL SAN FERNANDO ESCUELA JOSÉ DE SAN MARTÍN
SAN FERNANDO
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REGLAMENTO INTERNO
DE EVALUACIÓN
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Escuela José de San Martín
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN
Según DECRETO Nº 511/97
“…Orienta al nuevo marco curricular el principio de que el aprendizaje debe tener lugar en
una forma de trabajo pedagógico, que tiene por centro la actividad de sus alumnos, sus
características y conocimientos previos. Centrar el trabajo pedagógico en el aprendizaje más
que en la enseñanza exige, adicionalmente, desarrollar estrategias pedagógicas diferenciadas
y adaptadas a los distintos ritmos y estilos de aprendizajes de un alumnado heterogéneo, y
reorientar el trabajo escolar desde su forma actual, predominantemente lectiva, a una basada
en actividades de exploración, búsqueda de información y construcción de nuevos
conocimientos por parte de los alumnos, tanto individual como colaborativamente y en
equipo…” (Inciso 1.12 del D.S. Nº 40).
Fundamentos Evaluativos
Referentes específicos: Los constituyen las capacidades y valoraciones propuestos en
cada sector de aprendizaje y aquellos establecidos en el P.E.I. de la Unidad Educativa
y por sobre todos los referentes previamente establecidos por el docente en su
planificación y programación en torno a los que espera de sus alumnos durante el
proceso o en períodos determinados. Los referentes anteriores son los elementos
claves para emitir un juicio de valoración de calidad.
Evaluación de Procesos: Si el aprendizaje es un proceso, la evaluación también lo es,
de tal forma que debe estar sistemáticamente presente en todo proceso y no debe ser
una fase aislada o terminal, debe predominar la orientación pedagógica más que la
reglamentaria, el referente psicopedagógico y que está en concordancia con los
propósitos formativos de los nuevos planes y programas es el proceso seguido por los
alumnos y su progreso personal en relación a los estándares deseables previamente
establecidos, allí se encuentra el objeto principal de la evaluación y su función más
importante.
Evaluación del desempeño: Para juzgar el desempeño de los alumnos la evaluación
debe ser planificada, programada, intencionada, secuenciada, requiere de cambios en
los procedimientos para recabar información de criterios claramente establecidos y de
las evidencias formales para la toma de decisiones más que con fines de calificación.
Las estrategias o tipos de evaluación que se aplicarán en el proceso enseñanza
aprendizaje dependerán de la intencionalidad con que se use la evaluación de parte
del profesor y del dominio pleno de los procedimientos, técnicas e instrumentos según
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la realidad de sus alumnos/as, sin embargo los docentes deben ser consecuentes con
el presente reglamento el cual establece una evaluación de criterio basada en
referentes o estándares predeterminados para cada instancia, no estableciendo grupos
de comparación o determinando resultados en base al rendimiento de los alumnos en
particular.
El presente reglamento sin desmedro de otros tipos según el momento, extensión,
agente, establece según la intencionalidad los siguientes tipos de estrategias
evaluativas.
a) Evaluación Diagnóstica: Su intencionalidad es conocer conductas de entrada con
que llegan los alumnos, es decir objetivos previos que sean necesarios para iniciar
con éxito los objetivos iniciales de los diferentes sectores de aprendizaje. Para
obtener dicha información el docente aplicará los instrumentos de evaluación que
mas estime convenientes.
b) Evaluación Formativa: Su finalidad es recoger información durante el proceso a
través de distintas evidencias e instrumentos para ver como los alumnos se
aproximan a los estándares deseados, determinar fortalezas y debilidades para el
apoyo correspondiente predominando el aprendizaje sobre la calificación.
c) Evaluación Sumativa: Cuando la intención es calificar e informar sobre el logro de
objetivos o estándares deseados a mediano o largo plazo, cada docente debe
esmerarse en reunir el máximo de evidencias formales para fundamentar un juicio
de mayor calidad para cada alumno.
DISPOSICIONES GENERALES:
1. Los alumnos serán evaluados en períodos semestrales.
2. Las calificaciones obtenidas por los alumnos serán comunicados a través del Informe
de Calificaciones, y corresponderán al Período Semestral establecido en el respectivo
Calendario Escolar, las que serán entregadas en Reuniones de los subcentros de
Padres y Apoderados, en un plazo no mayor a Diez días, siguientes al término del
Semestre. Sin perjuicio de mantener continuamente informado al apoderado del
rendimiento de su pupilo.
3. Cada profesor, en su planificación establecerá el calendario de evaluación y los
instrumentos que se utilizará para ello. Salvo por fuerza mayor se modificará la fecha,
previa información a UTP, (significativo ausentismo de alumnos, ya sea por mal tiempo
o representar al colegio en algunas ceremonias y otros).
4. Los alumnos deberán ser informados previamente sobre la fecha, contenidos y el tipo
de instrumento de evaluación que se utilizará.
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5. El establecimiento promoverá distintas modalidades de Procedimientos o Instrumentos
de Evaluación, entre las cuales el (la) docente escogerá según lo estime conveniente
para los objetivos de su curso, nivel, actividad, subsector y/o sector, que a
continuación se sugieren: pruebas escritas (ítems de: selección simple, selección
múltiple, términos pareados, términos excluidos, comprensión de lectura, ensayo,
redacción, etc.); disertaciones individuales o grupales, demostración de
procedimientos, técnicas y/o habilidades específicas, formulación y realización de
proyectos individuales o grupales, habilidades específicas, formulación y realización de
proyectos individuales o grupales, dramatizaciones, coreografías u otras formas de
expresión dinámica, revisión de carpetas etc.
6. Las evaluaciones podrán ser individuales, bipersonales, grupales y otras, según sea
procedente, tanto como la autoevaluación o evaluación participativa. Frente a
situaciones de evaluación de sí mismo (autoevaluación) y evaluación de pares
(coevaluación). El profesor pondera el trabajo, según indicadores que establezca
(Pauta de Observación o Lista de Cotejo): Cumplimiento y calidad de los trabajos,
participación en la actividad, autoevaluación de los alumnos, otros.
7. En los trabajos grupales, el profesor determinará la ponderación del aporte individual.
8. Los procedimientos de evaluación escritos, deberán señalar claramente el puntaje total
y el específico por cada ítem, como también toda indicación específica acerca de la
presentación, redacción, restricciones y/o recomendaciones para el desarrollo del
instrumento. Del mismo modo cualquier otro tipo de evaluación deberá explicitar
claramente al alumno (a) la pauta de evaluación o lista de cotejo que será utilizada
para su calificación.
9. Las notas obtenidas por los alumnos no podrán ser modificadas o anuladas por el
Profesor, cualquier situación especial referida a evaluación debe ser estudiada en
conjunto con la UTP y Dirección.
10. Las calificaciones que los alumnos obtengan en todos los subsectores o actividades
del Plan de Estudio correspondiente, deberán referirse exclusivamente a
aspectos de rendimiento y en ningún caso a materiales del tipo conductual o
de socialización con su entorno.
11. Todos los instrumentos de evaluación, antes de su aplicación, deben entregarse al jefe
de la Unidad Técnica Pedagógica para su revisión, retroalimentación y/o sugerencias.
12. Los resultados de las evaluaciones (pruebas, trabajos, u otros) deberán entregarse a
los(as) alumnos(as) dentro los 5 días siguientes de su aplicación, registrándose de
inmediato en el libro de clases, con lápiz a pasta (azul o negro), no se aceptará el uso
del lápiz grafito, ni tendrá validez cualquier tipo de registro que no sea el oficial.
13. El Director del establecimiento, previa consulta al Profesor Jefe y al Profesor del
Subsector de Aprendizaje correspondiente, podrá autorizar la eximición de los alumnos
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de un subsector, en casos debidamente fundamentados, que acrediten tener
dificultades de aprendizaje o problemas de salud debidamente justificados. (Decreto
Nº 158/1999).
14. No existirá eximición en el subsector de Educación Física. Aquellos(as) alumnos(as)
que tengas algún impedimento físico para realizar las actividades consignadas en el
currículum, serán evaluados diferenciadamente a través de otras actividades o, en
último caso, a través de trabajos teóricos.
15. Podrá ser reprobado un alumno de 1º a 2º año y 3º a 4º año básico, en situaciones
excepcionales, cuando el (la) alumna evidencie un retraso muy significativo en lectura,
escritura y/o matemática, siempre y cuando se haya desarrollado un trabajo especial
diferenciado con aquellos que presentan un mayor retraso, a través de actividades
remediales y de reforzamiento durante el año y que al término de este proceso no
alcancen los aprendizajes esperados. Conjuntamente se dejará constancia de informar
(carta compromiso) oportunamente de la situación a los padres y apoderados de
manera tal de posibilitar una labor en conjunto. (Decreto Nº 107/2003).
16. Al término de cada Período Semestral, y conjuntamente con el Informe de
Calificaciones, se entregará el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno
(OFT).
17. Al término del año escolar, los profesores jefes deben entregar en la Unidad Técnica
Pedagógica un informe de Repitencia por cada alumno reprobado.
18. Todo procedimiento evaluativo que no esté contemplado en el presente Reglamento y
que el/la profesor/a haya aplicado, estará sujeto a revisión de la Dirección o UTP.
DE LAS CALIFICACIONES:
1. Las calificaciones se colocarán en base a la Escala de 1 a 7, pero en acuerdo del
Consejo de Profesores la nota mínima de calificación será 2.
2. Los alumnos tendrán Calificaciones Parciales, Semestrales y Calificación Anual
(promedio aritmético de las Calificaciones Semestrales).
3. La calificación del subsector del Religión se registrará sobre la base de logros de
objetivos. Esta se expresará en cifras parciales y convirtiéndolas en concepto (I=
Insuficiente, S= Suficiente, B= Bueno y MB= Muy Bueno) al término de cada semestre
y final.
4. El/la Profesor/a calificará en cifras con un decimal. Las calificaciones obtenidas por los
alumnos serán consignadas en el Libro de Clases respectivo, por el profesor de curso
y/o subsector, en el transcurso de la semana siguiente a la Aplicación del
Procedimiento Evaluativo.
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5. El cálculo del promedio de las calificaciones obtenidas durante los semestres y anual,
se efectuará con aproximación a un decimal; Ej. 4.84=4.8; pero 4.85=4.9.
6. Las competencias adquiridas en los talleres JEC, se evaluará con notas parciales, y el
promedio de éstas se considerará como una nota parcial en el subsector pertinente al
taller. Se utilizarán Procedimientos e Instrumentos de Evaluación; pautas de
evaluación o listas de cotejo y/o comprobación, registro anecdótico o pauta de
observación de desempeño. También se regirán por el artículo Nº 7 de las
Disposiciones Generales.
7. Serán aproximado a la décimo superior, las notas limítrofes que inciden en la
promoción, 3.9 a 4.0 en subsectores reprobados al término del año, y de 4.4 a 4.5 y
de 4.9 a 5.0 en promedios generales según corresponda.
8. El Alumno que por Inasistencia no cumpla con alguno de los Procedimientos
Evaluativos aplicados (pruebas escritas, interrogaciones orales, entrega de trabajos,
cuestionarios, disertaciones, etc) deberá hacerlo en la siguiente clase a la cual asista o
remitirlo a la Unidad Técnica Pedagógica para su aplicación y cumplimiento.
9. Las inasistencia a clases en que el alumno debe rendir una prueba o entregar una
trabajo con calificación, deberán ser justificada personalmente por el
apoderado o con un documento que acredite su inasistencia (certificado médico, y
otro documento).
10. Los alumnos que entreguen pruebas sin responder, que sean sorprendidos copiando,
que estando presente no entreguen su prueba o trabajos y otras no explicitadas,
tendrán la obligación de presentarse a una evaluación especial con nota máxima
4.0, durante la misma semana o la clase siguiente. Con el fin de tener medio de
verificación, se hace necesario solicitar durante la prueba o trabajo que el alumno
coloque en el instrumento de evaluación su nombre, curso, fecha y subsector a
evaluar.
PROMOCIÓN
RESPECTO DEL LOGRO DE LOS OBJETIVOS Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio. Serán promovidos los alumnos de los cursos de 1° hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado.
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Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 1°hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados. RESPECTO DE LA ASISTENCIA Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director del establecimiento y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los estudiantes.
DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA E INTEGRACIÓN
La Evaluación Diferenciada tiene como propósito facilitar el normal desarrollo de niños
y niñas que presentan un déficit general o específico de Aprendizaje.
Nuestra misión es facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje, y lograr que el niño
y niña pueda incorporarse a mediano y largo plazo con todas sus capacidades
adecuadamente maduras y compensadas en el nivel que le corresponda sin desventajas.
Estas necesidades especiales puede deberse a una dificultad específica de aprendizaje
vinculada a alguna área deficitaria (disminuida) de dicho proceso, tales como: discapacidad
auditiva, visual o motora; trastornos articulatorios (fonoaudiológicos) y /o trastornos
específicos de aprendizaje en las áreas del lenguaje oral, de escritura, lectura o cálculo.
La Evaluación Diferenciada considera, respeta y asume al alumno con Necesidades
Educativas Especiales, desde su realidad individual, variando, adaptando y/o reformulando los
instrumentos o modalidades evaluación de ese/a alumno/a a partir de la particularidad de su
déficit.
1. Aquellos alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular un
subsector, ya sea por dificultades temporales o permanentes para desarrollar
adecuadamente su proceso de aprendizaje, deberá aplicárseles Procedimientos de
Evaluación Diferenciada.
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2. Se aplicará “Evaluación diferenciada” a los alumnos que presentan trastornos de
Aprendizaje Específicos o Necesidades Educativas Especiales, acreditado por la
Profesora de Educación Diferencial, coordinando con los profesores Jefes y de
subsectores el tipo de evaluación que requieren. (Se anexa documento de indicadores
para la Evaluación Diferenciada).
3. Los alumnos integrados de la modalidad, 1, 2 y 3 a un sector de aprendizaje de curso
básico, serán evaluados en forma diferenciada (cuando requiera) por el profesor del
subsector junto a su curso y de acuerdo a las Adecuaciones Curriculares realizada por
el profesor especialista y profesor, evaluación que se registrará en el libro de clases.
DE LAS EVALUACIONES DEL NIVEL DE TRANSICIÓN
“La evaluación de Educación Parvularia se concibe como un proceso permanente y
sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre todo el
proceso de enseñanza aprendizaje, para formular un juicio valorativo que permita tomar
decisiones adecuadas que retroalimenten y mejoren el proceso educativo en sus diferentes
dimensiones. Esto último implica evaluar tanto los aprendizajes referidos a las niñas y niños,
como los distintos componentes del proceso de enseñanza, planificación, comunidad
educativa, espacios educativos, organización del tiempo, metodologías, recursos, etc.,
incluyendo la propia evaluación.”
1. Los alumnos del 1º y 2º Nivel de Transición serán evaluados de acuerdo a las bases
curriculares de la Educación Parvularia 2001.
2. Se aplicarán evaluaciones diagnósticas la que permitirá obtener una información sobre
el crecimiento, desarrollo, capacidades, necesidades y fortalezas de ellos en relación a
los aprendizajes esperados.
3. Evaluación formativa o de proceso se realizará de manera continua, que permitan
aportar nuevos antecedentes en relación a los aprendizajes de los niños y niñas.
4. Al término de cada Período Semestral se entregará un informe al hogar por niveles,
que tiene por finalidad informar el grado en que los niños y niñas han alcanzado los
aprendizajes en los tres ámbitos de experiencias para el aprendizaje.
5. Los instrumentos de evaluación que se utilizarán, serán: registros anecdóticos
(individuales o grupales), listas de cotejo o de control u otros que permitan apreciar la
evolución de la niña o niño durante la permanencia en la Educación Parvularia.
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Disposiciones Finales:
1. Los estudiantes que por razones debidamente justificadas no asistan a clase normal,
deberán cursar a lo menos un semestre en el año pudiendo no llevar calificaciones sólo
en el primer semestre, se le concederá válidamente rendido el curso correspondiente.
2. En el caso de que algún alumno, por razones superiores, no pudiere cumplir el período
reglamentario del Año Escolar, se le concederá válidamente rendido el curso
correspondiente, cuando tenga a lo menos, un semestre con calificaciones.
Las razones que pudieran impedir el cumplimiento total del Período Escolar de un
alumno, son las siguientes: las que deben acreditarse en la Documentación que en
cada caso se señala:
Viaje al Extranjero (pasaporte)
Enfermedad (certificado médico)
3. Los alumnos que provengan de otros Establecimientos Educacionales en el transcurso
del año escolar, con régimen distinto al de la Escuela, sus calificaciones parciales y/o
finales de período, serán promediadas con las notas que obtengan aquí.
4. Los alumnos que por diversas razones (enfermedades, asistencia y otros), se les
permitirá tener evaluaciones especiales previamente calendarizadas e informadas a los
apoderados.
5. Los alumnos que ingresen a esta Unidad Educativa, durante el 1º semestre del año
escolar, se les considerarán como notas parciales aquellas que traen de su Unidad
Educativa de origen.
6. Se difundirá el presente Reglamento Interno de Evaluación a los alumnos y Padres y
Apoderados en consejos de curso, reuniones de subcentros o asambleas generales al
inicio del año escolar (abril).
7. En el mes de marzo, en Consejo Técnico, se evaluará el presente Reglamento con el
propósito de revisar su efectividad en su aplicación o detectar dificultades o hacer
modificaciones.
8. Cualquier situación específica que no se haya considerado en el presente reglamento,
será resuelta por la Dirección de Establecimiento, en base a lo estipulado en el
Decreto 511/97 y demás disposiciones vigentes, y podrá consultar y asesorarse para
una decisión por el Consejo de Profesores, y /o Unidad Técnica Pedagógica.
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ANEXO N° 1
MÍNIMO CALIFICACIONES 1° SEMESTRE 2015
CONFORME A REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN
ASIGNATURAS CON 1 HR.
ASIGNATURAS CON 2 ó 3 HRS.
ASIGNATURAS CON 4 a 8 HRS.
MES 27-30 ABRIL 25-29 MAYO 21 – 26 JUNIO 1-3 JULIO PROMEDIO
N° CALIFIC. 1 (Con 1 dec) 2 3 4 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9
ASIGNATURAS 1 Hr. CURSOS
TECNOLOGÍA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MÚSICA 5°-6°-7°-8°
ASIGNATURAS 2 ó 3 Hrs. CURSOS
CIENCIAS NATURALES 1°-2°-3°-4°
HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 1°-2°-3°-4°
INGLÉS 5°-6°-7°-8°
ARTES VISUALES 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MÚSICA 1°-2°-3°.4°
EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 5°-6°-7°-8°
RELIGIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MES 27-30 ABRIL 25-29 MAYO 21 – 26 JUNIO 1-3 JULIO PROMEDIO
N° CALIFIC. 1 (Con 1 dec) 2 4 5 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9
MES 27-30 ABRIL 25-29 MAYO 21- 26 JUNIO
1-3 JULIO PROMEDIO
N° CALIFIC. 2 3 5 6 Aprox.
ASIGNATURAS 4 a 8 Hrs. CURSOS
LENG. Y COMUNICACIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MATEMÁTICA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 1°-2°-3°-4°
CIENCIAS NATURALES 5°-6°-7°-8°
HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 5°-6°-7°-8°
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ANEXO N° 2
MÍNIMO CALIFICACIONES 2° SEMESTRE 2015
CONFORME A REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN
ASIGNATURAS CON 1 HR.
ASIGNATURAS CON 2 ó 3 HRS.
ASIGNATURAS CON 4 a 8 HRS.
MES 28- 30 SEP. 26-30 OCT. 23 – 27 NOV. 14-16 DIC. PROMEDIO
N° CALIFIC. 1 2 3 4 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9
ASIGNATURAS 1 Hr. CURSOS
TECNOLOGÍA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MÚSICA 5°-6°-7°-8°
ASIGNATURAS 2 ó 3 Hrs. CURSOS
CIENCIAS NATURALES 1°-2°-3°-4°
HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 1°-2°-3°-4°
INGLÉS 5°-6°-7°-8°
ARTES VISUALES 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MÚSICA 1°-2°-3°.4°
EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 5°-6°-7°-8°
RELIGIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MES 28- 30 SEP. 26-30 OCT. 23 – 27 NOV. 14-16 DIC. PROMEDIO
N° CALIFIC. 1 (Con 1 dec) 2 4 5 5.84 = 5.8 5.85 = 5.9
MES 28- 30 SEP. 26-30 OCT. 23 – 27 NOV. 14-16 DIC. PROMEDIO
N° CALIFIC. 2 3 5 6 Aprox.
ASIGNATURAS 4 a 8 Hrs. CURSOS
LENG. Y COMUNICACIÓN 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
MATEMÁTICA 1°-2°-3°-4°-5°-6°-7°-8°
EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD 1°-2°-3°-4°
CIENCIAS NATURALES 5°-6°-7°-8°
HIST. GEO. Y CS. SOCIALES 5°-6°-7°-8°
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