¡Lo que sí o sí debes saber! en la actualización...Pavo Ahumado 0210.99.99 ¡MUY IMPORTANTE!. Si...

Post on 29-Apr-2021

8 views 0 download

Transcript of ¡Lo que sí o sí debes saber! en la actualización...Pavo Ahumado 0210.99.99 ¡MUY IMPORTANTE!. Si...

¡Lo que sí o sí debes saber! en la actualización de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010

en la importación de productos cárnicos

Obliga al nuevo etiquetado frontal nutrimental con sellos a los consumidores.

Consiste en 5 octágonos negros que advierten al consumidor los excesos en:

calorías, azucares, grasas saturadas, grasas trans y sodio.

así como 2 leyendas precautorias

Los cambios más significativos de la NOM-051

Entra en vigor el próximo 1 de octubre de 2020. Pero no se sancionará a las empresas

e importadores que no cumplan con el nuevo etiquetado sino hasta el 1 de diciembre

del presente.

¿Para cruzar Aduana todos los productos cárnicos deben cumplir con el

nuevo etiquetado?

No necesariamente. Para efectos aduanales, primero debemos identificar las fracciones

arancelarias de mis productos, y si estos vienen preenvasados de origen o no, ya que las

regulaciones no arancelarias como por ejemplo un (Etiquetado de información comercial)

está determinado en ley, por la fracción arancelaria.

1.- Si la fracción que identifica mi producto, esta sujeta a la NOM-051, debo

cumplir con el etiquetado al cruzar aduana mexicana, ejemplos:

• Pavo Entero Horneado Congelado 1602.31.01

2 ESCENARIOS

• Salchichas 1601.00.02

• Vísceras de bovino cocidas 1602.50.99 En XIVNOM-051-SCFI-2010

2.- Si la fracción que identifica mi producto NO está sujeta a la NOM-051-SCFI-2010, NO debo

cumplir con el etiquetado al cruzar aduana mexicana, ejemplos:

Ala trutro Pollo congelada 0207.14.99

Forro pierda de Cerdo congelada 0206.49.01

Cuando la fracción arancelaria que identifica mi producto no requiere el cumplimiento

de la NOM-051, pero viene pre empaquetado de origen, ya listo para venta al

consumidor final

¿Debo ocuparme de que venga correctamente etiquetado?

Pechuga Pollo congelada / Ala trutro de pollo congelada 0207.14.99

¡Cuidado! La norma es aplicable a su producto y nada tiene que ver que

aduanalmente no la requiera, si ya vienen preenvasados, tendría que venir etiquetado

desde origen, la información veraz de la fabricación del producto lo tiene su fabricante

Pavo Ahumado 0210.99.99

¡MUY IMPORTANTE!. Si estos productos van a ser comercializados al público en

general, deberán cumplir con el etiquetado en el punto de venta.

Anteproyecto de modificaciones al anexo 2.4.1 (Acuerdo de NOMs)

¿seguirán siendo válidas para cruzar en aduana las cartas bajo protesta de decir verdad? (Art.

10, fracción VIII (Cartas de No Comercialización o No Etiquetado)

Existe incertidumbre, si se oficializa el anteproyecto publicado el pasado 30 de julio por la CONAMER (Comisión

Nacional de Mejoración Regulatoria), si esto se publica en DOF, no podrán ser utilizadas las cartas de no

comercialización a partir del 1 de octubre de 2020.

La consulta pública termina el 27 de agosto del presente, por lo que seguramente a final de este mes tendremos

avances al respecto.

El anteproyecto contempla eliminar las fracciones

VII Mercancías importadas directamente por la persona física para su uso y que no las vaya a comercializar.

VIII Mercancías que no vayan a expenderse al publico tal y como son importadas (4 supuestos)

XV Mercancías destinadas a permanecer en las franjas o regiones fronterizas

¡Estamos a sus Órdenes!

Pedro Hernández Director de Trafico y Operaciones

phernandez@intermediacontrol.com