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CURRICULUM PÚBLICO HUMBERTO PÉREZ GONZÁLEZ VICE FISCAL DE INVESTIGACIÓN Y PERSECUCIÓN DEL DELITO. Formación académica: Preescolar: Jardín de niños Salvador Vázquez Altamirano. Primaria: Rosario Castellanos (1ero a 4to grado) y Benito Juárez (5to y 6to grado). Secundaria: Escuela Secundaria Federal número 1. Preparatoria: Escuela de Bachilleres Salvador Allende, UAQ, plantel sur. Licenciatura en Derecho por la Universidad Autónoma de Querétaro. Especialidades: Derecho Constitucional y Amparo (Facultad de Derecho UAQ) y Derecho Penal (Universidad de Londres). Maestrías (titulación pendiente): Administración Pública Estatal y Municipal (Facultad de Derecho UAQ) y Derecho Penal (Universidad de Londres). Trayectoria laboral: Oficial Secretario en la Dirección de Averiguaciones Previas. Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro. 2000. Agente del Ministerio Público Investigador en la Dirección de Averiguaciones Previas. Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro. 2001-2011. Agente del Ministerio Público de Procesos en la Dirección de Control de Procesos. Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro.2011-2014 Agente del Ministerio Público de Investigaciones y Procesos (SITEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO). Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro.2014 Agente del Ministerio Público Especializado en la Investigación de Delitos Electorales en la Dirección de Investigaciones y Procesos. Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro. 2015 Subprocurador de Investigaciones y Procesos. Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro. 1 de octubre 2015 al 29 de mayo de 2016. Vice Fiscal de Investigación y Persecución del Delito. Fiscalía General del Estado de Querétaro. 30 de mayo de 2016 a la fecha
ENSAYO
LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA
EN EL COMBATE A LA
CORRUPCIÓN
Presenta:
Humberto Pérez González.
Querétaro, Qro., a 27 de abril de 2017
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PRESENTACIÓN
La formación del llamado Estado Moderno, tuvo como concepto ideológico lograr
una organización política capaz de proteger a sus miembros de toda amenaza, tanto
externa e interna, a través de ciertos mecanismos que con el paso del tiempo fueron
evolucionando. El gran mérito del pensamiento liberal surgido de la Revolución
Francesa fue dotar de los derechos esenciales a los miembros de una sociedad que
históricamente habían padecido la opresión de sus gobernantes. La división de
poderes que se originó con ese hecho histórico se fue transformando hasta quedar
como actualmente la conocemos: un poder ejecutivo, un poder legislativo y un poder
judicial; éste sería apenas el primer paso en la búsqueda incesante de lograr el
equilibrio de poder del propio Estado.
Esa idea pronto dejó de tener vigencia; el sistema de contrapesos que impidiera los
excesos del poder por el propio poder, había quedado únicamente en un plano
conceptual que no satisfacía la necesidad real, no se requería vigilar al Estado, se
requería vigilar a sus funcionarios.
Así cuando un funcionario del estado, ejerciendo funciones a nombre de éste, se
aparta del mandado legal, los mecanismos para lograr que esa conducta sea
sancionada resultan escasos, en ocasiones nulos; esto ha generado que los
funcionarios del Estado incurran de manera reiterada en prácticas ilícitas que les
representan beneficios y los propios ciudadanos han encontrado en estas prácticas
verdaderas “alternativas de solución” a sus problemas que incluso llegan a sustituir
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los mecanismos que legalmente se encuentran establecidos, siendo en
consecuencia internalizados al punto de ser apreciados como la única forma de
lograr su objetivo.
La corrupción, se ha integrado en las actividades de nuestro día a día de tal manera
que pareciera ser parte inherente a las actividades del Estado; hoy día existe todo
un lenguaje coloquial de frases y expresiones como “dar una mordida” o “el que no
tranza no avanza”, etc., que se refieren a la imposibilidad de que un ciudadano
pueda conseguir algo de las instituciones del propio Estado haciéndolo por la vía
legal, y que es “necesario” incurrir en la ilegalidad para verse favorecido en algún
sentido.
Los datos que arrojan estudios recientes sobre la corrupción en nuestro país son
alarmantes, el crecimiento de este fenómeno de la ilegalidad cada vez va
permeando más y más, llegando a niveles insostenibles, desde el agente de tránsito
que deja de infraccionar a una persona que ha violado el reglamento de tránsito,
hasta los grandes desvíos de recursos, los favoritismos a los amigos cercanos de
los gobernantes, sin olvidar los grandes engaños a la población respecto de lo que
se dice que se hace y en realidad nunca ocurre.
No es casualidad que el tema de la corrupción haya sido motivo de una convención
internacional en las Naciones Unidas1 – encabezada por la Oficina de las Naciones
Unidas contra la Droga y el Delito – pues desde hace varios años es una
preocupación mundial ante el daño que se produce no sólo en la economía de los
países sino como un factor que desaliente la confianza en las instituciones, tan es
así que en el Consenso de la ciudad de Monterrey, aprobado por la Conferencia
1 Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, 2009.
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Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, celebrada en el 18 al 22 de
marzo de 2001, se subrayó que la lucha contra la corrupción a todos los niveles era
una cuestión prioritaria.
No obstante la preocupación de la comunidad mundial, parecía que México se
hundía en un mar de incertidumbre y desconfianza en las instituciones, donde a
causa de la corrupción los ricos cada vez son más ricos y los pobres más pobres,
llegándose a observar en partes del país verdadera miseria; pese a ello, en el
México del “no pasa nada” por más documentado que puedan estar un acto de esta
naturaleza, la gente no advierte la justicia, de tal manera que los esfuerzos por
combatir la corrupción son apenas una píldora contra el dolor ante una enfermedad
terminal, lo que pareciera ser un cáncer que se propaga sin control.
Era urgente que el Estado Mexicano tomara decisiones determinantes
acompañadas de acciones categóricas que se repliquen en las entidades
federativas, para demostrar con hechos que el Estado está de parte de los
ciudadanos y que es el primer interesado en salvaguardar el Estado de Derecho;
así, cuando uno de sus funcionarios, realice acciones que favorezcan la corrupción,
debe ser sancionado en forma enérgica, incluso en mayor medida que por otras
conductas, el objetivo es claro: disminuir gradualmente la corrupción al punto de su
erradicación.
A lo largo del presente trabajo se establecerá lo que se debe entender por
corrupción, tanto en sentido amplio como en sentido estricto, analizaremos sus
posibles causas y su consecuencias a través de las diversas mediciones que
realizan organismos no gubernamentales para finalmente referirnos a las razones
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por las cuales se considera prioritaria la atención del tema de la denominada
corrupción.
1. ¿Qué es la corrupción?
De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, la corrupción se
conceptualiza de la siguiente manera:
Del latín corruptio, -ōnis.
1. f. Acción y efecto de corromper o corromperse.
2. f. Alteración o vicio en un libro o escrito.
3. f. Vicio o abuso introducido en las cosas no materiales. Corrupción de
costumbres, de voces.
4. f. En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica
consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en
provecho, económico o de otra índole, de sus gestores.
Siguiendo el texto citado, corrupción es la práctica consistente en la utilización de
las funciones y medios de las organizaciones, especialmente las públicas, en
provecho, económico o de otra índole, de sus gestores.
La corrupción como fenómeno social puede estudiarse desde dos sentidos. En un
sentido amplio serán las prácticas indebidas que realice cualquier persona u
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organización, y de las que se pueda obtener un provecho sea cual sea su
naturaleza. En sentido estricto, la corrupción son aquellos actos que realizan los
miembros de las instituciones públicas faltando a un deber legal para favorecer los
intereses ya sea de los propios servidores públicos, de los gobernados o de ambos.
Aunque resulta igualmente importante el combate a la corrupción en sentido amplio,
el objeto de estudio en el presente trabajo es la corrupción en sentido estricto, es
decir, la que se genera a partir de las instituciones del Estado, cuando sus
empleados, funcionarios o cualquier persona que ocupa un cargo público, dejan de
cumplir con la ley para beneficiarse de alguna manera y en consecuencia minar a
dichas instituciones.
En primer término es importante dejar claro desde este momento que no se
comparte la opinión de algunos estudiosos del tema respecto de que la corrupción
es un mal necesario que viene a suplir ciertas deficiencias del aparato del Estado
ante la falta de sensibilidad de las autoridades, las cuales a ojos de la ciudadanía
pareciera que se empeñan en hacer cada vez más tortuosos los trámites y servicios
que brinda. Esta pareciera ser la perfecta “justificación” que tienen todos aquellos
que buscan verse favorecidos cuando un funcionario del Estado aplica o deja de
aplicar la ley, un ejemplo claro y tal vez de los más representativo de este fenómeno,
y que con frecuencia es apreciable, es cuando se le pretende aplicar una multa a
un ciudadano por una conducta que infringe la ley – infracciones de tránsito,
clausuras de locales comerciales, falta de permisos, etc. –, es entonces que para
evitar un pago mayor, la posible pérdida de un día de trabajo, el desgaste del
traslado hasta el lugar en que se deba resolver el asunto y además evitar ser
sancionado; se busca encarecidamente una “solución alternativa”, entonces, para
evitar todo lo anterior, y además a un menor costo, el ciudadano le otorga algo que
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al funcionario del estado le persuade para dejar de cumplir la ley y entonces “todo
se facilita”.
Desde esa perspectiva, resulta equivocado considerar como una justificación para
alentar el fenómeno de la corrupción, el hecho de que existan caminos legales que
en ocasiones, ciertamente, tienen un recorrido más largo, debe quedar claro que el
andamiaje que el estado ha diseñado es justamente con la finalidad de lograr que
se cumplan objetivamente ciertos requisitos para que el ciudadano pueda acceder
a un resultado, lo que el Estado hace al reglamentar un proceso es garantizar el
derecho de igualdad de las personas y evitar la discrecionalidad, entonces, cuando
se rompe ese equilibrio por la voluntad de los actores, se vulnera ese derecho y
nace a partir de ese momento la posibilidad de realizar un reclamo social válido de
quienes sí cumplen a cabalidad con los procedimientos. El desequilibrio que busca
la corrupción se resume simplemente a la inobservancia de la ley.
Un segundo punto a considerar en el tema de la corrupción es sin duda alguna que
el Estado en su afán de regular la actividad de los gobernados ha hecho que los
procedimientos para resolver una petición sean tardados y con una excesiva carga
de requisitos que en ocasiones parecieran innecesarios; si a eso le sumamos que
la resolución puede tardar días, o tal vez meses, y en ese tiempo se requiere estar
constantemente acudiendo a verificar el trámite, esto se vuelve un caldo de cultivo
para la corrupción, pues el recudir tiempo o requisitos, aun a mayor costo, alienta el
apartarse de la legalidad. La des-burocratización del sistema debe ser la prioridad
del combate a la corrupción, pues estoy convencido que si el ciudadano da muestras
claras de valor cívico sólido, para conservarlo, el Estado debe facilitar que los
conductos que pueda adoptar resulten favorables a sus intereses, la gama de
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posibilidades que pueda tener deben ser mayores y más benéficas que lo que ofrece
el apartarse de la ley.
2. Los costos de la corrupción en México.
De acuerdo con información de la organización Mexicanos Contra la Corrupción y
la Impunidad (MCCI) publicada por el diario El Economista2, apenas el 26 de abril
de 2017, los datos que arroja el estudio sobre el tema de la corrupción son los
siguientes:
1. Los recursos destinados al combate a la corrupción en México contrastan
con la calificación del Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) en los
últimos años. Entre el año 2004 y el 2016, el presupuesto destinado a las
instituciones que promueven el combate a la corrupción se incrementó 94%;
sin embargo, la calificación en el IPC de nuestro país quedó prácticamente
intacta, esto de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), de la
Auditoría Superior de la Federación (ASF), de la Secretaría de la Función
Pública (SFP), entre otras dependencias.
2 http://eleconomista.com.mx/sociedad/2016/10/27/20-datos-sobre-problema-corrupcion-mexico
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Fuente: Mexicanos contra la corrupción y la impunidad
2. En el estudio de referencia México obtuvo una calificación de 35 puntos de
100 posibles y ocupa el lugar número 95 de 168 países según el Índice de
Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional. México no sólo
retrocedió en este listado, sino que cayó drásticamente en siete años al pasar
del lugar 72 al 95 en el listado de los países de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). México se ha mantenido
prácticamente estancado al aumentar tan solo cuatro puntos en 21 años.
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Fuente: Transparencia Internacional. Gráfica: el Economista
3. El estudio de la percepción de corrupción al interior de las instituciones de
gobierno a nivel nacional se clasifica de la siguiente forma:
4. La Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental 2015, elaborada
por el INEGI, coloca a la corrupción en segundo lugar entre los problemas
más importantes para los mexicanos, con 50.9% de las menciones, solo
después de la inseguridad y antes que el desempleo y la pobreza.
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5. El 44% de las empresas en México realizan pagos extraoficiales a
funcionarios públicos, de acuerdo con la Encuesta de Fraude y Corrupción
de KPMG. Las principales razones por las cuales los empresarios dicen
haber tenido que hacer un pago de este tipo es: para agilizar trámites,
obtener licencias y permisos, impedir abusos de autoridad, ganar contratos y
participar en licitaciones.
6. Aunque no es posible establecer el costo que tiene la corrupción en nuestro
país con respecto al PIB, varios organismos han hecho aproximaciones para
calcular esta proporción. De acuerdo con Corporación Financiera
Internacional (IFC, por sus siglas en inglés), la corrupción equivale a 9% del
PIB. En el mismo sentido, la Organización de los Estados Americanos (OEA)
indicó que la corrupción en México cuesta relativamente cinco veces más
que a nivel mundial y la sitúa en 10% del PIB nacional. Por su parte, de
acuerdo con el informe de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad,
el CEESP sostiene que la corrupción le cuesta a nuestro país cerca de 1.5
billones de pesos, equivalente a 10% del PIB.
En otro estudio similar, el Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (IMCO) y
el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) en 2015, de manera
conjunta publicaron un trabajo denominado México: anatomía de la corrupción,3 en
ése hacen referencia a los costos de la corrupción del que extraigo el siguiente
resumen:
3 http://imco.org.mx/politica_buen_gobierno/mexico-anatomia-de-la-corrupcion/
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Costos económicos
Inversión – Hasta 5% menor en países con mayor corrupción (FMI)
Ingreso de las empresas – Pérdida de 5% de las ventas anuales (Ernst &
Young)
Piratería – Pérdida de 480 mil empleos al año (CEESP)
Producto Interno Bruto – 2% del PIB (WEF), 9% (Banco de México, Banco
Mundial y Forbes), 10% (CEESP)
Costos políticos
Insatisfacción con la democracia: Sólo 37% apoya a la democracia
Sólo 27% se encuentra satisfecho con la democracia (Latinobarómetro 2013)
Crisis de representación: 91% no confía en partidos políticos
83% no confía en legisladores
80% no confía en instituciones del sistema judicial (Barómetro Global de la
Corrupción, Transparencia Mexicana).
Costos sociales
Bienestar: 14% del ingreso promedio anual de los hogares destinados a
pagos extraoficiales (Transparencia Mexicana).
Violencia: Existe una correlación positiva entre corrupción y niveles de
violencia (Institute for Economics and Peace).
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Sin perder de vista que los datos referenciados son basados en la percepción, los
datos establecidos son alarmantes; la percepción generalizada de la ciudadanía
coloca el tema en un primer plano como una problemática urgente a resolver y en
la los esfuerzos del Estado por contrarrestarla no han generado hasta el momento
ningún resultado que pueda ser palpable, sino por el contrario, el problema ha ido
en aumento.
La consecuencia inmediata y directa de los actos de corrupción es sin duda alguna
la desconfianza en las instituciones del Estado, cada acto de los funcionarios del
Estado y de los particulares que trasgrede la línea de la honestidad y la legalidad,
provoca una reacción generalizada de desaprobación, no contra una institución en
particular sino contra el Estado en general, pierde legitimación como garante del
Estado democrático de Derecho.
A diferencia de lo que ocurría en antaño, el avance de la tecnología permite en la
actualidad que todos los ciudadanos sean los ojos de las instancias encargadas de
sancionar las conductas, el auge que han tenido las redes sociales coloca al Estado
en una posición en la que difícilmente podrá negar los actos de sus funcionarios.
La documentación de los actos de corrupción, ha puesto en evidencia una realidad
que muchas veces el propio Estado había negado o simplemente no quería
reconocer; ante este tipo de manifestaciones de la ciudadanía, el desencanto social
es aún mayor cuando no obstante tener ese tipo de materiales las consecuencias
para los servidores públicos prácticamente resultan nulas, y en un ejercicio todavía
más reprobable, puede existir una persecución del propio ciudadano por “atreverse”
a mostrar esos actos de corrupción.
Más allá de la numeralia de la corrupción que puede ser o no acertada, que puede
variar de un lugar a otro, lo cierto es que el problema existe y hasta ahora los
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esfuerzo que se han realizado, al ser comparados con las circunstancias reales a
que se enfrentan los ciudadanos, nos dejan ver una realidad distinta, con problema
que crece en la medida que pasa el tiempo y que de no ser atendido en forma
inmediata podría colapsar al Estado.
Si bien el castigo a un acto de corrupción no es en sí mismo lo que pueda resolver
el problema en su totalidad, si es uno de los ingredientes principales que habrán de
converger en el objetivo conjunto del desaliento de tales conductas, pues una de las
razones más importantes por las que se produce éste fenómeno es que no existen
áreas especializadas para investigar estos hechos, no se destinan los recursos
necesarios y no existe personal exprofeso, especializado y capacitado, que pueda
darle la importancia que el tema requiere, más bien aparece como si se tratase de
eventos aislados o imbricados en otras conductas delictivas, de tal forma que en el
mejor de los casos será sancionada la comisión de aquel delito que pudiera haber
cometido el funcionario público, sin entrar siquiera al análisis de las motivaciones
de ese hecho y los actos de corrupción en que pudo haber incurrido, los cuales
podrían constituir una conducta aún más reprochable que el resultado material
alcanzado.
3. El Estado democrático contra la corrupción.
La transformación de la sociedad ha traído grandes beneficios, hemos dejado atrás
a las sociedades pasivas para convertirnos en verdaderos actores propiciadores de
los cambios sociales. Esta lucha incesante ha llevado a consolidar profundos
cambios que también han impactado en la cultura jurídica. Hoy día, el acceso a la
información está garantizado desde la propia Constitución Política de los Estados
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Unidos Mexicanos – artículo 6 – y a la par han sido creados órganos para que los
gobernados tengan la posibilidad de vigilar la actuación del Estado, y aunque
derechos de esta naturaleza son todavía incipientes en la experiencia real, no dejan
se sentar un precedente importante hacia la consolidación de un verdadero Estado
democrático.
En la actualidad es inconcebible un Estado en el que no existan mecanismos de
rendición de cuentas. El compromiso de un Estado responsable ante la sociedad se
conceptualiza como transparencia, esto implica necesariamente que será el propio
aparato gubernamental el que ponga al alcance de sus ciudadanos todas las
herramientas necesarias para que éstos puedan acceder a la información y conocer
qué hace el gobierno. El ejercicio de estos derechos habrá de generar las
condiciones para reducir el trecho entre sociedad y gobierno, así como encontrar un
equilibrio entre las normas de control social y los derechos fundamentales.
En la búsqueda de una mayor participación ciudadana la transparencia implicará a
buscar que el ciudadano sea parte de la solución y no del problema.
Los tiempos para el Estado de Querétaro son inmejorables para la transformación.
A raíz de la reciente modificación en la estructura del aparato de procuración de
justicia, que dejó de estar bajo la supervisión y los intereses del Poder Ejecutivo,
para convertirse en un Organismo Constitucional Autónomo, con autonomía de
financiera y de gestión, la hoy denominada Fiscalía General del Estado, es una
muestra de voluntad política para objetivar la justicia.
La lucha contra la corrupción como un tema especial dentro de la procuración de
justicia, debe tener también un tratamiento especial, es necesario que deje de
aparecer en un segundo plano, o bien, simplemente como parte de otros delitos que
también pueden cometer tanto los servidores públicos como los particulares. El
tamaño del problema justifica que el Estado hoy tenga la necesidad de disponer de
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los recursos que tiene para lograr reencausar la cultura de la legalidad a través de
la sanción ejemplar de las conductas de sus funcionarios.
El Estado, como garante del estado democrático de derecho, debe ser el primer
impulsor de la cultura de la legalidad y velar además por los principios de honradez,
lealtad, imparcialidad y eficiencia establecidos en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. Así, la responsabilidad de los servidores públicos por
actos de corrupción no puede ni deben tener el mismo tratamiento que otro acto
ilícito, pues con independencia del tipo de falta, el daño que se genera al Estado
repercute en todas sus esferas.
La Fiscalía anticorrupción es una obligación impostergable del Estado. La estructura
tradicional de las instituciones del Estado en la persecución del delito ha demostrado
históricamente que es insuficiente para el combate a la corrupción, ha significado
incluso una limitante en los incipientes esfuerzos por castigar las malas conductas
de los servidores públicos.
Los órganos encargados de vigilar el actuar de los miembros del Estado estaban
generalmente supeditados a los intereses de los propios órganos del Estado, y
consideraban sancionar conductas distinguiendo entre las graves de las menos
graves, entre delitos y faltas administrativas, llegando a diluirse la línea de
diferenciación, sancionándose en ocasiones un delito como falta administrativa, o
bien, una falta menor llegaba a ser considerada como un delito. Además, el
problema real que flagela estabilidad del Estado y la confianza de la ciudadanía,
evidentemente no es aquel que se presenta con los funcionarios de menor nivel en
la escala jerárquica, sino precisamente aquellos que, haciendo uso de todos los
recursos que el propio Estado brinda, pueden sortear las sanciones que
eventualmente podrían aplicarse, sirviéndose de favores, recursos legales o
ventajas que les favorecen, inherentes a los cargos públicos que ostentan. La
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Fiscalía anticorrupción debe emerger como un órgano con autonomía de gestión
que le permita realizar funciones de investigación y persecución eficaz, sin tener
otro límite que el respeto a los Derechos Humanos.
La justicia selectiva, no es justicia. Los actos que realiza un funcionario del Estado,
sea cual fuere su empleo, cargo o comisión deben ser castigados en función de la
gravedad de la conducta y no en función de rango del funcionario, la aplicación de
la ley debe ser objetiva y nunca se debe prescindir de una sanción por causas que
no sean las previstas por las propias normas. El mandato establecido en el título
cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos denominado:
“De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con
Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado”,
no debe quedar en una buena intención, debe materializarse plenamente en normas
y procedimientos eficaces que sancionen a las personas que se aparten de sus
deberes y obligaciones.
Aunado a lo anterior es momento de que se conjunten los esfuerzos, tanto del
Estado a través de sus instituciones, como de los ciudadanos que tienen interés en
cambiar las cosas; las organizaciones civiles jugarán un papel preponderante en el
andamiaje jurídico y de acción diseñado a partir de la reforma constitucional, pues
sólo de esa forma se habrá de tener posibilidades de cambiar la estructura tan
arraigada de este fenómeno que mina las instituciones y el imperio de la ley, la
democracia.
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CONCLUSIONES.
1) El combate a la corrupción es impostergable.
Una primera conclusión a la que se puede arribar es sin duda que el combate a la
corrupción debe dejar de ser un tema secundario, es indispensable darle la
importancia como fenómeno jurídico - social en un orden de prioridad. El Estado,
debe abandonar una postura pasiva ante esta problemática e impulsar el
establecimiento de mecanismos que permitan su combate efectivo a través de
órganos y un marco legal adecuado a los tiempos actuales en los que la sociedad
lo mínimo que espera es la honestidad de quienes son los encargados de hacer
cumplir la ley.
Los datos aportados en el presente trabajo de la situación que guarda la corrupción
respaldan la urgencia de atender este fenómeno social, pues mientras se continúe
alimentando de la impunidad ningún esfuerzo emprendido por el Estado podrá
devolver a las instituciones la confianza de los ciudadanos, pues mientras siga
permeando la idea de “el país donde no pasa nada” ningún discurso será suficiente
para convencer a los gobernados de que al Estado sí le importa combatir la
corrupción, sobre todo cuando hoy día existen cantidad de casos que son
documentados y difundidos por las llamadas redes sociales; se deberá demostrar
con acciones concretas y bien estructuradas, que existe una lucha decidida ante
esos casos, precisamente la Fiscalía Anticorrupción es el primer paso determinante,
es la punta de lanza de todos esos esfuerzos.
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2) Persecución enérgica de la corrupción.
El mandato constitucional para fincar responsabilidad a los servidores públicos o
particulares que se vinculen con faltas administrativas graves o hechos de
corrupción, debe ser una realidad. Es urgente contar con un nuevo esquema que
permita sancionar de forma ejemplar las conductas tanto de los servidores públicos
como de los particulares, cuando estos hayan realizado un acto fuera de la ley que
se traduzca en un acto de corrupción.
No se trata desde luego de establecer penas diversas o incrementar las que ya
existen, no es la severidad de las mismas lo que pudiera desalentar las conductas,
lo que debe buscarse es no permitir la impunidad, cuando hablamos de una
persecución enérgica significa que todos los actos de corrupción deben ser
sancionados, no debe existir una discriminación entre grandes y pequeños, entre
graves y no graves, sino por el contrario, persecución será efectiva cuando sea
palpable que con independencia de lo que extrañe el hecho en concreto si ello
significa haber faltado a un deber, entonces debe existir la garantía de que esa
persona o personas, habrán de recibir un castigo
3) Sanciones sin distingos.
La materialización de la lucha contra la corrupción requiere de gran determinación
y voluntad política; los privilegios, los fueros, los favoritismos, la impunidad, deben
dejar de ser una tarea pendiente del Estado y colocar a todos servidores públicos
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en un plano de igualdad en el que deban sin exclusa ni pretexto deban responder
por sus acciones. Así, se garantiza que el combate a la corrupción no sea para unos
y si para otros, pues siempre serán más reprochables aquellas conductas de
quienes actúan bajo el cobijo de la aparente legalidad de sus actos, cuando en
verdad son quienes causan el mayor daño al Estado.
Por otra parte, la igualdad sustantiva también debe manifestarse por igual
tratándose de servidores públicos o bien de los particulares, pues si bien el
funcionario se encuentra obligado a conducirse bajo ciertos valores y principios,
éstos no son extraños para el ciudadano, quien también conoce de los límites de su
actuar y en muchas ocasiones son los impulsores del acto de corrupción; en tal
virtud, no se debe recargarse la responsabilidad total de la corrupción en el
empleado del Estado, sino que por el contrario, si partimos de que la corrupción
nace a partir de la actuación de dos personas – un particular y un servidor público-,
entonces debe sancionarse siempre a dos personas y no a una sola como se ha
estilado hacer al considerar al ciudadano una víctima y no un actor de la corrupción.
4) Participación Ciudadana.
Al haber necesariamente una combinación entre la autoridad y el particular para
generar el fenómeno de la corrupción, es también con una participación de ambos
factores como se puede abonar para terminar con él. En este caso, como en muchos
otros, es importantísimo que exista un papel protagónico de las organizaciones no
gubernamentales que coadyuven con las instituciones encargadas de prevenir,
detectar y sancionar los hechos de corrupción.
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El sistema nacional y su espejo en el Estado de Querétaro, tienen precisamente en
su naturaleza y estructura esa combinación que no sólo genera grandes
expectativas, sino que da legitimidad al fin que se pretende llegar.
Humberto Pérez González
Querétaro, Qro., a 27 de abril de 2017.
LVIII Legislatura del Estado de Querétaro
P r e s e n t e
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que durante mi vida he sido una persona
que actúa bajo los valores de la honestidad, respeto, responsabilidad,
profesionalismo y lealtad, debido a lo cual puedo afirmar que tengo una buena
reputación en mi comunidad, como ciudadano honrado y recto.
Atentamente Humberto Pérez González.
Querétaro, Qro., a 27 de abril de 2017.
LVIII Legislatura del Estado de Querétaro
P r e s e n t e
Conozco y acepto el contenido, las bases, los procedimientos y los alcances de la
Convocatoria Pública para la elección de Fiscal Especializado en el Combate a la
Corrupción del Estado de Querétaro, que fue publicada en la página electrónica de
la LVIII Legislatura del Estado de Querétaro.
Atentamente Humberto Pérez González.
Querétaro, Qro., a 27 de abril de 2017.
LVIII Legislatura del Estado de Querétaro
P r e s e n t e
Autorizo que los documentos que he presentado ante esta Legislatura para cubrir
los requisitos señalados en la Convocatoria Pública para la elección de Fiscal
Especializado en el Combate a la Corrupción del Estado de Querétaro, puedan ser
publicados en el sitio oficial de dicha soberanía.
Atentamente Humberto Pérez González.