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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL
AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA NUEVE DE OCTUBRE DE DOS
MIL SIETE, EN PRIMERA CONVOCATORIA.
En LEGANÉS, a NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE.
Presididos por el Alcalde-Presidente, DON RAFAEL GÓMEZ MONTOYA,
se reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DON ANTONIO GARCÍA
BLÁZQUEZ, DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON MIGUEL
FERNÁNDEZ GIL, DOÑA ANA Mª MASSÓ SALIDO, DON SANTIAGO
LLORENTE GUTIÉRREZ, DOÑA JULIA MARTÍN NAVESO, DON
SEBASTIÁN ORTEGA CHACÓN, DOÑA Mª JOSE BANEGAS
GONZÁLEZ, DON JUAN ANTONIO GONZÁLEZ GARCÍA, DOÑA
EMILIA QUIRÓS RAYEGO, DOÑA RAQUEL ARELLANO ALCOCER,
DON JUAN CARLOS CENAMOR GONZALEZ, DON MARIO J. AVILÉS
ORTIZ, DOÑA EVA Mª DE LA FUENTE IGLESIAS, DON JESÚS GÓMEZ
RUIZ, DON EDUARDO JÍMENEZ RODRÍGUEZ, DON JOSÉ LUIS
SALAZAR RÍOS, DOÑA BEATRIZ ALONSO ALVAREZ, DON DIEGO
ALHAMBRA GARCIA DE DIONISIO, DOÑA NOEMÍ SELAS
FERNÁNDEZ, DON ANGEL LARGO PEÑAS, DOÑA DOLORES
MONTORO DE FRANCISCO, DON RAÚL CALLE GALLARDO, DON
ALARICO RUBIO TELLO, DON JOSÉ CASTEJÓN HUETE y DON
CARLOS JOSÉ DELGADO PULIDO, asistidos del Secretario DON
HONORATO RAMOS ARRIBAS, y presente la Interventora DOÑA
TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión Ordinaria por
el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente
convocados con arreglo al Orden del Día.
Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las
dieciocho horas.
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Por el Sr. Alcalde-Presidente se solicito constase en acta el pésame
de la Corporación por el fallecimiento del familiar del Sr. Rubio Tello.
Antes de comenzar la sesión se produjo también un cambio de
impresiones entre los distintos grupos municipales sobre la colocación de lo
señores concejales en el Salón de Sesiones, acordándose que seria resuelto el
tema en la próxima Junta de Portavoces.
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL
DIA 25 DE SEPTIEMBRE DE 2.007, SESIÓN JUNTA GRAL.
EXTRAORDINARIA DE EMSULE, S.A.
Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,
acordaron: Aprobar el acta de la sesión correspondiente al día 25 DE
SEPTIEMBRE DE 2.007, con carácter JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE EMSULE, S.A.
2.- MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 15 Y DE LA
PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría,
con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular
y del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y a favor los once Sres.
Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de
Izquierda Unida, acordaron:
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PRIMERO.- Aprobar el expediente de Modificación de Créditos nº 15 del
ejercicio de 2.007, con arreglo al siguiente resumen:
PARTIDA DE GASTOS CON ALTA EN CRÉDITOS:
A).- SUPLEMENTO DE CRÉDITO. 4.538,21.- €
TOTAL 4.538,21.- €
FINANCIACIÓN:
A).- BAJAS PARTIDAS DE GASTOS. 4.528,31.- €
TOTAL 4.528,31.- €
SEGUNDO.- Modificar la plantilla municipal en los siguientes términos:
1.- Crear las siguientes plazas en la plantilla de personal
laboral:
Categoría (Núm)
Titulación Denominación Plazas
Nº plazas Dotación de plazas
que quedan
587 Monitor de Juventud 1 (plaza nº 1) 3
TERCERO.- Modificar la Relación de Puestos de Trabajo en los siguientes
términos:
1.- Amortizar los siguientes puestos de trabajo de personal
laboral:
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2 247 Jefe de Grupo Gestión Finalista Deportiva (Grupo C)
L C 18 CM 74 13.500,74.-€ 6
2.- Crear los siguientes puestos de trabajo de personal
laboral:
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1 15 Jefe Sección Gestión Finalista Social L B 24 LD 77 22.976,80 1
1 236 Jefe de Negociado Gestión Finalista Cultural (Grupo C) L C 20 CM 70 16.534,14 2
2 267 Jefe de Grupo Gestión Finalista Deportiva (Grupo C) con disfunción
L C 18 CM 125 14.557,20 2
CUARTO.- Someter el expediente a información pública por plazo de 15
días, de conformidad con lo establecido en la vigente Ley
Reguladora de las Haciendas Locales y si durante el mencionado
plazo no se presentasen ningún tipo de reclamaciones ni de
alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter
definitivo.
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3.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE LA SUBASTA
CONVOCADA PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS
DE “CONSTRUCCIÓN DE UNA BIBLIOTECA Y UN
ARCHIVO MUNICIPAL EN LEGANES NORTE”. EXPTE.
96/2007.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 13 de
marzo de 2.007, se convocó subasta, para la CONSTRUCCIÓN DE UNA
BIBLIOTECA Y UN ARCHIVO MUNICIPAL EN Leganés NORTE"; la
apertura de plicas tuvo lugar el día 17 de mayo de 2007.
Considerando, que las empresas JOCA INGENIERÍA Y
CONSTRUCCIONES, S.A., ALDESA CONSTRUCCIONES, S.A. Y
CONSTRUCTORA HISPÁNICA, S.A., podían incurrir en baja temeraria, se
les requirió para que expliciten sus ofertas justificando la posibilidad de su
ejecución. En escritos de fecha 1 y 5 de junio de 2.007, se reciben, de las
mencionadas empresas, escritos justificando las bajas ofertadas.
Visto los informes emitidos por el Arquitecto Jefe de Sección de
Arquitectura, D. Juan A. Chavarri Navarro, del 10 de julio de 2007 y por los
redactores del Proyecto de Ejecución, B.N. ASOCIADOS S.A., del 4 de julio
de 2007.
De conformidad con lo establecido en el art. 83.4 de la Ley de
Contratos de las Administraciones públicas, se propone la adjudicación al
siguiente licitador no incurso en baja temeraria.
A la vista de lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante
en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
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PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.
SEGUNDO.- Adjudicar definitivamente a la empresa IMAGA
PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.A., CIF:
A15107998, las obras de "CONSTRUCCIÓN DE UNA
BIBLIOTECA Y UN ARCHIVO MUNICIPAL EN LEGANÉS
NORTE", quién con estricta sujeción a los pliegos de
condiciones, proyecto y oferta presentada se compromete a
realizar las citadas obras en la cantidad de DIEZ MILLONES
QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y OCHO
CÉNTIMOS (10.573.992,58.- €), incluido Gastos Generales,
Beneficio Industrial e I.V.A., con cargo a la partida
05/4512-622.00 de los Presupuestos de 2.007 a 2.009.
TERCERO.- El periodo de ejecución de las referidas obras será de
VEINTICUATRO MESES, contado a partir de la firma del Acta
de comprobación de replanteo.
CUARTO.- Se requiere al adjudicatario para que, en el plazo de quince días,
contados a partir de la recepción del presente acuerdo, proceda a
constituir en la Tesorería Municipal la fianza definitiva por
importe de CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON
SETENTA CÉNTIMOS (422.959,70.- €), y a abonar en la
Caja Municipal, la cantidad de OCHOCIENTOS EUROS
CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (800,53.- €),
importe del anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado,
relativo a la presente licitación.
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QUINTO.- Proceder a la devolución de las fianzas provisionales
constituidas por los restantes licitadores.
SEXTO.- Nombrar director de las obras a los Arquitectos, DON JUAN
ANTONIO CHAVARRI NAVARRO Y DON JUAN LUIS
CASANOVA
4.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONCURSO
CONVOCADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE “UNA FOTOCOPIADORA DE GRAN
FORMATO PARA PLANOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE
RENTING”. EXPTE. 104/2007
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de
abril de 2.007, se convocó concurso para la contratación del suministro de
“UNA FOTOCOPIADORA DE GRAN FORMATO PARA PLANOS
MEDIANTE LA MODALIDAD DE RENTING”; publicado el
correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de 22 de junio de
2007.
Habiéndose constituido la Mesa de licitación el día 26 de julio de
2007, las ofertas presentadas se pasaron a informe técnico.
Con fecha 6 de septiembre de 2.007, el Jefe del Negociado de Asuntos
Generales, emitió informe para la adjudicación definitiva del concurso para la
contratación del suministro de "UNA FOTOCOPIADORA DE GRAN
FORMATO PARA PLANOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE
RENTING".
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De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda , los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.
SEGUNDO.- Adjudicar definitivamente, a la empresa INFOTEC DIGITAL
SOLUTIONS, S.A., CIF: A-81575201, el concurso convocado
para contratar el suministro de "UNA FOTOCOPIADORA DE
GRAN FORMATO PARA PLANOS MEDIANTE LA
MODALIDAD DE RENTING", quién se compromete a su
realización con estricta sujeción al pliego de condiciones y
oferta presentada, por un importe máximo de VEINTICUATRO
MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN EUROS (24.731,00.- €),
a razón de 412,18.- € mensuales, I.V.A. incluido, con cargo a la
Partida 18/1230-203.00 de los Presupuestos de 2007 a 2012.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que, en el plazo de quince días
hábiles, contados a partir de la recepción del presente acuerdo,
proceda a constituir en la Caja Municipal, la fianza definitiva,
que se fija en la cantidad de NOVECIENTOS OCHENTA Y
NUEVE EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS
(989,24.- €) y el importe del anuncio publicado en el Boletín
Oficial, relativo a la presente licitación, que se fija en la cantidad
de SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON
TRECE CÉNTIMOS (785,13.-€).
CUARTO.- Proceder a la devolución de las fianzas provisionales
constituidas por los restantes licitadores.
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5.- APROBACIÓN DEL CONTRATO MODIFICADO Nº 3 DEL
SERVICIO PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
DE ZONAS VERDES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE
LEGANES. EXPTE. 55/2004.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 17 de
mayo de 2.004, se adjudicó el concurso convocado para la contratación del
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN DE ZONAS
VERDES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LEGANÉS”, a la empresa
HELECHOS, SDAD. COOP. LTDA., por un importe de CUATRO
MILLONES SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCO EUROS CON
CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (4.071.605,47.- €), anuales, más los IPC
correspondientes, y una duración de OCHO AÑOS.
Mediante acuerdos del Ayuntamiento Pleno, en sesiones celebradas
los días 25 de Octubre de 2005 y 12 de Septiembre de 2006, se aprobaron la
ejecución de los modificados nº 1 y nº 2 por un importe total de
SETECIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TRES EUROS CON
VEINTIDÓS CÉNTIMOS (725.903,22.- €) hasta el 31 de mayo de 2012.
Vista la reserva de crédito, y el informe de consignación
presupuestaria adecuada y suficiente.
Visto el informe emitido por el Director del Servicio, relativo a la
necesidad de acometer el mantenimiento y conservación de las zonas verdes
que se relacionan en informe de fecha 18 de septiembre de 2007.
Considerando, que el importe de la ampliación no supera el 20% de la
adjudicación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno de fecha 17 de mayo de
2005, y de conformidad con el art. 212 del R.D.L. 2/2000, cuando como
consecuencia de las modificaciones del contrato de servicios se produzcan
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aumento, reducción o supresión de las unidades que integran el servicio o la
sustitución de unos servicios por otros, siempre que los mismos estén
comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el
contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de
unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 214. c).
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Autorizar el gasto por importe de SETECIENTOS TREINTA Y
SIETE MIL NOVENTA EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS
(737.090,60 €), con cargo a la partida 12/4328/227.07,
distribuyéndose en los siguientes ejercicios presupuestarios a
razón de las cuantías que se relacionan:
Ejercicio 2007 51.725,65.- €
Ejercicios 2008 a 2011 155.176,97.- € /anuales
Ejercicio 2012 64.657,07 € más los
IPCs correspondientes a cada anualidad.
SEGUNDO.- La ejecución del modificado del Servicio de
"MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN DE ZONAS
VERDES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LEGANÉS”,
será realizada por la empresa HELECHOS SOCIEDAD
COOPERATIVA LIMITADA, adjudicataria del contrato
primitivo, al no superar la modificación aprobada respecto del
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contrato original el 20%. La duración del contrato modificado nº
3 será desde el 10 de octubre de 2007 hasta el 31 de mayo de
2012, más las prórrogas previstas en el apartado 2º del Pliego de
Condiciones Técnicas
TERCERO.- Requerir a la empresa adjudicataria, para que en el plazo de
quince días, contados a partir de la recepción del presente
acuerdo, proceda a constituir en la Caja Municipal la fianza
definitiva que se fija en la cantidad de VEINTINUEVE MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON
SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (29.483,62.- €).
CUARTO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos
documentos sean necesario para la ejecución del presente
acuerdo.
6.- AMPLIACIÓN FINANCIACIÓN OBRA CONSTRUCCIÓN DE
UNA ESCUELA INFANTIL EN EL BARRIO DE LA FORTUNA
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del Orden del Día, durante la cual el Sr.
Gómez Ruiz solicitó información sobre la construcción de las Escuela Infantil,
si suponía un aumento en el número de Escuelas Infantiles o en el precio de su
construcción.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante
en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
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Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO.- Aprobar la ampliación de la financiación de la
CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCUELA INFANTIL EN EL
BARRIO DE LA FORTUNA en 288.345,00.- €.
SEGUNDO.- Aprobar la siguiente financiación para esta obra:
Ingresos provenientes de la enajenación de la parcela
TOC nº 1 del PP-10 SUR M-50 por un total de
93.677,32.- €.
Ingresos provenientes de la monetarización de la UE9
Leganés por un total de 204.667,08.- €.
7.- FINANCIACIÓN OBRA EDIFICIO CON GRADERÍOS Y
ÁREAS DEPORTIVAS POLIVALENTE EN CIUDAD
DEPORTIVA EUROPA.
Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,
acordaron: dejar el expediente sobre la Mesa para un mejor estudio
8.- FINANCIACIÓN OBRA CENTRO DE RECURSOS DEL
DEPORTE.
Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,
acordaron: dejar el expediente sobre la Mesa para un mejor estudio
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9.- CESE Y NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO
ECONÓMICO Y SOCIAL DE LEGANES.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Cesar a los siguientes representantes en el Consejo Económico y
Social de Leganés a propuesta de sus respectivas
organizaciones:
D. Francisco Javier Viondi Arese, CCOO-Unión Comarcal Sur.
D. Faustino Borja de la Cruz, Grupo Municipal Popular.
D. Pedro Fernández Redondo, Grupo Municipal Socialista.
SEGUNDO: Nombrar representantes del Consejo Económico y Social de
Leganés a:
Dª. Isabel Martínez Pérez, CCOO-Unión Comarcal Sur.
D. José Luis Cardenete Cáceres, Grupo Municipal Popular.
D. Pedro Atienza Martín, Grupo Municipal Socialista.
D. Rubén Bejarano Ferreras, Grupo Municipal de Izquierda
Unida.
D. Ricardo López Serrano, Grupo Municipal de ULEG.
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10.- MODIFICACIÓN DE ACUERDOS PLENARIOS DE 20 DE
DICIEMBRE DE 2.005 Y 10 DE MAYO DE 2.007 SOBRE
PERMUTA ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y LOS
PROPIETARIOS DE LA PARCELA 53 DEL POLÍGONO 21
DEL CATASTRO DE RUSTICA.
Por acuerdos plenarios de fechas 20 de diciembre de 2005 y otro
complementario de 10 de mayo de 2.007 se aprobó el Convenio y posterior
permuta de la parcela 1 del polígono 21, de propiedad municipal, por seis
fincas registrales de la parcela 53 del mismo, propiedad de las entidades Tau
Promociones, Soc. Coop. San Nicasio y Dupgesa Grupo Inmobiliario S.A.,
acordándose asimismo iniciar expte de permuta para su tramitación por la
Sección de Patrimonio.
Resultando que en los citados acuerdos municipales se han advertido
errores materiales consistentes en los siguientes extremos:
a) En las fincas propiedad de los particulares a permutar con el
Ayuntamiento se incluyen seis fincas, cuando en realidad deben
ser cinco, ya que la finca registral nº 41.941 debe quedar
excluida del objeto de permuta por cuanto fue incluida
totalmente en el ámbito de delimitación del PP1.
b) Que la descripción, linderos y superficies de las parcelas
propiedad de los particulares que son objeto de permuta, y que
constan en los susodichos acuerdos se corresponden con la
totalidad de las indicadas fincas registrales, cuando en realidad,
se permuta una parte de cada una de las cinco, ya que son los
restos de las fincas matrices, una vez producidas las
segregaciones llevadas a cabo en el Proyecto de Reparcelación
del PP-1, si bien quedan incluidas en el SGRV-1 del PP-5 (Poza
del Agua).
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c) En los citados acuerdos no constan la descripción, linderos y
superficies, realmente permutadas, ni su valoración individual y
referencia catastral.
Resultando que en la documentación obrante en el Proyecto de
Reparcelación del PP-1 Ensanche de San Nicasio, que fue aprobado por la
Junta de Gobierno Local en fecha 6 de junio de 2.006, constan la descripción,
linderos y superficies de las cinco parcelas tanto las fincas matrices iniciales,
como las segregadas incluidas en la delimitación del PP-1, así como los restos
de las indicadas fincas matrices, estos últimos que son el objeto de permuta,
habiéndose completado por informe del Arquitecto Municipal de fecha 20-7-
2.007 las superficies y valoraciones individualizadas de los citados restos, e
incorporado las referencias catastrales de las fincas afectados, en virtud de cuya
documentación resultan las descripciones, linderos, superficies, valoraciones y
referencias catastrales, que sustituyen y rectifican las consignadas
erróneamente en los citados acuerdos plenarios y que se recogen íntegramente
en la parte dispositiva del presente acuerdo.
Visto lo dispuesto en los artículos 1 a 8, 32, 35 y 36 de la Ley 33/2003
de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el artículo 22.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su
redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la
Modernización del Gobierno Local y el artículo 112 del Reglamento de Bienes
de las Corporaciones Locales (R. D. 1372/1986, de 13 de junio), el
Ayuntamiento Pleno resulta competente, sin necesidad de quórum especial al
no superar la cuantía de la permuta el 20% de los recursos ordinarios
municipales, para la adopción del presente acuerdo de enajenación mediante
permuta, por todo lo cual y De conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
- 16 -
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Permutar con las entidades mercantiles TAU PROMOCIONES
S.A., SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA SAN
NICASIO Y DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO S.A.,
propietarias según título y proporcionalidad. que más adelante se
señalan, situadas dentro del ámbito del Plan Parcial “PP-5
(SGRV-1) POZA DEL AGUA” las siguientes cinco fincas
registrales, incluidas en la parcela 63 del polígono 21 del
Catastro de Rústica:
I. FINCAS REGISTRALES PERMUTADAS, QUE PASAN A
SER PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANES
Finca 1. Resto de finca registral número 42.243. De esta
finca matriz, de 5.000 m2. de superficie inicial, se segregan
3.524 m2. incluida en la delimitación del Proyecto de
Reparcelación del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca
matriz que es objeto de permuta, pendiente de inscripción
registral:
Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca
matriz (registral nº 60.160), con una superficie de 1.476 m/2.
Linda al Norte, con el camino; al Sur, con la finca número
10.bis del Inventario (registral nº 60.166 del Reg. de la
Propiedad nº 2 de Leganés); al Este, con la finca matriz de la
que ahora se segrega por estar afectada por el Plan Parcial 1
“Ensanche de San Nicasio”; y al Oeste, con el camino.
Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido
aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,
- 17 -
quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro
del PP-5.
Titularidad: Según la inscripción 1ª, única de dominio vigente,
aparece inscrita a nombre de la sociedad TAU
PROMOCIONES, S. A., con C.I.F. número A-28/827335, como
dueña por título de compra a Doña Emilia Rodríguez Gaitán, en
virtud de la escritura otorgada el 30 de septiembre de 2.004
ante el Notario de Getafe Don Eduardo Torralba Arranz.
Cargas y gravámenes: Inicialmente gravada con una hipoteca
que expresa la inscripción 2ª, de fecha 22-11-2.004, e inscrita a
favor del Banco de Bilbao Vizcaya y Argentaria S.A. constituida
por dicho titular registral en garantía de un préstamo por el que
responde de 739.440 €, según escritura otorgada en fecha 30-9-
2.004 ante el Notario de Getafe Don Eduardo Torralba Arranz.
Dicha carga se ha mantenido en vigor hasta el 27-7-2.007,
fecha en que ha sido cancelada totalmente, como se ha
acreditado mediante copia de la escritura de cancelación de la
entidad prestamista (BBVA) otorgada en dicha fecha ante el
Notario de Madrid Don Cruz Gonzalo López-Muller Gómez, la
cual ha sido autoliquidada e inscrita en el Registro de la
Propiedad nº 2 de Leganés, por lo que al día de la fecha no
tiene cargas ni gravámenes.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de
Leganés-2, al Tomo 1.473, Libro 631, folios 95 al 98, finca
registral 42.243 (antes nº 60.160 del Archivo Común).
Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha
20-7-2.007 está valorada en CIENTO VEINTISÉIS MIL
- 18 -
NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS (126.936 €), IVA no
incluido.
Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada
referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la
Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:
3956207VK3635N0001FK.
Finca 2. Resto de finca registral número 38.185. De esta
finca matriz, de 3.730 m2. de superficie inicial, se segregan
1.138 m2. incluida en la delimitación del Proyecto de
Reparcelación del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca
matriz que es objeto de permuta, pendiente de inscripción
registral:
Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca
matriz (registral nº 60.162), con una superficie de 2.592/m/2.
Linda al Norte, con la finca número 10-bis del Inventario
(registral nº 60.166 del Reg. de la Propiedad nº 2 de Leganés);
al Sur, con la finca nº 10 y 10 ter del Inventario (registrales
60.164 y 60.168; al Este, con la finca matriz de la que ahora se
segrega por estar afectada por el Plan Parcial 1 “Ensanche de
San Nicasio”; y al Oeste, con el camino.
Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido
aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,
quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro
del PP-5.
Titularidad.- Según la inscripción 1ª, única de dominio vigente,
aparece inscrita a nombre de la SOCIEDAD COOPERATIVA
- 19 -
MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F. número F-82500133,
como dueña por título de compra a Doña Josefa Rodríguez
Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 28 de Noviembre
de 2.002 ante el Notario de Getafe Don Eduardo Torralba
Arranz.
Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de
servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de
Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 12,, finca registral
38.185 (antes nº 60.162 del Archivo Común).
Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha
20-7-2.007 está valorada en DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL
NOVECIENTOS DOCE EUROS (222.912,00 €), IVA no
incluido.
Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada
referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la
Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:
3956207VK3635N0001FK.
Finca 3. Resto de finca registral número 38.186, De esta finca
matriz, de 4.858 m/2 de superficie inicial, se segrega finca de
1.045,70 m/2 incluida en la delimitación del Proyecto de
Reparcelación del PP-1, y tras la expropiación para la ejecución
de la Av. Del Mediterráneo, quedando el siguiente resto de la
finca matriz que es objeto de permuta, pendiente de inscripción
registral:
- 20 -
Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca
matriz (registral nº 60.164), con una superficie de 850,91 m/2.
Linda al Norte, con el resto de la finca que se segregó por estar
afecta por el PP-1 Ensanche de San Nicasio de Leganés; al Sur,
con la carretera; al Este, con finca de Doña Eugenia Pizazo y el
PP-1 Ensanche de San Nicasio; y al Oeste, con el camino.
Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido
aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,
quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro
del PP-5. La finca matriz, de la que ha quedado como resto,
resultó afectada por la expropiación para la ejecución del
viario de la Avda. del Mediterráneo, en virtud de la cual se
expropiaron 2.120 m/2.
Titularidad.- Según la inscripción 1ª aparece inscrita una
participación indivisa de 1/3 parte a nombre de la SOCIEDAD
COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F.
número F-82500133, como dueña por título de compra a Doña
Josefa Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el
28 de Noviembre de 2.002 ante el Notario de Getafe Don
Eduardo Torralba Arranz.
Según la inscripción 2ª aparece inscrita una participación
indivisa de 1/3 parte a nombre de la sociedad DUPGESA
GRUPO INMOBILIARIO, S. A., con C.I.F. número A-
78/355278, como dueña por título de compra a Doña Margarita
Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 28 de
Julio de 2.004 ante el Notario de Leganés Don José-María
Martín Castillo.
Y según la inscripción 3ª, última de dominio vigente, aparece
inscrita la restante participación indivisa de 1/3 parte a nombre
de la sociedad TAU PROMOCIONES, S. A., con C.I.F. número
- 21 -
A-28/827335, como dueña por título de compra a Doña Emilia
Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 30 de
Septiembre de 2.004 ante el Notario de Getafe Don Eduardo
Torralba Arranz.
Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de
servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de
Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 14, finca registral
38.186 (antes nº 60.164 del Archivo Común).
Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha
20-7-2.007 está valorada en SETENTA Y TRES MIL CIENTO
SETENTA Y OCHO EUROS CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS
(73.178,26 €), IVA no incluido.
Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada
referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la
Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:
3956207VK3635N0001FK.
Finca 4. Resto de finca registral número 38.187. De esta finca
matriz, de 550,00 m/2 de superficie inicial, se segregan 136,00
m/2 incluida en la delimitación del Proyecto de Reparcelación
del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca matriz que es
objeto de permuta, pendiente de inscripción registral:
Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca
matriz (registral nº 60.166), con una superficie de 136,00 m/2.
- 22 -
Linda al Norte, con finca nº 8 del inventario (registral 60.160);
al Sur, con la finca nº 9 del inventario (registral nº 60,162); al
Este, con la finca matriz de la que ahora se segrega por estar
afectada por el Plan Parcial 1 “Ensanche de San Nicasio” y al
Oeste, con el camino.
Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido
aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,
quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro
del PP-5
Titularidad.- Según la inscripción 1ª aparece inscrita una
participación indivisa de 1/3 parte a nombre de la SOCIEDAD
COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F.
número F-82500133, como dueña por título de compra a Doña
Josefa Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el
28 de Noviembre de 2.002 ante el Notario de Getafe Don
Eduardo Torralba Arranz.
Según la inscripción 2ª aparece inscrita una participación
indivisa de 1/3 parte a nombre de la sociedad DUPGESA
GRUPO INMOBILIARIO, S. A., con C.I.F. número A-
78/355278, como dueña por título de compra a Doña Margarita
Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 28 de
Julio de 2.004 ante el Notario de Leganés Don José-María
Martín Castillo.
Y según la inscripción 3ª, última de dominio vigente, aparece
inscrita la restante participación indivisa de 1/3 parte a nombre
de la sociedad TAU PROMOCIONES, S. A., con C.I.F. número
A-28/827335, como dueña por título de compra a Doña Emilia
Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 30 de
Septiembre de 2.004 ante el Notario de Getafe Don Eduardo
Torralba Arranz.
- 23 -
Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de
servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de
Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 16, finca registral
38.187 (antes nº 60.166 del Archivo Común).
Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha
20-7-2.007 está valorada en ONCE MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y SEIS (11.696,00 €, IVA no incluido.
Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada
referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la
Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:
3956207VK3635N0001FK
Finca 5 Resto de finca registral número 38.188. De esta finca
matriz, de 296,00 m/2 de superficie inicial, se segregan 174,00
m/2 incluida en la delimitación del Proyecto de Reparcelación
del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca matriz que es
objeto de permuta, pendiente de inscripción registral:
Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca
matriz (registral nº 60.168), con una superficie de 122,00 m/2.
Linda al Norte, con finca nº 9 del inventario (registral 60.162);
al Sur, con la finca registral 60.164; al Este, con la finca matriz
de la que se segrega por estar afectada por el Plan Parcial 1
“Ensanche de San Nicasio” y al Oeste, con el camino.
Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido
aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,
- 24 -
quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro
del PP-5.
Titularidad.- Según la inscripción 1ª aparece inscrita una
participación indivisa de 1/2 a nombre de la SOCIEDAD
COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F.
número F-82500133, como dueña por título de compra a Doña
Josefa Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el
28 de Noviembre de 2.002 ante el Notario de Getafe Don
Eduardo Torralba Arranz.
Y según la inscripción 2ª, última de dominio vigente, aparece
inscrita la restante participación indivisa de 1/2 a nombre de la
sociedad DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO, S. A., con C.I.F.
número A-78/355278, como dueña por título de compra a Doña
Margarita Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada
el 28 de Julio de 2.004 ante el Notario de Leganés Don José-
María Martín Castillo.
Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de
servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de
Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 18, finca registral
38.188 (antes nº 60.168 del Archivo Común).
Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha
20-7-2.007 está valorada en DIEZ MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y DOS EUROS (10.492,00 €), IVA no incluido.
Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada
referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la
- 25 -
Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:
3956207VK3635N0001FK
II. EL AYUNTAMIENTO DE LEGANES es propietario de la
cuota indivisa del 65,196272 % de la citada parcela 1 del
polígono 21, que tiene una superficie real de 7.940,50 m2, según
medición de los Servicios Técnicos Municipales, si bien
registralmente constan inscritos 6.286 m/2,que pasará a ser
propiedad de las entidades TAU PROMOCIONES S.A.,
SOCIE4DAD COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO
Y DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO S.A.,
proporcionalmente a las propiedades y valores aportados por
cada una de ellas.
Dicha parcela según el Proyecto de Delimitación del Plan
Parcial PP-1 “Ensanche de San Nicasio”, aprobado
definitivamente por acuerdo de la Comisión de Gobierno del
Ayuntamiento de Leganés, de 6 de junio de 2.006, tiene una
superficie real de 7.940,50 m/2, siendo la cuota proindiviso
permutada equivalente a 5.176,91 m/2, y cuenta con el siguiente
historial jurídico:
Descripción, linderos y superficie: Tierra en el término de
Leganés en el camino de Moraleja, con una superficie real de
7.940,50 m/2 e inscrita de sesenta y dos áreas y ochenta y seis
centiáreas. Linda: al Norte, con Camino de Moraleja a Madrid;
al Sur, con la parcela 3 del Polígono 21; al Este, con ferrocarril
militar –Camino de Castilla-; y al Oeste, con Camino de
Moraleja a Madrid.
- 26 -
Título: Le pertenece por título de permuta con la sociedad Luna
de Madrid, S. L. en virtud de la escritura otorgada el 16 de
mayo de 1997 ante el Notario de Leganés Don Julio F. Arias-
Camisón Santos.
Cargas y gravámenes: Por traslado la finca esta gravada con
una servidumbre de paso de tres metros de ancho a favor de las
fincas situadas en el mismo paraje, colindantes con ella,
pertenecientes a Don Vicente y Don Manuel Maroto Maroto
como predios dominantes, que son las fincas registrales nº
3.376 y 2.661 de Leganés, respectivamente; según resulta de
escritura autorizada el 18 de octubre de 1965 por el Notario de
Getafe Don Manuel Gramunt y Puig, que motivó la inscripción
4ª de la finca 4500 de Leganés, de fecha 26 de febrero de 1.970.
Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha
20-7-2.007 está valorada en CUATROCIENTOS CUARENTA Y
CINCO MIL DOSCIENTOS CATORCE EUROS CON
VEINTISÉIS CÉNTIMOS (445.214,26 €), IVA no incluido.
Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada
referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la
Parcela 1 del Polígono 21, que es la siguiente:
3956201VK3635N0001YK
Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Leganés Nº 2,
al folio 40 del Tomo 1159, Libro 317, finca número 26.697,
inscripción 2ª.
- 27 -
SEGUNDO.- Las superficies afectadas por la permuta, según descripciones
anteriores, son las siguientes, resultando equivalentes al
aplicarse un valor unitario de 86,00 €/m2., según informe del
Arquitecto Municipal:
PROPIETARIO SUPERFICIE M/2
VALORACIÓN € COEFICIENTE
AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
5.176,91 445.214,26 100
TAU PROMOCIONES S.A. 1.804,97 155.227,42 34,8657
SOC. COOP. MAD SAN NICASIO
2.981,97 256.449,42 57,6015
DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO
389,97 33.537,42 7,5328
En dichas valoraciones no se han considerado repercusión
alguna de impuestos estatales, autonómicos o locales, debiendo
aplicarse a las mismas el IVA al tipo general del 16%, según lo
dispuesto en el art. 6 de LIVA, dada la consideración de ambas
partes como sujetos pasivos del Impuesto.
TERCERO.- Comunicar el presente acuerdo, como requisito previo a su
ejecutividad, a la Dirección General de Cooperación con la
Administración Local de la Consejería de Presidencia de la
Comunidad de Madrid, para su toma en consideración, al no
superar la cuantía de la finca permutada el 25% de los recursos
ordinarios del Ayuntamiento, según certificación de la
Interventora Municipal, todo ello en base a lo dispuesto en el art.
79 del TRBRL aprobado por Real Decreto 781/86 y Ley 2/2003
de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
- 28 -
CUARTO.- Todos los gastos e impuestos que se originen por el
otorgamiento de la escritura de permuta serán satisfechos
íntegramente por los propietarios de la parcela 53 del polígono
21, proporcionalmente a sus cuotas de propiedad en las fincas
registrales permutadas con el Ayuntamiento.
QUINTO.- Ratificar y dejar subsistentes los acuerdos plenarios adoptados
en relación al presente expediente, en fechas 20-12-2.005 y 10-
5-2.007, en cuanto no han sido modificados o sustituidos por el
presente acuerdo.
SEXTO.- Formalizar el acuerdo en escritura pública, facultando al Sr.
Alcalde-Presidente para la firma de la misma y de cuantos otros
documentos sean necesarios para la ejecución del presente
acuerdo.
11.- MODIFICACIÓN DE ACUERDO PLENARIO DE 18 DE ABRIL
DE 2.006 POR EL QUE SE CEDEN A EMSULE SEIS
PARCELAS DEL PP SOLAGUA COMO APORTACIÓN AL
CAPITAL SOCIAL DE LA CITADA EMPRESA PUBLICA.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 18 de abril de 2.006 se
acordó la cesión a EMSULE, S.A., como aportación del Ayuntamiento al
capital social de la entidad, de las parcelas 19.1, 19.2, 20.1, 20.2, 21.1 y 21.2
valorándose la citada aportación según informe técnico del Arquitecto
municipal en un total de 4.909.381,09 €, sobre cuyo importe aplicando el IVA
al tipo general del 16% arroja un importe total del valor de las seis parcelas de
- 29 -
cinco millones seiscientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y dos
Euros con seis céntimos (5.694.882,06 €).
Resultando que por informe técnico posterior del mismo Arquitecto
Municipal, en ajuste de las cifras anteriores para posibilitar su conversión en un
número exacto de acciones del capital social de la citada empresa pública
EMSULE, S.A., se revisa el valor de la parcela 19.1, sustituyendo su valor
inicial de 490.675,437 € por el nuevo de 491.294,345 €, ambos sin incluir IVA,
valoración rectificada que incide en el valor total de las seis parcelas indicadas,
cuyo valor ascendería a 4.910.000 €, que con el 16% de IVA (705.600 €)
arrojaría un valor total de cinco millones seiscientos noventa y cinco mil
seiscientos euros (5.695.600 €).
Resultando asimismo que en el citado acuerdo plenario se omitieron
en la descripción de las fincas cedidas los datos registrales de cada una de
ellas, ya que en dicha fecha estaban pendientes de inscripción por el Registro
de la Propiedad, siendo requisito este imprescindible para proceder a la
inscripción de la ampliación del capital social de la empresa pública, al tratarse
de aportaciones de inmuebles.
Advertidos dichos errores materiales en base a lo dispuesto en el art.
105.2 de la vigente Ley 30/92, procede rectificar el mismo para la correcta
ejecución de lo acordado y la posterior formalización de la escritura pública de
aportación de las citadas fincas, por la valoración final rectificada, y la
consecuente ampliación del capital social de la empresa municipal EMSULE
S.A. .
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, con el
voto en contra del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, y los
- 30 -
votos a favor los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los
tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida, acordaron:
PRIMERO: Aprobar la nueva valoración dada a la finca 19.1 del PP
Solagua, según informe del Arquitecto Municipal emitido en
fecha 5 de octubre de 2.006, que asciende a 491.294,345 € en
lugar de los 490.675,437.- € , ambas cifras sin IVA, en que
inicialmente se valoró, y consecuentemente modificar el valor
total de las 6 parcelas cedidas a EMSULE S.A. como aportación
municipal al capital social de dicha empresa municipal (parcelas
19.1, 19.2, 20.1, 20.2, 21.1 y 21.2 del PP Solagua) aprobado por
acuerdo plenario de 18-4-2.006, quedando modificado este sólo
y exclusivamente en cuanto al valor total de las seis parcelas
cedidas, que queda fijado en un importe de CUATRO
MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL EUROS (4.910.000.-
€), al que añadiendo el IVA al tipo general del 16% (705.600),
resulta una valoración total de CINCO MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS
EUROS (5.695.600,00.- €)
SEGUNDO: Modificar asimismo el citado acuerdo plenario de 18 de abril de
2.006, incorporando en la descripción de cada una de las
parcelas cedidas los datos registrales correspondientes, que son
los siguientes:
Datos de inscripción:
PARCELA TOMO LIBRO FOLIO FINCA INSCRIPCIÓN
19.1 1,449 607 217 35.324 1ª
19.2 1.449 607 221 35.325 1ª
- 31 -
PARCELA TOMO LIBRO FOLIO FINCA INSCRIPCIÓN
20.1 1,450 608 1 35.326 1ª
20.2 1.449 608 5 35.327 1ª
21.1 1.450 608 9 35.328 1ª
21.2 1.450 608 13 35.329 1ª
TERCERO: Ratificar y dejar subsistentes los restantes acuerdos adoptados
en la citada sesión plenaria de 18 de abril de 2.006, en cuanto no
han sido modificados por el presente acuerdo.
CUARTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés
para la firma de cuantos documentos fueran necesarios para
llevar acabo la citada cesión a EMSULE, S.A., así como la
formalización de la correspondiente escritura pública en los
términos del presente acuerdo.
12.- PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
DE LA PARCELA E-13 DEL PP-5 (ARROYO CULEBRO)
PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CENTRO INTEGRADO DE
EDUCACIÓN.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 27 de Abril de 2007, se
puso a disposición de la Comunidad de Madrid las Parcelas E-14 y E-15 del
Plan Parcial P.P.-5 del P.A.U.-1 “Arroyo Culebro para la construcción de un
colegio de Educación Infantil y Primaria.
- 32 -
Por el Director del Área Territorial de Madrid-Sur de la Consejería de
Educación de la Comunidad de Madrid, se ha solicitado que el Ayuntamiento
de Leganés ponga a disposición de la Consejería de Educación de la
Comunidad de Madrid la parcela E-13 anexa a la E-14 dado que, debido a la
ubicación geográfica de la zona de Arroyo Culebro, separada del núcleo urbano
de Leganés, la Dirección de Área Territorial de Madrid Sur ha propuesto a la
Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid la conveniencia de
construir un centro integrado en el que se impartan las Enseñanzas del 2º ciclo
de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria
(3 a 16 años), el terreno cedido no es suficiente para la construcción del Centro
Integrado.
El Jefe de Sección de la Unidad Técnica de Educación en informe de
fecha 16 de julio de 2007 manifiesta que es necesario la puesta a disposición de
la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid de la parcela E-13
anexa a la E-14 para la construcción de un Centro Integrado en el Barrio de
Arroyo Culebro.
Visto el informe urbanístico del Arquitecto Municipal de fecha 17 de
julio de 2007, en el que se describen las características de la parcela: Superficie
de parcela 13.529 m2., superficie edificable 17.994 m2., uso específico escolar
e indivisible.
Por todo lo expuesto, y De conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO.- Poner a disposición de la Consejería de Educación de la
Comunidad de Madrid, la parcela E-13 del Plan Parcial P.P.-5
del P.A.U.-1 “Arroyo Culebro, con una superficie de 13.529
- 33 -
m2., para que se construya, conjuntamente con las parcelas E-14
y E-15, un Centro Integrado en el que se impartan las
Enseñanzas del 2º ciclo de Educación Infantil, Educación
Primaría y Educación Secundaría Obligatoria (3 a 16 años)
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde Presidente para suscribir y firmar toda
clase de documentos, en ejecución de los acuerdos precedentes.
13.- RENUNCIA AL EJERCICIO DE ACCIONES CIVILES EN
EXPEDIENTES DE DAÑOS A BIENES MUNICIPALES.
Examinadas las actuaciones habidas en los siguientes expedientes
administrativos tramitados por la Sección de Patrimonio, por daños a bienes
municipales:
Expte. Nº Responsable Valor de los daños €
107/05 Don Joseph Paul Enriette
Don Roland Martinj 42,90
057/05 Don Mauricio Jaramillo Jaramillo 80,60
045/06 Don Manuel Dos Santos Correia 97,22
Resultando que finalizada la tramitación de los citados expedientes
hasta la fecha no han sido ingresados los importes anteriores a que ascienden
los daños valorados por los Servicios Técnicos Municipales, precisándose para
su ejecución del oportuno ejercicio de acciones judiciales ante la jurisdicción
civil.
- 34 -
Resultando que a la vista de lo actuado, y suscitándose serias dudas
acerca de la procedencia y conveniencia o no del ejercicio de acciones
judiciales, se recaba informe de la Asesoría Jurídica, en base al art. 9 del
vigente Reglamento de Bienes, emitiéndose por esta el preceptivo informe, en
el sentido de desaconsejar el ejercicio de acciones judiciales contra los
responsables referidos, por tratarse de escasas cuantías y cuya tramitación y
costas superaría con creces los importes reclamados vulnerándose así el
principio de eficiencia administrativa recogido en el art. 103.1 de la C.E. y art.
3.1 de la Ley 30/92 de RJAPYPAC.
Vistos el art. 22.2.j) y 47.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de
las Bases de Régimen Local, por los que se atribuye la competencia al
Ayuntamiento Pleno y art. 54.3 del R.D. Legislativo 781/86 por el que se
aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones en materia de Régimen Local,
de conformidad con lo establecido en los arts. 28 de la vigente Ley 33/2003 del
Patrimonio de las Administraciones Públicas y art. 9 del Reglamento de
Bienes, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- No ejercitar la acción judicial civil de reclamación de daños a
bienes municipales, por las razones apuntadas, en los siguientes
expedientes tramitados por la Sección de Patrimonio:
Expte. Nº Responsable Valor de los daños €
107/05 Don Joseph Paul Enriette
Don Roland Martinj 42,90
057/05 Don Mauricio Jaramillo Jaramillo 80,60
045/06 Don Manuel Dos Santos Correia 97,22
- 35 -
SEGUNDO.- Notificar esta resolución a los interesados y proceder sin más
trámite al archivo de las actuaciones habidas en los indicados
expedientes.
14.- MODIFICACIÓN EN EL INVENTARIO MUNICIPAL DE
BIENES DE DATOS DE DESCRIPCIÓN DE FINCA (ASIENTO
DE INMUEBLES Nº 0552).
Examinada la solicitud presentada en fecha 10 de enero de 2.007 por
Don Adolfo Aragonés Barrueco, por la que en relación a la descripción de la
parcela 49 del polígono 21, solicita se rectifique la descripción de linderos que
obra en la finca inscrita en el Registro de la Propiedad Leganés-2, al tomo 107,
folio 34, finca 8.459, hoy propiedad del Ayuntamiento, basando su petición en
error producido en la escritura suscrita el 22-9-84 ante el Notario de
Madridejos (Toledo) Don Eduardo Torralba Arranz, de segregación de 12.465
m/2 de la finca matriz, en cuya descripción de la finca se hace constar por error
en la descripción de los linderos de dicha finca que es colindante con la parcela
50 del mismo polígono 21, error que ha subsistido hasta la actual inscripción a
favor del Ayuntamiento.
Resultando que dicha finca registral, inicialmente incluida en el
asiento 0552 del epígrafe Inmuebles, actualmente se corresponde con el asiento
21 del Epígrafe 8 Bienes Revertibles, ya que sobre la misma se aprobó por el
Ayuntamiento Pleno de fecha 4-2-87 una concesión de bienes de dominio
público, por un plazo de 99 años a favor de la Sociedad Cooperativa Limitada
Pequeño Príncipe.
- 36 -
Resultando que para acreditar lo expuesto el interesado aporta copia
de la escritura en que se origina el error, así como notas simples de las
inscripciones a favor de los posteriores titulares de la finca, en las que se
aprecia la persistencia del error, incluso en la cesión de gratuita al
Ayuntamiento aceptada por el Pleno de 1/8/86.
Resultando que por informe del Arquitecto Municipal emitido en
fecha 3-1-2.007, se dictamina favorablemente la pretensión del interesado por
cuanto la finca segregada, hoy de propiedad municipal, en realidad está
físicamente separada de la parcela 50 del mismo polígono, por el llamado
Camino de Mostotes,, todo ello según los datos, planos y demás antecedentes
obrantes en el Servicio Municipal de Urbanismo, no resultando por tanto
afectada la parcela 49 por los límites o linderos de la parcela 50 con la cual no
es colindante.
Considerando que los errores materiales de hecho existentes pueden
ser rectificados, en cualquier momento, bien de oficio o a instancia de parte,
como en el presente caso, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 105.2 de la
vigente 30/92 de RJAPYPAC.
Vista la normativa citada y los artículos 17 a 28 del Reglamento de
Bienes de las Entidades Locales, artículos 36 a 40 de la Ley 33/2003 de
Patrimonio de las Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y
apartados que tienen carácter básico, y lo dispuesto en el art. 34 del citado
Reglamento de Bienes que atribuye al Pleno la competencia para la aprobación
del Inventario, su rectificación y comprobación.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
- 37 -
PRIMERO: Rectificar los datos de linderos y descripción de la finca registral
8.459, de propiedad municipal e inscrita en el Inventario
municipal de Bienes en los asientos 0552 del epígrafe 1
Inmuebles y 21 del epígrafe 8 Bienes Revertibles, en el sentido
de excluir en la misma toda referencia a la parcela 50 del
polígono 21, con la cual no es colindante al estar separada
físicamente por un camino, debiendo constar en la descripción y
linderos únicamente la referencia a la parcela 49 del mismo
polígono.
SEGUNDO: Instar del Registro de la Propiedad de Leganés nº 2, la oportuna
rectificación en la inscripción de la citada finca, de los datos de
descripción y linderos de acuerdo con el punto anterior.
TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de toda clase de
documentos en ejecución del presente acuerdo.
15.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN PLAZA
GARAJE Nº 309 DEL APARCAMIENTO JULIÁN BESTEIRO.
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 17 de abril de 1990 la
adjudicación de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 309 a D.
PEDRO ZAZO GONZÁLEZ y en el de fecha 13 de julio de 2.004, autorizar el
cambio de titularidad de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº
309 del Aparcamiento Julián Besteiro a favor de D. Antonio San Julián
Gómez.
Las condiciones eran: CANON: 4.006,75 Euros Plazo: 99 años.
- 38 -
D. Antonio San Julián Gómez, solicita autorización para transmitir la
mencionada plaza a Dª. Mª Angeles Garrido Jiménez, que está interesada en
adquirir la concesión de la plaza como también solicita.
Resultando que la concesión tiene efectos del 19 de febrero de 1.991,
fecha de la notificación del acuerdo, por lo que han transcurrido 16 años y 6
meses de concesión administrativa, y que el precio de la concesión aplicando
los IPCS desde 1990 al 2006 es de 7.442,47.- €, así como que el precio de la
concesión por año es de 75,18.- €, resulta que para los 82 años y 6 meses
restantes corresponde un canon de 6.202,38.- €.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de
garaje nº 309 del Aparcamiento Julián Besteiro cuyo titular es
D. ANTONIO SAN JULIÁN GÓMEZ, a favor de Dª. Mª
ÁNGELES GARRIDO JIMÉNEZ .
SEGUNDO: El precio de la transmisión no podrá ser superior a SEIS MIL
DOSCIENTOS DOS EUROS CON TREINTA Y OCHO
CÉNTIMOS DE EURO (6.202,38.- €).
TERCERO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente
contrato debidamente liquidado, así como la documentación que
se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la
transmisión de la concesión.
- 39 -
CUARTO: Dª. Mª ÁNGELES GARRIDO JIMÉNEZ, deberá presentar una
fianza de 200,34.- €, y se procederá a la devolución de la fianza
a D. ANTONIO SAN JULIÁN GÓMEZ .
QUINTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de
Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.
16.- AUTORIZAR LA CESIÓN DE LA CONCESIÓN
ADMINISTRATIVA DE LA PLAZA DE GARAJE Nº 273 DEL
APARCAMIENTO JULIÁN BESTEIRO.
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 17 de abril de 1990 la
adjudicación de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 273 del
Aparcamiento Julián Besteiro a D. Mariano Tojar Vadillo.
Las condiciones eran: CANON: 4.006,75.- € Plazo: 99 años.
Que mediante instancia presentada en el R/E el 15 de mayo de 2007,
(nº 21836), Dª. Julia Trujillo Gómez, solicita el cambio de titularidad de la
plaza de garaje nº 273 por fallecimiento de su esposo. Se adjunta fotocopias
compulsadas del certificado de defunción del Registro Civil de fecha 8-11-
2005, del Testamento y la Escritura de aceptación y partición de herencia
otorgada con motivo del fallecimiento de D. Mariano Tojar Vadillo, firmada
ante los notarios Dª. Lucia María Serrano de Haro Martínez y D. Manuel
Pulgar Malo de Molina, el 10-7-2003 y 28-6-2007 con los núms. de protocolo
743 y 1106, respectivamente, donde se dispone que a Dª Julia Trujillo Gómez,
lega el usufructo universal de todos sus bienes e instituye a D. Mario Francisco
Tojar Trujillo y a Dª Mª Luisa Tojar Trujillo como herederos por partes
- 40 -
iguales con sustitución vulgar a favor de los respectivos descendientes de éstos,
por estirpes.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de
garaje nº 273 del Aparcamiento Julián Besteiro cuyo titular era
D. MARIANO TOJAR VADILLO a favor de Dª JULIA
TRUJILLO GÓMEZ, D. MARIO FRANCISCO TOJAR
TRUJILLO Y Dª Mª LUISA TOJAR TRUJILLO.
SEGUNDO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento la correspondiente
documentación que se requiere en el Pliego de condiciones, para
hacer efectiva la transmisión de la concesión.
TERCERO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de
Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.
17.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN PLAZA
GARAJE Nº 213 DEL APARCAMIENTO PRINCESA.
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 9 de diciembre de
1998 la modificación del acuerdo plenario del 18 de octubre de 1994 sobre
concesión administrativa a los Aparcamientos Princesa, Sdad. Coop. Ltda., y
por acuerdo plenario de fecha 19 de diciembre de 2000, se aprobó efectuar una
concesión administrativa de la plaza nº 213 a D. RAÚL MARTÍN APARICIO.
- 41 -
Las condiciones eran: CANON 6.768,15.- € Plazo: 99 años.
D. Raúl Martín Aparicio solicita autorización para trasmitir la
mencionada plaza a Dª. Francisca Águila Cebrián y D. Cesáreo López
Costalago, que están interesados en adquirir la concesión de la plaza como
también solicitan.
Resultando que la concesión tiene efectos del día 22 de marzo de
2.001, por lo que han transcurrido 6 años y 5 meses de concesión
administrativa y que el precio de la concesión aplicando los IPCS desde 2001
al 2006 es de 8.151,73.- €, así como que el precio de la concesión por año es de
82,35 Euros, resulta que para los 92 años y 7 meses restantes corresponde un
canon de 7.624,22.- €.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de
garaje nº 213 del Aparcamiento Princesa cuyo titular es D.
RAÚL MARTÍN APARICIO, NIF: 52377970R a favor de Dª.
FRANCISCA ÁGUILA CEBRIÁN, NIF: 52124543-B y D.
CESAREO LOPEZ COSTALAGO, NIF: 52090980-M.
SEGUNDO: El precio de la transmisión no podrá ser superior a SIETE MIL
SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON VEINTIDÓS
CÉNTIMOS DE EURO (7.624,22 Euros).
TERCERO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente
contrato debidamente liquidado, así como la documentación que
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se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la
transmisión de la concesión.
CUARTO: Dª. FRANCISCA ÁGUILA CEBRIAN y D. CESAREO
LÓPEZ COSTALAGO deberán presentar una fianza de 270,73
Euros y se procederá a la devolución de la fianza a D. RAÚL
MARTÍN APARICIO.
QUINTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de
Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.
18.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN PLAZA
GARAJE Nº 203 DEL APARCAMIENTO PRINCESA.
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 9 de diciembre de
1998 la modificación del acuerdo plenario del 18 de octubre de 1994 sobre
concesión administrativa a los Aparcamientos Princesa, Sdad. Coop. Ltda., y
por acuerdos plenarios de fecha 20 de junio de 2000 y de 13 de marzo de 2001,
se aprobó efectuar una concesión administrativa de la plaza nº 203 del
Aparcamiento Princesa a Dª Mª CARMEN CANDEIRA PÉREZ.
Las condiciones eran: CANON 6.768,15.- € Plazo: 99 años.
D. Antonio Portanova Casero solicita mediante escrito presentado en
el Registro de Entrada de fecha 6 de septiembre de 2007 (nº registro 38.402),
se proceda al cambio de titularidad de la plaza de garaje nº 203 del
aparcamiento subterráneo Princesa según la adjudicación realizada en virtud de
- 43 -
la liquidación de la Sociedad de Gananciales de fecha 23 de abril de 2007,
aprobado judicialmente por Sentencia de fecha 28 de junio de 2007.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Quedar enterados de la sentencia nº 274 de fecha 28 de junio de
2007 dictada por el Juzgado de 1ª instancia nº 1 de Leganés, que
estima la demanda decretando la disolución por causa de
divorcio del matrimonio formado por D. Antonio Portanova
Casero y Dª. Mª Carmen Candeira Pérez, celebrado el 18 de
julio de 1987 y, aprobando el convenio regulador de fecha 23 de
abril de 2007, por el que se adjudica la plaza de garaje nº 203
del aparcamiento Princesa a D. ANTONIO PORTANOVA
CASERO.
SEGUNDO: Autorizar la cesión de la concesión de la plaza de garaje nº 203
del Aparcamiento Princesa cuyo titular es Dª. Mª CARMEN
CANDEIRA PÉREZ, NIF: 50059995-N, a favor de D.
ANTONIO PORTANOVA CASERO, NIF: 50035073-E.
TERCERO: D. ANTONIO PORTANOVA CASERO deberá presentar una
fianza de 270,73.- €.
CUARTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de
Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.
- 44 -
19.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA
PLAZA GARAJE Nº 115 DEL APARCAMIENTO ORELLANA.
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 13 de marzo de 2.007,
la autorización de la cesión de la concesión administrativa de la plaza de garaje
nº 115 del Aparcamiento Orellana a favor de D. José Ciruelos González.
Las condiciones eran: CANON: 9.213,30 Euros Plazo: 88 años y 3
meses.
Que mediante escrito presentado en el Registro de Entrada de fecha 21
de junio de 2007 (nº 29012), el interesado solicita que la cesión de la concesión
administrativa de la plaza de garaje nº 115 del Aparcamiento Orellana sea
autorizada no sólo a su favor sino también al de Dª. GREGORIA MARTÍN
HORMIGOS.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de
garaje nº 115 del Aparcamiento Orellana cuyo titular es D.
JOSÉ CIRUELOS GONZÁLEZ, NIF: 08958514-Z a favor de
D. JOSE CIRUELOS GONZÁLEZ, NIF: 08958514-Z y Dª.
GREGORIA MARTÍN HORMIGOS, NIF: 50060403-Y.
SEGUNDO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente
contrato debidamente liquidado, así como la documentación que
se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la
transmisión de la concesión.
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TERCERO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de
Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.
20.- COMPROBACIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES
MUNICIPALES CON MOTIVO DEL CAMBIO DE
CORPORACIÓN.
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 27 de abril de 2007
aprobó la Rectificación del Inventario de Bienes a 31 de diciembre de 2006.
Resultando que está pendiente la comprobación del Inventario de
Bienes con motivo del cambio de Corporación.
Considerando que para una mejor gestión del patrimonio es necesario
que se reflejen las variaciones producidas desde la última rectificación.
En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 32, 33 y 34 del
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, art. 86 del Texto Refundido
de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y 149 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, y De conformidad con la propuesta obrante en el expediente
y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
- 46 -
PRIMERO.- Aprobar la rectificación del Inventario de Bienes a 16 de junio
de 2007, en el que se deben incluir las siguientes incidencias en
los epígrafes que se detallan:
Epígrafe 1.- INMUEBLES
ALTAS INMUEBLES 2007
2823 Por acuerdo plenario 13-2-07, se aprueba la adquisición por
prescripción adquisitiva o usucapión en la modalidad de ordinaria, del
bien inmueble urbano situado en la calle La Pluma nº 3, por considerar
este Ayuntamiento que se han cumplido los requisitos legales
establecidos.
- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 10-12-02, se aprueba
definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al
Proyecto de Compensación respecto de la manzana 27-28 del
Polígono Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General
de Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de
Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:
2824 Parcela 12 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (47,66 %)
2825 Parcela 13 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (14,75%).
2826 Parcela M-33 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (46,66%).
2827 Parcela M-34 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (51%).
2828 Parcela M-35.1 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (22,25 %).
2829 Parcela M-35.2 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (25,06%).
2830 Parcela M-36-44.1 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa
- 47 -
(8,27%).
2831 Parcela M-36-44.2 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa
(8,27%).
2832 Parcela M-37 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,61%).
2833 Parcela M-38 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (65,26%).
2834 Parcela M-39 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,26%).
2835 Parcela M-43 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (53,41%).
2836 Parcela situada en la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, destinada
a espacios libres, aparcamiento y viarios de uso público.
2837 Parcela de espacios libres de uso privativo Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5
Prado Overa.
2838 Por escritura de permuta de la parcela 25.2 del Polígono Industrial IA-5
Prado Overa y el 8,0775% de la parcela nº 14 del Polígono Industrial IA-5
Prado Overa firmada por Dª. Mercedes Lucas García-Quijada y el
Ayuntamiento de Leganés, el 17-4-07 ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, con el nº de protocolo 923 .......... 165.925,19.- €
Por escritura de permuta de las parcelas 25-1, 25-9 y 25-10, Polígono
Industrial IA-5 Prado Overa y el 24,2325 % de la parcela nº 14 del Polígono
Industrial IA-5 Prado Overa firmada por D. Ángel Lucas García-Quijada y el
Ayuntamiento de Leganés, el 8-5-07 ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, con el nº protocolo 1.071……. 497.741,00.- €
2839 Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 21-1-03, se aprueba aceptar la
adjudicación efectuada al Ayuntamiento de Leganés de la parcela 18 de cesión
obligatoria, incluida en el Proyecto de Parcelación de la Unidad RU 27.2.
- 48 -
2840 Por Comisión de Gobierno del 10-12-02, se aprueba el Proyecto de
Parcelación de la Unidad RU 17.2 del Plan Parcial del Sector PP5 PAU
Arroyo Culebro, y se acepta la adjudicación efectuada al Ayuntamiento de
Leganés de la parcela nº 21 de cesión obligatoria, destinada a viario e
incluida en el Proyecto de Parcelación.
- Escritura de declaración de obra nueva y división horizontal del
Centro de Empresas, firmada el 29-3-05 ante el notario D. José María
Gómez Fournier con el nº protocolo 554. Escritura de aclaración
firmada el 30-6-06 ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández con
el nº protocolo 1908. Escritura de aclaración firmada el 4-1-07 ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández con el nº de protocolo 18:
2841 Despacho nº 1 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2842 Despacho nº 2 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2843 Despacho nº 3 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2844 Despacho nº 4 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2845 Despacho nº 5 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2846 Despacho nº 6 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2847 Despacho nº 7 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
- 49 -
2848 Despacho nº 8 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2849 Despacho nº 9 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2850 Despacho nº 10 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2851 Despacho nº 11 del Centro de Servicios- Edificio A, Centro de
Empresas.
2852 Despacho nº 12 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2853 Despacho nº 13 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2854 Despacho nº 14 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2855 Despacho nº 15 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2856 Despacho nº 16 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2857 Despacho nº 17 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2858 Despacho nº 18 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2859 Despacho nº 19 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2860 Despacho nº 20 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2861 Despacho nº 21 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
- 50 -
Empresas.
2862 Despacho nº 22 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2863 Despacho nº 23 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2864 Despacho nº 24 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2865 Despacho nº 25 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2866 Despacho nº 26 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2867 Despacho nº 27 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2868 Despacho nº 28 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2869 Despacho nº 29 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2870 Despacho nº 30 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de
Empresas.
2871 Nave Industrial nº 1 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2872 Nave Industrial nº 2 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2873 Nave Industrial nº 3 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2874 Nave Industrial nº 4 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2875 Nave Industrial nº 5 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2876 Nave Industrial nº 6 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2877 Nave Industrial nº 7 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
- 51 -
2878 Nave Industrial nº 8 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2879 Nave Industrial nº 9 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2880 Nave Industrial nº 10 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2881 Nave Industrial nº 11 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2882 Nave Industrial nº 12 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.
2883 Nave Industrial nº 13 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2884 Nave Industrial nº 14 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2885 Nave Industrial nº 15 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2886 Nave Industrial nº 16 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2887 Nave Industrial nº 17 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2888 Nave Industrial nº 18 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2889 Nave Industrial nº 19 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2890 Nave Industrial nº 20 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2891 Nave Industrial nº 21 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2892 Nave Industrial nº 22 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2893 Nave Industrial nº 23 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2894 Nave Industrial nº 24 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.
2895 Local del edificio C-2, Servicios Generales, Centro de Empresas.
2896 Nave Industrial nº 1 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2897 Nave Industrial nº 2 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2898 Nave Industrial nº 3 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2899 Nave Industrial nº 4 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2900 Nave Industrial nº 5 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2901 Nave Industrial nº 6 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
- 52 -
2902 Nave Industrial nº 7 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2903 Nave Industrial nº 8 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2904 Nave Industrial nº 9 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
2905 Nave Industrial nº 10 del Edificio C-1, Centro de Empresas.
Se valora la obra nueva y división horizontal ...... 12.119.385,41.- €
2906
y
2907
Por escritura de segregación y permuta firmada entre el Ayuntamiento
de Leganés y Larcovi, S.A.L., el 2,6447% de la parcela Camino de los
Frailes del polígono 20, el 3,7248% parcela 84 del polígono 20 y el
19,7087% de la parcela 87 del polígono 20, por parcela 206 del
polígono 5, firmada el 16-2-07 ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, con el nº protocolo 485……………........ 798.204,45 .- €
2908 Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Dª
Esther López Alonso en nombre y representación de D. Juan Pedro
López Olmedilla y de Dª. Consolación Alonso Guerrero; D. José
Manuel Montero Raez en nombre y representación de D. Francisco
Montero Moral y Dª Mª Jesús Felisa Raez Pérez; y Dª Ana Elisabeth
Gordo Martín en nombre y representación de D. Francisco Gordo
Martínez, sobre el 97,3553% de la parcela Camino de los Frailes del
polígono 20, por el 50% de la parcela 167 del polígono 5, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07 y con el nº
protocolo 487 …………………….…………………. 442.203,60.- €
2908
y
2909
Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y
Prado Recomba, S.L., del 80,2913% de la parcela 87 del polígono 20
por el 50% de la parcela 167 del polígono 5 y parcela 98 del polígono
5, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07, en el nº
protocolo 486………………...............………………. 704.735,96.- €
- 53 -
- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 22-4-03, se aprueba
definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al
Proyecto de Compensación respecto de la manzana 9 del Polígono
Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de
Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de
Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:
2910 Parcela B-2 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,61%).
2911 Parcela B-4 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (39,58%).
2912 Parcela C-1 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,01%).
2913 Parcela C-7 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,50%).
2914 Parcela C-10.1 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (37,60%).
2915 Parcela C-10.2 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (37,60%).
2916 Parcela C-11 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (7,71%).
2917 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 9 del P.I. IA-
5 Prado Overa (100%) destinada a espacios libres, aparcamiento y
viario público.
- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 18-3-03, se aprueba
definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al
Proyecto de Compensación respecto de la manzana 12 del Polígono
Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de
Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de
Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:
2918 Parcela F-13 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (67,67%).
- 54 -
2919 Parcela F-14 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (32,53%).
2920 Parcela F-15 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (66,53%).
2921 Parcela F-23 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (43,23%).
2922 Parcela F-24 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (74,42%).
2923 Parcela F-25 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (42,50%).
2924 Parcela F-29 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (44,40%).
2925 Parcela F-30 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (22,74%).
2926 Parcela F-32 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (22,74%).
2927 Parcela F-33 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (21,90%).
2928 Parcela F-34 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (25,12%).
2929 Parcela F-35 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (21,90%).
2930 Parcela F-36 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (29,14%).
2931 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 12 del P.I.
IA-5 Prado Overa (100%), destinada a espacios libres, aparcamiento y
viario público.
- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 30-9-03, se aprueba
definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al
Proyecto de Compensación respecto de la manzana 19 del Polígono
Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de
Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de
Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:
2932 Parcela K-4 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,67%).
2933 Parcela K-9 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (39,31%).
- 55 -
2934 Parcela K-10 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (46,67%).
2935 Parcela K-11 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (39,30%).
2936 Parcela K-20 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (40,61%).
2937 Parcela K-23 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (43,72%).
2938 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 19 del P.I.
IA-5 Prado Overa (100%), destinada a espacios libres, aparcamiento y
viario público.
- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 21-10-03, se aprueba
definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al
Proyecto de Compensación respecto de la manzana 21 del Polígono
Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de
Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de
Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:
2939 Parcela H-38 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,91%).
2940 Parcela H-39 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (44,52%).
2941 Parcela H-44 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,09%).
2942 Parcela H-49.1 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (58,77%).
2943 Parcela H-50 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,94%).
2944 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 21 del P.I.
IA-5 Prado Overa (100%), destinada a espacios libres, aparcamiento y
viario público.
2945 Por acuerdo plenario del 10-12-02, se adjudica a la empresa Imaga
Proyectos y Construcciones, S.A. la ejecución de las obras del Centro
- 56 -
Cívico San Nicasio. Pleno 14-9-94, se contrata a la empresa Imaga
Proyectos y Construcciones, S.A., la ejecución de las obras del
Proyecto Complementario de “Construcción del Centro Cívico San
Nicasio”. Pleno 8-3-05, contrata la ejecución de las obras del proyecto
modificado nº 2 de “Construcción del Centro Cívico San Nicasio”.
Pleno 24-10-06, se aprueba la certificación final de las obras del
Proyecto Complementario “Construcción del Centro Cívico San
Nicasio” (Centro Cívico José Saramago) ………… 9.115.239,28.- €
2946
y
2947
Escritura de permuta firmada por Iberbuilding Europe, S.L. y el
Ayuntamiento de Leganés, relativa a la parcela situada en la Ermita de
Butarque hoy solar en la calle Camino del Cementerio nº 17, el
20,4139% de la parcela TOC nº 3 resultante del Proyecto de
Compensación del Polígono PP-10 Sur M-50 y el 20,8295% de la
parcela TOC nº 2, resultante del Proyecto de Compensación del
Polígono PP-10 Sur M-50………………………... 2.796.716,09.- €
TOTAL ALTAS BIENES INMUEBLES 2.007..... 26.640.150,98.- €
MODIFICACIONES INMUEBLES 2007
175 Por acuerdo plenario del 25-1-07, se aprueba la cesión gratuita a la
Comunidad de Madrid de la parcela F el Carrascal (Antiguo Colegio
Público Antonio Machado) para su adaptación y puesta en
funcionamiento como Instituto de Educación Secundaria, a comienzos
del curso escolar 2007/2008.
- 57 -
1753 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza el cambio de titularidad
de la plaza de garaje nº 11 del sótano 1 del Aparcamiento sito en la
Avda. Fuenlabrada, 9 al 15 a favor de Dª Concepción Balsera Ruiz, D.
Antonio Manuel y Dª Rosa Mª Ramírez Balsera.
2020 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 155 del Aparcamiento Orellana a favor
de D. Andrés Parejo Manzanedo y Dª Inés Ferreiro Marques.
1465 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 104 del Aparcamiento Julián Besteiro
favor de D. Agustín Nieves Pardo.
1390 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 29 del Aparcamiento Julián Besteiro a
favor de D. Pedro José Flores Romero.
1383 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 22 del Aparcamiento Julián Besteiro a
favor de Dª. Estrella Coto Dorado.
2003 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 115 del Aparcamiento Orellana a favor
de D. José Ciruelos González.
1693 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 332 del Aparcamiento Julián Besteiro a
- 58 -
favor de Dª. Mª Teresa Sánchez-Aranzueque Mancebo.
2011 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 132 del Aparcamiento Orellana a favor
de D. Bernardo Sanromán Soriano y Dª. Mª Josefa Pelaz González.
1427 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 66 del Aparcamiento Julián Besteiro a
favor de Escuela La Sagra C.B.
1363 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 2 del Aparcamiento Julián Besteiro a
favor de D. José Carralero Sánchez.
1718 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 195 del Aparcamiento Princesa a favor de
Dª Mª Carmen Bermejo Carralón.
1702 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 177 del Aparcamiento Princesa a favor de
D. Javier Hernández Rodríguez.
1885 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión
administrativa de la plaza nº 227, sótano 2º del Aparcamiento sito
entre las calles Avda. de Fuenlabrada, Ártico, Aligustre y Villaverde a
favor de D. Federico Luis Sales González.
- 59 -
1249 Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Dª.
Benita Gómez Gómez, parcela 83 del polígono 20, ante el notario D.
Antonio Álvarez Hernández, el 8-5-07 con el nº protocolo 1.082.
BAJAS INMUEBLES 2007
2416 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 50,94 % de la parcela H-50, Manzana nº 21 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Amadeo León Vidal, ante el notario D.
Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº protocolo
1.070.
2483 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 12,72 % parcela D-21 de la manzana 10 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Antonio Martín Blázquez, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.072.
2484 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 12,72 % parcela D-22 de la manzana 10 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Telesforo Ramos Álvarez, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.074
- 60 -
2578 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 43,93 % parcela K-17 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Florián Resino Durán, ante el notario
D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo
793.
2566 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,11 % parcela C-6 de la manzana 9 del Polígono
Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el Ayuntamiento de
Leganés y D. Isidro Blanco Hernando, ante el notario D. Antonio
Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo 792.
2563 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,61 % de la parcela B-3 de la manzana 9 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Rodríguez del Río, ante el notario
D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo
791.
2576 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 47,46 % de la parcela K-8.2 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Pedro Carlos Amor Díaz y D. José
Antonio Bautista García, ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo 790.
2579 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
- 61 -
la enajenación del 46,67 % de la parcela K-10 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. David Sánchez Rubio, ante el notario
D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo
789.
2581 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 13,30 % de la parcela K-15 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Jesús Santamaría Hernández, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº
protocolo 788.
2583 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 40,61 % de la parcela K-20 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. José Luis Besteiro Seijo, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007, nº
protocolo 657.
2569 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 34,98 % de la parcela C-9 de la manzana 9 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Dª Mª Montserrat Bacaicoa Hernaez y
Ziquese, S.L., ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 9 de
marzo de 2007, nº protocolo 655.
2587 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
- 62 -
la enajenación del 40,50 % de la parcela K-26 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Ángel Bosque García, ante el notario D.
Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 662.
2575 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,57% de la parcela K-7 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y , ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, Antonio de Val de Bustos y D. Alfonso Martín Santamera,
el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 658.
2560 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 36,20 % de la parcela C-4 de la manzana 9 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel Alisen González y Dª Felisa
Espinosa Palomares , ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández,
el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 656.
2582 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,05% de la parcela K-16 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Serbajus, S.L.,
ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007,
nº protocolo 654.
2584 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 48,28 % de la parcela K-21.1 de la manzana 19 del
- 63 -
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Ángel Carrasco Rodríguez y D. José
Carrasco Rodríguez, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el
9 de marzo de 2007, nº protocolo 661.
2585 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 48,28 % de la parcela K-21.2 de la manzana 19 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Ángel Carrasco Rodríguez y D. José
Carrasco Rodríguez, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el
9 de marzo de 2007, nº protocolo 660.
2561 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,61 % de la parcela B-1 de la manzana 9 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Emarla Gestión, S.L., ante el notario D.
Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 659.
2413 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 45,75 % de la parcela H-43 de la manzana 21 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Miguel del Campo Rodríguez, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº
protocolo 924.
2478 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 12,72 % de la parcela D-16 de la manzana 10 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
- 64 -
Ayuntamiento de Leganés y Manfrupor, S.L., ante el notario D.
Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo 928.
2489 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 12,72 % de la parcela E-40-41 de la manzana 10
del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Celestino Miranda Talaverano, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº
protocolo 926.
2488 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 51,40 % de la parcela E-39 de la manzana 10 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Moreno Caballo, ante el notario
D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo
922.
2465 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 56,49 % de la parcela H-9 de la manzana 15 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Lucas Morente de la Torre, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº
protocolo 918.
2468 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 25,17 % de la parcela G-20 de la manzana 16 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Antonio Prieto Juarez, ante el notario
- 65 -
D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo
927.
2424 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 23,07 % de la parcela M-4 de la manzana 26 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Teodoro Javier Roldán López, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº
protocolo 920.
2420 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,20 % de la parcela I-10 de la manzana 22 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Dª. Mª Rosa Santos Molino, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº
protocolo 919.
2477 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 12,72 % de la parcela D-15 de la manzana 10 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Hernández Saint-Aubin, D.
Fernando Hernández Saint-Aubin y D. Pablo Hernández Madrigal,
ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007,
nº protocolo 1.206.
2457 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 53,11 % de la parcela G-11 de la manzana 15 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
- 66 -
Ayuntamiento de Leganés y D. Francisco Cerrada Cifuentes, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.207.
2412 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 45,75 % de la parcela H-42 de la manzana 21 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Vicente-José Ruiz Alonso y Dª.
Santiago Martínez del Cerro, ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº protocolo 1.211.
2418 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 5,90 % de la parcela I-3-4 de la manzana 22 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Mariano Garrido Jiménez, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.212.
2450 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,63% de la parcela G-5 de la manzana 15 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Carlos Linares Manrique, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.213.
2452 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 36,97 % de la parcela G-7 de la manzana 15 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
- 67 -
Ayuntamiento de Leganés y D. Simón Bernardo Tirado, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.214.
2456 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,61 % de la parcela G-10.3 de la manzana 15 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Jesús Carrascal Gutiérrez, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.215.
2423 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 43,73 % de la parcela M-2 de la manzana 26 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Félix Merlo Negredo, ante el notario
D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº protocolo
1.216.
2826 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 46,66% de la parcela M-33 de la manzana 27-28
del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Carlos Lallana Aliagas y D. Alberto
Lallana Aliagas, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22
de mayo de 2007, nº protocolo 1.210.
2833 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 65,26 % de la parcela M-38 de la manzana 27-28
del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
- 68 -
Ayuntamiento de Leganés y D. Carlos Lallana Aliagas y D. Alberto
Lallana Aliagas, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22
de mayo de 2007, nº protocolo 1.209.
2829 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 25,06 % de la parcela M-35.2 de la manzana 27-
28 del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Felipe Magan Turiegano y Dª. Mª del
Carmen Fernández del Olmo, ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo 921.
2835 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 53,41 % de la parcela M-43 de la manzana 27-28
del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Mariano Calvo Baldominos y D. Juan
Manuel Calvo Baldominos, ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo 925.
2830 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 8,27 % de la parcela M-36-44.1 de la manzana
27-28 del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre
el Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel del Olmo Salvadores, ante
el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.075.
2831 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 8,27 % de la parcela M-36-44.2 de la manzana
27-28 del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre
- 69 -
el Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel del Olmo Salvadores, ante
el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.076.
2832 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,61 % de la parcela M-37 de la manzana 27-28
del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel García Martín, ante el notario
D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº protocolo
1.073.
2425 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,66% de la parcela M-8 de la manzana 26 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Envases Metálicos San Frutos, S.L., ante
el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.081.
2824 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 47,66 % de la parcela 12 de la manzana 27-28
del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y V.P. Proyectos Obras y Decoraciones,
S.L., ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de
2007, nº protocolo 1.080.
2825 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 14,75 % de la parcela 13 de la manzana 27-28 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
- 70 -
Ayuntamiento de Leganés y D. Francisco Javier Bullón de Diego, ante
el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.079.
2433 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,30 % de la parcela M-18 de la manzana 26 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Cristóbal Sánchez Pérez, Dª. Jesús
Jiménez González, D. Carlos Sánchez Pérez y Dª Mª Carmen Frías
Vicente, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo
de 2007, nº protocolo 1.078.
2472 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 29,36 % de la parcela H-19 de la manzana 16 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Sebastián Martín Sánchez, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº
protocolo 1.077.
2434 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 49,08 % de la parcela M-21 de la manzana 26 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Jacinto Domínguez Pérez, S.L., ante el
notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo
594.
2476 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 55,78 % de la parcela D-14 de la manzana 10 del
- 71 -
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Luciano Verde Diez, ante el notario D.
José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo 595.
2485 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 12,72 % de la parcela E-36 de la manzana 10 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Alfonso Cuadrado Pezuela, ante el
notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo
596.
2473 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 21,40 % de la parcela H-21 de la manzana 16 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Marcial Acebrón Huerta, ante el
notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo
597.
2487 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 25,78 % de la parcela E-38 de la manzana 10 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y D. Marcelo García Figueroa y Dª
Ascensión Ramos Rincón, ante el notario D. José Mª Martín Castillo,
el 5 de junio de 2007, nº protocolo 598.
2414 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 52,09 % de la parcela H-44 de la manzana 21 del
Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
- 72 -
Ayuntamiento de Leganés y D. José Luis Rodríguez Pascual, ante el
notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº
protocolo 599.
2828 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación del 22,25 % de la parcela M-35.1 de la manzana 27-28
del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el
Ayuntamiento de Leganés y Sivut Inversiones, S.L. y Obra Nueva
Rehabilitaciones, S.L., ante el notario D. José Mª Martín Castillo, el 5
de junio de 2007, nº protocolo 601.
- Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para
la enajenación de dieciséis parcelas residenciales calificadas de
vivienda unifamiliar pareada libre en el P.P.8 Vereda de los
Estudiantes, firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Prado
Eresma, S.L., ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 4 de
enero de 2007, nº protocolo 24:
2593 Parcela 3.1a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2594 Parcela 3.1b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2595 Parcela 3.2a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2596 Parcela 3.2b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2597 Parcela 3.3a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2598 Parcela 3.3b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2599 Parcela 3.4a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2600 Parcela 3.4b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
- 73 -
2601 Parcela 3.5a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2602 Parcela 3.5b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2603 Parcela 3.6a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2604 Parcela 3.6b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2605 Parcela 3.7a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2606 Parcela 3.7b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2607 Parcela 3.8a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2608 Parcela 3.8b P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.
2514 Por escritura de adjudicación definitiva de la subasta convocada para
la enajenación de la parcela TOC nº 1, PP-10 Sur, M-50, firmada entre
el Ayuntamiento de Leganés y Paneuropea de Almacenes y Naves
Industriales, S.A., el 4-1-07 ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández con el nº protocolo 20.
2513 Por escritura de adjudicación definitiva de la subasta convocada para
la enajenación de la parcela TOC nº 2, PP-10 Sur, M-50, firmada entre
el Ayuntamiento de Leganés y Paneuropea de Almacenes y Naves
Industriales, S.A., el 4-1-07 ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández con el nº protocolo 19.
1006 Por escritura de permuta de las parcelas P.25.2 Polígono IA-5 Prado
Overa y el 8,0775 % de la parcela nº 14 del Polígono IA-5 Prado
Overa firmada por Dª. Mercedes Lucas García-Quijada y el
Ayuntamiento de Lerganés, el 17-4-07 ante el notario D. Antonio
Álvarez Hernández, con el nº de protocolo
923…………..................................………………… 143.038,96.- €
- 74 -
241,
258 y
97
Por escritura de segregación y permuta firmada entre el Ayuntamiento
de Leganés y Larcovi, S.A.L., el 2,6447% de la parcela Camino de los
Frailes del polígono 20, el 3,7248% parcela 84 del polígono 20 y el
19,7087% de la parcela 87 del polígono 20, por parcela 206 del
polígono 5, firmada el 16-2-07 ante el notario D. Antonio Álvarez
Hernández, con el nº protocolo 485
Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Dª
Esther López Alonso en nombre y representación de D. Juan Pedro
López Olmedilla y de Dª. Consolación Alonso Guerrero; D. José
Manuel Montero Raez en nombre y representación de D. Francisco
Montero Moral y Dª Mª Jesús Felisa Raez Pérez; y Dª Ana Elisabeth
Gordo Martín en nombre y representación de D. Francisco Gordo
Martínez, sobre el 97,3553% de la parcela Camino de los Frailes del
polígono 20, por el 50% de la parcela 167 del polígono 5, ante el
notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07 y con el nº
protocolo 487.
Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y
Prado Recomba, S.L., 80,2913% de la parcela 87 del polígono 20 por
el 50% de la parcela 167 del polígono 5 y parcela 98 del polígono 5,
ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07, cn el nº
protocolo 486 ………………………………………… 96.990,00 .- €
1005,
1007 y
1008
Por escritura de permuta de las parcelas 25-1, 25-9 y 25-10, Polígono
Industrial IA-5 Prado Overa y el 24,2325 % de la parcela nº 14 del
Polígono Industrial IA-5 Prado Overa firmada por D. Ángel Lucas
García-Quijada y el Ayuntamiento de Leganés, con fecha de 8-5-07
ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, con el nº protocolo
1071………………………………………………….. 429.087,07.- €
TOTAL BAJAS BIENES INMUEBLES 2.007......... 669.116,03.- €
- 75 -
Epígrafe 2.- DERECHOS REALES
MODIFICACIONES DERECHOS REALES 2007
0015 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 17-4-07, se aprueba el
arrendamiento de 9 plazas de garaje en el edificio Fundación “Juan
Muñoz”, sito en c/ Juan Muñoz, 9, sótano 1º, nºs, 1 a 7, y en sótano 2,
nºs. 36 y 39, por un importe mensual de 80.- €, IVA incluido, cada
plaza, con efectos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.
Epígrafe 3.- MUEBLES DE CARÁCTER HISTÓRICO ARTÍSTICO
ALTAS MUEBLES HISTORICO-ARTISTICOS 2007
206 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 24-10-06, se aprueba la
adquisición de un conjunto escultórico a la empresa Taller de
Escultura Riol, S.L.
Ubicación: Barrio de La FortunaValoración 150.250.- €
207 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 17-4-07, se aprueba la
adquisición de una escultura a D. Juan Diego de Miguel Carpintero.
Autor: D. Juan Diego de Miguel.
Escultura: Caminante.
Ubicación: Rotonda de la Avda. del Mediterráneo.................
Valoración:64.200.- €
- 76 -
208 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17-4-07, se aprueba la
adquisición de una escultura a D. José Mª Casanova Martínez-Pardo.
Autor: D. José Mª Casanova
Escultura: Mendigo comiendo
Ubicación: Pº Paquita Gallego ..........................Valoración: 34.340.- €
209 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17-4-07, se aprueba la
adquisición de una escultura a Wenceslaoarte, S.L.
Autor: José Luis Cañizares.
Escultura: Alianza
Ubicación: Rotonda de la Avda. de América Latina.........................
Valoración 20.567.- €
210 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15-5-07, se aprueba la
adquisición de una escultura a Ricardo Ugarte de Zubiarrain.
Autor: Ricardo Ugarte.
Escultura: La proa de la memoria.
Ubicación: Calle Alcalde del Yerro Ordóñez ... Valoración: 60.000.- €
ALTAS MUEBLES HISTORICO-ARTISTICOS 2007… 329.357.- €
- 77 -
Epígrafe 5.- VEHICULOS
ALTAS VEHÍCULOS 2007
- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 25-9-06, se aprueba la
adquisición de los vehículos:
366 Renault Kangoo 2104-FKZ Deportes 10.616,81.- €
367 Renault Kangoo 2113-FKZ Deportes 10.616,81.- €
- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 27-12-05, se aprueba la
adquisición del vehículo:
368 Mercedes Benz 2817-FKF Policía Local 29.976,60.- €
- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 11-4-06, se aprueba la
adquisición del vehículo:
369 Mercedes Benz 8079-FLF Bomberos 299.820,00.- €
- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 20-2-07, se aprueba la
adquisición de los vehículos:
370 Palfinger PK2700
0984-FPS Servicios Comunitarios
34.505,00.- €
371 Movex P150TL 0964-FPS Servicios Comunitarios
50.485,00.- €
TOTAL ALTAS VEHÍCULOS 2007........................ 436.020,22.- €
- 78 -
BAJAS VEHÍCULOS 2007
- Por acuerdo plenario de fecha 13-3-07, se aprueba la baja de los
siguientes vehículos:
060 Ebro P-137-2 M-1359-EN Mantenimiento 15.205,61.- €
074 Renault 4 TL M-5305-FY “ 3.380,69.- €
193 Suzuki Gme G-F10A M-3252-NP“
“ 5.980,07.- €
197 Peugeot J5D M-6782-OY “ 16.323,49.- €
178 Seat Ibiza 1.2 M-8533-LT Deportes 7.200,13.- €
317 Megane Confort 0347-CLK Policía Local 28.859,04.- €
318 Megane Confort 0351-CLK Policía Local 28.859,04.- €
319 Megane Confort 0341-CLK Policía Local 28.859,04.- €
TOTAL BAJAS VEHÍCULOS 2007............................. 134.667,11.- €
Epígrafe 7.- BIENES MUEBLES
ALTAS DE BIENES MUEBLES AÑO 2007
Altas Bienes Muebles nºs. 7520 al 7531…………………… 80.931,46.- €
TOTAL ALTAS BIENES MUEBLES AÑO 2007……........... 80.931,46.- €
- 79 -
Epígrafe 8.- BIENES REVERTIBLES
ALTAS BIENES REVERTIBLES 2007
145 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se aprueba la adjudicación a
Gastronomía Las Murallas, S.L., la concesión de bienes de dominio
público, con destino a la utilización privativa de la superficie
reservada a restauración en la ciudad deportiva La Fortuna.
Duración: 10 años más la fracción del año natural en curso.
146 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se aprueba la concesión
administrativa para uso privativo de terrenos municipales en la Avda.
del Doctor Fleming nº 16-18, con destino a accesos a garaje privado a
Dª. Isabel y Dª. Mª Luisa Blanco de Castro.
Duración: 50 años.
MODIFICACIONES BIENES REVERTIBLES 2007
3 Por acuerdo plenario del 25-1-07, se aprueba prorrogar la cesión de
uso del local sito en la c/ Panadés 12, planta sótano de los portales 5 y
6 del bloque 2, manzana 8 a la Asociación de Consumidores La
Defensa por el periodo de un año con efectos del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2007.
86 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se aprueba quedar enterados de la
transformación de la entidad El Mobiliario Urbano, S.A., adjudicataria
del servicio de instalación, conservación y explotación de soportes de
información y otros elementos urbanos de interés y uso público en el
- 80 -
término municipal de Leganés, en la entidad “El Mobiliario Urbano,
S.L.U. con CIF: B-28762003.
81
Por acuerdo plenario del 13-3-07: Quedar enterados de la fusión por
absorción de la sociedad mercantil “Actividades y Servicios
Empresariales y Financieros, S.L.”, adjudicataria
de la concesión y explotación del Servicio Municipal del Cementerio
de Leganés, por la sociedad mercantil Europea de Finanzas y
Comercialización de Servicios Empresariales, S.A. (Sociedad
Unipersonal) con CIF: A-78937224.
101
Por acuerdo plenario del 27-4-07: Quedar enterados de la fusión de las
entidades Red de Banda Ancha de Andalucía, S.A., Medialatina
Holdings, S.A. y Net Radio Medialatina, S.A.U., ésta última
adjudicataria junto a Antena 3 de Radio, S.A., del arrendamiento de
200 m2 de la parcela 57-60, rústica de propiedad municipal sita en el
polígono 23 “Las Cañadas” de Leganés, siendo la sociedad absorbente
Red de Banda Ancha de Andalucía, S.A., con CIF: A-41999913.
BAJAS BIENES REVERTIBLES 2007
129 Por acuerdo plenario del 25-1-07, se acepta la renuncia del Comité de
UNICEF al derecho de cesión de uso del local municipal sito en Avda.
Derechos Humanos, 12, local 1, antes conocido como Los Tilos 7-A
local 1, por no afectar dicha renuncia a terceros interesados en su
continuación ni entrañar la misma interés general que aconseje su
restricción o limitación. Se acepta recuperar la posesión del citado
local y declarar la disponibilidad del mismo para los usos y
actividades municipales que se considere oportuno.
- 81 -
RESUMEN DEL INVENTARIO DE BIENES CERRADO A 16 DE
JUNIO DE 2007
EPÍGRAFE 1.- INMUEBLES 128.984.604,26.- €
ALTAS ..................................... 26.640.150,98.- €
BAJAS ..................................... 669.116,03.- €
T O T A L ..................................... 154.955.639,21.- €
EPÍGRAFE 2.- DERECHOS REALES ------
EPÍGRAFE 3.- MUEBLES DE CARÁCTER HISTÓRICO
ARTÍSTICO ..................................... 1.345.773,70.- €
ALTAS ..................................... 329.357,00.- €
T O T A L ..................................... 1.675.130,70.- €
EPÍGRAFE 4.- VALORES MOBILIARIOS 24.668.897,87.- €
T O T A L ..................................... 24.668.897,87.- €
EPÍGRAFE 5.- VEHÍCULOS ..................................... 5.850.281,70.- €
ALTAS ..................................... 436.020,22.- €
BAJAS ..................................... 134.667,11.- €
T O T A L ..................................... 6.151.634,81.- €
EPÍGRAFE 6.- SEMOVIENTES ------
EPÍGRAFE 7.- BIENES MUEBLES ............................ 19.476.617,32.- €
ALTAS ..................................... 80.931,46.- €
T O T A L ..................................... 19.557.548,78.- €
EPÍGRAFE 8.- BIENES Y DERECHOS REVERTIBLES
------
T O T A L ...................................... 207.008.851,37.- €
- 82 -
SEGUNDO.- Remitir copia del Inventario de Bienes de esta Corporación a la
Delegación de Gobierno de la Comunidad de Madrid y a la
Dirección General de Cooperación con la Administración Local
de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos
31 y 32 del vigente Reglamento de Bienes de las Entidades
Locales.
21.- CANCELAR LA CONDICIÓN RESOLUTORIA DE LA
ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE LA PLAZA DE
GARAJE Nº 36 DEL BLOQUE 24 POLÍGONO PARQUE
CIUDAD 80 EL CARRASCAL
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 30 de julio de 1987 la
enajenación de la plaza de garaje nº 36 del bloque 24 del Polígono Parque
Ciudad 80 “El Carrascal” a Dª. Mª Dolores Viejo Pérez. Asimismo con fecha
21 de diciembre de 1987 se firmó la escritura de compraventa ante el notario
D. Federico Segoviano Vicario con el nº de protocolo 2.825.
Visto el escrito presentado en el Registro de Entrada del 24-1-2007 (nº
3495), por Dª Mª Dolores Viejo Pérez, por el que solicita la cancelar la
condición resolutoria de la citada escritura.
Resultando que según certificación de la Interventora de fecha 24 de
mayo de 1.991, ha quedado totalmente saldada la deuda con este Ayuntamiento
de las cantidades pendientes con el mismo según acuerdo plenario de fecha 30
de julio de 1987.
- 83 -
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Cancelar la condición resolutoria establecida en la escritura
otorgada el 21-12-1987 ante el notario D. Federico Segoviano
Vicario con el nº de protocolo 2.825, por la que se vendía a Dª.
Mª Dolores Viejo Pérez, la plaza de garaje nº 36 del bloque 24
del Polígono Parque Ciudad 80 “El Carrascal”, por haberse
abonado las cantidades pendientes de pago.
SEGUNDO: Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente, para el otorgamiento de la
correspondiente escritura pública.
22.- SUBSANACIÓN DE ERROR MATERIAL EXISTENTES EN EL
ACUERDO DE SUBSANACIÓN DE ADJUDICACIÓN DEL
CONCURSO CONVOCADO POR ESTE AYUNTAMIENTO
PARA LA “ENAJENACIÓN DE DIVERSAS
PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE
INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR
IA-5 PRADO OVERA”. EXPTE. 114/06.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 13 de
marzo de 2007, se aprobó la subsanación de errores materiales existente en el
acuerdo de adjudicación definitiva de fecha 14 de noviembre de 2.006, del
Concurso convocado por este Ayuntamiento para la “ENAJENACIÓN DE
DIVERSAS PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE
- 84 -
INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR IA-5
PRADO OVERA”.
Resultando, que en el referido acuerdo, en su apartado SEGUNDO,
se ha detectado el siguiente error material: DON GERMAN GIL
FERNÁNDEZ: Parcela G–06 en lugar de H-01, por importe de 3.318,75.- €.
en lugar de 7.124,83.- €, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron: Corregir el error material
existente en el acuerdo de subsanación de la adjudicación del concurso
convocado para la “ENAJENACIÓN DE DIVERSAS
PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE
INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR IA-5
PRADO OVERA”, aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada
el 13 de marzo de 2007, en su punto 14.- y modificar parte del apartado
SEGUNDO del referido acuerdo, quedando redactado como sigue:
“SEGUNDO.- Adjudicar las “ENAJENACIONES DE DIVERSAS
PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE
INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR
IA-5, PRADO OVERA DE LEGANÉS”, a los licitadores y por
los importes siguientes, con arreglo a lo dispuesto en el pliego
de condiciones y oferta presentada.
DON GERMÁN GIL FERNÁNDEZ, NIF: 070403127N, Parcela
H-01, Manzana 15, por un importe de SIETE MIL CIENTO
VEINTICUATRO EUROS CON OCHENTA Y TRES
CÉNTIMOS (7.124,83 €.)”.
- 85 -
Quedando subsistentes los restantes adjudicatarios, según relación
aprobada por acuerdo plenario de fecha 14 de noviembre de 2.006 y
modificado por otro acuerdo plenario adoptado el día 13 de marzo de 2.007.
23.- ADJUDICACIÓN DIRECTA DE CONCESIÓN
ADMINISTRATIVA PARA USO PRIVATIVO DE TERRENOS
MUNICIPALES EN CALLE BATALLA NAVAS DE TOLOSA
Nº 6 PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR COMUNITARIO
EN LA FINCA.
Examinada la solicitud presentada el 8-3-2007 por Don Alberto
Rubini García-Ruiz, en representación de la Comunidad de Propietarios (N.I.F.
H-79714465) de la calle Batalla de Navas de Tolosa nº 6 (fachada trasera), de
concesión administrativa del uso privativo de terrenos municipales colindantes
en zona libre pública, para la instalación de un ascensor comunitario en dicha
finca, con una ocupación inicial de suelo y vuelo de 2,52 metros cuadrados,
todo ello según Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto Don Alberto
Rubini García-Ruiz, acompañándose a la solicitud copia del acta de la Junta de
Propietarios celebrada el día 25-5-2006, aprobatoria de dicha instalación así
como consulta de viabilidad urbanística favorable emitida por la Junta de
Gobierno Local en su reunión de 14/11/2.006.
Resultando que por informe del Arquitecto Municipal de fecha
19/4/2.007, se dictamina favorablemente la viabilidad urbanística de la
ocupación cuya consulta fue aprobada por la Junta de Gobierno del
14/11/2006, en la cual se señalan las condiciones que debe reunir el citado
ascensor: dimensiones mínimas de 0,90 m. de ancho por 1,2 m. de fondo, con
una superficie útil de 1,2 m/2, con puerta de una anchura mínima de 0,80 m. y
- 86 -
acceso al ascensor desde los descansillos de la escalera, que deberá quedar
ventilada e iluminada, según establecen las Normas urbanísticas del Plan
General de Leganés.
Resultando que según informes de la Dirección de Planificación y
Programación Económica y Sección de Catastro y Tributos sobre Inmuebles,
en función de la valoración de los terrenos a ocupar, la cuota de alquiler anual
calculada en el 6% del valor total sería de 906,94 €/año, fijándose como
período de la concesión 25 años, y pago de canon por períodos anuales, a pagar
en los últimos quince días del mes de marzo de cada año y sucesivos hasta
cumplirse los primeros 10 años, revisándose la cuota anual con las variaciones
e incrementos anuales del IPC aplicados al ultimo año transcurrido. Al
cumplirse el año 11º, y en los sucesivos decenios hasta la finalización de la
concesión, se efectuará una revisión extraordinaria en función de la nueva
valoración resultante de la revisión catastral que tiene lugar cada 10 años,
aplicándose la revisión del IPC anual sobre la nueva cuota de canon anual
resultante tras la actualización de las nuevas valoraciones catastrales
efectuadas en cada período decenal. El canon de 2.007, será, en todo caso,
proporcional al período de tiempo que reste hasta final de año desde la fecha de
notificación del presente acuerdo.
Considerando que en razón a las peculiares características del uso o
aprovechamiento solicitado, queda justificada la exclusión de concurrencia
pública y aconsejan la adjudicación directa de la concesión en base a lo
dispuesto en los arts. 93.1 en relación al supuesto previsto en el art. 137.4.e).
ambos de la vigente Ley 33/20003 de Patrimonio de las A.A.P.P., ya que:
a) Se solicita por la representación de la Comunidad de
Propietarios de la finca, que es colindante a los terrenos de zona
libre pública sobre los que se solicita el aprovechamiento.
- 87 -
b) Se trata de una reducida dimensión del terreno público a utilizar
que por su forma y pequeña extensión resulta inedificable por sí
mismo.
c) La finalidad perseguida, dotar a la finca de un ascensor
comunitario, mejora las condiciones de bienestar y calidad de
vida de los residentes, algunos de ellos de avanzada edad o
discapacitados.
Considerando que el expediente ha sido tramitado de acuerdo al
procedimiento legalmente establecido y que tras el examen pormenorizado de
los documentos e informes obrantes en el mismo, ha quedado acreditado el
cumplimiento de los requisitos legales exigidos y la existencia de
circunstancias suficientes para la adjudicación directa de la concesión
administrativa, sin licitación pública, así como la capacidad de la entidad
solicitante para contratar con el Ayuntamiento.
Vistos los artículos 74 a 91 del Reglamento de Bienes de la Entidades
Locales, artículo 91 a 105 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las
Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y apartados que tienen
carácter básico, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 22.2.n) de la vigente
Ley de Bases de Régimen Local, según redacción dada por Ley 57/2003 de
Medidas de Modernización del Gobierno Local que atribuye la competencia al
Pleno, al tratarse de una concesión plurianual superior a cuatro años, y de
conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Aprobar el Proyecto Técnico Básico y de Ejecución de obras
redactado por el Arquitecto Superior Don Alberto Rubini
García-Ruiz, visado por el correspondiente Colegio Oficial, para
- 88 -
instalación de un ascensor para uso de los vecinos de la
Comunidad de Propietarios de la finca sita en calle Batalla
Navas de Tolosa nº 6.
SEGUNDO. En razón a las circunstancias y características especiales de este
aprovechamiento que se subsumen en el art. 137.4.e). de la Ley
33/2003 de Patrimonio de las A.A.P.P. como supuesto de
exclusión de licitación pública, adjudicar directamente la
concesión administrativa a la Comunidad de Propietarios de la
calle Batalla de Navas de Tolosa nº 6 (N.I.F. nº H-79714465),
para el uso privativo de terrenos de dominio público en zona
libre pública colindantes a la fachada trasera de dicha finca por
un total de 2,30 m/2 de suelo y 29,67 de vuelo, por plazo de 25
años, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado, el
dictamen del Arquitecto Municipal, consulta urbanística
aprobada en Junta de Gobierno Local de 14-11-2.006,
clausulado de condiciones que rigen la concesión Y Ordenanza
Municipal de Instalación de Ascensores en Edificios
Residenciales.
TERCERO: Aprobar el clausulado de condiciones administrativas para el
uso privativo de terrenos de dominio público, que junto al
presente acuerdo, el Proyecto Técnico aprobado, dictamen del
Arquitecto municipal y consulta urbanística emitida, regirán la
concesión administrativa que en este caso se otorga.
CUARTO: La Comunidad de Propietarios concesionaria abonará al
Ayuntamiento de Leganés, en concepto de canon anual un
importe de NOVECIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA
Y CUATRO CÉNTIMOS (906,94.- €) anuales, que se pagarán
en los últimos quince días del mes de marzo de cada año, salvo
- 89 -
el correspondiente a 2.007, que deberá pagarse en un plazo
máximo de 30 días desde la notificación del presente acuerdo y
proporcionalmente al período que reste del año a contar de dicha
notificación, quedando dicho canon anual sujeto a la revisión del
IPC anual, de acuerdo con las variaciones habidas en el año
anterior al que sea objeto de revisión.
Dicho canon queda sujeto además a revisiones extraordinarias a
partir del 11º año y por sucesivos períodos decenales, en función
de las nuevas valoraciones catastrales efectuadas y vigentes en
cada respectivo decenio, sobre cuyas nuevas cuotas resultantes
se aplicarán las revisiones anuales del IPC, de acuerdo con el
párrafo anterior.
QUINTO: El otorgamiento de la presente concesión no excluye a la entidad
solicitante de obtener los permisos y autorizaciones de los
organismos competentes, y de forma expresa la preceptiva
licencia municipal de obra y autorización de la D. G. de
Industria de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la
normativa vigente aplicable, bajo cuyas condiciones deberá
instalarse el ascensor.
SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda
clase de documentos en ejecución del presente acuerdo y para la
firma del correspondiente contrato administrativo de la
concesión.
24.- ADJUDICACIÓN DIRECTA DE CONCESIÓN
ADMINISTRATIVA PARA USO PRIVATIVO DE TERRENOS
- 90 -
MUNICIPALES EN CALLE BATALLA NAVAS DE TOLOSA
Nº 2 PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR COMUNITARIO
EN LA FINCA.
Examinada la solicitud presentada el 5/7/2.007 por Don Joaquín
García Llaneza, en representación de la Comunidad de Propietarios (N.I.F. E.-
78787256) de la calle Batalla de Navas de Tolosa nº 2 (fachada trasera), de
concesión administrativa del uso privativo de terrenos municipales colindantes
en zona libre pública, para la instalación de un ascensor comunitario en dicha
finca, con una ocupación inicial de suelo y vuelo de 2,30 metros cuadrados,
todo ello según Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto Don Alberto
Rubini García-Ruiz, acompañándose a la solicitud copia del acta de la Junta de
Propietarios celebrada el día 28/10/2006, aprobatoria de dicha instalación así
como consulta de viabilidad urbanística favorable emitida por la Junta de
Gobierno Local en su reunión de 24/7/2.007.
Resultando que tras informe favorable del Arquitecto Municipal, se
dictamina favorablemente la viabilidad urbanística de la ocupación cuya
consulta fue aprobada por la Junta de Gobierno del 24/7/2007, en la cual se
señalan las condiciones que debe reunir el citado ascensor: dimensiones
mínimas de 0,90 m. de ancho por 1,2 m. de fondo, una superficie útil de 1,2
m/2, con puerta de una anchura mínima de 0,80 m. y acceso al ascensor desde
los descansillos de la escalera, que deberá quedar ventilada e iluminada, según
establecen las Normas urbanísticas del Plan General de Leganés.
Resultando que según informes de la Dirección de Planificación y
Programación Económica y Sección de Catastro y Tributos sobre Inmuebles,
en función de la valoración de los terrenos a ocupar, la cuota de alquiler anual
calculada en el 6% del valor total sería de 906,94 €/año, fijándose como
período de la concesión 25 años, y pago de canon por períodos anuales, a pagar
en los últimos quince días del mes de marzo de cada año y sucesivos hasta
- 91 -
cumplirse los primeros 10 años, revisándose la cuota anual con las variaciones
e incrementos anuales del IPC aplicados al ultimo año transcurrido. Al
cumplirse el año 11º, y en los sucesivos decenios hasta la finalización de la
concesión, se efectuará una revisión extraordinaria en función de la nueva
valoración resultante de la revisión catastral que tiene lugar cada 10 años,
aplicándose la revisión del IPC anual sobre la nueva cuota de canon anual
resultante tras la actualización de las nuevas valoraciones catastrales
efectuadas en cada período decenal. El canon de 2.007, será, en todo caso,
proporcional al período de tiempo que reste hasta final de año desde la fecha de
notificación del presente acuerdo.
Considerando que en razón a las peculiares características del uso o
aprovechamiento solicitado, queda justificada la exclusión de concurrencia
pública y aconsejan la adjudicación directa de la concesión en base a lo
dispuesto en los arts. 93.1 en relación al supuesto previsto en el art. 137.4.e),
ambos de la vigente Ley 33/20003 de Patrimonio de las A.A.P.P., ya que:
a) Se solicita por la representación de la Comunidad de
Propietarios de la finca, que es colindante a los terrenos de zona
libre pública sobre los que se solicita el aprovechamiento.
b) Se trata de una reducida dimensión del terreno público a utilizar
que por su forma y pequeña extensión resulta inedificable por sí
mismo.
c) La finalidad perseguida, dotar a la finca de un ascensor
comunitario, mejora las condiciones de bienestar y calidad de
vida de los residentes, algunos de ellos de avanzada edad o
discapacitados.
- 92 -
Considerando que el expediente ha sido tramitado de acuerdo al
procedimiento legalmente establecido y que tras el examen pormenorizado de
los documentos e informes obrantes en el mismo, ha quedado acreditado el
cumplimiento de los requisitos legales exigidos y la existencia de
circunstancias suficientes para la adjudicación directa de la concesión
administrativa, sin licitación pública, así como la capacidad de la entidad
solicitante para contratar con el Ayuntamiento.
Vistos los artículos 74 a 91 del Reglamento de Bienes de la Entidades
Locales, artículo 91 a 105 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las
Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y apartados que tienen
carácter básico, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 22.2.n) de la vigente
Ley de Bases de Régimen Local, según redacción dada por Ley 57/2003 de
Medidas de Modernización del Gobierno Local que atribuye la competencia al
Pleno, al tratarse de una concesión plurianual superior a cuatro años, y de
conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Aprobar el Proyecto Técnico Básico y de Ejecución de obras
redactado por el Arquitecto Superior Don Alberto Rubini
García-Ruiz, visado por el correspondiente Colegio Oficial, para
instalación de un ascensor para uso de los vecinos de la
Comunidad de Propietarios de la finca sita en calle Batalla
Navas de Tolosa nº 2.
SEGUNDO: En razón a las circunstancias y características especiales de este
aprovechamiento que se subsumen en el art. 137.4.e). de la Ley
33/2003 de Patrimonio de las A.A.P.P. como supuesto de
exclusión de licitación pública, adjudicar directamente la
concesión administrativa a la Comunidad de Propietarios de la
- 93 -
calle Batalla de Navas de Tolosa nº 2 (N.I.F. nº E-78787256),
para el uso privativo de terrenos de dominio público en zona
libre pública colindantes a la fachada trasera de dicha finca por
un total de 2,30 m/2 de suelo y 29,67 m/2 de vuelo, por plazo de
25 años, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado, el
dictamen del Arquitecto Municipal, consulta urbanística
aprobada en Junta de Gobierno Local de 24-4-2.007, clausulado
de condiciones que rigen la concesión y Ordenanza Municipal
de Instalación de Ascensores en Edificios Residenciales.
TERCERO: Aprobar el clausulado de condiciones administrativas para el
uso privativo de terrenos de dominio público, que junto al
presente acuerdo, el Proyecto Técnico aprobado, dictamen del
Arquitecto municipal y consulta urbanística emitida, regirán la
concesión administrativa que en este caso se otorga.
CUARTO: La Comunidad de Propietarios concesionaria abonará al
Ayuntamiento de Leganés, en concepto de canon anual un
importe de NOVECIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA
Y CUATRO CÉNTIMOS (906,94.- €) anuales, que se pagarán
en los últimos quince días del mes de marzo de cada año, salvo
el correspondiente a 2.007, que deberá pagarse en un plazo
máximo de 30 días desde la notificación del presente acuerdo y
proporcionalmente al período que reste del año a contar de dicha
notificación, , quedando dicho canon anual sujeto a la revisión
del IPC anual, de acuerdo con las variaciones habidas en el año
anterior al que sea objeto de revisión.
Dicho canon queda sujeto además a revisiones extraordinarias a
partir del 11º año y por sucesivos períodos decenales, en función
de las nuevas valoraciones catastrales efectuadas y vigentes en
cada respectivo decenios, sobre cuyas nuevas cuotas resultantes
- 94 -
se aplicarán las revisiones anuales del IPC, de acuerdo con el
párrafo anterior.
QUINTO: El otorgamiento de la presente concesión no excluye a la entidad
solicitante de obtener los permisos y autorizaciones de los
organismos competentes, y de forma expresa la preceptiva
licencia municipal de obras y autorización de la D. G. de
Industria de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la
normativa vigente aplicable, bajo cuyas condiciones deberá
instalarse el ascensor.
SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda
clase de documentos en ejecución del presente acuerdo y para la
firma del correspondiente contrato administrativo de la
concesión.
25.- ADJUDICACIÓN DIRECTA DE CONCESIÓN
ADMINISTRATIVA PARA USO PRIVATIVO DE TERRENOS
MUNICIPALES EN CALLE BATALLA NAVAS DE TOLOSA
Nº 4 PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR COMUNITARIO
EN LA FINCA.
Examinada la solicitud presentada el 8/3/2007 por Don Alberto Rubini
García-Ruiz, en representación de la Comunidad de Propietarios (N.I.F. E-
78546504) de la calle Batalla de Navas de Tolosa nº 4 (fachada trasera), de
concesión administrativa del uso privativo de terrenos municipales colindantes
en zona libre pública, para la instalación de un ascensor comunitario en dicha
finca, con una ocupación inicial de suelo y vuelo de 2,30 metros cuadrados,
- 95 -
todo ello según Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto Don Alberto
Rubini García-Ruiz, acompañándose a la solicitud copia del acta de la Junta de
Propietarios celebrada el día 25/5/2006, aprobatoria de dicha instalación así
como consulta de viabilidad urbanística favorable emitida por la Junta de
Gobierno Local en su reunión de 14/11/2006.
Resultando que por informe del Arquitecto Municipal de fecha
19/4/2007, se dictamina favorablemente la viabilidad urbanística de la
ocupación cuya consulta fue aprobada por la Junta de Gobierno del
14/11/2006, en la cual se señalan las condiciones que debe reunir el citado
ascensor: dimensiones mínimas de 0,90 m. de ancho por 1,2 m. de fondo, con
una superficie útil de 1,2 m/2, con puerta de una anchura mínima de 0,80 m. y
acceso al ascensor desde los descansillos de la escalera, que deberá quedar
ventilada e iluminada, según establecen las Normas urbanísticas del Plan
General de Leganés.
Resultando que según informes de la Dirección de Planificación y
Programación Económica y Sección de Catastro y Tributos sobre Inmuebles,
en función de la valoración de los terrenos a ocupar, la cuota de alquiler anual
calculada en el 6% del valor total sería de 906,94 €/año, fijándose como
período de la concesión 25 años, y pago de canon por períodos anuales, a pagar
en los últimos quince días del mes de marzo de cada año y sucesivos hasta
cumplirse los primeros 10 años, revisándose la cuota anual con las variaciones
e incrementos anuales del IPC aplicados al ultimo año transcurrido. Al
cumplirse el año 11º, y en los sucesivos decenios hasta la finalización de la
concesión, se efectuará una revisión extraordinaria en función de la nueva
valoración resultante de la revisión catastral que tiene lugar cada 10 años,
aplicándose la revisión del IPC anual sobre la nueva cuota de canon anual
resultante tras la actualización de las nuevas valoraciones catastrales
efectuadas en cada período decenal. El canon de 2.007, será, en todo caso,
- 96 -
proporcional al período de tiempo que reste hasta final de año desde la fecha de
notificación del presente acuerdo.
Considerando que en razón a las peculiares características del uso o
aprovechamiento solicitado, queda justificada la exclusión de concurrencia
pública y aconsejan la adjudicación directa de la concesión en base a lo
dispuesto en los arts. 93.1 en relación al supuesto previsto en el art. 137.4.e),
ambos de la vigente Ley 33/20003 de Patrimonio de las A.A.P.P., ya que:
a) Se solicita por la representación de la Comunidad de
Propietarios de la finca, que es colindante a los terrenos de zona
libre pública sobre los que se solicita el aprovechamiento.
b) Se trata de una reducida dimensión del terreno público a utilizar
que por su forma y pequeña extensión resulta inedificable por sí
mismo.
c) La finalidad perseguida, dotar a la finca de un ascensor
comunitario, mejora las condiciones de bienestar y calidad de
vida de los residentes, algunos de ellos de avanzada edad o
discapacitados.
Considerando que el expediente ha sido tramitado de acuerdo al
procedimiento legalmente establecido y que tras el examen pormenorizado de
los documentos e informes obrantes en el mismo, ha quedado acreditado el
cumplimiento de los requisitos legales exigidos y la existencia de
circunstancias suficientes para la adjudicación directa de la concesión
administrativa, sin licitación pública, así como la capacidad de la entidad
solicitante para contratar con el Ayuntamiento.
- 97 -
Vistos los artículos 74 a 91 del Reglamento de Bienes de la Entidades
Locales, artículo 91 a 105 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las
Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y apartados que tienen
carácter básico, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 22.2.n) de la vigente
Ley de Bases de Régimen Local, según redacción dada por Ley 57/2003 de
Medidas de Modernización del Gobierno Local que atribuye la competencia al
Pleno, al tratarse de una concesión plurianual superior a cuatro años, y de
conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Aprobar el Proyecto Técnico Básico y de Ejecución de obras
redactado por el Arquitecto Superior Don Alberto Rubini
García-Ruiz, visado por el correspondiente Colegio Oficial, para
instalación de un ascensor para uso de los vecinos de la
Comunidad de Propietarios de la finca sita en calle Batalla
Navas de Tolosa nº 4.
SEGUNDO: En razón a las circunstancias y características especiales de este
aprovechamiento que se subsumen en el art. 137.4.e). de la Ley
33/2003 de Patrimonio de las A.A.P.P. como supuesto de
exclusión de licitación pública, adjudicar directamente la
concesión administrativa a la Comunidad de Propietarios de la
calle Batalla de Navas de Tolosa nº 4 (N.I.F. nº E-78546504),
para el uso privativo de terrenos de dominio público en zona
libre pública colindantes a la fachada trasera de dicha finca por
un total de 2,30 m/2 de suelo y 29,67 m/2 de vuelo, por plazo de
25 años, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado, el
dictamen del Arquitecto Municipal, consulta urbanística
aprobada en Junta de Gobierno Local de 14-11-2.006,
clausulado de condiciones que rigen la concesión y Ordenanza
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Municipal de Instalación de Ascensores en Edificios
Residenciales.
TERCERO: Aprobar el clausulado de condiciones administrativas para el
uso privativo de terrenos de dominio público, que junto al
presente acuerdo, el Proyecto Técnico aprobado, dictamen del
Arquitecto municipal y consulta urbanística emitida, regirán la
concesión administrativa que en este caso se otorga.
CUARTO: La Comunidad de Propietarios concesionaria abonará al
Ayuntamiento de Leganés, en concepto de canon anual un
importe de NOVECIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA
Y CUATRO CÉNTIMOS (906,94.- €) anuales, que se pagarán
en los últimos quince días del mes de marzo de cada año, salvo
el correspondiente a 2.007, que deberá pagarse en un plazo
máximo de 30 días desde la notificación del presente acuerdo y
proporcionalmente al período que reste del año a contar de dicha
notificación, , quedando dicho canon anual sujeto a la revisión
del IPC anual, de acuerdo con las variaciones habidas en el año
anterior al que sea objeto de revisión.
Dicho canon queda sujeto además a revisiones extraordinarias a
partir del 11º año y por sucesivos períodos decenales, en función
de las nuevas valoraciones catastrales efectuadas y vigentes en
cada respectivo decenios, sobre cuyas nuevas cuotas resultantes
se aplicarán las revisiones anuales del IPC, de acuerdo con el
párrafo anterior.
QUINTO: El otorgamiento de la presente concesión no excluye a la entidad
solicitante de obtener los permisos y autorizaciones de los
organismos competentes, y de forma expresa la preceptiva
licencia municipal de obras y autorización de la D. G. de
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Industria de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la
normativa vigente aplicable, bajo cuyas condiciones deberá
instalarse el ascensor.
SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda
clase de documentos en ejecución del presente acuerdo y para la
firma del correspondiente contrato administrativo de la
concesión.
26.- DAR CUENTA PLENO ANTICIPOS DE CAJA FIJA
La Corporación acordó quedar enterada de los siguientes anticipos de
Caja fija:
NOMBRE IMPORTE
JOSÉ MANUEL CUADRADO PÉREZ 194,50.- €
27.- APROBACIÓN DEL PROYECTO DE REMODELACIÓN A
HIERBA DEL CAMPO DE FÚTBOL 11 SITUADO JUNTO AL
ESTADIO MUNICIPAL.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del Orden del Día, durante la cual el Sr.
Gómez Ruiz manifestó que su grupo consideraba que existían otras
- 100 -
prioridades más urgentes que la remodelación a hierba del Campo de Fútbol
11, señalando por ejemplo las obras que es necesario realizar en la zona
deportiva “LA CANTERA”.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante
en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por
mayoría, con la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Aprobar el “Proyecto de REMODELACIÓN A HIERBA DEL
CAMPO DE FÚTBOL 11 SITUADO JUNTO AL ESTADIO
MUNICIPAL” por un importe máximo de QUINIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
TRES EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE
EURO (549.963,34.- €)
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal Delegado de
Deportes, indistintamente, para la firma de cuantos documentos
sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.
28.- APROBACIÓN INICIAL DEL ANEXO AL CONVENIO
URBANÍSTICO SUSCRITO ENTRE ESTE AYUNTAMIENTO
Y LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DEL PLAN
PARCIAL P.P.-4 "PUERTA DE FUENLABRADA"
El Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el 14 de junio de
2005 aprobó definitivamente el Convenio Urbanístico suscrito el 3 de
- 101 -
noviembre de 2004 entre este Ayuntamiento y la Asociación de Propietarios de
terrenos incluidos en el ámbito del Plan Parcial P.P.-4 “PUERTA DE
FUENLABRADA”, por el que se establecían una serie de compromisos
relativos a la ejecución del citado Plan Parcial.
En la estipulación citado Convenio, en la estipulación UNDÉCIMA,
se establece la obligación de la mencionada Asociación de ejecutar una serie de
obras, entre las que se encuentran el desdoblamiento de la M-409 desde la
Glorieta ubicada en la intersección entre la Avenida de Orellana y Avenida
Doctor Fleming hasta el enlace con la glorieta bajo la carretera M-406 y el
nuevo enlace entre la rotonda de acceso al Hospital y el Polígono Industrial de
la Ciudad del Automóvil.
En la actualidad es necesario ejecutar un nuevo acceso al Hospital
Severo Ochoa de Leganés, que ha presentado una solicitud al respecto, por lo
que este Ayuntamiento ha considerado conveniente llevar a cabo el Proyecto
de Acondicionamiento citado sin esperar al desarrollo del Plan Parcial P.P.-4.
Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en
sesión celebrada el 6 de marzo de 2007, se aprobó el Proyecto de
Acondicionamiento de la Avenida de Fuenlabrada entre la Plaza del Hidróforo
y la M-406 y se acordó iniciar el expediente para la adjudicación de la
ejecución del mencionado proyecto, realizando la tramitación con carácter
urgente. Estos acuerdos se notificaron a la Asociación de Propietarios del P.P.-
4 “PUERTA DE FUENLABRADA”.
Por el mencionada Anexo la Asociación de Propietarios del P.P.-4 se
compromete a costear, en el momento en el que se lo requiera este
Ayuntamiento, la totalidad del importe de las obras contempladas en el
Proyecto de Acondicionamiento de la Avenida de Fuenlabrada.
- 102 -
El artículo 95 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid establece que será obligación de los propietarios y/o
promotores de cada ámbito de actuación costear y, en su caso, ejecutar la
urbanización de todos los suelos destinados por el planeamiento a redes
públicas de infraestructuras, equipamientos y servicios (incluidas todas las
obras señaladas en el artículo 97 de la Ley). No obstante lo anterior, la
Administración competente, cuando así convenga para la funcionalidad de la
red de que se trate, podrá ejecutar directamente las obras de urbanización. La
ejecución directa por la Administración no eximirá, en todo caso, a los
propietarios y/o promotores de la obligación de costear las obras.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de
Leganés está facultado para suscribir, dentro del ámbito de su esfera de
competencias, convenios con personas, públicas o privadas, para su
colaboración en el mejor y más eficaz desarrollo de la actividad urbanística.
El artículo 246 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid, establece, en concreto, la posibilidad de suscribir
convenios urbanísticos para la ejecución del planeamiento y las
determinaciones que han de contener.
En cuanto al procedimiento de celebración de este convenio, el
artículo 247 de la citada Ley señala:
Una vez negociado y suscrito, deberá someterse a información pública,
mediante anuncio publicado en el B.O.C.M. y en, al menos, uno de los
periódicos de mayor difusión en ésta, por un período mínimo de veinte
días.
Tras la información pública y a la vista de las alegaciones presentadas
- 103 -
se redactará el texto definitivo del convenio, que deberá ratificarse
por el Ayuntamiento Pleno.
El Convenio deberá firmarse dentro de los quince días siguientes a la
notificación de la aprobación del texto definitivo, ya que en caso
contrario se entenderá que las personas interesadas renuncian a él.
En el archivo administrativo municipal de convenios deberá anotarse
éste y custodiar un ejemplar completo de su texto definitivo y, en su
caso, la documentación anexa al mismo.
Por todo lo expuesto y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,
Sostenibilidad y Servicio a la Ciudad, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del
Grupo Municipal Popular y el voto en contra Sr. Concejal del Grupo Municipal
de ULEG, y votaron a favor los once Sres. Concejales del Grupo Municipal
Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente el ANEXO AL CONVENIO
URBANÍSTICO SUSCRITO ENTRE EL AYUNTAMIENTO
DE LEGANÉS Y LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE
TERRENOS INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL PLAN
PARCIAL 4 “PUERTA DE FUENLABRADA” DEL PLAN
GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEGANÉS”.
SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública, mediante anuncio
publicado en el B.O.C.M. y en, al menos, uno de los periódicos de
mayor difusión en ésta, por un período mínimo de veinte días.
- 104 -
29.- CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DISTINTAS
COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA
REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Sostenibilidad y Servicio
a la Ciudad, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,
acordaron: Conceder subvenciones a las Comunidades de vecinos que se
detallan a continuación:
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EN CONCEPTO DE: IMPORTE
C/ POLVORANCA, Nº 26 Obras en CUBIERTA 2.675,52 €
C/ CAMPOAMOR, Nº 10. Obras en CUBIERTA Y FACHADA 4.930,07 €
C/ COVADONGA, Nº 21. Obras en FACHADA 3.283,05 €
C/ RIOJA, Nº 125 Obras en FACHADA 4.859,80 €
PZA. DE AZUCENA, Nº 13. Obras en ASCENSOR 10.168,71 €
C/ NTRA. SRA. GUADALUPE, Nº 8.
Obras en CUBIERTA Y FACHADA 3.204,79 €
C/ GETAFE, Nº 3. Obras en CUBIERTA 2.106,00 €
C/ ALMUNIA, Nº 5. Obras en FACHADA 5.538,68 €
C/ PRIORATO, Nº 105. Obras en BARRERAS ARQUITECTÓNICA 605,17 €
C/ SANTO DOMINGO, Nº 21. Obras en FACHADA 12.020,00 €
C/ LA FUENTE, Nº 17. Obras en ASCENSOR 12.020,00 €
C/ BATALLA DE EBRO, Nº 1-7. Obras en FACHADA 2.191,03 €
- 105 -
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EN CONCEPTO DE: IMPORTE
C/ AMPUNDAN, Nº 24 Obras en BARRERAS ARQUITECTÓNICA 1.060,80 €
C/ RIOJA, Nº 143. Obras en FACHADA 12.020,00 €
C/ PRIORATO, Nº 41 Obras en FACHADA 3.618,82 €
AVDA. LIBERTAD, Nº 56. Obras en FACHADA 2.996,78 €
30.- INSCRIPCIÓN Y VARIACIONES DE LAS ASOCIACIONES
EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO: Proceder a la INSCRIPCIÓN en el Registro Municipal de
Asociaciones, creado a efectos del Reglamento de Participación
Ciudadana del Municipio de Leganés, a las siguientes:
CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL LOS HOMBRES DE
CACHI
G-85197135
D. Juan Manuel Argüello Ramiro
C/ Bélgica, 97-6º A
28916- Leganés (Madrid)
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SEGUNDO: Proceder a la MODIFICACIÓN en el Registro Municipal de
Asociaciones de la siguiente asociación, según documentación
que aportan estas:
CAMBIO DE JUNTA DIRECTIVA
CLUB DEPORTIVO BÁSICO LEGAHIELO
G-82807249
D. Cristóbal Ramos Vega
Avda. de Alemania, nº 2
28916- Leganés (Madrid)
TERCERO: Proceder a la comunicación de la modificación de los estatutos
adaptados de conformidad con la L.O. 1/2002 de 22 de marzo,
con Resolución de la Consejería de Presidencia de la
Comunidad de Madrid, Servicio de Fundaciones y Asociaciones
acordando la modificación el 5 de septiembre de 2003.
A.M.P.A INSTITUTO E.S. BUTARQUE
C.I.F. G-28724490
D. Alfredo López Aguado Gómez
C/ Adolfo Marsillach, nº 5
C.P. 28914- Leganés (Madrid)
ASOCIACIÓN SALUD Y ALTERNATIVA DE VIDA
G-79399663
Dña. Araceli Carrillo
Paseo de Colón, s/n
28911-Leganés (Madrid)
- 107 -
ASOCIACIÓN LEGANES VERDE Y ECOLÓGICO
D. Pedro Mendo Maestro
C/ El Roncal s/n
28915-Leganés (Madrid)
CUARTO: Proceder a la declaración de UTILIDAD PUBLICA a las
Asociaciones que figuran en este informe.
31.- COMPLEMENTO AL ACUERDO PLENARIO DEL 27 DE
ABRIL DE 2.007 PUNTO 43º CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES A LAS AA.VV. EN EL ÁREA DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular,
acordaron:
PRIMERO: Conceder la parte complementaria de subvención 2007 a las
Asociaciones de Vecinos que por error se omitió la cantidad
propuesta de Medio Ambiente para el desarrollo de sus
proyectos.
- 108 -
Nº ENTIDAD / Actividad subvencionada CANTIDAD
1 AA.VV. EL CARRASCAL CIF. G-78287398 1.200.- €
2 AA.VV. ZARZAQUEMADA CIF.: G-78002409 1.500.- €
T O T A L 2.700 .-€
SEGUNDO: Aprobar un gasto por importe de 2.700,00.- €, con cargo al
Presupuesto Municipal ordinario del ejercicio 2007, R.C. 4615
de la partida 12/4601/489.01
TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos
documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.
32.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL
AYUNTAMIENTO DE LEGANES Y LA CONSEJERÍA DE
DEPORTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA
TRAMITACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL CARNET+26.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
- 109 -
PRIMERO.- Aprobar el Convenio de colaboración entre la Consejería de
Deportes de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de
Leganés para la tramitación del “CARNÉ+26”,
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos
documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo
33.- APROBACIÓN DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES
PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA “LEGANES CONTRA
EL ANALFABETISMO”.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Conceder subvención a las entidades colaboradoras en el
Programa “Leganés contra el analfabetismo” durante el curso
2006-2007, por un importe máximo de 22.381.- € (VEINTIDÓS
MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN EUROS), con cargo a
la partida 05/4221/489.01 distribuidas en las siguientes cuantías
y perceptores:
RELACIÓN DE ENTIDADES C.I.F. PROPUESTA SUBVENCIÓN
PARROQUIA NTRA. SRA. DEL CARRASCAL Q-7800489B 872,00.- €
AMFIVIL G-80500523 847,00.- €
- 110 -
RELACIÓN DE ENTIDADES C.I.F. PROPUESTA SUBVENCIÓN
ASOC. AMIGOS DEL AZORÍN G-81517534 387,00.- €
AA.VV. “EL CARRASCAL” G-78287398 1.356,00.- €
DINAMO ALTERNATIVA SOCIAL G-80586613 3.704,00.- €
AULA DE CULTURA EL SALVADOR Q-2801329J 1.017,00.- €
CASA DE EXTREMADURA DE LEGANÉS G-28819365 387,00.- €
CASA CULTURAL CASTELLANO MANCHEGA G-79075651 848,00.- €
PARROQUIA DE SAN NICASIO Q-7800489B 581,00.- €
CASA DE SALAMANCA G-78269115 484,00.- €
AULA PARROQUIAL NTRA. SRA. DE LA SALUD Q-2800137H 3.194,00.- €
PARROQUIA SAN ELADIO Q-7800489B 909,00.- €
AA.VV. SAN NICASIO DE LEGANÉS G-79032108 2.614,00.- €
PARROQUIA DE SAN PIO V Q-7800489B 1.720,00.- €
HUMANOS SIGLO XXI G-82690447 484,00.- €
PARROQUIA VIRGEN MADRE Q-7800489B 678,00.- €
PARROQUIA NTRA. SRA. DE ZARZAQUEMADA Q-7800489B 2.299,00.- €
SEGUNDO.- Aprobar el abono de dichas cantidades en un pago único, previa
justificación de los gastos ante los servicios técnicos
municipales de acuerdo con las bases de ejecución del
- 111 -
presupuesto y sin perjuicio de los tramites contables vigentes
ante la Intervención Municipal.
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal Delegado de
Educación, Infancia y Festejos, indistintamente, para la firma de
cuantos documentos sean necesarios en ejecución del presente
acuerdo
34.- SUBVENCIÓN AL PROGRAMA DE HERMANAMIENTO
CON BELÉN (PALESTINA).
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con la
abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO. Conceder una subvención de TREINTA Y TRES MIL
SEISCIENTOS CATORCE EUROS (33.614.- €) al municipio
de Belén, como ayuda y con cargo al presupuesto de
Cooperación al Desarrollo para financiar el Proyecto de
Rehabilitación de calle, como apoyo financiero a la segunda
fase; con cargo a la partida 24/1112/762.00, pagándose el 100 %
del importe a justificar con posterioridad.
SEGUNDO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para la firma de cuantos
documentos sean necesarios para la ejecución de los presentes
acuerdos.
- 112 -
35.- SUBVENCIÓN A CULTURA, PAZ Y SOLIDARIDAD HAYDÉE
SANTAMARÍA PARA REHABILITACIÓN HOSPITAL
CAMPAMENTO DE REFUGIADOS DEL LÍBANO.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió
deliberación sobre el presente punto del Orden del Día, durante la cual el Sr.
Gómez Ruiz manifestó que a juicio de su grupo la subvención se debería dar
directamente a la organización del campamento de refugiados Ain El-Hilweh,
en Sidón (Líbano), y no a la asociación CULTURA, PAZ Y SOLIDARIDAD
HAYDÉE SANTAMARÍA pues la mencionada asociación no tiene medios
para controlar el buen destino de la subvención que se concedia, anunciando
que en caso contrario su grupo votaría en contra.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante
en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales
y Participación Ciudadana, con los votos en contra de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y la abstención del Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, y a favor de los once Sres. Concejales del Grupo
Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida,
acordaron:
PRIMERO. Conceder una subvención de DOCE MIL EUROS (12.000,00 .-
€), a la Asociación Cultura Paz y Solidaridad Haydée
Santamaría, como ayuda y con cargo al presupuesto de
Cooperación al Desarrollo para financiar el Proyecto para la
Rehabilitación del edificio del hospital Human Call en el
Campamento de Refugiados Ain El-Hilweh, en Sidón (Líbano),
con cargo a la partida 24.1112.762.00, pagándose el 100 % del
importe, a justificar con posterioridad.
- 113 -
SEGUNDO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para la firma de cuantos
documentos sean necesarios para la ejecución de los presentes
acuerdos.
36.- AYUDA HUMANITARIA DE EMERGENCIA A NICARAGUA.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el
dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación
Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO.- Conceder una subvención de SEIS MIL EUROS (6.000,00.- €),
a la Fundación UNICEF, con CIF.: G-84451087; con cargo a la
partida 24/1112/489.00, pagándose el 100 % del importe, a
justificar con posterioridad.
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para la firma de cuantos
documentos sean necesarios para la ejecución de los presentes
acuerdos.
37.- RECURSOS Y DEMANDAS.
1.- RECURSO P.O. NÚM. 54/2007, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 1 DE MADRID,
INTERPUESTO POR SUN PLANET, S.A.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.
- 114 -
54/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Madrid,
interpuesto por SUN PLANET, S.A. contra resolución de denegación licencia
de apertura; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
2.- RECURSO P.A. NÚM. 540/07, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 3 DE
MADRID, INTERPUESTO POR Dª. ISABEL NIETO
VAQUERO
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
540/07 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Madrid,
- 115 -
interpuesto por Dª. ISABEL NIETO VAQUERO sobre reclamación
patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
3.- RECURSO P.A. NÚM. 629/2007, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 9 DE
MADRID, INTERPUESTO POR Dª. Mª PAZ PEREZ-
CARRILLO DE LA CUEVA.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
629/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de Madrid,
interpuesto por Dª. Mª PAZ PEREZ-CARRILLO DE LA CUEVA contra la
- 116 -
convocatoria y bases del concurso de meritos para cubrir una plaza de Técnico
Superior en Derecho; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
4.- RECURSO P.A. NÚM. 68/07, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 3 DE
MADRID, INTERPUESTO POR D. MIGUEL ANGEL
CABELLO ORTEGA.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm. 68/07
del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Madrid, interpuesto
por D. MIGUEL ANGEL CABELLO ORTEGA contra sanción en expediente
- 117 -
disciplinario; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
5.- RECURSO P.O. NÚM. 101/07, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 13 DE MADRID,
INTERPUESTO POR D. JOSÉ RAMOS RODRÍGUEZ.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm. 101/07
del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 13 de Madrid, interpuesto
por D. JOSÉ RAMOS RODRÍGUEZ sobre reclamación patrimonial; y de
conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico
y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
- 118 -
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
6.- RECURSO P.A. NÚM. 384/2007, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 21 DE
MADRID, INTERPUESTO POR Dª. MONTSERRAT VERA
QUEROL.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
384/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,
interpuesto por Dª. MONTSERRAT VERA QUEROL contra decreto de
adscripción del puesto de trabajo de Jefe de Servicio Servicios Técnicos de
Urbanismo; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo
- 119 -
Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,
acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
7.- RECURSO P.A. NÚM. 244/2007, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 21 DE
MADRID, INTERPUESTO POR Dª. Mª SOLEDAD PLAZA
GUTIÉRREZ.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.
244/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,
interpuesto por Dª. Mª SOLEDAD PLAZA GUTIÉRREZ sobre reclamación
de disfrute de vacaciones y compensación económica; y de conformidad con el
dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
- 120 -
los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del
Grupo Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
8.- RECURSO P.O. NÚM. 90/2007, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 21 DE MADRID,
INTERPUESTO POR LA ASOCIACIÓN NACIONAL
ESPAÑOLA DE FABRICANTES DE HORMIGÓN
PREPARADO.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.
90/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,
interpuesto por la ASOCIACIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE
FABRICANTES DE HORMIGÓN PREPARADO sobre instalación carente de
permisos y autorizaciones; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
- 121 -
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
9.- RECURSO P.O. NÚM. 74/2007, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 28 DE MADRID,
INTERPUESTO POR RODAMCO INVERSIONES, S.L.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.
74/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 28 de Madrid,
interpuesto por RODAMCO INVERSIONES, S.L. contra resolución sobre
impuestos de bienes inmuebles; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
- 122 -
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
10.- RECURSO P.O. NÚM. 75/2007, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 21 DE MADRID,
INTERPUESTO POR ASUNTOS TAURINOS Y
ESPECTÁCULOS, S.L.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este
Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.
75/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,
interpuesto por ASUNTOS TAURINOS Y ESPECTÁCULOS, S.L. sobre
adeudo factura 86/06; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.
- 123 -
Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el
recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON
JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO
GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO
CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ
BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS
GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO
ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y
DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.
38.- SENTENCIAS Y AUTOS.
1.- RECURSO P.A. NÚM. 349/2006, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 15 DE MADRID,
INTERPUESTO POR LA CAJA DE AHORROS Y MONTE
DE PIEDAD DE MADRID.
Vista la sentencia de fecha 4 de septiembre de 2007, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid, en el recurso por
Procedimiento Abreviado núm. 349/2006, interpuesto por la CAJA DE
AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID, contra sanción impuesta
- 124 -
por Infracción Tributaria en Tasa por ocupación del dominio público; y de
conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico
y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la
mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan
las resoluciones que procedan.
39.- MOCION SOBRE ADHESIÓN A LA DECLARACIÓN DE “EL
DIA DE LAS PERSONAS DESAPARECIDAS SIN MOTIVO
APARENTE”
Se dio lectura a la siguiente Moción:
“Exposición de Motivos
La Agrupación de Familiares Desaparecidos, Inter-SOS, entidad sin
ánimo de lucro creada en 1988 y declarada de utilidad pública por el
Ministerio de Interior el día 27 de abril de 2005, tiene entre sus objetivos la
ayuda y soporte a las familias afectadas por la desaparición de un familiar sin
motivo aparente, desapariciones en la mayoría de los casos dolorosas y largas
en el tiempo. Esta asociación considera que el sufrimiento, el esfuerzo y la
dedicación de estas familias en la búsqueda de sus familiares desaparecidos
sin motivo aparente merece el reconocimiento, apoyo y solidaridad tanto de la
sociedad como de sus vecinos.
De otra, cada 9 de marzo, el Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat
(Barcelona) organiza un acto en recuerdo de una niña de 16 años, Cristina
Bergua Vera, que desapareció en dicha localidad en 1997.
- 125 -
Inter-SOS ha solicitado a este Ayuntamiento su colaboración así
como la adhesión y apoyo a su lucha, así como a la Declaración del día 9 de
marzo de cada año como el Día de la persona desaparecida sin motivo
aparente, que van a presentar en el Congreso de los Diputados. Este día se
celebraría cada año en una localidad diferente y que tenga una persona
desaparecida.
Por todo lo anterior, los Grupos Municipales Socialista, Izquierda
Unida, Popular y Unión por Leganés someten a la consideración del
Ayuntamiento Pleno la aprobación de los siguientes
Acuerdos
1.- Adherir al Ayuntamiento de Leganés a la solicitud de
declaración del 9 de marzo de cada año como El Día de la
Persona Desaparecida sin Motivo Aparente, propuesta por la
Agrupación de Familiares Desaparecidos INTER-SOS.
2.- Apoyar la lucha diaria de la Agrupación y de todas las familias
afectadas por una desaparición de un familiar sin motivo
aparente”.
Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
Aprobar la moción que ha quedado transcrita anteriormente.
40.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE
ULEG DE PROPUESTA PARA EL EQUIPO DE GOBIERNO
EL COMPROMISO A FRENAR SUS INVERSIONES EN
ESCULTURAS Y PARA QUE SE CELEBRE UN PROTOCOLO
PÚBLICO QUE INTRODUZCA CRITERIOS ESTÉTICOS,
- 126 -
ECONÓMICOS Y DEMOCRÁTICOS PARA LA ELECCIÓN,
SELECCIÓN Y UBICACIÓN DEL PATRIMONIO ARTÍSTICO
DE LEGANES.
Se dio lectura a la siguiente moción:
“EXPONE
- Que a juicio de este grupo municipal es injustificado el despilfarro
económico y la “obsesión” actual de colocar estatuas faraónicas en las
rotondas y otras áreas de Leganés.
- Que Leganés está siendo conocida y no para bien por los “engendros
metálicos” que florecen en cada glorieta de nuestra ciudad
- Que no nos consta que haya un inventario de las estatuas existentes en el
depósito municipal, ni el valor real de mercado de las mismas.
- Que ULEG quiere trasladar las quejas de diversos vecinos que se
preguntan por los criterios estéticos y económicos se siguen para la
elección y ubicación de ciertas obras, ya que consideramos que el
capricho del artista, del concejal o del alcalde de turno no es un
argumento con peso legal, ni puede suponer una hipoteca estética para
los vecinos.
Por ello, PROPONE
- La elaboración un protocolo público, consensuado por todos los grupos
municipales, que introduzca criterios estéticos, económicos y
democráticos para la elección, selección y ubicación del patrimonio
artístico de Leganés.
- Que hasta la elaboración de este protocolo no se compre ni instale
ninguna estatua, escultura o similar en rotondas u otras áreas. Y que en
- 127 -
su lugar se utilice plantas, árboles o césped artificial de bajo
mantenimiento, graveras o fuentes de agua reciclada
- Que se realice un inventario a disposición del público de las estatuas ya
erigidas, de las existentes en el depósito municipal, así como la inversión
realizada para cada una de ellas.
- Que en tal protocolo se incluya que el criterio estético recaiga
predominantemente en los ciudadanos a través de una consulta pública,
para que no se repitan casos de tan poca aceptación como el de las
rotondas de la Calle Monegros, las de las carreteras M-425 y M-421
(Carabanchel-Leganés) o “la menina y el menino en la Fortuna”.
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado
transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales
asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal
de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal
Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.
41.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE
ULEG SOBRE RECTIFICACIÓN DEL ERROR DE
CARÁCTER ADMINISTRATIVO DEL NO ABONO DE
SÁBADOS TRABAJADOS DE D. MAGDALENO DÍAZ
CASADO DESDE JULIO DEL 94 A JULIO DEL 96.
Se dio lectura a la siguiente moción:
- 128 -
“Rectificación del error de carácter administrativo del no abono de
sábados trabajados de D. Magdalena Díaz Casado desde julio del 94 a julio
del 96.
ANTECEDENTES DE HECHO:
PRIMERO: D. Magdaleno Díaz Casado venía realizando su trabajo
de lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas, comunicándole el Ayuntamiento el 8
de octubre de 1992 su nuevo horario a partir de dicha fecha de martes a
sábado de 8.00 a 15.00 horas, librando los lunes.
SEGUNDO: Los sábados trabajados transcurridos desde octubre de
1992 hasta julio de 1994, los primeros se los fueron abonando en sucesivas
nóminas como horas extraordinarias, y los segundos también hasta julio del
94, pero esta vez, por sentencia al no existir acuerdo.
TERCERO: Que desde julio de 1994 a julio de 1996, no se le han
abonado los 44 sábados trabajados al existir un error de apreciación por
parte de la Jefa de Sección Técnica de Personal que mantenía que fueron
pagados por la anterior sentencia citada. Tras darse cuenta de su equívoco fue
la misma Jefa de Sección la que informó a su concejal de que se había
equivocado al hacer tal afirmación, ya que estos sábados en concreto, no
habían sido pagados, ni sobre ellos había recaído sentencia alguna ni tampoco
tenían resolución administrativa estimada ni desestimada. Estos sábados se
han venido reclamando durante todos estos años.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier
momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de
hecho o los aritméticos existentes en sus actos, de conformidad con lo que se
contiene en el art. 105.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen
- 129 -
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Por todo lo anterior, se propone la adopción del siguiente
ACUERDO: Rectificar el error material existente y reconocer y abonar al
trabajador municipal D. Magdalena Díaz Casado sus 44 sábados reclamados,
así como el interés legal del dinero desde la fecha del devengo hasta la fecha
de este acuerdo”.
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado
transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales
asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal
de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal
Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.
42.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE
ULEG SOBRE RECTIFICACIÓN DE ERROR EN LA
CLASIFICACIÓN DEL PUESTO Nº 116 DE LA R.P.T. DE
PERSONAL (CONDUCTOR VEHÍCULOS LIGEROS
DISFUNCIONADO).
Se dio lectura a la siguiente moción:
“En las plantillas de personal municipal de los años 1986 a 1994,
todos los conductores estaban homologados a la categoría de Oficial, tanto en
personal laboral como en personal funcionario.
- 130 -
En Sentencia de 13 de noviembre de 1988 del Juzgado de lo social nº
13 de los de Madrid, se reconoció esta categoría de Oficial a Subalterno de
Régimen Interior a D. Eugenio Muñoz Vico y así figura en la plantilla de ese
año aprobada por acuerdo plenario de 10 de octubre de 1990.
Con fecha 14 de diciembre de 1990 el Concejal-Delegado de
Educación y Deportes propuesto a la Concejalía de Personal que el puesto de
conductor adscrito a su unidad administrativa, se reclasificara como Oficial
Conductor al igual que los existentes en CENTROS CULTURALES Y
RÉGIMEN INTERIOR.
Mediante escrito de fecha 15 de febrero de 1991, el trabajador
municipal D. Magdalena Díaz Casado, había solicitado el reconocimiento de
su conducción de trabajador fijo con la categoría de Oficial Conductor de 1ª,
así como los atrasos correspondientes al año inmediatamente anterior.
Sin embargo, al aplicar al personal municipal el nuevo régimen
retributivo contenido en la Ley 30/1984 de 2 de agosto de Medidas para la
Reforma de la Función Pública (Aprobada por acuerdo plenario de 12 de julio
de 1994), el puesto de trabajo nº 86 ocupado por dicho trabajador, se clasificó
como Ayudante (Grupo E Nivel 14 de C.D.) en lugar de Oficial (Grupo D
Nivel 16 de C.D.) que es el que correspondía al estar desempeñando este
trabajador, al igual que los conductores de Centros Culturales y Régimen
Interior, las funciones de conductor con varios años de anterioridad a julio de
1994.
Por todo ello y concurriendo los requisitos en el art. 105 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre de RJAP y PAC para la revocación de actos y
rectificación de errores, se propone la adopción del siguiente ACUERDO:
- 131 -
PRIMERO: Rectificar el error existente en la clasificación del puesto nº 116
de la RPT de Personal Laboral (Conductor de Vehículos
Ligeros Disfuncionando) en el siguiente sentido:
Donde dice
116 Conductor Vehículos Ligeros Disfuncionando
L 1 E 14 CM 43 10.887,49
Debe decir:
116 Conductor Vehículos Ligeros Disfuncionando
L 1 E D CM 43 10.887,49
SEGUNDO: Que por la Unidad Administrativa de Recursos Humanos y
Régimen Interior, se liquiden y abonen a D. Magdalena Díaz
Casado las diferencias existentes entre las retribuciones
percibidas y las que correspondan a la nueva calificación del
puesto, incluso cotizaciones a la Seguridad Social, todo ello con
efectos desde febrero de 1990”.
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado
transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales
asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal
de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal
Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.
- 132 -
43.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL
POPULAR SOBRE INVERSIONES DEL ESTADO EN LA
COMUNIDAD DE MADRID 2.008.
Se dio lectura a la siguiente moción:
“El anexo de inversiones territorializadas para 2008 supone la
confirmación del abandono de los Presupuestos Generales del Estado como
instrumento de reequilibrio territorial y una nueva discriminación para los
madrileños. El proyecto de Presupuestos del Gobierno vuelve a olvidarse de
Madrid, ya que las inversiones territorializadas para nuestra Región se han
estancado para 2008.
Por cuarto año consecutivo, las inversiones previstas para la
Comunidad de Madrid crecen muy por debajo de la media de las comunidades
autónomas con un 0,49%, quince puntos menos que la media nacional. En
total, la Comunidad de Madrid recibirá en 2008 un 19% menos de inversiones
que en el año 2004, cuando en el conjunto de las Comunidades Autónomas
crecerá un 43%.
Esta situación se agrava si tenemos en cuenta que la población de la
Comunidad de Madrid ha crecido en 863.000 habitantes en los últimos años.
Por ello, las inversiones en nuevas infraestructuras son necesarias para la
vertebración de nuestra Región.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente
MOCIÓN:
PRIMERO.- El Pleno del Ayuntamiento de Leganés acuerda dirigirse al
Gobierno de España, requiriéndole que recoja en el Proyecto de
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 las
inversiones que la Comunidad de Madrid necesita, de tal
- 133 -
manera que se corrija el déficit inversor de los últimos tres
ejercicios.
SEGUNDO.- Este acuerdo se trasladará, para su conocimiento, a la
Asamblea de Madrid y al Gobierno de la Comunidad de
Madrid”
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado
transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales
asistentes del Grupo Municipal Popular y se abstuvo el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo
Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda
Unida.
44.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL
POPULAR PARA EL ACONDICIONAMIENTO DE LA ZONA
ALEDAÑA AL PARQUE PALESTINA EN EL BARRIO DE
LEGANES NORTE.
Se dio lectura a la moción presentada por el Grupo Municipal Popular
y después de amplia deliberación se asumió por todo los grupos municipales la
moción presentada, excepto el preámbulo de la misma, por ello, los Señores
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
Vista la petición de los vecinos del Barrio de Leganés Norte respecto
al estado de total abandono que presenta la zona aledaña al Parque Palestina
desde hace casi un año.
- 134 -
Se acuerda que se proceda al inmediato acondicionamiento y
ajardinamiento de la zona aledaña al Parque Palestina para el uso y disfrute de
todos los vecinos de Leganés.
45.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL
POPULAR SOBRE LA FINANCIACIÓN DE LA LEY DE
DEPENDENCIA.
En relación con la moción presentada por el Grupo Municipal Popular
sobre la Financiación de la Ley de Dependencia, se ha presentado otra moción
alternativa suscrita por los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida.
Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por Grupo Municipal
Popular:
“Las Cortes Generales aprobaron la Ley 39/2006, de Promoción de
la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
El objetivo de esta Ley es atender las necesidades de aquellas
personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad,
requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria,
alcanzar una mayor autonomía personal y lograr el ejercicio de sus derechos.
Tal y como reconoce el legislador en su exposición de motivos, es
necesario que los ciudadanos y las Comunidades Autónomas gocen de un
marco estable de recursos y servicios para la atención a la dependencia.
Según el legislador, la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, nace como
- 135 -
una “nueva modalidad de protección social que amplía y complementa la
acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social”. Sin
embargo, existen distintos niveles de protección y de atención a personas
dependientes, según las Comunidades Autónomas en las que residen, por lo
que la atención a los dependientes no es nueva en según qué Comunidades
Autónomas.
Así, la Comunidad de Madrid aprobó la Ley 11/2003, de 27 de marzo,
de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, en la que se apuesta por la
universalidad, equidad e igualdad de acceso de todos los ciudadanos a los
servicios sociales, clarificando y consolidando firmemente sus derechos.
Por otra parte, la Comunidad de Madrid y todos los municipios de su
Comunidad, tienen suscritos convenios para el desarrollo de los servicios
sociales generales.
La Ley 39/2006 establece para la Administración General del Estado
un nivel mínimo de protección garantizado financieramente, y la aportación de
fondos económicos para un segundo nivel de protección.
En la página 77 del programa electoral del PSOE para las elecciones
generales de 2004, se refleja el compromiso de crear un plan de atención a la
dependencia, al que “el Gobierno aportará inicialmente mil millones de
euros”.
Sin embargo, en el primer año, el año 2007, el Gobierno de la Nación
destina 220 millones de euros para la financiación del nivel acordado, de los
que 23,4 millones de euros han sido asignados a la Comunidad de Madrid, si
bien el Gobierno Regional no ha recibido aún la citada transferencia.
Adicionalmente, la Ley 39/2006 incorpora el copago de los servicios
para las personas dependientes, que debe ser incorporado en el desarrollo
reglamentario y que aún no ha sido establecido, contraviniendo lo establecido
- 136 -
en la disposición adicional segunda de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente
MOCIÓN:
PRIMERO.- El Pleno del Ayuntamiento de Leganés acuerda dirigirse al
Gobierno de la Nación para que:
• Dote de la necesaria financiación a la Ley 39/2006, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las
personas en situación de dependencia.
• Aporte la financiación necesaria en función del coste de los
servicios y de las prestaciones económicas de carácter
extraordinario, que garantice la igualdad efectiva y no
discriminación de todos los españoles en el ejercicio de los
derechos y el cumplimiento de los deberes.
• Cumpla con su promesa electoral de aportar 1.000 millones
de euros a la financiación de los servicios a las personas
dependientes.
• Colabore con las Corporaciones Locales y con la
Comunidad de Madrid en la financiación de los convenios
de servicios sociales en el marco de la estabilidad de
recursos y servicios para la atención a la dependencia que
recoge el espíritu de la Ley 39/2006.
SEGUNDO.- Este acuerdo se trasladará, para su conocimiento, a la
Asamblea de Madrid y al Gobierno de la Comunidad de
Madrid”.
- 137 -
Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado
transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales
asistentes del Grupo Municipal Popular y se abstuvo el Sr. Concejal del Grupo
Municipal de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo
Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda
Unida.
En relación con el mismo tema se presento una moción conjunta de
los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida, del siguiente tenor:
“El 1 de enero de 2007 se pone en marcha la Ley 29/2006 que
garantiza un nuevo derecho subjetivo a la ciudadanía, con un presupuesto por
parte del Gobierno para cada Comunidad Autónoma de 23 millones de euros.
Se han mantenido diversas reuniones con las Comunidades
Autónomas en el Consejo Territorial de Atención a la Dependencia para la
puesta en marcha de una Ley de tan hondo calado social.
Los Ayuntamientos tenemos un papel fundamental que recoge la Ley
en su articulado, que ya hemos empezado a desarrollar con la información a
la población y la primera recogida de solicitudes de valoración, a través de los
Servicios Sociales.
A pesar de los decretos que se han aprobado, la Comunidad de
Madrid no está haciendo nada a la hora de desarrollarlos y no ha contado con
los municipios para acordar el desarrollo de los mismos.
Además, los municipios no han recibido ningún tipo de provisión
económica para poder reforzar el personal de Servicios Sociales, que es donde
va a recaer muchas de las fases del procedimiento (información, elaboración
del PIA, seguimiento, etc.), aún habiendo recibido la Comunidad Autónoma
- 138 -
fondos económicos para este concepto por parte del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales.
Por todo ello, proponemos al Ayuntamiento Pleno la adopción del
siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Que la Comunidad de Madrid financie al 100 por ciento los
costes de personal, equipamiento e infraestructura que
necesitan los Ayuntamientos para el desarrollo de esta Ley.
SEGUNDO.- Que la Comunidad de Madrid dote de Equipos de Valoración
suficientes y especializados para que las personas con
dependencia no tengan que trasladarse de su medio habitual
para ser valorados.
TERCERO.- Que la Comunidad de Madrid establezca un Plan de
Coordinación eficaz y realista entre los sistemas de Salud y
Servicios Sociales, como han hecho ya otras Comunidades
Autónomas.
CUARTO.- Que la Comunidad de Madrid aumente el número de plazas
residenciales, centros de día, centros de noche, etc. necesarios
para la aplicación de la Ley.
QUINTO.- Que la Comunidad de Madrid asuma el coste íntegro de los
Servicios de Ayuda a Domicilio y Tele-asistencia que ya en la
actualidad, y con financiación municipal, se prestan a grandes
dependientes.
SEXTO.- Dar traslado del presente Acuerdo a la Consejería de Familia y
Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y a la Federación
- 139 -
de Municipios de Madrid, así como a las entidades sociales
para que todos seamos garantes de su cumplimiento”.
Sometida a votación la moción trascrita anteriormente, los Señores
reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos a favor de los
once miembros del Grupo Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo
Municipal de Izquierda Unida, y los votos en contra de los doce Sres.
Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular y la abstención del Sr.
Concejal del Grupo Municipal de ULEG, en consecuencia acordaron:
PRIMERO.- Que la Comunidad de Madrid financie al 100 por ciento los
costes de personal, equipamiento e infraestructura que necesitan
los Ayuntamientos para el desarrollo de esta Ley.
SEGUNDO.- Que la Comunidad de Madrid dote de Equipos de Valoración
suficientes y especializados para que las personas con
dependencia no tengan que trasladarse de su medio habitual para
ser valorados.
TERCERO.- Que la Comunidad de Madrid establezca un Plan de
Coordinación eficaz y realista entre los sistemas de Salud y
Servicios Sociales, como han hecho ya otras Comunidades
Autónomas.
CUARTO.- Que la Comunidad de Madrid aumente el número de plazas
residenciales, centros de día, centros de noche, etc. necesarios
para la aplicación de la Ley.
QUINTO.- Que la Comunidad de Madrid asuma el coste íntegro de los
Servicios de Ayuda a Domicilio y Tele-asistencia que ya en la
- 140 -
actualidad, y con financiación municipal, se prestan a grandes
dependientes.
SEXTO.- Dar traslado del presente Acuerdo a la Consejería de Familia y
Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y a la Federación
de Municipios de Madrid, así como a las entidades sociales para
que todos seamos garantes de su cumplimiento”.
46.- URGENCIAS.
Previa declaración de urgencia obtenida por unanimidad de los todos
los señores concejales asistentes se adopto el siguiente acuerdo: Modificar los
miembros que componen las siguientes Comisiones Informativas:
COMISIÓN INFORMATIVA DE RÉGIMEN JURÍDICO Y
HACIENDA.
Se nombra a D. ALARICO RUBIO Tello en sustitución de D. RAÚL
CALLE GALLARDO, por el Grupo Municipal de Izquierda Unida.
COMISIÓN INFORMATIVA DE ASUNTOS SOCIALES Y
PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
Se nombra a Dª RAQUEL ARELLANO ALCOCER en lugar del
DON ÁNGEL LARGO PEÑAS, por el Grupo Municipal Popular
- 141 -
47.- RUEGOS Y PREGUNTAS
Por el Grupo Municipal ULEG se efectúo los siguientes RUEGOS:
1.- Que el grupo municipal ULEG ha venido presentando desde su entrada
en la corporación municipal diferentes ruegos. Tales ruegos han sido
registrados oficialmente en las dependencias municipales establecidas al
efecto.
- Que con ocasión del próximo pleno ordinario del Ayuntamiento de
Leganés que se celebrará el 9 de octubre, el grupo municipal ULEG
quiere que se traten los temas allí registrados, y para ello reproduce y se
remite a los contenidos expresados en los citados ruegos y que en
resumen son:
a) Al concejal delegado de Sostenibilidad, Infraestructura y Servicios a la
Ciudad:
- “Problemas acústicos por el aparcamiento irregular de camiones en
Arroyo Culebro”. Fecha de registro: 27-9-07, nº 41623.
- “Instalación de farolas en parques de la localidad”. Fecha de
registro: 26-9-07, nº 41309.
- “Eliminación ruta autobús escolar Leganés Norte con institutos”.
Fecha de registro: 26-9-07, nº 41309.
- “Acondicionamiento de Plaza San Nicasio”. Fecha de registro: 3-9-
07, nº 37882.
b) A la concejala delegada de Servicios a la Ciudadanía y Nuevas
Tecnologías:
- “LAN Party”. Fecha de registro: 26-9-07, nº 41314.
- “Convertir La Fortuna en zona wifi”. Fecha de registro: 29-8-07, nº
37585.
- 142 -
- “Problemas ADSL en Leganés Norte”. Fecha de registro: 3-8-07, nº
35432.
c) Al concejal delegado de Urbanismo e Industrias:
- “Normativa que rige en cuanto a distancia de las centrales eléctricas
de las zonas habitadas y urbanizables”. Fecha de registro: 29-8-07. nº
37586.
- “Vías de información y denuncia para abusos en compra de vivienda
de VPP”. Fecha de registro: 29-8-07, nº 37587.
d) Al concejal de Festejos.
- “Importe desglosado festejos taurinos en fiestas de Butarque”
RUEGO: A los diferentes concejales delegados del equipo de Gobierno,
que respondan y/o atiendan con ocasión del próximo pleno ordinario del
9 de octubre a los ruegos presentados por este Grupo Municipal.
Por el Grupo Municipal Popular se efectúo los siguientes RUEGOS:
1. Arreglen el adoquinado, instalen papeleras y juegos infantiles, arreglen
el sumidero(avda. Juan Carlos I), realicen labores de limpieza viaria,
desinsecten para intentar eliminar la ingente cantidad de cucarachas
existente, y eliminen las pintadas de los árboles, todo ello del espacio
interbloques de la parcela nº 9 de la Avda. Juan Carlos I, entre la Avda.,
c/ Monegros y c/ Pedroches.
Arreglen el sumidero situado en la zona ajardinada de Avda. Juan
Carlos I (a la altura del nº 3).
Finalicen las obras de mejora de las aceras en la Avda. Juan Carlos I,
que vienen realizándose desde hace más de un mes, con el consiguiente
- 143 -
peligro para los vecinos.
Recuperen la zona ajardinada que existía en Avda. Juan Carlos I
esquina c/ Monegros, ya que las actuales obras de transformación en
acera están paradas desde hace más de un mes.
Reparación de la farola situada en el nº 23 de la Avda. Juan Carlos I,
quemada en un incendio hace meses.
Subsane las deficiencias existentes en los contenedores de basura con
sistema de recogida neumática en la Avda. Juan Carlos I, ya que su nulo
funcionamiento obliga a los ciudadanos a depositar las basuras fuera de
los contenedores, con los consiguientes problemas de olores para todos
los vecinos.
Se reparen las baldosas que se rompen en otras obras realizadas por el
Ayuntamiento, como las situadas en el portal 2 de la c/ Pedroches.
Pintar los pasos de peatones situados a la altura del nº 16 de la c/
Ampurdán, ya que no se distinguen.
Arreglo de rejillas y eliminación de alcorques con troncos cortados que
pueden ocasionar accidentes entre los viandantes en la Avda. Juan
Carlos I, a la altura de los nº 18 al 26.
Renovación de los juegos infantiles instalados en el espacio interbloque
de la Avda. Juan Carlos I nº 18 al 26, ya que además de no cumplir la
normativa vigente para estas instalaciones, presenta pésimas
condiciones (por ejemplo óxido).
Arreglo de la farola y reposición de la papelera situadas en la Avda.
Juan Carlos I nº26. Así como colocar la tapa metálica del cajetín de la
farola ya que en la actualidad los cables están tapados con un cartón.
Reponer las papeleras que han sido arrancadas del Centro Municipal
- 144 -
Julián Besteiro.
Cambiar la colocación de la farola situada en el último escalón de la
subida al Centro Municipal Julián Besteiro, ya que impide a las
personas que usen los pasamanos acceder con facilidad al mismo.
Colocar las banderas correspondientes en el Centro Municipal Julián
Besteiro.
2.- La relación de denuncias puestas por la Policía Local de Leganés desde
el día 1 de julio de 2007.
3.- Se proceda a la construcción de una glorieta permanente u otra solución
estable en la confluencia de la calle Severo Ochoa con Esteban Terradas
en el Polígono Industrial de Butarque.
Se presenta al Pleno Municipal las siguientes PREGUNTAS:
1.- POR EL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL ULEG EN EL
AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS:
- ¿Informarán a este grupo municipal y por extensión al resto de los
vecinos de Leganés de la relación detallada de ingresos y gastos que se
obtuvieron con ocasión del Festimad de este año celebrado en
instalaciones municipales? ¿Quiénes han sido los destinatarios de esos
ingresos y bajo qué conceptos (publicidad, entradas, explotación
comercial de exteriores…)
- ¿Está entre los planes del equipo de gobierno construir un albergue
para indigentes y dar solución efectiva e integral a los problemas
habidos por el uso insalubre como vivienda del túnel de la estación del
antiguo Alcosto?
- 145 -
- ¿Qué medidas se van a tomar para paliar los malos olores que
desprende el punto limpio ubicado en la Avenida de la Lengua Española
y que está generando mermas en la calidad de vida de los vecinos de la
zona?
- ¿Hay en marcha algún plan de coordinación con el IVIMA y con la
Comunidad de Madrid para dar solución a los problemas de convivencia
que afectan a Leganés Norte?
SOLICITA: Le sean respondidas con la suficiente profundidad y
precisión a las cuestiones que se les plantea.
2.- EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DESEA CONOCER LAS
RESPUESTAS A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:
- ¿Cuándo comenzaron las obras que se están realizando en la carretera
de Leganés a Carabanchel, desde el puente de la vía del tren hasta la
glorieta conocida como de la “Opel”?
- ¿Cuándo está previsto que finalicen dichas obras?
- ¿Por qué motivo se ha pintado raya amarilla continua en la calle
Constitución de Cádiz, en el lateral en el que se encuentra el Instituto
José Churriguera, perdiéndose de este modo numerosas plazas de
aparcamiento?
- ¿Tiene previsto el equipo de gobierno reponer las mencionadas plazas
de aparcamiento?
3.- Desde el pasado mes de agosto, existe en la carretera de Getafe hacia el
Polígono Industrial de Butarque, una vez se pasa el Centro Municipal
Las Dehesillas, una glorieta portátil.
El Grupo Municipal Popular desea conocer las respuestas a las
siguientes PREGUNTAS:
- 146 -
- ¿Por qué motivo se han instalado quitamiedos de plástico formando la
citada rotonda?
- ¿Durante cuánto tiempo va a continuar de esta forma, entendemos que
provisional?
Por el Sr. Cenamor González se solicito informe sobre la aplicación de
la Ley 11/2003 durante los ejercicios 2004, 2005 y 2006.
Por el Sr. Alhambra García de Dionisio se solicito información sobre
las actuaciones ejercidas por la policía municipal en relación con el vandalismo
por pintadas, y las sanciones impuestas en virtud de las denuncias presentadas.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó
la sesión, siendo las veintiuna horas y quince minutos, de todo lo que yo,
como Secretario doy fe.