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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE, EN PRIMERA CONVOCATORIA. En LEGANÉS, a NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE. Presididos por el Alcalde-Presidente, DON RAFAEL GÓMEZ MONTOYA, se reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DON ANTONIO GARCÍA BLÁZQUEZ, DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON MIGUEL FERNÁNDEZ GIL, DOÑA ANA Mª MASSÓ SALIDO, DON SANTIAGO LLORENTE GUTIÉRREZ, DOÑA JULIA MARTÍN NAVESO, DON SEBASTIÁN ORTEGA CHACÓN, DOÑA JOSE BANEGAS GONZÁLEZ, DON JUAN ANTONIO GONZÁLEZ GARCÍA, DOÑA EMILIA QUIRÓS RAYEGO, DOÑA RAQUEL ARELLANO ALCOCER, DON JUAN CARLOS CENAMOR GONZALEZ, DON MARIO J. AVILÉS ORTIZ, DOÑA EVA Mª DE LA FUENTE IGLESIAS, DON JESÚS GÓMEZ RUIZ, DON EDUARDO JÍMENEZ RODRÍGUEZ, DON JOSÉ LUIS SALAZAR RÍOS, DOÑA BEATRIZ ALONSO ALVAREZ, DON DIEGO ALHAMBRA GARCIA DE DIONISIO, DOÑA NOEMÍ SELAS FERNÁNDEZ, DON ANGEL LARGO PEÑAS, DOÑA DOLORES MONTORO DE FRANCISCO, DON RAÚL CALLE GALLARDO, DON ALARICO RUBIO TELLO, DON JOSÉ CASTEJÓN HUETE y DON CARLOS JOSÉ DELGADO PULIDO, asistidos del Secretario DON HONORATO RAMOS ARRIBAS, y presente la Interventora DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión Ordinaria por el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día. Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las dieciocho horas.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL

AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA NUEVE DE OCTUBRE DE DOS

MIL SIETE, EN PRIMERA CONVOCATORIA.

En LEGANÉS, a NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE.

Presididos por el Alcalde-Presidente, DON RAFAEL GÓMEZ MONTOYA,

se reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DON ANTONIO GARCÍA

BLÁZQUEZ, DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON MIGUEL

FERNÁNDEZ GIL, DOÑA ANA Mª MASSÓ SALIDO, DON SANTIAGO

LLORENTE GUTIÉRREZ, DOÑA JULIA MARTÍN NAVESO, DON

SEBASTIÁN ORTEGA CHACÓN, DOÑA Mª JOSE BANEGAS

GONZÁLEZ, DON JUAN ANTONIO GONZÁLEZ GARCÍA, DOÑA

EMILIA QUIRÓS RAYEGO, DOÑA RAQUEL ARELLANO ALCOCER,

DON JUAN CARLOS CENAMOR GONZALEZ, DON MARIO J. AVILÉS

ORTIZ, DOÑA EVA Mª DE LA FUENTE IGLESIAS, DON JESÚS GÓMEZ

RUIZ, DON EDUARDO JÍMENEZ RODRÍGUEZ, DON JOSÉ LUIS

SALAZAR RÍOS, DOÑA BEATRIZ ALONSO ALVAREZ, DON DIEGO

ALHAMBRA GARCIA DE DIONISIO, DOÑA NOEMÍ SELAS

FERNÁNDEZ, DON ANGEL LARGO PEÑAS, DOÑA DOLORES

MONTORO DE FRANCISCO, DON RAÚL CALLE GALLARDO, DON

ALARICO RUBIO TELLO, DON JOSÉ CASTEJÓN HUETE y DON

CARLOS JOSÉ DELGADO PULIDO, asistidos del Secretario DON

HONORATO RAMOS ARRIBAS, y presente la Interventora DOÑA

TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión Ordinaria por

el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente

convocados con arreglo al Orden del Día.

Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las

dieciocho horas.

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Por el Sr. Alcalde-Presidente se solicito constase en acta el pésame

de la Corporación por el fallecimiento del familiar del Sr. Rubio Tello.

Antes de comenzar la sesión se produjo también un cambio de

impresiones entre los distintos grupos municipales sobre la colocación de lo

señores concejales en el Salón de Sesiones, acordándose que seria resuelto el

tema en la próxima Junta de Portavoces.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL

DIA 25 DE SEPTIEMBRE DE 2.007, SESIÓN JUNTA GRAL.

EXTRAORDINARIA DE EMSULE, S.A.

Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron: Aprobar el acta de la sesión correspondiente al día 25 DE

SEPTIEMBRE DE 2.007, con carácter JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE EMSULE, S.A.

2.- MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 15 Y DE LA

PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría,

con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular

y del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y a favor los once Sres.

Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de

Izquierda Unida, acordaron:

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PRIMERO.- Aprobar el expediente de Modificación de Créditos nº 15 del

ejercicio de 2.007, con arreglo al siguiente resumen:

PARTIDA DE GASTOS CON ALTA EN CRÉDITOS:

A).- SUPLEMENTO DE CRÉDITO. 4.538,21.- €

TOTAL 4.538,21.- €

FINANCIACIÓN:

A).- BAJAS PARTIDAS DE GASTOS. 4.528,31.- €

TOTAL 4.528,31.- €

SEGUNDO.- Modificar la plantilla municipal en los siguientes términos:

1.- Crear las siguientes plazas en la plantilla de personal

laboral:

Categoría (Núm)

Titulación Denominación Plazas

Nº plazas Dotación de plazas

que quedan

587 Monitor de Juventud 1 (plaza nº 1) 3

TERCERO.- Modificar la Relación de Puestos de Trabajo en los siguientes

términos:

1.- Amortizar los siguientes puestos de trabajo de personal

laboral:

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2 247 Jefe de Grupo Gestión Finalista Deportiva (Grupo C)

L C 18 CM 74 13.500,74.-€ 6

2.- Crear los siguientes puestos de trabajo de personal

laboral:

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1 15 Jefe Sección Gestión Finalista Social L B 24 LD 77 22.976,80 1

1 236 Jefe de Negociado Gestión Finalista Cultural (Grupo C) L C 20 CM 70 16.534,14 2

2 267 Jefe de Grupo Gestión Finalista Deportiva (Grupo C) con disfunción

L C 18 CM 125 14.557,20 2

CUARTO.- Someter el expediente a información pública por plazo de 15

días, de conformidad con lo establecido en la vigente Ley

Reguladora de las Haciendas Locales y si durante el mencionado

plazo no se presentasen ningún tipo de reclamaciones ni de

alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter

definitivo.

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3.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE LA SUBASTA

CONVOCADA PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS

DE “CONSTRUCCIÓN DE UNA BIBLIOTECA Y UN

ARCHIVO MUNICIPAL EN LEGANES NORTE”. EXPTE.

96/2007.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 13 de

marzo de 2.007, se convocó subasta, para la CONSTRUCCIÓN DE UNA

BIBLIOTECA Y UN ARCHIVO MUNICIPAL EN Leganés NORTE"; la

apertura de plicas tuvo lugar el día 17 de mayo de 2007.

Considerando, que las empresas JOCA INGENIERÍA Y

CONSTRUCCIONES, S.A., ALDESA CONSTRUCCIONES, S.A. Y

CONSTRUCTORA HISPÁNICA, S.A., podían incurrir en baja temeraria, se

les requirió para que expliciten sus ofertas justificando la posibilidad de su

ejecución. En escritos de fecha 1 y 5 de junio de 2.007, se reciben, de las

mencionadas empresas, escritos justificando las bajas ofertadas.

Visto los informes emitidos por el Arquitecto Jefe de Sección de

Arquitectura, D. Juan A. Chavarri Navarro, del 10 de julio de 2007 y por los

redactores del Proyecto de Ejecución, B.N. ASOCIADOS S.A., del 4 de julio

de 2007.

De conformidad con lo establecido en el art. 83.4 de la Ley de

Contratos de las Administraciones públicas, se propone la adjudicación al

siguiente licitador no incurso en baja temeraria.

A la vista de lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante

en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen

Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

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PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.

SEGUNDO.- Adjudicar definitivamente a la empresa IMAGA

PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.A., CIF:

A15107998, las obras de "CONSTRUCCIÓN DE UNA

BIBLIOTECA Y UN ARCHIVO MUNICIPAL EN LEGANÉS

NORTE", quién con estricta sujeción a los pliegos de

condiciones, proyecto y oferta presentada se compromete a

realizar las citadas obras en la cantidad de DIEZ MILLONES

QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y OCHO

CÉNTIMOS (10.573.992,58.- €), incluido Gastos Generales,

Beneficio Industrial e I.V.A., con cargo a la partida

05/4512-622.00 de los Presupuestos de 2.007 a 2.009.

TERCERO.- El periodo de ejecución de las referidas obras será de

VEINTICUATRO MESES, contado a partir de la firma del Acta

de comprobación de replanteo.

CUARTO.- Se requiere al adjudicatario para que, en el plazo de quince días,

contados a partir de la recepción del presente acuerdo, proceda a

constituir en la Tesorería Municipal la fianza definitiva por

importe de CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL

NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON

SETENTA CÉNTIMOS (422.959,70.- €), y a abonar en la

Caja Municipal, la cantidad de OCHOCIENTOS EUROS

CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (800,53.- €),

importe del anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado,

relativo a la presente licitación.

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QUINTO.- Proceder a la devolución de las fianzas provisionales

constituidas por los restantes licitadores.

SEXTO.- Nombrar director de las obras a los Arquitectos, DON JUAN

ANTONIO CHAVARRI NAVARRO Y DON JUAN LUIS

CASANOVA

4.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONCURSO

CONVOCADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE “UNA FOTOCOPIADORA DE GRAN

FORMATO PARA PLANOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE

RENTING”. EXPTE. 104/2007

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de

abril de 2.007, se convocó concurso para la contratación del suministro de

“UNA FOTOCOPIADORA DE GRAN FORMATO PARA PLANOS

MEDIANTE LA MODALIDAD DE RENTING”; publicado el

correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de 22 de junio de

2007.

Habiéndose constituido la Mesa de licitación el día 26 de julio de

2007, las ofertas presentadas se pasaron a informe técnico.

Con fecha 6 de septiembre de 2.007, el Jefe del Negociado de Asuntos

Generales, emitió informe para la adjudicación definitiva del concurso para la

contratación del suministro de "UNA FOTOCOPIADORA DE GRAN

FORMATO PARA PLANOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE

RENTING".

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De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda , los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.

SEGUNDO.- Adjudicar definitivamente, a la empresa INFOTEC DIGITAL

SOLUTIONS, S.A., CIF: A-81575201, el concurso convocado

para contratar el suministro de "UNA FOTOCOPIADORA DE

GRAN FORMATO PARA PLANOS MEDIANTE LA

MODALIDAD DE RENTING", quién se compromete a su

realización con estricta sujeción al pliego de condiciones y

oferta presentada, por un importe máximo de VEINTICUATRO

MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN EUROS (24.731,00.- €),

a razón de 412,18.- € mensuales, I.V.A. incluido, con cargo a la

Partida 18/1230-203.00 de los Presupuestos de 2007 a 2012.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que, en el plazo de quince días

hábiles, contados a partir de la recepción del presente acuerdo,

proceda a constituir en la Caja Municipal, la fianza definitiva,

que se fija en la cantidad de NOVECIENTOS OCHENTA Y

NUEVE EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS

(989,24.- €) y el importe del anuncio publicado en el Boletín

Oficial, relativo a la presente licitación, que se fija en la cantidad

de SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON

TRECE CÉNTIMOS (785,13.-€).

CUARTO.- Proceder a la devolución de las fianzas provisionales

constituidas por los restantes licitadores.

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5.- APROBACIÓN DEL CONTRATO MODIFICADO Nº 3 DEL

SERVICIO PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN

DE ZONAS VERDES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE

LEGANES. EXPTE. 55/2004.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 17 de

mayo de 2.004, se adjudicó el concurso convocado para la contratación del

“SERVICIO DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN DE ZONAS

VERDES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LEGANÉS”, a la empresa

HELECHOS, SDAD. COOP. LTDA., por un importe de CUATRO

MILLONES SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCO EUROS CON

CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (4.071.605,47.- €), anuales, más los IPC

correspondientes, y una duración de OCHO AÑOS.

Mediante acuerdos del Ayuntamiento Pleno, en sesiones celebradas

los días 25 de Octubre de 2005 y 12 de Septiembre de 2006, se aprobaron la

ejecución de los modificados nº 1 y nº 2 por un importe total de

SETECIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TRES EUROS CON

VEINTIDÓS CÉNTIMOS (725.903,22.- €) hasta el 31 de mayo de 2012.

Vista la reserva de crédito, y el informe de consignación

presupuestaria adecuada y suficiente.

Visto el informe emitido por el Director del Servicio, relativo a la

necesidad de acometer el mantenimiento y conservación de las zonas verdes

que se relacionan en informe de fecha 18 de septiembre de 2007.

Considerando, que el importe de la ampliación no supera el 20% de la

adjudicación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno de fecha 17 de mayo de

2005, y de conformidad con el art. 212 del R.D.L. 2/2000, cuando como

consecuencia de las modificaciones del contrato de servicios se produzcan

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aumento, reducción o supresión de las unidades que integran el servicio o la

sustitución de unos servicios por otros, siempre que los mismos estén

comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el

contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de

unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas, sin

perjuicio de lo establecido en el artículo 214. c).

Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el

expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y

Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las

abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.

Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Autorizar el gasto por importe de SETECIENTOS TREINTA Y

SIETE MIL NOVENTA EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS

(737.090,60 €), con cargo a la partida 12/4328/227.07,

distribuyéndose en los siguientes ejercicios presupuestarios a

razón de las cuantías que se relacionan:

Ejercicio 2007 51.725,65.- €

Ejercicios 2008 a 2011 155.176,97.- € /anuales

Ejercicio 2012 64.657,07 € más los

IPCs correspondientes a cada anualidad.

SEGUNDO.- La ejecución del modificado del Servicio de

"MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN DE ZONAS

VERDES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LEGANÉS”,

será realizada por la empresa HELECHOS SOCIEDAD

COOPERATIVA LIMITADA, adjudicataria del contrato

primitivo, al no superar la modificación aprobada respecto del

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contrato original el 20%. La duración del contrato modificado nº

3 será desde el 10 de octubre de 2007 hasta el 31 de mayo de

2012, más las prórrogas previstas en el apartado 2º del Pliego de

Condiciones Técnicas

TERCERO.- Requerir a la empresa adjudicataria, para que en el plazo de

quince días, contados a partir de la recepción del presente

acuerdo, proceda a constituir en la Caja Municipal la fianza

definitiva que se fija en la cantidad de VEINTINUEVE MIL

CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON

SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (29.483,62.- €).

CUARTO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos

documentos sean necesario para la ejecución del presente

acuerdo.

6.- AMPLIACIÓN FINANCIACIÓN OBRA CONSTRUCCIÓN DE

UNA ESCUELA INFANTIL EN EL BARRIO DE LA FORTUNA

Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió

deliberación sobre el presente punto del Orden del Día, durante la cual el Sr.

Gómez Ruiz solicitó información sobre la construcción de las Escuela Infantil,

si suponía un aumento en el número de Escuelas Infantiles o en el precio de su

construcción.

Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante

en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen

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Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO.- Aprobar la ampliación de la financiación de la

CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCUELA INFANTIL EN EL

BARRIO DE LA FORTUNA en 288.345,00.- €.

SEGUNDO.- Aprobar la siguiente financiación para esta obra:

Ingresos provenientes de la enajenación de la parcela

TOC nº 1 del PP-10 SUR M-50 por un total de

93.677,32.- €.

Ingresos provenientes de la monetarización de la UE9

Leganés por un total de 204.667,08.- €.

7.- FINANCIACIÓN OBRA EDIFICIO CON GRADERÍOS Y

ÁREAS DEPORTIVAS POLIVALENTE EN CIUDAD

DEPORTIVA EUROPA.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron: dejar el expediente sobre la Mesa para un mejor estudio

8.- FINANCIACIÓN OBRA CENTRO DE RECURSOS DEL

DEPORTE.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron: dejar el expediente sobre la Mesa para un mejor estudio

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9.- CESE Y NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO

ECONÓMICO Y SOCIAL DE LEGANES.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Cesar a los siguientes representantes en el Consejo Económico y

Social de Leganés a propuesta de sus respectivas

organizaciones:

D. Francisco Javier Viondi Arese, CCOO-Unión Comarcal Sur.

D. Faustino Borja de la Cruz, Grupo Municipal Popular.

D. Pedro Fernández Redondo, Grupo Municipal Socialista.

SEGUNDO: Nombrar representantes del Consejo Económico y Social de

Leganés a:

Dª. Isabel Martínez Pérez, CCOO-Unión Comarcal Sur.

D. José Luis Cardenete Cáceres, Grupo Municipal Popular.

D. Pedro Atienza Martín, Grupo Municipal Socialista.

D. Rubén Bejarano Ferreras, Grupo Municipal de Izquierda

Unida.

D. Ricardo López Serrano, Grupo Municipal de ULEG.

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10.- MODIFICACIÓN DE ACUERDOS PLENARIOS DE 20 DE

DICIEMBRE DE 2.005 Y 10 DE MAYO DE 2.007 SOBRE

PERMUTA ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y LOS

PROPIETARIOS DE LA PARCELA 53 DEL POLÍGONO 21

DEL CATASTRO DE RUSTICA.

Por acuerdos plenarios de fechas 20 de diciembre de 2005 y otro

complementario de 10 de mayo de 2.007 se aprobó el Convenio y posterior

permuta de la parcela 1 del polígono 21, de propiedad municipal, por seis

fincas registrales de la parcela 53 del mismo, propiedad de las entidades Tau

Promociones, Soc. Coop. San Nicasio y Dupgesa Grupo Inmobiliario S.A.,

acordándose asimismo iniciar expte de permuta para su tramitación por la

Sección de Patrimonio.

Resultando que en los citados acuerdos municipales se han advertido

errores materiales consistentes en los siguientes extremos:

a) En las fincas propiedad de los particulares a permutar con el

Ayuntamiento se incluyen seis fincas, cuando en realidad deben

ser cinco, ya que la finca registral nº 41.941 debe quedar

excluida del objeto de permuta por cuanto fue incluida

totalmente en el ámbito de delimitación del PP1.

b) Que la descripción, linderos y superficies de las parcelas

propiedad de los particulares que son objeto de permuta, y que

constan en los susodichos acuerdos se corresponden con la

totalidad de las indicadas fincas registrales, cuando en realidad,

se permuta una parte de cada una de las cinco, ya que son los

restos de las fincas matrices, una vez producidas las

segregaciones llevadas a cabo en el Proyecto de Reparcelación

del PP-1, si bien quedan incluidas en el SGRV-1 del PP-5 (Poza

del Agua).

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c) En los citados acuerdos no constan la descripción, linderos y

superficies, realmente permutadas, ni su valoración individual y

referencia catastral.

Resultando que en la documentación obrante en el Proyecto de

Reparcelación del PP-1 Ensanche de San Nicasio, que fue aprobado por la

Junta de Gobierno Local en fecha 6 de junio de 2.006, constan la descripción,

linderos y superficies de las cinco parcelas tanto las fincas matrices iniciales,

como las segregadas incluidas en la delimitación del PP-1, así como los restos

de las indicadas fincas matrices, estos últimos que son el objeto de permuta,

habiéndose completado por informe del Arquitecto Municipal de fecha 20-7-

2.007 las superficies y valoraciones individualizadas de los citados restos, e

incorporado las referencias catastrales de las fincas afectados, en virtud de cuya

documentación resultan las descripciones, linderos, superficies, valoraciones y

referencias catastrales, que sustituyen y rectifican las consignadas

erróneamente en los citados acuerdos plenarios y que se recogen íntegramente

en la parte dispositiva del presente acuerdo.

Visto lo dispuesto en los artículos 1 a 8, 32, 35 y 36 de la Ley 33/2003

de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el artículo 22.2 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su

redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la

Modernización del Gobierno Local y el artículo 112 del Reglamento de Bienes

de las Corporaciones Locales (R. D. 1372/1986, de 13 de junio), el

Ayuntamiento Pleno resulta competente, sin necesidad de quórum especial al

no superar la cuantía de la permuta el 20% de los recursos ordinarios

municipales, para la adopción del presente acuerdo de enajenación mediante

permuta, por todo lo cual y De conformidad con la propuesta obrante en el

expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y

Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las

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abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.

Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Permutar con las entidades mercantiles TAU PROMOCIONES

S.A., SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA SAN

NICASIO Y DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO S.A.,

propietarias según título y proporcionalidad. que más adelante se

señalan, situadas dentro del ámbito del Plan Parcial “PP-5

(SGRV-1) POZA DEL AGUA” las siguientes cinco fincas

registrales, incluidas en la parcela 63 del polígono 21 del

Catastro de Rústica:

I. FINCAS REGISTRALES PERMUTADAS, QUE PASAN A

SER PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANES

Finca 1. Resto de finca registral número 42.243. De esta

finca matriz, de 5.000 m2. de superficie inicial, se segregan

3.524 m2. incluida en la delimitación del Proyecto de

Reparcelación del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca

matriz que es objeto de permuta, pendiente de inscripción

registral:

Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca

matriz (registral nº 60.160), con una superficie de 1.476 m/2.

Linda al Norte, con el camino; al Sur, con la finca número

10.bis del Inventario (registral nº 60.166 del Reg. de la

Propiedad nº 2 de Leganés); al Este, con la finca matriz de la

que ahora se segrega por estar afectada por el Plan Parcial 1

“Ensanche de San Nicasio”; y al Oeste, con el camino.

Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido

aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,

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quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro

del PP-5.

Titularidad: Según la inscripción 1ª, única de dominio vigente,

aparece inscrita a nombre de la sociedad TAU

PROMOCIONES, S. A., con C.I.F. número A-28/827335, como

dueña por título de compra a Doña Emilia Rodríguez Gaitán, en

virtud de la escritura otorgada el 30 de septiembre de 2.004

ante el Notario de Getafe Don Eduardo Torralba Arranz.

Cargas y gravámenes: Inicialmente gravada con una hipoteca

que expresa la inscripción 2ª, de fecha 22-11-2.004, e inscrita a

favor del Banco de Bilbao Vizcaya y Argentaria S.A. constituida

por dicho titular registral en garantía de un préstamo por el que

responde de 739.440 €, según escritura otorgada en fecha 30-9-

2.004 ante el Notario de Getafe Don Eduardo Torralba Arranz.

Dicha carga se ha mantenido en vigor hasta el 27-7-2.007,

fecha en que ha sido cancelada totalmente, como se ha

acreditado mediante copia de la escritura de cancelación de la

entidad prestamista (BBVA) otorgada en dicha fecha ante el

Notario de Madrid Don Cruz Gonzalo López-Muller Gómez, la

cual ha sido autoliquidada e inscrita en el Registro de la

Propiedad nº 2 de Leganés, por lo que al día de la fecha no

tiene cargas ni gravámenes.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de

Leganés-2, al Tomo 1.473, Libro 631, folios 95 al 98, finca

registral 42.243 (antes nº 60.160 del Archivo Común).

Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha

20-7-2.007 está valorada en CIENTO VEINTISÉIS MIL

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NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS (126.936 €), IVA no

incluido.

Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada

referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la

Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:

3956207VK3635N0001FK.

Finca 2. Resto de finca registral número 38.185. De esta

finca matriz, de 3.730 m2. de superficie inicial, se segregan

1.138 m2. incluida en la delimitación del Proyecto de

Reparcelación del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca

matriz que es objeto de permuta, pendiente de inscripción

registral:

Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca

matriz (registral nº 60.162), con una superficie de 2.592/m/2.

Linda al Norte, con la finca número 10-bis del Inventario

(registral nº 60.166 del Reg. de la Propiedad nº 2 de Leganés);

al Sur, con la finca nº 10 y 10 ter del Inventario (registrales

60.164 y 60.168; al Este, con la finca matriz de la que ahora se

segrega por estar afectada por el Plan Parcial 1 “Ensanche de

San Nicasio”; y al Oeste, con el camino.

Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido

aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,

quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro

del PP-5.

Titularidad.- Según la inscripción 1ª, única de dominio vigente,

aparece inscrita a nombre de la SOCIEDAD COOPERATIVA

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MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F. número F-82500133,

como dueña por título de compra a Doña Josefa Rodríguez

Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 28 de Noviembre

de 2.002 ante el Notario de Getafe Don Eduardo Torralba

Arranz.

Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de

servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de

Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 12,, finca registral

38.185 (antes nº 60.162 del Archivo Común).

Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha

20-7-2.007 está valorada en DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL

NOVECIENTOS DOCE EUROS (222.912,00 €), IVA no

incluido.

Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada

referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la

Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:

3956207VK3635N0001FK.

Finca 3. Resto de finca registral número 38.186, De esta finca

matriz, de 4.858 m/2 de superficie inicial, se segrega finca de

1.045,70 m/2 incluida en la delimitación del Proyecto de

Reparcelación del PP-1, y tras la expropiación para la ejecución

de la Av. Del Mediterráneo, quedando el siguiente resto de la

finca matriz que es objeto de permuta, pendiente de inscripción

registral:

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Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca

matriz (registral nº 60.164), con una superficie de 850,91 m/2.

Linda al Norte, con el resto de la finca que se segregó por estar

afecta por el PP-1 Ensanche de San Nicasio de Leganés; al Sur,

con la carretera; al Este, con finca de Doña Eugenia Pizazo y el

PP-1 Ensanche de San Nicasio; y al Oeste, con el camino.

Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido

aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,

quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro

del PP-5. La finca matriz, de la que ha quedado como resto,

resultó afectada por la expropiación para la ejecución del

viario de la Avda. del Mediterráneo, en virtud de la cual se

expropiaron 2.120 m/2.

Titularidad.- Según la inscripción 1ª aparece inscrita una

participación indivisa de 1/3 parte a nombre de la SOCIEDAD

COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F.

número F-82500133, como dueña por título de compra a Doña

Josefa Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el

28 de Noviembre de 2.002 ante el Notario de Getafe Don

Eduardo Torralba Arranz.

Según la inscripción 2ª aparece inscrita una participación

indivisa de 1/3 parte a nombre de la sociedad DUPGESA

GRUPO INMOBILIARIO, S. A., con C.I.F. número A-

78/355278, como dueña por título de compra a Doña Margarita

Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 28 de

Julio de 2.004 ante el Notario de Leganés Don José-María

Martín Castillo.

Y según la inscripción 3ª, última de dominio vigente, aparece

inscrita la restante participación indivisa de 1/3 parte a nombre

de la sociedad TAU PROMOCIONES, S. A., con C.I.F. número

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A-28/827335, como dueña por título de compra a Doña Emilia

Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 30 de

Septiembre de 2.004 ante el Notario de Getafe Don Eduardo

Torralba Arranz.

Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de

servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de

Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 14, finca registral

38.186 (antes nº 60.164 del Archivo Común).

Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha

20-7-2.007 está valorada en SETENTA Y TRES MIL CIENTO

SETENTA Y OCHO EUROS CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS

(73.178,26 €), IVA no incluido.

Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada

referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la

Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:

3956207VK3635N0001FK.

Finca 4. Resto de finca registral número 38.187. De esta finca

matriz, de 550,00 m/2 de superficie inicial, se segregan 136,00

m/2 incluida en la delimitación del Proyecto de Reparcelación

del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca matriz que es

objeto de permuta, pendiente de inscripción registral:

Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca

matriz (registral nº 60.166), con una superficie de 136,00 m/2.

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Linda al Norte, con finca nº 8 del inventario (registral 60.160);

al Sur, con la finca nº 9 del inventario (registral nº 60,162); al

Este, con la finca matriz de la que ahora se segrega por estar

afectada por el Plan Parcial 1 “Ensanche de San Nicasio” y al

Oeste, con el camino.

Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido

aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,

quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro

del PP-5

Titularidad.- Según la inscripción 1ª aparece inscrita una

participación indivisa de 1/3 parte a nombre de la SOCIEDAD

COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F.

número F-82500133, como dueña por título de compra a Doña

Josefa Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el

28 de Noviembre de 2.002 ante el Notario de Getafe Don

Eduardo Torralba Arranz.

Según la inscripción 2ª aparece inscrita una participación

indivisa de 1/3 parte a nombre de la sociedad DUPGESA

GRUPO INMOBILIARIO, S. A., con C.I.F. número A-

78/355278, como dueña por título de compra a Doña Margarita

Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 28 de

Julio de 2.004 ante el Notario de Leganés Don José-María

Martín Castillo.

Y según la inscripción 3ª, última de dominio vigente, aparece

inscrita la restante participación indivisa de 1/3 parte a nombre

de la sociedad TAU PROMOCIONES, S. A., con C.I.F. número

A-28/827335, como dueña por título de compra a Doña Emilia

Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el 30 de

Septiembre de 2.004 ante el Notario de Getafe Don Eduardo

Torralba Arranz.

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Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de

servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de

Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 16, finca registral

38.187 (antes nº 60.166 del Archivo Común).

Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha

20-7-2.007 está valorada en ONCE MIL SEISCIENTOS

NOVENTA Y SEIS (11.696,00 €, IVA no incluido.

Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada

referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la

Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:

3956207VK3635N0001FK

Finca 5 Resto de finca registral número 38.188. De esta finca

matriz, de 296,00 m/2 de superficie inicial, se segregan 174,00

m/2 incluida en la delimitación del Proyecto de Reparcelación

del PP-1, quedando el siguiente resto de la finca matriz que es

objeto de permuta, pendiente de inscripción registral:

Descripción, linderos y superficie- RUSTICA. Resto de la finca

matriz (registral nº 60.168), con una superficie de 122,00 m/2.

Linda al Norte, con finca nº 9 del inventario (registral 60.162);

al Sur, con la finca registral 60.164; al Este, con la finca matriz

de la que se segrega por estar afectada por el Plan Parcial 1

“Ensanche de San Nicasio” y al Oeste, con el camino.

Este resto de la finca matriz, objeto de permuta, no ha sido

aportada al Proyecto de Reparcelación del citado PP-1,

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quedando incluida en el Sistema General Red Viaria 1 y dentro

del PP-5.

Titularidad.- Según la inscripción 1ª aparece inscrita una

participación indivisa de 1/2 a nombre de la SOCIEDAD

COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO, con C.I.F.

número F-82500133, como dueña por título de compra a Doña

Josefa Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada el

28 de Noviembre de 2.002 ante el Notario de Getafe Don

Eduardo Torralba Arranz.

Y según la inscripción 2ª, última de dominio vigente, aparece

inscrita la restante participación indivisa de 1/2 a nombre de la

sociedad DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO, S. A., con C.I.F.

número A-78/355278, como dueña por título de compra a Doña

Margarita Rodríguez Gaitán, en virtud de la escritura otorgada

el 28 de Julio de 2.004 ante el Notario de Leganés Don José-

María Martín Castillo.

Cargas y gravámenes: Gravada por su origen con el derecho de

servidumbre de pastos, hierbas y rastrojeras.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad de

Leganés-2, al Tomo 1.387, Libro 545, folio 18, finca registral

38.188 (antes nº 60.168 del Archivo Común).

Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha

20-7-2.007 está valorada en DIEZ MIL CUATROCIENTOS

NOVENTA Y DOS EUROS (10.492,00 €), IVA no incluido.

Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada

referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la

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Parcela 53 del Polígono 21, que es la siguiente:

3956207VK3635N0001FK

II. EL AYUNTAMIENTO DE LEGANES es propietario de la

cuota indivisa del 65,196272 % de la citada parcela 1 del

polígono 21, que tiene una superficie real de 7.940,50 m2, según

medición de los Servicios Técnicos Municipales, si bien

registralmente constan inscritos 6.286 m/2,que pasará a ser

propiedad de las entidades TAU PROMOCIONES S.A.,

SOCIE4DAD COOPERATIVA MADRILEÑA SAN NICASIO

Y DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO S.A.,

proporcionalmente a las propiedades y valores aportados por

cada una de ellas.

Dicha parcela según el Proyecto de Delimitación del Plan

Parcial PP-1 “Ensanche de San Nicasio”, aprobado

definitivamente por acuerdo de la Comisión de Gobierno del

Ayuntamiento de Leganés, de 6 de junio de 2.006, tiene una

superficie real de 7.940,50 m/2, siendo la cuota proindiviso

permutada equivalente a 5.176,91 m/2, y cuenta con el siguiente

historial jurídico:

Descripción, linderos y superficie: Tierra en el término de

Leganés en el camino de Moraleja, con una superficie real de

7.940,50 m/2 e inscrita de sesenta y dos áreas y ochenta y seis

centiáreas. Linda: al Norte, con Camino de Moraleja a Madrid;

al Sur, con la parcela 3 del Polígono 21; al Este, con ferrocarril

militar –Camino de Castilla-; y al Oeste, con Camino de

Moraleja a Madrid.

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Título: Le pertenece por título de permuta con la sociedad Luna

de Madrid, S. L. en virtud de la escritura otorgada el 16 de

mayo de 1997 ante el Notario de Leganés Don Julio F. Arias-

Camisón Santos.

Cargas y gravámenes: Por traslado la finca esta gravada con

una servidumbre de paso de tres metros de ancho a favor de las

fincas situadas en el mismo paraje, colindantes con ella,

pertenecientes a Don Vicente y Don Manuel Maroto Maroto

como predios dominantes, que son las fincas registrales nº

3.376 y 2.661 de Leganés, respectivamente; según resulta de

escritura autorizada el 18 de octubre de 1965 por el Notario de

Getafe Don Manuel Gramunt y Puig, que motivó la inscripción

4ª de la finca 4500 de Leganés, de fecha 26 de febrero de 1.970.

Valoración: Según informe del Arquitecto Municipal de fecha

20-7-2.007 está valorada en CUATROCIENTOS CUARENTA Y

CINCO MIL DOSCIENTOS CATORCE EUROS CON

VEINTISÉIS CÉNTIMOS (445.214,26 €), IVA no incluido.

Referencia catastral: La finca permutada no tiene asignada

referencia catastral, estando incluida en la correspondiente a la

Parcela 1 del Polígono 21, que es la siguiente:

3956201VK3635N0001YK

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Leganés Nº 2,

al folio 40 del Tomo 1159, Libro 317, finca número 26.697,

inscripción 2ª.

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SEGUNDO.- Las superficies afectadas por la permuta, según descripciones

anteriores, son las siguientes, resultando equivalentes al

aplicarse un valor unitario de 86,00 €/m2., según informe del

Arquitecto Municipal:

PROPIETARIO SUPERFICIE M/2

VALORACIÓN € COEFICIENTE

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

5.176,91 445.214,26 100

TAU PROMOCIONES S.A. 1.804,97 155.227,42 34,8657

SOC. COOP. MAD SAN NICASIO

2.981,97 256.449,42 57,6015

DUPGESA GRUPO INMOBILIARIO

389,97 33.537,42 7,5328

En dichas valoraciones no se han considerado repercusión

alguna de impuestos estatales, autonómicos o locales, debiendo

aplicarse a las mismas el IVA al tipo general del 16%, según lo

dispuesto en el art. 6 de LIVA, dada la consideración de ambas

partes como sujetos pasivos del Impuesto.

TERCERO.- Comunicar el presente acuerdo, como requisito previo a su

ejecutividad, a la Dirección General de Cooperación con la

Administración Local de la Consejería de Presidencia de la

Comunidad de Madrid, para su toma en consideración, al no

superar la cuantía de la finca permutada el 25% de los recursos

ordinarios del Ayuntamiento, según certificación de la

Interventora Municipal, todo ello en base a lo dispuesto en el art.

79 del TRBRL aprobado por Real Decreto 781/86 y Ley 2/2003

de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

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CUARTO.- Todos los gastos e impuestos que se originen por el

otorgamiento de la escritura de permuta serán satisfechos

íntegramente por los propietarios de la parcela 53 del polígono

21, proporcionalmente a sus cuotas de propiedad en las fincas

registrales permutadas con el Ayuntamiento.

QUINTO.- Ratificar y dejar subsistentes los acuerdos plenarios adoptados

en relación al presente expediente, en fechas 20-12-2.005 y 10-

5-2.007, en cuanto no han sido modificados o sustituidos por el

presente acuerdo.

SEXTO.- Formalizar el acuerdo en escritura pública, facultando al Sr.

Alcalde-Presidente para la firma de la misma y de cuantos otros

documentos sean necesarios para la ejecución del presente

acuerdo.

11.- MODIFICACIÓN DE ACUERDO PLENARIO DE 18 DE ABRIL

DE 2.006 POR EL QUE SE CEDEN A EMSULE SEIS

PARCELAS DEL PP SOLAGUA COMO APORTACIÓN AL

CAPITAL SOCIAL DE LA CITADA EMPRESA PUBLICA.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 18 de abril de 2.006 se

acordó la cesión a EMSULE, S.A., como aportación del Ayuntamiento al

capital social de la entidad, de las parcelas 19.1, 19.2, 20.1, 20.2, 21.1 y 21.2

valorándose la citada aportación según informe técnico del Arquitecto

municipal en un total de 4.909.381,09 €, sobre cuyo importe aplicando el IVA

al tipo general del 16% arroja un importe total del valor de las seis parcelas de

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cinco millones seiscientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y dos

Euros con seis céntimos (5.694.882,06 €).

Resultando que por informe técnico posterior del mismo Arquitecto

Municipal, en ajuste de las cifras anteriores para posibilitar su conversión en un

número exacto de acciones del capital social de la citada empresa pública

EMSULE, S.A., se revisa el valor de la parcela 19.1, sustituyendo su valor

inicial de 490.675,437 € por el nuevo de 491.294,345 €, ambos sin incluir IVA,

valoración rectificada que incide en el valor total de las seis parcelas indicadas,

cuyo valor ascendería a 4.910.000 €, que con el 16% de IVA (705.600 €)

arrojaría un valor total de cinco millones seiscientos noventa y cinco mil

seiscientos euros (5.695.600 €).

Resultando asimismo que en el citado acuerdo plenario se omitieron

en la descripción de las fincas cedidas los datos registrales de cada una de

ellas, ya que en dicha fecha estaban pendientes de inscripción por el Registro

de la Propiedad, siendo requisito este imprescindible para proceder a la

inscripción de la ampliación del capital social de la empresa pública, al tratarse

de aportaciones de inmuebles.

Advertidos dichos errores materiales en base a lo dispuesto en el art.

105.2 de la vigente Ley 30/92, procede rectificar el mismo para la correcta

ejecución de lo acordado y la posterior formalización de la escritura pública de

aportación de las citadas fincas, por la valoración final rectificada, y la

consecuente ampliación del capital social de la empresa municipal EMSULE

S.A. .

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, con el

voto en contra del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, las

abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, y los

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votos a favor los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los

tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida, acordaron:

PRIMERO: Aprobar la nueva valoración dada a la finca 19.1 del PP

Solagua, según informe del Arquitecto Municipal emitido en

fecha 5 de octubre de 2.006, que asciende a 491.294,345 € en

lugar de los 490.675,437.- € , ambas cifras sin IVA, en que

inicialmente se valoró, y consecuentemente modificar el valor

total de las 6 parcelas cedidas a EMSULE S.A. como aportación

municipal al capital social de dicha empresa municipal (parcelas

19.1, 19.2, 20.1, 20.2, 21.1 y 21.2 del PP Solagua) aprobado por

acuerdo plenario de 18-4-2.006, quedando modificado este sólo

y exclusivamente en cuanto al valor total de las seis parcelas

cedidas, que queda fijado en un importe de CUATRO

MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL EUROS (4.910.000.-

€), al que añadiendo el IVA al tipo general del 16% (705.600),

resulta una valoración total de CINCO MILLONES

SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS

EUROS (5.695.600,00.- €)

SEGUNDO: Modificar asimismo el citado acuerdo plenario de 18 de abril de

2.006, incorporando en la descripción de cada una de las

parcelas cedidas los datos registrales correspondientes, que son

los siguientes:

Datos de inscripción:

PARCELA TOMO LIBRO FOLIO FINCA INSCRIPCIÓN

19.1 1,449 607 217 35.324 1ª

19.2 1.449 607 221 35.325 1ª

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PARCELA TOMO LIBRO FOLIO FINCA INSCRIPCIÓN

20.1 1,450 608 1 35.326 1ª

20.2 1.449 608 5 35.327 1ª

21.1 1.450 608 9 35.328 1ª

21.2 1.450 608 13 35.329 1ª

TERCERO: Ratificar y dejar subsistentes los restantes acuerdos adoptados

en la citada sesión plenaria de 18 de abril de 2.006, en cuanto no

han sido modificados por el presente acuerdo.

CUARTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés

para la firma de cuantos documentos fueran necesarios para

llevar acabo la citada cesión a EMSULE, S.A., así como la

formalización de la correspondiente escritura pública en los

términos del presente acuerdo.

12.- PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID,

DE LA PARCELA E-13 DEL PP-5 (ARROYO CULEBRO)

PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CENTRO INTEGRADO DE

EDUCACIÓN.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 27 de Abril de 2007, se

puso a disposición de la Comunidad de Madrid las Parcelas E-14 y E-15 del

Plan Parcial P.P.-5 del P.A.U.-1 “Arroyo Culebro para la construcción de un

colegio de Educación Infantil y Primaria.

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Por el Director del Área Territorial de Madrid-Sur de la Consejería de

Educación de la Comunidad de Madrid, se ha solicitado que el Ayuntamiento

de Leganés ponga a disposición de la Consejería de Educación de la

Comunidad de Madrid la parcela E-13 anexa a la E-14 dado que, debido a la

ubicación geográfica de la zona de Arroyo Culebro, separada del núcleo urbano

de Leganés, la Dirección de Área Territorial de Madrid Sur ha propuesto a la

Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid la conveniencia de

construir un centro integrado en el que se impartan las Enseñanzas del 2º ciclo

de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria

(3 a 16 años), el terreno cedido no es suficiente para la construcción del Centro

Integrado.

El Jefe de Sección de la Unidad Técnica de Educación en informe de

fecha 16 de julio de 2007 manifiesta que es necesario la puesta a disposición de

la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid de la parcela E-13

anexa a la E-14 para la construcción de un Centro Integrado en el Barrio de

Arroyo Culebro.

Visto el informe urbanístico del Arquitecto Municipal de fecha 17 de

julio de 2007, en el que se describen las características de la parcela: Superficie

de parcela 13.529 m2., superficie edificable 17.994 m2., uso específico escolar

e indivisible.

Por todo lo expuesto, y De conformidad con la propuesta obrante en el

expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y

Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO.- Poner a disposición de la Consejería de Educación de la

Comunidad de Madrid, la parcela E-13 del Plan Parcial P.P.-5

del P.A.U.-1 “Arroyo Culebro, con una superficie de 13.529

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m2., para que se construya, conjuntamente con las parcelas E-14

y E-15, un Centro Integrado en el que se impartan las

Enseñanzas del 2º ciclo de Educación Infantil, Educación

Primaría y Educación Secundaría Obligatoria (3 a 16 años)

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde Presidente para suscribir y firmar toda

clase de documentos, en ejecución de los acuerdos precedentes.

13.- RENUNCIA AL EJERCICIO DE ACCIONES CIVILES EN

EXPEDIENTES DE DAÑOS A BIENES MUNICIPALES.

Examinadas las actuaciones habidas en los siguientes expedientes

administrativos tramitados por la Sección de Patrimonio, por daños a bienes

municipales:

Expte. Nº Responsable Valor de los daños €

107/05 Don Joseph Paul Enriette

Don Roland Martinj 42,90

057/05 Don Mauricio Jaramillo Jaramillo 80,60

045/06 Don Manuel Dos Santos Correia 97,22

Resultando que finalizada la tramitación de los citados expedientes

hasta la fecha no han sido ingresados los importes anteriores a que ascienden

los daños valorados por los Servicios Técnicos Municipales, precisándose para

su ejecución del oportuno ejercicio de acciones judiciales ante la jurisdicción

civil.

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Resultando que a la vista de lo actuado, y suscitándose serias dudas

acerca de la procedencia y conveniencia o no del ejercicio de acciones

judiciales, se recaba informe de la Asesoría Jurídica, en base al art. 9 del

vigente Reglamento de Bienes, emitiéndose por esta el preceptivo informe, en

el sentido de desaconsejar el ejercicio de acciones judiciales contra los

responsables referidos, por tratarse de escasas cuantías y cuya tramitación y

costas superaría con creces los importes reclamados vulnerándose así el

principio de eficiencia administrativa recogido en el art. 103.1 de la C.E. y art.

3.1 de la Ley 30/92 de RJAPYPAC.

Vistos el art. 22.2.j) y 47.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de

las Bases de Régimen Local, por los que se atribuye la competencia al

Ayuntamiento Pleno y art. 54.3 del R.D. Legislativo 781/86 por el que se

aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones en materia de Régimen Local,

de conformidad con lo establecido en los arts. 28 de la vigente Ley 33/2003 del

Patrimonio de las Administraciones Públicas y art. 9 del Reglamento de

Bienes, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- No ejercitar la acción judicial civil de reclamación de daños a

bienes municipales, por las razones apuntadas, en los siguientes

expedientes tramitados por la Sección de Patrimonio:

Expte. Nº Responsable Valor de los daños €

107/05 Don Joseph Paul Enriette

Don Roland Martinj 42,90

057/05 Don Mauricio Jaramillo Jaramillo 80,60

045/06 Don Manuel Dos Santos Correia 97,22

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SEGUNDO.- Notificar esta resolución a los interesados y proceder sin más

trámite al archivo de las actuaciones habidas en los indicados

expedientes.

14.- MODIFICACIÓN EN EL INVENTARIO MUNICIPAL DE

BIENES DE DATOS DE DESCRIPCIÓN DE FINCA (ASIENTO

DE INMUEBLES Nº 0552).

Examinada la solicitud presentada en fecha 10 de enero de 2.007 por

Don Adolfo Aragonés Barrueco, por la que en relación a la descripción de la

parcela 49 del polígono 21, solicita se rectifique la descripción de linderos que

obra en la finca inscrita en el Registro de la Propiedad Leganés-2, al tomo 107,

folio 34, finca 8.459, hoy propiedad del Ayuntamiento, basando su petición en

error producido en la escritura suscrita el 22-9-84 ante el Notario de

Madridejos (Toledo) Don Eduardo Torralba Arranz, de segregación de 12.465

m/2 de la finca matriz, en cuya descripción de la finca se hace constar por error

en la descripción de los linderos de dicha finca que es colindante con la parcela

50 del mismo polígono 21, error que ha subsistido hasta la actual inscripción a

favor del Ayuntamiento.

Resultando que dicha finca registral, inicialmente incluida en el

asiento 0552 del epígrafe Inmuebles, actualmente se corresponde con el asiento

21 del Epígrafe 8 Bienes Revertibles, ya que sobre la misma se aprobó por el

Ayuntamiento Pleno de fecha 4-2-87 una concesión de bienes de dominio

público, por un plazo de 99 años a favor de la Sociedad Cooperativa Limitada

Pequeño Príncipe.

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Resultando que para acreditar lo expuesto el interesado aporta copia

de la escritura en que se origina el error, así como notas simples de las

inscripciones a favor de los posteriores titulares de la finca, en las que se

aprecia la persistencia del error, incluso en la cesión de gratuita al

Ayuntamiento aceptada por el Pleno de 1/8/86.

Resultando que por informe del Arquitecto Municipal emitido en

fecha 3-1-2.007, se dictamina favorablemente la pretensión del interesado por

cuanto la finca segregada, hoy de propiedad municipal, en realidad está

físicamente separada de la parcela 50 del mismo polígono, por el llamado

Camino de Mostotes,, todo ello según los datos, planos y demás antecedentes

obrantes en el Servicio Municipal de Urbanismo, no resultando por tanto

afectada la parcela 49 por los límites o linderos de la parcela 50 con la cual no

es colindante.

Considerando que los errores materiales de hecho existentes pueden

ser rectificados, en cualquier momento, bien de oficio o a instancia de parte,

como en el presente caso, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 105.2 de la

vigente 30/92 de RJAPYPAC.

Vista la normativa citada y los artículos 17 a 28 del Reglamento de

Bienes de las Entidades Locales, artículos 36 a 40 de la Ley 33/2003 de

Patrimonio de las Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y

apartados que tienen carácter básico, y lo dispuesto en el art. 34 del citado

Reglamento de Bienes que atribuye al Pleno la competencia para la aprobación

del Inventario, su rectificación y comprobación.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

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PRIMERO: Rectificar los datos de linderos y descripción de la finca registral

8.459, de propiedad municipal e inscrita en el Inventario

municipal de Bienes en los asientos 0552 del epígrafe 1

Inmuebles y 21 del epígrafe 8 Bienes Revertibles, en el sentido

de excluir en la misma toda referencia a la parcela 50 del

polígono 21, con la cual no es colindante al estar separada

físicamente por un camino, debiendo constar en la descripción y

linderos únicamente la referencia a la parcela 49 del mismo

polígono.

SEGUNDO: Instar del Registro de la Propiedad de Leganés nº 2, la oportuna

rectificación en la inscripción de la citada finca, de los datos de

descripción y linderos de acuerdo con el punto anterior.

TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de toda clase de

documentos en ejecución del presente acuerdo.

15.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN PLAZA

GARAJE Nº 309 DEL APARCAMIENTO JULIÁN BESTEIRO.

Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 17 de abril de 1990 la

adjudicación de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 309 a D.

PEDRO ZAZO GONZÁLEZ y en el de fecha 13 de julio de 2.004, autorizar el

cambio de titularidad de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº

309 del Aparcamiento Julián Besteiro a favor de D. Antonio San Julián

Gómez.

Las condiciones eran: CANON: 4.006,75 Euros Plazo: 99 años.

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D. Antonio San Julián Gómez, solicita autorización para transmitir la

mencionada plaza a Dª. Mª Angeles Garrido Jiménez, que está interesada en

adquirir la concesión de la plaza como también solicita.

Resultando que la concesión tiene efectos del 19 de febrero de 1.991,

fecha de la notificación del acuerdo, por lo que han transcurrido 16 años y 6

meses de concesión administrativa, y que el precio de la concesión aplicando

los IPCS desde 1990 al 2006 es de 7.442,47.- €, así como que el precio de la

concesión por año es de 75,18.- €, resulta que para los 82 años y 6 meses

restantes corresponde un canon de 6.202,38.- €.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de

garaje nº 309 del Aparcamiento Julián Besteiro cuyo titular es

D. ANTONIO SAN JULIÁN GÓMEZ, a favor de Dª. Mª

ÁNGELES GARRIDO JIMÉNEZ .

SEGUNDO: El precio de la transmisión no podrá ser superior a SEIS MIL

DOSCIENTOS DOS EUROS CON TREINTA Y OCHO

CÉNTIMOS DE EURO (6.202,38.- €).

TERCERO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente

contrato debidamente liquidado, así como la documentación que

se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la

transmisión de la concesión.

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CUARTO: Dª. Mª ÁNGELES GARRIDO JIMÉNEZ, deberá presentar una

fianza de 200,34.- €, y se procederá a la devolución de la fianza

a D. ANTONIO SAN JULIÁN GÓMEZ .

QUINTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de

Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.

16.- AUTORIZAR LA CESIÓN DE LA CONCESIÓN

ADMINISTRATIVA DE LA PLAZA DE GARAJE Nº 273 DEL

APARCAMIENTO JULIÁN BESTEIRO.

Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 17 de abril de 1990 la

adjudicación de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 273 del

Aparcamiento Julián Besteiro a D. Mariano Tojar Vadillo.

Las condiciones eran: CANON: 4.006,75.- € Plazo: 99 años.

Que mediante instancia presentada en el R/E el 15 de mayo de 2007,

(nº 21836), Dª. Julia Trujillo Gómez, solicita el cambio de titularidad de la

plaza de garaje nº 273 por fallecimiento de su esposo. Se adjunta fotocopias

compulsadas del certificado de defunción del Registro Civil de fecha 8-11-

2005, del Testamento y la Escritura de aceptación y partición de herencia

otorgada con motivo del fallecimiento de D. Mariano Tojar Vadillo, firmada

ante los notarios Dª. Lucia María Serrano de Haro Martínez y D. Manuel

Pulgar Malo de Molina, el 10-7-2003 y 28-6-2007 con los núms. de protocolo

743 y 1106, respectivamente, donde se dispone que a Dª Julia Trujillo Gómez,

lega el usufructo universal de todos sus bienes e instituye a D. Mario Francisco

Tojar Trujillo y a Dª Mª Luisa Tojar Trujillo como herederos por partes

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iguales con sustitución vulgar a favor de los respectivos descendientes de éstos,

por estirpes.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de

garaje nº 273 del Aparcamiento Julián Besteiro cuyo titular era

D. MARIANO TOJAR VADILLO a favor de Dª JULIA

TRUJILLO GÓMEZ, D. MARIO FRANCISCO TOJAR

TRUJILLO Y Dª Mª LUISA TOJAR TRUJILLO.

SEGUNDO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento la correspondiente

documentación que se requiere en el Pliego de condiciones, para

hacer efectiva la transmisión de la concesión.

TERCERO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de

Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.

17.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN PLAZA

GARAJE Nº 213 DEL APARCAMIENTO PRINCESA.

Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 9 de diciembre de

1998 la modificación del acuerdo plenario del 18 de octubre de 1994 sobre

concesión administrativa a los Aparcamientos Princesa, Sdad. Coop. Ltda., y

por acuerdo plenario de fecha 19 de diciembre de 2000, se aprobó efectuar una

concesión administrativa de la plaza nº 213 a D. RAÚL MARTÍN APARICIO.

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Las condiciones eran: CANON 6.768,15.- € Plazo: 99 años.

D. Raúl Martín Aparicio solicita autorización para trasmitir la

mencionada plaza a Dª. Francisca Águila Cebrián y D. Cesáreo López

Costalago, que están interesados en adquirir la concesión de la plaza como

también solicitan.

Resultando que la concesión tiene efectos del día 22 de marzo de

2.001, por lo que han transcurrido 6 años y 5 meses de concesión

administrativa y que el precio de la concesión aplicando los IPCS desde 2001

al 2006 es de 8.151,73.- €, así como que el precio de la concesión por año es de

82,35 Euros, resulta que para los 92 años y 7 meses restantes corresponde un

canon de 7.624,22.- €.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de

garaje nº 213 del Aparcamiento Princesa cuyo titular es D.

RAÚL MARTÍN APARICIO, NIF: 52377970R a favor de Dª.

FRANCISCA ÁGUILA CEBRIÁN, NIF: 52124543-B y D.

CESAREO LOPEZ COSTALAGO, NIF: 52090980-M.

SEGUNDO: El precio de la transmisión no podrá ser superior a SIETE MIL

SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON VEINTIDÓS

CÉNTIMOS DE EURO (7.624,22 Euros).

TERCERO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente

contrato debidamente liquidado, así como la documentación que

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se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la

transmisión de la concesión.

CUARTO: Dª. FRANCISCA ÁGUILA CEBRIAN y D. CESAREO

LÓPEZ COSTALAGO deberán presentar una fianza de 270,73

Euros y se procederá a la devolución de la fianza a D. RAÚL

MARTÍN APARICIO.

QUINTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de

Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.

18.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN PLAZA

GARAJE Nº 203 DEL APARCAMIENTO PRINCESA.

Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 9 de diciembre de

1998 la modificación del acuerdo plenario del 18 de octubre de 1994 sobre

concesión administrativa a los Aparcamientos Princesa, Sdad. Coop. Ltda., y

por acuerdos plenarios de fecha 20 de junio de 2000 y de 13 de marzo de 2001,

se aprobó efectuar una concesión administrativa de la plaza nº 203 del

Aparcamiento Princesa a Dª Mª CARMEN CANDEIRA PÉREZ.

Las condiciones eran: CANON 6.768,15.- € Plazo: 99 años.

D. Antonio Portanova Casero solicita mediante escrito presentado en

el Registro de Entrada de fecha 6 de septiembre de 2007 (nº registro 38.402),

se proceda al cambio de titularidad de la plaza de garaje nº 203 del

aparcamiento subterráneo Princesa según la adjudicación realizada en virtud de

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la liquidación de la Sociedad de Gananciales de fecha 23 de abril de 2007,

aprobado judicialmente por Sentencia de fecha 28 de junio de 2007.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Quedar enterados de la sentencia nº 274 de fecha 28 de junio de

2007 dictada por el Juzgado de 1ª instancia nº 1 de Leganés, que

estima la demanda decretando la disolución por causa de

divorcio del matrimonio formado por D. Antonio Portanova

Casero y Dª. Mª Carmen Candeira Pérez, celebrado el 18 de

julio de 1987 y, aprobando el convenio regulador de fecha 23 de

abril de 2007, por el que se adjudica la plaza de garaje nº 203

del aparcamiento Princesa a D. ANTONIO PORTANOVA

CASERO.

SEGUNDO: Autorizar la cesión de la concesión de la plaza de garaje nº 203

del Aparcamiento Princesa cuyo titular es Dª. Mª CARMEN

CANDEIRA PÉREZ, NIF: 50059995-N, a favor de D.

ANTONIO PORTANOVA CASERO, NIF: 50035073-E.

TERCERO: D. ANTONIO PORTANOVA CASERO deberá presentar una

fianza de 270,73.- €.

CUARTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de

Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.

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19.- AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA

PLAZA GARAJE Nº 115 DEL APARCAMIENTO ORELLANA.

Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 13 de marzo de 2.007,

la autorización de la cesión de la concesión administrativa de la plaza de garaje

nº 115 del Aparcamiento Orellana a favor de D. José Ciruelos González.

Las condiciones eran: CANON: 9.213,30 Euros Plazo: 88 años y 3

meses.

Que mediante escrito presentado en el Registro de Entrada de fecha 21

de junio de 2007 (nº 29012), el interesado solicita que la cesión de la concesión

administrativa de la plaza de garaje nº 115 del Aparcamiento Orellana sea

autorizada no sólo a su favor sino también al de Dª. GREGORIA MARTÍN

HORMIGOS.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de

garaje nº 115 del Aparcamiento Orellana cuyo titular es D.

JOSÉ CIRUELOS GONZÁLEZ, NIF: 08958514-Z a favor de

D. JOSE CIRUELOS GONZÁLEZ, NIF: 08958514-Z y Dª.

GREGORIA MARTÍN HORMIGOS, NIF: 50060403-Y.

SEGUNDO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente

contrato debidamente liquidado, así como la documentación que

se requiere en el Pliego de condiciones, para hacer efectiva la

transmisión de la concesión.

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TERCERO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de

Condiciones que sirvieron de base a la primera concesión.

20.- COMPROBACIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES

MUNICIPALES CON MOTIVO DEL CAMBIO DE

CORPORACIÓN.

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 27 de abril de 2007

aprobó la Rectificación del Inventario de Bienes a 31 de diciembre de 2006.

Resultando que está pendiente la comprobación del Inventario de

Bienes con motivo del cambio de Corporación.

Considerando que para una mejor gestión del patrimonio es necesario

que se reflejen las variaciones producidas desde la última rectificación.

En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 32, 33 y 34 del

Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, art. 86 del Texto Refundido

de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y 149 del

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales, y De conformidad con la propuesta obrante en el expediente

y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de

los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del

Grupo Municipal de ULEG, acordaron:

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PRIMERO.- Aprobar la rectificación del Inventario de Bienes a 16 de junio

de 2007, en el que se deben incluir las siguientes incidencias en

los epígrafes que se detallan:

Epígrafe 1.- INMUEBLES

ALTAS INMUEBLES 2007

2823 Por acuerdo plenario 13-2-07, se aprueba la adquisición por

prescripción adquisitiva o usucapión en la modalidad de ordinaria, del

bien inmueble urbano situado en la calle La Pluma nº 3, por considerar

este Ayuntamiento que se han cumplido los requisitos legales

establecidos.

- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 10-12-02, se aprueba

definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al

Proyecto de Compensación respecto de la manzana 27-28 del

Polígono Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General

de Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de

Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:

2824 Parcela 12 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (47,66 %)

2825 Parcela 13 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (14,75%).

2826 Parcela M-33 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (46,66%).

2827 Parcela M-34 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, (51%).

2828 Parcela M-35.1 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (22,25 %).

2829 Parcela M-35.2 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (25,06%).

2830 Parcela M-36-44.1 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa

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(8,27%).

2831 Parcela M-36-44.2 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa

(8,27%).

2832 Parcela M-37 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,61%).

2833 Parcela M-38 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (65,26%).

2834 Parcela M-39 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,26%).

2835 Parcela M-43 de la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa (53,41%).

2836 Parcela situada en la Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5 Prado Overa, destinada

a espacios libres, aparcamiento y viarios de uso público.

2837 Parcela de espacios libres de uso privativo Manzana nº 27-28 del P.I. IA-5

Prado Overa.

2838 Por escritura de permuta de la parcela 25.2 del Polígono Industrial IA-5

Prado Overa y el 8,0775% de la parcela nº 14 del Polígono Industrial IA-5

Prado Overa firmada por Dª. Mercedes Lucas García-Quijada y el

Ayuntamiento de Leganés, el 17-4-07 ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, con el nº de protocolo 923 .......... 165.925,19.- €

Por escritura de permuta de las parcelas 25-1, 25-9 y 25-10, Polígono

Industrial IA-5 Prado Overa y el 24,2325 % de la parcela nº 14 del Polígono

Industrial IA-5 Prado Overa firmada por D. Ángel Lucas García-Quijada y el

Ayuntamiento de Leganés, el 8-5-07 ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, con el nº protocolo 1.071……. 497.741,00.- €

2839 Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 21-1-03, se aprueba aceptar la

adjudicación efectuada al Ayuntamiento de Leganés de la parcela 18 de cesión

obligatoria, incluida en el Proyecto de Parcelación de la Unidad RU 27.2.

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2840 Por Comisión de Gobierno del 10-12-02, se aprueba el Proyecto de

Parcelación de la Unidad RU 17.2 del Plan Parcial del Sector PP5 PAU

Arroyo Culebro, y se acepta la adjudicación efectuada al Ayuntamiento de

Leganés de la parcela nº 21 de cesión obligatoria, destinada a viario e

incluida en el Proyecto de Parcelación.

- Escritura de declaración de obra nueva y división horizontal del

Centro de Empresas, firmada el 29-3-05 ante el notario D. José María

Gómez Fournier con el nº protocolo 554. Escritura de aclaración

firmada el 30-6-06 ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández con

el nº protocolo 1908. Escritura de aclaración firmada el 4-1-07 ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández con el nº de protocolo 18:

2841 Despacho nº 1 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2842 Despacho nº 2 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2843 Despacho nº 3 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2844 Despacho nº 4 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2845 Despacho nº 5 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2846 Despacho nº 6 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2847 Despacho nº 7 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

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- 49 -

2848 Despacho nº 8 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2849 Despacho nº 9 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2850 Despacho nº 10 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2851 Despacho nº 11 del Centro de Servicios- Edificio A, Centro de

Empresas.

2852 Despacho nº 12 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2853 Despacho nº 13 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2854 Despacho nº 14 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2855 Despacho nº 15 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2856 Despacho nº 16 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2857 Despacho nº 17 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2858 Despacho nº 18 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2859 Despacho nº 19 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2860 Despacho nº 20 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2861 Despacho nº 21 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

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- 50 -

Empresas.

2862 Despacho nº 22 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2863 Despacho nº 23 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2864 Despacho nº 24 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2865 Despacho nº 25 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2866 Despacho nº 26 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2867 Despacho nº 27 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2868 Despacho nº 28 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2869 Despacho nº 29 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2870 Despacho nº 30 del Centro de Servicios-Edificio A, Centro de

Empresas.

2871 Nave Industrial nº 1 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2872 Nave Industrial nº 2 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2873 Nave Industrial nº 3 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2874 Nave Industrial nº 4 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2875 Nave Industrial nº 5 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2876 Nave Industrial nº 6 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2877 Nave Industrial nº 7 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

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- 51 -

2878 Nave Industrial nº 8 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2879 Nave Industrial nº 9 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2880 Nave Industrial nº 10 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2881 Nave Industrial nº 11 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2882 Nave Industrial nº 12 del bloque 1, Edificio B, Centro de Empresas.

2883 Nave Industrial nº 13 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2884 Nave Industrial nº 14 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2885 Nave Industrial nº 15 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2886 Nave Industrial nº 16 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2887 Nave Industrial nº 17 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2888 Nave Industrial nº 18 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2889 Nave Industrial nº 19 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2890 Nave Industrial nº 20 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2891 Nave Industrial nº 21 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2892 Nave Industrial nº 22 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2893 Nave Industrial nº 23 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2894 Nave Industrial nº 24 del bloque 2, Edificio B, Centro de Empresas.

2895 Local del edificio C-2, Servicios Generales, Centro de Empresas.

2896 Nave Industrial nº 1 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2897 Nave Industrial nº 2 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2898 Nave Industrial nº 3 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2899 Nave Industrial nº 4 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2900 Nave Industrial nº 5 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2901 Nave Industrial nº 6 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

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2902 Nave Industrial nº 7 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2903 Nave Industrial nº 8 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2904 Nave Industrial nº 9 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

2905 Nave Industrial nº 10 del Edificio C-1, Centro de Empresas.

Se valora la obra nueva y división horizontal ...... 12.119.385,41.- €

2906

y

2907

Por escritura de segregación y permuta firmada entre el Ayuntamiento

de Leganés y Larcovi, S.A.L., el 2,6447% de la parcela Camino de los

Frailes del polígono 20, el 3,7248% parcela 84 del polígono 20 y el

19,7087% de la parcela 87 del polígono 20, por parcela 206 del

polígono 5, firmada el 16-2-07 ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, con el nº protocolo 485……………........ 798.204,45 .- €

2908 Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Dª

Esther López Alonso en nombre y representación de D. Juan Pedro

López Olmedilla y de Dª. Consolación Alonso Guerrero; D. José

Manuel Montero Raez en nombre y representación de D. Francisco

Montero Moral y Dª Mª Jesús Felisa Raez Pérez; y Dª Ana Elisabeth

Gordo Martín en nombre y representación de D. Francisco Gordo

Martínez, sobre el 97,3553% de la parcela Camino de los Frailes del

polígono 20, por el 50% de la parcela 167 del polígono 5, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07 y con el nº

protocolo 487 …………………….…………………. 442.203,60.- €

2908

y

2909

Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y

Prado Recomba, S.L., del 80,2913% de la parcela 87 del polígono 20

por el 50% de la parcela 167 del polígono 5 y parcela 98 del polígono

5, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07, en el nº

protocolo 486………………...............………………. 704.735,96.- €

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- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 22-4-03, se aprueba

definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al

Proyecto de Compensación respecto de la manzana 9 del Polígono

Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de

Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de

Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:

2910 Parcela B-2 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,61%).

2911 Parcela B-4 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (39,58%).

2912 Parcela C-1 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,01%).

2913 Parcela C-7 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,50%).

2914 Parcela C-10.1 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (37,60%).

2915 Parcela C-10.2 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (37,60%).

2916 Parcela C-11 de la Manzana 9 del P.I. IA-5 Prado Overa (7,71%).

2917 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 9 del P.I. IA-

5 Prado Overa (100%) destinada a espacios libres, aparcamiento y

viario público.

- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 18-3-03, se aprueba

definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al

Proyecto de Compensación respecto de la manzana 12 del Polígono

Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de

Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de

Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:

2918 Parcela F-13 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (67,67%).

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2919 Parcela F-14 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (32,53%).

2920 Parcela F-15 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (66,53%).

2921 Parcela F-23 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (43,23%).

2922 Parcela F-24 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (74,42%).

2923 Parcela F-25 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (42,50%).

2924 Parcela F-29 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (44,40%).

2925 Parcela F-30 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (22,74%).

2926 Parcela F-32 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (22,74%).

2927 Parcela F-33 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (21,90%).

2928 Parcela F-34 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (25,12%).

2929 Parcela F-35 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (21,90%).

2930 Parcela F-36 de la Manzana 12 del P.I. IA-5 Prado Overa (29,14%).

2931 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 12 del P.I.

IA-5 Prado Overa (100%), destinada a espacios libres, aparcamiento y

viario público.

- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 30-9-03, se aprueba

definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al

Proyecto de Compensación respecto de la manzana 19 del Polígono

Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de

Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de

Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:

2932 Parcela K-4 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,67%).

2933 Parcela K-9 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (39,31%).

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2934 Parcela K-10 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (46,67%).

2935 Parcela K-11 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (39,30%).

2936 Parcela K-20 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (40,61%).

2937 Parcela K-23 de la Manzana 19 del P.I. IA-5 Prado Overa (43,72%).

2938 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 19 del P.I.

IA-5 Prado Overa (100%), destinada a espacios libres, aparcamiento y

viario público.

- Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del 21-10-03, se aprueba

definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al

Proyecto de Compensación respecto de la manzana 21 del Polígono

Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa”, del Plan General de

Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancia de la Junta de

Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”:

2939 Parcela H-38 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,91%).

2940 Parcela H-39 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (44,52%).

2941 Parcela H-44 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (52,09%).

2942 Parcela H-49.1 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (58,77%).

2943 Parcela H-50 de la Manzana 21 del P.I. IA-5 Prado Overa (50,94%).

2944 Parcela de espacios libres de uso público de la Manzana 21 del P.I.

IA-5 Prado Overa (100%), destinada a espacios libres, aparcamiento y

viario público.

2945 Por acuerdo plenario del 10-12-02, se adjudica a la empresa Imaga

Proyectos y Construcciones, S.A. la ejecución de las obras del Centro

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Cívico San Nicasio. Pleno 14-9-94, se contrata a la empresa Imaga

Proyectos y Construcciones, S.A., la ejecución de las obras del

Proyecto Complementario de “Construcción del Centro Cívico San

Nicasio”. Pleno 8-3-05, contrata la ejecución de las obras del proyecto

modificado nº 2 de “Construcción del Centro Cívico San Nicasio”.

Pleno 24-10-06, se aprueba la certificación final de las obras del

Proyecto Complementario “Construcción del Centro Cívico San

Nicasio” (Centro Cívico José Saramago) ………… 9.115.239,28.- €

2946

y

2947

Escritura de permuta firmada por Iberbuilding Europe, S.L. y el

Ayuntamiento de Leganés, relativa a la parcela situada en la Ermita de

Butarque hoy solar en la calle Camino del Cementerio nº 17, el

20,4139% de la parcela TOC nº 3 resultante del Proyecto de

Compensación del Polígono PP-10 Sur M-50 y el 20,8295% de la

parcela TOC nº 2, resultante del Proyecto de Compensación del

Polígono PP-10 Sur M-50………………………... 2.796.716,09.- €

TOTAL ALTAS BIENES INMUEBLES 2.007..... 26.640.150,98.- €

MODIFICACIONES INMUEBLES 2007

175 Por acuerdo plenario del 25-1-07, se aprueba la cesión gratuita a la

Comunidad de Madrid de la parcela F el Carrascal (Antiguo Colegio

Público Antonio Machado) para su adaptación y puesta en

funcionamiento como Instituto de Educación Secundaria, a comienzos

del curso escolar 2007/2008.

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1753 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza el cambio de titularidad

de la plaza de garaje nº 11 del sótano 1 del Aparcamiento sito en la

Avda. Fuenlabrada, 9 al 15 a favor de Dª Concepción Balsera Ruiz, D.

Antonio Manuel y Dª Rosa Mª Ramírez Balsera.

2020 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 155 del Aparcamiento Orellana a favor

de D. Andrés Parejo Manzanedo y Dª Inés Ferreiro Marques.

1465 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 104 del Aparcamiento Julián Besteiro

favor de D. Agustín Nieves Pardo.

1390 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 29 del Aparcamiento Julián Besteiro a

favor de D. Pedro José Flores Romero.

1383 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 22 del Aparcamiento Julián Besteiro a

favor de Dª. Estrella Coto Dorado.

2003 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 115 del Aparcamiento Orellana a favor

de D. José Ciruelos González.

1693 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 332 del Aparcamiento Julián Besteiro a

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favor de Dª. Mª Teresa Sánchez-Aranzueque Mancebo.

2011 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 132 del Aparcamiento Orellana a favor

de D. Bernardo Sanromán Soriano y Dª. Mª Josefa Pelaz González.

1427 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 66 del Aparcamiento Julián Besteiro a

favor de Escuela La Sagra C.B.

1363 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 2 del Aparcamiento Julián Besteiro a

favor de D. José Carralero Sánchez.

1718 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 195 del Aparcamiento Princesa a favor de

Dª Mª Carmen Bermejo Carralón.

1702 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 177 del Aparcamiento Princesa a favor de

D. Javier Hernández Rodríguez.

1885 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se autoriza la cesión de la concesión

administrativa de la plaza nº 227, sótano 2º del Aparcamiento sito

entre las calles Avda. de Fuenlabrada, Ártico, Aligustre y Villaverde a

favor de D. Federico Luis Sales González.

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1249 Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Dª.

Benita Gómez Gómez, parcela 83 del polígono 20, ante el notario D.

Antonio Álvarez Hernández, el 8-5-07 con el nº protocolo 1.082.

BAJAS INMUEBLES 2007

2416 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 50,94 % de la parcela H-50, Manzana nº 21 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Amadeo León Vidal, ante el notario D.

Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº protocolo

1.070.

2483 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 12,72 % parcela D-21 de la manzana 10 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Antonio Martín Blázquez, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.072.

2484 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 12,72 % parcela D-22 de la manzana 10 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Telesforo Ramos Álvarez, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.074

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2578 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 43,93 % parcela K-17 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Florián Resino Durán, ante el notario

D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo

793.

2566 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,11 % parcela C-6 de la manzana 9 del Polígono

Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el Ayuntamiento de

Leganés y D. Isidro Blanco Hernando, ante el notario D. Antonio

Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo 792.

2563 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,61 % de la parcela B-3 de la manzana 9 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Rodríguez del Río, ante el notario

D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo

791.

2576 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 47,46 % de la parcela K-8.2 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Pedro Carlos Amor Díaz y D. José

Antonio Bautista García, ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo 790.

2579 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

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la enajenación del 46,67 % de la parcela K-10 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. David Sánchez Rubio, ante el notario

D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº protocolo

789.

2581 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 13,30 % de la parcela K-15 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Jesús Santamaría Hernández, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 28 de marzo de 2007, nº

protocolo 788.

2583 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 40,61 % de la parcela K-20 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. José Luis Besteiro Seijo, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007, nº

protocolo 657.

2569 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 34,98 % de la parcela C-9 de la manzana 9 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Dª Mª Montserrat Bacaicoa Hernaez y

Ziquese, S.L., ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 9 de

marzo de 2007, nº protocolo 655.

2587 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

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la enajenación del 40,50 % de la parcela K-26 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Ángel Bosque García, ante el notario D.

Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 662.

2575 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,57% de la parcela K-7 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y , ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, Antonio de Val de Bustos y D. Alfonso Martín Santamera,

el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 658.

2560 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 36,20 % de la parcela C-4 de la manzana 9 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel Alisen González y Dª Felisa

Espinosa Palomares , ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández,

el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 656.

2582 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,05% de la parcela K-16 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Serbajus, S.L.,

ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007,

nº protocolo 654.

2584 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 48,28 % de la parcela K-21.1 de la manzana 19 del

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- 63 -

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Ángel Carrasco Rodríguez y D. José

Carrasco Rodríguez, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el

9 de marzo de 2007, nº protocolo 661.

2585 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 48,28 % de la parcela K-21.2 de la manzana 19 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Ángel Carrasco Rodríguez y D. José

Carrasco Rodríguez, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el

9 de marzo de 2007, nº protocolo 660.

2561 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,61 % de la parcela B-1 de la manzana 9 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Emarla Gestión, S.L., ante el notario D.

Antonio Álvarez Hernández, el 9 de marzo de 2007, nº protocolo 659.

2413 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 45,75 % de la parcela H-43 de la manzana 21 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Miguel del Campo Rodríguez, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº

protocolo 924.

2478 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 12,72 % de la parcela D-16 de la manzana 10 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

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- 64 -

Ayuntamiento de Leganés y Manfrupor, S.L., ante el notario D.

Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo 928.

2489 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 12,72 % de la parcela E-40-41 de la manzana 10

del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Celestino Miranda Talaverano, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº

protocolo 926.

2488 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 51,40 % de la parcela E-39 de la manzana 10 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Moreno Caballo, ante el notario

D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo

922.

2465 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 56,49 % de la parcela H-9 de la manzana 15 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Lucas Morente de la Torre, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº

protocolo 918.

2468 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 25,17 % de la parcela G-20 de la manzana 16 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Antonio Prieto Juarez, ante el notario

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- 65 -

D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo

927.

2424 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 23,07 % de la parcela M-4 de la manzana 26 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Teodoro Javier Roldán López, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº

protocolo 920.

2420 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,20 % de la parcela I-10 de la manzana 22 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Dª. Mª Rosa Santos Molino, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 17 de abril de 2007, nº

protocolo 919.

2477 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 12,72 % de la parcela D-15 de la manzana 10 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Hernández Saint-Aubin, D.

Fernando Hernández Saint-Aubin y D. Pablo Hernández Madrigal,

ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007,

nº protocolo 1.206.

2457 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 53,11 % de la parcela G-11 de la manzana 15 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

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Ayuntamiento de Leganés y D. Francisco Cerrada Cifuentes, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.207.

2412 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 45,75 % de la parcela H-42 de la manzana 21 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Vicente-José Ruiz Alonso y Dª.

Santiago Martínez del Cerro, ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº protocolo 1.211.

2418 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 5,90 % de la parcela I-3-4 de la manzana 22 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Mariano Garrido Jiménez, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.212.

2450 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,63% de la parcela G-5 de la manzana 15 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Juan Carlos Linares Manrique, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.213.

2452 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 36,97 % de la parcela G-7 de la manzana 15 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

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Ayuntamiento de Leganés y D. Simón Bernardo Tirado, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.214.

2456 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,61 % de la parcela G-10.3 de la manzana 15 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Jesús Carrascal Gutiérrez, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.215.

2423 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 43,73 % de la parcela M-2 de la manzana 26 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Félix Merlo Negredo, ante el notario

D. Antonio Álvarez Hernández, el 22 de mayo de 2007, nº protocolo

1.216.

2826 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 46,66% de la parcela M-33 de la manzana 27-28

del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Carlos Lallana Aliagas y D. Alberto

Lallana Aliagas, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22

de mayo de 2007, nº protocolo 1.210.

2833 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 65,26 % de la parcela M-38 de la manzana 27-28

del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

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Ayuntamiento de Leganés y D. Carlos Lallana Aliagas y D. Alberto

Lallana Aliagas, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 22

de mayo de 2007, nº protocolo 1.209.

2829 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 25,06 % de la parcela M-35.2 de la manzana 27-

28 del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Felipe Magan Turiegano y Dª. Mª del

Carmen Fernández del Olmo, ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo 921.

2835 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 53,41 % de la parcela M-43 de la manzana 27-28

del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Mariano Calvo Baldominos y D. Juan

Manuel Calvo Baldominos, ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, el 17 de abril de 2007, nº protocolo 925.

2830 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 8,27 % de la parcela M-36-44.1 de la manzana

27-28 del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre

el Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel del Olmo Salvadores, ante

el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.075.

2831 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 8,27 % de la parcela M-36-44.2 de la manzana

27-28 del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre

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- 69 -

el Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel del Olmo Salvadores, ante

el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.076.

2832 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,61 % de la parcela M-37 de la manzana 27-28

del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Manuel García Martín, ante el notario

D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº protocolo

1.073.

2425 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,66% de la parcela M-8 de la manzana 26 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Envases Metálicos San Frutos, S.L., ante

el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.081.

2824 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 47,66 % de la parcela 12 de la manzana 27-28

del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y V.P. Proyectos Obras y Decoraciones,

S.L., ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de

2007, nº protocolo 1.080.

2825 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 14,75 % de la parcela 13 de la manzana 27-28 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

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Ayuntamiento de Leganés y D. Francisco Javier Bullón de Diego, ante

el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.079.

2433 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,30 % de la parcela M-18 de la manzana 26 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Cristóbal Sánchez Pérez, Dª. Jesús

Jiménez González, D. Carlos Sánchez Pérez y Dª Mª Carmen Frías

Vicente, ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo

de 2007, nº protocolo 1.078.

2472 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 29,36 % de la parcela H-19 de la manzana 16 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Sebastián Martín Sánchez, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 8 de mayo de 2007, nº

protocolo 1.077.

2434 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 49,08 % de la parcela M-21 de la manzana 26 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Jacinto Domínguez Pérez, S.L., ante el

notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo

594.

2476 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 55,78 % de la parcela D-14 de la manzana 10 del

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Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Luciano Verde Diez, ante el notario D.

José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo 595.

2485 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 12,72 % de la parcela E-36 de la manzana 10 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Alfonso Cuadrado Pezuela, ante el

notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo

596.

2473 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 21,40 % de la parcela H-21 de la manzana 16 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Marcial Acebrón Huerta, ante el

notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº protocolo

597.

2487 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 25,78 % de la parcela E-38 de la manzana 10 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y D. Marcelo García Figueroa y Dª

Ascensión Ramos Rincón, ante el notario D. José Mª Martín Castillo,

el 5 de junio de 2007, nº protocolo 598.

2414 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 52,09 % de la parcela H-44 de la manzana 21 del

Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

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Ayuntamiento de Leganés y D. José Luis Rodríguez Pascual, ante el

notario D. José Mª Martín Castillo, el 5 de junio de 2007, nº

protocolo 599.

2828 Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación del 22,25 % de la parcela M-35.1 de la manzana 27-28

del Polígono Industrial Sector IA-5 Prado Overa firmada entre el

Ayuntamiento de Leganés y Sivut Inversiones, S.L. y Obra Nueva

Rehabilitaciones, S.L., ante el notario D. José Mª Martín Castillo, el 5

de junio de 2007, nº protocolo 601.

- Por escritura de adjudicación definitiva del concurso convocado para

la enajenación de dieciséis parcelas residenciales calificadas de

vivienda unifamiliar pareada libre en el P.P.8 Vereda de los

Estudiantes, firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Prado

Eresma, S.L., ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 4 de

enero de 2007, nº protocolo 24:

2593 Parcela 3.1a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2594 Parcela 3.1b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2595 Parcela 3.2a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2596 Parcela 3.2b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2597 Parcela 3.3a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2598 Parcela 3.3b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2599 Parcela 3.4a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2600 Parcela 3.4b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

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2601 Parcela 3.5a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2602 Parcela 3.5b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2603 Parcela 3.6a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2604 Parcela 3.6b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2605 Parcela 3.7a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2606 Parcela 3.7b, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2607 Parcela 3.8a, P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2608 Parcela 3.8b P.P.8 “Ensanche Vereda de los Estudiantes”.

2514 Por escritura de adjudicación definitiva de la subasta convocada para

la enajenación de la parcela TOC nº 1, PP-10 Sur, M-50, firmada entre

el Ayuntamiento de Leganés y Paneuropea de Almacenes y Naves

Industriales, S.A., el 4-1-07 ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández con el nº protocolo 20.

2513 Por escritura de adjudicación definitiva de la subasta convocada para

la enajenación de la parcela TOC nº 2, PP-10 Sur, M-50, firmada entre

el Ayuntamiento de Leganés y Paneuropea de Almacenes y Naves

Industriales, S.A., el 4-1-07 ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández con el nº protocolo 19.

1006 Por escritura de permuta de las parcelas P.25.2 Polígono IA-5 Prado

Overa y el 8,0775 % de la parcela nº 14 del Polígono IA-5 Prado

Overa firmada por Dª. Mercedes Lucas García-Quijada y el

Ayuntamiento de Lerganés, el 17-4-07 ante el notario D. Antonio

Álvarez Hernández, con el nº de protocolo

923…………..................................………………… 143.038,96.- €

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241,

258 y

97

Por escritura de segregación y permuta firmada entre el Ayuntamiento

de Leganés y Larcovi, S.A.L., el 2,6447% de la parcela Camino de los

Frailes del polígono 20, el 3,7248% parcela 84 del polígono 20 y el

19,7087% de la parcela 87 del polígono 20, por parcela 206 del

polígono 5, firmada el 16-2-07 ante el notario D. Antonio Álvarez

Hernández, con el nº protocolo 485

Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y Dª

Esther López Alonso en nombre y representación de D. Juan Pedro

López Olmedilla y de Dª. Consolación Alonso Guerrero; D. José

Manuel Montero Raez en nombre y representación de D. Francisco

Montero Moral y Dª Mª Jesús Felisa Raez Pérez; y Dª Ana Elisabeth

Gordo Martín en nombre y representación de D. Francisco Gordo

Martínez, sobre el 97,3553% de la parcela Camino de los Frailes del

polígono 20, por el 50% de la parcela 167 del polígono 5, ante el

notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07 y con el nº

protocolo 487.

Escritura de permuta firmada entre el Ayuntamiento de Leganés y

Prado Recomba, S.L., 80,2913% de la parcela 87 del polígono 20 por

el 50% de la parcela 167 del polígono 5 y parcela 98 del polígono 5,

ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, el 16-2-07, cn el nº

protocolo 486 ………………………………………… 96.990,00 .- €

1005,

1007 y

1008

Por escritura de permuta de las parcelas 25-1, 25-9 y 25-10, Polígono

Industrial IA-5 Prado Overa y el 24,2325 % de la parcela nº 14 del

Polígono Industrial IA-5 Prado Overa firmada por D. Ángel Lucas

García-Quijada y el Ayuntamiento de Leganés, con fecha de 8-5-07

ante el notario D. Antonio Álvarez Hernández, con el nº protocolo

1071………………………………………………….. 429.087,07.- €

TOTAL BAJAS BIENES INMUEBLES 2.007......... 669.116,03.- €

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Epígrafe 2.- DERECHOS REALES

MODIFICACIONES DERECHOS REALES 2007

0015 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 17-4-07, se aprueba el

arrendamiento de 9 plazas de garaje en el edificio Fundación “Juan

Muñoz”, sito en c/ Juan Muñoz, 9, sótano 1º, nºs, 1 a 7, y en sótano 2,

nºs. 36 y 39, por un importe mensual de 80.- €, IVA incluido, cada

plaza, con efectos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.

Epígrafe 3.- MUEBLES DE CARÁCTER HISTÓRICO ARTÍSTICO

ALTAS MUEBLES HISTORICO-ARTISTICOS 2007

206 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 24-10-06, se aprueba la

adquisición de un conjunto escultórico a la empresa Taller de

Escultura Riol, S.L.

Ubicación: Barrio de La FortunaValoración 150.250.- €

207 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 17-4-07, se aprueba la

adquisición de una escultura a D. Juan Diego de Miguel Carpintero.

Autor: D. Juan Diego de Miguel.

Escultura: Caminante.

Ubicación: Rotonda de la Avda. del Mediterráneo.................

Valoración:64.200.- €

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208 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17-4-07, se aprueba la

adquisición de una escultura a D. José Mª Casanova Martínez-Pardo.

Autor: D. José Mª Casanova

Escultura: Mendigo comiendo

Ubicación: Pº Paquita Gallego ..........................Valoración: 34.340.- €

209 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17-4-07, se aprueba la

adquisición de una escultura a Wenceslaoarte, S.L.

Autor: José Luis Cañizares.

Escultura: Alianza

Ubicación: Rotonda de la Avda. de América Latina.........................

Valoración 20.567.- €

210 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15-5-07, se aprueba la

adquisición de una escultura a Ricardo Ugarte de Zubiarrain.

Autor: Ricardo Ugarte.

Escultura: La proa de la memoria.

Ubicación: Calle Alcalde del Yerro Ordóñez ... Valoración: 60.000.- €

ALTAS MUEBLES HISTORICO-ARTISTICOS 2007… 329.357.- €

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Epígrafe 5.- VEHICULOS

ALTAS VEHÍCULOS 2007

- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 25-9-06, se aprueba la

adquisición de los vehículos:

366 Renault Kangoo 2104-FKZ Deportes 10.616,81.- €

367 Renault Kangoo 2113-FKZ Deportes 10.616,81.- €

- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 27-12-05, se aprueba la

adquisición del vehículo:

368 Mercedes Benz 2817-FKF Policía Local 29.976,60.- €

- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 11-4-06, se aprueba la

adquisición del vehículo:

369 Mercedes Benz 8079-FLF Bomberos 299.820,00.- €

- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 20-2-07, se aprueba la

adquisición de los vehículos:

370 Palfinger PK2700

0984-FPS Servicios Comunitarios

34.505,00.- €

371 Movex P150TL 0964-FPS Servicios Comunitarios

50.485,00.- €

TOTAL ALTAS VEHÍCULOS 2007........................ 436.020,22.- €

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BAJAS VEHÍCULOS 2007

- Por acuerdo plenario de fecha 13-3-07, se aprueba la baja de los

siguientes vehículos:

060 Ebro P-137-2 M-1359-EN Mantenimiento 15.205,61.- €

074 Renault 4 TL M-5305-FY “ 3.380,69.- €

193 Suzuki Gme G-F10A M-3252-NP“

“ 5.980,07.- €

197 Peugeot J5D M-6782-OY “ 16.323,49.- €

178 Seat Ibiza 1.2 M-8533-LT Deportes 7.200,13.- €

317 Megane Confort 0347-CLK Policía Local 28.859,04.- €

318 Megane Confort 0351-CLK Policía Local 28.859,04.- €

319 Megane Confort 0341-CLK Policía Local 28.859,04.- €

TOTAL BAJAS VEHÍCULOS 2007............................. 134.667,11.- €

Epígrafe 7.- BIENES MUEBLES

ALTAS DE BIENES MUEBLES AÑO 2007

Altas Bienes Muebles nºs. 7520 al 7531…………………… 80.931,46.- €

TOTAL ALTAS BIENES MUEBLES AÑO 2007……........... 80.931,46.- €

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Epígrafe 8.- BIENES REVERTIBLES

ALTAS BIENES REVERTIBLES 2007

145 Por acuerdo plenario del 13-3-07, se aprueba la adjudicación a

Gastronomía Las Murallas, S.L., la concesión de bienes de dominio

público, con destino a la utilización privativa de la superficie

reservada a restauración en la ciudad deportiva La Fortuna.

Duración: 10 años más la fracción del año natural en curso.

146 Por acuerdo plenario del 27-4-07, se aprueba la concesión

administrativa para uso privativo de terrenos municipales en la Avda.

del Doctor Fleming nº 16-18, con destino a accesos a garaje privado a

Dª. Isabel y Dª. Mª Luisa Blanco de Castro.

Duración: 50 años.

MODIFICACIONES BIENES REVERTIBLES 2007

3 Por acuerdo plenario del 25-1-07, se aprueba prorrogar la cesión de

uso del local sito en la c/ Panadés 12, planta sótano de los portales 5 y

6 del bloque 2, manzana 8 a la Asociación de Consumidores La

Defensa por el periodo de un año con efectos del 1 de enero al 31 de

diciembre de 2007.

86 Por acuerdo plenario del 13-2-07, se aprueba quedar enterados de la

transformación de la entidad El Mobiliario Urbano, S.A., adjudicataria

del servicio de instalación, conservación y explotación de soportes de

información y otros elementos urbanos de interés y uso público en el

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- 80 -

término municipal de Leganés, en la entidad “El Mobiliario Urbano,

S.L.U. con CIF: B-28762003.

81

Por acuerdo plenario del 13-3-07: Quedar enterados de la fusión por

absorción de la sociedad mercantil “Actividades y Servicios

Empresariales y Financieros, S.L.”, adjudicataria

de la concesión y explotación del Servicio Municipal del Cementerio

de Leganés, por la sociedad mercantil Europea de Finanzas y

Comercialización de Servicios Empresariales, S.A. (Sociedad

Unipersonal) con CIF: A-78937224.

101

Por acuerdo plenario del 27-4-07: Quedar enterados de la fusión de las

entidades Red de Banda Ancha de Andalucía, S.A., Medialatina

Holdings, S.A. y Net Radio Medialatina, S.A.U., ésta última

adjudicataria junto a Antena 3 de Radio, S.A., del arrendamiento de

200 m2 de la parcela 57-60, rústica de propiedad municipal sita en el

polígono 23 “Las Cañadas” de Leganés, siendo la sociedad absorbente

Red de Banda Ancha de Andalucía, S.A., con CIF: A-41999913.

BAJAS BIENES REVERTIBLES 2007

129 Por acuerdo plenario del 25-1-07, se acepta la renuncia del Comité de

UNICEF al derecho de cesión de uso del local municipal sito en Avda.

Derechos Humanos, 12, local 1, antes conocido como Los Tilos 7-A

local 1, por no afectar dicha renuncia a terceros interesados en su

continuación ni entrañar la misma interés general que aconseje su

restricción o limitación. Se acepta recuperar la posesión del citado

local y declarar la disponibilidad del mismo para los usos y

actividades municipales que se considere oportuno.

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RESUMEN DEL INVENTARIO DE BIENES CERRADO A 16 DE

JUNIO DE 2007

EPÍGRAFE 1.- INMUEBLES 128.984.604,26.- €

ALTAS ..................................... 26.640.150,98.- €

BAJAS ..................................... 669.116,03.- €

T O T A L ..................................... 154.955.639,21.- €

EPÍGRAFE 2.- DERECHOS REALES ------

EPÍGRAFE 3.- MUEBLES DE CARÁCTER HISTÓRICO

ARTÍSTICO ..................................... 1.345.773,70.- €

ALTAS ..................................... 329.357,00.- €

T O T A L ..................................... 1.675.130,70.- €

EPÍGRAFE 4.- VALORES MOBILIARIOS 24.668.897,87.- €

T O T A L ..................................... 24.668.897,87.- €

EPÍGRAFE 5.- VEHÍCULOS ..................................... 5.850.281,70.- €

ALTAS ..................................... 436.020,22.- €

BAJAS ..................................... 134.667,11.- €

T O T A L ..................................... 6.151.634,81.- €

EPÍGRAFE 6.- SEMOVIENTES ------

EPÍGRAFE 7.- BIENES MUEBLES ............................ 19.476.617,32.- €

ALTAS ..................................... 80.931,46.- €

T O T A L ..................................... 19.557.548,78.- €

EPÍGRAFE 8.- BIENES Y DERECHOS REVERTIBLES

------

T O T A L ...................................... 207.008.851,37.- €

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SEGUNDO.- Remitir copia del Inventario de Bienes de esta Corporación a la

Delegación de Gobierno de la Comunidad de Madrid y a la

Dirección General de Cooperación con la Administración Local

de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos

31 y 32 del vigente Reglamento de Bienes de las Entidades

Locales.

21.- CANCELAR LA CONDICIÓN RESOLUTORIA DE LA

ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE LA PLAZA DE

GARAJE Nº 36 DEL BLOQUE 24 POLÍGONO PARQUE

CIUDAD 80 EL CARRASCAL

Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 30 de julio de 1987 la

enajenación de la plaza de garaje nº 36 del bloque 24 del Polígono Parque

Ciudad 80 “El Carrascal” a Dª. Mª Dolores Viejo Pérez. Asimismo con fecha

21 de diciembre de 1987 se firmó la escritura de compraventa ante el notario

D. Federico Segoviano Vicario con el nº de protocolo 2.825.

Visto el escrito presentado en el Registro de Entrada del 24-1-2007 (nº

3495), por Dª Mª Dolores Viejo Pérez, por el que solicita la cancelar la

condición resolutoria de la citada escritura.

Resultando que según certificación de la Interventora de fecha 24 de

mayo de 1.991, ha quedado totalmente saldada la deuda con este Ayuntamiento

de las cantidades pendientes con el mismo según acuerdo plenario de fecha 30

de julio de 1987.

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De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Cancelar la condición resolutoria establecida en la escritura

otorgada el 21-12-1987 ante el notario D. Federico Segoviano

Vicario con el nº de protocolo 2.825, por la que se vendía a Dª.

Mª Dolores Viejo Pérez, la plaza de garaje nº 36 del bloque 24

del Polígono Parque Ciudad 80 “El Carrascal”, por haberse

abonado las cantidades pendientes de pago.

SEGUNDO: Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente, para el otorgamiento de la

correspondiente escritura pública.

22.- SUBSANACIÓN DE ERROR MATERIAL EXISTENTES EN EL

ACUERDO DE SUBSANACIÓN DE ADJUDICACIÓN DEL

CONCURSO CONVOCADO POR ESTE AYUNTAMIENTO

PARA LA “ENAJENACIÓN DE DIVERSAS

PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE

INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR

IA-5 PRADO OVERA”. EXPTE. 114/06.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 13 de

marzo de 2007, se aprobó la subsanación de errores materiales existente en el

acuerdo de adjudicación definitiva de fecha 14 de noviembre de 2.006, del

Concurso convocado por este Ayuntamiento para la “ENAJENACIÓN DE

DIVERSAS PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE

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- 84 -

INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR IA-5

PRADO OVERA”.

Resultando, que en el referido acuerdo, en su apartado SEGUNDO,

se ha detectado el siguiente error material: DON GERMAN GIL

FERNÁNDEZ: Parcela G–06 en lugar de H-01, por importe de 3.318,75.- €.

en lugar de 7.124,83.- €, y de conformidad con la propuesta obrante en el

expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y

Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las

abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.

Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron: Corregir el error material

existente en el acuerdo de subsanación de la adjudicación del concurso

convocado para la “ENAJENACIÓN DE DIVERSAS

PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE

INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR IA-5

PRADO OVERA”, aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada

el 13 de marzo de 2007, en su punto 14.- y modificar parte del apartado

SEGUNDO del referido acuerdo, quedando redactado como sigue:

“SEGUNDO.- Adjudicar las “ENAJENACIONES DE DIVERSAS

PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN MANZANAS DE

INDUSTRIAS NIDO DEL POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR

IA-5, PRADO OVERA DE LEGANÉS”, a los licitadores y por

los importes siguientes, con arreglo a lo dispuesto en el pliego

de condiciones y oferta presentada.

DON GERMÁN GIL FERNÁNDEZ, NIF: 070403127N, Parcela

H-01, Manzana 15, por un importe de SIETE MIL CIENTO

VEINTICUATRO EUROS CON OCHENTA Y TRES

CÉNTIMOS (7.124,83 €.)”.

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- 85 -

Quedando subsistentes los restantes adjudicatarios, según relación

aprobada por acuerdo plenario de fecha 14 de noviembre de 2.006 y

modificado por otro acuerdo plenario adoptado el día 13 de marzo de 2.007.

23.- ADJUDICACIÓN DIRECTA DE CONCESIÓN

ADMINISTRATIVA PARA USO PRIVATIVO DE TERRENOS

MUNICIPALES EN CALLE BATALLA NAVAS DE TOLOSA

Nº 6 PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR COMUNITARIO

EN LA FINCA.

Examinada la solicitud presentada el 8-3-2007 por Don Alberto

Rubini García-Ruiz, en representación de la Comunidad de Propietarios (N.I.F.

H-79714465) de la calle Batalla de Navas de Tolosa nº 6 (fachada trasera), de

concesión administrativa del uso privativo de terrenos municipales colindantes

en zona libre pública, para la instalación de un ascensor comunitario en dicha

finca, con una ocupación inicial de suelo y vuelo de 2,52 metros cuadrados,

todo ello según Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto Don Alberto

Rubini García-Ruiz, acompañándose a la solicitud copia del acta de la Junta de

Propietarios celebrada el día 25-5-2006, aprobatoria de dicha instalación así

como consulta de viabilidad urbanística favorable emitida por la Junta de

Gobierno Local en su reunión de 14/11/2.006.

Resultando que por informe del Arquitecto Municipal de fecha

19/4/2.007, se dictamina favorablemente la viabilidad urbanística de la

ocupación cuya consulta fue aprobada por la Junta de Gobierno del

14/11/2006, en la cual se señalan las condiciones que debe reunir el citado

ascensor: dimensiones mínimas de 0,90 m. de ancho por 1,2 m. de fondo, con

una superficie útil de 1,2 m/2, con puerta de una anchura mínima de 0,80 m. y

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acceso al ascensor desde los descansillos de la escalera, que deberá quedar

ventilada e iluminada, según establecen las Normas urbanísticas del Plan

General de Leganés.

Resultando que según informes de la Dirección de Planificación y

Programación Económica y Sección de Catastro y Tributos sobre Inmuebles,

en función de la valoración de los terrenos a ocupar, la cuota de alquiler anual

calculada en el 6% del valor total sería de 906,94 €/año, fijándose como

período de la concesión 25 años, y pago de canon por períodos anuales, a pagar

en los últimos quince días del mes de marzo de cada año y sucesivos hasta

cumplirse los primeros 10 años, revisándose la cuota anual con las variaciones

e incrementos anuales del IPC aplicados al ultimo año transcurrido. Al

cumplirse el año 11º, y en los sucesivos decenios hasta la finalización de la

concesión, se efectuará una revisión extraordinaria en función de la nueva

valoración resultante de la revisión catastral que tiene lugar cada 10 años,

aplicándose la revisión del IPC anual sobre la nueva cuota de canon anual

resultante tras la actualización de las nuevas valoraciones catastrales

efectuadas en cada período decenal. El canon de 2.007, será, en todo caso,

proporcional al período de tiempo que reste hasta final de año desde la fecha de

notificación del presente acuerdo.

Considerando que en razón a las peculiares características del uso o

aprovechamiento solicitado, queda justificada la exclusión de concurrencia

pública y aconsejan la adjudicación directa de la concesión en base a lo

dispuesto en los arts. 93.1 en relación al supuesto previsto en el art. 137.4.e).

ambos de la vigente Ley 33/20003 de Patrimonio de las A.A.P.P., ya que:

a) Se solicita por la representación de la Comunidad de

Propietarios de la finca, que es colindante a los terrenos de zona

libre pública sobre los que se solicita el aprovechamiento.

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- 87 -

b) Se trata de una reducida dimensión del terreno público a utilizar

que por su forma y pequeña extensión resulta inedificable por sí

mismo.

c) La finalidad perseguida, dotar a la finca de un ascensor

comunitario, mejora las condiciones de bienestar y calidad de

vida de los residentes, algunos de ellos de avanzada edad o

discapacitados.

Considerando que el expediente ha sido tramitado de acuerdo al

procedimiento legalmente establecido y que tras el examen pormenorizado de

los documentos e informes obrantes en el mismo, ha quedado acreditado el

cumplimiento de los requisitos legales exigidos y la existencia de

circunstancias suficientes para la adjudicación directa de la concesión

administrativa, sin licitación pública, así como la capacidad de la entidad

solicitante para contratar con el Ayuntamiento.

Vistos los artículos 74 a 91 del Reglamento de Bienes de la Entidades

Locales, artículo 91 a 105 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las

Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y apartados que tienen

carácter básico, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 22.2.n) de la vigente

Ley de Bases de Régimen Local, según redacción dada por Ley 57/2003 de

Medidas de Modernización del Gobierno Local que atribuye la competencia al

Pleno, al tratarse de una concesión plurianual superior a cuatro años, y de

conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,

en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Aprobar el Proyecto Técnico Básico y de Ejecución de obras

redactado por el Arquitecto Superior Don Alberto Rubini

García-Ruiz, visado por el correspondiente Colegio Oficial, para

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instalación de un ascensor para uso de los vecinos de la

Comunidad de Propietarios de la finca sita en calle Batalla

Navas de Tolosa nº 6.

SEGUNDO. En razón a las circunstancias y características especiales de este

aprovechamiento que se subsumen en el art. 137.4.e). de la Ley

33/2003 de Patrimonio de las A.A.P.P. como supuesto de

exclusión de licitación pública, adjudicar directamente la

concesión administrativa a la Comunidad de Propietarios de la

calle Batalla de Navas de Tolosa nº 6 (N.I.F. nº H-79714465),

para el uso privativo de terrenos de dominio público en zona

libre pública colindantes a la fachada trasera de dicha finca por

un total de 2,30 m/2 de suelo y 29,67 de vuelo, por plazo de 25

años, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado, el

dictamen del Arquitecto Municipal, consulta urbanística

aprobada en Junta de Gobierno Local de 14-11-2.006,

clausulado de condiciones que rigen la concesión Y Ordenanza

Municipal de Instalación de Ascensores en Edificios

Residenciales.

TERCERO: Aprobar el clausulado de condiciones administrativas para el

uso privativo de terrenos de dominio público, que junto al

presente acuerdo, el Proyecto Técnico aprobado, dictamen del

Arquitecto municipal y consulta urbanística emitida, regirán la

concesión administrativa que en este caso se otorga.

CUARTO: La Comunidad de Propietarios concesionaria abonará al

Ayuntamiento de Leganés, en concepto de canon anual un

importe de NOVECIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA

Y CUATRO CÉNTIMOS (906,94.- €) anuales, que se pagarán

en los últimos quince días del mes de marzo de cada año, salvo

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el correspondiente a 2.007, que deberá pagarse en un plazo

máximo de 30 días desde la notificación del presente acuerdo y

proporcionalmente al período que reste del año a contar de dicha

notificación, quedando dicho canon anual sujeto a la revisión del

IPC anual, de acuerdo con las variaciones habidas en el año

anterior al que sea objeto de revisión.

Dicho canon queda sujeto además a revisiones extraordinarias a

partir del 11º año y por sucesivos períodos decenales, en función

de las nuevas valoraciones catastrales efectuadas y vigentes en

cada respectivo decenio, sobre cuyas nuevas cuotas resultantes

se aplicarán las revisiones anuales del IPC, de acuerdo con el

párrafo anterior.

QUINTO: El otorgamiento de la presente concesión no excluye a la entidad

solicitante de obtener los permisos y autorizaciones de los

organismos competentes, y de forma expresa la preceptiva

licencia municipal de obra y autorización de la D. G. de

Industria de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la

normativa vigente aplicable, bajo cuyas condiciones deberá

instalarse el ascensor.

SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda

clase de documentos en ejecución del presente acuerdo y para la

firma del correspondiente contrato administrativo de la

concesión.

24.- ADJUDICACIÓN DIRECTA DE CONCESIÓN

ADMINISTRATIVA PARA USO PRIVATIVO DE TERRENOS

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MUNICIPALES EN CALLE BATALLA NAVAS DE TOLOSA

Nº 2 PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR COMUNITARIO

EN LA FINCA.

Examinada la solicitud presentada el 5/7/2.007 por Don Joaquín

García Llaneza, en representación de la Comunidad de Propietarios (N.I.F. E.-

78787256) de la calle Batalla de Navas de Tolosa nº 2 (fachada trasera), de

concesión administrativa del uso privativo de terrenos municipales colindantes

en zona libre pública, para la instalación de un ascensor comunitario en dicha

finca, con una ocupación inicial de suelo y vuelo de 2,30 metros cuadrados,

todo ello según Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto Don Alberto

Rubini García-Ruiz, acompañándose a la solicitud copia del acta de la Junta de

Propietarios celebrada el día 28/10/2006, aprobatoria de dicha instalación así

como consulta de viabilidad urbanística favorable emitida por la Junta de

Gobierno Local en su reunión de 24/7/2.007.

Resultando que tras informe favorable del Arquitecto Municipal, se

dictamina favorablemente la viabilidad urbanística de la ocupación cuya

consulta fue aprobada por la Junta de Gobierno del 24/7/2007, en la cual se

señalan las condiciones que debe reunir el citado ascensor: dimensiones

mínimas de 0,90 m. de ancho por 1,2 m. de fondo, una superficie útil de 1,2

m/2, con puerta de una anchura mínima de 0,80 m. y acceso al ascensor desde

los descansillos de la escalera, que deberá quedar ventilada e iluminada, según

establecen las Normas urbanísticas del Plan General de Leganés.

Resultando que según informes de la Dirección de Planificación y

Programación Económica y Sección de Catastro y Tributos sobre Inmuebles,

en función de la valoración de los terrenos a ocupar, la cuota de alquiler anual

calculada en el 6% del valor total sería de 906,94 €/año, fijándose como

período de la concesión 25 años, y pago de canon por períodos anuales, a pagar

en los últimos quince días del mes de marzo de cada año y sucesivos hasta

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cumplirse los primeros 10 años, revisándose la cuota anual con las variaciones

e incrementos anuales del IPC aplicados al ultimo año transcurrido. Al

cumplirse el año 11º, y en los sucesivos decenios hasta la finalización de la

concesión, se efectuará una revisión extraordinaria en función de la nueva

valoración resultante de la revisión catastral que tiene lugar cada 10 años,

aplicándose la revisión del IPC anual sobre la nueva cuota de canon anual

resultante tras la actualización de las nuevas valoraciones catastrales

efectuadas en cada período decenal. El canon de 2.007, será, en todo caso,

proporcional al período de tiempo que reste hasta final de año desde la fecha de

notificación del presente acuerdo.

Considerando que en razón a las peculiares características del uso o

aprovechamiento solicitado, queda justificada la exclusión de concurrencia

pública y aconsejan la adjudicación directa de la concesión en base a lo

dispuesto en los arts. 93.1 en relación al supuesto previsto en el art. 137.4.e),

ambos de la vigente Ley 33/20003 de Patrimonio de las A.A.P.P., ya que:

a) Se solicita por la representación de la Comunidad de

Propietarios de la finca, que es colindante a los terrenos de zona

libre pública sobre los que se solicita el aprovechamiento.

b) Se trata de una reducida dimensión del terreno público a utilizar

que por su forma y pequeña extensión resulta inedificable por sí

mismo.

c) La finalidad perseguida, dotar a la finca de un ascensor

comunitario, mejora las condiciones de bienestar y calidad de

vida de los residentes, algunos de ellos de avanzada edad o

discapacitados.

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Considerando que el expediente ha sido tramitado de acuerdo al

procedimiento legalmente establecido y que tras el examen pormenorizado de

los documentos e informes obrantes en el mismo, ha quedado acreditado el

cumplimiento de los requisitos legales exigidos y la existencia de

circunstancias suficientes para la adjudicación directa de la concesión

administrativa, sin licitación pública, así como la capacidad de la entidad

solicitante para contratar con el Ayuntamiento.

Vistos los artículos 74 a 91 del Reglamento de Bienes de la Entidades

Locales, artículo 91 a 105 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las

Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y apartados que tienen

carácter básico, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 22.2.n) de la vigente

Ley de Bases de Régimen Local, según redacción dada por Ley 57/2003 de

Medidas de Modernización del Gobierno Local que atribuye la competencia al

Pleno, al tratarse de una concesión plurianual superior a cuatro años, y de

conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,

en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Aprobar el Proyecto Técnico Básico y de Ejecución de obras

redactado por el Arquitecto Superior Don Alberto Rubini

García-Ruiz, visado por el correspondiente Colegio Oficial, para

instalación de un ascensor para uso de los vecinos de la

Comunidad de Propietarios de la finca sita en calle Batalla

Navas de Tolosa nº 2.

SEGUNDO: En razón a las circunstancias y características especiales de este

aprovechamiento que se subsumen en el art. 137.4.e). de la Ley

33/2003 de Patrimonio de las A.A.P.P. como supuesto de

exclusión de licitación pública, adjudicar directamente la

concesión administrativa a la Comunidad de Propietarios de la

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calle Batalla de Navas de Tolosa nº 2 (N.I.F. nº E-78787256),

para el uso privativo de terrenos de dominio público en zona

libre pública colindantes a la fachada trasera de dicha finca por

un total de 2,30 m/2 de suelo y 29,67 m/2 de vuelo, por plazo de

25 años, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado, el

dictamen del Arquitecto Municipal, consulta urbanística

aprobada en Junta de Gobierno Local de 24-4-2.007, clausulado

de condiciones que rigen la concesión y Ordenanza Municipal

de Instalación de Ascensores en Edificios Residenciales.

TERCERO: Aprobar el clausulado de condiciones administrativas para el

uso privativo de terrenos de dominio público, que junto al

presente acuerdo, el Proyecto Técnico aprobado, dictamen del

Arquitecto municipal y consulta urbanística emitida, regirán la

concesión administrativa que en este caso se otorga.

CUARTO: La Comunidad de Propietarios concesionaria abonará al

Ayuntamiento de Leganés, en concepto de canon anual un

importe de NOVECIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA

Y CUATRO CÉNTIMOS (906,94.- €) anuales, que se pagarán

en los últimos quince días del mes de marzo de cada año, salvo

el correspondiente a 2.007, que deberá pagarse en un plazo

máximo de 30 días desde la notificación del presente acuerdo y

proporcionalmente al período que reste del año a contar de dicha

notificación, , quedando dicho canon anual sujeto a la revisión

del IPC anual, de acuerdo con las variaciones habidas en el año

anterior al que sea objeto de revisión.

Dicho canon queda sujeto además a revisiones extraordinarias a

partir del 11º año y por sucesivos períodos decenales, en función

de las nuevas valoraciones catastrales efectuadas y vigentes en

cada respectivo decenios, sobre cuyas nuevas cuotas resultantes

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se aplicarán las revisiones anuales del IPC, de acuerdo con el

párrafo anterior.

QUINTO: El otorgamiento de la presente concesión no excluye a la entidad

solicitante de obtener los permisos y autorizaciones de los

organismos competentes, y de forma expresa la preceptiva

licencia municipal de obras y autorización de la D. G. de

Industria de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la

normativa vigente aplicable, bajo cuyas condiciones deberá

instalarse el ascensor.

SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda

clase de documentos en ejecución del presente acuerdo y para la

firma del correspondiente contrato administrativo de la

concesión.

25.- ADJUDICACIÓN DIRECTA DE CONCESIÓN

ADMINISTRATIVA PARA USO PRIVATIVO DE TERRENOS

MUNICIPALES EN CALLE BATALLA NAVAS DE TOLOSA

Nº 4 PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR COMUNITARIO

EN LA FINCA.

Examinada la solicitud presentada el 8/3/2007 por Don Alberto Rubini

García-Ruiz, en representación de la Comunidad de Propietarios (N.I.F. E-

78546504) de la calle Batalla de Navas de Tolosa nº 4 (fachada trasera), de

concesión administrativa del uso privativo de terrenos municipales colindantes

en zona libre pública, para la instalación de un ascensor comunitario en dicha

finca, con una ocupación inicial de suelo y vuelo de 2,30 metros cuadrados,

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todo ello según Proyecto Técnico redactado por el Arquitecto Don Alberto

Rubini García-Ruiz, acompañándose a la solicitud copia del acta de la Junta de

Propietarios celebrada el día 25/5/2006, aprobatoria de dicha instalación así

como consulta de viabilidad urbanística favorable emitida por la Junta de

Gobierno Local en su reunión de 14/11/2006.

Resultando que por informe del Arquitecto Municipal de fecha

19/4/2007, se dictamina favorablemente la viabilidad urbanística de la

ocupación cuya consulta fue aprobada por la Junta de Gobierno del

14/11/2006, en la cual se señalan las condiciones que debe reunir el citado

ascensor: dimensiones mínimas de 0,90 m. de ancho por 1,2 m. de fondo, con

una superficie útil de 1,2 m/2, con puerta de una anchura mínima de 0,80 m. y

acceso al ascensor desde los descansillos de la escalera, que deberá quedar

ventilada e iluminada, según establecen las Normas urbanísticas del Plan

General de Leganés.

Resultando que según informes de la Dirección de Planificación y

Programación Económica y Sección de Catastro y Tributos sobre Inmuebles,

en función de la valoración de los terrenos a ocupar, la cuota de alquiler anual

calculada en el 6% del valor total sería de 906,94 €/año, fijándose como

período de la concesión 25 años, y pago de canon por períodos anuales, a pagar

en los últimos quince días del mes de marzo de cada año y sucesivos hasta

cumplirse los primeros 10 años, revisándose la cuota anual con las variaciones

e incrementos anuales del IPC aplicados al ultimo año transcurrido. Al

cumplirse el año 11º, y en los sucesivos decenios hasta la finalización de la

concesión, se efectuará una revisión extraordinaria en función de la nueva

valoración resultante de la revisión catastral que tiene lugar cada 10 años,

aplicándose la revisión del IPC anual sobre la nueva cuota de canon anual

resultante tras la actualización de las nuevas valoraciones catastrales

efectuadas en cada período decenal. El canon de 2.007, será, en todo caso,

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proporcional al período de tiempo que reste hasta final de año desde la fecha de

notificación del presente acuerdo.

Considerando que en razón a las peculiares características del uso o

aprovechamiento solicitado, queda justificada la exclusión de concurrencia

pública y aconsejan la adjudicación directa de la concesión en base a lo

dispuesto en los arts. 93.1 en relación al supuesto previsto en el art. 137.4.e),

ambos de la vigente Ley 33/20003 de Patrimonio de las A.A.P.P., ya que:

a) Se solicita por la representación de la Comunidad de

Propietarios de la finca, que es colindante a los terrenos de zona

libre pública sobre los que se solicita el aprovechamiento.

b) Se trata de una reducida dimensión del terreno público a utilizar

que por su forma y pequeña extensión resulta inedificable por sí

mismo.

c) La finalidad perseguida, dotar a la finca de un ascensor

comunitario, mejora las condiciones de bienestar y calidad de

vida de los residentes, algunos de ellos de avanzada edad o

discapacitados.

Considerando que el expediente ha sido tramitado de acuerdo al

procedimiento legalmente establecido y que tras el examen pormenorizado de

los documentos e informes obrantes en el mismo, ha quedado acreditado el

cumplimiento de los requisitos legales exigidos y la existencia de

circunstancias suficientes para la adjudicación directa de la concesión

administrativa, sin licitación pública, así como la capacidad de la entidad

solicitante para contratar con el Ayuntamiento.

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Vistos los artículos 74 a 91 del Reglamento de Bienes de la Entidades

Locales, artículo 91 a 105 de la Ley 33/2003 de Patrimonio de las

Administraciones Públicas, en aquellos preceptos y apartados que tienen

carácter básico, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 22.2.n) de la vigente

Ley de Bases de Régimen Local, según redacción dada por Ley 57/2003 de

Medidas de Modernización del Gobierno Local que atribuye la competencia al

Pleno, al tratarse de una concesión plurianual superior a cuatro años, y de

conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,

en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Aprobar el Proyecto Técnico Básico y de Ejecución de obras

redactado por el Arquitecto Superior Don Alberto Rubini

García-Ruiz, visado por el correspondiente Colegio Oficial, para

instalación de un ascensor para uso de los vecinos de la

Comunidad de Propietarios de la finca sita en calle Batalla

Navas de Tolosa nº 4.

SEGUNDO: En razón a las circunstancias y características especiales de este

aprovechamiento que se subsumen en el art. 137.4.e). de la Ley

33/2003 de Patrimonio de las A.A.P.P. como supuesto de

exclusión de licitación pública, adjudicar directamente la

concesión administrativa a la Comunidad de Propietarios de la

calle Batalla de Navas de Tolosa nº 4 (N.I.F. nº E-78546504),

para el uso privativo de terrenos de dominio público en zona

libre pública colindantes a la fachada trasera de dicha finca por

un total de 2,30 m/2 de suelo y 29,67 m/2 de vuelo, por plazo de

25 años, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado, el

dictamen del Arquitecto Municipal, consulta urbanística

aprobada en Junta de Gobierno Local de 14-11-2.006,

clausulado de condiciones que rigen la concesión y Ordenanza

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Municipal de Instalación de Ascensores en Edificios

Residenciales.

TERCERO: Aprobar el clausulado de condiciones administrativas para el

uso privativo de terrenos de dominio público, que junto al

presente acuerdo, el Proyecto Técnico aprobado, dictamen del

Arquitecto municipal y consulta urbanística emitida, regirán la

concesión administrativa que en este caso se otorga.

CUARTO: La Comunidad de Propietarios concesionaria abonará al

Ayuntamiento de Leganés, en concepto de canon anual un

importe de NOVECIENTOS SEIS EUROS CON NOVENTA

Y CUATRO CÉNTIMOS (906,94.- €) anuales, que se pagarán

en los últimos quince días del mes de marzo de cada año, salvo

el correspondiente a 2.007, que deberá pagarse en un plazo

máximo de 30 días desde la notificación del presente acuerdo y

proporcionalmente al período que reste del año a contar de dicha

notificación, , quedando dicho canon anual sujeto a la revisión

del IPC anual, de acuerdo con las variaciones habidas en el año

anterior al que sea objeto de revisión.

Dicho canon queda sujeto además a revisiones extraordinarias a

partir del 11º año y por sucesivos períodos decenales, en función

de las nuevas valoraciones catastrales efectuadas y vigentes en

cada respectivo decenios, sobre cuyas nuevas cuotas resultantes

se aplicarán las revisiones anuales del IPC, de acuerdo con el

párrafo anterior.

QUINTO: El otorgamiento de la presente concesión no excluye a la entidad

solicitante de obtener los permisos y autorizaciones de los

organismos competentes, y de forma expresa la preceptiva

licencia municipal de obras y autorización de la D. G. de

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Industria de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la

normativa vigente aplicable, bajo cuyas condiciones deberá

instalarse el ascensor.

SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda

clase de documentos en ejecución del presente acuerdo y para la

firma del correspondiente contrato administrativo de la

concesión.

26.- DAR CUENTA PLENO ANTICIPOS DE CAJA FIJA

La Corporación acordó quedar enterada de los siguientes anticipos de

Caja fija:

NOMBRE IMPORTE

JOSÉ MANUEL CUADRADO PÉREZ 194,50.- €

27.- APROBACIÓN DEL PROYECTO DE REMODELACIÓN A

HIERBA DEL CAMPO DE FÚTBOL 11 SITUADO JUNTO AL

ESTADIO MUNICIPAL.

Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió

deliberación sobre el presente punto del Orden del Día, durante la cual el Sr.

Gómez Ruiz manifestó que su grupo consideraba que existían otras

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prioridades más urgentes que la remodelación a hierba del Campo de Fútbol

11, señalando por ejemplo las obras que es necesario realizar en la zona

deportiva “LA CANTERA”.

Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante

en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen

Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,

acordaron:

PRIMERO.- Aprobar el “Proyecto de REMODELACIÓN A HIERBA DEL

CAMPO DE FÚTBOL 11 SITUADO JUNTO AL ESTADIO

MUNICIPAL” por un importe máximo de QUINIENTOS

CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y

TRES EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE

EURO (549.963,34.- €)

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal Delegado de

Deportes, indistintamente, para la firma de cuantos documentos

sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.

28.- APROBACIÓN INICIAL DEL ANEXO AL CONVENIO

URBANÍSTICO SUSCRITO ENTRE ESTE AYUNTAMIENTO

Y LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DEL PLAN

PARCIAL P.P.-4 "PUERTA DE FUENLABRADA"

El Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el 14 de junio de

2005 aprobó definitivamente el Convenio Urbanístico suscrito el 3 de

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noviembre de 2004 entre este Ayuntamiento y la Asociación de Propietarios de

terrenos incluidos en el ámbito del Plan Parcial P.P.-4 “PUERTA DE

FUENLABRADA”, por el que se establecían una serie de compromisos

relativos a la ejecución del citado Plan Parcial.

En la estipulación citado Convenio, en la estipulación UNDÉCIMA,

se establece la obligación de la mencionada Asociación de ejecutar una serie de

obras, entre las que se encuentran el desdoblamiento de la M-409 desde la

Glorieta ubicada en la intersección entre la Avenida de Orellana y Avenida

Doctor Fleming hasta el enlace con la glorieta bajo la carretera M-406 y el

nuevo enlace entre la rotonda de acceso al Hospital y el Polígono Industrial de

la Ciudad del Automóvil.

En la actualidad es necesario ejecutar un nuevo acceso al Hospital

Severo Ochoa de Leganés, que ha presentado una solicitud al respecto, por lo

que este Ayuntamiento ha considerado conveniente llevar a cabo el Proyecto

de Acondicionamiento citado sin esperar al desarrollo del Plan Parcial P.P.-4.

Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en

sesión celebrada el 6 de marzo de 2007, se aprobó el Proyecto de

Acondicionamiento de la Avenida de Fuenlabrada entre la Plaza del Hidróforo

y la M-406 y se acordó iniciar el expediente para la adjudicación de la

ejecución del mencionado proyecto, realizando la tramitación con carácter

urgente. Estos acuerdos se notificaron a la Asociación de Propietarios del P.P.-

4 “PUERTA DE FUENLABRADA”.

Por el mencionada Anexo la Asociación de Propietarios del P.P.-4 se

compromete a costear, en el momento en el que se lo requiera este

Ayuntamiento, la totalidad del importe de las obras contempladas en el

Proyecto de Acondicionamiento de la Avenida de Fuenlabrada.

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El artículo 95 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la

Comunidad de Madrid establece que será obligación de los propietarios y/o

promotores de cada ámbito de actuación costear y, en su caso, ejecutar la

urbanización de todos los suelos destinados por el planeamiento a redes

públicas de infraestructuras, equipamientos y servicios (incluidas todas las

obras señaladas en el artículo 97 de la Ley). No obstante lo anterior, la

Administración competente, cuando así convenga para la funcionalidad de la

red de que se trate, podrá ejecutar directamente las obras de urbanización. La

ejecución directa por la Administración no eximirá, en todo caso, a los

propietarios y/o promotores de la obligación de costear las obras.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley 9/2001,

de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de

Leganés está facultado para suscribir, dentro del ámbito de su esfera de

competencias, convenios con personas, públicas o privadas, para su

colaboración en el mejor y más eficaz desarrollo de la actividad urbanística.

El artículo 246 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la

Comunidad de Madrid, establece, en concreto, la posibilidad de suscribir

convenios urbanísticos para la ejecución del planeamiento y las

determinaciones que han de contener.

En cuanto al procedimiento de celebración de este convenio, el

artículo 247 de la citada Ley señala:

Una vez negociado y suscrito, deberá someterse a información pública,

mediante anuncio publicado en el B.O.C.M. y en, al menos, uno de los

periódicos de mayor difusión en ésta, por un período mínimo de veinte

días.

Tras la información pública y a la vista de las alegaciones presentadas

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se redactará el texto definitivo del convenio, que deberá ratificarse

por el Ayuntamiento Pleno.

El Convenio deberá firmarse dentro de los quince días siguientes a la

notificación de la aprobación del texto definitivo, ya que en caso

contrario se entenderá que las personas interesadas renuncian a él.

En el archivo administrativo municipal de convenios deberá anotarse

éste y custodiar un ejemplar completo de su texto definitivo y, en su

caso, la documentación anexa al mismo.

Por todo lo expuesto y de conformidad con la propuesta obrante en el

expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Sostenibilidad y Servicio a la Ciudad, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del

Grupo Municipal Popular y el voto en contra Sr. Concejal del Grupo Municipal

de ULEG, y votaron a favor los once Sres. Concejales del Grupo Municipal

Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el ANEXO AL CONVENIO

URBANÍSTICO SUSCRITO ENTRE EL AYUNTAMIENTO

DE LEGANÉS Y LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE

TERRENOS INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL PLAN

PARCIAL 4 “PUERTA DE FUENLABRADA” DEL PLAN

GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEGANÉS”.

SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública, mediante anuncio

publicado en el B.O.C.M. y en, al menos, uno de los periódicos de

mayor difusión en ésta, por un período mínimo de veinte días.

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29.- CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DISTINTAS

COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA

REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Sostenibilidad y Servicio

a la Ciudad, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron: Conceder subvenciones a las Comunidades de vecinos que se

detallan a continuación:

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EN CONCEPTO DE: IMPORTE

C/ POLVORANCA, Nº 26 Obras en CUBIERTA 2.675,52 €

C/ CAMPOAMOR, Nº 10. Obras en CUBIERTA Y FACHADA 4.930,07 €

C/ COVADONGA, Nº 21. Obras en FACHADA 3.283,05 €

C/ RIOJA, Nº 125 Obras en FACHADA 4.859,80 €

PZA. DE AZUCENA, Nº 13. Obras en ASCENSOR 10.168,71 €

C/ NTRA. SRA. GUADALUPE, Nº 8.

Obras en CUBIERTA Y FACHADA 3.204,79 €

C/ GETAFE, Nº 3. Obras en CUBIERTA 2.106,00 €

C/ ALMUNIA, Nº 5. Obras en FACHADA 5.538,68 €

C/ PRIORATO, Nº 105. Obras en BARRERAS ARQUITECTÓNICA 605,17 €

C/ SANTO DOMINGO, Nº 21. Obras en FACHADA 12.020,00 €

C/ LA FUENTE, Nº 17. Obras en ASCENSOR 12.020,00 €

C/ BATALLA DE EBRO, Nº 1-7. Obras en FACHADA 2.191,03 €

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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EN CONCEPTO DE: IMPORTE

C/ AMPUNDAN, Nº 24 Obras en BARRERAS ARQUITECTÓNICA 1.060,80 €

C/ RIOJA, Nº 143. Obras en FACHADA 12.020,00 €

C/ PRIORATO, Nº 41 Obras en FACHADA 3.618,82 €

AVDA. LIBERTAD, Nº 56. Obras en FACHADA 2.996,78 €

30.- INSCRIPCIÓN Y VARIACIONES DE LAS ASOCIACIONES

EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO: Proceder a la INSCRIPCIÓN en el Registro Municipal de

Asociaciones, creado a efectos del Reglamento de Participación

Ciudadana del Municipio de Leganés, a las siguientes:

CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL LOS HOMBRES DE

CACHI

G-85197135

D. Juan Manuel Argüello Ramiro

C/ Bélgica, 97-6º A

28916- Leganés (Madrid)

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SEGUNDO: Proceder a la MODIFICACIÓN en el Registro Municipal de

Asociaciones de la siguiente asociación, según documentación

que aportan estas:

CAMBIO DE JUNTA DIRECTIVA

CLUB DEPORTIVO BÁSICO LEGAHIELO

G-82807249

D. Cristóbal Ramos Vega

Avda. de Alemania, nº 2

28916- Leganés (Madrid)

TERCERO: Proceder a la comunicación de la modificación de los estatutos

adaptados de conformidad con la L.O. 1/2002 de 22 de marzo,

con Resolución de la Consejería de Presidencia de la

Comunidad de Madrid, Servicio de Fundaciones y Asociaciones

acordando la modificación el 5 de septiembre de 2003.

A.M.P.A INSTITUTO E.S. BUTARQUE

C.I.F. G-28724490

D. Alfredo López Aguado Gómez

C/ Adolfo Marsillach, nº 5

C.P. 28914- Leganés (Madrid)

ASOCIACIÓN SALUD Y ALTERNATIVA DE VIDA

G-79399663

Dña. Araceli Carrillo

Paseo de Colón, s/n

28911-Leganés (Madrid)

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ASOCIACIÓN LEGANES VERDE Y ECOLÓGICO

D. Pedro Mendo Maestro

C/ El Roncal s/n

28915-Leganés (Madrid)

CUARTO: Proceder a la declaración de UTILIDAD PUBLICA a las

Asociaciones que figuran en este informe.

31.- COMPLEMENTO AL ACUERDO PLENARIO DEL 27 DE

ABRIL DE 2.007 PUNTO 43º CONCESIÓN DE

SUBVENCIONES A LAS AA.VV. EN EL ÁREA DE

PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las

abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular,

acordaron:

PRIMERO: Conceder la parte complementaria de subvención 2007 a las

Asociaciones de Vecinos que por error se omitió la cantidad

propuesta de Medio Ambiente para el desarrollo de sus

proyectos.

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Nº ENTIDAD / Actividad subvencionada CANTIDAD

1 AA.VV. EL CARRASCAL CIF. G-78287398 1.200.- €

2 AA.VV. ZARZAQUEMADA CIF.: G-78002409 1.500.- €

T O T A L 2.700 .-€

SEGUNDO: Aprobar un gasto por importe de 2.700,00.- €, con cargo al

Presupuesto Municipal ordinario del ejercicio 2007, R.C. 4615

de la partida 12/4601/489.01

TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos

documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.

32.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

AYUNTAMIENTO DE LEGANES Y LA CONSEJERÍA DE

DEPORTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA

TRAMITACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL CARNET+26.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

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PRIMERO.- Aprobar el Convenio de colaboración entre la Consejería de

Deportes de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de

Leganés para la tramitación del “CARNÉ+26”,

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos

documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo

33.- APROBACIÓN DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES

PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA “LEGANES CONTRA

EL ANALFABETISMO”.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Conceder subvención a las entidades colaboradoras en el

Programa “Leganés contra el analfabetismo” durante el curso

2006-2007, por un importe máximo de 22.381.- € (VEINTIDÓS

MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN EUROS), con cargo a

la partida 05/4221/489.01 distribuidas en las siguientes cuantías

y perceptores:

RELACIÓN DE ENTIDADES C.I.F. PROPUESTA SUBVENCIÓN

PARROQUIA NTRA. SRA. DEL CARRASCAL Q-7800489B 872,00.- €

AMFIVIL G-80500523 847,00.- €

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RELACIÓN DE ENTIDADES C.I.F. PROPUESTA SUBVENCIÓN

ASOC. AMIGOS DEL AZORÍN G-81517534 387,00.- €

AA.VV. “EL CARRASCAL” G-78287398 1.356,00.- €

DINAMO ALTERNATIVA SOCIAL G-80586613 3.704,00.- €

AULA DE CULTURA EL SALVADOR Q-2801329J 1.017,00.- €

CASA DE EXTREMADURA DE LEGANÉS G-28819365 387,00.- €

CASA CULTURAL CASTELLANO MANCHEGA G-79075651 848,00.- €

PARROQUIA DE SAN NICASIO Q-7800489B 581,00.- €

CASA DE SALAMANCA G-78269115 484,00.- €

AULA PARROQUIAL NTRA. SRA. DE LA SALUD Q-2800137H 3.194,00.- €

PARROQUIA SAN ELADIO Q-7800489B 909,00.- €

AA.VV. SAN NICASIO DE LEGANÉS G-79032108 2.614,00.- €

PARROQUIA DE SAN PIO V Q-7800489B 1.720,00.- €

HUMANOS SIGLO XXI G-82690447 484,00.- €

PARROQUIA VIRGEN MADRE Q-7800489B 678,00.- €

PARROQUIA NTRA. SRA. DE ZARZAQUEMADA Q-7800489B 2.299,00.- €

SEGUNDO.- Aprobar el abono de dichas cantidades en un pago único, previa

justificación de los gastos ante los servicios técnicos

municipales de acuerdo con las bases de ejecución del

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presupuesto y sin perjuicio de los tramites contables vigentes

ante la Intervención Municipal.

TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal Delegado de

Educación, Infancia y Festejos, indistintamente, para la firma de

cuantos documentos sean necesarios en ejecución del presente

acuerdo

34.- SUBVENCIÓN AL PROGRAMA DE HERMANAMIENTO

CON BELÉN (PALESTINA).

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con la

abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO. Conceder una subvención de TREINTA Y TRES MIL

SEISCIENTOS CATORCE EUROS (33.614.- €) al municipio

de Belén, como ayuda y con cargo al presupuesto de

Cooperación al Desarrollo para financiar el Proyecto de

Rehabilitación de calle, como apoyo financiero a la segunda

fase; con cargo a la partida 24/1112/762.00, pagándose el 100 %

del importe a justificar con posterioridad.

SEGUNDO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para la firma de cuantos

documentos sean necesarios para la ejecución de los presentes

acuerdos.

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- 112 -

35.- SUBVENCIÓN A CULTURA, PAZ Y SOLIDARIDAD HAYDÉE

SANTAMARÍA PARA REHABILITACIÓN HOSPITAL

CAMPAMENTO DE REFUGIADOS DEL LÍBANO.

Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió

deliberación sobre el presente punto del Orden del Día, durante la cual el Sr.

Gómez Ruiz manifestó que a juicio de su grupo la subvención se debería dar

directamente a la organización del campamento de refugiados Ain El-Hilweh,

en Sidón (Líbano), y no a la asociación CULTURA, PAZ Y SOLIDARIDAD

HAYDÉE SANTAMARÍA pues la mencionada asociación no tiene medios

para controlar el buen destino de la subvención que se concedia, anunciando

que en caso contrario su grupo votaría en contra.

Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante

en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales

y Participación Ciudadana, con los votos en contra de los doce Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular y la abstención del Sr. Concejal del

Grupo Municipal de ULEG, y a favor de los once Sres. Concejales del Grupo

Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida,

acordaron:

PRIMERO. Conceder una subvención de DOCE MIL EUROS (12.000,00 .-

€), a la Asociación Cultura Paz y Solidaridad Haydée

Santamaría, como ayuda y con cargo al presupuesto de

Cooperación al Desarrollo para financiar el Proyecto para la

Rehabilitación del edificio del hospital Human Call en el

Campamento de Refugiados Ain El-Hilweh, en Sidón (Líbano),

con cargo a la partida 24.1112.762.00, pagándose el 100 % del

importe, a justificar con posterioridad.

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- 113 -

SEGUNDO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para la firma de cuantos

documentos sean necesarios para la ejecución de los presentes

acuerdos.

36.- AYUDA HUMANITARIA DE EMERGENCIA A NICARAGUA.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO.- Conceder una subvención de SEIS MIL EUROS (6.000,00.- €),

a la Fundación UNICEF, con CIF.: G-84451087; con cargo a la

partida 24/1112/489.00, pagándose el 100 % del importe, a

justificar con posterioridad.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para la firma de cuantos

documentos sean necesarios para la ejecución de los presentes

acuerdos.

37.- RECURSOS Y DEMANDAS.

1.- RECURSO P.O. NÚM. 54/2007, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 1 DE MADRID,

INTERPUESTO POR SUN PLANET, S.A.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.

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54/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Madrid,

interpuesto por SUN PLANET, S.A. contra resolución de denegación licencia

de apertura; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y

por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo

Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,

acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

2.- RECURSO P.A. NÚM. 540/07, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 3 DE

MADRID, INTERPUESTO POR Dª. ISABEL NIETO

VAQUERO

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.

540/07 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Madrid,

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interpuesto por Dª. ISABEL NIETO VAQUERO sobre reclamación

patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y

por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo

Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,

acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

3.- RECURSO P.A. NÚM. 629/2007, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 9 DE

MADRID, INTERPUESTO POR Dª. Mª PAZ PEREZ-

CARRILLO DE LA CUEVA.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.

629/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de Madrid,

interpuesto por Dª. Mª PAZ PEREZ-CARRILLO DE LA CUEVA contra la

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- 116 -

convocatoria y bases del concurso de meritos para cubrir una plaza de Técnico

Superior en Derecho; y de conformidad con el dictamen de la Comisión

Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en

votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo

Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

4.- RECURSO P.A. NÚM. 68/07, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 3 DE

MADRID, INTERPUESTO POR D. MIGUEL ANGEL

CABELLO ORTEGA.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm. 68/07

del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Madrid, interpuesto

por D. MIGUEL ANGEL CABELLO ORTEGA contra sanción en expediente

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disciplinario; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y

por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo

Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,

acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

5.- RECURSO P.O. NÚM. 101/07, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 13 DE MADRID,

INTERPUESTO POR D. JOSÉ RAMOS RODRÍGUEZ.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm. 101/07

del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 13 de Madrid, interpuesto

por D. JOSÉ RAMOS RODRÍGUEZ sobre reclamación patrimonial; y de

conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico

y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las

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- 118 -

abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.

Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

6.- RECURSO P.A. NÚM. 384/2007, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 21 DE

MADRID, INTERPUESTO POR Dª. MONTSERRAT VERA

QUEROL.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.

384/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,

interpuesto por Dª. MONTSERRAT VERA QUEROL contra decreto de

adscripción del puesto de trabajo de Jefe de Servicio Servicios Técnicos de

Urbanismo; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y

por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo

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- 119 -

Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG,

acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

7.- RECURSO P.A. NÚM. 244/2007, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 21 DE

MADRID, INTERPUESTO POR Dª. Mª SOLEDAD PLAZA

GUTIÉRREZ.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Abreviado núm.

244/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,

interpuesto por Dª. Mª SOLEDAD PLAZA GUTIÉRREZ sobre reclamación

de disfrute de vacaciones y compensación económica; y de conformidad con el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de

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los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del

Grupo Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

8.- RECURSO P.O. NÚM. 90/2007, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 21 DE MADRID,

INTERPUESTO POR LA ASOCIACIÓN NACIONAL

ESPAÑOLA DE FABRICANTES DE HORMIGÓN

PREPARADO.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.

90/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,

interpuesto por la ASOCIACIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE

FABRICANTES DE HORMIGÓN PREPARADO sobre instalación carente de

permisos y autorizaciones; y de conformidad con el dictamen de la Comisión

Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en

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- 121 -

votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo

Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

9.- RECURSO P.O. NÚM. 74/2007, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 28 DE MADRID,

INTERPUESTO POR RODAMCO INVERSIONES, S.L.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.

74/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 28 de Madrid,

interpuesto por RODAMCO INVERSIONES, S.L. contra resolución sobre

impuestos de bienes inmuebles; y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,

en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.

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- 122 -

Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo

Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

10.- RECURSO P.O. NÚM. 75/2007, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 21 DE MADRID,

INTERPUESTO POR ASUNTOS TAURINOS Y

ESPECTÁCULOS, S.L.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este

Ayuntamiento en relación con el recurso Procedimiento Ordinario núm.

75/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 21 de Madrid,

interpuesto por ASUNTOS TAURINOS Y ESPECTÁCULOS, S.L. sobre

adeudo factura 86/06; y de conformidad con el dictamen de la Comisión

Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en

votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los doce Sres.

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- 123 -

Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo

Municipal de ULEG, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo de Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el

recurso de referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON

JOSÉ GRANADO WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO

GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA BEATRIZ RUANO

CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO MUÑOZ

BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS

GIL, DON JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO

ROBLES GARCÍA, DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y

DON PEDRO GONZÁLEZ CEROLO.

38.- SENTENCIAS Y AUTOS.

1.- RECURSO P.A. NÚM. 349/2006, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 15 DE MADRID,

INTERPUESTO POR LA CAJA DE AHORROS Y MONTE

DE PIEDAD DE MADRID.

Vista la sentencia de fecha 4 de septiembre de 2007, dictada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid, en el recurso por

Procedimiento Abreviado núm. 349/2006, interpuesto por la CAJA DE

AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID, contra sanción impuesta

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por Infracción Tributaria en Tasa por ocupación del dominio público; y de

conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico

y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las

abstenciones de los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr.

Concejal del Grupo Municipal de ULEG, acordaron: quedar enterados de la

mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan

las resoluciones que procedan.

39.- MOCION SOBRE ADHESIÓN A LA DECLARACIÓN DE “EL

DIA DE LAS PERSONAS DESAPARECIDAS SIN MOTIVO

APARENTE”

Se dio lectura a la siguiente Moción:

“Exposición de Motivos

La Agrupación de Familiares Desaparecidos, Inter-SOS, entidad sin

ánimo de lucro creada en 1988 y declarada de utilidad pública por el

Ministerio de Interior el día 27 de abril de 2005, tiene entre sus objetivos la

ayuda y soporte a las familias afectadas por la desaparición de un familiar sin

motivo aparente, desapariciones en la mayoría de los casos dolorosas y largas

en el tiempo. Esta asociación considera que el sufrimiento, el esfuerzo y la

dedicación de estas familias en la búsqueda de sus familiares desaparecidos

sin motivo aparente merece el reconocimiento, apoyo y solidaridad tanto de la

sociedad como de sus vecinos.

De otra, cada 9 de marzo, el Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat

(Barcelona) organiza un acto en recuerdo de una niña de 16 años, Cristina

Bergua Vera, que desapareció en dicha localidad en 1997.

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Inter-SOS ha solicitado a este Ayuntamiento su colaboración así

como la adhesión y apoyo a su lucha, así como a la Declaración del día 9 de

marzo de cada año como el Día de la persona desaparecida sin motivo

aparente, que van a presentar en el Congreso de los Diputados. Este día se

celebraría cada año en una localidad diferente y que tenga una persona

desaparecida.

Por todo lo anterior, los Grupos Municipales Socialista, Izquierda

Unida, Popular y Unión por Leganés someten a la consideración del

Ayuntamiento Pleno la aprobación de los siguientes

Acuerdos

1.- Adherir al Ayuntamiento de Leganés a la solicitud de

declaración del 9 de marzo de cada año como El Día de la

Persona Desaparecida sin Motivo Aparente, propuesta por la

Agrupación de Familiares Desaparecidos INTER-SOS.

2.- Apoyar la lucha diaria de la Agrupación y de todas las familias

afectadas por una desaparición de un familiar sin motivo

aparente”.

Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

Aprobar la moción que ha quedado transcrita anteriormente.

40.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE

ULEG DE PROPUESTA PARA EL EQUIPO DE GOBIERNO

EL COMPROMISO A FRENAR SUS INVERSIONES EN

ESCULTURAS Y PARA QUE SE CELEBRE UN PROTOCOLO

PÚBLICO QUE INTRODUZCA CRITERIOS ESTÉTICOS,

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ECONÓMICOS Y DEMOCRÁTICOS PARA LA ELECCIÓN,

SELECCIÓN Y UBICACIÓN DEL PATRIMONIO ARTÍSTICO

DE LEGANES.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“EXPONE

- Que a juicio de este grupo municipal es injustificado el despilfarro

económico y la “obsesión” actual de colocar estatuas faraónicas en las

rotondas y otras áreas de Leganés.

- Que Leganés está siendo conocida y no para bien por los “engendros

metálicos” que florecen en cada glorieta de nuestra ciudad

- Que no nos consta que haya un inventario de las estatuas existentes en el

depósito municipal, ni el valor real de mercado de las mismas.

- Que ULEG quiere trasladar las quejas de diversos vecinos que se

preguntan por los criterios estéticos y económicos se siguen para la

elección y ubicación de ciertas obras, ya que consideramos que el

capricho del artista, del concejal o del alcalde de turno no es un

argumento con peso legal, ni puede suponer una hipoteca estética para

los vecinos.

Por ello, PROPONE

- La elaboración un protocolo público, consensuado por todos los grupos

municipales, que introduzca criterios estéticos, económicos y

democráticos para la elección, selección y ubicación del patrimonio

artístico de Leganés.

- Que hasta la elaboración de este protocolo no se compre ni instale

ninguna estatua, escultura o similar en rotondas u otras áreas. Y que en

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- 127 -

su lugar se utilice plantas, árboles o césped artificial de bajo

mantenimiento, graveras o fuentes de agua reciclada

- Que se realice un inventario a disposición del público de las estatuas ya

erigidas, de las existentes en el depósito municipal, así como la inversión

realizada para cada una de ellas.

- Que en tal protocolo se incluya que el criterio estético recaiga

predominantemente en los ciudadanos a través de una consulta pública,

para que no se repitan casos de tan poca aceptación como el de las

rotondas de la Calle Monegros, las de las carreteras M-425 y M-421

(Carabanchel-Leganés) o “la menina y el menino en la Fortuna”.

Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado

transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales

asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal

de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal

Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.

41.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE

ULEG SOBRE RECTIFICACIÓN DEL ERROR DE

CARÁCTER ADMINISTRATIVO DEL NO ABONO DE

SÁBADOS TRABAJADOS DE D. MAGDALENO DÍAZ

CASADO DESDE JULIO DEL 94 A JULIO DEL 96.

Se dio lectura a la siguiente moción:

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“Rectificación del error de carácter administrativo del no abono de

sábados trabajados de D. Magdalena Díaz Casado desde julio del 94 a julio

del 96.

ANTECEDENTES DE HECHO:

PRIMERO: D. Magdaleno Díaz Casado venía realizando su trabajo

de lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas, comunicándole el Ayuntamiento el 8

de octubre de 1992 su nuevo horario a partir de dicha fecha de martes a

sábado de 8.00 a 15.00 horas, librando los lunes.

SEGUNDO: Los sábados trabajados transcurridos desde octubre de

1992 hasta julio de 1994, los primeros se los fueron abonando en sucesivas

nóminas como horas extraordinarias, y los segundos también hasta julio del

94, pero esta vez, por sentencia al no existir acuerdo.

TERCERO: Que desde julio de 1994 a julio de 1996, no se le han

abonado los 44 sábados trabajados al existir un error de apreciación por

parte de la Jefa de Sección Técnica de Personal que mantenía que fueron

pagados por la anterior sentencia citada. Tras darse cuenta de su equívoco fue

la misma Jefa de Sección la que informó a su concejal de que se había

equivocado al hacer tal afirmación, ya que estos sábados en concreto, no

habían sido pagados, ni sobre ellos había recaído sentencia alguna ni tampoco

tenían resolución administrativa estimada ni desestimada. Estos sábados se

han venido reclamando durante todos estos años.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier

momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de

hecho o los aritméticos existentes en sus actos, de conformidad con lo que se

contiene en el art. 105.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen

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- 129 -

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Por todo lo anterior, se propone la adopción del siguiente

ACUERDO: Rectificar el error material existente y reconocer y abonar al

trabajador municipal D. Magdalena Díaz Casado sus 44 sábados reclamados,

así como el interés legal del dinero desde la fecha del devengo hasta la fecha

de este acuerdo”.

Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado

transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales

asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal

de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal

Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.

42.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE

ULEG SOBRE RECTIFICACIÓN DE ERROR EN LA

CLASIFICACIÓN DEL PUESTO Nº 116 DE LA R.P.T. DE

PERSONAL (CONDUCTOR VEHÍCULOS LIGEROS

DISFUNCIONADO).

Se dio lectura a la siguiente moción:

“En las plantillas de personal municipal de los años 1986 a 1994,

todos los conductores estaban homologados a la categoría de Oficial, tanto en

personal laboral como en personal funcionario.

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En Sentencia de 13 de noviembre de 1988 del Juzgado de lo social nº

13 de los de Madrid, se reconoció esta categoría de Oficial a Subalterno de

Régimen Interior a D. Eugenio Muñoz Vico y así figura en la plantilla de ese

año aprobada por acuerdo plenario de 10 de octubre de 1990.

Con fecha 14 de diciembre de 1990 el Concejal-Delegado de

Educación y Deportes propuesto a la Concejalía de Personal que el puesto de

conductor adscrito a su unidad administrativa, se reclasificara como Oficial

Conductor al igual que los existentes en CENTROS CULTURALES Y

RÉGIMEN INTERIOR.

Mediante escrito de fecha 15 de febrero de 1991, el trabajador

municipal D. Magdalena Díaz Casado, había solicitado el reconocimiento de

su conducción de trabajador fijo con la categoría de Oficial Conductor de 1ª,

así como los atrasos correspondientes al año inmediatamente anterior.

Sin embargo, al aplicar al personal municipal el nuevo régimen

retributivo contenido en la Ley 30/1984 de 2 de agosto de Medidas para la

Reforma de la Función Pública (Aprobada por acuerdo plenario de 12 de julio

de 1994), el puesto de trabajo nº 86 ocupado por dicho trabajador, se clasificó

como Ayudante (Grupo E Nivel 14 de C.D.) en lugar de Oficial (Grupo D

Nivel 16 de C.D.) que es el que correspondía al estar desempeñando este

trabajador, al igual que los conductores de Centros Culturales y Régimen

Interior, las funciones de conductor con varios años de anterioridad a julio de

1994.

Por todo ello y concurriendo los requisitos en el art. 105 de la Ley

30/1992 de 26 de noviembre de RJAP y PAC para la revocación de actos y

rectificación de errores, se propone la adopción del siguiente ACUERDO:

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PRIMERO: Rectificar el error existente en la clasificación del puesto nº 116

de la RPT de Personal Laboral (Conductor de Vehículos

Ligeros Disfuncionando) en el siguiente sentido:

Donde dice

116 Conductor Vehículos Ligeros Disfuncionando

L 1 E 14 CM 43 10.887,49

Debe decir:

116 Conductor Vehículos Ligeros Disfuncionando

L 1 E D CM 43 10.887,49

SEGUNDO: Que por la Unidad Administrativa de Recursos Humanos y

Régimen Interior, se liquiden y abonen a D. Magdalena Díaz

Casado las diferencias existentes entre las retribuciones

percibidas y las que correspondan a la nueva calificación del

puesto, incluso cotizaciones a la Seguridad Social, todo ello con

efectos desde febrero de 1990”.

Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado

transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales

asistentes del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal

de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal

Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.

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43.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

POPULAR SOBRE INVERSIONES DEL ESTADO EN LA

COMUNIDAD DE MADRID 2.008.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“El anexo de inversiones territorializadas para 2008 supone la

confirmación del abandono de los Presupuestos Generales del Estado como

instrumento de reequilibrio territorial y una nueva discriminación para los

madrileños. El proyecto de Presupuestos del Gobierno vuelve a olvidarse de

Madrid, ya que las inversiones territorializadas para nuestra Región se han

estancado para 2008.

Por cuarto año consecutivo, las inversiones previstas para la

Comunidad de Madrid crecen muy por debajo de la media de las comunidades

autónomas con un 0,49%, quince puntos menos que la media nacional. En

total, la Comunidad de Madrid recibirá en 2008 un 19% menos de inversiones

que en el año 2004, cuando en el conjunto de las Comunidades Autónomas

crecerá un 43%.

Esta situación se agrava si tenemos en cuenta que la población de la

Comunidad de Madrid ha crecido en 863.000 habitantes en los últimos años.

Por ello, las inversiones en nuevas infraestructuras son necesarias para la

vertebración de nuestra Región.

Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente

MOCIÓN:

PRIMERO.- El Pleno del Ayuntamiento de Leganés acuerda dirigirse al

Gobierno de España, requiriéndole que recoja en el Proyecto de

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 las

inversiones que la Comunidad de Madrid necesita, de tal

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manera que se corrija el déficit inversor de los últimos tres

ejercicios.

SEGUNDO.- Este acuerdo se trasladará, para su conocimiento, a la

Asamblea de Madrid y al Gobierno de la Comunidad de

Madrid”

Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado

transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales

asistentes del Grupo Municipal Popular y se abstuvo el Sr. Concejal del Grupo

Municipal de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo

Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda

Unida.

44.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

POPULAR PARA EL ACONDICIONAMIENTO DE LA ZONA

ALEDAÑA AL PARQUE PALESTINA EN EL BARRIO DE

LEGANES NORTE.

Se dio lectura a la moción presentada por el Grupo Municipal Popular

y después de amplia deliberación se asumió por todo los grupos municipales la

moción presentada, excepto el preámbulo de la misma, por ello, los Señores

reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

Vista la petición de los vecinos del Barrio de Leganés Norte respecto

al estado de total abandono que presenta la zona aledaña al Parque Palestina

desde hace casi un año.

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Se acuerda que se proceda al inmediato acondicionamiento y

ajardinamiento de la zona aledaña al Parque Palestina para el uso y disfrute de

todos los vecinos de Leganés.

45.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

POPULAR SOBRE LA FINANCIACIÓN DE LA LEY DE

DEPENDENCIA.

En relación con la moción presentada por el Grupo Municipal Popular

sobre la Financiación de la Ley de Dependencia, se ha presentado otra moción

alternativa suscrita por los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida.

Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por Grupo Municipal

Popular:

“Las Cortes Generales aprobaron la Ley 39/2006, de Promoción de

la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

El objetivo de esta Ley es atender las necesidades de aquellas

personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad,

requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria,

alcanzar una mayor autonomía personal y lograr el ejercicio de sus derechos.

Tal y como reconoce el legislador en su exposición de motivos, es

necesario que los ciudadanos y las Comunidades Autónomas gocen de un

marco estable de recursos y servicios para la atención a la dependencia.

Según el legislador, la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía

Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, nace como

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una “nueva modalidad de protección social que amplía y complementa la

acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social”. Sin

embargo, existen distintos niveles de protección y de atención a personas

dependientes, según las Comunidades Autónomas en las que residen, por lo

que la atención a los dependientes no es nueva en según qué Comunidades

Autónomas.

Así, la Comunidad de Madrid aprobó la Ley 11/2003, de 27 de marzo,

de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, en la que se apuesta por la

universalidad, equidad e igualdad de acceso de todos los ciudadanos a los

servicios sociales, clarificando y consolidando firmemente sus derechos.

Por otra parte, la Comunidad de Madrid y todos los municipios de su

Comunidad, tienen suscritos convenios para el desarrollo de los servicios

sociales generales.

La Ley 39/2006 establece para la Administración General del Estado

un nivel mínimo de protección garantizado financieramente, y la aportación de

fondos económicos para un segundo nivel de protección.

En la página 77 del programa electoral del PSOE para las elecciones

generales de 2004, se refleja el compromiso de crear un plan de atención a la

dependencia, al que “el Gobierno aportará inicialmente mil millones de

euros”.

Sin embargo, en el primer año, el año 2007, el Gobierno de la Nación

destina 220 millones de euros para la financiación del nivel acordado, de los

que 23,4 millones de euros han sido asignados a la Comunidad de Madrid, si

bien el Gobierno Regional no ha recibido aún la citada transferencia.

Adicionalmente, la Ley 39/2006 incorpora el copago de los servicios

para las personas dependientes, que debe ser incorporado en el desarrollo

reglamentario y que aún no ha sido establecido, contraviniendo lo establecido

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en la disposición adicional segunda de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de

Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente

MOCIÓN:

PRIMERO.- El Pleno del Ayuntamiento de Leganés acuerda dirigirse al

Gobierno de la Nación para que:

• Dote de la necesaria financiación a la Ley 39/2006, de

Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las

personas en situación de dependencia.

• Aporte la financiación necesaria en función del coste de los

servicios y de las prestaciones económicas de carácter

extraordinario, que garantice la igualdad efectiva y no

discriminación de todos los españoles en el ejercicio de los

derechos y el cumplimiento de los deberes.

• Cumpla con su promesa electoral de aportar 1.000 millones

de euros a la financiación de los servicios a las personas

dependientes.

• Colabore con las Corporaciones Locales y con la

Comunidad de Madrid en la financiación de los convenios

de servicios sociales en el marco de la estabilidad de

recursos y servicios para la atención a la dependencia que

recoge el espíritu de la Ley 39/2006.

SEGUNDO.- Este acuerdo se trasladará, para su conocimiento, a la

Asamblea de Madrid y al Gobierno de la Comunidad de

Madrid”.

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Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado

transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales

asistentes del Grupo Municipal Popular y se abstuvo el Sr. Concejal del Grupo

Municipal de ULEG, y votaron en contra los once miembros del Grupo

Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo Municipal de Izquierda

Unida.

En relación con el mismo tema se presento una moción conjunta de

los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida, del siguiente tenor:

“El 1 de enero de 2007 se pone en marcha la Ley 29/2006 que

garantiza un nuevo derecho subjetivo a la ciudadanía, con un presupuesto por

parte del Gobierno para cada Comunidad Autónoma de 23 millones de euros.

Se han mantenido diversas reuniones con las Comunidades

Autónomas en el Consejo Territorial de Atención a la Dependencia para la

puesta en marcha de una Ley de tan hondo calado social.

Los Ayuntamientos tenemos un papel fundamental que recoge la Ley

en su articulado, que ya hemos empezado a desarrollar con la información a

la población y la primera recogida de solicitudes de valoración, a través de los

Servicios Sociales.

A pesar de los decretos que se han aprobado, la Comunidad de

Madrid no está haciendo nada a la hora de desarrollarlos y no ha contado con

los municipios para acordar el desarrollo de los mismos.

Además, los municipios no han recibido ningún tipo de provisión

económica para poder reforzar el personal de Servicios Sociales, que es donde

va a recaer muchas de las fases del procedimiento (información, elaboración

del PIA, seguimiento, etc.), aún habiendo recibido la Comunidad Autónoma

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fondos económicos para este concepto por parte del Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales.

Por todo ello, proponemos al Ayuntamiento Pleno la adopción del

siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Que la Comunidad de Madrid financie al 100 por ciento los

costes de personal, equipamiento e infraestructura que

necesitan los Ayuntamientos para el desarrollo de esta Ley.

SEGUNDO.- Que la Comunidad de Madrid dote de Equipos de Valoración

suficientes y especializados para que las personas con

dependencia no tengan que trasladarse de su medio habitual

para ser valorados.

TERCERO.- Que la Comunidad de Madrid establezca un Plan de

Coordinación eficaz y realista entre los sistemas de Salud y

Servicios Sociales, como han hecho ya otras Comunidades

Autónomas.

CUARTO.- Que la Comunidad de Madrid aumente el número de plazas

residenciales, centros de día, centros de noche, etc. necesarios

para la aplicación de la Ley.

QUINTO.- Que la Comunidad de Madrid asuma el coste íntegro de los

Servicios de Ayuda a Domicilio y Tele-asistencia que ya en la

actualidad, y con financiación municipal, se prestan a grandes

dependientes.

SEXTO.- Dar traslado del presente Acuerdo a la Consejería de Familia y

Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y a la Federación

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de Municipios de Madrid, así como a las entidades sociales

para que todos seamos garantes de su cumplimiento”.

Sometida a votación la moción trascrita anteriormente, los Señores

reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos a favor de los

once miembros del Grupo Municipal Socialista y los tres miembros del Grupo

Municipal de Izquierda Unida, y los votos en contra de los doce Sres.

Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular y la abstención del Sr.

Concejal del Grupo Municipal de ULEG, en consecuencia acordaron:

PRIMERO.- Que la Comunidad de Madrid financie al 100 por ciento los

costes de personal, equipamiento e infraestructura que necesitan

los Ayuntamientos para el desarrollo de esta Ley.

SEGUNDO.- Que la Comunidad de Madrid dote de Equipos de Valoración

suficientes y especializados para que las personas con

dependencia no tengan que trasladarse de su medio habitual para

ser valorados.

TERCERO.- Que la Comunidad de Madrid establezca un Plan de

Coordinación eficaz y realista entre los sistemas de Salud y

Servicios Sociales, como han hecho ya otras Comunidades

Autónomas.

CUARTO.- Que la Comunidad de Madrid aumente el número de plazas

residenciales, centros de día, centros de noche, etc. necesarios

para la aplicación de la Ley.

QUINTO.- Que la Comunidad de Madrid asuma el coste íntegro de los

Servicios de Ayuda a Domicilio y Tele-asistencia que ya en la

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actualidad, y con financiación municipal, se prestan a grandes

dependientes.

SEXTO.- Dar traslado del presente Acuerdo a la Consejería de Familia y

Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y a la Federación

de Municipios de Madrid, así como a las entidades sociales para

que todos seamos garantes de su cumplimiento”.

46.- URGENCIAS.

Previa declaración de urgencia obtenida por unanimidad de los todos

los señores concejales asistentes se adopto el siguiente acuerdo: Modificar los

miembros que componen las siguientes Comisiones Informativas:

COMISIÓN INFORMATIVA DE RÉGIMEN JURÍDICO Y

HACIENDA.

Se nombra a D. ALARICO RUBIO Tello en sustitución de D. RAÚL

CALLE GALLARDO, por el Grupo Municipal de Izquierda Unida.

COMISIÓN INFORMATIVA DE ASUNTOS SOCIALES Y

PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Se nombra a Dª RAQUEL ARELLANO ALCOCER en lugar del

DON ÁNGEL LARGO PEÑAS, por el Grupo Municipal Popular

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47.- RUEGOS Y PREGUNTAS

Por el Grupo Municipal ULEG se efectúo los siguientes RUEGOS:

1.- Que el grupo municipal ULEG ha venido presentando desde su entrada

en la corporación municipal diferentes ruegos. Tales ruegos han sido

registrados oficialmente en las dependencias municipales establecidas al

efecto.

- Que con ocasión del próximo pleno ordinario del Ayuntamiento de

Leganés que se celebrará el 9 de octubre, el grupo municipal ULEG

quiere que se traten los temas allí registrados, y para ello reproduce y se

remite a los contenidos expresados en los citados ruegos y que en

resumen son:

a) Al concejal delegado de Sostenibilidad, Infraestructura y Servicios a la

Ciudad:

- “Problemas acústicos por el aparcamiento irregular de camiones en

Arroyo Culebro”. Fecha de registro: 27-9-07, nº 41623.

- “Instalación de farolas en parques de la localidad”. Fecha de

registro: 26-9-07, nº 41309.

- “Eliminación ruta autobús escolar Leganés Norte con institutos”.

Fecha de registro: 26-9-07, nº 41309.

- “Acondicionamiento de Plaza San Nicasio”. Fecha de registro: 3-9-

07, nº 37882.

b) A la concejala delegada de Servicios a la Ciudadanía y Nuevas

Tecnologías:

- “LAN Party”. Fecha de registro: 26-9-07, nº 41314.

- “Convertir La Fortuna en zona wifi”. Fecha de registro: 29-8-07, nº

37585.

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- “Problemas ADSL en Leganés Norte”. Fecha de registro: 3-8-07, nº

35432.

c) Al concejal delegado de Urbanismo e Industrias:

- “Normativa que rige en cuanto a distancia de las centrales eléctricas

de las zonas habitadas y urbanizables”. Fecha de registro: 29-8-07. nº

37586.

- “Vías de información y denuncia para abusos en compra de vivienda

de VPP”. Fecha de registro: 29-8-07, nº 37587.

d) Al concejal de Festejos.

- “Importe desglosado festejos taurinos en fiestas de Butarque”

RUEGO: A los diferentes concejales delegados del equipo de Gobierno,

que respondan y/o atiendan con ocasión del próximo pleno ordinario del

9 de octubre a los ruegos presentados por este Grupo Municipal.

Por el Grupo Municipal Popular se efectúo los siguientes RUEGOS:

1. Arreglen el adoquinado, instalen papeleras y juegos infantiles, arreglen

el sumidero(avda. Juan Carlos I), realicen labores de limpieza viaria,

desinsecten para intentar eliminar la ingente cantidad de cucarachas

existente, y eliminen las pintadas de los árboles, todo ello del espacio

interbloques de la parcela nº 9 de la Avda. Juan Carlos I, entre la Avda.,

c/ Monegros y c/ Pedroches.

Arreglen el sumidero situado en la zona ajardinada de Avda. Juan

Carlos I (a la altura del nº 3).

Finalicen las obras de mejora de las aceras en la Avda. Juan Carlos I,

que vienen realizándose desde hace más de un mes, con el consiguiente

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peligro para los vecinos.

Recuperen la zona ajardinada que existía en Avda. Juan Carlos I

esquina c/ Monegros, ya que las actuales obras de transformación en

acera están paradas desde hace más de un mes.

Reparación de la farola situada en el nº 23 de la Avda. Juan Carlos I,

quemada en un incendio hace meses.

Subsane las deficiencias existentes en los contenedores de basura con

sistema de recogida neumática en la Avda. Juan Carlos I, ya que su nulo

funcionamiento obliga a los ciudadanos a depositar las basuras fuera de

los contenedores, con los consiguientes problemas de olores para todos

los vecinos.

Se reparen las baldosas que se rompen en otras obras realizadas por el

Ayuntamiento, como las situadas en el portal 2 de la c/ Pedroches.

Pintar los pasos de peatones situados a la altura del nº 16 de la c/

Ampurdán, ya que no se distinguen.

Arreglo de rejillas y eliminación de alcorques con troncos cortados que

pueden ocasionar accidentes entre los viandantes en la Avda. Juan

Carlos I, a la altura de los nº 18 al 26.

Renovación de los juegos infantiles instalados en el espacio interbloque

de la Avda. Juan Carlos I nº 18 al 26, ya que además de no cumplir la

normativa vigente para estas instalaciones, presenta pésimas

condiciones (por ejemplo óxido).

Arreglo de la farola y reposición de la papelera situadas en la Avda.

Juan Carlos I nº26. Así como colocar la tapa metálica del cajetín de la

farola ya que en la actualidad los cables están tapados con un cartón.

Reponer las papeleras que han sido arrancadas del Centro Municipal

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Julián Besteiro.

Cambiar la colocación de la farola situada en el último escalón de la

subida al Centro Municipal Julián Besteiro, ya que impide a las

personas que usen los pasamanos acceder con facilidad al mismo.

Colocar las banderas correspondientes en el Centro Municipal Julián

Besteiro.

2.- La relación de denuncias puestas por la Policía Local de Leganés desde

el día 1 de julio de 2007.

3.- Se proceda a la construcción de una glorieta permanente u otra solución

estable en la confluencia de la calle Severo Ochoa con Esteban Terradas

en el Polígono Industrial de Butarque.

Se presenta al Pleno Municipal las siguientes PREGUNTAS:

1.- POR EL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL ULEG EN EL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS:

- ¿Informarán a este grupo municipal y por extensión al resto de los

vecinos de Leganés de la relación detallada de ingresos y gastos que se

obtuvieron con ocasión del Festimad de este año celebrado en

instalaciones municipales? ¿Quiénes han sido los destinatarios de esos

ingresos y bajo qué conceptos (publicidad, entradas, explotación

comercial de exteriores…)

- ¿Está entre los planes del equipo de gobierno construir un albergue

para indigentes y dar solución efectiva e integral a los problemas

habidos por el uso insalubre como vivienda del túnel de la estación del

antiguo Alcosto?

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- ¿Qué medidas se van a tomar para paliar los malos olores que

desprende el punto limpio ubicado en la Avenida de la Lengua Española

y que está generando mermas en la calidad de vida de los vecinos de la

zona?

- ¿Hay en marcha algún plan de coordinación con el IVIMA y con la

Comunidad de Madrid para dar solución a los problemas de convivencia

que afectan a Leganés Norte?

SOLICITA: Le sean respondidas con la suficiente profundidad y

precisión a las cuestiones que se les plantea.

2.- EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DESEA CONOCER LAS

RESPUESTAS A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:

- ¿Cuándo comenzaron las obras que se están realizando en la carretera

de Leganés a Carabanchel, desde el puente de la vía del tren hasta la

glorieta conocida como de la “Opel”?

- ¿Cuándo está previsto que finalicen dichas obras?

- ¿Por qué motivo se ha pintado raya amarilla continua en la calle

Constitución de Cádiz, en el lateral en el que se encuentra el Instituto

José Churriguera, perdiéndose de este modo numerosas plazas de

aparcamiento?

- ¿Tiene previsto el equipo de gobierno reponer las mencionadas plazas

de aparcamiento?

3.- Desde el pasado mes de agosto, existe en la carretera de Getafe hacia el

Polígono Industrial de Butarque, una vez se pasa el Centro Municipal

Las Dehesillas, una glorieta portátil.

El Grupo Municipal Popular desea conocer las respuestas a las

siguientes PREGUNTAS:

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- ¿Por qué motivo se han instalado quitamiedos de plástico formando la

citada rotonda?

- ¿Durante cuánto tiempo va a continuar de esta forma, entendemos que

provisional?

Por el Sr. Cenamor González se solicito informe sobre la aplicación de

la Ley 11/2003 durante los ejercicios 2004, 2005 y 2006.

Por el Sr. Alhambra García de Dionisio se solicito información sobre

las actuaciones ejercidas por la policía municipal en relación con el vandalismo

por pintadas, y las sanciones impuestas en virtud de las denuncias presentadas.

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó

la sesión, siendo las veintiuna horas y quince minutos, de todo lo que yo,

como Secretario doy fe.