UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO
FACULTAD DE ENFERMERÍA
ASIGNATURA: TALLER DE LEGISLACIÓN EN
SALUD Y ENFERMERIA
AUTORES:
Docente y estudiantes de la asignatura: Taller de Legislación
en salud y enfermería
ASESORA:
María Lucia Chanamè Carretero.
LAMBAYEQUE, JUNIO 2012
“SI NUESTROS DERECHOS QUEREMOS
DEFENDER, CONOCERLOS ES NUESTRO
DEBER”
I. DATOS GENERALES
I.1. Titulo:
“SI NUESTROS DERECHOS QUEREMOS DEFENDER,
CONOCERLOS ES NUESTRO DEBER”
I.2. Lugar de ejecución:
Ambientes de la Facultad de Enfermería: aula 5.
I.3. Total de horas:
20 horas
I.4. Fecha de ejecución:
21 de Junio – 12 de Julio del 2012
I.5. Beneficiarios:
Estudiantes de las facultades: FACEAC, FICSA, FACFYM,
FIQUIA, Medicina Veterinaria, Agrícola, Zootecnia de la
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.
I.6. Autores:
1. Aguirre Yamunaqué Victoria Astrid
2. Baldera Vidaurre María Lucinda
3. Barrios Yanayaco Jessika Maribel
4. Bazán Burga Katherine Nahir
5. Cabrejos Quispe Sindy Yamileth
6. Cervera Inolopú Mirella Geraldine
7. Chapoñan Rioja Alida Soledad
8. Chiroque Ruidias Clara Lizeth
9. Galán Fiestas Rossmery Yessenia
10. Gamarra Uceda Lucero Mercedes
11. Herrera Pérez Mayra Yaselit
12. Heredia Tapia Susana Lucia
13. Idrogo Díaz Margarita Carolina
14. Ignacio Córdova Katherine Noelia
15. Julón Guevara Yessica Yuliet
16. Lumbres Sánchez Yessica Johana
17. Mariño Pomares Juliana Katherine
18. Malca Tarrillo María Jesús
19. Mera Sifuentes Zilka Mercedes
20. Neciosup Quesñay Cinthya Elizabeth
21. Niño Mocarro Pilar Marjorie
22. Núñez Odar Isabel Carolina
23. Orihuela Bances Luz Aurora
24. Pérez Abad Miluska del Milagro
25. Pérez Acosta Paulina Pamela Rosalia
26. Rimarachín Aguilar Angelina
27. Rioja de la Cruz Juana Mayli
28. Riojas Flores Rosita del Milagro
29. Rubio Jiménez Yoela Natalì
30. Sánchez Puelles Liliana de los Milagros
31. Santa Cruz Reaño Percy Jonathan
32. Santamaría Sandoval Micaela Marilú
33. Sevilla Meza Cecilia Inés
34. Silva Vásquez Ethel Nohelia
35. Tello Monteza Evelyn
36. Villanueva Aguirre Tatiana Elizabeth
María Lucia Chaname Carretero
Asesora
Dennie Rojas Manrique
Jefe de Proyección Social
II. DATOS ESPECÍFICOS
II.1. EXPOSICIÓN DE LA SITUACIÓN PROBLEMA
Los derechos humanos son aquellos que gozamos, por el sólo hecho de
ser personas, sin distinción social, económica, política, jurídica e
ideológica.
En la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su articulo N°
1 afirma que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros”, sin embargo, esto no
se cumple en su totalidad en nuestro país, como por ejemplo a nivel del
sector salud y educación se evidencia constantemente los reclamos de
los usuarios por la falta de respeto a sus derechos.
Asimismo, en el artículo N° 26, inciso 2° afirma: “La educación tendrá por
objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento
del respeto a los derechos del hombre”, sin embargo, en nuestro país
poco se pone en práctica, por ejemplo en las instituciones de educación
superior como las universidades, en ocasiones no respetan los derechos
de los estudiantes.
En la constitución Política del Perú, en su artículo 18° declara: “La
educación universitaria tiene como fines la formación profesional”,
asimismo la ley universitaria N° 23733 dentro de sus fines declara en el
inciso F. “Orientar al estudiante en el desarrollo de sus aptitudes y
vocación, inculcándole actitudes de Responsabilidad y Solidaridad
Social”, fin que en su mayoría no se cumple por los miembros de la
comunidad universitaria, siendo ellos los que deben ser modelos para los
estudiantes.
La universidad nacional Pedro Ruiz Gallo, en su estatuto aprobado el 17
de Junio de 1992, en el capitulo II: de los deberes y derechos de los
estudiantes, Art. 165º refiere como deberes de los estudiantes en el
inciso g: “Dedicarse, con esfuerzo y responsabilidad, a su formación
integral y profesional”, el cual la gran mayoría de estudiantes lo cumplen.
En el artículo 166° se reconocen los derechos de los estudiantes pero
en ciertas oportunidades no se cumplen, por desconocimiento de estos.
Por ejemplo, al ingresar a la universidad son pocas las facultades que
toman en cuenta este artículo para preparar los cursos de inducción
dirigidos para a los estudiantes ingresantes. En el inciso “ d” se
menciona: “los estudiantes pueden expresar libremente sus ideas y no
ser discriminados y sancionados a causa de ella”; pero se escucha en los
pasillos de la ciudad universitaria a los estudiantes quejarse por no poder
expresar libremente sus ideas y si lo hacen son discriminados y
sancionados a causa de ellas por algunos docentes, que los amenazan
con reprobarlos.
En relación a las subvenciones hay derechos que también les asiste
según el inciso “i”, dice : “los estudiantes tienen derecho a recibir
subvenciones económicos de parte de la Universidad y solicitar el uso de
las unidades móviles para asistir a congresos gremiales, académicos y
científicos”; sin embargo, no se cumple este derecho, porque estudiantes,
amigos cercanos y/o familiares de las autoridades son beneficiados y
debido a que la gran mayoría desconocen o tienen temor a exigir este
derecho.
En relación a las evaluaciones en el inciso “m” señala: “los estudiantes
deben ser evaluados con estricto criterio académico – pedagógico”, sin
embargo en algunas escuelas profesionales los docentes no respetan
este derecho, prueba de ello es que más del 50% de los estudiantes
desaprueban sin que las autoridades intervengan, así mismo hay
estudiantes que solo les falta un curso para egresar, pero en algunas
oportunidades por haber reclamado sus derechos el docente u autoridad
han tomado represalias y lo desaprueba con la finalidad que no egrese.
Asimismo en el inciso “ñ” se señala que: “el estudiante puede Gozar de la
bolsa de trabajo, según los requisitos que fije el Reglamento”, pero este
es desconocido por los estudiantes y por lo tanto no es reclamado, a
pesar que muchos de ellos lo necesitan y cumplen con los requisitos
solicitados.
En relación al Art. 170º señala que para ser representante estudiantil
ante los órganos de gobierno se requiere: “ser estudiante regular, haber
aprobado dos semestres lectivos y treinta y seis créditos”, pero este
artículo se ve violentado por los docentes que en épocas electorales,
buscando su conveniencia desaprueban o aprueban al estudiante
candidato.
En el capítulo III: título XIII del bienestar universitario en su art. 262º
menciona: “las vacantes de los comensales son distribuidas en forma
proporcional al número de alumnos por Facultad. Corresponde a ésta
designar a los beneficiarios teniendo en cuenta su condición socio -
económica y su rendimiento”, sin embargo, este artículo no se cumple en
su mayoría de veces, lejos de constituir un bienestar para los estudiantes
se convierte en un malestar para ellos todos los inicios de ciclo, porque
hay reclamos hacia las autoridades y como no tiene respuesta positiva
terminan tomando la universidad y por lo tanto retrasando la actividad
académica.
De igual forma el sector salud no es ajeno a la violación de derechos
porque la ley general de salud N° 26842 en el artículo Nº 1 señala los
derechos del usuario a los servicios de salud que en su mayoría los que
brindan asistencia los desconocen o no aplican, entendiéndose como un
favor al usuario y no reconociéndole sus derechos. Evidencia el maltrato
que reciben de la poca información a la cual ellos pueden acceder.
Las estudiantes de enfermería que llevan la asignatura Taller de
legislación en salud y enfermería conscientes de esta problemática por la
que atraviesan como estudiantes y cansados de las injusticia cometidas a
sus compañeros, lo cual puede influir en su salud física o mental han
elaborado una jornada de Derechos denominada “SI NUESTROS
DERECHOS QUEREMOS DEFENDER, CONOCERLOS ES NUESTRO
DEBER” para los estudiantes de las diferentes facultades de nuestra
universidad. Con la finalidad de brindar información de los derechos del
estudiante y del usuario a los servicios de salud.
II.2. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA.
Las Estudiantes de enfermería son formadas para el cuidado de las
personas en todas sus dimensiones y reconocen que es su Deber todas
las personas son sujetos de derechos, y que cuando no son reconocidos
puede alterar su salud física mental, social.
Las estudiantes reconocen que los Derechos Humanos son inherentes a
todas las personas, en razón de su condición humana, pues estos surgen
como una necesidad de representar garantías y el valor de la vida de las
personas, siendo su propósito promover el bienestar individual y colectivo
sin ningún tipo de discriminación según la Declaración Universal de los
Derechos Humanos de 1948.
Así mismo la constitución de 1993 ampara los derechos de los
ciudadanos, exigiendo su cumplimiento ante cualquier autoridad y
permitiendo denunciar cualquier violación. Actualmente los derechos son
muy nombrados y reconocidos en muchas leyes pero pocos saben de la
importancia que tienen en su vida personal y profesional, como es el caso
de los derechos del estudiante universitario, los cuales en algunas
oportunidades son vulnerados por parte de; autoridades, docentes,
administrativos e incluso por los propios estudiantes, quienes
aprovechándose de su deficiencia de conocimientos y el temor abusan
de sus derechos.
Esta situación no solo sucede en educación sino también en Salud,
donde muchas veces se observa que usuarios que acuden en busca de
servicios: promoción , prevención .recuperación y/o rehabilitación se
encuentran con personas que lejos de ayudarles a satisfacer su
necesidad alterada, les hacen sentir que el trabajo que realizan es un
favor hacia su persona, dejando el lado humanitario con los que fueron
formados, desconociendo que el usuario esta pagando por el servicio y
que tiene derecho que sea de calidad, para lograr su completo bienestar.
Por ello las estudiantes de enfermería conscientes que dentro de sus
deberes esta el defender los derechos humanos tal como lo dispuesto en
el literal “J” articulo N”165 del capítulo II del Estatuto y que la violación a
los derechos puede producir alteraciones en la salud, desarrollará una
jornada denominada “SI NUESTROS DERECHOS QUEREMOS
DEFENDER, CONOCERLOS ES NUESTRO DEBER”, con la finalidad
de lograr la toma de conciencia por parte de los estudiantes universitarios
y cultivar una cultura de respeto, reconocimiento, difusión y promoción de
estos.
Así mismo para mejorar la formación académica, profesional y ciudadana
buscando la participación igualitaria en el ámbito de la Educación y
Salud, para fomentar el respeto irrestricto de sus derechos y el de los
demás respetando la dignidad de cada persona
Esta jornada busca constituirse en un aporte muy valioso para el
desarrollo de eventos similares en otras facultades, para el cumplimiento
de los fines de la universidad dentro de ellos que el contribuir a la
transformación estructural de la sociedad, y orientarla a romper la
dominación externa e interna.
II.3. OBJETIVO.
2.3.1 OBJETIVO GENERAL.
Sensibilizar y despertar el interés en los estudiantes
universitarios para conocer, defender y hacer respetar sus
derechos dentro y fuera de la casa universitaria,
fomentando una cultura de ciudadanía.
2.3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
Difundir los derechos de los estudiantes universitarios
para denunciar en casos de violación a la autoridad
pertinente
Difundir los derechos de los usuarios. a los servicios de
salud para denunciar en casos de violación a la autoridad
pertinente
Hacer respetar el estatuto y reglamentos que rigen los
derechos de los estudiantes en la UNPRG, así como la
ley de los usuarios a los servicios de salud.
II.4. Contenido
Derechos del usuario en salud
Derechos de los Estudiantes Universitarios
II.5. METAS
La meta propuesta por los autores de este proyecto de
proyección social es de lograr la participación de 120 alumnos.
Efectuando así:
05 sesiones de aprendizaje, sobre: Derechos
Universitarios y Derechos de los Usuarios a los
Servicios de Salud.
05 sesiones educativas a un total de 120 estudiantes
universitarios de las escuelas profesionales de la
UNPRG.
II.6. METODOLOGÍA
Este proyecto de proyección social se llevara a cabo a través de
una jornada educativa, con el objeto de incrementar la cultura de
los derechos humanos.
La ejecución del proyecto se realizará desde el día 21 de Junio
hasta el 12 de Julio, con actividades que logren sensibilizar y
comprometer a los estudiantes de las diferentes facultades de la
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo (FACEAC, FICSA,
FACFYM, FIQUIA, MEDICINA VETERINARIA, AGRÍCOLA,
ZOOTECNIA), sobre sus derechos como universitarios y
usuarios, para de esta manera lograr el respeto de los mismos.
El desarrollo de la Jornada de Proyección Social se realizará en
diferentes momentos en las fechas programadas para cada
actividad contando con la presencia de diversos estudiantes de
las escuelas profesionales de la UNPRG teniendo en cuenta el
cronograma establecido.
En un primer momento se coordinará con los estudiantes
haciendo la invitación respectiva por medio directo de las
estudiantes así también utilizando la difusión por medios
radiales y/o medio que se estime conveniente.
La metodología a emplear en las sesiones educativas son las
siguientes:
El proyecto incluye actividades que fomenten en los estudiantes
la reflexión, sobre la forma y magnitud en que se están violando
los derechos de universitarios y usuarios, que como tales nos
corresponde; actividades que difundan aquellas
manifestaciones habituales de no respeto hacia sus derechos,
así como actividades que promuevan el desarrollo personal
que ayuden a enfrentar esta situación.
Para dicha jornada se hará uso de metodología participativa
como Video Foro, entrevista, exposición dialogo, etc.
2.6.1. AFICHE:
Objetivo:
Lograr que la comunidad universitaria se entere y participe en las
diferentes actividades que se desarrollaran según el cronograma
establecido.
Descripción:
El afiche será diseñado por todos los estudiantes de la asignatura y
revisado por la docente, además será colocado en un lugar visible
y de mucho tránsito del campo universitario, pegado sobre una
vitrina, se colocará el afiche en A3 a partir del 18 de Junio hasta el
12 de Julio del presente año. El cual plasmará: logo y titulo del
proyecto, facultades a las cuales se les sensibilizará e instituciones
de apoyo. También se invitará a participar en las actividades del
proyecto.
2.5.2. ENTREVISTA (GRUPO 1)
Objetivo:
Obtener información cualitativa (opiniones, comentarios) y
cuantitativa (cantidades, frecuencias) del conocimiento delos
estudiantes, acerca de sus derechos como universitario y como
usuario.
Descripción:
La técnica de entrevista se utiliza para obtener información en
forma verbal (en forma de conversación, no de interrogación), a través de
una serie de preguntas propuestas por el 2do Grupo de trabajo. Además
permitirá relacionarse con los universitarios y recoger un conjunto de
hechos y/o experiencias necesarios para el estudio.
2.5.3. ESTUDIO DE CASOS y PLENARIA (GRUPO 2)
TÉCNICA 1: Estudio de caso y Plenaria
ESTUDIO DE CASOS
OBJETIVOS:
Empoderar a los jóvenes universitarios a cerca de los derechos
del usuario y sus derechos como estudiantes universitarios.
Desarrollar el análisis crítico a través del estudio de casos,
sobre el cumplimiento o violación de los derechos del usuario y
estudiante universitario.
Avanzar en el cumplimiento de los derechos universitarios y del
usuario.
DESCRIPCIÓN:
Un grupo estudia analíticamente y exhaustivamente un “caso” con
todos los detalles, para extraer conclusiones
Para ello se redactará detalladamente el caso que debe ser
analizado, el mismo que será distribuido a los participantes, para
su estudio.
Se seleccionará 1 coordinador por cada grupo bajo la asesoría de
2 compañeras. Serán 4 grupos de 6 cada uno
Cada participante identificará en las situaciones planteadas los
derechos que se vulneran a utilizando los conocimientos
transmitidos en la exposición diálogo.
El coordinador o quien él designe presenta el caso, con las
opiniones sintetizando las opiniones vertidas.
PLENARIA FINAL
OBJETIVOS:
Dar a conocer al grupo grande, las conclusiones de los
subgrupos para debatir las conclusiones generales.
Fomentar la participación de todos los asistentes
DESCRIPCION:
El grupo se reúne en su totalidad después del trabajo en
subgrupos, para exponer y debatir las conclusiones parciales.
Para ello primero el grupo grande se divide en subgrupos para
tratar el tema, mediante casos, eligen un secretario relator, el cual
leerla la síntesis de los casos dados. Los coordinadores indicarán
la hora exacta en que empezara el plenario. Además después de
que el secretario lee las conclusiones, el coordinador hace un
breve resumen y concede la palabra libre a los miembros del
plenario. Al final, se hará un resumen de lo discutido.
TÉCNICA 2: CONCORDAR Y DISCORDAR
OBJETIVOS:
Definir la posición individual y grupal en relación de una serie
de situaciones planteadas acerca de los derechos
universitarios.
Desarrollar la capacidad para fundamentar y exponer las
opiniones personales.
Desarrollar la capacidad para escuchar y analizar diferentes
puntos de vista con detalle y precisión.
DESCRIPCION:
Consiste en la entrega a cada uno de los estudiantes de una hoja
sobre los derechos del universitario pero abordado a partir de
varias situaciones. A partir de la reflexión individual, cada
estudiante determina con cuáles enfoques concuerda y con cuáles
no.
Seguidamente los participantes se organizan y constituyen en
pequeños grupos de trabajo donde sus miembros discuten sus
puntos de vista, llegan a un consenso y seleccionan un
representante en cada grupo que expondrá las conclusiones a las
que arribaron en sesión plenaria, con la orientación y dirección de
un grupo organizador, quienes conduce la sesión de manera de
potenciar el debate y la reflexión.
2.5.4. EXPOSICION – DIÁLOGO (GRUPO 3)
Objetivo:
Brindar información de un tema a los estudiantes, propiciando su
comprensión y participación (a través de experiencias,
comentarios, puntos de vista), en el transcurso de la exposición.
Descripción:
Esta técnica será utilizada por el 3er grupo de trabajo, el cual
abordará el tema de “Derechos de los Universitarios y del Usuario”,
a través de la comunicación verbal y con ayuda de elementos
técnicos, que este caso serán diapositivas y/o papelotes; de esta
forma presentará el tema al auditorio, asimismo el expositor deberá
hacer preguntas a los participantes para poner en evidencia la
experiencia de ellos y relacionarla con el contenido desarrollado.
Una vez respondidas dichas interrogantes, los expositores
sintetizarán estos resultados y llegaran a un consenso.
2.5.5. VIDEO FORO (GRUPO 4)
Objetivo:
Lograr en los estudiantes un alto grado de motivación, acerca de
sus derechos como Universitarios y como Usuarios, permitiendo el
respeto y no violación de éstos.
Descripción:
El video es un medio tecnológico, cuya característica principal es
que tiene posibilidades expresivas, las cuales permitirán alcanzar un
alto grado de motivación en los estudiantes, acerca de sus derechos
como Universitarios y como Usuario.
2.6.6. TALLER: BANCO DE PREGUNTA Y PARTICIPACIÓN ACTIVA
(GRUPO 5)
Objetivo:
Los estudiantes reconocen los derechos del usuario y
estudiante universitario mediante la lectura y participación
de los derechos más importantes.
Los participantes se comprometen a hacer respetar sus
derechos de estudiantes universitarios y usuarios.
Difundir los derechos de los estudiantes universitarios para
que accedan a todos beneficios de bienestar universitario
Descripción:
Esta técnica será utilizada para el desarrollo de la 5ta presentación,
el cual abordará el tema de “Derechos de los Universitarios y del
Usuario”, a través de la participación activa de los estudiantes
invitados así como el desarrollo del banco de preguntas que
consiste en la entrega de fichas de colores donde se plasmará
preguntas y respuestas por separado.
Se organizaran a los participantes agrupándolos para iniciar la
sesión.
Se pide iniciar la ronda de preguntas a cualquier equipo y
responderá el equipo que contenga la ficha con el color y respuesta
correspondiente a dicha pregunta haciendo un acumulo de puntos
a favor.
Una vez respondidas dichas interrogantes, los expositores
responderán las interrogantes resultados en dicha sesión y
pedirán a los estudiantes compartir alguna experiencia propia de
alguna vivencia.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.
Equipos de Trabajo Actividades
21 de Junio 22 de Junio 28 de Junio 29 de Junio 12 de Junio
Cabrejos Quispe
Sindy Yamileth
Heredia Tapia Susana
Lucia
Idrogo Díaz Margarita
Carolina
Mera Sifuentes Zilka
Mercedes
Neciosup Quesñay
Cinthya Elizabeth
Niño Mocarro Pilar
Marjorie
Tello Monteza Evelyn
Grupo
expositor
Cambiar
data, fotos y
evaluación
Recepción y
entrega de
materialRefrigerio
Arreglo de
ambiente y
difusión de
información.
Julón Guevara
Yessica Yuliet
Mariño Pomares
Juliana Katherine
Pérez Abad Miluska
del Milagro
Pérez Acosta Paulina
Pamela Rosalia
Rioja de la Cruz Juana
Mayli
Rubio Jiménez Yoela
Natali
Silva Vásquez Ethel
Nohelia
Villanueva Aguirre
Tatiana Elizabeth
Arreglo de
ambiente y
difusión de
información.
Grupo
expositor
Cambiar
data, fotos y
evaluación
Recepción y
entrega de
material
Refrigerio
Aguirre Yamunaqué
Victoria Astrid
Cervera Inolopú
Mirella Geraldine
Herrera Pérez Mayra
Yaselit
Núñez Odar Isabel
Carolina
Santa Cruz Reaño
Percy Jonathan
Sevilla Meza Cecilia
Inés
Refrigerio
Arreglo de
ambiente y
difusión de
información.
Grupo
expositor
Cambiar
data, fotos y
evaluación
Recepción y
entrega de
material
Barrios Yanayaco
Jessika Maribel
Bazán Burga
Katherine Nahir
Gamarra Uceda
Lucero Mercedes
Malca Tarrillo María
Jesús
Orihuela Bances Luz
Aurora
Riojas Flores Rosita
del Milagro
Sánchez Puelles
Liliana de los Milagros
Recepción y
entrega de
material
Refrigerio Arreglo de
ambiente y
difusión de
información.
Grupo
expositor
Cambiar
data, fotos y
evaluación
Baldera Vidaurre
María Lucinda
Chapoñan Rioja Alída
Soledad
Galán Fiestas
Rossmery Yessenia
Ignacio Córdova
Katherine Noelia
Lumbres Sánchez
Yessica Johana
Rimarachín Aguilar
Angelina
Santamaría Sandoval
Micaela Marilú
Cambiar
data, fotos y
evaluación
Recepción y
entrega de
material
Refrigerio Arreglo de
ambiente y
difusión de
información.
Grupo
expositor
PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO.
FECHA ACTIVIDADES RECURSOS
NECESARIOS
RESPONSABLES CANTIDAD TOTAL
(soles)
21 de
Junio
VIDEO FORO INTERNET
FOTOCOPIADO
CD
Grupo 1 3
21
1
3.00
2.00
1.00
22 de
Junio
PLENARIA –
ESTUDIO DE
CASOS
2 CARTULINAS
32
IMPERDIBLES
PLUMÓN
IMPRESIONES (50.2)
CASO AGENDA DIPTICO CONCORDAR
Y DISCORDAR
FORMATO DE ASISTENCIA
DERECHOS UNIVERSITARIOS
COPIAS (8.9)
CASOS: CONCORDAR
Y
Grupo 2 2 HOJAS x
0.10
183 HOJAS x
0.20
24 HOJAS x
0.50
2 HOJAS x
0.10
2 HOJAS x
0.10
10 HOJAS x
0.10
0.80
2.00
1.00
0.20
36.6
12.0
0.20
0.20
1.00
0.30
1.40
DISCORDAR
10 HOJAS x
0.03
24 HOJAS x
0.06
120 HOJAS x
0.06
7.20
62
28 de
Junio
EXPOSICION
DIÁLOGO
INTERNET
CD
Grupo 3 3 h
1
3
1
29 de
Junio
VIDEO FORO INTERNET
CD
QUEMADA
Grupo 4 3
1
1
3
1.50
1.50
12 de
Julio
BANCO DE
PREGUNTAS
Papeles de
colores
Impresiones
Tijeras
Papel bond
Plumones
Premio.
Grupo 5 25
25
10
12
21
2.5
3
1.00
5
21
(*) SUB TOTAL: S/. 72.50 nuevos soles.
Este proyecto será autofinanciado por los alumnos del VI ciclo de la
Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo” de
la asignatura Taller en Legislación.
II.7. EVALUACIÓN
2.8.1. INDICADORES DE ESTRUCTURA.
El Proyecto e Informe de Proyección Social y Extensión de la Asignatura,
serán ejecutados en las fechas programadas.
Las Estudiantes y Docente del VI ciclo del Curso Taller de Legislación en
Enfermería, realizaran la coordinación personal con los estudiantes de las
siguientes facultades: FACEAC, FICSA, FACFYM, FIQUIA, MEDICINA
VETERINARIA, AGRICOLA, ZOOTECNIA.
Se realizara la coordinación con la Facultad de Enfermería para el
ambiente, equipos y materiales. Además de coordinar para la ejecución
de las sesiones educativas, realizadas oportunamente.
Los materiales para la ejecución de las sesiones educativas, serán los
suficientes y adecuados, cumpliendo con los objetivos establecidos.
Los cargos de oficios serán dirigidos a las diferentes instancias. Dichos
oficios fueron dirigidos a instituciones para coordinar o solicitar permisos y
realizar las actividades programadas.
2.8.2. INDICADORES DE PROCESO.
− Participación de docente y estudiantes en las diversas
sesiones educativas.
− Oportunidad de las actividades de Monitoreo y
supervisión.
2.8.3. INDICADORES DE PRODUCTO
− Número de sesiones educativas que serán ejecutadas en
relación a las metas.
− Número de beneficiarios con sesiones educativas en
relación a la meta proyectada.
− Hoja de firmas de los estudiantes participantes en las
diversas sesiones educativas relacionadas con los
siguientes temas: Derechos de los Estudiantes
Universitarios y del usuario a los servicios de salud.
− Fotos de cada sesión educativa.
2.8.4. INDICADORES DE IMPACTO.
− Estudiantes que expresan su compromiso de respetar y hacer
respetar sus derechos universitarios .
− Estudiantes que expresan su compromiso de respetar y hacer
respetar sus derechos como usuarios a los servicios de salud.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Bernales Ballesteros, Enrique (en colaboración de Alberto
Otárola): La Constitución de 1993. Lima, Ediciones
Constitución y Sociedad, 1999.
Consejo Nacional de Derechos Humanos Plan Nacional de
Derechos Humanos 2006-2010
Demory, Bernard. “Técnicas de Creatividad”. Editorial
Magisterio. Buenos Aires. (1991).
Estatuto y Reglamento de la UNPRG. Perú.
Fernández March Amparo. Metodologías educativas.
Instituto de la Educación. Universidad de Valencia.2005.
Ley Universitaria nº 23733, y sus modificatorias
ANEXOS
ANEXO 1:FICHAS DE ASISTENCIA
UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO
FACULTAD DE ENFERMERÍA
ASIGNATURA: Legislación en Salud y Enfermería
JORNADA:
“SI NUESTROS DERECHOS QUEREMOS DEFENDER,
CONOCERLOS PRIMERO ES NUESTRO DEBER”
FECHA:............................ TEMAS……..
ASISTENCIA
N° APELLIDOS Y NOMBRES FACULTAD CICLO FIRMA
RESPONSABLE
DE LA INVITACION
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO
FACULTAD DE ENFERMERÍA
ASIGNATURA: Legislación en Salud y Enfermería
JORNADA:
“SI NUESTROS DERECHOS QUEREMOS DEFENDER,
CONOCERLOS PRIMERO ES NUESTRO DEBER”
FECHA:.............................
ASISTENCIA
N° APELLIDOS Y NOMBRES FACULTAD CICLO FIRMA RESPONSABLE DE LA INVITACION
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
ANEXO 02: FICHA DE EVALUACIÓN DEL TALLER
EVALUACION DEL TALLER “SI NUESTROS DERECHOS
QUEREMOS DEFENDER, CONOCERLOS PRIMERO ES NUESTRO
DEBER”
Tema:…………………………………………… Fecha:
…………………
Responsables……………...................................................................
............................................................................................................
1,. Como evalúa la sesión educativa en forma general
1,. Malo 2.- regular 3.- bueno 4.- muy bueno 5.-exelente
2.- Como evalúa la presentación de la sesión educativa.
1,. Malo 2.- regular 3.- bueno 4.- muy bueno 5.-exelente
3.- Como evalúa la motivación de la sesión educativa.
1,. Malo 2.- regular 3.- bueno 4.- muy bueno 5.-exelente
4.- Como evalúa el contenido de la sesión educativa.
1,. Malo 2.- regular 3.- bueno 4.- muy bueno 5.-exelente
5.- Como evalúa la metodología desarrollada de la sesión
educativa-
1,. Malo 2.- regular 3.- bueno 4.- muy bueno 5.-exelente
6.- Como evalúa el material entregado
1,. Malo 2.- regular 3.- bueno 4.- muy bueno 5.-exelente
7.- Sugerencias para mejorar la sesión educativa
___________________________________________________________
GRACIAS
ANEXO N°3
DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS
LEY UNIVERSITARIA N°23733
El Perú es un estado jurídicamente organizado que realiza y centra sus
acciones bajo las leyes que rigen nuestro país. La Constitución Política
del Perú, es la carta magna que contiene las leyes nacionales en los
diversos aspectos y sectores que se administran en nuestro país, y de la
cual se desprenden otras leyes como la ley universitaria N°23733 , la
cual sirve de base para estipular estatutos y reglamentos para dirigir a la
universidad pública y privadas.
En el artículo 2 inciso a de la constitución política, se indica que toda
persona tiene derecho: “A la vida, a su identidad, a su integridad moral,
psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar”. Por tanto, enuncia
concisamente los derechos fundamentales de la persona, sin embargo, en
ocasiones no se evidencia, al verse vejados por falsos lideres o por
personas que solo buscan el beneficio propio y no el bien común.
Este grave problema, se evidencia en los diferentes sectores de
desarrollo que existen en el país. El sector educación, actualmente se ve
desmerecido por los múltiples atropellos hacia los estudiantes.
En nuestro país, la universidad pública presenta diversos problemas, ya
sean económicos, administrativos, pedagógicos etc. Lo que hace, en
ocasiones, que se desvirtúe la capacidad de enseñanza y el nivel de
profesionales que egresa.
Uno de los problemas que más se puede ver, es la violación de los
derechos de los estudiantes universitarios.
Atento a lo anterior es de vital importancia entender y conocer la situación
de los alumnos en la Universidad, tomando en cuenta sus derechos que
surgen de su condición privilegiada de estudiantes, así como de su
función en la estructura universitaria.
Avocándonos hacia el derecho podemos decir que todo alumno lo tiene,
al recibir la mejor preparación posible, derecho a ser educado y
capacitado para desarrollar un trabajo socialmente útil, derecho que
compromete a todos los sectores que integran a la Universidad.
En la Ley Universitaria N° 23733 en su Capítulo VI: de los Estudiantes,
en los artículos N° 55 al 61 se contemplan los deberes y derechos de los
estudiantes universitarios, así mismo en el Estatuto de la Universidad
nacional Pedro Ruiz Gallo en el Titulo VII De Los Estudiantes, en su
capítulo II De los Deberes y Derechos de los estudiantes y en el título XIII
Del Bienestar Universitario se hace el reconocimiento de los derechos
que deben gozar los estudiantes universitarios.
ANEXO N°4
DEL ESTATUTO DE LA UNPRG
TITULO VI: DE LOS ESTUDIANTES
CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Art. 162º: Son estudiantes de la UNPRG quienes, habiendo aprobado el
nivel de educación secundarla y cumplido con los requisitos de admisión,
se encuentra matriculados para seguir estudios que los conduzcan a la
obtención de un grado académico o un título profesional.
Art.163º. Los alumnos extranjeros no requieren de visa para la matrícula
pero sí para su posterior regularización.
Art. 164º. Están exonerados del procedimiento ordinario de admisión:
a) Los graduados o titulados de la UNPRG u otras instituciones del
nivel universitario, de acuerdo a Ley.
b) Los estudiantes de otras instituciones de nivel universitario que
hayan aprobado por lo menos cuatro períodos lectivos semestrales o dos
anuales o sesenta y dos créditos.
c) Los dos primeros alumnos de los centros educativos de nivel
secundario de la Región, de acuerdo con el reglamento.
d) Los que ocupan los primeros puestos en el Centro Preuniversitario
de la UNPRG, hasta cubrir el número de vacantes señaladas para este
caso.
CAPITULO II: DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS
ESTUDIANTES
Art. 165º. Son deberes de los estudiantes:
a) Cumplir la Ley Universitaria, el Estatuto y demás normas que
regulan la vida institucional.
b) Contribuir al progreso y desarrollo regional y nacional a través del
estudio, la investigación y proyección social y el enjuiciamiento crítico
de la realidad regional, nacional e internacional.
c) Observar un comportamiento digno que contribuya a elevar el
prestigio de la Universidad.
d) Contribuir a la conservación e incremento del patrimonio
cultural y material de la Universidad.
e) Respetar los derechos de los miembros de la comunidad
universitaria.
f) Defender la autonomía académica, económica, normativa y
administrativa de la Universidad.
g) Dedicarse, con esfuerzo y responsabilidad, a su formación
integral y profesional especialmente.
h) Participar responsablemente en los órganos de gobierno de la
Universidad.
i) Votar en las elecciones de los representantes ante los órganos de
gobierno
j) Defender los derechos humanos.
Art. 166°. Son derechos de los estudiantes:
a) Participar activamente en su formación académica, en todos sus
aspectos, incluidas la investigación y la proyección social.
b) Recibir una sólida y eficiente formación académica y profesional en
un área libremente escogida.
c) Utilizar los servicios académicos y los de bienestar universitario y
asistencia social.
d) Expresar libremente sus ideas y no ser discriminados y
sancionados a causa de ellas.
e) Integrar los órganos de gobierno de la universidad.
f) Elegir y ser elegido, conforme a las normas establecidas.
g) Asociarse libremente, de conformidad con la ley y la Constitución
del Estado, para fines relacionados con la Universidad.
h) Participar en los procesos de ingreso, ratificación, ascensos y
sanciones de los docentes conforme a ley, el Estatuto y los
Reglamentos.
i) El pasaje universitario conforme a ley.
j) La gratuidad de la enseñanza.
k) Adquirir los productos alimenticios que genera la Universidad.
l) Recibir subvenciones económicas de parte de la Universidad y
solicitar el uso de las unidades móviles para asistir a congresos
gremiales, académicos y científicos.
m) Adquirir libros exonerados de impuestos a través de la Universidad.
n) Ser evaluados con estricto criterio académico - pedagógico.
o) El traslado interno de una Facultad a otra, según el Reglamento.
p) Gozar de la bolsa de trabajo, según los requisitos que
fije el Reglamento correspondiente.
q) Integrar los organismos gremiales.
r) Participar de los estímulos que otorga la Universidad.
s) Gozar de asesoría legal por cuenta de la Universidad en
situaciones que comprometan su libertad.
Art. 167º. La Universidad procura, a través de la suscripción de convenios,
que las prácticas pre- profesionales de los estudiantes les garanticen los
mayores beneficios posibles por parte de las entidades en que las
efectúan.
Art. 168º. La representación estudiantil en los órganos de gobierno de la
Universidad es elegida en votación -secreta, directa, universal y
obligatoria, con el sistema de lista incompleta. En ningún caso hay
reelección para el período siguiente.
Art. 169º. Los representantes de los estudiantes en los diferentes
organismos de gobierno están impedidos de tener cargo o actividad
rentada en la Universidad, durante su mandato y hasta un año después
de terminado éste.
Art. 170º. Para ser representante estudiantil ante los órganos de gobierno
se requiere: ser estudiante regular, haber aprobado dos semestres
lectivos y treinta y seis créditos, y no haber incurrido en delito o falta en
agravio de la Universidad.
Art. 171º. Los estudiantes son sancionados, según la gravedad de la
falta, con amonestación, suspensión o separación.
El Reglamento General de la Universidad tipifica las faltas y establece el
procedimiento para la aplicación de las sanciones.
CAPITULO III: DE LOS ÓRGANOS GREMIALES ESTUDIANTILES
Art. 172º. La Universidad reconoce a la Federación Universitaria de la
UNPRG como único organismo gremial estudiantil. Los Centros
Federados son reconocidos por las respectivas Facultades, con
conocimiento del Consejo Universitario.
Art 173º. La Universidad reconoce a la Federación de Estudiantes del
Perú (FEP) como organismo gremial máximo representativo de los
estudiantes universitarios del país.
Art. 174º. Los órganos de gobierno de la Universidad otorgan apoyo
material, técnico y económico a los organismos estudiantiles para el
ejercicio de sus funciones.
Art. 175º. La Universidad dota de locales a los gremios estudiantiles
dentro de la Ciudad Universitaria.
Art. 176º. Los organismos estudiantiles tienen derecho a subvención y
movilidad, dentro de las posibilidades, para asistir a congresos u otros
eventos estudiantiles de carácter oficial.
Art. 177º. La elección de la directiva de los gremios se realiza de acuerdo
con sus propios reglamentos.
Art. 178º. La Universidad no reconoce organismos estudiantiles paralelos.
(*) Artículo modificado por el artículo 1 del Decreto Legislativo N°739,
publicado el 12-de noviembre de 1991, cuyo texto es el siguiente:
"Artículo 60.- Para ser representante de los estudiantes en los diferentes
organismos de Gobierno de la Universidad se requiere: ser estudiante
regular de ella, no haber perdido la gratuidad de la enseñanza en los
semestres lectivos anteriores por las causales que determine la ley, tener
aprobados dos semestres lectivos completos o un año o treinta y seis (36)
créditos según el Régimen de Estudios y no haber incurrido en
responsabilidad legal por acto contra la Universidad. El periodo lectivo
inmediato anterior a su postulación debe haber sido cursado en la misma
universidad. En ningún caso hay reelección para el período siguiente al
del mandato para el que fue elegido".
“Artículo 61. Los representantes de los estudiantes en los organismos de
gobierno de la Universidad y de la facultad están impedidos de tener
cargo o actividad rentada en ellas durante su mandato y hasta un año
después de terminado este.”
TITULO XIII
DEL BIENESTAR UNIVERSITARIO
Art. 247°. Bienestar Universitario es el conjunto de acciones
destinadas a brindar servicios indispensables y a facilitar el logro de la
realización plena de docentes y estudiantes. Se impulsa a través de la
Oficina Central de Bienestar Universitario.
Art. 248°. Dentro de sus posibilidades, la Universidad se procura la
infraestructura necesaria para cumplir con los servicios de salud y
recreación, así como de cafetería, vivienda, deportes, biblioteca, asesoría
jurídica y otros en beneficio de la comunidad universitaria.
Art. 249°. Los servicios médico y dental son prioritarios. Están a cargo de
especialistas y brindan servicio permanente.
Los alumnos de las Facultades de Medicina Humana, Enfermería y
Biología colaboran en la prestación de estos servicios.
Art. 250°. La Universidad gestiona la incorporación de los estudiantes
como beneficiarlos de las prestaciones de salud del Instituto Peruano de
Seguridad Social o de otros organismos asistenciales.
Art. 251°. Un programa de becas da a los miembros de la comunidad
universitaria la oportunidad de seguir estudios de post grado y
especialización. El Reglamento General establece los requisitos y
condiciones.
Art. 252°. De manera preferencial la Universidad organiza y pone en
funcionamiento la Librería Universitaria, que debe ofrecer a la
comunidad universitaria el material bibliográfico indispensable a precios
inferiores a los del mercado. La Librería cuenta con presupuesto
específico e intangible.
Art. 253°. La Universidad otorga becas de estímulo a los cuatro primeros
alumnos de cada Facultad.
Del mismo modo concede bolsas de trabajo a los alumnos que a criterio
de la Facultad merezcan este beneficio por su buen rendimiento y
situación económica precaria. El Reglamento establece los requisitos y
condiciones.
Art. 254°. Se procura la suscripción de convenios que den a los
estudiantes la oportunidad de efectuar prácticas rentadas en las
empresas públicas y privadas
Art. 255°. En la medida de las posibilidades, la Universidad brinda ayuda
económica a los miembros de la comunidad universitaria que deseen
participar en certámenes de carácter científico. Por lo menos se procura
brindar servicios de movilidad para la asistencia a esta clase de
certámenes o cualquier acto social o cultural.
Art. 256°. A través de un fondo especial se otorga premios a los autores
de las mejores tesis y de trabajos de investigación sobresalientes.
Art. 257°. Se brinda especial atención a la organización de
competencias deportivas internas y externas, promoviendo la
participación de todos los miembros de la comunidad universitaria. En la
organización y desarrollo de estas competencias participan,
preferentemente, los alumnos de la especialidad de Educación Física,
bajo el asesoramiento de sus profesores. Anualmente se programa las
Olimpiadas Internas
Art. 258°. La Universidad efectúa las gestiones pertinentes para hacer
realidad el establecimiento de la media entrada para estudiantes a
espectáculos culturales, artísticos y deportivos; asimismo, para mantener
la vigencia del pasaje universitario y extenderlo al servicio interprovincial.
Art. 259°. La Universidad, a través de sus Facultades y en la medida de lo
posible, brinda asesoría técnica gratuita a los miembros de la comunidad
universitaria. En forma especial, a través de su Facultad de Derecho,
ofrece servicios de consultoría jurídica.
Art. 260°. Los hijos de los profesores y trabajadores no docentes están
exonerados del pago de derechos de admisión y otros de acuerdo con lo
que se establece en el Reglamento General.
Art. 261°. Comedor Universitario depende de la Oficina Central de
Bienestar Universitario, la misma que lo administra directamente o lo cede
en concesión anual.
Art. 262º. La Universidad subsidia parte de la ración alimenticia a los
estudiantes regulares comensales del comedor. Los docentes, no
docentes y estudiantes no comensales que requieren los servidos del
Comedor, pagan el precio del costo.
Las vacantes de comensales son distribuidas en forma proporcional al
número de alumnos por Facultad. Corresponde a ésta designar a los
beneficiarios teniendo en cuenta su condición socio - económica y su
rendimiento.
Se procura incrementar anualmente el número de vacantes, en función de
la disponibilidad presupuestal.
Art. 263º. El Comité de Defensa de los Comensales (CODECO) es el
organismo representativo de los estudiantes comensales ante la
Universidad, se rige por su propio Reglamento.
DEL REGLAMETO
TITULO V: DE LOS ESTUDIANTES
CAPITULO I: NORMAS GENERALES
Art. 175º: Es estudiantes regular el alumno que ha registrado su matrícula
en un número de créditos para el semestre, no menor de un décimo de su
carrera por año. El alumno matriculado en un número de créditos menor
no es estudiante regular.
Art. 176º: Es estudiantes regular el alumno que registra su matrícula y
aprueba un mínimo de doce créditos semestrales.
Art. 177º: El estudiante que habiendo ingresado a la Universidad se
matricula durante el periodo de matrícula inmediato a su ingreso,
conserva su derecho de ingreso aunque abandone los estudios en el
curso del ciclo. El que no, lo pierde.
Art. 178º: El alumno ingresa a una escuela profesional y pertenece
solamente a ella. Si su admisión en una determinada escuela profesional
se ha efectuado por la vía del traslado interno, pierde su derecho de
alumno en la escuela de origen.
Art. 179º: Son incompatibles las calidades de alumno y profesor de la
misma escuela.
Art. 180º: Los alumnos pueden matricularse solo en una escuela
profesional.
Art. 181º: El alumno pierde la condición de tal:
a) Por no haber registrado su matrícula una vez concluido el proceso.
Recobra la condición de alumno al reactualizar su matrícula.
b) Por haber concluido los estudios profesionales de acuerdo con el
currículo de la respectiva escuela profesional.
c) Por habérsele impuesto la medida disciplinaria de suspensión, por
el tiempo que dure la misma.
d) Por haber sido separado de la universidad por medida disciplinaria.
CAPITULO II: DEL INGRESO A LA UNIVERSIDAD
EL PROCESO DE ADMISION
SUBCAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Art. 182º: El ingreso a la UNPRG se efectúa por concurso, a una
determinada escuela profesional. El concurso de admisión comprende las
siguientes modalidades:
A. Examen de Admisión; y
B. Exoneración del examen de Admisión:
a) Por méritos (primeros puestos en secundaria)
b) Por tener la condición de graduado o titulado.
c) Por cambio de universidad; y
d) Por haber obtenido vacante a traves del Centro Preuniversitario.
e) Por deportista calificado.
Art. 183º: El número de vacantes en las diferentes modalidades es
propuesto por cada Facultad, y ratificado por el Consejo Universitario.
Art. 184º: En cualquier caso el postulante debe registrar personalmente su
inscripción.
Art. 185º: Los postulantes que presentaran documentos falsos o
adulterados serian eliminados del proceso de admisión e inhabilitados
para postular a la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, sin perjuicio de
las acciones judiciales que produjeran.
Art. 186º: Cada postulante se inscribirá como aspirante a una sola escuela
profesional. Producida la inscripción no podrá variarla por ninguna
circunstancia; de hacerlo queda automáticamente excluido del proceso de
admisión.
Art. 187º: Los postulantes que habiendo alcanzado vacantes por cualquier
modalidad no se matriculan dentro del plazo establecido, pierden las
vacantes, las mismas que no pueden cubrirse de ninguna manera.
Art. 188º: El estudiante que alcanza vacante a través del Centro
preuniversitario está impedido de postular en las otras modalidades de
ingreso. De hacerla, pierde la vacante ya obtenida y queda descalificado
en la otra modalidad. Ningún alumno de la Universidad puede ingresar a
otra escuela profesional a través del Centro preuniversitario.
Art. 189º: El alumno de una determinada escuela profesional que postula
a otra e ingresa pierde su calidad de alumno de la primera.
Art. 190º: El Fedatario de la Universidad interviene para dar fe en los
actos más importantes del concurso de admisión a los que es convocado
por la Comisión de Admisión.
Art. 191º: La organización conducción y ejecución del proceso de
admisión, en sus diferentes modalidades, está a cargo de:
1. La Comisión de Admisión
2. La Oficina Central de Admisión
CAPITULO III: DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Art. 206º: La libre expresión de las ideas que reconoce el inc. <<d>> del
Art.166 del Estatuto como un derecho de los estudiantes, debe ejercerse
con altura, con respeto a la dignidad ajena y con la debida tolerancia a las
ideas de los demás como lo exige la categoría de centro de educación
superior de la Universidad.
Art. 207º: La gratuidad de la enseñanza, a la que se refiere el inciso <<j>>
del art.166° del Estatuto, se entiende sólo como la no obligación de pagar
pensiones de enseñanza. No incluye el pago de tasas, derechos, etc. por
los servicios adicionales que la ley autoriza.
Art. 208º: Los alumnos están obligados a asistir a clase. La asistencia al
dictado de clases es un factor general de evaluación.
Art. 209º: Los estudiantes pueden efectuar sus prácticas pre-
profesionales en empresas o instituciones públicas o privadas, ya sea a
través de convenios o por gestión directa del estudiante, pero, en todo
caso, previa autorización del plan correspondiente por parte de la
Facultad. Ninguna práctica es válida si no ha sido autorizada antes de su
iniciación.
Art. 210º: La universidad estimula a sus alumnos mediante otorgamiento
de subvenciones, para ayudantías de cátedras y bolsas de trabajo. Estas
son de carácter temporal y están sujetas a las posibilidades económicas.
Se rigen por este reglamento General y por el reglamento específico que
apruebe cada facultad. En ningún caso estos estímulos pueden
prolongarse por un tiempo mayor de dos semestres académicos.
Art. 211º: La subvenciones para ayudantías de cátedra se otorgan a los
estudiantes regulares del tercio superior y del último año académico, cuyo
rendimiento sea destacado en una asignatura o área de formación
profesional, en la que el número de alumnos, secciones, grupos horarios y
la intensidad del trabajo académico-practico lo justifique y el profesor de la
asignatura lo solicite.
Art. 212º: Las bolsas de trabajo son compensaciones que se otorgan a los
estudiantes por cumplir tareas de apoyo temporal de carácter académico
y técnico, a partir del segundo ciclo.
Art. 213º: Son requisitos para que un estudiante sea beneficiario de una
subvenciona:
a) Para el caso de ayudantía de cátedra:
- Ser estudiante regular los tres últimos ciclos de la carrera.
- Ocupar uno de los veinte lugares en el orden de mérito, y ocupar
uno de los tres primeros puestos en la asignatura materia de la ayudantía
b) Para el caso de Bolsa de Trabajo:
- Ser estudiante regular con un semestre académico aprobado como
mínimo.
- Ser alumno del tercio superior.
- Sufrir limitaciones económicas.
Art. 214º: Los alumnos beneficiados con bolsas de trabajo no pueden
desempeñarse en oficinas que tengan que ver con el manejo de notas o
instrumentos de evaluación y elaboración de pruebas.
Art. 215º: El traslado interno supone que un alumno se desvincula de una
escuela profesional para incorporarse a otra. Está en función del número
de vacantes que para el efecto señala la respectiva Facultad, las mismas
que en ningún caso podrán exceder el 10% del total asignado para el
ingreso por examen de admisión.
Art. 216º: Los traslados internos solo se efectúan al inicio de cada ciclo y
de acuerdo a lo que se establezca en el calendario académico. Son
requisitos para su procedencia:
a) Haber ocupado un mínimo de 40 créditos o un máximo de 80
b) Proceder de escuelas profesionales que tengan similitud en sus
contenidos curriculares. Cada facultad establece previamente la similitud
entre sus escuelas profesionales y las otras de la Universidad.
c) Acreditas un promedio ponderado acumulativo aprobatorio.
Art. 217º: No podrán solicitar cambio de Facultad o de escuela
profesional, aquellos estudiantes que ingresan a la Universidad Pedro
Ruiz Gallo, por traslado de Universidad, o por exoneración por ser
graduados o titulados.
Art. 218º: El cambio de escuela profesional será autorizado por una sola
vez.
Art. 219º: La evaluación de los expedientes relacionados con traslados
internos será efectuado por una comisión designada por el Consejo de
Facultad.
Art. 220º: La vacantes serán cubiertas por escrito orden de mérito, de
acuerdo al promedio ponderado acumulativo y teniendo en cuenta los
requisitos específicos que requiere cada facultad.
Art. 221º: Los estudiantes tiene derecho a participar activamente en el
proceso de evaluación de los docentes, de acuerdo con los mecanismos
que apruebe el Consejo Académico.
Art. 222º: Los dos primeros alumnos de las promociones de cada escuela
profesional están exonerados del pago de los derechos establecidos para
la obtención de Grado y Título profesional.
CAPITULO IV: DE LAS FALTAS Y SANCIONES
Art. 223º: Son sancionados con amonestación, suspensión o separación
de la universidad, según la gravedad de la falta, los alumnos que incurran
en las siguientes conductas:
a) Cometen graves atentados contra la moral dentro del campus.
b) Agreden verbalmente o físicamente a cualquier miembro de la
comunidad universitaria dentro del campus o fuera de él, cuando el móvil
tenga relación con la vida institucional.
c) Promuevan, participen o colaboren en la comisión de actos de
violencia que ocasionen daños personales o materiales que alteren el
normal desarrollo de las actividades académicas, estudiantiles o
administrativas.
d) Se apropien de bienes de la universidad sustrayéndolos del lugar
donde se encuentran.
e) Se nieguen a devolver bienes de la institución que les fueran
confiados por cualquier motivo.
f) Utilicen las instituciones y ambientes de la Universidad sin
autorización, con fines distintos a los que le son específicos.
g) Incurran, como autores o cómplices, en actos fraudulentos
destinados a obtener para sí o para terceros beneficios indebidos.
Art. 224º: La aplicación de las sanciones a los estudiantes que cometen
alguna de las faltas previstas en el artículo anterior, se sujeta al siguiente
procedimiento:
Enterado el Decano, por sí mismo o por cualquier conducto, de la
comisión de la falta, lleva el caso al Consejo de Facultad para que la
califique y se pronuncie acerca de si los hechos denunciados constituyen
en verdad una falta que debe investigarse.
Si el consejo de facultad decide abrir investigación, designa una Comisión
Ad-hoc encargada de tramitar el proceso en un término improrrogable de
quince días útiles. Esa comisión está integrada por dos profesores y un
estudiante, miembros del consejo.
Recibido el informe de la comisión el consejo de facultad resuelve
absolviendo o imponiendo la sanción que estime justa. Antes debe
escuchar al alumno procesado si este así lo solicita, pero la comisión
necesariamente debe darle la oportunidad de efectuar sus descargos.
Art. 225º: De lo resulto por el consejo de facultad procede al recurso de
reconsideración o el de apelación. El primero es conocido por el mismo
consejo de facultad y el segundo por el consejo universitario, pero ambos
se interponen por intermedio del decano dentro de los quince días de
notificada la resolución. El recurso de reconsideración procede si se
adjunta pruebas que no sean tenidos a la vista al adaptarse el acuerdo.
Art. 226º: De lo resuelto por el consejo universitario procede al recurso de
revisión ante el consejo de asuntos contenciosos de la asamblea nacional
de rectores, el que se interpone dentro de los quince días de notificada la
resolución. Con la resolución de este organismo queda concluido el
proceso administrativo.
Art. 227º: Cuando una misma falta sea cometida en concurrencia por
alumnos de dos o más facultades, corresponden al rector y al consejo
universitario tramitar la denuncia en la forma prevista, en cuanto sea
aplicable.
En este caso el recurso de reconsideración será resuelto por el consejo
universitario y el de apelación por el CODACUM.
Art. 228º: La condena judicial consentida o ejecutoria contra un
estudiante por delito doloso, puede dar lugar a suspensión temporal o su
separación definitiva, según la naturaleza y gravedad del hecho
sancionado.
Art. 229º: Los representantes estudiantiles ante los órganos del gobierno
de la universidad requieren ser estudiantes regulares , haber aprobado
dos semestres o un año lectivo o 36 créditos y no haber sido sancionados
judicialmente por delito doloso. El periodo lectivo inmediato anterior a su
postulación debe haber sido cursado en esta universidad. No hay
reelección inmediata en ningún caso.
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