UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
“NECESIDAD DE INSTITUCIONALIZAR
JURÍDICAMENTE LAS UNIDADES DE
SEGURIDAD CIUDADANA, COMO PARTE
INTEGRANTE DEL EJÉRCITO DE GUATEMALA”.
FIDELINA AGUILAR MEDINA.
GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2015.
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
“NECESIDAD DE INSTITUCIONALIZAR JURÍDICAMENTE LAS
UNIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA, COMO PARTE
INTEGRANTE DEL EJÉRCITO DE GUATEMALA”.
TRABAJO DE GRADUACIÓN PRESENTADO
POR:
FIDELINA AGUILAR MEDINA
PREVIO A OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE
LICENCIADA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y
SOCIALES.
GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2015.
III
AUTORIDADES DE LA FACULTAD, ASESOR Y REVISOR DEL
TRABAJO DE GRADUACIÓN
DECANO DE LA FACULTAD: LIC. LUIS ANTONIO RUANO CASTILLO
SECRETARIO: LIC.OMAR ABEL MORALES LURSSEN
ASESOR: LIC. OBDULIO ROSALES DAVILA
REVISOR: LIC. RODOLFO ESTUARDO CHAVARRIA MORENO
IV
V
VI
VII
REGLAMENTO DE TESIS
Artículo 9º: RESPONSABILIDAD
Solamente el estudiante, asesor y revisor serán los responsables ante
terceros, del contenido y desarrollo de los trabajos de graduación, quienes
deberán hacer del conocimiento del Decanato cualquier anomalía que se
diere en el proceso de su elaboración.
VIII
INDICE
INTRODUCCIÓN PÁGINA. No. 1-4
CAPÍTULO I.
1. ORIGEN DE LAS UNIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN
GUATEMALA. 5
1.1 Antecedentes de la Seguridad Ciudadana. 5-7
1.2 Ubicación de las unidades que conforman la seguridad ciudadana. 7
1.3 Fuentes del derecho de la seguridad ciudadana en Guatemala. 7
1.3.1. Constitución Política de la República de Guatemala. 7
1.3.2. Plan para la Seguridad Ciudadana “Guatemala 2006”
No. 3-“L”-002/2006, de fecha 25 enero de 2006. 7
1.3.3. Acuerdo Gubernativo No. 88-2006, de fecha 03 de marzo de 2006. 7
1.3.4. En el derecho moderno. 7
1.3.5. Ley. 7
1.3.6. Desde el punto de vista material o sustancial. 7
1.3.7. Desde el punto de vista formal. 8
1.3.8. La doctrina. 8
1.3.9. La doctrina jurídica. 8
1.3.10. Los Principios generales del Derecho. 8
IX
1.3.11. La Jurisprudencia. 8
1.3.12. La costumbre. 8
1.3.13. Desde el punto de vista jurídico. 8
1.3.14. En el derecho contemporáneo. 8
1.3.15. En el sistema anglosajón. 9
1.3.16. Elementos de la costumbre. 9-11
a. Material. 9-11
b. Psicológico. 9-11
1.4 Sustento legal: 9-11
1.5 Sustento Operacional. 9-11
1.6 Presupuesto del Cuerpo Especial de Reserva para
la Seguridad Ciudadana. 13
1.7 Forma de contratación del personal de seguridad ciudadana. 14
Forma de pago. 14
Alimentación. 15
Dotación. 15
Transporte. 15
Armamento. 15
1.8 Aporte realizado por el Ejército de Guatemala, en el área de
Seguridad Ciudadana. 16
1.8.1 Operaciones anti disturbios civiles. 16
X
1.8.2 Operaciones de mantenimiento al orden público. 16
1.8.3 Operaciones de seguridad poblacional. 16
1.8.4 Operaciones en combate a la delincuencia común y crimen organizado. 16
1.8.5 Operaciones en combate al narcotráfico. 16
1.8.6 Operaciones para la preservación del medio ambiente. 16
1.8.7 Operaciones de seguridad penitenciaria. 16
1.8.8 Operaciones en apoyo a allanamientos y desalojos. 16
1.9 Incumplimiento de la seguridad pública: 17
1.10 Organización de la Seguridad Ciudadana: 18
1.11 Distribución de elementos de las unidades de seguridad
ciudadana. 19
1.12 Misiones que cumple el Cuerpo Especial de Reserva para la
Seguridad Ciudadana, en coordinación con la Policía Nacional Civil: 19-20
1.13 Otras actividades. 20
Distribución de la bolsa solidaria. 20
Exhibición de un Stand Militar. 20
CAPÍTULO II.
2. DERECHOS DE LOS INTEGRANTES DE LAS UNIDADES
DE SEGURIDAD CIUDADANA: 21
2.1 Derecho a la vida. 21-22
2.2 Derecho a la salud. 23-24
XI
2.3 Derecho de Defensa. 25
2.3.1 Derecho de legítima defensa. 25-26
2.4 Derecho a la Seguridad. 27
2.4.1 Seguridad. 27
2.4.2 Seguridad Personal. 27
2.4.3 Seguridad Jurídica. 27
2.4.4 Seguridad Social. 27
2.4.5 Seguridad Colectiva. 28
2.4.6 Seguridad de la Nación. 28
2.4.7 Seguridad Democrática. 28
2.4.8 Concepto Amplio de Seguridad. 29
2.4.9 La construcción de la Sociedad Civil. 29
2.4.10 La Seguridad ciudadana. 30
2.5. Derecho de Protección. 30
2.5.1 Sistema Universal de protección. 30
2.5.2 Sistema Interamericano de Protección. 30
2.5.3 La acción de protección, en el ámbito del Derecho Internacional
de los Derechos Humanos. 31
2.5.4 “La Declaración Universal de los Derechos Humanos. 31
XII
2.6 Derecho a la vivienda. 32
2.6.1 La vivienda es inviolable. 32
2.6.2 Derecho de habitación. 32
2.7 Derecho a la Educación. 32
2.7.1 Educación. 32
2.7.2 Existen tres tipos de educación. 32
2.7.3 Definición. 33
2.7.4 Características. 33
2.7.5 El Derecho a la Educación. 33
2.7.6 El Ministerio de Educación. 34
2.7.7 La juventud: víctima y victimaria. 34
2.7.8 Sistema Educativo en el ambiente militar. 35
2.7.9 La educación militar del Ejército de Guatemala. 35
2.8 Derecho al Trabajo. 36
2.8.1 Definición. 36
2.8.2 El trabajo es un derecho fundamental y un bien para el hombre. 36
2.8.3 El trabajo es un bien de todos. 36
2.8.4 Concepto personal de trabajo. 36
2.8.5 El Magisterio social de la Iglesia. 36
XIII
CAPÍTULO III.
3. INSTITUCIONES RESPONSABLES DE LA SEGURIDAD CIUDADANA. 37
3.1 Funcionamiento de Seguridad Ciudadana como Institución. 37-38
3.2 Ejército de Guatemala. 39-40
3.3 El Ministerio de la Defensa Nacional. 40-41
3.4 El Ejército de Guatemala. 42
3.4.1 Visión: 42
3.4.2 Educación, capacitación y entrenamiento militar. 43
3.4.3 El sistema educativo militar del Ejército de Guatemala. 43
3.4.4 Su misión fundamental, en el ámbito terrestre. 43
3.4.5 Su misión fundamental en el espacio aéreo. 43
3.4.6 Su misión fundamental, en los espacios acuáticos. 43
3.4.7 Profesionalización. 44-45
3.4.8 Educación. 46
3.4.9 Administración. 46
3.4.10 Niveles de Educación. 47
3.4.11 El Nivel de formación. 47
3.4.12 El Nivel de profesionalización. 47-48
3.4.13 Nivel Vocacional Cívico-Militar. 49
XIV
3.4.14 Niveles de Entrenamiento Militar. 49
3.4.15 Responsabilidades. 49
3.4.16 Personal. 49
3.4.17 Marco Legal. 50
3.4.18 Tribunales militares. 51
3.5 Ministerio de Gobernación. 51
3.5.1 Policía Nacional Civil. 52
3.5.2 Sistema Penitenciario. 53-54
3.6 Comisión de Alto Nivel para el cumplimiento de los Acuerdos de Paz
en materia de Seguridad Ciudadana. 54
3.7 Comisión Presidencial del Sistema Nacional de Seguridad. 55-56
3.8 El Consejo Asesor de Seguridad. 56
3.9 El Consejo Nacional de Seguridad. 56
3.10 Gabinete de Seguridad. 57
CAPÍTULO IV.
4. PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD. 58
4.1 Procedimiento de Seguridad Civil. 58
4.1.1 Policía Nacional Civil (PNC) 58
4.1.2 Durante el Gobierno del General Justo Rufino Barrios (1873-1885). 59
4.1.3 El gobierno del Licenciado Manuel Estrada Cabrera (1898-1920). 59
XV
4.1.4 Durante el período conocido como de la Década Revolucionaria
(1944-1954). 60
4.1.6 El 20 de junio de 1955.
4.1.5 En 1954 se puso fin al período de la Revolución. 60
4.1.7 De 1960 a 1985 marco de la guerra fría. 61
4.1.8 Situación actual. 61-67
4.2 Policía Comunitaria (PC) 68
4.2.1 Misión de la Policía Comunitaria. 68
4.2.2 Actividades en la prevención del delito/Policía Comunitaria. 68
4.3 Sistema Penitenciario. 69
4.3.1 Dirección General. 69
4.3.2 Organización. 69
4.3.3 Comisión Nacional del Sistema Penitenciario. 70
4.3.4 Comisión Nacional de Salud Integral, Educación y Trabajo. 70
4.3.5 La Dirección General del Sistema Penitenciario la preside. 70
4.3.6 Escuela de Estudios Penitenciarios. 70
4.4 Procedimiento de Seguridad Militar. 71
4.4.1 Seguridad Aérea. 71
4.4.2 Seguridad Marítima. 72
XVI
4.4.3 Seguridad Terrestre. 72
4.4.4 Diferencia entre procedimiento de Seguridad Civil y Seguridad Militar. 73
4.4.5 Diferencia entre Función Policial y Función Militar. 74
4.4.6 Factores importantes para mantener la Seguridad civil en Guatemala. 75
4.4.6.1 Factor humano. 75
4.4.6.2 Factor Tecnológico. 75
4.4.6.3 Factor Económico. 75
4.4.6.4 Factor físico. 76
4.4.6.5 Factor político. 76
4.4.6.6 Ordenamiento Jurídico. 76
4.4.6.7 Política de Seguridad Integral. 77
4.4.7 Factores importantes para mantener la seguridad militar en Guatemala. 78
4.4.7.1 Apreciación político Estratégica. 78
4.4.7.2 Concepto Estratégico Nacional. 78
4.4.7.3 Concepto Estratégico de desarrollo. 78
4.4.7.4 Concepto Estratégico Militar. 78
4.4.7.5 Controles Democráticos. 79
4.4.7.6 Cooperación Integral. 79
4.4.7.7 Doctrina Militar del Ejército de Guatemala. 79
4.4.7.8 Intereses Nacionales. 80
XVII
4.4.7.9 Política de Seguridad 80
4.4.7.10 Seguridad Democrática. 81-82
CAPÍTULO V.
5. FORTALECIMIENTO DEL PODER CIVIL Y FUNCIÓN DEL
EJÉRCITO EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA. 83
5.1 Normativa constitucional. 83-84
5.2 Fortalecimiento del Poder Civil. 85
5.3 Función del Ejército de Guatemala en una sociedad democrática. 85
5.4 Marco Legal. 86-87
5.5 Cumplimiento de los Acuerdo de Paz 88
5.6 Policía Nacional Civil. 89
5.7 Participación de la mujer en el fortalecimiento del poder civil. 90
5.8 Acuerdos y tratados internacionales, ratificados por Guatemala. 90-92
CAPÍTULO VI.
6. POR QUÉ ES NECESARIO INSTITUCIONALIZAR JURÍDICAMENTE LAS
UNIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA, COMO PARTE INTEGRANTE
DEL EJÉRCITO DE GUATEMALA. 93
6.1 Orientaciones generales 2012-2014: (seguridad y Justicia). 93
6.2 Prestaciones de Ley del Instituto de Previsión Militar. 94
6.2.1 El Régimen General. 94
XVIII
6.2.2 El Régimen Especial. 94
6.3 Derechos Humanos. 95
6.4 Clasificación de los derechos humanos. 96
6.4.1 Los derechos de primera generación. 96
6.4.2 Los derechos de segunda generación. 97
6.4.3 La tercera generación de derechos. 97
6.4.4 En relación al alojamiento. 98
6.4.5 En cuanto a seguro por fallecimiento. 98
6.4.6 Entrenamiento profesional. 99
6.5 Centros de profesionalización militar. 99
6.5.1 Escuelas de formación de Oficiales de Carrera. 99
6.5.2 Centros de Profesionalización. 99
6.5.3 Institutos de Educación Vocacional. 99
6.5.4 Centros de Educación, Instrucción y Entrenamiento Militar. 99
6.5.5 Escuelas para galonistas. 99
6.6 Discriminación laboral. 100
6.6.1 Discriminación directa. 100
6.6.2 Discriminación indirecta. 101
6.7 Derecho Interno. 102
6.8 Derecho Internacional 102
XIX
6.9 Protección social. 102
6.10 Derechos. 102
¿Que es la pensión y en qué casos se aplica? 103
1. Por jubilación. 103
2. Por invalidez
3. Por muerte. 103
6.11 Requisitos para la pensión por vejez. 103
6.12 Seguridad Ciudadana. 104-111
CONCLUSIONES. 112
RECOMENDACIONES. 113
ANEXOS:
“A”. Cronograma de actividades de Investigación. 114-119
“B” Entrevista dirigida al Secretario Administrativo del
Ministerio de la Defensa Nacional. 120-122
“C” Entrevista dirigida al Comandante de la Brigada de
Policía Militar “Guardia de Honor”. 123-124
“D” Entrevista dirigida al Comandante de la Brigada Militar
“Mariscal Zavala”. 125-127
“E” Cuestionario No.01. Para Oficiales integrantes de las
Unidades de Seguridad Ciudadana, ubicadas en la Brigada
XX
de Policía Militar “Guardia de Honor”. 128-138
“F” Cuestionario No.02. Para elementos de Seguridad Ciudadana 139-148
BIBLIOGRAFÍA. 149-153
- 1 -
INTRODUCCIÓN
LA SEGURIDAD es considerada esencial para el desarrollo y la
convivencia pacífica de la población y es obligación del Estado de
Guatemala garantizar la vida, la libertad y la paz a los guatemaltecos,
quienes en la actualidad se ven amenazados por la ola de violencia,
narcotráfico y crimen organizado que cada día va en aumento y que no se
ha podido frenar, siendo necesario realizar estudios a gran escala, con el
fin de minimizar los altos índices de violencia en Guatemala.
El 03 de marzo de 2006 fue emitido el Acuerdo Gubernativo No. 88-
2006, que ordena la movilización de LA RESERVA DISPONIBLE DEL
EJÉRCITO DE GUATEMALA, para conformar los diferentes escuadrones
del Cuerpo Especial de Reserva para la Seguridad Ciudadana.
El Cuerpo Especial de Reserva para la Seguridad Ciudadana fue
activado con el propósito de apoyar a las fuerzas de seguridad pública en
operaciones no bélicas para mantener el orden público, la paz y la
seguridad nacional, combatiendo la delincuencia común, crimen
organizado y narcotráfico.
En la actualidad, el personal que conforman las Unidades de
Seguridad Ciudadana, llevan a cabo operaciones de cooperación integral
en apoyo a las Fuerzas de Seguridad Pública en el combate al narcotráfico,
crimen organizado y delincuencia común, empleando solamente el equipo
y armamento de combate que emplea un soldado.
Las Unidades de Seguridad Ciudadana, desempeñan funciones
similares a las de un Policía Nacional Civil, al hacer la comparación de los
recursos materiales que posee se aprecia la diferencia entre ambos.
- 2 -
La presente investigación tiene como objetivo general determinar los
derechos que como ciudadanos deberían tener los elementos que
conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana, tales como: alojamiento,
seguro dotal, seguro por fallecimiento, alimentación completa, bono
catorce, aguinaldo, mejor salario, uniformes y por ende un trato digno;
asimismo lograr que el personal que se encuentra por contrato en las
Unidades de Seguridad Ciudadana, sea presupuestado por el
Ministerio de la Defensa Nacional.
Las Unidades de Seguridad Ciudadana, en la actualidad, son parte
importante para el Ejército de Guatemala, pues operan en las diferentes
áreas de la ciudad capital.
La criminalidad, ha venido afectando a toda la población
guatemalteca prueba de ello es el término antes llamado impuesto de
guerra y en la actualidad extorsiones que es cobrado a empresarios,
comerciantes, trabajadores y población en general, lo que ha obligado a
disminuir la inversión en Guatemala, abandono de negocios, o cambio de
trabajo y en muchos casos hasta el abandono de hogares por el temor a
ser víctima de la delincuencia.
Para mantener un ambiente de seguridad que facilite el desarrollo
integral de todos los guatemaltecos y ante la situación de inseguridad que
prevalece en el territorio nacional y con base en los artículos 244 y 249 de
la Constitución de la República de Guatemala, se emitió el Acuerdo
Gubernativo No. 88-2006 del 03 de marzo de 2006, el cual conduce las
políticas del Estado de Guatemala en materia de seguridad, para
contrarrestar las amenazas que atentan contra la seguridad pública, con
- 3 -
personal de las unidades de Seguridad Ciudadana, con misiones en apoyo
al Ejército de Guatemala y a la Policía Nacional Civil.
El primer capítulo, trata del origen de las unidades de seguridad
ciudadana en Guatemala, antecedentes, ubicación de las unidades de
seguridad ciudadana, fuentes del derecho de la seguridad ciudadana en
Guatemala, sustento legal, sustento operacional, presupuesto del cuerpo
especial de reserva para la seguridad ciudadana, forma de contratación del
personal, aporte realizado por el Ejército de Guatemala, en el área de
seguridad ciudadana, incumplimiento de la seguridad pública, organización
de la seguridad ciudadana, distribución de elementos de las unidades de
seguridad ciudadana, misiones que cumple el cuerpo especial de reserva
para la seguridad ciudadana, en coordinación con la Policía Nacional Civil.
En el segundo capítulo, se señalan los derechos de los elementos
de la seguridad ciudadana, su conceptualización, así como su fundamento
legal, tipos de educación, características y definición, el sistema educativo
en el ambiente militar y la educación del Ejército de Guatemala.
En el capítulo tercero, he realizado un estudio más profundo sobre
las Instituciones responsables de la seguridad ciudadana, así como su
funcionamiento, integración de las fuerzas armadas, importancia del tema,
misión, políticas que desarrollan para hacer que se cumpla el régimen
jurídico relativo a la defensa de la soberanía nacional y la integridad del
territorio guatemalteco, la administración, la visión, la educación,
capacitación, profesionalización y entrenamiento de las unidades de
seguridad ciudadana.
En el cuarto capítulo, se refiere al procedimiento de seguridad
ciudadana, concepto, definición jurídica, historia, situación actual, áreas en
- 4 -
las cuales está dividida la Policía Nacional Civil, su organización, su
función, su misión; Policía comunitaria y Sistema penitenciario.
Procedimiento de seguridad militar, como seguridad aérea,
marítima y seguridad terrestre; así como la misión, visión y organización de
cada fuerza; también cabe mencionar que se hace la diferencia entre
procedimiento de seguridad civil y seguridad militar y factores importantes
para mantener la seguridad civil en Guatemala.
En el capitulo quinto, se describe el Fortalecimiento del Poder Civil
y Función del Ejército en una Sociedad Democrática, su marco legal,
integración, organización y fines del Ejército de Guatemala, cumplimiento
de los Acuerdos de Paz en el contexto de la Guatemala actual,
participación de la mujer en el fortalecimiento del poder civil, Acuerdos y
Tratados Internacionales, ratificados por Guatemala, su definición y
clasificación.
En el Sexto capítulo, se relaciona el por qué, es necesario
institucionalizar jurídicamente las Unidades de Seguridad Ciudadana, como
parte integrante del Ejército de Guatemala, orientaciones generales en
cuanto a seguridad y justicia, prestaciones de ley, regímenes que existen
en su escala jerárquica, sus afiliados, derechos humanos y su clasificación,
entrenamiento, centros de profesionalización, de educación vocacional,
instrucción y entrenamiento militar, discriminación laboral y su clasificación,
derecho interno y derecho Internacional, protección social, pensiones,
requisitos para la pensión por vejez, seguridad ciudadana, misión, visión
funciones, proyecciones, requerimientos, seguridad al transporte urbano,
equipamiento, perfil, cualidades, atributos mentales, uniforme y aspectos
importantes que debe observar un elemento de seguridad ciudadana.
- 5 -
CAPÍTULO I.
1. ORIGEN DE LAS UNIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN
GUATEMALA.
Las Unidades de Seguridad Ciudadana, se activaron, según el
Acuerdo Gubernativo No. 88-2006, de fecha 03 de marzo de 2006 y bajo el
mandato presidencial del Señor Presidente Constitucional de la República,
Licenciado OSCAR BERGER, siendo el Ministro de la Defensa Nacional el
General de Brigada FRANCISCO BERMUDEZ AMADO y el Jefe del
Estado Mayor de la Defensa Nacional el General de Brigada RONALDO
CECILIO LEIVA RODRIGUEZ, con el objeto de coadyuvar con la
seguridad y reducir el nivel de criminalidad, en virtud de haber sobrepasado
a la Fuerzas de Seguridad Civil.
Se organizaron seis Escuadrones de Seguridad Ciudadana;
distribuidos en las diferentes Brigadas Militares de Guatemala, de la
siguiente manera: 1º Escuadrón de Seguridad Ciudadana en Petén, 2º
Escuadrón de Seguridad Ciudadana en Zacapa, 3º Escuadrón de
Seguridad Ciudadana en Jutiapa, 4º Escuadrón de Seguridad Ciudadana
en Mazatenango, 5º Escuadrón de Seguridad Ciudadana en
Huehuetenango y 6º Escuadrón de Seguridad Ciudadana en la Capital.
1.1 Antecedentes de la Seguridad Ciudadana.
Ante la inestabilidad de seguridad y paz en Guatemala, el Estado
Mayor de la Defensa Nacional, publica el Plan para la Seguridad
Ciudadana “Guatemala 2006” No. 3-“L”-002/2006, de fecha 25 enero
de 2006, en el cual ordenó la activación del Cuerpo Especial de Reserva
para la Seguridad Ciudadana, con el propósito de apoyar a las fuerzas de
- 6 -
seguridad pública en operaciones no bélicas para mantener el orden
público, la paz y la seguridad nacional, combatiendo la delincuencia
común, crimen organizado y narcotráfico.
El 23 enero de 2006, el Comando de Reservas Militares de la
República condujo acciones correspondientes a fin de llevar a cabo la
convocatoria, selección, organización y traslado del personal de reservas,
a las Brigadas de Infantería y Brigada de Policía Militar “Guardia de
Honor”.
El 23 de febrero del año 2006, el Ejército de Guatemala, puso en
práctica el Plan para la Seguridad Ciudadana “Guatemala 2006” No. 3-“L”-
0002/2006, efectuando captación, organización y entrenamiento de 2,940
efectivos de la reserva disponible en el territorio nacional, con el propósito
de apoyar a las fuerzas de seguridad civil, con personal preparado,
capacitado y entrenado para el combate al crimen organizado, delincuencia
común y narcotráfico; la operación consistió en las siguientes fases:
La primera fase “Preparación”, del 23 de noviembre de 2005 al 23
de enero de 2006, en la que se llevó a cabo la planificación
correspondiente.
La segunda fase “Ejecución,” del 23 enero de 2006 al 01 de abril de
2006, en la que se desarrollaron las acciones convenientes para la
convocatoria, selección, organización, entrenamiento e inicio de las
operaciones.
La tercera fase “Desactivación”, a orden, de acuerdo a las
necesidades y situación imperante.
- 7 -
El 01 de marzo de 2006, la Brigada de Policía Militar “Guardia de
Honor” recibió 2,940 miembros de Reservas Militares, para conformar los
Escuadrones de la Seguridad Ciudadana, asignándoles instalaciones
para su alojamiento y áreas de entrenamiento para su capacitación.
La seguridad ciudadana contiene una dimensión objetiva: Los
hechos de la violencia conocida que involucra a víctimas y victimarios; y
una dimensión subjetiva: las vivencias y sentimientos personales que
configuran las percepciones y representaciones de la seguridad ciudadana.
“La seguridad colectiva e individual son fundamentales para la vida
humana. La criminalidad amenaza la calidad de vida de los habitantes,
traumatiza a las víctimas y pone en peligro la voluntad cívica.” 1
1.2 Ubicación de las unidades que conforman la seguridad ciudadana.
Las Unidades de Seguridad Ciudadana, se encuentran ubicadas en
las instalaciones de la Brigada de Policía Militar “Guardia de Honor” y
Brigada Militar “Mariscal Zavala” de las Zonas 10 y 17 de la ciudad capital.
1.3 Fuentes del derecho de la seguridad ciudadana en Guatemala.
1.3.16. Constitución Política de la República de Guatemala.
1.3.17. Plan para la Seguridad Ciudadana “Guatemala 2006” No. 3-“L”-
002/2006, de fecha 25 enero de 2006.
1.3.18. Acuerdo Gubernativo No. 88-2006, de fecha 03 de marzo de 2006.
1.3.19. En el derecho moderno: La fuente principal es la ley.
1 Convención de Nápoles, 7, 8, 9 de diciembre de 2000.
- 8 -
1.3.20. Ley: Se entiende por Ley, toda norma jurídica reguladora de los
actos y de las relaciones humanas, aplicable en determinado tiempo y
lugar.
1.3.6 Desde el punto de vista material o sustancial, ley es toda regla social
obligatoria, emanada de autoridad competente: Doctrina, Principios
generales y Jurisprudencia.
1.3.7 Desde el punto de vista formal, se llama ley a toda disposición aprobada
por el Congreso Nacional y sancionada por el Presidente de la República
de Guatemala, de acuerdo con el mecanismo constitucional.
1.3.8 La doctrina, estudia los manantiales de donde brota el derecho: investiga
el papel histórico y las relaciones existentes entre las diversas fuentes;
esclarece el significado de las normas y elabora, el significado de los
modelos jurídicos.
1.3.9 La doctrina jurídica, surge principalmente de las universidades, que
estudian el derecho vigente y lo interpretan dentro de la Ciencia del
Derecho. En el siglo XIX fue Savigny quien exaltó la trascendencia de la
doctrina de los juristas.
1.3.10 Los Principios generales del Derecho: Son aquellas ideas y
fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base del ordenamiento
jurídico e inspiran la elaboración de las leyes.
1.3.11 La Jurisprudencia: Se denomina Jurisprudencia a los criterios que de
modo reiterado manifiesta el Tribunal Supremo en sus sentencias.
1.3.12 La costumbre. Es la observancia constante y uniforme de un cierto
comportamiento por los miembros de una comunidad, con la convicción de
que responde a una necesidad jurídica.
- 9 -
1.3.13 Desde el punto de vista jurídico, costumbre, es la norma de conducta
nacida en la práctica social y considerada como obligatoria por la
comunidad.
1.3.14 En el derecho contemporáneo, el papel de la costumbre es modesto, si
se le compara con el de la ley. No obstante, en algunas ramas del derecho,
y particularmente en el comercial, su campo de aplicación es bastante
amplio.
1.3.15 En el sistema anglosajón, la costumbre tiene una importancia primordial;
pero lo que los jueces aplican, más que la costumbre en sí, es la
expresión de ésta, a través de los fallos de los tribunales. Sin embargo se
debe reiterar que la costumbre no puede derogar ni sustituir una ley.
Elementos de la costumbre:
a. Material, consiste en una serie de actos repetidos de manera
constante y uniforme. No es indispensable el largo uso en el tiempo
como opinaban los antiguos juristas, pues, evidentemente hay
costumbres de formación muy reciente y que, sin embargo, tienen
fuerza obligatoria. Pero, es necesario que el uso sea general, es decir
observado por la generalidad de las personas.
b. Psicológico, consiste en la convicción común de que se trata de una
práctica obligatoria; los simples usos sociales, que en la opinión general
no tienen relieve jurídico, no pueden considerarse costumbres en el
sentido de fuente del derecho.2
1.4 Sustento legal:
2 www.alipso.com/monografias/civil-la costumbre
- 10 -
El Cuerpo Especial de Reserva para la Seguridad Ciudadana
tiene su sustento legal en la Constitución Política de la República de
Guatemala, de la manera siguiente:
Artículo 244 establece que el Ejército de Guatemala es el
responsable de mantener la independencia, el honor, la soberanía, la paz,
la seguridad interior y exterior del país.
Artículo 249 estipula que el Ejército de Guatemala deberá de
cooperar con otras instituciones del Estado en caso de emergencia o
calamidad pública, siendo estos dos artículos constitucionales los que
dan origen al Cuerpo Especial de Seguridad Ciudadana.
De orden del Organismo Ejecutivo se dio a conocer el Acuerdo
Gubernativo 90-96 del 07 marzo de 1996, el cual ordena que sea
responsabilidad del Ministerio de Gobernación elaborar, ejecutar y
supervisar los planes de seguridad pública que se juzguen necesarios,
con el apoyo del Ejército de Guatemala y las unidades militares que
correspondan.
El Acuerdo Gubernativo 83-2006, puntualiza que “El plan de
movilización consistirá en la captación de efectivos de la reserva
disponible, que sean llamados a conformar los cuerpos especiales cuya
función será de carácter temporal para apoyar las tareas de
restablecimiento o mantenimiento de la seguridad interna, en contra de las
amenazas de la delincuencia y crimen organizado, así como ayuda
humanitaria en casos de calamidad pública o emergencia nacional.
Acuerdo Gubernativo No. 87-2000. Guatemala, 22 de febrero de
2000. Acurdase que para el mantenimiento del orden y la seguridad en los
- 11 -
centros y cárceles del sistema penitenciario del país, el Ministerio de
Gobernación contará con la cooperación del Ejército de Guatemala y sus
unidades militares.
Decreto No. 40-2000. Guatemala, 07 de junio de 2000. Las fuerzas
de seguridad civil podrán ser apoyadas en sus funciones de prevenir y
combatir el crimen organizado y la delincuencia común, por las unidades
del Ejército de Guatemala, cuando los medios ordinarios de que dispongan
las fuerzas de seguridad civil se estimaren insuficientes.
Acuerdo Gubernativo No. 264-2001. Guatemala, 28 de junio de
2001. Disponer el apoyo a las fuerzas de seguridad civil en sus funciones
de prevenir y combatir la delincuencia, perseguir y detener a los reos
prófugos, así como la custodia de los reclusos en los centros penitenciarios
y la seguridad perimetral, por parte de las unidades del Ejército de
Guatemala que se estimen necesarias, para lograr garantizar a los
habitantes de seguridad, la paz y la tranquilidad.
1.5 Sustento Operacional.
El Plan Nacional de Operaciones contra la Delincuencia “Guatemala
Segura” No. 3 –“L”- 0002/2005, ordena que el Ejército de Guatemala
apoye a la Policía Nacional Civil, ejecutando operaciones no bélicas, en
contra de la delincuencia común, pandillas juveniles, crimen organizado,
narcoactividad y tráfico de armas, a partir del día “D” hora “H”, en todo el
territorio nacional, para reducir los índices de violencia y crear condiciones
de seguridad que preserven la vida humana y los bienes de la población en
general.
El Plan para la Seguridad Ciudadana “Guatemala 2006” No. 3-“L”-
0002/2006, ordena que el Ejército de Guatemala efectué la captación,
- 12 -
organización y entrenamiento de 2,940 efectivos de la reserva disponible
en el territorio nacional, a partir del 23 de febrero de 2006, con el propósito
de contribuir con las Fuerzas de Seguridad Civil para el mantenimiento del
orden público, la paz y la seguridad nacional.
El Plan de Seguridad “Integración 2006” No. 3-“L”-009-2006, ordena
que el Ejército de Guatemala a través del Cuerpo Especial de Reserva
para la Seguridad Ciudadana, conduzca operaciones de cooperación
integral en apoyo a las Fuerzas de Seguridad Civil, el día “D” a la hora “H”
en todo el territorio Nacional, con el objeto de mantener el orden público, la
paz y la seguridad Nacional.
El Plan de Operaciones de “Prevención del Crimen” No. 3-“L”-
004/2007, ordena que el Ejército de Guatemala con sus Brigadas y
Escuadrones de Seguridad Ciudadana empleará a todo el personal
disponible en la prevención del crimen organizado y actividades conexas a
orden en el departamento de Guatemala, para dar su máximo apoyo a las
Fuerzas de Seguridad Civil, quienes llevan el esfuerzo principal, para
proporcionar un ambiente de tranquilidad y seguridad a la población
guatemalteca.
En la actualidad el personal que conforma el Cuerpo Especial de
Reserva para la Seguridad Ciudadana lleva a cabo operaciones no bélicas
en apoyo y cooperación a las Fuerzas de Seguridad Pública en el combate
al narcotráfico, crimen organizado y delincuencia común, con equipo y
armamento de combate, mismo que emplea un soldado regular (fusil de
asalto, equipo compacto, cantimploras y tolvas) que si bien es cierto
cumplen con sus obligaciones o misiones que se le asignan, pero lo hacen
con limitaciones.
- 13 -
Según el Manual de Seguridad Ciudadana del Comando
Superior de Educación del Ejército de Guatemala, el equipamiento
básico de un elemento de Seguridad ciudadana es el siguiente:
1. Uniforme de combate
2. arnés
3. cinturón
4. Fusil Galil 5.56 mm.
5. Ocho cargadores de 35 cartuchos.
6. botas de combate o botas militares.
7. Casco con protector facial
8. Chaleco blindado
9. Silbato
10. Protector auditivo
11. Protector de piernas y brazos
12. Mascara anti-gas
13. Escudo
14. Grilletas
15. Batones
16. Equipo para disturbios civiles.
1.6 Presupuesto del Cuerpo Especial de Reserva para la Seguridad
Ciudadana.
En el Acuerdo Gubernativo No. 83-2006 se adiciona el artículo 4 al
Acuerdo Gubernativo numero 178-2004, de fecha 17 de junio de 2004, el
cual faculta al Ministerio de la Defensa Nacional, para que dentro de su
techo presupuestario, durante el ejercicio fiscal 2006, pueda orientar
- 14 -
recursos para el pago de remuneraciones y adquisiciones de bienes y
servicios, para apoyar al restablecimiento y mantenimiento de la seguridad
interna de los habitantes de la República de Guatemala.
Es así como empieza a funcionar el Cuerpo Especial de Reserva
para la Seguridad Ciudadana, con limitaciones pues el Estado de
Guatemala no brinda todos los recursos económicos para su desempeño,
delegando responsabilidades al Ministerio de Gobernación para que haga
transferencias de su presupuesto al Ministerio de la Defensa Nacional, así
como al Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación para que apoye
con víveres o granos básicos al Ministerio de la Defensa Nacional. Este
apoyo cubre la operatividad del Cuerpo Especial de Reserva para la
Seguridad Ciudadana, pero limita el presupuesto del Ministerio de la
Defensa Nacional.
Para el año 2007 el Ministerio de Finanzas Públicas otorga un techo
presupuestario al Ministerio de la Defensa Nacional el cual ya toma en
cuenta el funcionamiento del Cuerpo Especial de Reserva para la
Seguridad Ciudadana, sin embargo no cubre en su totalidad el
funcionamiento del mismo, teniendo el Ministerio de la Defensa Nacional
que cubrir con un monto aproximado de treinta millones de quetzales
(Q30, 000,000.00).
A partir del año 2008 el Ministerio de Finanzas Públicas designa al
Ministerio de la Defensa Nacional el presupuesto para el funcionamiento
del Cuerpo Especial de Reserva para la Seguridad Ciudadana en su
totalidad.
- 15 -
1.7 Forma de contratación del personal de seguridad ciudadana:
Para el ingreso a estas unidades, se les ofrece un contrato por un
año el cual puede ser renovable, dependiendo de la conducta demostrada
por cada elemento en el desempeño de sus labores.
Forma de pago:
Tienen un salario asegurado de Q2,324.00
Pago al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). Q 100.00
Aseguradora guatemalteca Q 56.50
Sueldo líquido . Q2,167.50
Bonificación anual para trabajadores….bono 14.
Aguinaldo.
Alimentación:
En relación a la alimentación, la reciben igual o similar a un Comando
Militar.
Dotación:
Reciben dos uniformes completos por año.
Transporte:
Cuentan con cuatro (4) camiones y doce (12) pick-up, por Escuadrón.
Armamento:
El uso del armamento, los Oficiales de carrera son profesionales de
las filas del Ejército nacional, agregados a las unidades de seguridad
- 16 -
ciudadana, quienes usan pistola 9 mm. Jericó y los integrantes de
seguridad ciudadana utilizan el fusil SAR calibre 5.56 con cargadores de 35
cartuchos y el equipo individual del soldado.
No cuentan con manuales doctrinarios para obtener información
científica, se basan únicamente en los Acuerdos Gubernativos emitidos por
el Ministerio de la Defensa Nacional y operan de acuerdo a Leyes y
Reglamentos militares del Ejército de Guatemala, por ejemplo: La
Constitución Política de la República de Guatemala, La Ley Constitutiva del
Ejército, Reglamento para el Ejército de Guatemala en tiempo de paz.
1.8 Aporte realizado por el Ejército de Guatemala, en el área de Seguridad
Ciudadana.
El Cuerpo Especial de Reserva para la Seguridad Ciudadana, a
través de la Brigada de Policía Militar “Guardia de Honor” apoya a las
fuerzas de seguridad pública de acuerdo al plan de seguridad ciudadana
“Integración 2006” No. 3-“L”-009-2006, con operaciones de cooperación
integral, tales como:
1.8.1 Operaciones anti disturbios civiles.
1.8.2 Operaciones de mantenimiento al orden público.
1.8.3 Operaciones de seguridad poblacional.
1.8.4 Operaciones en combate a la delincuencia común y crimen organizado.
1.8.5 Operaciones en combate al narcotráfico.
1.8.6 Operaciones para la preservación del medio ambiente.
1.8.7 Operaciones de seguridad penitenciaria.
1.8.8 Operaciones en apoyo a allanamientos y desalojos.
- 17 -
Las operaciones de cooperación integral que ha desempeñado el
Cuerpo Especial de Reserva para la Seguridad Ciudadana son de acuerdo
al plan de seguridad ciudadana “integración 2006” No. 3-“L”-009-2006.
Operaciones de mantenimiento del orden público: son aquellas
operaciones en las cuales hay presencia militar destinada al mantenimiento
de la paz y la tranquilidad de todos los guatemaltecos.
Operaciones de seguridad poblacional: consiste en el Registro de
personas y vehículos sospechosos, seguridad en buses y patrullajes de
seguridad a pie y a motor.
Operaciones en combate a la delincuencia común y crimen
organizado, este se lleva a cabo a pedido de las fuerzas de seguridad
civil.
Operaciones en combate al narcotráfico. Estas operaciones se
realizan en la erradicación de plantaciones de amapola y marihuana
conjuntamente con la Policía Nacional Civil.
Operaciones para la preservación del medio ambiente: se
organizan grupos de limpieza de determinadas áreas ejemplo:
levantamiento de arena lanzada por el volcán de fuego, apoyo en
desastres naturales.
Operaciones de Seguridad Penitenciaria. Estas actividades se
realizan organizando turnos de elementos de seguridad ciudadana para
apoyar a la Seguridad penitenciaria, en coordinación con el Ministerio de
Gobernación.
Operaciones en apoyo a allanamientos y desalojos. Consisten
en órdenes judiciales recibidas por el Ministerio de Gobernación, las cuales
se ejecutan en conjunto con la Policía Nacional Civil.
- 18 -
1.9 Incumplimiento de la seguridad pública:
La seguridad pública se incumple debido a que las amenazas de la
delincuencia común, crimen organizado y narcotráfico han sobrepasado a
la seguridad pública, lo que ha obligado al Ejército a que se inmiscuya
en la seguridad ciudadana en Guatemala.
En el municipio de Villa Nueva y Mixco departamento de
Guatemala, elementos de la seguridad ciudadana que se alojan en la
Brigada de Policía Militar “Guardia de Honor”, han llevado a cabo
operaciones para reducir la delincuencia común, logrando contribuir a la
seguridad pública, reduciendo en un 30% de las muertes ocasionadas por
bandas delincuenciales.
Según informe anual circunstanciado 2005, página 249 del Doctor
Sergio Fernando Morales Alvarado, Ex procurador de los derechos
humanos, relata que en alguna ocasión, la población honrada ha tomado la
justicia por sus manos, castigando a delincuentes, linchándolos,
destruyendo algunas estaciones y subestaciones de la Policía Nacional
Civil, como sucedió en Santiago, Chimaltenango, como repudio a que las
autoridades no toman acciones en contra de los delincuentes.3
1.10 Organización de la Seguridad Ciudadana:
Comandante de Escuadrón…………………………………………………..…1
Ejecutivo de Escuadrón………………………………………………………... 1
Oficial S-1…………………………………………………………………….… 1
OficialS-2 ………………………………………………………..……………......1
Oficial S-3 ………………………………………………….…………….….…….1
3 Informe Anual Circunstanciado 2005, Pág.249 tercer párrafo del Dr. Sergio Fernando Morales Alvarado, Procurador de los D.H. Guatemala, enero de 2006.
- 19 -
Oficial S-4……………………………………………………………….………. 1
Oficial Asuntos Civiles. (Supervisor)……………………….…………….……1
Total de personal…………………………………………………………..... 7
Personal administrativo…………………………………………………….… 29
3 grupos de 142 elementos………………………………………………… 426
Total de personal por escuadrón…………………………………………462
Una compañía o sección se conforma de la siguiente manera:
Comandante de Compañía (Capitán)………………………………........... 01
Ejecutivo de Grupo o Compañía (Teniente o Capitán)………………….. 01
Comandantes de Pelotón (Subtenientes)…………………………………. 04
Elementos de Seguridad ciudadana………………………………………..136
Total………….. 142
1.11 Distribución de elementos de las unidades de seguridad ciudadana:
1er. Escuadrón Brigada Militar “Mariscal Zavala” 462
2do. Escuadrón Fuerza Aérea Guatemalteca. 462
3er. Escuadrón En el municipio de Mixco, Guatemala. 462
4to. Escuadrón En el municipio de Sta. Lucia Cotz. 462
5to. Escuadrón En el municipio de Salamá B.V. 462
6to. Escuadrón Brigada de P.M. “Guardia de Honor” 462
Personal laborando por contrato en seguridad ciudadana. 2,772
1.12 Misiones que cumple el Cuerpo Especial de Reserva para la
Seguridad Ciudadana, en coordinación con la Policía Nacional
Civil:
Registro de personas.
Registro de vehículos.
Puestos de control y de registro.
Seguridad en apoyo a allanamientos.
- 20 -
Patrullaje de seguridad a pie y motor.
Seguridad en buses.
Desalojos
Presencia masiva en puntos críticos.
1.13 Otras actividades:
Distribución de la bolsa solidaria, esta actividad se llevó a cabo
en la administración presidencial del Ingeniero Álvaro Colom
Caballeros (2008-2011), como un programa social de la Primera
Dama de la Nación.
Exhibición de un Stand Militar en el Palacio de la Cultura, en
ocasión de conmemorarse el CXLI aniversario de la Gesta
Revolución Liberal de 1871 y día del Ejército de Guatemala, el 30 de
junio del año 2012.
- 21 -
CAPÍTULO II.
2. DERECHOS DE LOS INTEGRANTES DE LAS UNIDADES DE
SEGURIDAD CIUDADANA:
2.1 Derecho a la vida.4
En Guatemala, el derecho a la vida está garantizado en la
Constitución Política de la República y debido a la importancia del mismo
se encuentra como un derecho fundamental inherente a la persona
humana; por lo que nuestra Carta Magna, lo establece claramente en su
Artículo 3, el cual textualmente dice: El estado garantiza y protege la vida
humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la
persona.
Según el Pacto de San José5, en la Convención Americana sobre
derechos humanos suscrita en la Conferencia especializada interamericana
sobre Derechos Humanos, San José, Costa Rica del 7 al 22 de noviembre
de 1969, en el artículo 4, se refiere al Derecho a la vida, en la forma que a
continuación se describe:
Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho
estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la
concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá
imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia
4 Articulo 3 Constitución Política de la República.
- 22 -
ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que
establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito.
Tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la
aplique actualmente.
No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han
abolido.
En ningún caso se puede aplicar la pena de muerte por delitos
políticos ni comunes conexos con los políticos.
No se impondrá la pena de muerte a personas que en el momento
de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o más
de sesenta, ni se les aplicará a las mujeres en estado de gravidez.
Toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar la
amnistía, el indulto o la conmutación de la pena, los cuales podrán ser
concedidos en todos los casos. No se puede aplicar la pena de muerte
mientras la solicitud esté pendiente de decisión ante autoridad competente.
El derecho a la vida, es el que tiene cualquier ser humano por el
simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental
de la persona.
La vida es el derecho más importante para los seres humanos. La
vida tiene varios factores; la vida humana en sus formas corporales y
psíquicas, la vida social de las personas por medio de la cual estos
realizan obras en común y la vida de la naturaleza que relaciona a los
seres humanos con las demás especies vivientes.
5 Articulo 4 Pacto de San José, Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- 23 -
El Derecho a la vida está reconocido en numerosos tratados
internacionales: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el
Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención
sobre los Derechos del Niño, el Pacto de San José de Costa Rica,
la Convención para la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial, y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanas y Degradantes.
2.2 Derecho a la salud.
El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
sociales y Culturales (1966) dice que, entre las medidas que se deberán
adoptar a fin de asegurar la plena efectividad del derecho a la salud,
figurarán las necesarias para: La prevención y el tratamiento de las
enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la
lucha contra ellas; La creación de condiciones que aseguren el acceso de
todos a la atención de salud. Para aclarar y hacer operacionales las
medidas arriba enumeradas, el Comité de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales de las Naciones Unidas, que supervisa la aplicación del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptó en el
año 2000 una observación general sobre el derecho a la salud, habiendo
determinado que los factores más importantes para la atención de salud,
son los siguientes: el acceso al agua limpia potable y a condiciones
sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una
nutrición adecuada, una vivienda adecuada, condiciones sanas en el
trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación, información sobre
- 24 -
cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y
reproductiva.6
También se debe hacer énfasis tanto a la salud física como a la
salud mental, en virtud que el Código de Salud (Decreto 90-97), asigna
al Ministerio de Salud Pública y Asistencia social, la responsabilidad de
velar por: “la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la
salud mental”, atendiendo las necesidades básicas de las personas, para
lo cual debe “promover el establecimiento de centros y servicios de
rehabilitación, física, psicológica, social y ocupacional”, en beneficio de la
población guatemalteca.7
Según la observación general, el derecho a la salud abarca cuatro
elementos indispensables tales como:
Disponibilidad. Se deberá contar con un número suficiente de
establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de
programas de salud.
Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud
deben ser accesibles a todos dentro de la jurisdicción del Estado.
No discriminación
Accesibilidad física
Accesibilidad económica
Acceso a la información
Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de
salud deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente
6 El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales (1966) 7 Código de salud (Decreto 90-97)
- 25 -
apropiados, a la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de
vida.
Calidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán
ser apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena
calidad.
2.3 Derecho de Defensa.
Constitucionalmente esta normado en el Articulo 12. La defensa de
la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni
privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido en proceso
legal ante juez o tribunal competente y preestablecido. 8
Ninguna persona puede ser juzgada por Tribunales Especiales o
secretos, ni por procedimientos que no estén preestablecidos legalmente.
2.3.1 Derecho de legítima defensa. El que tiene todo Estado para oponerse
coactivamente a las agresiones actuales o inminentes por parte de otro;
posee carácter de excepción, por cuanto se considera un recurso extremo
de autodefensa; por lo que el Ejército de Guatemala, es el responsable de
salvaguardar la seguridad y defender la soberanía de nuestra nación, y
tomando en cuenta la amenaza fuerte de la delincuencia en el país, optó
por reforzar la seguridad nacional, tomando las fuerzas de Reserva Militar
en el país y contrató elementos para formar las unidades de Seguridad
Ciudadana.
“La Defensa, es el fin primario del Estado; precede a cualquier otra
función o fin. La seguridad de la comunidad produce la tranquilidad y
- 26 -
orden necesarios para acometer los fines propuestos por el Estado. La
sociedad primitiva, acosada por las invasiones y el pillaje, tuvo necesidad
de garantizar su existencia. El bien y la salvaguardia de la sociedad
organizada está, en que se conserve la unidad, cuya expresión sensible es
la paz, de suerte que si la paz es proscrita, perece la utilidad de la vida
social”.9
Después de la Segunda Guerra Mundial el concepto de Defensa,
debido a las características de las nuevas armas, entre ellas su mayor
alcance y la tecnología aplicada a otros medios subsidiarios del esfuerzo
bélico, se amplió al de Seguridad Nacional. Ahora debía defenderse al
país, no solo de la agresión armada, debe protegerse también de la
agresión Social, Cultural e Ideológica, por medio de las cuales se
capturaban mercados y aliados políticos. Para esto la defensa ya no podía
circunscribirse solamente a la geografía nacional ni a la utilización
exclusiva de las fuerzas armadas, en consecuencia, aparece el concepto
del Poder Nacional, expresados en los factores Económicos, Sociales,
Políticos, Geográficos y Militares, donde los recursos nacionales, objetivos
y subjetivos, sustentan las acciones, primero de la Diplomacia y en
definitiva de la milicia.
La conceptualización de Seguridad Nacional era: “Un grado de
garantía relativa que un Estado puede proporcionar a la nación donde está
enmarcada su jurisdicción, en una época determinada, con el fin de lograr
la consecución y la salvaguardia de los objetivos nacionales, a despecho
8 Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo 12. 9 Libro de la Defensa Nacional de la República de Guatemala.
- 27 -
de cualquier antagonismo, lo que se alcanzará a través de acciones
políticas, económicas, psicosociales y militares”. 10
2.4 Derecho a la Seguridad.
2.4.1 Seguridad: Exención de peligro o daño. Es una condición necesaria para
el funcionamiento de la sociedad y uno de los principales criterios para
asegurar la calidad de vida.
2.4.2 Seguridad Personal: Es la convicción del respeto de uno mismo por los
demás, mientras se ejerza el derecho y se cumpla el deber. Garantía que
el Poder público ofrece a la ciudadanía en general y a cuantos residen en
el territorio de su jurisdicción. 11
2.4.3 Seguridad Jurídica: Es la condición esencial para la vida y el
desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran.
Representa la garantía de la aplicación objetiva de la ley.12
2.4.4 Seguridad Social, El autor Beveridge , trata de garantizar la abolición de
la necesidad y procurarle a cada ciudadano, ingresos suficientes para
afrontar sus responsabilidades, con la finalidad de vencer los cinco
gigantes malignos de la humanidad, tales como: La necesidad, por falta de
medios de subsistencia; la enfermedad, que con frecuencia deriva de tal
necesidad; la ignorancia, que ninguna democracia debe permitir entre sus
ciudadanos; la miseria, inadmisible en países civilizados y entre laboriosos
10 Libro “Análisis Praxiológico del enfrentamiento armado en Guatemala, 1960-1996,
Tomo I “Gramajo Morales, “Análisis Praxiológico del enfrentamiento armado en
Guatemala, 1960-1996, Tomo I, “Alrededor de la Bandera” Pág. 156 y 157.
11 Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Editorial Heliasta, Argentina,
autor Ossorio Manuel, Página 695.
12 ibid, Pág. 695 de Ossorio Manuel, Editorial Heliasta.
- 28 -
capaces; y la ociosidad, por los peligros sociales que implica, salvo
justificarse por imposibilidad personal o por haber cumplido con los
imperativos del trabajo en el curso de la vida.
2.4.5 Seguridad Colectiva, Es la expresión equivalente a seguridad
internacional que constituye la principal finalidad de la Organización de las
Naciones Unidas.
2.4.6 Seguridad de la Nación, Es el conjunto de principios, pláticas, objetivos,
estrategias, procedimientos, organismos, funciones y responsabilidades de
los componentes del Estado en materia de seguridad, que garantizan su
independencia, soberanía e integridad y los derechos fundamentales de la
población establecidos en la Constitución Política de la República de
Guatemala, consolidando la paz, el desarrollo, la justica y el respeto de los
derechos humanos.13
2.4.7 Seguridad Democrática. Es la acción del Estado que garantiza el
respeto, promoción y tutela de la seguridad, al mismo tiempo que el pleno
ejercicio de los derechos humanos, mediante la creación de condiciones
que le permita a cada persona su desarrollo personal, familiar y social en
paz, libertad y democracia.14
La gestión integral en seguridad ciudadana: Es un proceso que
va desde la construcción de un marco ético-político hasta la ejecución de
acciones de intervención pública destinadas a producir cambios de las
condiciones objetivas y subjetivas que afectan a la población. Entre las
13 Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad Decreto No.18-2008 pag.3.
del Congreso de la Rep. De Guatemala.
14 Ibid. Página 4.
- 29 -
líneas de trabajo que deben fortalecerse se encuentran la investigación, la
planificación y la aplicación de herramientas de apoyo a la gestión, como el
monitoreo y la evaluación.
Desde el punto de vista de las herramientas de apoyo a la gestión
integral de seguridad ciudadana, es fundamental favorecer la evaluación
destinada a conocer los efectos de las políticas en seguridad ciudadana y
de informar las decisiones que afectan su continuidad, rediseño y
asignación de recursos.
Los esfuerzos modernizadores de la gestión pública en seguridad
ciudadana deberían llevarnos, en el mediano plazo, a logros como los
siguientes:
Diseño de nuevas estrategias de intervención intersectorial y
multidisciplinarias.
Mejorar la calidad de los diseños de intervención.
Aumentar la efectividad de la acción en seguridad ciudadana.
2.4.8 Concepto Amplio de Seguridad: Debido a los cambios en la coyuntura
gubernamental a partir del fin de la guerra fría y la redefinición de los
factores de Poder en el Plan Internacional, así como por la solución
negociada al conflicto armado interno que existía en Guatemala, desde
principios de la década de los 60` se han abierto espacios internos para
replantear la concepción de Seguridad Ciudadana.
2.4.9 La construcción de la Sociedad Civil: La sociedad civil es un proceso de
concientización de las personas que se orientan a generar un nuevo
proyecto de sociedad y de estructuras sociales.
- 30 -
Existen cuatro índices que determinan una sociedad civil fuerte, a
saber:
a. Los pobres están organizados y ejercen una influencia en el plano
político.
b. Se desarrollan asociaciones políticas independientes del Estado.
c. La Cultura de la tolerancia está generalizada;
d. Todos los grupos tienen verdadero derecho de opinión, sin
distinciones de género, de raza, color y religión.
2.4.10 La Seguridad ciudadana, se refiere “al derecho que asiste al ciudadano
de desenvolver su vida cotidiana con el menor nivel posible de amenazas a
su integridad personal, sus derechos cívicos y el goce de sus bienes”.
2.5. Derecho de Protección.
Es el derecho que le asiste al ciudadano, de proteger su vida, su
integridad física y la de su familia.
2.5.1 Sistema Universal de protección:
El Sistema Universal de Protección de las Naciones Unidas, está
formado, principalmente por la Comisión de Derechos Humanos, que se
ocupa de poner en práctica, primordialmente, la Declaración Universal, el
Comité de Derechos Humanos, encargado de vigilar el cumplimiento del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y los informes
periódicos que deben formular los Estados Partes en el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
La Comisión está compuesta por cuarenta y tres miembros, electos
por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.
- 31 -
2.5.2 Sistema Interamericano de Protección:
El Sistema Interamericano de protección y promoción de los
derechos fundamentales del hombre está constituido por dos órganos:
La Comisión y la Corte, y por las normas Internacionales que en dicha
materia han sido aprobadas:
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, o Pacto de San
José.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos tiene como
función principal promover la observancia y defensa de los Derechos
humanos y servir como órgano consultivo de la OEA en esta materia.
2.5.3 La acción de protección, en el ámbito del Derecho Internacional de los
Derechos Humanos, no busca regir las relaciones entre iguales, sino
proteger los ostensiblemente más débiles y vulnerables. Tal acción de
protección asume importancia en un mundo dilacerado por distinciones
entre nacionales y extranjeros (inclusive discriminaciones de jure,
notablemente los migrantes), en un mundo globalizado, en que las
fronteras se abren a los capitales, inversiones y servicios pero no
necesariamente a los seres humanos. 15
2.5.4 “La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en sus 30
artículos, otorga la protección en todos sus derechos a la persona
humana”.
15 Cancado Trindade Antonio Augusto y Jaime Ruiz de Santiago, Libro La Nueva
Dimensión de las necesidades de protección del ser humano en el inicio del siglo
XXI , San José Costa Rica , 2004, 3ª. Edición, Página.59.
- 32 -
“Todos los derechos inherentes a la persona, están protegidos por
la Constitución Política de la República de Guatemala”, específicamente en
sus dos primeros capítulos.
2.6 Derecho a la vivienda.
Vivienda: Es la habitación, casa, bien, domicilio o morada, donde habita la
familia.
2.6.1 La vivienda es inviolable. Nadie podrá penetrar en morada ajena sin
permiso de quien la habita, salvo por orden escrita de juez competente en
la que se especifique el motivo de la diligencia y nunca antes de las seis ni
después de las dieciocho horas, tal diligencia se realizará siempre en
presencia del interesado, o de su mandatario.16
2.6.2 Derecho de habitación: Es el Derecho real que confiere a su titular la
facultad de ocupar con su familia un inmueble destinado a vivienda, cuya
propiedad corresponde a otra persona, sin abonar precio; pero con la
obligación de conservarla y la prohibición de ceder o arrendar su derecho.
2.7 Derecho a la Educación.
2.7.1 Educación: Es el proceso multidireccional mediante el cual se transmiten
conocimientos, valores, costumbres y formas de actuar. La educación no
sólo se produce a través de la palabra, está presente en todas nuestras
acciones, sentimientos y actitudes.
2.7.2 Existen tres tipos de educación: la formal, la no formal y la informal. La
educación formal hace referencia a los ámbitos de las escuelas, institutos,
universidades y módulos. Mientras que la no formal se refiere a los
- 33 -
cursos, academias, etc. y la educación informal es aquella que abarca la
formal y no formal, pues es la educación que se adquiere a lo largo de la
vida.
2.7.3 Definición. “El sistema Educativo Nacional, es el conjunto ordenado e
interrelacionado de elementos, procesos y sujetos a través de los cuales se
desarrolla la acción educativa, de acuerdo con las características,
necesidades e intereses de la realidad histórica, económica y cultural
guatemalteca”.
Concepto personal: Se entiende por educación, la manifestación de
actos, personales, comportamiento social, actividades y destrezas
relacionadas al ámbito social en el cual cada persona se desenvuelve ya
sea civil o militar.
2.7.4 Características. Deberá ser un sistema participativo, regionalizado,
descentralizado y desconcentrado.
2.7.5 El Derecho a la Educación: La educación constituye un derecho y
obligación de recibir la Educación Inicial, Preprimaria, Primaria y Básica y
para el Estado la de promoción de la Educación Diversificada, Especial y
Extraescolar o paralela, dentro de los límites de edad que fija la ley,
orientada de manera científica, tecnológica y humanística, mejorando el
nivel cultural de la población con énfasis en la alfabetización, así como el
inciso a) del Artículo 171 de la misma norma, ordena la creación de la Ley
de Educación Nacional, para garantizar los derechos educativos de los
ciudadanos guatemaltecos.17
16 Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 23, Página 13. 17 Ley de educación Nacional de Guatemala.
- 34 -
2.7.6 El Ministerio de Educación: Es el Ministerio, responsable de la
educación, por lo cual le corresponde lo relativo a la aplicación del régimen
jurídico concerniente a los servicios escolares y extraescolares para la
educación de los guatemaltecos y sus funciones se encuentran
establecidas en el Artículo 33 de la Ley del Organismo Ejecutivo.18
2.7.7 La juventud: víctima y victimaria
La relación entre juventud y violencia se ha ido construyendo sobre
la base de procesos contradictorios que tienden a estigmatizar y
culpabilizar a la juventud de las zonas populares como causantes de la
violencia y no como consecuencia de la misma. Los ambientes familiares
desintegrados, el desempleo creciente, los valores sociales en transición,
los medios de socialización como la escuela o la ciudad en crisis.
En relación a este contexto, se pueden justificar en cuanto a las
muertes violentas y otros hechos delictivos en vez de disminuir han ido en
aumento, por ejemplo el incremento de las maras, la venta y consumo de
drogas especialmente entre jóvenes, ya que muchos jóvenes se involucran
con pandillas juveniles, que apoyadas por el crimen organizado y el
narcotráfico cometen hechos delictivos contra la población como robos,
secuestros, asesinatos, asaltos al transporte urbano y extraurbano, en
virtud que hay escasez de seguridad civil, como también hay corrupción y
ausencia de subestaciones de Policía Nacional Civil. 19
18 Constitución Política de la República, Artículos: 74, 75,78 y 106.
19 Libro Seguridad Ciudadana, ¿Espejismo o Realidad? Página 37. Fernando Carrión,
Editor.
- 35 -
2.7.8 Sistema Educativo en el ambiente militar: En la Revista Militar, doctrina
del Ejército de Guatemala, Ministerio de la Defensa Nacional 2004, en la
pág. 44, relata que el sistema educativo militar es congruente con el
respeto a la Constitución Política de la República y la legislación ordinaria,
con el reconocimiento de la primicia y derechos de la persona humana y
con el espíritu del Acuerdo de Paz Firme y Duradera, con una cultura de
paz y convivencia democrática, con los valores y el conocimiento de la
historia nacional, en el marco multiétnico, multilingüe y pluricultural de la
nación guatemalteca.20
Su contenido, cambia permanentemente, adaptándose a los nuevos
tiempos y retos. El sistema educativo militar debe dar contenido con su
accionar a los principios y valores supremos de la democracia, el respeto a
los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, la búsqueda
del bien común, la defensa nacional, la cultura de paz en el ámbito
constitucional.
2.7.9 La educación militar del Ejército de Guatemala, obedece a un proceso
de planificación objetiva, por medio del cual se integran los diferentes
niveles existentes. El contenido de sus estudios tiene el propósito de lograr
la objetividad en la formación, profesionalización y capacitación de los
miembros de la institución armada, para lograr el perfil integral del
profesional requerido en los diferentes niveles.21
20 Revista Militar…Doctrina del Ejército de Guatemala, Ministerio de la Defensa
Nacional 2004, pág. 44.
21 Ibid. Página 46.
- 36 -
2.8 Derecho al Trabajo.
2.8.1 Definición: El derecho de trabajo es una rama del Derecho Público, por lo
que al ocurrir su aplicación, el interés privado debe ceder ante el interés
social o colectivo.22
2.8.2 El trabajo es un derecho fundamental y un bien para el hombre: un
bien útil, digno de él, porque es idóneo para expresar y acrecentar la
dignidad humana, es necesario para formar y mantener una familia,
adquirir el derecho a la propiedad y contribuir al bien común.
2.8.3 El trabajo es un bien de todos, La “plena ocupación” es, por tanto, un
objetivo obligado para todo ordenamiento económico orientado a la justicia
y al bien común.
2.8.4 Concepto personal de trabajo: El trabajo es el derecho de todo
ciudadano, para proveerse de un salario digno, con el fin de obtener los
bienes y servicios necesarios para la subsistencia diaria del trabajador y
de su familia.
2.8.5 El Magisterio social de la Iglesia ha considerado su reconocimiento de
algunos derechos en los ordenamientos jurídicos, tales como: el derecho a
una justa remuneración, al descanso, al ambiente de trabajo y a procesos
productivos que no comporten perjuicio a la salud física de los trabajadores
y no dañen su integridad moral, a subsidios adecuados e indispensables
para la subsistencia de los trabajadores desocupados y de sus familias; el
derecho a la pensión, así como a la seguridad social para la vejez.
22 Código de Trabajo de Guatemala, Decreto 1441, inciso e) pagina 19.
- 37 -
- 37 -
CAPÍTULO III.
3. INSTITUCIONES RESPONSABLES DE LA SEGURIDAD CIUDADANA.
3.1 Funcionamiento de Seguridad Ciudadana como Institución.
La situación de la seguridad ciudadana se ve comprometida por la
inexistencia de un cuerpo policial eficiente y respetuoso de los derechos
humanos que se dedique a la seguridad interna y favorezca el
acercamiento entre la policía y los ciudadanos. .23
En relación al tema propiamente de seguridad ciudadana, es
comprensible su funcionamiento, debido al crecimiento poblacional y
crecimiento delincuencial que azota al país, en tal virtud, los elementos de
seguridad ciudadana, se ven obligados a luchar y defender a la población,
contribuyendo y manifestando su deseo de prestar su servicio como es la
seguridad.
La seguridad ciudadana, es un conjunto de personas militares que
se encuentran capacitadas y entrenadas, con el fin de brindar el apoyo que
sea requerido por la población civil y ordenado por el Alto Mando del
Ejército, para dar cumplimiento al mantenimiento de la paz y tranquilidad
de la Nación, propósitos que solo se logran mediante el constante
entrenamiento, adiestramiento y capacitación de las unidades,
23 Compendio de Doctrina Social de la Iglesia, Pontificio Consejo “Justicia y Paz” Capítulo
IV “Derecho al Trabajo”.
- 38 -
fortalecidos con valores éticos y morales, con apego irrestricto al Estado de
Derecho y el constante respeto a los Derechos Humanos, que le son
inculcados al personal militar como parte del quehacer cotidiano de la
Brigada de Policía Militar “Guardia de Honor” y de la Brigada Militar
“Mariscal Zavala”.
Los integrantes de las unidades de seguridad ciudadana,
realizan sus operaciones combinadas con la Policía Nacional Civil, para
contrarrestar la violencia común, las pandillas, el crimen organizado, el
narcotráfico, las actividades de las maras, así como controlar el desorden
en diferentes áreas de la ciudad de Guatemala.
Fernando Carrión, en su obra Seguridad Ciudadana, afirma que
el tema de la violencia delincuencial, es el fenómeno social que tiene
expresión en las ciudades, que existe desde tiempos inmemoriales ya que
es el resultado de un conjunto de patologías y que es mejor reconocer a la
ciudad como un escenario de múltiples relaciones sociales, algunas de las
cuales por su expresión conflictiva se manifiestan de manera violenta.24
Ciudad y violencia: una determinación no resuelta:
Novedad e importancia del tema.
Si bien la violencia urbana ha existido desde que existe la ciudad,
es difícil desconocer que durante estos últimos años se ha convertido en
uno de los temas más importantes de la urbe latinoamericana
contemporánea; debido al incremento alarmante de su magnitud. Las
violencias se han extendido en todos los países de la Región, pero con
24 Libro “Seguridad Ciudadana” ¿Espejismo o realidad? Página 17, Fernando Carrión, Editor.
- 39 -
peculiaridades y ritmos de intensidad propios a cada ciudad y cada
cultura.25
3.2 Ejército de Guatemala.26
El Ejército de Guatemala, es una institución destinada a mantener la
independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del
territorio, la paz y la seguridad interior y exterior. Es único e indivisible,
esencialmente profesional, apolítico, obediente y no deliberante. Está
integrado por fuerzas de tierra, aire y mar. Su organización es jerárquica y
se basa en los principios de disciplina y obediencia.27
En seguridad interior, “El Ejército actuará en situaciones de
emergencia o calamidad pública y de acuerdo a la graduación de las
medidas, éstas serán calamidad pública, con carácter de excepción y
temporal, sujetas a la Ley del orden Público y al Poder Civil.28
Organización, el Alto Mando del Ejército, está constituido por el
Presidente de la República de Guatemala en su carácter de Comandante
General del Ejército, el Ministro de la Defensa Nacional y el Jefe del Estado
Mayor de la Defensa Nacional.29
25 Ibid. Página 18.
26 Constitución Política de la República de Guatemala, Art. 171 inciso a.
27 Decreto del Congreso de la República de Guatemala, 72-90 Ley Constitutiva del Ejército
de Guatemala, Articulo 1.
28 Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 249.
29 Decreto del Congreso de la República 72-90 Ley Constitutiva del Ejército de
Guatemala, Capítulo II, Artículos del 14 al 22.
- 40 -
Misión: La misión fundamental del Ejército de Guatemala es la
preservación de la integridad territorial, la disuasión terrestre, la
organización para la defensa militar de la Nación; así como la
estructuración de los recursos humanos, territoriales, económicos y
materiales que el estado le asigne.
En tiempo de paz dedicará su esfuerzo principal a la educación,
entrenamiento, apresto estratégico, operaciones de mantenimiento de la
paz y realización de misiones de apoyo humanitario, interna y
externamente. En tiempo de guerra se empleará bajo un Comando
unificado dentro de una estrategia de defensa, dependiendo de la
naturaleza de la amenaza u oponente, sin perder de vista los factores de
ubicación, tiempo, espacio y avance tecnológico.
La misión del componente terrestre del Ejército de Guatemala
también comprende: organizar, adiestrar y equipar las fuerzas necesarias
para reaccionar eficazmente y desarrollar operaciones militares de
cualquier naturaleza (integridad territorial, disuasión y defensa militar
terrestre) que la autoridad superior le ordene.
3.3 El Ministerio de la Defensa Nacional:
Es el ente rector y a quien corresponde formular las políticas o
lineamientos para hacer que se cumpla el régimen jurídico relativo a la
Defensa de la soberanía nacional y la integridad del territorio. Es a su vez
el órgano de comunicación entre el Ejército de Guatemala y los demás
organismos del estado, con atribuciones operativas, administrativas y
político-estratégicas, con el fin de garantizar la seguridad ciudadana en
Guatemala.
- 41 -
La Defensa Nacional, tiene por objetivo garantizar en todo
momento y circunstancia y contra cualquier forma de agresión, la seguridad
del territorio nacional. Originalmente se limitó a actividades militares,
creció y evolucionó paralelamente dando paso a un concepto más amplio,
acorde con la realidad estratégica de la época actual, resultando la
Seguridad Nacional.
En el orden operativo, bajo las órdenes del Presidente
Constitucional de la República y Comandante General del Ejército, ejerce
el mando de la institución armada, contando con el soporte técnico y
consultivo del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
En el plano administrativo, con el apoyo del Viceministro, dirige,
tramita, resuelve e inspecciona lo relacionado con la defensa,
sobresaliendo en este campo la existencia del Departamento de
Derechos Humanos, por medio del cual el Ministerio promueve la
ejecución y vigencia de los derechos fundamentales inherentes a la
persona, la dignidad, la integridad física y psíquica, y el mejoramiento de la
calidad de vida de los integrantes del Ejército incluyendo las unidades de
seguridad ciudadana quienes actualmente operan en apoyo a la Policía
Nacional Civil, con la vigilancia y supervisión de Oficiales profesionales del
Ejército en servicio activo.
También cabe resaltar la existencia del Centro de Atención o
Discapacitados del Ejército de Guatemala -CADEG- que brinda servicios
de rehabilitación profesional para personas del Ejército con
discapacidades, para facilitar la participación activa en su proceso de
reincorporación a la sociedad.
- 42 -
En el aspecto político estratégico, el Ministerio de la Defensa
Nacional se organiza en departamentos, para tratar lo relativo a las
relaciones interinstitucionales a nivel nacional e internacional, así como a la
Política de Defensa; contando para ello respectivamente con el
Departamento de Análisis Estratégico y el Departamento de Política de
Defensa.
3.4. El Ejército de Guatemala, formula planes estratégicos de acuerdo a los
análisis de las presiones y amenazas de origen externo en contra de la
integridad del territorio guatemalteco, a fin de formular hipótesis de
conflictos y de guerra que permitan tomar las providencias necesarias y
corregir oportunamente las vulnerabilidades detectadas.
3.4.1 Visión:
La Defensa Nacional de Guatemala, se concibe dentro de un texto
de paz y respeto a los derechos e intereses de los individuos y la Nación,
con la resolución firme de alcanzar el bien común, venciendo los
antagonismos y obstáculos que se contrapongan a dicha meta.
Promueve el desarrollo considerado como el mejoramiento
progresivo en la calidad de vida del ser humano. Enfatiza en el
mantenimiento de la paz por medio de la prevención y tratamiento de los
conflictos en el marco de la promoción de una cultura de paz, apoyado en
la política de seguridad; estando ambas íntimamente relacionadas y en
conjunción con las restantes políticas de Estado dentro del esquema de la
planificación nacional. La seguridad como condición, se alcanza a través
de un conjunto de acciones y medidas, que previenen y dan respuesta
efectiva a los riesgos, amenazas y vulnerabilidades, para alcanzar los
- 43 -
objetivos nacionales y globales dentro del Tratado Marco de Seguridad
Democrática en Centroamérica. Dicho tratado se basa en el Estado de
Derecho, la seguridad de las personas y sus bienes, la seguridad de la
región y considera, además la organización e institucionalidad necesaria
para el funcionamiento del modelo y se inspira en logros alcanzados en el
proceso de pacificación e integración regional.
Promueve, asimismo, a través del Departamento de Derechos
humanos, la ejecución y vigencia de los derechos fundamentales
inherentes a la persona, la dignidad, la integridad física y psíquica, y el
mejoramiento de la calidad de vida de los integrantes del Ejército.30
3.4.2 Educación, capacitación y entrenamiento militar:
Es el proceso por medio del cual la Institución Armada forma a su
personal, transmitiéndole conocimientos en el arte y ciencia militar, así
como en sus tradiciones, valores y cultura, con el fin de cumplir su misión
constitucional, mantener su existencia y excelencia y permitir su constante
desarrollo.
3.4.3 El sistema educativo militar del Ejército de Guatemala, constituye un
componente vital en la formación de un liderazgo militar moderno, con el
objeto de cumplir las misiones diversas y exigentes de los tiempos
actuales, convirtiendo a tales líderes en planificadores y Comandantes
sobresalientes en todos los niveles. La instrucción y educación militar son
obligatorias, continuas y progresivas desde que se ingresa al Ejército de
Guatemala.
30 Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica.
- 44 -
3.4.4 Su misión fundamental, en el ámbito terrestre, es la disuasión y el
desarrollo de la guerra, así como la organización de la defensa de la
Nación para la preservación de la soberanía, independencia e integridad
territorial.
3.4.5 Su misión fundamental en el espacio aéreo, es conducir operaciones
para mantener y garantizar la soberanía nacional por medio de la guerra
aérea, apoyando a las unidades de superficie, garantizando la libertad de
acción, con el propósito de disuadir, neutralizar o destruir cualquier
amenaza contra los objetivos nacionales.
3.4.6 Su misión fundamental, en los espacios acuáticos, es mantener la
independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del
territorio, la paz y la seguridad interior y exterior en los espacios acuáticos
nacionales, así como, velar por el respeto de los derechos de la República
sobre su mar territorial y sobre la zona económica exclusiva.
Para lo anterior, las fuerzas de mar conducen operaciones
navales orientadas a la aplicación de las leyes nacionales e
internacionales, con el propósito de hacer prevalecer la autoridad del
Estado en sus espacios acuáticos. Asimismo, realizan operaciones
navales en época de guerra con el propósito de defender a Guatemala de
ataques lanzados desde el mar.
3.4.7 Profesionalización:
La profesión Militar, es aquella que considera conocimientos
especializados propios y que tiene como cometido el empleo de la fuerza
armada y el apoyo de la misma.
Por lo anterior, el mando del Ejército, da énfasis a la educación
de sus recursos humanos para compensar y superar las carencias
- 45 -
tecnológicas, con el ingenio y calidad de sus integrantes, tanto militares
como civiles que participan en los cursos impartidos en los diferentes
centros de capacitación, se les capacita en diferentes áreas, teóricas y
prácticas.
El Ejército de Guatemala, cuenta con un sistema de educación,
capacitación y entrenamiento, para el conocimiento, aplicación y
estandarización de la Doctrina Militar, unificando la práctica de las ciencias
militares (terrestres, navales y aéreas).31
La educación militar, es el proceso por medio del cual él Ejército
de Guatemala forma a su personal trasmitiendo conocimientos en el arte y
ciencia de la guerra, tradiciones, valores y cultura, con el fin de cumplir su
misión constitucional, así como mantener su existencia y permitir su
constante desarrollo.
El sistema educativo militar constituye un componente vital en la
formación del personal militar, por medio del cual se proyecta la
profesionalización de los señores Oficiales, con el objeto de que cumplan
las misiones diversas y exigentes del futuro, convirtiéndolos en
planificadores y Comandantes capaces de interactuar en diversos
ambientes, principalmente el militar.
La columna vertebral de cambio y desarrollo del sistema educativo
del Ejército de Guatemala, descansa sobre la Reforma Educativa
Militar, proceso que este año está siendo acelerado para permitir a los
integrantes del Ejército estar mejor preparados para afrontar con éxito los
desafíos del siglo XXI. Aunque los resultados de los procesos educativos
31 Manual de Personal, TE-01-2. (Doctrina militar)
- 46 -
son de largo plazo constituyen el medio más seguro y eficaz para la
transformación institucional.
El Comando Superior de Educación del Ejército de Guatemala,
ha impulsado el sistema educativo antes mencionado, haciendo su mejor
esfuerzo para que los señores oficiales en los diferentes escalones de la
jerarquía militar, obtengan una preparación de altura, la cual les permita
desempeñarse de mejor manera en los puestos a los que son nombrados
por el Ministerio de la Defensa Nacional.
3.4.8 Educación:
El proceso educativo comprende la infraestructura y recursos de
formación vocacional, profesionalización, capacitación técnica y
entrenamiento militar, para los elementos que serán destinados al mando,
la administración, manejo del personal y mantenimiento de material y
operaciones de cada fuerza.
El mencionado proceso está compuesto por tres niveles de
educación: El Vocacional, el de Formación y el de Profesionalización.
Así mismo, éstos se ven reforzados por dos procesos: el de Capacitación
y el de Entrenamiento Militar.
3.4.9 Administración:
Para la correcta administración de la educación el Ejército de
Guatemala, cuenta con la estructura funcional y operativa en la que el ente
rector es el Comando Superior de Educación (COSEDE), que tiene la
misión de regir, establecer y actualizar las políticas y estrategias sobre la
doctrina y educación del Ejército; y los órganos operativos que se
- 47 -
encargarán de impartir la educación, capacitación y entrenamiento de los
integrantes de la institución.
3.4.10 Niveles de Educación:
Nivel de Formación
Nivel de Profesionalización
Nivel Vocacional Cívico-Militar.
3.4.11 El Nivel de formación:
El Ejército de Guatemala, a través de la Escuela Politécnica y sus
equivalentes para la formación de oficiales en el extranjero, facilita la
educación militar a ciudadanos guatemaltecos con el objeto de preparar a
futuros oficiales en el arte y las ciencias militares, navales y aéreas. Esta
educación imparte conocimientos de historia militar y el estudio de la
realidad social, política y económica de la Nación, el fomento de la unidad
nacional, respeto de la diversidad cultural y étnica y el desarrollo de sus
valores, con el fin de que las diferentes unidades militares del Ejército de
Guatemala, estén comandadas por líderes con una alta vocación de
servicio a su Nación.
Este nivel de formación se lleva a cabo en la Escuela Politécnica, en
la Escuela Naval de Guatemala, en la Escuela Militar de Aviación y en las
Escuelas militares, navales y aéreas del extranjero.
3.4.12 El Nivel de profesionalización:
Este nivel proporciona y fomenta los conocimientos y doctrina sobre
el principio fundamental que rige la conducción de la guerra moderna y la
- 48 -
aplicación del poder militar, impartiendo educación militar superior a
oficiales superiores y subalternos del Ejército de Guatemala.
El propósito es contribuir a que ejerzan eficientemente el mando en
los diferentes niveles, las funciones de estado mayor, el estudio de la
seguridad nacional, y la defensa de las ciencias aplicadas al ámbito de las
fuerzas que integran la Institución Armada, acordes con el desarrollo del
país.
Esta educación militar, se lleva a cabo en el Comando Superior de
Educación del Ejército de Guatemala, Escuela Naval de Guatemala,
Escuela Militar de Aviación, Centros de Estudio y Escuelas militares en el
extranjero.
Se establece como obligatorio, de acuerdo con su jerarquía, la
aprobación de los siguientes cursos:
Curso básico diversificado de armas y servicios.
Curso Avanzado de Armas
Curso de Comando y Estado Mayor
Curso Superior de Guerra y
Curso de Altos Estudios Estratégicos.
Se implementan cursos adicionales en el idioma de inglés y
francés, impartidos por docentes y profesionales por contrato, de
acuerdo a convenios realizados por el Ministerio de la Defensa
Nacional, con la Universidad Galileo.
También se imparten Cursos de Capacitación de
Incorporación Para Oficiales de Reserva llamados al Servicio Activo.
(CIORA).
- 49 -
Asimismo en el primer semestre del año 2013, se impartió el
CURSO DE CAPACITACIÓN PARA OFICIALES y ELEMENTOS DE
SEGURIDAD CIUDADANA, con un total de diez Oficiales Subalternos
y treinta y cinco elementos de seguridad ciudadana.
3.4.13 Nivel Vocacional Cívico-Militar:
Este Nivel, es atendido por los Institutos Adolfo V. Hall, ubicados en
diferentes departamentos del país, con el fin de formar a jóvenes
guatemaltecos en el nivel diversificado y como Oficiales de Reserva del
Ejército de Guatemala, con capacidad para la conducción de las reservas
militares organizadas en el territorio nacional.
3.4.14 Niveles de Entrenamiento Militar:
Consiste en preparar a integrantes del Ejército de Guatemala,
individual y colectivamente para el desarrollo de operaciones militares
especificas, conjuntas y combinadas, y se regirá por el sistema de
entrenamiento orientado al cumplimiento de la misión, se llevará a cabo en
los Comandos Militares, Unidades Estratégicas, Comandos Militares
Especiales y otros.
3.4.15 Responsabilidades:
De las unidades del Ejército de Guatemala. La responsabilidad de
estas Unidades recae esencialmente sobre cada una de las fuerzas del
Ejército (tierra, aire y mar).
3.4.16 Personal:
El personal constituye el recurso más valioso del Ejército de
Guatemala, por tanto su administración es fundamental en todos los
- 50 -
niveles y jerarquías de la institución. Las responsabilidades principales
involucran el mantenimiento del efectivo de la unidad, la administración de
personal, la administración del potencial humano, el mantenimiento de la
disciplina la ley y el orden, el incremento y mantenimiento de la moral.
3.4.17 Marco Legal:
Las actividades que realiza el Ejército de Guatemala, están
enmarcadas en la Constitución Política de la República de Guatemala, las
leyes vigentes, los instrumentos ratificados por Guatemala, el Acuerdo de
Paz Firme y Duradera y el respeto irrestricto a los Derechos Humanos.
Doctrina, la aptitud profesional de los ejércitos radica en su
doctrina, la cual es la guía para que sus fuerzas realicen las operaciones
bélicas y no bélicas, aprovechando lecciones del pasado, reflejando el
carácter de la guerra.
La doctrina militar, es el conjunto de conceptos básicos, principios
generales, procesos, valores y normas de comportamiento que
sistematizan y coordinan las actividades del Ejército, para el cumplimiento
de su misión.
La doctrina del Ejército de Guatemala, establece las bases para
su preparación y empleo de la fuerza, con una estrategia central orientada
a fortalecer el diálogo y la búsqueda de consensos.
Axiológicamente, abarca el conjunto de valores que fundamentan
a la sociedad y los principios que identifican a la Democracia, la Libertad y
el Estado de Derecho, plasmados en la Constitución Política de la
República de Guatemala, dando énfasis a los derechos humanos.
- 51 -
Operativamente comprende la estrategia militar, estrategia
operativa, táctica, logística y liderazgo, así como, la planificación y
conducción de operaciones militares en tiempos de guerra o paz.32
3.4.18 Tribunales militares: Constitucionalmente está normado en el
Artículo 219, que los tribunales militares conocerán de los delitos y
faltas tipificado en el Código militar y en su reglamento.
Los delitos y faltas del orden común cometidos por militares serán
conocidos y juzgados por la jurisdicción ordinaria. Ningún civil podrá
ser juzgado por tribunales militares.
Cargos y atribuciones del Presidente de la República de
Guatemala, en el Ejército. "El Presidente de la República es el
Comandante General del Ejército e impartirá sus órdenes por conducto
del Ministro de la Defensa Nacional, ya sea éste civil o militar".33
3.5 Ministerio de Gobernación:
Definición:
Es el Ministerio del Gobierno de Guatemala responsable de la
seguridad de Guatemala, con lo cual le corresponde formular las políticas,
cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la
paz y el orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes, la
garantía de sus derechos, la ejecución de las órdenes y resoluciones
judiciales, el régimen migratorio y refrendar los nombramientos de los
Ministros de Estado incluyendo el de quien lo suceda en el cargo.34
32 Constitución Política de la República de Guatemala. 33 Ibid Artículo 219 y 246 34 Ley del Organismo Ejecutivo.
- 52 -
Para cumplir con dichas funciones debe tener la capacidad
administrativa, operativa y financiera que le permita generar un detallado
conocimiento de las diferentes situaciones de seguridad en forma global y
especifica, de tal manera que le permita disminuir los riesgos, enfrentar las
amenazas y contrarrestar las vulnerabilidades que afectan a los
ciudadanos guatemaltecos.35
3.6.1 Policía Nacional Civil.
La Policía Nacional Civil es la fuerza armada de seguridad de
Guatemala, que está a cargo de resguardar el orden público, así como de
la seguridad civil de la población, conjuntamente con el Ejército de
Guatemala resguardan la seguridad del territorio nacional. Fue fundada en
1997.
En el reclutamiento selección, capacitación, y despliegue de su
personal debe tenerse presente el carácter multiétnico y pluricultural de
Guatemala.
El Mando supremo de la Policía Nacional Civil, será ejercido por el
Presidente de la República, a través del Ministerio de Gobernación.36
Responsabilidad Legal de la Policía Nacional Civil:
La jurisdicción ordinaria es la competente para conocer los delitos
y faltas que se cometen en contra de los miembros de la Policía Nacional
Civil, así como los cometidos por éstos en el ejercicio de su cargo, de igual
35 Folleto Policía Nacional Civil en Guatemala, Autor: Julio Rivera Clavería, Página 109. 36 Ibid pagina 19 y 54
- 53 -
manera, el hecho que se le imputa deberá ponerse en conocimiento de la
autoridad jerárquica de quien dependa.37
3.5.2 Sistema Penitenciario. El Sistema Penitenciario de la República de
Guatemala (SP) debe tender a la readaptación social y a la reeducación de
as personas privadas de libertad y cumplir con las normas que le asigna la
Constitución Política de la República, los convenios y tratados
internacionales en materia de derechos humanos de los que Guatemala
sea parte así como lo dispuesto en las demás leyes ordinarias.
La Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) fue creada por
medio del Decreto Gubernativo número 607-88, y se rige por el 33-2006
del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Régimen
Penitenciario, dicho sistema se encuentra bajo la dependencia del
Ministerio de Gobernación.38
Vigilancia y Seguridad:
Seguridad en relación al sistema penitenciario, las unidades de
seguridad ciudadana de las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor y
Mariscal Zavala”, organizan servicios especiales para apoyar la vigilancia
de la seguridad penitenciaria ya que es obligación de la institución
penitenciaria de evitar la fuga de presos y la vigilancia consiste en
mantener el orden y el control en los centros penitenciarios para evitar
incidentes y proteger a los más vulnerables. Las medidas de vigilancia de
las prisiones deberán ser justas y equitativas.
37 Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil, Art. 42 y 43. 38 Acuerdo Gubernativo No. 33-2006 y Ley del Régimen Penitenciario.
- 54 -
Entre los medios de seguridad figuran los muros, los barrotes, las
cerraduras, las puertas, los detectores de movimiento, las cámaras y otros
dispositivos tecnológicos, y las zonas estériles perimétricas.
En cuanto a los procedimientos de vigilancia y seguridad se incluyen
la clasificación y evaluación, los registros y las instrucciones operativas
permanentes.
Para garantizar la vigilancia y seguridad en las prisiones, se deberá
clasificar a los reclusos en función de la evaluación de riesgos. Las
medidas de seguridad a las que estén sometidos los reclusos deberán ser
las mínimas imprescindibles para asegurar su debida custodia. 39
3.6 Comisión de Alto Nivel para el cumplimiento de los Acuerdos de Paz
en materia de Seguridad Ciudadana.
La Comisión fue creada por medio del Acuerdo Ministerial 1998-
2002 del 7 de noviembre de 2002, modificado por los Acuerdos
Ministeriales 2081-2003 del 7 de noviembre de 2003 y por el 573-2004 del
22 de marzo de 2004.
Luego de la firma de los Acuerdos de Paz de 1996, y la repatriación
voluntaria de las poblaciones refugiadas en nuestro país, la relación entre
México y Guatemala experimentó un nuevo impulso, fundado en el diálogo
político, el incremento de los flujos comerciales y la cooperación integral.
Estructura: Cinco miembros pertenecen al Ministerio de
Gobernación y los otros cinco provienen de la sociedad civil.
39 http://www.unodc.org
- 55 -
Funciones: sus funciones son elaborar proyectos de ley y
programas de implementación para la creación de la Dirección de
Inteligencia Civil y Análisis de la información; la Dirección General de
Control de Armas y Municiones, la revisión, readecuación y actualización
de las normas que rigen a la Policía Nacional Civil y a las entidades
privadas de seguridad.40
3.7 Comisión Presidencial del Sistema Nacional de Seguridad.41
De conformidad con el acuerdo gubernativo 79-2007 de fecha siete
de marzo de dos mil siete, el artículo 1, establece que se crea con carácter
temporal la Comisión Presidencial del Sistema Nacional de Seguridad,
como parte del Organismo Ejecutivo.
Integración: el artículo 2 del referido acuerdo indica que son miembros
permanentes de la Comisión Presidencial del Sistema Nacional de
Seguridad:
El Vicepresidente de la República de Guatemala, quien lo preside;
El Ministro de Gobernación;
El Ministro de la Defensa Nacional;
El Ministro de Relaciones Exteriores; y
El Secretario de Análisis Estratégico de la Presidencia.
El Presidente de la República podrá convocar y presidir esta
Comisión cuando lo considere necesario.
40 Mapa Centroamericano de Instituciones de Seguridad, Asociación para el Estudio y de
Seguridad, Asociación para el Estudio y Promoción de la Seguridad en Democracia
(SEDEM), Primera Edición 2006.
- 56 -
Por su parte, la comisión presidencial del Sistema Nacional de
Seguridad podrá incorporar temporalmente a otros funcionarios de
gobierno cuando lo considere pertinente.
Las funciones de la comisión pesidencial del sistema nacional de
seguridad, según lo estipulado en el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 79-
2007 del 07 de marzo de 2007, son las siguientes:
Proponer la creación del Sistema Nacional de Seguridad.
Diseñar y proponer mecanismos que permitan la reestructuración y
depuración de la Policía Nacional Civil.
Proponer reformas a la Ley de la Policía Nacional Civil, para facilitar
su fortalecimiento institucional:
3.8 El Consejo Asesor de Seguridad.
Fue creado el 28 de febrero del 2003 por medio del Acuerdo
Gubernativo 48-2003. Está integrado por personalidades destacadas
representando la diversidad económica, social, profesional, académica,
étnica, política y cultural del país.
3.9 El Consejo Nacional de Seguridad.
Fue publicado con carácter permanente según el artículo 8 del
Decreto No.18-2008, Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad y el
artículo 9 establece que es la máxima autoridad del Sistema Nacional de
Seguridad y lo preside el Presidente de la República, quien toma las
decisiones.
41 Acuerdo Gubernativo 79-2007 del 07 de marzo de 2007
- 57 -
3.10 Gabinete de Seguridad.
Dentro de la dinámica de transformación del Estado, un elemento de
asesoría del que pueda disponer el Presidente de la República para el
proceso de toma de decisiones es el Gabinete de Seguridad, el cual está
integrado por:
a. Presidente de la República de Guatemala.
b. Vice-Presidente de la República
c. Ministerio de la Defensa Nacional
d. Ministerio de Gobernación
e. Ministerio de Relaciones Exteriores
f. Ministerio de Finanzas Públicas
g. Secretaria de Análisis Estratégico.
Las funciones del Presidente de la República lo facultan para
dirigir la política y relaciones internacionales; asimismo, para dictar las
disposiciones pertinentes en los casos de emergencia grave o de
calamidad pública, debiendo dar cuenta al Congreso de la República de
Guatemala con inmediatez.42
42 Decreto No.18-2008 según la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, Art.8 y 9.
- 58 -
CAPÍTULO IV.
4. PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD
4.1 Procedimiento de Seguridad Civil:
4.1.1 Policía Nacional Civil (PNC)
Definición: La Policía Nacional Civil, es la institución encargada de
proteger la vida, la integridad física, la seguridad de las personas y sus
bienes, el libre ejercicio de sus derechos y libertades, así como prevenir,
investigar y combatir el delito para preservar el orden y la seguridad
pública.43
Definición legal: La Policía Nacional Civil es una institución
profesional armada, ajena a toda actividad política. Su organización es de
naturaleza jerárquica y su funcionamiento se rige por la más estricta
disciplina, ejerce sus funciones durante las veinticuatro horas del día en
todo el territorio de la república. Para efectos de su operatividad estará
dividida en distritos y su número y demarcación serán fijados por su
Dirección General. Está integrada por los miembros de la carrera policial y
de la carrera administrativa.
Historia: La Policía Nacional Civil encuentra sus orígenes en la
segunda mitad del siglo XIX. Con anterioridad, la función del resguardo del
orden y seguridad pública, estaba encomendada por el Estado a diferentes
cuerpos no precisamente policíacos y su función era resolver problemas de
naturaleza diversa como de salud, de criminalidad y de ornato.
43 Folleto Policía Nacional Civil en Guatemala, Autor Julio Rivera Clavería, pagina 17.
- 59 -
4.1.2 Durante el Gobierno del General Justo Rufino Barrios (1873-1885).
Se creó el Cuerpo de Policía de Seguridad, Salubridad y Ornato de
la ciudad, que sería la base en años siguientes de la Policía Nacional.
El modelo de organización adoptado correspondía al de la Policía
de New York, Estados Unidos de América, que fue implementado y
conducido por el Sargento de Policía de esa Ciudad, José H. Pratt,
quien fue contratado por el Gobierno del General Barrios y nombrado
Subdirector de la Policía.
En sus inicios la Institución Policíaca se perfiló como una Institución
eminentemente civil, y fue modificada posteriormente de lo civil a lo militar
y viceversa, cambiando de igual manera su dependencia jerárquica entre
diversas Secretarías de Gobernación, Justicia y de la Guerra.
4.1.3 El gobierno del Licenciado Manuel Estrada Cabrera (1898-1920)
El gobierno del Licenciado Manuel Estrada Cabrera, contrató los
servicios profesionales del norteamericano Gustavo Joseph, a quien
nombró Director de Policía, para que iniciara un programa de
reestructuración al tomar como modelo el cuerpo de Policía de la ciudad de
Washington, DC. En ese mismo período Cabrerista, se estableció el
funcionamiento de una escuela de policía. El 12 de agosto de 1925 se
emitió una ordenanza de la Policía Nacional que constituye, en cierta
medida, el primer intento serio para profesionalizar la organización y se le
denominó Policía Nacional, con servicio para toda la República.
- 60 -
4.1.4 Durante el período conocido como de la Década Revolucionaria (1944-
1954), en la sociedad guatemalteca se da una serie de cambios en la vida
económica, política y social del país. La Policía Nacional no fue ajena a
este proceso y sufrió una serie de cambios que van desde cambiar su
nombre por el de Guardia Civil, hasta reemplazar a la mayoría de agentes
de Policía Nacional e incorporar a nuevos elementos provenientes de la
vida civil, que colocó en el servicio policial a jóvenes guatemaltecos
carentes de toda formación y experiencia policiaca.
Para suplir esa deficiencia, el gobierno contrató al norteamericano
Edwin L. Swett, del FBI, para dirigir el proceso de preparación y
profesionalización de los nuevos policías.
4.1.5 En 1954 se puso fin al período de la Revolución.
A través de la invasión al país promovida por el Coronel Carlos
Castillo Armas, con el apoyo de los Estados Unidos de América, quien se
convirtió en el nuevo gobernante del país. Castillo Armas derogó la
Constitución de 1,945 y se redactó una nueva en la que volvió la
denominación de Policía Nacional.
4.1.6 El 20 de junio de 1955.
Por Decreto Presidencial número 332, se promulgó la Ley Orgánica
de la Policía Nacional, que con algunas modificaciones se mantuvo
vigente hasta 1997. Con la indicada ley, se pretende profesionalizar al
policía como parte fundamental de una institución disciplinada, apolítica,
obediente y subordinada al cumplimiento de las leyes y normas que
regulan la relación jerárquica.
- 61 -
La idea central de estas acciones era la de sustraer a la Policía
Nacional de la problemática política del país, es decir de la política
partidista y de la influencia del gobierno de turno, se pretendía perfilar la
Policía y la función policíaca como un órgano del Estado y no del Gobierno.
4.1.7 De 1960 a 1985 marco de la guerra fría:
En este período Guatemala afrontó una guerra armada interna y
como consecuencia de ella, la organización, la misión y el funcionamiento
de la Policía Nacional se trasladó al gobierno de turno y a los militares en el
poder. Fue así que la Policía Nacional se constituyó en un grupo armado
al servicio de los funcionarios de turno.
4.1.8 Situación actual:
La Policía Nacional Civil, ha evolucionado por lo que la Constitución
Política de la República de Guatemala, decretada por la Asamblea
Nacional Constituyente el 31 de mayo de 1985, en su Artículo 2, establece:
“Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida,
la libertad, la justica, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la
persona.”
El Artículo 183 se refiere a las: “Funciones del Presidente de la
República. Son funciones del Presidente de la República. b) Proveer a la
defensa y a la seguridad de la nación, así como a la conservación del
orden público. d) Ejercer el mando superior de toda la fuerza pública.”
La Constitución Política de la República de Guatemala, determina
que al Presidente de la República le corresponde proveer la defensa y la
seguridad de la nación, así como la conservación del orden público y
ejercer el mando de la fuerza pública (Art. 183, incisos b y d); por lo que se
- 62 -
deduce de la misma que se debe entender como fuerza pública a la
autoridad civil o militar, encargada de mantener el orden público.
Con la apertura democrática y la finalización de los gobiernos
dictatoriales, en el año 1,986 tomó posesión como Presidente de la
República el Licenciado Marco Vinicio Cerezo Arévalo. Durante este
período gubernamental (1,986 a 1,990) se inició el período de transición de
la Policía Nacional, de la época de las dictaduras a una policía que actuara
con respeto a la Ley y a los Derechos Humanos.
El Ministerio de Gobernación del Gobierno de Cerezo Arévalo
planteó la reforma de la Policía Nacional, en cuatro áreas específicas:
Área Legal, Área Administrativa, Área Técnica y Área Profesional.
Área legal,. El objetivo primordial era darle a la institución la
sustentación legal, para realizar su función y misión en un régimen
democrático, ajustado a la ley y a los derechos humanos.
Área administrativa, se elaboraron organigramas de
funcionamiento de la Policía Nacional y se ajustaron al mundo moderno.
Es interesante destacar que en este período gubernativo se dividió el
trabajo a lo interno de la Policía, en lo operativo o de seguridad y lo
administrativo.
Área técnica, se inició una verdadera profesionalización de la
Policía al tecnificarse el laboratorio de criminalística, para aportar la prueba
técnica y científica al proceso penal; se mejoró el equipo de radio patrullas
y el equipo de comunicaciones, en muchos de los casos, gracias a
donaciones efectuadas por Alemania y España.
- 63 -
Área profesional, se enviaron grupos de miembros de la Policía a
capacitarlos a Venezuela; de igual manera a Alemania y España a
profesionales liberales, Abogados, Ingenieros, Médicos, etc., con la
intención de incorporarlos al servicio activo policial a su regreso al país, lo
cual no fue posible debido a una fuerte oposición del ejército en esa época
y, sobre todo, a que finalizaba el período del Lic. Marco Vinicio Cerezo
Arévalo.
Al tomar posesión como nuevo Presidente de la República de
Guatemala el Ingeniero Jorge Serrano Elías, se retardó la ejecución de
los planes de trabajo y proyectos elaborados durante el mandato anterior,
específicamente la reforma iniciada en el Ministerio de Gobernación, al
afectar la transformación de la Policía Nacional.
En el año 1992, entró en vigencia el nuevo Código Procesal
Penal, Decreto 51-92 del congreso de la República, sustituyendo el
sistema inquisitivo penal por el sistema acusatorio, que es oral y público y
que le da a la Fiscalía General de la Nación, Ministerio Público, su
verdadera función de ente de investigación criminal. (La Fiscalía de la
Nación coordina, dirige y supervisa la investigación criminal, que está a
cargo de la Policía Nacional Civil.)44
Durante el Gobierno del Presidente de la República Álvaro Arzú
Irigoyen, se firmó la Paz en Guatemala, y fue en este período durante el
cual se llegó a una serie de acuerdos entre los que se destaca el Acuerdo
sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una
Sociedad Democrática, en el cual se plantea la necesidad de la
44 Código Procesal Penal, Artículos: 107, 112, 113 y 114.
- 64 -
reestructuración de las fuerzas policíacas existentes en el país en una sola
Policía Nacional Civil, que tendrá a su cargo el orden público y la seguridad
interna; esta nueva policía deberá ser profesional y estar bajo la
responsabilidad del Ministerio de Gobernación. 45
De ese mismo acuerdo se desprende una serie de obligaciones, por
parte del Gobierno de la República, para implementar la nueva Policía.
En 1996, como resultado de la firma de los Acuerdos De Paz
suscritos en 1996, la Policía Nacional y la Guardia de Hacienda cesaron en
operaciones y surge la Policía Nacional Civil. El despliegue territorial de
la PNC, que comenzó a mediados de 1997, logró cubrir los 22
departamentos del país en agosto de 1999. Hasta el momento se han
desplegado 6 Jefaturas de Distrito, 27 Comisarías, 127 Estaciones y 343
Subestaciones, y además cuenta con 8 unidades móviles, que se
desplazan en puntos críticos de la ciudad capital. Nacen varios cuerpos
especiales de la policía encargados de distintos rubros de la seguridad.46
El Gobierno decidió integrar la nueva fuerza policial formando
personal nuevo y reeducando parte de los miembros de la Policía Nacional
y de la Guardia de Hacienda. La formación policial fue asumida por la
Unión Europea (UE) y desarrollada por el “Programa de Apoyo a la
Política Nacional de Seguridad” a través de la Guardia Civil Española
(GCE) en 1997. En materia de investigación criminal, la Academia recibió
apoyo de ICITAP (International Criminal Investigative Training Assistance
45 Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática., Capítulo IV. Inciso B puntos 21 y 22. 46 Decreto 11-97 del Congreso de la República, Ley de la Policía Nacional Civil.
- 65 -
Program), y la instrucción y formación en derechos humanos estuvieron a
cargo del programa de fortalecimiento de la PNC y MINUGUA.
Recientemente en 2006 se crea una fuerza policial llamada GPC
(Guardia de Protección Civil), cuya función es la de proteger a la
ciudadanía y velar por el orden público en las zonas de alto riesgo criminal.
Funge como apoyo a la Policía Nacional Civil en esas tareas.
En el mes de febrero de 1,997 fue promulgado el Decreto 11-97
Ley de la Policía Nacional Civil. En ese mismo año, se emitieron los
siguientes reglamentos: Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional
Civil, Reglamento de Organización de la Policía Nacional Civil, Reglamento
de Situaciones Administrativas de la Policía Nacional Civil, Reglamento del
Régimen Educativo de la Policía Nacional Civil, y otra serie de
reglamentos, manuales y ordenanzas, que constituyen la base legal y
administrativa de la nueva Policía Nacional Civil.
Podría decirse que el período de transición de la Policía Nacional a
Policía Nacional Civil fue aproximadamente de 15 años, 1986-2000,
durante los cuales la lucha más significativa fue trasladar la función
Policíaca desde una perspectiva puramente militar a una puramente
policial, ajustada a la ley y con pleno respeto a los derechos humanos.
Durante la gestión del Presidente Alfonso Portillo (2000-2004), la
Policía Nacional Civil no avanzó ni en su profesionalización, ni en su
tecnificación. Se reformó su Ley Orgánica en el Congreso de la República
para poner a cargo de la Dirección de la Policía Nacional Civil, a una serie
de directores civiles sin ningún conocimiento policial.
- 66 -
En enero de 2004 tomó posesión como Presidente de la
República, el Licenciado Oscar Berger Perdomo, quien durante su
gestión presidencial no se interesó por el tema de seguridad ciudadana, ni
en la profesionalización y tecnificación de la Policía Nacional Civil.
En la gestión del Presidente Berger Perdomo, algunos jefes
policíacos conjuntamente con el Ministro de Gobernación fueron señalados
por dirigentes políticos y organizaciones de la sociedad civil, de utilizar
grupos paralelos de limpieza social.
Es durante este período que el Ministerio de gobernación planteó
una nueva reestructuración de la Policía Nacional Civil. Fue promulgado el
Acuerdo Gubernativo No.662-2005 de fecha 9 de diciembre de 2005, a
través del cual entró en vigencia un nuevo Reglamento de Organización.
Su organización: La organización de la Policía Nacional Civil, está
de la siguiente manera: Dirección General, Dirección General Adjunta, Sub-
Dirección General de Prevención del delito, Sub-Dirección General de
Investigación Criminal, Sub-Dirección General de Seguridad Pública, Sub-
Dirección General de Unidades Especiales, Sub-Dirección General de
Personal, Sub-Dirección General de Finanzas y Logística, Sub-Dirección
General de Estudios y Sub-Dirección General de Salud Policial.
Funciones de la Policía Nacional Civil: 47
a) Por iniciativa propia,
b) por denuncia o…
c) por orden del Ministerio Público:
47 Ley de la Policía Nacional Civil. Articulo 10 Decreto 11-97 del Congreso de la República.
- 67 -
Misión de la Policía Nacional Civil:
Su misión principal es proteger la vida, la integridad física, la
seguridad de las personas y sus bienes, el libre ejercicio de sus libertades,
así como la seguridad pública.48
Recursos materiales de las Fuerzas Especiales Policiales:
Uniforme completo Botas militares Fusil tipo tabor y/o pistola
Chaleco protector Guantes Protector de cadera
Protector de genitales Hombrera Protector de brazos
Rodillera Espinillera Protector parte posterior del
pie
Casco americano Mascara antigás Escudo
Baton Grilletas Pistola
Fusil, binoculares Gorgorito Cuerda de utilidad general
Granadas de humo Equipo colectivo Granadas de gas
lacrimógeno
Debido al fenómeno de la delincuencia común, crimen organizado y
narcotráfico, es fundamental la participación de elementos de
Seguridad Ciudadana que el Ministerio de la Defensa Nacional, ha
procurado integrar a las filas del Ejército de Guatemala, proporcionando un
servicio especial a la población en cuanto apoyan a las fuerzas de
seguridad civil, con el fin de mantener un ambiente de seguridad con
menos violencia en Guatemala.
48 Folleto Policía Nacional Civil en Guatemala, páginas 7 - 18. Autor Julio Rivera Clavería.
- 68 -
4.2 Policía Comunitaria (PC)
Es un Cuerpo de prevención que nace con carácter experimental
intentando ser un modelo de policía adecuado a las exigencias de la
realidad actual con gran capacidad de adaptación a los nuevos desafíos
que a diario surgen en una sociedad siempre cambiante.
La Policía Comunitaria nace por las necesidades de la época actual
centradas en la crisis del sistema de valores y en las características
propias de la sociedad. Su estructura organizativa se sustenta en equipos
de barrios, formados por policías profesionales integrados a su comunidad,
los que tienen su propia dinámica operacional, acorde a las diferentes
idiosincrasias en virtud de que las actividades se desarrollan en su mayoría
en los barrios periféricos de las distintas ciudades de la provincia.
4.2.1 Misión de la Policía Comunitaria:
La misión de la Policía Comunitaria es investigar y detectar las
causas de las problemáticas comunitarias relacionadas con la seguridad,
generando planes y estrategias de acción intersectorial tendientes a la
resolución de conflictos teniendo como meta el mejoramiento cualitativo de
la vida en comunidad.
4.2.2 Actividades en la prevención del delito/Policía Comunitaria.
Guatemala es una de las primeras Misiones en aprovechar que las
nuevas autoridades legislativas permiten su apoyo a la policía comunitaria.
Guatemala trabaja de cerca con el programa de Desarrollo de
cumplimiento de la ley de la Sección de Asuntos Narcóticos (NAS) en
el diseño de un enfoque de policía comunitaria que incluye un proyecto
- 69 -
piloto en un barrio de alta criminalidad en la ciudad de Guatemala. La
Policía Comunitaria, concentra sus esfuerzos en jóvenes en situación de
riesgo susceptibles a ser reclutados por las maras, esfuerzos comunitarios
de prevención del delito asociados con la municipalidad, organizaciones
comunitarias y el centro de justicia local, así como la coordinación entre las
dependencias gubernamentales a nivel comunitario.
4.3 Sistema Penitenciario.
Es el organismo responsable de alojar a los detenidos en prisión
preventiva cuando ha sido judicialmente determinado que esto es
necesario para proteger los fines de la justicia. También está encargado de
albergar a los reclusos que cumplen una pena judicialmente impuesta, en
cuyo caso el objetivo primordial del sistema es la rehabilitación del
delincuente y su reinserción en la sociedad.
4.3.2 Dirección General
La Dirección General del Sistema Penitenciario es el órgano
responsable de la planificación, organización y ejecución de las políticas
penitenciarias.
4.3.2 Organización:
El Sistema Penitenciario guatemalteco se organiza de la siguiente
manera: 49
a. Dirección General del SP;
b. Comisión Nacional del SP;
- 70 -
c. Escuela de Estudios Penitenciarios; y
d. Comisión Nacional de Salud, Educación y Trabajo.
4.3.3 Comisión Nacional del Sistema Penitenciario:
Es un órgano asesor y consultivo de la Dirección General del
Sistema Penitenciario.
4.3.4 Comisión Nacional de Salud Integral, Educación y Trabajo.
Es el órgano técnico-asesor y consultor de la Dirección General, el
que deberá proponer las políticas para facilitar a las personas reclusas
estudios a distinto nivel, desarrollo de destrezas y habilidades de trabajo,
para favorecer la implementación de fuentes de trabajo y educación a
través de programas penitenciarios y post-penitenciarios, con el fin de
contribuir a su readaptación social.
4.3.5 La Dirección General del Sistema Penitenciario la preside:
a. El Ministerio de Educación;
b. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social;
c. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social;
d. El Sector Empresarial Organizado.
e. El Sector Laboral Organizado.
4.3.6 Escuela de Estudios Penitenciarios
Es un órgano de naturaleza educativa, responsable de orientar los
programas de formación y capacitación relacionados con las funciones que
desempeña dicho personal. Su objetivo esencial es garantizar una carrera
penitenciaria eficiente, con base en méritos y excelencia profesional.
49 Ley del Régimen Penitenciario, Artículo 34.
- 71 -
4.4 Procedimiento de Seguridad Militar.
Seguridad Área
Seguridad Marítima y
Seguridad Terrestre.
4.4.6 Seguridad Aérea:
La Fuerza Aérea Guatemalteca (FAG) constituye la
Fuerza de Aire del Ejército de Guatemala. Está organizada y equipada
en lo referente al empleo del poder aéreo, proporciona en coordinación con
las Fuerzas de Tierra y Mar la seguridad y defensa de la República de
Guatemala.
La Fuerza Aérea de Guatemala opera desde cinco bases militares:
a. Aeropuerto Internacional La Aurora, Ciudad de Guatemala.
b. Aeropuerto Internacional Mundo Maya, Ciudad de Flores, Petén;
c. Base Aérea Puerto San José, Escuintla;
d. Base Aérea Del Sur, Retalhuleu.
e. Base Militar de Fuerzas Especiales, Kaibil, Puerto Barrios, Izabal
Misión: Conducir operaciones aéreas para mantener y garantizar la
soberanía del espacio aéreo de Guatemala, realizar la batalla aérea y
disuadir, así como apoyar a las unidades militares de superficie, con el
propósito de neutralizar cualquier amenaza contra los objetivos nacionales.
También coopera en misiones de prevención contra incendios,
inundaciones, evacuaciones en zonas de desastres y jornadas médicas.
Tráfico aéreo: De acuerdo al Artículo 54 de la Normativa
Operacional para la Prestación de los Servicios Portuarios en la Empresa
Portuaria, Puerto Quetzal, la autorización, aterrizaje y Despegue de
- 72 -
Helicópteros, deberá ser autorizado por la Gerencia de Operaciones, a
través de Control de Tráfico Portuario, identificando para el efecto la nave,
razón y lugar del aterrizaje, tiempo estimado de arribo y de permanencia,
así como cantidad de personas a bordo. El despegue deberá ser notificado
a través de Control de Tráfico Portuario de la Gerencia de Operaciones.50
4.4.2 Seguridad Marítima:
Misión: Asegurar y agilizar el comercio legítimo a través del
cumplimiento transparente, creíble y permanente de las normas, leyes,
regulaciones e iniciativas en materia de protección del comercio
internacional.
Visión: Ser un modelo estratégico de seguridad que permita al
sector marítimo-portuario contar con asesoría y apoyo en la
implementación de sistemas y medidas de protección técnicamente
adecuadas que den como resultado una mejora continua en los estándares
de seguridad, convirtiendo estos esfuerzos en una factor de competitividad.
4.4.3 Seguridad Terrestre.
Las Fuerzas de Tierra, son el componente más antiguo del Ejército
de Guatemala y ha evolucionado en función de las necesidades del
Estado. A mediados del siglo XIX, el General Rafael Carrera lo impulsa con
el triunfo en la Batalla de San José La Arada, librada el 2 de febrero de
1851, fecha que se conmemora como día de estas fuerzas.
Misión: Su misión fundamental es, en el ámbito terrestre, la
disuasión y el desarrollo de la guerra, así como la organización de la
50 Normativo Operacional para la Prestación de los Servicios Portuarios, Puerto Quetzal, agosto 2001, Artículo 54, Pag.24.
- 73 -
defensa de la Nación para la preservación de la soberanía, independencia
e integridad territorial.
Organización: El Ejército de Guatemala inició un proceso de
reestructuración y regionalización militar para responder a las condiciones
de defensa terrestre que el país requiere. El término zona y región militar
refleja una demarcación geográfica y no la magnitud de la unidad.
Función: La preservación de la Soberanía, Independencia e
Integridad territorial.
Tamaño: 6,700 Soldados.
4.4.4 Diferencia entre procedimiento de Seguridad civil y Seguridad Militar.
CUADRO COMPARATIVO
PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD
CIVIL.
PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD
MILITAR.
Política de Orden y Seguridad Política de Defensa
Función Profesional Policial Función Profesional Militar
Marco Doctrinario: Política
Criminológica del Estado.
Marco Doctrinario: Directiva Estratégica
Marco Legal: Constitución (Régimen
de libertades y garantías
constitucionales), Leyes de orden
interno. Derecho Penal (Derecho
estricto)
Marco Legal: Constitución (Régimen
Político), Tratados y Convenios
Internacionales, Derecho Diplomático.
Ámbito: Relaciones interpersonales
con las autoridades
Ámbito: Relaciones Internacionales.
- 74 -
Acción sobre DELITO.
Acción sobre fuerzas organizadas que
amenazan la soberanía. GUERRA.
FORMACION DE INDIVIDUOS
(Oficiales de Policía)
FORMACION DE CUERPO ARMADO
(Fuerzas de aire, mar y tierra)
4.4.5 Diferencia entre Función Policial y Función Militar.
DISPOSITIVOS OPERATIVOS
FUNCION POLICIAL
FUNCION MILITAR
Investigación Inteligencia
Acción de captura individual
(detener bajo apercibimiento
legal)
• Someter a la justicia
Acción militar para cercar,
controlar, inmovilizar o destruir
una fuerza enemiga.
RESULTADO
RESULTADO
Seguridad de las personas o
bienes.
Seguridad e integridad del
Estado frente a amenazas
externas.
Orden publico Seguridad nacional
Seguridad Pública Seguridad Territorial.
RESULTADO OPTIMO
(PREVENCION)
RESULTADO OPTIMO
(DISUACION)
- 75 -
4.4.6 Factores importantes para mantener la Seguridad civil en Guatemala.
4.4.6.1 Factor humano
Comprende a todos los habitantes del país. "El tamaño de la
población es uno de los elementos sobre los cuales descansa el poder
nacional; pero no es suficiente conocer la cantidad total de población,
también es necesario conocer la distribución por edades para determinar
concretamente la incidencia del factor población sobre el potencial
nacional, además del volumen de la población y su repartición por edades
habrán de tenerse en cuenta los factores de capacidad Económica y
cohesión social.
4.4.6.2 Factor Tecnológico
Las tecnologías de la información y de la comunicación, como en su
momento representaron las armas de fuego contra la vida, las copiadoras
para falsificar billetes o las grabadoras para violar la intimidad de las
personas, también han sido incorporadas de forma inmediata al
procedimiento criminal en tanto que representan notables
perfeccionamientos para la ejecución de los delitos y enormes ventajas
para lograr la impunidad ante el sistema penal, y el desarrollo e
incorporación de la información y de la comunicación, a numerosas
actividades humanas, en particular el caso de Internet.
4.4.6.3 Factor Económico
"El factor económico es el que crea los bienes y servicios que se
requieren para satisfacer las necesidades de bienestar y seguridad, tal es
la capacidad industrial”
- 76 -
4.4.6.4 Factor físico
"Comprende el territorio nacional o el medio en que desenvuelve sus
actividades la población". El factor físico reviste gran significación así
como su posición estratégica, y los recursos naturales con que cuenta,
tanto en la paz como en la guerra, el poder depende cada día más del
control sobre los recursos naturales y las materias primas.
En síntesis, "el factor físico comprende dos elementos sustantivos:
la ubicación y los recursos. El primero influye en la orientación general
de la actividad económica y tiene gran significación en cuanto a la
vinculación política. El segundo constituye un factor potencial de
dependencia o de liberación en la medida en que puedan ser
razonablemente explotados".
4.4.6.5 Factor político.
"Comprende la organización y la acción política propia. Dentro de
este factor los elementos más importantes son la estabilidad política, y la
madurez cívica. Sin estabilidad política es difícil que la acción del Estado
goce de la continuidad necesaria para alcanzar los objetivos nacionales".
4.4.6.6 Ordenamiento Jurídico.
Constitución Política de la República de Guatemala.
Cumplimiento de los Acuerdos de Paz.
Leyes vigentes en Guatemala.
4.4.6.7 Política de Seguridad Integral.
- 77 -
Dentro de las políticas que debe observar el Estado para alcanzar
sus objetivos nacionales está la política de seguridad, "La Seguridad
nacional es el juego de todos los factores políticos, económicos y sociales,
abarcando tanto el campo interno como el externo, sea en la paz como en
la guerra, por lo cual se le llama con propiedad seguridad integral”.
"La seguridad puede entenderse en un sentido objetivo como la
ausencia de amenazas a valores esenciales y en un sentido subjetivo
como la ausencia de temor de que tales valores sean atacados”.
Es función de la política de seguridad nacional orientar la
preparación y adecuar conveniente, oportunamente y en tiempo útil, el
potencial nacional como instrumento integral de la acción estratégica y
concebir y conducir, tanto interna como externamente, en la paz o en la
guerra, las acciones estratégicas necesarias para eliminar o neutralizar los
antagonismos que se opongan a la obtención o mantenimiento de los
objetivos nacionales. Una política de seguridad nacional abarca la
defensa global de las instituciones y la consecución de las
aspiraciones nacionales.
En consecuencia y en su acepción más amplia, una política de
seguridad nacional es sinónimo de estrategia nacional.
4.4.7 Factores importantes para mantener la seguridad militar en
Guatemala.
4.4.7.1 Apreciación político Estratégica.
Análisis sistemático de la situación interna e internacional para
identificar las potencialidades y vulnerabilidades del país, así como las
interferencias que podría encontrar en la consecución de los Objetivos
- 78 -
Nacionales. De ella se derivan oportunidades e hipótesis de conflicto. Es
un documento básico en la elaboración de las políticas de Seguridad y de
Defensa.
4.4.7.2 Concepto Estratégico Nacional.
Enuncia en términos amplios el comportamiento conveniente de la
nación en presencia del problema de seguridad y desarrollo nacional, es
decir, traza los rumbos de la política de defensa, seguridad y desarrollo.
4.4.7.3 Concepto Estratégico de desarrollo.
Idea general de acción estratégica en el campo de la política
general, derivada del Plan Nacional de Desarrollo, y concebida por el
Ejecutivo de la Nación, para orientar las acciones necesarias a la
consecución de sus propios objetivos estratégicos.
4.4.7.4 Concepto Estratégico Militar.
Idea general de acción estratégica en el campo de la política militar,
derivado del plan de defensa y seguridad nacional, concebido por el Estado
Mayor de la Defensa Nacional y enunciado por el Ministro de la Defensa
Nacional, para orientar las acciones necesarias a la consecución de sus
propios objetivos estratégicos.
4.4.7.5 Controles Democráticos.
Estos controles se concretan en un conjunto de procedimientos,
cuyo propósito es que el Estado lleve a cabo sus funciones en condiciones
de eficacia, eficiencia, legalidad y legitimidad; debiéndose entender los
controles como un sistema integral, no como acciones aisladas de los
entes que los componen.
- 79 -
4.4.7.6 Cooperación Integral.
Se entiende como el conjunto de medidas que se establecen en un
país, con el fin de garantizar la seguridad del sistema del Estado en todo
tiempo, en toda circunstancia y contra todas las formas de agresión, así
como, contra la acción de los fenómenos de la naturaleza. Este conjunto de
medidas conducen al establecimiento de un sistema político-administrativo
militar funcional, que permite coordinar y hacer converger los esfuerzos
para contribuir al logro de los objetivos de la cooperación integral.
El establecimiento de este sistema depende entre otros factores, de
la situación geográfica del país, su superficie, su régimen político, sus
amenazas eventuales, la organización del Estado, su demarcación
administrativa y militar.
4.4.7.7 Doctrina Militar del Ejército de Guatemala.
Es el conjunto de principios, valores, normar y sistemas que
gobiernan la conducta del Ejército de Guatemala en su participación en la
búsqueda, consecución y preservación de los Objetivos Nacionales, en
particular los relativos a la seguridad y defensa de la soberanía,
independencia e integridad territorial de la República.
Está fundamentada en el respeto a la Constitución de la República y
demás leyes internas así como en los tratados internaciones que en
materia de Seguridad y Defensa ha ratificado el Estado de Guatemala.
También se inspira en el estudio de la historia de las guerras nacionales y
en el análisis e incorporación de las lecciones derivadas de sus propias
- 80 -
experiencias o las de otras fuerzas armadas, que puedan adecuarse a las
condiciones particulares del país.51
4.4.7.8 Intereses Nacionales:
Son el resumen de aspiraciones nacionales que reunidas por un
Estado, su gobierno las convierte en leyes o disposiciones de observancia
obligatoria para que como factor de cohesión coadyuve al logro de los
Objetivos Nacionales. La comparación entre ellas y las políticas
instrumentales permite evaluar la política nacional y fundamentar las
determinaciones adoptadas por el gobierno.
4.4.7.9 Política de Seguridad.
Orientaciones generales para los cuatro campos de acción respecto
a las acciones que deberán ejecutar, para eliminar o atenuar las
vulnerabilidades del país, de modo de lograr una condición de seguridad
que permita la consecución de los Objetivos Nacionales, pese a
interferencias de carácter externo o interno. La Política de Seguridad debe
ser una política de Estado, elaborada a partir de la Apreciación Político-
Estratégica y Geopolítica. Debe identificar las vulnerabilidades que se
enfrentarán con la defensa, las que enfrentará con el desarrollo y las que
se enfrentarán coordinadamente.
4.4.7.10 Seguridad Democrática.
En el contexto de las nuevas orientaciones de la seguridad, el
Modelo Centroamericano de Seguridad Democrática, interpreta las
tendencias actuales de seguridad cooperativa entre las naciones del Istmo.
51 Revista de Doctrina del Ejército de Guatemala, pagina 7, editada por el M.D.N.
- 81 -
La Seguridad democrática se basa en la democracia y el
fortalecimiento de sus instituciones y el Estado de Derecho, así como en el
respeto a los derechos humanos y al principio de subordinación de las
fuerzas armadas y de seguridad pública a las autoridades civiles
constitucionalmente establecidas.
Es interesante describir que para concretar un nuevo modelo de
seguridad regional, el 15 de diciembre de 1995, se firmó el Tratado Marco
de Seguridad Democrática en Centroamérica como una expresión de
voluntad política firme de rechazo al pasado, representado por la doctrina
de la seguridad nacional de los Estados y de la adhesión, hacia el porvenir.
En este sentido se toma como un enfoque integral e indivisible que
se estructura sobre los dos grandes pilares de la democracia y el estado
de Derecho, para prevenir y combatir las principales amenazas tales
como:
a. La debilidad o subordinación del poder civil.
b. La ausencia de pluralismo ideológico, de libertad económica y
de desarrollo sostenido.
c. La desprotección del consumidor, del medio ambiente y del
patrimonio cultural.
d. La pobreza, la violencia, la corrupción, la impunidad, el
terrorismo, la narcoactividad, el tráfico de armas; y el desbalance
regional de fuerzas.
Concepto personal: Seguridad democrática, es la protección y
promoción de la dignidad humana; por lo que la prueba de su efectividad
está en realizaciones concretas que se traduzcan en el mejoramiento de la
- 82 -
calidad de vida y desarrollo pleno de las potencialidades de los habitantes
de Centroamérica incluyendo el respeto de la dignidad humana de los
centroamericanos que hayan emigrado fuera de la región.
Debe tomarse en consideración que la seguridad democrática es
integral, e indivisible, inseparable de la dimensión humana. Este modelo
debe garantizar la ayuda solidaria y humana frente a las emergencias,
amenazas y desastres naturales.
- 83 -
CAPÍTULO V.
5. FORTALECIMIENTO DEL PODER CIVIL Y FUNCIÓN DEL EJÉRCITO EN
UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA.
5.9 Normativa constitucional:
En el Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del
Ejército en una Sociedad Democrática (AFPC), se establecieron una serie
de compromisos en materia de seguridad pública. Uno de los más
importantes fue la creación de una nueva institución policial civil bajo la
dirección del Ministerio de Gobernación, jerárquicamente estructurada,
dotada de recursos suficientes, que contara con departamentos
especializados y donde el carácter multiétnico y pluricultural de Guatemala
estuviera presente.52
En cumplimiento de este compromiso se creó la Policía Nacional
Civil, en donde se fusionaron los dos antiguos cuerpos policiales en uno
solo, teniendo como fundamento jurídico el Decreto 11-97 del Congreso de
la República, Ley de la Policía Nacional Civil.53
La Policía Nacional Civil, es una institución indispensable para que
el Estado cumpla con el mandato constitucional de garantizar la seguridad
ciudadana, apegada estrictamente al respeto a los Derechos Humanos,
cumpliendo con su misión principal de proteger la vida, la integridad física,
52 Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática México,
D.F., 19 de septiembre de 1996
53 Decreto 11-97 del Congreso de la República, Ley de la Policía Nacional Civil.
- 84 -
la seguridad de las personas y sus bienes, el libre ejercicio de sus
libertades, así como la seguridad pública, con el apoyo de las Unidades de
Seguridad Ciudadana, conducidas por el Ejército de Guatemala.
El Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del
Ejército en una Sociedad Democrática (AFPC) también establece las
bases para la creación de la Academia de la Policía Nacional Civil (APNC)
y de la carrera policial. Para ello señala criterios tales como: Que todos los
integrantes de la nueva estructura policial reciban formación en la
Academia de la Policía y asegurar que el ingreso a la carrera policial, los
ascensos y la especialización tengan lugar a través de la Academia.
El Gobierno de la República decidió integrar la nueva fuerza policial
formando personal nuevo y reeducando parte de los miembros de la
Policía Nacional y de la Guardia de Hacienda. La formación policial fue
asumida por la Unión Europea y desarrollada por el “Programa de Apoyo a
la Política Nacional de Seguridad” a través de la Guardia Civil Española
(GCE) en 1997. En materia de investigación criminal, la Academia recibió
apoyo de ICITAP (International Criminal Investigative Training Assistance
Program), y la instrucción y formación en derechos humanos estuvieron a
cargo del programa de fortalecimiento de la Policía Nacional Civil (PNC) y
de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala
(MINUGUA). El despliegue territorial de la PNC, que comenzó a mediados
de 1997, logró cubrir los 22 departamentos del país en agosto de 1999.
Hasta el momento se han desplegado 6 Jefaturas de Distrito, 27
Comisarías, 127 Estaciones y 343 Subestaciones, y cuenta con 8 unidades
móviles que se desplazan en puntos críticos de la ciudad capital.
- 85 -
La Seguridad en tiempos de paz, en este contexto la seguridad se
entiende como un concepto amplio que no se limita a la protección contra
las amenazas armadas externas, a cargo del Ejército, o la protección
contra las amenazas al orden público y la seguridad interna, a cargo de la
Policía Nacional Civil, sino que incluye el respeto a los derechos de las
personas, al carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de la
Nación guatemalteca, el desarrollo económico del país con justicia social,
la participación social, la conciliación de intereses y el fortalecimiento de la
institucionalidad democrática. En este sentido la Seguridad ciudadana y
la del Estado, son inseparables del pleno ejercicio de los derechos
humanos integralmente considerados.
5.10 Fortalecimiento del Poder Civil:
La toma de decisiones en materia de seguridad a nivel del
Organismo Ejecutivo, se considera un avance la institucionalización de las
mesas de diálogo, participación sobre seguridad y Defensa enmarcada en
el Acuerdo de Fortalecimiento del Poder Civil que impulsa la Secretaria de
la Paz, a efecto de validar la propuesta de creación del sistema Nacional
de Seguridad, elaborado por el Consejo Asesor de Seguridad.
5.11 Función del Ejército de Guatemala en una sociedad
democrática:
“La Constitución Política de la República de Guatemala en el
Artículo 244 enmarca: Integración, organización y funciones del Ejército.
El Ejército de Guatemala es una institución permanente al servicio de la
Nación. Es único e indivisible, esencialmente profesional, apolítico,
- 86 -
obediente y no deliberante. Tiene por función la defensa de la
soberanía del Estado y la integridad del territorio nacional.
5.4 Marco legal
El Marco Legal de las Fuerzas Armadas de Guatemala está
regulado en los Art. 244 al Art.250 de la Constitución Política de la
República y en la Ley Constitutiva del Ejército, a continuación se presenta
el Marco Legal detallado en la Carta Magna:54
Art. 244.- Integración, Organización y Fines del Ejército: El Ejército de
Guatemala, es una institución destinada a mantener la independencia, la
soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del territorio, la paz y la
seguridad interior y exterior.
Es único e indivisible, esencialmente profesional, apolítico, obediente y no
deliberante.
Está integrado por Fuerzas de Tierra, Aire y Mar.
Su organización es jerárquica y se basa en los principios de disciplina y
obediencia.
Art. 245.- Prohibición de Grupos Armados Ilegales: Es punible la
organización y funcionamiento de grupos armados no regulados por las
leyes de la República y sus reglamentos.
Art. 246.- Cargos y Atribuciones del Presidente en el Ejército: El
Presidente de la República es el Comandante General del Ejército e
54 Constitución Política de la República, Art.244 al Art.250 y en la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala.
- 87 -
impartirá sus órdenes por conducto del oficial general, coronel o su
equivalente en la Marina de Guerra, que desempeñe el cargo de Ministro
de la Defensa Nacional.
En ese carácter tiene las atribuciones que le señalen la ley y en especial
las siguientes:
1. Decretar la movilización y desmovilización; y
2. Otorgar los ascensos de la oficialidad del Ejército de Guatemala en
tiempo de paz y en estado de guerra, así como conferir
condecoraciones y honores militares en los casos y formas
establecidas por la Ley Constitutiva del Ejército y demás leyes y
reglamentos militares. Puede, asimismo, conceder pensiones
extraordinarias.
Art. 247.- Requisitos para ser Oficial del Ejército: Para ser oficial del
Ejército de Guatemala, se requiere ser guatemalteco de origen y no haber
adoptado en ningún tiempo nacionalidad extranjera.
Art. 248.- Prohibiciones: Los integrantes del Ejército de Guatemala en
servicio activo, no pueden ejercer el derecho de sufragio, ni el derecho de
petición en materia política. Tampoco pueden ejercer el derecho de
petición en forma colectiva.
Art. 249.- Cooperación del Ejército: El Ejército prestará su cooperación
en situaciones de emergencia o calamidad pública.
Art. 250.- Régimen legal del Ejército: El Ejército de Guatemala se rige
por lo preceptuado en la Constitución, su Ley Constitutiva y demás leyes y
reglamentos militares.
- 88 -
5.5 Cumplimiento de los Acuerdos de Paz.
Los Acuerdos de Paz en el contexto de la Guatemala actual.
Los Acuerdos de Paz constituyen indudablemente una agenda para
el desarrollo integral de la Nación y la construcción de un verdadero estado
de derecho.
Como producto de su cumplimiento, se han producido en los
últimos años cambios sustanciales, tales como el cese de las violaciones
graves y sistemáticas de los derechos humanos como políticas de Estado,
la reducción numérica del Ejército y la conquista de importantes espacios
de expresión, negociación y concentración entre diversos sectores de la
sociedad civil organizada y las instituciones y autoridades del Estado. Sin
embargo, estos avances, no se han traducido hasta el momento en un
mejoramiento sustancial y perdurable de la calidad de vida de quienes
habitan el país.
En la política económica de Guatemala, no se aprecia un claro
fortalecimiento del Estado, en función de promover, orientar y regular el
desarrollo socioeconómico, tal que no se ha dado cumplimiento al Pacto
Fiscal firmado en el 2000.
El endurecimiento en la visión de seguridad a todo nivel, cuya
intervención se consideraba terminada, plantea un contexto contrario a la
visión de un poder civil fortalecido y de un respeto pleno a los derechos
humanos. Actualmente “Nuestro país vive un tiempo difícil, en el que el
sagrado derecho a la vida y al derecho a la seguridad personal y familiar,
son cotidianamente amenazados por el desborde de la violencia y la
criminalidad.”
- 89 -
5.6 Policía Nacional Civil:
Con relación a la Policía Nacional Civil, el cumplimiento de los
compromisos del Acuerdo del Fortalecimiento del Poder Civil, sigue
estando condicionado por la ausencia de una depuración real, tanto en el
momento de su constitución como en los momentos posteriores.
La seguridad es un concepto amplio que no se limita a la protección
contra las amenazas armadas externas, a cargo del Ejército, o a la
protección contra las amenazas al orden público y la seguridad interna, a
cargo de la Policía Nacional Civil.
El conjunto de los Acuerdos de Paz de Guatemala plantea que la
paz firme y duradera requiere el respeto a los derechos humanos y al
carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de la Nación guatemalteca,
el desarrollo económico del país con justicia social, la participación social,
la conciliación de intereses y el fortalecimiento de la institucionalidad
democrática.
Dentro de este concepto, la seguridad ciudadana y la seguridad del
Estado son inseparables del pleno ejercicio por los ciudadanos de sus
derechos y deberes políticos, económicos, sociales y culturales.
Los desequilibrios sociales y económicos, la pobreza y la pobreza
extrema, la discriminación social y política, la corrupción, entre otros,
constituyen factores de riesgo y amenazas directas para la convivencia
democrática, la Paz social y, por ende, el orden constitucional democrático.
5.7 Participación de la mujer en el fortalecimiento del poder civil:
- 90 -
Para fortalecer las oportunidades de participación de las mujeres en
el ejercicio del poder civil, el Gobierno se comprometió a: Impulsar
campañas de difusión y programas educativos a nivel nacional
encaminados a concientizar a la población sobre el derecho de las mujeres
a participar activa y decididamente en el proceso de fortalecimiento del
poder civil, sin ninguna discriminación y con plena igualdad, tanto de las
mujeres del campo como de las mujeres de las ciudades; Tomar las
medidas correspondientes a fin de propiciar que las organizaciones de
carácter político y social adopten políticas específicas tendientes a alentar
y favorecer la participación de la mujer como parte del proceso de
fortalecimiento del poder civil; Respetar, impulsar, apoyar e institucionalizar
las organizaciones de las mujeres del campo y la ciudad; Determinar que
en todas las formas de ejercicio del poder, se establezcan y garanticen
oportunidades de participación a las mujeres organizadas o no.
5.8 Acuerdos y tratados internacionales, ratificados por Guatemala.
Definición:
Tratado: Es el que tiene como finalidad crear, desenvolver o
modificar alguna norma positiva en Derecho Internacional, mediante la
concurrencia de las voluntades de los diversos Estados que lo adoptan o
suscriben o que se adhieren posteriormente.55
En la Convención de Viena de 1969, sobre el derecho de los
tratados se indica:
55 Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales del Autor Manuel Ossorio, Pag. 32.
- 91 -
Que por tratado debe entenderse cualquiera que sea su
denominación el acuerdo internacional celebrado por escrito entre
estados y regido por el derecho internacional. En tal virtud, tenemos,
que en los tratados pueden establecerse derechos y obligaciones
recíprocas entre las partes, los tratados también pueden ser leyes
uniformes en distintos estados partes y de la misma manera, tanto su
ámbito personal como territorial de validez de conformidad con las
estipulaciones que figuren en el propio tratado o bien, conforme al derecho
internacional general.
Entre las primeras están los mecanismos de la adhesión y la
llamada accesión de terceros Estados y entre las segundas, cuando un
Estado sin ser parte de un tratado e incluso sin adherirse a el, acepta o
reconoce de manera expresa o concluyente como obligatorias las
obligaciones que constan en un tratado.
La terminología que se utiliza en la esfera internacional no precisa la
naturaleza ni los alcances de los tratados sino indica que, entre las partes
que lo celebran se trata de acuerdos internacionales, por consiguiente,
según el número de partes, los tratados pueden ser bilaterales o
multilaterales.
Si se trata de actos constitutivos de entes carentes o con
personalidad internacional pueden distinguirse los tratados constitutivos de
las comisiones mixtas entre estados y los tratados constitutivos de las
organizaciones internacionales, de la misma manera y según su carácter
los tratados también pueden ser:
- 92 -
Tratados formales, Acuerdos simplificados, Acuerdos entre
organizaciones internacionales, Acuerdos o entendimientos entre
organizaciones internacionales, Estados miembros o no miembros de
ellas.56
Nuestra Constitución Política (1985) el Artículo 46 dice:
“Preeminencia del derecho internacional. Se establece el principio general
que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones
aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el
derecho interno”.
56 Convención de Viena de 1969
- 93 -
CAPÍTULO VI.
6. POR QUÉ ES NECESARIO INSTITUCIONALIZAR JURÍDICAMENTE LAS
UNIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA, COMO PARTE
INTEGRANTE DEL EJÉRCITO DE GUATEMALA.
6.1 Orientaciones generales 2012-2014: (seguridad y Justicia)
Es necesario institucionalizar jurídicamente las unidades de
seguridad ciudadana, como parte integrante del Ejército de Guatemala,
porque en materia de seguridad, los retos implican la necesidad de avanzar
sostenidamente en la implementación del Acuerdo Nacional para el Avance
de la Seguridad y la Justicia. Entre sus prioridades se incluye la
consolidación del Sistema Nacional de Seguridad, en el cual se estipula
que las instituciones involucradas en la temática deben ser fortalecidas
para abordar los problemas de la seguridad de manera integral y sistémica.
En el marco del fortalecimiento de la institucionalidad del Estado se
debe priorizar la Reforma Policial y la Reforma al Sistema Penitenciario,
revisando presupuestos, protocolos, reglamentos y procesos de
formación y profesionalización de los elementos que resguardan la
seguridad ciudadana, dentro de esta categoría cabe la
institucionalización de las unidades de seguridad ciudadana, objeto
de estudio, en virtud que son elementos útiles y de apoyo a la Policía
Nacional Civil.
Promover la coordinación interinstitucional entre los entes
encargados de velar por la seguridad ciudadana y la aplicación de la
- 94 -
justicia en la generación periódica, sistematización y actualización de
estadísticas.
En materia del combate contra el narcotráfico y el crimen
organizado, se deben continuar acciones que apoyen la implementación de
la Ley contra el Crimen Organizado, los procesos de investigación y todas
aquellas herramientas legales que coadyuven en la consolidación de la
justicia, y los métodos especiales de investigación. En respuesta de uno de
los retos mayores a enfrentar en el marco de la disminución de los índices
de criminalidad del país, se requiere de la efectividad en el control de
armas y municiones.
6.2 Prestaciones de Ley del Instituto de Previsión Militar.
El Instituto de Previsión Militar, conforme a su Ley Orgánica y su
reglamento, contempla los Regímenes General y Especial, administrados
por el IPM, para atender la seguridad social en el orden militar.
6.2.1 El Régimen General, brinda protección a: Oficiales Generales, Oficiales
Superiores, Oficiales Subalternos, personal de Oficiales Asimilados,
Especialistas y personal que presta sus servicios en el IPM, quienes de
conformidad con la ley cumplieron con los requisitos para ser afiliados al
mismo.
6.2.2 El Régimen Especial, da protección al personal de tropa de alta en el
Ejército de Guatemala; cuyos fines son los siguientes:
Para los afiliados las prestaciones de seguro de indemnización por
deficiencia y/o discapacidad, se otorga por una sola vez y seguro de
sobrevivencia mensualmente, cuando médicamente se haya determinado
- 95 -
que padecen de deficiencia y/o discapacidad física o psíquica permanente,
adquirida en funciones del servicio, que no les permita valerse por sí
mismo para procurar su propia subsistencia.
Conceder a los beneficiarios de los afiliados la prestación de
seguro de vida por una sola vez, por el fallecimiento de un elemento de
tropa, encontrándose de alta en el Ejército de Guatemala.
Quiénes son sus Afiliados?
Son las personas que aparecen inscritas en los registros del IPM, de
conformidad con su Ley y su Reglamento General de Prestaciones y
Beneficios, cuyo a favor y de sus beneficiarios, siempre que se cumplan los
requisitos establecidos en los citados instrumentos legales. La edad
máxima para poder ser afiliados al referido régimen es hasta 35 años.
Los afiliados al Régimen Especial de Previsión Militar son los
elementos de tropa (soldados) del Ejército de Guatemala.
6.3 Derechos humanos:
Son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones
relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el
simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna.
Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo,
orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no
dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente.
Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos:
se han definido como las condiciones que permiten crear una relación
integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser
personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los demás.
- 96 -
El siglo XX se caracterizó también por la incorporación de los
derechos humanos al Derecho internacional. Si a principios del siglo se
afirmaba que esta rama del Derecho sólo regulaba las relaciones entre
Estados y excluía a los particulares, el cambio fue rápido y tras la Segunda
Guerra Mundial, según Juan Antonio Carrillo Salcedo, los derechos humanos
podían considerarse un principio constitucional del Derecho internacional
contemporáneo.55
Es especialmente desde el nacimiento de la Organización de las
Naciones Unidas, en 1945, cuando el concepto de derechos humanos se
ha universalizado y alcanzado la gran importancia que tiene en la cultura
jurídica internacional. El 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal
de los Derechos Humanos fue adoptada y proclamada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), como
respuesta a los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como intento de
sentar las bases del nuevo orden internacional.57
6.4 Clasificación de los derechos humanos:
La división de los derechos humanos se considera en tres
generaciones fue concebida por primera vez por Karel Vasak en 1979.
Cada una se asocia a uno de los grandes valores proclamados en la
Revolución francesa: libertad, igualdad, fraternidad.
6.4.1 Los derechos de primera generación:
Son los derechos civiles y políticos, vinculados con el principio de
libertad. Generalmente se consideran derechos de defensa o negativos,
- 97 -
que exigen de los poderes públicos su inhibición y no injerencia en la
esfera privada, como el derecho a la vida, a la integridad personal, a la
libertad individual, a la libertad de expresión, a la libertad de reunión, a la
igualdad ante la ley, derecho a la Propiedad, etc.
6.4.2 Los derechos de segunda generación:
Son los derechos económicos, sociales y culturales, que están
vinculados con el principio de igualdad.
Exigen para su realización efectiva de la intervención de los poderes
públicos, a través de prestaciones y servicios públicos, llamados así,
porque reciben reconocimiento constitucional después de la Primera
Guerra Mundial y que se refieren sobre todo a los derechos sociales, como
derecho al trabajo, derecho a la salud, derecho a la educación, derecho a
la seguridad social, etc.
6.4.3 La tercera generación de derechos:
Son aquellos derechos que surgen en la doctrina en los años 1980,
se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos,
a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de
esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen
en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de
vida o las garantías frente a la manipulación genética.
Es de urgencia nacional, institucionalizar a los elementos de
seguridad ciudadana que operan en apoyo a la Policía Nacional Civil,
como una proyección social hacia la ciudadanía guatemalteca que
57 http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos#cite_note-54
- 98 -
mantiene en alto el nivel de seguridad ciudadana, defendiendo el honor, la
dignidad y el respeto al Ejército de Guatemala.58
6.4.4 En relación al alojamiento:
En entrevista personal realizada con el General de Brigada Rodrigo
Guzmán Landaverry, Comandante de la Brigada Militar “Mariscal Zavala”.
Él comentó, que el Quinto Escuadrón de Seguridad Ciudadana que él
apoya con instalaciones, únicamente se encuentran agregados a su
Brigada, en virtud que actualmente carecen de instalaciones propias y
carecen de Institucionalización, ya que son unidades de servicio temporal y
que únicamente cuentan con un contrato de trabajo y que para
institucionalizarlos es necesario que el Estado conceda instalaciones
propias como uno o dos Comandos Militares Especiales para alojamiento
de elementos de seguridad ciudadana.
6.4.5 En cuanto a seguro por fallecimiento:
Los elementos de seguridad ciudadana pagan un seguro personal
ante empresas privadas, el cual realizan de acuerdo a sus posibilidades,
si se diera el caso y que las unidades de seguridad ciudadana, son
totalmente independientes de la Brigada Militar “Mariscal Zavala”.
58 Declaración de los Derechos Humanos.
http://commons.wikimedia.org/wiki/File:EleanorRooseveltHumanRights.png.
- 99 -
6.4.6 Entrenamiento profesional:
Actualmente los elementos de seguridad ciudadana reciben
entrenamiento en las instalaciones de la Brigada de Policía Militar “Guardia
de Honor” y en la Brigada Militar “Mariscal Zavala”, con Oficiales de alta por
contrato, miembros de la Seguridad Ciudadana y algunos Oficiales activos
del Ejército de Guatemala, que son nombrados para fortalecer el
entrenamiento y supervisar el desarrollo de las diferentes actividades y
misiones que cumplen tales unidades en apoyo a las fuerzas civiles en
Guatemala.
6.5 Centros de profesionalización militar:59
6.5.1 Escuelas de formación de Oficiales de Carrera:
Escuela Politécnica.
6.5.2 Centros de De Profesionalización:
Comando Superior de Educación del Ejército de Guatemala.
6.5.3 Institutos de Educación Vocacional:
Institutos Adolfo V. Hall.
6.5.4 Centros de Educación, Instrucción y Entrenamiento Militar:
Escuelas Técnicas y de Especialidades.
6.5.5 Escuelas para Galonistas.
Centros de Adiestramiento de Reemplazos.
59 Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, Decreto 72-90 del Congreso de la República de Guatemala.
- 100 -
6.6 Discriminación laboral.
La discriminación puede definirse como la distinción o diferenciación
que se hace en favor o en contra de una persona o cosa en comparación
con otras. Se discrimina socialmente cuando se hacen distinciones entre
personas por motivos de clase o categoría sin considerar el mérito
individual. Algunos ejemplos de categorías de discriminación social son: la
raza, el género, la edad, la nacionalidad, la religión, la incapacidad, la
orientación sexual, la altura y el peso, de conformidad con la Constitución
Política de la República y Tratados Internacionales en materia de Derechos
Humanos.
6.6.1 Discriminación Directa:
Esta se da cuando una persona es tratada de manera menos
favorable que otra en situación análoga, por motivo de la discapacidad,
explicándose únicamente la diferencia de trato cuando haya una causa
razonable que fundamente la misma, por lo que el único criterio de
diferenciación no puede ser la discapacidad de una persona.
6.6.2 Discriminación Indirecta:
Es la situación en la que pueda encontrarse una persona con
discapacidad respecto de otras personas, cuando una disposición, criterio
o práctica aparentemente neutros le ocasionan una desventaja particular o
unos efectos negativos y desproporcionados en los grupos perjudicados,
salvo que aquellas normas o prácticas puedan justificarse objetivamente
con una finalidad legítima, o que, respecto de las personas con una
discapacidad determinada, se deban adoptar medidas adecuadas y ajustes
razonables para eliminar las desventajas. La discriminación indirecta no
- 101 -
exige un motivo o causa discriminatoria, sino que supone una política
consciente o inconsciente, que tenga un efecto desfavorable sobre el grupo
perjudicado, y que por ello se evidencia en los resultados, incluso
empíricos o basados en criterios estadísticos, de esa práctica.
De acuerdo a entrevista realizada el 29 de junio de 2012, al
Mayor de Infantería Luis Alberto Monzón González, de alta en las Unidades
de Seguridad Ciudadana de la Brigada de Policía Militar “Guardia de
Honor”, él mencionado Oficial, manifestó que la discriminación se da en el
personal femenino que se encuentra de alta por contrato en las Unidades
de Seguridad Ciudadana; pero que en ciertas actividades no pueden
participar en virtud que tienen una época que se encuentran en periodo de
gestación o de lactancia materna, el cual es un descontento para el resto
de elementos que conforman la Unidad a la cual pertenece.
En la página 20, literal B del Informe de verificación de las
Naciones Unidas en Guatemala, dice que la participación de la mujer en
la Policía Nacional Civil, fue verificada por la Misión mediante entrevistas a
136 mujeres policías de las cuales el 53% provenía de cursos de primer
ingreso y el 47% de cursos de reciclaje.
Asimismo, se entrevistó a 18 Jefes de Comisarias y de servicios
especializados y a 39 autoridades departamentales y líderes de
organizaciones civiles. La verificación se centró primordialmente sobre los
niveles de participación, las condiciones de trabajo y los factores de
discriminación hacia la mujer policía.60
- 102 -
6.7 Derecho Interno:
La Constitución de Guatemala, consagra el derecho a la igualdad, la
libertad y la dignidad humana; por lo que el Congreso a través del Decreto
26-2001, aprueba la Convención Interamericana para la eliminación de
todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad,
suscrita el siete de junio de mil novecientos noventa y nueve, por lo que en
el Código Penal en su artículo 202 bis, se tipifica y sanciona el delito de
Discriminación.61
6.8 Derecho internacional:
Las modernas Constituciones prohíben la discriminación, a partir de
la proclamación de la igualdad de los ciudadanos ante la Ley. Es más, uno
de los llamados derechos fundamentales es precisamente la no
discriminación por razón de nacimiento, sexo, raza o cualquier condición
personal o social.
6.9 Protección social.
La protección social es una obligación del Estado.
6.10 Derechos:
La seguridad social es un servicio público y un derecho
irrenunciable.
Acceso universal a los servicios de promoción, protección y
recuperación de la salud.
Pensiones: garantía en la vejez y frente a los riesgos en el trabajo.
60 En la página 20 literal B del Informe de verificación de las Naciones Unidas en Guatemala.
- 103 -
La pérdida de capacidad productiva originada por la edad o por
invalidez debe protegerse con un seguro que garantice un ingreso
adecuado cuando esta situación se presente.
¿Qué es la pensión y en qué casos se aplica?
La pensión es la suma de dinero que el Sistema general de
pensiones paga de manera vitalicia, hasta la muerte del afiliado,
empleado con contrato laboral o trabajador independiente y se
aplica en los siguientes casos:
1. Por jubilación:
Es aquella que se revela en el momento en que el afiliado
cumple su tiempo reglamentario de servicio.
2. Por invalidez, por accidentes o por enfermedad que generen
incapacidad permanente para trabajar.
3. Por muerte, protegiendo a los sobrevivientes, cuando son menores
de edad.
La pensión cobija a quienes hayan estado afiliados al sistema de
pensiones, como cotizantes en una administradora de pensiones y reúnan
ciertos requisitos de edad, tiempo cotizado y capital acumulado.
6.11 Requisitos para la pensión por vejez.
La pensión por vejez exige el cumplimiento de dos requisitos
simultáneos: Haber cumplido 30 años de servicio y 60 años de edad.
61 Artículo 202 bis del Código Penal, emitido por el Congreso de la República de Guatemala.
- 104 -
En caso de accidente o enfermedad profesional el trabajador tiene
derecho al reconocimiento y pago de prestaciones económicas (subsidio,
indemnización o pensión).
6.12 Seguridad Ciudadana.
Los elementos que conforman las unidades de seguridad
ciudadana, son personas clasificadas, quienes pasan por un proceso de
capacitación y entrenamiento, en donde se les da a conocer todo lo
relacionado a las leyes vigentes para que puedan ejercer sus funciones
como miembros de seguridad en la población civil, en apoyo a la seguridad
pública, apegados al respeto y cumplimiento de los acuerdos de paz y
derechos humanos.
Misión: Los Integrantes de la Seguridad Ciudadana, realizan
operaciones no bélicas en apoyo a la Policía Nacional Civil, en el combate
a la delincuencia común organizada, a través de presencia, para mantener
un ambiente de confianza y seguridad en la población. 62
Visión: Contar con Unidades entrenadas altamente móviles, con
capacidad de coordinación y comunicación, que permitan cumplir
eficientemente todo tipo de operaciones en apoyo a las fuerzas de
seguridad civil, logrando de esta manera una unidad estratégica con
proyección nacional e internacional, a través de operaciones de
mantenimiento de paz de las Organizaciones de Naciones Unidas.
Fortalecer la seguridad interna a través del apoyo a las
operaciones de la Policía Nacional Civil, para controlar y/o disminuir la
62 Manual de seguridad ciudadana págs... 1-5, emitido por el Estado Mayor de la Defensa Nacional.
- 105 -
delincuencia común, que daña el desarrollo económico y social de
Guatemala y crear un ambiente de confianza y seguridad en la población.
Funciones:
Personal de seguridad ciudadana, realiza operaciones no bélicas,
en apoyo a la Policía Nacional Civil, tales como:
a. Puestos de control,
b. Ley seca,
c. Apoyo a la Superintendencia de Administración
Tributaria (S.A.T)
d. Seguridad de buses de mercados.
e. Seguridad perimétrica, unidades motorizadas y apoyo a
instituciones nacionales para coadyuvar a la disminución de
hechos delictivos en los sectores de mayor incidencia
delincuencial del área de responsabilidad, de acuerdo a
los planes de operaciones 40-2011, Plan 69 y 72 del
Estado Mayor de la Defensa Nacional.
Proyecciones:
a. Reducir los índices delincuenciales en el área de
responsabilidad.
b. Mejorar o cambiar el parque vehicular.
c. Cambio de equipo militar a las Unidades de seguridad
ciudadana.
d. Mejorar las relaciones con los alcaldes de los municipios en el
área de responsabilidad.
- 106 -
Requerimientos:
1. Que las unidades de Seguridad Ciudadana, sean institucionalizadas
en corto tiempo.
2. Que se vea la posibilidad de presupuestar a los elementos que
conforman las unidades de seguridad ciudadana que son objeto de
estudio.
3. Aumentar la partida para la compra de repuestos, mantenimiento y
accesorios en general de vehículos, ya que actualmente es
insuficiente.
4. Que se autorice llenar las plazas congeladas en las unidades de
seguridad ciudadana.
5. Que sean entregadas las dotaciones de uniformes que corresponde
anualmente.
Seguridad al transporte Urbano.
Consiste en apoyar a la Policía Nacional Civil, en el resguardo del
personal de usuarios en las paradas de los buses; así como en el
interior, y tiene la finalidad de evitar asaltos y asesinatos de pilotos.
Equipamiento para la Seguridad Ciudadana:
Las unidades de seguridad ciudadana no fueron dotas de
armamento, equipo y munición de acuerdo a la Tabla de Organización y
Equipo.
.
- 107 -
Perfil del elemento de seguridad ciudadana.
Es el ciudadano guatemalteco que finalizó su servicio militar,
perteneciente a la Reserva Movilizable, menor de 33 años de edad, con
diploma de sexto grado primario, carente de antecedentes penales y
policíacos, que posea un alto sentido de servicio y dispuesto a participar en
operaciones de seguridad.
Cualidades del elemento de seguridad ciudadana.
Al desempeñar sus deberes como tal, debe de observar una serie
de normas que no solamente aumentaran su eficiencia, sino que también
mantendrá el alto espíritu de cuerpo de su unidad y así mismo del Ejército
de Guatemala.
De servicio:
Un elemento de seguridad ciudadana debe demostrar su disciplina,
pulcritud y el porte militar que se espera de todos los soldados, actuar con
firmeza, tacto y dominio de sí mismo.
De franco:
Un elemento de seguridad ciudadana de franco, debe de mantener
una conducta decorosa y tener bastante cuidado de no comprometerse en
acciones que no le sean favorables.
Cortesía:
La cortesía militar debe de ser apropiada en todo momento y es una
de las prácticas más útiles de un elemento de seguridad ciudadana.
- 108 -
Actitud para con los militares:
El elemento de seguridad ciudadana debe cumplir con sus deberes
en forma amistosa y de ayuda, imparcialmente y con justicia.
Respeto de confidencia:
Debe de tratar con reserva toda información de personas implicadas
en violaciones. La identidad de los informantes nunca será revelada
excepto a las autoridades competentes.
Evitar el uso de lenguaje soez:
El elemento de Seguridad Ciudadana deberá de abstenerse de usar
vocablo soez cuando esté de servicio. Esta prohibición está impuesta por
la decencia común y es exigida por la naturaleza de su deber.
Atributos mentales de un elemento de seguridad ciudadana:
Iniciativa, confianza, sentido común, tolerancia, coraje, lealtad,
honradez, fidelidad, serenidad, honor y apariencia.
Uniforme del elemento de seguridad ciudadana:
El uniforme del elemento de seguridad ciudadana es prescrito por el
Estado Mayor de la Defensa Nacional, según decretos de conformidad con
la política del Ministerio de la Defensa Nacional. Los uniformes varían con
el tipo de servicio y clima. Debe asegurarse que el uniforme le talle bien
que este limpio y planchado; que tenga puestas correctamente sus
insignias y de que no tenga puestos artículos ajenos al uniforme no
autorizados por los reglamentos o por el Comandante. Debe estar
uniformado correctamente.
- 109 -
Equipo.
El equipo del elemento de seguridad ciudadana varia con el tipo de
servicio que desempeñe, los artículos siguientes se usa en la mayoría de
sus misiones:
Brazalete:
El brazalete del cuerpo especial de seguridad ciudadana muestra las
letras S.C. en blanco sobre un fondo negro, con el número del escuadrón al
que pertenece un elemento.
El gorgorito:
Se usa con el propósito de poner sobre aviso, para pedir ayuda o
para dar una alarma, para dirigir el tránsito o para dar órdenes en
disturbios civiles. Se lleva de modo que esté disponible fácilmente, el
extremo en forma de gancho de la cadena del gorgorito esta abrochada al
botón en la hombrera izquierda de la prenda de vestir
Chaleco blindado.
Grilletes:
Armamento orgânico: fusil galil o pistola 9mm.
Aspectos importantes que debe observar un elemento de seguridad
ciudadana.
Labor educativa.
El funcionario de seguridad ciudadana, antes de sancionar, debe
establecer campañas informativas dirigidas hacía la población para dar a
conocer las leyes.
Labor preventiva:
El funcionario policial puede evitar la comisión de hechos delictivos,
con su única presencia en lugares.
- 110 -
Labor de comodidad pública:
En todo momento debe ser un gran conocedor del sector o área que
tiene bajo su responsabilidad, porque es común observar que el ciudadano
que se encuentra en problemas inmediatamente busca al policía para
solicitar auxilio o información de cualquier naturaleza (direcciones, apoyo
médico, lugares turísticos, y otros).
Labor represiva:
Cuando la labor de prevención es insuficiente, la represión del delito
es el objetivo a alcanzar por el Elemento de Seguridad Ciudadana,
capturando al responsable y poniéndolo a disposición de las autoridades
correspondientes.
Criminología:
La prevención de la delincuencia, es una de las principales funciones
de los Elementos de Seguridad Ciudadana.
Elemento de seguridad ciudadana en el área administrativa.
En algunas situaciones, el elemento de seguridad ciudadana ejerce
cometidos de vigilancia en asuntos regulados por disposiciones
administrativas, no meramente criminales.
Seguridad interior:
El desarrollo del trabajo del Elemento de Seguridad Ciudadana se
encuentra estrechamente vinculado a la seguridad interior, requiere la
dispersión de grupos tumultuosos o manifestantes ilegales, la prevención
de disturbios, etc.
Protección civil
Esta función comprende todo cuanto implica contacto directo con la
población para auxiliarla de forma inmediata.
- 111 -
Otras funciones:
Los Elementos de Seguridad Ciudadana cumplen otros cometidos
variables según los países: como vigilancia de cárceles y de locales o
edificios de interés general.
- 112 -
CONCLUSIONES:
1. Las Unidades de Seguridad Ciudadana cumplen misiones
similares a las de un Policía Nacional Civil, sin embargo; solo tiene
asignado equipo y armamento mínimo de un soldado regular,
habiendo quedado demostrado en los antecedentes de la Seguridad
ciudadana.
2. En la actualidad, la Seguridad es un tema popular, para toda
la población, en virtud que hay demasiada delincuencia, que las
Fuerzas de Seguridad civil, no alcanzan a combatir, motivo por el
cual el Ministerio de la Defensa Nacional, ha tomado mecanismos
indispensables en apoyo a la Policía Nacional Civil, valiéndose de
elementos de Seguridad Ciudadana, para complementar el servicio
y proporcionar seguridad y tranquilidad a la población guatemalteca,
tal como se describe en los antecedentes de la Seguridad
Ciudadana y su origen, en el Capítulo I y el Capítulo IV del presente
trabajo de investigación.
- 113 -
RECOMENDACIONES:
1. Se recomienda que de acuerdo a la misión que realiza
personal de las Unidades de Seguridad Ciudadana en apoyo a la
Policía Nacional Civil, se tome en cuenta y se vea la posibilidad de
clasificar al personal y proponer ante el Ministerio de la Defensa
Nacional, a efecto se realicen estudios estratégicos y se solicite al
Ejecutivo el presupuesto necesario para cumplir con la
Institucionalización de los elementos que conforman las Unidades
de Seguridad Ciudadana, que son objeto de la presente
investigación.
2. De acuerdo a los incidentes ocurridos el 04 de octubre de
2012, sobre el km 170 de la ruta Interamericana, en la cumbre de
Alaska del municipio de Totonicapán del mismo departamento,
donde se llevaba a cabo una manifestación pacífica, a raíz de un
incremento en la tarifa del servicio eléctrico, es oportuno
recomendar que los elementos de seguridad ciudadana, sean
institucionalizados y su misión continúe, específicamente a
desempeñar actividades de seguridad y protección a la población
civil, al medio ambiente y desastres naturales, tal como el terremoto
ocurrido en Guatemala, el 07 de noviembre de 2012, afectando
principalmente al municipio y departamento de San Marcos.
- 114 -
ANEXO “A”
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN:
“NECESIDAD DE INSTITUCIONALIZAR JURÍDICAMENTE LAS
UNIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA, COMO PARTE
INTEGRANTE DEL EJÉRCITO DE GUATEMALA”.
- 115 -
TIEMPO
TEMAS ACTIVIDADES 1 2 3 4 5 6 7 8 9
PLAN DE LA
INVESTIGACIÓN
Seleccionar el nombre de
la Tesis.
1. Aprobación del
Tema en la
Biblioteca del
Colegio de
Abogados y
Notarios de
Guatemala.
2. Investigación en el
Tesario de la
Facultad de
Ciencias Jurídicas
y Sociales de la
Universidad
“Mariano Gálvez”.
3. Aprobación del
Metodólogo.
4. Elaboración del
Plan de
investigación.
- 116 -
DESARROLLO
DE CAPÍTULOS
SEGÚN
BOSQUEJO
PRELIMINAR.
1. Analizar el Texto
en diferente
bibliografía.
2. Recopilación de
información.
3. Ordenamiento de
la información.
4. Entrevistas y
Encuestas.
5. Redactar la
información
clasificada.
6. Hacer las
modificaciones de
textos.
7. Estudiar el
material
bibliográfico
recolectado.
8. Sesiones de
estudio individual
y colectivo.
- 117 -
CONCLUSIONES
y
RECOMENDA
CIONES.
1. Analizar
minuciosamente
cada tema y emitir
las conclusiones
apropiadas a la
Tesis.
2. Redactar cada
una de las
conclusiones
según el caso.
3. De acuerdo a las
conclusiones,
emitir las
Recomendaciones
necesarias.
FASE DEL
ASESOR
1. Entregar al Asesor
de Tesis, la
información
redactada.
- 118 -
2. Efectuar las
modificaciones a
la información
entregada por el
Asesor de Tesis.
3. Entregar el
informe ya
modificado al
Asesor de Tesis,
para su análisis y
aprobación.
REVISOR
DE TESIS
1. Solicitar el
nombramiento de
Revisor de Tesis.
2. Dictamen de
nombramiento de
Revisor de Tesis.
3. Entregar el
Informe final de
Tesis al Revisor,
para su análisis
correspondiente.
DEFENSA
DE TESIS
1. Solicitar Examen
- 119 -
de Presentación y
Sustentación de
Tesis.
2. Entregar copias
de la Tesis a la
Terna Evaluadora.
IMPRESIÓN
DE TESIS
1. Solicitar el
Dictamen de
Impresión de
Tesis.
2. Entregar las
copias de Tesis a
donde
corresponda.
- 120 -
ANEXO “B”
ENTREVISTA DIRIGIDA AL SECRETARIO ADMINISTRATIVO
DEL MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL.
1. ¿Cuáles son las causas por las que el Ministerio de la Defensa
Nacional, no ha institucionalizado a las Unidades de Seguridad
Ciudadana, a fin de que dichos elementos obtengan estabilidad laboral
y formen parte del Ejército de Guatemala y así, dar solución al
problema en el ámbito geográfico, objeto de estudio?
R/ Ellos tienen estabilidad laboral porque se les hace contrato
individual de trabajo; no se pueden presupuestar por 2 razones: 1)
ya estuvieron de alta y 2) No puede elevarse el No. de Soldados,
eso dicen algunos acuerdos ministeriales.
2. ¿Considera usted, la posibilidad de la institucionalización jurídica de las
Unidades de Seguridad Ciudadana, que se encuentran en la Brigada de
Policía militar Guardia de Honor y Brigada Militar “Mariscal Zavala”?
R/ Únicamente si reforman acuerdos gubernativos y también
incrementan el presupuesto al M.D.N.
3. ¿Considera usted, que existe presupuesto para la institucionalización
del personal que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana en
las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y Brigada Militar
“Mariscal Zavala”?
R/ NO.
- 121 -
4. ¿Qué beneficios cree usted, que se encuentran limitados a los
elementos de Seguridad Ciudadana, en su condición de integrante de
éstas Unidades, y en qué forma podrá contribuir el Ministerio de la
Defensa Nacional, para complementar estos derechos?
R/ No tienen ningún beneficio limitado, tienen IGSS, tienen salario
mínimo, se les provee de equipo y también de alojamiento y
alimentación, el Soldado tiene Centro Médico Militar y su estipendio
es menor.
5. ¿Considera usted de importancia fundamental la institucionalización de
los elementos que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana,
que se encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor”
y Brigada Militar “Mariscal Zavala”, con sede en las Zonas 10 y 17 de la
ciudad capital de Guatemala?
R/ No, lo que debe hacerse es tener más Soldados y entrenarlos
para las nuevas tareas del Ejército.
6. ¿Cree usted que el Ministerio de la Defensa Nacional, esté interesado
en la Institucionalización de las Unidades de Seguridad Ciudadana, que
se encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y
Brigada Militar “Mariscal Zavala”, como parte integrante del Ejército de
Guatemala y Por qué?
R/ No; por lo expresado anteriormente.
- 122 -
7. ¿Cómo representante del Ministerio de la Defensa Nacional, cuál es su
opinión en relación a la necesidad de Institucionalizar a las Unidades
de Seguridad Ciudadana, como parte integrante del Ejército de
Guatemala?
R/ No debe hacerse; lo que se debe tener es más plazas de tropa.
Apellidos y nombres: Contreras Paniagua Rodolfo Armando
Director Administrativo del Ministerio de la
Defensa Nacional.
Coronel de Infantería DEM.
- 123 -
ANEXO “C”
ENTREVISTA DIRIGIDA AL COMANDANTE DE LA BRIGADA DE
POLICÍA MILITAR “GUARDIA DE HONOR”
1. ¿Cuáles son las causas por las que el Ministerio de la Defensa
Nacional, no ha institucionalizado a las Unidades de Seguridad
Ciudadana, a fin de que dichos elementos obtengan estabilidad laboral
y formen parte del Ejército de Guatemala y así, dar solución al
problema en el ámbito geográfico, objeto de estudio?.
R/ Se considera que son unidades temporales, para apoyo a las
fuerzas de seguridad civil.
2. ¿Considera usted, la posibilidad de la institucionalización jurídica de las
Unidades de Seguridad Ciudadana, que se encuentran en la Brigada de
Policía militar Guardia de Honor y Brigada Militar “Mariscal Zavala”?
R/ Todo es de acuerdo al apoyo que necesitan las fuerzas de
seguridad civil, se podría institucionalizar creando un Comando de
Seguridad Ciudadana.
3. ¿Considera usted, que existe presupuesto para la institucionalización
del personal que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana en
las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y Brigada Militar
“Mariscal Zavala”?
R/ No, inicialmente estas unidades nacieron bajo el amparo
presupuestario del Ministerio de Gobernación, actualmente ese dato
únicamente lo maneja el Ministerio de la Defensa Nacional.
- 124 -
4. ¿Qué beneficios cree usted, que se encuentran limitados a los
elementos de Seguridad Ciudadana, en su condición de integrante de
éstas Unidades, y en qué forma podrá contribuir el Ministerio de la
Defensa Nacional, para complementar estos derechos?
R/ Por la edad de sus integrantes, están contemplados en otros
Seguros Sociales, únicamente una mejora Salarial.
5. .¿Considera usted de importancia fundamental la institucionalización de
los elementos que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana,
que se encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor”
y Brigada Militar “Mariscal Zavala”, con sede en las Zonas 10 y 17 de la
ciudad capital de Guatemala?
R/ Es importante tener el respaldo.
6. ¿Cree usted que el Ministerio de la Defensa Nacional, esté interesado
en la Institucionalización de las Unidades de Seguridad Ciudadana, que
se encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y
Brigada Militar “Mariscal Zavala”, como parte integrante del Ejército de
Guatemala y Por qué?
R/ Se considera que el Ministerio de la Defensa, podría
institucionalizarlas, siempre que le asignen presupuesto.
7. ¿Cómo representante del Ministerio de la Defensa Nacional, cuál es su
opinión en relación a la necesidad de Institucionalizar a las Unidades
de Seguridad Ciudadana, como parte integrante del Ejército de
Guatemala?
R/ El representante es el Ministro de la Defensa.
Oficial de Operaciones de la Brigada de
Policía Militar “Guardia de Honor”
- 125 -
ANEXO “D”
ENTREVISTA DIRIGIDA AL COMANDANTE DE LA BRIGADA MILITAR
“MARISCAL ZAVALA”
1. ¿Cuáles son las causas por las que el Ministerio de la Defensa
Nacional, no ha institucionalizado a las Unidades de Seguridad
Ciudadana, a fin de que dichos elementos obtengan estabilidad laboral
y formen parte del Ejército de Guatemala y así, dar solución al
problema en el ámbito geográfico, objeto de estudio?.
R/ Porque no ha existido mayor intención, sería conveniente que en
aspectos presupuestarios ya no dependan del Ministerio de
Gobernación, como hasta ahora y funcionara como un Cuerpo
Especial con un mando unificado.
2. ¿Considera usted, la posibilidad de la institucionalización jurídica de las
Unidades de Seguridad Ciudadana, que se encuentran en la Brigada de
Policía militar Guardia de Honor y Brigada Militar “Mariscal Zavala”?
R/ Si es posible como un Cuerpo Especial, como ya funciona pero
unificándolo en un solo Comando con un mando centralizado y
presupuesto propio.
3. ¿Considera usted, que existe presupuesto para la institucionalización
del personal que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana en
las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y Brigada Militar
“Mariscal Zavala”?
- 126 -
R/ El presupuesto ya existe (para alimentación, vestuario, equipo y
funcionamiento) me parece que la opción más viable podría ser
crear uno o mas Comandos especiales con una sede propia, medios
y recursos en general con la misión ya asignada.
4. ¿Qué beneficios cree usted, que se encuentran limitados a los
elementos de Seguridad Ciudadana, en su condición de integrante de
éstas Unidades, y en qué forma podrá contribuir el Ministerio de la
Defensa Nacional, para complementar estos derechos?
R/ Es bastante especial pasarlos al régimen de previsión militar ya
que por ahora existe personal por contrato en clases pasivas, sin
embargo al institucionalizar un Comando podrían tener derechos a
Centro Médico Militar y régimen de Previsión del Instituto de
Previsión Militar, buscando los mecanismos apropiados.
5. .¿Considera usted de importancia fundamental la institucionalización de
los elementos que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana,
que se encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor”
y Brigada Militar “Mariscal Zavala”, con sede en las Zonas 10 y 17 de la
ciudad capital de Guatemala?
R/ Por ahora los que están agregados a la Brigada Militar Mariscal
Zavala, solo dependen administrativamente de la misma, la
institucionalización según mi criterio deberá pensarse en la creación
de un solo Comando como ya se dijo, es decir sin depender de una
Brigada ya conformada en particular.
- 127 -
6. ¿Cree usted que el Ministerio de la Defensa Nacional, esté interesado
en la Institucionalización de las Unidades de Seguridad Ciudadana, que
se encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y
Brigada Militar “Mariscal Zavala”, como parte integrante del Ejército de
Guatemala y Por qué?
R/ Por ahora no porque pienso que ya cumplieron su función y a
futuro podrían mediante una selección del personal por contrato
incorporarse a la Policía Nacional Civil, los Oficiales de carrera
pasarían a desempeñar una función según su grado en el Ejército.
7. ¿Cómo representante del Ministerio de la Defensa Nacional, cuál es su
opinión en relación a la necesidad de Institucionalizar a las Unidades
de Seguridad Ciudadana, como parte integrante del Ejército de
Guatemala?
R/ -Si el proyecto va a seguir, crear uno o más Comandos
institucionalizándolos como parte del Ejército.
-Si no, hacer una selección para que se incorporen y
fortalezcan a la Policía Nacional Civil, mediante una
desactivación de las Unidades de Seguridad Ciudadana que
existen actualmente.
Apellidos y nombres:
Guzmán Landaverry Rodrígo
Comandante de la Brigada Militar
“Mariscal Zavala”.
General de Brigada.
- 128 -
ANEXO “E”
Cuestionario No. 01 para Oficiales integrantes de las Unidades de
Seguridad Ciudadana, ubicadas en la Brigada de Policía Militar “Guardia de
Honor”
Objetivo: El presente cuestionario tiene como objetivo Identificar las
necesidades del personal que integra las Unidades de Seguridad
Ciudadana, para cumplir con mejor eficiencia la misión encomendada por
el Ministerio de la Defensa Nacional.
Instrucciones: A continuación encontrará una serie de preguntas, las
cuales deberá responder marcando con una “X “los términos SI, NO y POR
QUE?.
Grado:
____________________________________________________________
Unidad:______________________________________________________
1. ¿Cree Usted, que el Ministerio de la Defensa Nacional, velará por que las
Unidades de Seguridad Ciudadana sean institucionalizadas
jurídicamente como parte integrante del Ejército de Guatemala?
SI ___________________ NO:_____________
POR QUE:__________________________________________________
2. Considera usted, que las Unidades de Seguridad Ciudadana, cuentan
con el equipo adecuado para cumplir la misión asignada por el Ministerio
de la Defensa Nacional?
- 129 -
SI:___________________ NO:_____________
POR QUE:__________________________________________________
3. ¿Considera Usted, que las Unidades de Seguridad Ciudadana, están
cumpliendo con las funciones que establece el Plan de Seguridad
“Integración 2006” No.3-“L”009-2006 de fecha 10 de marzo de 2006,
como es el Registro de personal, Registro de Vehículos, Puestos de
registro, Seguridad en apoyo a allanamientos, Seguridad Perimetral en
centros carcelarios, Patrullaje de Seguridad a pie y a motor y Seguridad
de buses.
SI:____________ NO:_____________
POR QUE:__________________________________________________
4. ¿Cree usted, que los elementos de Seguridad Ciudadana, carecen de
algunos beneficios, para cumplir en mejor forma sus funciones?
SI:____________ NO:_____________
PORQUE:___________________________________________________
5. ¿Está enterado usted, de alguna otra función que haya proporcionado el
personal de Seguridad Ciudadana, hacia la población civil, que no sea la
asignada en el Plan de Seguridad “Integración 2006” No.3-“L”009-
2006 de fecha 10 de marzo de 2006?.
- 130 -
SI:__________ NO:____________
POR QUE:___________________________________________________
6. ¿Considera Usted, que el entrenamiento y capacitación que reciben los
elementos de las Unidades de Seguridad Ciudadana, sean suficientes
para desempeñar las funciones como tales en la población
guatemalteca?
SI:__________ NO____________
POR QUE:___________________________________________________
7. ¿Considera usted, que el Ministerio de la Defensa Nacional, pueda
reestructurar la Tabla de Organización y Equipo (T.O.E) con plazas
presupuestadas, para incorporar las Unidades de Seguridad Ciudadana,
como parte integrante del Ejército de Guatemala?
SI:___________ NO:_____________
POR QUE:__________________________________________________
- 131 -
SE ENCUESTARON A CINCO (5) OFICIALES POR CONTRATO
INTEGRANTES DE LA SEGURIDAD CIUDADANA DE LA BMMZ.
PREGUNTA No. 1. SI: 4 NO: 1
PREGUNTA No.2. SI: 1 NO: 4
PREGUNTA No.3. SI: 5 NO: 0
PREGUNTA No.4. SI: 4 NO: 1
PREGUNTA No.5. SI: 4 NO: 1
PREGUNTA No.6. SI: 3 NO: 2
PREGUNTA No.7. SI: 4 NO: 1
- 132 -
1. ¿Cree Usted, que el Ministerio de la Defensa Nacional, velará por que las
Unidades de Seguridad Ciudadana sean institucionalizadas jurídicamente
como parte integrante del Ejército de Guatemala
SI NO
80% 20%
SI
NO
- 133 -
2. Considera usted, que las Unidades de Seguridad Ciudadana, cuentan con el
equipo adecuado para cumplir la misión asignada por el Ministerio de la
Defensa Nacional?
SI NO
20% 80%
SI
NO
- 134 -
3. ¿Considera Usted, que las Unidades de Seguridad Ciudadana, están
cumpliendo con las funciones que establece el Plan de Seguridad
“Integración 2006” No.3-“L”009-2006 de fecha 10 de marzo de 2006, como
es el Registro de personal, Registro de Vehículos, Puestos de registro,
Seguridad en apoyo a allanamientos, Seguridad Perimetral en centros
carcelarios, Patrullaje de Seguridad a pie y a motor y Seguridad de buses.
SI NO
100% 0%
SI
NO
- 135 -
4. ¿Cree usted, que los elementos de Seguridad Ciudadana, carecen de
algunos beneficios, para cumplir en mejor forma sus funciones?
SI NO
80% 20%
SI
NO
- 136 -
5. ¿Está enterado usted, de alguna otra función que haya proporcionado el
personal de Seguridad Ciudadana, hacia la población civil, que no sea la
asignada en el Plan de Seguridad “Integración 2006” No.3-“L”009-2006 de
fecha 10 de marzo de 2006?.
SI NO
80% 20%
SI
NO
- 137 -
6. ¿Considera Usted, que el entrenamiento y capacitación que reciben los
elementos de las Unidades de Seguridad Ciudadana, sean suficientes para
desempeñar las funciones como tales en la población guatemalteca?
SI NO
60% 40%
SI
NO
- 138 -
7. ¿Considera usted, que el Ministerio de la Defensa Nacional, pueda
reestructurar la Tabla de Organización y Equipo (T.O.E) con plazas
presupuestadas, para incorporar las Unidades de Seguridad Ciudadana,
como parte integrante del Ejército de Guatemala?
SI NO
80% 20%
SI
NO
- 139 -
ANEXO “F”
Cuestionario No. 2, para elementos de Seguridad Ciudadana:
INSTRUCCIONES: A continuación encontrará una serie de preguntas, las
cuales deberá responder marcando con una “X” en los términos SI, NO.
1. ¿Considera usted, Que es necesario institucionalizar jurídicamente las
Unidades de Seguridad Ciudadana que se encuentran aposentadas en
la Brigada de Policía Militar “Guardia de Honor” y Brigada Militar
“Mariscal Zavala”?
SI:________ NO:___________
2. ¿Cree usted, que la administración del nuevo gobierno en el año 2012,
proporcione el presupuesto para la creación de plazas de seguridad
ciudadana?
SI_________________ NO:___________
3. ¿Considera usted, que el salario que devenga cada uno de los
elementos que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana, es
justo y suficiente para sobrevivir actualmente?
SI:__________ NO:________________
4. ¿De acuerdo a las funciones de los integrantes de las Unidades de
Seguridad Ciudadana, cuenta con el equipo básico para el buen
funcionamiento operacional?.
SI:_______________ NO:______________
- 140 -
5. ¿Cuentan las Unidades de Seguridad Ciudadana con alojamiento,
seguro dotal, seguro por fallecimiento, alimentación completa, bono
catorce, aguinaldo y uniformes?
SI:_______________ NO:______________
6. ¿Cuenta el personal de Seguridad Ciudadana, con planes de
entrenamiento continuo, para estar preparados en el desempeño de sus
obligaciones como tales?
SI:_________________ NO:________________
7. ¿Cree usted, que el actual Gobierno, tomará en cuenta a los elementos
de Seguridad Ciudadana y los dará de alta como parte integrante del
Ejército de Guatemala?
SI:_________________ NO:________________
GRACIAS POR SU COLABORACIÓN.
- 141 -
SE ENCUESTARON A VEINTE (20) ELEMENTOS POR CONTRATO DE
LA SEGURIDAD CIUDADANA DE LA BRIGADA MILITAR “MARISCAL
ZAVALA”
PREGUNTA No. 1. SI: 17 NO: 3
PREGUNTA No.2. SI: 14 NO: 6
PREGUNTA No.3. SI: 0 NO: 20
PREGUNTA No.4. SI: 19 NO: 1
PREGUNTA No.5. SI: 13 NO: 7
PREGUNTA No.6. SI: 19 NO: 1
PREGUNTA No.7. SI: 2 NO: 18
- 142 -
1. ¿Considera usted, la posibilidad de la institucionalización jurídica de las
Unidades de Seguridad Ciudadana, que se encuentran en la Brigada de
Policía militar Guardia de Honor y Brigada Militar “Mariscal Zavala”?
SI NO
85% 15%
SI
NO
- 143 -
2. ¿Considera usted, que existe presupuesto para la institucionalización del
personal que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana en las
Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y Brigada Militar “Mariscal
Zavala”?
SI NO
70% 30%
SI
NO
- 144 -
3. ¿Qué beneficios cree usted, que se encuentran limitados a los elementos de
Seguridad Ciudadana, en su condición de integrante de éstas Unidades, y
en qué forma podrá contribuir el Ministerio de la Defensa Nacional, para
complementar estos derechos?
SI NO
0% 100%
SI
NO
- 145 -
4. ¿Considera usted de importancia fundamental la institucionalización de los
elementos que conforman las Unidades de Seguridad Ciudadana, que se
encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y Brigada
Militar “Mariscal Zavala”, con sede en las Zonas 10 y 17 de la ciudad capital
de Guatemala?
SI NO
95% 5%
SI
NO
- 146 -
5. ¿Cree usted que el Ministerio de la Defensa Nacional, esté interesado en la
Institucionalización de las Unidades de Seguridad Ciudadana, que se
encuentran en las Brigadas de Policía Militar “Guardia de Honor” y Brigada
Militar “Mariscal Zavala”, como parte integrante del Ejército de Guatemala y
Por qué?
SI NO
65% 35%
SI
NO
- 147 -
6. ¿Cómo representante del Ministerio de la Defensa Nacional, cuál es su
opinión en relación a la necesidad de Institucionalizar a las Unidades de
Seguridad Ciudadana, como parte integrante del Ejército de Guatemala?
SI NO
95% 5%
SI
NO
- 148 -
7. ¿Cómo representante del Ministerio de la Defensa Nacional, cuál es su
opinión en relación a la necesidad de Institucionalizar a las Unidades de
Seguridad Ciudadana, como parte integrante del Ejército de Guatemala?
SI NO
10% 90%
SI
NO
- 149 -
BIBLIOGRAFIA.
TEXTOS:
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DIMENSION DE LAS NECESIDADES DE PROTECCION DEL SER
HUMANO EN EL INICIO DEL SIGLO XXI 3ª. Edición UNHCR ACNUR,
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- 152 -
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reformas al Decreto Número 11-97 del Congreso de la República, Ley
Orgánica de la Policía Nacional Civil.
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“Conoceréis la Verdad y la Verdad Os Hará Libres” (Juan 8:32)
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