INSTITUCION EDUCATIVA EL MIRADOR “EDUCANDO INTEGRALMENTE PARA EL DESARROLLO SOCIAL” Resolución de aprobación No. 01601 del 21 de Septiembre de 2006
DANE 11900100284501 Dirección Carrera 28 No. 16-00-Teléfono 8390016
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION 2013 - 14 de febrero de 2013.-
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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
Por el cual se reglamenta y adopta el Sistema de Evaluación y Promoción de
estudiantes de la Institución Educativa El Mirador en los niveles de básica
primaria, secundaria y media.
El Consejo Directivo de las Institución Educativa El Mirador, en uso de las
facultades que le confiere el Artículo 144 en concordancia con los artículos 6, 13,
73, 142 de la ley 115 de 1994; teniendo en cuenta la autonomía concebida por el
Decreto 1290 de 2009, las recomendaciones del Consejo Académico, la
participación democrática de la comunidad y
CONSIDERANDO:
1. Que la ley 115 de febrero de 1994, en los artículos 77 y 78 confiere autonomía
escolar a los establecimientos educativos.
2. Que el decreto 1290 de abril de 2009 reglamenta la evaluación del aprendizaje
y promoción de los estudiantes de los niveles de básica y media.
3. Que el artículo 8 del decreto 1290 del 16 de abril de 2009, establece el
procedimiento para la creación del Sistema Institucional de Evaluación.
4. Que la evaluación como acto educativo debe ser un proceso permanente,
continuo y flexible que propenda por la formación integral de los estudiantes.
5. Que es fundamental hacer corresponder los lineamientos del PEI con el
Sistema Institucional de Evaluación y promoción.
6. Que el Consejo Académico, como máximo organismo de carácter pedagógico,
discutió y elaboró una propuesta fundamentada en los aportes de las mesas de
trabajo que organizaron las directivas de la Institución y que contaron con la
participación de todos los componentes de la Comunidad Educativa.
7. Que es función del Consejo Directivo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL
MIRADOR, aprobar el Sistema Institucional de Evaluación, articulo 8 Nº 3 del
decreto 1290 de 16 de abril de 2009.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: El Sistema Institucional de Evaluación de la
Institución Educativa El Mirador, de la ciudad de Popayán para los niveles de
Educación Básica Primaria, Básica secundaria y Media, Educación de Jóvenes y
Adultos e incorporarlos al PEI.
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Parágrafo: El nivel de educación preescolar está reglamentado en el artículo 10
del decreto 2247: “En el nivel de educación preescolar no se reprueban grados ni
actividades. Los educandos avanzarán en el proceso educativo, según sus
capacidades y aptitudes personales”.
ARTÍCULO SEGUNDO: Propósitos de la evaluación institucional de los
estudiantes: son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito
institucional:
a. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y
estilos de aprendizajes de los estudiantes para valorar sus avances.
b. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos
educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
c. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas
para apoyar a los estudiantes de acuerdo con sus diferentes desempeños.
d. Determinar la promoción de estudiantes.
e. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de
mejoramiento institucional.
ARTÍCULO TERCERO: Definición del Sistema de Evaluación Institucional: El
Sistema Institucional de Evaluación hace parte del Proyecto Educativo Institucional
y es el instrumento que orienta la valoración de los desempeños de los
estudiantes en forma continua e integral.
ARTÍCULO CUARTO: Características de la Evaluación: Los procesos de
evaluación considerados en el presente Sistema, se refieren directamente a la
evaluación de los estudiantes; entendiendo evaluación como el proceso
permanente de valoración integral, teniendo en cuenta el desarrollo cognitivo,
afectivo, motriz, actitudinal, procedimental y comportamental.
La evaluación es una estrategia educativa y pedagógica orientada hacia el
fortalecimiento del proyecto de vida de los estudiantes, a partir del desarrollo de
las competencias generales (cognitivas, ciudadanas, laborales) y específicas de
cada área del conocimiento, se posibilita el crecimiento integral de los educandos
como personas, dignas, críticas y emprendedoras, que contribuyan a la
construcción de una sociedad más justa.
La evaluación en la Institución Educativa El Mirador se caracteriza por ser:
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a. Continua: permite acompañar en forma permanente el avance y las
dificultades que puedan presentarse en el desarrollo del proceso de
formación del estudiante. Se realiza al final de cada tema, unidad, periodo,
clase o proceso.
b. Integral y Formativa: incluye todas las dimensiones de desarrollo del
estudiante, valora el desempeño cognitivo, operativo y actitudinal bajo
criterios institucionales previamente establecidos y socializados.
c. Sistemática: basada en principios pedagógicos que guardan relación con
los fines y objetivos de la educación, la visión y misión de la Institución, los
estándares de competencia de las diferentes áreas, los desempeños,
indicadores de desempeño y otros factores asociados con el proceso de
formación integral de los estudiantes.
d. Flexible: atiende a los ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes, es
decir, personaliza el proceso evaluativo, permitiendo determinar
particularidades de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social,
capacidades físicas, discapacidad y otros factores determinantes del
desempeño escolar.
e. Interpretativa: comprende el significado de los procesos y los resultados
de la formación del estudiante, con el objeto de hacer reflexiones sobre los
alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le
permitan avanzar en su proceso de formación.
f. Participativa: Todos los estamentos de la comunidad educativa participan
en la construcción, implementación y fortalecimiento del Sistema
Institucional de Evaluación, rigiéndose bajo los parámetros establecidos en
el presente acuerdo.
g. Pertinente: porque desde la perspectiva según el enfoque o modelo
pedagógico, puede ser adecuado de tal manera que incida en el contexto.
ARTÍCULO QUINTO: Criterios de Evaluación y Promoción: Las anteriores
características permiten determinar los siguientes criterios:
A. GENERALES:
1. Nivel de desarrollo de procesos de pensamiento, según el grado escolar
y la edad de los educandos.
2. Grado de apropiación y dominio de los contenidos conceptuales y
procedimentales de cada área y asignaturas del conocimiento.
3. Aplicación de los conocimientos ante problemas e interrogantes.
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4. Nivel de cumplimiento acorde a los requerimientos y exigencias de las
actividades programadas en la labor escolar.
B. ESPECÍFICOS:
1. Académicos: incluyen los criterios para desempeños cognitivos y
procesuales:
Pruebas Diagnósticas al inicio del año escolar.
Pruebas acumulativas tipo saber Icfes por periodo.
Pruebas orales y escritas, talleres, tareas y ejercicios.
Estética en la presentación de los cuadernos y trabajos escolares:
orden, letra legible, ortografía, etc.
Participación en clase,
Salidas de campo (teniendo en cuenta la reglamentación vigente).
2. Comportamentales: se fundamentan en la vivencia de los valores
institucionales:
Respeto por la vida
Autoestima
Resistencia a los anti valores
Amistad
Responsabilidad
3. Actitudinales:
Conocimiento y práctica de lo establecido en el Manual de
Convivencia.
Sentido de pertenencia Institucional.
Adecuada presentación personal (uniformes respectivos de diario y
educación física).
Conservación de los espacios e implementos escolares.
Participación en las actividades programadas de acuerdo a las
pautas establecidas para tal fin.
PROMOCIÓN:
La promoción escolar hace referencia a la superación del alcance de los
desempeños desarrollados por los educandos en el grado cursado, teniendo en
cuenta las metas académicas y el avance en los procesos de desarrollo
académico, social y personal definidas para el año escolar.
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Los estudiantes serán promovidos al siguiente grado cuando al final del año
escolar hayan cumplido con todos los requisitos en cada una de las áreas del plan
de estudios correspondientes al grado cursado, alcanzando un nivel de
desempeño básico, alto o superior.
CRITERIOS PARA EVALUAR CASOS ESPECIALES:
A. Cuando se presente la ausencia de docentes, estudiantes fluctuantes,
estudiantes con incapacidades superiores a 45 días, desplazados y en
licencia de maternidad, para obtener la nota definitiva del grado se
promediaran las notas de los periodos escolares académicos a los que
asistió.
B. Para estudiantes que llegan de otras instituciones que no tienen escala
numérica se determina la siguiente equivalencia de acuerdo a la escala de
la Institución.
Desempeño bajo 2.5
Desempeño básico 3.5
Desempeño alto 4.5
Desempeño superior 5.0
ARTICULO SEXTO: Escala de valoración institucional y su respectiva
equivalencia con la escala nacional. (Modificada por el consejo académico
según acta número 002 de abril 12 de 2010).
Escala Numérica de 1.0 a 5.0 Escala Nacional desempeño
4.6 - 5.0 Superior
4.0 - 4.5 Alto
3.0 - 3.9 Básico
1.0 - 2.9 Bajo
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Desempeño Superior: Alcanzan esta valoración aquellos estudiantes que:
Gestionan y lideran procesos académicos y disciplinarios en la institución
y fuera de ella.
Demuestran un excelente rendimiento en los diferentes aspectos: cognitivo,
social y personal en el marco de las competencias generales y específicas
de cada área del conocimiento.
Alcanzan todos los desempeños propuestos sin actividades
complementarias de apoyo pedagógico.
Mantienen excelentes relaciones de convivencia dentro y fuera de la
institución.
Demuestran excelente sentido de pertenencia por la institución.
Cumplen de manera excelente con lo establecido en el Manual de
Convivencia.
Desempeño Alto: Corresponde a los estudiantes que:
Participan activamente en la gestión y liderazgo de procesos académicos y
disciplinarios en la institución y fuera de ella.
Demuestran buen rendimiento en los diferentes aspectos: cognitivo, social y
personal en el marco de las competencias generales y específicas de cada
área del conocimiento.
Alcanzan la mayoría de los desempeños propuestos sin actividades
complementarias de apoyo pedagógico.
Mantienen buenas relaciones de convivencia dentro y fuera de la
institución.
Demuestran sentido de pertenencia por la institución.
Cumplen con lo establecido en el Manual de Convivencia.
Desempeño Básico: Este nivel de desempeño corresponde a los estudiantes
que:
Apoyan medianamente la gestión y liderazgo de procesos académicos y
disciplinarios en la institución y fuera de ella.
Demuestran un rendimiento aceptable en los diferentes aspectos: cognitivo,
social, personal en el marco de las competencias generales y específicas
de cada área del conocimiento.
Alcanzan algunos desempeños propuestos con actividades
complementarias de apoyo pedagógico.
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Mantienen relaciones cordiales de convivencia dentro y fuera de la
institución.
Ocasionalmente demuestran sentido de pertenencia por la institución.
Cumplen medianamente con los lineamientos planteados en el Manual de
Convivencia.
Desempeño Bajo: En este nivel se encuentran quienes:
No demuestran ningún interés en la gestión y liderazgo de procesos
académicos y disciplinarios en la institución y fuera de ella.
Demuestran serias dificultades en su rendimiento en los diferentes
aspectos: cognitivo, social y personal en el marco de las competencias
generales y específicas de cada área del conocimiento.
No supera los desempeños básicos establecidos para las diferentes áreas,
aún se hayan aplicado actividades de recuperación.
Presentan dificultades para establecer relaciones de convivencia dentro y
fuera de la institución.
No demuestran sentido de pertenencia por la institución.
Evaden el cumplimiento de los lineamientos planteados en el Manual de
Convivencia.
REPROBACIÓN:
Los estudiantes que a pesar de haber desarrollado las estrategias para la
superación de debilidades propuestas por la Comisión de Evaluación y Promoción
presenten condiciones pedagógicas pendientes no serán promovidos al siguiente
grado, condición que no implica la pérdida del cupo, exceptuando casos
especiales de convivencia.
El estudiante que al finalizar el año escolar obtiene en definitiva un desempeño
bajo en tres o más áreas del plan de estudios, no será promovido al siguiente
grado. Si obtiene desempeño bajo en una o dos áreas del plan de estudios, tiene
derecho a realizar planes de apoyo antes de finalizar el año lectivo en las fechas
establecidas por la institución, si después de esto el desempeño continua siendo
bajo en cualquiera de ellas no será promovido al siguiente grado.
No serán promovidos al grado siguiente los estudiantes que hayan dejado de
asistir a la institución el 15% del año escolar sin haber justificado debidamente su
inasistencia mediante una excusa firmada por el padre de familia o acudiente
presentada durante los 3 días hábiles siguientes a su reintegro a labores
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académicas. Son motivos de inasistencia justificados: enfermedad, calamidad
doméstica y/o licencia por maternidad. En Básica Primaria se realiza la
equivalencia del 15% de inasistencia por jornada escolar. En básica secundaria y
media la equivalencia se realiza por área. La inasistencia justificada no exonera al
estudiante de sus responsabilidades académicas.
Parágrafo: En el caso de las áreas que están conformadas por dos o más
asignaturas, los estudiantes presentaran planes de apoyo de la asignatura y/o de
las asignaturas que reprueben y se promediarán para determinar el nivel de
desempeño del área.
PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO
La institución se acoge a lo establecido en el artículo 7 del decreto 1290 de 2009.
A continuación se definen los criterios para aplicar a la promoción anticipada:
1. Los directores de grado (excepto el grado 11º), recomendarán al Consejo
Académico, la promoción anticipada de un estudiante.
2. Durante el primer periodo escolar del año lectivo, el estudiante debe obtener
desempeño superior en todas las áreas.
3. Durante el primer periodo escolar del año lectivo, el estudiante debe haber
cumplido en su totalidad con lo establecido en el manual de convivencia y
pacto de aula.
Si el Consejo Académico encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los
docentes, recomendará ante la Rectoría, la promoción anticipada de grado de los
estudiantes. Luego se elaborará un acta debidamente sustentada, con el fin de
redactar la Resolución Rectoral que legalice dicha situación, previa consulta con el
padre de familia y el estudiante que se promueve en forma anticipada. En el
momento en que se produzca la promoción anticipada, el boletín será emitido con
desempeño superior en todas las áreas; una copia de la Resolución reposará en el
libro de calificaciones y otra será entregada al estudiante promovido. Para obtener
la nota definitiva del grado al que fue promovido de forma anticipada el estudiante,
se promediarán las notas del segundo, tercer y cuarto periodos del año en curso.
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A los estudiantes de grado once que sean admitidos en Universidades oficiales, se
les adelantará la graduación.
A los estudiantes que obtienen alto nivel de puntaje en las pruebas SABER 3, 5, 9
y 11 y que tengan pendientes 1 o 2 áreas con desempeño bajo, al finalizar el año
lectivo la institución educativa levantará un acta de aprobación de estas áreas con
desempeño alto como estímulo.
CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA
Los estudiantes que culminen su grado noveno y hayan aprobado todas las áreas
incluyendo las de los grados anteriores, recibirán un certificado que conste la
culminación de este Nivel de Educación Básica.
El nivel de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del
Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es decir que no se reprueba.
Los certificados de los niveles de preescolar y educación básica secundaria se
entregarán en el acto de clausura.
ARTÍCULO SEPTIMO: Estrategias de valoración integral de los desempeños
de los estudiantes: Las estrategias evaluativas de la Institución Educativa El
Mirador responderán a la valoración de las competencias cognitivas, ciudadanas
y laborales de sus educandos. Con este propósito, es preciso:
Definir los desempeños de cada área en el respectivo grado, teniendo en
cuenta los fines del sistema educativo, objetivos por niveles y ciclos lectivos
integrados especiales, visión y misión del plantel, estándares básicos de
competencias y lineamientos curriculares.
Socializar con los estudiantes y padres de familia las actividades y criterios de
evaluación que se desarrollarán en cada área del conocimiento.
Valorar el desempeño de los estudiantes en el desarrollo de actividades que
expresen su desempeño conceptual, procedimental y actitudinal.
Plantear guías de trabajo con el fin de dar uso de nuevas tecnologías: video
beam, videos, internet, televisor, videocámara y otras ayudas para la
retroalimentación del conocimiento de manera pedagógica y amena.
En la evaluación integral se aplicarán los procesos de autoevaluación,
coevaluación y heteroevaluación.
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La Autoevaluación: es una estrategia que permite a los estudiantes apersonarse
de su proceso de formación integral, examinar sus propios desempeños,
asignarse de manera honesta una valoración y determinar compromisos de
mejoramiento. Los resultados de la autoevaluación se consignaran en los
cuadernos después de cada prueba, taller u otra forma que se establezca
previamente con los estudiantes. Los compromisos de mejoramiento estarán
consignados en el cuaderno y estarán firmados por el estudiante, el docente y el
padre de familia.
La coevaluación: es una estrategia que posibilita la intervención de los
compañeros en el proceso evaluativo y la determinación de oportunidades de
mejoramiento de cada estudiante.
La heteroevaluación: es una estrategia utilizada por el docente para valorar el
proceso de cada estudiante, generando oportunidades para el mejoramiento de
los desempeños de éste, de acuerdo con los criterios institucionales y los pactos
de aula establecidos.
ARTICULO OCTAVO: Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los
desempeños de los estudiantes durante el año escolar.
a. Al inicio de cada período, el docente entregará a los estudiantes los
indicadores de desempeño que se van a desarrollar y la programación de
cada asignatura.
b. Se identificarán las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para
adecuar el diseño curricular al entorno a las características de la
comunidad educativa.
c. El docente mantendrá permanentemente actualizado al estudiante de sus
avances y dificultades en el proceso de aprendizaje, entregará en la
semana siguiente los resultados de cada actividad evaluativa.
d. Durante cada periodo escolar el docente incorporará estrategias
permanentes para la superación de debilidades; estas se realizarán antes
de terminar cada periodo.
e. De común acuerdo los docentes y estudiantes generarán espacios y
actividades de acompañamiento personal y grupal.
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f. El docente dejará evidencia de estrategias permanentes de evaluación y
apoyo realizadas antes de terminar cada periodo.
g. Los resultados parciales de evaluaciones de las diversas actividades y
acciones de desempeño realizadas por los estudiantes tales como:
unidades de trabajo, evaluaciones en clase, tareas, trabajos se les darán a
conocer y la calificación final del periodo se les dará a conocer una semana
antes a la entrega final del informe a secretaría, para las respectivas
reclamaciones ante las instancias establecidas para tal fin, antes de ser
pasadas a los respectivos boletines.
h. El resultado de los desempeños de cada periodo serán conocidos por los
estudiantes antes de ser entregados a secretaría, de presentarse alguna
inconformidad, el docente estará presto a resolver cualquier inquietud y de
no resolverse la situación, esta será remitida a la comisión de evaluación y
promoción.
i. Si a pesar de la aplicación de estrategias de apoyo para la superación de
debilidades se presentan estudiantes con valoraciones correspondientes a
un desempeño bajo, estos casos serán remitidos a la Comisión de
evaluación y promoción para ser analizados y se propondrán en compañía
del docente del grado, área o asignatura actividades pedagógicas
complementarias establecidas en el acta diseñada para tal fin. Dichas
actividades serán socializadas a los estudiantes y padres de familia.
j. La comisión de Evaluación y promoción se reunirá para analizar los casos
especiales al iniciar el siguiente periodo.
ARTICULO NOVENO: Elementos para el proceso de autoevaluación de los
estudiantes. La autoevaluación es un proceso permanente de verificación,
diagnóstico, exploración, análisis, acción y retroalimentación, que favorece la
autonomía personal y la responsabilidad de sus propias actuaciones escolares
permitiéndole identificar y actuar sobre sus propios desempeños, contribuyendo
con su formación integral.
Para desarrollar el proceso de autoevaluación:
a. El estudiante debe conocer los desempeños sobre los que se le va a
evaluar, desde el inicio del periodo escolar.
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b. El proceso de autoevaluación debe llevar a que el estudiante reflexione
sobre su quehacer, su trabajo, cumplimiento de deberes, participación,
colaboración con el otro, vivencia de valores y el compromiso de mejorar
estos aspectos.
c. El docente debe brindar espacios permanentes durante el periodo para que
reflexione e interiorice el grado de desempeño a alcanzar.
d. El estudiante debe proponer acciones de mejoramiento antes de finalizar el
periodo, así se tendrá una justificación del nivel de desempeño, para
finalmente darse la apreciación valorativa.
e. El padre de familia y/o acudiente debe acompañar en forma permanente el
proceso de formación en la apreciación objetiva de sus propios
desempeños.
ARTICULO DECIMO: Estrategias de apoyo para resolver situaciones
pedagógicas pendientes. La institución ofrecerá a sus estudiantes la oportunidad
de realizar de manera permanente actividades guiadas por los docentes que
permitan resolver situaciones pedagógicas pendientes.
Estas actividades estarán dirigidas a los estudiantes que evidencien dificultades
en el desarrollo de sus competencias, para efectos de mejorar el nivel académico
y armonizar el trabajo escolar.
Las actividades de refuerzo permanente se desarrollaran así:
a. En forma permanente se orientarán actividades grupales o individuales
como parte de las labores normales del curso.
b. De acuerdo con los resultados de la evaluación, se plantearán estrategias
de apoyo para que los estudiantes superen las deficiencias en cuanto a los
desempeños previstos.
c. Las actividades encaminadas a superar deficiencias podrán ser reforzadas
durante los periodos de receso académico.
d. Actividades pedagógicas complementarias: las que recomiendan la
Comisión de Evaluación y Promoción para apoyar la labor docente en
cualquier momento del año lectivo, en los casos que se presenten
persistentes deficiencias en la obtención de los desempeños propuestos
para cada periodo.
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ARTICULO DECIMOPRIMERO: Acciones para garantizar que los directivos
docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con procesos
evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.
a. Motivar a los docentes en la participación de las actividades en procura de la
construcción del sistema institucional de evaluación.
b. Establecer dos jornadas pedagógicas por cada periodo, como estrategias de
control en el cumplimiento de lo establecido y con el fin de hacer ajustes.
c. Dar funcionalidad a los órganos del gobierno escolar.
Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el Consejo Académico
propondrá ante el Consejo Directivo, la creación de la Comisión de Evaluación y
Promoción de los estudiantes integrada por 5 representantes de los docentes (2
de básica primaria, 1 de básica secundaria, 1 de la media y 1 de la jornada
nocturna), 1 padre de familia (representante al Consejo Directivo) y 1 estudiante
(representante al Consejo Directivo).
Funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción:
a. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos en áreas o grados y
donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes,
estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
b. Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada de
estudiantes con desempeño superior, con capacidades excepcionales y/o
la promoción ordinaria de estudiantes con discapacidades.
c. Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar
los estudiantes, padres de familia, tutores o docentes, que consideren se
haya violado algún derecho en el proceso de evaluación y recomendar la
designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
d. Otras que determine el Consejo Académico.
ARTICULO DÉCIMOSEGUNDO: Periodicidad en la entrega de informes a los
padres de familia: El docente debe rendir informes sobre el desarrollo integral
de todos y cada uno de sus estudiantes en cualquier época del año lectivo y
específicamente después de terminar cada uno de los cuatro periodos escolares.
Los informes académicos serán entregados a los padres de familia en la semana
siguiente a la terminación del periodo escolar.
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Durante el año lectivo se entregarán a los estudiantes y padres de familia, cuatro
informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a
cuatro (4) períodos de igual duración correspondiente al año escolar.
Se generará un quinto informe que se considerará como informe final, en donde se
reportarán las valoraciones definitivas, teniendo en cuenta el promedio de los
cuatro periodos.
ARTICULO DECIMOTERCERO: Estructura de los informes de los
estudiantes, para que sean claros, comprensibles y presenten la
información integral del avance en la formación: Los informes serán
descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la
comunidad, con dos escalas valorativas; una numérica y otra con la escala
Nacional. En cada periodo se especificará la nota correspondiente al
comportamiento.
Al finalizar el año lectivo, se entrega el quinto informe que será el final.
Los boletines escritos contendrán la siguiente información.
Identificación de la Institución.
Identificación del estudiante.
Grado, jornada y Período correspondiente.
Tabla de valoración y su equivalencia en la escala nacional y registro de
inasistencia
Fecha.
La evaluación de comportamiento o convivencia se registrará en una casilla
aparte. Dicha evaluación la hará el director de grupo, después de consultar el
observador del alumno y el concepto de los docentes en la reunión que se
realizará al finalizar cada periodo para evaluar lo académico y disciplinario.
AREAS ASIGNATURAS
INDICADORES DE DESEMPEÑO
ESCALA INSTITUCIONAL
ESCALA NACIONAL
FALTAS
DESEMPEÑO COMPORTAMENTAL
Recomendaciones.
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Firmas: Rector - director de grupo.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Instancias, procedimientos y mecanismos de
atención a padres de familia y estudiantes sobre evaluación: Las
reclamaciones serán atendidas por el docente respectivo en el horario establecido
por la institución.
El personero estudiantil acompañará a los estudiantes en los acuerdos
establecidos frente a situaciones de conflicto.
En los pactos de aula se establecerán mecanismos de control del desempeño
escolar y serán establecidos en cada curso, realizando el acta respectiva de la
cual deberá entregarse copia a coordinación.
Los estudiantes y padres de familia que consideren se haya cometido alguna
injusticia o violación al debido proceso, presentarán por escrito solicitudes
respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus
reclamos:
1. Docente del área.
2. Director de grupo.
3. Coordinador en cada jornada.
4. Comité de convivencia (Este estará conformado por coordinadores de ambas
jornadas, director de grupo, personero estudiantil, y padre de familia
representante al consejo directivo)
5. El Rector.
6. El Consejo Directivo.
Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de cinco días hábiles para
resolver y dar respuesta a las reclamaciones por escrito con los debidos soportes.
ARTICULO DECIMOQUINTO: Mecanismos de participación de la comunidad
educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación: El
presente Sistema Institucional de evaluación, fue estudiado previamente con los
docentes, padres de familia y estudiantes de La Institución Educativa el Mirador
durante jornadas pedagógicas a lo largo del año lectivo 2009 y se consolidó en
mesas de trabajo desarrolladas durante el receso escolar de la semana de trabajo
institucional.
INSTITUCION EDUCATIVA EL MIRADOR “EDUCANDO INTEGRALMENTE PARA EL DESARROLLO SOCIAL” Resolución de aprobación No. 01601 del 21 de Septiembre de 2006
DANE 11900100284501 Dirección Carrera 28 No. 16-00-Teléfono 8390016
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION 2013 - 14 de febrero de 2013.-
16
El Consejo Académico realizó el análisis de la propuesta, elaboró las
observaciones pertinentes antes de ser presentado al Consejo Directivo para su
aprobación y vigencia a partir del año lectivo 2010.
Con fundamento en la directiva ministerial N° 29 del 16 de noviembre de 2010, el
Consejo Académico realizó algunos ajustes y al iniciar el año lectivo 2011 revisó
en forma general el Sistema Institucional de Evaluación y se elaboraron las
precisiones necesarias.
Iniciando el año lectivo 2012, nuevamente se realizaron ajustes a partir de la
experiencia y el periodo de transición correspondiente a los años 2010 y 2011.
Dichos ajustes fueron presentados por el consejo académico a Rectoría para su
posterior aprobación por el consejo directivo.
ARTICULO DECIMOSEXTO: El consejo académico, realizo los ajustes
propuestos por la asamblea de docentes y presento la propuesta al Consejo
Directivo.
ARTICULO DECIMOSEPTIMO: Publicación del Sistema Institucional de
Evaluación para iniciar el proceso de apropiación por parte de la comunidad
educativa. Se designa al consejo académico para evaluar permanentemente el
proceso de implementación del sistema institucional de evaluación y proponer los
ajustes necesarios.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
IRMA DIAZ POLANCO
Rectora