CONTENIDO
1. EVOLUCIN DEL CONCEPTO ACCIDENTE DE TRABAJO
2. FUNDAMENTO LEGAL PARA LA PREVENCIN E
INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO
3. EL COPASST Y LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
3. METODOLOGA PARA INVESTIGAR ACCIDENTES
4. INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO ANTE LA
JUSTICIA ORDINARIA
EVOLUCIN DEL CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
LEY 57 DE 1915 (Art. 1 y 2)
Suceso imprevisto y repentino sobrevenido por causa y con ocasin del trabajo, y que produce en el organismo de quien ejecuta un trabajo por cuenta ajena una lesin o una perturbacin funcional permanente o pasajera, todo sin culpa del obrero.
CDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO (Art. 199)
Suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasin del trabajo y que produzca al trabajador una lesin orgnica o perturbacin funcional permanente o pasajera, y que no haya sido provocado deliberadamente o por culpa grave de la vctima
PRIMEROS DEFINICIONES DE ACCIDENTE DE TRABAJO
EVOLUCIN DEL CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
DECRETO LEY 1295 DE 1994 (Art. 9)
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasin del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesin orgnica, una perturbacin funcional, una invalidez o la muerte
Es tambin accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecucin de rdenes del empleador, o durante la ejecucin de una labor bajo su autoridad, an fuera del lugar y horas de trabajo.
DEFINICIN MODERNA DE ACCIDENTE DE TRABAJO
EVOLUCIN DEL CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
LEY 1562 DE 2012
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasin del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesin orgnica, una perturbacin funcional o psiquitrica, una invalidez o la muerte
- Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
- Tambin se considerar como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la funcin sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha funcin.
- El que se produzca por la ejecucin de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se acte por cuenta o en representacin del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misin
DEFINICIN VIGENTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO
FUNCIN SINDICAL
. Recordemos. Artculo373 y 374 Cdigo Sustantivo de Trabajo. Funciones de todos los sindicatos: Las funciones de un dirigente sindical se enmarcan en el estudio, asesora, consultora en celebrar convenciones o contratos sindicales y representar en juicios, autoridades u organismos a sus afiliados, promover la educacin, promover la creacin y fomento de la educacin, deporte, prestamos
EVOLUCIN DEL CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
ACCIDENTE DE TRABAJO
NORMA LEY 57 DE 1915 (Art.
1 y 2)
CDIGO
SUSTANTIVO DEL
TRABAJO (Art. 199)
DECRETO 1295 DE
1994 (Art. 9) LEY 1562 DE 2012 (Art. 3)
ELEMENTOS
COMUNES Y VARIANTES
Imprevisto
Repentino
Causa y Ocasin
Lesin
Perturbacin
funcional
Permanente /
Pasajera
No es Accidente:
Culpa del Obrero
Imprudencia
Descuido
Enfermedad
Violacin de
Reglamentos
Imprevisto
Repentino
Causa u Ocasin
Lesin orgnica
Perturbacin
funcional
Permanente /
Pasajera
No es Accidente:
Culpa del Obrero
Actos Provocados
deliberadamente
Repentino
Causa u Ocasin
Lesin orgnica
Perturbacin funcional
orgnica
Invalidez o Muerte
Ordenes del Empleador
Transporte Empleador
Labores recreativas,
deportivas o culturales
No es Accidente:
Labores recreativas,
deportivas o culturales
que NO sean
patrocinadas por el
empleador
Permisos Remunerados
Permisos No
Remunerados
Permiso Sindical
Repentino
Causa u Ocasin
Lesin orgnica
Perturbacin funcional
orgnica o psiquitrica
Invalidez o Muerte
Ordenes del Empleador
Transporte Empleador
Labores recreativas,
deportivas o culturales
Actividad sindical
No es Accidente:
Permisos Remunerados
Permisos No
Remunerados
Incidente de Trabajo RESOLUCIN 1401 DE 2007
Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relacin con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daos a la propiedad y/o prdida en los procesos.
EVOLUCIN DEL CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
Amputacin de cualquier segmento corporal; Fractura de huesos largos (fmur, tibia, peron, hmero, radio y cbito); Trauma craneoenceflico; Quemaduras de segundo y tercer grado; Lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; Lesiones severas de columna vertebral con compromiso de mdula espinal; Lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.
Accidente Grave RESOLUCIN 1401 DE 2007
EVOLUCIN DEL CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
Un trabajador que lo dej la ruta de la empresa, tom un taxi
para trasladarse hasta la misma. Casualmente el taxi colisiona
con el bus de la empresa. Dos de los que viajaban en el bus y el
trabajador que viajaba en el taxi sufrieron heridas de alta
complejidad
A. Considera que dicho evento es un Accidente de Trabajo,
para todos?
B. Los Tres (3) trabajadores son atendidos por el SOAT,
considera que este procedimiento es adecuado?
C. Quin debe atender a los que sufren accidente de trabajo?.
ANLISIS DE CASOS
TALLER
Ministerio de la Proteccin Social Repblica de Colombia
TALLER
ES ACCIDENTE DE TRABAJO?
En los disturbios de la marcha del 1 de Mayo, en Bogot, un
miembro de la Junta Directiva de SINTRASALUD, sufri golpes
que lo incapacitaron por 15 das.
A. Considera que dicho evento es un Accidente de Trabajo?
B. El trabajador reporta el evento como un accidente de trabajo
a la empresa. La empresa solicita su asesora, para que le
recomiende si lo debe reportar a la ARL; USTED QU LE
RECOMIENDA?.
C. La EPS califica que el evento es de origen laboral y La ARL
considera que es Accidente Comn. A quin le corresponde
Cancelar la Incapacidad Temporal?. Quin define el origen
en ltima instancia?
ANLISIS DE CASOS
TALLER
CONTENIDO
1. EVOLUCIN DEL CONCEPTO ACCIDENTE DE TRABAJO
2. FUNDAMENTO LEGAL PARA LA PREVENCIN E
INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO
3. EL COPASST Y LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
3. METODOLOGA PARA INVESTIGAR ACCIDENTES
4. INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO ANTE LA
JUSTICIA ORDINARIA
Ministerio de la Proteccin Social Repblica de Colombia
PREVENCIN E INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
DE TRABAJO
CPN (1991)
Cdigo Sustantivo del Trabajo
(1950)
Decreto 1295 (1994)
Resolucin 1016 (1989)
Resolucin 2400 (1979)
Ley 9
(1979)
Resolucin 1401 (2007)
Decreto 1530 (1997)
FUNDAMENTO LEGAL
Resolucin 156 (2005)
Constitucin Poltica de Colombia: Artculo 25. El trabajo es un derecho y una obligacin
social y goza, en todas sus modalidades, de la especial
proteccin del Estado. Toda persona tiene derecho a
un trabajo en condiciones dignas y justas.
Cdigo Sustantivo del Trabajo: Artculo 56, obligacin del empleador a brindar
proteccin y seguridad al trabajador.
Artculo 216, Responsabilidad Civil. Cuando exista culpa suficiente comprobada del patrono en la ocurrencia del accidente de trabajo
FUNDAMENTO LEGAL
Ley 9 de 1979:
Artculo 80: la ley establece normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.
Artculo 84 y 85: Obligaciones de empleadores y
trabajadores e) Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios
de trabajo, as como de las actividades que se realicen para la proteccin de la salud de los trabajadores
Resolucin 2400 de 1979: Artculo 2 y 3: Obligaciones de empleadores y
trabajadores
FUNDAMENTO LEGAL
Ministerio de la Proteccin Social Repblica de Colombia
Resolucin 1016 de 1997: Reglamenta la organizacin, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el pas.
Decreto Ley 1295 de 1994: Artculos 21 y 62: Establecen la obligatoriedad del empleador de reportar el AT a la ARL.
Decreto 1530 de 1996: Artculo 4, establece el procedimiento de investigacin del accidente mortal en el trabajo.
FUNDAMENTO LEGAL
Ministerio de la Proteccin Social Repblica de Colombia
Resolucin 156 de 2005: Establece el Formato nico de reporte de Accidente
de Trabajo.
Resolucin 1401 de 2007: Reglamenta la investigacin de accidentes e incidentes en el trabajo.
FUNDAMENTO LEGAL
Investigacin de accidente o incidente RESOLUCIN 1401 DE 2007
Proceso sistemtico de determinacin y ordenacin de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza con el objeto de prevenir su repeticin, mediante el control de los riesgos que lo produjeron.
FUNDAMENTO LEGAL
1. Conformar el equipo investigador de los incidentes y accidentes de trabajo,
2. Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo dentro de los quince (15) das siguientes a su ocurrencia
3. Adoptar una metodologa y un formato para investigar los incidentes y los accidentes de trabajo (AT MORTAL RES. 1530 DE 1996).
4. Implementar las medidas y acciones correctivas
Obligaciones de los Aportantes RESOLUCIN 1401 DE 2007
FUNDAMENTO LEGAL
5. Proveer los recursos, elementos, bienes y servicios necesarios para implementar las medidas correctivas que resulten de la investigacin (cronograma de actividades)
7. Implementar el registro del seguimiento realizado a las acciones ejecutadas
8. Establecer y calcular indicadores de control y seguimiento del impacto de las acciones tomadas.
Obligaciones de los Aportantes RESOLUCIN 1401 DE 2007
FUNDAMENTO LEGAL
9. Remitir, a la respectiva administradora de riesgos profesionales, los informes de investigacin de los accidentes de trabajo a que se refiere el inciso primero del artculo 14 de la presente resolucin, los cuales debern ser firmados por el representante legal del aportante o su delegado. (SI ES MORTAL O GRAVE DEBE PARTICIPAR PROFESIONAL CON LICENCIA EN SALUD OCUPACIONAL).
10. Llevar los archivos de las investigaciones adelantadas y pruebas de los correctivos implementados, los cuales debern estar a disposicin del Ministerio de la Proteccin Social cuando este los requiera.
Obligaciones de los aportantes RESOLUCIN 1401 DE 2007
FUNDAMENTO LEGAL
Jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del rea
Un representante del COPASO VIGA
Encargado del programa de salud ocupacional
EMPRESAS MIPYMES: TRABAJADORES ENTRENADOS
CONTRATACIN CON ASESORES EXTERNOS
MORTAL GRAVE: PROFESIONAL CON LICENCIA
Equipo investigador RESOLUCIN 1401 DE 2007
FUNDAMENTO LEGAL
Ministerio de la Proteccin Social Repblica de Colombia
TRMINOS PARA EL REPORTE E INVESTIGACIN
EMPLEADOR 1. INFORME: FORMATO UNICO DE INFORME DE ACCIDENTE DE TRABAJO (2 das hbiles ) 2. INVESTIGACIN COPASO: determinar las causas del evento.
ARL EVALUACIN DEL INFORME, EMISIN DE CONCEPTO Y ACCIONES DE PREVENCIN A CARGO DEL EMPLEADOR EMISIN DEL INFORME Y COPIA DEL REPORTE DEL ACCIDENTE DE TRABAJO
15 das calendario/ 15 das hbiles
FUNDAMENTO LEGAL
DIRECCIN TERRITORIAL DEL MT INSPECCIN DE TRABAJO ADELANTAN LA INVESTIGACIN Y DEFINE LAS ACCIONES PERTINENTES.
10 Das Hbiles / MORTAL
Mortal Grave
Semestral / GRAVE
CONTENIDO
1. EVOLUCIN DEL CONCEPTO ACCIDENTE DE TRABAJO
2. FUNDAMENTO LEGAL PARA LA PREVENCIN E
INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO
3. EL COPASST Y LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
3. METODOLOGA PARA INVESTIGAR ACCIDENTES
4. INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO ANTE LA
JUSTICIA ORDINARIA
EL COPASST EN LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES E INCIDENTES
RESOLUCIN 1401 DE 2007 ARTICULO 7. Equipo investigador un representante del Comit Paritario de Salud Ocupacional o el Viga Ocupacional
INVESTIGACIN DE INCIDENTES, ACCIDENTES Y
ENFERMEDADES LABORALES
EL COPASST EN LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
DECRETO 1530 DE 1996 ARTCULO 4. Muerte de Origen Laboral: el empleador deber adelantar investigacin, junto con el COPASO o el Viga Ocupacional
RESOLUCIN 2013 DE 1986 ARTCULO 11. Literal c): Colaborar en el anlisis de las causas y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar
Sostiene que el Tribunal tambin err al afirmar que el accidente fue un hecho imprevisto y no culposo, pues de analizar correctamente el informe sobre la investigacin que se adelant, en donde se consign el acta de la reunin extraordinaria del acta del Comit Paritario de Salud Ocupacional celebrado el 15 de septiembre de 1997 (Fis. 121 a 128), hubiera concluido que la operacin haba sido suspendida el da anterior del accidente porque las gras no presentaban ni la capacidad ni la seguridad necesarias para mover el peso del transformador, en tanto presentaron problemas de estabilidad, circunstancia que conoci la empresa y, sin embargo, no torn ninguna medida preventiva para evitar el riesgo que implicaba esa operacin, simplemente se limit a ordenar que se trajera otra gra con capacidad para 5.0 toneladas, siendo menor a las que se tena el da anterior, pues entre las dos sumaban una capacidad de 55 toneladas.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIN LABORAL
MAGISTRADO PONENTE: CARLOS ISAAC NADER RADICACIN No.20323
ACTA No.54 Bogot, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil tres (2003).
"El comit paritario de salud ocupacional, con su respectivo programa, el panorama de riesgos y el cronograma de actividades de ninguna manera habran podido sortear el hecho luctuoso en el cual perdi la vida el trabajador Trivio Vargas, porque a ciencia cierta se desconocen las causas que motivaron ese desenlace fatal, eventualidad que tampoco fue ajena al trmite del proceso penal, ya que en ese procesamiento adelantado contra el infractor del bien jurdico de la vida - Andrs Felipe Gonzlez Toro - no se logr establecer el mvil que determin el homicidio y si bien la decisin all tomada le fue adversa, ella se sustent principalmente en la construccin de indicios y no en una prueba directa que proporcionara convencimiento de cules fueron las verdaderas causas del delito - vase la sentencia de primer grado como lo analiz (fl. 314 - 330). En tales condiciones, resulta difcil concluir que por no haber tenido la presencia de los elementos configurantes del programa de salud ocupacional, se habra podido dar otro giro al inesperado acto de violencia producido en contra de Jhon Trivio, pues as se hubiese contado con ellos cmo afirmar que se habra precavido el suceso?
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIN LABORAL
Radicacin No. 26126 Acta No. 27
Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GMEZ Bogot, D.C., tres (3) de mayo dos mil seis (2006).
De la declaracin del confeso del representante legal de la demandada por su
inasistencia a la audiencia en la cual deba absolver interrogatorio de parte de los hechos de la demanda susceptibles de confesin y presumibles de ciertos fol102 y en especial del supuesto fatico correspondiente al numeral 10 del libelo inicial al
cual se refiere la censura. en cuanto la empresa careca de comits de higiene y seguridad industrial que marcaran las pautas tendientes a evitar en lo posible los
accidentes y enfermedades de orden profesional fol16 Casacin) debe advertir la
corte que nada aporta al punto en cuestin, puesto que se reitera el tribunal no
desconoci, por el contrario aludi a la mencionada omisin del empleador acerca
del comit reseado y estableci que faltaba la prueba de la relacin de
causalidad entre ese hecho y el acontecimiento del accidente; es decir entendi
que tal omisin no resultaba ser una prueba suficiente y eficaz de la culpa
patronal.
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casacin laboral
Magistrado ponente: Dr. Luis Gonzalo Toro Correa
Fecha: marzo 18 de 2003
Radicacin No. 19513
Acta No. 15
"2.9. Por su parte, en relacin con la orden mdica proferida por el Doctor Snchez Lpez, referente a la reubicacin laboral del accionante, el Gerente del Hospital seal que : Con este concepto fue que la Gerencia del Hospital dio inicio al proceso de reubicacin del hoy accionante. Para lo cual, se dio traslado de la peticin mediante Oficio nmero 384 del 30 de septiembre de 2002, dirigido a Sandra Patricia Garca Meja, Presidente del Comit Paritario de Salud Ocupacional COPASO, para que el Comit conceptuara sobre lo pertinente, allegndole fotocopia del remisorio del accionante y concepto del mdico en salud ocupacional. Debo aclarar que sobre este procedimiento el accionante tiene pleno conocimiento, ya que para el da 3 de octubre de este ao, mediante oficio suscrito por el mismo, le sugiere al COPASO posibles soluciones a dicho problema, es decir, a su reubicacin, copia del cual anexare como prueba documental. El COPASO mediante oficio fechado el 8 de octubre de 2002, se pronuncia sobre el procedimiento legal que se debe dar sobre la reubicacin laboral dentro del Hospital, el cual fue dirigido al interesado y tambin al accionante Jos Yesid Castro Surez. En el escrito el Comit le hace saber al interesado que el trmite de la reubicacin se har de acuerdo a lo normado en el Decreto 1295/94 para lo cual se requiere de las determinaciones que adopte un mdico o comisin mdica interdisciplinaria.
CORTE CONSTITUCIONAL Referencia: expediente T-683329
Peticionario: Jos Yesid Castro Surez. Demandado: Jess Emilio Rosado Sarabia - Gerente del Hospital Municipal de Acacas
(Meta) -. Magistrado Ponente:
Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL
Pronunciamiento de la CORTE CONSTITUCIONAL: "En efecto, el accionado procedi de forma inmediata a remitir el citado concepto al Comit Paritario de Salud Ocupacional (Copaso), para que ste conceptuara sobre los posibles cargos y funciones que podra desempear el trabajador al interior del Hospital. De manera que, para el momento de interposicin de la accin de tutela, se encontraba pendiente la entrega de dicho concepto, para decidir definitivamente sobre la reubicacin del accionante. Por otra parte, al remitir un oficio al citado Comit, informando las labores que estaba dispuesto a adelantar, el seor Castro Surez manifest su aquiescencia al desarrollo de dicho procedimiento. Adems, el Comit Paritario fue oportuno en dar una respuesta a la citada peticin, indicndole que su capacidad de desempeo y sus aptitudes personales seran objeto de evaluacin..
CONTENIDO
1. EVOLUCIN DEL CONCEPTO ACCIDENTE DE TRABAJO
2. FUNDAMENTO LEGAL PARA LA PREVENCIN E
INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO
3. EL COPASST Y LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
3. METODOLOGA PARA INVESTIGAR ACCIDENTES
4. INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO ANTE LA
JUSTICIA ORDINARIA
Cuando ocurre un accidente o incidente la investigacin no busca culpables.
Se busca: Las causas que lo originaron para prevenir su repeticin.
Aprender de lo que sucedi
Determinar los riesgos
Prevenir futuros accidentes e incidentes
Solucionar problemas antes que resulten en prdidas
Determinar las causas reales de las prdidas
Definir tendencias
Demostrar preocupacin
Pero y qu busca un Juez, cuando estudia una demanda?
GUA PARA LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
LABORAL
AFILIACIN A RIESGOS
ARL CUBRE ATEL
DTO 1295 / 94
LEY 776 / 02
LEY 1562 /12
ADMINISTRATIVA
CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE SST Y RIESGOS
MINTRABAJO
SUPER FINANCIERA
MINSALUD
SANCIONES DE HASTA 1.000
SMLMV
CIVIL
ART. 216 CST. CULPA PATRONAL ,
QUE GENEREN LESIN
DEMANDA ANTE JUEZ
CONDENA A PAGAR
INDEMNIZACIN HASTA DE 1.000
SMLMV POR DOLIENTE
PENAL
CPC
DELITO CULPOSO
CUBRE LESIONES PERSONALES POR
ATEL, CALIFICA JUEZ
CRCEL E INDEMNIZACIN
A QUIEN LE CALIFICAN LA CONDUCTA
SOLIDARIA
ACCIDENTES O ENFERMEDADES LABORALES DE
CONTRATISTAS Y/O SUBCONTRATISTAS
DEMANDA ANTE JUEZ
CST, ART.34 EMPLEADOR PODR
RESPONDER POR LOS
TRABAJDADORES DE CONTRATISTAS Y
SUBCONTRATISTAS
RESPONSABILIDADES POR ACCIDENTES DE TRABAJO
RELACIN ENTRE INCIDENTES Y ACCIDENTES: SI INVESTIGAMOS Y CORREGIMOS LOS INCIDENTES,
REDUCIMOS LA POSIBILIDAD DE OCURRENCIA DEL ACCIDENTE
1 Lesiones/Enfermedades Mayores
10 Lesiones/Enfermedades Menores
30 Accidente con daos a la Propiedad
600 Incidentes sin lesin o dao visible
GUA PARA LA INVESTIGACIN
METODOLOGA PARA INVESTIGAR ACCIDENTES E INCIDENTES
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIN DE ACCIDENTES INCIDENTES
MANTENER LOS
ELEMENTOS NECESARIOS
ATENDER EVENTO
DEFINIR NIVEL DE INVESTIGACIN
RECOLECTAR INFORMACIN Y PRUEBAS
APLICAR METODOLOGA
CONCLUSIN DE CAUSAS?
CORRECCIN Y SEGUIMIENTO
INFORME FINAL
USAR TABLA GUA RES. 1401 DE 2007
NO
SI
PASO 1.
PASO 2.
PASO 3.
PASO 4.
PASO 5 Y 6
PASO 7.
RECOLECCIN DE PRUEBAS
OBSERVACIN
ENTREVISTA
REVISIN DE REGISTROS
Las observaciones es lo que se anota de inmediato dentro de la descripcin del evento Se cay el trabajador .
Explosin e incendio en tanque atmosfrico .
El trabajador se lesion la mano
LA OBSERVACIN
Las observaciones pueden contener una o mas causas a analizar.
Se cay el trabajador al romperse la escalera .
Chispa de soldadura caus explosin e incendio en el tanque .
Al usar una pinsa como martillo, se golpe la mano .
Datos (Hechos) recogidos por los rganos de los sentidos al momento del
evento, que ayudarn a examinar la(s) parte(s) que fallaron.
Anticipar conclusiones: Sin antes revisar y evaluar toda la informacin.
Suponer: Esto es muy parecido, as que debe ser lo mismo.
Percibir: No puedo probarlo, slo s que eso debe ser.
Culpar: Todo fue ocasionado por esa persona.
Dejar incompleto el anlisis: Fue el material lo que provoc la falla.
Se debe evitar las prcticas comunes de:
LA ENTREVISTA
ESTUDIOS
MEDICIONES AMBIENTALES
EVALUACIONES MDICAS
ESTADSTICAS
INSPECCIONES
MANTENIMIENTOS
ENTRENAMIENTO
CAPACITACIN
REVISIN DE REGISTROS
ANALIZAR DATOS
Suposicin hecha, en funcin de la informacin recabada a travs de observaciones, entrevistas y evidencias.
Plantear Hiptesis :
Armar el rompecabezas !
DIRECCIN DE LA HIPTESIS
Pasos para el anlisis
ANALIZAR DATOS
TALLER ACCIDENTE MORTAL POR CADA DE ALTURAS
PRDIDA
LESIN PERSONAL (Grave, Seria, Leve)
DAO A LA PROPIEDAD (Catastrfico, Mayor, Seria, Menor)
PROCESO (Catastrfica, Mayor, Seria, Menor)
CONTACTO Golpeado contra (Tropezando o chocando
con)
Golpeado por (Un objeto en movimiento)
Cada a un nivel inferior
Cada a un mismo nivel (resbaln y cada, volcarse)
Atrapado (Puntos de Compresin y aprieto)
Cogido en (Agarrado, colgado)
Cogido entre (Aplastado o amputado)
Contacto con (electricidad, calor frio, radiacin, productos custicos, productos txicos, ruido)
Sobretensin-sobreesfuezo-sobrecarga
CAUSAS INMEDIATAS
Operar equipos sin autorizacin
Eliminar dispositivos de seguridad
Almacenar de manera incorrecta
Instalar carga de manera incorrecta
Trabajar bajo influencia de alcohol y/o drogas.
ACTOS SUBESTANDARES (Comportamiento del Individuo)
CAUSAS INMEDIATAS
Proteccin y resguardos inadecuados
Herramientas, equipos o, materiales defectuosos
Espacio limitado para desenvolverse
Exposicin a ruido, radiaciones, temperaturas, qumicos
Orden y limpieza deficiente
CONDICIONES SUBESTANDARES (Circunstancias del Ambiente)
CAUSAS BSICAS
SUPERVISIN Y LIDERAZGO DEFICIENTE
Relaciones jerarquicas conflictivas
o sin claridad
Ident. y evaluacin deficiente
de exposicin a
perdidas
Programacin o
planificacin insuficiente del trabajo
INGENIERA INADECUADA
Evaluacin deficiente
de las condiciones
de operacin
Estandares, especificacio
nes y/o criterios de
diseo inadecuados
ABUSO O MALTRATO
Permitidas por la
supervisin
No permitidos
por la supervisin
DEFICIENCIAS EN
ADQUISICIONES
Especificaciones
deficientes en cuanto a requerimien
tos
Inspecciones de
recepcin y aceptacin deficiente
MANTENCION DEFICIENTE
Aspectos preventivos inadecuados
Aspectos correctivos inapropiado
s
HERRAMIENTAS Y EQUIPOS
INADECUADOS
Ajustes, reparacin, mantencin
Sistema deficiente
de reparacin y recuperaci
n de materiales
ESTANDARES DEFICIENTES DE TRABAJO
Desarrollo inadecuado de normas
Comunicacin
inadecuada de la norma
USO Y DESGASTE
Prolongacin dela vida
til
Sobrecarga o uso
excesivo
FACTORES DEL TRABAJO
CAUSAS BASICAS
CAPACIDAD FISICA /
FISIOLOGICA INADECUADA
Altura, peso, Talla
Sensibilidad sustancias
Visin / audicin
defectuosa
CAPACIDAD MENTAL
INADECUADA
Temores y fobias
Enfermedad mental
Nivel de inteligencia
TENSION FISICA O FISIOLOGICA
Rutina, monotona
Sobrecarga emocional
Ordenes confusas
FALTA DE CONOCIMIENTO
Falta de experiencia
Entrenamiento
inadecuado
Ordenes mal interpretadas
FALTA DE HABILIDAD
Instruccin insuficiente
Prctica insuficiente
Falta de preparacin
MOTIVACIN DEFICIENTE
Falta de incentivos
Ejemplo deficiente de
la supervisin
Falta de desafos
FACTORES PERSONALES
FALTA DE CONTROL
1. Liderazgo y administracin
2. Entrenamiento de la administracin
3. Inspecciones planeadas
4. Anlisis y procedimiento de tareas
5. Investigacin de Accidentes e Incidentes
6. Preparacin para emergencias
7. Reglamentos de la organizacin
8. Entrenamiento de los trabajadores
9. Equipo de Proteccin Personal
10. Controles y servicios de salud
11. Sistema de Evaluacin de Programas
12. Controles de Ingeniera
13. Comunicaciones personales
14. Seguridad fuera del trabajo
FALLA EN EL CUMPLIMIENTO DE ESTANDARES:
Si analizamos EL EFECTO FSICO de los accidentes, probablemente no encontraremos
todas las CAUSAS BSICAS.
Si analizamos EL ERROR HUMANO, encontraremos otras causas (culpar al personal) y an
no se encontrarn las CAUSAS BSICAS.
Al analizar LOS SISTEMAS que permitieron que el accidente ocurriera, estaremos frente a
las CAUSAS BSICAS fundamentales.
Principios del anlisis
ANALIZAR DATOS
TALLER ACCIDENTE MORTAL POR CADA DE ALTURAS
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
Resolucin 1409 de 2012 Artculo 3 numeral 3, Artculo 16 Literal f, Artculo 22 numeral 1 Resolucin 1016 de 1989 Articulo 11 numeral 17
Inexistencia
de Barandas
o Barreras
1. Fallas Tcnicas (Equipos):
Insuficiencia de sistema de seguridad para la
proteccin contra cadas, en especial la falta de
proteccin de huecos y en la no utilizacin de red
contra cadas.
Insuficiencia de sistema de sealizacin y demarcacin
en los puntos de riesgo de cada, para informar sobre
los peligros en la realizacin de la tarea.
Inexistencia de
Sealizacin y
Demarcacin en
rea de Trabajo
HALLAZGO REQUISITO
NEGATIVO
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
Resolucin 1409 de 2012 Artculo 3 numeral 3, Artculo 16 Literal f, Artculo 22 numeral 1 Resolucin 1016 de 1989 Articulo 11
Existencia de
Sistema de
Control :
Barandas
1. Sistema de Control Existente
(Equipos):
Suficiencia de sistema de seguridad para
la proteccin contra cadas,
especficamente el uso de Barandas.
HALLAZGO REQUISITO
POSITIVO
ACCIDENTE AMPUTACIN EN CORTADORA
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
Resolucin 2400 de 1979 Artculos 266, 274 y 275 Art. 203 Resolucin 1016 de 1989 Articulo 11 numeral 10
Inexistencia de
Sistema de
Proteccin de
Maquinarias
1. Fallas Tcnicas (Equipos): Insuficiencia de sistema de seguridad de la cortadora, para bloquear el arranque intempestivo de la misma. Insuficiencia de sistema de sealizacin de seguridad, para informar sobre los peligros en la operacin de la misma.
Inexistencia de
Sealizacin y
Demarcacin en
rea de Trabajo
HALLAZGO REQUISITO
NEGATIVO
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
Existencia de
Sistema de
Control :
- Guardas
- Comando a
dos Manos
1. Sistema de Control Existente
(Equipos):
Suficiencia de sistema de seguridad para
la proteccin de Equipos y Maquinarias.
HALLAZGO REQUISITO
Resolucin 2400 de 1979 Artculos 266, 274 y 275 Art. 203 Resolucin 1016 de 1989 Articulo 11 numeral 10
POSITIVO
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
2. Fallas Organizacionales (Empresas):
-No se evidencian registros de inspeccin y comprobacin de la efectividad y del buen funcionamiento del sistema de seguridad para operar la Cortadora. -No se evidencian registros de mantenimiento de la Cortadora, ni previo a la ocurrencia del accidente como en la actualidad.
- Inexistencia de programa de mantenimiento preventivo.
HALLAZGO REQUISITO
Resolucin 2400 de 1979 Artculos 266 Resolucin 1016 de 1989 Articulo 11 numeral 5, 6 y 9
NEGATIVO
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
2. Control Organizacional (Empresas):
- Evidencian registros de inspeccin y comprobacin de la efectividad del sistema de seguridad. - Registros de mantenimiento - Programa de mantenimiento preventivo.
HALLAZGO REQUISITO
Resolucin 2400 de 1979 Artculos 266 Resolucin 1016 de 1989 Articulo 11 numeral 5, 6 y 9
POSITIVO
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
3. Fallas Humanas: - Exceso de confianza al introducir la mano en el punto de peligro de la Cortadora. - Retirar el equipo de seguridad, para realizar mantenimiento no autorizado
HALLAZGO REQUISITO
Decreto 1295 de 1994 Artculo 22, Literal a Resolucin 2400 de 1979 Artculo 85
NEGATIVO
ANALIZAR DATOS COMPARAR HALLAZGOS CON REQUISITOS LEGALES
3. Control Empresarial para Fallas Humanas: - Registros de capacitacin - Manual de funciones por cargo - Normas de Seguridad para uso y mantenimiento de equipos - Sealizacin y Demarcacin - Procedimiento para ejecucin de tareas mantenimiento seguros (AST)
HALLAZGO REQUISITO
Decreto 1295 de 1994 Artculo 22, Literal a Resolucin 2400 de 1979 Artculo 85
POSITIVO
ACCIONES CORRECTIVAS
Correcciones Temporales
Causas inmediatas
Correcciones Permanentes Causas bsicas Programas, Estndares y Cumplimiento
DIRECCIN SISTEMAS EFECTIVOS DE CONTROL
a. Por observacin directa del riesgo corregido
b. Al aplicar la metodologa de identificacin de peligros y valoracin de riesgos, el Nivel de Riesgo del peligro que ocasion el incidente, debe haberse disminuido en forma significativa. NR = NP*NC
c. El Comit de Investigacin har seguimiento a la implantacin y efectividad de las acciones de prevencin y control recomendadas
VERIFICAR LA EJECUCIN Y EFICACIA DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
La ejecucin y la efectividad de las acciones preventivas y correctivas implantadas se verifican de la siguiente manera:
IMEDIDAS DE INTERVENCION NECESARIAS A IMPLEMENTAR BUSCANDO QUE EL EVENTO NO SE REPITA
CONTROLES A IMPLEMENTAR SEGN LISTA PRIORIZADA DE
CAUSAS
TIPO DE CONTROL (Sealar con una X en donde aplica)
FECHA EJECUCION DD/MM/AA
FECHA VERIFICACION
DD/MM/AA
EFECTIVIDAD DE LA MEDIDA
AREA O PERSONA RESPONSABLE DE VERIFICACION DE
LA EMPRESA FUENTE MEDIO PERSONA
Diseo y montaje de Guarda de Seguridad
x Jefe
Mantenimiento Diseo y Divulgacin de Procedimiento
x Coordinador SO Sealizar y Demarcacin de mquina
x Jefe Produccin Capacitar en prevencin de accidentes
x Coordinador SO
ACCIONES CORRECTIVAS
El informe de la investigacin del evento plasma las evidencias y el anlisis realizado a dicho accidente.
En el Informe debe encontrarse resumido los hechos bsicos del evento adems de contener una evaluacin del riesgo, las causas bsicas e inmediatas, las medidas preventivas y de control definidas para evitar este suceso y el responsable del informe.
ANEXAR: Fotos, Entrevistas, Registros, Informes otras autoridades, etc.
INFORME FINAL
CONTENIDO
1. EVOLUCIN DEL CONCEPTO ACCIDENTE DE TRABAJO
2. FUNDAMENTO LEGAL PARA LA PREVENCIN E
INVESTIGACIN DE ACCIDENTES DE TRABAJO
3. EL COPASST Y LA INVESTIGACIN DE ACCIDENTES
3. METODOLOGA PARA INVESTIGAR ACCIDENTES
4. INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO ANTE LA
JUSTICIA ORDINARIA
MODELO DE INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO
Ante la Justicia Ordinaria
OBJETIVO
Evaluar el cumplimiento de normas de proteccin al trabajador, seguridad y salud en
el trabajo por parte de la EMPRESA XXX, en la ocurrencia del accidente de trabajo
que afecto al Trabajador RJJJ BBB, el da 2 de Enero de 2012.
INTRODUCCIN
En la ocurrencia de un accidente de trabajo confluyen diferentes fallas en los
elementos que interactan en las actividades laborales, para dar como resultado
efectos negativos sobre la salud de las personas, los bienes materiales y en general
la productividad empresarial. Estos elementos principalmente lo constituyen las
fallas Tcnicas, Humanas y Organizacionales...
En el caso particular del accidente de trabajo Amputacin de Miembro Superior Izquierdo - MSI, como consecuencia del Corte del MSI, operando una Cortadora
Industrial en la empresa___, se hace necesario identificar los elementos de SST que
fallaron y cual de ellos fue el de mayor contribucin.
MODELO DE INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO Ante la Justicia Ordinaria
CONCLUSIN
Comparando las normas legales Colombianas que rigen la SST con las condiciones de trabajo
en la empresa ------ y especficamente en el rea de Produccin, las condiciones de seguridad
de la Cortadora, la existencia de procedimientos de trabajo para operar dicho equipo y dems
elementos contenidos en el expediente de la investigacin que desarrolla el Juzgado --- Laboral -
--, se infieren las siguientes fallas:
1. Fallas Tcnicas (Equipos):
Insuficiencia de sistema de seguridad de la Cortadora, para bloquear el arranque intempestivo de
la misma.
Incumplimiento de la Resolucin 2400 de 1979, Artculos 266, 274 y 275
Incumplimiento de la Resolucin 1016 de 1989, Artculo 11, Numeral 10 2. Fallas Organizacionales (Empresas):
No se evidencian registros de inspeccin y comprobacin de la efectividad y del buen
funcionamiento del sistema de seguridad para operar la Cortadora (...)
Incumplimiento de la Resolucin 1016 de 1989, Artculo 11, Numeral 14 () 3. Fallas Humanas:
Exceso de confianza al introducir el brazo entre la carcaza y la centrifuga de la lavadora.
Incumplimiento del Decreto 1295 de 1994, Artculo 22, Literal a.
Se concluye que las fallas organizacionales (Empresariales) relacionadas con la fallas en
la identificacin de peligros, en la deficiencia de los sistemas de seguridad del equipo, sin
sealizacin adecuada del equipo, sin evidencias de mantenimiento, son las de mayor
incidencia en la ocurrencia del accidente de trabajo.
MODELO DE INFORME EJECUTIVO COMPLEMENTARIO Ante la Justicia Ordinaria
ANLISIS
Se investigaron diferentes normas, documentos y conceptos que se constituyen en
el soporte tcnico y legal del presente informe. De esta informacin se destacan:
Normas Legales:
Resolucin 1016 de 1989 del Ministerio de Trabajo
Resolucin 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo
Decreto 1295 de 1994 de la Presidencia de la Repblica
Documentos Contentivos en la Investigacin:
1. Acta de Inspeccin Judicial del ____
2. Declaracin del Representante Legal de la empresa: 3. Declaraciones del Electricista y Tcnico de la empresa, seor ______
4. Declaraciones del Accidentado, seor _____.
5. Reporte de Accidente de Trabajo No. ____, presentado por la empresa ___ a la
ARL ____, de fecha _____.
6. Dictamen de la Junta Nacional de Calificacin de Invalidez del ______.
7. Inscripcin y Actas de Reunin del Comit Paritario de la empresa ____, de
Fecha _____
8. Programa de Salud Ocupacional de la empresa ____ ()
RESPONSABLE INFORME
WWW.PREVINSA.COM.CO
MUCHAS GRACIAS !
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