Secretara Generaldel Sistema de la Integracin
Centroamericana
Instrumentos Jurdicos delSistema de la Integracin Centroamericana
Centroamrica, Julio de 2011
Tercera edicin
Tercera edicinJulio de 2011
De la edicin:Secretara General del Sistema de la Integracin CentroamericanaJuan Daniel Alemn GurdinSecretario General
Edgar Jos Chamorro MarnDirector Ejecutivo
Boulevard Cancillera, Edificio SICA, Distrito El Espino, Ciudad Merliot,Antiguo Cuscatln, La Libertad, El Salvador, C.A.www.sica.int
Coordinador y compilador:Csar Ernesto Salazar Grande
La reproduccin de estos instrumentos jurdicos es bienvenida.Los instrumentos contenidos en este libro constituyenel patrimonio cvico de los pueblos centroamericanos.
Por favor cite su fuente.
Se prohbe su reproduccin con fines lucrativos.
lo largo de su historia, el Proceso de Integracin Centroamericana haencontrado muchas dificultades, pero siempre ha salido airoso y fortalecido,
contradiciendo los pronsticos de los ms iluminados adivinos y agoreros de la poltica, que continuamente predicen la imposible fractura material de una regin, geogrficamente nica e indivisible, que posee una identidad comn, una misma historia y una voluntad inquebrantable de avanzar como nacin hacia el futuro.
Esa identidad comn de los pueblos centroamericanos que se fortalece cada da msen nuestros campos y ciudades, a travs de un tejido social, familiar y econmico cadavez ms imbricado, es lo que permite que estn vigentes al igual que lo han estado ayerhoy y siempre, los principios y la razn de ser, que dio origen al Sistema de la IntegracinCentroamericana (SICA)
Es claro, que en la Centroamrica de hoy donde todava conviven atraso y modernidad,globalizacin y pobreza, subsisten tambin graves problemas que estn en la raz de losconflictos que viven nuestros pases y que tanto ahora como en el pasado ha provocadoenfrentamientos.
Por ello, en las actuales circunstancias y contra todo pronstico, es nuestra obligacin fortaleceral SICA como el Foro regional por excelencia, para la consolidacin de la paz, la seguridad y lacooperacin entre los pueblos centroamericanos, y para que la relacin entre nuestros estados,se rija en el marco de los instrumentos jurdicos y polticos que son el resultado del dialogocentroamericano.
Nada ms propicio que la actual situacin de Centroamrica, la cual dista mucho de seralentadora, para reforzar el andamiaje jurdico y poltico y la cooperacin, como el nicoinstrumento a nuestra disposicin para consolidar la paz, la libertad, la democracia y el desarrolloen nuestra regin.
Es dentro de esa conviccin, que tengo el gusto de ofrecer a la comunidad centroamericana,gobiernos, instituciones y sociedad civil, nuestra tercera edicin del libro denominadoInstrumentos Jurdicos del Sistema de la Integracin Centroamericana compilacin querepresenta el esfuerzo vivo de los pases de la regin, en su bsqueda permanente para laconstruccin de una cultura de la legalidad y de una comunidad centroamericana de valores yprincipios centroamericanos.
A nuestro juicio, este compendio constituye el reflejo de la integracin centroamericana y estinspirado en el ms alto espritu integracionista de los hombres y mujeres de Centroamrica,cuyos objetivos y principios consisten en garantizar la libertad y la dignidad del hombre, subienestar y su seguridad, as como la paz y la justicia de nuestras naciones. Nadie que seconsidere centroamericano, podra oponerse ni se opondr nunca a estos objetivos, porquese estara negando a s mismo, esa condicin humana.
JUAN DANIEL ALEMN GURDIN
SECRETARIO GENERAL
Prefacio
A
5
CONTENIDO
PARTE 1
SECTOR POLTICO
1. SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA
1. PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DE LA ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS(ODECA) (1).. 19
2. ENMIENDA AL PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DE LA ORGANIZACIN DE ESTADOSCENTROAMERlCANOS (ODECA)........................................ .......................................................................................................... 27
3. REGLAMENTO DE LOS ACTOS NORMATIVOS DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................ 29
4. REGLAMENTO DE LA PRESIDENCIA PRO-TMPORE DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) .. 32
5. REGLAMENTO RELATIVO A LA ELECCIN DE LOS TITULARES DE LOS RGANOS, SECRETARAS EINSTITUCIONES DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) .............................................................. 36
6. REGLAMENTO PARA LA ADMISIN Y PARTICIPACIN DE ESTADOS ASOCIADOS DEL SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................................................................................ 42
7. REGLAMENTO PARA LA ADMISIN Y PARTICIPACIN DE OBSERVADORES ANTE EL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA ................................................................................................................................................................. 46
8. REGLAMENTO COMISIN PERMANENTE DE RGANOS COMUNITARIOS DEL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA: PARLAMENTO CENTROAMERICANO, SECRETARA GENERAL DEL SICA Y CORTECENTROAMERICANA DE JUSTICIA ........................................................................................................................................... 49
9. ACUERDO DE ASOCIACIN ENTRE EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA Y LA REPBLICADOMINICANA .............................................................................................................................................................................. 51
10. ACUERDO COMPLEMENTARIO SOBRE LA PARTICIPACIN DE LA REPBLICA DOMINICANA EN EL SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................................................................................ 55
11. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE LA REPBLICA DE CHINA AL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANABAJO LA CATEGORA DE OBSERVADOR EXTRARREGIONAL ................................................................................................ 57
12. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS AL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR REGIONAL .............................................................................. 60
13. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE ESPAA AL SISTEMA DE INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LA CATEGORADE OBSERVADOR EXTRARREGIONAL ..................................................................................................................................... 62
14. CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Y EL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA (SICA) SOBRE LA ADMISIN DE LA REPBLICA FEDERAL DE ALEMANIA EN LA CATEGORA DEOBSERVADOR EXTRARREGIONAL ........................................................................................................................................... 64
15. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE ITALIA AL SISTEMA DE INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LA CATEGORA DEOBSERVADOR EXTRARREGIONAL ........................................................................................................................................... 66
16. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE CHILE AL SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LA CATEGORADE OBSERVADOR REGIONAL ................................................................................................................................................... 68
17. ACUERDO SOBRE LA ADMISIN DE BRASIL AL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA EN LACATEGORA DE OBSERVADOR REGIONAL .............................................................................................................................. 70
18. CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA ARGENTINA Y EL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA (SICA) SOBRE LA ADMISIN DE LA REPBLICA ARGENTINA EN LA CATEGORA DEOBSERVADOR REGIONAL ......................................................................................................................................................... 72
19. MEMORANDUM ENTRE EL GOBIERNO DEL JAPN Y EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA)SOBRE LA ADMISIN DEL GOBIERNO DE JAPN EN LA CATEGORA DE OBSERVADOR EXTRAREGIONAL ..................... 74
20 ACUERDO DE CREACIN DEL ORGANISMO SUPERIOR DE CONTROL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICA ...................................................................................................................................................................... 76
6
21. CONSTITUCIN DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE ESTADSTICADEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (CENTROESTAD) ..................................................................... 80
22. REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE ESTADSTICA DEL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA (CENTROESTAD) ................................................................................................................................. 83
23. DECRETO No. 574 DA DE LA INTEGRACIN. ANEXO PARTE 1. CARTA DE LA ORGANIZACIN DE ESTADOSCENTROAMERICANOS (ODECA) ............................................................................................................................................. 86
24. OTORGAMIENTO DE LA CONDICIN DE OBSERVADOR EN LA ASAMBLEA GENERAL DE NACIONES UNIDAS ALSISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA ........................................................................................................... 88
25. ALIANZA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE CENTROAMRICA ............................................................................... 89
2. SECRETARA GENERAL
26. ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE INTEGRACINCENTROAMERICANA (SICA) ....................................................................................................................................................... 105
27. REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIOS Y PRESTACIONES LABORALES DEL PERSONAL .................................................. 111
28. ACUERDO SEDE DE LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANACON EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR ...................................................................................................... 115
3. COMIT EJECUTIVO
29. REGLAMENTO DEL COMIT EJECUTIVO DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA .................................. 123
30. RESOLUCIN RELATIVA AL REGLAMENTO DEL COMIT EJECUTIVO DEL SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA .................................................................................................................................................................. 127
4. COMIT CONSULTIVO
31. ESTATUTO CONSTITUTIVO DEL COMIT CONSULTIVO DEL SISTEMA DE INTEGRACINCENTROAMERICANA CC-SICA (1) .............................................................................................................................................. 131
32. REGLAMENTO GENERAL PARA LOS CAPTULOS NACIONALES ............................................................................................. 143
33. REGLAMENTO GENERAL PARA LOS COMITS SECTORIALES ............................................................................................... 147
5. PARLAMENTO CENTROAMERICANO
34. TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLTICAS ........................... 155
35. PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRASINSTANCIAS POLTICAS .............................................................................................................................................................. 163
36. SEGUNDO PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO YOTRAS INSTANCIAS POLTICAS ................................................................................................................................................. 167
37. TERCER PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO YOTRAS INSTANCIAS POLTICAS ................................................................................................................................................. 169
38. CUARTO PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO YOTRAS INSTANCIAS POLTICAS ................................................................................................................................................. 170
39. PROTOCOLO DE REFORMAS AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRASINSTANCIAS POLTICAS .............................................................................................................................................................. 171
40. REGLAMENTO INTERNO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO ....................................................................................... 179
41. ACUERDO SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE GUATEMALA Y EL PARLAMENTOCENTROAMERICANO .................................................................................................................................................................. 222
6. CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA
42. ESTATUTO DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA ................................................................................................ 231
43. PROTOCOLO DE REFORMAS AL CONVENIO DE ESTATUTOS DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA ............. 240
44. ORDENANZA DE PROCEDIMIENTOS DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA ...................................................... 250
45. REFORMA A LA ORDENANZA DE PROCEDIMIENTOS DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA ........................... 257
7
46 ACUERDO SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE NICARAGUA Y LA CORTECENTROAMERICANA DE JUSTICIA ............................................................................................................................................ 259
7. FORO DE VICEPRESIDENTES
47 REGLAMENTO ORGNICO DE LA REUNIN DE VICEPRESIDENTES Y DESIGNADOS A LA PRESIDENCIA DE LASREPBLICAS CENTROAMERICANAS ......................................................................................................................................... 265
48 REFORMA AL REGLAMENTO ORGNICO DE LA REUNIN DE VICEPRESIDENTES Y DESIGNADOS A LAPRESIDENCIA DE LAS REPBLICAS CENTROAMERICANAS SOBRE EL PERIODO PARA OCUPAR EL CARGO DECOORDINADOR, VICE COORDINADOR Y SECRETARIO REGIONAL ........................................................................................ 269
49 MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REUNIN DE VICEPRESIDENTES Y DESIGNADOS A LAPRESIDENCIA DE LAS REPBLICAS CENTROAMERICANAS Y LA SECRETARA GENERAL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA .......................................................................................................................................... 270
PARTE 2
SECTOR SEGURIDAD
50 TRATADO MARCO DE SEGURIDAD DEMOCRTICA EN CENTROAMRICA ........................................................................... 273
51 REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIN DE SEGURIDAD DE CENTROAMRICA .............................................................. 286
52 REUNIN DEL CONSEJO DE MINISTROS DE GOBERNACIN Y/O SEGURIDAD PBLICA Y MINISTROS DEDEFENSA DE CENTROAMRICA, Managua 31 de agosto de 2005 ............................................................................................. 290
53 ESTATUTOS DE LA CONFEDERACIN DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DEL ISTMO CENTROAMERICANO ................... 292
54 TRATADO DE ASISTENCIA LEGAL MUTUA EN ASUNTOS PENALES ENTRE LAS REPBLICAS DE COSTA RICA,EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y PANAM ...................................................................................... 301
55 TRATADO CENTROAMERICANO SOBRE RECUPERACIN Y DEVOLUCIN DE VEHCULOS HURTADOS,ROBADOS, APROPIADOS O RETENIDOS ILCITA O INDEBIDAMENTE .................................................................................... 309
56 PROTOCOLO AL TRATADO CENTROAMERICANO SOBRE RECUPERACIN Y DEVOLUCIN DE VEHCULOSHURTADOS, ROBADOS, APROPIADOS O RETENIDOS ILCITA O INDEBIDAMENTE ............................................................... 316
57 CDIGO DE CONDUCTA DE LOS ESTADOS CENTROAMERICANOS EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE ARMAS,MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS ................................................................................... 318
58 CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA PERMANENTE PARA LA ERRADICACIN DE LA PRODUCCIN, TRFICO, CONSUMO Y USO ILCITOS DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRPICAS (CCP) . 322
59 REGLAMENTO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA PERMANENTE PARA LA ERRADICACIN DE LA PRODUCCIN,TRFICO, CONSUMO Y USO ILCITOS DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRPICAS (CCP) ............................ 330
60 CONVENIO SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE HONDURAS Y LA COMISIN CENTROAMERICANAPERMANENTE PARA LA ERRADICACIN DE LA PRODUCCIN, TRFICO, CONSUMO Y USO ILCITOS DEESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRPICAS (CCP) ................................................................................................. 334
61 CONVENIO CONSTITUTIVO DEL INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE POLICA ................... 339
62 ACUERDO SEDE ENTRE EL INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE POLICA YEL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR ............................................................................................................... 344
63 ACUERDO DE COOPERACIN REGIONAL PARA LA ERRADICACIN DEL TRAFICO ILCITO DE DROGAS .......................... 348
64 TRATADO CENTROAMERICANO RELATIVO A LA ORDEN DE DETENCIN Y EXTRADICIN SIMPLIFICADA ....................... 351
65 CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIN DE VCTIMAS, TESTIGOS, PERITOS Y DEMAS SUJETOSQUE INTERVIENEN EN LA INVESTIGACIN Y EN EL PROCESO PENAL, PARTICULARMENTE EN LA NARCOACTIVIDADY DELINCUENCIA ORGANIZADA ................................................................................................................................................ 356
66 CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PREVENCIN Y LA REPRESIN DE LOS DELITOS DE LAVADO DEDINERO Y DE ACTIVOS, RELACIONADOS CON EL TRFICO ILCITO DE DROGAS Y DELITOS CONEXOS .......................... 360
67 CONVENIO ENTRE CENTROAMERICA Y REPBLICA DOMINICANA PARA LA PREVENCIN Y LA REPRESIN DELOS DELITOS DE LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS, RELACIONADOS CON EL TRFICO ILCITO DE DROGASY DELITOS CONEXOS ................................................................................................................................................................. 369
68 ACUERDO PRESIDENCIAL PARA LA CREACIN DE LA UNIDAD DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE PAZ (UOMP) ... 378
69 RESOLUCIN DEL SECRETARIO GENERAL DEL SICA DE CREACIN DEL OBSERVATORIO Y EL NDICESOBRE SEGURIDAD DEMOCRTICA DEL SICA (OBSICA) ........................................................................................................ 380
8
70 ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE NICARAGUA Y LA SECRETARA GENERAL DEL SICA,RELATIVO A LA SEDE DE LA UNIDAD EJECUTORA REGIONAL (UER) DEL PROYECTO CENTROAMERICANOPARA PREVENIR Y COMBATIR EL TRFICO ILCITO DE ARMAS PEQUEAS Y LIGERAS. ..................................................... 381
71 MECANISMO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMIT DE DIRECCIN DEL PROGRAMA CENTROAMERICANO DECONTROL DE ARMAS PEQUEAS Y LIGERAS (CASAC) .......................................................................................................... 385
72 ESTATUTOS DEL CONSEJO DE MINISTERIOS PBLICOS CENTROAMERICANOS ................................................................ 392
PARTE 3
SECTOR DE INTEGRACIN ECONMICA
1 . SECTOR ECONMICO Y COMERCIO
73 TRATADO DE ASOCIACIN ECONMICA SUSCRITO POR LOS GOBIERNOS DE GUATEMALA,HONDURAS Y EL SALVADOR ..................................................................................................................................................... 401
74 TRATADO GENERAL DE INTEGRACIN ECONMICA CENTROAMERICANO ......................................................................... 418
75 PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIN ECONMICA CENTROAMERICANA (PROTOCOLO DEGUATEMALA)- CDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO ................................................................................. 427
76 ENMIENDA AL PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIN ECONMICA CENTROAMERICANA-PROTOCOLO DE GUATEMALA- ................................................................................................................................................ 439
77 CONVENIO SOBRE EL RGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO -EDICIN ACTUALIZADA- .............. 441
78 CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA UNIN ADUANERA CENTROAMERICANA .................................... 451
79 CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA UNIN ADUANERA ENTRE LOS TERRITORIOSDE LA REPBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPBLICA DE GUATEMALA .............................................................................. 458
80 PROTOCOLO DE MODIFICACIN AL CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA UNINADUANERA ENTRE LOS TERRITORIOS DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPBLICA DE GUATEMALA ............. 462
81 PROTOCOLO DE MODIFICACIN AL CDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO/ CAUCA II ............................ 473
82 REGLAMENTO DEL CDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO ......................................................................... 488
83 CONVENIO DE ASISTENCIA MUTUA Y COOPERACIN ENTRE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIASY ADUANERAS CENTROAMERICANAS ...................................................................................................................................... 532
84 CONVENIO DE COMPATIBILIZACIN DE LOS TRIBUTOS INTERNOS APLICABLES EN EL COMERCIO ENTRELOS ESTADOS PARTE DE LA UNIN ADUANERA CENTROAMERICANA ................................................................................ 538
85 TRATADO SOBRE INVERSIN Y COMERCIO DE SERVICIOS ENTRE LAS REPBLICAS DE COSTA RICA,EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA. ...................................................................................................... 550
86 PROTOCOLO AL TRATADO SOBRE INVERSIN Y COMERCIO DE SERVICIOS ENTRE LAS REPBLICAS DECOSTA RICA, EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA ................................................................................ 596
87 SOLUCIN DE CONTROVERSIAS COMERCIALES RESOLUCIN No. 1062003 (COMIECO -XXVI)EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIN ECONMICA ................................................................................................ 666
88 CONVENIO DE PRERROGATIVAS, INMUNIDADES Y FRANQUICIAS A FAVOR DE LA SIECA ................................................. 683
89 REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS: DE MINISTROS DEINTEGRACIN ECONMICA, INTERSECTORIAL DE MINISTROS DE INTEGRACIN ECONMICA YSECTORIAL DE MINISTROS DE INTEGRACIN ECONOMICA .................................................................................................. 686
90 REGLAMENTO CENTROAMERICANO DE MEDIDAS DE NORMALIZACIN, METROLOGA YPROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIN ..................................................................................................................................... 695
91 REGLAMENTO CENTROAMERICANO SOBRE MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y FITOSANITARIOS .............. 699
92 REGLAMENTO CENTROAMERICANO SOBRE MEDIDAS DE SALVAGUARDIA ........................................................................ 707
2. SECTOR PLANIFICACION
93 ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE PLANIFICACIN DE LOS PASES DEL SICA (CONPLAN) ............. 717
3. SECTOR FINANZAS
94 DECLARACIN DEL CONSEJO DE MINISTROS DE HACIENDA O FINANZAS DE CENTROAMRICA (COSEFIN) .................. 725
9
4. SECTOR TRANSPORTE
95 RESOLUCIN 4-97 (XVII COMITRAN) ORGANIZACIN REGIONAL DEL SECTOR TRANSPORTE EN CENTROAMRICA ..... 729
96 RESOLUCIN NO. 01-05 (COMITRAN) EL CONSEJO SECTORIAL DE MINISTROS DE TRANSPORTE DECENTROAMRICA (COMITRAN) ................................................................................................................................................. 731
97 REGLAMENTO INTERNO DEL COMIT CENTROAMERICANO DE FONDOS VIALES (COCAVIAL) .......................................... 732
98 RESOLUCIN NO. 02-05 (COMITRAN) ESTABLECIMIENTO DEL COMIT TCNICO REGIONAL PERMANENTE DETRANSPORTES (CODITRANS) ................................................................................................................................................... 736
99 RESOLUCIN NO. 02-2009 (COMITRAN XXVIII) APROBACIN DEL REGLAMENTO DEL COMIT TCNICOREGIONAL PERMANENTE DE TRANSPORTES (CODITRANS) .................................................................................................. 737
100 REGLAMENTO INTERNO DEL COMIT TCNICO REGIONAL PERMANENTE DE TRANSPORTE (CODITRANS) ................... 738
101 ACUERDO CENTROAMERICANO SOBRE CIRCULACIN POR CARRETERA .......................................................................... 742
102 PROTOCOLO DE MODIFICACIN AL ACUERDO CENTROAMERICANO SOBRE CIRCULACIN POR CARRETERA ............. 765
103 ACUERDO CENTROAMERICANO SOBRE SEALES VIALES UNIFORMES .............................................................................. 781
104 PROTOCOLO DE MODIFICACIN AL ACUERDO CENTROAMERICANO SOBRE SEALES VIALES UNIFORMES ................. 803
105 CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA CORPORACIN CENTROAMERICANA DE SERVICIOS DE NAVEGACINAREA (COCESNA) ..................................................................................................................................................................... 805
106 ESTATUTOS VIGENTES DE COCESNA ...................................................................................................................................... 811
107 CONVENIO SEDE ENTRE LAS REPBLICAS DE GUATEMALA Y HONDURAS Y EL COCESNA .............................................. 837
108 RESOLUCIN 06-2000 (XXII COMITRAN) RATIFICACIN DE LA CREACIN DE LA AGENCIACENTROAMERICANA DE SEGURIDAD AERONUTICA ............................................................................................................ 846
109 RESOLUCIN NO. 02-2006 (COMITRAN XXVI) APROBACIN DEL REGLAMENTO CENTROAMERICANOSOBRE EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO E IMPLEMENTACIN DE REGLAS DE AVIACIN CIVILCONJUNTAS (SISTEMA RAC) .................................................................................................................................................... 847
110 ANEXO DE LA RESOLUCIN NO. 02-2006 (COMITRAN XXVI), REGLAMENTO CENTROAMERICANO SOBREEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO E IMPLEMENTACIN DE FORMA ARMONIZADA DE REGLAS DEAVIACIN CIVIL CONJUNTAS (SISTEMA RAC) .......................................................................................................................... 849
111 ACUERDO DE COOPERACIN PARA LA FACILITACIN Y DESARROLLO DE LAS OPERACIONES AREASENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPBLICA DE GUATEMALA, LA REPBLICA DE HONDURAS, LA REPBLICADE EL SALVADOR Y LA REPBLICA DE NICARAGUA ............................................................................................................... 855
112 RESOLUCIN NO. 5-80 (ROMRIECA- XXIII) CREACIN DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DETRANSPORTE MARTIMO (COCATRAM) .................................................................................................................................... 865
113 ESTATUTOS DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE TRANSPORTE MARTIMO, COCATRAM ........................................ 870
114 ANEXO I. RESOLUCIN CONSTITUTIVA-ACUERDO ESPECIAL DE LOS MINISTROS RESPONSABLES DELTRANSPORTE EN CENTROAMRICA, ACUERDO DE CREACIN DE LA COCATRAM ............................................................ 884
115 REGLAMENTO OPERATIVO, RED DE CENTROS DE CAPACITACIN MARTIMO PORTUARIA DECENTROAMRICA- COCATRAM ................................................................................................................................................. 885
116 REGLAMENTO DE REUNIONES, RED DE ESTADSTICAS MARTIMO PORTUARIAS DEL ISTMO CENTROAMERICANO,COCATRAM ................................................................................................................................................................................. 899
117 REGLAMENTO DE LA REUNIN PORTUARIA DEL ISTMO CENTROAMERICANO (REPICA) ................................................... 905
118 REGLAMENTO DE LA RED OPERATIVA DE COOPERACIN REGIONAL DE AUTORIDADES MARTIMAS DECENTROAMRICA Y REPBLICA DOMINICANA (ROCRAM-CA) ............................................................................................... 911
5. SECTOR MONETARIO, CAMBIARIO Y FINANCIERO
119 ACUERDO MONETARIO CENTROAMERICANO ......................................................................................................................... 919
120 APROBACIN DEL CONVENIO DE SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE COSTA RICA Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL . CONSEJO MONETARIO CENTROAMERICANO .......................................................................................................................... 928
121 TRATADO SOBRE SISTEMAS DE PAGOS Y DE LIQUIDACIN DE VALORES DE CENTROAMRICA Y REPBLICADOMINICANA ............................................................................................................................................................................... 931
122 CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIN ECONMICA,Modificado por Resolucin AG-1/98 ............................................................................................................................................... 937
10
6. SECTOR TURISMO
123 CONSTITUCIN DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE TURISMO. ACTA FINAL. I CONFERENCIAEXTRAORDINARIA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DE CENTROAMRICA ................................................... 951
124 REGLAMENTO INTERNO CONSEJO CENTROAMERICANO DE TURISMO (CCT) .................................................................... 953
125 REGLAMENTO INTERNO DEL COMIT EJECUTIVO DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE TURISMO (CCT) .................. 963
126 ACUERDO GENERAL DE COOPERACIN ENTRE LA SECRETARA DE INTEGRACIN TURSTICA CENTROAMERICANAY LA SECRETARA GENERAL DE LA ASOCIACIN DE ESTADOS DEL CARIBE ...................................................................... 966
127 MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO CREACIN DE LA AGENCIA DE PROMOCIN TURISTICA DECENTROAMRICA (APTC) .......................................................................................................................................................... 969
128 ESTATUTOS DE LA AGENCIA DE PROMOCIN TURSTICA DE CENTROAMRICA (APTC) ................................................... 975
129 REGLAMENTO INTERNO DEL COMIT DE MERCADEO CENTROAMERICANO DE TURISMO (COMECATUR) ...................... 989
130 ACUERDO ENTRE LA SECRETARA GENERAL DEL SICA Y EL REINO DE ESPAA RELATIVO AL ESTABLECIMIENTODE LA AGENCIA DE PROMOCIN TURSTICA DE CENTROAMRICA EN ESPAA ................................................................. 994
7. SECTOR PESCA Y ACUICULTURA
131 FORMALIZACIN DE LA ORGANIZACIN DEL SECTOR PESQUERO Y ACUCOLA DEL ISTMO CENTROAMERICANO -ACTA DE SAN SALVADOR - EL SALVADOR, SAN SALVADOR 18 DE DICIEMBRE DE 1995 .................................................... 1003
132 REGLAMENTO OSP-0l-09 DEL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTRO PESQUERO Y ACUCOLA CENTROAMERICANO(SIRPAC) ..................................................................................................................................................................................... 1005
133 REGLAMENTO PARA EL ORDENAMIENTO REGIONAL DE LA PESQUERA DE LA LANGOSTA DEL CARIBE(PANULIRUS ARGUS) ................................................................................................................................................................. 1013
134 REGLAMENTO OSP-03-10 PARA LA CREACIN E IMPLEMENTACIN GRADUAL DE UN SISTEMA REGIONALDE SEGUIMIENTO Y CONTROL SATELITAL DE EMBARCACIONES PESQUERAS DE LOS ESTADOS DEL ISTMOCENTROAMERICANO ................................................................................................................................................................. 1016
135 MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO(CCAD) Y LA ORGANIZACIN DEL SECTOR PESQUERO Y ACUCOLA DEL ISTMO CENTROAMERICANO ......................... 1021
8. SECTOR PEQUEA Y MICRO EMPRESA
136 CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CENTRO PARA LA PROMOCIN DE LA MICRO Y PEQUEA EMPRESA ENCENTROAMRICA (CENPROMYPE) .......................................................................................................................................... 1025
137 REGLAMENTO DEL CENTRO PARA LA PROMOCIN DE LA MICRO Y PEQUEA EMPRESA EN CENTROAMRICA(CENPROMYPE) ......................................................................................................................................................................... 1030
138 ACUERDO SEDE DE CENPROMYPE ......................................................................................................................................... 1035
OTROS SECTORES RELACIONADOS A LA INTEGRACIN ECONMICA9. SECTOR ELCTRICO
139 TRATADO MARCO DEL MERCADO ELCTRICO DE AMRICA CENTRAL ............................................................................... 1041
140 PROTOCOLO AL TRATADO MARCO DEL MERCADO ELCTRICO DE AMRICA CENTRAL .................................................. 1047
141 SEGUNDO PROTOCOLO AL TRATADO MARCO DEL MERCADO ELCTRICO DE AMRICA CENTRAL ............................... 1049
142 RESOLUCIN NO. CRIE-03-2010, REGLAMENTO INTERNO DE LA CRIE ................................................................................ 1058
143 CONVENIO ENTRE LA COMISIN REGIONAL DE INTERCONEXIN ELCTRICA Y EL GOBIERNO DE LAREPBLICA DE GUATEMALA .................................................................................................................................................... 1072
144 CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CONSEJO DE ELECTRIFICACIN DE AMRICA CENTRAL ................................................ 1077
145 ACUERDO DE SEDE ENTRE EL ENTE OPERADOR REGIONAL DEL MERCADO ELCTRICO DE AMRICA CENTRALY EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR ........................................................................................................... 1083
10. SECTOR TELECOMUNICACIONES
146 TRATADO SOBRE TELECOMUNICACIONES ENTRE LAS REPBLICAS DE NICARAGUA, EL SALVADOR,GUATEMALA Y HONDURAS ....................................................................................................................................................... 1091
11
147 ADHESIN DE LA REPBLICA DE COSTA RICA AL TRATADO SOBRE TELECOMUNICACIONES ENTRELAS REPBLICAS DE NICARAGUA, EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS .................................................................. 1094
148 PROTOCOLO AL TRATADO CENTROAMERICANO DE TELECOMUNICACIONES ................................................................... 1095
149 REGLAMENTO DE LA COMISIN TCNICA REGIONAL DE TELECOMUNICACIONES (COMTELCA) .................................... 1099
11. SECTOR DEFENSORA AL CONSUMIDOR
150 CONVENIO DE CONSTITUCIN DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE PROTECCIN AL CONSUMIDOR(CONCADECO) ........................................................................................................................................................................... 1119
12. SECTOR INMOBILIARIO Y REGISTRAL
151 CONSEJO REGISTRAL INMOBILIARIO DE CENTROAMRICA Y PANAM (CRICAP) .............................................................. 1125
152 CONVENIO DE IMPLEMENTACIN AL ACUERDO CONSTITUTIVO DEL CONSEJO REGISTRAL INMOBILIARIODE CENTROAMRICA Y PANAM ............................................................................................................................................. 1129
153 ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO PERMANENTE DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD DECENTROAMRICA Y PANAM ................................................................................................................................................... 1132
154 PROTOCOLO DE ANTIGUA GUATEMALA, SUSCRITO ENTRE LOS REPRESENTANTES DE LOS REGISTROSDE LA PROPIEDAD DE CENTROAMRICA Y PANAM ............................................................................................................. 1134
155 TRATADO PARA LA CREACIN E IMPLEMENTACIN DE LA HIPOTECA CENTROAMERICANA ENTRE LASREPBLICAS DE GUATEMALA, EL SALVADOR, HONDURAS, NICARAGUA, COSTA RICA, PANAM Y REPBLICADOMINICANA .............................................................................................................................................................................. 1136
13. SECTOR AGROPECUARIO
156 ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE EL CONSEJO AGROPECUARIO CENTROAMERICANO (CAC) YEL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIN PARA LA AGRICULTURA (IICA) ........................................................ 1149
PARTE 4
SECTOR DE INTEGRACIN SOCIAL
1. SECTOR SOCIAL
157 TRATADO DE LA INTEGRACIN SOCIAL CENTROAMERICANA .............................................................................................. 1159
158 ACUERDO DE SUBSEDE ENTRE LA SECRETARA DE LA INTEGRACIN SOCIAL CENTROAMERICANA Y LAREPBLICA DE EL SALVADOR .................................................................................................................................................. 1165
2. SECTOR SALUD
159 REGLAMENTO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE SALUD DE CENTROAMRICA, COMISCA ............................................... 1173
160 ACUERDO DE COOPERACIN TCNICA ENTRE EL CONSEJO DE LA INTEGRACIN SOCIAL DECENTROAMRICA Y LA ORGANIZACIN PANAMERICANA DE LA SALUD, OFICINA REGIONAL DE LAORGANIZACIN MUNDIAL DE LA SALUD (OPS/OMS) .............................................................................................................. 1180
161 REGLAMENTO REUNIN DEL SECTOR SALUD DE CENTROAMRICA Y REPBLICA DOMINICANA RESSCAD* ................ 1182
162 CONVENIO MARCO ENTRE EL INSTITUTO CONMEMORATIVO GEORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD YLA SECRETARA GENERAL DEL SICA ....................................................................................................................................... 1185
163 MANUAL DE FUNCIONES DEL LABORATORIO REGIONAL DE REFERENCIA DEL ITS-VIH-SIDA .......................................... 1188
3. SECTOR SEGURIDAD SOCIAL
164 ACUERDO MULTILATERAL PARA LA PROTECCIN EN SALUD DE LOS ASEGURADOS EN TRNSITO DE LASINSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL DE CENTROAMRICA ........................................................................................... 1215
4. SECTOR NUTRICIN
165 CONVENIO BSICO DEL INSTITUTO DE NUTRICIN DE CENTRO AMRICA Y PANAM (INCAP) ........................................ 1219
166 REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INCAP ........................................................................................... 1229
167 RESOLUCIN I, II, III, IV DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INCAP ............................................................................................. 1234
12
168 CONVENIO CELEBRADO ENTRE LOS DELEGADOS DE LOS GOBIERNOS DE LAS REPBLICAS DE COSTA RICA,EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y PANAM Y LA OFICINA SANITARIA PANAMERICANAPARA LA CREACIN DE UN INSTITUTO DE NUTRICIN ......................................................................................................... 1238
5. SECTOR AGUA POTABLE
169 FORO CENTROAMERICANO Y REPBLICA DOMINICANA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (FOCARD-APS).Boca Chica, Santo Domingo, 7 de julio del 2004 ........................................................................................................................... 1243
170 XXVI REUNIN ORDINARIA DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE LOS PASES DEL SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA) ....................................................................................................................... 1245
171 REGLAMENTO DEL FORO CENTROAMERICANO Y REPBLICA DOMINICANA DE AGUA POTABLE YSANEAMIENTO FOCARD-APS ................................................................................................................................................... 1249
172 MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DEL FORO CENTROAMERICANO Y REPBLICA DOMINICANA DEAGUA POTABLE Y SANEAMIENTO FOCARD-APS .................................................................................................................... 1257
6. SECTOR VIVIENDA
173 ACTA DE SAN SALVADOR, FORMALIZACIN DE LA CONSTITUCIN DEL CONSEJO CENTROAMERICANODE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CCVAH) .......................................................................................................... 1271
174 ACTA CONSTITUTIVA CONSEJO INTERSECTORIAL DE MINISTROS DE INFRAESTRUCTURA DE CENTROAMERICA ....... 1273
7. SECTOR EDUCACIN
175 CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COORDINACIN EDUCATIVA Y CULTURAL CENTROAMERICANA (CECC) .................. 1277
176 ACUERDO DE COOPERACIN ENTRE LA COORDINACIN EDUCATIVA Y CULTURAL CENTROAMERICANA (CECC)Y EL CONSEJO CENTROAMERICANO DE ACREDITACIN DE LA EDUCACIN SUPERIOR ................................................. 1281
177 CONVENIO CENTROAMERICANO SOBRE LA UNIFICACIN BSICA DE LA EDUCACIN ..................................................... 1283
178 PROTOCOLO DE REFORMAS AL CONVENIO CENTROAMERICANO SOBRE LA UNIFICACIN BSICA DE LAEDUCACIN ................................................................................................................................................................................ 1299
179 CONVENIO SOBRE EL EJERCICIO DE PROFESIONES UNIVERSITARIAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOSUNIVERSITARIOS ....................................................................................................................................................................... 1301
180 ACTA CONSTITUTIVA Y DE APROBACIN DE ESTATUTOS DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DEACREDITACIN DE LA EDUCACIN SUPERIOR DEL SICA ..................................................................................................... 1305
181 ESTATUTOS Y CONVENIO DE CONSTITUCIN CONSEJO CENTROAMERICANO DE ACREDITACIN DELA EDUCACIN SUPERIOR DEL SICA ...................................................................................................................................... 1306
182 RESOLUCIN CECC-RM(O)-CR-2004-RES-002, CONSEJO CENTROAMERICANO DE ACREDITACIN DELA EDUCACIN SUPERIOR DEL SICA ...................................................................................................................................... 1314
183 ACUERDO RECONOCIMIENTO DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE ACREDITACIN DE LA EDUCACINSUPERIOR (CCA) COMO ORGANISMO REGIONAL .................................................................................................................. 1316
184 REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO CENTROAMERICANO DE ACREDITACIN DE LA EDUCACIN SUPERIOR ........ 1318
185 ESTATUTOS DE LA CONFEDERACIN UNIVERSITARIA CENTROAMERICANA, REFORMADOS EN LA LXXV-REUNINDEL CSUCA EL 29 Y 30 DE JUNIO DE 2005 .............................................................................................................................. 1327
186 REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CENTROAMERICANO, APROBADO EN LALXVIII SESION ORDINARIA DEL CSUCA EL 20 Y 21 DE MARZO DE 2003 ................................................................................ 1339
187 REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARA GENERAL DEL CSUCA ................................................................................... 1342
188 ACUERDO SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPBLICA DE GUATEMALA Y EL CONSEJO SUPERIORUNIVERSITARIO CENTROAMERICANO, CIUDAD DE GUATEMALA, 07 DE MAYO DE 1999 .................................................... 1353
8. SECTOR DEPORTE
189 ESTATUTOS DEL CONSEJO DEL ISTMO CENTROAMERICANO DE DEPORTES Y RECREACIN (CODICADER) ................ 1359
9. SECTOR CIENCIA Y TECNOLOGIA
190 COMISIN TCNICA PARA EL DESARROLLO CIENTFICO Y TECNOLGICO DE CENTROAMRICA Y PANAM (CTCAP) 1369
13
10. SECTOR FORMACION DE ADMINISTRACION PUBLICA
191 CONVENIO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIN PBLICA DE AMRICA ..........CENTRAL (ESAPAC), SOBRE BASES INTERNACIONALES REGIONALES ............................................................................... 1377
192 REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DEL INSTITUTO CENTROAMERICANO DE ADMINISTRACIN PBLICA (ICAP) ... 1380
11. SECTOR CULTURA
193 CONVENCIN CENTROAMERICANA PARA LA PROTECCIN DEL PATRIMONIO CULTURAL .............................................. 1385
194 CONVENCIN CENTROAMERICANA PARA LA REALIZACIN DE EXPOSICIONES DE OBJETOSARQUEOLGICOS, HISTRICOS Y ARTSTICOS ..................................................................................................................... 1390
195 CONVENCIN CENTROAMERICANA PARA LA RESTITUCIN Y EL RETORNO DE OBJETOS ARQUEOLGICOS,HISTRICOS Y ARTSTICOS ...................................................................................................................................................... 1392
196 CONSTITUCIN Y ESTATUTOS DE LA ASOCIACIN POSTAL DE CENTRO AMRICA Y REPBLICA DOMINICANA,APCA-RD ..................................................................................................................................................................................... 1394
12. SECTOR DE LA MUJER
197 1a. REUNIN DEL CONSEJO DE MINISTROS SOBRE EL TEMA DE LA MUJER (COMMCA). SAN SALVADOR, 11 y 12DE AGOSTO DE 2005 ................................................................................................................................................................. 1403
198 CONVENIO DE CONSTITUCIN DEL CONSEJO REGIONAL PARA LA MUJER RURAL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTOPARA LA INTEGRACIN DE LA MUJER RURAL A LAS CADENAS PRODUCTIVO-EMPRESARIALES DEMOCRATIZACINECONMICO-SOCIAL ................................................................................................................................................................. 1412
199 REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE MINISTRAS DE LA MUJER DECENTROAMRICA (COMMCA) ................................................................................................................................................... 1414
13. SECTOR DE DESARROLLO LOCAL
200 ESTATUTO DE LA FEDERACIN DE MUNICIPIOS DEL ISTMO CENTROAMERICANO (FEMICA) ........................................... 1429
201 CONVENIO MARCO DE COOPERACIN INSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO LOCAL DECENTROAMRICA (IDELCA) Y LA SECRETARIA GENERAL DEL SICA .................................................................................... 1435
PARTE 5
SECTOR MEDIO AMBIENTE
202 CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIN DEL AMBIENTE ........................................................................... 1439
203 PROTOCOLO AL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE AMBIENTE YDESARROLLO (CCAD) ............................................................................................................................................................... 1444
204 REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO (CCAD) ........................ 1446
205 CONVENIO PARA LA CONSERVACIN DE LA BIODIVERSIDAD Y PROTECCIN DE AREAS SILVESTRESPRIORITARIAS EN AMERICA CENTRAL .................................................................................................................................... 1454
206 CONVENIO REGIONAL PARA EL MANEJO Y CONSERVACIN DE LOS ECOSISTEMAS NATURALESFORESTALES Y EL DESARROLLO DE PLANTACIONES FORESTALES .................................................................................. 1460
207 ACUERDO REGIONAL SOBRE MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE DESECHOS PELIGROSOS ...................................... 1464
208 CONVENIO REGIONAL SOBRE CAMBIOS CLIMTICOS .......................................................................................................... 1475
209 DECLARACIN DE TEGUCIGALPA SOBRE LA PAZ Y DESARROLLO EN CENTROAMRICA ................................................ 1477
210 CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE PAZ Y DESARROLLO DE CENTROAMRICA ........................................................ 1479
211 DECLARACIN DE GUCIMO .................................................................................................................................................... 1485
212 COMPROMISOS EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES VOLCN MASAYA, NICARAGUA ........... 1487
213 NUEVO CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CENTRO DE COORDINACIN PARA LA PREVENCIN DE LOS DESASTRES NATURALES EN AMRICA CENTRAL (CEPREDENAC) ........................................................................................................... 1490
214 TRATADO ENTRE LAS REPUBLICAS DE EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS PARA LA EJECUCION DELPLAN TRIFINIO ............................................................................................................................................................................ 1496
14
215 RESOLUCINo TR 8-2000. APROBACION DEL REGLAMENTO DE LA SECRETARIA EJECUTIVA TRINACIONALDEL PLAN TRIFINIO .................................................................................................................................................................... 1502
216 RESOLUCIN No TR 9 -2000 APROBACIN DEL REGLAMENTO DEL COMIT CONSULTIVO DEL PLAN TRIFINIO ............. 1507
217 MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO PARA LA ADMINISTRACIN Y FUNCIONAMIENTO DEL NODO REGIONAL SIAM ....... 1501
218 CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISIN INTERPARLAMENTARIA CENTROAMERICANA DEAMBIENTE Y DESARROLLO ....................................................................................................................................................... 1513
PARTE 6
SECTOR MIGRACIN
1. EN RELACIN A LOS PASES DEL CA-4
219 DECLARACIN DE LOS PRESIDENTES DEL CA-4 ................................................................................................................... 1521
220 CONVENIO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE MECANISMOS DE SEGURIDAD FRONTERIZA EN LAS FRONTERASCOMUNES DE LOS PASES MIEMBROS DEL CA-4 ................................................................................................................... 1524
221 NORMAS DE LA POLTICA DE LIBRE MOVILIDAD DE LOS PASES DEL CA-4 ......................................................................... 1526
222 GLOSARIO DE TRMINOS MIGRATORIOS CA-4. POLTICA DE LIBRE MOVILIDAD ................................................................ 1528
2. ACUERDO BILATERAL EN MATERIA MIGRATORIA
223 MEMORNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPBLICADE NICARAGUA PARA IMPLEMENTAR EL MECANISMO MIGRATORIO TEMPORAL DE PROTECCIN YREGULARIZACIN PARA NICARAGENSES Y SALVADOREOS QUE SE ENCUENTREN EN SITUACINIRREGULAR Y QUE DEMUESTREN SU ARRAIGO EN EL PAS DE DESTINO .......................................................................... 1532
3. INSTANCIAS REGIONALES
224 REGLAMENTO DE LA COMISIN CENTROAMERICANA DE MIGRACIN (OCAM) ................................................................. 1534
225 ACUERDO DE ALIANZA REGIONAL ENTRE LOS PAISES DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA PARA LA PROTECCIN Y DESARROLLO INTEGRAL DEL MIGRANTE Y SUS FAMILIARES ................................................... 1539
4. OTROS TRATADOS RELACIONADOS A LA LIBRE MOVILIDAD
226 CONVENIO DE CREACIN DE LA VISA UNICA CENTROAMERICANA PARA LA LIBRE MOVILIDAD DE EXTRANJEROS ENTRELAS REPBLICAS DE EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA .................................................................. 1543
227 MECANISMO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE OFICINAS CONSULARES DE LOS PASES DEL SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA (SICA), EN EL ESTADO DE VERACRUZ, MXICO ........................................................ 1546
15
P A R T E 1
Sector Poltico
1. Sistema de la Integracin Centroamericana
2. Secretara General
3. Comit Ejecutivo
4. Comit Consultivo
5. Parlamento Centroamericano
6. Corte Centroamericana de Justicia7. Foro de Vicepresidentes
17
S E C C I N 1
Sistema de la Integracin Centroamericana
18
19
Los Presidentes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panam:
CONSIDERANDO:Que es necesario actualizar el marco jurdico de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA),readecundolo a la realidad y necesidades actuales, para alcanzar efectivamente la integracincentroamericana; y
Que dicha readecuacin debe orientarse al establecimiento y consolidacin del SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA que dar seguimiento a todas las decisiones adoptadas en lasReuniones de Presidentes y coordinar su ejecucin;
POR TANTO:
Deciden reformar la Carta de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA), suscrita en laciudad de Panam, Repblica de Panam, el da 12 de diciembre de 1962, por medio del presenteProtocolo. Al efecto, los Presidentes Constitucionales de las mencionadas Repblicas, convienen en elsiguiente SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA:
NATURALEZA, PROPSITOS, PRINCIPIOS Y FINES
Artculo 1.- Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panam son una comunidadeconmico-poltica que aspira a la integracin de Centroamrica. Con tal propsito se constituye elSISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, integrado por los Estados Miembros originalesde ODECA y por Panam, que se incorpora como Estado Miembro.
Artculo 2.- EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA es el marco institucional de laIntegracin Regional de Centroamrica.
Artculo 3.- EL SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA tiene por objetivo fundamental larealizacin de la integracin de Centroamrica, para constituirla como Regin de Paz, Libertad,Democracia y Desarrollo.
En ese sentido, se reafirman los siguientes propsitos:
a) Consolidar la democracia y fortalecer sus instituciones sobre la base de la existencia de Gobiernoselectos por sufragio universal, libre y secreto, y del irrestricto respeto a los Derechos Humanos.
b) Concretar un nuevo modelo de seguridad regional sustentado en un balance razonable de fuerzas, elfortalecimiento del poder civil, la superacin de la pobreza extrema, la promocin del desarrollosostenido, la proteccin del medio ambiente, la erradicacin de la violencia, la corrupcin, el terrorismo,el narcotrfico y el trfico de armas.
c) Impulsar un rgimen amplio de libertad que asegure el desarrollo pleno y armonioso del individuo yde la sociedad en su conjunto.
d) Lograr un sistema regional de bienestar y justicia econmica y social para los pueblos centroamericanos.
e) Alcanzar una unin econmica y fortalecer el sistema financiero centroamericano.
f) Fortalecer la regin como bloque econmico para insertarlo exitosamente en la economa internacional.
g) Reafirmar y consolidar la autodeterminacin de Centroamrica en sus relaciones externas, mediante unaestrategia nica que fortalezca y ample la participacin de la regin, en su conjunto, en el mbito internacional.
PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DE LAORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS(ODECA) (1)
1) ANEXO PARTE 1 CARTA DE ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS ODECA.
1
20
h) Promover, en forma armnica y equilibrada, el desarrollo sostenido econmico, social, cultural y polticode los Estados miembros y de la regin en su conjunto.
i) Establecer acciones concertadas dirigidas a la preservacin del medio ambiente por medio del respetoy armona con la naturaleza, asegurando el equilibrado desarrollo y explotacin racional de los recursosnaturales del rea, con miras al establecimiento de un Nuevo Orden Ecolgico en la regin.
j) Conformar el SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA sustentado en un ordenamientoinstitucional y jurdico, y fundamentado asimismo en el respeto mutuo entre los Estados miembros.
Artculo 4.- Para la realizacin de los propsitos citados el SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTRO-AMERICANA y sus Miembros procedern de acuerdo a los principios fundamentales siguientes:
a) La tutela, respeto y promocin de los Derechos Humanos constituyen la base fundamental delSISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;
b) Paz, Democracia, Desarrollo y Libertad, son un todo armnico e indivisible que orientar las actuacionesde los pases miembros del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;
c) La identidad centroamericana como manifestacin activa de los intereses regionales y de la voluntadde participar en la consolidacin de la integracin de la Regin;
d) La solidaridad centroamericana como expresin de su profunda interdependencia, origen y destinocomn;
e) La gradualidad, especificidad y progresividad del proceso de integracin econmica, sustentado en eldesarrollo regional armnico y equilibrado; y el tratamiento especial a pases miembros de menordesarrollo relativo; la equidad y reciprocidad; y la Clusula Centroamericana de Excepcin;
f) La globalidad del proceso de integracin y la participacin democrtica, en el mismo, de todos lossectores sociales;
g) La seguridad jurdica de las relaciones entre los Estados Miembros y la solucin Pacfica de suscontroversias;
h) La buena fe de los Estados Miembros en el cumplimiento de sus obligaciones, abstenindose deestablecer, convenir o adoptar medida alguna que sea contraria a las disposiciones de este instrumentoo que obstaculice el cumplimiento de los principios fundamentales del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA o la consecucin de sus objetivos; y
i) El respeto a los principios y normas de las Cartas de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) yde la Organizacin de Estados Americanos (OEA), y las Declaraciones emitidas en las ReunionesPresidenciales centroamericanas desde mayo de 1986.
MIEMBROS
Artculo 5.- Son Miembros del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, los Estadoscentroamericanos que acepten plenamente las obligaciones de esta Carta, mediante su aprobacin,ratificacin o adhesin, y que lo pongan en vigor de conformidad con las disposiciones contenidas en elArtculo 36 del presente Instrumento.
Artculo 6.- Los Estados Miembros se obligan a abstenerse de adoptar medidas unilaterales que ponganen peligro la consecucin de los propsitos y el cumplimiento de los principios fundamentales del SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA.
Artculo 7.- Se establece el Procedimiento de Consulta Previa como sistema permanente entre los EstadosMiembros para aquellos casos en que no hubiere lineamientos previos, en materia de relaciones econmicaso de cooperacin centroamericana extrarregionales.
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL
Artculo 8.- El presente Protocolo modifica la estructura institucional de Centroamrica, reguladaanteriormente como ODECA, y a ella estarn vinculados los rganos e instituciones de integracin, los quegozarn de autonoma funcional en el marco de una necesaria y coherente coordinacin intersectorial que
21
asegure la ejecucin eficiente y el seguimiento constante de las decisiones emanadas de las Reunionesde Presidentes.
El funcionamiento de la estructura institucional deber garantizar el desarrollo, equilibrado y armnico, delos sectores econmico, social, cultural y poltico.
Artculo 9.- Los rganos e instituciones del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA,debern guiarse por los propsitos y principios de este Protocolo e inspirarse en ellos tanto en sus decisiones,estudios y anlisis como en la preparacin de todas sus reuniones.
Artculo 10.- Los rganos e Instituciones del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAdebern contribuir a la efectiva observancia y ejecucin de los propsitos y principios de este Protocolo.Esta obligacin es imperativa y primaria en sus ordenamientos complementarios o derivados, en los cualesdebern garantizar siempre la publicidad de sus resoluciones y el procedimiento abierto al acceso de laspersonas segn la naturaleza de cada rgano o Institucin y de los asuntos a tratar.
Artculo 11.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA velar por la eficiencia y eficaciadel funcionamiento de sus rganos e instituciones asegurando la unidad y la coherencia de su accinintrarregional y ante terceros Estados, grupos de Estados u organizaciones internacionales.
RGANOS
Artculo 12.- Para la realizacin de los fines del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAse establecen los siguientes rganos:
a) La Reunin de Presidentes;
b) El Consejo de Ministros;
c) El Comit Ejecutivo;
d) La Secretara General.
Forman Parte de este Sistema:
La Reunin de Vicepresidentes y Designados a la Presidencia de la Repblica, que ser un rgano deAsesora y Consulta. Dicha Reunin se realizar ordinariamente cada semestre y extraordinariamente,cuando los Vicepresidentes as lo deseen. Sus resoluciones sern adoptadas por consenso.
Sin perjuicio de lo establecido en al Artculo 4 de las Disposiciones Transitorias, el ParlamentoCentroamericano (PARLACEN) como rgano de Planteamiento, Anlisis y Recomendacin, cuyas funcionesy atribuciones son las que establecen su Tratado Constitutivo y Protocolos vigentes.
La Corte Centroamericana de Justicia, que garantizar el respeto del derecho, en la interpretacin y ejecucindel presente Protocolo y sus instrumentos complementarios o actos derivados del mismo. La integracin,funcionamiento y atribuciones de la Corte Centroamericana de Justicia debern regularse en el Estatutode la misma, el cual deber ser negociado y suscrito por los Estados Miembros dentro de los noventa dasposteriores a la entrada en vigor del presente Protocolo.
El Comit Consultivo estar integrado por los sectores empresariales, laboral, acadmico y otras principalesfuerzas vivas del Istmo Centroamericano representativas de los sectores econmicos, sociales y culturales,comprometidos con el esfuerzo de integracin stmica.
Este Comit tendr como funcin asesorar a la Secretara General sobre la poltica de la organizacin enel desarrollo de los programas que lleva a cabo.
REUNION DE PRESIDENTES
Artculo 13.- La REUNION DE PRESIDENTES es el rgano Supremo del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA.
Artculo 14.- La REUNION DE PRESIDENTES se integra por los Presidentes constitucionales de los EstadosMiembros, y se realizar ordinariamente cada semestre, y extraordinariamente cuando as lo decidan losPresidentes. Sus decisiones se adoptarn por consenso. El pas sede de la REUNION DE PRESIDENTESser el Vocero de Centroamrica, durante el semestre posterior a la realizacin de la misma.
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Artculo 15.- Le corresponde a la REUNIN DE PRESIDENTES conocer de los asuntos de la regin querequieran de sus decisiones, en materia de democracia, desarrollo, libertad, paz y seguridad.
Corresponde particularmente a la REUNIN DE PRESIDENTES:
a) Definir y dirigir la poltica centroamericana, estableciendo las directrices sobre la integracin de laregin, as como las disposiciones necesarias para garantizar la coordinacin y armonizacin de lasactividades de los rganos e instituciones del rea y la verificacin, control y seguimiento de susmandatos y decisiones.
b) Armonizar las polticas exteriores de sus Estados.
c) Fortalecer la identidad regional dentro de la dinmica de la consolidacin de una Centroamrica unida.
d) Aprobar, en su caso, las reformas a este Instrumento que se planteen de conformidad con el Artculo37 del mismo.
e) Asegurar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Instrumento y en los demsAcuerdos, Convenios y Protocolos que constituyen el ordenamiento jurdico del SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA.
f) Decidir sobre la admisin de nuevos miembros al SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA.
CONSEJO DE MINISTROS
Artculo 16.- El Consejo de Ministros estar integrado por los Ministros del Ramo y, en caso extraordinario,por un Viceministro debidamente facultado. El Ministro del Ramo del Estado Miembro que sea el Vocerode Centroamrica, segn el Artculo 14 del presente Protocolo, presidir en ese mismo semestre el Consejode Ministros respectivo.
Corresponde al Consejo de Ministros dar el seguimiento que asegure la ejecucin eficiente de las decisionesadoptadas por la REUNION DE PRESIDENTES en lo que concierne a su ramo y preparar los temas quepueden ser objeto de la mencionada Reunin.
Por la naturaleza de los temas a tratar, los Ministros podrn celebrar reuniones intersectoriales.
El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores es el rgano Principal de Coordinacin.
Artculo 17.- Es competencia del Consejo de los Ministros de Relaciones Exteriores lo relativo al procesode democratizacin, pacificacin, seguridad regional y otros temas polticos, as como la coordinacin yseguimiento de las decisiones y medidas polticas de carcter econmico, social y cultural que puedantener repercusiones internacionales. Le corresponde igualmente la aprobacin del presupuesto de laorganizacin central, la elaboracin de la agenda y preparacin de las Reuniones de Presidentes, larepresentacin de la regin ante la comunidad internacional, la ejecucin de las decisiones de losPresidentes en materia de poltica internacional regional, la recomendacin sobre el ingreso de nuevosmiembros al SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, as como la decisin sobre laadmisin de observadores a la misma.
El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores conocer de las propuestas de los distintos foros deMinistros, a efecto de elevarlas al conocimiento de la REUNIN DE PRESIDENTES con sus observacionesy recomendaciones.
Artculo 18.- Es competencia del Consejo de los Ministros Responsables de la Integracin Econmica yDesarrollo Regional, ejecutar las decisiones de la REUNIN DE PRESIDENTES en materia de integracineconmica e impulsar la poltica econmica integracionista en la regin.
Artculo 19.- Los Consejos de Ministros responsables de otros sectores tendrn la responsabilidad deltratamiento de los asuntos de su competencia.
Artculo 20.- La Reunin intersectorial de los Ministros de Relaciones Exteriores y de los Responsables dela Integracin Econmica y Desarrollo Regional tendr como atribucin analizar, discutir y proponer a losSeores Presidentes la estrategia regional con respecto a la participacin activa de la regin en el sistemaeconmico internacional y ejecutarla concertadamente.
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Artculo 21.- El qurum del Consejo de Ministros se integra con la participacin de todos los Ministrosrespectivos y, en caso extraordinario, por un Viceministro debidamente facultado.
En el Consejo de Ministros, cada Estado Miembro tendr slo un voto. Las decisiones sobre cuestiones defondo debern ser adoptadas por consenso. Cuando haya duda sobre si una decisin es de fondo o deprocedimiento, se resolver por mayora de votos.
El Consejo de Ministros, en las diferentes reuniones ordinarias, sectoriales o intersectoriales, se realizarcon la frecuencia que fuere necesaria o a convocatoria de uno de sus miembros o de la REUNIN DEPRESIDENTES.
Artculo 22.- Sin perjuicio de lo establecido en el Artculo 10, las decisiones de los Consejos sern deobligatorio cumplimiento en todos los Estados miembros y slo podrn oponerse a su ejecucin disposicionesde carcter legal. En tal caso, el Consejo, previo los estudios tcnicos pertinentes, analizar de nuevo elasunto y acomodar la decisin, en su caso, al respectivo ordenamiento legal.
No obstante, tales decisiones podrn ser ejecutadas por los Estados miembros que no las hubierenobjetado.
Artculo 23.- El Comit Ejecutivo y la Secretara General son los rganos Permanentes del SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA.
COMITE EJECUTlVO
Artculo 24.- El Comit Ejecutivo se integra con un representante de cada uno de los Estados Miembros.Estos sern nombrados por sus Presidentes, por intermedio de los Ministros de Relaciones Exteriores.
El Comit Ejecutivo ser presidido por el representante del Estado sede de la ltima Reunin Ordinaria dePresidentes. El Comit se reunir ordinariamente una vez por semana y extraordinariamente cuando seaconvocado por su Presidente.
El Comit Ejecutivo tendr las atribuciones siguientes:
a) Asegurar la ejecucin eficiente, por intermedio de la Secretara General, de las decisiones adoptadasen las Reuniones de Presidentes;
b) Velar por que se cumplan las disposiciones del presente Protocolo y de sus instrumentoscomplementarios o actos derivados;
c) Establecer las polticas sectoriales y presentar por conducto de su Presidente, al Consejo de Ministrosde Relaciones Exteriores, las propuestas que sean necesarias en concordancia con las directricesgenerales emanadas de las Reuniones de Presidentes;
d) Someter, por conducto de su Presidente, al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el Proyectode Presupuesto de la organizacin central del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;
e) Proponer al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el establecimiento de las Secretarasrganos subsidiarios que estime convenientes para el efectivo cumplimiento de los objetivos el SISTEMADE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, especialmente para hacer posible la participacin detodos los sectores vinculados con el desarrollo integral de la regin y el proceso global de integracin;
f) Aprobar los Reglamentos e Instrumentos que se elaboren por las Secretaras u otros rganos oSecretaras del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA;
g) Revisar los informes semestrales de actividades de la Secretara General y dems Secretaras ytrasladarlos, con las observaciones y recomendaciones de los Consejos de Ministros respectivos, alConsejo de Ministros de Relaciones Exteriores, por lo menos un mes antes de la celebracin de sultima reunin previa a la REUNIN DE PRESIDENTES, para que este ltimo las eleve a dicha Reunin;
h) Las dems que seale el presente Protocolo y sus Instrumentos derivados o complementarios.
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SECRETARA GENERAL
Artculo 25.- La Secretara General estar a cargo de un Secretario General, nombrado por la REUNINDE PRESIDENTES por un perodo de cuatro aos.
Artculo 26.- El Secretario General es el ms alto funcionario administrativo del SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA y tiene la representacin legal de la misma.
El Secretario General deber ser nacional de cualquiera de los Estados Miembros, persona de reconocidavocacin integracionista, con alto grado de imparcialidad, independencia de criterio e integridad.
El Secretario General tendr las atribuciones siguientes:
a) Representar al SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA en el mbito internacional deconformidad a lo establecido en el presente Protocolo y cuando le sea encomendado por el Consejo deMinistros;
b) Ejecutar o coordinar la ejecucin de los mandatos que deriven de las Reuniones de Presidentes,Consejos de Ministros y Comit Ejecutivo.
c) Elaborar el Reglamento Administrativo y otros instrumentos de la Secretara General y someterlo a laconsideracin del Comit Ejecutivo;
d) Gestionar y suscribir, previa aprobacin del Consejo de Ministros competente, instrumentosinternacionales enmarcados en el mbito de sus competencias de conformidad a los principios ypropsitos del presente Instrumento;
e) Gestionar ante Estados, grupos de Estados, organismos y otros entes internacionales, la cooperacinfinanciera y tcnica necesaria para el buen funcionamiento del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA y el logro de los objetivos centroamericanos, y en tal sentido, suscribir contratos,convenios y aceptar donaciones y otros aportes extraordinarios;
f) Formular su programa de labores, elaborar su informe anual de actividades y el proyecto de presupuesto,los cuales presentar al Comit Ejecutivo;
g) Participar con voz en todos los rganos del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA,actuar como la Secretara permanente de las Reuniones de Presidentes, asegurando tambin losservicios de Secretara y los servicios tcnicos y administrativos que fueran necesarios;
h) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de este Protocolo y de sus instrumentos derivados ycomplementarios y por la ejecucin eficaz de las decisiones de las Reuniones de Presidentes y delConsejo de Ministros, por todos los organismos e instituciones de integracin. A este efecto, elSecretario General se podr reunir con dichos organismos e instituciones, cuando lo estime oportunoo por indicacin del Comit Ejecutivo;
i) Gestionar ante los Estados Miembros el efectivo aporte correspondiente al Presupuesto Ordinario y losextraordinarios si los hubiere;
j) Nombrar y remover el personal tcnico y administrativo de la Secretara General de conformidad alReglamento respectivo y tomando debidamente en cuenta un criterio proporcional de representacinde las nacionalidades de los Estados Miembros;
k) Llamar la atencin de los rganos del Sistema sobre cualquier situacin que, a su juicio, pueda afectarel cumplimiento de los propsitos o de los principios del Sistema o amenazar su ordenamientoinstitucional;
l) Ejercer las dems atribuciones que le confiere el presente Protocolo o que le asignen los rganossuperiores y las que resulten de sus instrumentos complementarios o derivados.
Artculo 27.- La Secretara General y el Personal de la Secretara actuarn tomando nicamente encuenta su servicio exclusivo al SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA y no solicitarn nirecibirn instrucciones de Gobierno alguno.
Cada uno de los Estados Miembros se obliga a respetar el carcter centroamericanista del personal de laSecretara General y a no tratar de ejercer influencia alguna en el desempeo de sus funciones.
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Artculo 28.- La Secretara que se ocupar de los asuntos econmicos ser la Secretara Permanente delTratado General de Integracin Econmica Centroamericana (SIECA), la cual conservar la personerajurdica, atribuciones y funciones que le asigna dicho Tratado.
La SIECA informar de sus actividades a la Secretara General, a fin de promover el desarrollo armnicoy equilibrado, de los aspectos econmicos, con los aspectos polticos, sociales y culturales, en la perspectivade la integracin global de la regin centroamericana.
DISPOSICIONES GENERALES
Artculo 29.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA tendr personalidad jurdica ysu sede en San Salvador, Repblica de El Salvador, Estado con el cual concluir un Acuerdo de Sede parala organizacin central del Sistema.
Artculo 30.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA gozar internacionalmente y encada uno de los Estados Miembros de capacidad jurdica para el ejercicio de sus funciones y el cumplimientode sus propsitos. Podr, en particular, adquirir o enajenar bienes muebles e inmuebles, celebrar contratosy acuerdos, comparecer en juicio, conservar fondos en cualquier moneda y hacer transferencias.
Artculo 31.- El SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, podr, en el marco de suscompetencias, celebrar con terceros Estados u organismos, tratados o acuerdos de conformidad a lospropsitos y principios del presente Instrumento. Podr tambin concluir acuerdos de asociacin conterceros Estados, en donde se estipulen derechos y obligaciones recprocas y, en su caso, se tenga encuenta el carcter equitativo y complementario del trato que debe lograrse para el SISTEMA DE LAINTEGRACIN CENTROAMERICANA en sus relaciones con organismos o Estados de mayor desarrollo.
Las iniciativas o propuestas correspondientes las someter el Secretario General a la consideracin delComit Ejecutivo, que las elevar, con sus observaciones y recomendaciones, al Consejo de Ministros deRelaciones Exteriores.
Las comunicaciones telefnicas o electrnicas o de otra naturaleza y la correspondencia del SISTEMA DELA INTEGRACIN CENTROAMERICANA, gozarn de franquicias en el territorio de los Estados Miembros.
Artculo 32.- Los Estados Miembros del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANAcontribuirn a su sostenimiento, incluyendo al de sus organismos, con cuotas iguales.
Artculo 33.- El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y Responsables de la IntegracinEconmica y el Desarrollo Regional organizar y pondr en funcionamiento un sistema de auditora yfiscalizacin financiera de los rganos e Instituciones del SISTEMA DE LA INTEGRACINCENTROAMERICANA.
Los resultados de la auditora y fiscalizacin financiera se publicarn anualmente en los Diarios Oficialesde los Estados Miembros.
Artculo 34.- Los instrumentos complementarios o derivados que se suscriban de conformidad con lasdisposiciones del presente Protocolo podrn entrar en vigencia mediante acuerdos ejecutivos.
Artculo 35.- Este protocolo y sus instrumentos complementarios y derivados prevalecern sobre cualquierConvenio, Acuerdo o Protocolo suscrito entre los Estados Miembros, bilateral o multilateralmente, sobrelas materias relacionadas con la integracin centroamericana. No obstante, quedan vigentes entre dichosEstados las disposiciones de aquellos Convenios, Acuerdos o Tratados siempre que las mismas no seopongan al presente instrumento u obstaculicen el logro de sus propsitos y objetivos.
Toda controversia sobre la aplicacin o interpretacin de las disposiciones contenidas en el presenteProtocolo y dems instrumentos a que se refiere el prrafo anterior, deber someterse a la CorteCentroamericana de Justicia.
Artculo 36.- El presente Protocolo ser aprobado o ratificado por los Estados de Centroamrica, deconformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de la Repblica de El Salvador ser depositario inicial de losInstrumentos de Ratificacin y Adhesin del presente Instrumento, debiendo trasladarlos, para su depsitofinal, a la Secretara General cuando sta entre en funciones.
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Este Protocolo tendr duracin indefinida y entrar en vigencia para los Estados que lo hayan ratificado,ocho das despus de la fecha en que la mayora de los Estados signatarios de la Carta de la ODECAdepositen sus instrumentos de ratificacin.
Una vez en vigencia se depositar copia certificada de las mismas en las Secretaras Generales de la ONUy de la OEA.
El presente Protocolo queda abierto a la adhesin de Belice, que tambin podr negociar un acuerdo deasociacin o vinculacin.
Artculo 37.- Los proyectos de reformas al Protocolo sern sometidos a consideracin de la REUNIN DEPRESIDENTES, por intermedio del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores.
Artculo 38 - Este Instrumento no admite reservas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artculo 1.- Los rganos e Instituciones creados en el marco del Procedimiento para Establecer la PazFirme y Duradera en Centroamrica y los originados en esfuerzos integracionistas precedentes a esteProtocolo sern parte del SISTEMA DE LA INTEGRACIN CENTROAMERICANA si fueren compatiblescon sus propsitos, principios y con la estructura orgnica, de acuerdo al estudio de los ordenamientosjurdicos institucionales.
Artculo 2.- Mientras se integra el Comit Ejecutivo, sus atribuciones las asumir directamente el Consejode Ministros de Relaciones Exteriores.
Artculo 3.- Para los efectos de lo establecido en el prrafo 2 del Artculo 35 y en tanto no est integradala Corte Centroamericana de Justicia, las controversias sobre la aplicacin o interpretacin de lasdisposiciones contenidas en el presente Protocolo deber conocerlas el Consejo Judicial Centroamericano.
Artculo 4.- Para los efectos de lo previsto en el Artculo 12 con respecto al Parlamento Centroamericano,tal disposicin se aplicar a los Estados que ya han efectuado la ratificacin del Tratado Constitutivo y susProtocolos.
EN FE DE LO CUAL, los Presidentes Constitucionales de las Repblicas Centroamericanas firman elpresente Protocolo en seis originales en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Repblicade Honduras, a los trece das del mes de diciembre de mil novecientos noventa y uno.
RAFAEL ANGEL CALDERN FOURNIER
Presidente de la Repblica de Costa Rica
JORGE SERRANO ELAS
Presidente de la Repblica de Guatemala
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO
Presidente de la Repblica de Nicaragua
ALFREDO F. CRISTIANI BURKARD
Presidente de la Repblica de El Salvador
RAFAEL LEONARDO CALLEJAS ROMERO
Presidente de la Repblica de Honduras
GUILLERMO ENDARA GALIMANY
Presidente de la Repblica de Panam
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Los Presidentes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artculo 35 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organizacin deEstados Centroamericanos (ODECA), toda controversia sobre la aplicacin o interpretacin de lasdisposiciones contenidas en el referido Protocolo y dems instrumentos a que se refiere el primer prrafodel mismo artculo, deber someterse a la Corte Centroamericana de Justicia;
Que es necesario extender la posibilidad de conocimiento de las controversias surgidas en el mbitocomercial del Mercado Comn Centroamericano a los mtodos alternos de solucin de controversias,para contar con mecanismos modernos, giles, efectivos, vinculantes y con niveles de calidad superiores,o al menos, iguales a los alcanzados en los tratados comerciales de tercera generacin suscritos por lospases centroamericanos con terceros Estados;
Que durante los aos 2000 y 2001 se hicieron gestiones para incorporar los mtodos alternos almecanismo de solucin de controversias establecido en los instrumentos jurdicos de la integracincentroamericana, con los resultados negativos derivados de la Resolucin emitida por la CorteCentroamericana de Justicia el 12 de noviembre de 2001 a las diez de la maana, en respuesta a lasolicitud de opinin que le present el Consejo Intersectorial de Ministros de Relaciones Exteriores yMinistros de Integracin Econmica, por medio del Secretario General del Sistema de la IntegracinCentroamericana;
Que el Consejo Intersectorial de Ministros Indicado en el considerando anterior, tanto en su reunin del 27de septiembre de 2000 como en la del 24 de mayo de 2001 convino dejar un tiempo prudencial para larespuesta de la Corte y, a falta de ella o, en caso negativo, proceda la reforma del Protocolo de Tegucigalpapara incorporar el uso de mtodos alternos de solucin de controversias a las diferencias que se presentenen el Intercambio comercial del Mercado Comn Centroamericano;
Que de conformidad con el artculo 15 del Protocolo de Tegucigalpa, corresponde a la Reunin dePresidentes aprobar las reformas que se planteen al citado instrumento de conformidad con el artculo 37del mismo, segn el cual, los proyectos de reforma sern sometidos a la consideracin de la Reunin dePresidentes, por intermedio del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, y que, por esa va se harecibido la correspondiente propuesta,
POR TANTO:
Con base en las facultades que les confiere su artculo 15, deciden reformar el Protocolo de Tegucigalpaa la Carta de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA), suscrito el 13 de diciembre de1991, por medio del presente Protocolo, a cuyo efecto convienen:
ARTCULO PRIMERO: Se modifica el artculo 35 el cual queda como sigue:
Artculo 35. Este Protocolo y sus instrumentos complementarios y derivados prevalecern sobre cualquierConvenio, Acuerdo o Protocolo suscrito entre los Estados Miembros, bilateral o multilateralmente, sobrelas materias relacionadas con la integracin centroamericana. No obstante, quedan vigentes entre dichosEstados las disposiciones de aquellos Convenios, Acuerdos o Tratados, siempre que las mismas no seopongan al presente instrumento u obstaculicen el logro de sus propsitos y objetivos.
Salvo lo dispuesto en el prrafo siguiente, las controversias sobre la aplicacin o interpretacin de lasdisposiciones contenidas en el presente Protocolo y dems instrumentos a que se refiere el prrafo anterior,debern someterse a la Corte Centroamericana de Justicia.
ENMIENDA AL PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DELA ORGANIZACIN DE ESTADOS CENTROAMERlCANOS(ODECA)
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Las diferencias surgidas en el Subsistema de la Integracin Econmica como consecuencia de lasrelaciones comerciales intrarregionales, se sometern al mecanismo de solucin de controversias queestablezca el Consejo de Ministros de Integracin Econmica que contendr un mtodo de solucinalterno de controversias comerciales incluido el arbitraje, cuyas decisiones sern vinculantes para losEstados Miembros que intervengan en la respectiva diferencia. El incumplimiento de un laudo arbitraldar lugar a la suspensin de beneficios de efecto equivalente a los dejados de percibir, segn se decidaen el respectivo laudo.
ARTCULO SEGUNDO: El presente Protocolo ser sometido a ratificacin en cada Estado contratante,de conformidad con su respectiva legislacin. Los instrumentos de ratificacin sern depositados en laSecretara General del Sistema de la Integracin Centroamericana (SG-SICA). El Protocolo entrar envigencia ocho das despus de la fecha en que se deposite el tercer Instrumento de ratificacin de losEstados Parte del Protocolo al Tratado General de Integracin Econmica Centroamericana -Protocolo deGuatemala-.
ARTCULO TERCERO: La duracin y denuncia de este instrumento quedan sujetas a la del Protocolo deTegucigalpa a la Carta de la Organizacin de Estados Centroamericanos (ODECA).
ARTCULO CUARTO: El presente instrumento queda abierto a la adhesin de Belice y Panam.
ARTCULO QUINTO: La Secretara General del Sistema de la Integracin Centroamericana (SG-SICA)enviar copias certificadas del presente Protocolo a las Cancilleras de cada Estado contratante y a laSecretara de Integracin Econmica Centroamericana. Asimismo les notificar inmediatamente del depsitode cada uno de los instrumentos de ratificacin. Al entrar en vigencia el Protocolo, enviar copia certificadadel mismo a la Secretara General de la Organizacin de Naciones Unidas, para los fines de registrosealados en el artculo 102 de la Carta de dicha Organizacin.
En testimonio de lo cual, firmamos el presente Protocolo en la ciudad de Managua, Repblica de Nicaragua,el veintisiete de febrero dos mil dos.
MIGUEL NGEL RODRGUEZ
Presidente de la Repblica de Costa Rica
ALFONSO PORTILLO CABRERA
Presidente de la Repblica de Guatemala
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PREZ
Presidente de la Repblica de El Salvador
RICARDO MADURO JOEST
Presidente de la Repblica de Honduras
ACTA DE MANIFESTACIN DE APOYO Y CONSENSO
En el Balneario de Pochomil, San Rafael del Sur, Repblica de Nicaragua, a los doce das del mes demarzo de dos mil dos, en el marco de la Reunin Extraordinaria de Presidentes Centroamericanos, laPresidenta de Panam y el Ministro de Relaciones Exteriores de Belice, dejamos constancia de nuestroacuerdo con la Enmienda al artculo 35 del Protocolo de Tegucigalpa suscrita por los Presidentes deCosta Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua el 27 de febrero del ao en curso, abierta anuestra adhesin, en el entendimiento que no producir efecto alguno en las relaciones econmicas ycomerciales con los otros contratantes, en tanto nuestros Estados no sean Parte del Tratado General deIntegracin Econmica Centroamericana y su Protocolo de 29 de octubre de 1993 (Protocolo deGuatemala).
ENRIQUE BOLAOS GEYER
Presidente de la Repblica de Nicarag
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