REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CENTROOCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO
DECANATO DE ADMINISTRACIÒN Y CONTADURÌA COORDINACION DE PRACTICA PROFESIONAL
PRESUPUESTO POR PROYECTOS COMO TÉCNICA VINCULANTE
ENTRE EL PLAN Y PRESUPUESTO
Autores:
Yolibeth C. Arroyo Fonseca Josè Antonio Mogollón Tutor: Carlos Bello
Barquisimeto, 14 de Marzo de 2007
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD CENTROOCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO DECANATO DE ADMINISTRACIÒN Y CONTADURÌA
COORDINACION DE PRACTICA PROFESIONAL
PRESUPUESTO POR PROYECTOS COMO TÉCNICA VINCULANTE
ENTRE EL PLAN Y EL PRESUPUESTO
Trabajo presentado como requisito para optar al título de Licenciado en Contaduría Pública.
Autores: Yolibeth C. Arroyo Fonseca Josè Antonio Mogollón Tutor: Carlos Bello
Barquisimeto, 14 de Marzo de 2007
APROBACIÒN DEL TUTOR
Por la presente hago constar que he leído el trabajo de grado (
PRESUPUESTO POR PROYECTOS COMO TECNICA VINCULANTE ENTRE
EL PLAN Y EL PRESUPUESTO), presentado por los ciudadanos Yolibeth
Carolina Arroyo Fonseca, C.I. 11.262.747 y José Antonio Mogollón Oropeza, C.I.
15.444.640, para optar al Grado de Licenciado en Contaduría Pública, considero
que dicho trabajo reúne los requisitos y méritos suficientes para ser sometido a la
presentación pública y evaluación por parte del jurado examinador que se designe.
En la ciudad de Barquisimeto, a los 14 días del mes de Marzo de 2007.
________________________
Lic. Carlos Bello
C.I.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CENTROOCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO
DECANATO DE ADMINISTRACIÒN Y CONTADURÌA COORDINACION DE PRACTICA PROFESIONAL
PRESUPUESTO POR PROYECTOS COMO TECNICA VINCULANTE ENTRE EL PLAN Y EL PRESUPUESTO
Por: Yolibeth C. Arroyo Fonseca José Antonio Mogollón
Trabajo de grado aprobado, en nombre de la Universidad Centroocidental
Lisandro Alvarado, por el siguiente jurado, en la ciudad de Barquisimeto a los
catorce días del mes de Marzo de 2007.
___________________ ____________________
Lic. Liseth Rodríguez Lic. Luis Lopez
C.I. C.I.
______________________
Lic. Carlos Bello
C.I.
RECONOCIMIENTO
La mejor forma con la que podemos dar reconocimiento a los seres que
amamos es la Gratitud, y cuando nos referimos a los seres que amamos son todas
aquellas que personas que de alguna manera han contribuido en nuestra larga
trayectoria por la vida a enseñarnos, no solo lo académico si no el verdadero
sentido de la vida, los principios morales, el respeto por los demás y de alguna
manera nos han dado algún tipo de lección que nos ha hecho crecer cada día más
como seres humanos, lo que haría imposible mencionarlos sin que se nos quede
alguno fuera, por eso escribimos este mensaje para de alguna manera honrarlos.
La Gratitud
Sánchez, L. (2007), La fuerza que nos hará volar al cielo y conquistarlo…
La Gratitud debe acompañarnos desde el primer aliento de vida…ya que nacemos
sin el menor esfuerzo…y todo lo que continúe debe ser igual… sin el menor
esfuerzo…la gratitud debes convertirla en generosidad…todo lo que va y todo lo
que viene…es gratitud…todo aquello que damos a otros es provisional… ya que
siempre vuelve a nosotros con creces…eso es gratitud…
La gratitud trae alegría a la vida…alaba todo lo que contribuya a la
trascendencia de la humanidad… Dar sin condiciones… es una manera de
agradecerle al universo… todo aquello que nos ofrece y que tiene a nuestra
disposición…Hazte feliz…y has feliz a todos los que están a tu alrededor
esparciendo gratitud….
INDICE GENERAL
PP APROBACION DEL TUTOR iii
APROBACIÓN DEL JURADO EXAMINADOR iv
RECONOCIMIENTOS v
LISTA DE CUADROS vi
RESUMEN vii
INTRODUCCIÓN 1
CAPITULO
I EL PROBLEMA 3
Planteamiento del Problema 3
Objetivos de la Investigación 7
Justificación e Importancia 7
Alcances y Limitaciones 9
II MARCO TEÓRICO
Antecedentes históricos 11
Antecedentes de la Investigación 15
Bases Teóricas 18
Bases legales 19
Marco conceptual 24
III MARCO METODOLÓGICO
Diseño de la investigación 29
Tipo de estudio 30
Nivel de la investigación 31
Técnicas e instrumentos para recolectar la información 31
Matriz de análisis 32
Tipo de análisis 32
Tratamiento de la información 33
Sistema de variables 34
Definición conceptual 35
Definición operacional 38
IV CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones 39
Recomendaciones 41
REFERENCIAS 43
ANEXOS 45
A. Glosario de términos 46
B. Plantilla de Presupuesto 53
C. Sistema Nacional de Planificación, Estructura 60
Presupuestaria y Vinculación Plan-Presupuesto
LISTA DE CUADROS
PP
1 Operacionalización de variables 38
2 Plantilla presupuestaria 53
UNIVERSIDAD CENTROOCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO DECANATO DE ADMINISTRACIÒN Y CONTADURÌA
COORDINACION DE PRACTICA PROFESIONAL
PRESUPUESTO POR PROYECTOS COMO TECNICA VINCULANTE ENTRE EL PLAN Y EL PRESUPUESTO
Autores: TSU Yolibeth Arroyo Br. José Antonio Mogollón Tutor: Lic. Carlos Bello Fecha: Marzo, 2007
RESUMEN
Esta investigación tuvo como objetivo describir como a través de la implementación de la nueva técnica presupuestaria por proyectos, se puede lograr una mayor vinculación entre Plan y Presupuesto, enmarcada en un diseño bibliográfico, no experimental, transaccional, en un tipo de estudio documental y en un nivel de investigación descriptivo, de acuerdo con las consideraciones planteadas se pudo concluir que con la implementación de la nueva técnica presupuestaria por proyecto se puede lograr una mayor vinculación entre el plan nacional de desarrollo económico y social de la nación, lo que permite al ejecutivo nacional cubrir gran parte de las necesidades de la población y los objetivos establecidos en su plan de gobierno, por lo que se recomienda extender la implementación de esta técnica a toda la administración pública nacional, con el objeto de llevar a cabo y cumplir a cabalidad con los objetivos establecidos en el plan de la nación.
INTRODUCCIÓN
La temática presupuestaria como tal se encuentra ubicada dentro de un
campo de análisis que hoy a dado en llamarse Economía Pública.
Múltiples propósitos se presentan a la hora de asignar recursos de los
cuales se dispone. Deudas acumuladas, problemas no resueltos, necesidades
cambiantes y crecientes, forman parte de un contexto donde cualquier actividad
presupuestaria debe moverse. Así igualmente se encuentra la necesaria búsqueda
de una estabilidad económica que logre los objetivos del pleno empleo y un nivel
de precios aceptables.
De la misma manera se intenta alcanzar una tasa conveniente de
crecimiento productivo que vaya dirigida a una distribución equitativa de la renta
nacional y el mejoramiento de la distribución del ingreso. Los fines y medios en su
búsqueda de una racionalidad formal deben adecuarse a los propósitos más
generales de una modelo de desarrollo que se pretende construir en el país. De allí
los necesarios vínculos entre la planificación y la programación presupuestaria.
En el caso venezolano, nuestra Constitución Bolivariana fija algunas pautas
para el régimen presupuestario dentro de lo que expresan los artículos 311 y 315
inclusive.
El presupuesto como tal constituye un importante instrumento de gestión
pública que debe reflejar los lineamientos de acción propuestos por el Ejecutivo.
De allí sus vínculos con los lineamientos generales del plan de la nación.
Igualmente la elaboración del plan operativo anual esta cada vez más cerca de ser
la expresión de un conjunto de prioridades que permiten orientar la acción
gubernamental.
No hay duda que las complejidades y las formas actuales del aparato del
Estado venezolano, en particular su rigidez burocrática, requieren adaptarse a los
tiempos que corren por lo que se formula la necesidad de dar un salto cualitativo
en términos de avanzar hacia la formulación del presupuesto por proyectos que
haga más eficaz la labor gubernamental del actual presupuesto por programas. El
paso del plan al programa y su concreción en los proyectos sigue una ruta que
debe emprenderse para lograr cada vez una acción eficaz y eficiente, en ese
camino de participación ciudadana y control de los recursos.
CAPITULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento Del Problema
La Asociación Venezolana de Presupuesto Público, (1995), señala que a
raíz de la caída del régimen dictatorial existente en Venezuela hasta el 23 de
Enero de 1958, comienza uno de los períodos más interesantes e importantes de
la historia contemporánea de Venezuela que parte con la formación de una Junta
de Gobierno que asume el poder y dirige el proceso político del país hacia el
establecimiento de un régimen constitucional. Durante este período provisional
asciende al primer plano la actividad política de los partidos; se convocaron las
elecciones y el país entró en una etapa de democracia representativa, que ha sido el
signo dominante durante la vida política de Venezuela durante los últimos
cuarenta y dos años.
Como parte de los cambios económicos y políticos que marcarían el
nacimiento de una Venezuela democrática para la década de los sesenta el Sistema
Presupuestario es reestructurado, basado en la Técnica del Presupuesto por
Programas. Tiene su origen en el Decreto 492 de fecha 30 de diciembre de 1958,
mediante el cual se crea la Oficina Central de Coordinación y Planificación
(CORDIPLAN), con sus funciones auxiliares para la Presidencia de la República y
el Consejo de Ministros. Es entonces en esta década cuando se consolida este
sistema presupuestario el cual se fue aplicando en toda su extensión en los años
siguientes.
Señala el autor citado anteriormente que estas primeras experiencias de la
planificación en el país tuvieron un marcado acento económico, global y sectorial,
sin tomar en consideración la dimensión regional. No fue si no en 1969, en ocasión
de la elaboración del IV Plan de la Nación, cuando se introdujo un enfoque
regional espacial en el tratamiento de los problemas de desarrollo, sin embargo,
fue el Decreto de creación de CORDIPLAN, el Nº 492 del año 1958, en donde
quedó institucionalizada la planificación regional, hasta el nivel local, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 24 del mencionado decreto. Adicionalmente como
consecuencia de la iniciación del proceso de elaboración de planes, surgió la
necesidad de modificar la estructura presupuestaria, de manera que ésta se
adaptara a los fines propuestos en la planificación.
Con la promulgación y aprobación de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, el 30 de Diciembre de 1999, se han gestado numerosos
cambios en todos los niveles del sector público venezolano, por lo que el Gobierno
Nacional se ha visto en la necesidad de hacer modificaciones que le permitan el
logro y cumplimiento de metas y objetivos a nivel Nacional, Estatal y Municipal.
El mandato constitucional indica que se debe conducir al país hacia la
maximización del bienestar colectivo, que se exprese en la ampliación de la
democracia, mayor seguridad social, crecientes fuentes de trabajo, alto valor
agregado nacional, mejor nivel de vida para la población y mayor soberanía del
país. Tales resultados deben garantizar la solidez, el dinamismo, sustentabilidad,
permanencia y equidad del crecimiento económico que se traducirá en una justa
distribución de la riqueza nacional, generada por una planificación de carácter
estratégico, que democráticamente incorpore la participación colectiva, mediante
la consulta abierta.
En este sentido, es importante analizar y evaluar al Sistema Presupuestario
Venezolano, ya que a través de su responsable implementación, se da logro y
cumplimiento a las metas y objetivos señalados en los planes de desarrollo del
país.
A raíz de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Régimen
Presupuestario (LORP), el sistema presupuestario comenzó aplicarse en los
Estados y Municipios, aunque con cierto grado de dificultad en su implementación
debido a que no se determinaban lo suficientemente claras las bases teóricas y el
personal no estaba bien capacitado para su implementación definitiva. A partir de
aquí el Sistema Presupuestario Venezolano ha venido sufriendo modificaciones y
adecuaciones de acuerdo a la realidad social, económica, política, entre otras,
convirtiéndose el mismo en una herramienta eficaz para el proceso de
planificación del sector público.
Posteriormente esta Ley es derogada el 28 de marzo de 2000, cuando entra
en vigencia la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público,
cuyo objeto es regular la administración financiera, el sistema de control interno
del sector público, y los aspectos referidos a la coordinación macroeconómica, al
Fondo de Estabilización Macroeconómica y al Fondo de ahorro Intergeneracional.
El 27 de junio de 2002, entra en vigencia el Reglamento N° 1 de esta Ley, cuyo
objeto es establecer las normas complementarias para el desarrollo del proceso
presupuestario que cumplirán los órganos y entes sujetos a la Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector Público.
Ahora bien, en ese proceso de adaptación a la realidad social se hace
necesario lograr una mayor vinculación entre Plan-Presupuesto, simplificar la
estructura presupuestaria, visualizar las variables requeridas para la toma de
decisiones en todas las etapas del proceso presupuestario, facilitar la gestión
pública, permitir una mejor evaluación y control presupuestario.
En consecuencia surge la necesidad de cambiar la técnica presupuestaria
que hasta el año 2006 estuvo vigente, con una metodología basada en el
Presupuesto por Programas a una basada en el Presupuesto por Proyectos. De allí
que se haga necesaria una evaluación del nuevo sistema.
En este sentido, el objeto de estudio de esta investigación es describir como
a través de la implementación de la nueva técnica presupuestaria por proyectos, se
facilita la gestión pública para el logro del mandato constitucional que indica que
se debe conducir al país hacia la maximización del bienestar colectivo, que se
exprese en la ampliación de la democracia, mayor seguridad social, crecientes
fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, mejor nivel de vida para la
población y mayor soberanía del país a través de la participación ciudadana, la
contraloría social, la simplificación en la asignación de los recursos, como parte
del logro del propósito fundamental del Presupuesto Público, de cumplir con los
objetivos de los planes de desarrollo.
Objetivos de la Investigación
Objetivo General
Describir como a través de la implementación de la nueva técnica
presupuestaria por proyectos, se puede lograr una mayor vinculación entre Plan y
Presupuesto.
Objetivos Específicos
1.- Identificar la simplificación de la estructura presupuestaria.
2.- Visualizar las variables requeridas para la toma de decisiones en todas
las etapas del proceso presupuestario.
3.- Identificar los elementos que permiten lograr la vinculación Plan-
Presupuesto.
Justificación e Importancia
Unos de los aspectos más novedosos de la Constitución Nacional vigente
son las disposiciones sobre la protección y fomento de la economía social, la
participación ciudadana, la ampliación de la democracia, mayor seguridad social,
crecientes fuentes de trabajo y mayor soberanía del país, como una estrategia para
la democratización de todos los sectores que componen la economía nacional.
Estas disposiciones, establecidas en la Constitución, incluyen un mandato para que
el Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, provea los mecanismos e
instrumentos de acción necesarios para que la dinámica del país conduzca al logro
de los fines esenciales.
En este sentido, es oportuno estudiar la vinculación del nuevo sistema
presupuestario por proyectos, con la consecución de los objetivos trazados en el
Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación y subsecuentemente
con los Planes Operativos Anuales.
De allí que este trabajo de investigación, este orientado, como propósito
fundamental, a la identificación de como a través de la implementación de la
nueva técnica presupuestaria por proyectos, se puede lograr una mayor vinculación
entre Plan y Presupuesto, simplificar la estructura presupuestaria, visualizar y
analizar las variables requeridas para la toma de decisión en las diferentes etapas
del proceso presupuestario, facilitar la gestión pública en función de las políticas y
objetivos estratégicos de la nación.
En el sentido de lo expuesto, esta investigación esta técnicamente
justificada, si de aplicarse los lineamientos planteados se puede concebir el
proyecto como el punto focal del proceso presupuestario a fin de satisfacer las
necesidades de la colectividad.
En lo social, la consideración de los lineamientos propuestos en el área
presupuestaria, pueden ser útiles para organizaciones públicas y privadas, que
puedan aprovechar esta investigación como una fuente teórica que les permita
afianzar los proyectos que puedan ser incluidos en el presupuesto anual.
En lo académico, esta propuesta puede ser fuente de consulta y
enriquecimiento bibliográfico, para docentes, estudiantes e investigadores,
interesados en el contexto de la investigación aplicada.
Alcances y Limitaciones
El estudio se realizó en la ciudad de Barquisimeto, Edo. Lara, durante el
año 2006 y 2007. La investigación se efectuó en el sector público,
específicamente en el área de planificación y presupuesto, estando solamente
referida a la nueva técnica de formulación del presupuesto público venezolano,
como lo es el presupuesto por proyectos, lo que supone una técnica innovadora
que logra establecer una vinculación entre el Plan y Presupuesto.
Al respecto, la teoría presupuestaria por proyectos presupone que esta
nueva forma de planificar, simplifica la estructura presupuestaria del estado,
facilitando la gestión pública en función de las políticas y objetivos estratégicos de
la nación.
Para la realización de este trabajo, se considerará la literatura existente, la
información disponible en las páginas WEB de la Oficina Nacional de Presupuesto
(ONAPRE) y el Ministerio de Planificación y Desarrollo.
En cuanto a las limitaciones del estudio, no se encontraron investigaciones
previas relacionadas con las variables en consideración, según las fuentes
consultadas por el investigador. Asumimos que por lo novedoso del tema a
investigar, y su muy reciente aparición en el campo de aplicación práctica, en el
mundo de la planificación y presupuesto público, esta realidad e incontestable, se
convierte en una debilidad bibliográfica.
CAPITULO II
MARCO TEÓRICO
Antecedentes históricos
El objeto de estudio que ocupa este capítulo, está centrado en la
compilación literaria de la evolución del esquema presupuestario en Venezuela,
desde sus inicios en la década de los sesenta con la instauración de la democracia
el 23 de Enero de 1958 hasta el año 2006, cuando por la necesidad de adaptar a la
realidad social se hace indispensable lograr una mayor vinculación entre Plan-
Presupuesto, simplificar la estructura presupuestaria, visualizar las variables
requeridas para la toma de decisiones en todas las etapas del proceso
presupuestario, facilitar la gestión pública, permitir una mejor evaluación y control
presupuestario.
La Asociación Venezolana de Presupuesto Público, (1995), señala que al
comenzar en Venezuela un nuevo esquema político, con la instauración de la
democracia en 1958, se inicia un proceso de reforma en la Administración
Pública, cuyo objetivo era adecuarlo a las exigencias que se planteaba el Estado
Moderno. De manera casi simultánea se comienza a realizar los estudios que
darían como resultado la implantación del sistema de Planificación, (Decreto 492
del 30 de diciembre de 1958, mediante el cual se crea la Oficina Central de
Coordinación y Planificación), creación de la Comisión de la Administración
Publica Nacional (Decreto 287 del 27 de junio de 1958) e inicio de la
modernización del Sistema Presupuestario, con la entrega al Soberano Congreso
de la República de Venezuela del Presupuesto por Programa, como un anexo
explicativo de la ley de presupuesto, que se seguía presentando bajo la concepción
tradicional. En lo que respecta a este último sistema, se describe a continuación
de manera general, la evolución que el mismo experimentó en el período
comprendido entre el 1960 hasta 1995 inclusive.
El mismo autor cita entre las principales reformas presupuestarias aplicadas
durante el período mencionado anteriormente las siguientes:
En el periodo 1960-1961, se elaboró un anexo explicativo a la Ley de
Presupuesto, en el cual se reseñaban las acciones a desarrollar en las diferentes
actividades y las metas que se percibían. El anexo en cuestión tenía como objeto
central dar al poder legislativo y la opinión pública en general la información que
permitiese una mejor evaluación de la gestión que el ejecutivo nacional pretendía
llevar a cabo a través de las instituciones que la integraban.
Para el año 1962 se elabora un presupuesto por programa el cual se
presento también como un documento anexo a la Ley de Presupuesto, este trajo
innovaciones en la forma de presentación que permitía mostrar de manera más
clara y objetiva la composición de cada renta, haciendo posible un mejor análisis.
El impuesto sobre la renta que se presentaba como una cifra global que ahora se
subdividía en grupos. De acuerdo con esta subdivisión se pudo diferenciar mejor la
tributación directa del sector externo, de la tributación directa del sector interno.
Además de lo señalado para el ejercicio fiscal 1960-1961, el anexo
presentado al Congreso en el período de análisis, trajo cambios en la Contabilidad
Presupuestaria cuyos rasgos resaltantes era el establecimiento de la Contabilidad
de Compromisos, mediante la cual se cargan los gastos de las dependencias del
Estado en el momento en que se causaban y no como se utilizó hasta 1961, cuando
se pagaban.
Entre los años de 1963 y 1970 la nueva técnica Presupuestaria continuó
presentándose como anexo, dando tiempo para ir corrigiendo los errores que se
fuesen presentando y a la vez resolver los problemas de orden jurídico y
administrativo que se oponían a la eliminación del presupuesto tradicional.
En el año 1971 se cambia el sistema de presupuesto tradicional por una
nueva técnica, el presupuesto por programa, es entonces a partir de este año
cuando se le da carácter de ley a un documento que durante 9 años se estuvo
presentando como un anexo, resolviendo así el problema de confrontación que
presentaba la nueva modalidad presupuestaria con el sistema jurídico imperante, y
en especial con las normas establecidas en la Ley Orgánica de Hacienda Pública
Nacional.
Así mismo, señala que por la insistencia del Ejecutivo Nacional por la
consecución de un instrumento legal que normara de manera especifica el proceso
Presupuestario Venezolano, fue coronada con éxito el 30 de julio de 1976, fecha
en la cual, se promulgó la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario, que rigió
desde esa fecha la administración del presupuesto, esta ley fue reformada
parcialmente por primera vez en 1980 (Gaceta Oficial Extraordinaria N° 2.712) y
sucesivamente en 1990 (Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.239), en 1992 (Gaceta
Oficial Extraordinaria N° 35.059), en 1994 (Gaceta Oficial N° 4718). La
promulgación de la ley en referencia obligo de manera inmediata al Ejecutivo
Nacional a poner en marcha una reforma presupuestaria y contable, con la
finalidad de adaptar la implementación de dicha técnica, con los planes de la
nación la cual afectaría a todos los entes de la Administración Pública.
Ahora bien, como hemos señalado el Sistema Presupuestario
Venezolano ha venido sufriendo modificaciones y adecuaciones de acuerdo a la
realidad, social, económica, política, entre otras, convirtiendo el mismo en una
herramienta eficaz para el proceso de planificación del sector público.
En el transcurso de los años siguientes, el país ha sufrido una serie de
cambios sociales y políticos, que aunado al alza de los precios del petróleo y a los
nuevos planes socioeconómicos implantados por el gobierno, el Sistema
Presupuestario Venezolano nuevamente se ve en la obligación de ampliar su
campo de acción para acoplarse a la nueva realidad económica existente. Esto se
traduce en que la técnica presupuestaria que se aplicaba hasta los momentos se
basaba en la definición de programas que se crean en función de la misión del
organismo; sin embargo, la gestión del gobierno actual se ha visto en la necesidad
de emprender proyectos con múltiples objetivos, enfocados a profundizar y
avanzar el modelo de desarrollo y social endógeno, para beneficio de las
mayorías nacionales, desarrollar una gestión pública más democrática,
coherente, transparente y eficaz y exhibir con mayor fuerza los resultados
concretos de la acción gubernamental y constituirse en si mismo, en una
respuesta institucional contundente ante las amenazas que se ciernen en torno al
nuevo modelo político de democracia participativa , los cuales son gerenciados
por un ente u organismo que en ocasiones traspasan las misiones de estos.
En el contexto de los citados desafíos, los lineamientos para ejercicio
fiscal 2006, constituyeron un conjunto de conceptos, criterios y procedimientos,
que actuarían como orientaciones prácticas, para que cada órgano, ente o entidad
operativa del Estado, sea capaz de traducir en sus respectivos planes y
presupuestos, los objetivos que sustentan las transcendentes transformaciones que
sigue la sociedad Venezolana. A ello, contribuye la reciente decisión del
Ejecutivo Nacional de adelantar para el 2006 un Presupuesto por Proyecto. Pues
bien, entre los puntos esenciales de esta nueva metodología presupuestaria, el
proyecto se concibe como el punto focal para la asignación y distribución de los
recursos fiscales.
Antecedentes de la Investigación
Aunque solo se encontraron escasos estudios de investigación previos
referentes a la implementación de la técnica presupuestaria por proyectos en
Venezuela, por lo novedoso del tema, se revisaron y analizaron algunos trabajos
que permiten fundamentar el tema de estudio, en tal sentido:
Ávila, H. (2.002), realizó una investigación titulada, Análisis del Sistema
de Gestión y Control de las Finanzas Públicas en Venezuela (Sigecof), cuyo
objetivo primordial fué la elaboración de un Análisis del Sistema Integrado de
Gestión y Control de las Finanzas Públicas en Venezuela ( SIGECOF ); en cuanto
a la Distribución Administrativa y las Modificaciones Presupuestarias , atendiendo
a los cambios y modificaciones que ha sufrido el sistema presupuestario
venezolano y los nuevos planes de desarrollo planteados por el gobierno nacional.
En tal sentido llevó a cabo una investigación documental, obteniendo como
resultado que el Sistema Integrado de Gestión y Control de Finanzas Públicas en
Venezuela, pretende mantener informado al ejecutivo nacional de todo lo
relacionado con la distribución administrativa y las modificaciones
presupuestarias. A su vez le permite consolidar y generar información confiable y
oportuna para la gestión administrativa y financiera del sector público, bajo un
marco legal, necesario para la toma de decisiones oportuna dentro de la
administración pública.
Por su parte Pérez, E. (1999), realizo una investigación determinar las
características del Presupuesto como Instrumento de Planificación del Sector
Público - caso- Instituto Universitario Experimental de Tecnología Andrés Eloy
Blanco de Barquisimeto. Obteniendo como resultado que el presupuesto es parte
importante en el proceso de planificación.
Adicionalmente Jiménez, M. (2005), diseñó una propuesta para la
elaboración del presupuesto participativo en el Municipio Iribarren del Estado
Lara, fundamentándose en los principios teóricos de la participación ciudadana en
los asuntos públicos, y en referencia a las experiencias de esta práctica en otros
países de Latinoamérica, en especial a la metodología desarrollada en la ciudad de
Porto Alegre – Brasil. Los lineamientos generales de la metodología propuesta,
parten de la creación de una red de instancias de participación ciudadana en los
diferentes niveles territoriales del municipio, tales como el Consejo Local de
Planificación Pública, los Consejos Parroquiales y los Consejos Comunales, en el
proceso de priorización y toma de decisiones en relación a las necesidades
discutidas en los ejes territoriales y temáticos. Para el cumplimiento de tal
propuesta se hace necesaria la construcción de un escenario propicio, mediante la
disposición del gobierno municipal, el acceso a la información, el desarrollo de
una gestión fiscal transparente, el respeto de las decisiones tomada por el
ciudadano y la educación ciudadana.
Como conclusión obtuvo que es necesario contar con la disposición del
gobierno municipal para crear un espacio de participación mayor, disponibilidad
para delegar poder, permitir acceso a la información, rendir cuenta a la población
acerca de la gestión ejecutada, abriendo un espacio para incluir nuevos modelos de
gestión pública.
Por otra parte Arriche, (2005), realizó una monografía titulada: Aspectos
Conceptuales sobre “El Presupuesto Por Proyectos” a emplear en La Ley De
Presupuesto del 2006, y señala entre las razones para el cambio de técnica los
siguiente:
“La actual técnica de formulación presupuestaria se basa en la definición de programas que se crean en función de la misión del organismo, sin embargo, la gestión de gobierno se ha visto en la necesidad de emprender proyectos con multiobjetivos, gerenciados por un órgano o ente, que en ocasiones traspasan la misión del mismo. Adicionalmente se ha venido impulsando un proceso de contraloría social que se ve dificultado en su seguimiento presupuestario, al agrupar bajo un amplio programa las acciones que se emprenden y financian con el presupuesto público en pro de la comunidad. Con estas ideas como norte, los ministerios de Finanzas, Planificación y Desarrollo, en conjunto con la Oficina Nacional de Presupuesto, comenzaron a desarrollar la técnica del Presupuesto por Proyectos cuyos aspectos conceptuales básicos se describen más adelante.”
Adicionalmente este autor concluye en su monografía que la principal
limitación a resolver es la de continuar creando la teoría que de explicación para los
diversos usuarios del presupuesto público: investigadores, estudiantes, centros de
enseñanza de la disciplina, entre otros, que la puedan emplear. En el sentido,
enunciado, las universidades, los institutos universitarios y los centros de enseñanza
tanto público como privado deben modificar los pensun de estudios relacionados con
la disciplina. Esta limitación se está cubriendo, en parte, con la elaboración de los
aspectos conceptuales básicos, que la Oficina Nacional de Presupuesto ha hecho y
que ha comenzado a divulgar en los diferentes órganos y entes públicos para la
formulación del Proyecto de Ley de Presupuesto del 2006, pero que deberán
ampliarse para abordar las restantes etapas del proceso presupuestario.
Bases Teóricas
La temática presupuestaria como tal se encuentra ubicada dentro de un
campo de análisis que hoy llamamos Economía Pública. Objetivos e instrumentos
provenientes de la esfera de lo público no sólo tienen que ver con aspectos
normativos, como reglas y principios para conseguir un deber ser, si no también
con la utilización de recursos concretos y específicos conducidos a determinados
fines socioeconómicos.
Según Contaste S., y otros (2004), en Venezuela ha ocurrido que los
objetivos y metas previstos en la planificación económico-financiera, han carecido
de un horizonte de solvencia y sostenibilidad fiscal en el mediano plazo. Los
presupuestos públicos anuales, en la práctica, se han convertido en un conjunto de
asignaciones presupuestarias, sin vinculación efectiva respecto a dichos objetivos
y metas; lo que ha hecho necesario diseñar, un instrumento intermedio de
planificación financiera que permita la vinculación de los objetivos de política
fiscal de mediano plazo con los objetivos equivalentes de corto plazo, previstos en
el presupuesto anual. En consideración a lo anteriormente comentado, Contaste S.,
y otros (2004) expresan, que el presupuesto resulta la herramienta más idónea para
materializar y lograr el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los
planes de desarrollo, en particular del Plan Operativo Anual con el cual debe
vincularse en forma directa.
La Asociación Venezolana de Presupuesto Público, (1995), considera que
el presupuesto es uno de los medios que, en lo que corresponde a su esfera,
contribuye a dar un carácter totalmente concreto y hace posible llevar a la práctica,
las orientaciones más o menos generales que establecen los demás instrumentos
del sistema de planificación del desarrollo. Así, el presupuesto, a través de todas
sus etapas resulta el medio más idóneo para concretar y lograr el cumplimiento en
lo que le corresponde de los objetivos de los planes de desarrollo económico y
social.
Bases Legales
Son varios los fundamentos legales que amparan y norman el
funcionamiento del sistema presupuestario en Venezuela.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
En el caso venezolano, nuestra Constitución Bolivariana fija algunas pautas
para el régimen presupuestario dentro de lo que expresan los artículos del 311 al 318
inclusive. A continuación señalamos algunas de ellas:
Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en
la Gaceta Oficial N° 36.860 del día jueves 30 de Diciembre de 1.999, en su Capítulo
II del Régimen Fiscal y Monetario, sección Primera del Régimen Presupuestario,
Artículo 311, señala:
“La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. . . .” Posteriormente, la Constitución Nacional señala en el mismo Capítulo,
Articulo 313:
“ Con la presentación del marco plurianual del presupuesto, la ley especial de endeudamiento y el presupuesto anual, el ejecutivo nacional hará explícitos los objetivos de largo plazo para la política fiscal, y explicará como dichos objetivos serán logrados de acuerdo con los principios de responsabilidad y equilibrio fiscal.”
Adicionalmente en su artículo 315 expresa:
“En los presupuestos públicos anuales de gastos en todos los niveles de gobierno se establecerá de manera clara para cada crédito presupuestario, el objetivo específico al que esté dirigido los resultados concretos que se espera obtener y los funcionarios públicos o funcionarias públicas responsables para el logro de tales resultados …”
Posteriormente el Artículo 318, señala lo siguiente:
“En los presupuestos públicos anuales de gastos, en todos los niveles de Gobierno, establecerá de manera clara, para cada crédito presupuestario, el objetivo específico a que esté dirigido, los resultados concretos que se espera obtener y los funcionarios públicos o funcionarias públicas responsables para el logro de tales resultados. Éstos se establecerán en términos cuantitativos, mediante indicadores de desempeño, siempre que ello sea técnicamente posible. El Poder Ejecutivo, dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del ejercicio anual, presentará a la Asamblea Nacional
la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente a dicho ejercicio.”
Varios principios rigen la gestión fiscal: La eficiencia, la solvencia, la
transparencia, la responsabilidad y el equilibrio. En cuanto a la eficiencia no hay
duda que cualquier impuesto afecta la conducta de los consumidores y los
productores en la búsqueda de su maximización de beneficios, ciertamente
inmediatos, menos claros la influencia a más largo plazo en sus efectos, por
ejemplo, los de tipo ecológico.
La “racionalidad” del mercado con sus conocidas imperfecciones, traduce
la eficiencia fiscal entre otra de tipo económico en cuanto a sus posibles
consecuencias financieras y organizativas de la producción. La solvencia la
vinculamos, en parte, a la capacidad administrativa de la gestión fiscal la cual debe
ser sencilla y flexible para adaptarse a los cambios en las coyunturas.
Por lo que refiere a la transparencia, este principio puede asociarse a la
pulcritud del ejercicio administrativo. La responsabilidad en nuestro criterio debe
estar relacionada con la justicia distributiva al tratar de pechar a los que más tienen
en beneficio de la mayoría y en la consideración del tratamiento igual ante
determinadas circunstancias. Se trata de lograr una igualdad sustantiva más allá de
lo que afirma el hecho formal. Allí el Estado termina jugando un importante rol de
redistribución de la renta al permitir la transferencia de unos sectores a otros.
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
El Artículo 10 de la LOAFSP señala: “ Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales, regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación...”
El artículo 14 de esta Ley recoge en su totalidad los mandatos expresos en
la Constitución, arriba señalados, pero además establece:
“Los presupuestos públicos de gastos contendrán los gastos corrientes y de capital, y utilizarán las técnicas más adecuadas para formular, ejecutar, seguir y evaluar las políticas, planes de acción y la producción de bienes y servicios de los órganos y entes del sector público……”
Ley Orgánica de la Administración Pública
La Ley Orgánica de la Administración Pública, publicada en Gaceta Oficial
Nº 37.305 del 17 de octubre de 2001.
En su Título II, Principios y Bases del Funcionamiento y Organización de
la Administración Pública, en el Artículo 18 (p.7), establece el Principio de
funcionamiento planificado y control de la gestión y de los resultados:
“El funcionamiento de los órganos y entes de la Administración Pública se sujetará a las políticas, estrategias, metas y objetivos que se establezcan en los respectivos planes estratégicos y compromisos de gestión. Igualmente, comprenderá el seguimiento de las actividades, así como la evaluación y control del desempeño institucional y de los resultados alcanzados.”
Señala igualmente la Ley Orgánica de Administración Pública, en el
mismo Título en el Artículo 19( p.7 ), señala el Principio de eficacia en el
cumplimiento de los objetivos y metas fijados:
“La actividad de los órganos y entes de la Administración Pública perseguirá el cumplimiento eficaz de los objetivos y metas fijados en las normas, planes y compromisos de gestión. . . .”
En cuanto a la Participación ciudadana se establece en Ley Orgánica de
Administración Pública, en el TìtuloVI, de la Participación Social de la Gestión
Pública, en el Artículo 135 (p.47), lo siguiente:
“Sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en leyes especiales, los órganos y entes de la Administración Pública promoverán la participación ciudadana en la gestión pública. A tales fines, las personas podrán, directamente o a través de las comunidades organizadas o las organizaciones públicas no estatales legalmente constituidas, presentar propuestas y formular opiniones sobre la gestión de los órganos y entes de la Administración Pública . . .”
Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración
Financiera del Sector Público.
A su vez el Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector Público, sobre el sistema
presupuestario, publicado en Gaceta Oficial Nº 5.592 Extraordinario de
fecha 27 de junio de 2002, con su última modificación publicada en
Gaceta Oficial Nº 5.781 Extraordinario de fecha 12 de agosto de 2005,
establece en el Capítulo I, Disposiciones Generales en su Artículo Nº 2, la
Técnica Presupuestaria, lo siguiente:
“Los órganos y entes sujetos a la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, formularán y aplicarán la técnica de elaboración del presupuesto por Proyectos y Acciones Centralizadas, entendidas estas como las categorías presupuestarias de mayor nivel y por acciones específicas como categorías de menor nivel. Esta técnica se aplicará en las restantes etapas o fases del proceso presupuestario, de conformidad con las instrucciones que al efecto dicte la Oficina Nacional de Presupuesto, la cual podrá crear de
oficio o autorizar a solicitud de los órganos o entes, categorías presupuestarias equivalentes a las señaladas en este artículo.”
Ley Orgánica de Planificación
En la Ley Orgánica de Planificación, publicada en Gaceta Oficial
Extraordinaria Nº 5.554 del 13 de Noviembre de 2001, define en su Título
IV, Capítulos I y II, desde el artículo 28 al artículo 57, los diferentes tipos
de planes y en su Título V, la participación ciudadana, en su artículo
Nº59, que el estado promoverá la participación ciudadana en la
planificación, para que las personas a través de sus comunidades puedan
presentar sus propuestas. Cabe señalar que este artículo da fuerza a la
promoción y participación de las comunidades en el proceso de
planificación.
Marco Conceptual
Como hemos venido señalando a lo largo de la investigación la aplicación
del presupuesto por programas en Venezuela se remonta a la década de los años
sesenta, por lo que consideramos fundamental conceptualizar los aspectos más
relevantes de este tipo de presupuesto como base teórica que da paso al
surgimiento del presupuesto por proyectos.
Presupuesto por Programas
Según la Asociación Venezolana de Presupuesto Público. (1995). El
presupuesto por programas aparece para dar respuesta a las contradicciones
implícitas en el presupuesto tradicional y en especial para que el Estado y las
instituciones que lo integran dispongan de un instrumento programático que
vincule la producción de los bienes y servicios a alcanzar con los objetivos y metas
previstas en los planes de desarrollo. Es por esta razón, que a partir de la
definición de una serie de elementos primarios y de sus relaciones, se construye el
aparato teórico y conceptual que descansa en dicha técnica y se conceptualizan las
distintas categorías programáticas del presupuesto por programas.
El presupuesto por programas se desagrega en categorías programáticas
existiendo una diversidad que a continuación definimos:
1. Programa es la categoría programática cuya producción es terminal
de la red de acciones presupuestarias de una institución, sector o
región. Tiene las siguientes características:
• Es la categoría programática de mayor nivel en ámbito de la
producción Terminal.
• Expresa la contribución a una política, ya que la producción
terminal refleja un propósito esencial en la red de acciones
presupuestarias que ejecuta una institución, sector o región.
• Se conforma por la agregación de categorías programáticas de
menor nivel que confluyen al logro de su producción.
2. Subprograma es la categoría programática cuyas relaciones de
condicionamiento son exclusivas con un programa. Cada
subprograma, por sí solo, resulta en producción Terminal. Tiene las
siguientes características:
• La producción terminal de cada subprograma precisa, a un
mayor nivel de especificidad, la producción del programa.
• La producción de todos los subprogramas es sumable en
unidades físicas, sin pérdida del significado de la unidad de
medición de la producción del programa del cual forma parte.
3. Actividad es la categoría programática cuya producción es
intermedia y por tanto, es condición de uno o varios productos
terminales o intermedios. La actividad es la acción presupuestaria
de mínimo nivel, e indivisible a los propósitos de la asignación
formal de recursos, que no origina directamente un bien capital. En
función de su relación de condicionamiento a los programas u otras
categorías programáticas, las actividades pueden ser específicas,
centrales o comunes.
• Actividad Específica es la categoría programática cuya
producción es exclusiva de una producción Terminal y forma
parte integral del programa, subprograma o proyecto que la
expresa.
• Actividad Central es la categoría programática cuya producción
condiciona a todos los productos de la red de acciones
presupuestarias de una institución o sector y no es parte
integrante de ningún programa o subprograma.
• Actividad Común tiene todas las características de una actividad
central, salvo que condiciona dos o más programas, pero no a
todos los programas de la institución o sector.
4. Proyecto se considera como tal, a la categoría programática que
expresa la creación, ampliación o mejora, de un medio de
producción durable. Por tanto, el proyecto de inversión se
corresponde con el concepto de inversión se corresponde con el
concepto de inversión real reflejado en las cuentas nacionales. Así
definido, el proyecto posee las siguientes características:
• Su producto se considera siempre como formación bruta de
capital del sector público.
• Es capaz de satisfacer las necesidades que se plantean en su
formulación, sólo en el momento en que finaliza su
construcción, ampliación o mejora y está en capacidad de
producir los bienes o prestar los servicios, para los cuales fue
concebido.
• Está conformado por un conjunto de actividades (de dirección,
planificación, estudios, inspección y fiscalización, etc) y obras
complementarias que conforman una unidad productiva.
5. Obra se considera a los efectos presupuestarios como una categoría
programática de mínimo nivel, como tal, son indivisibles a los fines de
asignación formal de los fondos financieros que requiere la ejecución
del proyecto de inversiones en su conjunto. La obra se descompone en
trabajos que son procesos componentes del producto acabado definido
como obra.
6. Tarea o Trabajo es una acción operacional combinada de máximo
nivel dentro del ámbito de las acciones no presupuestarias. No cumple
con el requisito de ser un centro formal de asignación de recursos y,
por tanto, no es una categoría programática del presupuesto. Es básica
para el cálculo de insumos de una actividad u obra e indispensable
para el análisis de la eficiencia de la tecnología de un centro de gestión
productiva. Los de las tareas se combinan para lograr un producto
cualitativamente diferente que representa el resultado de una actividad
u obra; por ello, los productos físicos de las tareas no son sumables
para llegar al producto de la actividad u obra.
En este sentido el mismo autor afirma que las categorías programáticas
permiten jerarquizar y delimitar el campo de diversas acciones presupuestarias y
se subdividen en:
1. Categorías programáticas de producción terminal:
• Programa
• Subprograma
• Proyecto
2. Categorías programáticas de producción intermedia:
• Proyecto
• Obra
• Actividad
Recientemente se ha venido gestando en el Ministerio de Planificación y
Desarrollo la necesidad de emplear una nueva técnica para presupuestar dentro del
Sector Público. Es entonces cuando se toma la decisión de implementar una
técnica adecuada, comenzando así a trabajar para darle vigencia al denominado
Presupuesto por Proyectos.
La técnica que estuvo vigente para la elaboración de presupuesto público
hasta el ejercicio fiscal del año 2006 y que aún se aplica en algunas dependencias
para el presupuesto del ejercicio fiscal del año 2007, se basa en la definición de
programas en función de la misión del organismo. La gestión del gobierno va más
allá de la misión de los organismos, por lo que el seguimiento y evaluación de
resultados, en un proceso de contraloría social se hace difícil con la técnica actual.
Estas son las razones que llevaron al Ministerio de Finanzas, Ministerio de
Planificación y Desarrollo y la Oficina Nacional de Presupuesto a desarrollar la
técnica de presupuesto por proyecto.
Presupuesto por Proyectos
Según la Oficina Nacional de Presupuesto. (2007, Febrero 11). [Página
Web en línea]. Disponible: http://www.onapre.gov.ve [Consulta: 2007, Febrero
11].
El Presupuesto por Proyectos es un instrumento que permite asignar y
distribuir los recursos públicos a través de proyectos, a los entes u organismos
nacionales, estadales y municipales en función de las políticas y objetivos
estratégicos de la Nación, expresados en los respectivos Planes anuales; además
coordinar, controlar y evaluar su ejecución.
Un Proyecto Presupuestario es la expresión sistematizada de un conjunto
delimitado de acciones y recursos que permiten, en un tiempo determinado, el
logro del resultado específico para el cual fue concebido. Este resultado puede
estar dirigido a satisfacer las necesidades y demandas de la población o mejorar
los procesos y sistemas de trabajo de la Institución o del sector público en su
conjunto.
Así mismo, en la citada página WEB se afirma que el Proyecto
presupuestario es la categoría presupuestaria de mayor nivel en la asignación de
los recursos financieros públicos.
Entre los elementos que identifican un proyecto tenemos:
1. Objetivo Específico del Proyecto:
Es la situación objetivo a alcanzar, como consecuencia de su ejecución
(creación, transformación o mejora de la situación inicial).
2. Resultados del Proyecto:
Es el producto, bien o servicio, que se materializa con su ejecución.
3. Metas del Proyecto:
Es la determinación cualitativa y cuantitativa del bien, servicio o
indicador que se espera obtener.
Esta nueva técnica persigue que el mayor monto de los créditos
presupuestarios se asignen a los proyectos y los créditos que sean imposibles de
distribuir por proyectos se asignen a la categoría presupuestaria de Acción
Centralizada, entendiéndose como Acciones Centralizadas, todas aquellas que no
son posibles de definir en términos de proyectos, pero necesarias para garantizar el
funcionamiento de las Instituciones Públicas, así como el cumplimiento de otros
compromisos del Estado, sus recursos no son directamente asociables a un único
proyecto y se constituye como una categoría presupuestaria al mismo nivel de los
proyectos.
Los Proyectos y Acciones Centralizadas, se desagregan en categorías
presupuestarias de menor nivel denominadas Acciones Específicas. A nivel de
proyecto se definen como aquellas operaciones concretas, suficientes, medibles y
cuantificables anualmente, necesarias para lograr el resultado esperado. En la
Acción Centralizada se detallan las actividades que realiza la Institución en pro de
su funcionamiento, así como el cumplimiento de otros compromisos del Estado.
Entendiéndose entonces como las Metas de las Acciones Específicas, la
determinación cualitativa y cuantitativa del bien, servicio o indicador que se espera
obtener.
En el Presupuesto por Proyecto, las Acciones Centralizadas están
predeterminadas en la forma siguiente:
1. Dirección y Coordinación: Permiten la administración de los
recursos asignados a los gastos de los trabajadores, de conformidad
al ordenamiento jurídico vigente.
• Acción Específica: Asignación y Control de los recursos para
los gastos de los trabajadores. Su imputación presupuestaria es a
las partidas 4.01 Gasto de Personal, 4.03 Servicios no
personales (sólo adiestramiento) y 4.52 asignaciones no
distribuidas.
2. Gestión Administrativa: Son las relacionadas con el
funcionamiento institucional, excepto las previstas en la anterior,
incluye transferencias a entes públicos no relacionada con los
proyectos, a instituciones y personas naturales y privadas y a
organismos internacionales en cumplimiento de acuerdos suscritos.
• Acción Específica: Apoyo institucional a las acciones
específicas del organismo como: Gastos de funcionamiento,
adquisición de bienes y servicios, apoyo jurídico,
informático y sistemas, reclutamiento y selección de
personal, registro y auditoria interna.
Apoyo institucional al sector privado y sector externo:
Transferencias de recursos presupuestarios a personas
jurídicas y naturales como asistencia económica para
sufragar gastos, así como, para cumplir con obligaciones
con organismos internacionales.
Apoyo institucional al sector público: transferencias de
recursos presupuestarios a entes descentralizados de la
Administración pública, para sufragar gastos de
funcionamiento no vinculados a los proyectos del órgano de
la República de adscripción.
Imputación Presupuestaria: Las acciones antes escritas se
imputarán a las partidas: 4.02 Materiales y Suministros, 4.03
Servicios no personales, 4.04 Activos reales, 4.06 Servicio
de la deuda pública y transferencias y 4.52 asignaciones no
distribuidas.
3. Previsión y Protección Social: Permiten la administración de los
recursos asignados a los gastos de los Pensionados y Jubilados.
• Acción Específica: Asignación y control de los recursos
para gastos de los pensionados y jubilados: Créditos
presupuestarios para sufragas los gastos de los pensionados
y jubilados adscritos a los órganos de la república o ente
descentralizado de la administración pública.
La imputación presupuestaria es la partida 4.07
Transferencias.
4. Asignaciones Predeterminadas: Implican una transferencia que
debe realizar la Administración Central de conformidad con la
Constitución y el Ordenamiento Jurídico vigente.
• Acción Específica: Acción y Control de los aportes
constitucionales y legales. Su imputación presupuestaria es
la partida 4.07 Transferencias.
5. Dirección y coordinación del servicio de la deuda pública:
Permite la administración de los recursos destinados a la
cancelación de la deuda pública adquirida de acuerdo con la Ley
Orgánica de Administración Financiera del Sector Público
(LOAFSP), así como la disminución de otros pasivos.
• Acción Específica: Asignación y Control para el servicio de
la Deuda Pública Nacional. Su imputación presupuestaria es
la partida 4.06 Servicio de la deuda pública y disminución
de otros pasivos.
6. Otras: Se registran gastos centralizados no incorporables en las
acciones específicas antes definidas, aquellas acciones centralizadas
para apoyar acciones específicas de los proyectos asignados por la
autoridad competente para ello y las acciones relacionadas con la
defensa y seguridad del estado cuyos gastos tipifica la Contraloría
General de la República.
• Acción Específica: La que estime el órgano o ente de la
república correspondiente.
CAPITULO III
MARCO METODOLÒGICO
Diseño de la Investigación
El objetivo de la investigación es describir como a través de la
implementación de la nueva técnica presupuestaria por proyectos, se facilita la
gestión pública para el logro del mandato constitucional que indica que se debe
conducir al país hacia la maximización del bienestar colectivo, que se exprese en
la ampliación de la democracia, mayor seguridad social, crecientes fuentes de
trabajo, alto valor agregado nacional, mejor nivel de vida para la población y
mayor soberanía del país a través de la participación ciudadana, la contraloría
social, la simplificación en la asignación de los recursos, como parte del logro del
propósito fundamental del Presupuesto Público, de cumplir con los objetivos de
los planes de desarrollo, en atención a lo planteado la misma se realizo de acuerdo
al diseño bibliográfico, no experimental, transaccional.
Considerando lo antes planteado, Ballestrini (1997), señala que el diseño de
la investigación se define en función de los objetivos establecidos en el estudio, así
mismo, en los diseños bibliográficos los datos se obtienen a partir de la aplicación
de técnicas documentales.
Por su parte, Hernández (1991) considera un estudio transaccional como
aquel en donde la recolección de los datos se efectúa solo una vez en un tiempo
único.
Tipo de Estudio
La investigación se clasifica según el tipo de estudio documental, de
acuerdo con el manual para la elaboración del trabajo conducente al grado
académico de especialización, trabajos de maestría y tesis doctorales de la UCLA
2000: se entiende por investigación documental como un estudio de problemas
teórico practico con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su
naturaleza. Se basa principalmente en fuentes bibliográficas, documentales y
estudios comparados de análisis de problemas que ocurren en la práctica.
Según Finol y Navas (1996), señala como investigación documental al
proceso de búsqueda y tratamiento de la información generada a partir de los
estudios hechos sobre un particular, que ha venido acumulando en el transcurso de
la historia y de la humanidad y que se presenta bajo las más diversas modalidades,
que la hacen más interesante.
Por otra parte, se considera un trabajo basado en una revisión bibliográfica
porque se consultan fuentes legales, históricas, estudios sobre el tema de autores
especializados en materia de presupuesto público, con el fin de establecer teorías,
principios y conceptos que rigen la materia objeto de estudio tal como lo expone el
manual de grado de especialización, maestrías y tesis doctorales (1998) de la
Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL), cuando señala: “ el
estudio de problemas con el propósito de ampliar conocimiento de su naturaleza,
con apoyo, principalmente, en trabajos previos, información y datos divulgados
por medios impresos, audiovisuales, o electrónicos. La originalidad del estudio se
refleja en e enfoque, criterios, conceptualizaciones, reflexiones, conclusiones y
recomendaciones y en general en el pensamiento del autor”…(p.06)
Nivel de la Investigación
En base a las características de la investigación, la misma se agrupa de
acuerdo al nivel de investigación descriptivo, la cual según Hernández (1991) su
único propósito es indagar sobre la incidencia y los valores de los datos según se
manifiesten.
Técnicas e Instrumentos para recolectar la información
En función de los objetivos definidos en este estudio, donde se plantea
describir como a través de la implementación de la nueva técnica presupuestaria
por proyectos, se puede lograr una mayor vinculación entre Plan y Presupuesto,
mediante una investigación con diseño bibliográfico, transaccional, no
experimental, con un tipo documental y con un nivel descriptivo, se empleo como
estrategia de recolección de la información la revisión de las fuentes
documentales, es decir, todo aquello que implique documentos impresos o
manuscritos que proveen información, por otro lado constituyen el pilar
fundamental del esfuerzo investigativo, debido a que las mismas aportan un
conjunto significativo de material informativo, lo cual permitió el abordaje y
desarrollo de los requisitos del momento teórico de la investigación, para así
alcanzar y cumplir con los objetivos planteados en el estudio, en ese orden de
ideas se procedió en una primera instancia a la delimitación y formulación del
problema, seguidamente se recaudo el marco conceptual y de allí se estructuró el
marco metodológico y finalmente se realizó un análisis exhaustivo documental.
Matríz de Análisis
Un análisis según Selliz y otro citado por Ballestrini (1997), tiene como
propósito resumir las observaciones llevadas a acabo de tal forma que
proporcionen respuestas a las interrogantes de la investigación. En efecto, para
Ballestrini (ob.cit) este proceso tiene como fin, reducir los datos de una manera
comprensible, para poder interpretarlos, y poner a prueba algunas relaciones
establecidas. No obstante, cabe resaltar que los datos deben tener algún significado
en función a las interrogantes planteadas. Hechas las consideraciones anteriores,
de acuerdo con la naturaleza de la investigación se realizó un análisis y técnicas
operacionales para el manejo de fuentes documentales.
Tipos de Análisis
Según Ballestrini (ob.cit), el análisis profundo de las fuentes documentales
requiere la utilización de técnicas de observación documental, presentación
resumida, resumen analítico y análisis crítico. Mediante la observación
documental se inicia el análisis crítico el cual consiste en una lectura general de los
textos, se procede a la búsqueda y observación de los hechos presentados en los
materiales escritos consultados, que son de interés para el estudio, luego de la
lectura inicial se efectúan lecturas sucesivas más detenidas y rigurosas, con el
objetivo de captar los planteamientos esenciales y aspectos lógicos de los
contenidos, con el objetivo de extraer los datos bibliográficos más útiles para el
trabajo.
Por otro lado, la técnica de presentación resumida de un texto, permitirá dar
cuenta fiel y en síntesis, las ideas básicas que contienen las obras consultadas. Con
referencia a lo anterior, cabe destacar que dicha técnica es de suma importancia
para la construcción de los contenidos teóricos, así como lo relativo a los
resultados de otras investigaciones que se han realizado con relación al tema.
Con respecto a la técnica de resumen analítico, se dice que se incorpora en
las investigaciones para descubrir la estructura de los textos consultados para
poder delimitar sus contenidos básicos en función de los datos que se desean
conocer.
Finalmente, la técnica de análisis crítico de un tema contiene las dos
técnicas descritas y además introduce una evaluación interna del tema en cuestión,
caracterizada por estar centrados en el desarrollo lógico de acuerdo con las ideas
sólidas que siga el autor de la obra.
En referencia a la clasificación anterior, queda claro la importancia que
reviste el uso de cada una de las técnicas a seguir para el análisis profundo de una
fuente documental, como lo fue para el desarrollo de este trabajo, lo cual se
constituyo como pieza clave para el logro de los objetivos planteados.
Tratamiento de la Información
La revisión bibliográfica tiene la ventaja que permite establecer bases
teóricas necesarias para definir la problemática que se ha planteado así como para
sustentar las conclusiones y recomendaciones a través de autores consultados.
Al respecto, Sabino (1995) acota “ las bibliotecas son la mejor opción que
se presenta al investigador en especial a cuanto se refiere a libros, revistas y
boletines informativos” (p.66).
Por lo anteriormente expuesto, cabe destacar que la documentación
fundamental de obtuvo de diferentes publicaciones, trabajos de investigación
relacionados con el tema, textos bibliográficos, entre otras cosas estas fuentes
fueron ubicadas en salas de referencias, bibliotecas e internet, el cual brindó
variada información y de gran interés.
Sistema de Variables
De acuerdo a lo señalado por Hernández y otros (1995), una variable “es
una propiedad que puede variar (adquirir diversos valores) y cuya variación es
susceptible de medirse” (p.77).
Esta investigación esta dirigida al estudio de dos variables, ampliamente
referenciadas a través de todo el contexto del presente trabajo, siendo las mismas:
El Presupuesto por Proyectos.
Plan y Presupuesto.
Definición Conceptual
La Oficina Nacional de Presupuesto. (2007, Febrero 11). [Página Web en
línea]. Disponible: http://www.onapre.gov.ve [Consulta: 2007, Febrero 11].
Define, El Presupuesto por Proyectos como un instrumento para asignar
y distribuir los recursos públicos a través de los proyectos, a los entes u
organismos nacionales, estadales y municipales en función de las políticas y
objetivos estratégicos de la Nación, expresados en los respectivos Planes Anuales;
además coordinar, controlar y evaluar su ejecución.
El Proyecto Presupuestario será la expresión sistematizada de un
conjunto delimitado de acciones y recursos que permiten, en un tiempo
determinado, el logro de un resultado específico para el cual fue concebido. Este
resultado puede estar dirigido a satisfacer las necesidades y demandas de la
población o mejorar los procesos y sistemas de trabajo de la Institución o del
sector público en su conjunto. Representa la categoría presupuestaria de mayor
nivel en la asignación de los recursos financieros públicos.
Las Acciones Centralizadas todo uso de los recursos reales y financieros
que no es posible definir en términos de proyectos, por no poder asociarse
directamente a un único proyecto, pero que son necesarios para garantizar el
funcionamiento de las instituciones públicas, así como el cumplimiento otros
compromisos del estado. Se constituye como una categoría presupuestaria al
mismo nivel de los proyectos.
Las Acciones Específicas se definen en el proyecto como las operaciones
concretas, suficientes, medibles y cuantificables anualmente, necesarias para
lograr el resultado esperado. En la acción centralizada detallan las actividades que
realiza la institución en pro de su funcionamiento, así como el cumplimiento de
otros compromisos del estado.
Así mismo, la Oficina Nacional de Presupuesto. (2007, Febrero 11).
[Página Web en línea]. Disponible: http://www.onapre.gov.ve [Consulta: 2007,
Febrero 11]. Define:
Plan: es un instrumento de Gestión que de apoyo a la acción pública, que
contiene directrices a seguir: áreas estratégicas, programas, proyectos, recursos y
sus respectivos objetivos y metas, así como la expresión financiera para
acometerlas.
Presupuesto: es la expresión financiera para apoyar la ejecución de las
acciones contempladas en los Planes Operativos.
Según la Ley de Planificación, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria
Nº 5.554 de fecha 13 de Noviembre de 2001, en su Título IV, se definen a los
planes de la siguiente manera:
Plan Operativo Anual Nacional: El Plan Operativo Anual Nacional
define los programas y proyectos estratégicos que llevará a cabo el Ejecutivo
Nacional.
El Plan Estadal de Desarrollo: expresa las directrices de gobierno de
cada uno de los estados, para el período de cuatro años de gestión. En su
formulación deberá tomarse en consideración lo dispuesto en las líneas generales
del plan de desarrollo económico y social de la Nación, en el Plan Nacional de
Desarrollo y en el correspondiente Plan de Desarrollo Regional.
El Plan Municipal de Desarrollo: El Plan Municipal de Desarrollo expresa
las directrices de gobierno de cada uno de los municipios, para el período de cuatro
años de gestión. En su formulación debe tomarse en consideración lo dispuesto en las
líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación, en el Plan
Nacional de Desarrollo, en el Plan de Desarrollo Regional y el Plan Estadal de
Desarrollo respectivo.
Definición Operacional
Objetivo
General
Objetivos
Específicos
Variable Dimensión Indicador
Describir
como a través
de la
implementació
n de la nueva
técnica
presupuestaria
por proyectos,
se puede lograr
una mayor
vinculación
entre Plan y
Presupuesto.
1.- Identificar la
simplificación de
la estructura
presupuestaria.
2.- Visualizar las
variables
requeridas para la
toma de
decisiones en
todas las etapas
del proceso
presupuestario.
3.- Identificar los
elementos que
permiten lograr la
vinculación Plan-
Presupuesto
Presupuesto por
Proyectos
Proyecto
Presupuestario
- Acciones
Centralizadas
- Acciones
Específicas
Plan y
Presupuesto
Planes - Plan Operativo
Anual Nacional
- Plan Estadal de
Desarrollo
- Plan Operativo
Municipal de
Desarrollo.
CAPITULO IV
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones
• El presupuesto constituye un importante instrumento de gestión pública que
debe reflejar los lineamientos de acción propuestos por el ejecutivo nacional,
de allí su vinculación con los lineamientos generales del plan de la nación.
• La elaboración del plan operativo anual debe ser cada vez más la expresión
de un conjunto de prioridades que permitan orientar la acción gubernamental.
• Las complejidades y las formas del aparato del estado venezolano, en
particular su rigidez burocrática, requieren adaptarse a los nuevos tiempos y
planes establecidos por el actual gobierno, por tal razón se formúla la
necesidad de dar un salto cualitativo en términos de avanzar hacia la
formulación de un presupuesto por proyecto que haga más eficaz la labor
gubernamental del todavía aplicado presupuesto por programas.
• Con la implementación de la nueva técnica presupuestaria por proyecto se
puede lograr una mayor vinculación entre el plan nacional de desarrollo
económico y social de la nación y subsecuentemente con los planes operativos
anuales, ya que la misma permite distribuir y asignar recursos a través de
proyectos a los entes u organismos nacionales, estadales y municipales, lo
que permite al ejecutivo nacional cubrir gran parte de las necesidades de la
población y los objetivos establecidos en su plan de gobierno.
• Se pudo determinar que la simplificación de la estructura presupuestaria del
presupuesto por proyecto en comparación con la estructura del presupuesto
por programa, es de tres categorías presupuestarias, con el fin de buscar una
mayor eficiencia y eficacia, mayor control y evaluación y una gran
vinculación de los órganos ejecutores del mismo.
• Como consecuencia de la implementación de esta nueva estructura
presupuestaria se pueden establecer responsables directos de la ejecución de
lo proyectos aprobados.
• La simplicidad de la nueva estructura presupuestaria hace que la
participación ciudadana a través de las contralorías sociales sea aun mayor,
ya que gozan de un instrumento presupuestario lo suficientemente entendible
para que cualquier persona pueda observar, evaluar y entender la lógica y la
relación existente entre las obras ejecutadas y los recursos asignados a los
mismos, lo que nos conlleva a facilitar la gestión pública y la medición de los
objetivos logrados por los entes ejecutores.
• La simplificación de las categorías programáticas hace mas susceptible y
efectiva a la evaluación y control por parte del estado y de las contralorías
sociales a los proyectos aprobados , ejecutados o en procesos de ejecución ,
debido a que mediante las acciones centralizadas y las acciones especificas, se
determina los recursos necesarios para cada categoría presupuestaria, se hace
mas factible el control y ayuda a la flexibilidad de los planes de la nación y a
la toma oportuna de decisiones.
• Actualmente esta técnica presupuestaria, no ha dado los resultados necesarios
para lograr una mayor evaluación cuantitativa de su desempeño, ya que su
aplicación no ha sido de forma total en la administración pública para tener
una medición macro del impacto que pudo haber causado en la economía
nacional, pero si se puede medir como va la gestión en la aplicación de esta
nueva técnica y la administración de los recursos asignados a los organismos
o entes adscritos a la administración publica central, mediante la ejecución de
los proyectos y obras presentados por los mismos y la relación existente entre
lo ejecutado y lo gastado.
• Debido a que esta nueva técnica presupuestaria, es nueva para nuestra
economía, ya que durante los últimos 42 años se estuvo aplicando la técnica
del presupuesto por programa, las expectativas en cuanto a los resultados
esperados son muy positivas, pero a su vez se tiene previsto los posibles
errores que puedan aparecer en la aplicación del mismo los cuales serán
corregidos en la marcha, ya que cualquier atraso implicaría un retraso en los
planes y proyectos presentados por el ejecutivo nacional en pro del desarrollo
endógeno y social de la nación.
Recomendaciones
Dirigido a:
La Administración Pública:
• Se debe entrenar, dictar charlas y demás información que ayude al difundir el
conocimiento de esta nueva técnica presupuestaria, tanto a los funcionarios
responsables de la planificación, ejecución, control y evaluación, como al
público en general, para que la aplicación de la misma sea de conocimiento
nacional, disminuyendo así los errores inherentes al desconocimiento del
tema.
• Velar por que la implantación y ejecución de esta nueva técnica este
sustentada y se cumpla con los lineamientos establecidos en el marco legal
que la regula.
• Extender la implementación de esta técnica a toda la administración pública
nacional, con el objeto de llevar a cabo y cumplir a cabalidad con los
objetivos establecidos en el plan de la nación.
A las Universidades e Instituciones:
• El sistema presupuestario venezolano se encuentra en un proceso de
evolución, y a la par de ello, el profesional de la contaduría pública debe
también evolucionar a fin de no quedar rezagado ante los cambios, por
ello se recomienda tomar en cuenta la materia presupuestaria como factor
importante en la formación del profesional de la Contaduría Pública.
• Utilizar el estudio como guía metodológica a estudiantes y profesionales
del área.
• Divulgar los cambios en materia presupuestaria, con el fin de fortalecer el
conocimiento de los profesionales egresados.
REFERENCIAS
Avila, H. (2002). Análisis del Sistema de Gestión y Control de las Finanzas Públicas
en Venezuela. Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”. Barquisimeto.
Arrieche, (2005). Aspectos Conceptuales sobre “El Presupuesto Por Proyectos” a
emplear en La Ley De Presupuesto del 2006, Monografía. Ballestrini, M. (1997). Como se elabora un proyecto de investigación. 2da edición.
BL Consultores Asociados. Servicio Editorial. Caracas. Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial N°
36.860. 1999. Caracas. Fudeco, Presentación Nueva Técnica para la Formulación del Presupuesto por
Proyectos, (2006) Barquisimeto. Hernández, R y otros. (1991). Metodología de la investigación. México: editorial Mc
Graw-Hill Interamericana de México, S.A. de C.V. Hernández, S y otros (1998). Metodología de la investigación. México: editorial Mc
Graw- Hill Interamericana de México, S.A. de C.V. Jiménez, M. (2005). Diseño de una metodología para la elaboración del
Presupuesto Participativo en el Municipio Iribarren del Estado Lara. Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”. Barquisimeto
Ley Orgánica de la Administración Pública. Gaceta Oficial Nº 37.305. 2001.
Caracas. Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público. Gaceta Oficial Nº
37.029. 2000. Caracas. Ley Orgánica de Planificación. Gaceta Oficial N° 5.554 Extraordinario. 2001.
Caracas. Oficina Nacional de Presupuesto. (2007, Febrero 11). [Página Web en línea].
Disponible: http://www.onapre.gov.ve [Consulta: 2007, Febrero 11].
Pérez, E. (1999). Las características del Presupuesto como Instrumento de Planificación del Sector Público - caso- Instituto Universitario Experimental de Tecnología Andrés Eloy Blanco de Barquisimeto.
Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector
Público. Gaceta Oficial Nº 5.592 Extraordinario. 2002. Caracas. Sabino, C. (1995). El Proceso de Investigación. Caracas. Editorial Panapo. Universidad Experimental Pedagógica Libertador, Vice-rectorado de Investigación y
Post-grado. (1998). Manual de trabajos de Grado de Especialización, Maestría y Tesis Doctorales. Barquisimeto. Autor.
Anexos
Anexo A
Glosario de Términos
Ámbitos de Programación: Es la agrupación de centros de gestión productiva, bien sea a nivel institucional, sectorial o regional. Acción Operacional: Micro proceso de producción que culmina en un producto primario e indivisible. Acción de Regulación: Es una norma cuyo propósito o resultado es regular los comportamientos externos a la institución y tiene como condicionante una o varias acciones operacionales. Acción Presupuestaria: Tipo especial agregado o combinado de acciones operacionales cuyos insumos y productos son definibles y perfectamente diferenciales de otros recursos y productos pertenecientes a otras relaciones de insumo producto. Actividad: Es aquella cuya producción es intermedia, es condición de uno o varios productos terminales o intermedios. Actividad Específica: Categoría programática cuya producción es exclusiva de una producción terminal y forma parte integral del programa, subprograma o proyecto que la expresa. Actividad Central: Categoría programática cuya producción condiciona a todos los productos de la red de acciones presupuestarias de una institución o sector y no es parte integrante de ningún programa o subprograma. Actividad Común: Tiene todas las características de una actividad central, salvo que condiciona dos o mas programas, pero no a todos los programas de la institución o sector. Ajustes a los Créditos por Reducción de Ingresos: Es una modificación presupuestaria mediante la cual se anulan total o parcialmente los créditos no comprometidos acordados a programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, especificas y subespecificas de la Ley de Presupuesto. Estas reducciones a los créditos se originan cuando se evidencia una disminución de los ingresos previstos para el ejercicio fiscal.
Acciones Centralizadas: Son aquellas que no es posible definir en términos de proyectos, pero necesarias para garantizar el funcionamiento de las Instituciones Publicas, así como el cumplimiento de otros compromisos del Estado. Sus recursos no son directamente asociables a un único proyecto. Se constituye como una categoría presupuestaria al mismo nivel de los proyectos. Acciones Específicas: Es la determinación cualitativa y cuantitativa del bien, servicio o indicador que se espere obtener. Condiciones de Posibilidad: Los productos deben ser perfectamente definibles y diferenciarles de otros productos pertenecientes a otras relaciones de insumos producto. Condición de Relevancia: El producto presupuestario requiere de un centro de gestión productiva de suficiente relevancia dentro de la red de acciones presupuestarias de una institución al cual resulte eficiente la asignación formal de recursos. Centro de Gestión Productiva: Es el centro de planificación, combinación y asignación formal de recursos en función de una producción previsible. Centro de Gestión Productiva Diversificado: Es aquel que por razones de economías de escala de producción, tiene bajo una misma organización formalmente individida o de mínimo nivel, varios procesos productivos diferenciados y, en consecuencia produce diversos tipos de bienes o servicios. Centro de Gestión Productiva Especializado: Es aquel donde solo se lleva a cabo un proceso productivo homogéneo, en razón de que así lo permitan las economías de escala. Créditos Adicionales: Son incrementos a los créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, especificas y subespecificas que expresamente señalen en la Ley de Presupuesto y la Distribución General de cada año. El Ejecutivo Nacional, al tramitar la modificación presupuestaria en referencia, debe demostrar que el Tesoro Nacional dispondrá de los recursos para atender la erogación. Insumo: Recursos humano, material, equipo o servicio que se requiere para el logro de un producto, expresado en unidades físicas o en su valoración financiera.
Insubsistencia o anulaciones de créditos: Es una modificación presupuestaria mediante la cual se anulan, total o parcialmente, los créditos no comprometidos acordados a programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, especificas y subespecificas de la Ley de Presupuesto; constituye una de las modificaciones que provoca rebaja a los créditos del presupuesto de gastos. Producto: Bien o servicio que surge como un resultado, cualitativamente diferente, de la combinación de insumos que requiera su producción. Política: Desde el punto de vista presupuestario, queda reservado para aquellos aspectos que trasciende la esfera interna de la institución y se refiere a cuestiones básicas de la sociedad. Presupuesto Tradicional: El fundamento del presupuesto tradicional es la asignación de los recursos tomando en cuenta, básicamente, la adquisición de los bienes y servicios según su naturaleza o destino, sin ofrecer la posibilidad de correlacionar tales bienes con las metas u objetivos que se pretenda alcanzar. Es solo un instrumento financiero y de control. Por otra parte, la metodología de análisis que emplea es muy rudimentaria, fundamentándose mas en la intuición que en la razón, es decir, que las acciones que realizan las diferentes instituciones no están vinculadas a un proceso consciente y racional de planificación. Otra desventaja que ofrece el método tradicional es que los usuarios del documento presupuestario, no dispone de la información suficiente que le permita observar en que se utilizan los ingresos que se recaudan por los diversos conceptos. Presupuesto por Programas: Aparece para dar respuesta a las contradicciones implícitas en el Presupuesto Tradicional y en especial para que el Estado y las instituciones que lo integran dispongan de un instrumento programático que vincule la producción de los bienes o servicios a alcanzar con los objetivos y metas previstas en los planes de desarrollo. Presupuesto Base Cero: Esta técnica presupuestaria es de reciente data. Comienza a utilizarse a partir de 1973 en lagunas entidades federales del gobierno Norteamericano, la nueva metodología pretende determinar si las acciones que desarrollan los diferentes órganos que conforman el Estado son eficientes. Si se deben suprimir o reducir ciertas acciones con el fin de propiciar la atención de otras que se consideran más prioritarias.
Proyecto: Es la expresión sistematizada de un conjunto delimitado de acciones y recursos que permiten, en un tiempo determinado, el logro del resultado específico para el cual fue concebido el proyecto. Presupuesto por Proyecto: Será un instrumento para asignar y distribuir los recursos públicos a través de proyectos, a los entes u organismos nacionales, estadales y municipales en función de las políticas y objetivos estratégicos de la Nación, expresados en los respectivos Planes anuales; además coordinar, controlar y evaluar su ejecución. Proyecto Presupuestario: Será la expresión sistematizada de un conjunto delimitado de acciones y recursos que permiten, en un tiempo determinado, el logro de un resultado especifico para el cual fue concebido. Este resultado puede estar dirigido a satisfacer las necesidades y demandas de la población o mejorar los procesos y sistemas de trabajo de la Institución o del sector público en su conjunto. Representara la categoría presupuestaria de mayor nivelen la asignación de los recursos financieros públicos. Relación Insumo Producto: Relación técnica que expresa la combinación de diversos insumos en cantidades y calidades adecuadas y precisas para obtener un producto. Relación de Condicionamiento: Relación técnica por la cual determinados productos condicionan y a la vez, son condicionados por la producción y características de otros. Red de Producción: Una de las formas en que se establecen las relaciones de condicionamiento entre todos los productos dentro de un determinado ámbito presupuestario. Responsable de la Acción Presupuestaria: Es el funcionario designado por autoridad competente para gerenciar en forma integral una acción presupuestaria. Red de Acciones Presupuestaria: Es una de las formas en las que se establece el condicionamiento entre los productos de todas las acciones presupuestarias dentro de un determinado ámbito presupuestario. Rectificaciones : Son incrementos de créditos que se acuerdan a los programas, subprogramas, obras, partidas y subpartidas, genéricas, especificas y subespecificas
de los organismos ordenadores de compromisos y pagos, para gastos necesarios no previstos o que resulten insuficientes. La fuente de financiamiento es la partida Rectificaciones al Presupuesto, previstas en la Ley de Presupuesto anual; por ello, el uso de esa partida aumenta los créditos del organismo, pero no al total de las asignaciones acordadas en dicha Ley. Reprogramación de contrato de obras: Consiste en la posibilidad de asignar a Nuevos Contratos los créditos destinados a Contratos Vigentes, siempre y cuando se demuestre que no existen pagos pendientes por trabajos ya ejecutados. Reprogramaciones: Las reprogramaciones están referidas a las variaciones de la Programación de la Ejecución Física-Financiera del Presupuesto de Gastos, aprobada por la Oficina Nacional de Presupuesto y la Tesorería Nacional, por tal motivo los cambios que se suceden en la misma deben ser informados a dichos organismos a los fines de la evaluación y aprobación correspondiente. La reprogramación puede ser consecuencia de los cambios necesarios en el ritmo de ejecución del presupuesto para obtener determinadas metas. Cuando las reprogramaciones son consecuencia de modificaciones aprobadas de los créditos presupuestarios anuales y se requiere variar las cuotas del trimestre en ejecución, los cambios que se suceden en la misma deben ser solicitados al Comité de Coordinación de Programación de la Ejecución a los fines de su evaluación y aprobación correspondiente. Unidad Ejecutora: Unidad administrativa responsable en forma total o parcial de la gestión a nivel de una acción presupuestaria. Unidad Coordinadora: Es una unidad administrativa que además de reunir los requisitos de una unidad ejecutora, es responsable de planificar en forma integral, la gestión productiva que se lleva a cabo en una acción presupuestaria. Sistema de Planteamiento-Programación-Presupuestacion (PPBS): La otra forma que se ha utilizado para presupuestar dentro del sector publico, ha sido la conocida como Planeacion-Programación-Presupuestacion (PPBS), empleada originalmente por los Estados Unidos de Norteamérica como una manera de disponer criterios efectivos para la toma de decisiones, en la asignación y distribución de los recursos tanto físicos como financieros en los diferentes organismos públicos. Traspasos de Créditos: Consiste en una reasignación de créditos presupuestarios entre partidas y subpartidas genéricas, específicas y subespecificas de un mismo
programa o distintos programas que no afectan el total de los gastos previstos en el presupuesto. Tecnología Institucional de Producción: Está conformada por la relación de condicionamiento que se establece entre las diversas acciones presupuestaria. Tecnología del Centro de Gestión Productiva: Este tipo de tecnología viene dada por la combinación en cantidad, calidad y naturaleza de los insumos que se requieren para lograr la producción.
Top Related