Reglamento Interno
Institución Educativa Nº 6027
Rudy Echegaray Fajardo
UGEL 01 SJM
2015
MINISTERIO DE EDUCACIÓNINSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 6027
PUNTA NEGRAUGEL 01 - SAN JUAN MIRAFLORES
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2014
Punta Negra, enero del 2014
Visto el proyecto de la Comisión de Reglamento Interno y aprobado por la asamblea de todos
los actores Educativos y el visto bueno del CONEI.
CONSIDERANDO:
Es política de la Institución Educativa Nº 6027 cumplir con lo dispuesto por la superioridad, con
la finalidad de poner los parámetros para lograr una gestión de acuerdo con la realidad local.
De conformidad con la disposición legal vigente y amparada en la Ley General de Educación
N°. 28044, D.S. N° 009-05-ED, Reglamento de gestión del sistema Educativo, DS. N° 013-04
Reglamento de Educación Básica Regular, RM. N° 068-05-ED. del Diseño Curricular Nacional
de la Educación Básica Regular, Directiva N°.004-VMGP-05, Normas de Evaluación del
aprendizaje en Educ. Primaria, Directiva N° 16-04-VMGP. Normas para el cumplimiento el DS.
N° 065-03 de Supervisión de horas efectivas, RM. Nº 0494-07, Actividades Educativas 2009,
DS. 019-90-ED, Reglamento de la ley del profesorado, Ley del profesorado N°. 24029-25212,
DL. N° .276, R.M. 574-ED-94-ED, Del control y Asistencia del personal, DS. 008-06-ED.Del
Seguimiento y control de labor docente, DS. N° 025-06-ED. de Evaluación Censal de Docentes
de Educ. Básica Regular y alumnos del segundo grado primaria, RM. N°.0386-06-ED. del plan
lector, Ley N° 28740-06 del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación y Certificación en
calidad Educativa, Ley N° 28628-06 y DS. N° 004-06-ED. Reglamento de ley que regula la
participación de las asociaciones de padres de familia en las Instituciones Educativas. D. S. Nº
011-07-ED. Modificación de la Ley del profesorado, R.VM.014-07-ED.de la aplicación del
Plan lector.RM. Nº 084-07-ED. Campaña nacional por el respeto a la puntualidad.
SE RESUELVE:
ART. 1º: Aprobar el Reglamento Interno presentado por la Comisión, aprobado por la
Asamblea de todos los actores educativos y con el visto bueno del CONEI.
Art. 2º: Elevar a la UGEL 01, para su visación respectiva y aprobación.
Art. 3°.-Publicar y Comunicar el cumplimiento estricto de todo el contenido y dejar sin efecto
a cualquier norma que se opongan al presente.
COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE
DIRECTOR DE LA I.E Nº6027
“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”
Punta Negra, enero del 2014.
OFICIO Nº 001 – 2014- D.I.E.R. E.F. UGEL 01
SEÑORA:LUCY ESTHER BARRERA MACHADODIRECTORA DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL Nº 01
Presente.-ASUNTO: REMITO EL REGLAMENTO INTERNO 2014 DE
LA INSTITUCION EDUCATIVA Nº 6027-PUNTA NEGRA
Es grato dirigirme para saludarle y asimismo para informarle a Ud. Señora
Directora que remito el REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCION
EDUCATIVA Nº 6027 Punta Negra, que corresponde al año 2014.
Es todo cuanto tengo que informarle, es propicia la oportunidad para manifestarle las
muestras de mi especial consideración y estima personal.
Atentamente
------------------------------------------------------------LUIS ARMANDO RODRIGUEZ HERRERA
DIRECTOR
MINISTERIO DE EDUCACIONUNIDAD DE GESTION EDUCATIVA
LOCAL 01
INTRODUCCIÓN
La Educación actual es una acción que tiene como finalidad la formación integral del
educando. Los que tenemos la responsabilidad de llevar adelante este propósito,
tenemos funciones específicas, las mismas que debemos conocerlas, estudiarlas y
llevarlas a la práctica con marcada vocación social.
El presente documento se ha elaborado de manera conjunta, participativa y aprobada en
Asamblea, con el personal Docente, Administrativas, Directivo, APAFA y Alumnos.
El Reglamento Interno regula el funcionamiento organizado de todos los estamentos del
quehacer educativo de nuestra Institución: Administración Académica como planes,
dentro de las normas oficiales.
Se espera que este documento sirva y contribuya de manera eficaz en la consolidación
de aquellos propósitos establecidos por el plantel.
CAPITULO I: BASES LEGALES R.M. Nº 341 – 2009 - ED
El presente Reglamento se basa en el Ideario de la I.E., 6027 “CAP FAT RUDY
ECHEGARAY FAJADO” – PUNTA NEGRA las disposiciones legales vigentes que
norman el desarrollo de la educación nacional:
1. Constitución Política del Perú de 1993.
2. Ley N° 28044 Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes 28123,
28302 y 28329.
3. Ley 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su modificatoria por
Ley 26510.
4. D.S. 009-2006-ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación
Básica y Educación Técnico Productiva
5. Ley 27444 Ley General de Procedimientos administrativos.
6. Ley 24029 y su Modificatoria Ley 25212. Ley del Profesorado.
7. Ley 27815 Ley del Código de Ética.
8. Ley 27911 y Ley 27942 Medidas extraordinarias para personal docente o
administrativo implicados en delitos de violación sexual y Prevención y sanción
del hostigamiento sexual.
9. Ley 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la Calidad Educativa.
10. Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial
11. D.S. 018-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley 28740, Ley del
Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad
Educativa.
12. D.S. 19-90-ED. (Reglamento de la Ley del Profesorado) y su modificatoria D.S.
011 2007-ED.
13. D.S. 017 2004 ED Estatuto del Colegio de Profesores del Perú.
14. D.S. 020 2004 ED Modifica el Estatuto del Colegio de Profesores del Perú.
15. Ley 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio público
esencial.
16. D.S. 013-2004-ED, que aprueba el Reglamento de Educación Básica Regular.
17. D.S. 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, modificado por el D. S. 016-2007-ED y el D. S. 001-
2008-ED.
18. R.M. 0234-2005-ED que aprueba la Directiva 004-VMGP-2005 ED. Sobre
Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en Educación Básica Regular.
19. R. M. 523-2005-ED, que declara el 16 de octubre de cada año, como el Día de la
Educación Inclusiva.
20. R.M. 0526-2005-ED, Instituye los Juegos Florales Escolares como actividad
educativa de la Educación Básica Regular.
21. R.M. 0425-2007-ED, que aprueba las Normas para la Implementación
Simulacros en el Sistema Educativo, en el Marco de la Educación en Gestión de
Riesgos.
22. R.M. 0069-2008-ED, Aprueban la Directiva “Normas para la matrícula de niños,
niñas y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del
sistema educativo en el marco de la Educación Inclusiva”.
23. R.V.M. 0022-2007-ED, que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la
Convivencia y Disciplina Escolar, el uso Adecuado del Tiempo y la Formación
Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y
Programas de la Educación Básica”.
24. R.M. 084-2007-ED. Directiva que norma la campaña nacional por el respeto y la
puntualidad.
25. R.M. 440-2008-ED, que aprueba el documento “Diseño Curricular Nacional de
Educación Básica Regular”, como resultado del proceso de revisión,
actualización y mejoramiento.
26. Ley 29409, Ley de Paternidad.
27. R.M. Nº 0431-2012-ED. Directiva para el inicio del Año Escolar 2013: directiva
N° 014-2012-MINEDU/VMGP Normas y Orientaciones para el desarrollo del
año escolar 2013 en la Educación Básica.
28. Directiva N° 087-2013/ DUGEL 01/AGP/EEBR “Orientaciones específicas para
la finalización del año escolar 2013 en las instituciones y programas educativos
públicos y privados de educación básica del ámbito de la UGEL 01- SJM”
29. Ley Nº 29944, ley de la Reforma Magisterial
30. Marco del Buen Desempeño Docente
31. Ley Nº 29719 “Convivencia sin violencia” y su Reglamento D.S. Nº 010-2012-
ED, RM N° 0519-2012-ED Resolución que aprueba la Directiva Nº 019-2012-
MINEDU/VMGI-OET denominada “Lineamientos para la prevención y
protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de
las Instituciones Educativas, Ley del Código de Ética y Función Pública.
CAPITULO II: PRINCIPIOS Y FINES
PRINCIPIOS:
ARTÍCULO 1º El presente Reglamento está basado en los principios de la
Democracia Social, siendo la Educación el elemento fundamental
para el pleno desarrollo de la personalidad del Estudiante de la
Institución Educativa Nº 6027.
ARTÍCULO 2º La tarea Educativa, es responsabilidad fundamental del Estado;
por consiguiente, vela por la optimización de los materiales y
bienestar de los Educandos y Educadores.
ARTÍCULO 3º La tarea Educativa, no sólo requiere de la participación del
personal Directivo, Docente, Administrativo; sino también de la
APAFA, Estudiantes y Comunidad en General.
ARTÍCULO 4º El Mejoramiento de la calidad educativa depende de la
actualización del currículum, de las condiciones materiales y
espirituales del Educando y del Educador.
ARTÍCULO 5º Durante el quehacer educativo, el Docente realiza tareas
formativas, es decir valores que tienden a delinear la personalidad
patriótica y humana del Educando.
ARTÍCULO 6º El conocimiento y la práctica del presente Reglamento es
importante, por todos los actores de la educación para el logro
de los objetivos educacionales propuestos.
FINES:
Los estudiantes deberán regirse por cada una de las normas que se de en este
reglamento, lo cual les servirá como una guía para su accionar dentro de la I. E.
Rudy Echegaray Fajardo.
Propiciar en los educandos la práctica de valores que les permita ejercer una
correcta ciudadanía, además de desarrollar actividades laborales y económicas
que les faciliten materializar su proyecto de vida y así contribuir al desarrollo
del país.
Incentivar en los padres de familia y en los estudiantes la responsabilidad
educativa inherente a cada una de ellos.
Orientar a los estudiantes a descubrir sus preferencias vocacionales e incentivar
su espíritu de superación.
Formación integral de los estudiantes en los aspectos cognitivos, éticos, morales
y religiosos
CAPÍTULO III: OBLIGATORIEDAD Y MODIFICACIÓN DEL
REGLAMENTO.
ARTÍCULO 7º El Reglamento es un instrumento normativo, que establece las
pautas básicas para la organización y funcionamiento de la
Institución Educativa Nº 6027, a fin de cumplir con los
objetivos establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.
.
ARTÍCULO 8º Todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados
a respetar y cumplir el presente Reglamento.
ARTÍCULO 9º Los Agentes que constituyen la Comunidad Educativa son:
a.- El Director.
b.- El Personal Docente.
c.- Personal Administrativo de Servicio.
d.- Estudiantes en General.
e.- Padres de Familia.
ARTÍCULO 10º El presente Reglamento tendrá vigencia desde el momento de la
aprobación hasta el último día del mes de Diciembre del 2014;
fecha en que será ratificado, ampliado o aprobado en Asamblea
de los actores Educativos de la Institución Educativa.
CAPÍTULO IV: DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS Y
MIEMBROS QUE LO INTEGRAN.
ÓRGANO DE DIRECCIÓN:
ARTÍCULO 11º El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa;
es el responsable de la organización, programación, desarrollo,
conducción y control de todas las acciones técnico-
pedagógicas, administrativas y diversos servicios que brinda la
Institución Educativa en coordinación con el CONEI.
.
DEBERES Y DERECHOS DEL DIRECTOR
ARTÍCULO 12º.- DEBERES:
a) Planificación y Organización.
1. Representar legalmente a la Institución.
2. Elaborar el PEI. y el PATMA, con participación de la
Comunidad Educativa.
3. Elaborar el Reglamento Interno de la Institución Educativa,
con participación de la Comunidad Educativa.
4. Presidir todas las reuniones relacionadas con la Institución
Educativa.
5. Formular el Cuadro de Necesidades, Bienes y Servicios de la
Institución Educativa.
6. Formular el Presupuesto de la Institución Educativa.
7. Suscribir Convenios y Contratos con fines educativos.
8. Brindar y organizar actividades de capacitación y actualización
docente.
9. Conformar las Coordinaciones Generales Académicas y
Tutoría, así como los Profesores de Turno.
10.-Autorizar la evaluación de recuperación
11.-Aprobar la exoneración del Área de Educ. Religiosa y Educ.
Física.
12.-Conformar los coordinadores académicos por ciclos.
13.-Conformar el comité de evaluación del personal.
b) Académico.
1. Organizar, supervisar y evaluar las actividades pedagógicas.
2. Velar por el logro de los servicios Educativos.
3. Autorizar la evaluación de convalidación y revalidación.
4. Aprobar la exoneración del Área de Educ. Religiosa y de
Educación física, la parte práctica.
5. Seleccionar a la Comisión de Docentes responsables del
Programa Vacacional: Recuperación, Nivelación, Adelanto
Académico, quienes se regirán según normas vigentes.
6. Aprobar el programa curricular, el sistema de evaluación de
los estudiantes y el Calendario Cívico Escolar, según normas
vigentes.
7. Autorizar Visitas de Estudio y Excursiones, dentro de la
Jurisdicción del Territorio Nacional, de acuerdo a las normas
establecidas.
8. Estimular y organizar la participación de los Estudiantes en
Eventos Deportivos y Culturales, convocado por Estamentos
Superiores.
9. Planifica y conforma la comisión del componente “Gestión
escolar” con la finalidad de asegurar los aprendizajes
fundamentales según los lineamientos de Marco Del Buen
Desempeño Docente.
10. Conformar los coordinadores académicos por ciclo y Tutoría
General.
11. Orientar al CONEI para los fines de una convivencia pacifica
de los estudiantes de acuerdo al artículo 7 de la ley 29719,
Ley ANTIBULLYING.
c) Disciplinarios
1. Fomentar las buenas relaciones entre todos los miembros de
la Institución: Docentes, Estudiantes y Padres de Familia.
2. Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo, el mérito
individual y colectivo, al personal docente y administrativo.
3. Velar por el buen trato de los estudiantes dentro y fuera de la
Institución Educativa.
4. Estimular o sancionar a los estudiantes, según sea el caso, de
acuerdo al presente Reglamento Interno.
5. Llamar la atención verbalmente o por escrito, por el
incumplimiento de las funciones. En caso de falta grave, se
aplicará la sanción correspondiente según normas
establecidas.
6. El director junto al CONEI acordarán la sanción
correspondiente que se le aplicará al estudiante que se
determine responsable de violencia o acoso a otro estudiante,
según lo establecido en el artículo 7 de la ley 29719, Ley
ANTIBULLYING.
7. Velar por el cumplimiento del Reglamento Interno.
8. Toda medida disciplinaria, debe ser comprobada y con
derecho a defensa.
d) Administrativos.
1. Cumplir y hacer cumplir las horas pedagógicas asignadas a
cada miembro de la comunidad educativa.
2. Dirigir, supervisar y evaluar las actividades.
3. Organizar el proceso de Matrícula, autorizar traslados y
exoneraciones de Áreas.
4. Expedir Certificados de Estudios.
5. Matricular de Oficio al menor abandonado y poner el caso en
conocimiento de las autoridades correspondientes.
6. Condicionar la matrícula del estudiante mediante la firma de
un acta de compromiso de sus apoderados en el caso reincida
en violencia o acoso a otro estudiante, según lo establecido en
el artículo 7 de la ley 29719, Ley ANTIBULLYING.
7. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los
educandos en documentos oficiales, pedagógicos y
administrativos, según normas vigentes.
8. Aprobar nóminas, actas y elevarlas al órgano correspondiente.
9. Otorgar licencias según dispositivos legales vigentes de
acuerdo al Sub. Capítulo VI articulo 181 de la Ley N° 29944,
Ley de la Reforma magisterial, al personal a su cargo,
siguiendo las indicaciones de las normas establecidas.
10. Otorgar permisos según dispositivos legales vigentes de
acuerdo al Sub. Capítulo VIII articulo 198 de la Ley N°
29944, Ley de la Reforma magisterial, al personal a su cargo,
siguiendo las indicaciones de las normas establecidas.
11. Administrar la documentación de la Institución Educativa.
12. Presidir la Comisión de Licitación del cafetín y otros
concesionarios.
13. Autorizar el uso eventual de los ambientes y equipos de la
Institución Educativa por otras instituciones para fines
educativos y culturales.
14. Velar por la correcta administración de fondos y recursos de
la Institución Educativa, dando cuenta de ello en las reuniones
que se programen para este fin.
15. Ordenar que las Asambleas se realicen con los Libros de
Actas, respetando las estaciones que comprende la sesión.
16. Difundir el presente Reglamento a toda la Comunidad
Educativa.
17. Conformar el Comité de Gestión de Recursos Financieros.
18. Conformar el Consejo Educativo Institucional.
19. Conformar el Comité Especial de Evaluación del personal
nombrado y contratado de la Institución Educativa, tendrá
vigencia desde el mes de Enero hasta fines del mes de
Diciembre del 2014.
ARTÍCULO 13.- DERECHOS.
1. Recibir un trato justo y adecuado de parte de los Docentes,
Estudiantes y Padres de Familia.
2. Participar en la formación, ejecución de los planes estratégicos de
la Institución Educativa.
3. Realizar sus funciones dentro del marco Institucional.
4. Recibir del Estado, permanente Capacitación Institucional.
5. Gozar de Vacaciones Anualmente.
ÓRGANO DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL. (CONEI)
ARTÍCULO 14º ASPECTOS DE PARTICIPACIÓN.
1. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del
Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo
de la mejora de los aprendizajes, Reglamento Interno,
Proyecto Curricular de Institución Educativa y demás
instrumentos de Gestión.
2. Promover mecanismos y modelos de participación de
los actores educativos de la Sociedad Civil, contribuir
con un clima de bienestar y liderazgo Institucional.
3. Participar en la elaboración del Cuadro de Distribución
de Secciones y horas de clase de la Institución
Educativa, a través de un representante en la Comisión
respectiva.
4. Fortalecer la organización, funcionamiento y
seguimiento de Círculos de Mejoramiento de la Calidad
de la Enseñanza-Aprendizaje.
5. Proponer acciones concretas de sensibilización en la
Comunidad Educativa, orientadas a la conservación del
local y uso adecuado del mobiliario y equipos de la
Institución Educativa.
6. Proponer a la Dirección, normas de convivencia para el
personal y estudiantes de la Institución Educativa.
7. Velar por el cumplimiento de las Normas de
Convivencia y asumir la defensa y garantía de los
derechos de los integrantes de la comunidad educativa.
8. Participar como veedores de acuerdo a las normas, en la
Evaluación para el Ingreso, Ascenso y Permanencia del
personal docente y administrativo de la Institución
Educativa.
9. Promover eventos académicos, deportivos, culturales
con otras organizaciones juveniles.
10. Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al
personal de la Institución Educativa, según el logro de
objetivos previstos en el Proyecto Educativo
Institucional.
11. Proponer a los Padres de Familia, por medio de su
representante mecanismos para contribuir con la mejora
de la Enseñanza-Aprendizaje. A partir de escuchar a los
estudiantes, mejorando el uso del tiempo con el
propósito del cumplimiento de tareas escolares.
ARTÍCULO 15º ASPECTOS DE CONCERTACIÓN.
1. Promover el establecimiento de vínculos con las
organizaciones e instituciones de la localidad que
potencien el uso de los recursos existentes.
2. Brindar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa
en la resolución de conflictos que se susciten en el
interior de ella.
3. Generar acuerdos que fortalezcan la mejora de la
gestión pedagógica, institucional y administrativa de la
Institución Educativa, priorizando los procesos de
Enseñanza-Aprendizaje, relacionándola con la
comprensión lectora y el pensamiento lógico-
matemático, práctica de valores, formación ciudadana y
el fortalecimiento de una cultura de Derechos y
Deberes.
ARTÍCULO 16º ASPECTOS DE VIGILANCIA.
1. Vigilar la seguridad en el acceso y permanencia de los
estudiantes.
2. Cautelar y vigilar la ejecución del Presupuesto
Participativo Anual de la Institución Educativa y de la
APAFA, en función del Proyecto Educativo
Institucional y el Proyecto Curricular de la Institución
Educativa. El Plan de la APAFA, deberá articularse con
el de la Institución Educativa.
3. Ejercer acciones de vigilancia en el desempeño de los
actores de la Institución Educativa, evitando acciones
externas que afecten el buen funcionamiento de la
Institución Educativa, promoviendo el trabajo digno,
transparente y participación en su evaluación.
4. Supervisar el número de horas efectivas de clases que
reciben los estudiantes, de acuerdo al número de horas
programadas en el Plan de Estudios y el Cuadro de
Distribución de Secciones.
5. Verificar el uso efectivo de horas de clase por
secciones, áreas curriculares, según la secuencia y
contenidos, de competencias del Proyecto Curricular de
la institución.
6. Confirmar la asistencia y puntualidad de los docentes en
el horario de clases, firmando el consolidado de
asistencia mensual.
ARTÍCULO 17º DE LOS COORDINADORES ACADÉMICOS POR CICLOS.
1. Monitorear y asegurar el cumplimiento de las
actividades académicas por grados.
2. Su función es de un año, según acuerdo interno.
ARTÍCULO 18º AREA DE TUTORIA.
1. Ejecutar acciones de manera sistémica y permanente
que propicien la formación en valores, el desarrollo de
habilidades para la vida, la práctica de estilos saludables
y la interrelación con la familia y la comunidad.
2. Favorecer la diversidad de experiencias en l@s niñ@s
aportar al fortalecimiento de su seguridad y autoestima.
3. Asignar a los docentes una hora mínima semanal para la
labor Tutorial en Aula, por su naturaleza no podrá
ocuparse con otras actividades académicas y/o
administrativas
4. El Servicio de Tutoría es ejercicio pleno del Profesor de
Aula.
5. Monitorear y asesorar la acción tutorial en concordancia
con el Plan Anual General de Servicio y el PEI.
CAPÍTULO V DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
ARTÍCULO 19º.- DE LOS TEXTOS:
a) La Dirección de la Institución Educativa tiene la
responsabilidad de garantizar el uso y
conservación de los textos entregados por el
Ministerio de Educación. Estos deberán
encontrarse en las aulas, al alcance de los niños y
niñas, para apoyar los procesos de aprendizaje.
Es importante que los materiales sean objeto de
cuidado y los docentes hagan uso de ellos.
b) El comité de conservación y mantenimiento de los
textos escolares velarán por los textos emitidos por
el Ministerio de Educación. Y los textos del grado
constituirán la base del Banco de Libro (BL). Un
sistema por el cual los estudiantes dispondrán de
los textos que requieran, debiendo devolverlos para
garantizar su permanencia y utilidad continua.
ARTÍCULO 20º RECURSOS MATERIALES:
Todas las adquisiciones a nombre de la Institución Educativa, por
parte de la APAFA, Comité de Aula, donaciones, transferencias
pasarán a ser bienes de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 21º DEL USO, HORARIO E INVENTARIO
a) El Comité de Mantenimiento y Conservación (infraestructura),
será el responsable de registrar todos los bienes adquiridos, que
serán usados en la Institución para fines educativos.
b) El Comité de Mantenimiento y Conservación, normará el
horario del uso y cuidado de los bienes y materiales de la
Institución Educativa.
c) El Comité de Materiales Educativos, tiene la
responsabilidad de hacer un Inventario General de los bienes y
materiales adquiridos a la fecha, al inicio del año escolar y al
finalizar. Así mismo, se entregará con un cargo a tutores, quienes
devolverán igualmente al finalizar el año.
ARTÍCULO 22º.- USO DEL MOBILIARIO Y LOCAL DE LA INSTITUCIÓN
a) El Comité de Infraestructura y Mantenimiento, es el
responsable de fiscalizar el uso correcto del mobiliario y el
local escolar, disponiendo las normas preventivas para el uso
y cuidado de las mismas. En caso de deterioro y pérdida de
dichos bienes, asume la responsabilidad de reposición, el
tutor, el Comité de Aula, Padre de Familia, Madre de Familia,
así como los operarios de la Institución Educativa.
b) Formar el comité del patrimonio de altas y bajas conformado
por el Director, CONEI, APAFA y docente responsable de la
comisión de infraestructura.
CAPÍTULO VI DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO
Y RÉGIMEN ECONÓMICO.
ARTÍCULO 23º DE LOS INGRESOS Y RECAUDACIONES.
a) Constituyen ingresos propios el cobro por certificados,
evaluación académica, evaluación de recuperación, alquiler de
cochera, derecho de trámite documentario y otros que generen
ingresos económicos.
b) La Institución Educativa puede realizar actividades para captar
ingresos económicos:
Actividades productivas según la disponibilidad de
recursos y equipos.
Donaciones y/o Convenios.
c) Los ingresos generados por la Institución Educativa, serán
administrados por un Comité de Gestión de Recursos
Financieros. La cual se regirá según la normatividad
correspondiente.
d) El Comité de Recursos Financieros está conformado por :
El Director
Un representante del Personal Docente
Un representante del Personal Administrativo.
e) Estos miembros serán elegidos en Asamblea de Docentes.
f) Todo ingreso será captado únicamente por tesorería
g) El Tesorero del CRF, llevará el Libro de Caja, según normas
vigentes, informando trimestralmente los ingresos y egresos.
Además de presentar a la UGEL 01 en el mismo periodo.
h) El Director llamará oportunamente a los agentes educativos para
conformar una Comisión de Licitación del cafetín escolar y
fotocopia. Esta Comisión, la conformará:
Presidente (El Director).
Secretario (Un representante de los Docentes)
ARTÍCULO 24º Son funciones del Comité de adjudicación del cafetín Escolar y
fotocopia:
a) Convocar a la Licitación del cafetín y fotocopia.
b) Elaborar, publicar, difundir, vender las bases de la
Licitación D.S.N° 004-06-ED. normas de APAFAS. Y la
Directiva N° 040-05-ME/VMGI-OAAE.
c) Recepcionar y procesar las propuestas de Licitación.
d) Publicar los requisitos de la Licitación.
e) Firmar los Contratos de Adjudicación y demás funciones
de Control Sanitario establecido en la RM: N° 0138-05-
ED.
f) Las personas que participen del proceso de licitación de
cafetín y fotocopia deberán ser de preferencia padres de
familia de la institución.
ARTÍCULO 25º Esta tendrá vigencia de un año calendario y están encargados del
control y mantenimiento del ambiente del Cafetín Escolar y
fotocopiadora en la Institución Educativa.
ARTÍCULO 26º Requisitos para postular a Licitación del cafetín y fotocopiadora:
a) Solicitud en FUT (Formulario Único de Trámite).
b) Certificado de Salud, con vigencia de 3 meses. (Cafetín)
c) Lista de Mobiliario y utensilios básicos de Cocina.
(Cafetín)
d) Lista de Alimentos saludables a expender y precios.
(Cafetín)
e) Declaración Jurada Simple, de no tener parentesco con los
Directivos de la APAFA, Director, Docente y personal de
Servicio.
f) Propuesta en sobre cerrado de las condiciones de Pago
Mensual por concepto de Locación.
g) Abonar el pago de un mes de garantía y uno adelantado.
ARTÍCULO 27º La Licitación y Adjudicación deberán efectuarse en el mes previo
al inicio de las labores escolares, en acto público.
ARTÍCULO 28º DE LOS EGRESOS Y LA CONTABILIDAD
a) La Comisión de Recursos Financieros, consignará todos los ingresos, en un
Libro de Contabilidad, emitiendo Boletas de Ingreso y Salidas de Caja, debiendo
destinarse dichos fondos, según el plan de trabajo presentado a la UGEL y a la
normatividad del Ministerio de Educación.
b) Los egresos de los fondos económicos, serán invertidos racionalmente en:
Mantener o mejorar los Servicios Educativos (Agua, luz, etc.)
Adquirir material de escritorio y limpieza.
Participación de los estudiantes en representación de la
Institución Educativa.
Para actividades Deportivas autorizadas por la autoridad
competente.
Servicio Social de Emergencia.
Por Movilidad y transporte.
Adquisición y/o mantenimiento de equipos.
CAPÍTULO VII DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
DE LOS HORARIOS.
ARTÍCULO 29º El Personal Directivo tiene la jornada laboral de 40 horas
cronológicas, el Personal Docente de Primaria 30 horas
pedagógicas y el Personal de Servicio 40 horas cronológicas.
ARTÍCULO 30º El Horario del Personal será:
Directivo :
DÍA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNESINGRESO 8AM 8AM 8AM 8AM 8AMSALIDA 4PM 4PM 4PM 4PM 4PM
Docente:
DÍA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNESINGRESO 8AM 8AM 8AM 8AM 8AMSALIDA 1PM 1PM 1PM 1PM 1PM
De los Estudiantes:
DÍA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNESINGRESO 7:45AM 7:45AM 7:45AM 7:45AM 7:45AMSALIDA 1PM 1PM 1PM 1PM 1PM
Personal Administrativo de servicio:
DÍA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNESINGRESO 7AM 7AM 7AM 7AM 7AMSALIDA 3PM 3PM 3PM 3PM 3PM
Padres de Familia:
DÍA MIERCOLESINGRESO 1PMSALIDA 2PM
ARTÍCULO 31º DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y RESPONSABLES
a) El Director es el responsable del Control de Asistencia y
permanencia de todo el personal de la Institución Educativa.
b) El Director delegará a un Profesor(a) cuando tenga que ausentarse
por motivos propios de su función, registrando tal acción en el
cuaderno de asistencia diaria en el rubro de observaciones.
c) Se debe registrar la asistencia de todo el personal de la Institución
Educativa, tanto al ingreso como la salida en el Libro de uso
exclusivo de la I.E.
d) Constituye inasistencia del personal:
(Según RM. Nº 0571.ED)
La no asistencia a la Institución Educativa.
Habiendo asistido al Centro, y no desempeñar su labor.
Retiro del Centro, sin autorización.
La Omisión al ingreso y salida de la firma en el libro, sin
justificación.
La justificación inoportuna por inasistencia en caso de salud.
e) El Personal, que por razones de enfermedad o fuerza mayor, estén
impedidos de asistir al trabajo; están obligados a presentar su
justificación por escrito dentro de las 24 horas adjuntando la
documentación pertinente según sea el caso, de lo contrario se
considerará inasistencia.
f) Atención a los padres de familia por parte de los docentes de
acuerdo al horario establecido en el artículo 44 del presente
reglamento.
g) Queda prohibido el ingreso de vendedores, padres de familia y otros
sin la debida autorización escrita del Director.
CAPÍTULO VIII MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN .
ARTÍCULO 32º La Matrícula se efectuará por primera y única vez al ingresar en la
Institución Educativa, cumpliendo los requisitos de los
dispositivos vigentes actuales:
La presencia de Padre de Familia o Apoderado.
Partida de Nacimiento y DNI del menor y de los padres o
apoderados.
Certificados de Estudios y de Conducta, en caso del
estudiante trasladado.
Dos (02) fotografías tamaño carnet.
Si no tiene Partida de Nacimiento; no es impedimento,
presentará una Declaración Jurada firmada por el
Apoderado.
Constancia de Traslado por el SIAGIE.
ARTÍCULO 33º Sobre la Ratificación de Matrícula:
Presentación de la Boleta de Información o libreta de
notas.
Se efectuará en el mes de enero hasta antes del inicio de
clases.
La Dirección podrá matricular a los niños discapacitados.
ARTÍCULO 34º La Ratificación de Matrícula será realizada por los padres de
familia o apoderado.
CAPÍTULO IX DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS,
FALTAS Y SANCIONES DE DOCENTES Y NO DOCENTES.
ARTÍCULO 35º DERECHOS DE LOS DOCENTES.
a. Los docentes deben ser tratados con respeto, dignidad y
equidad.
b. Tienen derecho a: Estabilidad de la plaza que ocupa, escala
magisterial, lugar, de acuerdo a la ley N° 29944 – Ley de la
Reforma Magisterial.
c. Recibir orientación técnico-pedagógica, en forma
permanente.
d. Participar en la formulación, ejecución y evaluación
permanente de los planes de trabajo.
e. Pedir licencias con y sin goce de haber de acuerdo al articulo
181 de la ley N° 29944 – Ley de la Reforma Magisterial.
f. Pedir permisos con y sin goce de haber de acuerdo a los
artículos 199 - 200 de la ley N° 29944 – Ley de la Reforma
Magisterial.
g. Solicitar dos días libres al año por onomástico y Día del
Maestro, de acuerdo al artículo 199 de la ley N° 29944 - Ley
de la Reforma Magisterial.
h. Libre sindicalización en el Centro de Trabajo.
i. Hacer uso de los ambientes con el permiso respectivo para
desarrollar actividades complementarias.
ARTÍCULO 36º DEBERES DEL DOCENTE DE AULA.
a. Cumplir con la labor educativa (programar, desarrollar sus
unidades didácticas) y visarlo oportunamente.
b. Enfocar su práctica pedagógica hacia los 5 principales
tránsitos que se demanda en la docencia, según el Marco del
Buen Desempeño Docente; los cuales permitirán la
transformación de la enseñanza tradicional a la producción
del conocimiento.
c. Contribuir que los estudiantes logren adquirir los 8
aprendizajes fundamentales provisionales, según el Marco del
Buen Desempeño Docente.
d. Contribuir con la ejecución de los componentes: Gestión
escolar, convivencia, relación escuela – familia – comunidad
y los procesos pedagógicos, con la finalidad de asegurar los
aprendizajes fundamentales; según los lineamientos del
Marco del Buen Desempeño Docente.
e. Colaborar con los Padres de Familia en la formación integral
de los estudiantes.
f. Tratar con respeto a toda persona.
g. Respetar los valores sociales de la comunidad.
h. Velar por el mantenimiento adecuado del local, instalaciones
y equipamiento de la Institución Educativa.
i. Cumplir con el trabajo de las comisiones asignadas.
j. Abstenerse de realizar trabajos que contravengan los fines de
la Institución Educativa, dentro del plantel.
k. Detectar, atender y denunciar de inmediato ante el CONEI los
hechos de violencia, intimidación, hostigamiento,
discriminación, difamación y cualquier otra manifestación
que constituya acoso entre los estudiantes según los
lineamientos de la ley N° 29719, Ley ANTIBULLYING.
ARTÍCULO 37º Son funciones del Profesor de Turno:
a. Asistir 15 minutos antes del horario establecido durante el
turno de la semana.
b. Tocar el timbre, realizar la formación y las actividades
permanentes los días: lunes, según el turno.
c. Al término del turno de la semana informar a la Dirección las
incidencias ocurridas en su turno.
DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.
ARTÍCULO 38º Son funciones del trabajador de servicio:
a. El personal de servicio vela por el aseo de 8 aulas (piso, paredes,
ventanas), servicios higiénicos, Dirección, sala de docentes,
biblioteca, patio, mobiliario y pasadizos, Aula de Innovación y
otros de la I.E. en el horario de trabajo (R.M. 571.94.ED)
b. Realizar sus actividades, manteniendo siempre un trato cordial con
todo el personal de la I.E.
c. Asegurar las puertas y ventanas, al término de su jornada en cada
salón.
d. Mantener y cuidar las áreas verdes.
e. Realizar traslados de enseres, reparar muebles, caños y servicios
higiénicos de la I.E.
f. Realizar trabajos de portería conforme al horario establecido,
evitando el ingreso de personas extrañas.
g. Mantener limpio el patio principal.
h. Informar al Director, algún suceso imprevisto o de importancia
durante sus labores.
i. Controlar el ingreso de Padres, según horario establecido.
j. Permanecer en su puesto de trabajo bajo responsabilidad, salvo la
comisión de trabajo asignado por el Director.
k. Realizar actividades afines, encomendadas por el Director.
l. Coordinar con el Director o docente de turno sobre ocurrencias
utilizando el cuaderno respectivo.
ARTÍCULO 39º Toda persona que integre la Comunidad Educativa y que realice
acciones extraordinarias, a favor de la Institución, serán
premiados y estimulados de acuerdo al artículo 63 del presente
reglamento. Así mismo, las faltas cometidas serán sancionadas
según reglamentación vigente.
ARTÍCULO 40º Son estímulos de los Docentes:
a. Mención Honrosa en Ceremonia Pública.
b. RD de Felicitación de la Dirección.
c. Diploma al Mérito.
d. RD de la UGEL 01.
ARTÍCULO 41º Se considera labor sobresaliente del Docente:
a. Gestión para construir, ampliar, mejorar la infraestructura y el
equipamiento de la Institución Educativa.
b. Desarrollar programas de alfabetización o de promoción
educativa comunal, fuera del horario laboral.
c. Innovar en la implementación de la currícula de estudio y
planes de trabajo.
d. Permanente muestra de puntualidad y responsabilidad en el
trabajo, demostrando compañerismo e identidad con la I. E.
ARTÍCULO 42º Constituye infracciones de los Docentes:
a. Realizar actividades distintas a su función, en horario laboral.
b. Recibir retribución de terceros, para alterar actos contrarios a
su función.
c. Uso de los bienes de la I. E. para fines propios.
d. Concurrir a sus labores bajo los efectos de ingesta de alcohol
o sustancias toxicológicas, o fumar cigarrillos.
e. Abuso de Autoridad y castigo físico o psicológico a los
estudiantes.
f. Actos de inmoralidad contra algún miembro de la I. E. como:
Difamación, calumnia, amenazas y faltar el respeto.
g. Todas las demás que señale la Ley.
ARTÍCULO 43º Son sanciones para los Docentes:
a. Llamada de atención en forma verbal.
b. Llamada de atención en forma escrita.
c. informe al CONEI. a efectos de concertación.
d. Información detallada al órgano intermedio.
e. Otras que contemplen la Legislación Laboral y la RM. Nº
0571-04-ED.
CAPÍTULO IX DE LOS DEBERES, DERECHOS, ESTÍMULOS Y
PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES.
ARTÍCULO 44º Son estudiantes de la Institución Educativa Nº 6027 Cap. FAP
“Rudy Echegaray Fajardo” del distrito de Punta Negra, todos
aquellos que se hayan matriculado durante el presente año.
ARTÍCULO 45º SUS DEBERES
Los estudiantes de la Institución Educativa Nº 6027 Cap. FAP
“Rudy Echegaray Fajardo” del distrito de Punta Negra deben
cumplir con las siguientes normas:
a. Cumplir con sus actividades escolares
b. Respetar las normas de la I. E.
c. Cuidar los ambientes y materiales del aula y de la I. E.
d. Respetar a sus compañeros
e. Participar en su aprendizaje significativo.
f. Asistir a la I. E. bien aseados y correctamente uniformado, de
acuerdo a sus posibilidades económicas. El uniforme consta:
Varones:
Camisa blanca
Pantalón plomo
Corbata azulina
Zapatos negros
Medias plomas
Chompa azul acero
Buzo y polo de la I. E.
Mujeres:
Blusa blanca
Falda con cuadros
Corbatín azulina
Zapatos negros
Medias ploma hasta la rodilla
Chompa azul acero
Buzo y polo de la I. E.
Sujetarse el cabello con cinta azulina y
blanca.
ARTÍCULO 46º SUS DERECHOS :
a) Código de los derechos de los niños:
El presente Código se aplicará a todos los niños y adolescentes
del territorio peruano, sin ninguna distinción por motivo de
raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política,
nacionalidad, origen, nivel social, posición económica,
impedimento físico o mental, o cualquier otra condición, sea
propia o de sus padres o responsables y reconoce que la
obligación de atención al niño y al adolescente se extiende a la
madre y a la familia del mismo.
b) Propuesta de convivencia y disciplina escolar democrática
RM.0086-2008-ED. en relación con la ley Nº 29719 “Convivencia
sin violencia” y su Reglamento D.S. Nº 010-2012-ED, RM N° 0519-
2012-ED:
Según los lineamientos de la Ley ANTIBULLYING, el cual tiene
como objetivo establecer los mecanismos para diagnosticar,
prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el
hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como
acoso entre los estudiantes de la Institución Educativa, se ejecuta
la mencionada propuesta la cual se trabaja en las aulas, al
elaborar con los niños y niñas las normas de convivencia y sobre
todo practicando los valores.
ARTÍCULO 47º Los estudiantes de la Institución Educativa Nº 6027 Cap. FAP
“Rudy Echegaray Fajardo” del distrito de Punta Negra tienen
los siguientes derechos:
a. Recibir una educación integral en un ambiente de seguridad
moral y física.
b. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación.
c. Recibir en forma gratuita todos los servicios que brinda la
Institución Educativa.
d. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de su deber.
e. Elegir y ser elegido para los diversos cargos en los diferentes
grados y secciones o Institución Educativa.
f. Participar en las diferentes actividades recreativas
organizadas por la Institución Educativa.
g. Participar en el Consejo Educativo institucional.
h. Ser considerado en caso de abandono o necesidad.
ARTÍCULO 48º Estímulos a que se hacen acreedores, habiendo realizado acciones
extraordinarias, dentro o fuera de la Institución Educativa:
a. Mención honrosa.
b. Felicitación Escrita.
c. Diploma de Estudio.
ARTÍCULO 49º Son prohibiciones de los Estudiantes:
a. Tomar el nombre de la Institución Educativa para realizar
actividades sin autorización de la Dirección.
b. Distribución o consumo de bebidas alcohólicas, cigarros,
sustancias tóxicas, dentro y fuera de la Institución Educativa.
c. Fomentar y participar en peleas, dentro y fuera de la
Institución Educativa.
d. Deteriorar los muebles y/o enseres de la Institución
Educativa.
e. Maltratar física o psicológicamente a sus compañeros.
f. Portar todo tipo de armas dentro de la institución educativa.
g. Hacer pintas en las paredes, carpetas y Servicios Higiénicos.
h. Salir de las instalaciones, sin la autorización correspondiente.
i. Transitar por el patio en horas de clase.
j. Consumir alimentos en el aula, en las horas de clase.
k. Falsificar las firmas de sus padres o apoderados.
l. Realizar juegos que riñen con la moral y la integridad.
m. Traer objetos de valor: radio, pulseras, celular, etc.
n. Asistir a la Institución Educativa con maquillaje, aretes largos
o. Traer publicaciones obscenas.
ARTÍCULO 50º DE LAS SANCIONES.
Para corregir el mal comportamiento de los estudiantes sin dañar
su integridad; se pueden aplicar las siguientes sanciones:
a. Amonestación verbal o escrita del Profesor.
b. Amonestación verbal o escrita del Director.
c. Recomendar el cambio de Institución Educativa.
d. Al estudiante que reincida en tardanza, se le citará al padre de
familia o apoderado.
ARTÍCULO 51º La recomendación de cambio de Institución Educativa, se
aplicará en caso de suma gravedad, para que los estudiantes
puedan continuar sus estudios en otra I.E.
CAPÍTULO X RELACIONES Y COORDINACIONES CON LOS PADRES DE
FAMILIA.
ARTÍCULO 52º Los Padres de Familia, tienen los siguientes Deberes y Derechos
con la Institución:
a. Participar en el planeamiento y organización del proceso
educativo a fin de mejorar los niveles académicos.
b. Contribuir en el mejoramiento de la calidad y eficacia de los
servicios educativos en acción directa y concertando con los
demás agentes educativos.
c. Intervenir en el desarrollo de las actividades que ejecuta la
Institución Educativa.
d. Respetar el Desarrollo Académico que ejecuten los
Docentes.
e. Contribuir al cumplimiento de las Disposiciones
Administrativas del MINEDU para el mejoramiento
académico.
f. Estimular a los estudiantes, docentes y administrativos que
sobresalgan en el desempeño de sus funciones.
g. Realizar acciones que se encuentren contempladas en el
reglamento de la APAFA. DS. N° 004-2006-ED. Nueva
Ley N° 28628-06.
ARTÍCULO 53º Con las instituciones de la localidad:
a. Con el Gobierno Local, apoyo a la DEMUNA. y para el
mejoramiento de ampliación de infraestructura y mobiliario.
b. Centro de Salud, Charla de Orientación y Prevención de
enfermedades.
c. Comisaría del Sector.
d. Charlas de educación sexual y Prevención del Pandillaje.
CAPÍTULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
PRIMERA: El personal Directivo y los docentes, tendrán una reunión
bimestral con el objeto de evaluar los avances académicos y de
gestión de la Institución Educativa.
SEGUNDA: Los Docentes, que propicien el rompimiento de Relaciones
Humanas, serán sancionados de acuerdo a las normas y
reglamentos, con pruebas fehacientes.
TERCERA: Para modificar o aumentar artículos al presente documento, es
necesario una Reunión Plenaria de toda la Comunidad Educativa
es decir: Director, Docentes, Administrativos, Directivos de
APAFA, CONEI y representante de los estudiantes.
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