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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
COLEGIO ALTAMIRA
EDUCACIÓN PARVULARIA
ENSEÑANZA BÁSICA
ENSEÑANZA MEDIA
AÑO 2015
I. FUNDAMENTOS
Artículo 1.- Nuestro colegio se fundamenta en la convicción de que todos y todas los(as)
estudiantes pueden aprender sin exclusión. En este contexto, las normas de convivencia son un
acuerdo social que busca generar un ambiente que fomente el compromiso y el afecto, la
responsabilidad y la participación, la creatividad y la solidaridad, el trabajo colaborativo y la
aceptación de la diversidad, el cultivo de la excelencia en distintos dominios y la innovación comouna manera de co-crear el mundo en que queremos vivir.
Las personas que formamos esta comunidad entendemos que necesitamos ponernos de acuerdo
en una manera de con-vivir, que anticipe aquí, la sociedad dialogante que esperamos ocurra fuera
de estos límites espaciales. Por lo tanto, estas normas de convivencia son una construcción
colectiva que compromete a todos los actores educativos, sin excepción.
Esta comunidad tiene por misión defender el valor supremo de la vida y respetar la diversidad,
buscando el diálogo para la superación de las diferencias a través del reconocimiento y promoción
de la dignidad humana. Entendemos la diversidad desde el respeto, desde el juicio de aceptación
del otro como un ser diferente a mí, legítimo en su forma de ser, autónomo en su capacidad deactuar.
No podemos abordar los aprendizajes ni la convivencia, si no miramos la emocionalidad y el ser
histórico de nuestros(as) estudiantes, sus familias, y el propio.
Fomentamos que todos y todas nuestros(as) estudiantes sean personas capaces de aprender a
manejar la libertad con responsabilidad, a ejercitar su imaginación con rigor, en un clima de
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g)
Colaborar en las actividades generales que organiza el Centro de Padres y Madres parabien de todo el Colegio, tales como, ferias temáticas, campeonatos deportivos, foros oeventos artísticos especiales, jornadas comunitarias de recreación familiar y la granfiesta de la comunidad, que se realiza en el mes de Octubre de cada año.
Artículo 5.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones antes mencionadas, las cualesconstituyen pilares fundamentales de nuestro proyecto educativo, serán sancionadas de lasiguiente forma:
a)
Carta Compromisob)
Condicionalidad del Apoderadoc)
Condicionalidad extrema del Apoderadod)
Expulsión del Apoderado, lo que no implica la expulsión del estudiante.
Quedará a criterio del equipo de convivencia escolar, compuesto por los coordinadores decomunidad y Dirección, la evaluación de la sanción a aplicar.
Artículo 6.- Corresponde a los profesores y profesoras contar con una actitud flexible y abierta al
proceso acelerado de cambios que experimenta la cultura, a asumir responsabilidad profesional
en su trabajo diario y en su invitación a la excelencia. De la misma manera, se pide que tengan
curiosidad e indagación frente al mundo del saber y, de ser posible, una actitud aventurera frente
al riesgo de la innovación.
Además, deben poseer un gran respeto por la diversidad de las personas, ideologías y culturas,
realizar una valoración de la participación social constructiva y particularmente del espíritu
democrático. Finalmente, se les pide demostrar respeto por el entorno natural del Colegio, del
barrio y del país, así como gran prestancia humana y académica, que sea ejemplo de satisfacción
vital para sus alumnos.
Artículo 7.- Específicamente, se espera de los profesores y profesoras que:
a)
Conozcan y apliquen los principios y orientaciones básicas del establecimiento, conforme
al Proyecto Educativo del Colegio.
b) Planifiquen, organicen, conduzcan y evalúen el proceso de enseñanza y aprendizaje de los
alumnos y alumnas que se le confíen.
c)
Cumplan con las planificaciones y acuerdos de los Departamentos de Asignatura.
d)
Participen comunitariamente en las reuniones de planificación docente o de reflexióneducativa, privilegiando el trabajo en equipo.
e)
Participen en los consejos de profesores de curso.
f)
Hagan cumplir las normas de conducta y disciplina durante el desarrollo de sus clases.
g) Sean un modelo de disciplina, orden, limpieza y puntualidad para sus alumnos.
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h)
Cumplan con su responsabilidad administrativa en el proceso de enseñanza y aprendizaje:
Firma de libro de clases, registro de materia, evaluación periódica de sus alumnos, plazos
de colocación de notas, consignación de conductas especiales de los alumnos.
i) Ayuden a sus alumnos y alumnas para que asuman una responsabilidad en su propio
proceso de formación.
j)
Participen en actividades de perfeccionamiento docente y de extensión, en el Colegio ofuera de él.
Artículo 8.- A nuestros alumnos, a través de su acción personal y de su participación en las
distintas instancias que el Colegio les ofrece, deben actuar en consecuencia a los principios y
valores en que se sustenta nuestro Proyecto Educativo, asumiendo un protagonismo responsable
en su educación, asumiendo derechos y deberes; y respetando las reglas de convivencias
declaradas para la comunidad estudiantil.
Artículo 9.- Específicamente, a nuestros estudiantes pedimos:
a)
Tener una actitud responsable y activa en el proceso de su propia formación.b)
Cuidar el Colegio y medioambiente que lo rodea.
c)
Esforzarse por desarrollar al máximo sus potencialidades corporales, intelectuales,
afectivas, artísticas y físicas, adquiriendo así el dominio de las competencias necesarias
para enfrentar con éxito el futuro.
d) Desarrollas una voluntad vigorosa, capaz de tomar decisiones y de comprometerse en
forma responsable y autónoma.
e)
Cultivar, en sí mismos y sus familias, un sentido social y de país, en el cual más adelante se
insertarán solidariamente.
f)
Hacer propios los valores importantes que el Colegio y sus padres les invitan a vivir,
conforme al ideario que se señala en el Proyecto Educativo, enfatizando los valores de la
lealtad, la honradez, la libertad responsable y la solidaridad.
g) Asumir y cumplir el reglamento interno del alumno, con sus respectivas normas de
actitudes y conducta.
h)
Respetar, con especial aprecio, a las demás personas de la propia comunidad escolar:
alumnos mayores y menores, profesores, mediadores, administrativos, directivos,
auxiliares, apoderados, visitas e invitados ocasionales.
i)
Ser el rostro público del Colegio en su vida y actividades fuera del establecimiento.
III.
NORMAS LEGALES QUE SUSTENTAN ESTE REGLAMENTO
Artículo 10.- Cumpliendo con lo dispuesto por nuestro ordenamiento jurídico, nuestra convivencia
que se verá reflejada en este Reglamento, está compelida a encontrarse en concordancia a las
normas legales que rige nuestro entorno cultural y social. Especialmente, nos referimos a:
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-
La Constitución Política de la República de Chile
-
La Convención sobre los Derechos del Niño
- La Ley de Responsabilidad penal juvenil y adolescente (Ley N° 20.084)
- Ley General de Educación (Ley N° 20.370)
-
Decreto con Fuerza de Ley sobre Violencia Escolar (Ley N° 20.536)
-
Ley de No Discriminación (Ley N° 20.609)-
El Proyecto Educativo del Colegio Altamira.
IV. LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Artículo 11.- De acuerdo a las normas legales que se aplican a este Reglamento, y cuyo
cumplimiento es sumamente importante tanto para nuestro Colegio como para toda la
comunidad, la buena convivencia escolar se define como la “coexistencia pacífica de los miembros
de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el
adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral
de los estudiantes”.
Artículo 12.- Los responsables de la buena convivencia escolar serán la comunidad escolar,
constituida por los estudiantes, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la
educación, así como también los equipos docentes y directivos.
Artículo 13.- Comité de Buena Convivencia Escolar. Dentro de los responsables anteriormente
mencionados, se encuentra el Comité de Buena Convivencia Escolar, que corresponde al equipo
especialmente designado para promover la buena convivencia escolar y prevenir cualquier forma
de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos entre los miembros de la comunidad
escolar. Estará compuesto por las personas designadas, para un bienio, por el/la directora/a.
Artículo 14.- Encargado de la convivencia escolar. Es el responsable permanente de implementar
los acuerdos, decisiones y planes que determine el Comité de Buena Convivencia Escolar,
investigar los casos correspondientes e informar a la Dirección sobre cualquier asunto relativo a la
convivencia. Será designado por el/la directora/a, y ejercerá de presidente del Comité. En caso de
empate en sus votaciones, le corresponde el derecho a decidir.
Artículo 15.- Obligación de informar. “Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes
de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales,
deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento queafecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento,
todo ello conforme al reglamento interno del establecimiento” (artículo 16 D de Ley N° 20.536
sobre Violencia Escolar). Respecto de las informaciones que se reciban por parte del Director,
luego del plazo pertinente de 24 horas, será asesorado por el Comité de Buena Convivencia
Escolar para adoptar las medidas necesarias para la resolución del asunto y protección de los
miembros de la comunidad.
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Artículo 16.- Funciones del Comité de Buena Convivencia Escolar. Entre las funciones del Comité
se encuentran las siguientes:
a)
Proponer las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar
sano.
b)
Diseñar e implementar planes de prevención de la violencia escolar en el establecimiento,tales como talleres de habilidades socio-afectivas, entre otros.
c)
Coordinar la información a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de los
perjuicios y consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo
de conducta contraria a la sana convivencia.
d) Capacitar a todo el personal del Colegio sobre las medidas para promover la buena
convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.
e)
Conocer los informes e investigaciones presentados por el Encargado de la convivencia
escolar.
f)
Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda informes, reportes o
antecedentes relativos a la convivencia escolar.g) Deliberar sobre los casos de maltrato o acoso escolar que se presenten y sobre las
sanciones y medidas correctoras que hayan de tomarse.
h)
Aplicar medidas y sanciones dentro de su competencia, y proponer al Director las
sanciones que a éste correspondan. En ambos casos, dejará constancia de las razones que
las avalan.
V.
NORMAS PARA LA BUENA CONVIVENCIA
Artículo 17.- El espíritu de estas normas rige para todos los miembros de nuestra comunidad, aun
cuando el enunciado ponga a uno u otro actor como el objetivo de éstas. Entendiendo que hemos
hecho un compromiso con el cuidado de los miembros de esta comunidad y el espacio físico del
Colegio. Por lo tanto, las siguientes normas tienen por objeto el cuidado de estudiantes,
profesores(as) y demás integrantes de nuestra comunidad.
IV.1. PUNTUALIDAD
Artículo 18.- La puntualidad es un hábito que se relaciona con los valores del respeto, la
responsabilidad y el compromiso.
Artículo 19.- Horario de llegada. Las actividades se inician a las 08:30 hrs. en la sala de clases, para
lo cual los estudiantes son avisados por un timbre, el cual tocará también cinco minutos antes. Por
lo tanto, los alumnos y alumnas deberán llevar al colegio con el tiempo suficiente para estar a las
08:30 hrs. en su sala. Quien llegue al establecimiento después de dicha hora, se le pedirá un pase
para ingresar a clases, que será otorgado en las salas de mediación o en recepción.
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La hora tope de entrada es a las 09:30 de la mañana. Pasada esa hora, deberá ser mostrado un
justificativo, que de no tenerlo, se le permitirá entrar a clases, pero el mediador correspondiente
tendrá que llamar a su apoderado.
La acumulación de pases en la mañana produce una sanción que consistirá en acudir a clases un
día miércoles, entre las 16:15 y 17:30 hrs. Después de la segunda sanción, ésta será realizada undía sábado, entre las 09:00 y 11:30 hrs.
Artículo 20.- Medidas disciplinarias en caso de atrasos. En caso de que el alumno ingrese a la sala
después de 5 minutos del toque del timbre, se aplicarán las siguientes medidas, según el número
de atrasos acumulados.
a) Entre 5 a 10 atrasos: El estudiante debe quedarse a Reparación un día.
b) Más de 11 atrasos: El estudiante debe asistir el sábado a Reparación.
c)
Más de 12 atrasos: El estudiante será suspendido y deberá volver con su apoderado(a),
para firmar una carta de compromiso con el profesor jefe.
Artículo 21.- Pases Matinales. Serán aquellos necesarios para ingresar tarde a la sala de clases,
debido a que también se requiere ser puntual en el ingreso durante el día, y no únicamente en
relación a la entrada al Colegio. Al respecto, se debe considerar que:
a)
Todos los atrasos entre las 8:35 y las 9:00 hrs. serán registrados por el profesor a cargo
en el libro de clases.
b) Los pases matinales serán entregados por Mediación a partir de las 9:00 hrs. y también
deben ser registrados en el libro de clases por el profesor.
c) NO se darán pases interclases.
Artículo 22- “Capeo”. Esta conducta corresponde a los atrasos al ingreso a la sala con más de 15minutos. La consecuencia de no asistir a clases estando dentro del colegio es la suspensión.
Si el estudiante estuvo en enfermería, deberá presentarse con la papeleta correspondiente.
Finalmente, si el estudiante estuvo en el aula de apoyo y se atrasa por algún motivo, debe traer
pase del aula.
Artículo 23.- Consideraciones finales respecto a la puntualidad. Deberá tomarse en cuenta que:
a) Los estudiantes tienen la posibilidad de borrar atrasos después de haber cumplido una
semana sin ningún tipo de falta (al inicio de la jornada o interclases). Es responsabilidad decada estudiante solicitar este beneficio, con la mediadora correspondiente.
b)
Los atrasos se cuentan semestralmente, por lo tanto, comienzan desde cero durante el 2°
semestre.
c)
Los estudiantes deben presentar justificativo escrito por el especialista en caso de
encontrarse enfermo. Si existe el justificativo, la ausencia no se registrará como tal.
IV.2. ASISTENCIA
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Artículo 24.- La asistencia y participación en clases son parte importante del proceso académico,
pues es fundamental el compartir con compañeros(as) y el resto de la comunidad. En relación a
ello, se pide que cuando no sea posible asistir a clases, se comuniquen al profesor o profesora jefe
las razones de la inasistencia, para así atender a ellas y poder entregar las ayudas
correspondientes.
Artículo 25.- Porcentaje de asistencia. Recordamos que el porcentaje requerido para poder ser
promovido y pasar de curso será sobre el 85%.
En caso de inasistencia, el estudiante deberá presentar en su agenda un justificativo de su
apoderado, al día inmediatamente siguiente.
Finalmente, es importante mencionar que la llegada al colegio después de las 10.00 hrs. no será
considerada como asistencia.
IV.3. REPARACIONES VALÓRICAS Y PEDAGÓGICAS.
Artículo 26.- Los días de reparación corresponden a aquellos que se agregan a la jornada normal
de clases, producto de alguna infracción que no se encuentre debidamente justificada. Ellas se
distribuirán de la siguiente manera:
a)
Los alumnos de 5° Básico a II° Medio las reparaciones se realizarán los miércoles, entre las
16:15 a 17:30 hrs.
b) Los alumnos de III° y IV° medio se quedarán el día viernes, entre las 14:30 y las 16:00 hrs.
Si el estudiante no asiste a reparación, deberá presentar justificativo de su apoderado. De lo
contrario, procede la suspensión.
La citación a reparación será informada vía mail por Mediación y la suspensión será informada vía
telefónica y vía mail por el profesor jefe.
Finalmente, las reparaciones pedagógicas se realizarán con material que los profesores de
asignatura deben entregar.
IV.4. RETIROS DEL COLEGIO.
Artículo 27.- No está permitido a los estudiantes salir del Colegio durante el período de clases. Sin
embargo, sólo podrán retirarse antes del término de la jornada los estudiantes que presenten
autorización por escrito de su apoderado, en la agenda.
El estudiante puede ser retirado por su apoderado registrando en recepción su retiro.
En caso de alguna urgencia, el apoderado deberá informar vía mail o llamado telefónico al
profesor jefe y/o al mediador correspondiente.
Finalmente, en caso de urgencia médica, será la mediadora la encargada de avisar al apoderado.
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Artículo 28.- Constituye una falta grave de responsabilidad no presentarse a clases estando en el
Colegio y/o retirarse sin la autorización respectiva. Estas faltas serán motivo de suspensión de
clases, correspondiendo asimismo una llamada a los apoderados.
IV.5. COMPORTAMIENTO EN EL AULA.
Artículo 29.- Profesores(as) y estudiantes se deben respeto, y las clases deben ser el espacio para
ejercitarlo. La tolerancia y la compasión por el otro deben ser el motor que impulse esta relación.
Artículo 30.- Expulsión de clases. Ella sólo corresponderá en consecuencia de un comportamiento
francamente inadecuado para el desarrollo de la clase. Todo estudiante que sea expulsado de la
sala de clases deberá presentarse en la oficina de Mediación que corresponda.
Cuando se exceda de la cuarta expulsión en un mes, tendrá que ser llamado el apoderado o
apoderada, y citado con el profesor(a) jefe, o la directora del ciclo.
Artículo 31.- El cuidado por nuestros profesores(as) y compañeros(as) requiere de mantener una
adecuada actitud en clases para permitir el desarrollo correcto de ésta. Por lo tanto, no está
permitido el uso de celulares, MP3/MP4, radios y juegos PSP/NINTENDO DS/OTROS en clase.
IV.6. REGISTRO DE OBSERVACIONES EN EL LIBRO DE CLASES
Artículo 32.- Las observaciones en el libro de clases constituyen un registro de aquellas actitudes y
conductas relativas al plano académico, social y afectivo. Esta información se encuentra
permanentemente disponible para el apoderado en Schooltrack.
En caso de ser anotada una sanción, debe dejarse clara la gravedad de ésta dentro de la
tipificación ya realizada.
Las observaciones positivas son consideradas como un valioso referente del proceso de
crecimiento de nuestros estudiantes.
VI.
DERECHOS DEL ESTUDIANTE
Artículo 33.- Todo alumno y alumna del Colegio tiene los siguientes derechos, todos los cuales son
considerados fundamentales por nuestra Institución.
a)
Ser tratados como personas, y por lo mismo, escuchados, atendidos en sus
preocupaciones, respetados en sus opiniones, considerados como jóvenes en edad de
desarrollo y crecimiento.
b)
Recibir una información adecuada a su edad y condiciones, que les ayude a formarse como
personas libres, capaces, emprendedoras y solidarias.
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c)
Recibir una educación plural e integrada, respecto a los diferentes puntos de vista que
existen sobre la vida y el mundo.
d) Tener clases debidamente preparadas, con profesores(as) que les inviten con sabiduría a
explorar los mundos del conocimiento.
e)
Disponer de un equipo de apoyo multidisciplinario, que les ayude en su proceso de
crecimiento.f)
Constar con un ambiente escolar seguro, agradable y limpio, pero a la vez exigente y
desafiante.
g)
Tener tiempo para el deporte, para jugar y recrearse, además de estudiar y participar en
los diversos talleres que les ofrece el Colegio.
h)
Poder acudir al propio Colegio para actividades deportivas, solidarias, formativas o
recreativas fuera de los tiempos de clases.
i)
Poder organizarse como alumnos y alumnas para debatir, proponer, estudiar y llevar a la
práctica sus propias preocupaciones, en coordinación con los demás componentes de la
comunidad escolar.
VII.
DEBERES DEL ESTUDIANTE
Artículo 34.- Los estudiantes de nuestro Colegio deben saber y aceptar que las normas no son sólo
un compromiso que se acepta libremente, sino que también se trata de una forma de hacer
efectiva la buena convivencia, puesto que el respeto a las normas nos beneficia a todos quienes
formamos parte de esta comunidad educativa. Por eso, los deberes más importantes del
estudiante son:
a)
Tener una actitud responsable y activa en el proceso de su propia formación.
b)
Cuidar el Colegio y el medio ambiente que lo rodea.
c)
Esforzarse por desarrollar al máximo sus potencialidades corporales, intelectuales,
afectivas, artísticas y físicas, adquiriendo así el dominio de las competencias necesarias
para enfrentar con éxito el futuro.
d) Desarrollar una voluntad vigorosa, capaz de tomar decisiones y de comprometerse en
forma responsable y autónoma.
e)
Cultivar en sí mismos(as) y sus familias un sentido social y de país, en el que se inserten
solidariamente.f)
Hacer propios los valores importantes que el Colegio y sus padres les invitan a vivir,
conforme al ideario que se señala en el Proyecto Educativo, particularmente los valores de
la lealtad, la honradez, la libertad responsable y la solidaridad.
g) Asumir y cumplir el reglamento interno del alumnado, con sus respectivas normas de
actitudes y conducta.
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h)
Respetar, con especial aprecio a las demás personas de la propia comunidad escolar:
alumnos mayores y menores, profesores, inspectores, administrativos, directivos,
auxiliares, apoderados, visitas e invitados ocasionales.
VIII.
MALTRATO O ACOSO ESCOLAR
Artículo 35.- Todo estudiante del Colegio Altamira tiene derecho a ser tratado(a) con dignidad y
respeto, en un ambiente alegre y grato, que permita su crecimiento y bienestar físico, psíquico y
emocional. Se espera, por tanto, que todos los miembros de la comunidad ejerciten el respeto a
los demás, la expresión de sentimiento y emociones a través de la palabra, la solidaridad,
entendida como el interés y accionar hacia el bien común.
Artículo 36.- Maltrato escolar. Se entiende por tal toda acción u omisión intencional, que
constituya agresión u hostigamiento reiterado, realizada por otro u otros estudiantes, dentro o
fuera del establecimiento educacional, en forma verbal, escrita o a través de medios tecnológicos
o cibernéticos, en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad
del agresor o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último:
a) Temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica,
en su vida privada, en su propiedad o en otros derechos fundamentales.
b)
Situación escolar hostil, humillante o abusiva.
c)
Impedimento o dificultad para su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral,
intelectual, espiritual o físico.
Artículo 37.- Los hechos de esta naturaleza serán manejados con el fin de fomentar la toma de
conciencia y el cambio, además de la reparación del daño respecto de los involucrados.
Aun así, cualquier acto de violencia recibirá la sanción correspondiente para dar lugar a las
medidas reparatorias antes mencionadas.
La violencia bajo cualquier punto de vista es considerada una falta gravísima, y será sancionada
como tal.
IX.
NORMAS DE CUIDADO GENERAL
Artículo 38.- Cuidado Personal. El cuidado del individuo pasa por la comunidad y los compromisos
que éste haya hecho con su desarrollo.
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Creemos firmemente que la vida y su cuidado es el valor más grande que cultiva nuestro Colegio,
por lo que mirando ese horizonte, se encuentra expresamente prohibido fumar, beber alcohol,
consumir drogas y/o presentarse a las actividades escolares (programáticas y extraprogramáticas)
bajo sus efectos. La sanción que corresponde en estos casos será la de venir dos sábados seguidos
entre las 08:30 y las 11:30 hrs.
Artículo 39.- En caso de que un miembro de la comunidad sea sorprendido bajo los efectos del
alcohol o las drogas, o ingresando estas sustancias al establecimiento; mediadores, el profesor(a)
jefe(a) y/o los directores del ciclo están en la obligación de comunicar a los padres y apoderados
de esta situación. A estos se les pedirá su asistencia, a fin de evaluar el cuidado que se requiera
para con el estudiante.
Artículo 40.- Cuidado del Espacio y Materiales de Trabajo. El no traer los materiales de trabajo
será considerado una falta grave. El cuidado de estos, por otra parte, es responsabilidad del
propietario. Sin embargo, cualquier daño que sufran los materiales por parte de un miembro de la
comunidad, será considerado una falta gravísima, por tratarse de un hecho de violencia.
El Colegio es una obra que sirve a cada uno de los integrantes de la comunidad. Cuando se daña,
maltrata o simplemente no se respeta, se está dañando a cada uno de los estamentos que en este
espacio encuentran acogida. Ésta es considerada una falta grave y su reiteración como gravísima.
Artículo 41.- Aquel que destroce a propósito parte importante del material del colegio, tendrá que
recuperarlo, así como compensar el daño causado, sirviendo a la comunidad el día miércoles entre
16:00 y 17:30. Esto puede consistir en limpiar o pintar los rayados efectuados, ejecutar la obra con
los tíos encargados o simplemente ayudar a reponer aquello que ha sido dañado.
X.
FALTAS Y SANCIONES
Artículo 42.- Toda inobservancia consciente del Reglamento Interno, así como acciones contrarias
al Proyecto Educativo, o bien cualquier otra conducta negativa constituyen de por sí una falta.
Sobre las sanciones, éstas quedarán tipificadas en tres grupos: leves, graves y gravísimas.
A fin de diferenciar su carga y sanción, cada caso será examinado por los miembros del equipo de
Mediación, la Dirección y los profesores jefes, según corresponda.
Artículo 43.- Clasificación de las faltas.
a)
Faltas leves: De acuerdo a lo señalado por el Ministerio de Educación, son faltas leves las
actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño
físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. En nuestro Colegio, corresponderá
a la infracción del Reglamento y de la normativa vigente en el Colegio, que por su misma
entidad o por sus circunstancias no deba ser considerada grave o muy grave. Ejemplos de
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ellos son atrasos, no entrar a tiempo a la sala de clases, uso de celular en clases, no traer
los materiales de trabajo, entre otras.
b) Faltas graves: Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad
sicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como
acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos son: Agredir a otro compañero
de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente, falsear o corregircalificaciones, y en general, cualquiera que atenten contra la seguridad e integridad de
otra persona vinculada al Colegio.
c)
Faltas gravísimas: Igualmente de acuerdo a lo establecido por el MINEDUC, corresponden
a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y sicológica de otros
miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas
tipificadas como delito, entre otras. Ejemplos de ellas son la violencia contra compañeros
o docentes, bajo cualquier punto de vista, daño a materiales de trabajo a propósito, daño
reiterado a espacios del Colegio.
Artículo 44.- Sanciones. Para una buena educación es necesario procurar la enmienda o
corrección de los comportamientos indebidos. Son muchas las medidas que para ello pueden
aplicarse, desde la mera reflexión o consideración verbal hasta sanciones graves o muy graves. Las
más graves serán siempre sometidas a consideración del Director del Colegio.
Entre las medidas o sanciones que el Colegio puede aplicar a los alumnos destacamos:
a)
Diálogo personal pedagógico y reparador
b)
Diálogo grupal
c)
Anotación en el Libro de clased)
Amonestación formal por parte del Mediador o Director de Ciclo. De ella quedará siempre
constancia escrita.
e)
Comunicación al apoderado
f)
Citación al apoderado: En situaciones especiales o ante la reiteración de observaciones
negativas, el profesor(a) jefe(a) citará al apoderado para informarle de la situación y
buscar remediales.
g) Retirada de objetos: Todo objeto que los alumnos porten al Colegio indebidamente o que
sea usado de manera improcedente, podrá ser requisado por los profesores o directivos.
Posteriormente será devuelto al apoderado.
h)
Derivación psicosocial: Terapia personal, familiar o grupal; talleres de reforzamiento, deeducación o de control de conductas perjudiciales para la convivencia con otros/as.
i)
Suspensión temporal del derecho de asistir a clase o a otras actividades del Colegio: El
Director de Ciclo podrá aplicar esta sanción, que puede durar uno o varios días. Deberá
ser comunicada al apoderado con antelación.
j)
Realización de tareas compensatorias: Ante determinadas faltas, puede resultar
conveniente imponer la obligación de realizar, fuera del horario de clases, trabajos
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conducentes a reparar o compensar el daño causado (estudiar, limpiar, pintar, reparar,
etc.). Estas sanciones sólo las pueden imponer el mediador, el Coordinador o el Director
de Ciclo. Y deben ser conocidas previamente por el Apoderado.
k) Condicionalidad de la matrícula: Ante repetidos comportamientos inadecuados de un
alumno, el Director puede declarar la condicionalidad de su matrícula en colegio. Ello
exige, de parte del alumno, una clara superación de los aspectos deficitarios delestudiante para poder continuar en el colegio. Será comunicada oportunamente al
apoderado.
l)
Cancelación de matrícula: Ante situaciones graves que no se revierten pese a las
reiteradas medidas previamente tomadas, o por faltas especialmente graves, podrá
aplicarse la cancelación de matrícula para el año siguiente. Sólo el/la Director/a puede
imponerla.
m)
Expulsión inmediata y definitiva del Colegio, sólo aplicable en casos de extrema gravedad y
urgencia, debidamente fundamentados, y con pleno respeto al principio del debido
proceso. Sólo el/la directora/a puede aplicarla.
Artículo 45.- Criterios de aplicación de las medidas y sanciones. De acuerdo a lo señalado por el
MINEDUC, “de acuerdo con la edad, el rol y la jerarquía de los involucrados, varía el nivel de
responsabilidad que cada persona tiene sobre sus acciones” . Por lo tanto, se tomarán en
consideración, al momento de aplicar una sanción, si es que se trata de un adulto o de una
persona con jerarquía dentro de la estructura escolar.
De la misma forma, se tomará en consideración el origen del conflicto que dio lugar al
comportamiento sancionado. Según ello, se hace necesario conocer el contexto, la motivación y
los interesas que rodean la aparición de la falta. Por lo tanto, se evaluará la condición del agresor,
las circunstancias del caso, la situación emocional del involucrado, entre otras.
Artículo 46.- Procedimiento. En los casos de conflictos que afecten la convivencia escolar, así
como todos los que tengan carácter delictual o cuasi delictual, deberán aplicarse las siguientes
normas y criterios:
a) Confidencialidad: Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el
discernimiento y mientras permanezca en el ámbito estrictamente colegial, se asegurará a
todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
b)
Documentación: De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en losdocumentos propios del establecimiento. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes
por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.
c) Protección y garantías: Durante el procedimiento se garantizará la protección del afectado
y de todos los involucrados, el derecho de las partes a ser oídas, la fundamentación de las
decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e
información durante todo el proceso.
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Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá
otorgar protección y se tomarán las medidas necesarias para que pueda
desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto implique peligro para él o
para los alumnos.
d)
Notificación a los apoderados: Al inicio de todo proceso en el que sea parte un
estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha comunicación podráefectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.
e)
La investigación: El/la directora/a, o la persona a quien él delegue, según sea el caso,
deberá llevar adelante la investigación de los hechos entrevistando a las partes,
solicitando información a terceros, o disponiendo cualquier otra medida que estime
conveniente para su esclarecimiento.
Una vez recopilados los antecedentes y agotada la investigación, el Encargado deberá
elaborar un informe que presentará al Comité de buena convivencia escolar, para que éste
delibere y decida la sanción que él mismo aplicará o que recomendará a la Dirección.
f)
Citación a entrevista: Una vez recibidos los antecedentes, la Dirección, o aquél a quien ella
delegue, deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante oestudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un
acuerdo entre las partes. Para esta entrevista se considerará qué datos o aspectos
convenga ser tratados en presencia de los alumnos y cuáles entre los adultos.
En el caso de existir acuerdo, se podrá suspender el curso de la indagación,
exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones en un período
de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente estas condiciones, se dará por
cerrado el caso, dejándose constancia de ello.
Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes
presentarán todos los antecedentes que estimen oportunos. También se podrá
citar al Psicólogo o a otra persona idónea, quien podrá aconsejar o pronunciarse al
respecto.
g) Resolución: La autoridad competente (el Comité de buena convivencia o el/la directora/a,
según los casos) deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o
bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos
que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a las partes y,
en su caso, al Comité de buena convivencia escolar.
h) Medidas de reparación: En la resolución se deberá especificar las medidas de reparación
adoptadas a favor del afectado y la sanción para el culpable, así como la forma en que se
supervisará su efectivo cumplimiento.
i)
Recursos: Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la
resolución adoptada por el Comité de buena convivencia o por la Dirección, dentro del
plazo que se determine.
Artículo 47.- Reclamos y Apelaciones. Ante faltas graves o muy graves, como cancelación de
matrícula, expulsión, entre otros, el apoderado podrá reclamar o apelar, si considera que la
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sanción ha sido injusta o desproporcionada. Deberá, sin embargo, cumplir con ciertos requisitos, a
saber:
a)
Deberá presentarse por escrito, conjuntamente a todos los antecedentes y medios de
prueba que aminoren o eximan de responsabilidad.
b)
Se debe presentar luego de 5 días desde la notificación de la sanción.c)
Deberá enviarse al/la directora/a del Colegio, quien tendrá un plazo de 7 días para
resolver la apelación presentada.
d)
No se podrá imponer sanción disciplinaria alguna en contra del reclamante basada
únicamente en el mérito de su reclamo o apelación.
XI. FELICITACIONES Y RECONOCIMIENTOS
Artículo 48.- Por cada curso, anualmente el consejo de profesores entregará dos distinciones,
Espíritu Altamira y Excelencia Académica, además de un premio al Mejor Compañero oCompañera, entregado por los estudiantes (por curso). El primero de ellos es la máxima distinción,
lo recibe quien encarna la matriz valórica del colegio; el segundo, distingue a quién ha
desarrollado sus potenciales con distinción en cualquier área del currículum, además de ser quien
presente una mayor curiosidad intelectual y espíritu de aprendizaje.
Artículo 49.- En IVº medio se entregarán las siguientes distinciones, en la Ceremonia de
Graduación:
a)
Destacados por áreas.
b)
Excelencia Académica.
c)
Distinciones a los Alumnos Históricos.d)
Espíritu Altamira.
e)
Premio Isidora González Calvo a la Resiliencia.
ANEXOS
Normativa Particular y Procedimientos
ANEXO 1. Actuación y protocolo en caso de Maltrato o Violencia Escolar.
1.
Definiciones
Según lo establecido por el Ministerio de Educación, y por la Ley sobre Violencia Escolar (Ley N°
20.536), se entiende por maltrato escolar “ toda acción u omisión constitutiva de agresión u
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hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes
que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de
una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este
último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya
sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición .”
(artículo 16 B de Ley N° 20.535 sobre Violencia Escolar).
En virtud de ello, se considerarán faltas constitutivas de maltrato o violencia escolar, las siguientes
conductas:
a)
Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
b)
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier
otro miembro de la comunidad educativa.
c) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u
otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,
mofarse de las características físicas, etc.)
e)
Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra
circunstancia.
f) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la
comunidad educativa a través de chats, blogs, Facebook, twitter, mensajes de texto,
correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs,
teléfonos o cualquier medio tecnológico, virtual o electrónico,
g)
Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar.
h)
Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de
delito.
i) Portar cualquier tipo de armas, instrumentos u objetos cortantes, punzantes o
contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya
hecho uso de ellos.
j)
Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias
ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o
en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.
2.
Obligación de denunciar
Los Mediadores, Profesionales y Asistentes de la educación deberán informar inmediatamente a la
Dirección del Colegio sobre las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u
hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales
tomen conocimiento.
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El/la directora/a del Colegio o los Directores de Ciclo deberán denunciar, dentro del plazo de 24
horas desde que tome conocimiento del hecho, aquellas situaciones citadas en el punto anterior
que revistan caracteres de delito, así como también cualquier otra acción u omisión que revistan
las mismas características y que afecte a los estudiantes del Colegio. Esta denuncia deberá hacerse
ante las autoridades competentes.
3.
Protocolo de Actuación
Una vez recibida información o denuncia de algún hecho o situación concreta que implique posible
maltrato escolar, el Director:
a)
Encargará al Psicólogo del Colegio o del ciclo que entreviste a la posible víctima y emita un
informe sobre su situación psicológica y emocional.
b) Citará al Encargado de la Convivencia Escolar, para que ponga en marcha, de inmediato, el
siguiente procedimiento:
Notificación al apoderado: Al inicio de todo proceso en el que sea parte un
estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados.
Investigación: En Encargado de la Convivencia Escolar llevará adelante la
investigación del reclamo o denuncia, entrevistando a las partes, solicitando
información a terceros y/o disponiendo cualquier otra medida que estime
necesaria para su esclarecimiento. Si se trata de un alumno, será obligado recabar
información del respectivo Profesor Jefe y del Inspector.
Citación a las partes: Una vez concluidos los pasos anteriores, el Director deberá
citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o
estudiantes involucrados a una reunión que tendrá como finalidad buscar un
acuerdo entre las partes. En esta entrevista estará presente también el Encargado
de la Convivencia Escolar. En caso de existir acuerdo entre las partes, se podrá
suspender el curso de la investigación.
Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas. También se podrá
citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al
respecto.
Deliberación del Comité de Convivencia: Una vez recopilados los antecedentes
correspondientes o agotada la investigación, el Encargado deberá presentar un
informe ante el Comité de Buena Convivencia Escolar, para que delibere sobre los
hechos presentados.
Resolución: El Comité de Buena Convivencia deberá resolver si se cumplen los
requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado.
En el primer caso, el Comité decidirá también la sanción que, a su juicio,
corresponde imponer a los culpables. La aplicación de esta sanción será
competencia de la Dirección del establecimiento; y, si la sanción implica
cancelación de matrícula o expulsión definitiva del colegio, será necesaria también
la aprobación del representante del Sostenedor.
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La decisión final debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de
Buena Convivencia Escolar.
Medidas de reparación: En la resolución se deberán especificar las medidas de
reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se
supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por
ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales,cambio de curso u otras de las contempladas en artículos anteriores de este
Reglamento.
Recursos: Todas las partes tendrán la facultad de recurrir en contra de la
resolución adoptada, siguiendo el procedimiento señalado artículos anteriores.
ANEXO 2. Presentación Personal y Uniforme
La presentación personal de los estudiantes de nuestro Colegio refleja lo que somos como
comunidad educativa en el exterior, por lo que los alumnos y alumnas deberán presentarse de
manera ordenada, limpia y correcta, sin perjuicio de que nuestro Colegio no exige el uso de
uniforme escolar, puesto que buscamos y respetamos el desarrollo de la propia identidad.
Únicamente se solicita a nuestros estudiantes que usen ropa deportiva para las clases y
actividades de naturaleza física.
ANEXO 3. Reglamento de uso de Laboratorios de Computación y Dispositivos del área de
tecnologías para el aprendizaje.
1.
Disposiciones Generales:
Los laboratorios de computación -de inglés y de los ITP-Cs-, además de pertenecer a las áreas para
las que han sido diseñados, están adscritos al área de Tecnologías para el Aprendizaje, así como
también todo tipo de dispositivos de acceso e infraestructura computacionales, especialmente, en
lo relativo al monitoreo del funcionamiento de los equipos, el apoyo en los contenidos y en el
seguimiento a las apropiaciones de la tecnoestructura instalada.
Estos espacios y dispositivos han sido diseñados y adquiridos para apoyar los procesos de
aprendizaje de los niños y niñas; además de ampliar el trabajo docente, ofreciendo nuevas
posibilidades de interacción, organización de la información y generación de redes. Por lo tanto, es
de responsabilidad de toda la comunidad del Colegio Altamira colaborar para incentivar el uso de
estos materiales, su cuidado y mantención a lo largo del tiempo.
Las salas están disponibles en forma gratuita para la Comunidad Altamira, de acuerdo a las
disposiciones de este reglamento.
El Área de Tecnologías para el Aprendizaje asume como vocación de servicio, la formación
permanente de sus usuarios en el uso de tecnologías de información y comunicación, así como
también de colaboración en la búsqueda y creación de contenidos y servicios para facilitar los
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procesos de aprendizaje de los estudiantes en conjunto con los profesores y profesoras del
Colegio.
Serán usuarios de estos espacios, según las especificaciones que se indican a continuación:
a)
Estudiantes del Colegio Altamira.b)
Profesores/as.
c)
Profesionales y administrativos de los equipos de Apoyo.
d)
Equipo de dirección del Colegio.
e)
Asistentes de sala.
f) Asistentes de aseo y personal de seguridad.
2.
Procedimiento para su uso
a)
Para el uso del Laboratorio de Computación del ala sur, se deberá entregar alAdministrador de la Sala, la credencial o agenda, que será devuelta cuando él o la usuario
se retire. Los demás laboratorios serán usados por los estudiantes junto a sus
profesores(as), previa reservación con los encargados de estos espacios.
b)
Las y los usuarios deben consumir sus alimentos y bebidas antes de ingresar a los
laboratorios.
c) Las y los usuarios deben mantener un comportamiento adecuado de respeto hacia sí
mismos, sus compañeros, el encargado de la sala y los materiales que ocupan, de modo
que puedan ser usados por sus compañeros. No se permite faltar el respeto al personal de
la sala.d)
No se permite visitar, interactuar o descargar contenido pornográfico y/o inadecuado para
los estudiantes.
e)
El usuario se hará responsable por deterioros, daños, pérdidas o accidentes ocurridos en el
equipo asignado y/o sus periféricos.
f) Las y los usuarios podrán utilizar los equipos sólo para fines académicos.
g) No se permite borrar archivos de las cuentas, copiar software desde los equipos e instalar
aquellos que no sean autorizados. Esto incluye además la infección intencionada de virus a
los equipos.
h)
Cuando se requiera la obtención de un programa o aplicación disponible en las redes
académicas, intra y extrainstitucionales, el usuario deberá solicitar autorización a los
responsable del servicio.
i) El horario de atención estará publicado, cualquier cambio en él, se avisará con
anterioridad.
j)
Se permite conversar en voz baja, procurando respetar la concentración de los demás
usuarios.
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k)
Se permite escuchar música desde los equipos sólo con audífonos, en tanto dispongan de
ellos.
l) Se encontrará un libro de sugerencias y reclamos, el cual estará a disposición de los
usuarios.
m)
Los equipos no podrán apagarse. Sólo el Administrador de Sala podrá hacerlo al terminar
la jornada.n)
El laboratorio de computación será utilizado por los alumnos previa reservación y su uso
será para apoyar sus procesos de aprendizaje.
3.
Sanciones
El daño intencional realizado a los equipos será sancionado con:
a)
Multas equivalentes al valor del equipo(s) o accesorio(s) dañado(s).
b)
Trabajar en la tarde del miércoles, suspensión temporal o definitiva del servicio para las
personas involucradas.c)
Aplicación del Reglamento del Colegio, válido también en caso de mal comportamiento o
incumplimiento de normas.
ANEXO 4. Reglamento de servicios bibliotecarios, Biblioteca y Sala de Estudios “Marcela Paz”.
1. Misión de la Biblioteca.
Nuestra biblioteca tiene por objeto proporcionar servicios bibliotecarios de calidad a la comunidad
Altamira, para la satisfacción de sus necesidades de información. Para ello se adquiere, procesa y
se pone a disposición la bibliografía adecuada para apoyar los objetivos de docencia, investigación
y extensión escolar, de acuerdo con la misión del Colegio Altamira.
2. Colección
La biblioteca cuenta en la actualidad con: Monografías, 6.100 ejemplares, correspondientes a
3.400 títulos, dividida en:
a) Obras de referencia: Diccionarios, enciclopedias, mapas, atlas, almanaques, etc, sólo de
consulta en sala de biblioteca.
b)
Fondo general: De préstamo en biblioteca y domicilio.
Toda colección está dividida y organizada en 10 áreas principales:
a)
Generalidades (000)
b) Filosofía (100)
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c)
Religión (200)
d)
Ciencias Sociales (300)
e) Lenguas (400)
f) Ciencias Puras (500)
g)
Tecnologías (600)
h)
Bellas Artes (700)i)
Literatura (800)
j)
Geografía e Historia (900).
3. Procesamiento de datos.
La colección se encuentra clasificada de acuerdo al Sistema de Clasificación Decimal Dewey (por
materia) y catalogada de acuerdo a las Reglas de Catalogación Angloamericanas. Toda la colección
está ingresada en la Base de Datos Mediatrack, la que se va incrementando con el material que va
llegando a la biblioteca, lo que permite realizar el préstamo en forma automatizada.
4. Servicios.
El usuario puede hacer uso de los diferentes servicios de préstamos, previa presentación de su
credencial de biblioteca:
a)
Préstamo en sala
b)
Préstamo en biblioteca
c)
Préstamo a domicilio
5. Actividades relacionadas
a)
Feria del Libro
b)
Hora del Cuento: destinado al primer ciclo básico
c)
Actividades otorgadas por las editoriales, sin costo para el colegio, que apoyan el gusto
por la lectura.
d) Visitas de escritores y otros.
6. Reglas generales
a)
Tendrá derecho al uso de la Biblioteca toda la comunidad escolar, incluidos los docentes,
administrativos y personal auxiliar.
b)
Las y los usuarios deben presentar su credencial para hacer uso de los servicios de la
biblioteca, la que durará dos años.
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c)
Las obras de lectura domiciliaria y de recreación serán facilitadas por dos semanas,
prorrogables por un tiempo razonable, siempre y cuando no esté reservada por otro
usuario.
d) El usuario deberá devolver el material bibliográfico solicitado en la fecha indicada en la
contratapa del texto. De lo contrario, deberá enfrentar una multa, aplicándose ésta
también a los préstamos en sala y biblioteca. Esta multa será aplicada igualmente a todoslos usuarios de la biblioteca.
e)
Si el usuario extravía el texto, deberá reponerlo lo antes posible, o en su defecto, pagar el
valor del libro, además de la multa correspondiente.
f)
Las y los usuarios que no devuelvan el material bibliográfico pedido, a pesar de los
reiterados avisos, será notificados con una comunicación, previa conversación con el
profesor jefe.
g)
Si el usuario o usuaria tiene un atraso en la fecha de devolución y/o multa impaga, no
podrá solicitar otro material en préstamo.
h)
El usuario o usuaria se hará responsable del material que ha solicitado, e incluso de
reponerlo en caso de ser necesario.i)
El usuario o usuaria deberá mantener una actitud respetuosa, hacia sí mismo y los demás,
mientras permanezca en la biblioteca.
j) El usuario o usuaria deberá mantener silencio y un tono de voz adecuado, pues la
biblioteca es un lugar de lectura y estudio.
k)
Las y los usuarios no pueden entrar comiendo y bebiendo bebidas o jugos.
l)
Los celulares deben estar en tonos bajos.
m)
Las o los usuarios deben cuidar el aseo, orden y mobiliario de la biblioteca.
n)
La multa será de $ 100 por día de atraso.
o)
Es relevante que toda la comunidad Altamira considere la importancia de cumplir con los
compromisos adquiridos con la biblioteca.
ANEXO 5. Normas básicas de Enfermería.
Es su misión, atender fundamentalmente las urgencias que eventualmente puedan presentar, ya
sea por accidente, por la aparición de un síntoma o dolor.
Desde este punto de vista, la labor de enfermería es prestar los primeros auxilios de modo que el
accidentado o enfermo salga del Colegio en las mejores condiciones posibles para no agravar la
situación; en ningún caso está dentro de su rol diagnosticar estados de salud.
En general, la enfermería atiende diariamente urgencias primarias y deriva los temas que no le
competen a las secretarias y mediadoras del primer ciclo.
1. Procedimiento.
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a)
Es labor de la enfermera comunicar a la brevedad posible a las secretarias y/o mediadoras
de ciclo las situaciones urgentes, para que ellas a su vez informen a los apoderados,
quienes resolverán en definitiva lo que se hará.
b) Si la situación es grave, la enfermera deberá llamar a la ambulancia para derivar al
enfermo a urgencia lo más rápido posible.
c)
En caso de urgencias menores, los alumnos deberán asistir solos a la enfermería.d)
Es labor de la enfermería llevar un registro de los alumnos que deben medicamentarse en
horas de clases para suministrar las dosis indicadas por el médico. El alumno debe llegar a
la hora a la enfermería, enviado por el profesor, para que la enfermera no se ausente de
su lugar de trabajo.
e)
Es de suma importancia mantener informada a la enfermera de las condiciones y
características especiales de salud de algunos alumnos que puedan ser utilizadas como
prevención y para una mejor y más eficiente atención.
f)
En caso de situaciones menores, los profesores(as) podrán enviar a un(a) estudiante, o
bien ella o él mismo dirigirse a la enfermería por su propia voluntad, debido a situaciones
de malestar. Sin embargo, un(a) alumno(a) no puede quedarse en la enfermería parareposar, salvo excepciones que lo ameriten.
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