Global Business University y Bufete Internacional
Reformas 2011 Comercio Exterior
Expositor: Dr. Eduardo Reyes Díaz-Leal
les da la más cordial bienvenida a su seminario:
Reformas 2011
Comercio Exterior
COMERCIO GLOBAL
LEGISLATIVAS RMCE [RCG]
SAT
DIVERSAS
REFORMAS
IMMEX
INCOTERMS
RCCGMCE [SE]
Adaptabilidad. Hizo crecer a China en 2009
Velocidad 90% ahorro en tiempo 15% incremento en costo
Prioridades del cliente 1 Entrega/Producto 2 Servicio 3 Alianza 4 Asesoría
Nuevas Ventajas Competitivas
318 TLC`s
Arancel promedio 9.72% [México está por debajo del 9%]
Regulaciones (todo tipo) 43% [México menos del 20%]
Participantes OMC 153 países
70,000 empresas hacen el 70% del comercio global, en México son aproximadamente 2,000 empresas.
Franca expansión más del 9%
Apertura Comercial
Participación de nuevos productos, mercados y actores
Estructuración vía cadena de suministros (Party Logistic)
1PL Subcontratación del transporte
2PL Transportación y almacenaje
3PL Transportación, almacenaje, otros servicios
4PL Optimización de la cadena: clientes y proveedores
5PL Cuando, además, se incluye financiamiento
Características del Comercio Global
Trabajo de la Gerencia FODA
Prevalidación Talentos
Conocimientos especializados
Procesamiento de la información
[Minerología]
Logística Integrada
Sugerencias
Sistema electrónico de grabación y autentificación [del actor y del acto] legal que permite la emisión de alertas y que no es un acto [per se] de comprobación o autorización.
La validación en el SAM requiere de una revisión preliminar realizada por agrupaciones de empresas o profesionales aduaneros, que buscan prejuzgar [criterios] 4 grandes conceptos:
Sintácticos [cantidad de caracteres]: construcción de expresiones para el intercambio de información
Catalógicos: Listado de caracteres organizados y sistemáticos [Anexo 22] a fin de la confrontación técnica
Estructurales: Distribución ordenada, dentro de un todo, de conceptos coherentes enlazados
Normativos: Verificación del ajuste a las conductas, tareas y/u ordenación [jurídica] preestablecida
Validación
Preparación para exportar
Exportación Transporte Preparación
para importar Importación
COBERTURA
Procedimientos Comerciales
Contacto Orden Notificaciones Pago
Procedimientos de Transporte
Contrato Recolección Transportación Documentación
Procedimientos Regulatorios
Permisos Documentos Pedimentos CAAT Procedimientos de seguridad
Procedimientos Financiero
Formas de Pago Seguros Crédito Estados de cuenta
Procedimientos del Comercio Exterior
Relación con todo actor
Administración de permisos y
documentos y su validación
Administración del riesgo y acción
Revisión aduanera
Policía Federal
Auditoría
Gestión del despacho sin papeles
Despacho Aduanero Electrónico
1º. Incremento de la Competitividad
2º. Simplificación y Agilización
3º. Reducción de tiempos y costos
4º. Certeza de procedimientos y trámites
5º. Fortalecimiento de la logística y modernización
6º. Eliminación del papel
7º. Reducción de la burocracia, tramitología y corrupción
8º. Incremento en la Interconexión global
9º. Fortalecimiento institucional
10º. Relación tecnológica entre los TLC s, ejemplo CdO`s
OBJETIVOS
2010 2011 Crecimiento EUA 2.6% 3.2% México 4.2% 3.5% Inflación EUA 1.1% 1.0% México 4.4.% 3.73%
Perspectivas
Comparativo
2010 2011
1 994.495.8 Ingresos 2’179,289.6
640,875.1 ISR 688,965.2
53,195.1 IETU 60,605.3
485,554.9 IVA 555,677.1
27,911.9 ICE 22,810.6
1,149.7 Multas 1,269.8
301.1 Cuotas 110.6
Ley de Ingresos 2011
Artículo 15 Infracciones anteriores al 1.1.11
Actas [AHO, no PAMAS] 152
Menores a 3,500 UDIS
No se haya determinado
Artículo 16 Inciso B, fracción II, se exime del DTA a la importación de gas natural
Ley de Ingresos 2011
18 de agosto del 2010 Decreto modificación Art. 1 TLCAN (Venganza
Presidencial)
29 de diciembre del 2010 Reglas de operación para asignar fondos para: ‒ Pymes (99% del total, 50% del PIB y 70% empleos) ‒ Prologyca, apoyo a la competitividad logística y
centros de distribución ‒ Prodiat, apoyo al desarrollo de alta tecnología
Otras Leyes
Incrementan a cigarros 0.35 cent/cgrro Obviamente, esto altera los porcentajes de los
procedimientos simplificados aduanales como el de pasajeros y empresas de mensajerías, cuyas actualizaciones se hicieron el 24 de diciembre del 2010
LIEPS
Juicio en línea. Medios tecnológicos Juicio en vía sumaria. Criterios obligatorios y
simplificación procesal
LFPCA / LOTFJFA
Incremento sanciones por secuestro
Apoyo a los inmigrantes
Autorización de intervención de líneas telefónicas
Prórroga a 30 años concesión autopistas y puentes
Lavado de dinero: no se autorizó
Leyes autorizadas al ejecutivo
95% 70%
2007-2009 2010
Otras Leyes
SRE, Doble Tributación
Publicación Vigor
22.12.10 Suiza 23.12.10
28.12.10 Uruguay 29.12.10
30.12.10 Panamá 30.12.10
30.12.10 Bahamas 30.12.10
SE RRNA, 09.12.10 (Vig +1 dh) Control sanitario de psicotrópicos ‒ 2906.29.05 ‒ 2912.29.02 ‒ 2916.35.01 ‒ 2916.39.99 ‒ 2916.34.01
Modificaciones TIGIE, 28.12.10 17 fracciones arancelarias a la exención: acero y aluminio
DOF 25.Feb.10
DOF 26.Marz.10
DOF 17.Ago.10 DOF 11.Nov.10
DOF 28.Dic.10
Desde 6 julio 2007
DOF 23.Sep.10
DOF 25.Feb.10 (18º) Adición 2.6.10 Vigencia de productos elegibles
Hasta 31.Jul.2011 SGP TLCUE
DOF 26.Mar.10 (19º) Modificación Anexo 2.4.1 del Acuerdo de Nom`s Actualización fracciones de la TIGIE para las Normas Incrementan exenciones del artículo 10 Refacciones Importaciones por mensajería hasta 1,000 cada semana
y otras que permiten el diferimiento
ALADI TLCAELC
TLC Uruguay TLC Japón
DOF 17.Ago.10 (20º) Modificación al Anexo 2.4.1 Exentar NOM 001-Doméstico NOM 016-Oficina NOM 019-Seguridad Si se cuenta con certificados de EUA o Canadá
DOF 23.Sep.10 (21º) Modificación a permisos para la importación de diamantes y de diesel Facilitación de permisos para Chocolates y Siderúrgica Se publica lista de fracciones sujeta a cuotas
DOF 11.Nov.10 (22 )
Se elimina el requisito de “constancia de calificación” para la transferencia de cupos
DOF 28.Dic.10 (23 )
Se adiciona supuesto de cumplimiento de cupo para industria automotriz para pedimentos consolidados al 31 de diciembre de cada año
Nacieron en 1936
Globalmente aceptados
Actualización constante
Son parte del acuerdo de voluntades (Contrato)
Provienen de la Cámara Internacional de Comercio
Sede París, Francia
Comisión comercial legal y práctica
‒Buscan satisfacer las necesidades de los
negocios
2010 (efectiva a partir del 2011)
Considera las zonas de libre comercio
Admite el uso de la comunicación electrónica
Toma en cuenta la seguridad
Adopta la evolución en los transportes
Se requiere simplificación
1953 – 1967 - 1976 – 1980 – 1990 - 2000
Reformas anteriores
Carg
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Planta Destino
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Cantidad Calidad Empaque Etiquetado
Aduana de exportación Documentos Inspecciones Contribuciones
Inspecciones Aduanales de
Tránsito
Aduana de importación Documentos Inspecciones Contribuciones
EXW
(FCA)
FAS
FOB CFR/CIF
CPT/CIP DAP/ DAT
DDP
Logística Internacional
Eliminación de 4 grupos
Modifican a “Acuático”: FAS, FOB, CFR y CIF
Uso doméstico
Documentación electrónica
No descarga: CFR, CIF, DAP
y DDP
Crean DAT y DAP Asistencia en
seguridad
Eliminación DES, DEO, DAF y DDU
RAFTS (1936) Local/doméstico No utilizados
actualmente
UNIFORM COMMERCIAL CODE (1952)
Armonización de transacciones comerciales en EUA
7 aplicaciones FOB
¿Alternativas?
INCOTERMS 2010
Entrega – Destino
CFR-CIF*
R
FCA
De
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no
in
clu
ido
CPT/CIP*
FOB
EXW
FAS
DA
P/D
AT
CP
T/C
IP
DDP *CFR-CIF/CPT-CIP La entrega legal difiere de la entrega física
Alcances
Aduanal Bases gravables
Comercial Costos
Riesgos
Tareas
Fiscal Deducciones
Acumulación
Legal Responsabilidad
Cualquier medio de transporte Terminal: Quay, Warehouse, Container Yard/Roll, Air cargo
terminal El punto de entrega es igual al del destino Incluye la carga y descarga, hasta el punto especificado de
la terminal. Si se pretende llevarlas a otros punto debe usarse DAP o DDP
Se incluye los trámites de exportación, pero no se tiene obligación alguna sobre la importación
DAT [DELIVERY AT TERMINAL]
Cualquier medio de transporte
El punto de entrega es igual al del destino
Incluye la carga, hasta el punto especificado que es el momento de la entrega para los efectos del “riesgo”, pero no la descarga
Se incluye los trámites de exportación, no se tiene obligación alguna sobre la importación
DAP [DELIVERY AT PLACE]
CONCENTRACIÓN DE OBLIGACIONES
EXW FCA CPT CIP DAT DAP DDP FAS FOB CFR CIF
Calidad y cantidad (inspección)
Empaque mínimo
Entrega (transmisión riesgo) EXW TRAN TRAN TRAN ALLA ALLA ALLA TRAN TRAN TRAN TRAN
Destino EXW TRAN ALLA ALLA ALLA ALLA ALLA TRAN TRAN ALLA ALLA
Exportación X
Carga X
Transportación X X X X
Aseguramiento X X X X X X X X X
Descarga X X X X X X X X
Uso marítimo X X X X X X X
Importación X X X X X X X X X X
Inspección Aduanera X Ex Ex Ex Ex Ex Ex/Imp Ex Ex Ex Ex
Asistencia
Notificaciones
Requisitos nuevos Programas
Incremento mercancías sensibles
Seguridad Jurídica
Reestructura causales de cancelación
Reestructura de plazos
Fusión de Programas
Objetivo:
Restringir nuevos programas por incumplimiento
Adecuar Decreto de facilitación de simplificación, automatización y reforzamiento del 31.Mar.2008, derogación parcial del artículo 6º y creación del 6 Bis
Ejercer mayor control de bienes “sensibles”
Reforzar facilidades a empresas certificadas en pro agilización y simplificación
Origen: Decreto 01.Nov.2006
Fomento y Facilitación
Modalidades
Servicios
Industrial
Albergue
Controladora
Terciarización
IMMEX
(Tipos)
Operación de maquila
No utilidades
No precio de Trans-ferencias
SAFE HARBO
R
Características
Insumos del extranjero Temporal Transformación Exportación
Otros insumos Retorno conjunto
Maquinaria Min 30% del extranjero
Generadora de utilidades
ISR Con o sin precio de transferencia
Objetivo:
Incrementar seguridad jurídica a través de una definición más precisa para las operaciones de maquila para el pago del ISR por las no utilidades generadas en México
Se incluyen:
‒ Requisitos de propiedad del extranjero de maquinaria y equipo (30% mínimo del extranjero)
‒ Las importaciones temporales propiedad del extranjero, deben retornarse, directa o indirectamente [Operaciones Virtuales], con los demás bienes nacionales o nacionalizados
‒ Definición de transformación (ya no de elaboración): producto distinto o con valor agregado
IMMEX, Continuación
Objetivo:
Consolidación, en un solo instrumento, los programas que tenían el objetivo de otorgar facilidades administrativas y beneficios fiscales para la exportación:
Ahorro para el Gobierno Federal
Fiscalización a un único esquema, con mayor certidumbre, transparencia y continuidad
continuidad
IMMEX, Continuación
Daltex
03.May.90
DECEX
11.Abr.97 DIMMEX
Artículo 4 . Plazos de Permanencia
Adición de nuevo Anexo (no aplica a empresas certificadas. UP fracc. I)
Anexo I Bis.- 6 meses: azúcares
Anexo I Ter.- 9 meses: acero
Anexo II.- 12 meses: piernas y muslos
Anexo III.- 12 meses: Textil, confección y neumáticos 6 meses: IMMEX Servicios
Condiciones Especiales
Bienes Sensibles, IMMEX 2011
Anexos Productos Restricción
I Alcoholes Prendería
Prohibido Sin excepción
I Bis Azucares Plazos 6 meses - Excepto EC
Prohibido para IMMEX Servicios
Requiere ampliación Excepto EC
Requisitos específicos Programa de inversión
I Ter Aceros Plazos 9 meses - Excepto EC
Prohibido para IMMEX Servicios Excepto EC
Requiere ampliación Excepto EC
Requisitos específicos Programa de inversión
II Piernas y Muslos
Plazos 12 meses - Excepto EC
Excepto EC Requiere ampliación Excepto EC
Requisitos específicos Programa de inversión
III Textil, confección, neumáticos
Plazos 12 meses - Excepto EC 6 meses - IMMEX Servicios
Requiere ampliación Excepto EC
Requisitos específicos Programa de inversión Montos maximos
[Adición] Artículo 6 Bis. Se exime a la IMMEX
Inscripción en el padrón de importadores Anexo 10 excepto si representan riesgo de salud o seguridad
Ampliación de fracciones arancelarias de importación y exportación, necesarias para realizar sus procesos de manufactura. Excepto si no son certificadas para los Anexos I Bis, I Ter, II y III (ampliación artículo 11º UP)
Anexo 21 (Aduana Restringidas) salvo si representan riesgo de salud o seguridad)
Ampliación del Programa IMME
Fracciones Arancelarias de los Anexos “Sensibles”
Procesos Productivos
Modalidad del Programa
Requisitos Específicos por Modalidad
Visita de inspección de SE: Todas
Servicios: Programas de inversión Actividades específicas [RCCGSE]
Terciarización: Empresa Certificada Registro de Fabricantes
Solo personas morales
Controladora: Empresa Certificada Requisitos por Acuerdo
Albergue: No operación del extranjero
[Reforma] Artículo 11º. Autorización de Programa (Nuevo)
I. a) Adición datos de socios, accionistas y representantes b) Al proceso productivo le eliminan la condición de que sea materias primas (Ref. 4º I b)) c) Sobre la relación a la fracción arancelaria solo aplica para los Anexos I Bis, I Ter, II y III
V. b) Visita de inspección por el SAT (2p) Definen que el objeto de la visita es comprobar
capacidad instalada o de servicio Se contempla período pre-operativo por tres meses y una
nueva visita
Derogada. Coordenadas geográficas
[Adición] 2do párrafo, fracción II, inciso b)
Si se pretende que un IMMEX de Servicios importe Anexos II y III, se requiere programa de inversión con detalle de locales, equipo, personal y valores de importación y exportación.
Immex servicios NO puede:
Aceros, salvo que sea EC o antigua
Azúcares, sin excepción.
Artículo 24º
Fracción III. Obligación de IMMEX sobre la autorización de fracciones, únicamente para los Anexos I Bis, I Ter, II y III
Fracción VIII. Era notificación sobre coordenadas geográficas, hoy establece obligación de notificar los cambios de socios, accionistas y representantes
Fracción IX, derogan uso del Anexo IV y refieren al Anexo 24 del SAT
Artículo 25º. (UP) Adecuación de títulos
Artículo 26º Facilidades en las visitas de inspección
Reforma P.P. “Para que ejerzan sus facultades
a fin de verificar y comprobar …” (era, actos necesarios …)
Derogan (2p) información al agente aduanal
INEGI INEG
SNE SNIEG
Competencia SE
Inicio Oficio A los 10 días del
conocimiento Petición del SAT
Duración 3 meses vs
silencio administrativo
Suspensión Temporales Transferencias Salvo si se
subsano
Causales
I Incumplimiento
al Programa
Procedimiento de Cancelación del IMMEX 2011
II Omisión por ilegal estancia
o tenencia Requiere Resolución del
SAT
III No localización Castigo 5 años
IV Temporales fuera
de lugar Castigo 5 años
V No exportación Requiere
Resolución del SAT Castigo 5 años
VI Documentación falsa Requiere resolución
del SAT Castigo 5 años
VII Falta de
Declaración Fiscal Federal Anual
VIII Socios o
accionistas cancelados
Castigo 5 años
Causales de cancelación
Inicio de Procedimiento
Suspensión Importaciones
Temporales Transferencias
EPA 10 días
Resolución 3 meses
Castigo 5 años
Excepto EC ó IMMEX 5 años
500 empleados 20 MD de “INS”
Si… Primer error hasta 15% de “INS” anual ó Subsane sanciones administrativas
Se evita si se paga en 10
días
Excepto E.C. pagan Crédito
Artículo 32º. Información en Web Fracción V. Fracciones arancelarias solo de Anexos Fracción VII. Vigencia (derogada)
Artículo 33º. [viejo] Neutralidad Fiscal Se desdobló y preciso en un 2º artículo [33 y 34]
PP y 2P Definición simple
operación de maquila
3p y 4p IVA
Tasa 0% submaquila Devolución IVA 20 días
Artículo 33º. [nuevo] Delimitación de Operación de Maquila
Efectos. Up LISR 2º, referencia de operaciones de maquila al Decreto I. Insumos del proveedor/cliente o de terceros extranjeros,
Se importen temporalmente De terceros, solo sí tiene relación comercial
Para su transformación o reparación, indefectible
II. Insumos nacionales o extranjeros del régimen definitivo, deberán “exportarse” conjuntamente con los de la fracción I
Artículo 33º. Continuación… III. Maquinaría y equipo deberá ser propiedad del extranjero sin que
hayan sido propiedad de una nacional (contrato de maquila) cuando menos en un 30%, el resto puede ser propiedad de la maquiladora, inclusive por arrendamiento. El valor se determinará conforme RMF. Regla I.13.7.1
Está fracción no aplica si se era IMMEX al 31 de diciembre de 2009 y haya cumplido con LISR 216 Bis
Up. Los bienes tienen que exportarse directa o indirectamente, indefectiblemente.
SAFE HARBOR 6.9% valor de activos
6.5% gastos de operación
Artículo 34º. Eran los párrafos 3 y 4 del “viejo”33
Tasa 0% del IVA Exportación de maquila Submanufactera o submaquila Proveedor registrado Aviso mensual de submaquila
Devolución de saldos a favor del IVA Toda IMMEX: 20 días hábiles Certificadas: 5 días hábiles
Vigencia 90 días naturales Publicación 24.Dic.2010 Inicia 24.Mar.2011 Excepto
‒ Artículo 33 y 34, que entró 1.1.11 ‒ Acuerdos (hasta que se publiquen las RCCG)
• Requisitos específicos [5º] • Requisitos solicitud [11º]
Abrogación ALTEX y ECEX el 25.Dic.2010 Nuevos ALTEX, con este decreto Viejas solicitudes ALTEX/ECEX o viejos ALTEX, conforme
viejos decretos
Transitorios
Marcas
Avisos comerciales
Nombres comerciales
Libros
Manuales
Música
Películas
Fotografías
Signos Distintivos
Derechos de Autor
Invenciones
Patentes
Modelos de utilidad
Diseños industriales
Propiedad Intelectual
Productos originales sin autorización
Falsificación de productos (imitaciones)
Productos con imágenes o nombres que se confunden con los originales
Productos farmacéuticos apócrifos
Importaciones paralelas
Piratería
Artículo 429. Código Penal Federal Los delitos previstos en este Título se perseguirán de oficio, excepto lo previsto en los artículos 424, fracción II y 427. Artículo 223 Bis. Ley Federal de Propiedad Intelectual Se impondrá de tres a diez años de prisión y multa de cien a diez mil días de SMGDF. Este delito se perseguirá de oficio.
Reforma 2010 en Propiedad Intelectual [28 jun 10]
Subprocuraduría Especializada en
Investigación de Delitos Federales
Unidad Especializada en Delitos Contra los
Derecho de Autor y Propiedad Industrial
Competencia
Competencia PGR Art. 4 LOPGR
El Ministerio Público será el encargado de perseguir los delitos en materia Federal
Art. 40 CPF
Art. 123 CFPP
Facultad para decomisar bienes objeto de los delitos
Solicitud de PGR a la Aduana para retener la mercancía
Art. 181 CFPP
Obligación de la Aduana para presentar ante PGR los bienes retenidos
Facultades
Propiedad Intelectual y Derechos de Autor
2.4.14
Se adiciona
Detección de mercancías prohibidas
Por autoridad aduanera
Aviso autoridad
competente
Formación Base de datos
Dueños de marcas y patentes
Facilite detección de
ilícitos en materia de propiedad
intelectual y derechos de
autor
4ta Resolución (11.03.2010)
2.4.13
Página 21 del Libro
La Aduana está conformando una base de datos marcaria (de marcas registradas y validadas con el IMPI. Esta conformación está en programa piloto, quienes estén interesados, deben enviar su información a [email protected]
Regla 2.4.14 Conformación Base Marcaria
Reformas
3.1.20 Activación de una vez semáforo aduanal [Anexo 14] NLD, AICM, MANZ, CDJ, PROG, PN, TOR, CHIH,
LC, MTY, NOG, TAM, GTO y quitaron todas las exenciones
1.6.35. fracción I, incisos b), c) y UP Reubicación para todo servicios LA 16 Derogan la participación en el DTA del 2º
reconocimiento
Primera Resolución 03 de diciembre de 2010
1.4.19 No procede causales de suspensión (LA 164) Declaración inexacta hasta por 141,000 (o hasta 100 mil
en los regímenes en los que no se pagan los impuestos) por excedentes o no declarados 5 errores al año Allanamiento Correcta descripción No omisión de R/RNA Que haya habido despacho No se impugne
Adición
03 de diciembre de 2010, continuación…
3.5.9 registro de vendedores de autos para vehículos usados sujetos a precio estimado
Adición
1.1.13 Nuevo esquema de pago electrónico e5cinco para derechos y otros. Sustituye a la forma 5 y 16 Copias certificadas Apoderados, sustitutos, mandatarios y expedición de
patentes (incluye AGD) Prevalidadores Recintos fiscalizados incluye RFE Operación por ductos y tomas de muestras Registros como EC y REO
Segunda Resolución 24 de diciembre de 2010
24 de diciembre de 2010, continuación…
Ajuste tasas por incremento del IEPS para pedimentos simplificados
1.3.2, 1.3.3, 1.3.4 y 1.3.5 Padrones. Adicionan material radioactivo al Anexo 10 y la falta del permiso es causal de suspensión y eliminan la causal por reincidencia
2.3.7 RFE. Obligación de publicar tarifas
2.3.10. Los gafetes ya no necesariamente vencen el 31 de diciembre, sino conforme su vigencia
Eliminan registro de Economía importación de autos
24 de diciembre de 2010, continuación…
3.5.1 Aceptan títulos de auto “prohibidos” bajo ciertas circunstancias 3.5.5 Se reduce arancel del 3% al 1%
4.5.11 Reestructura AGD para bajas y altas simultaneas de locales autorizados
4.5.26 Industria automotriz [Nueva] XIX. No requiere manifiesto de valor ni hoja de
calculo
4.6.9 Adicional al e5cinco, adicionan procedimiento para la continuación de la autorización de las consolidadores
4.6.21 [Nueva] Procedimiento para el transito internacional de
mercancías prohibidas [Anexo 17] para rutas especiales. Requiere un pedimento por remolque y debe ser por FFCC
4.8.9 Plazo permanencia RFE 60 meses
3.1.14 parte II Delimitan a una maquila desmontada Adicionan mercancías de la misma calidad, marca y tipo [no
necesariamente granel] salvo que se identifiquen individualmente
Adicionan ¿Qué pasa sí…? Sanciones por omisiones durante los 60 días de la Parte II ‒ 3.8.3 # VIII.- Para minerales
24 de diciembre de 2010, continuación…
4.3.7 Reparación de activos a “no” IMMEX vía aviso (ALAFF) hasta por 6 meses, requiere remisión CFF 29-B
IMMEX
3.8.4:
IX. No PAMA hasta 15,000.00 US o 20% sino es Anexo 10
XV Eliminan la rectificación de números serie
‒ Desde el 1 julio del 2010 ya no se tiene tal obligación
Empresa Certificada
24 de diciembre de 2010, continuación…
XV. Se precisa que la consolidación de embarques [físicos] incluye a las definitivas, y aclara que la consolidación de pedimentos [LA37] sólo es para temporales
XXVI. Se permite R1 para incrementar, en verde, el volumen de 30 días
XXVII. 108.I = 36 meses y 60 meses si es SECITT
Empresa Certificada
Referencia 4.3.25 1.6.8 Traslado de desperdicios 1.6.9 Transferencias de activos 1.6.13 Transferencia a ECEX 1.6.16 Transferencias con RFE, con pago 3.8.4 XII. b) Transferencias controladas 3.8.4 XXII. a) Pedimentos de impresión simplificada 4.1.3 Pedimento complementario 4.3.11 Pedimentos por fusión o escisión
Nueva Operación Virtual
Referencia 4.3.25
3.8.4 [VII, inciso a) [5p] Consolidación V5
4.3.13 R1 de pedimentos de retorno de ECEX
4.8.4 Transferencias RFE
4.8.6 Extracciones RFE
5.2.2 Enajenaciones entre extranjeros
5.2.3 Exportaciones indirectas vía virtuales
5.2.6 Devoluciones de virtuales
Nueva Operación Virtual
RCG 4.3.25
IMMEX
IMMEX
Industria Automotriz y autopartes
Recinto fiscalizado
Referencia legal: Artículo 112 primer párrafo de LA
Transferencias de mercancía entre:
Artículo 112 PP, LA
Las IMMEX, podrán transferir las mercancías que hubieran importado temporalmente, a otras IMMEX, que vayan a llevar a cabo los procesos de transformación, elaboración o reparación, o realizar el retorno de dichas mercancías, siempre que tramiten un pedimento de exportación a nombre de la persona que realice la transferencia, en el que se efectúe la determinación y pago del impuesto general de importación correspondiente a las mercancías de procedencia extranjera conforme a su clasificación arancelaria, en los términos del artículo 56 de esta Ley, considerando el valor de las mercancías, al tipo de cambio vigente en la fecha en que se efectúe el pago, y conjuntamente se tramite un pedimento de importación temporal a nombre de la empresa que recibe las mercancías, cumpliendo con los requisitos que señale la Secretaría mediante reglas. ……
RCG 4.3.25 fracción I Procedimiento
Inciso a)
P1: Presentar pedimentos
1º Importación temporal (el día de la transferencia)
2º Exportación o retorno (al día siguiente)
P2: Sí el pedimento de retorno no se presenta al día siguiente, se tiene un mes para presentarlo (multa por presentación extemporánea
P3: Indicar el identificador (apéndice 8, anexo 22) y el # IMMEX; en caso de proveedor nacional el RFC
P4: No se reconoce la exportación o retorno: Sí los pedimentos no se presentan en los plazos; existen diferencias o no se transmitan los datos
Pueden presentarse en aduanas distintas
Inciso b)
P1: Pedimento por vehículo (25 toneladas o 50 doble semiremolque)
P2: Pedimentos consolidados semanal o mensual para operaciones de más de un vehículo
P3: Transferir al SAAI datos en la primera entrega Patente Número y clave de pedimento RFC del importador o exportador, según corresponda Número de programa o autorización Tipo de operación Clave de destino u origen de la mercancía
RCG 4.3.25 fracción I Procedimiento
Inciso b) Continuación…
P4: Indicar en la factura o nota de remisión # IMMEX o autorización
P5: Presentar a despacho durante la semana siguiente o primeros 10 días del mes los pedimentos virtuales
P6: Multa por presentación extemporánea, en caso de no presentar los pedimentos en los plazos del PP5
P7: No se consideran exportadas o retornadas las mercancías: sí no se presentan los pedimentos en los plazos, no se transmiten los datos o existen diferencias
RCG 4.3.25 fracción I Procedimiento
Inciso c)
P1: Plazo de 6 meses para retornarlas o cambiar de régimen.
P2: Excepto: Certificadas Las enajenadas por proveedores nacionales a
extranjeros Cajas de trailer, maquinaria y equipo
P3: Limitante para transferir en el mismo estado, excepto IMMEX servicios
P4: Si se excede el plazo, se debe regularizar confirme la regla 2.5.2
RCG 4.3.25 fracción I Procedimiento
¿Cómo quedaron los plazos de importaciones temporales?
Plazo Aplica para Fundamento legal Excepción
6 meses Materias primas, partes y componentes transferidos de una IMMEX a otra
RCG 4.3.25 Pedimentos virtuales
Empresas certificadas Maquinaria, equipo y cajas de tráiler Las enajenaciones de mercancía nacional o nacionalizada que realicen a proveedores al extranjero.
6 meses Azúcares Anexo I Bis Artículo 4 fracción I antepenúltimo párrafo
Empresas certificadas
Plazo Aplica para Fundamento legal Excepción
9 meses Aceros y sus manufacturas señaladas en el Anexo I TER
Artículo 4 fracción I antepenúltimo párrafo
Empresas certificadas
12 meses
Neumáticos, y bienes del sector textil y de la confección comprendidos en los Anexos II y III
Artículo 4 fracción I antepenúltimo párrafo
Empresas certificadas
18 meses Materias primas, partes y componentes de IMMEX (general)
108 fracción I de la Ley Aduanera
36 meses Materia primas, partes, componentes de IMMEX certificadas
RCG 3.8.4 Fracción XXVII
Las demás IMMEX
60 meses
Materias primas partes y componentes de empresas IMMEX certificadas del rubro H (eléctrico, electrónico, auto partes y automotriz) programa SECIIT
RCG 3.8.4. fracción XXVII
Las demás IMMEX
Inciso d) P1: Transferencias de empresas ubicadas en FRF a otra
empresa ubicada en el resto del país, presentar pedimento de importación virtual o factura (nota de remisión) en el caso de pedimentos consolidados en la garita o aduana que corresponda
Inciso e) P1: Se podrá cambiar de régimen aplicando los
procedimientos indicados en las reglas 1.6.7 y 1.6.9 según corresponda.
RCG 4.3.25 fracción I Procedimiento
P1. Hayan cumplido con establecido en la fracción I P2. Las transferencias se encuentren incluidas en el control de
inventarios P3. Cuenten por lo menos con los documentos que comprueben lo
siguiente: El traslado físico de las mercancías [en su caso] Los pagos de los medios de transporte utilizados, así como los
gastos en que incurre el medio de transporte La salida física de la mercancía de los almacenes de la empresa El acuse de recibo de las mercancías a los almacenes de la
empresa que recibe la transferencia Factura o nota de remisión de la mercancía objeto de la
transferencia El proceso de elaboración, transformación o reparación, antes
de la transferencia, en su caso
RCG 4.3.25 fracción II Validez de las transferencias ante facultades de comprobación
www.bufeteinternacional.com.mx
www.comerciointernacional.com.mx
¡Gracias!
Eduardo Reyes Díaz Leal
Tel. 01 (55) 1500 1400
Fax 01 (55) 1500 1401
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