Reforma Energética
y sus Implicaciones Fiscales
Miguel Llovera
Socio Co-Líder de Impuestos de Energía
Simón Somohano
Socio Co-líder de Impuestos de Energía y líder de Precios de Transferencia
Eduardo Peralta
Socio Impuestos Internacionales
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Agenda
El Camino a la Reforma Energética 1
Régimen Fiscal y Contractual
Discusión
2
3
Sector Eléctrico
Hidrocarburos
© 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 3
Proceso Legislativo
Aunque las iniciativas fueron enviadas al Senado, 3 de ellas
fueron turnadas a la Cámara de Diputados por tratarse de leyes
en materia fiscal, presupuestaria y de ingresos del Estado.
Que
crean nuevas
leyes 9
y
modifican
leyes
vigentes
9 1 2
© 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 4
Cronología
Principios de la Reforma Energética
Principios de
la Reforma
Energética
Hidrocarburos son y
serán de la Nación
Mayor competitividad
y productividad
Órganos
reguladores fuertes
Absoluta
transparencia Energías limpias
Protección al
medio ambiente
Capacidad productiva
PEMEX y CFE
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Principios
Principales disposiciones
Leyes Secundarias
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Ley de la Industria Eléctrica
Marco Legislativo
Ley de la Comisión Federal de Electricidad
Ley de Geotermia
RONDA CERO: a la CFE por 120 días para determinar las áreas geotérmicas a desarrollar.
Dato: México ocupa la 4ª posición en capacidad instalada para esa energía
en el mundo, solo detrás de EEUU, Filipinas e Indonesia.
La nueva Industria eléctrica
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PLANEACIÓN Y CONTROL DEL
SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL
CONTROL DEL ESTADO
La CFE construye y opera redes con
posibilidad de contratar a terceros
© 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.
GENERACIÓN TRANSMISIÓN DISTRIBUCIÓN COMERCIO
La SENER puede separarlos/desincorporarlos y la
COFECE puede sancionar prácticas monopólicas.
Industria eléctrica
Régimen Fiscal
CFE y sus Empresas Productivas
ISR Lo pagarán como cualquier otra empresa
Dividendo Estatal Pago al Gobierno Federal a
partir de 2016 con respecto a resultados de 2015
PTU Las utilidades no se repartirán entre los
trabajadores, en los mismos términos que PEMEX
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A partir de 2015
Régimen Fiscal
Principales disposiciones
Leyes Secundarias
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Ley de Hidrocarburos
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
Marco Legislativo
Ley del Fondo Mexicano del Petróleo
para la Estabilización y el Desarrollo
Ley de Petróleos Mexicanos
Asignaciones y Contratos
Asignaciones
PEMEX tuvo el beneficio de una “Ronda Cero”, en la
que SENER adjudicó campos y yacimientos sin que
tenga que competir en licitaciones. Esto no la limita
para poder participar en proyectos estratégicos.
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Proyectos
Asignaciones y Contratos
Contratos de E&E
El Estado los suscribe con:
• PEMEX
• PEMEX + particulares
• Particulares
Quien ofrezca mejores condiciones para el
Estado, obtiene el contrato.
El petróleo en el subsuelo siempre es de la
Nación, sólo se revela el beneficio
económico esperado para fines contables.
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Proyectos
Asignaciones y Contratos
Yacimientos Transfronterizos
La participación obligada de
PEMEX será de al menos 20%.
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Proyectos
Uso y Ocupación Superficial
0.5%-3% G.N. No Asociado
0.5%-2% Otros
Sobre ingresos del
asignatario/contratista
después de pagos al FMPED
Proceso Contractual
SENER CNH CNH FONDO MEXICANO DEL
PETRÓLEO
Establece las
condiciones técnicas,
y con el apoyo de la
Se encarga de la
licitación y adjudicación
del contrato, con base en
su información
geológica.
Aprueba el plan de
desarrollo o exploración
Autoriza (en su caso)
exploración “sísmica”
Recibe los recursos y con
ellos realiza:
SENER + CNH
Selecciona las áreas
para las rondas a licitar.
Suscribe el contrato con:
PEMEX
Administra técnicamente
el contrato
AGENCIA DE
SEGURIDAD
Pago de contratos.
Administración y
distribución de ingresos del
Estado.
SHCP
Establece las
condiciones fiscales.
PEMEX +
PRIVADO
PRIVADO
Supervisa seguridad
ambiental y laboral
Diseño Licitación Operación Recursos
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Proyectos
Gas natural
Objetivos
CENAGAS
Se creará un Centro Nacional de Control de Gas Natural 12 meses después
de que la Ley de Hidrocarburos entre en vigor. PEMEX deberá transferir
infraestructura y contratos.
Será regulado y supervisado por la CRE y estará a cargo del Sistema
Nacional de Ductos de Transporte y Almacenamiento.
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OFRECER PRECIOS
MÁS COMPETITIVOS REDUCIR EL COSTO
DE LA ELECTRICIDAD
100% 5 años 50% 20% 10 años
Se reducirá gradualmente la concentración del mercado.
Proyectos
Estrategia de Crecimiento
Sistema Existente de Gas Natural Sistema de Gas Natural 2018
Fuente: SENER
Oportunidades
• 17 proyectos nuevos de transporte de gas natural que se plantean para los próximos 2 años se
estima que requieren de más de $13 mmd de inversión.
• Dos licitaciones de ductos de gas natural se encuentran actualmente activas las cuales requieren
una inversión total de $1.2 mmd. Las fechas de las licitaciones vencen en septiembre y se
otorgarán en octubre de 2014.
• Almacenamiento subterráneo de gas natural a lo largo de la costa del Golfo
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Proyectos
Comparativo Régimen Fiscal
PEMEX
Derecho
ordinario sobre
hidrocarburos
Derecho para la
investigación
científica y
tecnológica
Derecho para la
fiscalización
petrolera
Derecho sobre
extracción de
hidrocarburos en
campos de
Chicontepec y en
aguas profundas
Derecho especial
sobre
hidrocarburos en
campos de
Chicontepec y en
aguas profundas
Derecho
adicional sobre
hidrocarburos en
campos de
Chicontepec y en
aguas profundas
Derecho para
regular y
supervisar la
exploración y
explotación de
hidrocarburos,
Derecho sobre
hidrocarburos
par el fondo de
estabilización
Derecho
extraordinario
sobre la
exportación de
petróleo crudo
Derecho por la
utilidad compartida
Nuevo régimen Régimen anterior
Derecho de
extracción de
hidrocarburos
Derecho de
exploración de
hidrocarburos
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Régimen Fiscal
Paga nueve derechos por 785,383 MDP en 2014
El Estado Mexicano percibirá ingresos por:
Ingresos sobre Hidrocarburos
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• Asignatario: PEMEX y empresas productivas del
Estado
• 3 Derechos a favor del Estado, que serán recibidos
por el Fondo Mexicano del Petróleo
• Cuota contractual
• Impuesto por la actividad de Exploración y Extracción1
Que causen los Contratistas y Asignatarios por las
actividades que realicen
Contratos
ISR
Asignación
• Contratistas: PEMEX y empresas productivas del Estado
y particulares o ambos en asociación
• Contraprestaciones a favor del Estado y del Contratista que
serán recibidos por el Fondo Mexicano del Petróleo
• Cuota contractual para fase exploratoria a favor del Estado
• Impuesto por la actividad de Exploración y Extracción1 que
se destinará a un Fondo de Entidades y Municipios
Régimen Fiscal
Resumen
Régimen Fiscal de Asignaciones
PEMEX o cualquier otra empresa productiva del Estado, pagarán
los siguientes tres derechos a partir de 2015:
1. Derecho por la utilidad compartida, que se pagará anualmente
aplicando la tasa del 65% a la diferencia que resulte de disminuir
del valor de los hidrocarburos extraídos durante el ejercicio fiscal,
las deducciones autorizadas en la LIH. Disposición transitoria.
2. Derecho de extracción de hidrocarburos, que se pagará
mensualmente aplicando la tasa que corresponda al valor del
hidrocarburo de que se trate extraído en el mes.
3. Derecho de exploración de hidrocarburos, que se pagará
mensualmente por la parte del Área de Asignación que no se
encuentre en la fase de producción.
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Régimen Fiscal
Resumen
Régimen Fiscal de Contratos
Producción
Compartida Servicios Licencias
Utilidad
Compartida
Venta de
Hidrocarburos
Bono firma
Estado
En Efectivo
Compensación Adicional s/ utilidad
operativa
Ingresos
Contratista
Ingresos
Estado
Contratista /
Estado
¿Quién
Comercializa? Contratista
Recuperación
+% Ut.
Op.(Efectivo)
Recuperación
+% Ut. Op.
(Especie)
Contraprestación fase exploratoria
Regalía
Comp. Adic. s/
Valor
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Régimen Fiscal
Pérdidas fiscales
a 15 años
IVA
Contratistas Múltiples contratos
Temas
Internacionales
Depreciaciones: 100% Exploración, Rec. Sec. y
Mtto.
25% Des. y Explot. Yacimientos
10% Infra. Trans. y
Almacenamiento Precios de
Transferencia
• Residentes en México
• E&E
• No régimen opcional
• Individual
• Consorcio
• A en P
Establecimiento
Permanente Régimen
de
contratos
Régimen Fiscal de los Contratos
Marco Conceptual
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Régimen Fiscal
I. Durante los
primeros 60 meses
de vigencia del
Contrato
II. A partir del mes
61 de vigencia del
Contrato y en
adelante
1,150 pesos por
mensuales
por kilómetro
cuadrado
Cuota contractual en la fase exploratoria
2,750 pesos
mensuales
por kilómetro
cuadrado
Plazo Cuota Contractual Fase
Exploratoria
Impuesto a las actividades de E&E
I. Durante la fase de
exploración
II. Durante la fase
de extracción
1,500 pesos
mensuales por
kilómetro
cuadrado
6,000 pesos
mensuales por
kilómetro
cuadrado
Plazo Impuesto actividades de E&E
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Régimen Fiscal Régimen Fiscal de los Contratos
Contraprestación e Impuesto
• Tasa = PC/ 100
• 0% si el precio contractual es menor de USD $5 por millar BTU
• Entre USD $5.01 y $5.5, [(PC– 5) x 60.5 ]/ PC
• Superior a $5.5, PC / 100
• 7.5% USD si < a $48 por barril ó
•Tasa = [(0.125xPC)+1.5 ]
© 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.
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Petróleo
Régimen Fiscal
Gas Natural No Asociado
• 5% si el precio contractual es menor a US $60 por barril
• A más, [(0.125 x PC) - 2.5]
Condensados
Gas Natural No Asociado
Régimen Fiscal de los Contratos
Regalías
Nota: PC=Precio Contractual
Conceptos no Deducibles (Se publicará reglamentación
posteriormente)
• Costos Financieros
• Costos incurridos por negligencia o fraude
• Donativos
• Costos por derechos de vía, ocupaciones temporales
• Servicios de asesoría
• Gastos por incumplimiento de condiciones de garantía
• Capacitación (en algunos casos)
• Tecnología (excepto si tiene Estudio de Precios de Transferencia)
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Régimen Fiscal Régimen Fiscal de los Contratos
Utilidad de Operación
• Provisiones y reservas de fondos (excepto abandono de
instalaciones)
• Comisiones pagadas a corredores
• Costos legales por arbitraje o disputa
• Regalías, cuotas contractuales para la fase exploratoria
• Costos, gastos y gastos correspondientes a otros contratos
• Costos, gastos e inversiones no soportados con Estudio de
Precios de Transferencia
• Gastos no estrictamente necesarios para el contrato
• Otros establecidos en los lineamientos de la Secretaría o el
contrato
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Régimen Fiscal Régimen Fiscal de los Contratos
Utilidad de Operación (Cont.)
-
20.0
40.0
60.0
80.0
100.0
120.0
Licencia U. Comp. P. Comp.
14.4 10.2 10.6
6.2 4.4 4.6
25.0 30.0 30.0
45.0 45.0 45.0
10.5 10.5 10.5
Regalia + Contr.
Costos
Gobierno
ISR
Contratista
© 2014 Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. 25
Régimen Fiscal Régimen Fiscal de los Contratos
Ejemplos
Partidas no
Deducibles
“Otros” no
Deducibles
Cambio de
control
Mecanismo de Ajuste de
Rentabilidad Extraordinaria
Contenido
Nacional
Establecimiento
Permanente
Porción del
Gobierno
PTU Régimen
de
contratos
Régimen Fiscal de los Contratos
Algunos temas por resolver
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Régimen Fiscal
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Miguel Llovera Socio Co-Líder de
Impuestos de Energía
+52 (55) 5080 6535
Eduardo Peralta Socio Impuestos Internacionales +52
(55) 5080 6699
Simón Somohano Socio Co-líder de Impuestos de Energía
y Líder Precios de Transferencia
+52 (66) 4622 7872
Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro,
cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca en www.deloitte.com/mx/conozcanos la descripción detallada de la estructura
legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.
Deloitte presta servicios profesionales de auditoría, impuestos, consultoría y asesoría financiera, a clientes públicos y privados de diversas industrias.
Con una red global de firmas miembro en más de 150 países, Deloitte brinda capacidades de clase mundial y servicio de alta calidad a sus clientes,
aportando la experiencia necesaria para hacer frente a los retos más complejos de los negocios. Cuenta con más de 200,000 profesionales,
todos comprometidos a ser el modelo de excelencia.
Tal y como se usa en este documento, “Deloitte” significa Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C., la cual tiene el derecho legal exclusivo de involucrarse en,
y limita sus negocios a, la prestación de servicios de auditoría, consultoría fiscal, asesoría financiera y otros servicios profesionales en México,
bajo el nombre de “Deloitte”.
Esta publicación sólo contiene información general y ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro, ni ninguna de sus respectivas afiliadas
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