FEDERACION INTERPROVINCIAL DE CENTROS SHUAR«FICSH Acuerdo Ministerial No. 2568, Octubre 22 de 1964
Asociaciones
1. Aapkius 2. Arulam 3. Bomboiza 4. Chiguaza 5. Chikichikentsa 6. Etsa Limón 7. EtsaPalora 8. Kaank 9. Kanus 10. Kapantinentsa 11. Kashaints 12. Limón 13. Mamayak 14. Mankusas 15. Mayaik 16. Méndez 17. Miazal 18. NaakamTayu 19. Namakim 20. Nanki 21. Nase 22. Nunkui 23. Paantin 24. Pimpints 25. Santiago 26. Sevilla 27. Shawi 28. Shiram 29. Sinip 30. Suants 31. Sucua 32. Taisha 33. Tarimiat 34. Tsantsa 35. Tukup 36. Tuutinentsa 37. Yamaram Tsawaa 38. Yaupi
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BOLETIN DE PRENSA N 9 7 ANTE LOS PROCESOS DE CONSULTA PREVIA DEL BLOQUE 70- 72 UBICADO EN LAS
PROVINCIAS DE MORONA SANTIAGO Y PASTAZA, PROGRAMADO POR LA SECRETARÍA
DE HIDROCARBUROS, LA FEDERACION INTERPROVINCIAL DE CENTROS SHUAR - FICSH,
MANIFIESTA LO SIGUIENTE:
1. Que en virtud de la Planificación realizada por la Secretaría de hidrocarburos del
Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, aduciendo que se está
cumpliendo con la disposición del art. 57 de la Constitución de la República, la
FICSH, en resolución del Consejo de Gobierno manifiesta su inconformidad y
rotundo rechazo tanto a la convocatoria a dicha Consulta Previa, como los lugares
en donde se ha empezado a socializar la misma.
2. Que igualmente hace conocer al pueblo de la provincia de Morona Santiago, que
esta llamada Consulta Previa no tiene la claridad establecida en la Constitución,
toda vez que detrás de ella se advierte un trasfondo político, orquestado por varios
actores que hoy se encuentran representando a nuestra provincia Morona
Santiago, a nuestros Cantones y a nuestras Parroquias.
3. Que la FICSH como un ente organizativo no político, hace conocer también al
pueblo de la provincia de Morona Santiago que con antelación a estas pretendidas
consultas previas, en varios congresos y Asambleas de tipo organizativo de los
pueblos y nacionalidades indígenas, se han manifestado en contra de la
exploración y explotación petrolera , por las secuelas que deja todo proceso
extractivista en el campo social y económico, que en vez de ser un avance para los
pueblos es un retroceso y una degradación al medio ambiente y la vida,
4. Que invitamos a las autoridades de elección popular de la PROVINCIA MORONA
SANTIAGO, para que en vez de pretender obtener réditos políticos mediante
ANALISIS Y CRITICAS a este tipo de eventos, hagan causa común e inicien un
proceso de desarrollo sostenible con nuestros pueblos y nacionalidades, con
iniciativas y propuestas alternativas a ia explotación petrolera y minera, tales como
fomentar el turismo o la agroecología, actividades que hasta la presente fecha se
encuentran inactivas, para que exista el buen vivir que garantiza nuestra
Constitución.
50 ASOCIACIONES - 500 CENTROS - 120.000 SOCIOS SEDE: Domingo Comín 17-38 y Victorino Abarca Telefax: N g .(593) 072740108 - 073043499
Radio Arutam Ns.(593)-073043855 - Servicio Aereo Shuar SASH Na.[593) 072740632 E-MAIL: [email protected] www.ficsh.org.ee - COORDINACIÓN NACIONAL: Tarqui 809 Quito -Ecuador
S u c u a ' M o r o n a Santiago-Ecuador
^ FEDERACIÓN INTERPROVINCIAL DE CENTROS SHUAR "FICSH Acuerdo Ministerial No. 2568, Octubre 22 de 1964
Asociaciones
Aapkius Arutam Bomboiza Chiguaza Chikichikentsa Etsa Limón Etsa Palora Kaank Kanus
10. Kapantinentsa
11. Kashaints 12. Limón 13. Mamayak 14. Mankusas 15. Mayaik 16. Méndez 17. Miazal 18. NaakamTayu 19. Namakim 20. Nanki 21. Nase 22. Nunkui 23. Paantin 24. Pimpints 25. Santiago 26. Sevilla 27. Shawi 28. Shiram 29. Sinip 30. Suants 31. Sucua 32. Taisha 33. Tarimiat 34. Tsantsa 35. Tukup 36. Tuutinentsa 37. Yamaram Tsawaa¡ 38. Yaupi
Que así mismo, manifestamos a la ciudadanía en general, que la FICSH como
organización indígena, cuyo objetivo es organizacional y social, no político, no
participará en ningún tipo de eventos programados por la Secretaria de
Hidrocarburos, tampoco autoriza que realicen a nivel de sus bases organizativas ya
que no conllevan ningún beneficio a nuestros pueblos.
Que la FICSH en estricta aplicación a sus estatutos y respeto a las Resoluciones de
sus Asambleas así como al art. 57, numerales 4, 6 y 7, de la Constitución de la
República, advierten que en estricto apego a la norma invocada, estas consultas
previas deben realizarse en los lugares donde se exploten y se comercialicen los
recursos no renovables y no en Sedes de organismos públicos y por ende de
contenido político, lo que trastoca el precepto constitucional antes referido, como
erróneamente ha interpretado la Secretaría de Hidrocarburos
Sucúa, 07 de septiembre de 2012
"Por un pueblo libre y soberano" "IRUNTRARIK KAKARMAITJI"
EL CONSEJO DE GOBIERNO
PRESIDENTE DE LA FEDERACION ! DE CENTROS SHUAR -FICSH
Tlgo. Galo Puwainchir VICEPRESIDENTE
DIRIGtNÍb Ub COMUNICACIÓN
ShauK*Sharup '
50 ASOCIACIONES-500 CENTROS - 120.000 SOCIOS SEDE: Domingo Comín 17-38 y Victorino Abarca Telefax: N a .(593) 072740108 - 073043499
Radio Arutam N s .(593)-073043855 - Servicio Aereo Shuar SASH N e.(593) 072740632 E-MAIL: [email protected] www.ficsh.org.ee - COORDINACIÓN NACIONAL: Tarqui 809 Quito -Ecuador
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