SOCIALIZACIÓN DEL COMPARENDO AMBIENTAL Y SENSIBILIZACION DEL ADECUADO MANEJO DE LAS HECES DE MASCOTAS
LEIDY ESPERANZA RODRIGUEZ JAIMES cód. 1094267301
EDGAR ESNEYDER BOHORQUEZcód.1116863223
JAHINA ALEXANDRA MERCHANCód.95082908812
HECTOR URIEL RIVERA
Docente
UNIVERSIDAD DE PAMPLONAFACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS
MEDICINA VETERINARIA 2012
INTRODUCIONPor medio del presente proyecto daré a conocer lo principal del comparendo ambiental establecido mediante la Ley 1259 de diciembre 19 de 2008 a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de heces de mascotas; ya que es de vital importancia para las personas el manejo adecuado de los residuos sólidos, la salud pública, la calidad ambiental y la convivencia
El Comparendo Ambiental es un instrumento de control que permite la imposición de sanciones a las personas naturales o jurídicas que con su acción u omisión, causen daños que impacten el ambiente, por mal manejo de los residuos sólidos o disposición indebida de escombros, por tal razón el municipio de pamplona instaura a aplicación del comparendo ambiental a los infractores y se dictan otras disposiciones según la ley de 2008 mediante el acuerdo Nº 020 de Mayo 31 de 2009.
Dentro de las infracciones podemos encontrar: No arrojar basuras y escombros a fuentes de agua y bosques, realizar quema de basura, permitir la deposición de heces fecales de mascotas en prados y sitios no adecuados para tal efecto, arrojar desde automotores en vías, parques ò aéreas públicas, sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio, entre otras.
Las sanciones correspondientes para las personas que incurran en alguna infracción esta desde la citación para recibir educación ambiental durante 4 horas, en caso de reincidir se obliga al infractor a prestar un día de servicio social, multa de 2 – 20 salarios mínimos mensual a personas naturales ò jurídicas y si es reincidente se procederá al sellamiento del inmueble según (parágrafo 16 de la ley 142 de 1994).
JUSTIFICACIÓN
La recolección de heces de mascotas es un problema que muchas comunidades y municipios que nuestra patria presentan. Este problema es tan cotidiano que parece pasar desapercibido por las autoridades a cargo, pero es necesario contar con las estrategias adecuadas para la solución de estos ya que son muchos los factores que podrían intervenir para la solución de este.
La heces de mascotas está afectando a la comunidad en diferentes ámbitos ya que tampoco en las escuelas no se dan charlas para el cuidado de los animales aspectos que luego dan como resultado, la indiferencia hacia estas irregularidades., es por ello que de ser posible debe involucrarse a las escuelas en sus diferentes niveles a manera de sensibilización y después reproducir con las personas de la comunidad, talleres o practicas que generen una concientización en la población,
Las heces de mascotas presentan algunos olores demasiado molestos, es por esta razón que mi propuesta busca mejorar el ambiente con la recolección de heces de mascotas.
PROBLEMA
Recolección de heces de mascotas y generar un buen horario de recolección de basuras para el mejoramiento ambiental en la ciudad de pamplona, departamento Norte de Santander
DESCRIPCIÓN Y DELIMITACIÓN
La presente investigación se llevara a cabo en la comunidad de pamplona ubicada en el departamento norte de Santander.
Por tanto, dicha investigación tiene un tiempo para su realización de 120 horas en el presente año 2012.
FUENTE: pamplona-nortedesantander.gov.
FORMULACION
Este proyecto surgió en base al comparendo ambiental que se está instaurando en la jurisdicción del municipio de pamplona, fomentando el reciclaje y el buen uso de los residuos, la manipulación adecuada de las mascotas, y de sus heces fecales para evitar desaseo en la calle.
OBJETIVO GENERAL
Socializar el comparendo ambiental y recolección de heces de mascotas para Proporcionar a la comunidad, un espacio limpio, agradable, libre de desechos y de heces de mascotas callejeras.
OBJETIVO ESPECIFICO
Garantizar que el recurso que aporten las diferentes instituciones para la recolección de heces de mascotas se recoja de manera más adecuada con la finalidad de que sigan apoyando este proyecto.
Crear un sistema de recolección apropiada y eficaz de heces de macotas para la ciudad de pamplona
Informar a los habitantes de los barrios del centro de la ciudad los horarios de recolección de las basuras.
Dar a conocer a los usuarios las infracciones y sanciones que se acarrean por el no cumplimiento del comparendo ambiental.
Establecer los puntos críticos de recolección de residuos en el barrio.
Atender las sugerencias que proponen los habitantes del barrio con respecto a la recolección de residuos
dar a conocer la infracción que cometen al sacar las macotas y no recoger las heces.
concientizar la gente de dicho comparendo ya que es para mantener la ciudad limpia.
COMUNIDAD BENEFICIADA
La comunidad que va ser beneficiada con el proyecto es la de la ciudad de pamplona ya que esta práctica fue realizada en el parque y la plazuela Almeida y sectores aledaños de la ciudad de pamplona.
METODOLOGÍA
Fomentamos como alternativa para recolección de heces de mascotas y basura lo siguiente:
Sacar la basura en horario adecuado
Colocar la basura en el lugar que le pertenece
No arrojar basuras al bosque
Tener responsabilidad con las mascotas, y cuando se sacan evitar dejar heces fecales de las mascotas en sitios no adecuado.
DONDE SE REALISO LA PROPUESTA
La propuesta fue realizada en la zona de pamplona, más específicamente en el parque y en la plazuela Almeida y barrios aledaños.
PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN RECOLECTADA
Se hizo una encuesta para saber el grado de satisfacción acerca el comparendo ambiental.
En algunas partes se socializo ya que no se había hecho como en el barrio los treses.
se socializo y explico la recolección de heces de mascotas y lainfracción que cometen.
RESULTADOS
si no 5954
1. Conoce usted la ley 1259 de 2008 con respecto al comparendo ambiental que trata el buen manejo que se le debe dar a los residuos sólidos?Según la gente algunos no tenían conocimiento y los que la conocían algunos dijeron que la cumplían otros que no la cumplían los vecinos o que la empresa no la hacía cumplir.
sino
39
79
II. Conoce usted que sanciones comete usted como ciudadano al momento de sacar los residuos sólidos en lugares y horarios no autorizados?
Si la mayoría sabía pero pedían más conocimiento ya que no estaban bien informados.
sino
95
III. Conoce usted la hora y los días en que pasa el carro recolector por este sector?
La mayoría respondieron que si pero que el carro no cumplía el horario y que pasaba muy rápido en algunas partes dijeron que los señores recolectores no estaban recogiendo las basuras frente de las casas.
11
sino
35
83
IV. Cree usted que las socializaciones del comparendo han sido efectivas en este sector?
La mayoría dijo que si pero que la empresa no la estaba asiendo cumplir
EVIDENCIAS
Sustentación de las heces de mascotas parque
FUENTE: Autores del proyecto
Sustentación heces de mascotas en el iser
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
Sustentación heces de mascotas plazuela
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
Encuesta grado de satisfacción comparendo ambiental amostacen
FUENTE: Autores del proyecto
Socializaciónbarrió el Zulia
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
Encuesta comparendo ambiental barrio los treces
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
Basuras en la calle en horarios no autorizados
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
Socialización recolección de heces cristo rey
FUENTE: Autores del proyecto
FUENTE: Autores del proyecto
BARRIOS DÍAS DE RECOLECCIÓN
CRISTO REY LUNES Y JUEVESSIMÓN BOLÍVAR LUNES Y JUEVESVILLA CRISTINA LUNES Y JUEVES1° CAMBIO PTO SALUD PTE BAJA LUNES Y JUEVESJUAN XXIII LUNES Y JUEVESESCUELA CARIONGO LUNES Y JUEVESLOS TANQUES LUNES Y JUEVESKENNEDY LUNES Y JUEVESEL ZULIA LUNES Y JUEVESEL PINAR LUNES Y JUEVESROMERITOS LUNES Y JUEVESVILLA JULIANA LUNES Y JUEVESLOS ALPES LUNES Y JUEVESCOLISEO LUNES Y JUEVESAV. SANTANDER- LUNES Y JUEVESESCUELA MISTRAL LUNES Y JUEVESBOMBA LUNES Y JUEVESGALÁN HASTA EL Z LUNES Y JUEVESRAMPA DE LAS AMÉRICAS LUNES Y JUEVESFOSFORERIA LUNES Y JUEVESJURADO - SANTA CRUZ LUNES Y JUEVES
SAN PEDROLUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
HILDA MARÍALUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
PASAJE GUTIÉRREZLUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
NORGASLUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
COTE LAMUSLUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
LA CASONALUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
SANTO DOMINGOLUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
CALLE 5LUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
CALLE 6LUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
BARRIO BRIGTHON- EL CARMENLUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
PASAJE FARIALUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
CHAPINERO LUNES MIERCOLES VIERNES
TRINIDAD LUNES MIÉRCOLES Y VIERNES
LOS TRECESLUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES
HOTEL CARIONGOLUNES,
MIÉRCOLES Y VIERNES
CALLE 9 MARTES Y VIERNES
PALOS BLANCOS MARTES Y VIERNES
ANIMES MARTES Y VIERNES
EL DAS MARTES Y VIERNES
EL BUQUE MARTES Y VIERNES
CINCO CASAS MARTES Y VIERNES
SANTA MARTA MARTES Y VIERNES
CARMELITANO MARTES Y VIERNES
URB LAS MARGARITAS MARTES Y VIERNES
LAS MARGARITAS MARTES Y VIERNES
PASO DEL BURRO MARTES Y VIERNES
EL GUAMO MARTES Y VIERNES
PASAJE CECILIA MARTES Y VIERNES
BARRIO GALÁN MARTES Y VIERNES
CAMPO AMOR MARTES Y VIERNES
SAN RAFAEL MARTES Y VIERNES
EL HUMILLADERO MARTES Y
VIERNES
LOS PINOS MARTES Y VIERNES
AV. CELESTINO VILLAMIZAR MARTES Y VIERNES
PASAJE SAN JOSÉ MARTES Y VIERNES
BALDOSINES AMATISTA MARTES Y VIERNES
LAS AMÉRICAS MARTES Y VIERNES
CLÍNICA MARTES Y VIERNES
LA ROMERO-ESPERANZA MARTES Y VIERNES
AUGUSTO VILLAMIZAR MARTES Y VIERNES
FLORIÁN MARTES Y VIERNES
BOMBEROS – FLORIAN MARTES Y VIERNES
CAMELLON CHICHIRA TINTO REDONDO MARTES Y VIERNES
PLAZUELA BOLIVAR MARTES Y VIERNES
SAN IGNACIO MARTES, JUEVES Y VIERNES
PROGRESO MIÉRCOLES Y VIERNES
LA BURRERA MIÉRCOLES Y VIERNES
BARRIOS UNIDOS MIÉRCOLES Y VIERNES
EL OLIVO MIÉRCOLES Y VIERNES
CENTRO - PLAZUELA-PARQUE TODOS LOS DIAS
HOSPITAL SÁBADO Y MIÉRCOLES
pasaje Paloma,Lara,yolanda,cruz,cerezos,sanfermin,Turbay MARTES Y JUEVESpasaje toto,humilladero,faria,solar de mis abuelos,caicedonia,cecilia,sanfermin VIERNES Y LUNES
pasaje salud coop ,caicedo MARTES Y VIERNES
ETAPAS DEL DIAGNOSTICO
PLAN DE ACCION
Socialización con la comunidad del centro
Aplicación de Encuestas y Socialización del Comparendo Ambiental en el centro
Socialización comparendo de heces de mascotas
Campañas socialización comparendo ambiental casa a casa en barrio Zulia y los
treces
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
FECHA ACTIVIDAD LUGAR DE DESARROLLO DE LA
ACTIVIDAD
HORAS DESTINADAS A LA ACTIVIDAD
26/10/2012 Socialización de comparendo ambiental de recolección de heces de mascotas.
Parque Águeda gallardo yPlazuela Almeida.
4 horas
27/10/2012 Aplicación de encuestas y Socialización Campaña Comparendo Ambiental
Centro 3 horas
29/10/2012 Aplicación de encuestas y Socialización Campaña Comparendo Ambiental,
centro 3 horas
30/10/2012 Aplicación de encuestas y Socialización campaña comparendo ambiental.
centro 3 horas
31/10/2012 Aplicación de encuestas y Socialización del comparendo ambiental,
centro 3 horas
8/112012 Socialización campaña comparendo ambiental puerta a puerta
Zulia 3 horas
9/11/2012 Socialización campaña ambiental de recolección de heces de mascotas
Parque Águeda gallardo y plazuela Almeida
3 horas
12/11/2012 Aplicación de encuesta y Socialización Campaña Comparendo Ambiental, negocio por negocio.
centro 3 horas
13/11/2012 Aplicación de Encuestas y Socialización Campaña Comparendo ambiental, negocio ´por negocio.
centro 3 horas
14/11/2012 Aplicación de encuestas y socialización campaña ambiental,
Negocio por negocio.
centro 3 horas
15/11/2012
Socialización campaña comparendo ambiental
Zulia 3 horas19/11/2012 Socialización campaña
comparendo ambientalZulia 3 horas
20/11/2012
Socialización campaña ambiental recolección de heces de mascotas
Parque Águeda gallardo y plazuela Almeida 3 horas
21/11/2012 Aplicación de encuestas y socialización del comparendo ambiental, negocio por negocio.
centro 3 horas
22/11/2012 Aplicación de encuestas y socialización del comparendo ambiental. Negocio por negocio Centro
3 horas
23/11/2012 Socialización campaña ambiental recolección heces de mascotas
Parque Águeda gallardo y plazuela Almeida
3 horas
26/11/2012Socialización campaña ambiental recolección heces de mascotas
Parque Águeda gallardo y plazuela Almeida
3 horas
27/11/2012 Socialización campaña ambiental recolección heces de mascotas
Parque Águeda gallardo y plazuela Almeida
3 horas
28/11/2012 Aplicación de encuestas y socialización del comparendo ambiental, por negocios , Plazuela
2 horas
29/11/2012 Aplicación de encuestas y socialización del comparendo ambiental
amostacen 5 horas
30/11/2012
Aplicación de encuestas y socialización del comparendo ambiental. Los treces
3 horas
1/12/2012
Aplicación de encuestas y socialización del comparendo ambiental Pasaje farria
3 horas
Anexo jurídico
ACUERDO No 020
(Mayo 31 de 2009)
POR MEDIO DE LA CUAL SE INSTAURA EN LA JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PAMPLONA LA APLICACIÓN DEL COMPARENDO
AMBIENTAL A LOS INFRACTORES DE LAS NORMAS DE ASEO, LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE ESCOMBROS; Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES SEGÚN LEY 1259 DE 2008.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PAMPLONA
Y, el Pueblo de Colombia en ejercicio de su Poder Soberano (…), en uso de las facultades conferidas en el artículo 313, numeral 3º de la Constitución
Nacional y la Ley 136 de 1994,
ACUERDA
ARTÌCULO PRIMERO: Crear e implementar el Comparendo Ambiental en el Municipio de Pamplona como instrumento de cultura ciudadana, sobre el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, previendo la afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas ambientales y ecológicas..
Para efectos del presente acuerdo se adoptan las siguientes definiciones:
1. Residuo sólido. Todo tipo de material, orgánico o inorgánico, y de naturaleza compacta, que ha sido desechado luego de consumir su parte vital.
2. Residuo sólido recuperable. Todo tipo de residuo sólido al que, mediante un debido. tratamiento, se le puede devolver su utilidad original u otras utilidades.
3. Residuo sólido orgánico. Todo tipo de residuo, originado a partir de un ser compuesto de órganos naturales.
4. Residuo sólido inorgánico. Todo tipo de residuo sólido, originado a partir de un objeto artificial creado por el hombre.
5. Separación en la fuente. Acción de separar los residuos sólidos orgánicos y los inorgánicos, desde el sitio donde estos se producen.
6. Reciclar. Proceso por medio del cual a un residuo sólido se le recuperan su forma y utilidad original, u otras.
7. Sitio de disposición final. Lugar, técnica y ambientalmente acondicionado, donde se deposita la basura. A este sitio se le denomina Relleno Sanitario.
8. Lixiviado. Sustancia líquida, de color amarillo y naturaleza ácida que supura la basura o residuo orgánico, como uno de los productos derivados de su descomposición.
9. Escombro. Todo tipo de residuo sólido, resultante de demoliciones, reparación de inmuebles o construcción de obras civiles; es decir, los sobrantes de cualquier acción que se ejerza en las estructuras urbanas.
10. Escombrera. Lugar, técnica y ambientalmente acondicionado para depositar escombros.
11. Espacio público. Todo lugar del cual hace uso la comunidad.12. Medio ambiente. Interrelación que se establece entre el hombre y su
entorno, sea este de carácter natural o artificial.
ARTÌCULO SEGUNDO: Serán sujetos pasivos del Comparendo Ambiental todas las personas naturales y jurídicas que incurran en faltas contra el medio ambiente, el ecosistema y la sana convivencia, sean ellos propietarios o arrendatarios de bienes inmuebles, dueños, gerentes, representantes legales o administradores de todo tipo de local, de todo tipo de industria o empresa, las personas responsables de un recinto o de un espacio público o privado, de instituciones oficiales, educativas, conductores o dueños de todo tipo de vehículos desde donde se incurra en alguna o varias de esas faltas mediante la mala disposición o mal manejo de los residuos sólidos o los escombros.
ARTÌCULO TERCERO: DE LA DETERMINCION DE LAS INFRACCIONES. Todas las infracciones que se determinan en la presente ley, constituyen faltas sancionables mediante el Comparendo Ambiental, por representar un grave riesgo para la convivencia ciudadana, el óptimo estado de los recursos naturales, el tránsito vehicular y peatonal, el espacio público, el buen aspecto urbano de las ciudades, las actividades comercial y recreacional, en fin, la preservación del medio ambiente y la buena salud de las personas, es decir, la vida humana.
Son infracciones en contra de las normas ambientales de aseo, las siguientes:
1. Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio.
2. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura.
3. Disponer residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por autoridad competente.
4 Disponer basura, residuos y escombros en bienes inmuebles de carácter público o privado, como colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, entre otros.
5. Arrojar basura y escombros a fuentes de aguas y bosques.
6. Destapar y extraer, parcial o totalmente, sin autorización alguna, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección en el sitio dispuesto para tal fin.
7. Disponer inadecuadamente animales muertos, partes de estos y residuos biológicos dentro de los residuos domésticos.
8. Dificultar, de alguna manera, la actividad de barrido y recolección de la basura y escombros.
9. Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas.
10. Realizar quema de basura y/o escombros sin las debidas medidas de seguridad, en sitios no autorizados por autoridad competente.
11. Improvisar e instalar sin autorización legal, contenedores u otro tipo de recipientes, con destino a la disposición de basura.
12. Lavar y hacer limpieza de cualquier objeto en vías y áreas públicas, actividades estas que causen acumulación o esparcimiento de basura.
13. Permitir la deposición de heces fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados para tal efecto, y sin control alguno.
14. Darle mal manejo a sitios donde se clasifica, comercializa, recicla o se transforman residuos sólidos.
15. Fomentar el trasteo de basura y escombros en medios no aptos ni adecuados.
16. Arrojar basuras desde un vehículo automotor o de tracción humana o animal en movimiento o estático a las vías públicas, parques o áreas públicas.
17. Disponer de Desechos Industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados por autoridad competente.
18. El no recoger los residuos sólidos en los horarios establecidos por la misma empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada e informada y debidamente justificada.
Parágrafo. Se entiende por sitios de uso público para los efectos del presente artículo esquinas, semáforos, cajas de teléfonos, alcantarillas o drenajes, hidrantes, paraderos de buses, cebras para el paso de peatones, zonas verdes, entre otros.
ARTÌCULO CUARTO: Las sanciones a ser impuestas por medio del Comparendo Ambiental serán las contempladas en la normatividad existente, del orden nacional o local, acogido o promulgado por las administraciones municipales, y sus respectivos concejos municipales, las cuales son:
1. Citación al infractor para que reciba educación ambiental, durante cuatro (4) horas por parte de funcionarios pertenecientes a la entidad relacionada con el tipo de infracción cometida, sean Secretarías de Gobierno u otras.
2. En caso de reincidencia se obligará al infractor a prestar un día de servicio social, realizando tareas relacionadas con el buen manejo de la disposición final de los residuos sólidos.
3. Multa hasta por dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, si es cometida por una persona natural. La sanción es gradual y depende de la gravedad de la falta.
4. Multa hasta veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, cometida por una persona jurídica. Este monto depende de la gravedad de la falta, sin embargo nunca será inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
5. Si es reincidente, sellamiento de inmuebles. (Parágrafo del artículo 16 de la ley 142 de 1994).
6. Suspensión o cancelación del registro o licencia, en el caso de establecimientos de comercio, edificaciones o fábricas, desde donde se causan infracciones a la normatividad de aseo y manejo de escombros. Si el desacato persiste en grado extremo, cometiéndose reiteradamente la falta, las sanciones antes enumeradas pueden convertirse en arresto.
ARTÌCULO QUINTO: En cuanto a las infracciones ambientales en vías o espacios públicos causadas desde vehículos automotores o de tracción humana o animal, el responsable será el respectivo alcalde, quien podrá delegar en su secretario de tránsito o en la autoridad que haga sus veces.
ARTÌCULO SEXTO: Los dineros recaudados por concepto de multas correspondientes al Comparendo Ambiental deberán ser destinados a financiar programas y campañas cívicas de Cultura Ciudadana dirigidos a sensibilizar, educar, concienciar y capacitar a la comunidad y a las personas dedicadas a la actividad del recicla-je, sobre el adecuado manejo de los residuos sólidos (basuras y escombros), como también a programas de limpieza de vías, caminos, parques, quebradas y ríos.
Parágrafo. Los recursos que se recauden por este concepto serán destinados a los municipios correspondientes. Su destinación será específica para lo establecido en el presente artículo, y se deberán dedicar al logro de los indicadores fijados de la aplicación del artículo 11 de la presente ley.
ARTÌCULO SEPTIMO: Corresponde al alcalde, la secretaria de gobierno o sus delegados:
a) Las empresas prestadoras del servicio de aseo, oficiales, privadas o mixtas, pondrán a disposición de la comunidad todos los medios, como la instalación de recipientes para la basura, y la proveerán de elementos, de recursos humanos y técnicos, con los que se le facilite ejercer buenos hábitos de aseo y limpieza en su entorno
b) En toda jurisdicción municipal se impartirá de manera pedagógica e informativa, a través de los despachos u oficinas escogidas para tal fin y medios de comunicación, Cultura Ciudadana sobre las normas que rigen el acertado manejo de la basura y de los escombros.
C) Las alcaldías municipales harán suficiente difusión e inducción a la comunidad, a través de los medios de comunicación, exposiciones y talleres, acerca de la fecha en que comenzará a regir el Comparendo Ambiental y la forma como se operará mediante este instrumento de control.
ARTÌCULO OCTAVO: El Comparendo Ambiental se aplicará con base en denuncias formuladas por la comunidad, a través de los medios dispuestos para ello, o con base en el censo de puntos críticos realizado por la instancia encargada de este oficio, o cuando un agente de tránsito, un efectivo de la Policía, o cualesquiera de los funcionarios investidos de autoridad para imponer dicho Comparen-do, sorprendan a alguien en el momento mismo de cometer una infracción contra las normas de aseo y de la correcta disposición de escombros.
ARTÌCULO NOVENO: En el caso de denuncias hechas por la comunidad, las autoridades mencionadas en el anterior Artículo, irán hasta el lugar de los hechos, harán inspección ocular y constatarán el grado de veracidad de la denuncia.
De resultar positiva procederán a aplicar el Comparendo Ambiental.
Parágrafo. La Policía Nacional, los Agentes de Tránsito, el Inspector de Policía serán los encargados de imponer directamente el Comparendo Ambiental a los infractores.
ARTICULO DECIMO: Para el caso de los conductores o pasajeros de vehículos automotores o de tracción humana o animal, en movimiento o estacionados, como infractores de las normas de aseo y limpieza, serán los Agentes de Policía en funciones de tránsito o los Agentes de tránsito, los encargados de imponer el Comparendo Ambiental, con la respectiva multa de un (1) salario mínimo mensual legal vigente.
ARTÌCULO DECIMO PRIMERO: El presente acuerdo rige a partir de su sanción y publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. No obstante lo anterior, lo dispuesto en el articulo 3 de este acuerdo entrara a regir a partir del 1 de enero de 2010.
ARTÌCULO DECIMO SEGUNDO: Envíese copia del presente a la Revisión Legal de la Gobernación del Departamento, a la Revisión Numérica de la Contraloría Departamental.
Adoptado en el salón oficial del Honorable Concejo Municipal, en las sesiones ordinarias correspondientes al mes de Mayo de dos mil nueve (2009). Haciendo constar que sufrió los dos (2) debates reglamentarios, según lo estipulado por la ley 136 de junio dos (2) de 1994. El primer debate se realizo el día veintisiete (27) de mayo y el segundo el día treinta y uno (31) de mayo de dos mil nueve (2009) y en cada uno de ellos fue aprobado.
FURNTE: Empopamplona S.A E.S.P - Empresa de Servicios Públicos
FURNTE: Empopamplona S.A E.S.P - Empresa de Servicios Públicos
ENCUESTA GRADO DE SATISFACION COMPARENDO AMBIENTAL
OBJETIVO:Medir el grado de satisfaccion con respecto al comparendo ambiemtal.
NOMBRE________________________
DIRECCION_______________________ SECTOR____________________
1 conose usted la ley 1259 de 2008 con respecto al comparendo ambiental que trata del buen manejo que se le debe dar a los residuos solidos?
si_____ no___
2 conose usted que sanciones comete usted como siudadano al momento de sacar los residuos solidos en horarios y lugares no autorizados.
si_____ no___
3 conoce usted la hora y los dias en que pasa el carro recolector por este sector.
si___ no___
4 cree usted que la socializaciones del comparendo han sido efectiva en el sector.
si____no___
¿por que?
____________________________________________________________
____________________________________________________________
Nombre del encuestador__________________________
APORTES
La mayoría de las personas quedaron satisfechas con los aportes que le suministramos a pesar que algunas personas no tenían conocimiento previo de lo importante que es el comparendo ambiental.
Este proyecto continuara ejecutándose por que los anteriores solo se han hecho en puntos críticos de pamplona.
CONCLUSIONES
A través de este trabajo y de las encuestas que realizamos puedo decir que 17 personas no tienen el conocimiento sobre el comparendo ambiental.
Puedo concluir que muchas personas conocen el comparendo ambiental, y saben que situaciones no están permitidas pero quizás por factores ajenos permiten alterar las normas y realizar cosas que no están debidas.
el cuidar el medio ambiente es fundamental,porque este nos ayuda a mejorar nuestra salud, y nuestro entorno.
la ciudad por el momento no cuenta con perrería municipal por eso hay presencias de heces de mascotas ya que la mayoría de perros son callejeros y nos queda muy difícil controlar ese problema.
BIBLIOGRAFIA
Empopamplona S.A E.S.P - Empresa de Servicios Públicos www.alcaldianeiva.gov.co/cms/index.php?option=com. www.minambiente.gov. www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/.../ley_1259_2008.htm...