DIRECCIÓN DE RELACIONES CORPORATIVAS Y SPELyney Cecilia Durango Fernández
Directora Relaciones Corporativas y SPEComplejo Tecnológico para la Gestión Agroempresarial
SENA Regional AntioquiaE-mail: [email protected] - [email protected]
Skype: lyneydurango ([email protected])Cels. 320 694 5496, 300 491 6469
Tel. 839 2373 ext. 111
FUNCIONARIOS DE APOYO
Diana Cecilia Cárdenas Carmona, Greina del Carmen Montes Meneses
Asesora Corporativa – CTPGA Norte Asistente – CTPGA Bajo Cauca
email: [email protected] E-mail: [email protected]
Carlos Yuseffi Durán Martínez, Lilia Rosa Pinto Herazo
Asistente – CTPGA Bajo Cauca Asistente SPE– CTPGA Bajo Cauca
E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]
RELACIONES CORPORATIVAS LEY 789 del 27 diciembre de 2.002
Es la relación que tiene el SENA con todas las empresas, instituciones, universidades, alcaldíasy la comunidad; con las cuales tiene o tendrá la posibilidad de realizar contratos deaprendizaje, o de dictar cursos pertenecientes a la oferta educativa o de elaborar diseñoscurriculares o de colocar a nuestros egresados en el mercado laboral.
FUNICIONES DE RELACIONES CORPORATIVAS Y SPE EN EL CTPGA Vigilar el cumplimiento por parte de las empresas de la cuota de aprendiz y el correcto manejodel contrato de aprendizaje. Apoyo a la consecución de contratos de aprendizaje ante las empresas de la zona Respaldar y ser intermediarios de los aprendices ante instituciones, empresas y el Complejo Apoyo y realización de eventos Velar por el correcto manejo de la imagen institucional dentro y fuera del Centro, donde el SENAhaga presencia. Apoyar la gestión de comunicaciones en el CTPGA, e-mail: [email protected]., elSENOTA y el SENAFORO, Divulgación oferta académica, etc. Responsable del manejo del Servicio Público de Empleo, buscando acercar la oferta y lademanda laboral en la Región. http://colombianostrabajando.sena.edu.coDemás labores inherentes al relacionamiento corporativo, SPE y comunicaciones en el CTPGA.
Es el número de aprendices que por ley deben contratar ciertas personas naturales y jurídicas en Colombia para contribuir a su formación teórico-práctica
CUOTA DE APRENDIZAJE
¿Quiénes están obligados a cubrir la cuota? (Art. 32 Ley 789 y 1o. Dec 2585)
• Empresas privadas con no menos de 15 trabajadores que realicen alguna actividad económica diferente a la construcción• Empresas Industriales y Comerciales del Estado• Entidades de Economía Mixta
Excepciones: Empresas en procesos concordatarios o de ley 550 de 1999 (Art. 1 Dec. 2585) y Hogares Infantiles del ICBF (Dec. 4662 de 2005)
¿Quién fija la cuota de aprendizaje?
•SENA: Regional del Sena del domicilio principal de la empresa, a través de Acto
Administrativo .
¿Cómo cumplir con la cuota?
Vinculando cuota de aprendices : Contratos de AprendizajeMonetizando: Convirtiendo en pesos la cuota de aprendizaje según fórmula establecida en la ley (puede ser en forma total o parcial)
Número de aprendices a contratar
Entre 15 y 20 empleados: 1 aprendizPor cada 20 empleados: 1 aprendiz
Adicional por fracción de 10 hasta 20: 1 aprendiz
NOTA: Si la cuota completa es de aprendices discapacitados con discapacidadcomprobada no inferior al 25%. , la cuota disminuye en la mitad
(Paragrafo art. 31 Ley 361 de 1997)
Forma especial del derecho laboral, NO constituye contrato detrabajo. Un APRENDIZ, recibe formación en una entidad autorizada(SENA), con el patrocinio de una EMPRESA X (persona natural o jurídica).Puede ser celebrado por personas > de 14 años q’ hayan completadola primaria o q’ sepan leer y escribir.A través del contrato de aprendizaje, el empleador apoya la formacióndel talento humano para mejorar la productividad y competitividad desu empresa.El Contrato tiene un duración máxima de dos años.Todo aprendiz SENA, así como su contrato de aprendizaje debe estarregistrado en el SGVA: http://caprendizaje.sena.edu.co
CONTRATO DE APRENDIZAJE
En qué consiste
Art. 30 Ley 789 de 2002 y 1o. Decreto 933 de 2003
Fases del Contrato de Aprendizaje
La alternancia de las dos fases es permitida, siempre y cuando esté prevista en el respectivo programa curricular
(Art. 1 Acuerdo 15 de 2003)
FASE LECTIVA O
ACADÉMICA
FASE PRÁCTICA O
PRODUCTIVA
El aprendiz adquiere los
conocimientos teóricos
en entidad de formación
educativa
El aprendiz realiza su
práctica en la empresa
patrocinadora en
actividades propias del
giro ordinario de sus
negocios
Apoyo de SostenimientoSuma de dinero mensual que elempleador paga al aprendiz durante laetapa lectiva y práctica del contrato deaprendizaje con el objetivo deproporcionarle los medios económicosnecesarios para su formación.No constituye salario
Nota: Cuando exista alternancia entre la etapa lectiva y la práctica, el apoyo de sostenimiento será proporcional al número de horas dedicadas a cada unaArt. 4 Decreto 933 de 2003
Aprendiz Etapa Lectiva Etapa Práctica
Universitario No aplica No inferior al 100
% SMMLV
Técnicos
Tecnólogos
50 % SMMLV
(sólo del Sena)
75% SMMLV
Semicalificados y
Bachilleres Media
Técnica
50 % SMMLV 75% SMMLV
Aprendiz Etapa Lectiva Etapa
Práctica
Universitario No aplica EPS Y ARP
Técnicos y
Tecnólogos
EPS
(Sólo del
Sena)
EPS Y ARP
Semicalificado
s y Bachilleres
Media
Técnica
EPS EPS Y ARP
Afiliación a Seguridad Social Art. 30 Ley 789 de 2002
El aprendiz debe afiliarse a la EPS en la categoría de trabajador independiente y el pago se hace
plenamente por la empresa
Causales de Suspensión Art. 5 Acuerdo 15 de 2003
El contrato de aprendizaje se suspende por:
•Licencia de Maternidad•Incapacidades debidamente certificadas•Caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con las definiciones contenidas en el Código Civil•Vacaciones colectivas por parte de el empleador (si aprendiz está en fase práctica)
Pagos durante la Suspensión:La empresa sólo está obligada a mantener la cotización del aprendiz en la EPS. No aplica apoyo de sostenimiento ni riesgos profesionales (Art. 5 del Acuerdo
15 de 2003)
Al aprendiz que incumpla con su contrato de aprendizaje: NO SE LE GESTIONARÁ UNA NUEVA RELACIÓN DE APRENDIZAJE. Parágrafo art. 33 Ley 789 de 2002
OBJETIVO: Acercar a los desempleados a las ofertasde empleo existentes del sector productivo yorientarlos ocupacionalmente en la búsqueda detrabajo para facilitar su rápida inserción al mercadolaboral.• BOLSA OFICIAL DE EMPLEO DEL GOBIERNO• SERVICIO PÚBLICO • GRATUITO• INDISCRIMINADO• OFERTA LABORAL A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO
http://colombianostrabajando.sena.edu.coBrinda oportunidad laboral, capacitación virtual e inscripción a cursos cortos,talleres de orientación ocupacional.
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