1
Ley de Administración y Control Gubernamentales N
1178
SAFCO
MGP. FREDDY ALIENDRE ESPAÑA
EN GOBIERNOS MUNICIPALES
2
Teoría del Mandato
SOCIEDAD MANDANTE
MANDATO
OBLIGACION
RENDIR CUENTAS
BIENES
SERVICIOS
CONTROL FISCAL
ADMINISTRACION PUBLICA Facultades Competencias
Ley SAFCO
MANDATARIO FACULTAD - Poder Político - Recaudar recursos - Usar Recursos
3
MODELOS DE GESTIÓN PUBLICA
RACIONAL
LEGAL
AUTORIDAD
ESPECIALIZACION
MERITOCRACIA
FORMALISMO
CORRUPCIÓN LEGALIDAD
RESULTADOS
MERITOCRACIA
TRANSPARENCIA
MODERNIDAD
BUROCRACIA BUROCRACIA
DISTORCIONADA
GERENCIA PÚBLICA
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Es un instrumento legal – marco, que determina un nuevo modelo de gestión pública basada en la legalidad y sustentado en el mandato político, orientado al logro de resultados eficientes de manera transparentes y que todo servidor público y los particulares asuman plena responsabilidad por el uso de recursos públicos y el desarrollo de sus funciones inherentes a la gestión pública.
Ley SAFCO
LEY 1178
¿Qué es?
Sistemas de Administración
y Control
Responsabilidad por la función
pública
Comprende:
5
Definición, implantación, actualización de los sistemas de administración y control
Administración Pública
Beneficios e impactos
Fiscalización facilitada
Buen Gobierno
Corrupción reducida
Desarrollo Económico Social Democracia Fortalecida
Eficaz y Eficiente Transparente Responsable
Ley SAFCO
¿Qué pretende? Ley 1178
Colectividad Satisfecha
(Esfuerzo contributivo Debidamente retribuido)
6
Ley Marco: Principios Norma Básica Norma Específica
Ley Especial: de aplicación preferente
Enfoque Sistémico: señala relaciones de interdependencia de los diferentes sistemas.
Ley SAFCO
Características
1
2
4
Ley Instrumental: para el desarrollo de cualquier tipo de política
3
7
Ley SAFCO
Desarrollo Normativo de los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales
MAE de cada entidad pública
LEY N
1178
DECRETOS SUPREMOS
RESOLUCIONES DE LA CONTRALORIA GENERAL
DE LA REPUBLICA
RESOLUCIONES MINISTERIALES
RESOLUCIONES DE CADA ENTIDAD PUBLICA
NORMA MARCO Principios
NORMAS Y REGLAMENTOS BÁSICOS
- Conceptos y características y procesos generales de cada sistema
NORMAS SECUNDARIAS Normas y reglamentos específicos
Poder Legislativo
RESPONSABLE
PODER EJECUTIVO Órganos Rectores: - Min. Eco. Y Fin. Pub - Contraloría G.E.
C.P.E.
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Enfoques de Administración
Planificación
Ejecución
SPO
SOA
SP
SAP
SABS
STYCP
SCIG
SCG
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Ley SAFCO
Contenido Ley 1178 (SAFCO)
ESTABLECE FINALIDADES, IDENTIFICA SISTEMAS Y DEFINE EL AMBITO DE APLICACION
DESCRIBE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL GUBERNAMENTALES
RELACION A LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL GUBERNAMENTALES CON LOS SISTEMAS DE PLANIFICACION E INVERSION PÚBLICA
DEFINE ATRIBUCIONES INSTITUCIONALES: - CREA ORGANOS RECTORES - ASIGNA ATRIBUCIONEES A LAS ENTIDADES PUBLICAS
ESTABLECE TIPOS DE RESPONSABILIDAD
REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
1
2
3
4
5
6
LA JURISDICCION COACTIVA FISCAL 7
10
Ley de Administración y Control Gubernamentales N
1178 (20 de Julio de 1990)
La presente ley regula los sistemas de Administración y de Control de los recursos del Estado y su relación con los sistemas nacionales de Planificación e Inversión Pública, con el objeto de: a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos para el cumplimiento y ajuste oportuno de las políticas, los programas, la prestación de servicios y los proyectos del sector público.
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178
Ley SAFCO
EFICACIA Y EFICIENCIA
EFICACIA: Los resultados deben alcanzar las metas previstas en los Programas de Operaciones EFICIENCIA: Los recursos invertidos en las operaciones deben ser razonables en relación a los resultados globales alcanzados
n Eficacia = Resultados
Objetivos
n Eficiencia= Productividad Real
Productividad Planificada
Productividad = Producto = Producto = Producto
Insumos costo tiempo
12
Ley de Administración y Control Gubernamentales N
1178 (20 de Julio de 1990)
b) Disponer de información útil, oportuna y confiable asegurando la razonabilidad de los informes y estados financieros;
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178
Ley SAFCO
TOMA DE DECISIONES
CONTROL
ACCOUNTABILITY (TRANSPARENCIA)
13
Ley de Administración y Control Gubernamentales N
1178 (20 de Julio de 1990)
c) Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a los que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados, sino también, de la forma y resultado de su aplicación.
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro Ley 1178
Ley SAFCO
PLENA RESPONSABILIDAD
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Ley de Administración y Control Gubernamentales N
1178 (20 de Julio de 1990)
d) Desarrollar la capacidad Administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado
FINALIDAD DE LA APLICACION Artículo 1ro ley 1178
Ley SAFCO
ANTICORRUPCIÓN
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SISTEMAS PARA PROGRAMAR Y ORGANIZAR
ACTIVIDADES
1) Programación de Operaciones 2) Organización Administrativa 3) Presupuesto
SISTEMAS PARA EJECUTAR
ACTIVIDADES PROGRAMADAS
4) Administración de Personal 5) Administración de Bienes y Servicios 6) Tesorería y Crédito Público 7) Contabilidad Integrada
8) Control Gubernamental a) Interno Previo b) Interno Posterior c) Externo Posterior
SISTEMAS PARA CONTROLAR LA GESTION MUNICIPAL
Ley SAFCO
Los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales
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TODAS las Entidades del Sector Público (Clasificador Institucional)
Unidades Administrativas de los Órganos Legislativo y Judicial
Ley SAFCO
Ámbito de Aplicación
Art.3
Art.4
Art.5 Toda persona que reciba recursos del Estado, se beneficie de subsidios, subvenciones, ventajas o exenciones, o preste servicios públicos no sujetos a la libre competencia
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Ley SAFCO Interrelación SAFCO
C O N T R O L I N T E R N O P O S T E R I O R
PROGRAMACION DE OPERACIONES
ORGANIZACION ADMINISTRATIVA
CONTROL INTERNO PREVIO
PRESUPUESTO
ADMINISTRACION DE PERSONAL
ADMINISTRACION DE BIENES Y SERVICIOS
TESORERIA Y CREDITO PUBLICO
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
CONTROL INTERNO PREVIO
C O N T R O L E X T E R N O
SISPLAN Objetivos Nacionales
Políticas Estrategias Nacionales
SNIP Plan de Inversiones
Preinversión Inversión Pública
PLANIFICACION ESTRATEGICA Misión – Visión
Objetivos Estratégicos Institucionales Estrategias
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¿QUE ES EL SISPLAN Y EL SNIP?
SISPLAN: Conjunto de procesos que establece la forma y los mecanismos de participación de los niveles:
NACIONAL
DEPARTAMENTAL
MUNICIPAL
POLITICAS DE
DESARROLLO ASIGNACION DE
RECURSOS
SNIP: Conjunto de normas, procesos e instrumentos para formular, evaluar, priorizar,
financiar y ejecutar
PROYECTOS DE INVERSION
PUBLICA
PLANES
En el marco de los
RACIONAL TOMA DE DECISIONES
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SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
SIST. NACIONAL DE INVERSION PUBLICA
Institucionalizar el proceso de Planificación
Garantizar la elaboración y Compatibilización de planes
Establecer lineamientos del POA
Det. actividades de largo y mediano plazo
Canalizar y sistematizar oferta estatal
Lograr la eficiente asignación y administración de recursos
Establecer metodologías y criterios para formular, evaluar y ejecutar provectos
Establecer proc. para acceso de los proyectos de inversión
Establecer proc. P/ cofinanciamiento de proyectos de inversión
entre entidades públicas y gob.
OBJETIVOS DE LOS SISTEMA NALS. DE PLANIFICACION E INVERSION PUBLICA
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PROCESOS Y PRODUCTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
SISPLAN
Definición de la visión de largo plazo (PLANES)
Programación de mediano y largo
plazo
Reglamentación de normas y procedimientos
PRODUCE
Objetivos y políticas definidos en los
planes
Programas de mediano y largo
plazo
Índices de asignación de recursos para la inversión pública
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SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ACTORES – PROCESOS - PRODUCTOS
Gobierno Central
Gobierno Departamental
Gobiernos Municipales
Planificación Nacional
Planificación Departamental
Planificación Municipal
PGDES/PSDES
PDM
PDDES
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SISPLAN
EJECUCION
SNIP
DEFINEN LAS ESTRATEGIAS Y POLITICAS GUBERNAMENTALES
SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL GUBERNAMENTAL
RELACION ENTRE LOS SISTEMAS NACIONALES Y LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y
CONTROL
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Artículo.6to.Ley 1178
• Traducir los objetivos y planes estratégicos de cada entidad en metas.
• Asegurar que los planes estén en concordancia con la estrategia nacional.
• Traducir los planes en: - Objetivos concretos a alcanzar - Actividades específicas y procedimientos a emplear - Recursos a utilizar (humanos, materiales, tecnológicos
y servicios) - Momento, lugar y encargado de la ejecución del plan • La programación deberá ser integral, comprende las
operaciones de: - Funcionamiento - Pre Inversión - Inversión
Ley SAFCO
Sistema de Programación de Operaciones
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Objetivos Nacionales Políticas Globales Políticas Sectoriales Plan General Desarrollo Económico Social Planes Sectoriales Programas y proyectos Nacionales
Objetivos Institucionales de L/P Políticas Institucionales Plan Estratégico Programas de largo Plazo Proyectos de Largo Plazo
Objetivos y resultados de corto y mediano plazo Operaciones (productos) Acciones , (Procesos y tecnología institucionales) Recursos: Humanos Materiales Servicios Momento: De....hasta (tiempo) Lugar (espacio) Encargados de la dirección, ejecución y control (Unidades y/o puestos)
Nacional
Institucional
Institucional
Estratégica
Operativa
PLANIFICAION
Ley SAFCO
La Programación de Operaciones y la Planificación Estratégica
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Artículo.6to.Ley 1178
• ¿QUÉ hacer? ..........Fijar objetivos
• ¿CÓMO hacer?........Fijar procedimientos
• ¿CON QUÉ hacer?....Establecer recursos
• ¿CUÁNDO hacer?.....Señalar el momento
• ¿DÓNDE hacer?.......Establecer el lugar
• ¿QUIÉN debe hacer?.Establecer los encargados
Para PROGRAMAR se deben tomar decisiones sobre:
Ley SAFCO
Sistema de Programación de Operaciones
26
Adopción de un
OBJETIVO CONCRETO
Determinación de las correspondientes
OPERACIONES
Cálculo y Asignaciones de:
RECURSOS HUMANOS
RECURSOS MATERIALES
OTROS SERVICIOS
RECURSOS MONETARIOS Financieros Créditos presupuestarios
NATURALEZA
NATURALEZA
TIPO
TIPO
CLASE
OBJETO DEL GASTO
VOLUMEN
VOLUMEN
CANTIDAD
CANTIDAD
CANTIDAD
MONTO precio de mercado
Ley SAFCO
Esquema del significado de la Programación
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NORMAS BASICAS R.S. 225557 SUBSISTEMAS
a) Análisis de situación b) Formulación de objetivos c) Determinación de Operaciones d) Definición de indicadores de
gestión e) Determinación de recursos
a) Seguimiento de la ejecución del programa de
operaciones b) Evaluación de resultados c) Ajuste del Programa de
Operaciones Anual
2. SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL
TIPOS DE OPERACIONES
Operaciones de funcionamiento (producción) Operaciones de pre –inversión e inversión Operaciones de regulación Operaciones financieras
Ley SAFCO
Sistema de Programación de Operaciones
1. ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE
OPERAC. ANUAL
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FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde
Sub-alcalde
relación con OTBs
Proceso participativo
REVISION Control Social 15 días para pronunciamiento. Silencio
= aceptación
APROBACION Concejo Municipal 30dias. No pronunciamiento igual a
aceptación
EJECUCION Alcalde No requiere de ninguna otra aprobación
DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a
disposición del público, al menos al 4º y
8ºmes del año, los avances del POA.
Difunde y publica, al menos una vez al
año, su informe de gestión.
CONTROL Control Social Semestralmente revisara la ejecución
del POA
FISCALIZACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe
de ejecución del Programa de
Operaciones Anual
29
Artículo 7mo Ley 1178
Se definirá y ajustará en función de la Programación de Operaciones Evitar duplicidad de objetivos y atribuciones mediante la adecuación, fusión o supresión de entidades Centralizar la formulación de políticas, descentralizar o desconcentrar su ejecución Toda entidad pública se organizará internamente en función de sus objetivos y naturaleza
Ley SAFCO
Sistema de Organización Administrativa (SOA)
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PROCESOS Normas Básicas R.S. 217055 a) Análisis retrospectivo (SPO)
b) Análisis prospectivo c) Resultados del análisis organizacional
a) Usuarios b) Servicios y/o bienes c) Procesos productivos d) Unidades organizacionales e) Autoridad y jerarquía f) Canales y medios de comunicación g) Coordinación interna h) Relaciones Interinstitucionales i) Manual de Organización j) Manual de procesos
a) Objetivos y estrategia b) Cronograma c) Recursos d) Responsables e) Programación de difusión y capacitación
ANALISIS ORGANIZACIONAL
DISEÑO ORGANIZACIONAL
IMPLANTACION DEL DISEÑO
ORGANIZACIONAL
Ley SAFCO Sistema de Organización Administrativa (SOA)
31
FASES RESPONSABLE NOTAS
ESTRUCTURA Concejo Municipal Definida en la Carta Orgánica o Ley
de gobierno autónomos Municipales.
Posibilidades de desconcentración
en Sub-alcaldías
ELABORACION Alcalde Elaborar los manuales de
organización, funciones,
procedimientos y organigrama, para
su aprobación por el Concejo.
Proceso paralelo a la formulación
del POA y el presupuesto
APROBACION Alcalde Aprobacion de estructura,
organigrama y manuales de
organizaciòn y procedimientos
SOA MUNICIPAL
32
Prever los montos y fuentes de recursos Asignar recursos a los requerimientos de la programación de operaciones Sujeción a los límites legales de las entidades que cuenten recursos provenientes de tributación, aportes a la seguridad social, otros aportes o transferencias de los tesoros del estado Presupuesto indicativo para las empresas y entidades públicas
Artículo 8vo. Ley 1178
Ley SAFCO
Sistema de Presupuesto (SDP)
33
a) Estimación de Recursos b) Definición de Estructura Programática c) Programación del Presupuesto de Gastos
a) Programación de la ejecución presupuestaria
b) Ajuste de la Ejecución c) Modificaciones presupuestarias
a) Emitir y presentar información física y financiera b) Evaluación de Gestión c) Presentación de Informe de evaluación
SUBSISTEMAS
PRINCIPIOS DEL
PRESUPUESTO
FORMULACION PRESUPUESTARIA
EJECUCION PRESUPUESTARIA
SEGUIMIENTO Y EVALUACION
PRESUPUESTARIA
Equilibrio, Sostenibilidad, Universalidad, Transparencia, Flexibilidad
NORMAS BASICAS R.S. 225558
Ley SAFCO
Sistema de Presupuesto (SDP)
34
FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde Política presupuestaria
Presentación hasta el 15 de noviembre
REVISION Control Social 15 días para pronunciamiento. Silencio =
aceptación
APROBACION Concejo Municipal 30dias. No pronunciamiento igual a
aceptación
EJECUCION Alcalde No requiere de ninguna otra aprobación
DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a
disposición del público, al menos al 4º y
8ºmes del año, los avances del POA.
Difunde y publica, al menos una vez al
año, su informe de gestión.
CONTROL Control Social Semestralmente revisara la ejecución del
Presupuesto
FISCALIZACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe de
ejecución del Presupuesto
35
Su propósito:
• Procurar la eficiencia en la Función Pública
Está basado en:
• La determinación de los puestos de trabajo efectivamente necesarios
• La determinación de los requisitos y mecanismos para proveer los puestos de trabajo
• La implantación de regímenes de evaluación y
retribución del trabajo. • El desarrollo de las capacidades y aptitudes de
los servidores • El establecimiento de procedimientos para el
retiro de los servidores
Ley SAFCO
Sistema de Administración de Personal (SAP) Artículo 9no. Ley 1178
36
Ley SAFCO
Sistema de Administración de Personal (SAP)
NORMAS BÁSICAS D.S. 26115
Subsistemas (SAP)
1) DOTACIÓN DE PUESTOS
2) EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
3) MOVILIDAD FUNCIONARIA
4) CAPACITACIÓN 5) REGISTRO
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FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde Definición de la Carrera Administrativa
Designar y retirar a los Oficiales Mayores y
personal administrativo
Elaborar su Reglamento específico del
Sistema de Administración de Personal, su
Reglamento Interno y Manuales e
Instrumentos que regulen la función pública
procurando la eficiencia de los servidores
públicos municipales.
APROBACION Alcalde
Municipal
Aprobará su Reglamento específico del
Sistema de Administración de Personal, su
Reglamento Interno y Manuales e
Instrumentos que regulen la función pública
procurando la eficiencia de los servidores
públicos municipales.
EJECUCION Alcalde Responsable de la gestión de personal
DIFUSION Alcalde Informar al Concejo Municipal y poner a
disposición del público, al menos al 4º y 8ºmes
del año, los avances del POA. Difunde y
publica, al menos una vez al año, su informe
de gestión.
FISCALIZACION Concejo
Municipal
Revisar, aprobar o rechazar el informe de
ejecución del Presupuesto
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SUBSISTEMA DE CONTRATACION
SUBSISTEMA DE MANEJO
SUBSISTEMA DE DISPOSICION
COMPRAS MENORES
LICITACION PUBLICA
POR EXCEPCION
ADMINISTRACION DE ALMACENES
ADMINISTRACION DE ACTIVOS FIJOS
MUEBLES
ADMINISTRACION DE ACTIVOS FIJOS
INMUEBLES
DISPOSICION TEMPORAL
DISPOSICION DEFINITIVA
• Contratar, manejar y disponer de bienes y servicios • Exigir disponibilidad de fondos a comprometer y condiciones de financiamiento • Diferenciar atribuciones y responsabilizar a los servidores públicos por la contratación y uso de bienes y servicios • Establecer mecanismos para la venta y baja de bienes
Artículo 10mo. Ley 1178
Ley SAFCO
Sistema de Administración de Bienes y Servicios (SABS)
POR EMERGENCIA
MODALIDAD ANPE
Licitación Pública
Apoyo Nacional a la Producción y Empleo -
ANPE
MODALIDADES CUANTÍAS Y PLAZOS
Contratación por Emergencias (Sin límite de monto)
Contratación por Excepción (Sin límite de monto)
Contratación -menor (Hasta Bs20.000)
Cotizaciones (Hasta Bs200.000)
Req. cotizaciones (de 200.000 Hasta Bs1.000.000)
Sin plazo
Mínimo 4 días h.
Mínimo 8 días h.
Nacional (Hasta Bs40.000.000)
Internacional (Mayor a Bs40.000.000)
Mínimo 15 días h.
Mínimo 20 días h.
Contratación Directa de bienes y servicios (Sin límite de monto)
39 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
MODALIDADES Y CUANTÍAS PARA MUNICIPIOS SEGÚN INDICES DE POBREZA
modalidad Cuantía
Contratación Menor De Bs1.- (UN 00/100 BOLIVIANO) a
Bs20.000.- (VEINTE MIL 00/100
BOLIVIANOS)
Apoyo Nacional a la Producción y
Empleo
De Bs20.001.- (VEINTE MIL UN
00/100
BOLIVIANOS) adelante
Contratación por Excepción Sin límite de monto
Contratación por Emergencia Sin límite de monto
Contratación Directa de Bienes y
Servicios
Sin límite de monto
40 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
CONTRATACIÓN DE BIENES PRODUCIDOS EN BOLIVIA Y MÁRGENES DE PREFERENCIA
I. Las contrataciones de bienes deberán ser dirigidas a la producción nacional.
II. Para bienes que no se produzcan en el país, la entidad podrá realizar la contratación de bienes importados.
III.Las entidades públicas están prohibidas de incorporar en el DBC, requisitos técnicos que sólo afectan a la apariencia del bien, debiendo limitarse a garantizar la función y utilidad del mismo.
41 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
MENOR
Contratación de bienes y servicios, cuando el monto sea igual o
menor a Bs.20.000.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS).
Responsable de ejecutar es el RPA.
Las condiciones para la Contratación Menor deberán ser
Reglamentadas en el RE-SABS:
a) No requiere cotizaciones ni propuestas;
b) No se sujetarán a plazos;
c) Los bienes y servicios contratados deben reunir condiciones
de calidad para cumplir con efectividad los fines para los
que son requeridos;
d) Deben efectuarse considerando criterios de economía para
la obtención de los mejores precios de mercado;
e) Deben efectuarse a través de acciones inmediatas, ágiles y
oportunas.
1
42 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
n Modalidad para la contratación de bienes y servicios que
permite la libre participación de un número indeterminado de
proponentes, apoyando la producción y empleo a nivel
nacional. Se aplicará cuando el monto sea mayor a
Bs20.000.- (VEINTE MIL 00/100 BOLIVIANOS) hasta
Bs1.000.000.- (UN MILLÓN 00/100 BOLIVIANOS).
n a) Para contrataciones mayores a Bs20.000.- (VEINTE MIL
00/100 BOLIVIANOS) hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS
MIL 00/100 BOLIVIANOS), mínimo cuatro (4) días;
n b) Para contrataciones mayores a Bs200.000.-
(DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) hasta
Bs1.000.000.- (UN MILLÓN 00/100 BOLIVIANOS), mínimo
ocho (8) días.
MODALIDAD: APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EL EMPLEO
2
43 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
a) Actividades previas a la publicación: Elaboración de
especificaciones técnicas o términos de referencia, solicitud
de contratación, elaboración del DBC, autorización del inicio
del proceso, entre otras;
b) Inicio de proceso con la publicación de la convocatoria;
c) Actividades administrativas opcionales, previas a la
presentación de propuestas: Consultas Escritas, Inspección
Previa, Reunión Informativa de Aclaración, entre otras;
d) Apertura pública y lectura de precios ofertados;
e) Evaluación en acto continuo, de cotizaciones o propuestas
presentadas y elaboración de Informe de Evaluación y
Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta;
MODALIDAD: APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EL EMPLEO
PROCESO 2
44 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
f) Convocatoria a todos los proponentes que presentaron
propuestas, cuando se requiera la aclaración de una o
más propuestas;
g) Elaboración de la Resolución de Adjudicación o
Declaratoria Desierta, cuando corresponda;
h) Notificación;
i) Suscripción de contrato o emisión de Orden de Compra;
j) Recepción.
MODALIDAD: APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EL EMPLEO
PROCESO 2
45 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
46
SOLICITUD DE COMP/CONT VERIFICACION DE PRESUPUESTO
RECURSO DE OPOSICION
RECURSO DE IMPUGNACION
ADJUDICACION
PLIEGO
CONVOCATORIA
VENTA DE PLIEGO
ACLARACION
RECEPCION
RECOMENDACION
Ley SAFCO
Licitación Pública
AUTORIZACIÓN
APERTURA Y CALIFICACION DE PROPUESTA TÉCNICA Y ECONOMICA
CONTRATACIÓN POR EXCEPCIÓN
COMANDO DE INGENIERIA DEL EJERCITO, SEGEOMIN, REGISTRO UNICO PARA LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL
Cuando exista un único proveedor para la contratación de bienes, obras y servicios generales
Contratación de entidades públicas, ante inexistencia de entidades privadas.
MODALIDAD
Adquisición de Obras de Arte
Compra de alimentos perecederos
Compra de semovientes por selección
Contratación de armamento y sistemas de comando, alimentos para ejercito y policía
MAE Y AUTORIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLES
4
47 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
Cuando los servicios de consultoría requieran de una experiencia o especialización que sólo pueda ser realizada por un único Consultor,
MODALIDAD CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA
Se aplicará única y exclusivamente en las contrataciones de bienes, obras, servicios generales y servicios de consultoría para enfrentar la emergencia nacional, departamental y municipal declarada conforme a la Ley N
2140 de 25 de octubre de 2000, de Reducción de
Riesgos y Atención de Desastres.
La MAE de la entidad es responsable de las
contrataciones por desastres y/o emergencias.
Los procesos y condiciones de la contratación por
desastres y/o emergencias deberán ser reglamentadas
por la MAE de cada entidad.
5
48 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA
49
SUBSISTEMA DE MANEJO DE BIENES
A) ADMINISTRACIÓN DE ALMACENES B) ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS FIJOS MUEBLES C) ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS FIJOS INMUEBLES
SUBSISTEMA DE DISPOSICIÓN DE BIENES
A) DISPOSICIÓN TEMPORAL
1) Arrendamiento 2) Préstamo de uso o comodato
B) DISPOSICIÓN DEFINITIVA
1) Enajenación 2) Permuta
Ley SAFCO
Subsistemas de Manejo y Disposición de bienes
50
PERMISO DE INGRESO RECEPCION
SALVAGUARDA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
REGISTRO
FIN
IDENTIFICACIO
CLASIFICACION
CODIFICACION
CATALOGACION
ALMACENES
SALIDA DE BIENES
GESTION DE EXISTENCIAS
Ley SAFCO
Administración de Almacenes
51
CONSULTA INTERNA
PROPUESTA DE CADA UNIDAD
CONFORMACION DE LOTES
ANALISIS DE FLEXIBILIDAD
Y CONVENIENCIA
VALORACION TECNICA
DECISION MODALIDADES
ADOPTADAS
RESOLUCION
REGISTRO
Ley SAFCO
Procedimiento para disposición
52
FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde PAC
DESIGNACION Alcalde RPC
RPA
Comisión de Recepción
APROBACION Concejo Municipal Contratos . 15 días
Enajenación de bienes
EJECUCION Alcalde Firma de contratos
Recursos Administrativos
PROHIBICION Alcalde,
Concejales
Celebrar contratos por sí o por terceros,
sobre bienes, rentas y ejecución de obras,
prestación de servicios o explotaciones
municipales, concedidas, reguladas o
supervisadas ;
CONTROL Control Social Administrar, arrendatario, concesionario o
adjudicatario de bienes, obras, servicios
públicos y explotaciones municipales,
53
• Manejar ingresos, financiamiento o crédito público. • Programar compromisos, obligaciones y pagos. •Toda deuda pública externa o interna con plazo mayor o igual a uno año será contraída por el T.G.N. • Las deudas con plazo inferior a un año serán contraídas por cada entidad con sujeción a la programación financiera del T.G.N.
Art. 11vo Ley 1178
Ley SAFCO
Sistema de Tesorería y Crédito Público
54
Normas Básicas R.S. 218056
SUBSISTEMAS
1) RECAUDACION DE RECURSOS
2) ADMINISTRACION DE RECURSOS
a) Prohibición de Deducción b) Responsabilidad de
Recaudación c) Titulares de las Cuentas
Bancarias Fiscales.
Ley SAFCO
Sistema de Tesorería del Estado
a) Unidad de la administración de ingresos y egresos
b) Programación de flujos financieros y la ejecución
presupuestaria c) Registro, ingreso y custodia de
los títulos y valores
55
Normas Básicas R.S. 218041
a) Sostenibilidad b) Eficiencia c) Centralización d) Oportunidad, transparencia y valides de la información
PRINCIPIOS
SUBSISTEMA DE PLANIFICACION DE LA DEUDA
PUBLICA
a) Política crediticia b) Estrategia de endeudamiento c) Red de relaciones interinstitucionales
SUBSISTEMA DE ADMINISTRACION DE DEUDA PUBLICA
a) Inicio de operaciones b) Negociación c) Contratación d) Utilización e) Servicio f) Seguimiento
Ley SAFCO
Sistema de Crédito Público (SCP)
56
FASES RESPONSABLES NOTAS
EJECUCION Alcalde Administración Financiera
Negociación de empréstitos
Presentación de ejecución presupuestaria
al concejo municipal
APROBACION Concejo Municipal Los contratos de empréstitos, emisión
de valores u otros instrumentos de
financiamiento, requerirán la
aprobación previa del Concejo, con el
voto afirmativo de dos tercios del total
de sus miembros.
Aprobar o rechazar la emisión o
compra de Títulos Valores;
Autorizar la negociación y constitución
de empréstitos, en un plazo máximo
de quince (15) días;
57
Ley SAFCO
Sistema de Contabilidad Integrada
Su propósito:
• Incorporar las transacciones presupuestarias financieras y patrimoniales, en un sistema
común, oportuno y confiable.
• Conocer el destino y fuente de los datos expresados en términos monetarios.
•Generar, con base en los datos financieros y no financieros información relevante y útil para la toma de decisiones por las autoridades que regulan la marcha del Estado y de cada una de sus entidades.
Art. 12do Ley 1178
58
Proceso
Sistema de Contabilidad Patrimonial (Transacciones
Presupuestarias)
4
Entradas o insumos Salidas
Transacciones u operaciones con incidencia económica y/o
financiera
1
2
Sistemas de Contabilidad Presupuestaria (Transacciones
Presupuestarias)
Sistema de Contabilidad Financiera
(Transacciones Financiera)
Estados de Ejecución Presupuestaria
3
Balance General Estado de Resultados Estado de Evolución Patrimonial Otros.
Estado de Flujo de Caja
Ley SAFCO
Concepción del Sistema Contable Integrado
59
Normas Básicas R.S. 218040
- SUBSISTEMAS 1) REGISTRO PRESUPUESTARIO
a) Ejecución presupuestaria de recursos y gastos
b) Evaluar la gestión y poder consolidar
c) Control legal
2) REGISTRO PATRIMONIAL
a) Posición Financiera b) Resultados de su operación c) Cambios de posición financiera d) Cambios de Patrimonio Neto
3) REGISTRO DE TESORERIA
a) Programar y administrar flujos de fondos
b) Información de Operaciones Efectivas de Caja
c) Análisis, control y evaluación de asignación y uso
de fondos
Ley SAFCO
Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG)
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FASES RESPONSABLES NOTAS
ELABORACION Alcalde Estados financieros. Hasta el 31 de marzo
REVISION Control Social Ejecución presupuestaria .
Semestralmente
APROBACION Concejo Municipal Revisar, aprobar o rechazar el informe de
ejecución del Programa de Operaciones
Anual, los estados financieros, ejecución
presupuestaria y la memoria
correspondiente a cada gestión anual,
presentados por el Alcalde Municipal,
dentro de los tres (3) primeros meses de la
siguiente gestión;
DIFUSION Alcalde Difunde y publica, al menos una vez al
año, su informe de gestión.
PRESENTACION Alcalde Poner a disposición de la autoridad
competente los estados financieros y la
ejecución presupuestaria de la gestión
anterior, debidamente suscritos y
aprobados por el Concejo Municipal,
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Mejorar la eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y la contabilidad de la información
que se genera.
Mejorar los procedimientos para que los ejecutivos rindan cuenta oportuna de su gestión.
Mejorar la capacidad administrativa para identificar el manejo inadecuado de los recursos del Estado.
Sistema de Control Interno (Previo y Posterior) y Control Posterior.
Ley SAFCO
Sistema de Control Gubernamental Artículos 13vo al 16vo Ley 1178
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Control Interno
PREVIO POSTERIOR
A cargo de las unidades ejecutoras de las operaciones
A cargo de los responsables superiores
Legalidad
Conveniencia
Oportunidad
Evaluación de operaciones bajo su directa competencia
A cargo de la unidad de auditoria interna
Evaluación cumplimiento y eficacia de los SAYCOS Confiabilidad de los registros y estados financieros Análisis de resultados y eficiencia de operaciones
Ley SAFCO Componentes del Control Gubernamental
A cargo de la C.G.R., Entes que ejercen Tuición o Firmas Privadas de Auditoría
Control Externo
AUDITORIA EXTERNA GUBERNAMENTAL
* Calificar eficacia, Sistemas de Administración y Control Interno. * Opinar sobre la confiabilidad de los registros contables y operativos. * Dictaminar razonabilidad de los estados financieros * Evaluar la eficacia y eficiencia de las operaciones
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¿DE QUÉ RESPONDE?
El funcionario o autoridad pública es responsable de:
• Sus actos • Los objetivos a los que se destinaron recursos públicos confiados a su cargo. • Formas y resultados de su aplicación • Resultado emergente del desempeño de funciones • Deberes y atribuciones asignadas al cargo.
La responsabilidad se determina tomando en cuenta los RESULTADOS de la acción u omisión.
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Artículo 33
Ley SAFCO
Responsabilidad por la Función Pública Ley 1178 Art. 1.c), 28.27.c)
64
.
Ley SAFCO
TIPOS DE RESPONSABILIDAD
RESPONSABILIDAD EJECUTIVA
RESPONSABILIDAD CIVIL
RESPONSABILIDAD PENAL
RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
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Ley SAFCO
Responsabilidad por la Función Pública Administrativa y Ejecutiva
NATURALEZA SUJETO PRESCRIPCION DETERMINACION SANCION
Acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y norma de conducta funcionaria.
Servidores públicos. Ex – servidores Para dejar constancia y registro
A los 2 años de la Contravención.
Por proceso interno. Informes de Auditoría. Dictamen de C.G.R. tiene calidad de prueba constituída.
Multa, suspensión o destitución.
Ley 1178 Art. 29
de 3318–A Arts. 13
y 33
Ley 1178 Art. 29
D.S. 23318-A Arts. 13
y 14
D.S. 23318-A Art. 15
D.S. 23318-A Art. 16
D.S. 23318-A Art. 18
al 30248
Ley 1178 Art. 29
Gestión deficiente o negligente y por incumplimiento de Arts. I c), 27 d) e) y f), Ley 1178 y otras causas.
Máxima autoridad ejecutiva o dirección colegiada o ambas. Ex – autoridades para dejar constancia y Registro.
A los 2 años de concluída la gestión.
Por dictamen del Contralor de la República.
Ley 1178 Art. 30
de 23318–A Arts. 34
al 49
Ley 1178 Art. 30
D.S. 23318-A Art. 34
D.S. 23318-A Art. 37
D.S. 23318-A Art. 36
D.S. 23318-A Art. 39
Ley 1178 Art. 42 g) D.S. 23318-A Art. 47
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Ley SAFCO
Responsabilidad por la Función Pública Civil y Penal
Acción u omisión de servidor público o persona privada que causa daño al estado valuable en dinero.
Ley 1178 Art. 31
de 23318–A Arts. 50
al 59
Ley 1178 Art. 31
D.S. 23318-A Art. 50
Ley 1178 Art. 42 g) D.S. 23318-A Art. 47
Servidores públicos Ex – servidores, personas naturales o jurídicas privadas.
A los 10 años
Por juez competente (coactivo, ordinario, tributario, etc.) Dictamen del Contralor tiene valor de prueba preconstituída.
Ley 1178 Art. 31
Ley 1178 Art. 40
D.S. 23318-A Art. 50
Acción u omisión está tipificada como delito en el Código Penal.
Ley 1178 Art. 34
de 23318–A Arts. 60
al 62
Ley 1178 Art. 34
D.S. 23318-A Art. 60
Código Penal
Servidores públicos Ex – servidores, particulares.
De acuerdo a los términos del Código Penal
Juez Competente
Ley 1178 Art. 35 D.S. 23318-A Art. 60
Código Penal
D.S. 23318-A Art. 62
NATURALEZA SUJETO PRESCRIPCION DETERMINACION SANCION
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Ley SAFCO
RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES Ley 1178, art. 38
Los profesionales y demás servidores públicos son responsables por los informes y documentos que suscriban. También serán responsables los Abogados por el patrocinio legal de Sector Público cuando la tramitación de la causa la realicen con vicios procedimentales o cuando los recursos se declaren improcedentes por aspectos formales.
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