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Audición y lenguaje CURSO: 2015 - 2016 SEMANA: 7 CONTENIDO: Resolución Caso Práctico. Esquema del Práctico MATERIAL ELABORADO POR : Cristina García Plaza
CASO PRÁCTICO
Alumna escolarizada en un centro de integración sostenido con fondos públicos de
la Comunidad de Madrid.
La alumna cursa Educación Infantil 5 años y está integrada en el programa de
integración por presentar necesidades educativas especiales asociadas a retraso
madurativo con especial incidencia en el ámbito comunicativo-lingüístico, social y
emocional.
Las principales necesidades se encuentran en el área de lenguaje y más
concretamente a nivel pragmático, apenas muestra intención comunicativa y ésta es
sólo con adultos.
No responde a preguntas de manera adecuada. Entonación monótona. No sigue el
hilo conductor de una conversación y no la inicia en el contexto del aula ni con
iguales.
Dificultades con la función de petición. Frecuentemente intenta conseguir las cosas
por ella misma. Poca diversidad en las emociones y expresiones faciales.
Dificultad para entender las emociones de los demás y reaccionar ante ellas aunque
sí las reconoce en dibujos y láminas. No rechaza el contacto físico pero tampoco lo
busca.
Dificultades para compartir. Es posesiva con los objetos.
Elabora un Plan de intervención para este curso académico.
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RESOLUCIÓN CASO PRÁCTICO
Alumna escolarizada en un Centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad
de Madrid.
Se encuentra escolarizada en educación infantil 5 años. Pertenece al Programa de
Integración por presentar necesidades educativas especiales asociadas a retraso
madurativo con especial incidencia en el ámbito comunicativo-lingüístico, social y
emocional.
La respuesta a sus necesidades está fundamentada en lo dispuesto en La Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa
(LOMCE).
Nuestra labor como maestros de audición y lenguaje será la de evaluar las
necesidades que presenta la alumna en el ámbito de la comunicación y el lenguaje
con el fin de poder dar respuesta a sus necesidades a través de la realización de la
programación de un Plan de Apoyo e intervenir en las alteraciones que presente.
La alumna a la que hace referencia la cuestión práctica y, habiendo analizado los
datos que se aportan, presenta necesidades educativas especiales por presentar un
retraso madurativo con especial incidencia en el ámbito comunicativo-lingüístico,
social y emocional.
Definimos el retraso madurativo como el retraso en el desarrollo de varias de las
áreas implicadas en el mismo: la psicomotricidad, el lenguaje, el desarrollo cognitivo
y el desarrollo afectivo-emocional.
Las características de la alumna, que presenta un retraso muy acentuado en el
ámbito comunicativo-lingüístico, social y emocional; nos hace pensar que pueda
presentar un trastorno del espectro autista. Este estaría pendiente de confirmación
por el Equipo específico de autismo.
El DSM-V establece los siguientes criterios diagnósticos para el Trastorno de
Espectro Autista (TEA):
A. Déficits persistentes en comunicación social e interacción social a lo largo de
múltiples contextos, según se manifiestan en los siguientes síntomas, actuales o
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pasados: déficits en reciprocidad socio-emocional; déficits en conductas
comunicativas no verbales usadas en la interacción social y déficits para desarrollar,
mantener y comprender relaciones.
B. Patrones repetitivos y restringidos de conductas, actividades e intereses, que se
manifiestan en, al menos dos de los siguientes síntomas, actuales o pasados:
movimientos motores, uso de objetos o habla estereotipados o repetitivos;
insistencia en la igualdad, adherencia inflexible a rutinas o patrones de
comportamiento verbal y no verbal ritualizado; intereses altamente restringidos,
obsesivos, que son anormales por su intensidad o su foco; e hiper- o hipo-
reactividad sensorial o interés inusual en aspectos sensoriales del entorno.
C. Los síntomas deben estar presentes en el período de desarrollo temprano
(aunque pueden no manifestarse plenamente hasta que las demandas del entorno
excedan las capacidades del niño, o pueden verse enmascaradas en momentos
posteriores de la vida por habilidades aprendidas).
D. Los síntomas causan alteraciones clínicamente significativas a nivel social,
ocupacional o en otras áreas importantes del funcionamiento actual.
E. Estas alteraciones no se explican mejor por la presencia de una discapacidad
intelectual (trastorno del desarrollo intelectual) o un retraso global del desarrollo.
Con respecto a la definición expuesta, podemos asociarla con las características de
la alumna que presenta el supuesto, tales como:
Presenta déficits en la interacción y comunicación social ya que no responde a
preguntas de manera adecuada, su habla tiene una entonación monótona, le cuesta
seguir el hilo conductor de una conversación y no la inicia en el contexto del aula ni
con iguales; le cuesta pedir aquello que necesita e intenta conseguir las cosas por
ella misma presentando poca diversidad en las emociones y expresiones faciales.
Dificultad para entender las emociones de los demás y reaccionar ante ellas aunque
sí las reconoce en dibujos y láminas. No rechaza el contacto físico pero tampoco lo
busca.
Presenta patrones repetitivos y restringidos de conductas, actividades e intereses ya
que como se expone en la cuestión tiene dificultades para compartir y es posesiva
con los objetos.
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Estas características hacen que la alumna a la que hace referencia el supuesto
tenga dificultades para acceder a los diferentes aprendizajes en el colegio de igual
manera que el resto de sus compañeros. Es por este motivo por lo que decimos que
presenta necesidades educativas especiales.
La respuesta a sus necesidades educativas está fundamentada en lo dispuesto en la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) modificada por la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
y la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa.
La LOMCE (Texto consolidado), en su Título II, Capítulo I trata sobre los alumnos
con necesidad específica de apoyo educativo, dividiéndolos en cuatro secciones:
- Alumnado que presenta necesidades educativas especiales
- Alumnado con altas capacidades intelectuales
- Alumnos con integración tardía al sistema educativo español
- Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje
Establece que se entiende por alumno con necesidades educativas especiales, a
aquel que requiere, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella,
determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de
discapacidad o trastornos graves de conducta.
Los principios que rigen la escolarización de estos alumnos son los principios de
normalización e inclusión asegurando la no discriminación y la igualdad efectiva en
el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas
de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario.
El RD. 696 de Ordenación de la Educación de los alumnos con necesidades
educativas especiales establece que se pueden realizar las adaptaciones necesarias
para el acceso del alumno con necesidades educativas especiales a los objetivos
planteados con carácter general por el Sistema Educativo mediante la realización de
adaptaciones curriculares.
Para el caso que se nos plantea se adaptan los objetivos del currículo del segundo
ciclo de Educación Infantil recogidos en el RD. 1630/ 2006, de 29 de Diciembre, por
el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación
infantil; concretadas para la Comunidad de Madrid en el Decreto 17/2008, de 6 de
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marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrollan para la Comunidad de
Madrid las enseñanzas de la Educación Infantil.
La Adaptación curricular de la alumna supone el cuarto nivel de concreción siendo
los niveles anteriores: el primero, las enseñanzas mínimas concretadas en el RD.
1630/ 2006 para la Educación Infantil, la concreción de las enseñanzas de la
Comunidad de Madrid en el D. 17/2008; el segundo nivel, la concreción de estas
enseñanzas en la Concreción del currículo del centro mediante las Propuestas
Pedagógicas; el tercer nivel, la Programación de aula en la que se encuentra
integrado el alumno y, finalmente, la Adaptación Curricular Individualizada que
queda fijada en el Documento Individual de Adaptación Curricular (DIAC).
Con el fin de poder llevar a cabo los objetivos que se plantean en la adaptación
curricular e intervenir en las necesidades de la alumna, el RD. 696 prevé que el
sistema educativo organizará la dotación de los recursos necesarios para la atención
a estos alumnos.
El Plan de Atención a la Diversidad del Centro, como parte integrante del Proyecto
Educativo del mismo, y legislado por las Instrucciones del 19 de Julio del 2005 de la
dirección general de centros docentes relativos a la elaboración y revisión del Plan
de atención a la diversidad de los centros educativos sostenidos con fondos públicos
de educación infantil y primaria, y educación secundaria de la Comunidad de Madrid,
organizará estos recursos.
Como Maestra especialista en Audición y Lenguaje y recurso del centro para dar
respuesta a las necesidades educativas de los alumnos mi función es la de prevenir,
en la medida de las posibilidades la aparición de alteraciones del lenguaje, ofrecer la
información y orientaciones al personal del centro que lo requiera, en la atención a
los alumnos con alteraciones de la comunicación y el lenguaje; y la función de
intervenir con aquellos alumnos que presenten necesidades educativas especiales.
Así pues, nuestro Plan de Intervención parte como elemento constituyente del Plan
de Atención a la Diversidad del Centro, a través del cual queda fijada la atención a
los alumnos que presentan necesidades educativas especiales y, concretamente, al
alumno con retraso evolutivo del lenguaje al que hace referencia el supuesto.
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Con el fin de poder realizar la intervención más ajustada a las necesidades del
alumno se realiza una evaluación de sus necesidades.
La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se
lleva a cabo lo más tempranamente posible.
Partimos de la Información que nos ofrece la Evaluación Psicopedagógica legislada
en la Orden de 14 de Febrero de 1996, de procedimiento para la realización de la
Evaluación Psicopedagógica y dictamen de escolarización de los alumnos con
necesidades educativas especiales.
La evaluación psicopedagógica nos ofrece información acerca de: el desarrollo
general del alumno, su nivel de competencia curricular y estilo de aprendizaje.
En la cuestión no se nos da información acerca de cómo se desarrollaron los
primeros hitos evaluativos en la alumna. Podemos suponer que los que tienen que
ver con el área del lenguaje hayan podido sufrir algún retraso o alteración.
La información en cuanto al desarrollo de las diferentes áreas se supone que no
presenta grandes alteraciones, siendo el área del lenguaje el área más alterada.
Debido a esto, es conveniente la realización de una evaluación de los diferentes
aspectos del lenguaje con el fin de determinar las necesidades educativas
especiales que presenta y poder elaborar los objetivos del plan de apoyo para la
alumna.
La evaluación del lenguaje estará encaminada a valorar:
- La motivación de la alumna hacia la comunicación en las diferentes
situaciones sociales, tanto con adultos como con los compañeros de su
grupo.
- El código que utiliza para comunicarse, que en el caso de la alumna de la
cuestión es el código oral no precisando ningún apoyo a la comunicación.
- Las funciones comunicativas que emplea.
- El lenguaje relacionado con sus propios intereses.
Realizaremos también la evaluación del lenguaje oral tanto expresivo como receptivo
en los diferentes niveles del mismo. En cuanto al lenguaje expresivo: fonética-
fonología (presencia o ausencia de vocalizaciones, estructura de las palabras,
producción de sonidos,…); semántica (jerga, uso de palabras de la oración,
vocabulario, uso o no de verbos mentalistas, lenguaje metafórico,…); morfosintáctico
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(ausencia de estructura gramatical, estructura oracional, elementos
suprasegmentales; prosodia, volumen, tono y velocidad); y pragmática. En el
lenguaje receptivo: fonética-fonología (existencia o no de sordera paradógica,
percepción y discriminación de los sonidos en sílabas, dentro de la palabra o dentro
del discurso); léxico-semántico (comprensión o no del lenguaje oral); morfosintáctico
(comprensión de mensajes, comprensión de las distintas palabras y estructuras
gramaticales); y pragmática (respuesta a peticiones, negaciones, instrucciones o
emisiones declarativas).
Finalmente evaluaremos las distintas funciones comunicativas: función de petición,
función de petición de acción, función de petición de interacción/atención, función de
rechazo o protesta y función declarativa.
Tomando como referencia los datos obtenidos en la evaluación se determinan que
las necesidades que presenta la alumna, son:
- Desarrollo de habilidades comunicativas dirigidas a potenciar el deseo de
comunicarse, la iniciativa y la elección.
- Desarrollo de habilidades comunicativas específicas en situaciones
cotidianas.
- Desarrollo del lenguaje oral y gestual como instrumento para la comunicación.
- Aprender a conocer y comunicar las emociones y pensamientos propios así
como comprender los de los demás.
- Participar en situaciones de interacción con adultos e iguales.
Una vez determinadas las necesidades que presenta la alumna en el ámbito de la
comunicación y el lenguaje, se planifica un programa de intervención.
Tenemos en cuenta que tanto el centro como el aula en la que se encuentra
escolarizada llevan a cabo las adaptaciones, modificaciones y dotación de recursos
necesarios para responder a sus necesidades. En el caso del centro estas medidas
quedan recogidas en el Plan de Atención a la Diversidad y, a su vez, la tutora
realizará las adaptaciones oportunas en su programación de aula.
Para el planteamiento de los objetivos del Programa de Intervención se toma como
referente los objetivos establecidos con carácter general para el conjunto de los
alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil en el área de Comunicación y
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Representación, legislados en el Decreto 17/2008, de 6 de marzo, del Consejo de
Gobierno, por el que se desarrollan para la Comunidad de Madrid las enseñanzas de
Educación Infantil, que estarán concretados en la concreción del currículo del centro
y la programación de aula y que, estarán planteados como base para favorecer la
consecución de las competencias básicas establecidas para la educación
obligatoria.
Así pues, los objetivos generales del plan de apoyo, son:
- Utilizar la lengua como instrumento de aprendizaje, de representación, de
comunicación, de disfrute y de expresión de ideas y sentimientos.
- Participar de forma activa en una conversación con iguales y adultos.
- Expresar con corrección emociones, sentimientos, deseos e ideas mediante la
lengua oral y a través de otros lenguajes, eligiendo el que mejor se ajuste a la
intención y a la situación.
- Expresar emociones y responder a las demandas afectivas de los demás de
forma adecuada.
- Comprender las intenciones y mensajes de otros niños y adultos, adoptando una
actitud positiva hacia la lengua, tanto propia como extranjera.
- Atribuir causalidad a las expresiones de los demás.
- Conocer y utilizar las distintas normas que rigen las conversaciones.
- Respetar las reglas que rigen los intercambios lingüísticos.
- Aceptar los diferentes roles según el contexto en que se encuentre.
La superación de los objetivos por parte de la alumna y la consecución de los
propios de la etapa de EI, supone la preparación necesaria para el paso a la
siguiente etapa educativa. Por lo que debemos tener en cuenta las competencias
que establece el RD. 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo
básico de la Educación Primaria, para encaminar nuestros programas a la
consecución de las mismas siendo estas: Comunicación lingüística. Competencia
matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. Competencia digital.
Aprender a aprender. Competencias sociales y cívicas. Sentido de iniciativa y
espíritu emprendedor. Conciencia y expresiones culturales.
El Plan de Intervención de la alumna con retraso madurativo con especial incidencia
en el ámbito comunicativo-lingüístico, social y emocional plantea como principios
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generales de Intervención: la normalización e inclusión asegurando la no
discriminación y la igualdad, tal y como establece en el artículo 74 la LOMCE-TC.
Partiendo de estos principios, los criterios metodológicos que rige el Plan de
Intervención con la alumna son: Presentación de contenidos desde un punto de vista
analítico y globalizador, organización de los contenidos en torno a ejes globalizadores
cercanos a su mundo experiencial, vinculación de los aprendizajes con sus contextos
más cercanos, elaboración de propuestas que conecten con lo que la alumna ya sabe
y con sus intereses, de carácter lúdico, con actividades motivadoras y gratificantes,
construcción de un clima de seguridad que implica la no existencia de normas, retos y
exigencias; por el contrario, éstas adquieren un valor educativo positivo ya que están
adaptadas a sus posibilidades y se aplicarán de forma consistente y flexible.
La programación no puede entenderse como un elemento aislado a la programación
de aula por lo que se sistematizará la coordinación con la tutora en la planificación de
objetivos, organización de contenidos, tiempos, espacios e intervención conjunta con
la alumna, criterios metodológicos y especificación de los criterios de evaluación.
Las reuniones con la tutora tienen lugar: una cada trimestre y una al inicio de cada
una de las unidades didácticas, en las que se coordina y secuencia nuestra
intervención, para poder planificar las actividades que se van a realizar.
Uno de los objetivos de nuestra intervención es el de ofrecer las posibilidades para la
generalización de los aprendizajes a todos los contextos de la alumna. Por este
motivo se lleva a cabo una reunión con los especialistas que intervienen con ella con
el fin de ofrecerles la información y orientaciones necesarias.
Son fundamentales las reuniones con el orientador del Equipo de Orientación
Educativa y Psicopedagógica con el que realizamos las revisiones de la alumna,
coordina y orienta nuestro trabajo. El orientador acude al centro dos días a la semana.
Se realiza un planning de trabajo con el fin de sistematizar y organizar las sesiones de
control.
En el caso específico de la alumna a la que hace referencia el supuesto no debemos
olvidar la coordinación con la familia a través de reuniones trimestrales que posibiliten
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la transmisión de información relevante que favorezca la generalización de los
aprendizajes iniciados en la escuela.
Los recursos espaciales con los que contamos para la atención a la alumna, son: el
aula de audición y lenguaje y su aula de referencia.
Los tiempos de intervención, están organizados en base a la evaluación de sus
necesidades y a los recursos del centro. Recibe atención logopédica tres sesiones a
la semana; una de ellas en su aula de referencia en la hora de la asamblea, una en
pequeño grupo y la última, de forma individual.
Las actividades a realizar con la alumna irán encaminadas a potenciar el uso del
lenguaje en los distintos contextos. Algunas de las actividades que se pueden realizar
son:
- En la sesión que tienen lugar en el aula de referencia en el momento de la
asamblea, apoyaremos a la alumna en la producción de las respuestas orales
necesarias.
- Se pedirá a los padres la realización de un cuaderno de comunicación para
los fines de semana para que ellos escriban aquello que ha hecho la niña y
que luego contará en el momento de la asamblea con nuestra ayuda.
- Utilización de pictogramas para secuenciar las actividades diarias que se
colocará en la mesa de la niña y, en grande, en un lugar visible del aula.
- Actividades de imitación y reconocimiento de emociones en uno mismo y en
los demás.
- Actividades de juego dirigido y juego libre, haciendo de mediadores,
aportando estrategias para el inicio y participación en el mismo.
- Actividades de conversación, aportando estrategias a través de situaciones
reales de comunicación con iguales y adultos para el inicio y mantenimiento
de la misma.
Para garantizar el éxito de la programación del Plan de Intervención, se realiza una
evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje que orienta sobre la evolución de
los procesos de desarrollo de la alumna y la toma de decisiones necesarias para
adecuar el diseño y desarrollo de la acción educativa a las necesidades y logros
detectados en el proceso de aprendizaje.
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El Decreto 17/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se
desarrollan para la Comunidad de Madrid las enseñanzas de la Educación Infantil, en
su artículo 15, establece que: La evaluación del aprendizaje del alumnado será global,
continua y formativa. La observación directa y sistemática constituirá la técnica
principal del proceso de evaluación.
La evaluación satisface las siguientes características: responder a las necesidades y
perspectivas de los alumnos, padres y profesores, organizar el proceso de enseñanza
y aprendizaje, facilitar decisiones profesionales y utilizar un lenguaje accesible.
Con la evaluación del proceso de enseñanza- aprendizaje queda enmarcado el Plan
de Intervención para la alumna con retraso madurativo, planteado en el epígrafe de la
presente cuestión, que comenzaba con la evaluación de la necesidades educativas
especiales en el ámbito de la comunicación y el lenguaje para poder planificar los
objetivos necesarios, organizar la metodología que favorezca la adquisición de los
mismos mediante la coordinación con los profesionales que, de alguna u otra forma,
intervienen en la atención a la alumna, así como la organización de los recursos; para
finalmente evaluar tanto el proceso de enseñanza como el proceso de aprendizaje.
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