Para entender la asignación competencial autonómica
Diego Cuadros AnayaJunio, 2011
NATURALEZA DE LOS ESTATUTOS AUTONÓMICOS
Norma institucional básica de la entidad territorial autónoma
Ley: Emanada de la propia entidad territorial Con vigencia exclusivamente en su jurisdicción Sus disposiciones se circunscriben solamente al ámbito de las facultades
y competencias de la entidad territorial En general se sujeta a la CPE y la Ley Marco de Autonomías y
Descentralización Puede legislar y normar sobre los procedimientos para la
reglamentación y ejecución, según le corresponda de acuerdo a la asignación de competencias y áreas competenciales
Jerarquía superior a cualquier otra ley o disposición emanada de la entidad territorial autónoma
1Jerarquía normativa en la
Constitución Política del Estado
Constitución Política del Estado
Tratados internacionales Derechos Humanos
Estatuto Deptal.Estatuto
I.O.C.Estatuto RegionalEstatuto
AutonómicoLey
NacionalLey Departa-
mental
Decreto, Reglamento y Resolución
Tratados internacionales
Carta Orgánica
Ley Municipal
Ley Indígena
LEG*
EJE*
REF-N
LEG-N REF-
N
D.R. R. Nacional
D.R. R. Deptal.
D.R. R. Municipal
D.R. R. I.O.C.
REF-A
Art. 256
Art. 257
Art. 275
Art. 410
2Las llaves de asignación de
competencias
Departa-mental
Local
Nacional
legislación
reglamentación
operación
Departa-mental
Municipal
Nacional
legislación
reglamentación
operación
Departa-mental
IOC
Municipal
Nacional
legislación
reglamentación
operación
Modelo teóricoModelo anteriorModelo actual
Llaves de asignación competencial
Variantes modelo actual
Nivel deptal.
Nivel IOC
Nivel municipal
Nivel nacional
legislación
reglamentación
operación
Llave 1: competenciasprivativas
Nivel deptal.
Nivel IOC
Nivel municipal
Nivel nacional
legislación
reglamentación
operación
Llave 2: competenciasExclusivas
Nivel deptal.
Nivel IOC
Nivel municipal
Nivel nacional
legislación
reglamentación
operación
Llave 3: competenciascompartidas
Nivel deptal.
Nivel IOC
Nivel municipal
Nivel nacional
legislación
reglamentación
operación
Llave 4: competenciasconcurrentes
Posibilidad de transformar llave exclusiva en concurrente solo para el nivel departamental
Estatutos
C.P.E.
Estatuto Deptal.
Estatuto I.O.C.
Ley Nacional
Ley DeptaL
Carta Orgánica
Ley Municipal
Ley Indígena
LMAD
Art. 271: LMAD- Estatutos y Cartas Orgánicas- Transferencia competencial- Régimen económico finan.- Coordinación
X Y
Y Y YX
YYY
Privativa
C.P.E.
Estatuto Deptal.
Estatuto I.O.C.
Ley Nacional
Ley DeptaL
Carta Orgánica
Ley Municipal
Ley Indígena
D. R. R. Nacional
D. R. R. Deptal.
D. R. R. Municipal
D. R. R. I.O.C.
LMAD
Art. 271: LMAD- Estatutos y Cartas Orgánicas- Transferencia competencial- Régimen económico finan.- Coordinación
Ejecución Deptal.
Ejecución Municipal
Ejecución I.O.C.
Ejecución Nacional
X X XY X
X X X X
X X X
Y
Y
Aquellas cuya legislación, reglamentación y ejecución no se transfiere ni delega, y están reservadas para el nivel central del Estado
Exclusiva Nal.
C.P.E.
Estatuto Deptal.
Estatuto I.O.C.
Ley Nacional
Ley DeptaL
Carta Orgánica
Ley Municipal
Ley Indígena
D. R. R. Nacional
D. R. R. Deptal.
D. R. R. Municipal
D. R. R. I.O.C.
LMAD
Art. 271: LMAD- Estatutos y Cartas Orgánicas- Transferencia competencial- Régimen económico finan.- Coordinación
Ejecución Deptal.
Ejecución Municipal
Ejecución I.O.C.
Ejecución Nacional
X X XY X
X X XY
Y Y Y Y
Y
X X XY X
X X X X
X X X
Y
Y
Aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una determinada materia las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas
Exclusiva Deptal
C.P.E.
Estatuto Deptal.
Estatuto I.O.C.
Ley Nacional
Ley DeptaL
Carta Orgánica
Ley Municipal
Ley Indígena
D. R. R. Nacional
D. R. R. Deptal.
D. R. R. Municipal
D. R. R. I.O.C.
LMAD
Art. 271: LMAD- Estatutos y Cartas Orgánicas- Transferencia competencial- Régimen económico finan.- Coordinación
Ejecución Deptal.
Ejecución Municipal
Ejecución I.O.C.
Ejecución Nacional
Aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una determinada materia las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas
X X XY X
X X X
Y Y Y
YX
Y
X X XY X
X X XY
Y Y Y Y
Y
Compartida
Aquellas sujetas a una legislación básica de la Asamblea Legislativa Plurinacional cuya legislación de desarrollo corresponde a las entidades territoriales autónomas, de acuerdo a su característica y naturaleza. La reglamentación y ejecución corresponderá a las entidades territoriales autónomas
C.P.E.
Estatuto Deptal.
Estatuto I.O.C.
Ley Nacional
Ley DeptaL
Carta Orgánica
Ley Municipal
Ley Indígena
D. R. R. Nacional
D. R. R. Deptal.
D. R. R. Municipal
D. R. R. I.O.C.
LMAD
Art. 271: LMAD- Estatutos y Cartas Orgánicas- Transferencia competencial- Régimen económico finan.- Coordinación
Ejecución Deptal.
Ejecución Municipal
Ejecución I.O.C.
Ejecución Nacional
X X X Y X
X X X
Y Y Y
YX
Y
XX XY X
Y Y Y
Y YYX X
X
C.P.E.
Estatuto Deptal.
Estatuto I.O.C.
Ley Nacional
Ley DeptaL
Carta Orgánica
Ley Municipal
Ley Indígena
D. R. R. Nacional
D. R. R. Deptal.
D. R. R. Municipal
D. R. R. I.O.C.
LMAD
Art. 271: LMAD- Estatutos y Cartas Orgánicas- Transferencia competencial- Régimen económico finan.- Coordinación
Ejecución Deptal.
Ejecución Municipal
Ejecución I.O.C.
Ejecución Nacional
Concurrente
Aquellas en las que la legislación corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva
XX XY X
Y Y Y
Y YYX X
X
XX XY X
Y Y Y
Y
Y
Y X X X
4Síntesis jerárquica de la normativa
por tipo de competencia
COMPETENCIA EXCLUSIVA
AUTONÓMICA
AUTON.
NAL
C.P.E.
REG
LA
ME
N-T
AC
IÓN
EJE
CU
CIÓ
NLE
Y
AU
TO
NÓ
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A
ES
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COMPETENCIA
COMPARTIDA
LEY
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A
AUTON.
NAL.
C.P.E.
REG
LA
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N-T
AC
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EJE
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Y
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COMPETENCIA
CONCURRENTE
LEY
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L
AUTON.
NAL.
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LA
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C.P.E.
EJE
CU
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LA
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AC
IÓN
EJE
CU
CIÓ
N
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LA
ME
N-T
AC
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LE
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COMPETENCIA EXCLUSIVA NACIONAL
LEY
NA
CIO
NA
L
AUTON.
NAL.
REG
LA
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N-T
AC
IÓN
C.P.E.
EJE
CU
CIÓ
N
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LA
ME
N-T
AC
IÓN
EJE
CU
CIÓ
N
REG
LA
ME
N-T
AC
IÓN
LE
GIS
LATI
VA
COMPETENCIA PRIVATIVA
AUTON.
NAL.
C.P.E.
LEY
NA
CIO
NA
LR
EG
LA
ME
N-T
AC
IÓN
EJE
CU
CIÓ
N
ES
TATU
TO
/
CA
RTA
X X
Ley Nacional:
NEGRO
Estatuto:
BLANCO
Estatuto entraría en la
ilegalidad
Ley Nacional:
BLANCO
Ley Nacional:
NEGRO
Estatuto:
BLANCO
Estatuto entraría en la
ilegalidad
Ley Nacional:
NEGRO
Estatuto:
BLANCO
Estatuto entraría en la
ilegalidad
CPE:
BLANCO
Estatuto:
BLANCO
Estatuto no norma
propiamente
XX X
Cuando hay ley No hay ley
?
5Competencias departamentales
EXCLUSIVAS CONCURRRENTES COMPARTIDAS1. Elaborar su Estatuto de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y en la Ley.3. Iniciativa y convocatoria de consultas y referendos departamentales en las materias de su competencia
22. Creación y administración de impuestos de carácter departamental, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o municipales .
23. Creación y administración de tasas y contribuciones especiales de carácter departamental.
27. Fondos fiduciarios, fondos de inversión y mecanismos de transferencia de recursos necesarios e inherentes a los ámbitos de sus competencias.
29. Empresas públicas departamentales.
33. Participar en empresas de industrialización, distribución y comercialización de Hidrocarburos en el territorio departamental en asociación con las entidades nacionales del sector.2. Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción5. Elaboración y ejecución de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado municipales e indígena originario campesino.11. Estadísticas departamentales32. Elaboración y ejecución de planes de desarrollo económico y social departamental.35. Planificación del desarrollo departamental en concordancia con la planificación nacional
COMPETENCIAS DEPARTAMENTALES
GENERAL
5. Intercambios internacionales en el marco de la política exterior del Estado.
7. Regulación para la creación y/o modificación de impuestos, tasas y contribuciones especiales de dominio exclusivo de los gobiernos autónomos.
1. Régimen electoral departamental y municipal.
INSTIT.
EXCLUSIVAS CONCURRRENTES COMPARTIDAS4. Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales, en el marco de las políticas nacionales. 20. Políticas de turismo departamental.24. Comercio, industria y servicios para el desarrollo y la competitividad en el ámbito departamental.34. Promoción de la inversión privada en el departamento en el marco de las políticas económicas nacionales14. Servicios de sanidad e inocuidad agropecuaria. 10. Proyectos de
riego. 21. Proyectos de infraestructura departamental para el apoyo a la producción.
31. Promoción y administración de los servicios para el desarrollo productivo y agropecuario.6. Proyectos de generación y transporte de energía en los sistemas aislados.
15. Proyectos de electrificación rural.16. Proyectos de fuentes alternativas y renovables de energía de alcance departamental preservando la seguridad alimentaria.7. Planificación, diseño, construcción conservación y administración de carreteras de la red departamental de acuerdo a las políticas estatales, incluyendo las de la Red Fundamental en defecto del nivel central, conforme a las normas establecidas por éste. 8. Construcción y mantenimiento de líneas férreas y ferrocarriles en el departamento de acuerdo a las políticas estatales, interviniendo en los de las Red fundamental en coordinación con el nivel central del Estado. 9. Transporte interprovincial terrestre, fluvial, ferrocarriles y otros medios de transporte en el departamento.10. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos públicos departamentales.
COMPETENCIAS DEPARTAMENTALES
16. Agricultura, ganadería, caza y pesca
2. Servicios de telefonía fija, movil y telecomunicaciones.
4. Juegos de lotería y de azar.
2. Servicios de telefonía fija, movil y telecomunicaciones.
7. Promoción y administración de proyectos hidráulicos y energéticos.
ENERGIA
3. Electrificación urbana
PROD
TRANSP
4. Juegos de lotería y de azar.
ECONOMIA Y EMPLEO
7. Promoción y administración de proyectos hidráulicos y energéticos.
EXCLUSIVAS CONCURRRENTES COMPARTIDAS
2. Gestión del sistema de salud y educación.15. Vivienda y vivienda social.
13. Seguridad ciudadana.
19. Promoción y conservación de cultura, patrimonio cultural. histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible departamental.
28. Centros de información y documentación, archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas y otros departamentales.
1. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental.
4. Conservación de suelos, recursos forestales y bosques.11. Protección de cuencas.
8. Residuos industriales y tóxicos.
9. Proyectos de agua potable y tratamiento de residuos sólidos
DEPORTE 17. Deporte en el ámbito de su jurisdicción
COMPETENCIAS DEPARTAMENTALES
SOCIAL
CULTURA
NATURA
SERVICIOS BASICOS
30. Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para niñez y adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad.
3. Ciencia, tecnología e investigación.
18. Promoción y conservación del patrimonio natural departamental.
EXCLUSIVAS CONCURRRENTES COMPARTIDASADM 12. Otorgar personalidad jurídica a organizaciones sociales que
desarrollen actividades en el departamento.5. Servicio metereológico.
13. Otorgar personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en el departamento.
6. Frecuencias electromagnéticas en el ámbito de su jurisdicción y en el marco de las políticas del Estado.
25. Expropiación de inmuebles en su jurisdicción por razones de utilidad y necesidad pública departamental, conforme al procedimiento establecido por Ley, así como establecer limitaciones administrativas y de servidumbre a la propiedad, por razones de orden técnico, jurídico y de interés público.
12. Administración de puertos fluviales
26. Elaborar, aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y su presupuesto.
14. Sistema de control gubernamental.
36. Administración de sus recursos por regalías en el marco del presupuesto general de la nación, los que serán transferidos automáticamente al Tesoro Departamental
COMPETENCIAS DEPARTAMENTALES
6. Establecimiento de Instancias de Conciliación ciudadana para resolución de conflictos entre vecinos sobre asuntos de carácter municipal
6. Establecimiento de Instancias de Conciliación ciudadana para resolución de conflictos entre vecinos sobre asuntos de carácter municipal
NATURALEZA DE LOS ESTATUTOS AUTONÓMICOS
Norma institucional básica de la entidad territorial autónoma
Ley: Emanada de la propia entidad territorial Con vigencia exclusivamente en su jurisdicción Sus disposiciones se circunscriben solamente al ámbito de las facultades
y competencias de la entidad territorial En general se sujeta a la CPE y la Ley Marco de Autonomías y
Descentralización Puede legislar y normar sobre los procedimientos para la
reglamentación y ejecución, según le corresponda de acuerdo a la asignación de competencias y áreas competenciales
Jerarquía superior a cualquier otra ley o disposición emanada de la entidad territorial autónoma
DIFERENCIA ENTRE ESTATUTO AUTONÓMICOY CARTA ORGÁNICA
Estatuto Autonómico: Condición para la vigencia y
ejercicio de la autonomía
Aprobación: Decisión Elaboración proyecto de
Estatuto y 2/3 Control de
constitucionalidad Referendo aprobatorio
Carta Orgánica Municipal: Instrumento potestativo de
perfeccionamiento de la autonomía municipal
Aprobación: Decisión Elaboración proyecto de
Carta y 2/3 Control de
constitucionalidad Referendo aprobatorio
CONTENIDOS DE LOS ESTATUTOS AUTONÓMICOS Y CARTAS ORGÁNICAS
1. Temas formales y de identidad
2. Derechos, Inclusión y participación
3. Estructura y órganos
4. Estrategia, planificación, competencias y relaciones
5. Administrativo y financiero
6. Reforma de la Carta Orgánica y transición
CONTENIDOS
1. Temas formales y de identidada) La voluntad de sus habitantes (60)b) Sujección a la CPE (62-I-1)c) Identidad (62-I-2)d) Ubicación (62-I-3)e) Símbolos propios (62-III-2)f) Idiomas oficiales (62-III-1)
2. Derechos, Inclusión y participacióna) Define derechos y deberes (60)b) Régimen para minorías (62-I-10)c) Régimen de género, generacional y discapacidad (62-I-11)d) Mecanismos y formas de participación y control social (36, 62-I-9)
CONTENIDOS3. Estructura y órganos
a) Estructura organizativa e identificación de autoridades (62-I-4)b) Relaciones institucionales internas de la entidad autónoma (62-I-12)c) Jerarquía normativad) Previsiones de desconcentración administrativa (62-I-8)e) Instituciones políticas de la entidad autónoma (60)
3.1. Legislativo:a) Forma de organización (62-I-5)b) Facultades y atribuciones (62-I-6)c) Funcionamiento (62-I-6)d) Composición, número (CPE 284) (35)e) Elección, requisitos (62-I-6)f) Período de mandato (62-I-6)
3.2. Ejecutivo:g) Suplencia temporal y definitiva (CPE 286)h) Facultades y atribuciones (62-I-6)i) Funcionamiento (62-I-6)j) Elección, requisitos (62-I-6)k) Período de mandato (62-I-6)l) Subalcaldes en Distritos (27)m) Número y atribuciones de autoridades del ejecutivo (34-II)
3.2. Judicial (sólo IOC)
CONTENIDOS4. Estrategia, planificación, competencias y relacionesa) Disposiciones generales sobre planificación (62-I-7)b) Competencias (60)c) Relaciones con el Estado (60)d) Relaciones institucionales de la entidad autónoma (62-I-12)e) Consejos metropolitanos (26)f) Regiones (62-III-5)
5. Administrativo y financieroa) Procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía
desarrollarán sus actividades (60)b) Mecanismos y procedimientos de transparencia y rendición de cuentas
(141)c) Financiación de competencias (60)d) Administración de su patrimonio y régimen financiero (62-I-7)e) Autoridades responsables de la administración y control de recursos
fiscales (62-I-7)f) Mecanismos y sistemas administrativos (62-III-3)g) instituir otros mecanismos de control y fiscalización (137)
6. Reforma del Estatuto y transicióna) Procedimiento de reforma del estatuto (62-I-13)b) Disposiciones que regulen la transición (62-I-14)
LMAD
Estatuto Autonómico
Ley Nacional Ley Departamental
Institucional General Adm-Finan Economía Producción Energía
POLÍTICO ECONÓMICO SOCIAL
EXCLUSIVAS DEPARTAMENTALES EXCLUSIVAS MUNICIPALES CONCURRRENTES COMPARTIDAS
23. Creación y administración de tasas y contribuciones especiales de carácter departamental.
20 Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal.
35. Planificación del desarrollo departamental en concordancia con la planificación nacional
42. Planificacion del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional
32. Elaboración y ejecución de planes de desarrollo económico y social departamental.
28. Diseñar, construir, equipar y mantener la infraestructura y obras de interés público y bienes de dominio municipal, dentro de su jurisdicción territorial.
34. Promover y suscribir convenios de asociación o mancomunidad municipal con otros municipios.
36. Constituir y reglamentar la Guardia Municipal para coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y ejecución de sus competencias así como el cumplimiento de las normas municipales y de sus resoluciones emitidas.
INST
ITU
CIO
NA
L
1. Régimen electoral departamental y municipal.
7. Regulación para la creación y/o modificación de impuestos, tasas y contribuciones especiales de dominio exclusivo de los gobiernos autónomos.
5. Intercambios internacionales en el marco de la política exterior del Estado.
6. Establecimiento de Instancias de Conciliación ciudadana para resolución de conflictos entre vecinos sobre asuntos de carácter municipal
33(43). Participar en empresas de industrialización, distribución y comercialización de Hidrocarburos en el territorio departamental/municipal en asociación con las entidades nacionales del sector.
11(9). Estadísticas departamentales/municipales
GEN
ERA
L
1. Elaborar su Estatuto / Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y en la Ley.3. Iniciativa y convocatoria de consultas y referendos departamentales / municipales en las materias de su competencia22(19). Creación y administración de impuestos de carácter departamental / municipal, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o municipales/departamentales .
27(24). Fondos fiduciarios, fondos de inversión y mecanismos de transferencia de recursos necesarios e inherentes a los ámbitos de sus competencias.29(26). Empresas públicas departamentales / municipales.
2. Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción5(6). Elaboración y ejecución de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado municipales/departamentales e indígena originario campesino.
EXCLUSIVAS DEPARTAMENTALES EXCLUSIVAS MUNICIPALES CONCURRRENTES COMPARTIDAS
24. Comercio, industria y servicios para el desarrollo y la competitividad en el ámbito departamental.
34. Promoción de la inversión privada en el departamento en el marco de las políticas económicas nacionales14. Servicios de sanidad e inocuidad agropecuaria.
41. Aridos y agregados, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, cuando corresponda
21. Proyectos de infraestructura departamental para el apoyo a la producción.
21. Proyectos de infraestructura productiva.
31. Promoción y administración de los servicios para el desarrollo productivo y agropecuario.
38. Sistemas de microriego en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos.
10. Proyectos de riego.
6. Proyectos de generación y transporte de energía en los sistemas aislados.15. Proyectos de electrificación rural.
7. Planificación, diseño, construcción conservación y administración de carreteras de la red departamental de acuerdo a las políticas estatales, incluyendo las de la Red Fundamental en defecto del nivel central, conforme a las normas establecidas por éste.
7. Planificar, diseñar, construir, conservar y administrar caminos vecinales en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando corresponda.
8. Construcción y mantenimiento de líneas férreas y ferrocarriles en el departamento de acuerdo a las políticas estatales, interviniendo en los de las Red fundamental en coordinación con el nivel central del Estado. 9. Transporte interprovincial terrestre, fluvial, ferrocarriles y otros medios de transporte en el departamento.
18. Transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano.
10. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos públicos departamentales. 8. Construcción, mantenimiento y administración de
aeropuertos públicos locales.
3. Electrificación urbana
7. Promoción y administración de proyectos hidráulicos y energéticos.
2. Servicios de telefonía fija, movil y telecomunicaciones.
PRO
DEN
ERG
IATR
AN
SP
16. Agricultura, ganadería, caza y pesca
ECO
NO
MIA
16(12). Proyectos de fuentes alternativas y renovables de energía de alcance departamental / municipal preservando la seguridad alimentaria.
4. Juegos de lotería y de azar.
4. Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales, en el marco de las políticas nacionales.
20(17). Políticas de turismo departamental/local.
EXCLUSIVAS DEPARTAMENTALES EXCLUSIVAS MUNICIPALES CONCURRRENTES COMPARTIDAS
13. Controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para el consumo humano y animal.
2. Gestión del sistema de salud y educación.
37. Políticas que garanticen la defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito municipal.
15. Vivienda y vivienda social.
13. Seguridad ciudadana.
40. Servicios básicos así como aprobaciòn las tasas que correspondan en su jurisdicción.
8. Residuos industriales y tóxicos.
27. Aseo urbano, manejo y tratamiento de residuos sólidos en el marco de la política del Estado.
9. Proyectos de agua potable y tratamiento de residuos sólidos
31. Promoción de la Cultura y actividades artísticas en el ámbito de su jurisdicción32. Espectáculos públicos y juegos recreativos.
5. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos
1. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental.
11. Áreas protegidas municipales en conformidad con los parámetros y condiciones establecidas para los Gobiernos Municipales.
4. Conservación de suelos, recursos forestales y bosques.
11. Protección de cuencas.
CULT
URA
SOCI
ALN
ATU
RASE
RVIC
IOS
BASI
COS
30(39). Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para niñez y adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad.
19(16). Promoción y conservación de cultura, patrimonio cultural. histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible departamental / municipal.
28(25). Centros de información y documentación, archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas y otros departamentales / municipales.
3. Ciencia, tecnología e investigación.
18(15). Promoción y conservación del patrimonio natural departamental / municipal.
EXCLUSIVAS DEPARTAMENTALES EXCLUSIVAS MUNICIPALES CONCURRRENTES COMPARTIDAS
DEP
ORT
E
10. Catastro urbano en el ámbito de su jurisdicción en conformidad a los preceptos y parámetros técnicos establecidos para los Gobiernos Municipales.
29. Desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos.
30. Servicio de alumbrado público de su jurisdicción.
33. Publicidad y propaganda urbana.12. Otorgar personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen actividades en el departamento. 5. Servicio metereológico.
13. Otorgar personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en el departamento.
35. Convenios y/o contratos con personas naturales o colectivas, públicas y privadas para el desarrollo y cumplimiento de sus atribuciones, competencias y fines.
6. Frecuencias electromagnéticas en el ámbito de su jurisdicción y en el marco de las políticas del Estado.
12. Administración de puertos fluviales
36. Administración de sus recursos por regalías en el marco del presupuesto general de la nación, los que serán transferidos automáticamente al Tesoro Departamental
26(23). Elaborar, aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y su presupuesto.
AD
M 25(22). Expropiación de inmuebles en su jurisdicción por razones de utilidad y necesidad pública departamental / municipal, conforme al procedimiento establecido por Ley, así como establecer limitaciones administrativas y de servidumbre a la propiedad, por razones de orden técnico, jurídico y de interés público.
URB
ANO
S
14. Sistema de control gubernamental.
17(14). Deporte en el ámbito de su jurisdicción
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