SIERRA LEONA Y
EL DERECHO INDIANO
SIERRA LEONA• Oficialmente es La República
de Sierra Leona y es un país de África Occidental.
• Una de las naciones más pobres de la tierra, pero muy rica en recursos naturales por la explotación masiva de diamantes.
LA ESCLAVITUD
• Lo mas común es la trata de esclavos, en especial de los niños.
• Los niños creen que recibirán educación a cambio de trabajo en realidad son sometidos a un régimen de trabajo de 16 horas los 7 días de la semana.
LOS NIÑOS SOLDADO• No hay una edad exacta ni tampoco un sexo especial
en la elección.
• Comienzan siendo niños soldado desde los 8- 18 años de edad.
• Los desvinculan de sus padres.
• Poseen una marca especial de combate.
EL DERECHO INDIANO
• El Derecho indiano es aquel derecho que rigió en las Indias Occidentales durante el período de dominación de la Corona Española. Podemos dar para este varios de concepto, uno "estricto" o "restringido" y un concepto "amplio"
CARACTERISTICAS DEL DERECHO INDIANO
• Es un derecho esencialmente evangelizador.
• Es un derecho asistemático.
• Es un derecho casuístico.
• Es un derecho en que tiende a predominar el derecho público por sobre el derecho privado.
• Es un derecho que tendía a la protección del aborigen.
• Es un derecho fundamentado en el Principio de Personalidad del Derecho.
FUENTES DEL DERECHO INDIANO
• El derecho municipal: Estaba compuesto por las ordenanzas de los virreyes, los autos acordados de los cabildos y reales audiencias, la costumbre en materias de derecho privado como de derecho público, la jurisprudencia de los tribunales (sobre todo la del Consejo de Indias) y la doctrina política de los publicistas indianos
• El derecho indígena: La corona española lo aceptaba cuando no fuera contrario a la religión católica ni contraria a los derechos del rey.
• El derecho castellano: Se aplicaba en lo relativo a materias de derecho privado.
ESTATUTOS JURÍDICOS DEL NUEVO MUNDO (AMÉRICA) • El estatuto jurídico de Las Indias es la de unión real a la
Corona de Castilla, son territorios estaduales independientes de Castilla, que acceden a este Reino por la persona del Rey y por otros órganos gubernamentales comunes, como el Consejo de Estado creado por Carlos I en 1520 (común para Castilla e Indias) encargado de dirigir la política general y exterior, el Consejo de Hacienda creado en 1523, el Consejo de Guerra y el Consejo de la Inquisición (ídem).
ESTATUTO JURÍDO DE LOS ESPAÑOLES
• Derecho al buen gobierno.
• Derecho a alzarse frente a la autoridad tiránica.
• Derecho de petición.
• Derecho de preferencia en los cargos públicos
• Obligación de fidelidad a la corona.
• Obligación de consejo.
• Obligación de auxilio.
• Auxilio económico
• Auxilio militar
ESTATUTO JURIDICO DE LOS DIVERSOS GRUPOS SOCIALES
EN AMERICASITUACION DE LAS CASTAS:
• RAZAS: se reconocían como sin mezcla, sangre limpia, españoles(blancos), indígenas o negros.
Principales BLANCOS-INDIOS estaban cubiertos por la legislación de sus respectivas repúblicas.
• CRUZAS O CASTAS: eran reconocidos como de sangre manchada. Razas distintas.
Al principio la legislación de la “república de los españoles”.
La Sociedad Colonial y la Corona Española
Las uniones entre Conquistadores y las Princesas Indígenas.
La Corona prohibió tales matrimonios.
Mestizos (ilegítimos).
• La Política Española, busco cerrarles a las “CASTAS” el acceso al plano político y social de los grupos dominantes.
• Las NEGRAS, MULTAS O MESTIZAS, no podían usar artículos de oro, seda, mantos y perlas.
• Normas en los trajes porque era símbolo de riqueza y prestigio.
• Sangre Manchada eran percibidos completamente diferentes de los indios.
• El Ordenamiento jurídico posiciono a las Castas por debajo de peninsulares y criollos.
Definiciones cuidados y precisas, exclusivo en lo relativo a la posición social.En general. Las casta estaba en la ley tardadas como un solo grupo.En la educación no admitían, mestizos, zambos ni mulatos.Colegios seminarios para gente honrada y de matrimonio legitimo. MULATOS: Posición favorable, pero situación jurídica. ZAMBOS: Restricciones iguales que negros y mulatos, condición social inferior.
ESTATUTO JURIDICO DE LOS INDIGENAS AMERICANOS
• América va perfeccionando, primer momento lo hace presente a la corona de Castilla donde son vasallos libres en donde excepcionalmente pueden ser esclavos.
Cristóbal Colon, lleva a los indios en presencia de los Reyes Católicos.
Isabel I de castilla, le encarga encarecidamente a Fernando de Aragón Y a Juana I de Castilla que los indios sean protegidos.
Con la protección solicitada, se aplica a los indígenas comunes, aplicando como estatuto “RUSTICOS Y MISIRABLES”.
Los indígenas de las indias eran considerados ”vasallos libres de la corona”.
El Derecho Indiano determino que si condición jurídica era incapaz relativo.
ESTATUTO JURÍDICO DE LOS NEGROS ESCLAVOS
• Derecho a un peculio de su oficio propio.
• Derecho a unidad conyugal (contubernio) entre esclavos.
• Obligación de alimentación al esclavo y a su familia por parte del amo
• Prohibición de dar la libertad a esclavos mayores de 6 años a menos que el amo le otorgare una pensión alimenticia vitalicia.
• El amo, si quería casarse con esclava, debía pagarle una suma de dinero (con este dinero compraba su libertad)
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA INDIANA
• Autoridades de la Metrópoli:
• El Rey de España
• La Casa de Contratación de Indias
• El Real y Supremo Consejo de Indias
• Autoridades americanas:
• El Virrey
• El Gobernador
• El Cabildo
Top Related