Barranquilla, Buenaventura, Cali, Bogotá,
Cartagena, Medellín, Pereira y Santa Marta3.829.710.022,94 3.923.154.947,50 3.999.264.153,48 4.145.637.221,50
Bucaramanga, Cartago, Cúcuta y Manizales. 2.680.797.388,71 2.746.208.845,00 2.799.485.296,59 2.901.946.458,45 Arauca, Inírida, Ipiales, Leticia, Maicao, Pto Asis,
Pto Carreño, Riohacha, San Andrés, Tumaco,
Urabá, V/dupar, Yopal y Pamplona.
191.485.439,04 196.157.683,75 199.963.142,82 207.281.793,85
DEPÓSITOS
PRIVADOS2.680.797.388,71 2.746.208.845,00 2.799.485.296,59 2.901.946.458,45
NIVEL 1 (Dec 2883 de 2008, num. 4 art. 14)
4.133.985.090,68 4.259.658.237,44 4.361.890.035,14 4.487.948.657,16
NIVEL 1 (Dec 1510 de 2009, par. art. 14 lit a))
1.096.184.313,08 1.129.508.316,19 1.156.616.515,78 1.190.042.733,09
NIVEL 1 (Dec 1510 de 2009, par. art. 14 lit b))
931.756.666,11 960.082.068,76 983.124.038,41 1.011.536.323,12
NIVEL 1 (Dec 1510 de 2009, par. art. 14 lit c))
767.329.019,15 790.655.821,33 809.631.561,05 833.029.913,16
NIVEL 2 (Dec 2883 de 2008, num. 4 art. 14)
517.574.933,35 533.309.211,33 546.108.632,40 561.891.171,88
NIVEL 3 (Dec 2883 de 2008, num. 4 art. 14)
168.312.250,12 173.428.942,52 177.591.237,14 182.723.623,90
NIVEL 4 (Dec 2883 de 2008, num. 4 art. 14)
51.970.098,28 53.549.989,27 54.835.189,01 56.419.925,98
NIVEL 1 2.000 SMMLV 1.133.400.000,00 1.179.000.000,00 1.232.000.000,00 1.288.700.000,00
NIVEL 2 1.000 SMMLV 566.700.000,00 589.500.000,00 616.000.000,00 644.350.000,00
NIVELES 3 Y 4 500 SMMLV 283.350.000,00 294.750.000,00 308.000.000,00 322.175.000,00
2.000 SMMLV 1.133.400.000,00 1.179.000.000,00 1.232.000.000,00 1.288.700.000,00
1.000 SMMLV 566.700.000,00 589.500.000,00 616.000.000,00 644.350.000,00
2.000 SMMLV 1.133.400.000,00 1.179.000.000,00 1.232.000.000,00 1.288.700.000,00
500 SMMLV 283.350.000,00 294.750.000,00 308.000.000,00 322.175.000,00
5.000 SMMLV 2.833.500.000,00 2.947.500.000,00 3.080.000.000,00 3.221.750.000,00
Elaboró: Jose Luis Rodriguez M
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TIPO USUARIO
DE
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PÚ
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ICO
S El reajuste del patrimonio se efectúa en un
porcentaje igual a la variación del índice de
precios al consumidor IPC reportado por el DANE
el cual es de 3,66% (Este mismo valor se toma
para constituir la póliza inicial)
2012 2013 2014 2015
El reajuste del patrimonio se efectúa en un porcentaje igual a la variación del índice de precios al
consumidor IPC reportado por el DANE el cual es de 3,66% (Este mismo valor se toma para constituir
la póliza inicial)
AG
EN
CIA
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El reajuste del patrimonio se efectúa según lo
establecido en el artículo 868 del Estatuto
Tributario. Para el año 2015 es 2,89%
VA
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MUELLES Y PUERTOS0,125% del promedio del trimestre del valor CIF de las mercancías que fueron objeto de cargue, descargue y manipulación el año anterior, liquidado a la
TRM que informe la Superbancaria para el último día hábil de la semana anterior a la constitución de la póliza
DEPÓSITOS PÚBLICOS Y PRIVADOS1% del valor en aduanas de las mercancías almacenadas durante el año anterior, liquidado a la TRM que informe la Superbancaria para el último día
hábil de la semana anterior a la constitución de la póliza
USUARIO ADUANERO PERMANENTE Y
USUARIO ALTAMENTE EXPORTADOR
2% Impo + 1 X 1000 Expo (Valor FOB de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud) ó valor en dólares de la Resolución de inscripción,
liquidados a la TRM que informe la Superbancaria para el último día hábil a la fecha de constitución de la póliza
COMERCIALIZADORAS INTERNACIONALES
2% del valor FOB de las exportaciones realizadas los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud liquidados a la TRM que informe la
Superbancaria para el último día hábil a la fecha de constitución de la póliza. Cuando no se hayan realizado exportaciones, su monto será del 2% de la
proyección de exportaciones según el estudio de mercado. Existe reducción a partir de la primera renovación (1,5% y 1%) siempre y cuando no haya
incumplimiento en los ultimos 36 meses de las obligaciones establecidas en el art. 40-5 del Decreto 2685 de 1999. En cualquiera de los casos, el valor
no podrá ser inferior a 9.000 UVT ($254.511.000).
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
ZONAS FRANCAS
1% del valor FOB de la mercancía que pretende importar con ocasión al contrato suscrito con empresa del estado, liquidado a la TRM que informe la
Superbancaria para el último día hábil a la fecha de constitución de la póliza
AG
EN
CIA
S D
E
AD
UA
NA
DEPÓSITOS DE TRAFICO POSTAL
TRANSITO ADUANERO NACIONAL Y CABOTAJE
TRANSPORTE MULTIMODAL
AGENTES DE CARGA Y CABOTAJE ESPECIAL
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