2. 2NORMASNORMASL.C.T.L.C.T. : disposiciones generales, de:
disposiciones generales, deorden porden
pblico.blico.EstatutosEstatutos: disposiciones espec: disposiciones
especficas deficas decada actividad.cada actividad.Convenios
ColectivosConvenios Colectivos: acuerdos de: acuerdos departes que
impone disposiciones parapartes que impone disposiciones
paraactividades.actividades.
3. 3ESTATUTOSESTATUTOSDocentes, no docentes,Docentes, no
docentes, docentesdocentesprivados,privados,Empleado PEmpleado
Pblico,blico,Trabajadores rurales, trabajo agrario,Trabajadores
rurales, trabajo agrario,Trabajadores domTrabajadores
domsticos,sticos,Industria de la ConstrucciIndustria de la
Construccin,n,Viajante de Comercio,Viajante de Comercio,
4. 4ESTATUTOSESTATUTOSPeriodistas Profesionales,Periodistas
Profesionales,Empleados administrativos deEmpleados administrativos
de empemp..periodisticasperiodisticas,,Trabajo a domicilio,Trabajo
a domicilio,Encargado de Casas de rentas (propiedadEncargado de
Casas de rentas (propiedadhorizontal),horizontal),Jugadores de
Futbol,Jugadores de Futbol,MMsico Profesional,sico
Profesional,
5. 5TRABAJADORESTRABAJADORESRURALESRURALEShasta dic 2011hasta
dic 2011MODALIDADES CONTRACTUALESMODALIDADES CONTRACTUALES--
Trabajador PermanenteTrabajador Permanente-- Trabajador no
Permanente, regulado por laTrabajador no Permanente, regulado por
laComisiComisin Nacional de Trabajo Agrario (Ej.n Nacional de
Trabajo Agrario (Ej.Cosechas, zafra, ciertas tareas
ganaderas,Cosechas, zafra, ciertas tareas ganaderas,etc.) /Bolsas
de trabajo // Las resolucionesetc.) /Bolsas de trabajo // Las
resolucionesCNTA disponen para ciertos caso el cobro porCNTA
disponen para ciertos caso el cobro porproducciproduccinn
destajodestajo--
6. 6TRABAJADORESTRABAJADORESRURALESRURALEShasta dic 2011hasta
dic 2011VACACIONESVACACIONESa) Dea) De diezdiez (10)(10) ddasas
corridoscorridos,, cuandocuando lalaantigantigedadedad en elen el
empleoempleo nono excediereexcediere dedecincocinco (5)(5)
aaosos..b) De quince (15)b) De quince (15) ddasas
corridoscorridos,, cuandocuandosiendosiendo lala antigantigedadedad
mayor demayor de cincocinco (5)(5)aaosos nono excediereexcediere
dede diezdiez (10)(10) aaosos..
7. 7TRABAJADORESTRABAJADORESRURALES hasta dic 2011RURALES hasta
dic 2011VACACIONESVACACIONESc) Dec) De veinteveinte (20)(20) ddasas
corridoscorridos,, cuandocuando lalaantigantigedadedad siendosiendo
mayor demayor de diezdiez (10)(10)aaosos nono excediereexcediere de
quince (15)de quince (15) aaosos..d) Ded) De treintatreinta
(30)(30) ddasas corridoscorridos,, cuandocuandolala
antigantigedadedad fuerefuere mayor de quince (15)mayor de quince
(15)aaosos..
8. 8TRABAJADORESTRABAJADORESRURALESRURALEShasta dic 2011hasta
dic 2011VACACIONESVACACIONESParaPara tenertener derechoderecho a
laa la licencialicencia ordinariaordinaria porpor
loslosplazosplazos precedentementeprecedentemente
establecidosestablecidos, el, el trabajadortrabajadordeberdeber
haberhaber prestadoprestado servicioservicio durantedurante lala
mitadmitad de losde losddasas hhbilesbiles comprendidoscomprendidos
en elen el aaoo calendariocalendariorespectivorespectivo,,
exceptoexcepto lala correspondientecorrespondiente alal aaoo
deldelingresoingreso, en, en queque deberdeber habersehaberse
desempedesempeadoado porpor lolomenosmenos laslas trestres
cuartascuartas partespartes (3/4)(3/4) partespartes de losde los
ddasashhbilesbiles. A. A estosestos fines, sefines, se
computarcomputarnn comocomo trabajostrabajosloslos ddasas enen
queque hubierehubiere gozadogozado dede licencialicencia legal o
nolegal o nohubierehubiere podidopodido desempedesempearsearse
porpor enfermedadenfermedad,,accidenteaccidente uu otrasotras
causascausas queque no leno le fuerenfueren
imputablesimputables..
9. 9TRABAJADORES RURALESTRABAJADORES RURALEShasta dic 2011hasta
dic 2011VACACIONESVACACIONES -- TRABAJA MENOS DTRABAJA MENOS
DASASQUE LA MITADQUE LA MITADa) Un (1)a) Un (1) ddaa porpor
cadacada treintatreinta (30)(30) ddasasdede trabajotrabajo
efectivoefectivo,, cuandocuando lala antigantigedadedaden elen el
empleoempleo nono excediereexcediere dede cincocinco
(5)(5)aaosos..b) Un (1)b) Un (1) ddaa porpor cadacada veinteveinte
(20)(20) ddasas dedetrabajotrabajo efectivoefectivo,, cuandocuando
lala antigantigedadedad,,siendosiendo mayor demayor de cincocinco
(5)(5) aaosos, no, noexcediereexcediere dede diezdiez (10)(10)
aaosos..
10. 10TRABAJADORESTRABAJADORESRURALESRURALEShasta dic 2011hasta
dic 2011VACACIONESVACACIONES -- TRABAJA MENOS DTRABAJA MENOS
DASASQUE LA MITADQUE LA MITADc) Un (1)c) Un (1) ddaa porpor
cadacada quince (15)quince (15) ddasasdede trabajotrabajo
efectivoefectivo,, cuandocuando lala antigantigedadedadsiendosiendo
mayor demayor de diezdiez (10)(10) aaosos nonoexcediereexcediere de
quince (15)de quince (15) aaosos..d) Un (1)d) Un (1) ddaa porpor
cadacada diezdiez (10)(10) ddasas dedetrabajotrabajo
efectivoefectivo,, cuandocuando lala antigantigedadedadfuerefuere
mayor de quince (15)mayor de quince (15) aaosos..
11. 11TRABAJADORESTRABAJADORESRURALESRURALEShasta dic 2011hasta
dic 2011DESVINCULACIONESDESVINCULACIONESRenunciaRenuncia deldel
trabajadortrabajador..VoluntadVoluntad concurrenteconcurrente dede
laslas partespartes..DespidoDespido con o sincon o sin causacausa
justajusta..FuerzaFuerza mayor.mayor.JubilaciJubilacinn deldel
trabajadortrabajador..MuerteMuerte deldel
trabajadortrabajador..
12. 12TRABAJADORESTRABAJADORESRURALESRURALEShasta dic 2011hasta
dic 2011INDEMNIZACIONESINDEMNIZACIONESANTIGANTIGEDADEDADUn salario
por aUn salario por ao de antigo de antigedad oedad o
fracccifracccinnmayor a tres meses. El salario debe ser lamayor a
tres meses. El salario debe ser lamejor remuneracimejor remuneracin
norma y habitual deln norma y habitual delltimo altimo ao.o.
IdemIdem a 245 LCT.a 245 LCT.ESTA INDEMNIZACION SE INCREMENTAESTA
INDEMNIZACION SE INCREMENTACON UN ADICIONALCON UN ADICIONAL
14. 14NUEVO REGIMEN DENUEVO REGIMEN DENUEVO REGIMEN DENUEVO
REGIMEN DENUEVO REGIMEN DENUEVO REGIMEN DENUEVO REGIMEN DENUEVO
REGIMEN DERURALES A PARTIRRURALES A PARTIRRURALES A PARTIRRURALES A
PARTIRRURALES A PARTIRRURALES A PARTIRRURALES A PARTIRRURALES A
PARTIRDE ENERO DE 2012DE ENERO DE 2012DE ENERO DE 2012DE ENERO DE
2012DE ENERO DE 2012DE ENERO DE 2012DE ENERO DE 2012DE ENERO DE
2012
15. 15NUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO
REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO
REG RURALESSE APLICA SUPLETORIAMENTE LCTSE APLICA SUPLETORIAMENTE
LCTSE PROHIBE LA CONTRATACION ASE PROHIBE LA CONTRATACION ATRAVES
DE EMP. SERV EVENTUALESTRAVES DE EMP. SERV EVENTUALESSE HACE
MENCION DESE HACE MENCION DECONTRATACION DE TRAB NOCONTRATACION DE
TRAB NOPERMANENTES EN BOLSAS DEPERMANENTES EN BOLSAS DETRABAJO DE
MUNICIPIOSTRABAJO DE MUNICIPIOSSE DISPONE EL TRAB DE COOP DESE
DISPONE EL TRAB DE COOP DETRABAJOTRABAJO
16. 16NUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO
REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO REG RURALESNUEVO
REG RURALESSE CREA UN REGIMEN DE JUBILACIONSE CREA UN REGIMEN DE
JUBILACIONPOR TAREA RIESGOSA.POR TAREA RIESGOSA.SE ESTABLECE EL
REGIMEN DESE ESTABLECE EL REGIMEN DEBENEFICIO DE CONTRIBUCIONES
PARABENEFICIO DE CONTRIBUCIONES PARALAS INCORPORACIONES QUE SEANLAS
INCORPORACIONES QUE SEANINCREMENTO DE NOMINAINCREMENTO DE
NOMINAMODALIDADES CONTRACTUALES:MODALIDADES
CONTRACTUALES:PERMANENTE, NO PERMANENTE,PERMANENTE, NO
PERMANENTE,TEMPORADA,TEMPORADA,LICENCIA POR PATERNIDAD, UN MES ,
UNLICENCIA POR PATERNIDAD, UN MES , UNAAO DEL NACIMIENTO PARA
GOZARLAO DEL NACIMIENTO PARA GOZARLAEL SEGURO OBLIGATORIOEL SEGURO
OBLIGATORIO
17. 17CONSTRUCCIONCONSTRUCCIONREGIMEN ESPECIALREGIMEN
ESPECIALRegimen especialRegimen especial parapara loslos
trabajadorestrabajadores de lade laconstucciconstuccinn,, cuyacuya
caracteristicascaracteristicas principalprincipal eseslala
temporalidadtemporalidad..PorPor elloello, los, los
empleadoresempleadores en formaen forma adicionaladicional aalaslas
contribucionescontribuciones de lade la seguridadseguridad
socialsocialdebendeben aportaraportar alal FondoFondo
DesempleoDesempleo de lade laConstrucciConstruccinn..REGISTRO DE
CONSTRUCCION Y LIBRETAREGISTRO DE CONSTRUCCION Y LIBRETAOBLIGATORIA
PARA CADA TRABAJADOROBLIGATORIA PARA CADA TRABAJADOR
18. 18CONSTRUCCIONCONSTRUCCIONFONDO DESEMPLEO CONSTRUCCIONFONDO
DESEMPLEO CONSTRUCCIONDurante el primerDurante el primer aaoo lala
contribucicontribucinn eses deldel12% de la12% de la
remuneraciremuneracinn,,Durante elDurante el segundosegundo aaoo y
losy los subsiguientessubsiguientes lalacontribucicontribucinn eses
del 8%del 8%
19. 19VIAJANTESVIAJANTESMARCO DE APLICACIMARCO DE
APLICACINNLasLas disposicionesdisposiciones dede esteeste
EstatutoEstatuto sese aplicanaplicantantotanto parapara loslos
viajantesviajantes enen relacirelacinn dededependenciadependencia
comocomo parapara loslos
trabajadorestrabajadoresindependientesindependientes..ESTA NORMA
OBLIGA A LLEVAR OESTA NORMA OBLIGA A LLEVAR OREGISTRO ESPECIAL O
BIEN EL DETALLEREGISTRO ESPECIAL O BIEN EL DETALLEDE LAS VENTAS Y
COBRANZAS.DE LAS VENTAS Y COBRANZAS.
20. 20VIAJANTESVIAJANTESINDEMNIZACION POR
CLIENTELAINDEMNIZACION POR CLIENTELALaLa percibepercibe elel
viajanteviajante oo sussus derechoderecho
habienteshabientescualquieracualquiera sea lasea la causacausa de
lade la disolucidisolucinn deldelcontratocontrato..SU MONTO ES
EQUIVALENTE AL 25% DESU MONTO ES EQUIVALENTE AL 25% DELAS
INDEMNIZACIONES QUE LE HUBIERALAS INDEMNIZACIONES QUE LE
HUBIERACORRESPONDIDO DE ACUERDO CON LACORRESPONDIDO DE ACUERDO CON
LAL.C.T. SI EL VIAJANTE FUESE DESPEDIDOL.C.T. SI EL VIAJANTE FUESE
DESPEDIDOSIN CAUSASIN CAUSA
21. 21PERIODISMOPERIODISMOJORNADA LABORALJORNADA LABORALLa
jornada semanal no podrLa jornada semanal no podr exceder
lasexceder las3636 hshs..Este rEste rgimen de jornada no se
aplicargimen de jornada no se aplicarel personal administrativo
jerel personal administrativo jerrquico y/orquico y/ode
vigilancia.de vigilancia.Con un descanso ininterrumpido de 48Con un
descanso ininterrumpido de 48hshs., (s., (sbado y domingobado y
domingo-- viernes yviernes yssbadobado domingo y lunes).domingo y
lunes).
22. 22PERIODISMOPERIODISMOVACACIONESVACACIONESDe acuerdo con
elDe acuerdo con el C.CC.C. 301/75. 301/75-- 19 d19 das corridos
(DC) hasta 5 aas corridos (DC) hasta 5 aos deos deant.ant.-- 26 DC
m26 DC ms de 5 y hasta 10 as de 5 y hasta 10 aos de ant.os de
ant.-- 33 DC m33 DC ms de 10 y hasta 20 as de 10 y hasta 20 aos
deos deant.ant.-- 40 DC m40 DC ms de 20 as de 20 aos de ant.os de
ant.
23. 23PERIODISMOPERIODISMOCOLABORADORCOLABORADOREn relaciEn
relacin de dependencia: mn de dependencia: ms de 24s de
24colaboraciones en el acolaboraciones en el ao.o.
PercibePerciberemuneraciones solo cuando presentaremuneraciones
solo cuando presentacolaboracionescolaboraciones
destajodestajo--Trabajador AutTrabajador Autnomo: menos de 24nomo:
menos de 24colaboraciones en el acolaboraciones en el ao.o.
24. 24PERIODISMOPERIODISMOPERIODISTASPERIODISTAS--
AntigAntigedad: 1 mes de sueldo por cadaedad: 1 mes de sueldo por
cadaaao o fraccio o fraccin mayor a tres mesesn mayor a tres
meses-- Preaviso: 2 meses de sueldo si laPreaviso: 2 meses de
sueldo si la antigantiges menor a 3 aes menor a 3 aos y 4 meses de
sueldosos y 4 meses de sueldossi lasi la antigantig es mayor a 3
aes mayor a 3 aosos-- Especial: 6 meses de sueldoEspecial: 6 meses
de sueldoSueldo: promedio de losSueldo: promedio de los ltlt. 6
meses. 6 meses
25. 25PERIODISMOPERIODISMOADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOS--
AntigAntigedad: 1 mes de sueldo por cadaedad: 1 mes de sueldo por
cadaaao o fraccio o fraccin mayor a tres mesesn mayor a tres
meses-- Preaviso: 2 meses de sueldo si laPreaviso: 2 meses de
sueldo si la antigantiges menor a 3 aes menor a 3 aos y 4 meses de
sueldosos y 4 meses de sueldossi lasi la antigantig es mayor a 3
aes mayor a 3 aosos-- Especial: 6 meses de sueldoEspecial: 6 meses
de sueldoSueldo:Sueldo: ltlt sueldo del empleadosueldo del
empleado
26. 26PERIODISMOPERIODISMOTanto los periodistas como los
administrativosTanto los periodistas como los administrativosque
preavisen a sus empleadores de suque preavisen a sus empleadores de
surenuncia, (1 o 2 meses dependiendo de larenuncia, (1 o 2 meses
dependiendo de laantigantig mayor o no a 3 amayor o no a 3 aos) y
tenga unaos) y tenga unaantigantigedad superior a los 5 aedad
superior a los 5 aos, tendros, tendrderecho a:derecho a:unauna
bonificacibonificacin especialn especial dede medio sueldomedio
sueldopor apor ao queo que exceda los 5 aexceda los 5 aosos con un
topecon un topemmximo deximo de tres meses.tres meses.
27. 27TRABAJO A DOMICILIOTRABAJO A DOMICILIODOMICILIO
ESDOMICILIO ESa)a) en la vivienda del obrero o en un local elegido
poren la vivienda del obrero o en un local elegido por llpara un
patrono, intermediario opara un patrono, intermediario o
talleristatallerista, aun cuando, aun cuandoen la realizacien la
realizacin del trabajo participen los miembros den del trabajo
participen los miembros dela familia del obrero, un aprendiz o un
ayudante extrala familia del obrero, un aprendiz o un ayudante
extraooa la misma;a la misma;b)b) en la vivienda o local de unen la
vivienda o local de un talleristatallerista, entendi,
entendindosendosepor tal el que hace elaborar, por obreros a su
cargo,por tal el que hace elaborar, por obreros a su
cargo,mercadermercaderas recibidas de un patrono o intermediario,
oas recibidas de un patrono o intermediario, omercadermercaderas
adquiridas poras adquiridas por l para las tareas accesoriasl para
las tareas accesoriasa las principales que hace realizar por cuenta
ajena;a las principales que hace realizar por cuenta ajena;
28. 28TRABAJO A DOMICILIOTRABAJO A DOMICILIODOMICILIO
ESDOMICILIO EScc)) en establecimientos de beneficencia, de
educacien establecimientos de beneficencia, de educacin o den o
decorreccicorreccin, debiendo la reglamentacin, debiendo la
reglamentacin establecer enn establecer enestos casos el modo de
constituir fondos de ahorro paraestos casos el modo de constituir
fondos de ahorro paralos que realicen el trabajo.los que realicen
el trabajo.Los salarios son fijados por las comisiones y esLos
salarios son fijados por las comisiones y esobligaciobligacin del
patrono, intermediario y/on del patrono, intermediario y/o
talleristatalleristaabonarlo.abonarlo.PARA APLICAR ESTA MODALIDAD
EN REQUISITOPARA APLICAR ESTA MODALIDAD EN REQUISITOCONTAR CON UNA
HABILITACICONTAR CON UNA HABILITACIN.N.
29. 29TRABAJO A DOMICILIOTRABAJO A DOMICILIOLIBRO ESPECIALLIBRO
ESPECIALLos empresarios, intermediarios y/oLos empresarios,
intermediarios y/o talleristastalleristas deben llevar un
librodeben llevar un libroespecial detallando:especial
detallando:a)a) nombre, apellido y domicilio de los obreros;nombre,
apellido y domicilio de los obreros;b)b) cantidad y calidad del
trabajo encargado;cantidad y calidad del trabajo encargado;c)c)
tarifas y salarios fijados en relacitarifas y salarios fijados en
relacin con la categorn con la categoraadel trabajo;del
trabajo;d)d) nnmero, marca o rmero, marca o rtulo del trabajo
efectuado, detulo del trabajo efectuado, deacuerdo a lo dispuesto
en el Art. 8;acuerdo a lo dispuesto en el Art. 8;e)e) motivos o
causas de la reduccimotivos o causas de la reduccin o suspensin o
suspensin deln deltrabajo al obrero a domiciliotrabajo al obrero a
domicilio..
31. 31Por tiempo indeterminadoPor tiempo indeterminadoPor
tiempo indeterminadoPor tiempo indeterminadoPor tiempo
indeterminadoPor tiempo indeterminadoPor tiempo indeterminadoPor
tiempo indeterminadoEl Contrato de Trabajo se presume celebradoEl
Contrato de Trabajo se presume celebradopor tiempo
indeterminado.(Art. 90 LCT)por tiempo indeterminado.(Art. 90 LCT)--
PerPerodo de prueba (Art. 92 bis)odo de prueba (Art. 92 bis)3
meses3 meses6 meses (CCT)6 meses (CCT)La Regla general
dispone:
32. 32A Plazo FijoA Plazo FijoA Plazo FijoA Plazo FijoA Plazo
FijoA Plazo FijoA Plazo FijoA Plazo FijoRequisitos:Requisitos:--
EscritoEscrito-- Causa: fundado en razones extraordinariasCausa:
fundado en razones extraordinarias-- Plazo determinado (No mayor a
5 aPlazo determinado (No mayor a 5 aos)os)Art. 90 inc a) LCT
33. 33Trabajo EventualTrabajo EventualTrabajo EventualTrabajo
EventualTrabajo EventualTrabajo EventualTrabajo EventualTrabajo
EventualPlazo determinablePlazo determinableComienza y termina con
la obraComienza y termina con la obraArt. 99 LCT
34. 34Trabajo Eventual (Cont.)Trabajo Eventual (Cont.)Trabajo
Eventual (Cont.)Trabajo Eventual (Cont.)Trabajo Eventual
(Cont.)Trabajo Eventual (Cont.)Trabajo Eventual (Cont.)Trabajo
Eventual (Cont.)No hay deber de preavisarNo hay deber de
preavisarRenuncia del trabajador u objetivo cumplido (NoRenuncia
del trabajador u objetivo cumplido (Nohay indemnizacihay
indemnizacin, sn, slo vacaciones y SAClo vacaciones y
SACproporcional)proporcional)Despido sin justa causa antes del
resultadoDespido sin justa causa antes del resultadoprevisto en el
contrato (Indemnizaciprevisto en el contrato (Indemnizacin art. 245
yn art. 245 y95)95)Cese del Contrato
35. 35Trabajo de TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de
TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de
TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de
TemporadaPermanentePermanente DiscontinuoDiscontinuo
TiempoTiempoindeterminadoindeterminadoSe repite en cada temporada
por la naturalezaSe repite en cada temporada por la naturalezade la
actividadde la actividadSe cumple en determinadasSe cumple en
determinadas pocas por unpocas por unincremento en la
actividadincremento en la actividadArt. 96 LCT
36. 36Trabajo de TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de
TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de
TemporadaTrabajo de TemporadaTrabajo de
Temporada(Cont.)(Cont.)(Cont.)(Cont.)(Cont.)(Cont.)(Cont.)(Cont.)Renuncia
del trabajador (Vacaciones y SACRenuncia del trabajador (Vacaciones
y SACproporcional)proporcional)Despido durante el receso
(IndemnizaciDespido durante el receso (Indemnizacin deln delArt.
245Art. 245 antiantiedadedad sumando los persumando los
perodosodostrabajados hasta el distracto)trabajados hasta el
distracto)Despido durante la temporada (IndemnizaciDespido durante
la temporada (Indemnizacinnpor despido injustificado y dapor
despido injustificado y daos y perjuicios delos y perjuicios
delart. 95 LCT)art. 95 LCT)Cese del Contrato
37. 37Trabajo por equipoTrabajo por equipoTrabajo por
equipoTrabajo por equipoTrabajo por equipoTrabajo por equipoTrabajo
por equipoTrabajo por equipoIndeterminadoIndeterminado1 Empleador1
Empleador 1 Grupo de Trabajadores1 Grupo de TrabajadoresArt. 101
LCT
39.
39PasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantasasasasasasasasCapacitaciCapacitacin
y entrenamiento de jn y entrenamiento de jvenes en elvenes en
elsector productivo o de servicios, psector productivo o de
servicios, pblico o privado.blico o privado.Sistema educativo
nacional (secundario, terciario,Sistema educativo nacional
(secundario, terciario,universitario). Desde 16 auniversitario).
Desde 16 aos.os.Convenio Marco y Convenio individual.Convenio Marco
y Convenio individual.Voluntario y gratuito (ViVoluntario y
gratuito (Viticosticos gastos escolares)gastos
escolares)DuraciDuracin: Mn: Mximo 4 aximo 4 aososJornada: 2 a 8
horasJornada: 2 a 8 horasDecreto 340/92
40. 40PasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantas
(Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as
(Cont.)as (Cont.)No tiene cargas socialesNo tiene cargas
socialesSSlo ART (Art. 3lo ART (Art. 3 I) Decreto 491/97I) Decreto
491/97Aportes y contribuciones
41. 41PasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantas
(Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as
(Cont.)as (Cont.)Sistema educativo nacional (estudiantes de
educaciSistema educativo nacional (estudiantes de
educacinnsuperior: terciarios y universitarios)superior: terciarios
y universitarios)Convenios bilaterales con empresas y
organismosConvenios bilaterales con empresas y organismosppblicos o
privados afines a los estudios que realizanblicos o privados afines
a los estudios que realizanlos alumnos.los alumnos.Voluntario y
gratuito. EstVoluntario y gratuito. Estmulo para viajes y
gastosmulo para viajes y gastosescolaresescolaresDuraciDuracin:n:
MMximo 4 aximo 4 aos (os (DecDec. 487/00, art. 7),. 487/00, art.
7),mmnimo 2 mesesnimo 2 mesesJornada:Jornada: MMximo 6 horas
diariasximo 6 horas diariasSemanalmente no mayor a 5 dSemanalmente
no mayor a 5 dasasLey 25.165
42. 42PasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantPasantas
(Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as (Cont.)as
(Cont.)as (Cont.)No remunerativaNo remunerativaCondiciones de
higiene y seguridad de laCondiciones de higiene y seguridad de
laley 19.587ley 19.587ARTARTAportes y contribuciones
44.
44RemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesToda
suma en dinero en especie que seToda suma en dinero en especie que
seotorgue en contraprestaciotorgue en contraprestacin de los
serviciosn de los serviciosy/o tareas desarrolladas por el
empleado.y/o tareas desarrolladas por el empleado.- Definicin-
45.
45RemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesJornalizadosJornalizados::
en funcien funcin a un valor hora y/o dn a un valor hora y/o
daaprefijado se determina el salario semanal oprefijado se
determina el salario semanal oquincenal teniendo en cuenta la
cantidad de horasquincenal teniendo en cuenta la cantidad de
horasy/o dy/o das trabajados o con ausencias justificadas.as
trabajados o con ausencias justificadas.Fecha de Pago: 4 dFecha de
Pago: 4 das has hbiles liquidacibiles liquidacin quincenaln
quincenal3 d3 das has hbiles liquidacibiles liquidacin semanaln
semanalMensualizado: determinado en funciMensualizado: determinado
en funcin de lan de lacategorcategora y antiga y antigedad del
empleadoedad del empleadoFecha de Pago: 4 dFecha de Pago: 4 das has
hbilesbiles- Forma de Determinacin y Pago -
46.
46RemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesComplementariasComplementariasComplementariasComplementariasComplementariasComplementariasComplementariasComplementariasS.A.CS.A.C.:.:
50% de la mejor remuneraci50% de la mejor remuneracin deln
delsemestresemestre-- Cuestiones especiales:Cuestiones especiales:
plus vacacional,plus vacacional,gratificaciones habituales,
etc.gratificaciones habituales, etc.-- Fecha de pago:Fecha de pago:
al 30 de junio y/o al 30 deal 30 de junio y/o al 30
dediciembrediciembre-- Excepciones:Excepciones: elel S.A.CS.A.C.
proporcional abonado. proporcional abonadocon la liquidacicon la
liquidacin finaln final- Determinacin y Pago -
47.
47RemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesComplementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Complementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Complementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Complementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Vacaciones:Vacaciones:--
Mensualizados:Mensualizados: ddas de vacaciones por el cocienteas
de vacaciones por el cocienteque se obtiene de dividir la
remuneracique se obtiene de dividir la remuneracin mensualn
mensualpor 25por 25-- JornalizadosJornalizados:: ddas de vacaciones
por valoras de vacaciones por valor dariodariofijado u horas de
dfijado u horas de das de vacaciones (Jornadaas de vacaciones
(Jornadanormal) por valor horario, dependiendo del caso.normal) por
valor horario, dependiendo del caso.-- Fecha de pago:Fecha de pago:
al inicio del peral inicio del perodo de vacacionesodo de
vacaciones- Determinacin y Pago -
48.
48RemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesRemuneracionesComplementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Complementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Complementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Complementarias
(cont.)Complementarias (cont.)Otras:Otras: gratificaciones, Premios
especiales,gratificaciones, Premios
especiales,participaciparticipacin en las utilidades, etc.n en las
utilidades, etc.-- DeterminaciDeterminacin y pago:n y pago:
conforme lasconforme lasmodalidades convenidas por la
compamodalidades convenidas por la compaaa- Determinacin y Pago
-
49. 49Retenciones, deduccionesRetenciones,
deduccionesRetenciones, deduccionesRetenciones,
deduccionesRetenciones, deduccionesRetenciones,
deduccionesRetenciones, deduccionesRetenciones, deduccionesy Otrosy
Otrosy Otrosy Otrosy Otrosy Otrosy Otrosy OtrosRetenciones legales
de Seguridad SocialRetenciones legales de Seguridad
SocialRetenciones de Impuesto a las GananciasRetenciones de
Impuesto a las GananciasRetenciones y/o Deducciones estatutarias
conRetenciones y/o Deducciones estatutarias conacuerdo del
empleadoacuerdo del empleadoAnticipos otorgados (50%
s/remuneraciAnticipos otorgados (50% s/remuneracin)n)Embargos
judicialesEmbargos judiciales
50. 50LLLLLLLLmites de importesmites de importesmites de
importesmites de importesmites de importesmites de importesmites de
importesmites de
importesembargablesembargablesembargablesembargablesembargablesembargablesembargablesembargablesCuando
las remuneraciones no superan el doble delCuando las remuneraciones
no superan el doble delSalario MSalario Mnimo Vital, se podrnimo
Vital, se podr embargar hasta:embargar hasta:10% (Remuneraciones10%
(Remuneraciones S.M.VS.M.V.).)Cuando las remuneraciones superen el
doble delCuando las remuneraciones superen el doble delSalario
MSalario Mnimo Vital, se podrnimo Vital, se podr embargar
hasta:embargar hasta:20% (Remuneraciones20% (Remuneraciones
S.M.VS.M.V.).)ExcepciExcepcin:n: cuotascuotas
alimentariasalimentarias
51. 51Medios de pagosMedios de pagosMedios de pagosMedios de
pagosMedios de pagosMedios de pagosMedios de pagosMedios de
pagosEfectivoEfectivoCheque a la orden del EmpleadoCheque a la
orden del EmpleadoCuenta bancaria (ResoluciCuenta bancaria
(Resolucin Nn N 360/01)360/01)
52. REGIMEN DE TRABAJADORESDOMESTICOS
53. PERSONAL CASAS PARTICULARESSE ENCONTRARAN COMPRENDIDOSLOS
EMPLEADOS Y EMPLEADAS QUEPRESTEN SERVICIOS EN CASASPARTICULARES
AMBITO FAMILIAR- YQUE NO IMPORTE UN LUCRO PARAEL EMPLEADOR.
54. PERSONAL CASAS PARTICULARESCOMPRENDIDOS: Trabajadores sin
retiro Trabajadores con retiro que trabajenpara un nico empleador
Trabajadores con retiro que trabajenpara varios empleadores
Trabajadores que desarrollanasistencia personal yacompaamiento y
cuidado noteraputico.
55. PERSONAL CASAS PARTICULARESLAS CATEGORIAS
PROFESIONALES,PUESTOS DE TRABAJOS QUEDANSUJETOS A LO QUE DISPONGA
LAREGLAMENTACIN.
56. PERSONAL CASAS PARTICULARESDERECHOS: La jornada de trabajo
no podrexceder de 8 horas diarias y 48semanales. NUNCA SE
PODRAEXCEDER LAS 9 HS DIARIAS. Descanso semanal de 35 hs, a
partirde las 13 hs. del sbado.
57. PERSONAL CASAS PARTICULARESDERECHOS: Entrega de ropa y
elementos de trabajo. Alimentacin sana, suficiente y queasegure la
perfecta nutricin. Dichaalimentacin: comprender desayuno,almuerzo,
merienda y cena, acorde con lamodalidad de contratacin y duracin de
lajornada. OBLIGACIN DEL EMPLEADOR DERIESGO EL TRABAJO, CONFORME
LODISPONGA LA LEGISLACIN EN LAMATERIA.
58. PERSONAL CASAS PARTICULARESVACACIONES 14 DAS corridos con
antigedadmayor a 6 meses y menor a 5 das. 21 Das corridos con
antigedadmayor a 5 aos y menor a 10 aos. 28 Das corridos con
antigedadmayor a 10 aos y menor a 20 aos. 35 Das corridos con
antigedadmayor a 20 aos.
59. PERSONAL CASAS PARTICULARESVACACIONES El empleador
notificara la vacaciones con20 das de anticipacin, que sern entre
1de noviembre y el 31 de marzo. Las vacaciones se abonaran por
anticipadoal comienzo de las mismas. Para el personal sin retiro,
durante lasvacaciones percibirn en dinero un 30% delsalario diario
en concepto de prestacionespor habitacin y manutencin.
60. PERSONAL CASAS PARTICULARESLICENCIA POR ENF.O ACC.
INCULPABLE 3 MESES AL AO, CUANDO LAANTIGEDAD FUESE MENOR A 5 AOS 6
MESES AL AO, CUANDO LAANTIGEDAD FUESE MAYOR A 5 AOSEN EMPLEADO
DEBERA NOTIFICAR LAENFERMEDAD O ACCIDENTE.DURANTE ESTE LAPSO SE
DEVENGARANLAS REMUNERACIONES QUE PERCIBAEL TRABAJADOR.
61. PERSONAL CASAS PARTICULARESLICENCIA ESPECIALES 2 DAS POR
NACIMIENTO DE HIJO, ENEMPLEADO VARON 90 DIAS POR MATERNIDAD 10 DAS
CORRIDOS POR MATRIMONIO 3 DIAS POR FALLECIMIENTO DECONYUGE, HIJOS O
PADRES, 1 DIAS POR FALLECIMIENTO DEHERMANO 10 DAS POR EXAMEN
CC.
62. PERSONAL CASAS PARTICULARESTODOS LOS TRABAJADORESDEBERAN
TENER LIBRETASANITARIA.SE LE ENCONMIENDA AL PODEREJECUTIVO, QUE EN
90 DIASIMPLEMENTEN UN REGISTROSIMPLIFICADO DE
TRABAJADORDOMESTICO.
63. PERSONAL CASAS PARTICULARESRECIBOS: NOMBRE Y APELLIDO DEL
EMPLEADOR,CUIT/CUIL Y SU DOMICILIO NOMBRE Y APELLIDO DEL TRABAJAOR
YSU CALIFICACIN PROFESIONAL TIPO DE REMUNERACION QUE PERCIBA,CON
INDICACIN SUSTANCIAL DE SUDETERMINACIN. DETALLE DE RETENCIONES
IMPORTE PERCIBIDO EN NUMERO YLETRAS
64. PERSONAL CASAS PARTICULARESRECIBOS: CONSTANCIA DE LA
RECEPCION DE LACOPIA FECHA DE INGRESO, TAREA CUMPLIDA OCATEGORA
LUGAR Y FECHA DEL EFECTIVO PAGO.
65. PERSONAL CASASPARTICULARESHORAS EXTRAS LAS HS. TRABAJADAS
EN EXCESODE LA JORNADA NORMAL DEABORARAN CON UN 50% DERECARGO DE
TRATARSE DE DASCOMUNES Y DEL 100% DE RECARGOEN CASO DE SABADO
DESPUES DELAS 13HS O DE DOMINGO Y FERIADO.
66. PERSONAL CASAS PARTICULARESLICENCIAS por EMBARAZO :
ESTABLECE AL IGUAL QUE LA LCTLA LICENCIA 45 DAS ANTES YDESPUES EL
PARTO. GARANTIZA EL DERECHO DE LAPERCEPCIN DE LA
ASIGNACIONFAMILIAR, MODIF. EL REG. DEASIGNACIONES PARA QUE
PAGUEANSES
67. PERSONAL CASAS PARTICULARESLICENCIAS por EMBARAZO :
ESTABLECE AL IGUAL QUE LA LCTPRESUNCION DE DESPIDO EINDEMNIZACION
DE 1 AO DEREMUNERACION. IDEMMATRIMONIO. NO EXISTE EL PLAZO
DEEXCEDENCIA.
68. PERSONAL CASAS PARTICULARESPREAVISO : El trabajador 10 das
El empleador 10 das si la antigedadfuere menor a 1 ao El empleador
de 30 das si laantigedad fuere mayor a 1 ao.
69. PERSONAL CASAS PARTICULARESCAUSALES DE EXTINCION: Mutuo
acuerdo, solo firmado anteautoridad administrativa o judicial. Por
renuncia del trabajador Por muerte del trabajador, derecho desu
familiares a percibir el 50% de laindemnizacin por despido. Por
jubilacin, se aplicar lasdisposiciones de la LCT
70. PERSONAL CASAS PARTICULARESCAUSALES DE EXTINCION: Por
muerte del empleador, derecho apercibir el 50% de la
indemnizacinpor despido. Excepto cuando secontinue por 30 das los
serviciospara los familiares del ex empleador. Por despido sin
justa causa. Por denuncia por causa, ya sea delempleador o
empleado
71. PERSONAL CASAS PARTICULARESCAUSALES DE EXTINCION: Por
Abandono de trabajo, falta 2 dashbiles Por incapacidad permanente
(art. 212LCT)
72. PERSONAL CASAS PARTICULARESINDEMNIZACION POR ANTIGEDADUN
MES DE SUELDO POR CADA AODE ANTIGEDAD O FRACCIONMAYOR A TRES
MESES.SE DEBERA TOMAR LA MEJORREMUNERACION MENSUAL,NORMAL Y
HABITUAL.
73. PERSONAL CASAS PARTICULARESESTA INDEMNIZACIN SEDUPLICAR
CUANDO SE TRATE DEUNA RELACIN NO REGISTRADA ODEFICIENTEMENTE
REGISTRADA.