Medellín, septiembre 21 de 2015
JORNADA DE CAPACITACIÓN LEY DE CARRERA Y COMISIONES DE PERSONAL
FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO
FENALTRASE – ANTIOQUIA -
EVER DE J. LÓPEZ AGUIRREMag. En Admón –M.B.A. -, Espec. En Evaluac. Proyectos, Administ. de Empresas
Exfuncionario CNSC, Exsecretario Educación Departamento de Caldas – Docente Universitario - Funcionario Gobernación Antioquia
ALGUNAS GENERALIDADES DE ESTADO Y EL EMPLEO PÚBLICO EN
COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA
RAMAJUDICIAL
RAMA EJECUTIVA
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
ORGANISMOS DE CONTROL
OTROSÓRGANOS
AUTÓNOMOS ORGANONIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO
CONGRESO BICAMERAL
PRESIDENTE – MINIST- DEP. ADM. – SUPERINT- EICEs –
SUPERINT – SOC. ECON. MIX - GOBERNADORES -
ALCALDESCNSC - BCO. REPÚBLICA – UNIVERSIDADES - CAR´s – ANTV - CANALES TV
CONTRALORÍAMINISTERIO PÚBLICO
DEFENSORÍA PUEBLO REGISTRADURÍA –
CONSEJO NAL ELECT.
ALTAS CORTESTRIBUNALESJUZGADOS
CONTRALORÍA
FISCALÍA
PROCURADURÍA
RAMA JUDICIALPERSONAL UNIFORMADO
FUERZAS MILITARES
UNIVERSIDADES
REGISTRADURÍASISTEMAS DE CARRERAS
ESPECIALES CONSTITUCIONALES
EMPLEADOS CONGRESO
I N P E C
D I A N
D A S
PERSONAL CIENTIFICOCiencia y tecnología
SUPERINTENDENCIAS
D A P R E
AERONAUTICA
SISTEMAS ESPECÍFICOS DE
CARRERA ADMINISTRATIVA
DocentesPersonal no uniformado
Defensa
Diplomática yconsular
DepartamentosAdministrativos
Gobernaciones
Ministerios
AlcaldíasPersonerías
Personal Administrativo de Concejos
SISTEMA GENERAL CARRERA
ADMINISTRATIVA
HospitalesEstablecimientos Públicos
Personal Administrativo de Asambleas Departamentales
Define criterios y procedimientos para el
ingreso, ascenso y retiro del servicio con
fundamento en el principio de mérito
Define criterios y procedimientos para el
ingreso, ascenso y retiro del servicio con
fundamento en el principio de mérito
COMISIÓN NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL
Realizará los proceso de selección mediante
contratación con universidades públicas
o privadas previamente acreditadas
Realizará los proceso de selección mediante
contratación con universidades públicas
o privadas previamente acreditadas
Acreditará las competencias de las
universidades públicas y privadas para que adelanten
los procesos de selección
Acreditará las competencias de las
universidades públicas y privadas para que adelanten
los procesos de selección
La CNSC como máximo órgano de garantía atenderá y resolverá todas las reclamaciones que sobre los procesos
se puedan presentar
La CNSC como máximo órgano de garantía atenderá y resolverá todas las reclamaciones que sobre los procesos
se puedan presentar
LAS COMISIONES DE PERSONAL
Procedimientos cumplimiento de funciones
CNSC
Carta Magna Ordenamiento
Estado Reglamenta
Empleo Público y Carrera
AdministrativaReglamenta el art. 16 L909/05 Comisiones de
Personal
Directrices de Obligatorio
Cumplimiento en asuntos
Competentes
Tipo y Provisión de Empleos
Modifica Dec. 1227/05
2. Definición
Organismo Colegiado Bipartito
Empleados
AdministraciónDerecho de
Participación
3. CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DE PERSONAL
Dos representantes de la Entidad
Dos representantes de los empleados
Suplente
Requisitos y condicionesdel titular
SECRETARIO TÉCNICO
JEFE DE CONTROL INTERNO O QUIEN HAGA SUS VECES
4. PROCESO DE ELECCIÓN REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS
PROCESO DE ELECCIÓNREPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS
1. Convocatoria
Treinta (30) días hábilesantes al vencimiento del respectivo período.
ELEGIR SER ELEGIDOS
FUNCIONARIOS CON DERECHOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA
EXCEPCIÓN: FUNCIONARIOS PÚBLICOS VINCULADOS EN PROVISIONALIDAD
NOMBRAMIENTO ORDINARIO LIBRE NOMBRAMIENTO Y
REMOCIÓN
2. Inscripciones:
5 días siguientes a la divulgación de la convocatoria
Prorrogables por un lapso igual en caso de inscripción de menos de cuatro candidatos
NÚMERO DE INSCRITOS
4 Inscritos - Suplencias
Al menos 2 servidores
NO INSCRITOSImpiden que:
La CP de la entidadconozca sus reclamaciones
La CNSC conozca en segunda instancia
3. LISTA DE INSCRITOS
Día hábil siguiente al vencimiento del término previsto para la inscripción
4. LISTA GENERAL DE VOTANTES
Dos días anteriores a la elección
5. JORNADA DE VOTACIÓN
En un solo día - Acta
6. RECLAMACIONESEscrito - escrutinio
Votación
Suplentes
Candidatos que ocupen el tercer y cuarto lugar
Principales
Dos candidatos
Mayor número de
votos Orden
PERÍODO REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS
2 años
A partir de la fecha de la comunicación de la elección
5. FUNCIONES – ACTÚA COMO INSTANCIA
1.ResolverReclamaciones
Procesos de selección Evaluación del desempeño
Encargo
2.Conocer Primera instancia Reclamaciones
Empleados de carrera Derecho preferencial a ser vinculados,
Supriman sus empleosVulnerados sus derechos
5.3 ConocerPrimera instancia
Reclamaciones que formulen Empleados
IncorporacionesNuevas plantas de personal de la entidad
Desmejoramiento de sus condiciones laborales Encargos
PARTICULARIDADES EN EL PROCESO DE
CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DE PERSONAL
ELECTORES REPRESENTANTES DELOS TRABAJADORES
Inciso 3º del Art. 1 del Decreto 1228 de 2005.• Serán elegidos pos los
empleadospúblicos. (Art. 5º de la Ley 909 de 2004)– Los de carrera,– Los de período,– Los de libre nombramiento y remoción– Los de elección popular,
Excluyéndose a quienes desempeñen empleos temporales,supernumerarios y a los trabajadores oficiales.
NÚMERO DE INSCRITOS INSUFICIENTE
• Prorrogar él término de inscripción (5 días).• Participación de provisionales.• Prevalecen inscritos con derechos
de carrera.• Inscripción de dos o tres candidatos.• Imposibilidad de conformar la Comisión de
Personal por falta de inscritos.
voluntad en laManifestación de laDemocracia Participativa.
Corte Constitucional (Sentencia C-490 de 2011) declaró inexequible la norma de la Reforma Política que ordenaba repetir elecciones "cuando el voto en blanco obtenga más votos que el candidato o lista que haya sacado la mayor votación", en consecuencia la mayoría necesaria para repetir la elección es mayoría absoluta, es decir el 50% más 1 de los votos válidos, y no mayoría simple.
CONVOCAR NUEVAMENTE A ELECCIONES
EL VOTO EN BLANCO
FUNCIONAMIENTO DELAS COMISIONES DEPERSONAL
ADOPCIÓN DE REGLAMENTO
Conjunto de preceptos con sustento en los cuales dicho organismo colegiado ejercerá las funciones que legalmente le han sido encomendadas.
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DEPERSONAL• Representante del organismo colegiado.• Elegido en un término prudencial contado a
partir que se conforme el organismo colegido
DECISIONES DE LA COMISIÓNDEPERSONAL Y ACTAS DE REUNIÓN• Mayoría absoluta de sus miembros.• Acta (Debates, la votación y la decisión).
DE LAS DECISIONESPOR LA COMISIÓNDE
EFECTOS ADOPTADAS PERSONAL.• Una vez en firme, se consideran vinculantes
tanto para los interesados como para la Administración
COMPETENCIA DE LAS COMISIONES DEPERSONAL SECCIONALES O REGIONALES
Art. 6º del Decreto Ley 760 de 2005.
“Las funciones asignadas a las Comisiones de Personal, en los literales d) y e) del artículo 16 de
la Ley 909 de 2004 no podrán ser ejercidas por las Comisiones de Personal de las dependencias regionales o seccionales de las entidades.”
NO PUEDEN ACTUAR COMO PRIMERA INSTANCIA
FUNCIONES DE LA COMISIÓN DEPERSONAL
VIGILANCIA• Velar porque los
procesos de selección y EDL se ajusten a las normas de carrera y lineamientos de la CNSC.
• Velar porque los empleos se provean en el orden establecido en la Ley .
• Solicitar a la CNSC exclusión de elegible de una lista (Artículo 14,Decreto Ley 760 de 2005).
PARTICIPATIVAS
• Participar en la elaboración del plan anual de formación, capacitación, estímulos y seguimiento.
• Proponer formulación de programas para el diagnostico y medición del clima organizacional.
RECLAMACIONES
• Resolver reclamaciones:
• Procesos de selección,
• Evaluación del Desempeño, y
• Encargo.• Desmejoramiento
laboral
VIGILANCIA EN LA EVALUACIÓN
DEL DESEMPEÑO LABORAL
Sólo le compete a la Comisión de Personal, velar que los procesos de Evaluación del Desempeño se adecuen y ajusten a las normas de carrera einstrucciones de la CNSC, pero en forma alguna en virtud de esta función, le compete conocer o pronunciarse en relación con los resultados de la Evaluación del Desempeño de un servidor de carrera.
VIGILANCIA EN LA PROVISIÓN DEEMPLEOS
Velar que los empleos de carrera administrativa seprovean en el siguiente orden:
Con la persona que al momento de su retiro ostentaba derechos de carrera y cuyo reintegro haya sido ordenado por autoridad judicial.
Por traslado del empleado con derechos de carrera que demuestre su condición de desplazado por razones de violencia (Ley 387 de 1997), una vez impartida la orden por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Con la persona de carrera administrativa a la cual se le haya suprimido el cargo y que hubiere optado por el derecho preferencial a ser reincorporado a empleos iguales o equivalentes, y de acuerdo con lo ordenado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Con la persona que al momento en que deba producirse el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
VIGILANCIA EN LOS PROCESOS DESELECCIÓN (Art. 14 DL 760/2005)
Solicitar a la CNSC la exclusión de un elegible cuando haya
comprobado cualquiera de las siguientes causales:
• Fue admitido al concurso sin reunir los requisitos exigidos en la convocatoria.
• Aportó documentos falos o adulterados para suinscripción.
• Fue suplantado por otra persona para la presentación de las pruebas previstas en el concurso.
• Conoció con anticipación las pruebas aplicadas.• Realizó acciones para cometer fraude en el concurso.
RECLAMACIÓN POR INCORPORACIÓN(Art. 31 DL 760 de 2005)
Objeto: Reclamaciones que formulen los ex empleados de carrera conderecho preferencial a ser incorporados en empleos iguales o equivalentes de la nueva planta depersonal, por considerar que ha sido vulnerado este derecho o porque al empleado se ledesmejoraron sus condiciones laborales por efecto de la incorporación.
Término para interponer reclamación: Cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de la supresión del empleo.
Decisión: La Comisión de Personal deberá resolver la reclamación en un término no superior a ocho (8) días, mediante acto administrativo motivado, frente al cual procede recurso de apelación ante la CNSC en los términos del CPACA.
RECLAMACIÓN POR DESMEJORAMIENTODE LAS CONDICIONES LABORALES
• DERECHOS SERVIDORES DE CARRERA
• CONDICIONES DEL EMPLEO
• “IUS VARIANDI”
RECLAMACIÓN POR DESMEJORAMIENTODE LAS CONDICIONES LABORALES
ASPECTOS IMPORTANTES:
• Cualquier decisión de la Administración que implique modificación de las condiciones laborales del servidor de carrera, puede ser objeto de reclamación en primerainstancia ante la Comisión de Personal, cuando el servidor considere que con dicha manifestación de la voluntad de la Administración, se le están desmejorando sus condiciones laborales. (Vgr. Traslado).
• La reclamación para que sea procedente,deberácontener los requisitos establecidos en el artículo 4º del Decreto Ley 760 de 2005, debiendo en todo caso existiruna decisión de la Administración que lesiones presuntamente el derecho de los servidores a conservar sus condiciones laborales.
RECLAMACIÓN POR VIOLACIÓN ALDERECHO PREFERENCIAL DE ENCARGO
OBJETO: Reclamaciones que formulen los servidores de carrera cuando consideren afectado su derecho preferencial a ser encargados en un empleo vacante de la planta de personal de la entidad.
DECISIÓN DE LA RECLAMACIÓN: La Comisión de Personal adoptará la decisión por mayoría absoluta de sus miembros, mediante actoadministrativo motivado en el que se indique además los recursos que contra la misma proceden.
ALCANCE DE LA DECISIÓN: La Comisión de Personal cuando encuentre que al servidor de carrera, en efecto se le violó su derecho preferencial a encargo, sólo podrá ordenar a la Administración repetir el procedimiento de la Circular No. 05 de 2012, de ninguna manera podrá ordenar la designación del servidor en el empleo objeto de reclamación.
RECLAMACIÓN POR VIOLACIÓN ALDERECHO PREFERENCIAL DE ENCARGO
REQUISITOS DE PROCEDIBILIDADExistencia de un
acto administrativo presuntamente
lesivo del derecho preferencial a
encargo. (Acto de nombramiento en
encargo o en provisionalidad).
Oportunidad:(Dentro de los diez(10) días siguientes a la publicidad del
acto lesivo).
Requisitos del Escrito: Los
contemplados en el artículo 4º del
Decreto Ley 760 de 2005.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO.
Las Comisiones de Personal conocenen ÚNICA INSTANCIA las
reclamaciones presentadas por losevaluados, conocasión de las
inconformidades que se presenten respecto de la formulación de
compromisos que sustentan la evaluación del desempeño.
“NO EN LA CALIFICACIÓN”
(Término preclusivo 10 días)
ACTUACIÓN EN ÚNICA INSTANCIA
• Resolver reclamaciones que versen sobre los resultados de la verificación de requisitos para otorgamiento de encargos, realizada por la Entidad a través del Jefe de la Unidad de Personal o quien haga sus veces.
• Resolver reclamaciones o emitirpronunciamiento alguno en temas relacionados con el Manual de Funciones y Requisitos vigente en la Entidad.
FALTA DE COMPETENCIA
• Resolver reclamaciones o emitirpronunciamiento alguno en temas relacionadoscon el resultado o puntajeobtenido Evaluación del Desempeño Laboral.• Resolver reclamaciones o
enla
emitir
pronunciamiento alguno respecto de asuntos relacionados con situaciones administrativas en que puedan estar inmersos los servidores públicos de la entidad
FALTA DE COMPETENCIA
• Emitir pronunciamiento alguno en temas que por disposición legal son de competencia exclusiva y excluyente del nominador en ejercicio de su facultad nominadora, dado que la Comisión de Personal no es una instancia que coadministre las relaciones laborales
FALTA DE COMPETENCIA
APLICATIVO WEB
COMISIONES DE PERSONAL CNSNC
1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. DICCIONARIO CONCEPTUAL4. DESARROLLO
4.1. Ingreso a la Aplicación4.1.1. Consideraciones4.1.2. Etapas
4.2. Diligenciamiento de la Información4.2.1. Registrar datos de la entidad4.2.2. Registrar Conformación Comisión de Personal4.2.3. Administrar Informes Trimestrales4.2.4. Ver Informes Trimestrales Históricos4.2.5. Administrar Usuarios 4.2.6. Cambiar Contraseña Jefe de Personal4.2.7. Salir
5. CONTROL DE MODIFICACIONES
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