MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS
OFICIALÍA
CALIFICADORA
ACULCO
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AÑO 2019
INDICE
1. INTRODUCCIÓN…………………………...………………………………………2
2. OBJETIVO………………………………………………….....………………….…3
3. ESTRUCTURA ORGANICA……………………………………………………….4
4. MISIÓN Y VISIÓN……………………………………………………………….....5
5. PROPOSITOS DEL PROCEDIMIENTO PARA CALIFICACIÓN Y SANCION
DE FALTAS ADMINISTRATIVAS………………………………………………..6
5.1. ACTIVIDADES Y RESPONSABLES DE LLEVAR A CABO EL
PROCEDIMIENTO…………………………………………………………………6
5.2. DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCEDIMIENTO…………………………..8
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6. PROPOSITOS DEL PROCEDIMIENTO SOBRE HECHOS DE TRANSITO.9
6.1. ACTIVIDADES Y RESPONSABLES DE LLEVAR A CABO EL
PROCEDIMIENTO………………………………………………………………....9
6.2. DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCEDIMIENTO………………………….11
7. PROPOSITOS DE LA ELABORACIÓN DE ACTAS INFORMATIVAS……....13
7.1. ACTIVIDADES Y RESPONSABLES DE LLEVAR A CABO EL
PROCEDIMIENTO………………………………………………………………...13
7.2. DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCEDIMIENTO…………………………..14
8. TRANSITORIOS…………………………………………………………………….15
9. ACTUALIZACIONES………………………………………………………………..15
10. APROBACIÓN………………………………………………………………………..15
1. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo va dirigido al personal de la Oficialía Calificadora, así como de los
interesados en conocer si se está cumpliendo con el protocolo de actuación, se
pretende dar a conocer los pasos a seguir durante el procedimiento de Calificación y
sanción por la comisión de Faltas Administrativas establecidas en el Bando Municipal,
así como del procedimiento a seguir al conocer sobre hechos de tránsito, facultad
otorgada a la oficialía calificadora en el artículo 237 fracción I del Código Penal del
Estado de México, de igual forma el procedimiento a llevar al solicitarle el ciudadano a
esta autoridad la elaboración de un acta informativa; sin salirse de lo establecido por la
Ley y sobre todo sin violentar los derechos de los ciudadanos, con la finalidad de tener
mayor control y organización dentro de la Oficina de Oficialía Calificadora.
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2. OBJETIVO
El Manual de Procedimientos es un ordenamiento normativo interno mediante el
cual se pretende que se establezca de manera clara y útil, su organización, objetivos,
responsables de las actividades y procedimientos a seguir durante el procedimiento
de calificación, sanción de faltas administrativas, procedimiento arbitral sobre hechos
de tránsito establecido en el artículo 237 fracción I del Código Penal del Estado de
México así como la elaboración de actas Informativas, con el fin de que sirvan como
herramientas mediante las cuales, se pretenden ejecutar funciones en estricto apego
a derecho, pero principalmente, privilegiando el respeto tanto al ciudadano como al
servidor público municipal.
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3. ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA
H. AYUNTAMIENTO DE ACULCO
PRESIDENTE MUNICIPAL
OFICIAL CALIFICADOR
Conocer, calificar, sancionar faltas administrativas así como conocer, mediar, conciliar y ser
árbitro en los accidentes ocasionados con motivo del tránsito vehicular, cuando exista conflicto
de interés, siempre que se trate de daños materiales a propiedad privada y en su caso lesiones a
las que se refiere la fracción I del Artículo 237 del Código Penal del Estado de México
MÉDICO
Examinara y expedirá certificado del estado psicofísico de lesiones del infractor, solicitante y/o
involucrado en un hecho de tránsito
SECRETARIO
Asistir en todas y cada una de las actuaciones legales de la Oficial Calificador
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4. MISIÓN Y VISIÓN
MISIÓN
Dar una cordial atención a cada uno de los usuarios, con igualdad y respeto, contribuyendo a la
conservación del orden y la paz pública del Municipio, sancionando a quienes infringen el Bando
Municipal, reglamentos u ordenamientos que expida el Ayuntamiento con apego a los principios
de legalidad, imparcialidad, certeza, derechos humanos, así como; conocer, mediar, conciliar, ser
arbitro en los accidentes ocasionados con motivo del tránsito vehicular, cuando exista conflicto de
intereses procurando imparcialidad dando alternativas de solución eficaces pero sobre todo que
cada una de las partes involucradas se vayan convencidas del excelente servicio.
VISIÓN
Que esta Oficialía Calificadora sea un área profesional, efectiva y confiable, que a largo plazo
sean utilizados los medios electrónicos, para lograr que las acciones, proyectos, programas
contribuyan a prestar un servicio al público de manera rápida, de fácil acceso, así como; en cada
uno de los procedimientos de calificación y conocimiento de hechos de tránsito se garantice
seguridad, imparcialidad, certeza y transparencia, haciendo uso de herramientas o
procedimientos legales adecuados.
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5. PROPOSITOS DEL PROCEDIMIENTO PARA CALIFICACIÓN Y SANCION DE FALTAS
ADMINISTRATIVAS.
Seguir con el protocolo de actuación apegado al estricto Derecho y al respeto de los Derechos
Humanos del Ciudadano; procurar que durante el procedimiento se mantenga orden y respeto
entre las partes involucradas, teniendo un control en documentos, que se realicen las actividades
propias del procedimiento de calificación y sanción de faltas administrativas en tiempo y forma.
FUNDAMENTO LEGAL
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 21, párrafo cuarto, quinto y sexto de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 150 fracción II, inciso b, c, d y e, de la Ley
Orgánica Municipal, artículo 194 fracciones I, II, III, IV, V y VI del Bando Municipal vigente al
momento, se realiza el siguiente procedimiento.
5.1. ACTIVIDADES Y RESPONSABLES DE LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO.
DEPENDENCIA Oficialía Calificadora
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO
Procedimiento Sumario De Calificación Y Sanción Por Faltas
Administrativas
RESPONSABLES Oficial Calificador Y Secretario
RESPONSABLE ACTIVIDAD FORMATO TANTOS
INICIO
1. Recibe la presentación del infractor, Informe policial homologado (IPH) por parte del Oficial de Seguridad Pública Municipal, Estatal o Federal.
2. Registra la Presentación del
Infractor en el Libro de Registro 3. Da vista al Oficial Calificador.
-Oficio de Presentación del Infractor.
-Informe policial
homologado (IPH)
Original
Copia y
1. Toma conocimiento sobre el la falta administrativa del Infractor.
Comienza el Procedimiento de Calificación y Sanción en el Acta Correspondiente.
Original copia y
2. Remite a la persona ante el Médico de guardia para
efecto de que revise al presentado, acto posterior solicita
se remita el Certificado Médico y anéxese a la presente.
Oficio solicitud de
certificado medico Copia original
y
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3. Recaba declaración del Oficial
remitente. 4. Otorga de inmediato su Garantía de Audiencia al
presentado para que declare en relación a los hechos. 5. En su oportunidad legal de ser procedente
aplíquese la sanción que
conforme al Bando Municipal de Policía y Buen Gobierno
se haga acreedor.
5.1 En caso de que la sanción consista en un arresto
administrativo se girara oficio al director de Seguridad
Pública para el cumplimiento de la misma, realizando
boleta de ingreso y al termino del cumplimiento de la
sanción boleta de libertad.
Oficio de ingreso a
galeras municipales y
boleta de libertad
Original Copia y
5.2 En caso de que la sanción consista en trabajo en
favor de la comunidad se gira Oficio a Director de
Seguridad Pública para auxiliar a la oficialía calificadora
para el cumplimiento de la misma.
Oficio dirigido Director de Seguridad Pública
al Original copia y
5.3 Si la sanción consistiera en Multa se extenderá un recibo de pago.
Recibo de pago Original copia y
5.4. Si se tratara de la presentación por infracción al
Bando Municipal de un menor de edad, se localizaran de
inmediato a sus padres y según sea el caso se canalizaran
al DIF municipal.
Responsiva Original copia y
6. Se agrega al expediente la presentación del Policía
Municipal. Oficio de Presentación del
infractor, acta de
procedimiento
sumario, según sea el
caso boleta de ingreso
y libertad, solicitud de
apoyo o recibo de
pago de multa.
Original copia y
FIN
1. Se firma de recibido la presentación del oficial y se entrega al Oficial remitente una copia de la misma así como de todo lo actuado.
2. Firma el procedimiento de calificación y sanción, dando fe de la actuación de Oficial Calificadora.
3. se Archiva en la carpeta correspondiente el
expediente de calificación original así como, todo lo
actuado y se registra en el archivo digital.
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5.2. DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCEDIMIENTO
OFICIAL CALIFICADOR
Comienza el
procedimiento
de calificación.
INICIO ( SE RECIBE LA
PRESENTACION)
SECRETARIO
Se decide si se Sanciona o se
otorga apercibimiento
Se termina el
procedimiento
La sanción puede consistir en:
1. Multa
2. Trabajo en Favor de la
comunidad
3. Arresto Administrativo
FIN Termina con el cumplimiento de la Sanción y se archiva expediente de
Calificación
SI NO
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6. PROPOSITOS DEL PROCEDIMIENTO SOBRE HECHOS DE TRANSITO
Conocer, mediar, con ciliar y ser arbitro en los accidentes ocasionados con motivo del
tránsito vehicular, cuando exista conflicto de intereses, siempre que se trate de daños
materiales a propiedad privada y en su caso lesiones a las que se refiere la fracción I del
artículo 237 del Código Penal del Estado de México. Siendo el propósito fundamental ser un
medio alternativo y equitativo de solución de controversias al encontrarse involucrado en un
Hecho de Tránsito, con estricto apego a Derecho, sin que se generen más gastos económicos
de los ya generados para las partes involucradas.
FUNDAMENTO LEGAL
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 150 fracción II, inciso h y numerales de la Ley Orgánica
Municipal, artículo 194 fracciones VII del Bando Municipal vigente al momento, se realiza el
siguiente procedimiento.
6.1. ACTIVIDADES Y RESPONSABLES DE LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO
DEPENDENCIA Oficialía Calificadora
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO
Procedimiento por accidentes ocasionados con motivo de tránsito vehicular
(procedimiento arbitral)
RESPONSABLES Oficial Calificador Y Secretario
RESPONSABLE ACTIVIDAD FORMATO TANTOS
INICIO
1. Recibe la presentación de hecho de tránsito (conductores y vehículos) así como informe policial homologado por parte del Oficial de Seguridad Pública Municipal, Estatal o Federal. 2.Registra la Puesta a Disposición en el Libro de Registro 3. Da vista al Oficial Calificador.
Oficio de puesta
disposición.
-Informe policial
Homologado
a Original Copia
y
1. Toma conocimiento sobre el hecho de tránsito, le hará saber a los conductores las formalidades del procedimiento desde su inicio hasta la vía de apremio e instarlos a que concilien proponiendo alternativas equitativas de solución. Teniendo como límite tres horas. Si el resultado es una conciliación se hará constar en el acta respectiva de manera circunstanciada. El acuerdo conciliatorio tendrá carácter de cosa juzgada
y podrá hacerse efectivo en la vía de apremio previsto
en el Código de Procedimientos Civiles del Estado. De lo
contrario se continuara con el Procedimiento
Acta Circunstanciada
Original copia y
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1. Remite a las personas ante el Médico de guardia para efecto de que revise a los
conductores, determine el estado psicofísico y
lesiones, acto posterior solicita se remita el Certificado
Médico y anéxese a la presente. 2. Se revisara con los datos, Número de serie
(NIV) o placas de Circulación en el Registro
Público Vehicular, para descartar posibilidad
de reporte de Robo de Vehículo, agregando
copia de constancia. 3. Se recaba entrevista del
Oficial Remitente. 4. Se recaba entrevista de conductores Y testigos
en su caso, solicitando un correo electrónico
para posibles notificaciones. 5. Se realizara la fe de
Vehículos correspondiente. 6. Se realizara la inspección del lugar de los
hechos. 7. Se tomaran fotografías de vehículos y lugar de
los hechos. 8. Remitir los vehículos al depósito
correspondiente según sea el caso. 9. Solicitar el Dictamen correspondiente a
Servicios Periciales de la Procuraduría del
Estado de México. 10. Una vez que se rinda el dictamen
correspondiente el Oficial Calificador los hará
del conocimiento de los involucrados y
requerirá al probable responsable garantice o
cubra la reparación del daño, la cual podrá
realizarse por alguno de los medios legales
establecidos. En esta etapa, nuevamente el
Oficial Calificador, instará a los interesados a
que concilien y volverá a proponerles
alternativas equitativas de solución. 11. De lo contrario se iniciara con el laudo
respectivo en un plazo respectivo por 72 hrs.
-Oficio solicitud de certificado médico y constancia de REPUVE. - Inspección ocular en el lugar de los hechos. - Fe de vehículos. - Fotografías. -Oficio de remisión de vehículos a depósito correspondiente. -Oficio de solicitud de dictamen. -Acta Circunstanciada.
Copia original
y
FIN
1. Se Archiva en la carpeta correspondiente el
expediente de procedimiento arbitral y se entregan
copias certificadas a cada una de las partes
involucradas
Se tendrá acta de todas y cada
una de las actuaciones
realizadas.
Original Copia y
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6.2 DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCEDIMIENTO
OFICIAL CALIFICADOR
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SE RECABA
ENTREVISTA DE
CONDUCTORES
DE VEHÍCULOS INVOLUCRADOS, (solicitando un correo
electrónico para notificar)
REMISIÓN DE
VEHÍCULOS A
DEPOSITO
FE DE
VEHÍCULOS
INSPECCION
OCULAR EN EL
LUGAR DE LOS
HECHOS
INICIO (SE RECIBE LA PUESTA
A DISPOSICIÓN )
SECRETARIO L e hará saber a los conductores las formalidades del
Procedimiento desde su inicio hasta la vía de
apremio e instarlos a que concilien proponiendo alternativas equitativas
de solución
CONCILIAN
NO SI
ACTA CIRCUNSTANCIADA
FIN 1. SOLICITUD DE
CERTIFICADO PSICOFISICO Y DE LESIONES
2. SE REVISARA CON LOS DATOS, NÚMERO DE SERIE (NIV) O PLACAS DE
CIRCULACIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO
VEHICULAR
SE RECABA
ENTREVISTA DEL
OFICAL
REMITENTE
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NO
SI
FIN
DAR A CONOCER A
LAS PARTES
INVOLUCRADAS EL
RESULTADO DEL
DICTAMEN
SOLICITUD E
DICTAMEN A
SERVICIOS
PERICIALES
En 72 HRS.
SE EMITIRA EL
LAUDO
CORRESPON DIENT
E
CONCILIAN
ACTA CIRCUNSTANCIADA
SE ENTREGAN COPIAS CERTIFICADAS DE LO ACTUADO
FIN
7. PROPOSITOS DE LA ELABORACION DE ACTAS INFORMATIVAS
Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, dar atención pronta a los ciudadanos solicitantes, sin
realizar actos que no sean atribuciones de la Oficialía Calificadora.
FUNDAMENTO LEGAL
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, Artículo 150 fracción II, inciso b de la Ley Orgánica Municipal, artículo
194 fracciones VIII del Bando Municipal vigente al momento, se realiza el siguiente
procedimiento.
7.1. ACTIVIDADES Y RESPONSABLES DE LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO
DEPENDENCIA Oficialía Calificadora
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO
Actas Informativas
RESPONSABLES Oficial Calificador Y Secretario
RESPONSABLE ACTIVIDAD FORMATO TANTOS
INICIO
1. Se escucha la petición del ciudadano.
1.Registra su asistencia en el Libro de Registro 2. Se verifica si cumple con los requisitos que marca el tabulador para la elaboración de acta y con pago de derechos.
Original y copia de documentos
que exhiba el usuario
cumpliendo con los requisitos
que marca el tabulador según
sea el caso
Original y
copia
1. Se realiza el acta informativa con apego a
Derecho y se firma el acta Acta Informativa Original
Copia Y
FIN
1.firma el acta dando fe de la actuación de Oficial
Calificador.
2. Se Archiva en la carpeta correspondiente el
acta Informativa y se entregara una de ellas al
solicitante.
Acta Informativa Original
Copia y
7.2 DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCEDIMIENTO
INICIO (SE ATIENDE LA
PETICIÓN DEL SOLICITANTE)
SE REALIZA EL ACTA
INFORMATIVA
ACTA INFORMATIVA (SE
ENTREGA COPIA AL
SOLICITANTE Y SE ARCHIVA
UNA DE ELLAS)
Se revisa si
cumple con
los requisitos
que marca el
tabulador
SI
NO
SE INFORMA AL USUARIO
SOBRE EL MOTIVO DE LA
NEGACIÓN Y SE LE ASESORA
SOBRE EL PROCEDIMIENTO
8. TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese el presente Manual de Procedimientos y
difúndase a través de los medios idóneos, así como en la Gaceta de Gobierno
Municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Manual de Procedimientos entrará en vigor
al día siguiente de su publicación.
9. ACTUALIZACIONES
FECHA DESCRIPCIÓN
02 DE SEPTIEMBRE ACTUALIZACIÓN
07 DE JUNIO DEL 2021 SE ANEXA EL USO DE CORREO ELECTRÓNICO PARA
NOTIFICACIONES EN HECHOS DE TRÁNSITO
10. APROBACIÓN
LIC. JORGE ALFREDO OSORNIO VICTORIA PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL (RUBRICA)
LIC. GABRIELA CANO GARCÍA OFICIAL CALIFICADORA
DE ACULCO, ESTADO DE MÉXICO.
(RÚBRICA)
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