LX. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015
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DEPENDENCIA
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
AUDITORÍA FINANCIERA
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”
Auditoría ASCM/4/15
FUNDAMENTO LEGAL
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,
fracción V, incisos c), primer párrafo, y e), en relación con el 74, fracción VI; y 79 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto
de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII, XVI y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II,
V, VI, VII, VIII, IX, XIII, XIV, y XIX; 9; 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 24; 27; 28; 30;
32; 33; 34; 35; y 36 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1, 6, 16,
17 y 19 del Reglamento Interior de la Auditoria Superior de la Ciudad de México.
ANTECEDENTES
En 2015, la Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO) reportó un presupuesto ejercido de
394,753.1 miles de pesos, monto que representó un decremento del 8.8% (37,947.1 miles
de pesos), respecto de los 432,700.2 miles de pesos erogados en el ejercicio 2014.
La SEDECO ocupó el decimoséptimo lugar respecto del presupuesto ejercido en 2015 por
las 22 dependencias del Gobierno del Distrito Federal, sector central (75,136,076.0 miles
de pesos), con un monto de 394,753.1 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la
Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de ese año. Dicho importe representó
el 0.5% del total erogado por las dependencias del Gobierno del Distrito Federal
Del presupuesto ejercido en 2015 por la dependencia, el gasto con cargo al capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” fue de 150,162.5 miles de pesos,
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que representó el 38.0% del total erogado. Ello reflejó un aumento del 45.0% (46,601.2 miles
de pesos) en relación con el presupuesto ejercido el año anterior (103,561.3 miles de pesos);
y un incremento de 1,401.6% (140,162.5 miles de pesos), respecto del original autorizado
en dicho capítulo (10,000.0 miles de pesos).
Del presupuesto ejercido en dicho capítulo (150,162.5 miles de pesos), destacó el
correspondiente a la partida 4331 “Subsidios a la inversión”, por 146,938.5 miles de pesos;
que significó el 97.9% del total erogado en el capítulo y el 37.2% del presupuesto total
ejercido por la SEDECO (394,753.1 miles de pesos).
En el informe de Cuenta Pública de 2015, apartado “ECO Análisis de Egresos por capítulo
de Gasto”, la SEDECO, en relación con el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas” informó lo siguiente:
“A) La variación del presupuesto ejercido respecto del aprobado se debe a que durante
el transcurso del ejercicio se fueron incrementando los recursos necesarios para llevar
a cabo diversos proyectos relevantes para el fortalecimiento de la economía de la Ciudad
de México, como son:
”Programa de Fomento a la Formalización de actividades económicas de la ciudad de México
donde se otorgaron concesiones de autotransporte de pasajeros y taxis, así como capacitación
y licencias.
”Programa Fondo Pyme en donde en conjunto con el Instituto Nacional del Emprendedor
(INADEM), se apoyó la realización de 11 proyectos, fomentando el desarrollo de la competitividad
de la micro, pequeña y mediana empresa.
”Programa para el desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), donde en conjunto
con la Secretaria de Economía se apoyaron 15 de este ramo.
”Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios ‘Yo te apoyo 2015’, donde se entregaron
apoyos a 20,066 micronegocios.”
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OBJETIVO
El Objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la SEDECO en
el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se haya registrado,
aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con
la normatividad y ordenamientos aplicables; y destinados al cumplimiento de programas,
acciones y atribuciones de la dependencia.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,
contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente:
“Importancia Relativa”. Se consideró el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”, porque en 2015 el presupuesto ejercido de 150,162.5 miles de pesos,
presentó un incremento del 45.0% (46,601.2 miles de pesos) respecto del presupuesto
ejercido en 2014 (103,561.3 miles de pesos); y un incremento de 1,401.6% (140,162.5 miles
de pesos), con respecto del original autorizado en dicho capítulo (10,000 miles de pesos).
“Exposición al Riesgo”. El capítulo citado se seleccionó por estar propenso a ineficiencias
e incumplimiento de objetivos y metas físicas y financieras.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación
correspondientes. El gasto de la SEDECO con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, por 150,162.5 miles de pesos, se ejerció en tres
partidas de gasto, mediante 61 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 10 documentos
múltiples. Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación
de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó
revisar un monto de 90,735.1 miles de pesos, ejercido mediante 11 CLC y 8 documentos
múltiples en la partida 4331 “Subsidios a la Inversión”, que representó el 60.4% del total
ejercido en dicho capítulo.
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Se revisó la normativa aplicable al ejercicio y registro de las erogaciones efectuadas por
la SEDECO en 2015 con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”.
Se solicitó información específica y se aplicaron los cuestionarios de control interno
y de ambiente de control a los titulares de la Dirección de Administración y sus unidades
administrativas, así como a la Coordinación General de Regulación y Planeación
Económica, las cuales intervinieron en las actividades relacionadas con el registro, aprobación,
modificación, compromiso, devengó y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de
operaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”.
Se revisó el manual administrativo de la SEDECO vigente en 2015, tanto en su parte de
organización como en la de procedimientos, para verificar que su organización fuera acorde
con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos aplicables al rubro sujeto
a revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA).
Con el fin de verificar los controles que la dependencia aplicó en el ejercicio de los recursos con
cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, la ASCM
identificó los riesgos específicos relativos a los procedimientos aplicados por la SEDECO,
los cuales se describen a continuación:
Registro contable y presupuestal del gasto
1. Que no se haya registrado el gasto en la(s) partida(s) que le corresponde de acuerdo
a su naturaleza y al Clasificador por Objeto del Gasto.
2. Que no coincidieran los registros contables del rubro sujeto a revisión con los importes
reflejados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015 y conforme a los conceptos
indicados en el manual de contabilidad gubernamental y que las cifras reportadas por
el sujeto de fiscalización en informes y auxiliares no coincidieran con las registradas
en la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015 y su documentación soporte.
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3. Que se hayan efectuado pagos de adeudos de ejercicios anteriores y que éstos no se
hubieran registrado ni reportado a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) en el ejercicio
en que se devengaron
Gasto aprobado
1. Que no se hubiera tramitado oportunamente ante la SEFIN, la aprobación del anteproyecto
de presupuesto de egresos y el Programa Operativo Anual, conforme a la normatividad
aplicable.
2. Que el proceso de programación, presupuestación, integración (Módulos de integración por
Resultados y Financieros), y autorización del presupuesto, no se hubiera ajustado a la
normatividad aplicable y que no se hayan determinado las metas físicas y financieras
de los programas operados por el ente en 2015, en congruencia con el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal.
Gasto modificado
1. Que las modificaciones al presupuesto original del capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, realizadas mediante afectaciones programático-
presupuestarias no se hubiesen sujetado a la normatividad aplicable y/o que no cuenten
con las justificaciones correspondientes.
2. Que las afectaciones al presupuesto no se hubieran apegado al cumplimiento de las metas
y objetivos de acuerdo a la normatividad aplicable.
Gasto comprometido
1. Que no se contara con la autorización expresa del titular de la SEDECO para llevar
a cabo el otorgamiento de los subsidios con cargo al rubro revisado o que no se hubiese
contado con la suficiencia presupuestal previa al otorgamiento de los subsidios relativos
a la muestra de auditoría.
2. Que los recursos del rubro sujeto a revisión, no hubiesen sido comprometidos de
acuerdo con las reglas de operación de programas relativos a los subsidios otorgados.
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3. Que los programas relativos a los subsidios a la inversión de la muestra de auditoría
no hubiesen contado con reglas de operación y que estas no se hayan elaborado conforme a
los requisitos establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente y su reglamento.
4. Que en los programas de los subsidios a la inversión no se hubiera tenido determinadas las
metas físicas y financieras del programa.
5. Que no se contara con un padrón de beneficiarios que refleje la cancelación total
de las obligaciones contraídas mediante las reglas de operación de los programas de
la muestra de auditoría y que el padrón de beneficiarios no estuviera actualizado o no
fuera elaborado de conformidad con la normatividad aplicable.
6. Que hubiesen existido registros duplicados en los padrones de beneficiarios de los programas
relativos a los subsidios otorgados por la SEDECO en 2015.
7. Que los beneficiarios de los programas relativos a los subsidios otorgados no hubiesen
cumplido con los requisitos y procedimientos de acceso a los mismos, establecidos en
las reglas de operación vigentes en 2015.
8. Que no se contara con evaluaciones internas o externas de los subsidios otorgados
por la SEDECO en 2015 de conformidad con la normatividad aplicable y que se no hayan
elaborado y entregado en tiempo y forma los informes sobre el ejercicio de los subsidios
otorgados con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas” a las diversas instancias que lo solicitan, de conformidad con la normatividad aplicable.
9. Que los reportes de pasivos no se hayan registrado y reportado en el ejercicio en que
se devengaron.
Gasto devengado
1. Que no se cuente con el contrato de apertura de la cuenta bancaria y con estados
de cuenta mensuales de la cuenta o cuentas bancarias para el manejo independiente de
los recursos para la realización de pagos con cargo a la partida 4331 “Subsidios a la Inversión”.
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2. Que no existiera evidencia documental de que los beneficiarios hayan recibido efectivamente
los subsidios materia de la acción; y en su caso, que no exista evidencia documental
de los servicios contratados para el pago de dichos subsidios.
3. Que los subsidios otorgados no se hubieran ministrado en los tiempos establecidos,
y destinado al cumplimiento de las metas físicas y financieras, de conformidad con
la normatividad aplicable y las reglas de operación respectivas y que dichas metas
no hayan sido alcanzadas.
4. Que los beneficiarios de los programas y del otorgamiento de los subsidios con cargo
al rubro sujeto a revisión, no hayan cumplido los requisitos establecidos en las reglas
de operación y en la normatividad aplicable para acceder al beneficio del subsidio.
Gasto ejercido
1. Que no se hubiera expedido y resguardado la documentación soporte en original, justificativa
y comprobatoria de los subsidios otorgados por el sujeto fiscalizado, y que ésta
reuniera los requisitos establecidos tanto en las reglas de operación de los programas,
como en la normatividad aplicable; y en caso de que existan subejercicios, se justificaran
las causas.
2. Que no se hubiera conservado la documentación original y comprobatoria de los pagos
realizados por el concepto de subsidios a los beneficiarios de los programas relativos
a dichos subsidios.
3. Que la SEDECO no contará con las CLC, documentos múltiples y su documentación
soporte de la muestra de auditoría; que los importes no correspondan con el gasto
registrado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015; y, que no se hayan
elaborado de conformidad con la normatividad aplicable.
4. En su caso, que los recursos no devengados y los rendimientos obtenidos al
31 de diciembre de 2015, no hubiesen sido enterados a la SEFIN en los plazos señalados
en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
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5. Que no se contara con los expedientes de los beneficiarios de los subsidios a la inversión
otorgados por la SEDECO en 2015 y que no incluyan la documentación legal
y administrativa requerida conforme a los lineamientos o reglas de operación respectivas.
Gasto pagado
1. Que la SEDECO no contara con mecanismos de comprobación que evidencie la entrega
de los subsidios a los beneficiarios de los programas y que no se pudiera constatar
que hayan sido otorgados al beneficiario final en las condiciones establecidas y que
estos no los hubiesen recibido conforme a las reglas de operación.
2. Que no se pudiera verificar que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado hayan
sido extinguidas mediante el otorgamiento del subsidio debidamente acreditado y realizado
en cumplimiento de la normatividad aplicable.
Cumplimiento
Que las acciones emprendidas por el sujeto fiscalizado con cargo a rubro revisado no
hayan sido evaluadas de conformidad con la normatividad aplicable y que no se hayan
destinado al cumplimiento de las atribuciones y reglas de operación de los programas en
atención a las metas físicas y financieras de los programas.
A efecto de mitigar los riesgos detectados en la etapa planeación la ASCM aplicó las pruebas
de control y procedimientos sustantivos siguientes:
Registro contable y presupuestal del gasto
1. Se comprobó que los recursos ejercidos del rubro revisado hayan sido registrados de
acuerdo a su naturaleza, conforme a las partidas presupuestales establecidas en el
Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2015.
2. Se verificó que no se hayan efectuado pagos de adeudos de ejercicios anteriores o,
en su caso, que éstos se hubieran registrado y reportado a la Secretaría de Finanzas
(SEFIN) en el ejercicio en que se devengaron.
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Gasto comprometido
1. Se verificó que la SEDECO contó con la autorización expresa del titular de la dependencia
para otorgar los subsidios con cargo al rubro revisado y verificar que los pagos efectuados
con cargo a la partida seleccionada como muestra de auditoría contaron con suficiencia
presupuestal.
2. Se comprobó que los programas de la muestra de auditoria contaron con reglas de operación
y que éstas se elaboraron conforme a los requisitos establecidos en la normatividad
aplicable (Ley de Presupuesto y gasto eficiente y su reglamento).
3. Se constató que en el caso de los subsidios otorgados, se hubiesen tenido determinadas
las metas físicas y financieras del programa.
4. Se comprobó que se contó con un padrón de beneficiarios en el que se reflejó la cancelación
total delas obligaciones contraídas conforme a las reglas de operación de los subsidios
otorgados y que no hubiesen existido registros duplicados en los padrones relativos a
los subsidios.
5. Se confirmó que se contó con evaluaciones internas o externas de los subsidios otorgados
de conformidad con la normatividad aplicable y que se contó con los informes de avance en
la operación de los programas mediante los cuales se otorgaron los subsidios a la inversión
reportados a las instancias correspondientes de conformidad con la normatividad aplicable.
6. Se verificó que los recursos y rendimientos financieros no devengados al 31 de diciembre
de 2015 hayan sido enterados a la SEFIN en los plazos señalados en la normatividad
y que los pagos de pasivos se hayan registrado y reportado en el ejercicio en que
se devengaron.
Gasto devengado
1. Se comprobó que se contó con estados de cuenta mensuales de la cuenta o cuentas
bancarias para el manejo independiente de los recursos para la realización de pagos
con cargo a la partida 4331 “Subsidios a la Inversión”, que se contó con evidencia
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del contrato de apertura de la cuenta bancaria respectiva y que los subsidios otorgados
se hayan ministrado en los tiempos establecidos, de conformidad con la normatividad
aplicable y las reglas de operación respectivas
2. Se constató que existió evidencia documental de que los beneficiarios recibieron
efectivamente los recursos de los subsidios y, en su caso, evidencia documental de
los servicios contratados para el pago de dichos subsidios.
3. Se confirmó que las metas físicas y financieras delimitadas para los programas relativos
a los subsidios hayan sido alcanzadas.
Cumplimiento
Se verificó que las acciones emprendidas por el sujeto fiscalizado, ejecutadas con cargo
al rubro revisado hayan sido evaluadas de conformidad con la normatividad aplicable
y que hayan sido destinadas al cumplimiento de las atribuciones y reglas de operación.
Procedimientos Sustantivos
Registro contable y presupuestal del gasto
Se verificó que las cifras reportadas por la SEDECO en informes y auxiliares coincidieron
con lo reflejado en la Cuenta Pública de 2015 y que los registros contables del rubro sujeto
a revisión correspondieron con los importes reflejados en la Cuenta Pública de la Ciudad
de México 2015 y conforme a los conceptos indicados en el manual de contabilidad
gubernamental, vigente en 2015.
Gasto aprobado
1. Se comprobó que se tramitó oportunamente ante la SEFIN la aprobación del Anteproyecto
del Presupuesto de Egresos y el POA conforme a la normatividad aplicable.
2. Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración (Módulos
de integración por resultados y de Integración financiera) y autorización del presupuesto se
ajustó a la normatividad aplicable y que los elementos de soporte para la determinación
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de su meta física y financiera, permitió el cumplimiento de las obligaciones y atribuciones
del sujeto fiscalizado; asimismo, comprobar que exista congruencia con el Programa
General de Desarrollo del Distrito Federal.
Gasto modificado
Se verificó que las modificaciones al presupuesto original del capítulo 4000 “Transferenc ias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” realizadas mediante afectaciones programático
presupuestarias se sujetaron a la normatividad aplicable, que contaron con las justificaciones
correspondientes y que las afectaciones al presupuesto se apegaron al cumplimiento
de las metas y objetivos establecidos en la normatividad aplicable.
Procedimientos Analíticos Sustantivos
Gasto comprometido
Se comprobó que los subsidios a la inversión otorgados por la SEDCO relativos a la muestra de
auditoría, fueron comprometidos de acuerdo con las reglas de operación respectivas y que
los beneficiarios de los subsidios otorgados, cumplieron con los requisitos establecidos
en las propias reglas de operación.
Gasto ejercido
1. Se verificó que se expidió, resguardó y conservó la documentación soporte en original,
justificativa y comprobatoria de los subsidios otorgados por el sujeto fiscalizado, y que
ésta reunió los requisitos establecidos tanto en las reglas de operación de los programas,
como en la normatividad aplicable.
2. Se comprobó que los expedientes de la muestra de auditoría, de los beneficiarios de
los subsidios a la inversión otorgados por la SEDECO en 2015, incluyó la documentación
legal y administrativa requerida conforme a los lineamientos o reglas de operación respectivas.
3. Se confirmó que la SEDECO contó con las CLC, documentos múltiples y su documentación
soporte; que los importes correspondieran con el gasto registrado en la Cuenta Pública
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de la Ciudad de México 2015; y, que dichos documentos fueron elaborados de conformidad
con la normatividad aplicable.
4. Se constató que los recursos no devengados y los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre
de 2015, hubiesen sido enterados a la SEFIN en los plazos señalados en la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
Gasto pagado
1. Se verificó que la dependencia hubiera contado con mecanismos de comprobación
que evidencie la entrega de los subsidios a los beneficiarios, que los subsidios hayan
sido otorgados al beneficiario final en las condiciones establecidas y que estos los
hubiesen recibido en las condiciones establecidas en las reglas de operación.
2. Se confirmó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado hayan sido extinguidas
mediante el otorgamiento del subsidio debidamente acreditado y realizado en cumplimiento
de la normatividad aplicable.
3. Se confirmó operaciones con los beneficiarios de los subsidios a la inversión otorgados de
la muestra de auditoría.
Para determinar la muestra de partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes criterios:
La muestra de auditoría se definió conforme a la selección incidental y por unidad
monetaria establecida en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Muestreo de
Auditoría”, de las Normas de Auditoría emitidas por la Federación Internacional de Contadores,
y adoptadas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP); al considerar
las partidas con mayor importancia relativa y participación en el ejercicio de recursos del
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y de acuerdo con
el siguiente procedimiento:
1. Se Integraron las cifras consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015
y en la base de datos de las CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de fiscalización,
correspondientes a la SEDECO.
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2. Se consideraron las partidas de gasto que presentaron variaciones absolutas y relativas
significativas entre el presupuesto original y ejercido en 2015 en el capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
3. Se determinaron las CLC más representativas con cargo a cada partida de del rubro
en revisión.
Para determinar la partida a revisar, se consideró lo establecido en el numeral 2,
“Segunda Etapa de la Planeación Específica”, primer párrafo, del Manual del Proceso
General de Fiscalización del 29 de abril de 2016; lo dispuesto en el numeral 4.3 “Criterios
de Selección de Auditorías”, apartado 4.3.1 “Generales”, puntos 1. “Importancia Relativa”,
2. “Exposición al Riesgo” y 4. “Presencia y Cobertura”, del Manual de Selección de
Auditorías vigente a partir del 12 de junio del 2015; y las NIA 320 "Importancia Relativa
o Materialidad en la Planificación y Ejecución de la Auditoría" y NIA 530 “Muestreo
de Auditoría”, de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y Otros Servicios
Relacionados.
Conforme a lo anterior, se determinó una muestra de auditoría por un importe de
90,735.1 miles de pesos, correspondientes a la partida 4331 “Subsidios a la Inversión”
que representan el 60.4% del presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (150,162.5 miles de pesos) como se muestra
en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra de auditoría
Cantidad Total ejercido
% del capítulo
Cantidad Importe % del capítulo CLC DM CLC DM
4331 “Subsidios a la Inversión” 59 9 146,938.5 97.9 11 8 90,735.1 60.4
4391 “Subsidios para Capacitación
y Becas” 1 1 3,092.0 2.1
4421 “Becas y Otras Ayudas
para Programas de Capacitación” 1 132.0 0.1
Total 61 10 150,162.5 100.0 11 8 90,735.1 60.4
CLC: Cuenta por Liquidar Certif icada.
DM: Documento Múltiple.
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RESULTADOS
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
Con el propósito de determinar el grado de confianza en los sistemas de control operados
por la SEDECO en torno a las erogaciones efectuadas con recursos del capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se llevaron a cabo los procedimientos
de auditoría siguientes:
Se revisó el sistema de control interno establecido por la SEDECO en las áreas administrativas
y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en el ejercicio de los recursos del
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, en la verificación
del cumplimiento de los requisitos documentales, en los registros presupuestales, y en el
resguardo y archivo de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de los
expedientes de los contratos celebrados y de las CLC de los pagos realizados.
Se aplicó un cuestionario de control interno (incluyendo el específico de ambiente de control)
a los titulares de la Dirección de Administración (DA) y la Coordinación General de Regulación
y Planeación Económica; quienes intervinieron en las actividades relacionadas con el registro,
aprobación, modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto. Además, se verificó
que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello.
Se analizó el Manual de Organización de la SEDECO vigente en 2015, con el fin de identificar
tanto la estructura orgánica del sujeto de fiscalización, como los objetivos, funciones y
atribuciones de las unidades administrativas que lo integran. Asimismo, se revisaron los
procedimientos de la dependencia, con objeto, de conocer cuáles fueron las unidades
administrativas que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones
con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
y, por otra, de verificar que se aplicaran los procedimientos correspondientes.
Con la finalidad de identificar las unidades administrativas de la SEDECO que estuvieron
encargadas del control y registro de las distintas etapas del gasto (aprobado, modificado,
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comprometido, devengado, ejercido y pagado) con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se analizó su manual administrativo vigente
en 2015. Al respecto, se determinó lo siguiente.
Estructura Orgánica
En el inicio del ejercicio de 2015, la SEDECO realizó sus funciones con base en la estructura
orgánica y organigramas correspondientes al dictamen núm. 2/2014, vigente a partir del
1o. de enero de 2014 y hasta el 15 de febrero de 2015. Para el resto del año, fue aplicable
el dictamen núm. D-SEDECO-4/160215 (vigente a partir del 16 de febrero de 2015), el
cual fue comunicado por la OM a la SEDECO por medio del oficio núm. OM/0093/2015
del 20 de febrero de 2015. Dicha estructura consideró las mismas 183 plazas autorizadas del
dictamen 2/2014; sin embargo, en el caso del dictamen D-SEDECO-4/160215, la Dirección
General de la Central de Abasto cambió su denominación por la de Coordinación General
de la Central de Abasto.
La estructura orgánica quedó distribuida de la siguiente manera: Oficina de la Secretaría
de Desarrollo Económico, 18 plazas; Dirección General de Abasto, Comercio y Distribución,
62 plazas; en la Coordinación General de la Central de Abasto, 15 plazas; Coordinación General
de Regulación y Planeación Económica, 29 plazas; Coordinación General de Gestión para
el Crecimiento y Desarrollo de la Ciudad, 27 plazas; y Subsecretaría de Desarrollo Económico
y Sustentabilidad, 32 plazas.
Dirección de Administración en la Secretaría de Desarrollo Económico
En 2015, la Dirección de Administración (DA) en la SEDECO realizó sus funciones
con base en la estructura orgánica y en los organigramas correspondientes al dictamen
núm. 4/2014 (comunicado a la SEDECO mediante el oficio núm. OM/080BIS/2014 del 20 de
marzo de 2014), vigente a partir del 16 de marzo de 2014 y aplicado durante todo el
ejercicio de 2015. De conformidad con el dictamen, el área administrativa de la DA que
participó en el ejercicio de los recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas” fue la Subdirección de Recursos Financieros.
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Manual Administrativo
El Manual Administrativo de la SEDECO, vigente en los dos primeros meses de 2015,
correspondió al número de registro MA-107-10/13 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 20 de marzo de 2014. Dicho manual fue actualizado al modificarse la estructura
orgánica de la dependencia con el dictamen de estructura orgánica 2/2014 (vigente
a partir del 1o. de enero de 2014) y enviado a la CGMA para su dictamen y registro hasta
el 21 de enero de 2015 (oficio núm. SEDECO/OS/042/2015). En respuesta, la CGMA
le comunicó a la SEDECO por medio del oficio núm. OM/CGMA/0337/2015 del 13 de febrero
de 2015, que su manual administrativo quedó dictaminado y registrado con el
núm. MA-01/130215-D-SEDECO-2/2014, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 20 de marzo de 2015.
Con fecha 20 de febrero de 2015, la OM comunicó a la SEDECO por medio del oficio
núm. OM/0093/2015, la autorización de la modificación de su estructura orgánica con el
dictamen núm. D-SEDECO-4/160215, con vigencia a partir del 16 de febrero de 2015, por
lo que el manual administrativo fue modificado y enviado a la CGMA para su dictamen
y registro. En respuesta, la CGMA, con el oficio núm. OM/CGMA/1432/2015 del 31 de julio
de 2015, le comunicó a la SEDECO que su manual administrativo quedó registrado con
el núm. MA-30/310715-D-SEDECO-4/160215, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 21 de agosto de 2015. Los dos manuales vigentes en 2015 fueron
difundidos por la SEDECO a las áreas responsables mediante la emisión de 21 oficios
del mes de febrero y septiembre de 2015.
Dirección de Administración en la Secretaría de Desarrollo Económico
Durante ocho meses del ejercicio 2015, la DA en la SEDECO aplicó el manual administrativo
de la OM (apartado de organización) con número de registro MA-104-9/09, autorizado por
la CGMA y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 17 de julio de 2013. Para el
resto del ejercicio 2015, la DA actualizó su manual administrativo con base en el dictamen
de estructura orgánica de la OM núm. 4/2014. Al respecto, la DA envió a la CGMA sólo el
apartado de organización para su dictamen y registro; en respuesta, el Oficial Mayor, por medio
del oficio núm. OM/0556/2015 del 3 de septiembre de 2015, comunicó a los Coordinadores
Generales, Directores Generales y Directores Ejecutivos o de Área encargados de la
17
Administración en las Dependencias, que el Manual Administrativo de la Oficialía Mayor
(apartado de organización) quedó registrado con el núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, el
cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015. Dicho
manual fue difundido por la DA a las áreas responsables mediante la emisión de cuatro
oficios (SEDECO/DA/2158/2015 y terminaciones 2159, 2160 y 2161/2015) del 11 de
septiembre de 2015.
Procedimientos de la Secretaría de Desarrollo Económico
En 2015, la SEDECO utilizó procedimientos aplicables al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” con base en el manual administrativo dictaminado y
registrado por la CGMA con el número MA-30/310715-D-SEDECO-4/160215. La Dirección
Ejecutiva de Asesoría para la Apertura de Negocios adscrita a la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, para el registro y control de las operaciones relacionadas con el capítulo revisado,
aplicó siete procedimientos y la Coordinación General de Regulación y Planeación Económica
uno. Los procedimientos fueron difundidos mediante 12 oficios elaborados por la DA
en septiembre de 2015. Dichos procedimientos fueron los siguientes.
Unidad administrativa y nombre del procedimiento
Subsecretaría de Desarrollo Económico y Sustentabilidad
1. “Otorgamiento de Apoyos del Programa para el Desarrollo de la Industrial del Software (PROSOFT)”
2. “Otorgamiento de Apoyos del Fondo Nacional del Emprendedor”
3. “Capacitación a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”
4. “Asesoría y Atención Integral a emprendedores, Micro, Pequeños y Medianos Empresarios”
5. “Club de Exportaciones”
6. “Acompañamiento y promoción para el Desarrollo Empresarial”
7. “Realización de Eventos para Fomentar la Promoción y el Desarrollo Empresarial de MIPYMES del Distrito Federal”
Coordinación General de Regulación y Planeación Económica
8. “Asesoría y Asistencia Técnica en los Trámites relativos al Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles a la Cédula de Microindustria del Distrito Federal y a la Actividad Artesanal de la Secretaría de Desarrollo Económico y Gestión para los Trámites relativos al Uso de Suelo”
Procedimientos Aplicables por la DA en la SEDECO
En el ejercicio 2015 la DA en la SEDECO (área adscrita a la OM), aplicó para el registro
de sus operaciones, procedimientos conforme a la estructura organizacional autorizada
18
a la OM con el dictamen 4/2014 y conforme a su manual administrativo dictaminado
y registrado con núm. MA-28300715-D-OM-4/2014 (con el cual actualizó 25 procedimientos).
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 27 de agosto de 2015, fue publicado el “Aviso
por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Oficialía Mayor, con número
de Registro MA-28/300715-D-OM-4/2014, validado por la CGMA, a través del enlace
electrónico” de la OM; sin embargo, dicho documento sólo contempló tres procedimientos
aplicables a las diversas partidas presupuestales del capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otros Apoyos”, por lo que la DA en SEDECO continuó
aplicando en el rubro revisado 11 procedimientos conforme al dictamen 2/2007 y número
de registro MA-12011-2/2007 y sólo aplicó tres procedimientos conforme al nuevo
dictamen (MA-28300715-D-OM-4/2014).
Tal situación fue comprobada con la documentación proporcionada por la dependencia
con el oficio SEDECO/DA/20137/2016 del 5 de julio de 2016 en respuesta a la solicitud
inicial de información (oficio núm. ACF-A/16/609), en la que la SEDECO proporcionó entre
otros los siguientes procedimientos aplicables al rubro revisado como son:
Número Manual administrativo y nombre del procedimiento
Manual Administrativo MA-12011-2/2007*
025 “Elaboración de Manuales Administrativos”
035 “Elaboración de Informes”
056 “Registro de Pólizas Diario”
059 “Registro de Pólizas por Cheque”
060 “Registro de Pólizas de Egresos por Cuenta por Liquidar Certificada”
062 “Integración del Programa Operativo Anual”
063 “Elaboración y Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas”
064 “Elaboración de Documentos Múltiples”
065 “Elaboración de Adecuaciones Presupuestarias, Afectaciones Programáticas y Justificación”
068 “Formulación del Informe de Avances y Resultados”
069 “Registro Presupuestal”
Manual Administrativo MA-28/300715-D-OM-4/2014**
8 “Seguimiento y Control Presupuestal”
10 “Registro y Control de Pagos por Cheque”
11 “Integración de la Cuenta Pública”
* Manual Administrativo de la OM, mediante el cual se publicaron 94 procedimientos.
** Manual Administrativo de la OM, (Gaceta Oficial del Distrito Federal del 27 de agosto de 2015 en la que fue publicado el “Aviso por el cual se dio a conocer el Manual Administrativo de la OM, con número de registro MA-28/300715-D-OM-4/2014, validado por la CGMA, a través del enlace electrónico de la OM), mediante el cual se publicaron 25 procedimientos.
19
De acuerdo con los procedimientos proporcionados, se determinó que en 2015 la DA en la
SEDECO aplicó 11 procedimientos relacionados con las operaciones del capítulo revisado, no
actualizados conforme al último dictamen de estructura orgánica de la OM (núm. D-OM-4/2014).
Al respecto, se solicitó a la dependencia nota informativa en la que indicara el estado que
guarda la actualización de los procedimientos referidos. En respuesta, la DA en la SEDECO por
medio del oficio núm. SEDECO/DAD/3260/2016 del 4 de noviembre de 2016, proporcionó
el oficio núm. SEDECO/DAD/SRH/1616/2016 del 31 de octubre, con el cual el Subdirector
de Recursos Humanos de la DA remitió los oficios núms. SEDECO/DA/2037/2016,
SEDECO/DA/SRH/660/2015 del 27 de mayo de 2015 y OM/0556/2015 de fecha 3 de septiembre
de 2015, ya proporcionados al inicio de la auditoría, y mencionó los siguiente: “con lo anterior,
se dio cumplimiento a la actualización del manual administrativo de la Oficialía Mayor
conforme al dictamen 4/2014”.
En la reunión de confronta, celebrada el 14 de diciembre de 2016, la DA en la SEDECO
por medio del oficio núm. SEDECO/DAD/3835/2016 del 13 de diciembre de 2016, proporcionó
e informó Nota informativa sin número de fecha 7 de diciembre de 2016, mediante la cual
la Subdirectora de Recursos Humanos le remitió al Director de Administración para la
atención de la observación, lo siguiente:
1. Oficio núm. OM/CGCPUEA/DP/0002/2016, del 15 de agosto de 2016, por medio del
cual, el Director de Profesionalización solicitó a los titulares de las unidades encargadas de
la administración adscritos a la Oficialía Mayor, designar los enlaces de cada unidad
administrativa para comenzar los trabajos de integración del manual administrativo de
la Oficialía Mayor.
2. Los oficios núms. SEDECO/DAD/SRH/1217, SEDECO/DAD/SRH/1218
y SEDECO/DAD/SRH/1219 todos del 19 de agosto de 2016, mediante los cuales
la Subdirectora de Recursos Humanos, envió al Subdirector de Recursos Financieros,
al Director de Administración y Finanzas en la Coordinación General de la Central de
Abasto y a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales (áreas
adscritas a la DA en la SEDECO) la parte de organización del manual administrativo
correspondiente a sus unidades administrativas para que realicen una revisión y hagan
los cambios correspondientes.
20
De lo informado y la documentación proporcionada por la DA en la SEDECO se desprende que
se llevaron a cabo reuniones de trabajo para la actualización del manual administrativo en
la parte de organización; sin embargo, no se informó nada del apartado de procedimientos,
por lo que se confirma la observación manifestada en el presente resultado, en el sentido
de que la DA no contó con procedimientos acordes con su última estructura orgánica.
En conclusión, como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó
que la SEDECO, contó con unidades administrativas estructuradas conforme al manual
administrativo; presentó mecanismos y actividades de control por medio de los procedimientos para
atender y mitigar los riesgos de registro y control de las operaciones que afectaron los
recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, así
como para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la
información y documentación generada; sin embargo, de la revisión a los procedimientos
y de la aplicación de la matriz de control y de ambiente de control, se determinó que la DA
en la SEDECO aplicó once procedimientos para el registro y control de las operaciones
relacionadas con el rubro revisado que no fueron acordes con la última estructura orgánica
autorizada en 2015, lo que a su vez no permite delimitar adecuadamente las responsabilidades
de los servidores públicos encargados del registro y control de las operaciones.
En la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2014, practicada a la SEDECO con clave
ASCM/4/14, el Informe de Auditoría, resultado núm. 1, recomendación ASCM-4-14-2-SEDECO,
se consideró el mecanismo para asegurar que el manual administrativo de la DA en la
dependencia, en sus apartados de organización y procedimientos, sea actualizado y tramitado
ante la autoridad competente para ello, de acuerdo con su dictamen de estructura orgánica
vigente. Al cierre de la etapa de ejecución de la presente auditoría, la recomendación se
encontraba pendiente de solventación, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia
como parte del seguimiento de la recomendación citada.
Cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental
2. Resultado
Con el fin de comprobar que la SEDECO cumplió los artículos 56, 57 y 58 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de
diciembre de 2008 y vigente en 2015), en relación con la generación y publicación
21
de la información financiera de los entes públicos de la Administración Pública del Distrito
Federal; y los artículos 121, 122, 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal (publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre
de 2009, vigente en 2015), respecto de la formulación y envío de los informes establecidos
para la integración de la Cuenta Pública, se realizó lo siguiente:
1. Se verificó que mediante el oficio núm. SEDECO/DA/1056/2015 del 29 de abril de 2015,
la DA en la SEDECO comunicó a la Dirección General de Contabilidad Normatividad
y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN, que con base en su solicitud de evaluaciones
a realizar en 2015 por la SEDECO (oficio núm. DGCNCP/1475/2015), la dependencia
no implementó indicadores de evaluación debido a la publicación reciente de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, por lo que estaría al pendiente de la regulación
por parte de esa DGCNCP y en caso de ser necesario implementar el Programa Anual
de Evaluación.
2. Con los oficios núms. SEDECO/DA/1627/2015 del 14 de julio de 2015, y SEDECO/DA/2366/2015
del 6 de octubre de 2015, la DA en la SEDECO remitió a la DGCNCP de la SEFIN, el
formato siguiente: “Norma para Establecer la Estructura de Información de Montos
Pagados por Ayudas y Subsidios” y con el oficio núm. SEDECO/DA/0042/2015 del 11
de enero del 2016, remitió los formatos siguientes “Norma para Establecer la Estructura de
Información de Montos Pagados por Ayudas y Subsidios”, “Formato de Programas
con Recursos por Orden de Gobierno (período octubre-diciembre 2015), “Formato para la
Difusión de los Resultados de las Evaluaciones” y “Formato del Ejercicio y Destino del
Gasto Federalizado y Reintegros, por el periodo enero-diciembre 2015”. Dichos formatos,
mostraron información de las operaciones realizadas por la SEDECO en el capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, respecto de los recursos
federales aplicados a los programas de la muestra de auditoría.
Derivado de lo anterior, se determinó que la SEDECO proporcionó información a la SEFIN,
de conformidad con los artículos 56, 57, 58 y 79 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental vigente en 2015.
3. En relación con la información presupuestal, programática, contable y financiera que
la dependencia envió a la SEFIN para que ésta elaborara los informes trimestrales,
y formulara la Cuenta Pública del Distrito Federal, en cumplimiento de lo dispuesto
22
en los artículos 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
la DA en la SEDECO proporcionó la documentación siguiente:
a) Con relación a los Informes de Avance Trimestral, facilitó los informes y oficios siguientes:
Oficio Fecha
Período reportado De acuse Límite*
SEDECO-DA/824/2015 15/IV/15 15/IV/15 Enero-marzo
SEDECO-DA/1616/2015 15/VII/15 15/VII/15 Enero-junio
SEDECO-DA/2481/2015 15/X/15 15/X/15 Enero-septiembre
SEDECO-DA/0056/2016 15/I/16 15/I/16 Enero-diciembre
* La fecha límite corresponde a los 15 días naturales siguientes de concluido cada trimestre como lo
dispone el artículo 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
De acuerdo con lo anterior, la SEDECO remitió los Informes de Avance Trimestral
para la formulación de la Cuenta Pública, conforme a los plazos establecidos en el
artículo 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal publicada en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009, vigente en 2015.
b) Referente a los informes mensuales sobre las conciliaciones programático-presupuestales
correspondientes a 2015, se determinó que la DA de la SEDECO remitió a la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los informes con desfases de 1 a 34 días
hábiles a excepción de los meses de agosto, septiembre y octubre y el
correspondiente al cierre, como se muestra a continuación:
Período del 1o. de enero al: Número de oficio
Fecha Desfase
Límite de recibido
31 de enero SEDECO-DA/334/2015 10/II/15 12/II/15 2 días
28 de febrero SEDECO-DA/603/2015 10/III/15 17/III/15 7 días
31 de marzo SEDECO-DA/1156/2015 10/IV/15 14/V/15 34 días
30 de abril SEDECO-DA/1155/2015 11/V/15 14/V/15 3 días
31 de mayo SEDECO-DA/1378/2015 10/VI/15 15/VI/15 5 días
30 de junio SEDECO-DA/1631/2015 10/VII/15 16/VII/15 6 días
31 de julio SEDECO-DA/1902/2015 10/VIII/15 13/VIII/15 3 días
31 de agosto SEDECO-DA/2140/2015 10/IX/15 10/IX/15 0 días
30 de septiembre SEDECO-DA/2405/2015 12/X/15 9/X/15 0 días
31 de octubre SEDECO-DA/2821/2015 10/XI/15 10/XI/15 0 días
30 de noviembre SEDECO-DA/3195/2015 10/XII/15 11/XII/15 1 días
31 de diciembre SEDECO-DA/045/2016 11/I/16 12/I/16 1 días
Cierre definitivo SEDECO-DA/945/2016 31/III/16 31/III/16 0 días
23
Por lo anterior, se determinó que 9 de los 12 informes mensuales sobre las conciliaciones
programático-presupuestales a que hace referencia el artículo 136, fracción I, inciso a),
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, se
remitieron con desfases de 1 a 34 días hábiles, por lo que se incumplió dicho ordenamiento
legal, que dispone:
“Las Dependencias […] deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información:
”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente:
”a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”
Con relación al desfase observado, mediante el oficio núm. ACF-A/16/0997 del
26 de octubre de 2016, la ASCM solicitó a la dependencia nota informativa en la
que se explicaran las causas de dicho desfase. En respuesta, la DA en la SEDECO
con el oficio núm. SEDECO/DAD/3260/2016 del 4 de noviembre de 2016, informó
lo siguiente:
“En cuanto al período de enero-julio, para poder concluir las conciliaciones se dependía
de la recepción del disco de cierre programático-presupuestal mensual, el cual era
turnado por la Dirección de Administración a la Subdirección de Recursos Financieros, y
en algunos casos el oficio de la Dirección General de Política Presupuestal junto
con el disco era entregado posterior a la fecha establecida para las conciliaciones,
lo que venía generando el desfase. En cuanto al mes de marzo, el oficio de la Dirección
General de Política Presupuestal junto con el disco de cierre no fue recibido por la
Dirección de Administración de SEDECO, por lo que esta Jefatura de Unidad solicitó vía
telefónica el envío correspondiente, sin embargo los archivos de cierre fueron
recibidos únicamente a través de electrónico y con fecha 13 de mayo, situación que
genero el desfase más importante que se observa.
”Para el período de agosto-diciembre y con referencia a la Circular DGPP/2176/2015, la
Secretaría de Finanzas estableció un procedimiento para el envío de los reportes
mensuales del Cierre Programático-Presupuestal, donde la DGPP envía a las Unidades
Responsables a través del sistema Informático de Planeación de Recursos
24
Gubernamentales (SAP-GRP), en la transacción ‘correo electrónico’. Este cambio
logró mejorar sustancialmente el desfase en la entrega de información, a pesar que
algunas veces el envío se hace en una fecha muy próxima al vencimiento el plazo
de diez días con los que contamos para el cumplimiento de esta obligación.”
c) Referente a los informes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales, que se encontraran comprometidos; y de la revisión a
la documentación proporcionada con relación a cada uno de los meses, se determinó
que la Subdirección de Recursos Financieros de la DA en la SEDECO remitió a la
Subsecretaría de Egresos los informes relativos a los meses de enero, junio, noviembre
y diciembre con desfases de 1 a 3 días hábiles, conforme a los plazos señalados
en el artículo 56, párrafo primero de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal y el resto de los informes fueron remitidos sin desfases, como se
muestra a continuación:
Período Oficio Fecha
de recibido Desfase
Número Fecha
Enero SEDECO-DA/335/2015 10/II/15 12/II/15 2 días Junio SEDECO-DA/1598/2015 10/VII/15 13/VII/15 3 días
Noviembre SEDECO-DA/3198/2015 10/XII/15 11/XII/15 1 días
Diciembre SEDECO-DA/049/2016 11/I/16 13/I/16 2 días
NOTA: El plazo límite de cumplimiento eran los primeros 10 días hábiles del mes siguiente, artículo 136 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Con relación al desfase observado, la ASCM solicitó a la dependencia nota informativa
en la que se explicaran las causas de dicho desfase; en respuesta, la DA en la
SEDECO con el oficio núm. SEDECO/DAD/3260/2016 del 4 de noviembre de 2016,
informó mediante nota informativa de la Subdirección de Recursos Financieros, lo siguiente:
“Se informa que el desfase que se presentó en 2015 deriva del proceso administrativo, en
el que por falta de alguna firma, o el hecho de atender algún otro asunto en ese
momento, no había sido posible cumplir con la entrega del informe en tiempo, sin embargo
se han tomado las medidas necesarias para instruir al personal adscrito a la Subdirección
de Recursos Financieros para cumplir puntualmente con la entrega de los informes
(oficios EDECO/DAD/SRF/578/2016, y SEDECO/DAD/SRF/JPC/197/2016, ambos
de fecha 5 de octubre del año en curso).”
25
Lo comentado por la Subdirección de Recursos Financieros de la DA en la SEDECO,
confirma el desfase observado en los envíos de los informes mensuales sobre los
recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se encontraron
comprometidos, por lo que la dependencia no cumplió lo dispuesto en el artículo 56
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente que dispone:
“Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades remitirán a la
Secretaría, dentro de los primeros diez días de cada mes, un reporte mensual sobre
los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales, que se
encuentren comprometidos al cierre de mes inmediato anterior…”
En la reunión de confronta, celebrada el 14 de diciembre de 2016, la DA en la SEDECO,
por medio del oficio núm. SEDECO/DAD/3835/2016 del 13 de diciembre de 2016, informó
y proporcionó la documentación siguiente:
Nota informativa sin número de fecha 12 de diciembre de 2016, suscrita por el Subdirector
de Recursos Financieros de la DA en la que informó:
“Para poder realizar el informe sobre las Conciliaciones Programático Presupuestales, se
necesita el cierre programático presupuestal que envía la SEFIN por medio de oficio.”
Al respecto, proporcionó los oficios mediante los cuales la SEFIN comunicó a la SEDECO los
oficios de cierre presupuestal correspondientes a los meses de enero a julio de 2015, así como
los oficios mediante los cuales la SEDECO remitió las conciliaciones programático presupuestales a
la SEFIN (ya proporcionados en la etapa de ejecución de la auditoría) como sigue:
Período Oficio de la SEFIN Fecha
de acuse
Oficio de la SEDECO
Número Fecha Número Fecha de envío
Enero DGPP/0344/2015 3/II/15 11/II/15 SEDECO-DA/334/2015 12/II/15 Febrero DGPP/0608/2015 4/III/15 13/III/15 SEDECO-DA/603/2015 17/III/15
Marzo* SEDECO-DA/1156/2015 14/V/15
Abril DGPP/1235/2015 5/V/15 12/V/15 SEDECO-DA/1155/2015 14/V/15
Mayo DGPP/1490/2015 3/VI/15 15/VI/15 SEDECO-DA/1378/2015 15/VI/15
Junio DGPP/1764/2015 6/VII/15 13/VII/15 SEDECO-DA/1631/2015 16/VII/15
Julio DGPP/2068/2015 5/VIII/15 11/VIII/15 SEDECO-DA/1902/2015 13/VIII/15
* La SEFIN no remitió oficio a la SEDECO, por lo que sólo presentó un correo.
26
También informó lo siguiente:
“El día 19 de agosto de 2015, se recibió la Circular DGPP/2176/2015 emitida el 15 del mismo
mes y año, donde la Secretaría de Finanzas estableció un procedimiento para el envío de
los reportes mensuales del cierre programático presupuestal […]. Este cambio logró mejorar
sustancialmente el desfase en la entrega de información, a pesar de que en algunas ocasiones
el envío se hace en una fecha muy próxima al vencimiento del plazo de diez días hábiles
con que contamos para el cumplimiento de esta obligación.
”Asimismo, por medio de los oficios núms. SEDECO/DAD/2918/2016,
SEDECO/DAD/SRF/578/2016 y SEDECO/DAD/SRF/JPC/197/2016 todos del 4 de octubre
de 2016, mediante los cuales el Director de Administración instruyó al Subdirector de Recursos
Financieros y este al Jefe de Unidad Departamental de Programación y Control Presupuestal
y el personal adscrito a dicha jefatura, para que los informes mensuales sobre las conciliaciones
programático-presupuestales se remitan a la instancia correspondiente en los plazos establecidos
en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.”
Adicionalmente, proporcionó ocho oficios mediante los cuales el Director de Administración en
la SEDECO remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN las cédulas de conciliación
de cifras programático-presupuestales correspondientes a los meses de enero a julio y por el
período de enero a agosto de 2016, como se muestra a continuación:
Período Oficio de la SEDECO
Número Fecha de acuse
Enero SEDECO7/DA/273/2016 9/II/16
Febrero SEDECO/DA/755/2016 7/III/16
Marzo SEDECO/DA/1043/2016 11/IV/16
Abril SEDECO/DA/11357/2016 10/V/16
Mayo SEDECO/DA/1635/2016 9/VI/16
Junio SEDECO/DA/2087/2016 12/VII/16
Julio SEDECO/DA/2315/2016 10/VIII/16
Enero-septiembre SEDECO/DA/2933/2016 7/IX/16
Dichos informes fueron remitidos a la SEFIN en los plazos establecidos en la normatividad.
Lo informado por la DA en la SEDECO en su respuesta de confronta corroboró los
desfases que se presentaron en él envío de los informes sobre las conciliaciones
27
mensuales del ejercicio 2015, y confirmó la observación señalada. En la auditoría con
clave ASCM/4/14 practicada por la ASCM a la SEDECO en la Cuenta Pública 2014, en el
resultado núm. 3 del Informe Final de Auditoría, se emitió la recomendación con clave
ASCM-4-14-4-SEDECO, en la que se previó el mecanismo para asegurar que los informes
mensuales sobre las conciliaciones programático-presupuestales se remitan a la instancia
correspondiente en los plazos establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal. Al cierre de la etapa de ejecución de la presente auditoría (noviembre de
2016), la recomendación se encontró pendiente de solventación, por lo que se dará tratamiento
a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
Respecto a los desfases de los informes mensuales del presupuesto comprometido
manifestados en el inciso c) del presente resultado, la DA en la SEDECO proporcionó
lo siguiente:
1. Oficios núms. SEDECO/DA/778/2016 y SEDECO/DA/SRF/157/2016 del 9 y 10 de marzo
de 2016, respectivamente, por medio de los cuales el Director de Administración
instruyó al Subdirector de Recursos Financieros y éste al Jefe de Unidad Departamental de
Programación y Control Presupuestal para que se implementen o, en su caso mejoren
las acciones a fin de garantizar que los informes mensuales del presupuesto comprometido
se entreguen a la SEFIN dentro de los primeros diez días de cada mes.
2. Ocho oficios mediante los cuales el Director de Administración en la SEDECO remitió
a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los informes de presupuesto comprometido
de los meses de enero a julio y por el período de enero a agosto de 2016, como se
muestra en seguida:
Período Oficio de la SEDECO
Número Fecha de acuse
Enero SEDECO7/DA/383/2016 11/II/16 Febrero SEDECO/DA/771/2016 11/III/16
Marzo SEDECO/DA/1058/2016 13/IV/16
Abril SEDECO/DA/11362/2016 10/V/16
Mayo SEDECO/DA/1653/2016 10/VI/16
Junio SEDECO/DA/2088/2016 12/VII/16
Julio SEDECO/DA/2319/2016 10/VIII/16
Septiembre SEDECO/DA/2936/2016 10/IX/16
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De acuerdo con los oficios proporcionados, dichos informes fueron remitidos a la
SEFIN en los plazos establecidos en la normatividad aplicable. En el Informe Final de
la Auditoría financiera con clave ASCM/4/14, practicada a la SEDECO por la ASCM
en el ejercicio de 2014, en el resultado núm. 7, se emitió la recomendación con clave
ASCM-4-14-6-SEDECO, en la que se indicó que la dependencia debía implementar
mecanismos que aseguraran que los informes mensuales del presupuesto
comprometido, se remitieran a la instancia correspondiente en los plazos establecidos
en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Al cierre de la etapa
de ejecución de la presente auditoría (noviembre de 2016), la recomendación se encontró
pendiente de solventación, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como
parte del seguimiento de la recomendación citada.
Registro Contable y Presupuestal del Gasto
3. Resultado
Para verificar que los registros contables y presupuestales de las etapas del gasto aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado por la SEDECO con cargo al
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se efectuaran conforme
a la normativa vigente, se solicitó a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad
y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN (oficio núm. ACF-A/16/0683 del 3 de agosto),
los auxiliares contables correspondientes a las operaciones de la SEDECO registradas
en 2015 con cargo a dicho capítulo, y en específico, los correspondientes a la partida
presupuestal 4331 “Subsidios a la Inversión”.
En respuesta, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la
Subsecretaría de Egresos adscrita a la SEFIN, con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/3218,
de fechas 11 de agosto de 2016, proporcionó los auxiliares contables y presupuestales, de los
momentos contables de los egresos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones ,
Subsidios y Otras Ayudas”, así como los registros contables relativos a las partidas del capítulo
conforme a lo siguiente:
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(Miles de pesos)
Concepto Clave Importe
Contable Presupuestal Parcial Total
Presupuesto aprobado total de la dependencia 8211000000 309,016.9
Presupuesto aprobado (capítulo 4000) 10,000.0
Presupuesto modificado 8231000000 140,162.5
Presupuesto de egresos comprometido 8241000000 150,162.5
Subsidios a la inversión (gasto corriente) 5231143311 4331 146,938.5
Otros subsidios 5231143911 4391 3,092.0
Becas y otras ayudas para programas de capacitación 4421 132.0
Sumas 150,162.5
Presupuesto de egresos devengado 8251000000 150,162.5
Presupuesto de egresos ejercido 8261000000 150,162.5
Presupuesto de egresos pagado 8271000000 150,162.5
Del análisis a la información anteriormente descrita, se determinó que los montos de los
recursos del capítulo revisado y de las partidas respectivas son congruentes con lo reportado
en la Cuenta Pública del Distrito Federal; asimismo, se verificó que los registros contables
se efectuaron conforme al Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, Sector
Central; que el gasto fue aplicado con sujeción a las partidas del Clasificador por Objeto
del Gasto del Gobierno del Distrito Federal en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente, vigentes en 2015; que los registros contables fueron efectuados
en concordancia con lo dispuesto en las normas emitidas por el Consejo de Armonización
Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF). Dichas normas son: Normas y Metodología
para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos, Plan de Cuentas,
Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros Relacionados
con los Recursos Públicos Federales, Clasificador por Objeto del Gasto, Adecuaciones al
Clasificador por Objeto del Gasto y Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal,
Sector Central.
Adicionalmente, se verificó que la SEFIN operó el Sistema Informático de Planeación
de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP) para el registro presupuestal y de trámite de pago de
las operaciones del capítulo revisado, además, concentró la información presupuestaria, financiera y
contable de la dependencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente, vigente en 2015.
30
También se comprobó que dentro del reporte del pasivo de 2014 pagadero en 2015 y del
correspondiente a 2015 registrado por la SEDECO y enviado a la SEFIN, no se asentaron
adeudos, ya que no tuvo pasivos pendientes de pago relacionados con la muestra de auditoría.
Gasto Aprobado
4. Resultado
Con el propósito de verificar los recursos del presupuesto asignado en el ejercicio 2015 a
la SEDECO, para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,
se revisó el techo presupuestal, el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal
autorizados por la SEFIN a la dependencia, así como el Modulo de Integración por Resultados,
Modulo de Integración Financiera y Programas Presupuestarios y la información requerida
por la SEFIN con fundamento en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación
del Anteproyecto del presupuesto de Egresos 2015. De la revisión a la documentación
proporcionada se observó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/4329/2014, del 5 de noviembre de 2014, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la SEDECO el techo presupuestal asignado a la
dependencia (por un total de 229,016.9 miles de pesos) para que procediera a la formulación de
su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2015.
2. De conformidad con los artículos 21, párrafo primero; y 26, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, el Secretario de la SEDECO remitió a la SEFIN
el oficio núm. SEDECO/OS/1035/2014 del 20 de noviembre de 2014, acompañado de
los documentos siguientes: Integración por Resultados e Integración Financiera y el formato
denominado “Línea de Acción del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
para el ejercicio 2015”, generados por el GRP-SAP en las fechas indicadas en el oficio de
la SEFIN.
3. Como resultado de la revisión al soporte documental del anteproyecto del presupuesto de
egresos de la SEDECO para el ejercicio 2015, se desprende que dicho documento
contó con la información requerida conforme al Manual de Programación-Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio
31
Fiscal 2015. Dicha documentación consistió en el Modulo de Integración por Resultados,
Modulo de Integración Financiera y Programas Presupuestarios.
a) En el caso del primer módulo se incluyó el Guion del Programa Operativo Anual
y el Marco de Política Pública, en los que se definieron las actividades institucionales,
las metas físicas y financieras, los mecanismos de identificación de las metas
(parámetros) y la vinculación con los objetivos del Programa General de Desarrollo
del Distrito Federal. Al respecto, se comprobó que la SEDECO consideró en el
anteproyecto un total de 15 actividades institucionales, que en el caso del capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, la actividad
institucional registrada fue la 342 “Desarrollo y fomento económico”, la cual consideró
una meta física de 9 asesorías con un importe estimado de demanda financiera de
10,000.0 miles de pesos. De lo anterior, se comprobó que tanto la actividad
institucional como las metas se encontraron vinculadas con el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 para el cumplimiento de las atribuciones
de la SEDECO, por medio de la siguiente estructura funcional:
Clave Concepto
Eje 3. Desarrollo Económico Sustentable
Área de oportunidad 6. Desarrollo Empresarial y Competitividad
Objetivo 9 9. Diseñar e implementar un sistema de información económica propio
de la Ciudad de México, cuyos indicadores definan tendencias y prospectivas y detecten polígonos de inversión, para apoyar la toma de decisiones del gobierno en materia de planes y programas de desarrollo
económico, así como del sector privado en materia de inversiones.
Meta 1. Creación y consolidación de un sistema de información económica de la Ciudad de México, que permita en el corto, mediano y largo
plazos su utilización continua para generar alertas tempranas y detectar oportunidades de inversión en la economía local.
Línea de acción 1. Crear la Comisión Interdependencial de Desarrollo Económico.
b) En el caso del Módulo de Integración Financiera se incluyó el analítico de claves
y el flujo de efectivo. Dentro del analítico de claves se pudo verificar que se
consideraron los 10,000.0 miles de pesos, como recurso asignado a la partida
presupuestal 4331 “Subsidios a la Inversión”, única partida que registró presupuesto
asignado en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”.
32
Al respecto, se desprende que el Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2015 de
la SEDECO se elaboró conforme a las Reglas de Carácter General para la Integración
de los Anteproyectos del Presupuesto de Egresos de las Dependencias […] de la
Administración Pública del Distrito Federal (publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de octubre de 2013); al Manual de Programación-Presupuestación para
la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2015; al Manual de
Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública
del Distrito Federal; al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; así como
a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y a su reglamento,
vigentes en 2015.
4. Conforme al artículo 5o. del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 22 de diciembre de 2014, a la SEDECO le correspondieron recursos por
239,016.9 miles de pesos y adicionalmente en el inciso c del numeral II del artículo 8
del mismo decreto se indicó que: “70,000,000.0 millones de pesos adicionales al presupuesto
asignado en el artículo 5 a la SEDECO para el mantenimiento de mercados públicos,
los cuales transferirá a las delegaciones conforme a las disposiciones que emita para
tal efecto”. De acuerdo con lo anterior, el total asignado a la dependencia fue de
309,016.9 miles de pesos que representaron el 0.5% del presupuesto asignado a las
dependencias (59,273,605.2 miles de pesos).
5. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0031/2015 del 5 de enero de 2015, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó a la SEDECO el techo presupuestal definitivo aprobado
por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el cual consideró los 309,016.9 miles
de pesos indicados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el Ejercicio Fiscal 2015. Dicho monto incluyó los 10,000.0 miles de pesos asignados al
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
6. Con el oficio núm. SFDF/SE/0447/2015 del 28 de enero de 2015, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la SEDECO el Calendario Presupuestal y el Programa
Operativo Anual definitivos para el ejercicio fiscal 2015, los cuales, informó, correspondieron
a los montos aprobados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Por ello, se cumplió
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lo dispuesto en el artículo 21, párrafo sexto, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal.
La información relativa al anteproyecto del presupuesto de egresos y el presupuesto definitivo
comunicado por la SEFIN a la SEDECO, confirmó que se contó con los recursos presupuestales
asignados por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, conforme al presupuesto aprobado en
el artículo 5o. del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal 2015, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 22 de diciembre de 2014
y al presupuesto aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Asimismo, se comprobó que tanto el techo presupuestal aprobado, el analítico de claves,
el POA y el calendario presupuestal consideraron recursos para el capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y en específico para la partida revisada
(4331 “Subsidios a la Inversión”) de acuerdo con los objetivos estratégicos del Programa Operativo
Anual, que entre otros menciona:
“Promover y organizar en redes por actividad económica a la micro, pequeña y mediana
empresa bajo nuevos esquemas de apoyo a la producción, financiamiento y comercialización e
Impulsar y establecer las relaciones de coordinación interinstitucional locales y metropolitanas
para orientar el desarrollo de la región hacia la sustentabilidad.”
Gasto Modificado
5. Resultado
Con objeto de verificar que el presupuesto modificado del capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, y en específico de la partida revisada (4331
“Subsidios a la Inversión”), se haya realizado conforme a la normatividad y que las afectaciones
presupuestarias hayan sido debidamente registradas y soportadas con la documentación
correspondiente, se efectuaron las siguientes pruebas de auditoría:
1. Se comprobó que en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, la SEDECO
reportó un presupuesto asignado para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas” de 10,000.0 miles de pesos y un modificado y ejercido de
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150,162.5 miles de pesos, lo que representó un incremento de 140,162.6 miles de pesos
(1,401.6%) respecto al presupuesto asignado originalmente.
2. Se verificó que el incremento en el capítulo de 140,162.6 miles de pesos se realizó
mediante 14 afectaciones programático-presupuestarias. Con relación a la partida revisada,
el incremento fue de 136,938.5 miles de pesos (97.7% de la modificación total). Dicha
modificación se efectuó mediante 11 afectaciones conformadas por 16 movimientos
presupuestarios integrados con 7 adiciones liquidas y 2 compensadas, 2 ampliaciones
compensadas, 2 reducciones compensadas y 3 líquidas, como se muestra en el cuadro
siguiente:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original del capítulo 10,000.0
Más movimientos de las partidas de la muestra
Adiciones:
Compensadas 15,000.0
Líquidas 112,994.5 127,994.5
Ampliaciones:
Líquidas 31,921.7
Total ampliaciones y adiciones 159,916.2
Menos:
Reducciones
Compensadas (15,000.0)
Líquidas (4,753.7) (19,753.7)
Total reducciones (19,753.7)
Presupuesto modificado del capítulo 150,162.5
3. Las afectaciones presupuestarias fueron elaboradas y requisitadas por la SEDECO
mediante el sistema GRP-SAP, de conformidad con el capítulo III “Registro de Operaciones
Presupuestarias”, sección tercera “De las Adecuaciones Presupuestarias” del Manual de
Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública
del Distrito Federal.
Derivado del análisis a las afectaciones programático presupuestarias, se determinó
que fueron elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos
35
facultados para ello; sin embargo, la afectación núm. B 04 CO 01 20270, gestionada
por la SEDECO el 31 de diciembre de 2015, en la que se registró una reducción líquida
de recursos en diversos capítulos de gasto por un monto de 11,660.8 miles de pesos,
se afectó el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
por un importe de 3,868.0 miles de pesos.
Al respecto, se observó que en el formato de la justificación, no se indicó el argumento del
por qué se redujeron recursos en el capítulo revisado, tampoco presentó el formato
de modificación de metas que afectó la actividad institucional 342 “Desarrollo y Fomento
Económico”. Al respecto, mediante el oficio núm. ACF-A/16/0997 del 26 de octubre de 2016,
la ASCM solicitó a la dependencia una nota informativa en la que se explicaran
las causas por las cuales no se indicó en la justificación el argumento de la reducción
de recursos en el capítulo revisado y no se presentó el formato de modificación de metas.
En respuesta, mediante el oficio núm. SEDECO/DAD/3260/2016 del 4 de noviembre
de 2016, la DA en la SEDECO proporcionó nota informativa elaborada por la Subdirección de
Recursos Financieros en la que manifestó lo siguiente:
“En el siguiente cuadro se muestran las partidas del capítulo 4000 así como los
importes que se incluyen en la reducción líquida de cierre realizada con la afectación
núm. B 04 C0 01 20270:
”(Pesos)
”Posición Presupuestaria
Área funcional Denominación del área funcional Unidad
de medida Total
43911100 311342 Desarrollo y fomento económico Asesoría (849,462.5)
44211100 311342 Desarrollo y fomento económico Asesoría (36,250.0)
43311100 311383 Fortalecimiento a los micro negocios Apoyo (3,868,000.0)
Total (4,753,712.5)
”En el primer párrafo de la justificación de la reducción se menciona de manera general que
las disponibilidades se presentan en los capítulos 1000 ‘Servicios Personales’, 2000
‘Materiales y Suministros’, 3000 ‘Servicios Generales’, 4000 ‘Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas’ y 5000 ‘Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles’, con dígito
identificador 1 y 2 y posteriormente se desglosan algunas de las partidas más representativas
36
de los diferentes capítulos, de lo que se desprende que aun cuando no se detallan las
tres partidas del capítulo 4000 que se afectaron, si se menciona de manera general
que existen disponibilidades del capítulo 4000.
”En cuanto a la partida 4421 ‘Becas y otras ayudas para programas de capacitación’,
el importe de 36,250.00 que se redujo, corresponde al remanente en la suficiencia
presupuestal que se otorgó para la suscripción del Convenio de Capacitación, la cual
fue otorgada por un monto de 168,200.00 y finalmente el Convenio fue firmado
con Jóvenes emprendedores Horizonte 2000, A.C., por un monto de 131,950.00,
quedando un remanente de 36,250.00; mismos que por tener origen de recursos
líquido no eran susceptibles de ser reorientados hacia otro partida de gasto, razón por
la cual su destino final fue una reducción líquida que no implica reducción de metas,
oficio número SEDECO/SDEyS/DEAAN/188/2015, de fecha 23 de diciembre de 2015,
a través del cual el Director Ejecutivo de Asesoría para la apertura de negocios solicita
ampliación presupuestal para la ejecución de la Fase 11 del Programa de Fomento
a la Formalización de Actividades Económicas de la Ciudad de México (Autotransporte
de Pasajeros y taxis en el D.F.), en dicho oficio además de mencionar las partidas
e importes necesarios para la ejecución del Programa en mención, también solicitan
la ampliación de 116 metas físicas.
”Finalmente, en cuanto a la partida 4391 ‘Otros subsidios’ el importe de 849,462.50
que se redujo, corresponde a 25 concesiones individuales de 33,978.50 cada una que
no fueron ejercidas.
”Asimismo se remite la Afectación número B 04 CO 01 20270 con el formato de adecuación
programática de metas, en la cual se observa que en la actividad institucional 311383
‘Fortalecimiento a los Micro Negocios’ con unidad de medida apoyo, se redujeron
1,934 metas físicas, debido a que al cierre del Programa Yo te apoyo 2015, se realizó
el reintegro de los apoyos que no fueron cobrados por los beneficiarios.”
De acuerdo con lo manifestado por la Subdirección de Recursos Financieros de la DA
en la SEDECO en su nota informativa y la documentación proporcionada, se pudo
comprobar que sí se elaboró el formato de modificación de metas; sin embargo, se confirmó
37
la observación señalada en el sentido de que no se detalló en el formato de la justificación
las causas por las cuales se redujeron los recursos en las diferentes partidas del
capítulo revisado, ya que los argumentos presentados en su nota correspondiente no
se encontraron plasmados en dicha afectación, por lo que la SEDECO no cumplió a lo
dispuesto en el numeral I, del artículo 92 del Reglamento de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal y el segundo párrafo del numeral 81, del Manual
de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal (publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de
diciembre de 2012), vigentes en 2015 que disponen:
“Articulo 92. En todos los casos las Unidades Responsables del Gasto deberán justificar las
adecuaciones Presupuestarias, señalándose la información siguiente:
”I. Motivos de la propuesta de reducción al presupuesto tanto de las actividades institucionales
como de las claves presupuestarias, señalando las acciones que se verán afectadas,
derivadas de la disminución de recursos o bien, los efectos del resultado de la
instrumentación de medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria, así como
la obtención de mejores cotizaciones en los procesos licitatorios, con respecto a los
costos previstos, entre otros y.”
“Numeral 81. […]
”Las URG’s que requieran modificar el destino de las ampliaciones líquidas, deberán
de proceder en primera instancia a realizar la reducción presupuestaria líquida
correspondiente, explicando con detalle las causas que impidieron su ejecución,
posteriormente si es necesario, poner a consideración de la DGPP los nuevos proyectos
a ejecutar.”
4. Las afectaciones programático presupuestarias de la partida presupuestal 4331 “Subsidios
a la Inversión” con movimientos de adicciones y ampliaciones, se realizaron con la finalidad
de contar con suficiencia presupuestal en las actividades institucionales 353 “Fomento
a proyectos de inversión” y 383 “Fortalecimiento a los micronegocios”, para llevar a
cabo el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, y el Programa
Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te apoyo”, así como
38
cumplir los compromisos del Convenio Marco de Coordinación para el Desarrollo de la
Competitividad de la Micro, Pequeña y Medina Empresa. Por su parte, las reducciones
compensadas de recursos se debieron principalmente al traspaso de los recursos de
la actividad institucional 342 “Desarrollo y fomento económico” para dar suficiencia
presupuestal a la actividad institucional 353 “Fomento a proyectos de inversión”.
5. De la fuente de financiamiento (origen) de los recursos que se gestionaron con las
afectaciones presupuestarias por los 140,162.5 miles de pesos, correspondió, 67,730.3 miles
de pesos, a recursos fiscales y 72,300.2 miles de pesos con fuente de financiamiento de
recursos federales.
6. De conformidad con el presupuesto aprobado de 10,000,0 miles de pesos, sólo para
la actividad institucional 342 “Desarrollo y fomento económico”, la SEDECO requirió la
adición de recursos para el otorgamiento de apoyos (subsidios) provenientes de
programas federales (de la muestra de auditoría) por lo que realizó las modificaciones
de las metas, mediante las 11 afectaciones programáticas presupuestarias que afectaron la
partida 4331 “Subsidios a la Inversión”. Al respecto, se observó lo siguiente:
a) En la actividad institucional 342 “Desarrollo y fomento económico” se estimó
originalmente una meta física de 9,000 asesorías. Para ello se tomaron como
parámetros los eventos realizados con pequeñas y medianas empresas apoyadas
por la SEDECO en el ejercicio anterior. Asimismo, la DA en la SEDECO,
mediante el oficio núm. SEDECO/DAD/2932/2016 del 6 de octubre de 2016,
proporcionó el formato denominado “CAMAI Calendario de Metas por Actividad
Institucional”, en el que se consideraron 9,000 apoyos consistentes en lo siguiente:
180 asesorías, 19 apoyos a Proyectos INADEM, 10 apoyos a Proyectos PROSOFT,
una Constancia (en la que la SEDECO fungiría como aval), 8,100 apoyos que
se podrían otorgar derivados de la Expo PYMES 2015, 360 Asesorías para
el Desarrollo Empresarial, 80 Apoyos para el Club de Exportadores y 250 apoyos
de Acompañamiento Empresarial.
b) En la actividad institucional 353 “Fomento a proyectos de inversión”, se fijaron como
metas físicas el apoyo a 26 micro, pequeñas y medianas empresas con recursos
del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software PROSOFT y recursos
39
del Convenio Marco de Coordinación para el Desarrollo de la Competitividad de la
Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Para dar a conocer los parámetros consideradas
para la fijación de las metas físicas en esta actividad, la DA en la SEDECO,
mediante el oficio núm. SEDECO/DAD/2932/2016 del 6 de octubre de 2016,
proporcionó el documento denominado “Formato de Estimación de Metas 2015,
Actividad institucional 353 ‘Fomento a Proyectos de Inversión’”, en el que se indicó
que se estimaba dar apoyos a 7 proyectos del Fondo Nacional del Emprendedor
(FNE) y 15 apoyos al PROSOFT; y el formato denominado “Estimación de Proyectos
que serán apoyados”, que previó un total de 22 proyectos que podrían ser apoyados
en 2015.
c) Respecto a la actividad institucional 383 “Fortalecimiento a los Micronegocios”, de
acuerdo con las afectaciones presupuestarias, se apoyaron a 22,000 beneficiarios
con recursos del Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito
Federal “Yo te apoyo”. Como evidencia documental de los parámetros para la
fijación de metas físicas y financieras, la DA en la SEDECO, mediante el oficio
núm. SEDECO/DAD/2932/2016 del 6 de octubre de 2016, proporcionó el formato
denominado “Solicitud de Integración de Actividad Institucional de la Estructura
Programática” y el formato “Marco de Política Pública” del Anteproyecto del Presupuesto
de Egresos 2015, en los que se indicó la apertura programática de la actividad
institucional 383 “Fortalecimiento a los micronegocios”.
La distribución de metas físicas y recursos financieros de las actividades instituciones del
rubro revisado se muestran a continuación:
40
(Miles de pesos)
Actividad institucional Afectaciones Meta física Demanda financiera
Original Modificada Original Modificada
342 “Desarrollo y fomento económico” B 04 C0 01 12582 9,000 10,000.0 0.0
B 04 C0 01 20270 96 (885.7)
B 04 C0 01 13180 (10,000.0)
C 04 C0 01 18418 116 4,109.7
Subtotal 9,000 212 10,000.0 (6,776.0)
353 “Fomento a proyectos de inversión”
B 04 C0 01 13180 0 2 0.0 10,000.0
C 04 C0 01 13638 2 22,040.0
C 04 C0 01 17011 2 18,338.5
C 04 C0 01 17015 15 18,338.5
C 04 C0 01 17087 0 6,167.8
C 04 C0 01 17095 4 8,257.3
C 04 C0 01 18703 0 23,664.4
Subtotal 0 26 0.0 106,806.5
383 “Fortalecimiento a los micronegocios”
C 04 C0 01 13068 0 22,000 0.0 44,000.0
B 04 C0 01 20270 0 (3,868.0)
Subtotal 0 22,000 0.0 40,132.0
Total 10,000.0 140,162.5
De acuerdo con lo anterior, las afectaciones programático-presupuestarias registradas
en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” contribuyeron
al cumplimiento de las metas y objetivos de los programas llevados a cabo por la SEDECO
en 2015. Con ello se cumplió el artículo 77 de la Ley de presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal que indica:
“Las adecuaciones presupuestarias se realizarán siempre que permitan un mejor
cumplimiento de los objetivos y metas de las vertientes de gasto a cargo de las Dependencias,
[…] mismas que tomarán en cuenta:
”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos
y metas que lleven a cabo mensualmente, y
”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo
de las funciones.”
41
En la reunión de confronta celebrada el 14 de diciembre de 2016, la DA en la SEDECO mediante
el oficio núm. SEDECO/DAD/3835/2016 del 13 de diciembre de 2016, proporcionó los oficios
siguientes:
1. Oficios núms. SEDECO/DAD/3808/2016, SEDECO/DAD/SRF/776/2016
y SEDECO/SRF/JPC/252/2016 todos del 12 de diciembre de 2016, por medio de los
cuales el Director de Administración instruyó al Subdirector de Recursos Financieros y
éste al Jefe de Unidad Departamental de Programación y Control Presupuestal y al personal
respectivo de dicha jefatura, para que implementaran o, en su caso, mejoraran los
mecanismos de control a fin de asegurarse de que en el apartado de justificación de
las afectaciones programático presupuestarias se detallaran todas las reducciones
y ampliaciones de recursos, lo anterior de conformidad con la normatividad aplicable.
2. Oficio núm. SEDECO/DAD/SRF/777/2016 del 12 de diciembre de 2016, mediante el cual el
Subdirector de Recursos Financieros solicitó al Subdirector de Recursos de Recursos
Materiales y Servicios Generales que, en caso de solicitar o cancelar la suficiencia
presupuestal de recursos, se envíe una justificación amplia y detallada donde se expongan
las causas que hacen necesarios los movimientos presupuestales.
Lo manifestado y la documentación proporcionada por la DA en la SEDECO, confirma
la observación, ya que sólo proporcionó evidencia documental de los oficios de instrucción
a las áreas responsables y no evidencia de los mecanismos de control implementados, ni
de su cumplimiento.
Recomendación ASCM-4-15-1-SEDECO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Económico, por conducto de la Dirección de
Administración, establezca mecanismos de control a fin de garantizar que las afectaciones
programático-presupuestarias que elabore con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, estén soportadas con la descripción detallada
de la justificación de la reducción o ampliación de recursos en las partidas presupuestales del
capítulo, de acuerdo con la normatividad aplicable.
42
Gasto Comprometido
6. Resultado
En 2015, la SEDECO ejerció un monto de 150,162.5 miles de pesos con cargo al capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, de los cuales 146,938.5 miles
de pesos (97.8%) correspondieron a la partida 4331 “Subsidios a la Inversión”; 3,092.0 miles de
pesos (2.1%) a la partida 4391 “Subsidios para Capacitación y Becas” y 132.0 miles de pesos
(0.1%), a la partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”. Para efectos
de la revisión se seleccionó la primera partida con base en el criterio de importancia relativa, de
la cual se determinó una muestra de auditoría de 90,735.1 miles de pesos, que representó
el 60.4% del capítulo.
De acuerdo con la muestra determinada, y con el propósito de verificar si la SEDECO contó con
la debida formalización de los instrumentos jurídicos suscritos con los beneficiarios de los
subsidios otorgados por la dependencia en 2015, fueron requeridos los siguientes documentos:
(Miles de pesos)
Fondo / Convenio Fecha Beneficiario Importe
Fondo Nacional del Emprendedor / Apoyo PYME
FNE-150715-CP12-3-00169410 1/X/15 Servicio Nacional de Rotomoldeo, A.C. 27,000.0
FNE-151019-CESP-00219600 28/XII/15 Startup Cluster, S.A., P.I. de C.V. 15,610.1
FNE-150707-CP12-00168039 7/XII/15 Innovación Social y Ambiental, A.C. 8,054.3
Subtotal 50,664.4
Programa para el Desarrollo de la Industria del Softw are PROSOFT
Folio 201513529 24/IX/15 Tyco Servicios Compartidos, S.C. 4,525.2
Folio 201513167 24/IX/15 Asociación Mexicana de la Industria
de Tecnologías de la Información, A.C.
5,061.5
Subtotal 9,586.7
Programa para el Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”*
Secretaria de Desarrollo Económico 30,484.0
Suma del fondo 30,484.0
Total 90,735.1
* Para este tipo de apoyos no se realizó convenio con los 22,000 beneficiarios, sólo se realizó convenio por la transferencia
de los recursos federales.
De acuerdo con lo anterior, la SEDECO realizó el registro de los recursos de la partida
4331 “Subsidios a la Inversión” con cargo a tres programas de apoyo provenientes de recursos
federales y locales.
43
Se comprobó que el titular de la SEDECO autorizó al DA por medio de los oficios
núms. SEDECO/OS/738/2015, SEDECO/OS/742/2015 y SEDECO/OS/875/2015 del 16
y 19 de octubre y 7 de diciembre de 2015, respectivamente, (con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, y el Convenio de Coordinación
para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa), el ejercicio
de recursos con cargo a la partida presupuestal 4331 “Subsidios a la Inversión” y cada uno
de los tres programas descritos. Dichos programas y convenios contaron con los antecedentes
siguientes:
Fondo Nacional del Emprendedor
El 30 de diciembre de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley para
el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con objeto
de promover el desarrollo económico nacional por medio del fomento a la creación de micro,
pequeñas y medianas empresas y el apoyo a su viabilidad, productividad, competitividad y
sustentabilidad.
Con el fin de brindar el apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas, mediante
el decreto presidencial emitido el 11 de enero de 2013 y publicado el 14 del mismo mes
y año en el Diario Oficial de la Federación, se creó el Instituto Nacional del Emprendedor
(INADEM). Dicho decreto establece que el instituto es un órgano administrativo desconcentrado
de la Secretaría de Economía, que tiene por objeto instrumentar, ejecutar y coordinar la
política nacional de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas
empresas, impulsando su innovación, competitividad y proyección en los mercados nacional
e internacional para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social,
así como coadyuvar al desarrollo de políticas que fomenten la cultura y productividad empresarial.
El FNE se creó con el objetivo de lograr un crecimiento económico en todo el país con
base en un incremento de la productividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(MIPYMES), mediante la promoción y desarrollo del talento innovador de los emprendedores
divididos en sectores estratégicos, para fortalecer el crecimiento nacional, regional y sectorial.
Para ello se otorgaría un financiamiento, las personas que decidieran iniciar, crecer o mejorar
su empresa.
44
Con fecha 23 de abril del 2009, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la Ley
para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito
Federal, la cual tiene por objeto promover y apoyar la viabilidad, productividad, competitividad
y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas radicadas en el Distrito
Federal, así como incrementar su participación en el mercado nacional e internacional,
con la finalidad de fomentar y preservar el empleo y bienestar económico de los habitantes del
Distrito Federal.
El 2 de abril de 2014, el Ejecutivo Federal por medio de la Secretaría de Economía, representado
por conducto del Instituto Nacional del Emprendedor y el Gobierno del Distrito Federal por
conducto de la Secretaría de Desarrollo Económico y la Secretaría de Finanzas suscribieron el
Convenio Marco de Coordinación para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña
y Mediana Empresa, con el objeto de establecer las bases y procedimientos de coordinación
y cooperación entre ambos órdenes de gobierno para promover el desarrollo económico a
nivel regional y sectorial del Distrito Federal por medio de: participar en proyectos de interés
común, fomentar la productividad y mejorar la capacidad competitiva de las empresas y fortalecer
de manera conjunta, planificada y sistemática el emprendimiento y el desarrollo empresarial.
Con fecha 24 de diciembre de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las
Reglas de Operación del Fondo Nacional del Emprendedor 2015, con el objeto de incentivar el
crecimiento económico nacional, regional y sectorial, mediante el fomento a la productividad e
innovación en las Micro, Pequeñas y Medianas empresas ubicadas en sectores estratégicos
que impulsaran el emprendimiento y el desarrollo empresarial.
De acuerdo con las Reglas de Operación del Fondo Nacional del Emprendedor, las características,
objetivos y modalidades de los apoyos, el proceso de registro, evaluación y determinación
de los beneficiarios sería de la siguiente manera:
1. Los apoyos del FNE serán otorgados a través de dos modalidades:
a) Por medio de convocatorias públicas, y
b) Asignación directa de apoyos
45
2. Las reglas 4 a 7, establecen que se otorgarán apoyos del FNE en cada una de las categorías
de acuerdo a las modalidades previstas en el Anexo de las Reglas de Operación,
asimismo, los apoyos se entregarán directamente a la población objetivo, y de manera
indirecta por conducto de Organismos Intermedios de conformidad con los requisitos
que se determinen en las Convocatorias que para tal efecto se expidieran.
3. Por su parte las reglas 8 a 26 establecen el proceso de registro, evaluación y determinación
de los beneficiarios conforme a lo siguiente:
Las solicitudes de apoyo, las evaluaciones del Sistema Nacional de Evaluadores, del Comité
Estatal, resoluciones del Consejo Directivo, las notificaciones a los proyectos que fueron
aprobados o rechazados, los acuerdos y actas de las Sesiones de Consejo Directivo,
los instrumentos jurídicos, la comprobación y seguimiento de los proyectos apoyados
por el FNE, así como el cierre de proyectos, se realizarán exclusivamente por medio
del Sistema Emprendedor (plataforma informática), de la misma manera, el solicitante
podrá pedir información del proceso de evaluación mediante dicho Sistema.
Las convocatorias que se emitan en el marco del FNE serán difundidas por medio
de la página electrónica del Sistema Emprendedor y de los medios que establezca el INADEM.
La documentación jurídica del beneficiario y del organismo intermedio debe validarse
previamente a la presentación de proyectos por la Dirección General Adjunta de Asuntos
Jurídicos deI INADEM.
Evaluación Técnica y Normativa
La evaluación de los proyectos que solicitan apoyos del FNE se efectuará mediante los
evaluadores normativos, los Comités Estatales Y el Sistema Nacional de Evaluadores,
siguiendo el proceso de evaluación establecido para cada convocatoria o modalidad de
apoyo. Todos los PROYECTOS serán sometidos en una primera instancia a la evaluación
normativa, la cual será realizada por un grupo de evaluadores del INADEM, ajenos a las
Direcciones Generales de éste y preparados especialmente para dicha tarea.
46
Todos los proyectos que hayan sido aprobados en la etapa de evaluación normativa
deberán pasar por la evaluación del Comité Estatal correspondiente al domicilio del Organismo
Intermedio o Beneficiario solicitantes. La evaluación del Comité Estatal deberá realizarse
en un período máximo de tres días hábiles contados a partir del siguiente día después de
concluida la Evaluación Normativa.
Todos los proyectos que hayan aprobado la evaluación normativa serán sometidos a la
evaluación técnica, financiera y de negocios. Dicha evaluación se llevará a cabo de
manera simultánea con la evaluación del Comité Estatal, mientras que la evaluación
técnica, financiera y de negocios, será realizada por el Sistema Nacional de Evaluadores.
Una vez aprobados los proyectos por el Consejo Directivo, los beneficiarios u Organismos
Intermedios serán notificados vía el Sistema Emprendedor, para la suscripción del instrumento
jurídico que corresponda.
Con base en el presupuesto ejercido por la SEDECO en la partida 4331 “Subsidios a la
Inversión”, los antecedentes del Fondo Nacional del Emprendedor y lo dispuesto en las Reglas de
Operación del Fondo, se seleccionaron para revisión los convenios y proyectos siguientes:
Beneficiario Proyecto Convenio
Servicio Nacional de Rotomoldeo, A.C. “Centro Nacional de Diseño, Innovación y Manufactura de Rotomoldeo para Sectores Industriales y Especializados”
FNE-150715-CP12-3-00169410
Startup Cluster, S.A., P.I. de C.V. “Proyecto específico para Hacer de México un Puente de Innovación Internacional”
FNE-151019-CESP-00219600
Innovación Social y Ambiental, A.C. “Cleantech CDMX-Centro de Innovación y Escalamiento Comercial de Tecnologías Limpias”
FNE-150707-CP12-00168039
Al respecto, se comprobó que dichos convenios fueron elaborados con base en los formatos
del convenio que formaron parte del anexo B de las reglas de operación; asimismo, dichos
beneficiarios no provienen de un padrón anterior a 2015, ya que estos se registran en la
plataforma respectiva y son seleccionados por el Consejo Directivo. Las obligaciones y el
otorgamiento de los recursos conforme a lo descrito en los convenios respectivos se enuncian
a continuación:
47
1. Respecto del caso del proyecto del beneficiario Servicio Nacional de Rotomoldeo
A.C., fue suscrito previo al convenio referido en el cuadro anterior, un convenio con la
federación denominado “Convenio Específico para el Otorgamiento de Apoyos del Fondo
Nacional del Emprendedor, que Suscriben por una parte el Ejecutivo federal, a través
de la Secretaría de Economía, por conducto del Instituto Nacional del Emprendedor
denominado INADEM […] y por la otra, el Gobierno del Distrito Federal representado
por el Secretario de Desarrollo Económico, en lo sucesivo denominado Organismo
Intermedio”. Dicho convenio fue suscrito el 29 de julio de 2015, y su objeto fue
establecer las bases y procedimientos de cooperación entre el INADEM y el organismo
Intermedio, para el apoyo y la ejecución del proyecto “Centro Nacional de Diseño,
Innovación y Manufactura de Rotomoldeo para Sectores Industriales y Especializados”,
así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que ambas partes
destinarían para su realización.
Con base en el convenio específico con la federación, el 9 de octubre de 2015 fue suscrito
el convenio FNE-150715-CP12-3-00169410, cuyo objeto fue establecer las bases y
procedimientos entre la SEDECO y el beneficiario Servicio Nacional de Rotomoldeo
(SENAR), así como las condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos asignados
para la ejecución del proyecto que fue aprobado por el Consejo Directivo del FNE (cláusula
primera del convenio).
En la cláusula cuarta “Aportación de los Recursos”, se estableció que la SEDECO aportaría
la cantidad 7,000.0 miles de pesos como organismo intermedio y el INADEM un monto de
20,000.0 miles de pesos, adicionalmente, el organismo intermedio por sí o por medio
de terceros aportaría una cantidad de 23,746.7 miles de pesos, por lo que la suma
aprobada como apoyo por el Consejo Directivo del INADEM ascendió a la cantidad de
50,746.7 miles de pesos.
Del total del apoyo, al Gobierno del Distrito Federal por conducto de la SEDECO le
correspondieron 30,746.7 miles de pesos, de los cuales fueron seleccionados para
su revisión 27,000.0 miles de pesos, liquidados por la SEDECO mediante la emisión
de las CLC núms. 04 C0 01 101232 y 04 C0 01 101233 por 7, 000.0 miles de pesos
y 20,000.0 miles de pesos, ambas del 23 de octubre de 2015.
48
2. En el caso del beneficiario Startup Cluster S.A., P.I. de C.V., la SEDECO celebró un
convenio con la Federación denominado “Convenio Específico para el Otorgamiento
de Apoyos del Fondo Nacional del Emprendedor, que Suscribieron por una Parte el Ejecutivo
Federal, a través de la Secretaría de Economía, por conducto del Instituto Nacional
del Emprendedor denominado INADEM […] y por la otra, el Gobierno del Distrito Federal
representado por el Secretario de Desarrollo Económico, en lo sucesivo denominado
Organismo Intermedio”. Dicho convenio fue suscrito el 21 de octubre de 2015, y su
objeto fue establecer las bases y procedimientos de cooperación entre el INADEM y el
organismo Intermedio, para el apoyo y la ejecución del proyecto “Proyecto específico
para Hacer de México un Puente de Innovación Internacional”, así como la asignación
y ejercicio de los recursos económicos que ambas partes destinarían para su realización.
Con base en el convenio con la federación, el 28 de diciembre de 2015 fue suscrito el
convenio FNE-151019-CESP-00219600, cuyo objeto fue establecer las bases y procedimientos
entre la SEDECO y el beneficiario Startup Clúster, S.A., P.I. de C.V., (Promotora de
Inversión), así como las condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos asignados
para la ejecución del proyecto que fue aprobado por el Consejo Directivo del FNE (cláusula
primera del convenio).
En la cláusula cuarta del convenio “Aportación de los Recursos”, se indicó que el monto del
apoyó sería de 15,610.1 miles de pesos, los cuales serían trasladados al beneficiario
vía transferencia bancaria a la cuenta aperturada por el beneficiario. Asimismo, en la
cláusula octava se estableció que por conducto del organismo intermedio (SEDECO)
se aportarían los recursos al beneficiario por la cantidad referida anteriormente.
El monto del apoyo fue liquidado por la SEDECO mediante la emisión de la CLC
núm. 04 C0 01 101902 por 15,610.1 miles de pesos, elaborada el 31 de diciembre 2015.
3. En el caso del beneficiario Innovación Social y Ambiental, A.C., la dependencia celebró un
convenio con la Federación en los mismos términos de los dos casos ya referidos, en
los que se designó a la SEDECO como organismo Intermedio. Dicho convenio fue
suscrito el 11 de noviembre de 2015, cuyo objeto fue establecer las bases y procedimientos
de cooperación entre el INADEM y el Organismo Intermedio, para el apoyo y la ejecución del
proyecto denominado “Cleantech CDMX-Centro de Innovación y Escalamiento Comercial
49
de Tecnologías Limpias”, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos
que ambas partes destinarían para su realización.
El 7 de diciembre de 2015 fue suscrito el convenio FNE-150707-CP12-00168039, cuyo
objeto fue establecer las bases y procedimientos entre la SEDECO y el beneficiario
Innovación Social y Ambiental, A.C., así como las condiciones específicas para el
otorgamiento de los apoyos asignados para la ejecución del proyecto que fue aprobado por
el Consejo Directivo del FNE (cláusula primera del convenio).
En la cláusula cuarta “Aportación de los Recursos”, se manifestó que la SEDECO
aportaría 2,098.7 miles de pesos como organismo intermedio y el INADEM 8,054.3 miles
de pesos, lo que suma un monto de 10,153.0 miles de pesos. En este contexto y de
acuerdo con la cláusula octava del convenio “Obligaciones del Organismo Intermedio”, la
SEDECO se obligó a asignar y aportar los recursos establecidos en dicha cláusula
(incluyendo la trasferencia del gobierno federal) por lo que el monto a pagar fue la totalidad
de los apoyos otorgados. Del total del apoyo fue seleccionado para su revisión
8,054.3 miles de pesos, los cuales fueron liquidados por la dependencia mediante la
CLC núm. 04 C0 01 101904 del 31 de diciembre de 2015.
Programa para el Desarrollo de la Industria del Software
El Plan Nacional de Desarrollo establece como enfoque transversal el establecimiento de
una Estrategia Digital Nacional para fomentar la adopción de Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC), e impulsar un gobierno eficaz que inserte a México en la Sociedad
del Conocimiento. Para este propósito, el 30 de agosto de 2013 se publicó en el Diario Oficial
de la Federación el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018. Dicho
Programa consideró en su objetivo 5, la estrategia 5.4 para desarrollar la economía digital
que impulse el mercado de TIC, el apoyo a actividades productivas y al capital humano.
Asimismo, el Programa de Desarrollo Innovador (2013-2018) de la Secretaría de Economía
estableció como prioritarios el fomento a la adopción de Tecnologías de la Información
y el incremento de la capacidad para innovar en los sectores. Tal como se establece en su
segundo objetivo: “Instrumentar una política que impulse la innovac ión en el sector comercio
y servicios, con énfasis en empresas intensivas en conocimiento”.
50
El 24 de julio de 2014 se presentó formalmente la Agenda Sectorial para el Desarrollo de
las Tecnologías de la Información en México, PROSOFT 3.0 cuya misión fue tener un
sector de TI fuerte y global que incrementara la productividad y capacidad para innovar de
otros sectores para un México próspero, apoyándose en las siguientes estrategias prioritarias:
mercado digital, innovación, globalización, talento de excelencia, regionalización inteligente,
financiamiento, certeza jurídica y gobernanza.
Objetivo general y específicos
El objetivo general del Programa fue contribuir al crecimiento del sector de tecnologías
de la información en México.
Con el fin de contribuir al cabal desarrollo de la Agenda PROSOFT 3.0 el Fondo PROSOFT
tendrá los siguientes objetivos específicos:
1. Estimular el desarrollo e identificación de competencias, habilidades, y localización
de personal para el sector TI.
2. Elevar la cultura empresarial del sector Ti en materia de innovación y especialización.
3. Promover las oportunidades de negocio en el exterior y la atracción de inversiones
en el sector TI.
Con fecha 23 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación
las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software
para el ejercicio fiscal 2015 (en vigor a partir del 1o. de enero de 2015).
Dichas Reglas de Operación establecen en términos generales lo siguiente:
“… 3. El objetivo general, la población objetivo y la cobertura del programa y los beneficiarios
del programa en las reglas, 3 a la 6, en tanto que la regla 7 hace alusión a los requisitos de
los organismos promotores.
”4. Por su parte las reglas 9 y 10 indican las características de los apoyos y los montos
de los apoyos, mientras que en las reglas 12 a 13 se establecen la comprobación del
ejercicio de los recursos y consideraciones sobre los rubros de apoyos.
51
”5. En las reglas 19 y 20 se establecen los derechos y obligaciones de los beneficiarios
y organismos promotores, en tanto que la regla 21 se establecen los incumplimientos y
sanciones a los beneficiarios y organismos promotores. En las reglas 22 y 23 se indican
quienes son las instancias ejecutoras y las instancias normativas.
”6. En las reglas 26 a la 29 se describe la mecánica operativa de la operación del
PROSOFT así como el procedimiento a seguir por el beneficiario para acceder a los
recursos del programa.”
Con base en el presupuesto ejercido por la SEDECO en la partida 4331 “Subsidios a
la Inversión”, los antecedentes del Programa para el desarrollo de la Industria del
Software y lo dispuesto en las Reglas de Operación del programa, se seleccionaron
para su revisión los convenios y sus proyectos siguientes:
Beneficiario Proyecto Convenio / Folio
del proyecto
Tyco, Servicios Compartidos, S.C. “Centro de Servicios Compartidos para Tyco Latam.”
201513529
Asociación Mexicana de la Industria de tecnologías de la Información, A.C.
“Proyecto de industria para Mejora de procesos en CMMI DEV, CMMI SVC, PROSOFT e ISO 2700 para 15 Empresas Socias de la AMITI: Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de la Información, A.C.”
201513167
Al respecto, se comprobó que dichos beneficiarios no provinieron de un padrón de beneficiarios
anteriores a 2015, ya que fueron seleccionados a partir de una convocatoria pública y abierta.
Para el otorgamiento de los apoyos (subsidios) a los beneficiarios, la SEDECO suscribió
con cada uno de ellos un convenio, en los que se indicó el monto y la forma de aportación como
se describe a continuación:
1. En el caso del proyecto “Centro de Servicios Compartidos para Tyco Latam presentado
por el beneficiario Tyco, Servicios Compartidos, S.C.”, fue suscrito el “Convenio de
Asignación de Recursos para el otorgamiento de los Subsidios del programa para
el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) que suscriben por una parte el
Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía […] por otra parte
52
la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal representado por el Secretario
de Desarrollo Económico y por la otra parte Tyco Servicios Compartidos, S.C.”. Dicho
convenio fue firmado el 24 de septiembre de 2015.
En la cláusula primera del convenio se estableció que su objeto fue establecer las
condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos asignados al beneficiario
para la ejecución del proyecto aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT en su
novena sesión extraordinaria del 31 de agosto de 2015.
En la cláusula tercera, se indica que la Secretaría (Secretaría de Economía) el Distrito
Federal y el beneficiario se comprometieron aportar un total de 23,643.3 miles de pesos, de
los cuales la Secretaría mediante el Convenio de Coordinación aportaría al proyecto,
por conducto del Distrito Federal, 4,525.2 miles de pesos; el Distrito Federal otorgaría
al beneficiario otros 4,525.2 miles de pesos; y el beneficiario aportaría los recursos
restantes, por la cantidad de 14,592.9 miles de pesos.
Del monto de los recursos aportados por el Distrito Federal, por la cantidad de 9,050.4 miles
de pesos, fueron seleccionados para su revisión sólo los recursos locales aportados
por el Distrito Federal. Dichos recursos fueron liquidados por la SEDECO mediante la
expedición de la CLC núm. 04 CO 01 101596 del 14 de diciembre de 2015.
2. Respecto al proyecto denominado “Proyecto de Industria para Mejora de Procesos en
CMMI DEV, CMMI SVC, PROSOFT e ISO 2700 para 15 Empresas Socias de la AMITI:
Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de la Información, A.C.”, fue
suscrito el “Convenio de Asignación de Recursos para el otorgamiento de los subsidios del
Programa para el Desarrollo de la industria del Software (PROSOFT) que suscriben
por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía, por otra
parte la Administración pública del Distrito Federal representado por el Secretario de
Desarrollo Económico del Distrito Federal y por la otra parte la Asociación Mexicana
de la Industria de tecnologías de la Información, A.C.”.
En la cláusula primera se estableció que el objeto del convenio consistió en establecer
las condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos asignados al beneficiario
53
para la ejecución de su proyecto, el cual fue aprobado por el Consejo Directivo del
PROSOFT en la séptima sesión extraordinaria del 12 de agosto de 2015.
Asimismo, en la cláusula tercera se estableció que la Secretaría (Secretaría de Economía)
el Distrito Federal y el beneficiario se comprometían a aportar un total de 20,246.0 miles
de pesos, conforme a la distribución siguiente: la Secretaría aportaría por conducto del
Distrito Federal el importe de 5,061.5 miles de pesos, el Distrito Federal otros 5,061.5 miles
de pesos y los restantes 10,123.0 miles de pesos, serían aportados por el beneficiario.
Del importe total aportado por el Distrito Federal (10,123.0 miles de pesos), fueron
seleccionados para su revisión sólo los recursos aportados directamente por el Distrito
Federal (recurso local) por 5,061.5 miles de pesos, los cuales fueron liquidados por la
SEDECO mediante la expedición de la CLC núm. 04 C0 01 101625 del 17 de diciembre
de 2015.
Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña
y Mediana Empresa, denominado Programa de Fortalecimiento
a los Micronegocios para el Distrito Federal, “Yo te Apoyo”
La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, en su artículo 25,
estipula que a la SEDECO le corresponde el despacho de las materias relativas al
desarrollo y regulación de las actividades económicas en los sectores industrial, comercial
y de servicios; y le confiere entre otras, la atribución de formular, conducir, coordinar y
evaluar los programas sectoriales; así como promover, orientar y estimular el desarrollo
y modernización del sector empresarial de la Ciudad de México.
La Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal, en su artículo 2o., establece
como uno de sus objetivos, en la fracción VII, “fomentar de manera prioritaria la creación,
el crecimiento y desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa.”
La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana empresa del
Distrito Federal establece en las fracciones I y II del artículo 4o., lo siguiente:
54
“I. Establecer:
”a) Las condiciones para la planeación y ejecución de las actividades encaminadas al
desarrollo de las MIPYMES en el marco de esta Ley;
”b) Las bases para la participación del Gobierno del Distrito Federal y de los Sectores
para el desarrollo de las MIPYMES;
”c) Los instrumentos para la evaluación y actualización de las políticas, programas,
instrumentos y actividades de fomento para la productividad y competitividad de las MIPYMES,
que proporcionen la información necesaria para la toma de decisiones en materia de apoyo
empresarial, […]
”II. Promover:
”a) Un entorno favorable para que las MIPYMES sean competitivas en los mercados
nacionales e internacionales;
”b) La creación de una cultura empresarial y de procedimientos, prácticas y normas que
contribuyan al avance de la calidad en los procesos de producción, distribución, mercadeo
y servicio al cliente de las MIPYMES;
”c) El acceso al financiamiento para las MIPYMES, la capitalización de las empresas,
incremento de la producción, constitución de nuevas empresas y consolidación de las
existentes, en concordancia con lo establecido en la Ley para el Fomento del Desarrollo Económico
del Distrito Federal;
”d) Apoyos para el desarrollo de las MIPYMES en todo el territorio nacional, basados en la
participación de los sectores.”
La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en su artículo 97, establece
que los programas señalados en el Presupuesto de Egresos, por medio de los cuales se
otorguen subsidios, donativos, apoyos y ayudas, deberán sujetarse a criterios de solidaridad
55
social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad
y temporalidad; ello, a fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad
en el uso y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, que se deberán
sustentar en las reglas de operación.
Con base en lo anterior, con fecha 22 de noviembre de 2013 se publicaron en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, las Reglas de Operación del Programa Estratégico de Apoyo a
la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, (emitidas por la SEDECO y sus modificaciones
del 14 de marzo de 2014 y 14 de septiembre de 2015).
Por otra parte, en el Directorio de Unidades Económicas 2013, se indicó que en el último
trimestre de 2012 se registraron 428,755 unidades económicas activas en el Distrito
Federal; de éstas, el comercio al por menor representó la actividad económica más recurrida
con un 45.0% del total de las unidades, en el segundo y tercer sitio se encontraron los
subsectores de otros servicios y servicios de alojamiento temporal y preparación de alimentos
y bebidas con un 13.5% y 10.5%, respectivamente.
El 13 de octubre de 2015, el Secretario de la SEDECO expidió el Acuerdo por el que
emiten los Criterios Generales del Esquema Especial para el Desarrollo Empresarial, del
Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Articulo 24)
Denominado ‘Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal,
Yo Te Apoyo’. Al respecto, se comprobó que dichos criterios reunieron los requisitos que
deben cumplir las reglas de operación, las cuales se indican en el artículo 97 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009, vigente en 2015.
Conforme a los antecedentes manifestados y al recurso ejercido y registrado por la
SEDECO en este programa por el importe de 40,132.0 miles de pesos, se conoció que
dichos recursos correspondieron a 20,066 solicitudes de subsidio de micronegocios (tiendas de
abarrotes, papelerías, tlapalerías y salones de belleza) ubicadas en las Demarcaciones
Territoriales con más establecimientos registrados. Dicho padrón de beneficiarios fue
determinado con las solicitudes recibidas en 2015, por lo que no se realiza actualización,
56
dado que en 2014 no se otorgaron tales subsidios; asimismo, reflejó la cancelación total
de las obligaciones (pago de los subsidios) conforme a las reglas de operación respectivas.
Para el otorgamiento de los apoyos, el beneficiario no suscribió convenio alguno (no lo
indican las reglas de operación) sólo registró su solicitud con el formato denominado
“Datos de Empadronamiento y Solicitud de Apoyo”, anexó la documentación legal requerida
en las Reglas de Operación y recibió el formato denominado “Clave para Pago”. Se debía
presentar con este último documento para cobrar el apoyo de 2,000.0 pesos, en cualquier
sucursal de la institución bancaria autorizada (banco HSBC) a más tardar el 31 de
diciembre de 2015, conforme al numeral V, del Acuerdo por el que se emiten los Criterios
Generales del Esquema Especial para el Desarrollo Empresarial del Programa Estratégico
de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (artículo 24) denominado Programa de
Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal, “Yo te Apoyo” y el artículo 12
de las Reglas de Operación del Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa.
De acuerdo con lo anterior y con los recursos ejercidos en dicho programa con cargo a la
partida presupuestal 4331 “Subsidios a la Inversión” por 40,132.0 miles de pesos, fueron
elegidos para su revisión 30,484.0 miles de pesos (correspondientes a 15,242 apoyos
otorgados a igual número de beneficiarios, de conformidad con el padrón proporcionado
y anexo a las CLC).
En el resultado del gasto devengado se informa sobre la evidencia documental respecto
de la entrega de los apoyos (claves bancarias) y su expediente respetivo, que avalan la
entrega de los recursos y el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario.
Respecto a los convenios formalizados por la SEDECO con los beneficiarios en dos
de los tres programas revisados, dichos convenios fueron elaborados conforme al formato de
los anexos de las reglas de operación de los programas respectivos, en los que se pactó
el compromiso de pago, el cual la SEDECO emitió las CLC respectivas, por lo que no se
desprende observación al respecto.
57
Gasto Devengado
7. Resultado
Con el propósito de verificar que, la SEDECO hubiese realizado la entrega de los apoyos
(subsidios) a los beneficiarios de los programas revisados, conforme a las reglas de
operación respectivas y se hubiesen cumplido las metas físicas establecidas en las actividades
institucionales acordes a los programas (actividades institucionales 353 “Fomento a Proyectos de
Inversión” y 383 “Fortalecimiento a los Micronegocios”; se revisaron los expedientes, los informes
trimestrales reportados por los beneficiarios, los padrones de beneficiarios; se realizaron
visitas a las instalaciones de los beneficiarios; y se aplicaron cuestionarios relativos al ejercicio
de los recursos, relacionados todos con la muestra de auditoría. De su revisión y análisis,
se desprende lo siguiente:
1. Respecto a los beneficiarios del PROSOFT, se realizaron las acciones siguientes:
a) El 19 de octubre de 2016, se efectuaron visitas de inspección a las instalaciones
de dos beneficiarios (Tyco, Servicios Compartidos, S.C. y Asociación Mexicana de la
Industria de Tecnologías de la Información, A.C.). Al respecto, los representantes
legales de las empresas proporcionaron los convenios respectivos, así como un
resumen ejecutivo de la funcionalidad del proyecto ganador. (Centro de Servicios
Compartidos para Tyco Latam y Proyecto de Industria para Mejora de Procesos
en CMMI DEV, CMMI SVC, PROSOFT e ISO 2700 para 15 Empresas Socias de
la AMITI: Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de la Información, A.C.).
b) Derivado de la revisión a los expedientes documentales proporcionados por la
SEDECO mediante el oficio núm. SEDECO/DAD/297/2016 del 10 de octubre de 2016,
se comprobó que dichos expedientes no contaron con información similar aun
y cuando se trató del mismo programa. Por lo anterior, la ASCM solicitó a la SEDECO
mediante nota informativa que explicara por qué dichos expedientes no guardaron
congruencia en su integración. En respuesta, mediante el oficio
núm. SEDECO/DAD/3260/2016 del 4 de noviembre de 2016, la DA proporcionó
nota informativa de la Coordinadora de Instrumentos Financieros para el Desarrollo
de Negocios, adscrita a la Dirección Ejecutiva de Asesoría para la Apertura de Negocios,
con la cual informó:
58
“Respecto de la información de los expedientes relacionados con el PROSOFT,
se precisa que no existe en las Reglas de Operación un apartado de integración
del expediente, no obstante en la capacitación para Organismos Promotores se
hace la indicación de integrar un expediente en físico con la documentación
jurídica y financiera.
”Con base en lo anterior, se elaboró en el área una Matriz de Seguimiento en una
base de Excel que suma datos a la información. Esta matriz, si bien no es un listado
si se toma como referencia de control para la integración del expediente de los
Beneficiarios.
”Es importante señalar, que a pesar de que los expedientes correspondan a un mismo
Fondo, éstos pueden llegar a variar atendiendo a las características específicas de
cada proyecto y en atención a su solicitud de apoyo.”
Al respecto, la Coordinadora de Instrumentos Financieros para el Desarrollo de Negocios
proporcionó en disco compacto e impresa, una cédula con los registros de los datos
de los proyectos 2015. Sin embargo, se observó que dicha cédula no incluyó las
firmas de los responsables de quien elabora, revisa y supervisa; y no se indicó si
fue del conocimiento del personal como mecanismo de control para la integración
de los expedientes.
De acuerdo con la visita de inspección y a la revisión documental del expediente de
los beneficiarios del PROSOFT, se desprende que los dos beneficiarios recibieron los
recursos del programa respectivo, dando cumplimiento a la meta física establecida
en la actividad institucional 353 “Fomento a Proyectos de Inversión”.
2. Respecto a los beneficiarios del Fondo Nacional del Emprendedor, se realizaron las pruebas
siguientes:
a) Se realizó visita de inspección a las instalaciones de los tres beneficiarios del fondo.
El beneficiario Sistema Nacional de Rotomoldeo, A.C., proporcionó un resumen
ejecutivo de la funcionalidad de su proyecto (Centro Nacional de Diseño, Innovación
59
y Manufactura de Rotomoldeo para Sectores Industriales y Especializados), así
como el convenio suscrito por el beneficiario con la SEDECO. Los dos beneficiarios
restantes (Startup Cluster S.A., P.I. de C.V., e Innovación Social y Ambiental, A.C.)
sólo proporcionaron copia del convenio respectivo y dieron respuesta al cuestionario
aplicado sobre el proyecto y los recursos otorgados.
b) En la revisión de los expedientes documentales de los tres proyectos del FNE, se
comprobó que contaron con la evidencia documental respecto del proceso del
registro y aprobación de los proyectos por medio del Sistema Emprendedor. Sin
embargo, no se contó con evidencia de los mecanismos de control para la integración
de los expedientes, por lo que se le solicitó a la SEDECO que indicara si se cuenta
con dichos mecanismo. En respuesta, la DA en la SEDECO, mediante el oficio
núm. SEDECO/DAD/3260/2016 del 4 de noviembre de 2016, proporcionó nota informativa
de la Coordinadora de Instrumentos Financieros para el Desarrollo de Negocios,
adscrita a la Dirección Ejecutiva de Asesoría para la Apertura de Negocios, con la cual
informó lo siguiente:
“Para el caso del Fondo Nacional Emprendedor, los proyectos seleccionados en la
muestra forman parte de los que se ingresan al Amparo del Convenio de Colaboración
suscrito con la Federación, donde el responsable que funge como Organismo
Intermedio es la SEDECO.
”En razón de lo anterior, y en concordancia con el numeral 18, en el anexo G ‘Validación
de la documentación jurídica del beneficiario u organismo intermedio’ de las Reglas de
Operación para el ejercicio fiscal 2015 se establece que los beneficiarios u organismos
intermedios deben de ingresar al sistema emprendedor sus datos generales en los
campos que para tal efecto estarán habilitados
”Ahora bien, con el ánimo de unificar criterios, se ha considerado desde el año 2014,
tomar como referencia el Anexo G, para los expedientes de los Beneficiarios,
sumando el seguimiento de los proyectos de los a los expedientes motivo por el
cual la información que consta en los mismos es la siguiente:
60
”1. Documentación del proyecto-información en sistema.
”2. Documentación legal y administrativa del beneficiario del proyecto.
”3. Documentación para la ministración de los recursos FNE-SEDECO, referente
a la recepción de recursos federales.
”4. Convenios.- INADEM-SEDECO, SEDECO-Beneficiario.
”5. Seguimiento, Reportes trimestrales y finales.
”6. Oficios y documentos relacionados con el proyecto.
”Para lo anterior, se cuenta con un formato en Excel que permite un control de la
información de cada proyecto desde el momento de la aprobación por parte del
Instituto y luego de los trámites administrativos que se realizan en la Secretaría para el
otorgamiento de recursos y el seguimiento de los reportes. Si bien no es un listado
es una base que permite identificar de manera clara que información debe integrarse al
expediente, y además permite tener de manera inmediata el estatus de cualquier
proyecto conforme va desarrollándose.”
Al respecto, la Coordinadora de Instrumentos Financieros para el Desarrollo de
Negocios proporcionó en disco compacto e impresa la cédula denominada
“Proyectos Apoyados por la SEDECO-FNE 2015”, con los datos de los proyectos
beneficiados en 2015. Sin embargo, se observó que dicha cédula no incluyó las
firmas de los responsables de quien elabora, revisa y supervisa; y no se indicó
si fue del conocimiento del personal como mecanismo de control para la integración
de los expedientes.
De acuerdo con la visita de inspección y a la revisión documental del expediente
de los beneficiarios del FENE, se desprende que los dos beneficiarios recibieron
los recursos del programa respectivo, dando cumplimiento a la meta física establecida
en la actividad institucional 353 “Fomento a Proyectos de Inversión”.
61
3. En el caso de los beneficiarios de los apoyos otorgados por la SEDECO con cargo
al Programa para el Fortalecimiento de los Micronegocios en el Distrito Federal “Yo te
Apoyo”, se aplicaron las pruebas de auditoría siguientes:
Fueron solicitados 20 expedientes documentales relativos a igual número de beneficiarios.
De la revisión a los expedientes, se verificó que incluyeron la información legal requerida
conforme al artículo 9 de las Reglas Operación del Programa Estratégico de Apoyo
a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; sin embargo, se observó que no contó con
mecanismos de control para la integración de los expedientes respectivos. Por ello se
le solicitó a la dependencia nota informativa en la que se informara si se contó con
dichos mecanismos (guías políticas o lineamientos internos).
En respuesta, la DA en la SEDECO, mediante el oficio núm. SEDECO/DAD/3260/2016
del 4 de noviembre, proporcionó el oficio núm. SEDECO/CGRyPE/DERE/507/2016 del
1 de noviembre de 2016 por medio del cual el director Ejecutivo de Regulación Económica
remitió el escrito denominado “Metodología de Supervisión de la Integración del
Padrón de Beneficiarios del ‘Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para el
Distrito Federal ‘Yo te apoyo’”, en el que se realizó una descriptiva del procedimiento
de supervisión para la integración de los expedientes documentales de cada uno de
los beneficiarios. Sin embargo, dicho escrito no específicó el área y personal que lo
elabora revisa y autoriza y, si éste fue del conocimiento del personal como mecanismo
de integración de la documentación que deben reunir los expedientes.
Por no contar con mecanismos de control que permitieran la integración en el expediente
respectivo, de la documentación requerida en cada caso y en cada programa, la
SEDECO no observó lo dispuesto en el numeral 8.5.8, de la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, Circular Uno que dispone:
“La ‘descripción archivística’, es el registro sistematizado de la información de los documentos
de archivo, recopilando, organizando y jerarquizando de forma tal que sirva para localizar
y explicar el contexto y sistema que los ha producido.
62
”La descripción archivística deberá realizarse con base en las normas institucionales,
con el objeto de generar los instrumentos descriptivos básicos que faciliten en control
y acceso a la información archivística, los cuales, al menos deberán ser los siguientes:
”I.- Guías generales que describen fondos…”
De acuerdo con la revisión documental a los expedientes de los beneficiarios del
programa “Yo te Apoyo”, se desprende que los beneficiarios de la muestra de auditoría
recibieron los recursos del programa respectivo, dando cumplimiento a la meta física
establecida en la actividad institucional 383 “Fortalecimiento a los Micronegocios”.
4. Con el fin de comprobar el cumplimiento relativo a la obligación de remitir un avance
trimestral sobre el ejercicio de los recursos otorgados con base en los programas del FNE
y de desarrollo de la industria del software, establecido en las Reglas de Operación de
cada fondo, se observó lo siguiente:
En el caso del Fondo Nacional del Emprendedor (FNE) en la fracción VIII de la regla 29
se indicó que “los beneficiarios u organismos intermedios tendrán [que] […] rendir
informes de manera trimestral”. Al respecto, se comprobó que los beneficiarios de dicho
programa enviaron en tiempo y forma los formatos, que contuvieron la información
sobre el detalle del grado de avance en el uso de los recursos presupuestados, las metas
realizadas durante el trimestre y las observaciones correspondientes.
Por su parte, el Acuerdo del Consejo Directivo del Programa para el Desarrollo de la
Industria del Software, que establece los criterios de operación del PROSOFT para el
ejercicio fiscal 2015 sobre las obligaciones de los beneficiarios, menciona, en su
numeral 2.1.7, “Seguimiento a Beneficiarios”, subnumeral 2.1.7.1, “Elaboración y Presentación
de Reporte de Avance”, los siguiente:
“I El BEN [Beneficiario] deberá enviar al OP [Organismo Promotor] los Reportes de
Avance conforme al Anexo L de las ROP [Reglas de Operación del PROSOFT],
o para el caso de los proyectos sin OP a la IE [Instancia Ejecutora], a través del
Sistema del fondo.
63
”II Los Reportes de Avance deberán entregarse durante los primeros 10 (diez) días
hábiles, una vez vencido el semestre a reportar, considerando como fecha de inicio
del proyecto la fecha de firma del Convenio de Asignación de Recursos. En caso de
que el período de ejecución del proyecto sea menor o igual a 6 (seis) meses, no aplicará la
presentación del Reporte de Avance semestral, debiéndose presentar únicamente
el Reporte Final.”
Asimismo, el inciso d, fracción II, “de los Beneficiarios”, del artículo 20 “Obligaciones”
de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software,
indica:
“Entregar al organismo Promotor la documentación y los Reporte(s) de avance que
correspondan en tiempo y forma.”
De acuerdo con lo anterior, se verificó que dentro de los expedientes proporcionados
por el ente auditado relativos a los beneficiarios Asociación Mexicana de la Industria
de Tecnologías de Información, A.C. y TYCO Servicios Compartidos, S.C., no se localizó
dicha documentación.
Por ello, la ASCM solicitó a la SEDECO nota informativa en la que se explicaran las causas
por las cuales no se integraron en el expediente dichos reportes de avance. En respuesta,
mediante el oficio núm. SEDECO/DAD/3432/2016, del 15 de noviembre de 2016, la DA en
la SEDECO proporcionó el oficio núm. SEDECO/SDEyS/DEAAN/CIFDN/333/2016 del
14 de noviembre de 2016, por medio del cual la Coordinadora de Instrumentos
Financieros para el Desarrollo de Negocios adscrita a la Dirección Ejecutiva de Asesoría
para la Apertura de Negocios, remitió la nota informativa, en la que manifestó lo
siguiente:
“… en atención a lo dispuesto en la normatividad aplicable este se envía por el beneficiario
mediante el Sistema, motivo por el cual en los expedientes que se citan como muestra,
obran las pantallas de la evidencia de entrega de reportes, mismas que se vuelven a
insertar en el presente para mayor identificación en los expedientes.
64
”Adicionalmente, se informa que los archivos de los reportes cuentan con el respaldo
electrónico en las computadoras de los responsables, en virtud de que en esta Unidad
Administrativa no se distribuyen discos compactos para resguardar la información en
este medio y tener un disco en cada expediente.”
Respecto a lo manifestado, el sujeto de fiscalización, en su nota informativa, mostró
evidencia de la captura de dichos reportes en el Sistema Nacional del Emprendedor
y de que los expedientes contaron con el acuse de envío; sin embargo, dichos reportes
de avance semestral no se encontraron incluidos en los expedientes respectivos.
El ente auditado no mostró evidencia documental de contar con mecanismos de
control para la integración de los expedientes, por lo que no dio cumplimiento a lo
indicado en el numeral 8.5.8, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno).
Tampoco observó lo dispuesto en el artículo 135 del Reglamento de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente que dispone:
“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades están obligadas a
conservar en su poder y a disposición de la Secretaría y de otras autoridades competentes,
por los plazos que se establezcan en los ordenamientos legales aplicables, los libros,
registros auxiliares e información correspondiente.”
5. De la revisión a la documentación proporcionada relativa a los expedientes de los
beneficiarios del Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(Programa de Fortalecimiento de Apoyo a los Micronegocios para el Distrito Federal
“Yo te Apoyo”), se observó que no se contó con la leyenda indicada en la fracción II
del artículo 29 de las Reglas de Operación.
Al respecto, la ASCM solicitó a la SEDECO nota informativa en la que se explicaran
las causas por las cuales la documentación de los expedientes revisados no contuvo
65
dicha leyenda. En respuesta, la DA en la SEDECO, mediante el oficio
núm. SEDECO/DAD/3432/2016 del 15 de noviembre de 2016, proporcionó el
oficio núm. SEDECO/CGRyPE/DEPE/111/2016 de la misma fecha, por medio del cual
el Director Ejecutivo de Planeación Económica remitió nota informativa, con la
que indicó:
“1. El expediente de cada beneficiario cuenta con la Solicitud de incorporación al
‘Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal, Yo te Apoyo’,
documento con el cual el solicitante manifiesta su interés por ser beneficiario del
programa a la vez que declara haber leído el Aviso de Privacidad y aceptar las condiciones.
La solicitud incluye en su parte posterior un recuadro con la leyenda relativa a la protección
de datos personales y la leyenda mencionada.
”Como puede observarse en la cita, en la parte final [de la solicitud de incorporación]
se incluye la leyenda que hace referencia a lo dispuesto en el segundo párrafo de la
fracción III ‘Difusión y promoción’, del artículo 29 ‘Transparencia’ de las Reglas de Operación
del Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con lo
cual se estima su cumplimiento.
”2. Clave bancaria para pago. Para hacer efectivo el cobro del apoyo a los beneficiarios
del ‘Programa de fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal, Yo te
Apoyo’ del año 2015, se hizo entrega de una clave bancaria para pago. En dicho
documento se encuentra la leyenda mencionada. Dado que la clave bancaria contiene
la leyenda citada, se considera que se dio cumplimiento a lo dispuesto en las Reglas
de Operación del Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa.”
Lo informado por el ente auditado en su respuesta, comprobó que tanto la solicitud de
incorporación al programa como la clave bancaria contuvieron impresa dicha leyenda;
sin embargo, las cartas denominadas “Declaración bajo Protesta de decir Verdad que
el Negocio se encuentra en Operación al Momento de presentar la Solicitud de Apoyo”
y demás documentación adicional (INE, CURP, etc.) de los expedientes solicitados,
así como las CLC respectivas, no incluyeron dicha leyenda.
66
Por lo anterior, la SEDECO no cumplió el segundo párrafo de la fracción III “Difusión
y Promoción”, del artículo 29 “Transparencia” de las Reglas de Operación del Programa
Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (publicadas en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 22 de noviembre de 2013), que indica:
“Fracción III.- Difusión y Promoción.- Para realizar las tareas de difusión […] toda aquella
papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de estos componentes,
deberán incluir la siguiente leyenda:
”‘Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político
alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está
prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos
a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el
Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad
competente.’”
6. Se comprobó que el Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(Programa de Fortalecimiento de Apoyo a los Micronegocios para el Distrito Federal
“Yo te Apoyo”) fue evaluado por el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE),
por lo que cumplió lo dispuesto en el artículo 28 “Evaluación Externa” de las Reglas
de Operación. Dicha evaluación indico lo siguiente:
“El análisis realizado siempre mantuvo la brújula enfocada en observar el programa
desde su propósito, el cual es apoyar a personas físicas o morales sin acceso o con
dificultades para acceder a financiamiento suficiente y oportuno, capacitación adecuada a
sus actividades, desarrollo e incorporación a nuevos mercados, estrategias de vinculación
empresarial y/o desarrollo de proveedores, sin discriminación de género. Además que
los accesos a financiamiento sean adecuadas a las necesidades y particularidades
de los micro, pequeños y medianos empresarios de la Ciudad de México, ya que esto
es la clave para la apertura, consolidación y expansión de los negocios del DF.
”Este esfuerzo es una acción de política pública noble, con un diseño estratégico sólido en
concordancia con el mandato de la SEDECO. Sin duda hay espacios de mejora, pues
cada proceso así lo establece desde su creación.”
67
De la revisión a los expedientes de los programas de la muestra de auditoría, se
concluyó que el sujeto de fiscalización no contó con mecanismos de control para integrar la
documentación generada durante los procesos de otorgamiento de los apoyos en los
expedientes de los beneficiarios respectivos de cada programa. Asimismo, la documentación
relativa al Programa Estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(Programa de Fortalecimiento de Apoyo a los Micronegocios para el Distrito Federal
“Yo te Apoyo”) no contó con la leyenda indicada en las reglas de operación de dicho programa.
En la reunión de confronta, celebrada el 14 de diciembre de 2016, la DA en la SEDECO,
mediante el oficio núm. SEDECO/DA/3835/2016 del 13 de diciembre de 2016, proporcionó
e informó lo siguiente:
Oficio núm. SDEyS/DEAAN/267/2016 del 12 de diciembre de 2016, suscrito por el Director
Ejecutivo de Asesoría para la Apertura de Negocios, por medio del cual le informó al
Director de Administración que para la atención de las observaciones de la ASCM se
llevaron a cabo las siguientes acciones:
“En virtud de que cada fondo y proyecto podía presentar diversas variaciones y como
una forma de control entre el personal responsable de los fondos se elaboró una cédula
Check List de expedientes por cada uno, que homologó en lo aplicable la información
que debía tener cada uno de éstos, la cual consideró firmas de quien elabora, revisa,
y supervisa. Dicha cédula contó con un apartado de observaciones para precisar las
diferencias que podía tener cada expediente por el tipo de fondo, convocatoria y cambios
conforme a las reglas de operación.”
Asimismo proporcionó la siguiente documentación:
a) Minuta de reunión de trabajo con acuerdos e instrucción al personal de la Dirección
Ejecutiva de Asesoría para la Apertura de Negocios, para establecer mecanismos
de control para la homologación de expedientes de fondos federales, de fecha
24 de octubre de 2016.
b) Check List de dos proyectos ganadores en 2016 y beneficiados con los recursos
del Fondo Nacional del Emprendedor y del PROSOFT, rubricados y firmados por
los responsables.
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De acuerdo con la documentación proporcionada por la SEDECO en la reunión de
confronta, se observó que fue implementada como mecanismo de control para la integración
de la documentación en los expedientes respectivos, la cédula denominada Check List de
expedientes para conformar los expedientes de los proyectos ganadores y beneficiarios en
2016 de los recursos de los fondos referidos; sin embargo, dichos mecanismos fueron
implementados hasta el ejercicio 2016, por lo que la observación manifestada en el
presente resultado con relación a los expedientes del ejercicio 2015 no se modifica.
Respecto a la observación relativa a que la SEDECO proporcionó el documento
“Metodología de Supervisión de la Integración del Padrón de Beneficiarios del Programa
para el Fortalecimiento de los Micronegocios para el Dis trito Federal ‘Yo te Apoyo’”,
manifestada en el numeral 3, inciso a del presente resultado, la DA en la SEDECO
proporcionó el oficio núm. SEDECO/CGRyPE/DERE/597/2016 del 13 de diciembre de 2016,
mediante el cual el Director Ejecutivo de Regulación Económica informó al Director
de Administración en la SEDECO que remitió la siguiente información para la atención de
la observación:
Minuta de trabajo de la instalación de la Comisión de Supervisión para el Cumplimiento
del Contrato de Supervisión del Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios
para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”.
Asimismo, manifestó: “El citado documento formó parte del proceso de supervisión
interno establecido por la Secretaría según consta en la minuta de trabajo de la primera
sesión de la comisión referida. En dicha sesión en el punto uno se manifestó que se
designaba como responsables de la supervisión a la Directora de Normatividad y
Regulación Institucional y al Director de Planeación para el Desarrollo Económico.
Con lo anterior se muestra que se contó con personal responsable de la aplicación del
documento y que fue del conocimiento del personal de la SEDECO”.
De lo manifestado y la documentación proporcionada por la DA en la SEDECO en su
respuesta de confronta, se desprende que proporcionó evidencia de que el documento
“Metodología de Supervisión de la Integración del Padrón de Beneficiarios del Programa
para el Fortalecimiento de los Micronegocios para el Distrito Federal ‘Yo te Apoyo’”
69
fue aprobado por la Comisión de Supervisión y que en dicha sesión se designó
al personal responsable de su supervisión; sin embargo, la observación señalada en
el presente resultado, versa en el sentido de que dicha metodología no contuvo las
firmas de los responsables de su aplicación y no se demostró que fuera del conocimiento del
personal de las áreas de su aplicación, por lo que no se modifica la observación.
Respecto a la observación del numeral 5, del presente resultado, en el sentido de que
la documentación de los expedientes del Programa para el Fortalecimiento de los
Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”, no contaba con la leyenda
indicada en la fracción II del artículo 29 de las Reglas de Operación, la DA en la SEDECO
remitió el oficio núm. SEDECO/CGRyPE/DERE/597/2016 del 13 de diciembre de 2016, en
el que el Director Ejecutivo de Regulación Económica manifestó lo siguiente:
“De acuerdo a los Criterios Técnicos del Esquema Especial para el Desarrollo Empresarial del
Programa estratégico de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Articulo 24)
denominado ‘Programa para el Fortalecimiento de los Micronegocios para el Distrito
Federal ‘Yo te Apoyo’’, en los que se señala que la entrega de la documentación y la
veracidad de la misma será responsabilidad del solicitante. Por lo anterior, la documentación
presentada por el solicitante no corresponde a papelería oficial emitida por la SEDECO.”
Lo manifestado por la SEDECO en la respuesta de confronta no modifica la observación
señalada, ya que se confirmó que sólo parte de la documentación que integra el expediente
contuvo la leyenda, pero las CLC y demás documentación generada con respecto a dicho
programa no.
Recomendación ASCM-4-15-2-SEDECO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Económico, por conducto de la Dirección de
Administración y de la Coordinación General de Regulación y Planeación Económica, implemente
mecanismos de control a fin de que los expedientes de los beneficiarios de los Programas
del Fondo Nacional del Emprendedor y del Programa para el Desarrollo de la Industria del
Software, se integren con toda la documentación generada durante los procesos de asignación
y otorgamiento correspondientes, de conformidad con la Normatividad en materia de Administración
70
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal, Circular Uno.
Recomendación ASCM-4-15-3-SEDECO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Económico, por conducto de la Dirección de
Administración y de la Coordinación General de Regulación y Planeación Económica, adopte
medidas de control a fin de que el documento denominado “Metodología de Supervisión
de la Integración del Padrón de Beneficiarios del Programa para el Fortalecimiento de los
Micronegocios para el Distrito Federal ‘Yo te Apoyo’”, aplicado por la Secretaría de
Desarrollo Económico para la integración de los expedientes de los beneficiarios del
Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”,
incluya las firmas de los responsables de su aplicación y sea difundido al personal de las
áreas responsables.
Recomendación ASCM-4-15-4-SEDECO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Coordinación General
de Regulación y Planeación Económica, establezca medidas de control para garantizar
que toda la documentación generada en el proceso otorgamiento de los apoyos con cargo
al Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”
cuente con la leyenda indicada en las Reglas de Operación, respectivas.
Gasto Ejercido
8. Resultado
Con el propósito de verificar que los recursos ejercidos por la SEDECO con cargo al
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y en específico
a la partida de la muestra de auditoría, se hayan respaldado con la documentación justificativa y
comprobatoria del gasto; y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normativa
aplicable, se revisó la documentación soporte de la muestra de 11 CLC y 8 documentos múltiples.
De la revisión a la documentación comprobatoria de las CLC se desprende lo siguiente:
71
1. Las 11 CLC por el importe de 90,735.1 miles de pesos fueron elaboradas y autorizadas por
los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC, y contaron con su documentación
soporte; asimismo, fueron autorizadas, conforme al apartado IV, “Lineamientos Generales
para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones
Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 2, del Manual
de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito
Federal, vigente en 2015.
2. Respecto a la documentación comprobatoria del gasto de las 11 CLC revisadas, se
determinó que éstas contaron con su documentación soporte consistente en lo siguiente:
En el caso de las CLC relativas a los recursos del PROSOFT, se anexaron las facturas
originales para el depósito del recurso local, factura original para el depósito del recurso
federal, copia del contrato de la cuenta bancaria, constancia bancaria de recursos
locales y la correspondiente a recursos federales, copia de la cédula de identificación
fiscal, formato del alta en el SIAP (Sistema Informático), dos cartas bajo protesta
solicitadas.
En el caso de las CLC relativas a los recursos del Fondo Nacional del Emprendedor
(apoyos PYME), la documentación comprobatoria consiste en facturas por las aportaciones
locales y federales, convenios específicos para el otorgamiento de apoyos del Fondo Nacional
del Emprendedor, cartas bajo protesta solicitadas referentes a las cuentas bancarias,
convenios de concertación para participar en la ejecución de los proyectos ganadores.
En el caso de las cinco CLC emitidas para liquidar los apoyos del Programa de
Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”, se contó
con los listados de las claves bancarias emitidas por la institución bancaria autorizada
y el área de informática de la dependencia de cada uno de los beneficiarios que
cumplieron los requisitos para acceder a este tipo de apoyo, asimismo, se anexaron
los oficios mediante los cuales el Director Ejecutivo de Regulación Económica de la
SEDECO informó al DA la validación de los listados de beneficiarios autorizados en
las sesiones de la Comisión de Regulación y Seguimiento.
72
Las CLC emitidas, los convenios correspondientes a cada fondo y los beneficiarios
de los subsidios se muestran a continuación:
(Miles de pesos)
Beneficiario CLC
Fondo y convenio Importe Número Fecha
Servicio Nacional de Rotomoldeo, A.C. 101232 23/X/15 Apoyo PYME FNE-150715-Cp12-3-00169410 7,000.0
Servicio Nacional de Rotomoldeo, A.C. 101233 23/X/15 Apoyo PYME FNE-150715-Cp12-3-00169410 20,000.0
Tyco Servicios Compartidos, S.C. 101596 14/XII/15 Apoyo PROSOFT Folio 201513529 4,525.2
Asociación Mexicana de la Industria
de Tecnologías de la Información, A.C.
101625 17/XII/15 Apoyo PROSOFT Folio 201513167
5,06.5
Startup Cluster, S.A., P.I. de C.V. 101902 31/XII/15 Apoyo PYME FNE-151019-Cesp-00219600 15,610.1
Innovación Social y Ambiental, A.C. 101904 31/XII/15 Apoyo PYME FNE-150707-Cp12-00168039 8,054.3
Secretaria de Desarrollo Económico* 101375 12/XI/15 “Yo te Apoyo” Micronegocios 7,806.0
Secretaria de Desarrollo Económico* 101433 18/XI/15 “Yo te Apoyo” Micronegocios 7,286.0
Secretaria de Desarrollo Económico* 101463 23/XI/15 “Yo te Apoyo” Micronegocios 6,436.0
Secretaria de Desarrollo Económico* 101490 26/XI/15 “Yo te Apoyo” Micronegocios 6,874.0
Secretaria de Desarrollo Económico* 101589 8/XII/15 “Yo te Apoyo” Micronegocios 5,950.0
Total CLC 94,603.1
Documentos Múltiples (3,868.0)
Total de la muestra de auditoría 90,735.1
* La SEDECO obtuvo la autorización de la DGCNCP, mediante el oficio núm. DGCNCP/4151/2015 para registrar dichas CLC a nombre de la SEDECO
y no de los benef iciarios.
3. Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones consignadas en las 11 CLC
revisadas se llevó a cabo conforme a las partidas presupuestales indicadas en el Clasificador
por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2015.
4. El Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”
fue cubierto mediante la expedición de las cinco CLC y ocho documentos múltiples siguientes:
(Miles de pesos)
CLC Documentos múltiples* Total
Número Fecha Apoyos Importe Número Apoyos Importe Apoyos Importe
101375 12/XI/15 3,903 7,806.0 200062 535 1,070.0 3,368 6,736.0
101433 18/XI/15 3,643 7,286.0 200063 255 510.0 3,388 6,776.0
101463 23/XI/15 3,218 6,436.0 200064 291 582.0 2,927 5,854.0
101490 26/XI/15 3,437 6,874.0 200065 285 570.0 3,152 6,304.0
101589 8/XII/15 2,975 5,950.0 200073 189 378.0 2,786 5,572.0
Subtotal 17,176 34,352.0 1,555 3,110.0 15,621 31,242.0
Otros tres documentos
múltiples de la muestra 379 758.0
Total 17,176 34,352.0 1,934 3,868.0 15,242 30,484.0
* Los cinco documentos múltiples fueron elaborados con fecha 31 de diciembre de 2015.
73
En conclusión, se corroboró que las CLC fueron elaboradas conforme a la normatividad aplicable,
elaboradas y autorizadas por los funcionarios responsables, que los convenios cumplieron
los requisitos establecidos en las reglas de operación, vigentes en 2015, y que los registros
presupuestales consignados en las CLC se realizaron conforme Clasificador por Objeto
del Gasto.
Gasto Pagado
9. Resultado
Con la finalidad de verificar la cancelación, total o parcial, de las obligaciones contraídas
por la SEDECO derivadas de la celebración de convenios de asignación de recursos para
la ejecución de diversos proyectos relacionados con los tres programas de la muestra de
auditoría, se analizó la evidencia documental relativa al pago de los recursos a los beneficiarios,
y se encontró que dichos pagos se efectuaron mediante la expedición de 11 CLC y
transferencias bancarias como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Beneficiario CLC Institución bancaria
Estados de cuenta del beneficiario
Número Fecha Importe Operación Fecha Importe
Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de Información, A.C.
101625 17/XII/15 5,061.5 Bancomer Transferencia 30/XII/15 5,061.5
TYCO Servicios Compartidos, S.C. 101596 14/XII/15 4,525.2 Banamex Transferencia 30/XII/15 4,525.2
Servicio Nacional de Rotomoldeo, A.C. 101232 23/X/15 7,000.0 Bancomer Transferencia 30/XI/15 7,000.0
101233 23/X/15 20,000.0 Bancomer Transferencia 3/XI/15 20,000.0
Startup Cluster, S.A.P.I. de C.V. 101902 31/XII/15 15,610.1 CI Banco Transferencia 23/XII/15 15,610.1
Varios* 101375 12/XI/15 7,806.0 HSBC Dispersión** 17/XI/15 7,806.0
101433 18/XI/15 7,286.0 19/XI/15 7,286.0
101463 23/XI/15 6,436.0 24/XI/15 6,436.0
101490 26/XI/15 6,874.0 26/XI/15 6,874.0
101589 8/XII/15 5,950.0 9/XII/15 5,950.0
Subtotal
Documentos múltiples*** 31/XII/15 (3,868.0) Scotiabank Reintegro 31/XII/15 (3,868.0)
Total 90,735.1 90,735.1
* Corresponde a la entrega de 15,242 apoy os a los micronegocios benef iciarios del "Programa de Fortalecimiento a los Micronegocios para
el Distrito Federal, 'Yo te Apoy o'", por 2.0 miles de pesos cada uno, por única ocasión, mediante clav e proporcionada al benef iciario.
** Conv enio sin núm. de SEDECO con el banco HSBC del 16 de octubre de 2015 y contrato de depósito bancario de dinero a la v ista sin intereses.
*** Reintegro de 1,934 apoy os, mediante 8 documentos múltiples expedidos por el ente auditado.
Adicionalmente, mediante la aplicación de cuestionarios y actas administrativas de verificación
física a los beneficiarios: Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de Información, A.C.,
74
TYCO Servicios Compartidos, S.C.; Servicio Nacional de Rotomoldeo, A.C.; Innovación Social
y Ambiental, A.C.; y Startup Clúster, S.A.P.I. de C.V.; la ASCM solicitó información y
documentación relacionada con los apoyos otorgados por la SEDECO en 2015 relacionados
con los programas revisados.
De las respuestas y documentación proporcionada por los cinco beneficiarios anteriormente
enunciados, para los casos de los proyectos de los Programas para el Desarrollo de la Industria
del Software y del FNE, se comprobó lo siguiente:
1. Los beneficiarios acreditaron haber recibido en tiempo y forma los recursos otorgados,
mediante los estados de cuenta en los cuales se verificó la transferencia de los recursos,
cuyos montos coincidieron con la información proporcionada por la SEDECO.
2. Contaron con los convenios de asignación de recursos, y los convenios de concertación,
respectivos; documentos legales con los que los beneficiarios acreditaron el compromiso
de la SEDECO para otorgar los apoyos económicos.
3. En el caso de los beneficiarios Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de
Información, A.C. y TYCO Servicios Compartidos, S.C., que fueron beneficiados con
los recursos del PROSOFT, se verificó que contaron con dos cuentas bancarias para
el depósito de recursos federales y locales, conforme al Anexo E, “Convenio de Asignación
de Recursos de Entidades Federativas o Municipios” y lo dispuesto en la cláusula tercera
último párrafo, del convenio respectivo, en la que se indicó: “Para el depósito de los
recursos provenientes del PROSOFT, el beneficiario cuenta con una cuenta bancaria
específica que genere rendimientos, y exclusiva para la administración y ejerc icio de
los recursos federales, para que se identifiquen las erogaciones cuyo destino se sujete a lo
establecido en este Convenio. El Beneficiario se compromete a llevar un manejo
diferenciado de los recursos provenientes del PROSOFT, de los del gobierno del estado
y de los de origen privado”.
4. En cuanto a los beneficiarios Servicio Nacional de Rotomoldeo, A.C., Innovación Social
y Ambiental, A.C. y Startup Clúster, S.A.P.I. de C.V., estos fueron beneficiados con el
programa denominado Fondo Nacional Emprendedor normado por sus reglas de operación
75
para el ejercicio fiscal 2015 (publicadas en el Diario Oficial de la Federación del
24 de diciembre de 2014), las cuales establecen en el apartado de anexos (anexo B)
los modelos de convenios de colaboración, de adhesión y de asignación, así como en
la cláusula quinta, “Cuenta bancaria específica”, lo siguiente:
“Para la entrega de los recursos por parte del ‘INADEM’, el ‘ORGANISMO
INTERMEDIO/BENEFICIARIO/DEPENDENCIA O ENTIDAD’ se compromete expresamente
a contar, en términos de las disposiciones aplicables, con una cuenta bancaria propia
y específica para la administración y ejercicio de los recursos, que distinga contablemente
su origen e identifique que las erogaciones correspondan al fin autorizado, conforme a
lo establecido en este instrumento jurídico, misma que deberá estar registrada ante la
Tesorería de la Federación.”
De acuerdo con lo anterior, los beneficiarios demostraron que se ajustaron a dicha
disposición al proporcionar el estado de cuenta respectivo.
En relación con las erogaciones realizadas por concepto de los apoyos económicos
entregados a los micronegocios beneficiarios del programa estratégico de apoyo a la
micro, pequeña, y mediana empresa denominado Programa de Fortalecimiento a los
Micronegocios para el Distrito Federal, “Yo te Apoyo”, se comprobó que el recurso fue
entregado en forma directa mediante dispersión de pago con clave bancaria proporcionada
a 15,242 beneficiarios por un importe de 2.0 miles de pesos cada uno, |para totalizar
en 30,484.0 miles de pesos. El total de apoyos otorgados fue de 17,176, de los cuales
1,934 fueron reintegrados los recursos a la SEFIN mediante la realización de ocho
documentos múltiples de fecha 31 de diciembre de 2015, soportados con el oficio
núm. JUDCYP/7007/2016 del 28 de enero de 2016 y ficha de depósito de fecha 8 de
enero de 2016 a la SEFIN por 3,894.8 miles de pesos.
Para cumplir el propósito del pago directo al beneficiario, el ente auditado por Conducto
de la Comisión de Regulación y Seguimiento (conformada entre otros, por los titulares
de la Secretaría, de la Subsecretaría de Desarrollo Económico y Sustentabilidad y de la
Dirección Jurídica, según artículo 18 de las reglas de operación), realizó las siguientes
acciones:
76
a) Apertura de una cuenta bancaria mediante Contrato de Depósito Bancario de Dinero
a la Vista y su convenio sin número con el banco HSBC México, S. A., Institución
de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, de fecha 16 de octubre de 2015.
b) Entregó las ayudas por la modalidad de dispersión para lo cual el área de informática de
la Subdirección de Recursos Financieros de la SEDECO creó un algoritmo denominado
clave bancaria proporcionada a cada beneficiario mediante recibo por duplicado,
uno para el ente auditado y el otro para su cobro en el banco por el beneficiario.
Al respecto, se verificó que la documentación comprobatoria de los pagos efectuados
a los beneficiarios del programa soportara dicha erogación, por lo que se analizó
la base de datos de los padrones de los beneficiarios de las cinco CLC de la muestra
de auditoria relativas al programa. En dicho análisis se observó que en 53 casos
se duplicaba el registro de las ayudas a los beneficiarios (en 37, misma CURP y
misma dirección, en 11, misma CURP, diferente dirección y en 5, mismo domicilio,
diferente dirección).
c) Con el oficio núm. SEDECO/DAD/3260/2016 del 4 de noviembre de 2016, el ente
auditado, mediante nota informativa del Director Ejecutivo de Regulación Económica de
la Coordinación General de Regulación y Planeación Económica explicó las causas
por las cuales se registró dicha duplicidad, y en su caso proporcionó evidencia
documental: En dos casos el Coordinador General refirió que la base de datos se
capturó en forma errónea; en ocho casos, no obstante que el beneficiario si era el
mismo, éste ostentaba dos negocios no contraviniendo las Reglas de Operación
del Programa; en un caso fueron personas homónimas y en tres casos se realizaron
pagos duplicados, por lo que se solicitó al beneficiario respectivo la devolución del pago.
Respecto al último caso se proporcionó un escrito sin número de fecha 15 de agosto
de 2016 y dos escritos de noviembre 2016, solicitando el reintegro de los recursos.
En el resto de los casos menciona que fueron cancelados los recibos duplicados,
por lo que no se realizó la entrega del apoyo.
d) Respecto a los tres casos de los apoyos que se pagaron en forma duplicada;
la Contraloría Interna de la SEDECO realizó la observación respecto de uno de
los tres beneficiarios (Auditoría 02-I Clave 410 Programa de Fortalecimiento a los
77
Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”). De acuerdo con lo anterior,
se desprende que la SEDECO no contó con mecanismos de control para
garantizar que se evite el registro y pago duplicado de los apoyos otorgados a los
beneficiarios.
Por lo anterior, la SEDECO por conducto de la Comisión de Regulación y Seguimiento, no
observó el artículo 17 de las Reglas de Operación del Programa Estratégico de Apoyo a la
Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 22 de noviembre de 2013, vigentes en 2015 que indica:
“La Comisión de Regulación y Seguimiento ‘CRyS’ será un órgano colegiado, cuya finalidad
será:
”a) Dictaminar las solicitudes de apoyo proveniente de cada uno de los componentes de
las presentes Reglas,
”b) Dar seguimiento a la operación del Programa.”
En la reunión de confronta, celebrada el 14 de diciembre de 2016, la DA en la SEDECO,
mediante el oficio núm. SEDECO/DAD/3835/2016 del 13 de diciembre de 2016, proporcionó
e informó lo siguiente:
Oficio núm. SEDECO/CGRyPE/DERE/597/2016 del 13 de diciembre de 2016, por medio del
cual el Director Ejecutivo de Regulación Económica le remitió al Director de Administración
la siguiente información para la atención de las observaciones realizadas por la ASCM:
1. Oficio circular núm. CGRyPE/DERE/112/2016 del 31 de marzo de 2016, mediante el cual
el Director Ejecutivo de Regulación Económica le solicitó a los Directores, Coordinadores
y Subdirectores dela Coordinación General de Regulación y Planeación Económica,
que llevaran a cabo las acciones que consideraran pertinentes para observar
los mecanismos de control del levantamiento e integración del expediente para ser
beneficiarios del programa.
78
2. Anexo de la Circular CGRyPE/DERE/112/2016, en la que se describen las actividades:
a) Verificar la CURP, para identificar aquellos casos en los que un solicitante tenga
más de una solicitud. En caso de que el solicitante haya presentado el mismo micronegocio
en otra solicitud, sólo se podrá incorporar al padrón una solicitud.
b) En los casos en los que en el proceso de supervisión o entrega de claves se identifique
que una solicitud aprobada e incorporada al padrón de beneficiarios, está duplicada, se
presentará a la Comisión de Regulación y Seguimiento, para que ésta autorice
que se pueda dar de baja el micronegocio duplicado e incorporar un nuevo beneficiario.
c) La clave de pago sólo podrá ser emitida una vez. Dicha clave para pago será asociada
al folio de la solicitud, con una vigencia definida sin posibilidad de prórroga. En los
casos en que algún beneficiario extravíe la clave bancaria esta se pueda reimprimir sin
necesidad de modificar dicha clave bancaria.
d) En los casos de que un beneficiario identifique errores en el nombre impreso de la
clave bancaria para pago, primero se corroborará que la clave bancaria no haya
sido cobrada y sólo en ese caso podrá generarse una nueva clave bancaria con
los datos corregidos.
También proporcionó tres fichas de depositó del banco HSBC por importe de 2.0 miles
de pesos cada una, de fechas 13 de diciembre de 2016, correspondientes a los beneficiarios
con número de folios 21528, 7031 y 19766, los cuales fueron duplicados y reintegraron los
recursos que se les había otorgado por duplicado.
De lo manifestado por la SEDECO en su respuesta de confronta, se desprende que, hasta
el ejercicio de 2016, dicha secretaría estableció mecanismos de control para evitar los
registros duplicados de beneficiarios del Programa para el Fortalecimiento de los Micronegocios
para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”, asimismo, proporcionó evidencia documental del
reintegro de los recursos de los tres beneficiarios a los cuales se les otorgo por duplicado
los recursos; sin embargo, no proporcionó evidencia documental del cumplimiento de los
mecanismos implementados y de que los recursos recuperados hayan sido reintegrados a
la SEFIN, por lo que no se modifica la observación señalada.
79
Recomendación ASCM-4-15-5-SEDECO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Coordinación
General de Regulación y Planeación Económica, adopte medidas de control para evitar
que, en los padrones de beneficiarios del Programa para el Fortalecimiento de los Micronegocios
en el Distrito Federal “Yo te Apoyo”, se registren pagos duplicados de Cuentas por Liquidar
Certificadas y correspondan con el monto a liquidar en dicha cuenta, de conformidad con
las Reglas de Operación respectivas.
Recomendación ASCM-4-15-6-SEDECO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Económico, por medio de la Dirección de
Administración, establezca mecanismos de control a fin de garantizar que, los recursos
recuperados de los registros duplicados con cargo al Programa para el Fortalecimiento de
los Micronegocios en el Distrito Federal “Yo te Apoyo” sean reintegrados a la Secretaría
de Finanzas de acuerdo con la normatividad aplicable.
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