LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR
• La presente Ley, reglamentaria del artículo 28 Constitucional, tiene por objeto la salvaguarda y promoción del acervo cultural de la Nación.
Garantiza la Protección de los derechos de los autores, así como de los derechos de propiedad intelectual.
Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.
o Las obras protegidas por esta Ley son aquellas de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio.
Autor es la persona física que ha creado una obra literaria y artística
El autor es el único, primigenio y perpetuo titular de los derechos morales sobre las obra de su creación.
El derecho patrimonial, derecho de explotar de manera exclusiva sus obras, o autorizar a otros su explotación, en cualquier forma, dentro de los límites que
establece la presente Ley.
La protección que otorga esta Ley se
concede a las obras desde el momento
en que hayan sido fijadas en un soporte
material.
El derecho de autor es el
reconocimiento que hace el Estado en
favor de todo creador de obras en
virtud del cual otorga su protección.
Consta de 238 Artículos y XII Títulos Título I
Disposiciones Generales
Título II
Del Derecho de Autor
TITULO III
De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales
TITULO IV
De la Protección al Derecho de Autor
TITULO V
De los Derechos Conexos
TITULO VI
De las Limitaciones del Derecho de Autor y de los Derechos
Conexos
TITULO VII
De los Derechos de Autor sobre los Símbolos Patrios y de las
expresiones de las
TITULO VIII
De los Registros de Derechos
TITULO IX
De la Gestión Colectiva de Derechos
TITULO X
Del Instituto Nacional del Derecho de Autor
TITULO XI
De los Procedimientos
TITULO XII
De los Procedimientos Administrativos
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