COORDINADORA HACIOMl
DETRABAJADORESDEIA EDUCACIÓN
INICIATIVA CIUDADANA
Constitución Política
úe los Estados Unidos Mexicano*^Mff^&&!»?MPJÍíWif
EDUCACIÓN PÚBLICA
PARA TODAS Y TODOS
CIUDAD DE MÉXICO, 9DE FEBRERO DE 2017
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INICIATIVA CIUDADANA QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 3o Y73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOSMEXICANOS
"EDUCACIÓN PUBLICA PARA TODAS Y TODOS"
INICIATIVA CIUDADANA EN MATERIA EDUCATIVA
C. Presidente del Senado de la República y/o de la Comisión Permanente,
Las y los firmantes, ciudadanas y ciudadanos de los Estados Unidos Mexicanos,quienes a efecto de la presente iniciativa enunciamos nuestros nombres, clave deelector o número de identificado al reverso de las credenciales de electorcorrespondientes, todas ellas vigentes, así como plasmamos nuestras firmas enoriginal; señalado como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones eubicado en Belisario Domínguez/ñüqpero 32, Colonia Centro, C. P. 06010Delegación Cuauhtémoc, en estajCÉdad de México, autorizando de maneraenunciativa y no limitativa para tales efectos a Enrique Enríquez Ibarra, UlisesDelgado Vázquez, Luis Alberto ÍBrayo Navarrete, Raúl Vázquez Barrosoreservándonos el derecho de autorizar a otras personas, antecomparecemos a presentar INICIATIVA CIUDADANA QUE REFO!ARTÍCULOS 3o Y 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOUNIDOS MEXICANOS, por lo que fcara efectos de los artículos 71la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículosy 133 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidy, artículos 162, 163, 164 numteráí 1 y 169 del Reglamentopresentamos el documento de iniciativa correspondiente que contiene:
I. Exposición de Motivos
II. Proyecto de Decreto
III. Firmas ydatos délas y los ciudadanos firmantes (ANEXOS DE FIRMAS)
Por lo que solicitamos:
ÚNICO.- Se tenga por presentada la presente iniciativa c¡udac98a en llltérmin-^ , gque qn la misma se exponen yse dé el trámileq^respo %q.
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Las y los firmantes, todas y todos ciudadanas y ciudadanos de los Estados UnidoMexicanos, en pleno uso de nuestros derechos constitucionales, con fundamenten los artículos 71 fracción IV de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; artículos 130, 131, 132 y 133 de la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos; y, artículos 162, 163, 164 numeral 1 y169 del Reglamento del Senado, sometemos a la consideración del Senado lasiguiente;
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I. Exposición de motivos
1.-Presentación
Las y los trabajadores de la educación en México, ciudadanas ypadres y madres de familia, miembros de organizaciones de la sociedaacademia e investigación, investigadores y especialistas enintelectuales, artistas, estudiantes, trabajadores obreras y obreros, campes* _campesinos, de pueblos indígenas y originarios, suscribimos la presente IniciativaCiudadana que reforma los artículos 3o y73 Constitucionales yque constituye unaalternativa viable ante el actual modelo de educación que se ha tratado deimplementar a partir de la reforma en materia educativa publicada en el DiarioOficial de la Federación el 26 de febrero del 2013.
En nuestro País, políticas Estatales y empresariales de corte neoliberalengendraron una crisis del Estado y la Nación mexicana que sólo es comparablecon las que dieron lugar a las Guerras de Independencia, Reforma y Revolución.Más de 30 años de neoliberalismo han dejado como resultado la precarización delas condiciones de vida del grueso de las mexicanas y mexicanos, lo que hagenerado una catástrofe humanitaria similar a la que viven algunos países quehan sufrido la invasión de sus territorios; con la salvedad de que en Méxicoformalmente no existe un estado de guerra.
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El saldo de la tragedia nacional es elocuente. Por hablar de los últimos 10 años,de momento se cuentan alrededor de 200 mil asesinados en las "guerras" de ycontra la delincuencia organizada, de la que el Estado mexicano es juez y parte.Más del 90 por ciento de las y los fallecidos son personas jóvenes, al igual que loscasi 30 mil desaparecidas y desaparecidos. Millón y medio cuando menos hansufrido desplazamientos a causa de la violencia y el terror; mientras la mayoría dela población vive atemorizada. Los tejidos sociales comunitarios y ciudadanos hansido vulnerados por las trasnacionales, el terrorismo de Estado, la delincuenciaorganizada, los medios de comunicación, ios partidos políticos, los programas deasistencia clientelar, la educación empresarial, la^destrucción de las economíascampesinas y populares, los bajos salarios, la migrjación, los feminicidios y la tratade personas.
Es en el marco de estos crímenes cometidos jen bontra de la población, que setratan de imponer los programas educativos para América de organismosinternacionales como el Banco Mundial; y el Banco Interamericano de DesarraUSegún este razonamiento, "invertir mejqr" .'ho significa "invertir más^^íátSSStN^desarrollar aquellas áreas educativas quefdemanda el mercado yconjMfe^^^^^educación como una empresa que \dieb.ér mostrar su eficiencia/u|̂ árentabilidad ycalidad. ¡3(2 3l3BG3!J
Las reformas estructurales, entre ellas la educativa, son parte de una éstr|mayor que tienen uno de sus sustentos en los tratados de libre comerciQ'coi Wro'
América del Norte (TLCAN; ASPAN; iniciativa Mérida) y ahora el Acuerdo*Transpacífico de Cooperación Económica (TPP por sus siglas en inglés). El caosy la catástrofe humanitaria son una construcción deliberada del poderestatal mexicano y de las corporaciones empresariales, para desmantelar lasbases materialesy culturalesde la Nación y el Estado mexicano.
Incertidumbre y caos, miedo y terror, demagogia, pobreza y desesperanza, nadase ha escatimado para recolonizar a México, para proceder a una ocupaciónintegral de sus territorios, sus bienes comunes y su fuerza de trabajo. Eso ha sidoel neoliberalismo, una estrategia deliberada, orquestada por las gerencias delpoder político, las trasnacionales y las potencias imperiales como la situada en lafrontera norte.
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La Reforma Educativa promovida por el Poder Ejecutivo es un aspecto delproyecto antinacional que persigue la privatización de los bienes económicos eintelectuales de la educación pública. Transformarla en un espacio de negociospara las corporaciones empresariales que se agrupan en torno a "MexicanosPrimero", en una fuente de negocios y de aprovisionamiento de personal einvestigaciones. Además de convertirla en un espacio para la difusión de "LaNueva Cultura Laboral" promovida por las trasnacionales, el Banco Mundial (BM),el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Organización para la Cooperación yelDesarrollo Económico (OCDE); cultura que debe ser entendida como "La NuevaCultura de la Precarización Laboral".
Su Reforma Educativa tiene esas dos caras, no pretende como se afirma devolverla rectoría de la educación al Estado mexicano, que la fue perdiendo ante losorganismos de regulación del capitalismo internacional y las trasnacionales encontubernio con el sindicalismo oficial; sino: culminar la entrega de la rectoría de laeducación a trasnacionales y a sus órganos de planificación mundial. Tampocopersigue superar la crisis y el caos educativo^ ya que de él se alimentan y, mmenos, lograr la equidad y la calidad enteneüdacomo dignidad humana
Su proyecto educativo alimenta la desigualdad; el fracaso escolarporque quieren fuerza de trabajo barata, dócil; la necesitan para aliempresas con trabajadoras y trabajadores precarizados, la requieren ela delincuencia, en los ejércitos y policías desclasados, en las fosas cíaen los campos y fábricas del vecino país del norte. La calidad eseufemismo para encubrir sus fines empresariales, pero también es una trampaideológica y cultural, la educación terminó por ser una cosa que únicamente sirvesi responde a los estándares de las empresas legales e ilegales, de lasorganizaciones políticas de corte estatal que necesitan personas que pongan susintereses mezquinos por encima del bienestar social.
La educación pública está diseñada en gran medida como un producto desegunda, para un país de tercera sujeto a los designios de las grandes potencias yde sus socios locales. En realidad no les importan las y los infantes, ni las y losdocentes, ni las madres y padres de familia, ni las comunidades y pueblosoriginarios, ni la independencia de la Patria salvo si son fuente de gananciasinmediatas y potenciales.
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Su discurso de calidad, nos convierte en cosas, ideológicamente y en la práctica.Poreso inventaron lo de la calidad de vida, abandonando el principio de dignidadhumana, como si fuéramos productos, seres humanos cosificados para elconsumo.
En verdad, la crisis educativa que padece México es el resultado de las políticaspúblicas, de diseños político-culturales destinados a reproducir y profundizarla situación de dependencia semicolonlal que guarda nuestro país con empresastrasnacionales y potencias del tipo de los Estados Unidos.
En ese contexto el sistema escolarizado contribuye a la reproducción del lugar queocupamos como Estado-nación condenado a ocupar un sitio de segundo o tercerorden dentro del mercado mundial. Así la escuela pública es un medio paradifundir conductas sociales colonizadas, formar fuerza de trabajo' fácilmenteexplotable y un clima intelectual y moral que reproduce el colonialismo intei^c^>>su carga de explotación, racismo, patriarcalización ydiscriminación de MmetíB^é:/^!'indígenas mestizos, trabajadoras ytrabajadores /,• tp^fS^ f •-"
Desde la óptica de quienes diseñan y aprueban la Reforma Eaüo^&í^cíídiagnóstico previo, sin consulta, y que, por cierto, no asisten a la esaconciben el espacio público como su propiedad, que pueden ofe?empresarios locales y extranjeros o a las agencias de potencias extranjera!público en cambio es el espacio de todos, donde cada persona es igual política yjurídicamente y por tanto son las mayorías las que pueden y deben definir laorientación de lo público, así se construye el bien común.
Hoy México necesita más que nunca ser refundado sobre sus raíces ancestrales,las de los pueblos y naciones originarias; desde las clases y mayorías nacionales:mujeres, jóvenes, indígenas, indígenas-mestizos, clases trabajadoras y clasesmedias. Sobre los principios derivados de sus gestas fundadoras:democracia desde el pueblo, justicia social, soberanía nacional y libertad
Necesitamos una educación digna, que articule el interés superior de las niñas yniños de México y su derecho a una educación integral, con la defensa de losderechos laboralesy humanos de las y los trabajadores de la educación de
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México yque, además, avance asertivamente hacia una evaluación integral de >ktodos los componentes del Sistema Educativo Nacional, que sirva justamente paratransformar sustantivamente los contenidos y las condiciones mismas de la ¡ |\f <educación, y al mismo tiempo proteja a la educación como un derecho inalienable I l v—para todas y todos los mexicanos.
Quienes promovemos esta Iniciativa Ciudadana presentamos al pueblo de Méxicouna propuesta que terminaría con el conflicto actual y que sería, al mismotiempo, el marco legal para el desarrollo pleno de una educación emancipadora,crítica, pública, gratuita, de calidad social que se corresponde a las necesidadesde la sociedad mexicana y una herramienta para enfrentar la difícil situaciónactual tanto en las entidades federativas, como en el contexto donde se articulanlo nacional y lo global, desde los cuales senos exige encauzar la luchamagisterial hacia alternativas viables que construyan un modelo educativo propio,que sea resultado de la voluntad de todos y cac^a uno de los mexicanos.
Son tres las consecuencias generales en la aplicación violenta de los^del neoliberalismo en educación:
1- De ser un derecho Constitucional para todas las personaslaTconcepto de "calidad" definido de manéfa^bigua y con una "mercantil, la educación se transforma en una mercancía.
2.- Bajo esta lógica, la educación se entiende como una inversión concriterio empresarial, lo que debilita la responsabilidad del gobierno comogarante de este derecho.
3.- Tanto las y los educandos, como las y los trabajadores de la educación,así como las y los involucrados en el proceso educativo, quedan tambiénreducidos a la definición de "recurso humano".
La llamada reforma educativa aprobada en 2013 es hoy el principal problema paraavanzar hacia un nuevo modelo educativo, esta reforma cumple cabalmente conesta perspectiva mercantil de la educación ycon las políticas neoliberales que hoyvuelven más precaria y vulnerable la vida social y económica de nuestro país.Además, la imposición de esta reforma por parte del actual Gobierno Federal nosólo ha generado una situación de vulnerabilidad ydespojo laboral hacia las y los
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trabajadores de la educación en México, también haocasionado múltiples agresiones y una política sistemática de represión congraves daños para las y los trabajadores de la educación y la sociedadmexicana (un número todavía impreciso de muertes, desapariciones, asícomo presos políticos, cientos de heridos, viudas y huérfanos, daño psicológico, ycesados del trabajo docente), cuyo responsable es el mismo Gobierno federaly los gobiernos estatales, así como policías y paramilitares.
Entendida esta represión y agresión como la violación sistemática de todos losderechos laborales, es evidente v; que la violencia por partedel gobierno mexicano atenta también Contra el derecho superior de las niñas yniños de México a recibir una educación digna, al violar los derechos humanos ylaborales de las y los trabajadores de la¡educación e imposibilitar las condicionespara vivir con plenitud el proceso educativo.
Ante la exigencia del pueblo de México dé resolver este conflictocon pleno respeto al derecho superior de ja población a la edulos derechos laborales y humanos de las y lostraasumir, todos los sectores sociales sin excepción, una posició1colaborar en el proceso de revisión, discusión, reformulació,una reforma educativa integral, con Justicia y equwna,participación plena de la sociedad mexicana y de todas yAinvolucrados y responsables en el sistema educativo nacional.
En nuestro proyecto será fundamental impulsar los valores de la moral y laverdad; de la experimentación y la práctica tanto en el conocimiento y elsaber, como en la conducta y la acción, tanto en las humanidades como en lasciencias, en las técnicas y las artes. El proyecto habrá de precisar sin equívocos loque se entiende por estos valores. Así por moral, como valor central de laeducación, se entiende la moral de lucha, la moral de cooperación, la moral dedefensa del interés general -en todo lo que sea posible-, frente al individualismo,frente al consumismo y a los intereses particulares con que el ser humano seenajena. Por verdad se entiende una crítica permanente a la cultura de laservidumbre y un cuestionamiento constante de lo que se cree que pasa y lo quelo determina, así como de los mejores caminos ymedidas para alcanzar valores y
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objetivos a lo que se añadirá el principio cada vez más generalizado de aprender aaprender.
Es urgente plantear alternativas que impliquen la derogación de la reformaconstitucional en materia educativa que entró en vigor el 26 de febrero de 2013 ydesus leyes reglamentarias, así como un análisis puntual de las leyes y artículosque lesionan derechos laborales y humanos de los docentes, pero también unapropuesta que tenga como punto de partida una participación directa, crítica yresponsable de la sociedad mexicana, ¡en fa que las y los ciudadanos expresen suvoluntad de apoyar la presente Iniciativa Ciudadana.
La educación pública es una herencia viva de .nuestra historia nacional, unaconquista yun derecho fundamental de la sociedad mexicana; una actividad cuyoscomponentes implican una complejidad y una responsabilidad que rebasan elámbito puramente individual yque más bien competen a todo el pueblo de México.
Por lo anterior, cualquier modificación sustancial de la Constitucióasí como de sus postulados sociales y comunitarios,recaer sólo en el gobierno o en una sola institución, es tareatodos los mexicanos.
Esta Iniciativa Ciudadana involucra a la sociedad mexicana en utrascendental que nos compete a todos: iniciar una transformación histleducación en México. Por lo anterior, en esta Iniciativa Ciudadana el puebloMéxico propone una reforma constitucional al artículo 3o yal 73, que dejará sinefecto las reformas a la Ley General de Educación y derogará tanto la Ley delInstituto Nacional de Evaluación de la Educación, como la Ley General delServicio Profesional Docente.
2.- CONDICIONES ACTUALES DE LA EDUCACIÓN ENMÉXICO: LA REFORMA EDUCATIVA QUE FRACASÓ.
En México, como sucede en varios países de América Latina, a pesar de que en eldiscurso de gobiernos e instituciones se le otorga una gran importancia ala educación pública y a la profesión docente, en los hechos, su labor no ocupauna posición estratégica en el diseño de las políticas educativas.
^,.:U
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Esta situación provoca que ni la educación pública ni las ylos docentes cuenten con el presupuesto ni con los elementos básicos paraatender a los alumnos en un sistema educativo complejo.
Sólo para ilustrar la complejidad inherente a nuestro Sistema Educativo Nacional,debemos señalar que éste enfrenta tres retos inmediatos: i) el número depersonas que deben acceder a loá''s#/biqs de educación obligatoria; ii)la atención con políticas públicas específicas y ejacceso a la educación pública desectores marginales; y, iii) las condiciones económicas necesarias para garantizarel acceso a la educación obligatoria. \
Como puede observarse con puntualidad, Ééxicp no ha logrado transformar susistema educativo y, por el contrario, el país está.varado en una reforma educativaimpuesta el 26 de febrero de 2013 que se ha vuelto un obstáculo para unaauténtica transformación educativa yque;im|liqüe cumplir con todos ycada unode los derechos délas y los mexicarios#Iuna educación digna erijMflSSScomponentes del Sistema Educativo Nacional • yffi5fcÍ5! '̂
Además, del diagnóstico referido sobre la situación que actualmentsistema educativo nacional, se puede apreciar con claridad,educativa a la que se aspira, enfrenta aún múltiples retos por atend\^)|̂antes de la profesionalización docente en la que recae el principal arg&^totreforma. X^s™**- ,„
No podemos aspirar a acceder en México a una educación publica integral,mientras no se resuelvan problemas de fondo y forma, en el sistema educativo,que implica realizar acciones que van desde el fortalecimiento de la infraestructuraeducativa y los servicios de los centros escolares, hasta el acceso a lamodernización tecnológica y la generación de políticas públicas para abatir elrezago educativo, el bajo rendimiento y la deserción escolar, a la par de generarlas condiciones legislativas, políticas yadministrativas para garantizar la formacióndel futuro docente de manera más pertinente al contexto regional actual,la actualización pedagógica ydidáctica del docente que el sistema necesita, parallegar a la eutopía del "profesional docente" del siglo XXI.
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Bajo esa circunstancia, debemos concluir entonces que la profesionalizacióndocente no puede ni debe imponerse por decreto legislativo o por exigencia deuna evaluación que resulta condicionante, temeraria y punitiva, sino que esta debeser más bien el resultado del cambio de modelo y las adecuaciones al sistemaeducativo, que de forma incremental conduzcan a la profesionalización delmagisterio, con plena racionalidad política, social y laboral.
1.- La falta de infraestructura educativa y las condiciones materialessumamente adversas en la que se dael proceso educativo en México.
2.- La alta desigualdad, inequidad y precariedad en la que se da el acceso a laeducación.
3.- La necesidad de identificar con precisión las nuevas condiciones en lo queserefiere al egreso, el problema de la:pertinencia tanto educativa como laboraldel mismo. '[.' .
4.- El balance absolutamente desfavorable :de la reforma educa,febrero de 2013, la cual se "aprobó" bajo-la promesa dé queserían observables en el corto y mediano plazo.
En México, como sucede en varios países de América Latina, a pesardiscurso de gobiernos e instituciones se le otorga una gran impprofesión docente, en los hechos, su labor es repulsada. Alas ylos doceñteTyTsus comunidades escolares se les excluye permanente y sistemáticamente de laparticipación en las definiciones de losdiseños de las políticas educativas.
Sólo para ilustrar el tamaño de la crisis en que se debate nuestro SistemaEducativo Nacional, mostramos algunos datos estadísticos de carácter oficial, quepor lo demás son usados ambiguamente para responsabilizar a las y lostrabajadores de la educación, incluidos las y los normalistas del desastreeducativo nacional.
Los datos de la Evaluación de Condiciones Básicas para la Enseñanza y elAprendizaje (ECEA), aplicada en el ciclo escolar 2013- 2014, revelan la deficienciay desigualdad con las que está operando el sistema educativo, que lejos de
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implementar medidas de equidad, como las señaladas normativamente,reproduce un círculo de pobreza, esto al brindar servicios de menor calidad a laspoblaciones que se encuentran en mayor desventaja social. El 91.7% de lasescuelas primarias ocupa inmuebles que fueron construidos con fines educativos,pero una proporción importante tiene paredes o techos de materiales no durables.
De acuerdo con la información proporcionada por los directores o los Líderes parala Educación Comunitaria (LEC), el 20.8% de las escuelas primarias tiene lamayor parte del techo de lámina de asbesto, metal, cartón, palma o carrizo, o éstees inexistente. En el caso de las escuelas multigrado, este porcentaje seincrementa a un 23.5%; en tanto que en escuelas indígenas no multigrado es de26.4% y 33.5% de las indígenas- multigrado. Él rcasoí más grave de estadesigualdad y falta de atención se refleja en el 54,7%de las escuelas comunitariasque operan en estas condiciones. •
En el caso de los muros, de nuevo las mayores carencias se encuentranescuelas indígenas 7.1% y 17.4%, indígenas mulfigradó y comunitariaque reportan que la mayoría de sus paredes son de" tabla-roca, lámina, tíÚ.^^incluso no las tienen. En relación con los pisos, destaca que 7% de laf iljtmtÉ|indígenas (multigrado yno multigrado) y19.3% de las comunitarias lople|̂ M.r,r.,tierra omateriales movibles. V'V^llp^
En el caso de las primarias generales, una tercera parte de las no multigr?fácarece de agua algunos días o todos, y 7.5% está en esa situación respecto deenergía eléctrica; en las generales multigrado las circunstancias son aún peores:44.1 y 18.8% carece de agua o energía eléctrica algunos días respectivamente.En las escuelas indígenas y comunitarias, más de la mitad no tiene agua todos losdías de la semana y entre una tercera parte y casi la mitad carecen de energíaeléctrica.
Estos datos sobre la infraestructura escolar y las condiciones en las que operanlas escuelas primarias son importantes para contextualizar las condiciones físicaspara el proceso de enseñanza-aprendizaje, a pesar de estas condiciones, el82.5% de los alumnos a nivel nacional consideran que su maestro se esfuerzapara que los temas sean interesantes para todos; el 83.1% señaló que sus
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maestros atienden a quienes tienen dudas o requieren ayuda y el 92% señaló quesus maestros los respetan.
En 4 de cada 10 escuelas no hay personal de apoyo (docentes de EducaciónFísica, Artística, Inglés, Computación), y, a pesar de que dos terceras partesreportan contar con al menos un estudiante con necesidades educativasespeciales, solamente 30% dispone de personal para atenderles.
El acceso a las computadoras y al Internet en las aulas refleja la contrariedadentre los propósitos de la reforma educativa del 25 de febrero de 2013 y larealidad del Sistema Educativo Nacional. En 43.1% de las escuelas del paíscuentan al menos con una computadora en funcionamiento para los estudiantes yen sólo el 23.3% de los planteles hay internet. Sin embargo, en las escuelasprivadas, 9 de cada 10 cuentan al menos con una computadora enfuncionamiento y 7 de cada 10 tiene Internet para uso de los estudiantes. Encambio, apenas 7% de las primarias comunitarias cuentan con equipoy sólo 1.7% tiene acceso a internet.
En relación a las condiciones de higiene, la desigualdad y falta de eescuelas públicas es más pronunciada. Así, mientras que a nive68.8% de las escuelas cuenta con agua de la llave yen las escuJ ^asciende a 98.3%, solo el 32.8% de las escuelas comunitarias gozservicio. Asimismo, en el 25.2% de las escuelas comunitarias nomientras que a nivel nacional sólo esto se presenta en ei 5.2% de las escuelas.'entanto que en las escuelas privadas no existen escuelas sin agua. En cuanto alagua disponible para beber por parte de los estudiantes, el 42.5% de las escuelasa nivel nacional lo ofrecen, pero este porcentaje disminuye en las escuelascomunitarias (14.3%) y las indígenas multigrado (13.8%). En el 91.1% de lasescuelas privadas existe agua purificada para beber.
Un aspecto importante son las condiciones de seguridad de los inmueblesescolares para las y los alumnos y las y los trabajadores de la educación. En esterubro sólo el 16% de las escuelas noexistía ningún tipo de riesgo; en el 40.6% sereportaron vidrios rotos o estrellados e instalaciones eléctricas, techos y pisos enmal estado; en 30% se señaló la existencia de muros, bardas e instalacioneseléctricas en mal estado.
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En lo concerniente a la formación profesional la simulación de las autoridadeseducativas es elocuente:
Por ejemplo, en la Ley General del Servicio Profesional Docente se incluye en sutransitorio Vigésimo Segundo, el mandato a la Secretaría de Educación Pública deformular "un plan integral para iniciar a la bfévedad los trabajos formales, a nivelnacional, de diagnóstico, rediseño y fortalebimiento para el Sistema de NormalesPúblicas a efecto de asegurar la calidad en la educación que imparta y lacompetencia académica de sus egresados, así como su congruencia con lasnecesidades del sistema educativo nacional",; Dicho plan no ha sido presentadocómo lo mandata la ley.
Para ejemplificar sobre la inversión en formación continua de docenteseducación básica, el recurso destinado a esta.actividad en educación básica$363.91 al año por docente, lo cual representa, .una cifra inferior aconsideraría necesaria, mientras que para el;ákejtmedio superior, estse incrementa a 10 mil pesos porcada profesoral año.
En cuanto a las condiciones para la formación continua, ésta se propcondiciones inadecuadas: sólo poco más de la mitad de los Centros detienen aulas de medios, bibliotecas y salones; y atienden en promediescuelas con equipos de no más de 10 personas. En la educación básica,una de cada cuatro escuelas operan procesos de inducción y de acompañamientopara los nuevos docentes, lo que significa que tales estrategias formativas estánlejos de haberse generalizado. En educación media superior, en cambio, losdocentes sí reportan tener una alta participación en programas de inducción tantoformal como informal y de ser acompañados a través de tutorías.
No es posible que la reforma educativa que el país necesita, dependa de formaexclusiva del papel del docente en el aula, de su desempeño laboral y de losresultados de su evaluación y/o actualización, la reforma educativa de fondo deberesponder, antes que todo al diseño e implementación de un modelo educativoque argumente con mayor definición "cuál es el perfil del sujeto a formar, el fin dela educación en México y el planteamiento filosófico sobre el que debe conducirsela educación en nuestro país", en este modelo educativo, debe incluirse el plan y
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los programas de formación docente del normalista, para hacerlos congruentescon su exigencia laboral y profesionalización.
Apesar de que reformas van y vienen en México no se ha logrado avanzar en lasuperación de las inequidades yde la cris¡s|educativa. La Reforma impuesta el 26de febrero de 2013, al igual que otras, se ha vuelto un obstáculo para unaauténtica transformación educativa y que implique cumplir con todos y cada unode los derechos de los mexicanos a una educación digna en todos los niveles ycomponentes del Sistema Educativo Nacional. ,1 ¡-3
3.- Una iniciativa ciudadana. "Educación pública para todas ytodos" "
Esta Iniciativa Ciudadana se propone transformar el Sistema EducativoNacional, detener el proceso de violación de los derechos laborales y humadelas y los trabajadores de la educación pública, siendo esta garantederecho social basedel progreso científico social, cultural yeconómico.
El Sistema Educativo Nacional, el núcleo mismo del proceso educativo,movilizar en torno suyo a los actores y fuerzas sociales más importantes denfuera de la educación: estudiantes, maestros, madres y padresfamilia, autoridades, comunidades, ciudadanos, instituciones educativagobiernos y legisladores. La transformación del Sistema Educativo Nacionalpartir del supuesto de una educación humanista e integral, que no se rija por losvalores del mercado y no entienda a la educación como una mercancía, sino comoun derecho social y humano quegenera valores y riquezas que no se reducen a laoferta y la demanda.
¿Cuáles son estos valores y riquezas que genera laeducación? Democracia, equidad, justicia, el cuidado y elaprovechamiento sustentable de los recursos naturales, la comprensión de losproblemas nacionales, el trabajo científico, la mejor convivencia humana,el incremento y protección de los derechos culturales, el interés general de lasociedad, la igualdad, fraternidad, solidaridad y el respeto a la diversidad, elderecho a la libre expresión, al trabajo digno, a los derechos humanos ylaborales
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sin exclusión. Una educación fincada en la memoria histórica de nuestro pueblo,pero abierta a la cultura y el conocimiento universal, con una visión amplia de laciencia ylas humanidades. Una educación sólidamente anclada en la autonomía yla participación democrática dentro y fuera del aula.
El Sistema Educativo Nacional deberá ser accesible a todas ytodos los habitantesdel país, por lejana y pequeña que sea su comunidad y por enorme que sea elnúmero de aspirantes a las escuelas e instituciones en las ciudades. Y estaeducación -creativa e incluyente- es una responsabilidad de la sociedad queasume el Estado a través de la educación pública, gratuita y laica. La educacióndebe ser para todas y todos en todos los niveles.es necesario tambiénrecuperar y articularen los planes y programas de estudio las leccionespedagógicas antiguas y modernas, que nos permitan ofrecer a niños y jóvenesuna educación a profundidad, amplia" y de alto nivel y, enconsecuencia, manteniendo su gratuidadJ
Es urgente lograr que se destine el 12% del Producto Interno Brueducación, a fin de garantizar la ampliációrfde la infraestructuraniveles, equipamiento y número de maestros. Exigimos que todosftó$|c^^^fe\|escolares del país cuenten con las condiciones óptimas materialeá Mi|ur#^fe^jIpara desarrollar su labor, pero sin endeudamiento ysin poner en nes^m^t^M{^M¿público de la educación, como hoy se perfila con los llamados bonos ea\pJiv^S?,"* J
El Sistema Educativo Nacional convertirá a los estudiantes en verdaderSs*ciudadanos, conscientes y preocupados por "el interés general de la sociedad",como lo establece el Artículo 3o constitucional. En este sentido, la escuela debeser una comunidad que se desarrolle en un clima de libertad, sin miedo y deacuerdo a los lineamientos que en sus respectivos ámbitos construyan las y losestudiantes y maestros en el aula, el centro educativo y la relación con lacomunidad. Pero esto no puede darse mientras se mantenga una estructura legalque establece que la evaluación conduce al despido o separación del aula demiles de trabajadores de la educación, que les impone siete nuevas causales dedespido y, además, confiere a la autoridad educativa la posibilidad de abrir unproceso de sanción ante la mera sospecha de que se ha cometido unairregularidad.
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Proponemos una educación verdaderamente autónoma, de tal manera quenuestras escuelas tengan libertad para, en el marco de una educación nacional,definir cómo deben ser los planes y programas, los contenidos y las prácticaspedagógicas dentro y fuera del aula, que permitan responder al rezago educativo,a las necesidades diferentes de niños yjóvenes de culturas diversas, del campo,de la ciudad, del norte, del centro y sur del país, desde Yucatán hasta BajaCalifornia. Una autonomía que permita dejar atrás Ja uniformidad de un solo librode texto gratuito, una misma evaluación para estudiantes y docentes de todo elpaís.
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Proponemos la mejora sustancial de deceña¿ de miles de escuelas, proveer desuficientes docentes a las escuelas multigratío yunitarias, desayunos escolares, ladotación de útiles escolares, uniformes y,'calzado, así como becas y libros entodos los niveles educativos.
En el Sistema Educativo Nacional la evaluación debe ser de abajo hacia arriba.Una evaluación realizada por los maestros;y estudiantes desde lasescuelas y comunidades, desarrollada como un ejercicio dialógico enregión yentidad federativa. Una evaluación que, al mismo tiempo que /problemas, analiza los factores que los causan, las soluciones que puí#recoge las experiencias exitosas de maestros y escuelas para^educación. Para que sea sincera y realmente involucre a maestros yesta evaluación no debe ser punitiva y no debe implicar sanciones niadministrativas para los docentes.
Una verdadera transformación educativa no debe dejar fuera a las institucionesformadoras de docentes. Estamos de acuerdo en generar una refundación de lasescuelas normales para fortalecer su misión histórica. La discusión debe girar enpor lo menos tres ámbitos: ético, político y epistemológico, fortaleciendo elnormalismo mexicano y la asignación de la plaza automática para todos losegresados de las escuelas normales públicas del país, quienes fueron acreditadospor una institución formadora reconocida oficialmente y cuentan con el perfil y elderecho correspondiente. La relación laboral de las y los Trabajadores de laEducación, debe estar amparada por el Artículo 123 constitucional, al igual que elresto de los trabajadores en el país. La evaluación en el Sistema EducativoNacional tendrá un carácter inminentemente pedagógico, diagnóstico y será
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integral, en ninguna forma tendrá carácter laboral ni administrativa. El SistemaEducativo Nacional, sus componentes, los distintos niveles educativos, gozarán deun presupuesto suficiente, en términos de las necesidades.
4.- Las reformas constitucionales a los artículos 3o y 73.
La Iniciativa Ciudadana para una reforma de la educación digna, pública, gratuita yde calidad ,que proponemos a la sociedad mexicana parte delas reformas constitucionales alArtículo 3o y al 73 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos para suprimir e| carácter punitivo hacia los derechosadquiridos, laborales y humanos, l ;de las ylos trabajadores dela educación ypara sentar las bases de una evaluación integral de todos loscomponentes del Sistema Educativo Nacional, deben ser evaluados:autoridades, trabajadoras ytrabajadores dela educación, las y los educandos, asícomo planes y programas de estudio e infraestructura educativa.
Algunos de los graves problemas educat¡Vos..qüé justificaron la citadeducativa fueron, entre otros:
• Los deficientes resultados de los componentes que conformaeducativo. \*
• El bajo nivel de aprovechamiento de losestudiantes de nivel básisuperior en capacidades de comprensión lectora y razo"matemático, de acuerdo con resultados de pruebas estandarizadas'comoEnlace, Pisa o Escale.
• La falta de conocimientos actualizados o capacidades profesionales delmagisterio.
Estos y otros elementos no fueron entendidos de manera articulada en función delsistema educativo nacional en su conjunto yestos dolosamente fueronpresentados como responsabilidad única del docente, omitiendo y evadiendo laresponsabilidad plena en esta situación del gobierno mexicano como rector ygarante de la educación en México.
Además, el manejo mediático que se ha venido dando a esta reformaconstitucional desde antes de su aprobación ya la fecha, en particular al Artículo
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3o, en el que se vincula la evaluación obligatoria con la permanencia del docenteen el Sistema Educativo Nacional y que constituye el principal agravio contra losprofesores de México, claramente ha sobredimensionado su contenido, así comolos efectos y alcances reales de la misma reforma, puesen los hechos no se tratade una reforma educativa, sino de una reforma laboral y administrativa quepretende la supuesta recuperación del control político de la educación porel gobierno
Esta reforma constitucional en materia educativa al Artículo 3o, impuesta por elPoder Ejecutivo a través del Pacto por México, es elfundamento de la evaluaciónobligatoria como violación de los derechos laborales y humanos de los docentes,de esta misma evaluación punitiva dependé'ia'permánencia de los profesores deMéxico en el servicio profesional docente, así' está redactado en la Fracciónaprobada el 25 de febrero de 2013:
///. Para dar pleno cumplimiento a lo'dispuesto en el segundo párnfracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes yprograma/^de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal 0,República... Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y lacargos con funciones de dirección o de supervisión en la educamedia superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo medianL _.._.. „.cíe oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos yca¡SS¿^^que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos"ycondiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, elreconocimiento y la permanencia en elservicio profesional con pleno respeto alosderechos constitucionales de los trabajadores de la educación...
Este Artículo establece la permanencia como una condición de desempeño sujetaa evaluación, lo que atenta contra los derechos adquiridos de las y los docentes.Además, establece la evaluación obligatoria para el ingreso y la promociónlaboral bajo criterios que desconocen los establecidos en el artículo 123constitucional, en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo y artículo 46 de laLey Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reduciendo la mismaevaluación a los fines punitivos, de castigo laboral, a las y los trabajadores de laeducación, en lugar de constituirse en una herramienta diagnóstica, decapacitación y actualización de las y losdocentes.
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Por lo anterior, esta Iniciativa Ciudadana propone, en primer lugar, unamodificación al Artículo 3o Constitucional para suspender el carácter punitivo de lareforma del 26 de febrero de 2013 y ampliar la evaluación a todos loscomponentes del Sistema Educativo Nacional.
La reforma al articulo 3o Constitucional que se propone comprende lossiguientes elementos:
• Se introduce al párrafo primero dos elementos sustanciales. Que laeducación sea un derecho al que puedan tener acceso todas las personasque se encuentren en el territorio, siendo este un elemento fundamentalante el grave problema que viven actualmente nuestros países, dandosentido a la solidaridad internacional que se pregona desde el gobierno. Unsegundo elemento es la introducción expresa de dos obligacEstado mexicano en materia dé derechos humanos: garantizar,dando así un contenido específico yÚha obligación concretaen el artículo 1o Constitucional.' ,:
• Se incorpora un párrafo que señala "La educación respontpúblico y no estará al servicio de intereses indicorporativos, ni nacional, ni extranjeros, ni trasnacionales^introduce al texto constitucional la idea fundamental de expulsarSistema Educativo Nacional la intromisión de intereses ajenos a losprincipios que se han expresado en el presente documento.
» Se introduce el elemento de medio ambiente sustentable, como un ejearticulador que promueva contenidos yconductas que ayuden a preservarlos bienes naturales y a llevar a cabo acciones conscientes del graveproblema que se vive en la actualidad por efecto del Cambio Climático yloscomplejos problemas socioambientales que se viven en el País.
• Se propone un nuevo párrafo que señala: "Será participativa,intercultural, democrática, incluyente y diversa; impulsará la equidadde género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentidocritico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y
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el desarrollo de conocimientos, habilidades y capacidades para creary trabajar." Introduciendo nuevos elementos que tienen relación con elejercicio real yefectivo de los derechos humanos yel respeto de la dignidadde todas las personas. Así mismo, previene una formación integral de laspersonas, que les permitan tanto un desarrollo individual, como un procesode solidaridad comunitaria, que lleve a mejorar la vida de las personas ensociedad.
Se reconoce a la educación como un "área prioritaria de la políticapública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusiónsocial y condición indispensable para una vida digna.", descartando la¡dea de la educación como un problema de superación individualista(impuesta por el neoliberalismo) y dotándola de una finalidad social.
Se introduce un elemento novedoso-que se reconoce como el derechoresponsabilidad de todas las peráqnas de participar en ieducativo. Para garantizar la participación social en el procesocon la presente reforma se crea el CÓrtsejo Nacional de Educbases y funcionamientos estarán reguladas por lacorrespondiente. Se propone que dicho Consejo no seapersonas electas por el gobierno, sino las y los partícipes d<|educativo, el cual deberá tener carácter vinculante.
Se introduce el término "estereotipos" como parte de los elementos contralos que deben luchar los criterios que orienten la educación. En particularse busca que la educación se enfoque en la dignidad de las personas, yayude a terminar con los prejuicios culturales impuestos por los mediosmasivos de comunicación, la publicidad neoliberal y los modelos culturalesimpuestos por ios organismos internacionales.
Incluye un párrafo que expresamente determina la obligación de nodiscriminación, obligando a las autoridades educativas a garantizar ypromover la Igualdad de género, entendida esta no como elementodiscursivo, sino como acciones concretas que permitan el desarrollo de laspersonas en condiciones materiales de igualdad en todos los aspectos. La
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prohibición expresa de tratos discriminatorios resulta también un elementoque se introduce con el fin de hacer efectivos los derechos de las personasque, en todo caso, se sientan discriminadas.
Otro elemento novedoso es la inclusión que obliga al Estado a promover ygarantizar el respeto y protección a la pluriculturalidad nacional,introduciendo elelemento de los idiomas originarios como parte esencial dela formación educativa. Además, se obliga a que á través de la educación,se promueva el respeto por la autodeterminación de los pueblos ycomunidades originarias.
Se refuerza la importancia y trascendencia de las escuelas normalesformadoras de maestras y maestros.
Se involucra a todos los elementos del;ptópe§o educativo en la elaboracióny evaluación de los planes y programas de estudio.
Se suprime el segundo párrafo que se adicionó en la reforma edjfracción III de este artículo, el cual introducía de manera forzaServicio Profesional Docente como un asunto de carácter latiene ninguna relación con los fines y criterios de la educación,así los derechos laborales de las y los maestros.
Se suprime también lo relativo a la permanencia, puesadvertirse en el texto constitucional como un derecho adquirido que nodebe admitir condicionamiento en ese sentido, más que aquellos queexpresamente determinen la legislación laboral vigente.
Se suprime lo relativo a la evaluación obligatoria porque constituye sólouna de las condiciones que se debe tomar en cuenta a los derechos deingreso, promoción y reconocimiento, ya que también limita otrascondiciones que deben ser tomadas en cuenta en estos procesos, como lasestablecidas en el Artículo 123 constitucional, apartado B, fracción VIII,(conocimientos, aptitudes, antigüedad, y quien represente laúnica fuente de ingresos de su familia).
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Se introduce el término de educación no formal como una de lasmodalidades que deberá garantizar el Estado, y que sea necesaria para eldesarrollo de las personas y de la Nación. Así mismo, introduce unacaracterística al término cultura, la cual deberá entenderse como unamanifestación viva y presente de los pueblos y comunidades del País.
Con respecto a la educación impartida ppr instituciones privadas oparticulares, la misma se restringe a una autorización por excepción, y encaso de incumplimiento, se deberá retirar la misma, sin que pueda existirrecurso en contra.
Para efecto de hacer efectivos los principios y derechos enunciados, seplantea un nuevo diseño institucional qué permita hacer posible lo que seplantea. Para ello: •*•
Se quita el carácter de omnipotencia otorgado actualmente al InstiNacional para la Evaluación de la Educación (INEE), el cual sepor encima incluso de la Secretaría de Educación Pública, consuperiores para determinar el modelo educativo nacional, yabierta a las disposiciones que pretenden imponer losinternacionales ya mencionados.
Se propone entonces la creación al interior del INEE del SubNacional de Evaluación Educativa Integral. El cual deberá atended* ...principios rectores que se proponen en la presente reforma al artículo 3'Constitucional, razón por la cual se le agrega el elemento "integral".
Para efecto de que dicho sub sistema cumpla con los fines de la educaciónque se propone, se crea el Consejo Nacional de Evaluación Integral de laEducación (el cual será el encargado del Sub Sistema), el cual estaráintegrado de manera plural e incluyente.
Se mantiene la existencia del INEE, pero se señala expresamente que lalegislación que lo rija no podrá contradecir lo expuesto en el artículo 3oConstitucional.
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• Se introduce la obligación de una evaluación integral en donde todos loscomponentes del Sistema Educativo Nacional deberán ser sujetos a r\pevaluación, bajo los principios previstos en la Constitución. Así mismo, se ,__ -Jexpresa que se entiende porevaluación integral y sus principios rectores.
La reforma constitucional al Artículo 73 propuesta en esta IniciativaCiudadana deroga el primer concepto de la Fracción XXV, el que se refiere alestablecimiento del Servicio Profesional pócente, expresamente a la facultad delCongreso de la Unión para establecerlo; ya que éste es el fundamento de laviolación a los derechos laborales de las y los trabajadores de la educación, surégimen de profesionalización lesiona y.trasgrede las conquistas laborales,educativas e históricasdel magisterio.
5.- Reformas a la Ley General dé educación
En el Artículo 10 de la Ley General de EdúóácíSn.se establecen los compgdel sistema educativo nacional. Sin embargo, al reconocer al ServicioDocente como componente del sistema educativo nacional, se leotonal INEE para evaluar los procesos de este mismo Sefacultades deben estar encaminadas a realizar evaluacionesintegrales. Por lo tanto, al derogarse en esta Iniciativa el ServidDocente, se propone en esta Iniciativa Ciudadana la creación delNacional de Evaluación Educativa Integral y la derogación del ServicioDocente como elemento del sistema educativo nacional. Así mismo, proponemosque se reconozca que este Sub Sistema deberá ser un componente delmismo Sistema Educativo Nacional, para reorientar la evaluación como unelemento integral.
En el Artículo 12 de esta misma ley se establecen las atribuciones exclusivas de laautoridad educativa federal. Entre ellas está la de: "Crear, regular, coordinar,operar y mantener actualizado el Sistema de Información y Gestión Educativa".Sin embargo, en la práctica se ha detectado que los datos obtenidos del censoderivado del Sistema Nacional de Información yGestión Educativa, se les ha dadoun uso administrativo que permite la afectación de los derechos laboralesdel personal del sistema educativo, por tal motivo se debe reformar este artículo
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para establecer que dicha información tendrá una utilidad estadística para elfuncionamiento del sistema educativo, señalando los límites a su alcance
En lo que se refiere al Artículo 14 de esta ley, la reforma del 25 de febrerode 2013 estableció que r, • lapermanencia del docente enel Servicio Profesional Docente estaría sujeta a una evaluación obligatoria ypunitiva, así como el ingreso, la promoción yel reconocimiento.
Los objetivos de estas modificaciones a la Ley General de Educación son lossiguientes:
• Reorientar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa como uncomponente sustantivo ; del sistema educativo • nacionalyquetambién reorientaría la evaluación hacia una función diagnósticaintegral de todos los componentes del sistema educativo naciona!
• Reorientarlas funciones del Sistema Nacional de InformaciónEducativa, para que éstas sean con fines exclusivamente estaadministrativos, que afectan los derechos laborales del personaeducativo.
6. Derogación de la Ley del Instituto Nacional de Evade la Educación
Esta ley regula el Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE), cuyopropósito es garantizar la calidad de los servicios educativos en el país a través deevaluar todos sus componentes. Además, se encarga de normar al InstitutoNacional para la Evaluación de la Educación (INEE); evalúa la calidad,desempeño y resultados de los niveles básico y medio superior, tanto públicoscomo privados.
Los objetivos de la derogación de la Ley del Instituto Nacional de Evaluación de laEducación son los siguientes:
••• Reorientar el concepto de Calidad de la Educación, ambiguo y puramenteinstrumental en la ley vigente y que no implica elderecho a la
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educación digna, publica, gratuita y de calidad con equidad, democracia yjusticia.
• El restablecimiento de los derechos laborales y humanos de lostrabajadores de la educación.
- Dará certeza a la labor docente ydignificará la misión magisterial.
• Que la permanencia del profesor en el sistema educativo nacional dependaestrictamente de las leyes vigentes en materia laboral y no de uncondicionamiento ilegítimo de una evaluación punitiva.
7.-Derogación de la Ley General del Servicio ProfesionalDocente
Esta ley fue aprobada para establecer las bases del desarrollo profesipersonal docente, con funciones de dirección o de supervisión en labásica y media superior que imparta el Estado; fija los criterios,condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la prureconocimiento yla permanencia en el Servicio Profesional Docente, silas disposiciones del Servicio Profesional Docente resultan discrimi.,inconstitucionales. No genera certidumbre para los docentes, ni el ,irrestricto de sus derechos laborales adquiridos, como se aprecia en variosartículos:
• Los artículos 22 y 24, relativos al nombramiento e ingreso, permiten elacceso como docente a cualquier profesionista al sistema educativo, aúnsin formación pedagógica, determina un periodo de inducción muy largo dedos años, promueven la duplicidad de plazas para una misma función através de los tutores y, principalmente, establece el despido sinresponsabilidad para la autoridad de los docentes que sean evaluados altérmino del periodo de inducción y que no acredite una evaluaciónsuficiente.
• El artículo 53, relativo a la permanencia en el empleo, obliga a los docenteshasta tres evaluaciones cada cuatro años, con periodos de regularización,'
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con la consecuencia del despido sin responsabilidad laboral para laautoridad educativa; si no se acredita la tercera evaluación, lo que resultacontrario a lo dispuesto por el artículo 123 fracción XI apartado By 123fracción XXII apartado A, de la Constitución, que establece las causas porlas cuales un trabajador puede ser. despedido ysus consecuencias.
- El artículo segundo transitorio, Ordena derogar todo lo que se oponga aldecreto aprobado y esa facultad tan ambigua y extensa puede terminarpor derogar derechos laborales y procesales establecidos en otrasdisposiciones legales enfavor délos trabajadores.
- Los artículos octavo ynoveno transitorios, relativo el primero a lostrabajadores de la educación\ básica en funciones, que no se sujeten a laevaluación del desempeño obligatoria oque no la acrediten con suficiencia,aplican como sanción la readscripeión en otras funciones conforme a lo quedetermine la autoridad educat¡ya|fhiehtras que en el caso de la educaciónmedia superior serán despedidos, sin responsabilidad para el patróa^^l-«/
Estos artículos violan los principios de retroactividad /^^5£^¡S^>e irretroactividad establecidos en el artículo 14 constitucional y elestabilidad en el trabajo en perjuicio de las ylos trabajadores de la e
La Ley General del Servicio Profesional Docente, bajo las u.okcanteriores, representa un atentado contra los derechos laborales yhumano*^^y los trabajadores de la educación en México, abre la posibilidad de formaindiscriminada, de que cualquier profesionista o técnico profesional, aún sinformación pedagógica, ingrese al servicio educativo para adquirir este tipo deplazas, no como un asunto de vocación, sino bajo un criterio de utilitarismolaboral.
Además, atenta contra derechos laborales adquiridos de las ylos trabajadores dela educación, al obligarlos asometerse a una evaluación de desempeño ycapacidades para permanecer en el servicio docente o tener derechosescalafonanos, considerando inclusive nulo cualquier nombramiento otorgado deforma diversa, pues esta adición es contraria al principio de ¡namovilidad laboral yderechos de escalafón de los trabajadores burocráticos establecidos en la fracción
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IX del artículo 123 Constitucional, apartado B, que puntualmente hace referencia alas causas de suspensión ocese del servicio, sólo en casos de causa justificadaestablecidos por la ley laboral, enfre las cuales no se encuentra la separacióndel trabajo porevaluación deldesempeñó.
Representa una nueva forma de flexibilización laboral, contratación a prueba,desconocimiento de derechos ydespidos sin responsabilidad patronal, contraria alespíritu constitucional, pues la misma fracción VIII del 123 apartado B,expresamente señala que los trabajadores gozarán de derechos de escalafón a finde que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes yantigüedad, yque en igualdad de condiciones tendrá prioridad quien represente laúnicafuente de ingresos de su familia.
En la reforma al Artículo 3o constitucional del 25:dé febrero de 2013 ya se preveíael riesgo de establecer este mecanismo para, simplemente, desarticular cualquierposibilidad de defensa jurídica de las y los trabajadores de la educación, frente ala transformación unilateral de sus condiciones colectivas d¿* tndesarticulación jurídica que llegó al exceso de adelantar la naiidíconquista laboral futura en materia docente que sea diversa a lo eslley emitida por el Congreso.
Es así como, en aras de garantizar el derecho sumamente arrl,educación de calidad, la reforma derogó de facto la Ley FedTrabajadores al Servicio del Estado en lo que al magisterio se refiereel Estatuto Laboral que regula la contratación colectiva corno la fuente deobligaciones y derechos de los trabajadores del Apartado B del artículo 123constitucional, en una modificación profundamente contradictoria que no cumplecon el respeto irrestricto de los derechos laborales de las ylos docentes.
Las leyes reglamentarias (Ley General del Servicio Profesional Docente yla LeyGeneral del Instituto Nacional de Evaluación de la Educación) profundizaron enserias contradicciones generadas en la reforma constitucional y violentaron elespíritu del Constituyente, esto al disminuir al Instituto Nacional para la Evaluaciónde la Educación a una mera burocracia planificadora y normativa, al servicioconsultivo de la autoridad educativa, tras haber sido prometida como el órganoautónomo conductor del proceso de transformación para la calidad educativa
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Se propone la derogación de la Ley General del Servicio Profesional Docente porla sistemática violación que comete contra los derechos laborales adquiridosde las y los trabajadores de la educación, yal quedar sin sustento constitucional,ya que esta misma Iniciativa Ciudadana propone la reforma del Artículo 73 ¡ f¡¡Jconstitucional, suprimir el primer concepto'd§ su Fracción XXV, en el que seestablece el Servicio Profesional Docente. Esta derogación traería comoconsecuencia inmediata: ¡
• El restablecimiento de los derechos laborales y humanos de lostrabajadores de la educación.
• Dará certeza a la labor docente ydignificará la misión magisterial.
• Que la permanencia del profesor en el sisterta educativo nacional dependaestrictamente de las leyes vigentes; en materia laboral y no decondicionamiento ilegítimo de una evaluación punitiva.
• Que el perfil del ingreso ai sistema educativo nacional retomede establecer un perfil pedagógico docente de los egreescuelas normales o de las instituciones de formación docent
7.- Cumplimiento del marco internacional de DerecKHumanos en materia de Educación.
En términos jurídico políticos, el artículo 3o siempre ha sido, desde la Constituciónde 1917 un precepto crucial y fundamental, ya que contiene un modelo depersonas y de nación que se construyen por medio de la educación; así, cadareforma constitucional en la materia (1917, 1934, 1946, 1980, 1992, 1993, 2002,2011) ha estado inmersa en proceso de definición política. No obstante, el vínculoentre educación y sistema político no se ha definido siempre en términos demayores libertades, así como tampoco en mejores condiciones para el ejercicio delos derechos.
"[...] la defensa de la escuela pública, es decir, de la función pública de la escuelaes un momento esencial de la defensa de la democracia. En el doble sentido deque la escuela pública es una precondición de la democracia, como principal factor
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de inclusión yde integración social ya la vez de formación cívica ycultural; ydeque la función pública de la escuela es un elemento integrante de la democraciaconstitucional, según resulta del universalismo de los derechos fundamentales ytambién, por tanto, del derecho igual y gratuito de la educación en los que lamisma se articula". (Ferrajoli, 2011)
El derecho a la educación, tanto en su vertiente individual como social, seencuentra reconocido en diferentes instrumentosinternacionales. Con la presenteiniciativa se busca que dichos principios yelementos rectores que en los mismosse sustentan sobre la educación, sean previstos en la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, considerando un diseño institucional adecuado a lasnecesidades actuales de participación ciudadana, inclusión y transparencia; asícomo del ejercicio efectivo y universal deltferecho humano a la educación.
Para ello, se enumeran acontinuación laá principales disposiciones al respecto deltema, que fueron tomadas en consideración piará la presente iniciativa:
a) Declaración Universal de los Derechos Humanos, Artículo 26.
Toda persona tiene derecho a la educación.' La educación debe ser gratuitaen lo concerniente a la instrucción elemental yfundamental. La instrucción^será obligatoria. La instrucción técnica yprofesional habrá de ser general^acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de losrespectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana yelfortalecimiento del respeto a los derechos humanos ya las libertades fundamentales;favorecerá la comprensión, la tolerancia yla amistad entre todas las naciones ytodoslos grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de lasNaciones Unidas para el mantenimiento de lapaz.
Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá dedarse a sus hijos.
b) Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y CulturalesArtículos 13-15.
Artículo 13
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a laeducación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de
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la personalidad humana ydel sentido de su dignidad, ydebe fortalecer el respeto por ::los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que laeducación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en unasociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las ', ., ¡- ,.naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las i:| ¿H ¡tactividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz. 'ifr&'ÍT^
2. Los Estados Partes en el presente Pactoi'recwwséén que, con objeto de lograr elpleno ejercicio de este derecho: i ««-!;
a) La enseñanza primaria debe ser obligatoria yasequible a todos gratuitamente;
b) La enseñanza secundaria, en sus diferentes, formas, incluso la enseñanzasecundaria técnica y profesional, debe ser generalÉSfda y hacerse accesible a todos,por cuantos medios sean apropiados, yen particular por la implantación progresiva dela enseñanza gratuita; , -v
c) La enseñanza superior debe hacerse igua|ménte:accesible a todos, ¡la capacidad de cada uno, por cuantos med|os^éán apropiados, yenimplantación progresiva de la enseñanza gratuita;
d) Debe fomentarse o intensificarse, en la medida de lo posiblfundamental para aquellas personas que no hayan recibido o tencompleto de instrucción primaria;
e) Se debe proseguir activamente el desarrollo del sistema escolar en todo!de la enseñanza, implantar un sistema adecuado de becas, y mejorar continuamerítelas condiciones materiales del cuerpodocente.
3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad delos padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilosescuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllassatisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia deenseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moralque esté de acuerdo con sus propias convicciones.
4. Nada de lo dispuesto en este artículo se interpretará como una restricción de lalibertad de los particulares y entidades para establecer y dirigir instituciones deenseñanza, a condición de que se respeten los principios enunciados en el párrafo 1yde que la educación dada en esas instituciones se ajuste a las normas mínimas queprescriba el Estado.
Artículo 14
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Todo Estado Parte en el presente Pacto que, en el momento de hacerse parte en él,aún no haya podido instituir en su territorio metropolitano o en otros territoriossometidos a su jurisdicción la obligatoriedad yla gratuidad de la enseñanza primaria,se compromete a elaborar yadoptar, dentro de un plazo de dos años, un plan detalladode acción para la aplicación progresiva, dentro de un número razonable de años fijadoen el plan, del principio de la enseñanza obligatoria ygratuita para todos.
Artículo 15
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a:a) Participar en la vida cultural;
b) Gozar de los beneficios del progreso científico ydé sus aplicaciones;
c) Beneficiarse de la protección de los :intereses morales y materiales que lecorrespondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de quesea autora.
2. Entre las medidas que los Estados Partes én el presente Pacto debpara asegurar el pleno ejercicio de este derecho? figurarán las nececonservación, eldesarrollo y la difusión de laciencia yde la cultura.
3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometenindispensable libertad para la investigación científica ypara la actividad en
4. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen los beneficios que «¡áfewM®^fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionaleT~ehcuestiones científicas y culturales.
c) Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas dediscriminación racial, artículo 7.
Articulo 7
Los Estados partes se comprometen a tomar medidas inmediatas y eficaces,especialmente en las esferas de la enseñanza, la educación, la cultura y lainformación, para combatir los prejuicios que conduzcan a la discriminación racial ypara promover la comprensión, la tolerancia y la amistad entre las naciones y losdiversos grupos raciales o étnicos, [...]
d) Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminacióncontra la mujer, artículo 10
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"EDUCACIÓN PUBLICA PARA TODAS Y TODOS"
Artículo 10
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar ladiscriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con elhombre en la esfera de la educación yen particular para asegurar, en condiciones deigualdad entre hombres y mujeres:
a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitaciónprofesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones deenseñanza de todas las categorías, tanteen zorias rurales como urbanas; estaigualdad deberá asegurarse en la enseñanza preéscdlar, general, técnica yprofesional,incluida la educación técnica superior, ásí-eonroen todos los tipos de capacitaciónprofesional; <
b) Acceso a los mismos programas de estudies y los mismos exámenes, personaldocente del mismo nivel profesional ylocales yequipes escolares de la misma calidad;
c) La eliminación de todo concepto estereotipad© de los papeles masculino yfemeninoen todos ios niveles y en todas las formas "de enseñanza, mediante el estímeducación mixta yde otros tipos de educación que contribuyan a lograr est<en particular, mediante la modificación de los libros y programas e "adaptación de los métodos en enseñanza.
d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras subvcursar estudios;
e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas decomplementaria, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos*conmiras en particular a reducir lo antes posible la diferencia de conocimientos existentesentre el hombre y la mujer;
f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios yla organización deprogramas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los estudiosprematuramente;
g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte yla educaciónfísica;
h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud yelbienestar de la familia.
e) Convención internacional sobre la protección de los derechos de todoslos trabajadores migratorios y de sus familiares
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"EDUCACIÓN PUBLICA PARA TODAS Y TODOS"
Artículo 30
Todos los hijos de los trabajadores migratorios gozarán del derecho fundamental deacceso a la educación en condiciones de igualdad de trato con los nacionales delEstado de que se trate. El acceso délos hijos de trabajadores migratorios a lasinstituciones de enseñanza preescolar o las escuelas públicas no podrá denegarse nilimitarse a causa de la situación irregular en lo que) respecta a la permanencia o alempleo de cualquiera de los padres, ni del carácter irregular de la permanencia del hijoen el Estado de empleo.
Artículo 43
1. Los trabajadores migratorios gozarán de igualdad de trato respecto de losnacionales del Estado de empleo en relación con:
a) El acceso a instituciones yservicios de: enseñanza,: con sujeción a los requisitos deadmisión yotras reglamentaciones de las instituciones yservicios de que se trate;
b) El acceso a servicios de orientación profesional ycolocación;
c) El acceso a servicios e instituciones de formación profesional yreadiestr
[-1
Artículo 45
1. Los familiares de los trabajadores migratorios gozarán, en el Estado deigualdad de trato respecto de los nacionales de ese Estado en relación con:
a) El acceso a instituciones yservicios de enseñanza, con sujeción a los requisitos deingreso ya otras normas de las instituciones ylos servicios de que se trate;
b) El acceso a instituciones y servicios de orientación y capacitación vocacional, acondición deque se cumplan los requisitos para la participación enellos;
[...]
4. Los Estados de empleo podrán establecer planes especiales de enseñanza en lalengua materna de los hijos de los trabajadores migratorios, en colaboración con losEstados de origen si ello fuese necesario.
f) Convención sobre los Derechos del Niño
Artículo 28
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"EDUCACIÓN PUBLICA PARA TODAS Y TODOS"
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que sepueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades esederecho, deberán en particular:
a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria ygratuita para todos;
b) Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria,incluida la enseñanza general y profesional, hacérfque todos los niños dispongan deella y tengan acceso a ella yadoptar medidas apropiadas tales como la implantaciónde la enseñanza gratuita yla concesión de asistencia financiera en caso de necesidad;
c) Hacer la enseñanza superior accesible a todos, sobre la base de la capacidad, porcuantos medios sean apropiados;
d) Hacer que todos los niños dispongan de información y orientación en cuestioneseducacionales y profesionales ytengan acceso a ellas;
e) Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y redutasas de deserción escolar. '*
Artículo 29
1. Los Estados Partes convienen en que la educación del niñoencaminada a:
a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y físichasta el máximode sus posibilidades;
b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos ylas libertades fundamenta^de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;
c) Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de suidioma ysus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de quesea originario y de las civilizaciones distintas de lasuya;
d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, conespíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todoslos pueblos, grupos étnicos, nacionales yreligiosos ypersonas de origen indígena;
e) Inculcar al niño el respeto del medio ambiente natural.
Artículo 30
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"EDUCACIÓN PUBLICA PARATODAS Y TODOS"
En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas olingüísticas opersonas deorigen indígena, no se negará a un niño que pertenezca a tales minorías oque seaindígena el derecho que le corresponde, en común con los demás miembros de sugrupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión, o aemplear su propio idioma. .':".*
g) Convención sobre los derechos dé las persogas con discapacidadArtículo 24
1. Los Estados Partes reconocen el derecho dé las; personas con discapacidad a laeducación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación ysobre la basede la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema deeducación inclusivo a todos los niveles así como,la enseñanza a lo largo de la vida conmiras a: i ' .
j, a) Desarrollar plenamente el potencial nurftórtó y el sentido de la dignidad y la«autoestima y reforzar el respeto porvIoS derechos humanos, las lib' fundamentales y la diversidad humana;
b) Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad decon discapacidad, así como susaptitudes mentales yfísicas;
c) Hacer posible que las personas con discapacidad participen de maneruna sociedad libre.
2. Al hacer efectivo este derecho, los Estados Partes asegurarán que:
a) Las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general uoeducación por motivos de discapacidad, yque los niños ylas niñas con discapacidadno queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita yobligatoria ni de la enseñanzasecundaria pormotivos de discapacidad;
b) Las personas con discapacidad puedan acceder a una educación primaria ysecundaria inclusiva, de calidad ygratuita, en igualdad de condiciones con las demásen la comunidad en que vivan;
c) Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales;
d) Se preste el apoyo necesario a las perscnas con discapacidad, en el marco delsistema general de educación, para facilitar su formación efectiva;
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"EDUCACIÓN PUBLICA PARA TODAS Y TODOS"
e) Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomentenal máximo el desarrollo académico ysocial, de conformidad con el objetivo de la plenainclusión.
3. Los Estados Partes brindarán a las personas con discapacidad la posibilidad deaprender habilidades para la vida y desarrollo social, a fin de propiciar su participaciónplena y en igualdad de condiciones en la educación y como miembros de lacomunidad. A este fin, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes, entreellas:
a) Facilitar el aprendizaje del Braille, la escritura alternativa, otros modos, medios yformatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de orientación yde movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares;
b) Facilitar el aprendizaje de la lengua dé señas y la promoción de la identidadlingüística de las personas sordas; i
* c) Asegurar qué la educación de las personas, y en particular los niños sirias niñasciegos, sordos o sordociegos se imparta en los lenguajes y los modos yanejcomunicación más apropiados para cadapersona yen entornos que permitsu máximo desarrollo académico y social.
4. A fin de contribuir a hacer efectivo este derecho, los Estados Partemedidas pertinentes para emplear a maestros, incluidos maestros coque estén cualificados en lengua de señas o Braille y para formar apersonal que trabajen en todos los niveles educativos.
Esa formación incluirá la toma de conciencia sobre la discapacidad yel uso demedios y formatos de comunicación aumentativos y alternativos apropiados,técnicas ymateriales educativos para apoyar a las personas con discapacidad.
5. Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan accesogeneral a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos yel aprendizaje durante toda la vida sin discriminación yen igualdad de condiciones conlas demás. Atal fin, los Estados Partes asegurarán que se realicen ajustes razonablespara las personas con discapacidad.
h) Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblosindígenas y tribales
Artículo 26
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"EDUCACIÓN PUBLICA PARA TODAS Y TODOS"
Deberán adoptarse medidas para garantizar a los miembros de los pueblos interesadosla posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles, por lo menos en pie deigualdad con el resto de la comunidad nacional.
Artículo 27
1. Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesadosdeberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a susnecesidades particulares, y deberán abarcarsu historia, sus conocimientos y técnicas,sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas yculturales. ;
2. La autoridad competente deberá asegurar la* formación de miembros de estospueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación,con miras a transferir progresivamente ¡a Jechos pueblos la responsabilidad de larealización de esos programas,cuando haya,lugar.
3 «Además, los gobiernos deberán reconoced el derecho de esos pueblos a crear supropias instituciones ymedios de educación, siempre que tales instituciones satjsfagjlas normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consultipueblos. Deberán facilitárseles recursos apropiadoscon tal fin.
Artículo 28
1. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblosleer ya escribir en su propia lengua indígena oen la lengua que más corn^ihable en el grupo a que pertenezcan. Cuando ello no sea viable, las acompetentes deberán celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopcimedidas que permitan alcanzar este objetivo.
2. Deberán tomarse medidas adecuadas para asegurar que esos pueblos tengan laoportunidad de llegar a dominar la lengua nacional o una de las lenguas oficiales delpaís.
3. Deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de lospueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas.
Artículo 29
Un objetivo de la educación de los niños de los pueblos interesados deberá serimpartirles conocimientos generales yaptitudes que les ayuden a participar plenamentey en pie de igualdad en la vida de su propia comunidad y en la de la comunidadnacional.
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Artículo 30
1. Los gobiernos deberán adoptar medidas acordes a las tradiciones yculturas de lospueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones,especialmente en lo que atañe al trabajo, a las posibilidades económicas, a las f¡&",fícuestiones de educación ysalud, a los servicios sociales ya los derechos dimanantes fí "^del presente Convenio. |íJl.*,
2. A tal fin, deberá recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas y a lautilización de los medios de comunicación de masas en las lenguas de dichos pueblos.Artículo 31
Deberán adoptarse medidas de carácter educativo en todos los sectores de lacomunidad nacional, yespecialmente en los que estén en contacto más directo con lospueblos interesados, con objeto de eliminar los prejuicios que pudieran tener conrespecto a esos pueblos. Atal fin, deberán hacerse esfuerzos por asegurar que loslibros de historia ydemás material didáctico ofrezcan una descripción equitativae instructiva de las sociedades yculturas de los pueblos interesados.
i)Carta de la Organización de los Estados Americanos
Artículo 47
Los Estados miembros darán importancia primordial, dentro de sus1desarrollo, al estímulo de la educación, la ciencia, la tecnología yla cultura ««ghacia el mejoramiento integral de la persona humana y como fundamentodemocracia, la justicia social y el progreso.
Artículo 48
Los Estados miembros cooperarán entre sí para satisfacer sus necesidadeseducacionales, promover la investigación científica e impulsar el adelanto tecnológicopara su desarrollo integral, y se considerarán individual y solidariamentecomprometidos a preservar y enriquecer el patrimonio cultural de los pueblosamericanos.
Artículo 49
Los Estados miembros llevarán a cabo los mayores esfuerzos para asegurar, deacuerdo con sus normas constitucionales, el ejercicio efectivo del derecho a laeducación, sobre las siguientes bases:
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a) La educación primaria será obligatoria para la población en edad escolar, y seofrecerá también a todas las otras personas que puedan beneficiarse de ella. Cuandola imparta el Estado, será gratuita;
b) La educación media deberá extenderse progresivamente a la mayor parte posible dela población, con un criterio de promoción social. Se diversificará de manera que, sinperjuicio de la formación general de los educandos, satisfaga las necesidades deldesarrollo de cada país, y
c) La educación superior estará abierta a todos, siempre que, para mantener su altonivel, se cumplan las normas reglamentarias o académicas correspondientes.
Artículo 50
Los Estados miembros prestarán especial atención á la erradicación del analfabetismo;fortalecerán los sistemas de educación de adultos y habilitación para el trabajo;asegurarán el goce de los bienes de la cu|uraa la totalidad de la población, ypromoverá el empleo de todos los medios de^difusión para el cumplimiento de estospropósitos.
j) Convención Americana sobre Derechos Humanos, "Pacto de Sa
Artículo 26. Desarrollo Progresivo
Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivei .mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica!progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de .__.económicas, sociales y sobreeducación, ciencia ycultura, contenidas en la Carta -v, .„Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires,en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa uotros medios apropiados.
k) Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanosen materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo deSan Salvador"
Artículo 13
Derecho a la Educación
1. Toda persona tiene derecho a la educación.
2. Los Estados partes en el presente Protocolo convienen en que la educacióndeberá orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana ydel sentido de
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su dignidad y deberá fortalecer el respeto por los derechos humanos, el pluralismoideológico, las libertades fundamentales, la justicia y la paz. Convienen, asimismo, enque la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente enuna sociedad democrática y pluralista, lograr una subsistencia digna, favorecer lacomprensión, la tolerancia y la amistad entre-tedas las naciones y todos los gruposraciales, étnicos o religiosos y promover las actividades en favor del mantenimiento dela paz.
i ;" '.'. •3. Los Estados partes en el presente Protocolo reconocen que, con objeto de lograrel pleno ejercicio del derecho a la educación:
a. la enseñanza primaria debe serobligatoria yasequible a todos gratuitamente;
b. la enseñanza secundaria en sus diferentes formas, incluso la enseñanzasecundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse accesible a todpor cuantos medios sean apropiados, yen particular por la implantación progresivalaenseñanza gratuita; '
c. ; la enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobndela capacidad decada uno, por cuantos medios sean apropiados y, enla implantación progresiva de la enseñanza gratuita;
d. se deberá fomentar o intensificar, en la medida de lo posible, la edupara aquellas personas que no hayan recibido o terminado el cicloinstrucción primarla;
e. se deberán establecer programas de enseñanza diferenciada .___minusválidos a fin de proporcionar una especial instrucción yformación a persogas conimpedimentos físicos o deficiencias mentales.
4. Conforme con la legislación interna de los Estados partes, los padres tendránderecho a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos, siempre queella se adecué a los principios enunciados precedentemente.
5. Nada de lo dispuesto en este Protocolo se interpretará como una restricción de lalibertad de los particulares y entidades para establecer y dirigir instituciones deenseñanza, de acuerdo con la legislación interna de los Estados partes.
Así, el Estado tiene una responsabilidad internacional" de adoptar medidasprogresivas respecto al derecho a la educación. Esto supone la obligación de quelas medidas legales que afecten instituciones y servicios públicos, respetensiempre el núcleo esencial que, en un contexto dado, identifican dichas
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instituciones, quedando prohibida toda regulación que suponga su aniquilamientoosu velada desnaturalización. Además el deber de progresividad permite asegurarde manera positiva ygradual, pero en ningún caso postergable sine die, los bienesy recursos que constituyen el objeto de los derechos, tanto a través de estructurasinstitucionales adecuadas como mediante? ,el otorgamiento de las respectivasprestaciones. ; ff"',',',,;
En su dimensión objetiva, la configuración del derecho a la educación como reglaso principios en sentido estricto con eficacia directa e inmediata, actúa como:
a) cobertura de una acción estatal que de otro rfibdo resultaría lesiva de ciertosderechos y libertades sociales; ; •
b) pauta interpretativa de disposiciones legales^ constitucionales, que permitenun modelo educativo acorde con el Estado social^y
c) medio de control de políticas públicas yde¡ los actos legislativos que sede los fines establecidos constitucionalmente.
9.- Consideraciones finales
Hasta el día de hoy, el balance de la reforma educativa sigue siendo ..,nuestro país y su imposición es ahora el motivo para la represión del..No es posible identificar, en la reforma educativa del 25 dede 2013, mecanismo alguno que prometa la transformación integral del ffistemaEducativo Nacional, sino únicamente una modificación del estatus de \(s ylostrabajadores de la educación con las implicaciones descritas.
No se ha valorado que el origen del problema tiene que ver, en gran medida, conel modelo educativo actual y los responsables de la rectoría de la educaciónpública y la política educativa, así como con el contexto socialactual: alimentación, infraestructura yrecursos didácticos, entre otros aspectos.
De acuerdo con lo señalado por la UNESCO, los cambios en la formacióndocente deberían estar enmarcados en una reflexión integral sobre lasituación de las y los trabajadores de la educación, que ayude a dar un saltocualitativo a una reformulación de las características de la formación de los
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pedagogos para avanzar hacia una educación; con calidad, dignidad, justicia yequidad. ;
Este organismo internacional otorga una; importancia fundamental a ia carreradocente, la cual define como el sistema :de ingreso, ejercicio, estabilidad,desarrollo, ascenso y retiro. La perspectíva^dé Íá evaluación del docente en laactualidad debe partir, entonces, del objetivó dé ayudarlo a mejorar sudesempeño, identificando sus logros y detectando sus problemas, mantenerlemotivado reconociendo social y económicamente su trabajo, perspectiva quecoincide con el enfoque de la evaluación fórmátiva* para el desarrollo profesional.
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ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los Artículos 3° v 71 •*> ,= r- „ •Política de ios Estados Unidos Mexicanos para q^omo sigue °nSttUOI°n
F^eno impartirá educación preescolariprfeiá, secundaria, media superior/t*Z l't , aC'Ón preescolar- Primaria ysecundaria contoman la educadbás1Ca; ésta yla media superior serán obligatorias. ^
La educación responderá al interés público y no estará al siCSJr""1-'5' ~' n¡ -*^ nfe*,2La. educación tenderá adesarrollar armónicamente, todas las facultades^^^^uZo7 T™« " V 'a VW 6l am" a"Pa,ria' *-Peto aT„stS",,V=t:ss^sssr:inVPe'̂ ~-ria
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Todas las personas tienen el derecho y la responsabilidad de participar en elproceso educativo. Para garantizar la participación social en el procesoeducativo, se crea el Consejo Nacidnáí:4e¿:iducación, cuyas bases yfuncionamientos estarán reguladas por la legislación correspondiente.
El Estado garantizará en la educación obligatoria que los materiales y métodoseducativos, la organización escolar, la infraestructura educativa, la actualizaciónpermanente y desarrollo de habilidades adecuadas de los docentes y losdirectivos garanticen lo previsto en el párraló que antecede, así como elmáximo logro de aprendizaje y desarrollo humanode las y los educandos.
'•••• \ ';"•.'•
II. Los criterios que orientarán la educación se basarán en los resultados dprogreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbreslos fanatismos, los estereotipos y los prejuicios.
Además:
a)...
b)...
c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio"yrespeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de lafamilia, la convicción del interés general de la sociedad.
d) Será incluyente y se fortalecerá bajo el principio universal de nodiscriminación ni exclusión. Las autoridades educativas tendrán laobligación de garantizar y promover la igualdad de género, así como evitartratos discriminatorios por cualquiera de los motivos prohibidos por elderecho internacional.
e) Se promoverá y garantizará el respeto y protección a la pluriculturalidadnacional. La educación tenderá a la atención, acceso y promoción de la
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educación bilingüe en idiomas originarios y tomará medidas adecuadas pararespetar la autodeterminación de los pueblos originarios.
III. El Ejecutivo Federal y el Consejo Nacional de Educación determinarán losplanes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria yescuelas normales formadoras de maestras y maestros para toda laRepública. Para tales efectos, se considerará la, opinión de los gobiernos de lasentidades federativas, del consejo de la evaluación integral de la educación enlos términos en que la ley señale, así como de los diversos sectoresinvolucrados en la educación, las y fes .estudiantes, las y los maestros y lasmadres y padres de familia. > „
IV.... ! :
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V. lernas de impartir la educación; preescolar, primaria, secundariasuperior y superior, el Estado promoverá y atenderá todos losmodalidades educativos - incluyendo la educación inicial y la no formalsean necesarias para el desarrollo Üe'ia nación; promoverá y apginvestigación científica y tecnológica; y garantizará el rescate, fortalecdifusión de nuestra cultura, incluyendo desde luego, las manifestaciode la misma;
VI. Los particulares sólo podrán impartir educación en los términos y modaque establezca la ley, bajo los parámetros y principios previstos en el preartículo. El Estado otorgará, por excepción, la autorización correspondiente yretirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen enplanteles particulares, sin que exista recurso en contra. En el caso de laeducación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán;
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VIII....
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IX. Para garantizar la continuidad de la educación de conformidad con losvalores y principios previstos en esta Constitución, se crea el Sub SistemaNacional de Evaluación Educativa integral.
La coordinación del sub sistema; estará a cargo del Consejo Nacional deEvaluación Integral de la Educación. El Consejo se integrará con al menosdiez representantes de los componentes de la educación en los niveles deeducación básica y media superior que pertenezcan a institucioneseducativas públicas dependientes dt la secretaría de educación pública, dosrepresentantes del Instituto Nacional para la Evaluación Integral de laEducación, dos representantes de organizaciones de la Sociedad Civil cuyashijas o hijos acudan a la escuela púfclicáy, dos representantes del ConsejoNacional de Educación, en los términos que la Ley señale.
El Instituto Nacional para la Evaluación Integral de la Educ¡organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimlegislación que lo rija no podrá contradecir lo previsto eartículo.
Todos los componentes del Sistema Educativo Nacional deberán sa evaluación, bajo los principios y elementos que se determinan enartículo.
Para ello la evaluación se entenderá como un proceso integral que contará almenos con las etapas de diagnóstico, implementación, operación yevaluación, será participativa y transparente en todas sus etapas.
La misma se sustentará en los siguientes principios:
a)Integralb) Continuac) Colectivad) Incluyentee) Diagnósticaf) Comunitaria
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Además deberá impulsar (a integración y la autonomía de la comunidadescolar.
La Evaluación Integral de la Educación tenderá a los principios, objetivos yfines previstos en el presente artículo y se sustentará en los principios deimparcialidad, transparencia y rendición de cuentas, la regulación que seexpida para su funcionamiento, no podrá contradecir lo que en esta fracciónse estipula.
El desempeño y resultados del sistema educativo nacional serán dados aconocer cada 5 años. '
a) derogado
b) derogado
c) derogado
Se deroga este párrafo
Se deroga este párrafo
Se deroga este párrafo
Se deroga este párrafo
Se deroga este párrafo
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
XXV. Para establecer, organizar ysosteneren toda la República escuelas rurales,elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica,
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de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y deminería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutosconcernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todolo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restosfósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuyaconservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadasa distribuir convenientemente entre la Federación, las entidades federativas y losMunicipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicascorrespondientes a ese servicio público, ^uscarido unificar y coordinar laeducación en toda la República, y para asegurar el cumplimiento de los fines de laeducación y su mejora continua en un marco de )ricíusión y diversidad. Los Títulosque se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos entoda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras dela propiedad intelectual relacionadas con la misma;
Artículos Transitorios
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguientepublicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se contarán con 180 días naturales a partir de la entrada en vigor >presente decreto, para que sea presentado el Proyecto de EducaciónDemocrática.
Tercero.- El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, cambia sunombre a Instituto Nacional para la Evaluación Integral de la Educación. Dentro dela estructura orgánica deberá preverse la creación del Sub Sistema Nacional deEvaluación Educativa Integral.
Cuarto.- El Congreso de la Unión deberá expedir las Leyes reglamentarias a mástardar en un plazo de 180 días contados a partir de la aprobación amplia,democrática y participativa del Proyecto de Educación Democrática; así como las
reformas correspondientes a la Ley General de Educación. Ninguna disposición
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reglamentaria podrá ser contraria a los principios y disposiciones del presentéDecreto.
Quinto.- El ejecutivo federal abrirá un proceso democrático, amplio y participativopara nombrar al Consejo Nacional de Evaluación Integral de la Educación en unplazo de 180 días contados a partir de lá aprobación amplia, democrática yparticipativa del Proyecto de Educación Democrática, de conformidad por loprevisto en el presente Decreto.
Sexto.- Se derogan todas las disposiciones contrarias al presente decreto,incluyendo la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del InstitutoNaci@na!;para la Evaluación Educativa.
Iniciativa de Decreto por el que se reforman los articulo 3o y 73 fracción XXV de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Reiteramos a usted Ciudadano Presidente un cordial saludo,
En la Ciudad de México, Distrito Federal a 9 de Febrero dé 2017
CIUDADANAS Y CIUDADANOS MEXICANOS QUE AL CALCE FIRMAMOPRESENTE INICIATIVA CIUDADANA
NOMBRE COMPLETO
ENRlQUEZ IBARRA ENRIQUE IFE
DELGADOVÁZQUEZ UUSES IFE
GUERRERO RAMOS REYES INE
ENDOQUl MALDONADO SOFlA IFE
CLAVE DE ELECTOR O NUMERO
DE IDENTIFICADOR AL REVERSO
DE LAS CREDENCIALES DE
ELECTOR DERIVADO DEL
RECONOCIMIENTO ÓPTICO DECARACTERES (OCR)(VIGENTES)
ENIBEN62110609H600
DLVZUL84082516H500
RYGRRM52G40612H300
ÉNMLSF620918Í5M300
FIRMA
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INS riTUTO FEDERAL ELECTORALREGISTRO FEDERAL DEELECTORESCREDENCIAL PARA VOTAR
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YO EL LICENCIADO SALVADORGODiNEZ VIERA, NOTARIO NUMEROCUARENTA Y DOS DE LA CIUDAD DEMÉXICO, CERTIFICO;Que fa(s) presente(s) copta(s)fotostálícais.) constante(s) de
^aiJEí , hojals)cóncuerda(n) fielmente con suoriginal que tuve a la vistas e q ú n asiento numero_J&J&L-.to fe_cha—, ¿£L_de
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