Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA ÉPOCA 16 DE AGOSTO DE 2018 No. 388
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Oficialía Mayor
Aviso por el que se da a Conocer Un Trámite denominado “Registro de Manifestación de Reconstrucción,
Prórroga del Registro y Aviso de Terminación de Obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar Sujeta
al Régimen de Propiedad en Condominio o Copropiedad, por Motivo del Sismo del 19 de Septiembre de 2017” y
su Formato de Solicitud, que Presta el Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, que ha Obtenido La
Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y
Servicios al Público del Distrito Federal 3
Secretaría de Movilidad
Nota Aclaratoria al “Aviso por el que se da a Conocer el Procedimiento para la Instalación Gratuita de
Taxímetros Digitales con Sistema de Geolocalización Satelital Integrado, así como Una Aplicación Tecnológica
(APP) para la Contratación Remota del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi” de la
Ciudad de México y Sustitución de los Taxímetros Actuales como parte del Mejoramiento del Transporte Público
en la Ciudad de México”; publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Día Diecisiete de Abril de
Dos Mil Dieciocho 13
Secretaría de Seguridad
Aviso por el que se da a Conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, Dictaminado y
Registrado con el Número MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117 14
Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica
de Selección y Promoción de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, Registrado con el
Número MEO-77/160718-D-SSPDF-35/011117 29
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2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Índice
Viene de la Pág. 1
Aviso por el que se da a Conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la
Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, registrado con el Número MEO-74/160718-D-SSPDF-
35/011117 42
Secretaría de Cultura
Aviso por el que se da a Conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de
Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, con
Número de registro MEO-78/160718-D-SECUL-20/2008 63
Delegación Miguel Hidalgo
Aviso por el que se da a Conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, con Número de registro
MEO-85/200718-OPA-MIH-1/010118, validado por la Coordinación General de Modernización Administrativa,
mediante oficio número OM/CGMA/1710/2018, de fecha 20 de julio de 2018 74
Delegación Milpa Alta
Aviso por el cual se da a Conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos COTECIAD, con Número de Registro MEO-75/160718-OPA-MIL-17/160617.
Aprobado por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), Mediante Oficio
OM/CGMA/1665/2018 88
Aviso por el cual se da a Conocer el Manual Específico de Operación Archivística del Órgano Político
Administrativo en Milpa Alta, con Número de Registro MEO-76/160718-OPA-MIL-17/160617, Aprobado por la
Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), Mediante Número de Oficio
OM/CGMA/1666/2018 101
Delegación Tláhuac
Aviso por el cual se dan a Conocer las Modificaciones a las Reglas de Operación del Programa Social “Tláhuac
Renace con la Educación”, para el Ejercicio Fiscal 2018, publicadas el 31 Enero de 2018 125
Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y
Milpa Alta
Aviso por el cual se dan a Conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos
Productivos para el Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio
Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018” 129
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Delegación Azcapotzalco.- Licitación Pública Nacional.- Número 30001058/LP/025/2018.- Convocatoria No.
DAZCA/DGODU/010-2018.- Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Infraestructura Comercial 140
Delegación Azcapotzalco.- Licitaciones Públicas Nacionales.- Números 30001058/LP/026/2018 a
30001058/LP/028/2018 y 30001058/LP/030/2018.- Convocatoria No. DAZCA/DGODU/011-2018.- Contratación
de Diversas Obras Públicas 143
SECCIÓN DE AVISOS
Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V. 146
Edictos 147
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de
Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción III, 24, 25, 26, 27
y 28 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero
y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII,
13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro
Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será
operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que,
en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, será la encargada de verificar que los trámites y
servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación,
información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular,
instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora
regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública.
Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al
Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización
Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y
Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, y ser la instancia
facultada para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren
inscritos en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Trámites CDMX.
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México como Dependencia normativa en materia de
Construcciones y Obras, concluyó el proceso de inscripción y obtuvo la Constancia de Inscripción correspondiente de un
trámite en materia de Construcciones y Obras, denominado “Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del
registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad
en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017”, en el Registro Electrónico citado, cuyo
trámite y formato de solicitud, han sido Publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 19 de febrero de
2018, para que produzca sus efectos jurídicos correspondientes.
Que el numeral Décimo Segundo del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, establece que los
Órganos de la Administración Pública de la Ciudad de México que normen, apliquen u operen trámites y servicios deberán
inscribirlos en el Registro Electrónico y solamente podrán aplicar aquellos que se encuentren debidamente registrados y
publicados de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Trámites.
Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del
Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de un trámite denominado “Registro de Manifestación de
Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar
sujeta al régimen de propiedad en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017” en
materia de Construcciones y obras, del Órgano Político Administrativo en Iztapalapa y se ha expedido la Constancia de
Inscripción de éste, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que produzca sus efectos
jurídicos en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Que una vez que se publique el trámite “Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de
terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad en condominio o
copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017” y su formato de solicitud, que presta el Órgano Político
Administrativo en Iztapalapa en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éstos surtirán sus efectos jurídicos y serán
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susceptibles de su aplicación en la forma y términos en los ahí aparecen y fueron inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y sean difundidos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER UN TRÁMITE DENOMINADO “REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, PRÓRROGA DEL REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIÓN DE OBRA; PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJETA AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO O COPROPIEDAD, POR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017” Y SU FORMATO DE SOLICITUD, QUE PRESTA EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN IZTAPALAPA, QUE HAN OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- Se da a conocer el trámite denominado “Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017” y su formato de solicitud, que presta el Órgano Político Administrativo en Iztapalapa y que han obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar el trámite a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en que fue inscrito en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparece en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que no podrá modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.-El Presente aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil dieciocho.
EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma)
OLIVER CASTAÑEDA CORREA
TRÁMITE QUE HA OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL
ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
No. Nombre del Trámite Tipo Materia Órgano que
Registra No. de Anexo
1595
Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017
Trámite Construcciones y
obras
Órgano Político Administrativo en
Iztapalapa Anexo 1
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
Anexo 1
SI NO
de de
* Lo s da to s s o lic itado s en es te blo que s o n o bliga to rio s .
Calle
C.P . Tel.
Cel:
Identificac ió n Ofic ia l
Fecha de venc imiento Actividad auto rizada a rea lizar
Co rreo e lec tró nico para rec ibir no tificac io nes
Número / Fo lio
En s u c a s o
D ire c to r(a ) Ge ne ra l de Obra s y D e s a rro llo Urba no
TIZTAP ALAP A_RMC_3
F o lio :
* Lo s da to s s o lic itado s en es te blo que s o n o bliga to rio s .
No mbre (s )
Apellido P a te rno Apellido Materno
P res ente
Declaro ba jo pro tes ta de dec ir verdad que la info rmació n y do cumentac ió n pro po rc io nada es verídica , po r lo que en cas o de exis tir fa ls edad en e lla , tengo pleno
co no cimiento que s e aplicarán las s anc io nes adminis tra tivas y penas es tablec idas en lo s o rdenamiento s res pec tivo s para quienes s e co nducen co n fa ls edad ante la
auto ridad co mpetente , en té rmino s de l a rtículo 32 de la Ley de P ro cedimiento Adminis tra tivo , co n re lac ió n a l 311 de l Có digo P ena l, ambo s de l Dis trito Federa l.
Info rm a c ió n a l inte re s a do s o bre e l tra ta m ie nto de s us da to s pe rs o na le s
Lo s dato s pers o na les recabado s s erán pro tegido s , inco rpo rado s y tra tado s en e l Sis tema de Dato s P ers o na les
___________________________________________________________________________ el cua l tiene s u fundamento en
______________________________________________________________________________________, y cuya fina lidad es
_____________________________________________________________________________y po drán s er trans mitido s a
____________________________________________________________________________________________, además de o tras trans mis io nes previs tas en la Ley
de P ro tecc ió n de Dato s P ers o na les para e l Dis trito Federa l. Co n excepc ió n del te lé fo no y co rreo e lec tró nico particula res , lo s demás da to s s o n o bliga to rio s y s in
e llo s no po drá acceder a l s e rvic io o co mple ta r e l trámite
_______________________________________________________________________________________________________________ As imis mo , s e le info rma que
s us da to s no po drán s er difundido s s in s u co ns entimiento expres o s a lvo excepc io nes previs tas en la ley. El res po ns able de l Sis tema de Dato s P ers o na les es
____________________________________________________________, y la direcc ió n do nde po drá e je rcer lo s derecho s de acces o , rec tificac ió n, cance lac ió n y
o po s ic ió n, as í co mo la revo cac ió n del co ns entimiento es
______________________________________________________________________________________________________________ El titula r de lo s da to s po drá
dirigirs e a l Ins tituto de Acces o a la Info rmació n P ública y P ro tecc ió n de Dato s P ers o na les de l Dis trito Federa l, do nde rec ibirá as es o ría s o bre lo s derecho s que tute la
la Ley de P ro tecc ió n de Dato s P ers o na les para e l Dis trito Federa l a l te lé fo no 56 36 46 36; co rreo e lec tró nico : da to s pers o na les @info df.o rg.mx o en la página
www.info df.o rg.mx.
D A TOS D EL IN TER ES A D O (P ER S ON A F ÍS IC A QUIEN F UN GIR Á C OM O R EP R ES EN TA N TE LEGA L P A R A EF EC TOS D EL
P R OC ED IM IEN TO D E R EC ON S TR UC C IÓN )
TIP O ´B´ TIP O ´C´
LA P RESENTE MANIFESTACIÓN SERÁ REGISTRADA CON LOS BENEFICIOS DEL P ROGRAMA P ARA LA
RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA P OR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEP TIEMBRE DE 2017
C la v e de fo rm a to :
N OM B R E D EL TR Á M ITE:
REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, P RÓRROGA DEL REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIÓN DE
OBRA; P ARA LA RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJ ETA AL RÉGIMEN DE P ROP IEDAD EN
CONDOMINIO O COP ROP IEDAD, P OR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEP TIEMBRE DE 2017.
C iuda d de M é xic o , a
2. Certificado de Derecho s de Reco ns trucc ió n para Afec tado s (CeDRA 2017)
o Certificado Único de Zo nificac ió n de Us o del Suelo en s u mo dalidad de
Reco ns trucc ió n de Vivienda (CURVI), en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
3. Do s tanto s de l pro yec to arquitec tó nico en plano s a es ca la , debidamente
aco tado s y co n las es pec ificac io nes de lo s materia les , acabado s y equipo s a
utiliza r, en lo s que s e debe inc luir, co mo mínimo : cro quis de lo ca lizac ió n del
predio , levantamiento de l es tado ac tua l, indicando las co ns trucc io nes y
árbo les exis tentes ; planta de co njunto , mo s trando lo s límites de l predio y la
lo ca lizac ió n y us o de las dife rentes partes edificadas y áreas exterio res ;
plantas arquitec tó nicas , indicando las viviendas y e l us o de lo s dis tinto s
lo ca les y las c irculac io nes , co n e l mo bilia rio fijo que s e requiera y en s u cas o ,
es pac io s para es tac io namiento de auto mó viles y/o bic ic le tas y/o
mo to c ic le tas ; co rtes y fachadas ; co rtes po r fachada , cuando co linden en vía
pública y de ta lles a rquitec tó nico s inte rio res y de o bra exte rio r.
P e rs o na a uto riza da pa ra o í r y re c ib ir no t if ic a c io ne s y do c um e nto s
Apellido Materno
No mbre (s )
Nacio na lidad
(c a rt a de na t ura liz a c ión o c a rt illa de se rvic io milit a r o c é dula profe siona l o pa sa port e o c e rt if ic a do de na c iona lida d me xic a na o c re de nc ia l pa ra vot a r o lic e nc ia pa ra c onduc ir)
Do cumento co n e l que acredita la s ituac ió n
migra to ria y es tanc ia lega l en e l pa ís
D OM IC ILIO P A R A OIR Y R EC IB IR N OTIF IC A C ION ES Y D OC UM EN TOS EN LA C IUD A D D E M ÉXIC O
No . Exterio r No . Inte rio r
Co lo nia
4. P ro yec to de pro tecc ió n a co lindanc ias , do s tanto s firmado s po r e l
pro yec tis ta indicando s u número de cédula pro fes io na l, as í co mo el Direc to r
Res po ns able de Obra y e l Co rres po ns able en Seguridad Es truc tura l, en s u
cas o .
Delegac ió n
R EQUIS ITOS
1. Fo rmato de s o lic itud TIZTAP ALAP A_RMC_3, debidamente llenado y
firmado , en o rigina l.
Apellido P a te rno
DELEGACIÓN IZTAPALPA
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
6. Memo ria Des criptiva de l pro yec to , la cua l co ntendrá co mo mínimo : e l
lis tado de las viviendas y lo ca les co ns truido s y las áreas libres , s uperfic ie y
número de o cupantes o us uario s de cada uno ; e l aná lis is de l cumplimiento de l
CeDRA o CURVI, inc luyendo co efic ientes de o cupac ió n y utilizac ió n del
s ue lo ; cumpliendo co n lo s requerimiento s de l Reglamento , s us No rmas
Técnicas Co mplementarias y demás dis po s ic io nes referentes a : acces ibilidad
para pers o nas co n dis capac idad, cantidad de es tac io namiento s y s u
func io na lidad, pa tio s de iluminac ió n y ventilac ió n, nive les de iluminac ió n y
ventilac ió n en cada lo ca l, c irculac io nes ho rizo nta les y vertica les , s a lidas y
muebles hidro s anita rio s , vis ibilidad en s a las de es pec táculo s , res is tenc ia de
lo s materia les a l fuego , c irculac io nes y s a lidas de emergenc ia , equipo s de
extinc ió n de fuego y o tras que s e requieran; y en s u cas o , de las res tricc io nes
o afec tac io nes de l predio . Lo s plano s y memo rias deben es ta r firmado s po r e l
repres entante lega l de l co ndo minio o co pro pie ta rio s , po r e l pro yec tis ta
indicando s u número de cédula pro fes io na l, po r e l Direc to r Res po ns able de
Obra y e l Co rres po ns able en Dis eño Urbano y Arquitec tó nico , en s u cas o , en
do s tanto s .
5. Do s tanto s de lo s pro yec to s de las ins ta lac io nes hidráulicas inc luyendo el
us o de s is temas para ca lentamiento de agua po r medio de l apro vechamiento
de la energía s o la r co nfo rme a lo s artículo s 82, 83 y 89 del Reglamento de
Co ns trucc io nes , s anita rias , e léc tricas , gas e ins ta lac io nes es pec ia les y o tras
que s e requieran, en lo s que s e debe inc luir co mo mínimo : plantas , co rtes e
is o métrico s , en s u cas o , mo s trando las trayec to rias de tuberías ,
a limentac io nes , as í co mo el dis eño y memo rias co rres po ndientes , que
inc luyan la des cripc ió n de lo s dis po s itivo s co nfo rme a lo s requerimiento s
es tablec ido s po r e l Reglamento y s us No rmas en cuanto a s a lidas y muebles
hidráulico s y s anita rio s , equipo s de extinc ió n de fuego , s is tema de captac ió n y
apro vechamiento de aguas pluvia les en azo tea y o tras que co ns idere e l
pro yec to . Lo s plano s y memo rias deben es ta r firmado s po r e l repres entante
lega l de l co ndo minio o co pro pie ta rio s , po r e l pro yec tis ta , indicando s u
número de cédula pro fes io na l, po r e l Direc to r Res po ns able de Obra y e l
Co rres po ns able en Ins ta lac io nes , en s u cas o .
7. Memo ria de Cálculo Es truc tura l, s e rá expedida en papel membre tado de la
empres a o del pro yec tis ta , en do nde co ns te s u número de cédula pro fes io na l
y firma, as í co mo , la des cripc ió n del pro yec to , lo ca lizac ió n, número de nive les
s ubterráneo s y us o co nfo rme a: Cargas Muertas : Definic ió n de ta llada de
to das las cargas muertas que s e deben co ns iderar en e l dis eño , ta les co mo :
pes o pro pio , pes o de acabado s , pes o de fa ls o s pla fo nes , pes o de muro s
divis o rio s no es truc tura les , pes o de fachadas y cance le rías , pes o de re lleno s ,
pes o de impermeabilizantes , s o brecarga reglamentaria , e tc .; Cargas vivas :
definic ió n de las cargas vivas para acc io nes acc identa les , permanentes y para
as entamiento s , as í co mo las cargas trans ito rias y aquellas que deban s er
co ns ideradas en e l dis eño de acuerdo co n las No rmas Técnicas
Co mplementarias s o bre Crite rio s y Accio nes para e l Dis eño de Es truc turas
de Edificac io nes , también s e deberá definir e l pes o de equipo s y e lemento s
que deban s er co ns iderado s en e l aná lis is y no es tén inc luido s en la carga
viva ; Materia les : Calidad de lo s materia les : Co ncre to : res is tenc ia a la
co mpres ió n f´c y mó dulo de e las tic idad, Acero : es fuerzo de fluenc ia fy;
Mampo s tería : res is tenc ia de dis eño a co mpres ió n, f*m, res is tenc ia de dis eño
a co mpres ió n diago nal v*m, mó dulo de e las tic idad Em y mó dulo de co rtante
Gm; Es pec tro para dis eño po r s is mo : Co efic iente s ís mico Ta Tb R Facto r de
co mpo rtamiento s ís mico Q y co ndic io nes de regularidad es truc tura l; Se
deberá inc luir una explicac ió n de lo s va lo res ado ptado s y la verificac ió n de
que s e cumplen to do s lo s requis ito s es pec ificado s en la no rma
co rres po ndiente ; Mo delo Es truc tura l: Se deberá inc luir una des cripc ió n de la
meto do lo gía de l mo delo empleado , as í co mo la fo rma para mo delar lo s
s is temas de pis o , muro s , e tc .; Se deberá definir e l s is tema empleado para e l
aná lis is ; Se deberá definir de ta lladamente e l mo delo de la c imentac ió n
empleado ; En genera l, no s e po drán co ns iderar apo yo s ho rizo nta les en ningún
nive l de s ó tano s , s a lvo en e l des plante de la c imentac ió n; Accio nes po r
s is mo : Se deberá des cribir e l pro cedimiento para o btener lo s e lemento s
mecánico s po r s is mo (es tá tico , dinámico mo dal es pec tra l, vec to res de Ritz,
e tc .); Co mbinac io nes y fac to res de carga : Des cripc ió n de las co ndic io nes de
carga , as í co mo de las co mbinac io nes co rres po ndientes ; Excentric idad
acc identa l: Se deberá hacer una des cripc ió n de có mo s e inco rpo ró la
excentric idad acc identa l en e l aná lis is ; Res ultado s de l aná lis is : Se deberá
inc luir la verificac ió n de: carga to ta l para cada co ndic ió n de carga ;
Excentric idades a la c imentac ió n; Co rtante bas a l po r s is mo y, en s u cas o , e l
fac to r de amplificac ió n; Des plazamiento s o btenido s po r s is mo y las
s eparac io nes de co lindanc ias neces arias , en s u cas o , perio do s de vibrac ió n y
partic ipac ió n de cada uno de e llo s ; Mecánica de s ue lo s : Se deberá inc luir un
res umen de las co nclus io nes y reco mendac io nes de l es tudio de mecánica de
s ue lo s , es to es : tipo de c imentac ió n, capac idad de carga , pro fundidad de
des plante , mó dulo de reacc ió n, as entamiento s dife renc ia les es perado s ;
Dis eño de la c imentac ió n: Se deberán definir las expres io nes empleadas para
e l dis eño y uno o do s e jemplo s de dis eño deta llado de lo s e lemento s que
fo rman la c imentac ió n; Se deberá inc luir la revis ió n de es tado s límite de
s ervic io (defo rmacio nes , vibrac io nes , agrie tamiento s , e tc .) y de lo s es tado s
límite de fa lla , pro cedimiento co ns truc tivo de la c imentac ió n y e l s is tema de
pro tecc ió n de co lindanc ias ; Dis eño de e lemento s de la s uperes truc tura : Se
deberán definir las expres io nes empleadas para e l dis eño y uno o do s
e jemplo s de ta llado s de l dis eño de lo s e lemento s repres enta tivo s que fo rman
la s uperes truc tura , co mo co lumnas , muro s , trabes princ ipa les , trabes
s ecundarias , lo s as , e tc .; Se deberá inc luir la revis ió n de es tado s límite de
s ervic io (defo rmacio nes , vibrac io nes , agrie tamiento s , e tc .) y de lo s es tado s
límite de fa lla ; Dis eño de co nexio nes : Se deberán definir las expres io nes
empleadas para e l dis eño de las co nexio nes y uno o do s e jemplo s de ta llado s
de las co nexio nes repres enta tivas . Lo s plano s y memo rias es truc tura les
deben es ta r firmado s po r e l repres entante lega l de l co ndo minio o
co pro pie ta rio s , po r e l ca lculis ta , po r e l Direc to r Res po ns able de Obra y e l
Co rres po ns able en Seguridad Es truc tura l, en s u cas o .
8. Do s tanto s de l pro yec to es truc tura l en plano s debidamente aco tado s , co n
es pec ificac io nes que co ntengan una des cripc ió n co mple ta y de ta llada de las
carac te rís ticas de la es truc tura inc luyendo s u c imentac ió n. Se es pec ificarán
en e llo s lo s da to s es enc ia les de l dis eño co mo las cargas vivas y lo s
co efic ientes s ís mico s co ns iderado s y las ca lidades de materia les . Se
indicarán lo s pro cedimiento s de co ns trucc ió n reco mendado s , cuando és to s
difie ran de lo s tradic io na les . Deberán mo s tra rs e en plano s lo s de ta lles de
co nexio nes , cambio s de nive l y aberturas para duc to s . En particula r, para
es truc turas de co ncre to s e indicarán mediante dibujo s aco tado s lo s de ta lles
de co lo cac ió n y tras lapes de refuerzo de las co nexio nes entre miembro s
es truc tura les . En lo s plano s de es truc turas de acero s e mo s tra rán to das las
co nexio nes entre miembro s , as í co mo la manera en que deben unirs e entre s í
lo s divers o s e lemento s que integran un miembro es truc tura l. Cuando s e
utilicen remaches o to rnillo s s e indicará s u diámetro , número , co lo cac ió n y
ca lidad, y cuando las co nexio nes s ean s o ldadas s e mo s tra rán las
carac te rís ticas co mple tas de la s o ldadura ; és tas s e indicarán utilizando una
s imbo lo gía apro piada y, cuando s ea neces ario , s e co mplementará la
des cripc ió n co n dibujo s aco tado s y a es ca la . En e l cas o que la es truc tura es té
fo rmada po r e lemento s prefabricado s o de patente lo s plano s es truc tura les
deberán indicar las co ndic io nes que és to s deben cumplir en cuanto a s u
res is tenc ia y o tro s requis ito s de co mpo rtamiento . Deben es pec ificars e lo s
herra jes y dis po s itivo s de anc la je , las to le ranc ias dimens io na les y
pro cedimiento s de mo nta je . Deberán indicars e , as imis mo , lo s
pro cedimiento s de apunta lamiento , e recc ió n de e lemento s prefabricado s y
co nexio nes de una es truc tura nueva co n o tra exis tente . En lo s plano s de
fabricac ió n y en lo s de mo nta je de es truc turas de acero o de co ncre to
prefabricado , s e pro po rc io nará la info rmació n neces aria para que la
es truc tura s e fabrique y mo nte de manera que s e cumplan lo s requis ito s
indicado s en lo s plano s es truc tura les .
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
Calle
11. Res po ns iva de l Direc to r Res po ns able de Obra de l pro yec to de la o bra , as í
co mo de lo s Co rres po ns ables en lo s s upues to s s eña lado s en e l a rtículo 36
del Reglamento , las cua les s e encuentran inc luidas en e l fo rmato de s o lic itud
TIZTAP ALAP A_RMC_3.
12. P ó liza vigente de l s eguro de res po ns abilidad c ivil po r daño s a te rcero s en
las o bras c las ificadas en e l grupo A y s ubgrupo B1, s egún el artículo 139 del
Reglamento , po r un mo nto as egurado no meno r de l 10% del co s to to ta l de la
o bra co ns truida po r e l tiempo de vigenc ia de la Manifes tac ió n de
Co ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
14. Acta de As amblea de Co ndó mino s o es critura en lo s cas o s de
co pro piedad, en e l do cumento res pec tivo deberá es ta r definida la pers o na
que fungirá co mo Repres entante Legal para efec to s de l pro cedimiento de
reco ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
Cuenta Catas tra l Superfic ie (m2)
9. Es tudio de mecánica de s ue lo s de l predio de acuerdo co n lo s a lcances y lo
es tablec ido en las No rmas Técnicas Co mplementarias para Dis eño y
Co ns trucc ió n de Cimentac io nes de l Reglamento , inc luyendo lo s
pro cedimiento s co ns truc tivo s de la excavac ió n, muro s de co ntenc ió n y
cimentac ió n, as í co mo las reco mendac io nes de pro tecc ió n a co lindanc ias . El
es tudio debe es ta r firmado po r e l es pec ia lis ta indicando s u número de cédula
pro fes io na l, as í co mo po r e l repres entante lega l de l co ndo minio o
co pro pie ta rio s , e l Direc to r Res po ns able de Obra y po r e l Co rres po ns able en
Seguridad Es truc tura l, en s u cas o , po r duplicado .
10. Libro de bitáco ra de o bra fo liado para s er s e llado po r la Delegac ió n, e l cua l
debe co ns ervars e en la o bra , rea lizando s u apertura en e l s itio co n la
pres enc ia de lo s auto rizado s para us arla , quienes lo firmarán en es e
mo mento .
Reglamento de Co ns trucc io nes para e l Dis trito Federa l.- Artículo s 3
fracc io nes IV y VIII, 36, 38, 47, 48, 51 fracc io nes II y III, 53, 54 fracc ió n III, 61, 64,
65 y 70.
Co s to : Artículo , fracc ió n, inc is o , s ubinc is o de l
Có digo Fis ca l de la Ciudad de MéxicoNo aplica
Do cumento a o btener Regis tro
Lineamiento s para la aplicac ió n del P ro cedimiento de Reco ns trucc ió n de
Vivienda es tablec ido en la Ley para la Reco ns trucc ió n, Recuperac ió n y
Trans fo rmació n de la Ciudad en una cada vez más Res iliente , y Fac ilidades
Adminis tra tivas , Numera l Tercero , inc is o C).
F UN D A M EN TO J UR ÍD IC O
15. Identificac ió n o fic ia l de l Repres entante Legal de l co ndo minio o la
co pro piedad; s e aceptará cua lquiera de las s iguientes : Credenc ia l para Vo tar,
Carta de Natura lizac ió n, Cartilla de l Servic io Milita r Nacio na l, Cédula
P ro fes io na l, P as apo rte , Certificado de Nacio na lidad Mexicana , Licenc ia para
Co nducir, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
Delegac ió n C.P .
No . Exterio r No . Inte rio r
Co lo nia
Vigenc ia de l do cumento a o btener de 1 a 3 año s
P ro cedenc ia de la Afirmativa o Negativa F ic ta Afirmativa fic ta , No pro cede ; Negativa fic ta , No pro cede
D A TOS D EL P R ED IO
D IR EC TOR R ES P ON S A B LE D E OB R A
No mbre Regis tro No .
C OR R ES P ON S A B LE EN S EGUR ID A D ES TR UC TUR A L
No mbre Regis tro No .
Do mic ilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .
Do mic ilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .
13. En zo nas de co ns ervac ió n patrimo nia l co n valo r his tó rico , a rtís tico o
arqueo ló gico , licenc ia de l Ins tituto Nacio na l de Antro po lo gía e His to ria , vis to
bueno del Ins tituto Nacio na l de Bellas Artes o dic tamen de la Secre ta ría de
Des arro llo Urbano y Vivienda , en s u cas o , en co pia s imple y o rigina l para
co te jo .
Ley para la Reco ns trucc ió n, Recuperac ió n y Trans fo rmació n de la Ciudad de
México en una cada vez más Res iliente . En s u to ta lidad.
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Tipo de o bra
Zo nificac ió n
Dic tamen de Impacto urbano número
Manifes tac ió n o Dic tamén de Impacto Ambienta l
Superfic ie de l predio m2 Superfic ie to ta l po r co ns truir m2
Superfic ie de des plante m2 % Area libre m2 %
Número de nive les Si No
Número de s ó tano s Número de viviendas
Es tac io namiento cubierto m2 Es tac io namiento des cubierto m2
ml
m2 m2
m2 m2
m2 m2
m2 m2 m2
N OM B R ES Y F IR M A S
No mbre
Lic e nc ia de C o ns truc c ió n o R e g is tro de Obra Eje c uta da o M a nife s ta c ió n de C o ns truc c ió n a nte rio r, e n s u c a s o :
Altura máxima s o bre nive l de banqueta
Superfic ie de us o habitac io na l
Vivienda Tipo "A" Vivienda Tipo "B" Vivienda Tipo "C"
Direc to r res po ns able de o bra
Co rres po ns able en s eguridad es truc tura l
Co rres po ns able en dis eño urbano y
a rquitec tó nico
Co rres po ns able en ins ta lac io nes
Res po ns able Lega l para e fec to s de l
pro cedimiento de reco ns trucc ió n
Cajo nes de es tac io namiento
Número Fecha de expedic ió n
C A R A C TER ÍS TIC A S ES P EC ÍF IC A S D E LA OB R A
de fecha
Superfic ie de us o dis tinto a l habitac io na l
Superfic ie habitable s o bre nive l de
banqueta
de fecha
Us o o des tino
Do mic ilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .
No mbre Regis tro No .
C OR R ES P ON S A B LE EN IN S TA LA C ION ES
C OR R ES P ON S A B LE EN D IS EÑO UR B A N O Y A R QUITEC TÓN IC O
Do micilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .
No mbre Regis tro No .
Superfic ie de co ns trucc ió n to ta l ba jo nive l
de banquetaSuperfic ie habitable ba jo nive l de banqueta
Superfic ie de co ns trucc ió n to ta l s o bre
nive l de banqueta
C A R A C TER ÍS TIC A S GEN ER A LES D E LA OB R A
Nueva Ampliac ió n Reparac ió n Mo dificac ió n
Semis ó tano
Firma
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección
Q UEJAS O DENUNCIAS
LA P R ES EN TE HOJ A F OR M A P A R TE IN TEGR A N TE D E LA S OLIC ITUD R EGIS TR O D E M A N IF ES TA C IÓN D E R EC ON S TR UC C IÓN ,
P R ÓR R OGA D EL R EGIS TR O Y A VIS O D E TER M IN A C IÓN D E OB R A ; P A R A LA R EC ON S TR UC C IÓN D E VIVIEN D A M ULTIF A M ILIA R
S UJ ETA A L R ÉGIM EN D E P R OP IED A D EN C ON D OM IN IO O C OP R OP IED A D , P OR M OTIVO D EL S IS M O D EL 19 D E S EP TIEM B R E D E
2 0 17 , TIP O _ _ _ _ _ , N °_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E F EC HA D E EXP ED IC IÓN _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ ,
C ON VIGEN C IA A L _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ .
a) Es o bligac ió n del direc to r res po ns able de o bra , co lo car en la o bra , en lugar vis ible y legible des de la vía pública , un le tre ro co n e l número
de regis tro de la manifes tac ió n de co ns trucc ió n, da to s genera les de la o bra , ubicac ió n y vigenc ia de la mis ma.
b) P res entado e l avis o de te rminac ió n de o bra , en cas o de pro ceder, la auto ridad o to rgará la auto rizac ió n de us o y o cupac ió n.
c ) La SEDUVI apo yará a las pers o nas afec tadas a integrar la manifes tac ió n de co ns trucc ió n, y a regis tra rla ante la Delegac ió n; as imis mo ,
brindará aco mpañamiento y as es o ría a lo s inte res ado s durante to do e l pro ces o de co ns trucc ió n, que co ncluye co n la auto rizac ió n de us o y
o cupac ió n de l inmueble po r parte de la Delegac ió n.
d) El plazo máximo de res pues ta en lo s s iguientes s upues to s es : Regis tro .- Inmedia to ; P ró rro ga .- 3 días hábiles ; Avis o de Terminac ió n de
Obra .- 5 días hábiles .
e ) En el Regis tro de Manifes tac ió n de Reco ns trucc ió n, pro cede la nega tiva fic ta , mientras que en la auto rizac ió n de la P ró rro ga de la
Manifes tac ió n de Reco ns trucc ió n, pro cederá la a firmativa fic ta .
f) Dentro de lo s 15 días hábiles ante rio res a l venc imiento de la vigenc ia de l regis tro de manifes tac ió n de co ns trucc ió n, e l pro pie ta rio o
po s eedo r, en cas o neces ario , po drá pres enta r ante la Delegac ió n en e l fo rmato de s o lic itud, la s o lic itud de pró rro ga .
g) P o r cada manifes tac ió n de co ns trucc ió n po drán o to rgars e has ta do s pró rro gas .
h) De la do cumentac ió n s e requerirán do s tanto s , uno quedará en po der de la Delegac ió n y e l o tro en po der de l Repres entante Legal de l
co ndo minio o la co pro piedad, quien entregará una co pia de lo s mis mo s para s u us o en la o bra .
i) Se po drá dar avis o de te rminac ió n de o bra parc ia l, para o cupac ió n en edificac io nes que o peren y func io nen independientemente de l res to
de la o bra , las cua les deben garantizar que cuentan co n lo s equipo s de s eguridad neces ario s y que cumplen co n lo s requerimiento s de
habitabilidad y s eguridad es tablec ido s en e l Reglamento .
Área
No mbre
Cargo
Firma
R e c ibió (para s er llenado po r la auto ridad) S e llo de re c e pc ió n
Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.
electrónica http://www.anticorrupcion.cdmx.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana
Obs ervac io nes
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
de de
Director(a) General de O bras y Desarrollo Urbano
No.
Porcentaje de avance de la obra %
FUNDAMENTO JURIDICO
Los que suscribimos la presente con la personalidad que tenemos reconocida en este expediente, venimos a prorrogar el registro de manifestación de
construcción tipo B o C:
Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta
Artículos 54 fracción III y 64
No aplica
1. Fo rmato de s o lic itud TIZTAP ALAP A_RMC_3, debidamente llenado y
firmado , en o rigina l.
2. Acta de As amblea de Co ndó mino s o es critura en lo s cas o s de
co pro piedad, en e l do cumento res pec tivo deberá es ta r definida la pers o na
que fungirá co mo Repres entante Legal para efec to s de l pro cedimiento de
reco ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
Documento a obtener
Propietario, poseedor o interesado
Representante legal
TIZTAPALAPA_RMC_3
Folio:
Clave de formato:
Ciudad de México, a
y fecha de vencimiento
Vigencia del documento a obtener
REQ UISITO S
1 a 3 años
Afirmativa ficta, Procede
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal
Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal
de la Ciudad de México
TIP O ´B´
3. Identificac ió n o fic ia l de l Repres entante Legal de l co ndo minio o la
co pro piedad; s e aceptará cua lquiera de las s iguientes : Credenc ia l para Vo tar,
Carta de Natura lizac ió n, Cartilla de l Servic io Milita r Nacio na l, Cédula
P ro fes io na l, P as apo rte , Certificado de Nacio na lidad Mexicana , Licenc ia para
Co nducir, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
Motivos que impidieron la terminación de la obra
Prórroga
Corresponsable en diseño urbano y
arquitectónico
Corresponsable en instalaciones
Firma
Número de Prórroga solicitada
Descripción de los trabajos que se van a llevar a cabo para concluir la obra
NOMBRE DEL TRÁMITE
PRÓRROGA DEL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, PARA LA
RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJETA AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN
CONDOMINIO O COPROPIEDAD, POR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017
con fecha de expedición
NO MBRES Y FIRMAS
Nombre
TIP O ´C´
Director responsable de obra
Corresponsable en seguridad
estructural
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
No. de registro
Vigencia al
Recibió Sello de recepción
Área
Nombre
Cargo
Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.
PARA SER LLENADO PO R LA AUTO RIDAD
Q UEJAS O DENUNCIAS
______________________________________
NOMBRE, FIRMA Y CARGO
AUTORIZA
LA PRESENTE HO JA Y LA FIRMA Q UE APARECE AL CALCE, FO RMAN PARTE INTEGRANTE DE LA SO LICITUD DEL TRÁMITE
PRÓ RRO GA DEL REGISTRO DE MANIFESTACIÓ N DE CO NSTRUCCIÓ N PARA LA RECO NSTRUCCIÓ N DE VIVIENDA PO R
MO TIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017, TIPO _____, N°_____________________________ DE FECHA DE
EXPEDICIÓ N_________ DE _________________ DE _____, CO N VIGENCIA AL __________________ DE ________________DE
_____________.
Firma
Manifestación tipo
, del
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección
electrónica http://www.anticorrupcion.cdmx.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
de de
Co n fecha
No .
5 días hábiles
P ermanente .
Afirmativa fic ta , pro cede ; Negativa fic ta , no pro cede
TIZTAPALAPA_RMC_3
Folio:
Clave de formato:
Vigencia de l do cumento a o btener
Auto rizac ió n de us o y o cupac ió n
Director responsable de obra
P ro cedenc ia de la Afirmativa o Negativa F ic ta
Artículo s 65 y 70.
No aplica
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección
F UN D A M EN TO J UR ÍD IC O
Cargo
Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.
Firma
R EQUIS ITOS
1. Fo rmato de s o lic itud TIZTAP ALAP A_RMC_3, debidamente llenado y
firmado , en o rigina l.
2. Acta de As amblea de Co ndó mino s o es critura en lo s cas o s de
co pro piedad, en e l do cumento res pec tivo deberá es ta r definida la pers o na
que fungirá co mo Repres entante Legal para efec to s de l pro cedimiento de
reco ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
N OM B R E D EL TR Á M ITE:
3. Identificac ió n o fic ia l de l Repres entante Legal de l co ndo minio o la
co pro piedad; s e aceptará cua lquiera de las s iguientes : Credenc ia l para Vo tar,
Carta de Natura lizac ió n, Cartilla de l Servic io Milita r Nacio na l, Cédula
P ro fes io na l, P as apo rte , Certificado de Nacio na lidad Mexicana , Licenc ia para
Co nducir, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .
Nombre
Corresponsable en seguridad
estructural
Firma
AVISO DE TERMINACIÓN DE OBRA DE LA MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, P ARA LA RECONSTRUCCIÓN DE
VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJ ETA AL RÉGIMEN DE P ROP IEDAD EN CONDOMINIO O COP ROP IEDAD, P OR MOTIVO DEL
SISMO DEL 19 DE SEP TIEMBRE DE 2017
C iuda d de M é xic o , a
D ire c to r(a ) Ge ne ra l de Obra s y D e s a rro llo Urba no
P res ente
s e da avis o de te rminac ió n de o bra co n regis tro de manifes tac ió n de co ns trucc ió n tipo B o C
Corresponsable en instalaciones
Reglamento de Co ns trucc io nes para e l Dis trito Federa l.
Co s to : Artículo , fracc ió n, inc is o , s ubinc is o de l Có digo Fis ca l de l la
Ciudad de México
Do cumento a o btener
Tiempo de res pues ta
Corresponsable en diseño urbano y
arquitectónico
Propietario, poseedor o interesado
Representante legal
electrónica http://www.anticorrupcion.cdmx.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana
co n fecha de expedic ió n
TIP O ´B´ TIP O ´C´
Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción
Área
De c la ra mos ha be r c umplido c on toda s y c a da una de la s dispos ic ione s que se e s ta ble c e n e n e l Re gla me nto de Cons truc c ione s pa ra e l Dis trito
Fe de ra l y de má s orde na mie ntos le ga le s vige nte s a plic a ble s e n la ma te ria .
Nombre completo
Q UEJAS O DENUNCIAS
LA P R ES EN TE HOJ A F OR M A P A R TE IN TEGR A N TE D E LA S OLIC ITUD D EL TR Á M ITE A VIS O D E TER M IN A C IÓN D E OB R A D E LA
M A N IF ES TA C IÓN D E C ON S TR UC C IÓN P A R A LA R EC ON S TR UC C IÓN D E VIVIEN D A P OR M OTIVO D EL S IS M O D EL 19 D E
S EP TIEM B R E D E 2 0 17 , TIP O _ _ _ _ _ , N °_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E F EC HA D E EXP ED IC IÓN _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ , C ON VIGEN C IA A L _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ .
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
SECRETARÍA DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 28 párrafo décimo primero y 122 a, Base Tercera, Quinta Primer párrafo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; l, 2, 7, 8 fracción II, 12 fracciones I, II, IV, VI Y IX, 67 fracción XXVI, 87, 93,
115 fracción VI y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones VIII y XI, 5 párrafo
primero, 12, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, III, XII, XV y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones I, II y V, 3 fracción I; 5, 6, 7, 8, 9 fracciones XX, XXI, XXVII, XXXIII,
XXXVIII, XCIV y XCV; 11, 12 fracciones I, V, VI, XVI, XVII, XXII, XXIV, XXV, XXVIII y XXIX, 35, 37 fracciones II,
III y IV, 55 fracción I, 56 fracción I inciso c), 61, 85 fracción III, 89 primer párrafo, 90, 96, 101, 110 fracciones III, XXII,
113; y
CONSIDERANDO
Que el día diecisiete de abril de dos mil dieciocho se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el aviso por el
que se da a conocer el procedimiento para la instalación gratuita de taxímetros digitales con sistema de geolocalización
satelital integrado, así como una aplicación tecnológica (app) para la contratación remota del servicio de transporte público
individual de pasajeros “taxi” de la Ciudad de México y sustitución de los taxímetros actuales como parte del mejoramiento
del transporte público en la Ciudad de México, por lo cual emito la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL “AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA LA
INSTALACIÓN GRATUITA DE TAXÍMETROS DIGITALES CON SISTEMA DE GEOLOCALIZACIÓN
SATELITAL INTEGRADO, ASÍ COMO UNA APLICACIÓN TECNOLÓGICA (APP) PARA LA
CONTRATACIÓN REMOTA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS
“TAXI” DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SUSTITUCIÓN DE LOS TAXIMETROS ACTUALES COMO PARTE
DEL MEJORAMIENTO DEL TRANSPORTE PÚBLICO EN LA CIUDAD DE MÉXICO”, PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL
DIECIOCHO.
En la página 8, párrafo cinco
Dice:
MEDIANTE OFICIO DGN.312.01.216.1732 DE FECHA 04 DE MAYO DE 2016, LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
DEL GOBIERNO FEDERAL AUTORIZÓ QUE LA TABLETA CONOCIDA COMO TAXÍMETRO DIGITAL TIENE
LA CAPACIDAD DE OPERAR Y SUSTITUIR EN TODAS SUS FUNCIONES A LOS TAXÍMETROS ACTUALES.
Debe decir:
MEDIANTE OFICIO DGN.312.01.2016.1732 DE FECHA 04 DE MAYO DE 2016, LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
DEL GOBIERNO FEDERAL AUTORIZÓ QUE LA TABLETA CONOCIDA COMO TAXÍMETRO DIGITAL TIENE
LA CAPACIDAD DE OPERAR Y SUSTITUIR EN TODAS SUS FUNCIONES A LOS TAXÍMETROS ACTUALES
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- La presente Nota Aclaratoria entrará en vigor el mismo día de su publicación.
Dado en la Ciudad de México a los catorce días del mes de agosto de dos mil dieciocho.
EL SECRETARIO DE MOVILIDAD
(Firma)
CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 12, fracciones I, IV, VIl y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7,
15 fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de
México; 1, 3, 4, 6, 8 fracciones II y IV de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y 8,
fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad
física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía
Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya
actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario
aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor
funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual de
Integración y Funcionamiento del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad
Pública del Distrito Federal, registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien
registrarlo con el número MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117.
En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ
TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD
PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DICTAMINADO Y REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-
57/290618-D-SSPDF-35/011117.
MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE
DOCUMENTOS
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Mayo, 2018
Registro: MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO(S)
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
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I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
LEYES
1. Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
29 de diciembre de 1998 y su última reforma publicada el 01 de septiembre de 2017.
2. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su
última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.
3. Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el 01 de septiembre de 2017.
4. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma, publicada el 1° de septiembre de 2017.
5. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.
6. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de
diciembre de 2009, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de febrero de 2018.
REGLAMENTOS
7. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de marzo de
2018.
CIRCULARES
8. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.
9. Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de
2015.
10. Circular por medio de la cual se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la
actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 01 de octubre de 2015.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos mediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego
a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.
III. INTEGRACIÓN
De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 8.4.6 de la Circular Uno, para el
debido cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y funciones, el Comité Técnico Interno de Administración de
Documentos, estará integrado de la siguiente forma:
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Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Oficialía Mayor de la SSP
Secretaría Técnica Jefatura de Unidad Departamental de Desarrollo Archivístico
Secretaría Ejecutiva Dirección Ejecutiva de Transparencia
Vocales Subsecretaría de Operación Policial Zona Norte
Subsecretaría de Operación Policial Zona Sur
Subsecretaría de Control de Tránsito
Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito
Subsecretaría de Desarrollo Institucional
Subsecretaría de Información e Inteligencia Policial
Jefatura del Estado Mayor Policial
Dirección General de Administración de Personal
Coordinación de Control de Gestión Institucional de la Oficina del C. Secretario de
Seguridad Pública de la CDMX
Dirección Ejecutiva de Desarrollo Organizacional y Administrativo
Dirección de Servicios
Representantes Dirección General de Asuntos Jurídicos
Contraloría Interna de la Secretaría de Seguridad Pública
Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones
Dirección General de Recursos Financieros
Invitados Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas
Asesoras/es (opcional) Subdirección de Transparencia
Enlace “A” en la Oficialía Mayor
Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento y Servicios
Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento y Servicios
IV. ATRIBUCIONES
De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:
I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en la
materia dentro de los archivos del ente público;
II. Realizar los programas de valoración documental del ente público;
III. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;
IV. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean
convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones
nacionales o internacionales;
V. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y
VI. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;
VI. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
De conformidad con el Numeral 8.4.14 de la Circular Uno, las funciones del COTECIAD son:
I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en la
materia de archivos de la Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad.
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II. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros, que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para el
mejoramiento integral de los archivos; y
III. Emitir su Manual Específico de Operación, remitiéndolo a la DGRMSG y a la CGMA para su registro, así como su
Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe de su cumplimiento, el cual deberá enviarse también a la
DGRMSG dentro de los primeros treinta días del mes de enero del año que corresponda para su registro y seguimiento.
V. FUNCIONES
DE LA PRESIDENCIA
1. Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;
2. Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;
3. Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
4. Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y
administrativas que regulan la materia de archivos;
5. Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización óptima de los recursos en el
tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás normas
aplicables;
6. Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa
Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;
7. Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo;
8. Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD;
9. Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, el Programa
Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior, para su registro; y
10. Las demás atribuciones que determine el Comité y otras disposiciones legales aplicables.
DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
1. Suplir a la persona que funge como Presidente y ejercer las atribuciones señaladas en el presente Manual, que le
correspondan.
2. Convocar, previa autorización de la Presidencia, a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones
extraordinarias.
3. Presentar a la Presidencia del Comité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
4. Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos
establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la carpeta
de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
5. Integrar la carpeta de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del
Comité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas,
información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
6. Elaborar las Actas de Sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos del Comité y verificar e informar de su
cumplimiento;
7. Diseñar, formular y proponer los instrumentos de control archivístico a que se refiere el artículo 35 de la Ley y
actualizarlos cuando se requiera;
8. Vigilar que las unidades de archivos (trámite, concentración e histórico) estén, clasificadas, inventariadas y revisadas,
cuidando su conservación por el tiempo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente;
9. Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias; y
10. Las demás que le encomiende el Comité y la Presidencia.
DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA
1. Coadyuvar con la Secretaría Técnica para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades.
2. Apoyar a la Secretaría Técnica en el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en
las mismas; con derecho a voz y voto;
3. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la recepción de los asuntos o casos que sometan las áreas generadoras, debiendo
revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual y en su caso, incorporarlos en el orden del día y
en la carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
4. Revisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del Comité, de
conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o
documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
5. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la elaboración del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe
Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior del Órgano Colegiado;
6. Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende
la Presidencia del Comité.
DE LAS Y LOS VOCALES
1. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario sesiones extraordinarias del Comité; con derecho a
voz y voto;
2. Suplir a la Secretaría Ejecutiva en las sesiones del Comité, en apoyo a la Secretaría Técnica, por lo que se deberá prever
un orden para suplencia cuando son varios vocales.
3. Enviar en tiempo y forma a la Secretaría Técnica la propuesta de asuntos o casos a tratar en el Comité, acompañados de la
documentación soporte, para incluirlos en el orden del día.
4. Presentar a la consideración y resolución del Comité, los asuntos que requieran de su atención;
5. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;
6. Proponer mejoras y estrategias de trabajo para la implementación y perfeccionamiento de los procesos archivísticos;
7. Participar en las comisiones y en los grupos de trabajo que constituya el Comité;
8. Acordar e instrumentar los mecanismos de coordinación para el adecuado funcionamiento del Comité;
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9. Emitir su voto, exponiendo las razones cuando sea en el sentido de abstención o de rechazo a los acuerdos propuestos;
10. Firmar la sesión y la documentación soporte que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y
11. Las demás que expresamente les asigne el Pleno del Comité.
DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES
1. Brindar asesoría al Comité y a los grupos de trabajo que se integren en su seno, en el ámbito de su respectiva
competencia;
2. Aportar la información y documentación que otorgue fundamento, justificación y certeza a los asuntos que se presenten a
la consideración o resolución del Comité; y
3. Las que les sean encomendadas expresamente por la Presidencia del Comité y el pleno del Comité.
DE LAS/OS ASESORAS/ES
1. Exponer los temas de los cuales son expertos para que el Comité pueda resolver los asuntos o casos que se presenten en el
orden del día.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
DE LA PLANEACIÓN
1. Antes de la Sesión de Instalación y de la Primera Sesión Ordinaria, se solicitará a las áreas correspondientes la
designación oficial de las personas servidoras públicas que en su representación fungirán como vocales, debiendo señalar a
una persona titular y a una suplente.
2. En la sesión de instalación se y presentará la integración del Comité, y posteriormente se presentará para aprobación el
Plan de Trabajo del Comité, su cronograma de cumplimiento y el calendario de sesiones.
3. En la última sesión del ejercicio fiscal o bien antes del último día hábil del mes de enero de cada ejercicio, se presentará
el informe de cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico del ejercicio que concluye y se propondrá
el correspondiente al del ejercicio siguiente, a efecto de que sean comentados, validados y en su caso aprobados por los
miembros del Comité.
4. Para la integración de asuntos y casos en las sesiones del Comité, las áreas deberán enviarlos con mínimo con veinte días
hábiles y con los documentos de soporte, para que sean analizados por el Secretaría Técnica y sean considerados en las
sesiones del Comité.
5. Cuando así lo requiera, el Comité invitará a personas expertas en materia de datos personales, restauración, conservación,
archivo histórico, archivonomía y a la Oficialía Mayor, cuya participación de las y los asesores deberá ser propuesta en los
términos del numeral anterior y estará sujeta a la naturaleza y complejidad de los asuntos a tratar en la sesión
correspondiente, previa valoración de los Vocales.
DE LA CONVOCATORIA Y CARPETA DE TRABAJO
1. La convocatoria a las sesiones se realizará por escrito dirigido a cada uno de los integrantes del Comité, debiendo señalar:
El día y hora de su celebración.
El lugar en donde se celebrará la Sesión.
Su naturaleza ordinaria o, en su caso, extraordinaria.
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
El proyecto de Orden del Día
A dicha convocatoria, se acompañará de manera digital la carpeta de trabajo que contenga los documentos y anexos
necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en el Orden del Día.
2. Para la celebración de las sesiones ordinarias, la convocatoria deberá enviarse por lo menos con diez días hábiles de
anticipación a la fecha fijada para la sesión; y en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria deberá expedirse
por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración.
3. Las copias de la carpeta de trabajo para los miembros del Comité serán reproducidas únicamente en carpetas electrónicas
y, en casos excepcionales y plenamente justificados, se podrá imprimir. En este último caso, se usarán preferentemente
hojas de reúso, cancelándose el lado inutilizado con la leyenda “REUSO”.
La carpeta de trabajo original impresa quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.
4. Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá enviar, a la
Secretaría Técnica, su propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día próximo, con diez días hábiles de
anticipación a la celebración de la reunión, acompañada de la documentación que justifique su petición.
5. La carpeta de trabajo se integrará con los asuntos que hayan cumplido con los términos y modalidades establecidos en el
presente Manual; la excepción al cumplimiento de este requisito podrá ser autorizada por la Presidencia, tomando en
consideración la importancia y urgencia del asunto.
DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMOS DE SUPLENCIA
1. Las personas responsables de las distintas Unidades de Archivos de los Órganos de la Administración Pública que
fungirán como vocales dentro del Comité, serán nombradas por las personas titulares de las Unidades Administrativas y/o
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, por oficio y al principio de cada ejercicio.
2. En caso de ausencia de la Presidencia, la Secretaría Técnica tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de
ausencia de ambos, se dará por cancelada la sesión.
3. En caso de ausencia de la persona que funge como Secretario Ejecutivo en la sesión del Comité, se solicitara que se elija
entre los vocales quien lo va a sustituir, para apoyar a la Secretaría Técnica en la sesión del Comité.
4. Los miembros titulares del Comité deberán designar una persona suplente en caso de ausencia, que ocupe un puesto
jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.
5. Las personas suplentes asumirán, en caso de ejercer la suplencia, las facultades, funciones y responsabilidades que a los
titulares correspondan.
DEL QUÓRUM
1. Para que el Comité pueda sesionar, es necesario que estén presentes el 50% más uno de sus integrantes con derecho a voz
y voto, incluido la Presidencia, en caso contrario se diferirá la sesión por falta de quórum.
DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN
1. Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no obstante,
cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de la sesión en sus instalaciones, ésta podrá celebrarse
fuera de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente, o bien, indicándolo de esa forma en la
respectiva convocatoria.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
2. Las sesiones ordinarias podrán ser diferidas o canceladas por causas de fuerza mayor, fortuitas o justificadas en caso de
no existir asuntos a tratar; las sesiones extraordinarias convocadas sólo podrán ser diferidas por causas de fuerza mayor o
fortuita.
3. Cuando el diferimiento sea por causa de fuerza mayor o fortuita, éste podrá notificarse a los miembros del Comité hasta
con dos horas de anticipación a la fecha y hora programada o, si la naturaleza del evento así lo exige, a la hora de inicio
señalada para la sesión. En estos supuestos la notificación podrá realizarse mediante correo electrónico y algún otro medio
disponible.
4. Cuando la cancelación sea por causas justificadas, deberá notificarse por escrito a los miembros del Comité, con cinco
días hábiles de anticipación a la fecha programada en la convocatoria.
5. En caso de diferimiento, la nueva fecha para la celebración de la sesión no podrá exceder, en el caso de las sesiones
ordinarias, de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que desaparezca la causa del diferimiento y, en el caso de las
extraordinarias, de los tres días hábiles siguientes.
DE LA VOTACIÓN
1. Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de las personas integrantes con derecho a voto
presentes en la sesión, considerando las siguientes definiciones:
Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de las personas integrantes presentes con derecho a voto.
Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas integrantes presentes
con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto de calidad: En caso de empate, corresponde a la Presidencia la resolución del asunto en votación, en esta circunstancia
se registrará el voto nominal.
Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.
2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las
decisiones tomadas.
3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su voto
y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.
4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor o en contra,
evitando en lo posible la abstención para lo cual se deberá motivar la razón de la misma.
DEL ACTA DE LAS SESIÓN
1. Por cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta en la que se harán constar los hechos y actos realizados, misma
que será sometida a la consideración y firma de los miembros del Comité en la sesión siguiente.
2. En términos de lo anterior, el acta contendrá, cuando menos las formalidades siguientes:
Fecha de celebración;
Una relación nominal de los miembros presentes indicando su calidad de Titular o Suplente;
Verificación del quórum legal;
La declaratoria de apertura de la sesión por parte de la Presidencia del Comité;
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
La aprobación del Orden del Día;
La aprobación del acta de la sesión anterior;
Una relación sucinta y clara de los asuntos abordados, señalando los razonamientos u observaciones particulares expresados
por los miembros, en su caso invitados, expresando el resultado de la votación;
La redacción del acuerdo por cada punto abordado así como todos las opiniones, preguntas, observaciones que se realicen
de cada asunto o caso, debiendo señalar puntalmente en cada acuerdo si éste se tomó de manera Unánime, por mayoría de
conformidad con lo especificado en el numeral 1 del apartado "DE LA VOTACIÓN" ; y
La declaratoria de clausura de la sesión.
3. El acta debe estar firmada al calce y al final de la misma por cada uno de las personas integrantes que participaron en la
Sesión, indicando la calidad con la que asisten, Titular o Suplente.
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO
1. Cuando se acuerde la constitución de grupos de trabajo, deberá establecerse el asunto o asuntos a cuya resolución se
abocarán, el tiempo para realizarlos, los objetivos concretos que deban alcanzar, el o los responsables de su coordinación y
las personas integrantes de los mismos.
2. En caso de considerarse necesario, en los Grupos de Trabajo que se integren podrán participar personas ajenas al Comité.
3. Los grupos de trabajo deberán informar al Comité los resultados de los trabajos encomendados, en los términos y forma
que éste determine.
4. En el caso de los Grupos de trabajo de valoración documental que tenga el objetivo de determinar la transferencia o
destino final de determinado acervo, se deberá:
Instruir la elaboración del acta por medio de la cual se haga constar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se
llevó a cabo la revisión y valoración aludida; debiendo incluir una descripción de la forma en que se llevó a cabo la misma,
precisando el acervo sobre el cual se realizó e incluir evidencia fotográfica de dichos trabajos.
Presentar un informe sucinto de las actividades realizadas que se especificaron en el acta, el cual deba incluir: tipo de
revisión (muestreo, parcial o total), el nombre del área generadora, las series documentales a valorar, ubicación física,
estado físico del papel, total de expedientes, total de cajas o paquetes, metros lineales, peso en kilogramos y una memoria
fotográfica delas actividades realizadas.
Emitir y presentar el dictamen de valoración documental, que deberá ser aprobado y firmado por los integrantes del Comité
que incluya la declaratoria de inexistencia de valores primarios y secundarios, en el caso de la documentación que causará
baja definitiva, o la declaratoria de inexistencia de valores primarios y detección de valores secundarios de la
documentación que será transferida al archivo histórico.
5. En el caso de baja documental, una vez firmada el acta de la sesión de que se trate, por los integrantes del Comité en la
que se valide y apruebe los requisitos del numeral inmediato anterior, el Comité enviará a la DGRMSG, los documentos que
integren el expediente de la baja documental, de acuerdo al numeral 8.5.12 de la Circular Uno para su registro.
6. En el caso de detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico, el Comité
determinará el tiempo de envío al Archivo Histórico, siempre y cuando haya espacio en él; de no contar con el espacio
adecuado para el resguardo de esta documentación histórica, gestionará ante la instancia responsable un lugar idóneo para
resguardo de la dicha documentación.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos.
Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para llevar a cabo las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del
Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México,
encargado de promover y garantizar la correcta administración y gestión de los archivos institucionales de conformidad con
los principios de orden, procedencia, integridad y preservación que establece la Ley de Archivos del Distrito Federal y
demás normatividad aplicable.
Diagrama de Flujo:
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Descripción Narrativa
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaría o extraordinaria.
2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el
desarrollo de la sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba
la firma de las personas integrantes del Comité presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de
quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de los miembros del Comité el Orden
del Día.
¿Se aprueba el orden del día?
NO
7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los
Integrantes del Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos
del Orden del Día.
9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos
presentados al Comité, exponiendo los argumentos que
correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman
acuerdos sobre los asuntos de la sesión.
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos y su votación para el seguimiento de
su cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.
Fin del procedimiento
Aspectos a Considerar:
1. El desahogo de los asuntos presentados ante el Comité se llevará a cabo en apego a la Ley de Archivos del Distrito
Federal, Circular Uno y demás normatividad archivística aplicable.
2. En el caso de que se excluyan asuntos del Orden del Día, en el acuerdo que apruebe los términos del Orden del Día
deberán señalarse los asuntos que fueron excluidos.
3. Las áreas que hayan propuesto asuntos para la sesión y haya sido abordados en la misma, podrán participar en la
presentación y exposición de los mismos durante el desarrollo de la sesión, de conformidad con el Orden del Día aprobado.
4. De las aprobaciones y acuerdos tomados en las sesiones se hará constar por escrito.
5. Debido a la complejidad diversa de los asuntos sometidos a la consideración del Comité, el tiempo para su deliberación y
votación no estará sujeto a término. En consecuencia tampoco lo estará la duración de la sesión.
6. En el supuesto en que por la complejidad de los asuntos sea necesario continuar el día hábil siguiente, y siempre que la
naturaleza del asunto lo permita, se emitirá un acuerdo en el que se haga constar esta situación, señalándose en el mismo la
hora en que deba reanudarse la sesión, de lo cual se elaborará un acta por cada día.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
VIII. GLOSARIO
Acta: Documento formal que constata los hechos y actos realizados en las sesiones del COTECIAD.
Acuerdo: Resolución formal y obligatoria que expresa las decisiones y acciones que aprueba en consenso el Comité para la
solución o tratamiento de los asuntos.
Asunto: Planteamiento de un tema, problemática o situación relacionado con la Administración de Documentos y Archivos
que amerite el conocimiento y, en su caso, tratamiento y/o solución por parte del Comité.
Calendario: Documento autorizado que establece las fechas para celebrar las sesiones ordinarias que se llevarán a cabo
durante el ejercicio.
Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los asuntos o casos debidamente documentados a tratar en la sesión del Comité
sobre la administración del Sistema Institucional de Archivos y sus componentes operativos.
Componentes Normativos del Sistema Institucional de Archivos: Son la Unidad Coordinadora de Archivos y el Comité
Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD) quienes tienen a su cargo la regulación y coordinación de
la operación del Sistema.
Componentes Operativos del Sistema Institucional de Archivos: Son los archivos de trámite, concentración e histórico,
encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema, de conformidad con el ciclo vital de los documentos del ente público.
Consejo: Consejo General de Archivos del Distrito Federal.
Convocatoria: Documento formal por el que se convoca a los miembros del Comité a las sesiones, fecha, hora y lugar
determinado.
COTECIAD: es el órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en
materia de archivos del ente público, integrado por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por
aquellas personas que por su experiencia y función dentro del ente público se consideren necesarias para promover y
garantizar la correcta administración de documentos y para la gestión de los archivos de cada institución.
DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Grupos de Trabajo: Grupos constituidos por el Comité para auxiliarlo en las labores específicas que éste le encomiende.
Plan de Trabajo del Comité: Instrumento mediante el cual se organiza y programan las actividades necesarias para
concretar las acciones y compromisos derivados del Comité.
Programa Institucional de Desarrollo Archivístico: Instrumento donde se contemplan los objetivos, estrategias,
proyectos y actividades que se llevarán a cabo para dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Archivos del Distrito
Federal.
Quórum: Número mínimo de asistentes (50% más uno) para dar validez a una sesión y a los acuerdos en ella emitidos.
Representantes: Responsables de aportar criterios técnicos que fundamenten los acuerdos tomados en las sesiones del
Comité.
Sistema Institucional de Archivos: Se integrará en cada ente público a partir de la composición siguiente: Componentes
normativos y componentes operativos, los cuales son los encargados de la correcta administración de documentos a lo largo
de su ciclo vital.
Suplente: Persona servidora Pública designada por la persona integrante titular para asistir, de manera ocasional y por causa
justificada, a las sesiones del Comité.
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Titular: Cada persona integrante del Comité.
Unidad Coordinadora de Archivos: Será la responsable de regular el Sistema Institucional de Archivos para su
funcionamiento estandarizado y homogéneo, y el COTECIAD será su órgano técnico consultivo y el COTECIAD será su
órgano técnico consultivo.
Valoración documental: Proceso de análisis mediante el cual se determinan los valores de los documentos.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
Presidenta
_________________________________
Mtra. Erica Yahaira Leija Macías
Oficial Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública
Secretario Técnico
_________________________________
Lic. Omar Sandoval Badillo
Jefe de la Unidad Departamental de Desarrollo
Archivístico
Secretaria Ejecutiva
_________________________________
Mtra. Nayeli Hernández Gómez
Directora Ejecutiva de Transparencia
Vocal
_________________________________
Lic. Edgar Bautista Ángeles
Subsecretario de Operación Policial Zona Norte
Vocal
_________________________________
C. Álvaro Sánchez Valdés
Subsecretario de Operación Policial Zona Sur
Vocal
_________________________________
Primer Superintendente
Luis Rosales Gamboa
Subsecretario de Control de Tránsito
Vocal
_________________________________
Primer Superintendente
Lic. Yolanda García Cornejo
Subsecretaria de Participación Ciudadana y Prevención
del Delito
Vocal
_________________________________
Primer Superintendente
Lic. Luis Alfredo Hernández Velázquez
Subsecretario de Desarrollo Institucional
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
Vocal
_________________________________
Primer Superintendente
Mtro. José Gil García
Subsecretario de Información e Inteligencia Policial
Vocal
_________________________________
Primer Superintendente
Lic. Miguel Soria González
Jefe del Estado Mayor Policial
Vocal
_________________________________
Lic. Rodolfo de la O Hernández
Director General de Administración de Personal
Vocal
_________________________________
Lic. Oyuki Atzin Mercado
Coordinadora de Control de Gestión Institucional de la
Oficina del C. Secretario de Seguridad Pública de la
CDMX
Vocal
_________________________________
Lic. Enrique Hernández Lugo
Director Ejecutivo de Desarrollo Organizacional y
Administrativo
Vocal
_________________________________
Lic. Amalia Sánchez Barrera
Encargada del Despacho de la Dirección de Servicios
Representante
_________________________________
Mtro. Emmanuel Chávez Pérez
Director General de Asuntos Jurídicos
Representante
_________________________________
Mtra. Ivonne Beatriz García Luna
Contralora Interna en la Secretaría de Seguridad
Pública
Representante
_________________________________
C. Carlos E. Díaz Stringel
Director General de Tecnologías de Información y
Comunicaciones
Representante
_________________________________
Lic. Eduardo Palafox Martínez
Director General de Recursos Financieros
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Invitado
_________________________________
Lic. Daniel Gutiérrez Pedroza
Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas
Asesor de Datos Personales
_________________________________
Lic. Ismael Mac Donald Argonza
Subdirector de Transparencia
Asesor en Materia de Archivo
_________________________________
Lic. Horacio Hernández Murillo
Enlace “A” en la Oficialía Mayor de la SSP
Asesor en Restauración y Conservación de
Archivos
_________________________________
Lic. Fidel Mejía Hernández
Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento
y Servicios
Asesor Representante del Archivo Histórico
_________________________________
Lic. Fidel Mejía Hernández
Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento
y Servicios
TRANSITORIOS
Primero.- Se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, mismo que fue registrado
con el número MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117, por la Coordinación General de Modernización Administrativa.
Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.
Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, el 25 de julio de 2018.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12,
fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15 fracción X y
último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 3,
fracciones XXVIII y XXXI, 4, 6, 8 fracciones II y XIX de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad
física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía
Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya
actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario
aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor
funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual
Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y Promoción, registrado ante la
Coordinación General de Modernización Administrativa, con el número MEO-77/160718-D-SSPDF-35/011117.
En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE INTEGRACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SECRETARÍA
DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-77/160718-
D-SSPDF-35/011117.
MANUAL ESPECÍFICO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE
SELECCIÓN Y PROMOCIÓN
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA CIUDAD DE MÉXICO
Mayo, 2018
CONTENIDO
Páginas
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO(S)
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
I.-MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
Leyes
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
1.- Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de enero
de 2009. Última reforma 17 de junio de 2016.
2.- Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1993.
3.- Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 20 de mayo de 2003. Última reforma el 05 de julio de 2017.
Reglamentos
4.- Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de octubre de 2009.
5.- Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclusión de la Carrera Policial de la Secretaría de Seguridad
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de febrero de 2010. Última reforma el
11 de noviembre de 2010.
6.- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de diciembre del 2000. Última reforma el 23 de marzo de 2018.
7.- Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 16 de octubre de 2008. Última reforma 31 de octubre de 2017.
Reglas
8.- Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, el 14 de septiembre de 2012.
II.-OBJETIVO GENERAL
Establecer los lineamientos normativos de integración y funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y Promoción
de la Policía de la Ciudad de México, con el fin de que este Órgano Colegiado lleve a cabo la planeación, dirección,
ejecución y evaluación de la Carrera Policial.
III.-INTEGRACIÓN
La Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía de la Ciudad de México, estará integrada por diversos
funcionarios que contarán con un nombramiento honorífico que no implica la creación de plazas o modificación de la
estructura orgánica de la propia Secretaría; en tal razón y para el debido cumplimiento de sus atribuciones, dicho Órgano
Colegiado, de conformidad con lo dispuesto en el Apartado A del artículo 9 de las Reglas para el Establecimiento de la
Carrera Policial, estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública de la siguiente
manera:
Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Secretario de Seguridad Pública
Secretario Técnico Director General de Carrera Policial
Vocales Subsecretario de Desarrollo Institucional
Subsecretaría de Operación Policial Zona Norte
Subsecretaría de Operación Policial Zona Sur
Subsecretaría de Control de Tránsito
Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito
Oficial Mayor
Director General de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México
Director General del Consejo de Honor y Justicia
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
Director General de Asuntos Internos
Director General de Administración de Personal
Director General del Centro de Control de Confianza
Asesor/a Director General de Asuntos Jurídicos
Contralor Interno en la Secretaría de Seguridad Pública
Invitadas/os Serán tres con jerarquía mínima de Inspector designados por el C. Secretario de
Seguridad Pública
IV.ATRIBUCIONES
La Comisión Técnica de Selección y Promoción, de conformidad con lo establecido en las Reglas para el Establecimiento
de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, tendrá las siguientes atribuciones:
1.- Aprobar los mecanismos, criterios y requisitos que determinen el ingreso y permanencia de los elementos en la Carrera
Policial.
2.- Expedir las convocatorias para el ingreso de aspirantes, de acuerdo con las necesidades de la Secretaría, así como las
relativas a los concursos de promoción, señalando las plazas a cubrir y los requisitos necesarios para ocuparlas.
3.- Autorizar la incorporación provisional por un período de dos años en términos de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley
Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, de los egresados del Curso Básico de Formación
Policial que cumplan con los requisitos necesarios para ocupar las plazas vacantes en las unidades administrativas policiales
de origen en las que desempeñarán sus funciones.
4.- Analizar las evaluaciones de desempeño que se realicen a los elementos operativos al término de la designación
provisional y autorizar, en su caso, la entrega del nombramiento definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
5.- Analizar, aprobar y definir los mecanismos y procedimientos de selección para el ingreso, reingreso y promoción que
deberán instrumentarse en los diferentes procesos que realicen las Unidades Administrativas facultadas para ello, e instruir
las modificaciones pertinentes que a su juicio considere se deban aplicar, a fin de compatibilizar los procedimientos a las
necesidades de la Corporación y de la Carrera Policial.
6.- Autorizar la selección realizada por las Unidades Administrativas relativa a los elementos que deberán ocupar las plazas
vacantes en el nivel superior inmediato, que cumplan con los requisitos establecidos, así como emitir los lineamientos que
deberán cumplir las mismas para seleccionar y evaluar a los integrantes del Servicio.
7.- Autorizar las evaluaciones que realicen o emitan las Unidades Administrativas competentes que hayan sido aplicadas o
que estén por aplicarse a los elementos de la Policía de la Ciudad de México, y vigilar que las mismas se realicen
cumpliendo los tiempos, períodos, formas y procedimientos para su realización, definidas en la normatividad vigente o por
disposición expresa de la propia Comisión.
8.- Con base en las evaluaciones que realicen o emitan las Unidades Administrativas competentes, autorizar los ascensos a
las plazas vacantes.
9.-Decidir sobre todos aquellos asuntos vinculados con el adecuado funcionamiento y operación del Servicio Profesional de
Carrera Policial, así como del propio Sistema.
10.-Las demás que se aprueben por mayoría en el Pleno de la Comisión.
V.FUNCIONES
Corresponden a los miembros de la Comisión, además de las funciones establecidas en las Reglas, las siguientes:
DEL PRESIDENTE
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
1.- Presidir las sesiones de la Comisión.
2.- Convocar a sesión a los integrantes de la Comisión, por conducto del Secretario Técnico.
3.- Dirigir las sesiones de la Comisión, someter a votación los asuntos y autorizar las actas correspondientes.
4.- Ordenar la notificación a quien corresponda de las resoluciones que tome la Comisión.
DEL SECRETARIO TÉCNICO
1.- Integrar y custodiar los expedientes de los asuntos que conozca la Comisión.
2.- Elaborar el orden del día de las sesiones y las actas correspondientes.
3.- Enviar a los integrantes de la Comisión, la convocatoria de las sesiones, con un mínimo de tres días hábiles de
anticipación, anexando el orden del día y la minuta de la sesión anterior para su validación.
4.- Recopilar y distribuir entre los integrantes de la Comisión la documentación necesaria para el desarrollo de las sesiones.
5.- Notificar a quien corresponda de las resoluciones, determinaciones, acuerdos y demás actos que se tomen en la
Comisión.
6.- Las demás que de manera específica le encomienden el Presidente y la Comisión.
DE LOS VOCALES
1.- Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados.
2.- Intervenir en la toma de decisiones y cumplir los acuerdos específicos que se tomen en las sesiones de la Comisión.
3.- Proponer en forma clara y concreta, alternativas para su solución y atención de los asuntos que se presenten a la
consideración y resolución de la Comisión.
4.- Emitir su voto en los asuntos que se ventilen en las sesiones, así como su conformidad o no, con el contenido del acta y
de la minuta de acuerdos.
5.- Las demás que les sean encomendadas por Acuerdo de la Comisión.
DE LOS ASESORES
1.- Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados.
2.- Exponer fundadamente, con imparcialidad y seriedad sus puntos de vista respecto de los asuntos que se ventilen en la
Comisión, específicamente aquellos que requieran de una determinación y/u opinión jurídica o de interpretación.
3.- Verificar que las sesiones, determinaciones y acuerdos que se tomen en las mismas, se apeguen a la normatividad
aplicable y dentro de los principios de legalidad, transparencia, imparcialidad, honradez, lealtad y eficiencia.
4.- Proporcionar en el ámbito de su competencia, la asesoría legal, técnica y administrativa que se requiera, para sustentar y
tomar las determinaciones, acuerdos y demás actos de la Comisión.
5.- Las demás que les sean encomendadas por Acuerdo de la Comisión.
DE LOS INVITADOS
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
1.- Emitir opinión cuando lo estime pertinente en los asuntos que se traten en el Pleno de la Comisión, o cuando uno o
varios de sus integrantes así lo soliciten.
2.- Coadyuvar en la exposición de los asuntos que se sometan a consideración y resolución de la Comisión.
VI.-CRITERIOS DE OPERACIÓN
DE LAS SESIONES
1.- La Comisión celebrará sesiones en forma ordinaria de manera semestral, pudiendo además celebrar sesiones
extraordinarias que sean necesarias.
2.- La Comisión realizará su primera sesión durante el transcurso del primer semestre de cada ejercicio con la sesión formal
de instalación.
3.- Las sesiones extraordinarias se realizarán cuando se estime necesario a solicitud de su Presidente, de la mayoría de los
integrantes o de cualquier miembro con derecho a voz y voto, previo acuerdo del primero, en cuyo caso se deberá dar aviso
a sus integrantes por lo menos con 3 días hábiles de anticipación.
4.- Las sesiones se celebrarán en la fecha, hora y lugar preestablecidos.
5.- Para la celebración de las sesiones, se requerirá que asistan como mínimo, la mitad más uno de sus integrantes con
derecho a voto, contando invariablemente con la presencia del Presidente o de su suplente.
6.- A las sesiones de la Comisión deberán asistir puntual e invariablemente los miembros titulares, salvo cuando existan
circunstancias de fuerza mayor, caso en el que podrán asistir los miembros suplentes, recayendo en el inmediato jerárquico
inferior, de conformidad con el artículo 9 de las Reglas.
7.- Para llevar a cabo la celebración de las sesiones se deberá:
7.1.- Expedir la convocatoria que indique la fecha, hora y lugar en que se celebrará la sesión, señalando si es de
carácter ordinaria o extraordinaria.
7.2.- Elaborar la orden del día que describa los asuntos que se presentarán a la consideración y resolución de la
Comisión.
7.3.- Integrar la carpeta de trabajo que contenga el planteamiento formal y los documentos soporte de los asuntos, para
su análisis, evaluación y resolución.
7.4.- El orden del día y los documentos correspondientes de cada sesión, se entregarán a los integrantes de la
Comisión, cuando menos tres días hábiles de anticipación para reuniones ordinarias y 24 horas en extraordinarias.
7.5.- Para cada sesión se levantará un acta, que será firmada por todos los que hubieran asistido a ella.
8.-Las resoluciones de la Comisión Técnica de Selección y Promoción serán inapelables y definitivas.
DE LA VOTACIÓN
1.- El Presidente tendrá derecho a voz y voto, en caso de empate contará con el voto de calidad.
2.- El Secretario Técnico tendrá derecho a voz pero sin voto.
3.- Los Vocales tendrán derecho a voz y voto.
4.- Tanto los Asesores así como los invitados, tendrán derecho a voz pero sin voto.
5.- Las decisiones de la Comisión se tomarán por mayoría de votos, considerando la siguiente definición:
5.- Mayoría de votos.- La votación favorable o desfavorable del 50% más uno de los miembros presentes.
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA
1.- La suplencia de los Miembros Propietarios de la Comisión, se realizará de la siguiente forma:
1.1.- Los miembros propietarios de la Comisión deberán acreditar por escrito a sus respectivos suplentes una vez
instalada la Comisión.
1.2.- Las ausencias del Presidente, serán suplidas por el Subsecretario de Desarrollo Institucional.
1.3.- Las ausencias de los demás miembros de la Comisión, serán suplidas por el inmediato jerárquico inferior que
hubiera sido designado, quien informará los acuerdos y comentarios vertidos en el pleno de la Comisión al titular de su
representación respectiva.
1.4.- Cuando asistan los suplentes y se incorporen los miembros titulares, el suplente podrá seguir participando en la
sesión, pero únicamente con derecho a voz.
DE LAS CONVOCATORIAS A LAS SESIONES Y EL ORDEN DEL DÍA
1.- Las convocatorias para las sesiones de la Comisión, serán instruidas por el Presidente del Órgano Colegiado, al
Secretario Técnico de la Comisión Técnica de Selección y Promoción, mismo que deberá enterar a los miembros de los
temas a tratar a través de la orden del día.
2.- La Comisión celebrará sesiones en forma ordinaria de manera semestral, pudiendo además celebrar las sesiones
extraordinarias que sean necesarias.
3.- Para los efectos de las sesiones extraordinarias, se deberá convocar a los integrantes, por lo menos con tres días de
anticipación, por escrito, incluyendo la orden del día y la documentación correspondiente.
DEL QUÓRUM
Para la legal integración del quórum se atenderá lo siguiente:
1.- Se declarará legalmente instalada la sesión ordinaria o extraordinaria, cuando asistan la mitad más uno de sus integrantes
con derecho a voto.
2.- En caso, de que el Quórum cuente con menos de la mitad de sus integrantes con derecho a voto, la sesión ordinaria o
extraordinaria, será suspendida por no cumplir con la asistencia mínima de los integrantes de la Comisión.
DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN
El desarrollo de las sesiones de la Comisión, se realiza de la siguiente forma:
1.- Registro de asistencia del personal convocado.
2.- Una vez que se cuente con el Quórum necesario, se dará inicio con la sesión.
3.- El Presidente de la Comisión dará la bienvenida a los miembros del Órgano Colegiado y cederá la palabra al Secretario
Técnico.
4.- El Secretario Técnico expondrá los temas a tratar, previo análisis y estudio de los mismos, solicitando:
4.1.- La opinión de los miembros, para cada uno de los casos que se traten.
4.2.- La asesoría correspondiente, por parte del grupo de asesores, cuando así lo amerite el tema abordado.
4.3.- Una vez concluida la exposición de cada tema, se someterá a votación de los integrantes de la Comisión.
4.4.- El veredicto del Pleno, se asienta en el acta correspondiente.
4.5.- Vistos los temas de la orden del día, se dará por concluida la sesión.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
5. - El Presidente ordenará al Secretario Técnico la elaboración del acta correspondiente. Una vez recabadas las firmas de la
misma, se integrará a la carpeta de trabajo para el seguimiento de los acuerdos votados en la sesión, resguardándose en los
archivos de la Dirección General de Carrera Policial.
VII. PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Realización de sesiones de la Comisión Técnica de Selección y Promoción.
Objetivo General:
Establecer el proceso de integración de los asuntos que abordará la Comisión Técnica de Selección y Promoción y cómo
serán presentados éstos en cada una de las sesiones, con el fin de que permita tener un orden para la discusión, votación y
realización de los acuerdos del Pleno de manera ágil y transparente.
Diagrama de Flujo:
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaria o extraordinaria.
2 Secretaría Técnica Verifica la asistencia y el quórum necesario para el
desarrollo de la sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba
la firma de las personas integrantes del Comité presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de las personas integrantes del Comité
el Orden del Día.
¿Se aprueba el orden del día?
NO
7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por las
personas integrantes del Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos
del Orden del Día.
9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos presentados
al Comité, exponiendo los argumentos que correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman
acuerdos sobre los asuntos de la sesión.
No Actor Actividad
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos para el seguimiento de su
cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la sesión.
Fin del procedimiento
Aspectos a considerar:
1.- El Secretario Técnico recabará información y documentación de cada asunto que sea presentado al Pleno de la
Comisión.
2.- Las Direcciones Generales deberán realizar sus propuestas con previa autorización del Subsecretario de adscripción ante
el Secretario Técnico quien la presentará al Pleno de la Comisión.
3.- Cuando se traten de propuestas realizadas por la ciudadanía, organizaciones civiles y entes públicos, la Subsecretaría de
Participación Ciudadana y Prevención del Delito, recibirá las propuestas e instruirá proveer la integración de la información
necesaria para su remisión a la Comisión por conducto del Secretario Técnico, para el trámite correspondiente, informando
al solicitante de esta actividad.
4.-Los asuntos y casos que requieran de la atención de la Comisión serán remitidos a través del Secretario Técnico con un
mínimo de tres días hábiles de anticipación a la fecha en que habrá de celebrarse la sesión.
5.- La presentación de los casos deberá incluir lo siguiente:
I.- Planteamiento claro, concreto y completo.
II.- Soporte documental e información correspondiente, que sustente los casos sometidos a consideración.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37
6.- El Secretario Técnico verificará la correcta expedición de la orden del día y la integración de los documentos soporte de
los casos que abordará la Comisión y obtendrá el visto bueno del Presidente de este Órgano.
7.- Las Sesiones de la Comisión sólo deberán instalarse cuando exista quórum, es decir la mitad más uno de asistencia de
los integrantes, en el caso de haber menos de la mitad no podrá instalarse.
8.- Cuando no exista quórum el Presidente de la Comisión comunicará a los asistentes la cancelación de la sesión.
9.- De no estar presente el Presidente o su suplente, el Secretario Técnico procederá a cancelar la sesión.
10.- Las propuestas se presentarán en forma individual o general y serán objeto de análisis, evaluación y deliberación por
parte de los miembros de la Comisión.
11.- El Secretario Técnico registrará los acuerdos aprobados por el Pleno con más del 50% de votos, asimismo realizará un
seguimiento de éstos e informará a la Comisión en sesión de las acciones o actividades ejecutadas para llevarlos a cabo
éstos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
12.- Las determinaciones con respecto a los asuntos tratados, tendrán el carácter de resoluciones y/o autorizaciones.
13.- Las resoluciones, acuerdos y determinaciones deberán estar debidamente fundadas y motivadas.
14.- Las resoluciones serán de carácter irrevocable, sólo mediante resolución de la propia Comisión se podrán suspender,
modificar o cancelar su contenido, alcances y efectos.
15.- El Secretario Técnico vigilará que se consignen en el listado de propuestas y en la Minuta de Acuerdos, con toda
claridad y precisión, las resoluciones tomadas.
16.- Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para tratar casos urgentes, en la orden del día de estas
sesiones no se incluirá la presentación de Minutas de Acuerdo de sesiones anteriores, ni de asuntos generales, ni de
conocimiento, ni de seguimiento.
17.- Por cada sesión ordinaria o extraordinaria que realice la Comisión, deberá elaborarse un acta donde se describa cómo se
llevó a cabo el desarrollo de éstas.
18.- El Secretario Técnico redactará y emitirá las actas de cada sesión.
19.- Para efectos del presente procedimiento, se entenderá por:
19.1.-Comisión. - A la Comisión Técnica de Selección y Promoción.
19.2.-Fundamentación. - A la precisión de citar el precepto legal aplicable al caso presentado y la resolución
acordada en la Comisión.
19.3Motivación. - Al hecho de señalar con precisión, las circunstancias especiales, razones particulares o causas
inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, determinación o acuerdo, siendo necesario
además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables, es decir, que el caso concreto
presentado en la Comisión se configure en la hipótesis normativa.
VIII. GLOSARIO
Para efectos del presente Manual, se entenderá por:
1.- Aspirante: A toda aquella persona que pretenda ingresar a la policía de la Ciudad de México por considerarse con
vocación para el servicio de seguridad pública.
38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
2.- Becario: A toda aquella persona que habiendo cubierto los requisitos establecidos por la Universidad de la Policía de la
Ciudad de México, se encuentre inscrita en el Curso Básico de Formación Policial.
3.- Cargo: Al puesto que ocupan los elementos policiales dentro de la Estructura Organizacional Operativa de la Secretaría,
mediante el nombramiento correspondiente.
4.- Carrera Policial: Conjunto de jerarquías, categorías y grados que forman parte de la Carrera Policial que, de manera
sistematizada y ordenada en forma ascendente, permiten al elemento desarrollarse y progresar en su profesión policial. Las
jerarquías contempladas son las de policías, oficiales, inspectores y superintendentes.
5.- Comisión: A la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía de la Ciudad de México.
6.- Consejo: Al Consejo de Honor y Justicia de la Policía de la Ciudad de México.
7.- Desarrollo Policial: Al conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí, que
comprende la Carrera Policial, los esquemas de Profesionalización, la Certificación y el Régimen Disciplinario.
8.- Desempeño: La actuación que el personal policial demuestra en el cumplimiento de sus funciones, con apego a los
principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
9.- Personal Policial: Al hombre o mujer que habiendo aprobado el Curso Básico de Formación Policial y cumplido los
requisitos de ingreso y permanencia cuenta con nombramiento de policía, constituyéndose como parte integrante del
Servicio Profesional de Carrera Policial de la Ciudad de México.
10.- Función Policial: Al conjunto de actividades del personal policial, encaminadas a cumplir con los objetivos de la
seguridad pública, consistentes en salvaguardar la integridad física de las personas, así como sus bienes; prevenir la
comisión de delitos e infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía; preservar las libertades, el orden y la paz
públicos y auxiliar a la población en caso de siniestros y desastres.
11.- Grado o Nivel: A la posición dentro de una jerarquía.
12.- Instituciones de Seguridad Pública: A las instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema
penitenciario, y dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal.
13.- Universidad: A la Dirección General de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México (UPCDMX).
14.- Jerarquía: Al orden y relación entre grados del personal policial, establecidas en la carrera policial, que están
integradas en orden ascendente por las de: policías, oficiales, inspectores y superintendentes.
15.- Ley General: A la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
16.- Mando: A la potestad legalmente conferida al personal policial, por razón de su cargo grado o comisión, que le
autoriza a emitir órdenes dentro del área de su competencia.
17.- Miembros Propietarios: A las personas integrantes de la Comisión que se establecen como titulares de cada uno de
los cargos mencionados en el presente documento.
18.- Planeación: Etapa permanente del Servicio Profesional de Carrera Policial de la Ciudad de México, en la que las
unidades responsables involucradas, determinan mediante el análisis y el diagnóstico, las políticas, lineamientos, directrices,
acciones e instrumentos que permitan la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera Policial.
19.- Plaza: A la posición presupuestal que respalda un puesto, que no puede ser ocupada por más de un servidor público a
la vez y que tiene una adscripción determinada.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39
20.- Programa General de Formación Policial: Al conjunto de contenidos educativos y cognitivos encaminados a la
profesionalización del personal policial.
21.- Profesionalización: Al proceso permanente y progresivo de formación, que se integra por las etapas o niveles de
Básico o Formación Inicial, Actualización, Especialización, Promoción y de Mandos o Alta Dirección, para el desarrollo de
competencias, capacidades y habilidades del personal policial.
22.- Policía de la Ciudad de México: A la Policía Preventiva y a la Policía Complementaria de la Ciudad de México; ésta
última conformada por la Policía Bancaria e Industrial y la Policía Auxiliar.
23.- Reglas: A las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.
24.- Secretaría de Seguridad Pública: - Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
25.- Secretario de Seguridad Pública: - Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
26.- Servicio de Carrera Policial de la Ciudad de México: Al conjunto de normas, políticas, directrices, lineamientos,
procedimientos, instancias y recursos de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se definen y operan las etapas
relativas al Reclutamiento, Selección, Ingreso, Formación, Certificación, Permanencia, Evaluación, Promoción y
Reconocimiento, así como la de Separación o Baja del Servicio.
27.- Sistema: Al Sistema del Servicio Carrera Policial de la Ciudad de México, concibiendo en un todo las interrelaciones
entre unidades administrativas, instancias y procesos.
28.- Subsecretaría: A la Subsecretaría de Desarrollo Institucional.
29.- Superior Jerárquico: Al personal policial que ejerce el mando sobre otros, debido a su jerarquía, grado, cargo o
comisión.
30.- Suplente: A la persona que sustituye en ciertos casos a los Miembros Propietarios de la Comisión, como lo establece el
presente documento para atender asuntos relacionados con este Órgano.
31.- Unidades Administrativas Policiales: A las unidades dotadas de atribuciones de decisión y ejecución en el ámbito de
las funciones operativas de la Policía de la Ciudad de México.
IX.-VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Presidente
_________________________________
SUPERINTENDENTE GENERAL
LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretario Técnico
_________________________________
LIC. VIOLETA IVETTE AGUILAR FREGOSO DIRECTORA GENERAL DE CARRERA POLICIAL
Vocal
_________________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LIC. LUIS ALFREDO HERNÁNDEZ VELÁZQUEZ
SUBSECRETARIO DE DESARROLLO
INSTITUCIONAL
Vocal
_________________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
ÁLVARO SÁNCHEZ VALDEZ
SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN POLICIAL
ZONA SUR
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Vocal
______________________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
EDGAR BAUTISTA ÁNGELES
SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN POLICIAL
ZONA NORTE
Vocal
_________________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LUIS ROSALES GAMBOA
SUBSECRETARIO DE CONTROL DE TRÁNSITO
Vocal
______________________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LIC. YOLANDA GARCÍA CORNEJO
SUBSECRETARIA DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA Y PREVENCIÓN DEL DELITO
Vocal
_________________________________
LIC. ÉRICA YAHAIRA LEIJA MACÍAS
OFICIAL MAYOR DE LA SECRETARÍA DE
SEGURIDAD PÚBLICA
Vocal
______________________________________
MTRA. IRENE QUINTO MONTENEGRO
DIRECTORA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE
LA POLICÍA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Vocal
_________________________________
LIC. VÍCTOR MANUEL ESPINOSA RABASSA
DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO
DE HONOR Y JUSTICIA
Vocal
______________________________________
MTRO. AGUSTÍN GONZÁLEZ GUERRERO
DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS
Vocal
_________________________________
LIC. RODOLFO DE LA O HERNÁNDEZ
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE
PERSONAL
Vocal
______________________________________
MTRA. ROCÍO EMMA
CASTELLANOS HERNÁNDEZ
DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
DE CONTROL Y CONFIANZA
Asesor
_________________________________
MTRO. EMMANUEL CHÁVEZ PÉREZ
DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
Asesor
______________________________________
MTRA. IVONNE BEATRIZ GARCÍA LUNA
CONTRALORA INTERNA EN LA SECRETARÍA DE
SEGURIDAD PÚBLICA
Invitado
_________________________________
SEGUNDO INSPECTOR
ADÁN AVALOS CERVANTES DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA
METROPOLITANA
Invitado
______________________________________
SEGUNDO SUPERINTENDENTE JORGE
ALFREDO ALCOCER ROSALES DIRECTOR GENERAL DE OPERACIÓN DE
TRÁNSITO
Invitado
_________________________________
PRIMER INSPECTOR
ALEJANDRO DELGADO AGUILAR
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41
TRANSITORIOS
Primero.- Se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y
Promoción, registrado con el número MEO-77/160718-D-SSPDF-35/011117, por la Coordinación General de
Modernización Administrativa.
Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.
Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el 26 de julio de 2018.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES
42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 12, fracciones IV y VI, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15
fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México;
1, 21, 24 fracción III, 88, 89 y 90 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México; 1, 3, fracción XXVIII, 4, 6 y 8 fracción IV de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; 1, 5, 7 y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normatividad en materia de Transparencia, los Sujetos
Obligados deberán constituir el Comité de Transparencia, las Unidades de Transparencia y vigilar su funcionamiento de
acuerdo a su normatividad interna.
Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario
aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual de Organización, el de procedimientos
y el de servicios al público necesarios para el mejor funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para
que éstos se mantengan actualizados y se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual de
Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,
registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien registrarlo con el número
MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117.
Que en virtud de lo anterior y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117.
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Mayo, 2018
Registro: MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117
CONTENIDO
Páginas
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO(S)
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
LEYES
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43
1. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de
diciembre de 2008. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 26 de febrero de 2018.
2. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.
3. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Publicada en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 6 de mayo de 2016 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México el 01 de septiembre de 2017.
4. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su
última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de noviembre de 2014.
5. Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal Publicada en el Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de Julio de
1993 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2014.
6. Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal Publicada en el Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 20 de mayo de 2003 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 05 de julio de
2017.
7. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Publicada en el Gaceta Oficial del Distrito Federal el
29 de diciembre de 1998 y su última reforma publicada Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 01de septiembre de
2017.
REGLAMENTOS
8. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de noviembre de 2011 (Aplicable en lo que no
contravenga a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México).
9. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de diciembre de 2000, Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de marzo
de 2018.
10. Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal Publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 16 de octubre de 2008, Última Reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de
Octubre de 2017.
CÓDIGOS
11. Código Fiscal del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2009.
Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2017.
12. Código Civil para el Distrito Federal, Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de mayo de 1928, Última
reforma Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 24 de octubre de 2017.
13. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de
septiembre de 1932, Última reforma 23 de marzo de 2017.
CIRCULARES
14. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.
44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
LINEAMIENTOS
15. Lineamientos para la Instalación y Funcionamiento de las Oficinas de Información Pública al Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2003.
16. Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales en la Ciudad de México.
Publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de junio de 2016.
17. Lineamientos y Metodología de Evaluación de las Obligaciones de Transparencia que deben Publicar en sus Portales de
Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia los Sujetos Obligados de la Ciudad de México, noviembre 2016.
REGLAS DE PROCEDIMIENTOS
18. Procedimiento para la recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los recursos de revisión interpuestos en
materia de acceso a la información pública y de protección de datos personales en la Ciudad de México.
CRITERIOS
19. Criterios y Metodología de Evaluación de la Calidad de la Información inscrita en el Registro Electrónico de Sistemas
de Datos Personales, publicado en el Portal del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal el 11 de julio de 2012.
AVISOS
20. Aviso mediante el cual se dan a conocer a los CC. Directores Generales de Administración, Directores Ejecutivos,
Directores de Área, Directores de Recursos Humanos u Homólogos, encargados del capital humano, del ámbito central,
desconcentrado y en los órganos político administrativos de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada
en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 17 de abril de 2018.
El marco jurídico-administrativo es enunciativo más no limitativo y lo complementan las disposiciones vigentes en la
materia.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer en un solo instrumento los criterios jurídico-administrativos relacionados con las atribuciones, integración,
operación y funcionamiento del Comité de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a
efecto de que se realicen bajo un mismo enfoque de conformidad con lo señalado en la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y demás instrumentos de la materia, con el objeto de
regular las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a
la información; confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información o declaración de inexistencia o
incompetencia que realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados y establecer políticas para facilitar la obtención
de información y el ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública.
III. INTEGRACIÓN
En apego a lo dispuesto en los artículos 88 y 89 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición
de Cuentas de la Ciudad de México, el Comité se conformará por un número impar de integrantes con voz y voto, para el
debido cumplimiento de sus objetivos, funciones y atribuciones se integrará por:
Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Secretario de Seguridad Pública
Secretaría Técnica Dirección Ejecutiva de Transparencia y Responsable de la Unidad de Transparencia
Vocales Dirección General de Asuntos Jurídicos
Dirección Ejecutiva de Comunicación Social
Invitada/o
Permanentes
Contraloría Interna de la Secretaría de Seguridad Pública
Jefatura de Unidad Departamental de Desarrollo Archivístico y
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45
Encargado de la Unidad Coordinadora de Archivos
Invitada/o/s Titulares de las áreas o unidades administrativas que propongan la clasificación o
que declaren la inexistencia de información, quienes participaran únicamente en las
sesiones en que se traten asuntos de su competencia, (esto puede ser variable)
Invitado Asesor/o/s Titular del área o Unidad administrativa convocada para orientar en el ámbito de su
competencia al Comité, (esto puede ser variable).
Los Órganos de la Administración Pública son Sujetos Obligados en términos de lo establecido por el Instituto de Acceso a
la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
Los puestos integrantes del Comité con derecho a voz y coto no podrán depender jerárquicamente entre sí, exceptuándose el
caso de la relación jerárquica con el puesto titular del Sujeto Obligado quien funge en la Presidencia. Cuando se presente el
caso, la persona titular del Sujeto Obligado nombrara al puesto que supla al puesto subordinado.
Tampoco podrán reunirse dos o más personas integrantes con voz y voto en un solo puesto.
Así mismo, el Presidente podrá modificar la integración del Comité o la calidad con la que sus miembros participen.
IV. ATRIBUCIONES
Además de los que disponen los artículos 88 y 90 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición
de Cuentas de la Ciudad de México que establecen que cada Sujeto Obligado contará con un Comité de Transparencia, de
manera colegiada y número impar con las personas servidoras públicas o personal adscrito que la persona titular determine,
además de la persona titular del órgano interno de control, y una serie de atribuciones, también compete al Comité:
I. Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y procedimientos para asegurar
la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;
II. Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información o declaración de inexistencia o incompetencia que
realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados;
III. Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y
funciones deban tener en posesión, o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, expongan las razones por
las cuales en el caso particular no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;
IV. Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información
pública;
V. Promover la capacitación y actualización de las personas servidoras públicas o integrantes de las Unidades de
Transparencia;
VI. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos
personales, archivos, accesibilidad y apertura gubernamental para todas las personas servidoras públicas o integrantes del
Sujeto Obligado;
VII. Recabar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expidan, los datos necesarios para la
elaboración del informe anual;
VIII. Revisar la clasificación de información y resguardar la información, en los casos procedentes, elaborará la versión
pública de dicha información;
IX. Suscribir las declaraciones de inexistencia de la información o de acceso restringido;
X. Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los criterios que éste expida, la información señalada para la
elaboración del informe del Instituto;
46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
XI. Supervisar la aplicación de los criterios específicos del Sujeto Obligado, en materia de catalogación y conservación de
los documentos administrativos, así como la organización de archivos;
XII. Confirmar, modificar o revocar la propuesta de clasificación de la información presentada por la Unidad de
Transparencia del Sujeto Obligado;
XIII. Elaborar, modificar y aprobar el Manual, Lineamiento o Reglamento Interno de la Unidad de Transparencia;
XIV. Vigilar el cumplimiento de las resoluciones y recomendaciones que emita el Instituto;
XV. Aprobar el programa anual de capacitación del sujeto obligado en materia de Acceso a la Información y apertura
gubernamental y verificar su cumplimiento; y
XVI. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.
V. FUNCIONES
Las funciones de las personas integrantes del Comité son:
DE LA PRESIDENCIA
1. Presidir las reuniones del Comité.
2. Presentar el Orden del Día de las sesiones ordinarias y extraordinarias, someterlo a la aprobación de las personas
integrantes del Comité y, en su caso, modificación y adición.
3. Designar a la persona servidora pública que le suplirá en las sesiones del Comité.
4. Emitir su opinión en los asuntos que se presenten a discusión.
5. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.
6. En caso de empate contará con el voto de calidad.
7. Promover las medidas para dar operatividad a los acuerdos que adopte el Comité.
8. Garantizar la adecuada aplicación de la normatividad.
9. Instruir a la persona que funge en la Secretaría Técnica para que la celebración de las sesiones del Comité se desahogue
conforme al Orden del Día.
10. Firmar las actas y lista de asistencia correspondientes a las Sesiones a que hubiere asistido.
11. Vigilar la ejecución de los acuerdos establecidos por el Comité.
12. Revocar las designaciones de las personas integrantes del Comité, así como las suplencias que las personas titulares de
las unidades administrativas realicen, por considerarlo necesario para el mejor funcionamiento del Órgano Colegiado.
13. Las demás que le confiera la normatividad aplicable.
14. Representar al Comité ante instancias internas y externas para el cumplimiento de las atribuciones que se encuentran
contenidas en el presente Manual.
15. Designar a los servidores públicos que integrarán el Comité de Transparencia, en calidad de vocales, secretario técnico
suplente, asesores o invitados.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47
16. Aprobar las designaciones de representación y suplencia que los miembros del Comité de Transparencia realicen
mediante oficio.
17. Proponer al Comité en la primera sesión del año que se realice, el calendario de sesiones ordinarias para el ejercicio
correspondiente.
18. Dar a conocer los acuerdos y acciones del Comité y procurar su cabal y estricto cumplimiento.
19. Verificar que las resoluciones y acciones aprobadas por el Comité, se apeguen a la normatividad vigente aplicable.
20. Apoyar y verificar la realización y cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité.
21. Invitar a las sesiones del Comité a los servidores públicos que por sus funciones tengan relación con los asuntos a tratar.
22. Orientar las acciones y resoluciones del Comité atendiendo los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad,
información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad.
DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
1. Registrar ante el Instituto, la integración del Comité y las modificaciones, que en su caso, se realicen de las personas
integrantes del mismo.
2. Convocar, mediante escrito a las personas integrantes a las sesiones del Comité, sean Ordinarias o Extraordinarias,
remitiendo la documentación a tratarse.
3. Coordinar y dirigir las Sesiones del Comité.
4. Registrar la asistencia de las personas integrantes del Comité, recabando las firmas de los titulares o suplentes.
5 Vigilar el cumplimiento de la Orden del Día y de los asuntos a tratar en la sesión, incluyendo los documentos de apoyo
necesarios.
6. Dar seguimiento y verificar la realización y cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité.
7. Asegurar que las resoluciones y acciones aprobadas por el Comité se apeguen a la normatividad vigente aplicable.
8. Levantar el acta de cada sesión celebrada y recabar las firmas de la misma.
9. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.
10. Realizar y registrar el conteo de la votación de los proyectos acordados.
11. Realizar acciones necesarias para que el archivo documental del Comité esté completo y se mantenga actualizado,
apegándose a la norma correspondiente.
12. Recibir y revisar las propuestas de asuntos a tratar en el Orden del Día para la siguiente sesión que, en su caso, las
personas integrantes del Comité o las unidades administrativas lleguen a formular.
13. Informar a la persona que funja como Presidente, el Orden del Día que contenga los asuntos que se someterán a
consideración del Comité en la siguiente sesión.
14. Registrar las designaciones de representación y suplencia que las personas integrantes del Comité realicen mediante
oficio.
15. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.
48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
16. Servir de enlace del Comité ante autoridades competentes y al interior del Órgano de la Administración Pública.
17. Las demás que le confiera la normatividad aplicable.
18. Suplir al Presidente en las Sesiones de Comité, en caso de ausencia.
19. Vigilar la correcta expedición de las órdenes del día, del acta de cada sesión y de los listados de casos que se someterán
a dictamen.
20. Coadyuvar con el Presidente, a efecto de que se dé cabal cumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente
instrumento y la normatividad aplicable.
21. Recomendar al Presidente la designación de un servidor público que funja como asesor o invitado en las sesiones que lo
requieran.
22. Solicitar y registrar las designaciones de representación y suplencia que los miembros del Comité de Transparencia
realicen mediante oficio.
23. Presentar al Pleno del Comité un informe anual que dé cuenta de los trabajos realizados y resultados obtenidos en el año,
a efecto de que sean presentados a las autoridades competentes.
24. Registrar ante el Instituto la integración del Comité de Transparencia y las modificaciones, que en su caso, se realicen de
los integrantes del mismo.
25. Coordinar la elaboración de:
El Calendario de sesiones ordinarias
El Manual de Integración y Funcionamiento del Comité
DE LAS Y LOS VOCALES
1. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocados.
2. Proponer los asuntos que consideren deban incluirse en el Orden del Día de las sesiones del Comité, enviando a la
Secretaría Técnica la documentación correspondiente de los casos que sea necesario someter a la consideración del Comité.
3. Recibir, analizar y estudiar el contenido del Orden del Día y de los documentos contenidos en la carpeta correspondiente,
mismos que se tratarán en cada sesión.
4. Dar atención y brindar seguimiento a los acuerdos que se tomen en las sesiones del Comité.
5. Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos sometidos a la consideración del Comité.
6. Enviar a la Presidencia del Comité el oficio de designación de suplentes.
7. Emitir su opinión sobre los asuntos que se aborden en la sesión del Comité y emitir su voto.
8. Formular estrategias de trabajo para mejorar el desempeño de las personas integrantes del Comité de Transparencia.
9. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.
10. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.
DE LA PERSONA INVITADA PERMANENTE
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49
1. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sea convocado.
2. Vigilar el estricto cumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.
3. Emitir dentro del ámbito de su competencia las opiniones sobre los asuntos presentados ante el Comité, haciendo
las observaciones o aclaraciones que estime pertinentes, las cuales se asentarán en el acta correspondiente.
4. Informar al Comité los asuntos relevantes que se observen en el desarrollo de las facultades de fiscalización.
5. Participar en las sesiones con derecho a voz.
6. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.
DE LAS PERSONAS INVITADAS
1. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocados.
2. Fundar y motivar la clasificación que será puesta a consideración del Comité, para restringir la información en la
modalidad que corresponda, con fundamento en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así
como en los Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales en la Ciudad de
México y demás normatividad aplicable.
3. Explicar los razonamientos lógicos jurídicos debidamente fundados y motivados que sirva de base para el acuerdo
clasificatorio correspondiente, con base a su experiencia profesional, los comentarios que consideren pertinentes para
aportar elementos que ayuden a la toma de decisiones del Comité.
4. Exponer los motivos y fundamentos, para la declaratoria de inexistencia.
5. Aportar el proyecto de respuesta, así como la documentación soporte, con la finalidad de que el Comité tenga los
elementos suficientes para emitir su determinación
6. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.
7. Derivado de la clasificación de la información deberán asegurarse que los expedientes y documentos restringidos
lleven la leyenda en la cual se indique su carácter de reservado o confidencial, la fecha de la clasificación acordada
por parte del Comité, su fundamento legal, las partes que se reservan y el plazo de reserva.
8. Remitir a la Secretaría Técnica, en forma impresa y electrónica (formato Word), el oficio mediante el cual se
expongan la fundamentación y motivación de la propuesta de clasificación de la información en un término de dos
días hábiles contados a partir de la notificación de la solicitud.
9. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.
VI CRITERIOS DE OPERACIÓN
El Comité, en el ámbito de sus atribuciones, se encargará de que Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México en
su calidad de Sujeto Obligado, cumpla cabalmente con todas las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Rendición de cuentas de la Ciudad de México, Ley de Protección de Datos Personales en
posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México y demás normatividad aplicable a la materia.
Asimismo, realizará y propondrá acciones preventivas con la finalidad de garantizar que los servidores públicos adscritos a
cada órgano de la administración pública, en el ejercicio de sus atribuciones observen el derecho fundamental de toda
persona de acceso a la información y protección de sus datos personales.
50 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
El Comité de Transparencia deberá verificar que los procedimientos en materia de transparencia que realicen las Unidades
Administrativas, se rijan por los principios de:
I. Certeza
II. Eficacia
III. Imparcialidad
IV. Independencia
V. Legalidad
VI. Máxima publicidad
VII. Objetividad
VIII. Profesionalismo
IX. Transparencia
a) De las suplencias
1. La persona que preside el Comité designará a la persona servidora pública que funja como su suplente en caso de
ausencia, quien deberá ocupar un puesto de estructura orgánica del nivel jerárquico inmediato inferior en el Órgano de la
Administración Pública que se trate.
2. Las personas que fungen como Vocales del Comité podrán designar a una persona suplente para que les representen en
las sesiones, quienes deberán ocupar un puesto de estructura orgánica del nivel jerárquico inmediato inferior en el Órgano
de que se trate y ejercerá las facultades, funciones y responsabilidades del cargo en el Cuerpo Colegiado, por lo cual son
corresponsables con los titulares del cargo de las decisiones y acciones tomadas por el Comité.
3. La designación deberá realizarse mediante oficio dirigido a la Presidencia del Comité, con copia a la Secretaría Técnica
para su registro y acreditación a las sesiones correspondientes.
4. Cuando asista la persona suplente y en el transcurso de la sesión se incorpore la persona titular, la suplente podrá seguir
participando en la reunión en la calidad de integrante que le corresponda, con sus funciones y responsabilidades inherentes.
5. Con excepción del Presidente Suplente y el Secretario Técnico Suplente, cualquier miembro del Comité de Transparencia
podrá designar a un suplente para que lo represente en las sesiones del mismo, a las que en su caso no pueda asistir. La
designación deberá realizarse por oficio dirigido al Presidente Suplente del Comité para que valore y apruebe dicha
designación, con copia al Secretario Técnico Suplente para que registre al servidor público designado como persona
autorizada para suplir al miembro del Comité que represente, en sus funciones durante las sesiones.
6. Cuando un servidor público represente dos (2) cargos dentro del órgano colegiado deberá designar a un suplente para que
lo represente en una de las dos responsabilidades a fin de no duplicar atribuciones y votos dentro del órgano colegiado.
7. En ausencia de los demás miembros titulares del Comité, los suplentes asumirán las facultades, funciones y
responsabilidades que a los primeros correspondan, por lo cual, los representantes serán corresponsables con los titulares del
cargo, de las decisiones y acciones tomadas por el Comité.
b) De las Sesiones
1. Las sesiones del comité podrán ser ordinarias o extraordinarias.
2. Las sesiones ordinarias deberán celebrarse de manera trimestral, con la finalidad de informar a las personas integrantes
del Comité de Transparencia del número de solicitudes de información pública y de datos personales ingresadas a los
órganos de la administración pública, indicando lo siguiente: número de solicitudes turnadas a las unidades administrativas,
competencias aceptadas, prevenciones, desahogos, clasificaciones, número de recursos de revisión interpuestos y
resoluciones a los mismos y, en general informar de cualquier asunto respecto de la materia de transparencia y datos
personales, para que los integrantes propongan y realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de las obligaciones
que tiene el sujeto obligado.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 51
3. Las sesiones extraordinarias se celebrarán siempre que se requiera, a petición de alguna de las personas integrantes del
Comité o de las personas titulares de las áreas, con el objeto de proponer la clasificación o inexistencia de la información
que emitan las áreas respecto de alguna solicitud de información pública o de datos personales, para que el Órgano
Colegiado emita la determinación respectiva, garantizando el ejercicio del derecho de acceso a la información y los
derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición a datos personales.
4. En caso de la clasificación de la información en su modalidad de reservada, el área que proponga deberá realizar la
prueba de daño, de conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la cual se deberá remitir a la Unidad de Transparencia en un término de tres
días hábiles contados a partir del ingreso de la solicitud.
5. Para proponer la clasificación o inexistencia de la información que propongan las unidades administrativas, la Unidad de
Transparencia recibirá y analizará la información y, en su caso realizará las observaciones a la prueba de daño o al
documento a través del cual realiza el encuadre legítimo de la información para demostrar que la misma tiene la calidad de
reservada o confidencial.
6. Una vez que sea revisada la propuesta de clasificación, la Secretaría Técnica deberá enviar electrónicamente a las
personas integrantes propietarios e invitados, la convocatoria a la sesión en la cual se incluirá el Orden del Día. Tratándose
de sesiones ordinarias deberá remitir con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha de celebración, y las
sesiones extraordinarias bastarán con que se convoque con un día hábil de anticipación.
7. El Área que proponga la clasificación de la información en la modalidad de confidencial, será la encargada de elaborar el
documento de manera fundada y motivada, a través del cual realizará el encuadre legítimo de la información para demostrar
que la misma tiene la calidad de confidencial.
8. Atendiendo lo establecido por el mismo artículo 89, el Comité de Transparencia, puede reunirse las veces que sea
necesario, en reunión ordinaria o extraordinaria, por lo que en la convocatoria correspondiente se deberá precisar el tipo de
sesión.
9. Para el correcto desarrollo de la sesión, la Secretaría Técnica deberá enviar electrónicamente a las personas integrantes
del Comité la carpeta con los documentos que contengan los asuntos a tratar, la cual, tratándose de sesiones ordinarias, se
entregará cuando menos con dos días hábiles de anticipación, y en las sesiones extraordinarias se enviará junto con la
convocatoria.
10. La carpeta original quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.
11. Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones de cada Órgano de la Administración Pública; no
obstante, cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de alguna sesión, ésta podrá celebrarse fuera
de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente o bien, indicándolo de esa forma en la
respectiva convocatoria.
12. En caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por caso fortuito o fuerza mayor, la Secretaría Técnica notificará por
escrito la fecha de realización de la Sesión pospuesta, asentando en el acta respectiva las causas que dieron lugar a su
postergación.
13. La Presidencia, será la única facultada para conducir las sesiones del Comité y establecer el formato de participación y
exposiciones de las personas integrantes del Comité.
14. Las personas integrantes del Comité presentes a la sesión se registrarán en la lista de asistencia, en la cual anotarán los
siguientes datos: nombre, firma y cargo.
15. El artículo 89 de la Ley establece que en las sesiones y reuniones de trabajo del Comité de Transparencia pueden
participar como invitados permanentes, los representantes de las áreas que decida el propio Comité y contarán con derecho a
voz.
52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
16. Las áreas que hayan requerido la celebración de la sesión o propuesto asuntos para la misma deberá realizar la
explicación y análisis de los asuntos, con la finalidad de que el Comité delibere respecto de los mismos, así como sobre la
clasificación o inexistencia de la información solicitada.
17. Las personas integrantes del Comité analizarán el contenido de la carpeta previo a la sesión, a efecto de estar en
posibilidades de, en los casos que así correspondan, emitir sus comentarios y/o su votación.
18. El día de celebración de la sesión extraordinaria del Comité, el Área que solicitó la celebración de la sesión está
obligada a presentar ante el Órgano Colegiado toda la documentación que origina la propuesta de restricción y en los casos
que se proponga la versión pública, también deberá incluir ésta, así como el proyecto de respuesta que se entregará al
solicitante. Lo anterior, con la finalidad de que el Comité cuente con todos los elementos necesarios para tomar la
determinación respecto del caso planteado.
19. Los acuerdos tomados por el Comité serán de observancia obligatoria para las Unidades Administrativas o Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de cada Órgano de la Administración Pública.
c) Del Quórum
1. Las sesiones serán válidas cuando se cuente por lo menos con la mitad más uno de sus integrantes con derecho a voz y
voto, ya sea de forma presencial o a través de cualquier medio de telecomunicación disponible. En caso de que no exista el
quórum suficiente para instalar la sesión, se levantará acta en la que se asentará esta circunstancia y se convocará
nuevamente a sesión.
2. En caso de ausencia de las personas que fungen en la Presidencia y en la Secretaría Técnica, se dará por cancelada la
sesión.
d) De la votación
1. De acuerdo con lo señalado en el artículo 89 de la Ley, el Comité de Transparencia de cada órgano de la administración,
adoptará decisiones por mayoría de votos de sus integrantes y en caso de empate la presidencia contará con el voto de
calidad., considerando las siguientes definiciones:
Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de los miembros presentes con derecho a voto.
Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas integrantes presentes
con derecho a voto; en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto de calidad: En caso de empate, corresponde a la Presidencia la resolución del asunto en votación, en esta
circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.
2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las
decisiones tomadas.
3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su
voto y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.
4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor, en contra o
abstención.
La Secretaria Técnica se encargará de verificar que el quórum necesario para la celebración de la sesión esté presente, para
declarar formalmente instalada la sesión y proceder a la aprobación y desahogo del Orden del Día.
Posteriormente, la Presidencia o la Secretaria Técnica someterá a consideración del Comité el Orden del Día y comenzarán
a desahogarse los asuntos incluidos a través del análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Comité de
los mismos, quienes aportarán su opinión, propuesta de solución o mejora y en su caso, el voto.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 53
La Secretaria Técnica levantará el acta de la sesión, en la que se registrarán todas y cada una de las consideraciones vertidas,
así como los acuerdos aprobados indicando la votación de los miembros del Comité, las cuales deberán ser firmadas por la
Presidencia, Secretaria Técnica y por los miembros que tengan atribuida esa facultad.
Una vez desahogados los puntos del Orden del Día, y registrados los acuerdos aprobados, se procederá a declarar
formalmente concluida la sesión, señalándose la hora en que termina.
La Secretaria Técnica elaborará el acta correspondiente a la sesión concluida con claridad y precisión, señalando los
acuerdos tomados por el Comité.
Una vez concluida el acta de la sesión, la Secretaria Técnica la remitirá a los asistentes de la sesión, para su análisis,
observaciones y respectiva firma dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su celebración.
Los miembros cuentan con dos (2) días hábiles posteriores a la recepción del acta, para devolverla con las observaciones y
comentarios que consideren convenientes, o en su caso, el acta debidamente firmada. En el supuesto de que no remitan
ninguna observación o aclaración, en el plazo antes mencionado, se entenderá como aprobado su contenido.
En caso de receso de la sesión ocasionado por causas ajenas y ésta se continúe el mismo día, se levantará una sola acta en la
que consten las causas del contratiempo.
Si fuera necesario que la sesión continué otro día, se levantará un acta por cada una de las reuniones del Comité, en las que
se asentará el motivo que la originó y no será necesario realizar una nueva convocatoria.
En caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por circunstancias excepcionales o supuestos no previstos, la Secretaria
Técnica del Comité notificará por escrito la fecha de realización de la sesión pospuesta, asentando en el acta respectiva las
causas que dieron lugar a su postergación.
Quien presida la sesión, será el único facultado para conducir las sesiones, establecer el formato de participación y
exposiciones de los miembros del Comité y para compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas o acuerdos que se
suscriban.
Solamente podrán tratarse en las sesiones, los asuntos que se incluyeron en el Orden del Día, sin embargo, cuando la
importancia de los asuntos lo requiera, podrán tratarse otros asuntos que no se hayan indicado en la convocatoria, siempre y
cuando los miembros del Comité aprueben su desahogo.
La Secretaria Técnica informará a los miembros del desahogo de los acuerdos.
Las resoluciones del Comité tendrán carácter de acuerdos y sólo mediante resolución de los órganos garantes o del propio
Comité se podrá suspender, modificar o cancelar su contenido y efectos.
Desahogado el orden del día y registrados los hechos, opiniones y resoluciones, quien presida la sesión preguntará a los
miembros del Comité si existe algún asunto general que se estime necesario o conveniente tratar, en caso de haberlo, se
procederá a su desahogo, de no haberlo declarará formalmente concluida la sesión, precisando para efectos de registro en el
acta, la hora en que termina.
f) Sanciones.
Será motivo de responsabilidad el incumplimiento a cualquiera de las disposiciones establecidas en la normatividad
aplicable, las cuales serán sancionadas en los términos establecidos en la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
g) Convocatorias.
Los casos que requieran de la consideración y resolución del Comité se remitirán por parte de cualquiera de sus miembros o
de los titulares de las áreas a la Secretaría Técnica cuando menos con diez (10) días hábiles de anticipación a la fecha en que
habrá de celebrarse la sesión ordinaria.
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En caso de requerir sesión extraordinaria, se remitirán los asuntos con cuando menos 5 días hábiles de anticipación al
vencimiento de la solicitud.
Todas las convocatorias para las sesiones del Comité de Transparencia deberán ser realizadas por oficio de la Unidad de
Transparencia con la documentación soporte correspondiente, con por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la
celebración de las sesiones ordinarias.
En el caso de las sesiones extraordinarias, por el carácter de los asuntos que en la misma se traten, bastará que la
convocatoria se realice con veinticuatro (24) horas de anticipación. Eventualmente, se podrá citar con un mínimo de cuatro
(4) horas previas al horario estipulado para la celebración de la sesión.
Los oficios en los que se convoque a sesión del Comité de Transparencia, establecerán por lo menos la fecha, hora, lugar y
el orden del día de los asuntos a tratar, debiendo estar firmados por la Presidencia o la Secretaria Técnica.
En la última sesión ordinaria de cada ejercicio se someterá al pleno el calendario de sesiones para el siguiente año.
VII. PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las sesiones del Comité de Transparencia.
Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para organizar y celebrar las sesiones ordinarias y extraordinarias
del Comité de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, en estricto apego a lo
establecido en la normativa de la materia y el presente Manual, con la finalidad dar certeza jurídica a los acuerdos que tome
el respectivo Órgano Colegiado sobre la materia.
Diagrama de Flujo:
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 55
Descripción Narrativa
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaria o extraordinaria.
2 Secretaría Técnica Verifica la asistencia y el quórum necesario para el
desarrollo de la sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba
la firma de las personas integrantes del Comité presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de
quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de las personas integrantes del
Comité el Orden del Día.
¿Se aprueba el orden del día?
NO
7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por las
personas integrantes del Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos
del Orden del Día.
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9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos
presentados al Comité, exponiendo los argumentos que
correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman
acuerdos sobre los asuntos de la sesión.
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos para el seguimiento de su
cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la sesión.
Fin del procedimiento
Aspectos a considerar:
1. Los Comités de los Órganos de la Administración Pública obligados apegarán sus análisis, su procedimiento y sus actos
derivados de las sesiones, con lo establecido en las disposiciones de la materia y demás aplicables.
2. El día de la celebración de la sesión ordinaria, la Secretaría Técnica dará a conocer a las personas integrantes del Comité
lo relativo a los informes de solicitudes ingresadas, turnadas, prevenidas y atendidas, así como cualquier asunto respecto de
la materia de transparencia y datos personales para su conocimiento.
3. La Secretaría Técnica aportará su opinión, previo análisis, con la finalidad que las personas integrantes del Comité
deliberen y emitan sus propias opiniones o propuestas de solución. Dichas opiniones tendrán el carácter de vinculante, pero
no serán de carácter determinante.
4. El Órgano Interno de Control, de conformidad con sus atribuciones realizará las opiniones o comentarios que estime
pertinentes, vigilando el estricto cumplimiento de la normatividad en materia de transparencia y datos personales, con la
finalidad de dar legalidad a los acuerdos emitidos por el Comité.
5. La Secretaría Técnica vigilará el cumplimiento que se dé a las disposiciones aplicables en materia de transparencia y
protección de datos personales y, en caso de encontrar alguna irregularidad o incumplimiento, informará al Órgano Interno
de Control para los efectos a que haya lugar.
6. La Secretaria Técnica elaborará la “Carpeta de Trabajo” con los asuntos a tratar en la Sesión del Comité de
Transparencia.
7. La Presidencia, Secretaria Técnica, Vocales, Asesores e Invitado Permanente, recibirán “Oficio de Convocatoria” y
“Carpeta de Trabajo”, para estudiar los asuntos incluidos en la carpeta con el objeto de determinar las acciones conducentes
a fin de garantizar la transparencia, el acceso a la información pública y la protección de datos personales.
8. Así mismo compete al Comité de Transparencia de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales en
posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México:
I. Coordinar, supervisar y realizar las acciones necesarias para garantizar el derecho a la protección de los datos personales
en la organización de cada sujeto obligado, de conformidad con las disposiciones previstas en la presente Ley y en aquellas
disposiciones que resulten aplicables en la materia;
II. Instituir procedimientos internos para asegurar la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes para el ejercicio de los
derechos ARCO;
III. Confirmar, modificar o revocar las solicitudes de derechos ARCO en las que se declare la inexistencia de los datos
personales;
IV. Establecer y supervisar la aplicación de criterios específicos que resulten necesarios para una mejor observancia de la
presente Ley y en aquellas disposiciones que resulten aplicables en la materia;
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 57
V. Supervisar, en coordinación con las áreas o unidades administrativas competentes, el cumplimiento de las medidas,
controles y acciones previstas en el documento de seguridad;
VI. Establecer programas de capacitación y actualización para los servidores públicos en materia de protección de datos
personales; y
VII. Dar vista al órgano interno de control o instancia equivalente en aquellos casos en que tenga conocimiento, en el
ejercicio de sus atribuciones, de una presunta irregularidad respecto de determinado tratamiento de datos personales;
particularmente en casos relacionados con la declaración de inexistencia que realicen los responsables.
9. La Secretaria Técnica, se encargará de verificar que se cuente con el quórum necesario para la celebración de la Sesión,
una vez que se constante el mismo procederá a declararla formalmente instalada; dando lectura a la Orden del Día para la
aprobación y desahogo.
10. Los miembros del Comité presentes a la Sesión registrarán su asistencia en la lista del día en la cual anotarán los
siguientes datos: nombre, firma y cargo.
11. Procedimiento de Actuación.
En las sesiones del Comité se observará formal y cabalmente el siguiente:
La Secretaria Técnica se encargará de verificar que el quórum necesario para la celebración de la sesión esté presente, para
declarar formalmente instalada la sesión y proceder a la aprobación y desahogo del Orden del Día.
Posteriormente, la Presidencia o la Secretaria Técnica someterá a consideración del Comité el Orden del Día y comenzarán
a desahogarse los asuntos incluidos a través del análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Comité de
los mismos, quienes aportarán su opinión, propuesta de solución o mejora y en su caso, el voto.
La Secretaria Técnica levantará el acta de la sesión, en la que se registrarán todas y cada una de las consideraciones vertidas,
así como los acuerdos aprobados indicando la votación de los miembros del Comité, las cuales deberán ser firmadas por el
Presidente, Secretario Técnico y por los miembros que tengan atribuida esa facultad.
Una vez desahogados los puntos del Orden del Día, y registrados los acuerdos aprobados, se procederá a declarar
formalmente concluida la sesión, señalándose la hora en que termina.
La Secretaria Técnica elaborará el acta correspondiente a la sesión concluida con claridad y precisión, señalando los
acuerdos tomados por el Comité.
Una vez concluida el acta de la sesión, la Secretaria Técnica la remitirá a los asistentes de la sesión, para su análisis,
observaciones y respectiva firma dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su celebración.
Los miembros cuentan con dos (2) días hábiles posteriores a la recepción del acta, para devolverla con las observaciones y
comentarios que consideren convenientes, o en su caso, el acta debidamente firmada. En el supuesto de que no remitan
ninguna observación o aclaración, en el plazo antes mencionado, se entenderá como aprobado su contenido.
En caso de receso de la sesión ocasionado por causas ajenas y ésta se continúe el mismo día, se levantará una sola acta en la
que consten las causas del contratiempo.
Si fuera necesario que la sesión continué otro día, se levantará un acta por cada una de las reuniones del Comité, en las que
se asentará el motivo que la originó y no será necesario realizar una nueva convocatoria.
En caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por circunstancias excepcionales o supuestos no previstos, la Secretaria
Técnica del Comité notificará por escrito la fecha de realización de la sesión pospuesta, asentando en el acta respectiva las
causas que dieron lugar a su postergación.
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Quien presida la sesión, será el único facultado para conducir las sesiones, establecer el formato de participación y
exposiciones de los miembros del Comité y para compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas o acuerdos que se
suscriban.
Solamente podrán tratarse en las sesiones, los asuntos que se incluyeron en el Orden del Día, sin embargo, cuando la
importancia de los asuntos lo requiera, podrán tratarse otros asuntos que no se hayan indicado en la convocatoria, siempre y
cuando los miembros del Comité aprueben su desahogo.
La Secretaria Técnica informará a los miembros del desahogo de los acuerdos.
Las resoluciones del Comité tendrán carácter de acuerdos y sólo mediante resolución de los órganos garantes o del propio
Comité se podrá suspender, modificar o cancelar su contenido y efectos.
Desahogado el orden del día y registrados los hechos, opiniones y resoluciones, quien presida la sesión preguntará a los
miembros del Comité si existe algún asunto general que se estime necesario o conveniente tratar, en caso de haberlo, se
procederá a su desahogo, de no haberlo declarará formalmente concluida la sesión, precisando para efectos de registro en el
acta, la hora en que termina.
Sanciones.
Será motivo de responsabilidad el incumplimiento a cualquiera de las disposiciones establecidas en la normatividad
aplicable, las cuales serán sancionadas en los términos establecidos en la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
Convocatorias.
Los casos que requieran de la consideración y resolución del Comité se remitirán por parte de cualquiera de sus miembros o
de los titulares de las áreas a la Secretaría Técnica cuando menos con diez (10) días hábiles de anticipación a la fecha en
que habrá de celebrarse la sesión ordinaria.
En caso de requerir sesión extraordinaria, se remitirán los asuntos con cuando menos 5 días hábiles de anticipación al
vencimiento de la solicitud.
Todas las convocatorias para las sesiones del Comité de Transparencia deberán ser realizadas por oficio de la Unidad de
Transparencia con la documentación soporte correspondiente, con por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la
celebración de las sesiones ordinarias.
En el caso de las sesiones extraordinarias, por el carácter de los asuntos que en la misma se traten, bastará que la
convocatoria se realice con veinticuatro (24) horas de anticipación. Eventualmente, se podrá citar con un mínimo de
cuatro (4) horas previas al horario estipulado para la celebración de la sesión.
Los oficios en los que se convoque a sesión del Comité de Transparencia, establecerán por lo menos la fecha, hora, lugar y
el orden del día de los asuntos a tratar, debiendo estar firmados por la Presidencia o la Secretaria Técnica.
En la última sesión ordinaria de cada ejercicio se someterá al pleno el calendario de sesiones para el siguiente año.
VIII. GLOSARIO
Para efectos del presente Manual, se entenderá por:
Áreas: A las instancias dotadas de atribuciones de decisión y ejecución señaladas en la Ley Orgánica de la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal, que cuentan o puedan contar con la información;
Caso Fortuito: Acontecimiento donde interviene directa o indirectamente la voluntad de una persona, el cual no ha podido
ser previsto, pero que, aunque lo hubiera sido, no habría podido evitarse.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 59
Comité / Cuerpo Colegiado / Órgano Colegiado: Comité de Transparencia de cada órgano de la Administración Pública
de la Ciudad de México.
Consulta Directa: A la prerrogativa que tiene toda persona de allegarse de información pública, sin intermediarios;
Derecho de acceso a la información pública: Prerrogativa que tiene toda persona para acceder a la información generada
o en poder de los sujetos obligados, en los términos de la normatividad de la materia.
Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas,
directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro en
posesión de la Secretaría de Seguridad Pública y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los
documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;
Documento Electrónico: A la Información que puede constituir un documento, archivada o almacenada en un soporte
electrónico, en un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento;
Datos abiertos: A los datos digitales de carácter público que son accesibles en línea que pueden ser usados, reutilizados y
redistribuidos por cualquier interesado y que tienen como características las establecidas en la Ley de Transparencia,
Acceso a Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Expediente: A la unidad documental constituida por uno o varios documentos de archivo, ordenados y relacionados por un
mismo asunto, actividad o trámite de los sujetos obligados;
Expediente Electrónico: Al conjunto de documentos electrónicos cuyo contenido y estructura permiten identificarlos como
documentos de archivo que aseguran la validez, autenticidad, confidencialidad, integridad y disponibilidad de la
información que contienen;
Formatos Abiertos: Al conjunto de características técnicas y de presentación de la información que corresponden a la
estructura lógica usada para almacenar datos de forma integral y facilitan su procesamiento digital, cuyas especificaciones
están disponibles públicamente y que permiten el acceso sin restricción de uso por parte de los usuarios;
Formatos Accesibles: Al acceso a la información de cualquier manera o forma alternativa, en forma tan viable o cómoda
para cualquier persona, eliminando las barreras o dificultades para las personas con discapacidad para acceder a cualquier
texto impreso y/o cualquier otro formato convencional en el que la información pueda encontrarse;
Fuerza Mayor: Acontecimiento ajeno a la voluntad de una persona, el cual no ha podido ser previsto, pero que, aunque lo
hubiera sido, no habría podido evitarse.
Igualdad Sustantiva: Al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio del Derecho al Acceso a la
Información Pública.
Información Confidencial: La información en posesión de los Entes Obligados, protegida por el derecho fundamental a la
protección de los Datos Personales y a la privacidad;
Información clasificada: IA la información en posesión de la Secretaría de Seguridad Pública, bajo las figuras de
reservada o confidencial;
Información Pública: Todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico,
electrónico, magnético, químico, físico o biológico que se encuentre en poder de la Secretaría de Seguridad Pública, y que
no haya sido clasificada como de acceso restringido;
Información de Acceso Restringido: La información definida por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, como de acceso restringido, en sus modalidades de reservada y
confidencial y que no podrá ser divulgada salvo las excepciones señaladas por la normatividad. A la información que resulta
relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el
público comprenda las actividades que llevan a cabo la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México;
60 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Información de interés público: A la información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente
de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo la
Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México;
Información Reservada: La información pública que se encuentre temporalmente sujeta a alguna de las excepciones
previstas en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Instituto: Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México
Instituto Nacional: Al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
Ley: A la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
Ley General de Transparencia: A la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
Ley de Protección de Datos: A la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad
de México;
Ley General de Protección de Datos: A la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados;
Máxima Publicidad: Principio de actuación que consiste en que los Entes Públicos expongan la información que poseen al
escrutinio público y, en caso de duda razonable respecto a la forma de interpretar y aplicar la norma, se optará por la
publicidad de la información;
Orden del Día: Determinación de todos aquellos puntos que sean relevantes y adecuados de tratar en el contexto de la
sesión.
Órgano Interno de Control: Contraloría Interna de cada órgano de la Administración Pública de la Ciudad de México.
Protección de Datos Personales: La garantía de tutelar los datos personales en poder de la Secretaría de Seguridad Pública,
bajo los principios de calidad, confidencialidad, consentimiento, finalidad, información, lealtad, licitud, proporcionalidad,
transparencia, y temporalidad;
Prueba de Interés Público: A la faculta del Instituto de fundar y motivar con base en elementos de idoneidad, necesidad y
proporcionalidad, que la publicación de la información de acceso restringido no lesiona el interés jurídicamente protegido
por la Ley;
Prueba de Daño: Carga de los Sujetos Obligados de demostrar que la divulgación de información lesiona el interés
jurídicamente protegido por la Ley, y que el daño que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que el
interés de conocerla.
Rendición de Cuentas: Vista desde la perspectiva de la transparencia y el acceso a la información, consiste en la potestad
del individuo para exigir al poder público informe y ponga a disposición en medios adecuados, las acciones y decisiones
emprendidas derivadas del desarrollo de su actividad, así como los indicadores que permitan el conocimiento y la forma en
que las llevó a cabo, incluyendo los resultados obtenidos; así como la obligación de dicho poder público de cumplir con las
obligaciones que se le establecen en la legislación de la materia, y garantizar mediante la implementación de los medios que
sean necesarios y dentro del marco de la Ley, el disfrute del Derecho de Acceso a la Información Pública consagrado en el
artículo sexto de la Constitución General de la República;
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 61
Sistema Electrónico: Al sistema electrónico mediante el cual las personas presentan sus solicitudes de acceso a la
información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales y es el sistema único para el
registro y captura de todas las solicitudes recibidas por los sujetos obligados a través de los medios señalados en la Ley de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de
Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, así como para la recepción de los recursos de
revisión interpuestos a través del propio sistema.
Solicitante: Toda persona que pide a la Secretaría de Seguridad Pública Información pública, acceso, cancelación,
rectificación u oposición de datos personales;
Toda persona que pide a la Secretaría de Seguridad Pública Información pública, acceso, cancelación, rectificación u
oposición de datos personales;
Sujeto Obligado: De manera enunciativa más no limitativa a la autoridad, entidad, órgano u organismo del poder
Ejecutivo, Legislativo y Judicial; a los Órganos Político Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales; Órganos
Autónomos, Organismos Paraestatales, Universidades Públicas, Partidos Políticos, Sindicato, Fideicomisos y Fondos
Públicos, así como cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos, realice actos de autoridad o de
interés público.
Unidad Administrativa de Apoyo Técnico Operativo: Son las que asisten técnica y operativamente a las Unidades
Administrativas, a los órganos político-administrativos, a los órganos desconcentrados, que son las direcciones de área, las
subdirecciones, las jefaturas de unidad departamental, de acuerdo a las necesidades del servicio, siempre que estén
autorizadas en el presupuesto y con funciones determinadas en el Reglamento Interior o en el Manual Administrativo de la
Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México;
Unidad de Transparencia: Unidad receptora de las solicitudes de información a cuya tutela estará el trámite de las
mismas.
Versión pública: Documento en el que se elimina la información clasificada en los términos de los Lineamientos generales
en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas, para
permitir su acceso.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
Presidente
___________________________________
Superintendente General
Lic. Hiram almeida estrada
Secretario de seguridad pública
Secretario técnico
_____________________________
Lic. Nayeli Hernández Gómez
Directora Ejecutiva de Transparencia y Responsable
de la Unidad de Transparencia
Vocal
________________________________
Mtro. Emmanuel Chávez Pérez
Director General de Asuntos Jurídicos
Vocal
_____________________________
Lic. Nicole Fournier Álvarez Icaza
Directora Ejecutiva de Comunicación Social
62 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
VOCAL
_________________________________________
MTRA. IVONNE B. GARCÍA LUNA
Contralora Interna en la Secretaría de Seguridad
Pública
INVITADO PERMANENTE
_________________________________________
Lic. Omar Sandoval Badillo
Jefatura de Desarrollo Archivístico y Encargado de la
Unidad Coordinadora de Archivos
TRANSITORIOS
Primero. - Se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal, mismo que fue registrado con el número MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117, por
la Coordinación General de Modernización Administrativa.
Segundo. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.
Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el 27 de julio de 2018.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 63
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
C.P. LUIS ENRIQUE MIRAMONTES HIGUERA, DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN EN LA
SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en observancia a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos, 27 inciso C, 28, 52, 54 antepenúltimo párrafo y
21 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, Articulo 30 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, artículos 15, fracción XII y 32-Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad
de México, Artículo 7 fracción XI Bis y 101 G, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,
se emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE CONTROL
INTERNO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON
NÚMERO DE REGISTRO MEO-78/160718-D-SECUL-20/2008
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
LEYES
1. Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México el 01 de septiembre de 2017.
2 .Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.
3 .Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de
diciembre de 2008. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 26 de febrero de 2018.
4 .Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 01 de
septiembre de 2017.
CIRCULARES
5. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.
LINEAMIENTOS
6. Lineamientos de Auditoría de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicados en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México el 08 de enero de 2018.
7. Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicados en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México el 08 de enero de 2018.
64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
8. Lineamientos de las Intervenciones de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicados en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 08 de enero de 2018.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer en un solo instrumento los criterios jurídico-administrativos relacionados con las atribuciones, integración,
operación y funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la
Secretaría de Cultura (CARECI), con el objeto de regular las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en
la gestión y logro de los objetivos y funciones en materia de administración de riesgos y control interno en su cumplimiento
desde la planeación programación, ejecución, resultados y conclusión.
III. INTEGRACIÓN
Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Titular de la Secretaría de Cultura
Secretaría Técnica Titular de la Dirección Ejecutiva de Administración
Vocales
Titular de la Coordinación de Producción en Espacios Públicos
Titular de la Coordinación del Sistema de Teatros de la Ciudad de México
Titular de la Coordinación de Vinculación Cultural Comunitaria
Titular de la Coordinación de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural
Titular de la Coordinación Interinstitucional
Titular de la Dirección de Divulgación Cultural
Titular de la Dirección de la Red de Faros de la Ciudad de México
Titular de la Dirección General de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México
Titular de la Dirección de Promoción y Locaciones de la Comisión de Filmaciones de la
Ciudad de México
Titular de la Dirección de Permisos y Vinculación Interinstitucional de la Comisión de
Filmaciones de la Ciudad de México
Titular de la Dirección de Operación de la Orquesta Filarmónica de la Ciudad de México
Titular de la Dirección Académica
Titular de la Dirección de Recursos Humanos en la Secretaría de Cultura
Titular de la Dirección de Recursos Financieros en la Secretaría de Cultura
Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales en la Secretaría de
Cultura
Asesor/a Titular de la Dirección Jurídica
Órgano Interno de
Control Titular de la Contraloría Interna en la Secretaría de Cultura
Invitadas/os Personas y personas servidoras públicas propuestas por la Presidencia, que coadyuven en
la exposición de los asuntos que se sometan a dictaminación del Comité
IV. ATRIBUCIONES
El Comité, en el ámbito de sus atribuciones, se encargará de que la Secretaría de Cultura en su calidad de ente obligado,
realice las actividades relativas a la planeación, programación, verificación, resultados, conclusión y dictaminación, así
como que dé cumplimiento a los plazos, procedimientos y forma que deben observarse en la implementación y aplicación
del control interno y demás normatividad aplicable a la materia.
De conformidad con los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México que rigen
las atribuciones y actuación del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional, éste
tendrá los siguientes objetivos y funciones en materia de administración de riesgos y control interno:
Del Comité
I. Tomar conocimiento de los controles internos que conjuntamente implementará el ente público con la Secretaría,
Subsecretarías, sus unidades administrativas u Órgano Interno de Control;
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 65
II. Instruir a las áreas correspondientes el cumplimiento oportuno de los objetivos y metas institucionales con enfoque a
resultados;
III. Instruir a las áreas competentes a dar seguimiento a la administración de riesgos con el análisis y seguimiento de las
estrategias y acciones determinadas, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata;
IV. Instruir a las áreas a establecer los mecanismos en la prevención de la materialización de riesgos, a efecto de evitar la
recurrencia de las observaciones generadas por los órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;
V. Conocer el Informe Anual sobre el estado que guarda el Control Interno;
VI. Tomar conocimiento de las recomendaciones, acciones preventivas y correctivas contenidas en el Informe de
Observaciones de la persona titular de la Secretaría, sus unidades administrativas o el titular del Órgano Interno de Control;
VII. Establecer las acciones necesarias para la atención en tiempo y forma de las observaciones y acciones preventivas y
correctivas generadas por la Secretaría, sus unidades administrativas u Órganos Internos de Control;
VIII. Establecer las acciones que promuevan el cumplimiento de programas y temas transversales del ente público obligado;
IX. Aprobar acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten;
X. Constituirse como el órgano de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en materia de evaluación
de administración de riesgos y control interno;
XI. Establecer las acciones que propicien el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación
entre sus miembros, que favorezcan la implantación de los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de
la Ciudad de México;
XII. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos adoptados al seno del Comité:
XIII. Dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública
de la Ciudad de México, así como de la normatividad que resulte aplicable;
XIV. Dar seguimiento al cumplimiento de las observaciones, acciones preventivas y correctivas impuestas por la Secretaría,
sus unidades administrativas u Órganos Internos de Control;
XV. Supervisar las actividades de control interno realizadas por los entes públicos;
XVI. Elaborar y aprobar su Manual de Integración y Funcionamiento; y
XVII. Las demás que le confieren los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de
México y la normatividad que resulte aplicable.
V. FUNCIONES
a) DE LA PRESIDENCIA
I. Promover la operación regular del órgano colegiado;
II. Proponer al Comité los instrumentos, procesos y métodos de evaluación, control interno, y administración de riesgos
necesarios para la consecución de sus objetivos;
III. Coordinar los trabajos del Comité para la elaboración de los instrumentos de control interno y administración de riesgos;
IV. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Comité;
66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
V. Aplicar los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México;
VI. Proponer al Comité el calendario anual de sesiones;
VII. Someter la designación de personas invitadas al Comité;
VIII. Emitir la convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité;
IX. Emitir su voto respecto de los asuntos puestos a consideración del Comité, con voto de calidad en caso de empate; y
X. Nombrar a la persona que funja en la Secretaría Técnica.
b) DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
I. Formular el orden del día considerando los asuntos que deberán ser presentados al pleno del Comité;
II. Apoyar en la conducción de las sesiones del Comité, así como registrar los acuerdos adoptados en el pleno del Comité;
III. Elaborar el acta correspondiente de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité;
IV. Recibir los asuntos que deberán ser presentados al pleno del Comité por parte de las unidades administrativas
responsables de los mismos;
V. Elaborar e integrar la carpeta de trabajo para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité;
VI. Remitir de manera oportuna la convocatoria y carpeta de trabajo a los integrantes del Comité;
VII. Dar seguimiento e informar al Comité del cumplimiento de los acuerdos aprobados;
VIII. Suplir a la Presidencia del Comité en el desarrollo de las funciones inherentes a éste; y
IX. La Secretaría Técnica tendrá derecho a voz pero no voto.
c) DE LAS Y LOS VOCALES
I. Presentar a consideración y dictaminación del Comité los asuntos en materia de administración de riesgos y evaluación
control interno que requieran su atención conforme a los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de
la Ciudad de México y demás normatividad aplicable;
II. Analizar con oportunidad los asuntos considerados en la convocatoria y carpeta de trabajo correspondiente;
III. Proponer en forma clara y concreta, alternativas de atención y solución de los asuntos puestos a consideración del
Comité;
IV. Emitir su voto respecto de los asuntos puestos a consideración del Comité;
V. Enviar a la Secretaría Técnica la documentación correspondiente de los asuntos que sean necesarios del Comité; y
VI. Las demás que le confieren los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México,
así como la normatividad aplicable, y las necesarias para el correcto desarrollo de las funciones del Comité.
d) DE LA O EL ASESOR
I. Exponer con fundamento e imparcialidad su punto de vista en torno a los asuntos que se presenten ante el Comité;
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 67
II. Proporcionar, de acuerdo a sus atribuciones, la asesoría jurídica, técnica y administrativa que se les requiera para
sustentar las resoluciones y acciones del Comité;
III. Vigilar dentro del ámbito de su competencia el cumplimiento de los Lineamientos de Control Interno de la
Administración Pública de la Ciudad de México así como de la normatividad que resulte aplicable; y
IV. Las personas que fungen como asesoras contarán con voz pero no tendrán derecho a voto.
e) DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
I. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité y participar con voz y voto
II. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;
III. Vigilar en el ámbito de su competencia la normatividad y demás disposiciones aplicables a la materia de administración
de riesgos y control interno, mediante las recomendaciones u observaciones que estime pertinentes como responsable de la
generación, seguimiento y verificación del control interno;
IV. Proponer cuando resulte aplicable, alternativas de solución para los asuntos que se presenten a consideración y
resolución del Comité;
V. Emitir su voto razonado en los asuntos que se presenten en las sesiones del Comité;
VI. Tomar conocimiento de los asuntos donde detecte problemas operativos y administrativos graves, o que de cualquier
forma puedan generar consecuencias de esa misma naturaleza, para que en el ámbito de su competencia substancie los
procesos y procedimientos derivados de la presunción de actos ilícitos o irregulares que pudieran implicar responsabilidades
de las personas servidoras públicas o de terceros;
VII. Firmar la documentación que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y
VIII. Las demás que expresamente les asigne la normatividad.
f) DE LAS Y LOS INVITADOS
I. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocadas y participar con derecho de voz;
II. Aportar en sus participaciones argumentos, exposiciones, documentación soporte y razonamientos lógicos, técnicos,
administrativos y jurídicos, según sean los casos, en términos de sus campos de conocimiento, ámbito de actuación y en
apego a la normatividad aplicable para la toma de decisiones del Comité;
III. Fundar y motivar sus participaciones y aportaciones sobre los asuntos que se sometan a consideración del Comité y de
los que participe; y
IV. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
a) De las Suplencias
Las personas servidoras públicas que fungen en la Presidencia, Secretaría Técnica, y como Vocales, Asesoras/es y Órgano
Interno de Control podrán contar con suplentes, de conformidad con lo siguiente:
I. La ausencia de la Presidencia será suplida por la Secretaría Técnica.
II. La ausencia de la Secretaría Técnica será suplida por la persona servidora pública designada por la Presidencia.
68 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
III. Las y los Vocales, Asesor/a y Órgano Interno de Control titulares serán suplidos por la persona servidora pública del
nivel jerárquico inmediato inferior designado por su titular correspondiente.
Las designaciones de suplencia deberán realizarse mediante oficio dirigido a quien preside el Comité, con copia a la
Secretaría Técnica para su registro y acreditación a las sesiones correspondientes.
Las personas suplentes tendrán las facultades, funciones y responsabilidades de sus integrantes titulares, por lo cual, son
corresponsables de las decisiones y acciones tomadas por el Comité.
Cuando asista la persona suplente y en el transcurso de la sesión se incorpore la persona titular, la suplente podrá seguir
participando en la reunión en la calidad de integrante que le corresponda, con sus funciones y responsabilidades inherentes.
b) De las Sesiones
Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo de manera trimestral, salvo que no haya asuntos que tratar, en cuyos casos deberá
notificarse a las y los integrantes del Comité con al menos dos días hábiles de anticipación de la fecha prevista para la
sesión que corresponda.
Tratándose de sesiones ordinarias, la convocatoria deberá ser notificada con al menos tres días hábiles de anticipación,
previos a la fecha de celebración de la sesión que corresponda.
Las sesiones extraordinarias se realizarán cuando se estime necesario por la Presidencia o cualquiera de las personas
Vocales, previa convocatoria de la Presidencia.
Para sesiones extraordinarias la convocatoria deberá ser notificada a las y los integrantes del Comité con al menos un día
hábil previo a la celebración de la sesión.
En su caso, las y los Vocales enviarán a la Secretaría Técnica la documentación correspondiente de los asuntos que sean
necesarios del Comité con un mínimo de 5 días hábiles de anticipación a la realización de cada sesión, conforme al
calendario de sesiones ordinarias aprobado.
Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no obstante,
cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de alguna sesión, ésta podrá celebrarse fuera de la
misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente o bien, indicándolo de esa forma en la respectiva
convocatoria.
En caso de ausencia tanto de la Presidencia como la Secretaría Técnica simultáneamente , no podrá celebrarse la sesión.
En las convocatorias de las sesiones se debera senalar , como minimo , fecha, hora y lugar de celebracion de la sesion , e
indicar si se trata de sesion ordinaria o extraordinaria , así como deberá adjuntarse la carpeta de trabajo correspondiente a la
sesión a celebrar, misma que deberá contener como mínimo lo siguiente:
a) Lista de asistencia
b) Declaración del quórum
c) Orden del día
d) Acta de la sesión anterior
e) Seguimiento de acuerdos
f) Documentos soporte de los asuntos a tratar
g) Asuntos generales
La información señalada en los incisos d) y e) y g) no será aplicable tratándose de sesiones extraordinarias, toda vez que el
acta de la sesión anterior deberá aprobarse en sesiones ordinarias y el seguimiento de los acuerdos aprobados deberá
informarse en la sesión ordinaria subsecuente.
El Comité emitirá y difundirá los formatos para la presentación de casos por parte de las personas Vocales, quienes en caso
de presentar alguno deberán enviarlos con un mínimo de 5 días hábiles de anticipación a la realización de cada sesión
prevista en el calendario de sesiones ordinarias aprobado.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 69
Las personas integrantes del Comité analizarán el contenido de la carpeta previo a la sesión, a efecto de estar en
posibilidades de, en los casos que así correspondan, emitir sus comentarios y/o su votación.
Las personas integrantes del Comité presentes a la sesión se registrarán en la lista de asistencia, en la cual anotarán los
siguientes datos: nombre, firma y cargo.
La Presidencia será la única facultada para conducir las sesiones del Comité y establecer el formato de participación y
exposiciones de las personas integrantes del Comité, y de cada una de las sesiones se levantará acta, que deberá ser firmada
por los asistentes a la sesión correspondiente, misma que consignará, como mínimo, la información siguiente:
a) Lista de asistencia
b) Declaración del quórum
c) Orden del día
d) Acuerdos adoptados
e) Votación obtenida
f) Comentarios adicionales
g) Cierre de la sesión
En la última sesión ordinaria de cada ejercicio se deberá someter al Comité el calendario de sesiones ordinarias del ejercicio
fiscal siguiente.
Para la adopción de acuerdos, dictaminación y toma de decisiones, se requerirá de al menos el 50% de los votos a favor. En
caso de empate, la Presidencia tendrán voto de calidad.
Los acuerdos tomados por el Comité serán de observancia obligatoria para las Unidades Administrativas o Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de cada Órgano de la Administración Pública.
Los Acuerdos sólo podrán ser cancelados o modificados por las personas integrantes del Comité con derecho a voto,
contando con la justificación correspondiente.
c) Del Quórum
Para la celebración válida de las sesiones se requerirá de la asistencia mínima del 50% más uno de las personas integrantes
con derecho a voto.
VII. PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las sesiones del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control
Interno Institucional.
Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para celebrar las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité
de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la Secretaría de Cultura, en estricto apego a
lo establecido en la normativa de la materia, con la finalidad de dar certeza jurídica a los acuerdos que tome el Órgano
Colegiado sobre la materia.
70 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Diagrama de Flujo:
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 71
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaria o extraordinaria.
2 Secretaría Técnica Verifica la asistencia y el quórum necesario para el desarrollo de la
sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba la firma de
las personas integrantes del Comité presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de las personas integrantes del Comité el Orden del
Día.
¿Se aprueba el orden del día?
NO
7 Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los Integrantes
del Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos del Orden del
Día.
9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos presentados al Comité,
exponiendo los argumentos que correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman acuerdos sobre
los asuntos de la sesión.
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos para el seguimiento de su cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la sesión.
Fin del procedimiento
Aspectos a considerar:
1. Los Comités de los Órganos de la Administración Pública obligados apegarán sus análisis, su procedimiento y sus actos
derivados de las sesiones, a lo establecido en los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la
Ciudad de México.
VIII. GLOSARIO
Administración de riesgos: Proceso realizado en conjunto por los entes públicos y la Secretaría de la Contraloría General
de la Ciudad de México y sus unidades administrativas, que consiste en identificar los riesgos a que están expuestos los
Entes Públicos en el desarrollo de sus actividades, controlar los factores que pueden ocasionarlos, a fin de determinar los
controles internos que permitan contribuir a la consecución de los objetivos, metas y programas institucionales de manera
adecuada.
CARECI: Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional.
Control Interno: Conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y
evaluación adoptada por los entes públicos de la Administración Pública Centralizada, Paraestatal, y de las Delegaciones o
Alcaldías con el fin de que las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y
empleo de los recursos se realicen con un enfoque preventivo.
Ente Público Obligado: Las Delegaciones o Alcaldías, Dependencias, Entidades Paraestatales y Órganos Desconcentrados
de la Administración Pública de la Ciudad de México, en las que se implementa el control interno.
72 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Evaluación del Control Interno: Proceso mediante el cual se determina el grado de cumplimiento del Control Interno,
para medir el avance de los objetivos.
Observaciones: Documento en el que se hacen constar los descubrimientos de la implementación y aplicación del control
interno que constituyen una probable irregularidad; que considera la denominación, hipótesis, fundamentación y
motivación, acciones correctivas y preventivas que deben ser atendidas dentro del plazo legal por los entes públicos
obligados.
Órgano Interno de Control / OIC: Son los órganos internos de control, contralorías internas u órganos de fiscalización
que, como unidades administrativas adscritas a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, ejercen
funciones de auditoría, control interno e intervención en dependencias, delegaciones o alcaldías, entidades paraestatales y
órganos desconcentrados de la Administración Pública de la Ciudad de México.
Riesgo: Es la contingencia o proximidad de un evento adverso que obstaculice o impida el logro de las metas y objetivos.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Presidente
Eduardo Vázquez Martín
Secretario De Cultura
Secretario Técnico Vocal
C.P. Luis Enrique Miramontes Higuera Lic. Julio Cesar Blasina Palermo Director Ejecutivo De Administración Coordinador de Producción en Espacios Públicos
Vocal Vocal
Mtro. Ángel Ancona Resendez Lic. Déborah Chenillo Alazraki Coordinador del Sistema de Teatros Coordinadora de Vinculación Cultural Comunitaria
de la Ciudad de México
Vocal Vocal
Lic. Gabriela Eugenia López Torres Lic. María Cortina Icaza Coordinadora de Patrimonio Coordinadora Interinstitucional
Histórico, Artístico y Cultural
Vocal Vocal
Benjamín Anaya González Lic. Agustín Estrada Ortiz Director de Divulgación Cultural Director de la Red de Faros de la Ciudad de México
Vocal Vocal
Lic. Miguel Roberto Mejía Murillo Dra. Miviam Ruíz Pérez
Director de Operación de Orquesta Filarmónica Directora Académica
de la Ciudad de México
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 73
Vocal Vocal
Lic. F. Javier Flores Luna Lic. Fabián Martínez Rodríguez
Director de Recursos Humanos Director de Recursos Financieros
en la Secretaría de Cultura en la Secretaría de Cultura
Vocal Vocal
Lic. Jaqueline Kuttler Herrera Mauricio Maiolo Aguinaco Rodríguez
Directora De Recursos Materiales y Director General de la Comisión de
Servicios Generales Filmaciones de la CDMX
Vocal Vocal
Diana Angélica Álvarez Segoviano Jorge Alberto Santoyo Vargas Dirección De Promoción y Locaciones Dirección de Permisos y Vinculación
de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México Interinstitucional de la Comisión de Filmaciones de la
Ciudad de México
Asesor Órgano Interno De Control
Lic. Cuitláhuac Alejandro Flores Landeros Lic. Tania García Heredia
Director Jurídico Contralora Interna en la Secretaría de Cultura
TRANSITORIO
Único. - Publíquese el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y
Evaluación de Control Interno Institucional de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, elaborado el 01 de junio de
2018, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 06 de agosto del 2018.
LUIS ENRIQUE MIRAMONTES HIGUERA
DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN
(Firma)
74 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO
C. JOSÉ DAVID RODRÍGUEZ LARA, Jefe Delegacional en el Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, con
fundamento en el artículo 39, fracciones VIII y LIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de
México, Artículo 11, Párrafo Tercero de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 19 y Noveno
Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral Trigésimo Octavo de los
Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública de la Ciudad de México, tengo a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ
TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL ÓRGANO POLÍTICO-
ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO, CON NÚMERO DE REGISTRO MEO-85/200718-OPA-MIH-
1/010118, VALIDADO POR LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA,
MEDIANTE OFICIO NÚMERO OM/CGMA/1710/2018 DE FECHA 20 DE JULIO DE 2018.
MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE
DOCUMENTOS
ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO
JULIO 2018.
Registro:
MEO-85/200718-OPA-MIH-1/010118
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO (S)
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
LEYES
1. Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
29 de diciembre de 1998 y su última reforma publicada el 01 de septiembre de 2017.
2. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su
última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.
3. Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el 01 de septiembre de 2017.
4. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma publicada el 1 de septiembre de 2017.
5. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.
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6. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31
de diciembre de 2009, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de febrero de
2018.
REGLAMENTOS
7. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23
de marzo de 2018.
CIRCULARES
8. Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de
2015.
9. Circular por medio de la cual se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la actuación
de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 01 de octubre de 2015.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentosmediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego
a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.
III. INTEGRACIÓN
De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 6.4.6de la Circular Uno Bis, para
el debido cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y funciones, el Comité Técnico Interno de Administración de
Documentos, estará integrado de la siguiente forma:
Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Dirección Ejecutiva de Servicios Internos.
Secretaría Técnica Subdirección de Recursos Materiales y Servicios.
Secretaría Ejecutiva Subdirección de Transparencia.
Vocales Coordinación de Gestión Delegacional.
Dirección de Modernización Administrativa.
Jefatura de Unidad Departamental de Gestión Estratégica de Servicios Urbanos.
Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Desarrollo Social.
Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Servicios Internos.
Jefatura de Unidad Departamental de Manifestaciones de Construcción.
Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Obras Públicas.
Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Comunicación Social
Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Generales.
Representantes Contraloría Interna en el Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo.
Subdirección de Normatividad y Asesoría Jurídica.
Subdirección de Tecnología de la Información.
Jefatura de Unidad Departamental de Contabilidad.
Asesores Jefatura de Unidad Departamental de Información Pública.
IV. ATRIBUCIONES
De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:
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I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en la
materia dentro de los archivos del ente público;
II. Realizar los programas de valoración documental del ente público;
III. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;
IV. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean
convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones
nacionales o internacionales;
V. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y
VI. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;
VI. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
De conformidad con el Numeral 6.4.14 Circular Uno Bis, las funciones del COTECIAD son:
I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en la
materia de archivos de la Delegación;
II. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros, que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para el
mejoramiento integral de los archivos; y
III. Regirse por el Manual Específico de Operación Archivística que la Unidad Coordinadora y el COTECIAD de cada
Delegación emitan y aprueben, con orientación y asesoría de la DGRMSG y emitir cada Delegación por separado su
Programa Institucional de Desarrollo Archivístico, el cual deberá enviarse también a la DGRMSG dentro de los
primeros treinta días del mes de enero del año que corresponda para su registro y seguimiento.
V. FUNCIONES
DE LA PRESIDENCIA
1. Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;
2. Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;
3. Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
4. Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y
administrativas que regulan la materia de archivos;
5. Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización óptima de los recursos en el
tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás normas
aplicables;
6. Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa
Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;
7. Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo;
8. Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD;
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9. Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, el Programa
Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior, para su registro; y
10. Las demás atribuciones que determine el Comité y otras disposiciones legales aplicables.
DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
1. Suplir a la persona que funge como Presidente y ejercer las atribuciones señaladas en el presente Manual, que le
correspondan.
2. Convocar, previa autorización de la Presidencia, a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones
extraordinarias.
3. Presentar a la Presidencia del Comité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
4. Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos
establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la carpeta
de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
5. Integrar la carpeta de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del
Comité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas,
información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
6. Elaborar las Actas de Sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos del Comité y verificar e informar de su
cumplimiento;
7. Diseñar, formular y proponer los instrumentos de control archivístico a que se refiere el artículo 35 de la Ley y
actualizarlos cuando se requiera;
8. Vigilar que las unidades de archivos(trámite, concentración e histórico) estén, clasificadas, inventariadas y revisadas,
cuidando su conservación por el tiempo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente;
9. Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias; y
10. Las demás que le encomiende el Comité y la Presidencia.
DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA
1. Coadyuvar con la Secretaría Técnica para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades.
2. Apoyara la Secretaría Técnica en el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en las
mismas; con derecho a voz y voto;
3. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la recepción de los asuntos o casos que sometan las áreas generadoras, debiendo
revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual y en su caso, incorporarlos en el orden del día y
en la carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
4. Revisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del Comité, de
conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o
documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
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5. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la elaboración del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe
Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior del Órgano Colegiado;
6. Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende
la Presidencia del Comité.
DE LAS Y LOS VOCALES
1. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario sesiones extraordinarias del Comité; con derecho a
voz y voto;
2. Suplir a la Secretaría Ejecutiva en las sesiones del Comité, en apoyo ala Secretaría Técnica, por lo que se deberá prever
un orden para suplencia cuando son varios vocales.
3. Enviar en tiempo y forma a la Secretaría Técnica la propuesta de asuntos o casos a tratar en el Comité, acompañados de la
documentación soporte, para incluirlos en el orden del día.
4. Presentar a la consideración y resolución del Comité, los asuntos que requieran de su atención;
5. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;
6. Proponer mejoras y estrategias de trabajo para la implementación y perfeccionamiento de los procesos archivísticos;
7. Participar en las comisiones y en los grupos de trabajo que constituya el Comité;
8. Acordar e instrumentar los mecanismos de coordinación para el adecuado funcionamiento del Comité;
9. Emitir su voto, exponiendo las razones cuando sea en el sentido de abstención o de rechazo a los acuerdos propuestos;
10. Firmar la sesión y la documentación soporte que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y
11. Las demás que expresamente les asigne el Pleno del Comité.
DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES
1. Brindar asesoría al Comité y a los grupos de trabajo que se integren en su seno, en el ámbito de su respectiva
competencia;
2. Aportar la información y documentación que otorgue fundamento, justificación y certeza a los asuntos que se presenten a
la consideración o resolución del Comité; y
3. Las que les sean encomendadas expresamente por la Presidencia del Comité y el pleno del Comité.
DE LAS/OS ASESORAS/ES
1. Exponer los temas de los cuales son expertos para que el Comité pueda resolver los asuntos o casos que se presenten en el
orden del día.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
DE LA PLANEACIÓN
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 79
1. Antes de la Sesión de Instalación y de la Primera Sesión Ordinaria, se solicitará a las áreas correspondientes la
designación oficial de las personas servidoras públicas que en su representación fungirán como vocales, debiendo señalar a
una persona titular y a una suplente.
2. En la sesión de instalación se presentará la integración del Comité, y posteriormente se presentará para aprobación el Plan
de Trabajo del Comité, su cronograma de cumplimiento y el calendario de sesiones.
3. En la última sesión del ejercicio fiscal o bien antes del último día hábil del mes de enero de cada ejercicio, se presentará
el informe de cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico del ejercicio que concluye y se propondrá
el correspondiente al del ejercicio siguiente, a efecto de que sean comentados, validados y en su caso aprobados por los
miembros del Comité.
4. Para la integración de asuntos y casos en las sesiones del Comité, las áreas deberán enviarlos mínimo con veinte días
hábiles y con los documentos de soporte, para que sean analizados por el Secretaría Técnica y sean considerados en las
sesiones del Comité.
5. Cuando así lo requiera, el Comité invitará a personas expertas en materia de datos personales, restauración, conservación,
archivo histórico, archivonomía y a la Oficialía Mayor, cuya participación de las y los asesores deberá ser propuesta en los
términos del numeral anterior y estará sujeta a la naturaleza y complejidad de los asuntos a tratar en la sesión
correspondiente, previa valoración de los Vocales.
DE LA CONVOCATORIA Y CARPETA DE TRABAJO
1. La convocatoria a las sesiones se realizará por escrito dirigido a cada uno de los integrantes del Comité, debiendo señalar:
El día y hora de su celebración.
El lugar en donde se celebrara la Sesión.
Su naturaleza ordinaria o, en su caso, extraordinaria.
El proyecto de Orden del Día
A dicha convocatoria, se acompañará de manera digital la carpeta de trabajo que contenga los documentos y anexos
necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en el Orden del Día.
1. Para la celebración de las sesiones ordinarias, la convocatoria deberá enviarse por lo menos con diez días hábiles de
anticipación a la fecha fijada para la sesión; y en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria deberá expedirse
por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración.
2. Las copias de la carpeta de trabajo para los miembros del Comité serán reproducidas únicamente en carpetas electrónicas
y, en casos excepcionales y plenamente justificados, se podrá imprimir. En este último caso, se usarán preferentemente
hojas de rehúso, cancelándose el lado inutilizado con la leyenda “REHÚSO”.
3. La carpeta de trabajo original impresa quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.
4. Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá enviar, a la
Secretaría Técnica, su propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día próximo, con diez días hábiles de
anticipación a la celebración de la reunión, acompañada de la documentación que justifique su petición.
5. La carpeta de trabajo se integrará con los asuntos que hayan cumplido con los términos y modalidades establecidos en el
presente Manual; la excepción al cumplimiento de este requisito podrá ser autorizada por la Presidencia, tomando en
consideración la importancia y urgencia del asunto.
DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA
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1. Las personas responsables de las distintas Unidades de Archivos de los Órganos de la Administración Pública que
fungirán como vocales dentro del Comité, serán nombradas por las personas titulares de las Unidades Administrativas y/o
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, por oficio y al principio de cada ejercicio.
2. En caso de ausencia de la Presidencia, la Secretaría Técnica tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de
ausencia de ambos, se dará por cancelada la sesión.
3. En caso de ausencia de la persona que funge como Secretario Ejecutivo en la sesión del Comité, se solicitara que se elija
entre los vocales quien lo va a sustituir, para apoyar a la Secretaría Técnica en la sesión del Comité.
4. Los miembros titulares del Comité deberán designar una persona suplente en caso de ausencia, que ocupe un puesto
jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.
5. Las personas suplentes asumirán, en caso de ejercer la suplencia, las facultades, funciones y responsabilidades que a los
titulares correspondan.
DEL QUÓRUM
1. Para que el Comité pueda sesionar, es necesario que estén presentes el50% más uno de sus integrantes con derecho a voz
y voto, incluido la Presidencia, en caso contrario se diferirá la sesión por falta de quórum.
DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN
1. Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no obstante,
cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de la sesión en sus instalaciones, ésta podrá celebrarse
fuera de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente, o bien, indicándolo de esa forma en la
respectiva convocatoria.
2. Las sesiones ordinarias podrán ser diferidas o canceladas por causas de fuerza mayor, fortuitas o justificadas en caso de
no existir asuntos a tratar; las sesiones extraordinarias convocadas sólo podrán ser diferidas por causas de fuerza mayor o
fortuita.
3. Cuando el diferimiento sea por causa de fuerza mayor o fortuita, éste podrá notificarse a los miembros del Comité hasta
con dos horas de anticipación a la fecha y hora programada o, si la naturaleza del evento así lo exige, a la hora de inicio
señalada para la sesión. En estos supuestos la notificación podrá realizarse mediante correo electrónico y algún otro medio
disponible.
4. Cuando la cancelación sea por causas justificadas, deberá notificarse por escrito a los miembros del Comité, con cinco
días hábiles de anticipación a la fecha programada en la convocatoria.
5. En caso de diferimiento, la nueva fecha para la celebración de la sesión no podrá exceder, en el caso de las sesiones
ordinarias, de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que desaparezca la causa del diferimiento y, en el caso de las
extraordinarias, de los tres días hábiles siguientes.
DE LA VOTACIÓN
1. Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de las personas integrantes con derecho a voto
presentes en la sesión, considerando las siguientes definiciones:
Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de las personas integrantes presentes con derecho a voto.
Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas
integrantespresentes con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto de calidad: En caso de empate, corresponde ala Presidencia la resolución del asunto en votación, en esta
circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 81
2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las
decisiones tomadas.
3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su voto
y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.
4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor o en contra,
evitando en lo posible la abstención para lo cual se deberá motivar la razón de la misma.
DEL ACTA DE LA SESIÓN
1. Por cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta en la que se harán constar los hechos y actos realizados, misma
que será sometida a la consideración y firma de los miembros del Comité en la sesión siguiente.
2. En términos de lo anterior, el acta contendrá, cuando menos las formalidades siguientes:
Fecha de celebración;
Una relación nominal de los miembros presentes indicando su calidad de Titular o Suplente;
Verificación del quórum legal;
La declaratoria de apertura de la sesión por parte de la Presidencia del Comité;
La aprobación del Orden del Día;
La aprobación del acta de la sesión anterior;
Una relación sucinta y clara de los asuntos abordados, señalando los razonamientos u observaciones particulares
expresados por los miembros, en su caso invitados, expresando el resultado de la votación;
La redacción del acuerdo por cada punto abordado así como todos las opiniones, preguntas, observaciones que se
realicen de cada asunto o caso, debiendo señalar puntalmente en cada acuerdo si éste se tomó de manera Unánime, por
mayoría de conformidad con lo especificado en el numeral 1 del apartado "DE LA VOTACIÓN" ; y
La declaratoria de clausura de la sesión.
3. El acta debe estar firmada al calce y al final de la misma por cada uno de las personas integrantes que participaron en la
Sesión, indicando la calidad con la que asisten, Titular o Suplente.
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO
1. Cuando se acuerde la constitución de grupos de trabajo, deberá establecerse el asunto o asuntos a cuya resolución se
abocarán, el tiempo para realizarlos, los objetivos concretos que deban alcanzar, el o los responsables de su coordinación y
las personas integrantes de los mismos.
2. En caso de considerarse necesario, en los Grupos de Trabajo que se integren podrán participar personas ajenas al Comité.
3. Los grupos de trabajo deberán informar al Comité los resultados de los trabajos encomendados, en los términos y forma
que éste determine.
4. En el caso de los Grupos de trabajo de valoración documental que tenga el objetivo de determinar la transferencia o
destino final de determinado acervo, se deberá:
Instruir la elaboración del acta por medio de la cual se haga constar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se
llevó a cabo la revisión y valoración aludida; debiendo incluir una descripción de la forma en que se llevó a cabo la misma,
precisando el acervo sobre el cual se realizó e incluir evidencia fotográfica de dichos trabajos.
Presentar un informe sucinto de las actividades realizadas que se especificaron en el acta, el cual deba incluir: tipo de
revisión (muestreo, parcial o total), el nombre del área generadora, las series documentales a valorar, ubicación física,
estado físico del papel, total de expedientes, total de cajas o paquetes, metros lineales, peso en kilogramos y una memoria
fotográfica de las actividades realizadas.
82 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Emitir y presentar el dictamen de valoración documental, que deberá ser aprobado y firmado por los integrantes del Comité
que incluya la declaratoria de inexistencia de valores primarios y secundarios, en el caso de la documentación que causará
baja definitiva, o la declaratoria de inexistencia de valores primarios y detección de valores secundarios de la
documentación que será transferida al archivo histórico.
5. En el caso de baja documental, una vez firmada el acta de la sesión de que se trate, por los integrantes del Comité en la
que se valide y apruebe los requisitos del numeral inmediato anterior, el Comité enviará a la DGRMSG, los documentos que
integren el expediente de la baja documental, de acuerdo al numeral 6.5.12 de la Circular Uno Bis para su registro.
6. En el caso de detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico, el Comité
determinará el tiempo de envío al Archivo Histórico, siempre y cuando haya espacio en él; de no contar con el espacio
adecuado para el resguardo de esta documentación histórica, gestionará ante la instancia responsable un lugar idóneo para
resguardo de la dicha documentación.
VII. PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos.
Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para llevar a cabo las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del
Comité Técnico Interno de Administración de Documentos del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo,
encargado de promover y garantizar la correcta administración y gestión de los archivos institucionales de conformidad con
los principios de orden, procedencia, integridad y preservación que establece la Ley de Archivos del Distrito Federal y
demás normatividad aplicable.
Diagrama de Flujo:
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 83
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaría o extraordinaria.
2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el
desarrollo de la sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba
la firma de las personas integrantes del Comité presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de
quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de los miembros del Comité el Orden
del Día.
¿Se aprueba el orden del día?
NO
7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los
Integrantes del Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos
del Orden del Día.
84 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos
presentados al Comité, exponiendo los argumentos que
correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman
acuerdos sobre los asuntos de la sesión.
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos y su votación para el seguimiento de
su cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.
Fin del procedimiento
Aspectos a considerar:
1. El desahogo de los asuntos presentados ante el Comité se llevará a cabo en apego a la Ley de Archivos del Distrito
Federal, Circular Uno Bis y demás normatividad archivística aplicable.
2. En el caso de que se excluyan asuntos del Orden del Día, en el acuerdo que apruebe los términos del Orden del Día
deberán señalarse los asuntos que fueron excluidos.
3. Las áreas que hayan propuesto asuntos para la sesión y haya sido abordados en la misma, podrán participar en la
presentación y exposición de los mismos durante el desarrollo de la sesión, de conformidad con el Orden del Día aprobado.
4. De las aprobaciones y acuerdos tomados en las sesiones se hará constar por escrito.
5. Debido a la complejidad diversa de los asuntos sometidos a la consideración del Comité, el tiempo para su deliberación y
votación no estará sujeto a término. En consecuencia tampoco lo estará la duración de la sesión.
6. En el supuesto en que por la complejidad de los asuntos sea necesario continuar el día hábil siguiente, y siempre que la
naturaleza del asunto lo permita, se emitirá un acuerdo en el que se haga constar esta situación, señalándose en el mismo la
hora en que deba reanudarse la sesión, de lo cual se elaborará un acta por cada día.
VIII. GLOSARIO
Acta: Documento formal que constata los hechos y actos realizados en las sesiones del COTECIAD.
Acuerdo: Resolución formal y obligatoria que expresa las decisiones y acciones que aprueba en consenso el Comité para la
solución o tratamiento de los asuntos.
Asunto: Planteamiento de un tema, problemática o situación relacionado con la Administración de Documentos y Archivos
que amerite el conocimiento y, en su caso, tratamiento y/o solución por parte del Comité.
Calendario: Documento autorizado que establece las fechas para celebrar las sesiones ordinarias que se llevarán a cabo
durante el ejercicio.
Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los asuntos o casos debidamente documentados a tratar en la sesión del Comité
sobre la administración del Sistema Institucional de Archivos y sus componentes operativos.
Componentes Normativos del Sistema Institucional de Archivos: Son la Unidad Coordinadora de Archivos y el Comité
Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD) quienes tienen a su cargo la regulación y coordinación de
la operación del Sistema.
Componentes Operativos del Sistema Institucional de Archivos: Son los archivos de trámite, concentración e histórico,
encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema, de conformidad con el ciclo vital de los documentos del ente público.
Consejo: Consejo General de Archivos del Distrito Federal.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 85
Convocatoria: Documento formal por el que se convoca a los miembros del Comité a las sesiones, fecha, hora y lugar
determinado.
COTECIAD: Es el órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en
materia de archivos del ente público, integrado por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por
aquellas personas que por su experiencia y función dentro del ente público se consideren necesarias para promover y
garantizar la correcta administración de documentos y para la gestión de los archivos de cada institución.
DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Grupos de Trabajo: Grupos constituidos por el Comité para auxiliarlo en las labores específicas que éste le encomiende.
Plan de Trabajo del Comité: Instrumento mediante el cual se organiza y programan las actividades necesarias para
concretar las acciones y compromisos derivados del Comité.
Programa Institucional de Desarrollo Archivístico: Instrumento donde se contemplan los objetivos, estrategias,
proyectos y actividades que se llevarán a cabo para dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Archivos del Distrito
Federal.
Quórum: Número mínimo de asistentes (50% más uno) para dar validez a una sesión y a los acuerdos en ella emitidos.
Representantes: Responsables de aportar criterios técnicos que fundamenten los acuerdos tomados en las sesiones del
Comité.
Sistema Institucional de Archivos: Se integrará en cada ente público a partir de la composición siguiente: Componentes
normativos y componentes operativos, los cuales son los encargados de la correcta administración de documentos a lo largo
de su ciclo vital.
Suplente: Persona servidora Pública designada por la persona integrante titular para asistir, de manera ocasional y por causa
justificada, a las sesiones del Comité.
Titular: Cada persona integrante del Comité.
Unidad Coordinadora de Archivos: Será la responsable de regular el Sistema Institucional de Archivos para su
funcionamiento estandarizado y homogéneo, y el COTECIAD será su órgano técnico consultivo y el COTECIAD será su
órgano técnico consultivo.
Valoración documental: Proceso de análisis mediante el cual se determinan los valores de los documentos.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN.
Presidente
Esteban Fernández Valadez
Director Ejecutivo de Servicios Internos
86 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Secretario Técnico Secretario Ejecutivo
Rodolfo Flores Luna
Subdirector de Recursos Materiales y Servicios
Martín García Rodríguez
Subdirector de Transparencia
Vocal
Vocal
Miguel Ángel Corona Estrada
Coordinador de Gestión Delegacional
Giovanna Vaneza García Rangel
Líder Coordinador de Proyectos de
Documentación en Representación de la
Dirección de Modernización Administrativa
Vocal Vocal
Carlos Barragán Naranjo
Jefe de Unidad Departamental de Gestión
Estratégica de Servicios Urbanos
Rodolfo Francisco Inclán Zenteno
Jefe de Unidad Departamental de Control y
Seguimiento de Desarrollo Social
Vocal Vocal
César Oscar Cárdenas Galicia
Jefe de Unidad Departamental de Control y
Seguimiento de Servicios Internos
Jorge Francisco Sánchez Tudón
Jefe de Unidad Departamental de Manifestaciones
de Construcción
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 87
Vocal Vocal
Pilar Kerena Vargas Maza
Jefa de Unidad Departamental de Control y
Seguimiento de Obras Públicas
Ariadna Martínez Méndez
Jefa de Unidad Departamental de Control y
Seguimiento de Comunicación Social
Vocal
Representante
Mario Gómez Rivera
Jefe de Unidad Departamental de Servicios
Generales
Víctor Reyes Linares
Contralor Interno en el Órgano Político-
Administrativo en Miguel Hidalgo
Representante Representante
Paulo Cesar Figueroa Cortes
Subdirectora de Normatividad y Asesoría Jurídica
Pedro Medina Hernández
Enlace de Atención a Usuarios en Representación
de la de la Subdirección de Tecnologías de la
Información
Representante Asesor
Adriana Meyer Cerón
Jefa de Unidad Departamental de Contabilidad
Julio de Paredes Venegas
Jefe de Unidad Departamental de Información
Pública
TRANSITORIO
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.
Ciudad de México, 7 de agosto de 2018
JEFE DELEGACIONAL DEL ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO
EN MIGUEL HIDALGO
C. JOSÉ DAVID RODRÍGUEZ LARA
(Firma)
88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
DELEGACIÓN MILPA ALTA
C. María de Lourdes García Villalba, Directora General de Administración y Presidenta del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos (COTECIAD), en Milpa Alta Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los
Artículos 13, 14, 15, 17, 19, 20 y 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, Numeral 6, 6.4.13 Fracción IV y VI, de la
Circular Uno Bis 2015, “Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal”, publicada el 18 de septiembre 2015; emito el siguiente:
Aviso por el cual se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de
Documentos COTECIAD, con número de registro MEO-75/160718-OPA-MIL-17/160617. Aprobado por la Coordinación
General de Modernización Administrativa (CGMA), mediante oficio OM/CGMA/1665/2018.
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL
MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
LEYES
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
29 de diciembre de 1998, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1° de
septiembre de 2017.
Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su
última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de noviembre de 2014.
Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el 1° de septiembre de 2017.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en
la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma publicada el 1° septiembre de
2017.
Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009 y su última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México el 23 de febrero de 2018.
REGLAMENTOS
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
el 25 de mayo de 2018.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 89
CIRCULARES
Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de
2015.
Circular por medio de la cual, se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la
actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 1° de octubre de 2015.
OBJETIVO GENERAL
Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos mediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego
a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.
INTEGRACIÓN
De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 6.4.6 de la Circular Uno Bis, para
el debido cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y funciones, el Comité Técnico Interno de Administración de
Documentos, estará integrado de la siguiente forma:
Integrante Puesto de Estructura Orgánica
Presidencia Dirección General de Administración
Secretaría Técnica Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
Secretaría Ejecutiva Jefatura de Unidad Departamental de la Unidad de Transparencia
Vocales Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
Dirección General de Desarrollo Social
Dirección General del Medio Ambiente
Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable
Dirección General de Servicios Urbanos
Dirección General Jurídica y de Gobierno
Dirección de Protección Civil
Dirección de Participación Ciudadana
Coordinación Delegacional de Seguridad Ciudadana
Coordinación de Comunicación Social
Coordinación Delegacional de Seguridad Ciudadana
Coordinación Delegacional de Seguridad Ciudadana
Coordinación de Comunicación Social
Coordinación de Modernización Administrativa
Coordinación de Enlaces Territoriales
Representantes Contraloría Interna en el Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta
Dirección Jurídica
Dirección de Desarrollo de Personal y Recursos Financieros
Coordinación de Tecnologías de la Información y la Comunicación
Asesores Puesto de la Persona Representante de Datos Personales
Puesto de la Persona Representante de la Oficialía Mayor
Puesto de la Persona Representante Restaurador, conservador, archivista etc.
Puesto de la Persona Representante del Archivo Histórico.
Puesto de la Persona Representante Institución especializada pública o privada, que determine la
afectación que tienen los documentos.
IV. ATRIBUCIONES
De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:
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I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad
aplicable en la materia dentro de los archivos del ente público;
II. Realizar los programas de valoración documental del ente público;
III. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;
IV. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean
convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones
nacionales o internacionales;
V. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y
VI. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;
VII. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
De conformidad con el Numeral 6.4.14 de la Circular Uno Bis Las funciones del COTECIAD son:
I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad
interna en la materia de archivos de la Delegación.
II. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros,
que favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para
el mejoramiento integral de los archivos; y
III. Regirse por el Manual Específico de Operación Archivística que la Unidad Coordinadora y el COTECIAD de la
Delegación emitan y aprueben, con orientación y asesoría de la DGRMSG y emitir por separado su Programa Institucional
de Desarrollo Archivístico, el cual deberá enviarse también a la DGRMSG dentro de los primeros treinta días del mes de
enero del año que corresponda para su registro y seguimiento.
V. FUNCIONES
DE LA PRESIDENCIA
Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;
Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;
Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y
administrativas que regulan la materia de archivos;
Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización optima de los recursos en el
tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás
normas aplicables;
Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa
Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;
Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo.
Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 91
Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, el Programa
Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior, para su registro;
Las demás atribuciones que determine el Comité y otras disposiciones legales aplicables.
DE LA SECRETARÌA TÉCNICA
Suplir a la persona que funge como Presidente y ejercer las atribuciones señaladas en el presente Manual, que le
correspondan.
Convocar, previa autorización del Presidente, a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones
extraordinarias.
Presentar al Presidente del Comité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos
establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la
carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
Integrar la carpeta de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del
Comité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía
electrónica de carpetas, información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de
trabajo”;
Elaborar las Actas de Sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos del Comité y verificar e informar de su
cumplimiento;
Diseñar, formular y proponer los instrumentos de control archivístico a que se refiere el artículo 35 de la Ley y
actualizarlos cuando se requiera;
Vigilar que las unidades de archivos (trámite, concentración e histórico) estén, clasificadas, inventariadas y
revisadas, cuidando su conservación por el tiempo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente;
Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias.
Las demás que le encomiende el Comité, el Presidente;
DE LA SECRETARÌA EJECUTIVA
Coadyuvar con el Secretario Técnico para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades.
Apoyar al Secretario Técnico en el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados
en las mismas; con derecho a voz y voto;
Coadyuvar con el Secretario Técnico en la recepción de los asuntos o casos que sometan las áreas generadoras,
debiendo revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual y en su caso, incorporarlos en el
orden del día y en la carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;
Revisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del
Comité, de conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de
carpetas, información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;
92 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Coadyuvar con el Secretario Técnico en la elaboración del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el
Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior del Órgano Colegiado;
Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le
encomiende el Presidente del Comité.
DE LAS Y LOS VOCALES
Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario sesiones extraordinarias del Comité; con
derecho a voz y voto;
Suplir al Secretario Ejecutivo en las sesiones del Comité, en apoyo al Secretario Técnico, por lo que se deberá prever
un orden para suplencia cuando son varios vocales.
Enviar en tiempo y forma al Secretario Técnico la propuesta de asuntos o casos a tratar en el Comité, acompañados
de la documentación soporte, para incluirlos en el orden del día.
Presentar a la consideración y resolución del Comité, los asuntos que requieran de su atención;
Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;
Proponer mejoras y estrategias de trabajo para la implementación y perfeccionamiento de los procesos archivísticos;
Participar en las comisiones y en los grupos de trabajo que constituya el Comité;
Acordar e instrumentar los mecanismos de coordinación para el adecuado funcionamiento del Comité;
Emitir su voto, exponiendo las razones cuando sea en el sentido de abstención o de rechazo a los acuerdos
propuestos;
Firmar la sesión y la documentación soporte que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y
Las demás que expresamente les asigne el Pleno del Comité.
DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES
Brindar asesoría al Comité y a los grupos de trabajo que se integren en su seno, en el ámbito de su respectiva
competencia;
Aportar la información y documentación que otorgue fundamento, justificación y certeza a los asuntos que se
presenten a la consideración o resolución del Comité; y
Las que les sean encomendadas expresamente por el Presidente del Comité y el pleno del Comité.
DE LAS/OS ASESORAS/ES
1. Exponer los temas de los cuales son expertos para que el Comité pueda resolver los asuntos o casos que se presenten
en el orden del día.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
DE LA PLANEACIÓN
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 93
Antes de la Primera Sesión Ordinaria y de Instalación, se solicitará a las áreas correspondientes la designación
oficial de los servidores públicos que en su representación fungirán como vocales, debiendo señalar un Titular y
un Suplente.
En la sesión de instalación se y presentará la integración del Comité, y posteriormente se presentará para
aprobación el Plan de Trabajo del Comité, su cronograma de cumplimiento y el calendario de sesiones.
En la última sesión del ejercicio fiscal o bien antes del último día hábil del mes de enero de cada ejercicio, se
presentará el informe de cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico del ejercicio que
concluye y se propondrá el correspondiente al del ejercicio siguiente, a efecto de que sean comentados, validados y
en su caso aprobados por los miembros del Comité.
Para la integración de asuntos y casos en las sesiones del Comité, las áreas deberán enviarlos con mínimo con
veinte días hábiles y con los documentos de soporte, para que sean analizados por el Secretaría Técnica y sean
considerados en las sesiones del Comité.
Cuando así lo requiera, el Comité invitará a personas expertas en materia de datos personales, restauración,
conservación, archivo histórico, archivonomía y a la Oficialía Mayor, cuya participación de las y los asesores
deberá ser propuesta en los términos del numeral anterior y estará sujeta a la naturaleza y complejidad de los
asuntos a tratar en la sesión correspondiente, previa valoración de los Vocales.
DE LA CONVOCATORIA Y CARPETA DE TRABAJO
La convocatoria a sesión, se realizará por escrito dirigido a cada uno de los integrantes del Comité, debiendo
contener:
El día y hora de su celebración.
El lugar en donde se celebrara la Sesión.
Su naturaleza ordinaria o, en su caso, extraordinaria.
El proyecto de Orden del Día
A dicha convocatoria, se acompañará de manera digital la carpeta de trabajo que contenga los documentos y anexos
necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en el Orden del Día.
Para la celebración de las sesiones ordinarias, la convocatoria deberá enviarse por lo menos con diez días hábiles
de anticipación a la fecha fijada para la sesión; en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria deberá
expedirse por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración.
Las copias de la carpeta de trabajo para los miembros del Comité, serán reproducidas únicamente en carpetas
electrónicas y en casos excepcionales, plenamente justificado, se podrá imprimir. En este último caso, se usarán
preferentemente hojas de reúso, cancelándose el lado inutilizado con la leyenda “REUSO”.
La carpeta de trabajo original deberá ser impresa y quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.
Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá
enviar, a la Secretaría Técnica, su propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día próximo, con veinte
días hábiles de anticipación a la celebración de la reunión, acompañada de la documentación que justifique su
petición.
DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA
Los Responsables de las distintas Unidades de Archivos de los Órganos de la Administración Pública que fungirán
como vocales dentro del Comité, serán nombrados por los titulares de las Unidades Administrativas y/o Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y por oficio y
al principio de cada ejercicio.
94 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
En caso de ausencia del Presidente, el Secretario Técnico tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de
ausencia de ambos, se dará por cancelada la sesión.
En caso de ausencia del Secretario Ejecutivo en la sesión del Comité, se solicitara que se elija entre los vocales
quien lo va a sustituir, para apoyar al Secretario Técnico en la sesión del Comité.
Los miembros titulares del Comité deberán, designar un suplente, en caso de ausencia, eligiendo preferentemente
al servidor público jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.
Los suplentes asumirán las facultades, funciones y responsabilidades que a los titulares correspondan.
DEL QUÓRUM
Para que el Comité pueda sesionar, es necesario que estén presentes el 50% más uno de sus integrantes con derecho
a voz y voto, incluido el Presidente, en caso contrario se difiere por falta de quórum.
DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN
Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no
obstante, cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de la sesión en sus instalaciones, ésta
podrá celebrarse fuera de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente, o bien,
indicándolo de esa forma en la respectiva convocatoria.
Las sesiones ordinarias podrán ser diferidas o canceladas por causas de fuerza mayor, fortuitas o justificadas en
caso de no existir asuntos a tratar; las sesiones extraordinarias sólo podrán ser diferidas por causas de fuerza mayor
o fortuita.
Cuando el diferimiento sea por causa de fuerza mayor o fortuita, éste podrá notificarse a los miembros del Comité
hasta con dos horas de anticipación a la fecha y hora programada o si la naturaleza del evento así lo exige, a la hora
de inicio señalada para la sesión. En estos supuestos la notificación podrá realizarse mediante correo electrónico y
algún otro medio disponible.
Cuando la cancelación sea por causas justificadas, deberá notificarse por escrito a los miembros del Comité, con
cinco días hábiles de anticipación a la fecha programada en la convocatoria;
En caso de diferimiento, la nueva fecha para la celebración de la sesión no podrá exceder, en el caso de las sesiones
ordinarias, de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que desaparezca la causa del diferimiento y, en el caso
de las extraordinarias, de los tres días hábiles siguientes;
DE LA VOTACIÓN
Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de los miembros con derecho a voto presentes
en la sesión, considerando las siguientes definiciones:
Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de los miembros presentes con derecho a voto.
Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de los miembros
presentes con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto de calidad: En caso de empate, corresponde al Presidente o al Secretario Técnico cuando éste lo supla, la
resolución del asunto en votación, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.
Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.
Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las
decisiones tomadas.
El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron
su voto y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 95
Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor o en
contra, evitando en lo posible la abstención para lo cual se deberá motivar la razón de la misma.
DEL ACTA DE LA SESIÓN
Por cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta en la que se harán constar los hechos y actos realizados,
misma que será sometida a la consideración y firma de los miembros del Comité en la sesión siguiente.
En términos de lo anterior, el acta contendrá, cuando menos las formalidades siguientes:
Fecha de celebración;
Una relación nominal de los miembros presentes indicando su calidad de Titular o Suplente;
Verificación del quórum legal;
La declaratoria de apertura de la sesión por parte del Presidente del Comité;
La aprobación del Orden del Día;
La aprobación del acta de la sesión anterior;
Una relación sucinta y clara de los asuntos abordados, señalando los razonamientos u observaciones
particulares expresados por los miembros, en su caso invitados, expresando el resultado de la votación;
La redacción del acuerdo por cada punto abordado así como todos las opiniones, preguntas, observaciones
que se realicen de cada asunto o caso, debiendo señalar puntalmente en cada acuerdo si éste se tomó de
manera Unánime, por mayoría de conformidad con lo especificado en el numeral 1 del apartado "DE LA
VOTACIÓN" ; y
La declaratoria de clausura de la sesión.
Deberá estar firmada al calce y al final de la misma por cada uno de los que participaron en la Sesión, indicando
preferentemente la calidad con la que asisten, Titular o Suplente.
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO
Cuando se acuerde la constitución de grupos de trabajo, deberá establecerse el asunto o asuntos a cuya resolución
se abocarán, el tiempo para realizarlos, los objetivos concretos que deban alcanzar, él o los responsables de su
coordinación y los miembros de los mismos.
En caso de considerarse necesario, en los Grupos de Trabajo que se integren podrán participar personas ajenas al
Comité.
Los grupos de trabajo deberán informar al Comité los resultados de los trabajos encomendados, en los términos y
forma que éste determine.
En el caso de los Grupos de trabajo de Valoración Documental que tenga el objetivo de determinar la transferencia
o destino final de determinado acervo, se deberá:
Instruir Acta por medio de la cual se haga constar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se llevó
a cabo la revisión y valoración aludida; debiendo incluir una descripción de la forma en que se llevó a cabo
la misma, precisando el acervo sobre el cual se realizó e incluir evidencia fotográfica de dichos trabajos.
Presentar informe sucinto de las actividades realizadas que se especificaron en el Acta, el cual deba incluir:
tipo de revisión (muestreo, parcial o total), el nombre del área generadora, las series documentales a valorar,
ubicación física, estado físico del papel, total de expedientes, total de cajas o paquetes, metros lineales, peso
en kilogramos y una memoria fotográfica de las actividades realizadas.
Emitir y presentar el dictamen de valoración documental, que deberá ser aprobado y firmado por los
integrantes del Comité que incluya la declaratoria de inexistencia de valores primarios y secundarios, en el
caso de la documentación que causará baja definitiva, o la declaratoria de inexistencia de valores primarios y
detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico.
96 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
En el caso de baja documental, una vez firmada el Acta de la Sesión de que se trate, por los integrantes del
Comité en la que se valide y apruebe los requisitos del numeral inmediato anterior, el Comité enviará a la
DGRMSG, los documentos que integren el expediente de la baja documental, de acuerdo al numeral 6.5.12 de la
Circular Uno Bis para su registro.
En el caso de detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico, el
Comité determinará el tiempo de envío al Archivo Histórico, siempre y cuando haya espacio en él, de no contar
con el espacio adecuado para el resguardo de esta documentación histórica, gestionará ante la instancia responsable
un lugar idóneo para resguardo de la dicha documentación.
VII. PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos.
Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para llevar a cabo las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del
Comité Técnico Interno de Administración de Documentos del Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta, encargado de
promover y garantizar la correcta administración y gestión de los archivos institucionales de conformidad con los principios
de orden, procedencia, integridad y preservación que establece la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás
normatividad aplicable.
Diagrama de Flujo
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 97
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaría o extraordinaria.
2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el desarrollo de la sesión.
¿Existe quórum?
NO
3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.
4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba la firma de las
personas integrantes del Comité presentes.
(Conecta con la actividad 12)
SI
5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de quórum.
6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de los miembros del Comité el Orden del Día.
¿Se aprueba el Orden del Día?
NO
7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los Integrantes del
Comité.
(Conecta con la actividad 6)
SI
8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos del Orden del Día.
9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos presentados al Comité,
exponiendo los argumentos que correspondan.
10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman acuerdos sobre los
asuntos de la sesión.
11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos y su votación para el seguimiento de su cumplimiento.
12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.
Fin del procedimiento
98 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Aspectos a Considerar:
El desahogo de los asuntos presentados ante el Comité se llevará a cabo en apego a la Ley de Archivos del Distrito
Federal, Circular Uno Bis y demás normatividad archivística aplicable.
En el caso de que se excluyan asuntos del Orden del Día, en el acuerdo que apruebe los términos del Orden del Día
deberán señalarse los asuntos que fueron excluidos.
Las áreas que hayan propuesto asuntos para la sesión y haya sido abordados en la misma, podrán participar en la
presentación y exposición de los mismos durante el desarrollo de la sesión, de conformidad con el Orden del Día
aprobado.
De las aprobaciones y acuerdos tomados en las sesiones se hará constar por escrito.
Debido a la complejidad diversa de los asuntos sometidos a la consideración del Comité, el tiempo para su deliberación
y votación no estará sujeto a término. En consecuencia tampoco lo estará la duración de la sesión.
En el supuesto en que por la complejidad de los asuntos sea necesario continuar el día hábil siguiente, y siempre que la
naturaleza del asunto lo permita, se emitirá un acuerdo en el que se haga constar esta situación, señalándose en el mismo
la hora en que deba reanudarse la sesión, de lo cual se elaborará un acta por cada día.
VIII. GLOSARIO
Acta: Documento formal que constata los hechos y actos realizados en las sesiones del COTECIAD.
Acuerdo: Resolución formal y obligatoria que expresa las decisiones y acciones que aprueba en consenso el Comité para la
solución o tratamiento de los asuntos.
Asunto: Planteamiento de un tema, problemática o situación relacionado con la Administración de Documentos y Archivos
que amerite el conocimiento y, en su caso, tratamiento y/o solución por parte del Comité.
Calendario: Documento autorizado que establece las fechas para celebrar las sesiones ordinarias que se llevarán a cabo
durante el ejercicio.
Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los asuntos o casos debidamente documentados a tratar en la sesión del Comité
sobre la administración del Sistema Institucional de Archivos y sus componentes operativos.
Componentes Normativos del Sistema Institucional de Archivos: Son la Unidad Coordinadora de Archivos y el Comité
Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD) quienes tienen a su cargo la regulación y coordinación de
la operación del Sistema.
Componentes Operativos del Sistema Institucional de Archivos: Son los archivos de trámite, concentración e histórico,
encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema, de conformidad con el ciclo vital de los documentos del ente público.
Consejo: Consejo General de Archivos del Distrito Federal.
Convocatoria: Documento formal por el que se convoca a los miembros del Comité a las sesiones, fecha, hora y lugar
determinado.
COTECIAD: es el órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en
materia de archivos del ente público, integrado por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por
aquellas personas que por su experiencia y función dentro del ente público se consideren necesarias para promover y
garantizar la correcta administración de documentos y para la gestión de los archivos de cada institución.
DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Grupos de Trabajo: Grupos constituidos por el Comité para auxiliarlo en las labores específicas que éste le encomiende.
Quórum: Número mínimo de asistentes (50% más uno) para dar validez a una sesión y a los acuerdos en ella emitidos.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 99
Representantes: Responsables de aportar criterios técnicos que fundamenten los acuerdos tomados en las sesiones del
Comité.
Sistema Institucional de Archivos: Se integrará en cada ente público a partir de la composición siguiente: Componentes
normativos y componentes operativos, los cuales son los encargados de la correcta administración de documentos a lo largo
de su ciclo vital.
Suplente: Servidor Público designado por el miembro titular para asistir, de manera ocasional y por causa justificada, a la
sesión del Comité.
Titular: Cada uno de los integrantes del Comité.
Unidad Coordinadora de Archivos: Será la responsable de regular el Sistema Institucional de Archivos para su
funcionamiento estandarizado y homogéneo, y el COTECIAD será su órgano técnico consultivo
.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL
Presidenta
C. María de Lourdes García Villalba
Directora General de Administración
Secretaria Técnica Secretaria Ejecutiva
C. Blanca Isela Rodríguez Cabello
Directora de Recursos Materiales y Servicios
Generales
C. Ariana Chávez Galindo
JUD de la Unidad de Transparencia
Vocal Vocal Vocal
C. Fernando Blanco Cruz
Director General de Obras y
Desarrollo Urbano
C. María del Carmen Salazar
Alvarado
Directora General de Desarrollo
Social
C. Claudia Itzel Islas Mata
Directora General del Medio
Ambiente
Vocal Vocal Vocal
C. Efrén Enríquez Soriano
Director General de Desarrollo
Rural y Económico Sustentable
Arq. Edmundo Jesús Valencia
Jiménez
Director General de Servicios
Urbanos
C. Cristóbal Valentín Barrera
Barajas
Director General Jurídico y de
Gobierno
Vocal Vocal Vocal
C. José Luis Ramírez Maya
Director de Protección Civil C. Rolando Romero Cabello
Director de Participación
Ciudadana
C. Jorge Rivera Olivos
Coordinador Delegacional de
Seguridad Ciudadana
Vocal Vocal Representante
C. Abel Hernández Camacho
Coordinador de Comunicación
Social
C. Celene Abad García
Coordinadora de Enlaces
Territoriales
Lic. Héctor Pedro Martínez
López
Contralor Interno en el Órgano
Político Administrativo Milpa Alta
100 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Representante Representante Representante
C. Roberto Alfonso Romero
Pimentel
Director Jurídico
C. Bernabé de Jesús Ramírez
Director de Desarrollo de Personal
y Recursos Financieros
C. Octavio García Bastida
Coordinador de Tecnologías de la
Información y la Comunicación
TRANSITORIO
Único.-Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Manual Especifico de Operación del Comité Técnico
Interno de Administración de Documentos (COTECIAD), de la Delegación Milpa Alta.
Ciudad de México a 10 de agosto de 2018.
(Firma)
C. María de Lourdes García Villalba
Directora General de Administración y
Presidenta del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos
COTECIAD
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 101
DELEGACIÓN MILPA ALTA
C. María de Lourdes García Villalba, Directora General de Administración y Presidenta del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos (COTECIAD), en Milpa Alta Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los
Artículos 20 y 23 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, Numeral 6, 6.4.13 Fracción IV, V y VI, de la Circular Uno Bis
2015, “Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del
Distrito Federal”, publicada el 18 de septiembre 2015; emito el siguiente:
Aviso por el cual se da a conocer el Manual Específico de Operación Archivística del Órgano Político Administrativo en
Milpa Alta, con número de registro MEO-76/160718-OPA-MIL-17/160617. Aprobado por la Coordinación General de
Modernización Administrativa (CGMA), mediante número de oficio OM/CGMA/1666/2018.
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTOS
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
LEYES
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
29 de diciembre de 1998, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1° de
septiembre de 2017.
Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su
última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de noviembre de 2014.
Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el 1° de septiembre de 2017.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en
la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma publicada el 1° septiembre de
2017.
Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009 y su última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México el 23 de febrero de 2018.
REGLAMENTOS
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
el 25 de mayo de 2018.
102 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
CIRCULARES
Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de
2015.
Circular por medio de la cual, se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la
actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 1° de octubre de 2015.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer en un solo instrumento los criterios y procedimientos que deben cumplirse por las áreas administrativas del
Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta, para que se realice la recepción, registro, seguimiento, organización,
clasificación, localización, despacho, uso, transferencia, resguardo, conservación, selección y destino final de los
documentos y expedientes que generan, obtengan, adquiera o conserven como resultado del ejercicio de sus funciones y de
esta manera regular los procesos archivísticos durante el ciclo vital de los documentos, y dar cumplimiento a la Ley de
Archivos del Distrito Federal y a la normatividad que en su caso emita en la materia, la Oficialía Mayor.
III. INTEGRACIÓN
Para el debido cumplimiento de sus funciones y objetivos y de conformidad con los artículos 13, 14 y 18 de la Ley de
Archivos del Distrito Federal, el Sistema Institucional de Archivos del Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta se
integra a partir de la estructura siguiente:
a) Componentes Normativos:
La Unidad Coordinadora de Archivos, responsable de regular el Sistema para su funcionamiento estandarizado
y homogéneo y
El Comité Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD), órgano técnico consultivo.
Tienen a su cargo la regulación y coordinación de la operación del Sistema.
b) Componentes Operativos:
Serán los archivos de trámite, concentración e histórico, encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema,
de conformidad con el ciclo vital de los documentos.
Los componentes operativos se integrarán con la estructura orgánica y modalidades que resulten convenientes para cada
órgano de la Administración Pública, en concordancia con su normatividad interna, considerando la siguiente organización:
Unidades generales del Órgano de la Administración Pública, conformadas por:
Unidad Central de Correspondencia o equivalente
Unidad de Archivo de Concentración o equivalente,
Unidad de Archivo Histórico o equivalente.
Unidades particulares en cada área administrativa
Unidad de Documentación en Trámite o equivalente,
Unidad de Archivo de Trámite o equivalente.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 103
IV. ATRIBUCIONES
Conforme al artículo 49 la Ley de Archivos del Distrito Federal se dispone que a los titulares de las Unidades de Archivos
de Trámite, Concentración e Histórico del Sistema Institucional de Archivos, tienen las siguientes atribuciones y
obligaciones:
Planificar y coordinar, desde el ámbito del COTECIAD, las actividades de las áreas de archivo del ente público en
materia de administración de documentos;
Formar parte del COTECIAD, que será la instancia encargada de determinar el destino de los documentos de
archivo, en los términos previstos por esta ley y la normatividad emitida por la Oficialía Mayor;
Proporcionar capacitación y profesionalización permanente al personal del área;
Promover y gestionar el enriquecimiento del patrimonio documental;
Participar en los programas de difusión para hacer extensivo a la sociedad el conocimiento y aprovechamiento de
los acervos públicos;
Intervenir en el destino de los documentos de archivo de su área de adscripción;
Expedir las certificaciones de los documentos que conformen los fondos documentales resguardados en los
repositorios de su responsabilidad;
Proponer a la autoridad competente del ente público, la celebración de convenios y acuerdos con instituciones
públicas y privadas, nacionales e internacionales, para la capacitación del personal en materia de administración
de documentos e intercambio de conocimientos técnicos y operativos archivísticos;
Realizar anualmente un diagnóstico archivístico de los fondos documentales de su área de adscripción;
Organizar, proteger y defender el patrimonio documental del Órgano de la Administración Pública al que
pertenecen;
Participar en los programas de modernización archivística integral con el fin de posibilitar la calidad del servicio a
la ciudadanía en el Acceso a la Información y la toma de decisiones de los servidores públicos;
Elabora y difundir guías, inventarios, catálogos, índices, registros, censos y otros instrumentos de descripción que
faciliten la organización, consulta y acceso de sus Fondos de acuerdo al tipo de archivo de su titularidad o
responsabilidad;
Realizar todas las acciones tendientes a la conservación del acervo documental que se encuentra bajo su
resguardo;
Las demás que le señale esta ley y otras disposiciones legales que resulten aplicables.
V. FUNCIONES
a) Funciones de los Componentes Normativos
Con fundamento en el artículo 20 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, son funciones de la Unidad Coordinadora de
Archivos:
Diseñar, proponer, desarrollar, instrumentar y evaluar, los planes, programas y proyectos de desarrollo
archivístico;
104 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Establecer las políticas y medidas técnicas para la regulación de los procesos archivísticos durante el ciclo vital de
los documentos de archivo;
Formular los instrumentos, procesos y métodos de control archivístico del Órgano de la Administración Pública;
Fungir como Secretario Técnico del COTECIAD del Órgano de la Administración Pública; promover la operación
regular de este órgano y coadyuvar en la integración de su Programa Anual de Trabajo;
Elaborar y presentar los modelos técnicos o Manuales para la organización y procedimientos de los Archivos de
Trámite, Concentración y, en su caso Histórico del Órgano de la Administración Pública, en coordinación con los
responsables de dichas unidades;
Coordinar los trabajos para la elaboración de los principales instrumentos de control archivístico dentro del ente
público, proponiendo el diseño, desarrollo, implementación y actualización del Sistema de Clasificación
Archivística, el Catálogo de Disposición Documental y los inventarios que se elaboren para la identificación y
descripción de los archivos institucionales;
Establecer, en coordinación con la instancia responsable de la función dentro del Órgano de la Administración
Pública, un amplio programa de capacitación en la materia, así como las principales estrategias para el desarrollo
profesional del personal que se dedique al desempeño de las funciones archivísticas;
Coadyuvar con la instancia responsable de la función dentro del Órgano de la Administración Pública, en la
elaboración de un programa de necesidades para la normalización de los recursos materiales que se destinen a los
archivos, propiciando la incorporación de mobiliario, equipo técnico, de conservación y seguridad, e instalaciones
apropiadas para los archivos, de conformidad con las funciones y servicios que éstos brindan;
Coadyuvar con la instancia responsable de la función, en el diseño, desarrollo, establecimiento y actualización de
la normatividad que sea aplicable dentro del Órgano de la Administración Pública, para la adquisición de
tecnologías de la información para los archivos, así como para la automatización de archivos o la digitalización de
los documentos de archivo o para la gestión, administración y conservación de los documentos electrónicos.
Con fundamento en el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, son funciones del COTECIAD:
Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad
aplicable en la materia dentro de los archivos del Órgano de la Administración Pública;
Realizar los programas de valoración documental del Órgano de la Administración Pública;
Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que
favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del Órgano
de la Administración Pública;
Participar en los eventos técnico y académicos que en la materia se efectúen en el Órgano de la Administración
Pública, en los que sean convocados por el Consejo General de Archivos del Distrito Federal y los que lleven a
cabo otras instituciones nacionales o internacionales;
Emitir su Reglamento de operación y su programa anual de de trabajo;
Aprobar los instrumentos de control archivísticos, establecidos en el artículo 35 de la Ley de Archivos del Distrito
Federal; y
Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
b) Funciones de los Componentes Operativos:
Con fundamento en el artículo 22 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, son funciones genéricas de los Componentes
Operativos del Sistema Institucional de Archivos:
La Unidad Central de Correspondencia o equivalente conocida genéricamente como Oficialía de Partes, se
encargará de brindar los servicios centralizados de recepción y despacho de la correspondencia oficial dentro de
los entes públicos;
La Unidad de Documentación en Trámite es la responsable de brindar integralmente los servicios de
correspondencia y control de gestión en cada una de las áreas;
La Unidad de Archivo de Trámite es la responsable de la administración de los documentos de archivo en gestión,
de uso cotidiano y necesario para el ejercicio de las atribuciones y funciones de cada Área;
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 105
La Unidad de Archivo de Concentración es la responsable de la administración de documentos cuya frecuencia de
consulta ha disminuido y que permanecen en él hasta que concluye su plazo de conservación en razón de sus
valores primarios de carácter administrativo, legal y fiscal; y
La Unidad de Archivo Histórico o equivalente es la responsable de organizar, describir, conservar, preservar,
administrar y divulgar la memoria documental institucional.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
El Sistema Institucional de Archivos del (Nombre del Órgano de la Administración Pública) colaborará con la
defensa y conservación de la información que generen, reciban o administren las áreas administrativas del Órgano,
que se encuentre contenida en cualquier medio o soporte documental, ya sea escrito, impreso, sonoro, visual,
electrónico, informático, holográfico o cualquier otro derivado de las innovaciones tecnológicas se denominará
genéricamente documento de archivo. Será documentación de archivo toda la que se encuentre en cualquier registro
que documente en cualquier registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los entes públicos.
Los documentos de archivo deberán ser organizados, inventariados, conservados y custodiados de acuerdo con lo
establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Todos los documentos de archivo forman parte de un Expediente, desde su recepción, generación, seguimiento y
hasta la conclusión de un mismo asunto.
Los expedientes deben integrarse por asunto, de acuerdo a la competencia de cada unidad administrativa conforme a
las funciones sustantivas y adjetivas contenidas en el Manual Administrativo del Órgano de la Administración
Pública.
Todos los expedientes forman parte de una Serie Documental.
Todo servidor público está obligado a garantizar la integridad y conservación de los expedientes y documentos que,
en razón de sus atribuciones, le corresponde resguardar, así como facilitar la consulta y uso conforme a la Ley de
Archivos del Distrito Federal.
En relación con el ciclo vital de los documentos y de acuerdo a los valores documentales que los conforman, los
archivos se integrarán dentro de cada Órgano de la Administración Pública como un Sistema Institucional de
Archivos, denominándose de la forma siguiente:
La Unidad de Correspondencia, oficina de control de gestión u oficialía de partes del Órgano de la
Administración Pública son la instancia que debe llevar la administración del flujo documental, así como el
registro de la correspondencia de entrada y de salida, cuyo soporte de información sea electrónico o impreso,
excepto aquella relativa a trámites, servicios y otros asuntos que deban recibirse en otro tipo de instancias,
cuando así se señale en los ordenamientos jurídicos aplicables;
Archivo de Trámite o de Gestión Administrativa.- conformado por los documentos que se encuentren en
trámite. Los documentos serán resguardados en él de conformidad con el Catálogo de Disposición Documental de
cada Órgano de la Administración Pública, por el tiempo estrictamente indispensable para cumplir con el objetivo
para el cual fue creado, debiendo ser remitidos a la Unidad de Archivo de Concentración para su conservación
precautoria;
Archivo de Concentración.- conformado por los documentos que habiendo concluido su trámite y luego de
haber sido valorados, sean transferidos por la Unidad de Archivos de Trámite a la Unidad de Archivo de
Concentración para su conservación precautoria de conformidad con el Catálogo de Disposición Documental del
Órgano de la Administración Pública. En esta Unidad de archivo se integran los documentos cuya consulta es
esporádica por parte de las unidades administrativas de los Órganos de la Administración Pública y cuyos valores
primarios aún no prescriben.
106 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Archivo Histórico.- conformado por los documentos que habiendo completado su vigencia en la Unidad de
Archivo de Concentración, sean transferidos para completar su Ciclo Vital a la Unidad de Archivo Histórico del
Órgano de la Administración Pública o en su caso, al Archivo Histórico del Distrito Federal, constituyendo el
Patrimonio Histórico del Distrito Federal.
Los usuarios externos deberán depositar a la entrada al Archivo de Concentración e Histórico portafolios, bolsas,
mochilas, tijeras, navajas, abrigos, chamarras, suéteres, sudaderas, gabardinas y cualquier objeto que el archivo
considere que pueda ser utilizado para mutilar expedientes o sustraer cualquier tipo de material. Si el usuario deseara
introducir alguna de las prendas mencionadas, podrá hacerlo sólo si acepta ser revisado al salir de las instalaciones.
Los usuarios y servidores públicos deberán promover la conservación y cuidado de los materiales documentales
evitando fumar e introducir bebidas y comida al Archivo de Trámite de cada Unidad Administrativa, así como al
Archivo de Concentración e Histórico.
Las Unidades de Archivo de Trámite, Concentración e Histórico deberán de acuerdo a sus instalaciones y
presupuesto tener la temperatura y humedad recomendada para la preservación de los documentos que se describen a
continuación.
Documentos impresos en papel: humedad entre 45% y 50%, y temperatura entre 16ºC y 21ºC;
Soportes electrónicos CD y DVD humedad 50% máxima, y temperatura 21ºC;
Impresiones en plata gelatina, placas de vidrio, película blanco y negro: humedad 30% y 50%, y
temperatura entre 18º C y 20º C;
Película de nitrato de celulosa: humedad entre 20% y 30%, y temperatura de 2º C;
Película de acetato de celulosa: humedad 50% máxima, y temperatura de 11º C; y
Película de poliéster: humedad 30% máxima, y temperatura de 17º C.
La Unidad Administrativa o unidad administrativa de apoyo técnico operativo generadora de los documentos deberá
vigilar los plazos sugeridos para almacenamiento de información en soportes magnéticos y ópticos, conforme a la
tabla siguiente, para lo cual deberá realizar un nuevo respaldo de su información previo al vencimiento de estos
plazos, sin importar si los documentos se encuentran todavía en el archivo de trámite o estos hayan sido ingresados al
archivo de concentración o histórico.
Soporte magnético Capacidad Plazo de guarda Consideraciones Disquete 3
1/2 1,44 a 120 MB 2 a 5 años Regrabable +1.000 veces
Norma ISO/IEC 9529
Regrabable + 1.000 veces
Cinta magnética 1.600 bpi 112,5 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años
Cinta magnética 6.350 bpi 112,5 GB 5 a 10 años Rebobinar cada 2 años
Norma ISO/IEC 3788
Regrabable + 1.000 veces
Cartucho 1/2” y
1/4” 80 MB / 2 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años
Rebobinar cada 2 años
Norma ISO 8462
Regrabable + 1.000 veces
Cinta DAT de 4 mm 2 a 24 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años
Rebobinar cada 2 años
Norma ISO/IEC 11319 Y 12246
Regrabable + 1.000 veces
Cinta de 8 mm. 3,5 a 25 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años
Rebobinar cada 2 años
Norma ISO/IEC 11319 Y 12246
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 107
Soportes ópticos Capacidad Plazo de guarda Consideraciones
Regrabable (RW) + 1.000 veces
CD-ROM, CD-R y CD-RW 0,65 GB 10 a 20 años Reescribir cada 10 años
Normas ISO/IEC 9660 y 1014
DVD-ROM 4,7 a 18 GB 10 a 20 años Regrabable (RW) + 100 veces
DVD RAM 4,7 A 9,4 GB 10 a 20 años Reescribir cada 10 años
DVD-R y DVD RW 4,7 GB 10 a 20 años Norma ISO/IEC 16824
Respecto a los documentos guardados en medio electrónico, cuando una aplicación informática sea sustituida por
una nueva, la Unidad Administrativa generadora de los documentos deberá realizar los procesos necesarios para
incorporar todos los documentos existentes hasta ese momento a la nueva aplicación.
El espacio físico y el mobiliario de los archivos de trámite deberán reunir las siguientes condiciones de seguridad y
funcionalidad para garantizar la conservación de los documentos:
No deben estar en zonas húmedas.
No deben estar expuestos a la intemperie.
No deben estar expuestos a alimentos o bebidas.
Deben mantenerse limpios.
Se entenderá como un documento original:
En que no ha sido copiado y lleve firmas originales.
Los acuses que acrediten la entrega de documentos.
Los soportes que durante todo su ciclo vital se encuentren en formato electrónico (presentaciones
PowerPoint, correo electrónico, etc.).
Se identificarán como Documentos de Apoyo Informativo (DAI) aquellos que son:
Copias de conocimiento.
Copias de los originales y copias de los acuses que las unidades administrativas usan para llevar
un control y registro de los documentos emitidos.
Notas informativas.
La Unidad Coordinadora de Archivo, a través de su personal, brindará asesorías presenciales y vía telefónica a los
servidores públicos del Organismo, para:
Explicar a detalle los procedimientos del presente Manual.
Llenado de los diversos formatos utilizados en materia de archivo.
Uso y modificaciones de los instrumentos archivísticos.
Las Unidades Administrativas que requieran asesorías presenciales, por parte de la Unidad Coordinadora de Archivo
deberán:
Solicitar la asesoría señalando el tema a tratar, el horario designado por el Titular del Área y el
número de participantes.
Realizar una cita vía telefónica a la extensión del Archivo de Concentración con dos días hábiles
de anticipación.
El día de la asesoría tener listos sus documentos o equipo que se requiera para la misma y destinar
el tiempo necesario.
Al término de la asesoría llenar el registro en la bitácora correspondiente.
En caso de requerir cancelar la asesoría, avisar al menos con 2 horas de anticipación.
El Archivo de Concentración e Histórico funcionará de 9:00 a 15:00 horas.
108 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
VII. PROCEDIMIENTOS
Nombre del Procedimiento: Recepción y Trámite de Correspondencia
Objetivo General: Controlar la recepción y el registro de la documentación dirigida a las áreas del Organismo, con el fin de
efectuar su distribución a los destinatarios, así como el seguimiento de los asuntos correspondientes a cada caso.
Diagrama de Flujo:
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Oficina de Oficialía de Partes Recibe documentación dirigida a las diversas Unidades
Administrativas.
2 Recibe documentación dirigida a las diversas
Unidades Administrativas.
Sella de recibido, anota hora y día de recepción, firma y
nombre de quien recibe, así como el número de anexos,
si los incluye.
3 Sella de recibido, anota hora y día de recepción,
firma y nombre de quien recibe, así como el
número de anexos, si los incluye.
Entrega a la Unidad Administrativa la correspondencia
recibida.
4 Encargado de correspondencia de la Unidad
Administrativa
Recibe la correspondencia.
5 Asigna número de folio o volante.
6 Captura la información contenida en los documentos en
el sistema de cómputo.
7 Separa los documentos por su importancia, urgencia o
contenido relevante.
8 Resguarda copia y envía original a la oficina encargada de
atender el asunto; recabando firma en el formato “Control
de correspondencia de entrada”.
9 Oficina encargada de atender el asunto Da respuesta al asunto
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 109
10 Descarga el folio o volante turnado.
11 Encargado de correspondencia de la Unidad
Administrativa
Recibe los acuses de recibo
12 Turna al responsable del Archivo de trámite.
13 Archiva expediente de acuerdo al Catálogo de
Disposición Documental.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Aspectos a Considerar:
La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en el artículo 22 fracción I de la Ley
de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de brindar los servicios centralizados de recepción y despacho de la
correspondencia.
La implementación de este procedimiento es responsabilidad de la unidad administrativa de apoyo técnico operativo
responsable en coordinación con las diferentes unidades administrativas.
La oficina de Oficialía de Partes será la instancia responsable de clasificar, registrar, y turnar los documentos al
destinatario correspondiente.
La oficina de Oficialía de Partes únicamente podrá recibir documentos completos, mismos que deberán establecer
fecha, destinatario y copias a entregar.
El horario de atención y recepción de la oficina de Oficialía de Partes será de lunes a viernes de 9.00 a 18:00 horas.
Cada Unidad Administrativa será responsable de asignar su prioridad de acuerdo a la importancia, urgencia o
contenido relevante, y en su caso, de distribuirlos al área correspondiente para su atención.
Con la finalidad de cumplimentar el punto anterior, el Titular de la Unidad Administrativa designará un encargado de
correspondencia y quien será responsable de asignar a todos los documentos que se reciban un folio numeral
consecutivo de periodicidad anual.
Los documentos se registrarán y controlarán a través de un sistema electrónico denominado “Control de
correspondencia de entrada” (CC-01), el cual deberá contener invariablemente:
Nombre y cargo de quien remite;
Asunto, nombre y cargo a quien se dirige;
Fecha de ingreso.
Nombre del Procedimiento: Manejo y control del Archivo de Trámite
Objetivo General: Organizar y clasificar los documentos y expedientes que generen, obtengan y/o adquieran las Unidades
Administrativas como resultado de su gestión; con la finalidad de mantener accesible la información necesaria para el
desarrollo de sus funciones.
110 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Diagrama de Flujo:
Descripción Narrativa:
No Actor Actividad
1 Encargado del Archivo de
Trámite
Crea o recibe un documento conforme a las atribuciones de
la Unidad Administrativa.
2 Separa los documentos por tipo.
3 Clasifica el documento conforme al Cuadro General de
Clasificación Archivística, ubicándolo en una sección y una
serie.
4 Abre el expediente con la serie.
5 Agrega al expediente los documentos que pertenezcan a la
misma serie.
6 Registra en el “Inventario de expedientes del archivo de
trámite” (AT-01) el nuevo expediente y le designa un
espacio físico.
7 Crea la “Carátula de expediente” y registra si el expediente
contiene Datos Personales, agregando la portada en la
primera página del expediente.
8 Crea la etiqueta del folder y la pega en la pestaña del
mismo.
9 Acomoda los expedientes en el espacio físico o mueble
designado para tal efecto.
10 Clasifica el documento electrónico conforme al Cuadro
General de Clasificación Archivística, ubicándolo en una
sección y una serie.
11 Abre una nueva carpeta electrónica que tendrá como
nombre el título del expediente y la clave asignada al
mismo.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 111
12 Agrega los documentos que pertenezcan a la misma serie en
la carpeta.
13 Registra el expediente en el “Inventario de expedientes del
archivo de trámite”.
14 Crea la “Carátula de expediente” y etiqueta un sobre tamaño
carta en donde se guardará el respaldo de la información en
un CD.
Fin del Procedimiento
Aspectos a considerar:
La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 22 fracción III y 27
fracción II de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad que los documentos sean de fácil acceso para
realizar el ejercicio de las atribuciones y funciones de cada Unidad Administrativa.
La implementación de este procedimiento es responsabilidad de las diferentes Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo del Órgano de la Administración que se trate.
Cada Unidad Administrativa deberá crear y/o recibir documentación de acuerdo a sus atribuciones y funciones para
conservarla en su Archivo de Trámite durante el periodo establecido en el Catálogo de Disposición Documental
vigente.
Sólo se podrán conservar copias cuando:
Las copias den origen a un nuevo documento.
El original no se encuentre.
Sean parte de un procedimiento estipulado por la Unidad Administrativa.
El Titular del Área, en su carácter de responsable del Archivo de Trámite, designará a un servidor público para llevar
el control de su archivo, a dicho servidor público se le denominará Encargado.
Los Encargados del Archivo de Trámite llevarán el registro y descripción de cada expediente a través del llenado del
formato denominado “Carátula de Expediente” (AT-04), dicho formato servirá de base para obtener la mayor
información posible para su manejo, así como para desarrollar una base de datos en una hoja de cálculo denominada
“Inventario de expedientes del archivo de trámite” (AT-01).
Será responsabilidad del Titular del Área remitir anualmente en medio magnético el formato del “Inventario de
expedientes del archivo de trámite” (AT-01), durante los primeros 15 días del mes de enero a la Unidad Coordinadora
de Archivo.
Los Encargados del Archivo de Trámite de cada Unidad Administrativa deberán ordenar deseablemente lógica y
cronológicamente los documentos del archivo, para la formación de expedientes y garantizar la captación integral y
oportuna de los documentos recibidos y producidos en el curso de sus gestiones regulares, reuniendo sistemáticamente
los antecedentes de los trámites institucionales.
Los documentos que integran el Archivo de Trámite podrán encontrarse de forma impresa o en archivo electrónico. En este
último caso debe abrirse una carpeta electrónica que tendrá como nombre el título del expediente y la clave asignada al
mismo.
Los expedientes deberán ser ubicados en el espacio físico o mueble designado para su guarda, acomodados de acuerdo
a las secciones establecidas en el Cuadro General de Clasificación Archivística y las series en las que se divide.
Cada contenedor (archivero, librero o mueble específico para guardar los expedientes) deberá tener su etiqueta
identificadora al frente, con el número de gaveta o entrepaño y nombre de las series que contenga.
Conforme a la norma aplicable, al término de dos años contados a partir de su fecha de elaboración, deberán ser
destruidos todos los documentos clasificados.
Nombre del Procedimiento: Préstamo de documentos del Archivo de Trámite, Concentración e Histórico
Objetivo General: Proporcionar a las diferentes áreas del Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta y usuarios
externos la información que requieran para el desarrollo de sus actividades, con la finalidad de garantizar el acceso a la
información de acuerdo a lo establecido en la Ley de la materia.
112 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Diagrama de Flujo:
Descripción Narrativa:
No Actor Actividad
1 Titular de la Unidad
Administrativa
responsable del archivo
Requisita original y copia del “Vale de Préstamo” del Archivo correspondiente, le
asigna número de folio y lo entrega al Usuario Solicitante.
2 Usuario solicitante Registra su nombre, firma y cargo en original y copia del “Vale de Préstamo”
correspondiente.
3 Presenta original y copia del “Vale de Préstamo” en el área que resguarda la
información.
4 Encargados del Archivo
correspondiente
Recibe el “Vale de Préstamo”, lo revisa y solicita la aprobación del Titular de la
Unidad Administrativa resguardante.
¿Se autoriza el préstamo?
No
5 Explica al Usuario Solicitante el (los) motivo(s) por el (los) cual(es) se niega la
consulta.
Conecta con el Fin del Procedimiento.
Sí
6 Verifica junto con el solicitante, las condiciones del expediente y los folios totales.
7 Entrega al solicitante el expediente junto con copia del “Vale de Préstamo” del
Archivo correspondiente.
8 Usuario solicitante Consulta el expediente.
9 Devuelve el expediente al Encargado del Archivo correspondiente.
10 Encargados del Archivo
correspondiente
Verifica que el expediente se encuentre completo y en las mismas condiciones en
que se entregó.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 113
¿El expediente está completo
y en buenas condiciones? No
11 Notifica al titular de Contraloría Interna para que se inicie el procedimiento
correspondiente.
Conecta con el Fin del Procedimiento.
Sí 12 Sella el “Vale de Préstamo” en original y copia, anotándose la fecha de devolución.
13 Entrega copia del “Vale de préstamo” al Usuario Solicitante y archiva original.
14 Devuelve el expediente a su ubicación.
Fin del Procedimiento
Aspectos a considerar:
La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 10 fracción I; 27
fracción VII y 35 fracción VII de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de tener un control y
responsable de préstamos de los expedientes.
La implementación de este procedimiento es responsabilidad de los titulares de las Unidades Administrativas, los
solicitantes y el Responsable del Archivo de Concentración e Histórico.
El Titular del Área, en su carácter de responsable del Archivo de Trámite, designará a un servidor público para llevar
el control de su archivo, a dicho servidor público se le denominará Encargado.
Los formatos “Vale de préstamo del archivo de trámite” (AT-02), “Vale de préstamo del archivo de concentración”
(AC-02) y “Vale de préstamo del archivo histórico” (AH-02), deberán ser llenados por duplicado.
Todos los expedientes públicos que se encuentren dentro de los Archivos de Trámite, Concentración e Histórico
estarán a disposición de todos los servidores públicos adscritos a cualquier Unidad Administrativa del Organismo,
previo llenado del formato “Vale de préstamo del archivo de trámite” (AT-02), “Vale de préstamo del archivo de
concentración” (AC-02) y “Vale de préstamo del archivo histórico” (AH-02).
En el caso de usuarios externos, estos deberán realizar primero la solicitud de acceso a la información pública en su
modalidad de presencial, y una vez que les sea notificado por la Oficina de Información Pública el acceso a la
documentación, deberán presentarse en la fecha y horario asignado para la consulta, previo llenado del formato de
préstamo correspondiente.
En el caso del préstamo de expedientes del archivo, la Unidad Administrativa resguardante deberá conservar un
original y entregar otro al solicitante. El formato que conserve el área resguardante deberá ser integrado al expediente
correspondiente y ser foliado como parte del mismo.
En todos los casos se requerirá el visto bueno del Titular del área generadora de la información para el préstamo.
El área resguardante deberá llevar un control y estadística de los préstamos, mismo que concentrará la Unidad
Coordinadora de Archivos, por lo cual las unidades administrativas que realicen préstamos deberán informar de forma
trimestral a la Unidad Coordinadora de Archivos si existieron préstamos durante el período correspondiente.
Cuando un expediente haya sido clasificado como reservado, confidencial o restringido por el respectivo Comité de
Transparencia del Órgano de la Administración Pública únicamente podrá ser consultado por otras unidades
administrativas en razón de sus funciones, con previa autorización del Titular de la Unidad Administrativa
resguardante, y siempre que el solicitante firme la responsiva en el Vale de Préstamo correspondiente, constituyendo
éste el único motivo por el cual se podrá negar un préstamo de expediente a un usuario interno o externo.
Los expedientes se prestarán a los usuarios internos por un período máximo de 30 días hábiles, dependiendo las
necesidades de la Unidad Administrativa solicitante.
Los documentos que se presten a usuarios externos, deberán ser reintegrados el mismo día, bajo la responsabilidad de
los encargados del archivo correspondiente.
Para la consulta y manipulación de los documentos originales por parte de un usuario externo, deberá estar presente un
servidor público para que en todo momento se asegure el correcto manejo de los mismos.
Para acceder a los servicios del Archivo de Concentración e Histórico, el usuario interno deberá identificarse con la
credencial proporcionada por el Organismo y registrar su visita en la bitácora correspondiente, en tanto que el usuario
externo deberá identificarse al ingresar a las instalaciones del Organismo y registrarse en la Bitácora correspondiente a
la entrada del Archivo de Concentración e Histórico.
114 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Los usuarios y servidores públicos deberán promover la conservación y cuidado de los materiales documentales,
evitando fumar e introducir bebidas o alimentos al Archivo de Trámite de cada Unidad Administrativa, así como al
Archivo de Concentración e Histórico.
Los usuarios no podrán acceder a las áreas no autorizadas.
Los usuarios deberán cuidar el mobiliario y el equipo que usan y solicitan.
Nombre del Procedimiento: Transferencia Primaria
Objetivo General: Generar el envío de expedientes del Archivo de Trámite al Archivo de Concentración para el resguardo
y conservación de los documentos conforme a lo estipulado en el Catálogo de Disposición Documental vigente.
Diagrama de Flujo:
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Encargado del Archivo de Trámite Completa los datos faltantes de la “Carátula de
expediente” a su cierre.
2 Copia la Información del “Inventario de
expedientes del archivo de trámite” al
“Inventario de transferencia primaria”.
3 Acomoda los expedientes en cajas.
4 Coteja los “Inventarios de transferencia
primaria” contra los expedientes, “Carátula de
expediente” y Etiqueta de Folder.
5 Requiere una cita con la Unidad Coordinadora
de Archivos.
6 Unidad Coordinadora de Archivos Agenda cita para la revisión de cajas.
7 Revisa los “Inventarios de transferencia
primaria”, “Carátula de expediente” y Etiqueta
de Folder estén debidamente requisitados.
¿Los expedientes coinciden con los
Inventarios y cumplen con las normas? No
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 115
8 Comunica al Encargado del Archivo de Trámite
las observaciones correspondientes para que se
subsanen los errores.
9 Encargado del Archivo de Trámite Realiza las modificaciones solicitadas.
(Continua en la actividad 5)
Sí 10 Solicita al Encargado del Archivo de Trámite de
la Unidad Administrativa que envíe por oficio la
solicitud de transferencia primaria.
11 Titular de la Unidad Administrativa
que generó los expedientes
Envía por oficio la solicitud de transferencia
primaria.
12 Encargado del Archivo de
Concentración e Histórico
Recibe el oficio y las cajas, examina que
coincida el total de las cajas y su contenido con
el “Inventario de transferencia primaria” en
medio electrónico.
13 Asigna un lugar conforme al mapa de ubicación
topográfica del Archivo de Concentración e
Imprime el “Inventario de transferencia
primaria”.
14 Recaba la firma del Titular de la Unidad
Administrativa que generó los expedientes en el
“Inventario de transferencia primaria”.
15 Integra el “Inventario de transferencia primaria”
firmado y el oficio de solicitud de transferencia
primaria.
Fin del Procedimiento
Aspectos a considerar:
La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 27 fracción VIII,
33 y 35 fracción IV de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de que todas las Unidades
Administrativas transfieran sus expedientes al Archivo de Concentración de acuerdo al Catálogo de Disposición
Documental vigente.
La implementación de este procedimiento es responsabilidad de las diferentes Unidades Administrativas o Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de los Órganos de la Administración Pública.
El Titular del Área, en su carácter de responsable del Archivo de Trámite, designará a un servidor público para llevar
el control de su archivo, a dicho servidor público se le denominará Encargado.
Cada Unidad Administrativa deberá enviar la documentación que, de acuerdo a sus atribuciones y funciones, haya
creado o recibido conforme al periodo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente.
El Archivo de Concentración sólo recibirá documentos originales impresos y electrónicos. Sólo podrá conservar
copias cuando:
Las copias den origen a un nuevo documento.
El original no se encuentre y exista una justificación por escrito por parte de Titular del Área.
Sean parte de un procedimiento estipulado por la Unidad Administrativa mediante un Manual, Lineamiento o
Reglamento.
Los periódicos y gacetas no se enviarán al Archivo de Concentración.
La recepción de cajas en el Archivo de Concentración será en un horario de 9:00 a 12:00 horas y sólo se realizará con
cita previa, para realizar la revisión de la documentación conforme a las normas establecidas en el presente
procedimiento.
El Archivo de Concentración únicamente recibirá la documentación con los formatos “Inventario de transferencia
primaria” (AT-03) y cuyos expedientes se encuentren debidamente integrados.
116 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Todas las páginas de los documentos deberán numerarse consecutiva y cronológicamente, utilizando un lápiz de mina
negra y blanda para numerar, desde 1 en adelante, en la esquina superior derecha de la hoja, de manera legible y sin
enmendaduras. El orden debe ser cronológico quedando en cada expediente, siempre que sea posible, al inicio el
documento con la fecha más antigua y al final el documento más reciente.
En caso de que el expediente rebase los 3.5 cm de ancho se creará otro tomo del expediente.
Las cajas deberán ser nuevas, tamaño oficio y encontrarse al menos a un 90% de su capacidad, ya que se apilarán una
sobre otra y tendrán que conservarse por el tiempo necesario que indique el Catálogo de Disposición Documental.
Se retirarán cuidadosamente de los documentos todo tipo de objetos que los deterioren como clips, grapas, broches,
etc., evitando alterar su estructura y deseablemente cosidos.
Se llenarán las carátulas de los expedientes procurando conservar su orden.
Los documentos deteriorados por factores diversos, como hongos, polilla, documentos semi-quemados, deteriorados
por roedores, pescado de plata, etc., deben separarse y ser colocados en una caja especial que solamente contenga
documentos deteriorados, pues éstos pueden contagiar otros documentos; para ello se deberá tomar en cuenta el
principio de orden original.
En caso de contener Datos Personales los expedientes no podrán ser mezclados con expedientes sin Datos Personales,
toda vez que como medida precautoria se les colocará un sello en la cajá, el cual solo se podrá romper con
autorización del Titular de la Unidad Administrativa que generó los documentos.
Los documentos electrónicos adicionalmente deberán cumplir con lo siguiente:
Enviarse en sobres de papel con etiqueta de folder pegada y carátula del expediente electrónica en cada carpeta.
En caso de ser parte de un expediente impreso, deberá registrarse en la carátula del expediente que el mismo
contiene documentos electrónicos.
Nombre del Procedimiento: Manejo y Control del Archivo de Concentración e Histórico
Objetivo General: Organizar y clasificar los documentos y expedientes que hayan sido transferidos de los Archivos de
Trámite al Archivo de Concentración e Histórico, con la finalidad de garantizar la correcta conservación y resguardo de los
Expedientes.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 117
Diagrama de Flujo:
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Responsable del Archivo de
Concentración e Histórico
Elabora “Rótulo de caja del archivo de concentración” y/o
“Rótulo de caja del archivo histórico” y lo coloca en la caja
correspondiente.
2 Actualiza el mapa de ubicación topográfica.
3 Ubica las cajas en el lugar asignado.
4 Realiza la copia de la información del “Inventario de
transferencia primaria” o “Inventario de transferencia
secundaria”, (según sea el caso).
5 Registra en el “Inventario de expedientes del archivo de
concentración” o “Inventario del archivo histórico”, señalando
mueble, nivel, pasillo y número de caja.
6 Realiza una copia del inventario correspondiente.
7 Remite al responsable del área de Servicios Generales para su
envío a la Unidad Administrativa generadora de la información.
8 Envía mediante oficio al titular de la Unidad Administrativa que
generó los expedientes una copia del “Inventario de expedientes
del archivo de concentración” o “Inventario del archivo
histórico” mediante el cual podrá ubicar sus expedientes para
solicitar un préstamo o consulta.
9 Titular de la Unidad
Administrativa que generó los
expedientes
Recibe oficio y el inventario correspondiente, lo revisa y guarda
para su consulta.
Fin del Procedimiento
118 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Aspectos a considerar:
La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 22 fracción IV y V y
54 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de destinar y establecer las áreas adecuadas y
suficientes para el depósito y servicios archivísticos.
Cada una de las Unidades Administrativas que integran el Órgano de la Administración que se trate deberán remitir al
Archivo de Concentración o Histórico los expedientes que hayan cumplido su plazo de conservación en el Archivo
de Trámite.
Una vez ingresados los documentos al Archivo de Concentración o Histórico se realizará el análisis del expediente y se
imprimirá el “Rótulo de caja del archivo de concentración” (AC-04) y/o “Rótulo de caja del archivo histórico” (AH-
03), colocándolo en el exterior de la caja.
En el caso de que los expedientes contengan datos personales, el Encargado del Archivo de Concentración e Histórico,
en presencia del Encargado del Archivo de Trámite de la Unidad generadora de la documentación, colocará etiquetas
de seguridad para garantizar la confidencialidad de los mismos hasta su destino final.
El responsable del Archivo de Concentración e Histórico remitirá por oficio, en un término no mayor a 3 meses,
después de la recepción de la Transferencia Primaría o Secundaría una copia del “Inventario de expedientes del
archivo de concentración” (AC-01) en medio magnético a la Unidad Administrativa generadora de la información.
El Archivo de Concentración e Histórico realizará una limpieza periódica de los edificios, de las estanterías y de los
contenedores de documentos bajo los estándares a continuación enunciados:
La limpieza de cada sección de las unidades de archivo se realizará con una secuencia lógica: techos, paredes,
pisos. Después, se limpiarán las estanterías comenzando por el último tramo o entrepaño (el más cercano al
techo) y se sigue hacia abajo hasta terminar. Antes de limpiar cada estante, se deben retirar todos los
contenedores o cajas, inspeccionar el estante -para identificar problemas como el óxido, restos de insectos, rastros
de humedad- y luego se limpiará cuidadosamente; la acumulación gruesa de polvo puede requerir el lavado de los
estantes, es necesario tener mucho cuidado de evitar derramar el agua en los estantes. En todo caso, es necesario
asegurarse de que los estantes están completamente secos antes de volver a colocar los documentos;
No se deben utilizar sustancias volátiles para la limpieza;
No se deben usar plumeros, no es recomendable barrer, se recomienda limpiar con aspiradora (provista de filtro)
o con frazada humedecida y secar rápidamente. Es esencial que se tomen precauciones para evitar que las cajas o
contenedores de los estantes más bajos se salpiquen de líquido limpiador;
Las puertas se deben limpiar con paño húmedo seguido de otro seco. Las paredes se deben limpiar también con
aspiradora;
Para la limpieza de los techos, se deben proteger las estanterías cubriéndolas con hojas plásticas, cartulina,
cartón, etc. y retirarlas después;
La limpieza se realizará con la supervisión del personal del Archivo de Concentración,
Los documentos encuadernados se deben limpiar con una brocha de cerdas suaves. Cuando se pasa la brocha, el
movimiento debe ser en sentido del lomo hacia afuera. Se limpia primero la parte superior del documento. En
caso de que los documentos se limpien con paños, estos se deben cambiar de manera frecuente;
Los paños utilizados para limpiar estantes, nunca se deben usar para limpiar los documentos;
La limpieza de los materiales documentales encuadernados se realiza entrepaño por entrepaño de arriba hacia
abajo, removiendo los materiales documentales en el orden en que se encuentran;
En la limpieza es conveniente revisar, por lo menos una vez al año la existencia de signos de plagas, observar si los
materiales documentales tienen manchas y signos de picadas, así como limpiar cualquier desperdicio de insecto.
En el caso de detectar documentos con hongos, se deberá:
Aislar las piezas afectadas de la colección.
Usar guantes y tapabocas para manipular los materiales fungosos.
Para mayor seguridad del Archivo de Concentración e Histórico, los usuarios dejarán sus pertenencias en la recepción.
La consulta requiere de personal supervisor que se encargue de controlar cuidadosamente el manejo de los materiales
para evitar que los mutilen, roben, marquen, etcétera.
El acceso al Archivo de Concentración e Histórico será limitado, debe controlarse mediante un libro de registro de
personal que ingresa a las instalaciones.
El tratamiento que debe realizarse inmediatamente cuando se detecten documentos mojados será el secado a la
intemperie, para lo cual se deberá realizarse lo siguiente:
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 119
El ambiente debe ser limpio, seco y ventilado, debe tener un intercambio de aire constante, la temperatura debe
ser inferior a 20º C y la humedad, menor del 50%;
El aire debe circular en todo momento, para lo cual se instalarán ventiladores en la zona de secado para acelerar
el proceso y reducir el crecimiento del moho;
Los ventiladores no deben dirigirse directamente a los documentos que se están secando. Es necesario intercalar
hojas absorbentes cada cierto número de páginas, comenzando por el final del expediente y dando vueltas las
páginas con cuidado;
Se eliminará de los expedientes la totalidad de protectores de hojas que tuviera;
Las fojas deberán separarse evitando que éstas se adhieran unas con otras, colocando papal secante;
Se deberá secar foja por foja evitando perder el orden original de las mismas en el expediente; y
Se sustituirán todos los contenedores (folder, carpeta, sobre, etc.) integrando los documentos como
originalmente se encontraban ordenados.
El personal operativo designado deberá realizar un conteo de las cajas que se encuentren en los anaqueles a trabajar,
especificando la sección a la que pertenezca.
Como medida de higiene, y con el propósito de evitar infecciones generadas por hongos o bacterias que anidan en los
documentos y preservar la documentación, todo el personal operativo designado deberá utilizar batas, guantes y
cubre boca en el Archivos de Concentración e Histórico.
Nombre del Procedimiento: Baja Documental y Transferencia Secundaria
Objetivo General: Analizar el valor de los expedientes o documentos generados por las Unidades Administrativas, para
determinar su destino final y proceder a su baja documental, prórroga o transferencia secundaria en apego a los requisitos y
modalidades de la normativa de la materia.
Diagrama de Flujo:
120 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Descripción Narrativa:
No. Actor Actividad
1 Responsable del Archivo de
Concentración e Histórico
Registra en su Calendario de Caducidades los tiempos de eliminación,
muestreo o transferencia al Archivo Histórico de los expedientes.
2 Área responsable de los Servicios
Generales
Solicita mediante oficio a la Unidad Administrativa que generó los
expedientes la revisión de los mismos, en virtud de haber concluido su
plazo de conservación en el Archivo de Concentración.
3 Unidad Administrativa que generó los
expedientes
Valora los documentos para determinar su destino final.
4 Crea los “Inventarios de transferencia secundaria” y/o “Inventarios de
baja documental”, recaba la firma del Titular del Área.
5 Envía los inventarios de manera electrónica para la validación de la
Unidad Coordinadora de Archivos.
6 Unidad Coordinadora de Archivos Revisa los “Inventarios de transferencia secundaria” y/o “Inventarios
de baja documental” acorde a los “Inventarios de expedientes del
archivo de concentración”.
¿Los expedientes coinciden con el “Inventario de expedientes del
archivo de concentración”?
No
7 Comunica al Encargado del Archivo de la Unidad Administrativa
generadora las inconsistencias detectadas.
8 Unidad Administrativa que generó los
expedientes
(Encargado de Archivo)
Realiza las modificaciones requeridas.
(Continúa en la actividad 4).
Sí
9 Responsable del Archivo de
Concentración e Histórico
Imprime y sella el “Inventario de transferencia secundaria” y/o
“Inventario de baja documental”.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 121
10 Remite para firma al titular de la Unidad Administrativa que generó
los expedientes el “Inventario de transferencia secundaria” (AC-03)
y/o “Inventario de baja documental”.
11 Unidad Administrativa que generó los
expedientes
Corrobora información.
12 Valida y firma.
13 Solicita vía oficio al Presidente del COTECIAD la Valoración
Documental de los expedientes, anexando los “Inventarios de
transferencia secundaria” y/o “Inventarios de baja documental”.
14 Presidente del COTECIAD Recibe la solicitud y la turna al Secretario Técnico del COTECIAD
para su análisis.
15 Secretario Técnico del COTECIAD Propone como un punto del Orden del Día del COTECIAD la
Valoración Documental de los expedientes para la siguiente Sesión
Ordinaria del COTECIAD.
16 Pleno del COTECIAD Autoriza la Creación de un Grupo de Trabajo de Valoración
Documental
17 Grupo de Trabajo de Valoración
Documental
Coteja los “Inventarios de transferencia secundaria” y/o “Inventarios
de baja documental” con los expedientes de manera física.
18 Realiza un informe de Valoración Documental para ser presentado en
la siguiente Sesión del Comité.
¿Se requiere conservar los expedientes?
No 19 Grupo de Trabajo de Valoración
Documental
Elabora un dictamen de la Valoración Documental.
20 Pleno del COTECIAD Emite declaratoria de inexistencia de Valores Primarios y Valores
Secundarios de la documentación.
21 Secretario Técnico del COTECIAD Envía Dictamen de Valoración Documental, solicitud, inventarios,
informe, declaratoria a la Dirección General de Recursos Materiales y
Servicios Generales de la Oficialía Mayor del GDF para emitir el
registro de la baja documental.
22 Gestiona la publicación de la documentación soporte de la Baja
Documental en la página de transparencia del respectivo órgano de la
administración pública y turna el dictamen al Encargado del Archivo
de Concentración para seguimiento
23 Responsable del Archivo de
Concentración e Histórico
Gestiona la enajenación de los expedientes.
(Conecta con el Fin del Procedimiento)
Si
24 Emite declaratoria de inexistencia de Valores Primarios y detección
de Valores Secundarios.
Fin del Procedimiento
Aspectos a considerar:
La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 27 fracción VIII y
33 y 35 fracciones IV y V de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de seleccionar los documentos
de archivo que tiene valores secundarios y los que no, para proceder a la transferencia secundaria al Archivo
Histórico correspondiente o la baja documental de los que no tienen valor secundario.
Cada una de las Unidades Administrativas que integran el Órgano de la Administración deberán realizar el trámite de
baja documental y/o transferencia secundaria de los expedientes que hayan cumplido su plazo de conservación en el
Archivo de Concentración.
El Encargado del Archivo de Concentración e Histórico registrará en su Calendario de Caducidades los expedientes
que le sean transferidos por las Unidades Administrativas, a efecto de detectar oportunamente la documentación cuya
guarda precautoria haya concluido.
122 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Es responsabilidad de la Unidad Administrativa que generó los expedientes crear los “Inventario de baja
documental” (BJ-01) y/o “Inventario de transferencia secundaria” (AC-03).
La Unidad Administrativa podrá solicitar una prórroga del plazo de conservación de los expedientes transferidos
mediante oficio justificando plenamente el motivo de la prórroga. Este proceso por ningún motivo podrá exceder los
2 meses, salvo en casos fortuitos en los que el volumen de la información remitida sea excesiva.
El COTECIAD de cada Órgano de la Administración será quién mediante acuerdo, determine el tratamiento de todos
los expedientes cuyo procesamiento no se haya establecido.
Toda transferencia de expedientes con valor permanente al Archivo Histórico deberá ser validada por el respectivo
COTECIAD de cada Órgano de la Administración, quedando bajo la responsabilidad del Archivo de Concentración
e Histórico del Organismo los documentos del año 2000 en adelante y de los años de 1999 hacia atrás, deberán ser
enviados al Archivo Histórico del Distrito Federal.
La baja definitiva de los expedientes conservados en el Archivo de Concentración que hayan prescrito deberá ser
validada por el COTECIAD.
Los oficios para solicitud de valoración Documental de las Bajas Documentales o transferencias al Archivo Histórico
deberán dirigirse al Director de Administración y Finanzas, en su calidad de Presidente del COTECIAD.
Los oficios de Solicitud del destino final de los expedientes y las actas de Baja Documental o de Transferencia
Secundaria se digitalizarán y publicarán en el portal de transparencia del Organismo, siendo el responsable de su
publicación el Secretario Técnico del COTECIAD.
El Responsable del Archivo de Concentración e Histórico deberá integrar el expediente por las bajas autorizadas,
cuidando incorporar en él los oficios, inventarios, informe, dictamen, declaratoria y registro.
El tiempo establecido para realizar la actividad identificada con el número tres es enunciativo más no limitativo,
debido a que el tiempo necesario para la valoración de los documentos se encuentra en función del volumen de los
mismos.
VIII GLOSARIO
Archivo: Conjunto orgánico de documentos organizados y reunidos por una persona o institución pública o privada, en el
desarrollo de sus competencias, el cual sirve de testimonio y fuente de información a las personas o instituciones que los
produjeron, a los ciudadanos o para servir de fuente de estudio de la historia e investigación.
Catálogo de Disposición Documental: Registro general y sistemático elaborado por la unidad coordinadora de archivos y
aprobado por el COTECIAD de cada ente público, en el que se establece en concordancia con el cuadro general de
clasificación archivística, los valores documentales, los plazos de conservación, la vigencia documental, la clasificación de
la información pública o de acceso restringido ya sea reservada o confidencial y su destino.
Ciclo de vital de un documento: fases o etapas por las que va pasando el documento, desde su creación hasta su
eliminación o selección para su custodia permanente (Archivo Histórico).
Cuadro General de Clasificación Archivística: Instrumento técnico que describe la estructura jerárquica y funcional
documental, en la que se establece un principio de diferenciación y estratificación de las diversas agrupaciones
documentales que conforman el acervo de un ente público. De esta manera, los documentos se reúnen en agrupaciones
naturales llamadas fondo, sección, serie, expediente y unidad documental.
Expediente: Conjunto de documentos ordenados de acuerdo con un método determinado y que tratan de un mismo asunto,
de carácter indivisible y estructura básica de la Serie Documental.
Fondo: Conjunto de documentos, con independencia de su soporte o tipo documental, producidos orgánicamente o
acumulados y utilizados por una persona física, familia, institución pública o privada en el transcurso de sus actividades
como productor.
Gestión Documental: Sistema de procedimientos que permite conducir el flujo informativo dentro de una institución,
mediante el cual los responsables administrativos se aseguran de que los asuntos por ellos tratados se desahoguen con
efectividad, prontitud, eficiencia y apego a derecho.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 123
Información: Todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico,
electrónico, magnético, químico, físico o biológico que se encuentre en poder de los entes públicos.
Inventarios Documentales: Instrumentos de consulta y control que describen las series y expedientes de un archivo y que
permiten su localización, transferencia o disposición documental.
Legajo: Conjunto de documentos e información variada reunida en torno a un asunto.
“N”: Número indefinido de Tomos o Legajos correspondientes a un expediente.
Plazo de Conservación: Periodo de conservación de la documentación en las áreas de Archivo de Trámite, de
Concentración e Histórico.
Sección: Subdivisión del fondo consistente en las divisiones administrativas del ente público que lo origina, y cuando no es
posible, con agrupaciones geográficas, cronológicas, funcionales o similares del propio ente.
Serie: Subdivisión de la sección, consistente en un conjunto de documentos producidos por un sujeto en el desarrollo de una
misma función administrativa y regulado por la misma norma de carácter jurídico y/o de procedimiento.
Transferencia: Envío controlado y sistemático de expedientes de consulta esporádica del Archivo de Trámite al Archivo de
Concentración; así como del traslado controlado y sistemático de documentos del Archivo de Concentración al Archivo
Histórico para su conservación permanente.
Unidad Coordinadora de Archivos: Para el caso del Presente Manual, será la unidad administrativa o unidad
administrativa de apoyo técnico operativo que sea responsable de dicha tarea.
Unidad Administrativa Generadora: La unidad administrativa o unidad administrativa de apoyo técnico operativo
generadoras de los documentos en cada órgano de la administración pública.
Unidad de Archivo y Documentación en Trámite: Unidad responsable de la administración de los documentos de archivo
en gestión, de uso cotidiano y necesario para el ejercicio de las atribuciones y funciones de cada área; conformado por los
documentos que se encuentren en trámite, los cuales resguardará de conformidad con el Catálogo de Disposición
Documental por el tiempo estrictamente indispensable, debiendo remitirlos a la Unidad de Archivo de Concentración para
su conservación precautoria.
Unidad de Archivo de Concentración e Histórico: Unidad responsable de la administración de documentos cuya
frecuencia de consulta ha disminuido y que permanecen en él hasta que concluye su plazo de conservación en razón de sus
valores primarios de carácter administrativo, legal y fiscal; así como de organizar, describir, conservar, preservar, y divulgar
la memoria documental institucional.
Valores Primarios: Son los valores intrínsecos que contienen los documentos en su primera edad, o de gestión los cuales
son: administrativo, legal y fiscal.
Valores Secundarios: Son los valores intrínsecos que contienen los documentos en su segunda edad y son: informativos,
testimoniales y evidénciales.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL
Presidenta
C. María de Lourdes García Villalba
Directora General de Administración
124 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Secretaria Técnica Secretaria Ejecutiva
C. Blanca Isela Rodríguez Cabello
Directora de Recursos Materiales y Servicios
Generales
C. Ariana Chávez Galindo
JUD de la Unidad de Transparencia
Vocal Vocal Vocal
C. Fernando Blanco Cruz
Director General de Obras y
Desarrollo Urbano
C. María del Carmen Salazar
Alvarado
Directora General de Desarrollo
Social
C. Claudia Itzel Islas Mata
Directora General del Medio
Ambiente
Vocal Vocal Vocal
C. Efrén Enríquez Soriano
Director General de Desarrollo
Rural y Económico Sustentable
Arq. Edmundo Jesús Valencia
Jiménez
Director General de Servicios
Urbanos
C. Cristóbal Valentín Barrera
Barajas
Director General Jurídico y de
Gobierno
Vocal Vocal Vocal
C. José Luis Ramírez Maya
Director de Protección Civil C. Rolando Romero Cabello
Director de Participación
Ciudadana
C. Jorge Rivera Olivos
Coordinador Delegacional de
Seguridad Ciudadana
Vocal Vocal Representante
C. Abel Hernández Camacho
Coordinador de Comunicación
Social
C. Celene Abad García
Coordinadora de Enlaces
Territoriales
Lic. Héctor Pedro Martínez
López
Contralor Interno en el Órgano
Político Administrativo Milpa Alta
Representante Representante Representante
C. Roberto Alfonso Romero
Pimentel
Director Jurídico
C. Bernabé de Jesús Ramírez
Director de Desarrollo de Personal
y Recursos Financieros
C. Octavio García Bastida
Coordinador de Tecnologías de la
Información y la Comunicación
TRANSITORIO
Único.-Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Manual Especifico de Operación Archivística de la
Delegación Milpa Alta.
Ciudad de México a 10 de agosto de 2018.
(Firma)
C. María de Lourdes García Villalba
Directora General de Administración y
Presidenta del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos
COTECIAD
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 125
DELEGACIÓN TLÁHUAC
Félix Arturo Medina Padilla, Jefe Delegacional en Tláhuac, con fundamento en los artículos 104, 105, 106, 112 párrafo
segundo del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37 y 39, fracciones VII, XXXVII y LXXVII de la Ley Orgánica de
la Administración Pública de la Ciudad de México; 25, 26, 28, 32, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal; 97, 100, 101, 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículos
2, 21 y 24 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
numerales 2 y 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, 120, 121, 122 fracción V, 128
fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 50, 51 y 52 del Reglamento de la
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACIÓN
DEL PROGRAMA SOCIAL “TLÁHUAC RENACE CON LA EDUCACIÓN” A CARGO DE LA DELEGACIÓN
TLÁHUAC, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, PUBLICADAS EL 31 ENERO DE 2018.
En la página 744, Introducción, Inciso B) Alineación Programática:
DICE:
Alineación Área de
oportunidad
Objetivo Meta Sectorial Política Publica
Programa
Sectorial
Educación Contribuir en la
reducción de la
deserción escolar de
2483 niñas, niños y
jóvenes de educación
básica (primaria y
secundaria) de la
Delegación política de
Tláhuac que se
encuentren en
condiciones de
desventaja social y que
vivan en zonas de alta
marginación de la
demarcación mediante
incentivos económicos.
Generar mecanismos e
instrumentos necesarios
para que las personas sin
importar su origen
étnico, condición
jurídica, social o
económica, condición
migratoria, estado de
salud, edad, sexo,
apariencia física,
orientación o
preferencia sexual,
forma de pensar,
situación de calle u
otras, accedan a una
educación de calidad.
Aumentar la equidad en
el acceso a una educación
formal, consolidando los
derechos asociados a la
educación y programas
de apoyo institucional,
con estándares de calidad
y abatir la deserción
escolar, con especial
atención hacia las
personas en desventaja y
condiciones de
vulnerabilidad.
DEBE DECIR:
Alineación Área de
Oportunidad
Objetivo Meta Sectorial Política Publica
Programa
Sectorial
Educación
Educación Contribuir en la
reducción de la
deserción escolar de
4,000 niñas, niños y
jóvenes de educación
básica (primaria y
secundaria) de la
Delegación Política de
Tláhuac, que se
encuentren en
condiciones de
desventaja social y que
vivan en zonas de alta
Generar mecanismos e
instrumentos necesarios
para que las personas sin
importar su origen
étnico, condición
jurídica, social o
económica, condición
migratoria, estado de
salud, edad, sexo,
apariencia física,
orientación o preferencia
sexual, forma de pensar,
situación de calle u otras,
Aumentar la equidad en el
acceso a una educación
formal, consolidando los
derechos asociados a la
educación y programas de
apoyo institucional, con
estándares de calidad y
abatir la deserción escolar,
con especial atención
hacia las personas en
desventaja y condiciones
de vulnerabilidad.
126 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
marginación de la
demarcación, mediante
incentivos económicos.
situación de calle u otras,
accedan a una educación
de calidad.
En la página 745, Introducción, C) Alineación Diagnostico, párrafo 5:
DICE:
Cabe observar que el “Programa Social Tláhuac por la Educación” hasta el ejercicio fiscal 2015, relacionado con el derecho
a la educación, estaba orientado hacia la compensación económica de las familias a través de las transferencias económicas
en su componente y no a la calidad del aprendizaje de las alumnas y los alumnos en cualquier nivel académico que
contemplaba la ayuda económica. Así mismo existen otros programas sociales que benefician a la población estudiantil por
ejemplo: “Niñas y Niños Talento”, sin embargo, no alcanzan a beneficiar a gran cantidad de las alumnas y alumnos, lo que
hace que su cobertura se limite al número de planteles existentes. Por lo que para justificar la permanencia de este
programa, para el 2018 se establece como estrategia otorgar 2,483 incentivos lo que daría una cobertura mucho más amplia.
DEBE DECIR:
Cabe observar que el “Programa Social Tláhuac por la Educación” hasta el ejercicio fiscal 2015, relacionado con el derecho
a la educación, estaba orientado hacia la compensación económica de las familias a través de las transferencias económicas
en su componente y no a la calidad del aprendizaje de las alumnas y los alumnos en cualquier nivel académico que
contemplaba la ayuda económica. Así mismo existen otros programas sociales que benefician a la población estudiantil por
ejemplo: “Niñas y Niños Talento”, sin embargo, no alcanzan a beneficiar a gran cantidad de las alumnas y alumnos, lo que
hace que su cobertura se limite al número de planteles existentes. Por lo que para justificar la permanencia de este
programa, para el 2018 se establece como estrategia otorgar 4,000 incentivos lo que daría una cobertura mucho más amplia.
En la página 746, II Objetivos y Alcances, II.1 Objetivo General, II.2 Objetivos Específicos.
DICE:
Otorgar a 2,483 niñas, niños, jóvenes y adultos de educación básica publica (primaria y secundaria) un incentivo económico
para motivar sus esfuerzos académicos, que vivan en condiciones de desventaja social de la demarcación, sin discriminar
por motivos de género, raza, religión, edad, lenguaje, orientación sexual, condición física o socioeconómica, afiliación
política o algún otro motivo que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la
igualdad real de oportunidades de las personas.
a).- Otorgar a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel primaria, secundaria que vivan en condiciones de
desventaja social, un incentivo económico y así motivar sus esfuerzos académicos.
b).- Incentivar a 2,483 estudiantes.
e).- Contribuir en el proceso educativo de las y los estudiantes, con la finalidad de dar permanencia y continuidad escolar.
DEBE DECIR:
Otorgar a 4,000 niñas, niños, jóvenes y adultos de educación básica publica (primaria y secundaria) un incentivo económico
para motivar sus esfuerzos académicos, que vivan en condiciones de desventaja social de la demarcación, sin discriminar
por motivos de género, raza, religión, edad, lenguaje, orientación sexual, condición física o socioeconómica, afiliación
política o algún otro motivo que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la
igualdad real de oportunidades de las personas.
a).- Otorgar a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel primaria, secundaria que vivan en condiciones de
desventaja social, un incentivo económico y así motivar sus esfuerzos académicos.
b).- Incentivar a 4,000 estudiantes.
e).- Contribuir en el proceso educativo de las y los estudiantes, con la finalidad de dar permanencia y continuidad escolar.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 127
En la página 746, III. Metas Físicas, párrafo 2.
DICE:
Por lo que las metas que se esperan alcanzar para el ejercicio fiscal 2018 son de 2,483 incentivos económicos distribuidos
de la siguiente manera:
Objetivo específico Metas Físicas
Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel
primaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos académicos. 1,483 estudiantes
de nivel primaria
Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel
secundaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos
académicos.
1,000 personas de
nivel secundaria
Total 2,483
DEBE DECIR:
Por lo que las metas que se esperan alcanzar para el ejercicio fiscal 2018 son de 4,000 incentivos económicos distribuidos
de la siguiente manera:
Objetivo específico Metas Físicas
Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel
primaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos académicos 2,840 estudiantes
de nivel primaria
Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel
secundaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos académicos 1,160 personas de
nivel secundaria
Total 4,000
En la página 746, IV. Programación Presupuestal.
DICE:
Para el ejercicio fiscal 2018 se cuenta con un presupuesto de $3, 724,500.00 (Tres millones setecientos veinticuatro mil
quinientos pesos 00/100 M.N.).); del capítulo 4000, mismo que podrá verse afectado por ampliaciones o disminuciones
que determine la autoridad competente.
Para llevar a cabo la atención de las necesidades y objetivos del programa a través de las presentes reglas de operación, se
tiene previsto ejercer el presupuesto programado de la siguiente manera:
Objetivo específico Monto Unitario Metas Físicas Total
Nivel básico (primaria) $1,500.00 1483 $ 2,224,500.00
Nivel básico (secundaria) $1,500.00 1 000 $ 1,500,000.00
Total 3,724,500.00
DEBE DECIR:
Para el ejercicio fiscal 2018 se cuenta con un presupuesto de $6, 000,000.00 (Seis millones de pesos 00/100 M.N.); del
capítulo 4000, mismo que podrá verse afectado por ampliaciones o disminuciones que determine la autoridad competente.
Para llevar a cabo la atención de las necesidades y objetivos del programa a través de las presentes reglas de operación, se
tiene previsto ejercer el presupuesto programado de la siguiente manera:
Objetivo específico Monto Unitario Metas Físicas Total
Nivel básico (primaria) $1,500.00 2840 $ 4,260,000.00
128 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Nivel básico (secundaria) $1,500.00 1160 $ 1,740,000.00
Total $ 6,000,000.00
En la página 746, V. Requisitos y Procedimiento de Acceso, V.2 Requisitos de Acceso.
DICE:
Para ser beneficiarios del Programa Social, deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos:
1) Identificación con fotografía del padre, madre o tutor o si es estudiante mayor de edad (INE/IFE, Pasaporte, Cédula
Profesional)
2) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses a partir de la publicación de la Convocatoria.
3) Acta de Nacimiento (Original y copia para cotejo).
4) CURP del estudiante. (Original y copia para cotejo).
5) Constancia de estudios correspondiente al ciclo escolar actual del plantel público educativo.
6) En el caso del tutor(a), deberá presentar el documento probatorio que acredite la tutoría sobre la o el menor; así como los
demás requisitos señalados.
7) En caso de ser mayor de edad la o el estudiante deberá presentar los documentos que correspondan antes señalados.
8) A fin de garantizar que el incentivo beneficie a mayor población, se entregará solo un apoyo económico por familia.
9) En caso de que exista abandono por parte de madre ó padre o por causa de fallecimiento de alguno de ellos, el
responsable del cuidado del menor en su momento, podrá realizar y concluir los trámites necesarios para la obtención del
beneficio para el menor.
10) Presentar los formatos “Solicitud de acceso al programa” y “Estudio Socioeconómico” debidamente requisitados.
DEBE DECIR:
Para ser beneficiarios del Programa Social, deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos:
1) Identificación con fotografía del padre, madre o tutor o si es estudiante mayor de edad (INE/IFE, Pasaporte, Cédula
Profesional)
2) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses a partir de la publicación de la Convocatoria.
3) Acta de Nacimiento (Original y copia para cotejo).
4) CURP del estudiante. (Original y copia para cotejo).
5) Constancia de estudios correspondiente al ciclo escolar actual del plantel público educativo.
6) En el caso del tutor(a), deberá presentar el documento probatorio que acredite la tutoría sobre la o el menor; así como los
demás requisitos señalados.
7) En caso de ser mayor de edad la o el estudiante deberá presentar los documentos que correspondan antes señalados.
8) En caso de que exista abandono por parte de madre ó padre o por causa de fallecimiento de alguno de ellos, el
responsable del cuidado del menor en su momento, podrá realizar y concluir los trámites necesarios para la obtención del
beneficio para el menor.
9) Presentar los formatos “Solicitud de acceso al programa” y “Estudio Socioeconómico” debidamente requisitados.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 14 de agosto de 2018.
(Firma)
FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA
JEFE DELEGACIONAL EN TLÁHUAC
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 129
AUTORIDAD DE LA ZONA PATRIMONIO MUNDIAL NATURAL Y CULTURAL DE LA HUMANIDAD EN
XOCHIMILCO, TLÁHUAC Y MILPA ALTA
LIC. ARTURO PAVÓN MERCADO, TITULAR DE LA AUTORIDAD DE LA ZONA PATRIMONIO MUNDIAL
NATURAL Y CULTURAL DE LA HUMANIDAD EN XOCHIMILCO, TLÁHUAC Y MILPA ALTA, con
fundamento en el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus transitorios segundo y
décimo del DECRETO por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones, en materia de la reforma
política de la Ciudad de México; 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción I y 35 fracción XIV, de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1° fracciones I, II, III, V, XI y XII, 35, 36, 37, 38, 39, 40
y 41 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; Decreto por el que se
modifica el Diverso por el que se crea la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en
Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta; emito el siguiente:
Aviso por el cual se da a conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos
Productivos para el Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio
Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018”
I. La dependencia o entidad responsable del programa
La denominación es: “Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos Productivos para el
Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio Mundial, Natural y
Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018”.
El órgano desconcentrado de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México: Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial
Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.
Las unidades administrativas involucradas en la operación son: la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y
Naturales, la Dirección de Bienes Patrimoniales Culturales, la Dirección Ejecutiva de Proyectos Especiales, todas adscritas
a la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta y
la Dirección de Administración en la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en
Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.
II.- Alineación programática
El 11 de septiembre de 2013, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el acuerdo por el que se aprueba el
Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México 2013 - 2018, el cual establece los objetivos, metas y líneas de
acción que servirán como base para la definición e implementación de las políticas de la Ciudad de México hasta el año
2018, así como para la elaboración de los programas sectoriales, institucionales y especiales.
Eje 1. Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano; Área de oportunidad 1; Discriminación y Derechos Humanos;
Objetivo 1 realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas, independientemente de su
origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o
preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para evitar
bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión, el maltrato y la discriminación; Meta 1 eliminar las prácticas
discriminatorias que generan exclusión y maltrato; Líneas de acción.- Apoyar el trabajo conjunto de grupos y
organizaciones de la sociedad civil, para fortalecer las actividades orientadas a la incidencia en políticas públicas basadas en
investigación, con enfoque de derechos y a favor de los grupos en situación de vulnerabilidad; Implementar programas y
actividades que fortalezcan una cultura en la que se eviten prácticas discriminatorias en donde los prejuicios, estereotipos y
estigmas promuevan la exclusión y el maltrato.
El eje 3. Desarrollo Económico Sustentable; Objetivo 1 revisar y hacer mejoras al marco normativo sobre suelo de
conservación, privilegiando la concepción de este como un territorio clave para el mantenimiento de la calidad de vida, la
sustentabilidad y la competitividad de la ciudad de México, mediante esquemas que propicien la participación ciudadana;
Líneas de acción; conformar un mecanismo de planeación y supervisión de la gestión del suelo de conservación por el
130 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
gobierno central y delegacional en conjunto; crear un programa de consolidación de asentamientos rurales y expansión cero,
con inversiones en infraestructura de abasto energético con fuentes alternas. Meta 3 detener el crecimiento de los
asentamientos humanos irregulares en el suelo de conservación de la Ciudad de México (crecimiento cero) y recuperar
espacios ocupados, principalmente los que se localizan en zonas de alto valor ambiental o zonas de alto riesgo; Líneas de
acción; Implementar acciones de control y recuperación de espacios invadidos por asentamientos humanos irregulares,
priorizando zonas de alto valor ambiental y de riesgo con criterios de igualdad de género; Objetivo 2 desarrollar programas
de alto impacto económico y social para el aprovechamiento diversificado y sustentable del territorio, la conservación de los
ecosistemas, la biodiversidad y los servicios ambientales, fomentando la participación ciudadana; Meta 2 incrementar la
eficiencia de los recursos y de las actividades orientadas a la conservación y restauración de los ecosistemas; Líneas de
acción; Identificar los territorios degradados o susceptibles de llevar a cabo proyectos o actividades para la conservación, la
restauración ecológica o el desarrollo de los servicios ambientales; Desarrollar proyectos integrales de gran alcance para la
restauración y conservación de territorios con alto potencial para la generación de servicios ambientales; Área de
oportunidad 3. Abastecimiento y calidad del agua; Meta 3 desarrollar tecnologías y alternativas para la cosecha y el
aprovechamiento del agua pluvial, así como la gestión del agua, mediante el diseño e implementación de una estrategia para
incrementar el abastecimiento en el mediano y largo plazos; Líneas de acción crear un programa de restauración y
conservación de manantiales del suelo de conservación; Área de oportunidad 4. Comunidades rurales y sector agropecuario;
objetivo 3: Promover la capitalización impulsando la competitividad y el mejoramiento continuo de las unidades de
producción forestal, agrícola, pecuaria y piscícola, así como las artesanales, de transformación y comercialización, Meta 2.
producir alimentos libres de agroquímicos, líneas de acción; establecer un programa que garantice la producción de
alimentos libres de agroquímicos, que favorezca la seguridad y autosuficiencia alimentaria, así como la conservación y uso
sustentable del suelo y agua; y, fomentar la producción de alimentos de buena calidad y de alto valor nutritivo, mediante
técnicas ecológicas, respetuosas del ambiente, libres de contaminantes, con bajo consumo de agua y aprovechando los
recursos locales disponibles, a través de programas de reconversión productiva, y el programa sectorial de desarrollo
agropecuario en su objetivo 3. Promover la capitalización, impulsando la competitividad y el mejoramiento continuo de las
unidades de producción forestales, agrícola, pecuario, piscícola, así como las artesanales, de transformación y
comercialización. Meta 2; crear unidades de producción (vía capacitación y tecnificación), libres de agroquímicos,
pesticidas y transgénicos, así como el número de productores y población que viven en las zonas urbanas y rurales con
distintivo de calidad de buenas prácticas agrícolas, en materia de aprovechamiento, uso de agua, sanidad e inocuidad.
Los lineamientos se alinea con el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México en el Derecho 10: Derecho a un
medio ambiente sano, Objetivo Especifico 10 05 Reducir los compuestos y gases/emisiones de efecto invernadero, a fin de
incrementar la calidad de vida de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México; Estrategia 10 05 03 Diseñar
y operar acciones de educación y difusión ambientales permanentes que promuevan en la ciudadanía una conciencia para
generar cambios que coadyuven al cuidado del medio ambiente, a la mitigación y adaptación al cambio climático, para
disminuir progresivamente los riesgos que enfrentan las poblaciones más afectadas (niños, niñas, adolescentes, personas
adultas mayores, personas con discapacidad, entre otras).
Adicionalmente los lineamientos tienen una relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en su Objetivo No. 6
Agua Limpia y Saneamiento. Objetivo de Desarrollo Sostenible Garantizar la Disponibilidad y la Gestión Sostenible del
Agua y el Saneamiento para Todos. Meta 6.6 Proteger y Restablecer los ecosistemas relacionados con el agua, incluidos los
bosques, las montañas, los humedales, los ríos, los acuíferos, y los lagos. Objetivo No. 15 Vida de los Ecosistemas
Terrestres. Objetivo de Desarrollo Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres gestionar
sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la
perdida de la biodiversidad. Meta 15.1 De aquí a 2020, asegurar la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de
los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y sus servicios, en particular los bosques, los
humedales, las montañas y las zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en virtud de acuerdos
internacionales.
III. Diagnóstico
El área Metropolitana de la Ciudad de México conforma una de las aglomeraciones urbanas más grandes del mundo. En su
corazón se encuentra la Ciudad de México, con una población de 8.85 millones de personas de acuerdo con el INEGI en su
censo poblacional 2010. Aproximadamente 22,800 HA se dedican a la producción de cultivos, principalmente en las
delegaciones de Tlalpan, Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco. En estas zonas se producen maíz, frutales, hortalizas y
animales para el autoconsumo familiar y la venta local, pero también hay una producción a mayor escala de nopal
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 131
(chumbera), amaranto, hortalizas, hierbas y plantas ornamentales para los mercados urbanos y regionales. Cinco zonas
chinamperas son el principal componente que configura lo que podría ser la Zona Núcleo dentro del Polígono Patrimonio
Mundial (González Pozos, UAM Xoch. 2016).
El sistema agrícola chinampero representa la base de la Declaratoria otorgada por la UNESCO a una zona de 7,534
hectáreas localizado en las delegaciones de Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta de la Ciudad de México. El sistema
chinampero ocupa una superficie del 30% del área total patrimonial equivalente a 2,215 hectáreas; el 74% (1,646 hectáreas)
se ubican en la Delegación de Xochimilco y el 26% restante de la Delegación de Tláhuac (569 hectáreas).
Solo existen cinco zonas chinamperas conservadas, en torno a los pueblos originarios que datan de la época prehispánica,
tres en la Delegación Xochimilco: Xochimilco, San Gregorio Atlapulco y San Luis Tlaxialtemalco y dos en la Delegación
de Tláhuac: San Pedro Tláhuac y Mixquic-Tetelco.
La Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta
convino y coordinó los Estudios de: “Caracterización y Catalogación de las chinampas de la zona reconocida por la
UNESCO como Patrimonio Mundial de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta”, elaborado por la Universidad
Autónoma Metropolitana Unidad Xochimilco; es importante mencionar que desde su declaratoria en el año de 1987, no se
había elaborado un estudio que permitiera conocer el estado actual que guarda el sistema chinampero en su conjunto, y se
desconocía la cantidad de chinampas que aún existen en la Zona Patrimonial, así como su condición en términos de
actividad productiva, los datos que se han generado emiten conocimiento puntual sobre la zona chinampera y ofrecen
información primordial para la comprensión del momento actual en el que se encuentra el sistema chinampero, tanto para la
toma de decisiones institucionales, como para establecer un punto de partida que permita homologar las diversas cuantías,
que carentes de respaldo, circulan sobre el conjunto de chinampas que actualmente se conservan en la Zona Patrimonial.
Que en la zona rural se encuentran especies animales y vegetales de importancia biológica, cultural y alimentaria; que
ejemplo de ellas es el ajolote (Ambystoma mexicanum), especie considerada modelo biológico para investigaciones
médicas y en peligro de extinción (NOM-059-SEMARNAT-2010).
III.1.- Antecedentes
El 4 de diciembre de 1986 el Ejecutivo Federal público en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Zona de
Monumentos Históricos un área de 89.65 km2, ubicadas en las delegaciones Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.
El 11 de diciembre de 1987, la UNESCO declaró Patrimonio Mundial, Cultural y Natural al sistema de chinampas de
Xochimilco y Tláhuac, por el valor que conservan sus canales y chinampas, similares a los que existían en el islote que
albergaba México-Tenochtitlán y que conformaban el sistema que permitía el desarrollo sustentable de una comunidad
densamente poblada, por lo que debe ser protegido para beneficio de la humanidad.
Los días 7 y 11 de mayo de 1992 por Decreto Presidencial en el Diario Oficial de la Federación, se estableció como zona
prioritaria de preservación y conservación del equilibrio ecológico y se declaró área natural protegida, bajo la categoría de
zona sujeta a conservación ecológica, la zona conocida como “Ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco”, en la
Delegación Xochimilco.
El 31 de enero de 2005, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el acuerdo de creación de la Comisión
Interdependencial para la conservación del Patrimonio Natural y Cultural de Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco, como un
Órgano de Planeación, Coordinación, Apoyo, Consulta y Seguimiento de los programas, proyectos y acciones que
promovieran la investigación, difusión, protección, conservación, mantenimiento, restauración y desarrollo sustentable del
Patrimonio Mundial Natural y Cultural de Xochimilco, Tláhuac y Milpa alta.
Para consolidar, ampliar y eficientar las políticas, programas y acciones del gobierno en materia de investigación, difusión,
protección ecológica, conservación, mantenimiento, restauración y desarrollo sustentable del área que comprende el
Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, el Jefe de Gobierno de la
Ciudad de México, mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 11 de diciembre de
2012, creo la autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y
Milpa Alta, como órgano de apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno, dotado de atribuciones propias y en el que
además se concentren, por delegación, las atribuciones y facultades que las dependencias y órganos de la Administración
Pública de la Ciudad de México, ejerzan en el territorio declarado por la UNESCO Patrimonio Mundial.
132 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
En septiembre de 2017, se publica El decreto por el que se modifica el diverso por el que se crea la Autoridad de la Zona
Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta como un Órgano de Apoyo a
las Actividades de la Jefatura de Gobierno en las Delegaciones Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta de la Ciudad de México,
cuyo objeto es salvaguardar los bienes patrimoniales con valor universal, clasificados como productivos, naturales y
culturales, que se encuentran en la Zona referida.
En el año 2016, inician estas actividades con los “Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Actividades
Institucionales para la Recuperación y Restauración de Chinampas en 5 Proyectos Pilotos ubicados dentro del Polígono de
la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta”, ejecutando
proyectos y acciones para la recuperación y restauración de las chinampas en esta Zona con participación vecinal.
La zona lacustre ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco constituye un ecosistema remanente de la cuenca de
México, importante por la biodiversidad que alberga y el patrimonio genético que representa; asimismo, dicha zona es
reconocida por el Convenio Sobre Humedales (RAMSAR, 2004); además la zona cuenta con el reconocimiento como Sitio
Importante del Patrimonio Agrícola Mundial por el agrosistema chinampero característico de la zona, por su valor ecológico
y agronómico así como a nivel de paisaje; como sistema productivo representa un ejemplo a nivel mundial de un desarrollo
tecnológico nativo, ecológicamente adecuado, culturalmente valorado, asimismo, agronómica y biológicamente considerado
como un modelo para el estudio de aspectos ecológicos, de sinergias, microbiológicos, sociológicos, entre otros (SIPAM,
2017); y es reconocida como Área Importante para la Conservación de las Aves (AICAS, 2007).
Para 2017 hay continuidad a los Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Acciones Institucionales para
la Recuperación y Restauración de Chinampas ubicadas dentro del Polígono de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y
Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, los cuales son publicados en la Gaceta Oficial No. 123 de
fecha 1 de agosto, beneficiando a 79 chinamperos productores de manera directa.
Que el sismo de septiembre de 2017 agravó la problemática de la zona rural donde se agudizaron o generaron una serie de
problemas entre los que desatacan: el acceso limitado o nulo al agua para riego, la aparición de daños en las chinampas,
tablas y parcelas, la aparición o agravamiento de daños en la red de canales y redes de distribución de agua, daños en los
sistemas hidroagrícolas entre otros, que afectaron a las delegaciones rurales Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco en grado tal
que fueron declaradas “zonas de desastre”.
IV. Los objetivos y alcances
IV.1 Objetivo General
Preservar, conservar y difundir la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad, a través de actividades de
reactivación y producción agrícola de las chinampas, parcelas, parajes y/o predios en Delegaciones Xochimilco, Tláhuac y
Milpa Alta, a través de proyectos productivos de desarrollo rural, con la finalidad de mejorar las condiciones de la
producción agrícola, así como la calidad de vida de los habitantes de la Zona Patrimonio.
IV.2 Objetivos Específicos
1.- Preservar el sistema chinampero de la zona patrimonio como “Sistemas Ingeniosos de Patrimonio Agrícola Mundial.”
2.- Fomentar e impulsar el desarrollo agrícola mediante apoyos a proyectos de producción agrícola, mediante la reactivación
y producción agrícola de chinampas, parcelas, parajes o predios en la Zona Patrimonio.
3.- Fomentar, conservar e impulsar el desarrollo agrícola entre agricultores, chinamperas y chinamperos, mediante apoyos
económicos a los cultivos de hortalizas, flores, frutales y otros en la Zona Patrimonio con buenas prácticas agrícolas.
4.- Apoyar a la población de la Zona Patrimonio propiciando la economía solidaria y el comercio justo, toda vez, que esto
promueve el derecho al trabajo digno y a la alimentación nutritiva y suficiente.
5.- Fomentar e impulsar el desarrollo agrícola y cultural mediante apoyos a proyectos de producción agrícola chinampera,
de conservación ambiental, mediante la aplicación de mejores prácticas o innovaciones tecnológicas y empleo rural.
6.- Contribuir a la recuperación de suelos ociosos en la zona chinampera, parajes, parcelas y/o predios por medio de ayudas
que generen procesos de producción sostenibles y con prácticas agroecológicas; contribuyendo al derecho de un medio
ambiente saludable.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 133
7.- Apoyar a la población rural a través de diversas ayudas que contribuyan a la satisfacción de necesidades para su
desarrollo personal, productivo y comercial; contribuyendo al derecho a la salud y a la cohesión social.
A través de estos objetivos específicos se conforman las estrategias que el Gobierno de la Ciudad de México, por medio de
la Autoridad de la Zona Patrimonio, realiza a través de fomentar la equidad social impulsando el desarrollo de la zona
patrimonio con enfoque de género y sustentabilidad, con estricto apego a las normas ambientales y a la originalidad de cada
unidad de producción.
IV.3 Alcance
Otorgar apoyos económicos a productores de la Zona Patrimonio en la Ciudad de México, con la finalidad de fomentar la
reactivación y producción agrícola de chinampas, parcelas, parajes y/o predios para fortalecer las prácticas rurales y
contribuir a mejorar su calidad de vida.
Se busca también promover la inclusión y Desarrollo Social de la población rural, indígena, de Pueblos Originarios y
Comunidades de Distinto Origen Nacional, promoviendo políticas de equidad de género que promueve el Gobierno de la
Ciudad de México para el acceso a los Programas Sociales y así asegurar las condiciones igualitarias entre mujeres y
hombres con el pleno ejercicio de sus Derechos Humanos.
Promover, conservar y divulgar el patrimonio cultural y natural, con el propósito de fortalecer los vínculos de identidad,
apropiación de la herencia cultural y de la cultura contemporánea de la población capitalina.
V. Meta Física
Se financiera proyectos productivos para la reactivación y producción agrícola de chinampas, parcelas, parajes y/o predios
hasta por $ 450,000.00 (Cuatrocientos cincuenta mil pesos), hasta agotar la suficiencia presupuestal, siempre y cuando se
cumplan con los requisitos que establecen los presentes Lineamientos.
VI. Programación presupuestal
El presupuesto total programado correspondiente a la Acción Institucional es $ 5,824,287.80 (Cinco millones ochocientos
veinticuatro mil doscientos ochenta y siete pesos 80/100 M.N.).
VII. Los requisitos y procedimientos de acceso
VII.1 Difusión
La difusión de la presente actividad y sus apartados será realizada mediante publicación de los presentes Lineamientos en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Los formatos y documentación necesaria que deberán presentar los interesados para
el registro a los Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos Productivos para el Desarrollo Rural
en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en
Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018, podrán ser encontrados en la oficina de la Autoridad de la Zona Patrimonio
Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, la cual se encuentra ubicada en las
instalaciones del Centro de Educación Ambiental ―Acuexcomatl‖, con domicilio en Av. Año de Juárez No. 1900, Col.
Quirino Mendoza, Pueblo San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México.
El listado de las solicitudes que sean aprobadas estará disponible para su consulta a través del portal de internet de la
Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta:
www.azp.cdmx.gob.mx., de acuerdo a la normatividad de transparencia vigente.
VII.2 Requisitos de Acceso
La documentación solicitada deberá ser entregada en la oficina de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y
Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta la cual se encuentra ubicada en las instalaciones del Centro
de Educación Ambiental ―Acuexcomatl‖, con domicilio en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo
San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México, los días 16 y 17 de agosto de 2018 en un horario de
10:00 a 17:00 horas
134 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Los requisitos y documentos que deberán de presentar los solicitantes en los presentes lineamientos son:
No. Requisito Documento
1 Las solicitudes serán en grupos de trabajo de 3 a 5
integrantes.
Solicitud con firma autógrafa o huella dactilar de la
persona interesada.
2 Presentar documento de identidad y ser mayor de edad.
Identificación oficial vigente (credencial para votar,
pasaporte, cartilla, cédula profesional y/o licencia de
manejo).
3 Acreditar la propiedad o posesión legal de la Chinampa,
parcela, paraje y/o predio.
Constancia expedida por autoridad local competente
que señale que se tiene la posesión de la Chinampa,
parcela, paraje y/o predio.
En caso de arrendamiento (arrendamiento con copia de
identificación oficial del arrendatario, comodato con
copia e identificación oficial del comodante, anuencia,
constancia de posesión o usufructo, entre otras).
4
Los grupos de trabajo, deberán presentar la opinión de uso de
suelo emitida por la autoridad competente, o en su caso la
solicitud correspondiente debidamente tramitada.
Opinión de uso de suelo (o similar) CORENA y/o
Delegacional.
5 Comprobante de domicilio.
Copia de comprobante de domicilio (recibo de agua,
luz, predial, telefonía fija), con una vigencia no mayor
a 3 meses.
6 Comprobante de nacionalidad. Clave Única de Registro de Población (CURP).
7
Manifestar bajo protesta de decir verdad que el proyecto
presentado, no será beneficiado por otra Institución
Gubernamental del ámbito federal y/o local.
Escrito en el que señale bajo protesta de decir verdad
que el proyecto presentado, no será beneficiado por
otra Institución Gubernamental del ámbito federal y/o
local.
8
Si el solicitante, ha sido beneficiado de los programas sociales
o Acciones Institucionales de la Autoridad de la Zona
Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en
Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, durante el ejercicio 2017
y 2018
Deberá de proporcionar Acta Finiquito 2017 en su
caso.
9 Currículum Vitae del Asesor Técnico. Documento que acredite los conocimientos técnicos
para el desarrollo de proyectos en la materia.
Se debe presentar copia legible de la documentación señalada para conformar el expediente, y original para cotejo, que le
serán devueltos inmediatamente después de hacer el registro.
La solicitud deberá contener cuando menos los siguientes datos de forma enunciativa más no limitativa:
-Datos generales del solicitante o grupo de trabajo, como personas físicas (nombre, dirección, número telefónico (fijo y
móvil), sexo, ocupación, CURP, edad, estado civil, dependientes económicos, escolaridad, lugar de nacimiento y tiempo de
residencia).
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 135
- Desarrollo de actividades a realizar, el cual deberá describirse de forma detallada indicando cada una de las acciones a
realizar, así como el lugar y fecha de su realización.
- Cronograma de actividades.
- Describir de manera detallada, cuantitativa y cualitativa cada una de las tareas a desarrollar por cada una de las
actividades. especificar cuáles son los pasos o procesos a seguir desde su inicio y hasta su conclusión.
- Ubicación de un mapa con coordenadas geográficas.
- Señalar los cultivos o actividades describiendo características agrícolas.
- Costo total del proyecto.
Las personas y/o grupos de trabajo deberán otorgar todas las facilidades al personal directivo o de apoyo de la Autoridad de
la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, para realizar una visita de
supervisión en la cual se verificará la existencia de la Chinampa, Parcela, Paraje y/o Predio, para analizar la factibilidad y
pertinencia de otorgar el apoyo.
Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale en acuerdo el Grupo Dictaminador.
Lugar dónde deberá ser entregada las solicitudes:
Domicilio Área Responsable
Avenida Año de Juárez No. 1900, Colonia Quirino
Mendoza, San Luis Tlaxialtemalco, Delegación
Xochimilco de la Ciudad de México, C. P. 16610
Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y
Naturales.
Solamente las solicitudes que hayan cubiertos todos los requisitos establecidos en estos lineamientos, tendrán derecho de
ingresar al procedimiento de selección.
VII.3 Convocatoria
El proceso de convocatoria será cubierto a través de carteles colocados en las oficinas que más adelante se señalan, así como
mediante la publicación de los presentes lineamientos en el órgano oficial de difusión de la Ciudad de México y en la página
web oficial: www.azp.cdmx.gob.mx; Además estarán disponibles para la ciudadanía en las oficinas de la Autoridad de la
Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta. Ubicadas en Av. Año
de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México,
Tel. 1547-0911 en un horario de 10:00 a 17:00 horas.
VII.4 Criterios de Selección.
a) Para realizar la selección y emitir el dictamen correspondiente, la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y
Naturales, realizará el procedimiento de revisión de las solicitudes, sustentada en la información y documentación que se
establecen los presentes lineamientos.
b) Una vez concluido el proceso anterior la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales, expedirá un folio de
registro único e intransferible por cada uno de los expedientes y proyectos. Posteriormente realizará un informe con la
selección de cada proyecto, el cual será presentado ante el grupo dictaminador, que validará los resultados finales los cuales
serán públicos e inapelables.
c) Sólo se presentará una solicitud por grupo de trabajo.
d) La selección de grupos de trabajo beneficiados se realizará de manera colegiada y por mayoría simple a través de un
Grupo Dictaminador compuesto por el Coordinador General y la estructura orgánica, hasta nivel de Jefatura de Unidad
Departamental de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, así
como el titular de la Dirección de Administración.
La simple presentación de la solicitud de apoyo y documentación solicitada en los lineamientos, no crea derecho para
otorgar los recursos al proyecto.
136 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
El solicitante podrá conocer el estado de su trámite, mediante los listados que se publicarán en la página
http://www.azp.cdmx.gob.mx y estarán visibles en las oficinas ubicadas en San Fernando No. 160, Colonia Toriello Guerra,
Delegación Tlalpan de la Ciudad de México, C.P. 14000 y las ubicadas en Avenida Año de Juárez No. 1900, Colonia
Quirino Mendoza, San Luis Tlaxialtemalco, Delegación Xochimilco de la Ciudad de México, C.P. 16610 en un horario de
10:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.
En el caso de que alguna persona decida renunciar a la actividad, el grupo dictaminador tendrá la facultad de reasignar los
recursos a otro proyecto viable sin recursos asignados.
El listado de solicitudes aceptadas se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en la página web de la
Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.
Los datos de las personas beneficiarias a través estos Lineamientos, será de carácter reservados, de acuerdo a la
normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o
comercial, ni para ningún fin distinto al establecido en estos Lineamientos.
Así mismo se aplicará la Política de Género que promueve el Gobierno de la Ciudad de México, asegurando las condiciones
igualitarias entre mujeres y hombres con el pleno ejercicio de sus Derechos Humanos.
De igual manera garantizando la igualdad en el trato y no discriminación; así como promover, conservar y divulgar el
patrimonio cultural y natural, con el propósito de fortalecer los vínculos de identidad, apropiación de la herencia cultural y
de la cultura contemporánea de la población capitalina.
No podrán acceder a los beneficios de los Lineamientos, las y los servidores públicos de la Ciudad de México o los que
realicen funciones operativas dentro de los mismos, en los términos de la legislación aplicable.
En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en los
presentes Lineamientos y la normatividad aplicable en la materia.
VII.5 Requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal.
En los casos en que aun habiendo cumplido con los requisitos de acceso a los presentes Lineamientos y derivado de la
revisión se constate que la persona, personas y/o grupo de trabajo, serán causales de no selección los siguientes:
a) El beneficiario no hubiere finiquitado recursos en ejercicios fiscales anteriores en la Autoridad de la Zona Patrimonio
Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.
b) No hubiere cumplido con la entrega de documentación adicional solicitada en los términos y plazos señalados en el
artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
c) Se evidencie la falsedad en la documentación entregada.
d) Que el proyecto no se lleve a cabo en la chinampa, parcela, paraje o predio que se detalló en la solicitud de acceso en
caso de haber cambio de domicilio deberá notificarlo a la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales de la
Autoridad de la Zona Patrimonio mediante escrito.
Así mismo se llevará a cabo la verificación física del nuevo domicilio de la chinampa, parcela, paraje y/o predio a
beneficiar.
e) En caso de fallecimiento y/o imposibilidad grave de algún integrante del grupo de trabajo se deberá notificar y solicitar la
sustitución mediante escrito firmado por los participantes del grupo restantes dirigido al Coordinador General de la
Autoridad de la Zona Patrimonio.
f) El incumplimiento a los compromisos establecidos en el convenio de colaboración causara la suspensión o baja de la
actividad.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 137
g) Los asesores técnicos podrán colaborar como máximo hasta en 4 proyectos en el marco de los presentes lineamientos.
VIII.- Procedimiento de Instrumentación.
El procedimiento de instrumentación se sujetará a lo establecido en los presentes Lineamientos, salvo los casos que señale el
Grupo Dictaminador de la Autoridad de Zona Patrimonio.
VIII.1 Operación.
La apertura de la ventanilla para recibir los proyectos, serán los días 16 y 17 de agosto del 2018 de 10:00 a 17:00 horas.
La Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales, analizará las solicitudes dentro de los 10 días hábiles
siguientes al cierre de las ventanillas, solo los proyectos ingresados con documentación completa serán sometidos ante el
Grupo Dictaminador.
Una vez que los expedientes se encuentren completos, la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales
realizará la supervisión a los proyectos propuestos a fin de verificar las condiciones físicas del lugar para llevar a cabo el
proyecto.
El Grupo Dictaminador revisará y valorará los proyectos que se ingresen y en su caso los aprobará.
La Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales, notificará a los solicitantes la resolución correspondiente,
para lo cual los interesados deberán acudir al domicilio ubicado en Avenida año de Juárez 1900, Colonia Quirino Mendoza,
San Luis Tlaxialtemalco, Delegación Xochimilco, C.P. 16610 Ciudad de México.
Los listados de los proyectos serán publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, así como en la página oficial de
la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.
VIII.2 De la ejecución de las Acciones Institucionales
a) La Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, firmará un
convenio de colaboración con cada uno de los grupos de trabajo, cuya chinampa, parcela, paraje y/o predio, haya sido
aprobada por el Grupo Dictaminador.
En dicho instrumento jurídico se señalarán las obligaciones, compromisos, plazos y metas de cumplimiento, así como el
monto de los recursos económicos asignados para la ejecución de las acciones y la periodicidad de los mismos.
Adicional se suscribirá manifiesto en el que el grupo de trabajo se compromete a presentar la documentación comprobatoria
de los recursos económicos que sean utilizados para el desarrollo de las actividades autorizadas.
b) La documentación probatoria para respaldar la utilización de los recursos podrán ser entre otros: notas de remisión, lista
de pago por jornal, recibos, comprobantes fiscales digitales por internet u otros documentos de comprobación de pago de los
recursos.
Dentro del presente rubro cabe incluir el costo del técnico responsable de la elaboración del proyecto, mismo que no puede
exceder de los $12,500.00 (Doce mil quinientos pesos 00/100 M.N.),
d) La Autoridad de la Zona Patrimonio entregará hasta en dos ministraciones los recursos autorizados de acuerdo a la norma
que determine el Grupo Dictaminador.
h) El grupo de trabajo deberá presentar una carpeta de evidencias e informe final que deberá contener la menos los
siguientes rubros:
1.- Datos General del Grupo y Proyecto
2.- Memoria Fotográfica antes y despúes de las actividades.
3.- Informe de final de actividades, con soporte documental.
138 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
Las personas y/o grupos de trabajo son los responsables de utilizar los recursos asignados a sus proyectos conforme a los
presentes lineamientos, convenio de colaboración y otras normas aplicables. Ante una irregularidad la Autoridad de la Zona
Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta aplicará la normatividad
administrativa que corresponda y hará del conocimiento del área jurídica de la AZP.
Todos los formatos y trámites son gratuitos.
IX. El procedimiento de queja o inconformidad ciudadana
En cualquier momento la o los interesados podrán interponer queja debidamente fundada y motivada, en persona, por
escrito, vía telefónica o por correo electrónico ante la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la
Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, en la oficina de que se encuentra ubicada en las instalaciones del Centro
de Educación Ambiental ―Acuexcomatl, con domicilio en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo
San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México. O bien en las instalaciones de la Coordinación
General de la Autoridad de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en
Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, ubicadas en Av. San Fernando #160, Col. Toriello Guerra, Delegación Tlalpan, C.P.
14000, en un horario de 10:00 a 17:00 horas; a los números telefónicos 5843 9109 y 1547 0911 o bien al correo electrónico:
[email protected] cuando considere que se afectan sus derechos, dicha queja deberá estar dirigida al Coordinador
General de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y
Milpa Alta. De la misma forma, podrán acudir ante el Órgano de Control Interno en la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de
México, ubicado en Plaza de la Constitución No. 2, en el Mezzanine, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000,
Ciudad de México.
La Jefatura de Unidad Departamental de Asuntos Jurídicos y de la Unidad de Transparencia de Autoridad de la Zona
Patrimonio tiene 10 días hábiles contados a partir de la recepción del escrito de queja o incidencias para emitir la respuesta
correspondiente. También se podrá presentar queja o inconformidad sobre el servicio ante el Órgano de Control Interno en
la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, ubicado en Plaza de la Constitución No. 2, en el mezzanine, Col. Centro,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México.
X. Los mecanismos de exigibilidad
La Autoridad tendrá a la vista del público los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos en apego a la
normatividad aplicable; así como de los presentes ― Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de
“Proyectos Productivos para el Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona
Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018”, y estarán
colocados a la vista del público en las oficinas ubicadas en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo de
San Luis Tlaxialtemalco, C.P. 16610, Delegación Xochimilco. Además, serán publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México y estarán disponibles en la página web oficial de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural
de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta www.azp.cdmx.gob.mx.
En cualquier momento la o los interesados podrán hacer exigible el cumplimiento de los presentes Lineamientos de
Operación, de manera debidamente fundada y motivada, en persona, por escrito, vía telefónica o por correo electrónico ante
la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, en
la oficina que se encuentra ubicada en las instalaciones del Centro de Educación Ambiental ―Acuexcomatl‖, con domicilio
en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad
de México. O bien en las instalaciones de la Coordinación General de la Autoridad de la Autoridad de la Zona Patrimonio
Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, ubicadas en Av. San Fernando #160,
Col. Toriello Guerra, Delegación Tlalpan, C.P. 14000, en un horario de 10:00 a 19:00 horas; a los números telefónicos 5843
9109 y 1547 0911 o bien al correo electrónico: [email protected], cuando considere que es necesario hacer efectivo
este derecho, dicha exigencia deberá estar dirigida al Coordinador General de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial
Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 139
XI. Las formas de participación social
Participante Etapa en la que
participa
Forma de
Participación Modalidad
Solicitantes Operación Presentación de
proyectos de trabajo
Asociación (grupo de
trabajo)
Integrantes de grupos de
trabajo Ejecución
Ejecución de los
trabajos propuestos
Informes y Revisiones
(información y consulta
XII. La articulación con otros programas sociales.
Programa o Acción
Social con que se
articula.
Dependencia o Entidad
Responsable.
Acciones con las que
colaboran.
Etapas del Programa
Comprometidas.
Programa para el
Rescate, Conservación y
Preservación de los
Bienes Patrimoniales de
la Zona Patrimonio en
Xochimilco, Tláhuac y
Milpa Alta
Autoridad de la
Autoridad de la Zona
Patrimonio Mundial
Natural y Cultural de la
Humanidad en
Xochimilco, Tláhuac y
Milpa Alta
Ejecución de actividades
por parte de los grupos
de trabajo. Reactivación
chinampas, parcelas,
parajes y/o predios.
Ejecución de actividades por
parte de los grupos de trabajo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. - Los presentes lineamientos entran en vigor el día de su publicación en Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México a 14 de agosto de 2018.
(Firma)
Lic. Arturo Pavón Mercado
Titular de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco,
Tláhuac y Milpa Alta.
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
CONVOCATORIA No. DAZCA/DGODU/010-2018
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LOCAL)
Ing. Eduardo Alfonso Esquivel Herrera Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Azcapotzalco en observancia a lo dispuesto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 3º apartado “a” fracción I y IV, 5, 23, 24 inciso A),
25 apartado “a” fracción I, 26, 28, 44 fracción I inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 26 de su Reglamento, convoca a las personas
físicas y morales interesadas en participar en las licitaciones de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Obra Pública a Base de Precios
Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo siguiente:
No. De Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
30001058/LP/025/2018
MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN
DE INFRAESTRUCTURA COMERCIAL; (MERCADO
OBRERO PUPULAR, CLAVERÍA, FORTUNA NACIONAL Y
VICTORIA DE LAS DEMOCRACIAS).
12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’360,000.00
Costo de las Bases Fecha límite para
adquirir las bases
Visita al Lugar
de la Obra
Junta de
Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único
Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora
$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18
8:00 8:00 8:00
Los recursos fueron autorizados con Oficio de Inversión de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México Número
SFCDMX/SE/DGPP/2296/2017 de fecha 26 de Diciembre de 2017.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para su adquisición en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles
Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México., a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria de lunes a
viernes de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles.
Requisitos para adquirir las bases:
Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:
1.- El comprobante de pago de bases de la adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, así mismo deberá de
elaborar en papel membretado de la empresa, escrito de interés en participar en la licitación (es) elegida (s).
1.1.- Constancia de registro de concursantes emitido por la Secretaría de Obras y Servicios, vigente.
1.2.- Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el
capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula
profesional del contador.
1.3.- En caso de estar en trámite el registro:
Constancia de registro en trámite acompañado de:
Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el
capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula
profesional del contador. Cabe señalar, que este documento únicamente servirá como comprobante para venta de bases. La constancia de registro de
concursante deberá presentarse en la propuesta técnica del sobre único, de no presentarlo será motivo de descalificación de la propuesta.
2.- En caso de adquisición:
2.1.- El comprobante de pago de bases, así como el documento indicado en el punto 1.1 y 1.2, se anexarán en el sobre único dentro de la propuesta técnica como
se indica en las bases de concurso, el no presentar estos documentos será motivo de descalificación.
2.2.- Los planos, especificaciones y otros documentos, se entregarán a los interesados en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones de esta
Delegación, previa presentación del recibo de pago a más tardar en la Junta de Aclaraciones, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.
3.- La forma de pago de bases se hará:
3.1.- En el caso de adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, Mediante Cheque Certificado ó de Caja,
Expedido a favor del Gobierno de la Ciudad de México Secretaría de Finanzas con cargo a una institución de crédito autorizado para operar en el
Distrito Federal.
4.- El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750,
2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado
de la empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero
o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para
cotejar), la asistencia a la visita de obra es obligatoria.
5.- La(s) junta(s) de aclaraciones se llevará(n) a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso,
Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicada anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la
empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la(s) junta(s) de aclaraciones. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto,
ingeniero o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original
para cotejar), la asistencia a la junta de aclaraciones es obligatoria.
6.- El acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas del sobre único se llevará a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y
Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados
anteriormente.
7.- No se otorgarán anticipos del 0 % (cero por ciento) para inicio de obra y 0 % (cero por ciento) para compra de materiales y/o equipos de instalación
permanente.
8.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
9.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: unidades de moneda nacional.
10.- La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la licitación o previa autorización por
escrito de la convocante de acuerdo al Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
11.- Los interesados en la licitación deberán comprobar experiencia técnica, mediante la relación de contratos de obras relacionados con las mismas vigentes
que tengan o hayan celebrado con la Administración Pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados, comprobando
documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como también
currículum de la empresa y del personal técnico a su servicio relativo a las obras similares a las descritas en la licitación y capacidad financiera,
administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la Licitación Pública Nacional.
12.- Los criterios generales para la adjudicación serán con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuándose el análisis
comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que
reuniendo las condiciones establecidas en la Ley y su Reglamento y solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta legal, técnica,
económica financiera y administrativa que resulte ser la más conveniente y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.
13.- El pago se hará mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las cuales se presentarán por periodos máximos mensuales, acompañadas de la
documentación que acredite la procedencia del pago.
14.- La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, incluye IVA, a favor de: Secretaría de
Finanzas de la Ciudad de México; mediante Póliza de Fianza expedida por Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal.
15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.
Ciudad de México a 10 de Agosto de 2018.
(Firma)
ING. EDUARDO ALFONSO ESQUIVEL HERRERA
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
CONVOCATORIA No. DAZCA/DGODU/011-2018
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LOCAL)
Ing. Eduardo Alfonso Esquivel Herrera Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Azcapotzalco en observancia a lo dispuesto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 3º apartado “a” fracción I y IV, 5, 23, 24 inciso A),
25 apartado “a” fracción I, 26, 28, 44 fracción I inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 26 de su Reglamento, convoca a las personas
físicas y morales interesadas en participar en las licitaciones de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Obra Pública a Base de Precios
Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo siguiente:
No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
30001058/LP/026/2018
CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA
DE DESARROLLO SOCIAL (SALÓN DE USOS MÚLTIPLES
XOCHINAHUAC)
12/09/18 31/12/18 111 D.N. $1’950,000.00
Costo de las Bases Fecha límite para
Visita al Lugar Junta de
Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único
de la Obra
adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora
$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18
10:00 10:00 10:00
No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
30001058/LP/027/2018 REHABILITACIÓN Y DESAZOLVE DE LA RED DE DRENAJE
EN 14 COLONIAS DE LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO 12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’000,000.00
Costo de las Bases Fecha límite para
Visita al Lugar Junta de
Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único
de la Obra
adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora
$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18
12:00 12:00 12:00
No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
30001058/LP/028/2018 REHABILITACIÓN DE LOS DEPORTIVOS CEYLÁN Y
AZCAPOTZALCO EN LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO 12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’000,000.00
Costo de las Bases Fecha límite para
Visita al Lugar Junta de
Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único
de la Obra
adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora
$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18
14:00 14:00 14:00
No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
30001058/LP/030/2018
REHABILITACIÓN DE LA RED SECUNDARIA DE AGUA
POTABLE EN 7 COLONIAS DE LA DELEGACIÓN
AZCAPOTZALCO
12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’090,000.00
Costo de las Bases Fecha límite para
Visita al Lugar Junta de
Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único
de la Obra
adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora
$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18
18:00 18:00 18:00
Los recursos fueron autorizados con Oficio de Inversión de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México Número
SFCDMX/SE/DGPP/2296/2017 de fecha 26 de Diciembre de 2017.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para su adquisición en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles
Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México., a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria de lunes a
viernes de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles.
Requisitos para adquirir las bases:
Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:
1.- El comprobante de pago de bases de la adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, así mismo deberá de
elaborar en papel membretado de la empresa, escrito de interés en participar en la licitación (es) elegida (s).
1.1.- Constancia de registro de concursantes emitido por la Secretaría de Obras y Servicios, vigente.
1.2.- Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el
capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula
profesional del contador.
1.3.- En caso de estar en trámite el registro:
Constancia de registro en trámite acompañado de:
Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el
capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula
profesional del contador. Cabe señalar, que este documento únicamente servirá como comprobante para venta de bases. La constancia de registro de
concursante deberá presentarse en la propuesta técnica del sobre único, de no presentarlo será motivo de descalificación de la propuesta.
2.- En caso de adquisición:
2.1.- El comprobante de pago de bases, así como el documento indicado en el punto 1.1 y 1.2, se anexarán en el sobre único dentro de la propuesta técnica como
se indica en las bases de concurso, el no presentar estos documentos será motivo de descalificación.
2.2.- Los planos, especificaciones y otros documentos, se entregarán a los interesados en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones de esta
Delegación, previa presentación del recibo de pago a más tardar en la Junta de Aclaraciones, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.
3.- La forma de pago de bases se hará:
3.1.- En el caso de adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, Mediante Cheque Certificado ó de Caja,
Expedido a favor del Gobierno de la Ciudad de México Secretaría de Finanzas con cargo a una institución de crédito autorizado para operar en el
Distrito Federal.
4.- El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750,
2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado
de la empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero
o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para
cotejar), la asistencia a la visita de obra es obligatoria.
5.- La(s) junta(s) de aclaraciones se llevará(n) a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso,
Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicada anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la
empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la(s) junta(s) de aclaraciones. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto,
ingeniero o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original
para cotejar), la asistencia a la junta de aclaraciones es obligatoria.
6.- El acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas del sobre único se llevará a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y
Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados
anteriormente.
7.- No se otorgarán anticipos del 0 % (cero por ciento) para inicio de obra y 0 % (cero por ciento) para compra de materiales y/o equipos de instalación
permanente.
8.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
9.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: unidades de moneda nacional.
10.- La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la licitación o previa autorización por
escrito de la convocante de acuerdo al Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
11.- Los interesados en la licitación deberán comprobar experiencia técnica, mediante la relación de contratos de obras relacionados con las mismas vigentes
que tengan o hayan celebrado con la Administración Pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados, comprobando
documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como también
currículum de la empresa y del personal técnico a su servicio relativo a las obras similares a las descritas en la licitación y capacidad financiera,
administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la Licitación Pública Nacional.
12.- Los criterios generales para la adjudicación serán con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuándose el análisis
comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que
reuniendo las condiciones establecidas en la Ley y su Reglamento y solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta legal, técnica,
económica financiera y administrativa que resulte ser la más conveniente y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.
13.- El pago se hará mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las cuales se presentarán por periodos máximos mensuales, acompañadas de la
documentación que acredite la procedencia del pago.
14.- La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, incluye IVA, a favor de: Secretaría de
Finanzas de la Ciudad de México; mediante Póliza de Fianza expedida por Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal.
15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.
Ciudad de México a 10 de Agosto de 2018.
(Firma)
ING. EDUARDO ALFONSO ESQUIVEL HERRERA
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
146 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
SECCIÓN DE AVISOS
COMPAÑÍA INDUSTRIAL AZUCARERA SAN PEDRO, S.A. DE C.V.
EN LIQUIDACIÓN
BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACIÓN
AL 30 DE JUNIO DE 2018
(Cifras en pesos)
A C T I V O P A S I V O
TOTAL PASIVO $0
CAPITAL CONTABLE
Capital Social $386’737,975
Déficit en el capital contable -461’420,934
Utilidad del Ejercicio de Liquidación 74’682,959
TOTAL CAPITAL CONTABLE $0
TOTAL ACTIVO $0 TOTAL PASIVO MÁS CAPITAL
CONTABLE $0
En cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles, la sociedad Compañía
Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V., en liquidación, a través de su liquidador el Servicio de
Administración y Enajenación de Bienes, publica el presente Balance General Final de Liquidación para
todos los efectos legales a que haya lugar.
Concluidas las operaciones sociales que quedaron pendientes al tiempo de la disolución, no existe
remanente de Haber Social a repartir entre los socios.
(Firma)
L.C. ANTONIO JARAMILLO GÓMEZ
Director Ejecutivo de Liquidación de Empresas del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
Liquidador de Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V.
Ciudad de México, a 1° de agosto de 2018
16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 147
E D I C T O S
** E D I C T O **
JUZGADO 53 DE LO CIVIL
EMPLAZAMIENTO
Señor: Manuel Alejandro Jiménez Fuentes.
Señora: Leonor Elide Fuentes Vilchis.
En los autos del juicio ejecutivo mercantil, promovido por Banca Afirme S.A., Institución de Banca Múltiple, Afirme
Grupo Financiero en contra de Manuel Alejandro Jiménez Fuentes y Leonor Elide Fuentes Vilchis, expediente número
355/2016, el Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, ordeno lo siguiente:
“…. Ciudad de México, a dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete.
Insértese a los autos del expediente número 355/2016, el escrito presentado por la parte ejecutante. Se tienen por hechas las
manifestaciones que vierte en el ocurso de cuenta, como lo pide y atendiendo a que no se cuenta con domicilio alguno de los
codemandados en el presente asunto, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 1070 del Código de Comercio, se
ordena emplazar por medio de edictos a los codemandados Manuel Alejandro Jiménez Fuentes y Leonor Elide Fuentes
Vilchis, edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el
periódico “Diario de México”, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días siguientes a la
última publicación, a recibir las copias de traslado correspondientes, para dar contestación a la demanda incoada en su
contra, ello dentro del plazo legal de ocho días, con el apercibimiento que de no hacerlo precluirá su derecho, y se tendrán
por negados los hechos de la demanda que dejaron de contestar, atento a lo dispuesto por el artículo 315, del Código Federal
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria y se seguirá el juicio en su contumacia; para los efectos citados, quedan a
su disposición en la Secretaría “A” de este Órgano Jurisdiccional, las copias de traslado de ley, así mismo se apercibe a los
codemandados en el sentido de que si pasado el término del emplazamiento hecho en la forma indicada no comparecen a
juicio, se seguirá el mismo en su rebeldía y se les harán las posteriores notificaciones en términos de lo que establece el
artículo 1070, último párrafo, del Código de Comercio, es decir, por boletín judicial, en el local del juzgado sin su
presencia. ….”. “…. Notifíquese. Lo proveyó y firma el Maestro en Derecho Andrés Martínez Guerrero, Juez
Quincuagésimo Tercero de lo Civil, asistido de la Secretaria de Acuerdos, Licenciada Rosario Adriana Carpio Carpio,
quien autoriza y da fe.”. R u b r i c a s.
La Secretaria de Acuerdos
(Firma)
Lda. Rosario Adriana Carpio Carpio.
Ciudad de México, a 8 de marzo de 2018.
148 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
VICENTE LOPANTZI GARCÍA
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA ANGÉLICA NOGALES GAONA
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
EDGAR OSORIO PLAZA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
RICARDO GARCÍA MONROY
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MIGUEL ÁNGEL ROMERO SALAZAR
INSERCIONES
Plana entera ................................................................................................... $ 1,924.00
Media plana ...................................................................................................... 1,034.50
Un cuarto de plana .............................................................................................. 644.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290,
Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.
Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,
Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.
www.comisa.cdmx.gob.mx
(Costo por ejemplar $42.00)
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
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