Para comprender mejor las normas de seguridad vial, agregamos un glosario, que facilitar el aprendizaje sobre el desempeo adecuado en la va pblica como peatones, conductores o pasajeros.
Glosario de trminos de Seguridad VialTomado del Reglamento Nacional deTrnsito 2009 - MTC
Accidente:Evento que cause dao a personas o cosas, que se produce como consecuencia directa de la circulacin de vehculos.Acera:Parte de la va, destinada al uso de peatones (Vereda).
Adelantar: Maniobra mediante la cual un vehculo se sita delante de otro que lo antecede, utilizando el carril de la izquierda a su posicin, salvo excepciones.Alcoholemia: Examen o prueba para detectar presencia de alcohol en la sangre de una persona. (Dosaje etlico).rea de estacionamiento: Lugar destinado para el estacionamiento de vehculos.Autopista: Carretera de trnsito rpido sin intersecciones y con control total de accesos.Berma:Parte de una carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulacin de vehculos y destinada eventualmente a la detencin de vehculos en emergencia y circulacin de peatones (Banquina).Calzada:Parte de la va destinada a la circulacin de vehculos y eventualmente al cruce de peatones y animales.Camino: Va rural destinada a la circulacin de vehculos, peatones, y animales.Caravana: Conjunto de vehculos que circulan en fila por la calzada (Convoy).Carretera: Va fuera del mbito urbano, destinada a la circulacin de vehculos y eventualmente de peatones y animales.Carril: Parte de la calzada destinada al trnsito de una fila de vehculos.Ciclomotor: Vehculo de dos ruedas que tiene motor y traccin propia.
Conductor: Persona habilitada para conducir un vehculo por una va.Cruce a nivel: rea comn de interseccin entre una va y una lnea de ferrocarril (Paso a nivel).Cuneta: Zanja al lado del camino o carretera destinada a recibir aguas pluviales.Demarcacin: Smbolo, palabra o marca, de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para gua del trnsito de vehculos y peatones.
Depsito Municipal de Vehculos (DMV): Local autorizado para el internamiento de vehculos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes.Derecho de paso:Prerrogativa de un peatn o conductor de un vehculo para proseguir su marcha en precedencia a otro peatn o vehculo.Detencin: Inmovilizacin del vehculo por emergencia, por impedimento de circulacin o para cumplir una disposicin reglamentaria.Detenerse: Paralizacin breve de un vehculo para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, slo mientras dure la maniobra.Estacionar: Paralizar un vehculo en la va pblica, con o sin el conductor, por un perodo mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas.Internamiento: Ingreso de un vehculo al DMV, dispuesto por la Autoridad competente.Interseccin: rea comn de calzadas que se cruzan o convergen.
Isla: rea de seguridad situada entre carriles destinada a encauzar el movimiento de vehculos o como refugio de peatones.Licencia de conducir: Documento otorgado por la Autoridad competente a una persona autorizndola para conducir un tipo de vehculo.Lnea de parada: Lnea transversal marcada en la calzada antes de la interseccin que indica al conductor el lmite para detener el vehculo acatando la seal correspondiente (Lnea de detencin).Maquinaria especial: Vehculo automotor cuya finalidad no es el transporte de personas o carga y que utiliza ocasionalmente la va pblica.
Marca: Seal colocada o pintada sobre el pavimento o en elementos adyacentes al mismo, consistente en lneas, dibujos, colores, palabras o smbolos (Seal horizontal).Motocicleta: Vehculo de dos ruedas, con o sin sidecar, provisto de un motor de propulsin.Paso a nivel: rea comn de interseccin entre una va y una lnea de ferrocarril (Cruce a nivel).Paso peatonal: Parte de la calzada destinada para el cruce de peatones. (Crucero peatonal).
Peatn: Persona que circula caminando por una va pblica.Peso Bruto: Peso propio del vehculo ms la carga y ocupantes.Preferencia de paso: Prerrogativa de un peatn o conductor de vehculo para proseguir su marcha.Remocin:Cambio de ubicacin de un vehculo, dispuesto por la Autoridad competente.Remolcador: Vehculo automotor diseado para remolcar un semirremolque mediante un sistema de acople, no transportando carga por s, a excepcin del peso transmitido por el semirremolque (Tracto camin).
Remolque: Vehculo sin motor diseado para ser lado por un camin u otro vehculo motorizado, de tal forma que ninguna parte de su peso descanse sobre el vehculo remolcador.Retencin: Inmovilizacin de un vehculo, dispuesto por la Autoridad competente.Semforo: Dispositivo operado elctricamente mediante el cual se regula la circulacin de vehculos y peatones por medio de luces de color rojo, mbar o amarilla y verde.Seal de Trnsito: Dispositivo, signo o demarcacin, tocado por la Autoridad competente con el objeto de regular, advertir o encauzar el trnsito.
Sobrepasar: Maniobra mediante la cual un vehculo adelanta a otro que transita por distinto carril.Trnsito: Conjunto de desplazamientos de personas, vehculos y animales por las vas terrestres de uso pblico (Circulacin).Vehculo: Artefacto de libre operacin que sirve para transportar personas o bienes por una va.
Vehculo automotor: Vehculo de ms de dos ruedas que tiene motor y traccin propia.Vehculo automotor menor: Vehculo de dos o tres ruedas, provisto de montura o asiento para el uso de su conductor y pasajeros, segn sea el caso (bicimoto, motoneta, motocicleta, mototaxi, triciclo motorizado y similares).
Vehculo combinado: Combinacin de dos o ms vehculos, siendo el primero un vehculo automotor y los dems remolcados.Vehculo de Bomberos: Vehculo de emergencia perteneciente al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per.
Vehculo de emergencia: Vehculo utilizado para prestar servicio de auxilio en forma inmediata conforme a ley.
Vehculo oficial: Vehculo asignado a autoridades, los de su comitiva y los encargados de su proteccin y seguridad, conforme a Ley.Vehculo Policial: Vehculo de emergencia perteneciente a la Polica Nacional del Per.Va: Carretera, va urbana o camino rural abierto a la circulacin pblica de vehculos y/o peatones, y tambin de animales.
Va de acceso restringido: Va en que los vehculos y las personas slo tienen oportunidad a ingresar o salir de ella, por los lugares y bajo las condiciones fijadas por la Autoridad competente.Va Privada: Va destinada al uso particular.Va Pblica: Va de uso pblico, sobre la cual la Autoridad competente impone restricciones y otorga concesiones, permisos y autorizaciones.Va urbana: Va dentro del mbito urbano, destinada a la circulacin de vehculos y peatones y eventualmente de animales (Calle).Zona comercial: Parte de la ciudad calificada por Autoridad municipal competente, destinada para la ubicacin de inmuebles para fines comerciales.
Top Related