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condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1
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Línea 320
EXPLOTACIONES DE PLANTA VIVA, FLOR CORTADA, VIVEROS Y SEMILLAS, EN LA PENÍNSULA Y BALEARES
PLAN: 2018
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320-2018 PLANTA VIVA, FLOR CORTADA, VIVEROS Y SEMILLAS EN PENÍNSULA Y BALEARES
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Grupos asegurables, variedades y especies: Árboles, Palmáceas y Cícadas: Árboles (frondosas y coníferas), Palmáceas y Cícadas Planta viva ornamental: Arbustos de coníferas; Arbustos (excepto los de coníferas); Trepadoras; Cactáceas y Suculentas; Aromáticas, medicinales y culinarias; Plantas de temporada; Césped precultivado; Plantas de interior (bajo cubierta); Planteles Ornamentales; Producción de esquejes desde plantas madres; Plantel de coníferas; Plantas acuáticas y palustres; Bonsáis de exterior; Bonsáis mediterráneos; Bonsáis de interior. Flor Cortada: Aster; Anthurium; Cattleya; Clavel; Deandranthema grandiflora; Dianthus; Gerbera; Gypsophila paniculata; Iris; Limonium; Lilium; Miniclavel; Plantel flor cortada; Próteas; Rosa; Solidago; Solidaster; Strelitzia; Verde ornamental; Resto de especies en cultivo único; Rotación de dos cultivos; Rotación de tres cultivos; Rotación de cuatro cultivos. Viveros de Vid: Cepas madres de Patrones, Cepas madres de Injertos (Púas y Yemas), Planta injerto (Estacas Injertadas) Resto de viveros: Cítricos para Patrones; Citricos para Plantones; Forestales; Fresa y Fresón; Frutales no cítricos para Patrones; Frutales no cítricos para Plantones; Frutales tropicales y subtropicales para Patrones; Frutales tropicales y subtropicales para Plantones; Frutales de frutos secos para Patrones; Frutales de frutos secos para Plantones; Olivar para Patrones; Olivar para Plantones; Plantas aromáticas y Resto de especies. Semilleros Hortícolas: Planteles de hortalizas injertado, Planteles de hortalizas no injertado, Planteles de tabaco. Producciones de semillas: Alcachofa; Alfalfa; Cardo; Cebolla; Microbulbos de cebolla; Remolacha; Zanahoria; Resto de semillas forrajeras; Resto de semillas hortícolas; Resto de semillas no hortícolas (Excepto: producciones de semillas de los cultivos de arroz, cereales de invierno, primavera, leguminosas grano y oleaginosas).
Garantía Riesgos Cubiertos
Cálculo de indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia
Módulos Módulos Módulos
1 2 3 P 1 2 3 P 1 2 3 P
P
R
O
D
U
C
C
I
Ó
N
N
P
R
O
D
U
C
C
I
Ó
N
Pedrisco (1)
Explotación (Comarca)
Parcela Parcela Parcela
30%
10% (1)
4%
5%
6%
10% (1)
4%
5%
6%
10% (1) 4%
5%
6%
Absoluta: 20%
Daños: 10% Daños: 10% Daños: 10%
Helada (1) (2) Parcela Parcela Parcela Daños: 10% Daños: 10% Daños: 10%
Viento (1) Parcela Parcela Parcela Daños: 10% Daños: 10% Daños: 10%
Riesgos excepcionales
Parcela Parcela Parcela 20% 20% 20% Absoluta: 20% Absoluta: 20% Absoluta: 20%
Resto de Adversidades Climáticas (3)
Explotación (Comarca)
Parcela 20% 20% Absoluta: 20% Absoluta: 20%
(1) Módulos, 2, 3 y P los mínimos indemnizables, para los riesgos de helada, pedrisco y viento:
4% En los grupos asegurables de flor cortada de: Áster, Clavel, Miniclavel, Solidáster, Paniculata, Rosa (excepto: En cultivos al aire libre y umbráculos)
5% En el grupo asegurable de flor cortada de Strelitzia.
6 % Resto de situaciones de riesgo y grupos asegurables de flor cortada.
10% Resto de grupos asegurables del resto de subsectores.
Capital Asegurado, Módulos 1, 2, 3 y P: 100% y podrá elegir: Para el Grupo de árboles, palmáceas y cícadas, se podrá elegir de forma conjunta para todos los riesgos:
30% a primer riesgo 10% a primer riesgo
Estos capitales se fijan para el conjunto de la declaración de seguro, suponiendo el límite máximo de indemnización.
(2) Se garantiza el riesgo de HELADA queda limitado al ámbito especificado en el anexo II-III.
─ Planta Ornamental – Anexo II-III
─ Flor cortada – Anexo II-III
─ Viveros de Vid – Anexo II-III
─ Semilleros de Hortícolas – Anexo II-III (Excepto: producciones de semillas de los cultivos de arroz, cereales de invierno, primavera, leguminosas grano y oleaginosas).
“Viveros de VID” En las cepas madre de patrones e injertos, no están cubiertos las mermas en cantidad por un desarrollo insuficiente de los sarmientos, salvo para el riesgo de pedrisco que sí estarán cubiertas si se cumplen los dos requisitos siguientes:
─ Los siniestros garantizados ocurran con anterioridad al 10-6.
─ Se proceda a la poda de la planta, bajo la previa aceptación por ambas partes de su realización.
(3) Se garantiza en el riesgo de Resto de adversidades climáticas, la reposición del cultivo según se especifica en la Condición Especial Reposición y Levantamiento del cultivo (se modifica el cálculo de indemnización, ver C.E)
No tienen cobertura las pérdidas de cosecha ocasionadas por:
Retrasos vegetativos que se puedan producir en el cultivo
Cultivar fuera de ciclo, tanto por fecha de siembra o trasplante incorrecta como por retraso en la recolección
Los rendimientos de fijan por el Asegurado para cada parcela, con las esperanzas reales de producción (deberán tener en cuenta, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, eliminando el mejor y el peor). Para semilleros de hortícolas, en cada una de las parcelas se fijará el nº de unidades existentes en la época del año de máxima ocupación.
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Este documento es una herramienta de ayuda. Para más información consultar las Condiciones Especiales (en adelante C.E.) y Generales.
Módulo 1 Todos los riesgos por Explotación:
Pedrisco, Helada, Viento, Riesgos excepcionales Resto Adv. Climáticas
Módulo 2.- Riesgos por
Parcela y Explotación:
Parcela.- Pedrisco, Helada, Viento y Riesgos excepcionales
Explotación.- Resto de Adv. Climáticas.
Módulo 3 .- Riesgos por
Parcela:
Pedrisco Helada Viento Riesgos Excepcionales Resto de Adversidades
Climáticas
Módulo P.- Riesgos por
parcela:
Pedrisco Helada Viento Riesgos Excepcionales
No tiene cobertura “Resto de adversidades climátics”
MODIFICACIONES CON RESPECTO AL PLAN ANTERIOR
Explotaciones asegurables.- A partir de este plan, la producción de semillas debe cumplir con lo regulado en los
Reglamentos Técnicos de Control y Certificación de Semillas.
Bienes asegurables.- En Plantas ornamentales, se incluyen los cultivos: Bonsáis de Exterior Bonsáis Mediterráneos Bonsáis de Interior.
Ámbito del seguro.- En Planta ornamental (planta viva), se amplía el ámbito de cobertura de helada en el área II en la provincia de Pontevedra a los siguientes términos municipales de la comarca de Miño: Oya, La guardía, Rosal, Tomiño y Tuy.
Período de suscripción.- Se modifica para la producción en Resto de Viveros (no de vid) hasta el 30 de septiembre (antes 15 de mayo) para todos los cultivos incluidos en este grupo.
Bonificaciones y recargo.- Cuando se incorporen a la declaración de seguro parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación. El asegurado comunicará a AGROSEGURO dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo AGROSEGURO a calcular la bonificación, ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, AGROSEGURO aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.
Precios de aseguramiento: Se asignan a los Bonsáis Se modifican los de cactáceas y de las suculentas. En producción de semillas:
Se incorpora precio para Microbulbos de cebolla. Se codifica resto de semillas forrajera. Se modifican los de resto de semillas hortícolas, resto de semillas no hortícolas y
OPCIONES DE ASEGURAMIENTO
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PERÍODO DE CONTRATACIÓN
Grupos asegurables Sistema de cultivo
Sistema de Protección
Inicio Final Último día pago
Árboles (Frondosas y
coníferas) Palmáceas Cícadas
1-2-2018 30-9-2018 1-10-2018
Planta Viva (Ornamental)
5. Primavera 1-2-2018 31-3-2018
2-4-2018
CC.AA: Baleares, Cataluña, Valencia,
Navarra y Pasí Vasco: 3-4-2018
4. Verano 1-6-2018 30-9-2018 1-10-2018
Flor cortada
1. Sin protección 1-3-2018 15-8-2018 16-8-2018
1. Invernadero 1-6-2018 30-9-2018 1-10-2018
7. Mallas/Umbráculos 1-6-2018 30-9-2018 1-10-2018
Viveros de Vid 1-2-2018 31-3-2018
2-4-2018
CC.AA: Baleares, Cataluña, Valencia,
Navarra y Pasí Vasco: 3-4-2018
Resto de Viveros 1-3-2018 30-9-2018 1-10-2018
Semilleros hortícolas 1-2-2018 31-8-2018 3-9-2018
Producción de semillas de Alfalfa
1-2-2018 30-6-2018 2-7-2018
Resto producción de Semillas
1-2-2018 31-8-2018 3-9-2018
Período de Modificaciones de la Declaración de Seguro:
Para todos los cultivos se admitirán bajas de parcelas por no siembra y alta de nuevas parcelas hasta 20 días después de haber finalizado el plazo de suscripción, siempre que a la recepción en AGROSEGURO de la solicitud de modificación, dichas parcelas no hayan tenido siniestro por los riesgos cubiertos y estas modificaciones no afecten de forma significativa al contenido del seguro.
Para los cultivos de Planta Viva (Ornamental) de Verano y con fecha límite del 1 de noviembre, se admitirán modificaciones por:
Cuando se proceda al levantamiento del grupo asegurado y se plante un nuevo grupo (Si no se comunicara en el plazo previsto, el nuevo grupo asegurado plantado no estará garantizado).
Por cambio de los grupos asegurados (Si alguna parcela se hubiera cambiado el grupo y no se hubiera comunicado a Agroseguro, en caso de siniestro, a efectos del cálculo de indemnización se considerará como valor de la producción asegurada, la menor entre el valor de la producción declarada en la póliza y el que hubiera correspondido al grupo realmente existente en la parcela.
Si las modificaciones anteriores, conlleven la inclusión de un grupo asegurado de distinta clase (debiéndose asegurar en una póliza distinta) se permitirá la realización de una nueva declaración de seguro.
Las garantías de las modificaciones tomarán efecto cuando la comunicación sea recibida en AGROSEGURO.
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PÓLIZAS A CONTRATAR
Una póliza por cada clase de cultivo
Subsector Pólizas - Clases de Cultivo
Planta Ornamental (Planta Viva)
Árboles, Palmáceas y Cícaras 1. Árboles (Frondosas y Coníferas), Palmáceas y Cícadas
Resto grupos 2. Planta viva (ornamental) Primavera
3. Planta viva (ornamenteal) Verano
Flor Cortada 4. Flor cortada Al Aire Libre
5. Flor cortada Bajo Cubierta
Viveros
Viveros de Vid
6. Viveros de vid - Cepas madres de patrones
7. Viveros de vid - Cepas madres de injertos
8. Viveros de vid - Estacas injertadas
Resto de Viveros 9. Resto de Viveros
Semilleros Hortícolas 10. Semilleros Hortícolas
Producción de Semillas 11. Producción de Semillas
Total 11 Pólizas
TRATAR
EXPLOTACIONES ASEGURABLES, BIENES ASEGURABLES Y NO ASEGURABLES
Explotaciones asegurables:
Serán asegurables: En cualquiera de los módulos todas las explotaciones dedicadas al cultivo de los siguientes subsectores:
Planta Viva (Planta Ornamental), Flor cortada, Viveros y Semilleros de Hortícolas cuyos titulares de cada explotación estén inscritos en los correspondientes Registros de Productores de Plantas de Vivero.
Las producciones de semillas hortícolas y forrajeras deberán cumplir con lo regulado en los requisitos generales de los procesos de producción que establece el Reglamento Técnico de control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, y de Semillas de plantas forrajeras.
Para los grupos de Planta Ornamental, Plantel de Flor cortada, Viveros y Semilleros de Hortícolas, los titulares de cada explotación deben estar inscritos, en los correspondientes Registros de Productores de Plantas de Vivero.
No son asegurables, los Centros de Jardinería o Garden Centers.
Es obligatorio asegurar todos los bienes de la misma clase, que posean en el ámbito de aplicación del seguro.
Bienes asegurables:
Son asegurables la diferentes variedades y especies, de los siguientes grupos asegurables de los subsectores relacionados a continuación:
Subsector Grupos Asegurables
Árboles, Palmáceas y Cícadas
1.- Árboles (Frondosas y coníferas)
5.- Palmáceas
6.- Cícadas
Planta Ornamental (Planta Viva)
2.- Arbustos coníferas
3.- Arbustos (excepto los de coníferas)
4.- Trepadoras
7.- Cactáceas y Suculentas
8.- Aromáticas, medicinales y culinarias
9.- Plantas de Temporada
10.- Césped precultivado
11.- Plantas de Interior (bajo cubierta)
12.- Planteles Ornamentales
13.- Producción Esquejes desde Plantas madres
14.- Plantel de coníferas
15.- Acuáticas y palustres
73.- Bonsáis de exterior
74.- Bonsáis mediterráneos
75.- Bonsáis de interior
Flor Cortada
17.- Aster
18.- Anthurium
19.- Cattleya
20 - Clavel
21.- Dendranthema grandiflora
22.- Dianthus
23.- Gerbera
24.- Gysophila Paniculata
25.- Iris
26.- Limonium
27.- Lilium
28.- Miniclavel
28.- Miniclavel
29.- Plantel de Flor Cortada
30.- Próteas
31.- Rosa
32.- Solidago
33.- Solidaster
34.- Strelitzia
35.- Verde ornamental
36.- Resto de especies en cultivo único
37.- Rotación de dos cultivos
38.- Rotación de tres cultivos
39.- Rotación de cuatro cultivos
No son asegurables:
Las parcelas
destinadas a
experimentación o
ensayo, tanto de
material vegetal
como de técnica o
prácticas culturales
Las estructuras de
protección en
estado de abandono
Las plantaciones
cuya producción se
destine al
autoconsumo.
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Viveros
Viveros de
Vid
40.- Planta injerto (Estacas injertadas)
41.- Cepas madres de patrones
42.- Cepas madres de injertos (púas y yemas)
Resto de
Viveros
49.- Cítricos para patrones
50.- Cítricos para plantones
51.- Forestales
52.- Fresón y Fresa
61.- Frutales no cítricos para patrones
62.- Frutales no cítricos para plantones
63.- Frutales tropicales y subtropicales para patrones
64.- Frutales tropicales y subtropicales para plantones
65.- Frutales de frutos secos para patrones
66.- Frutales de frutos secos para plantones
67.- Olivar para patrones
68.- Olivar para plantones
48.- Plantas aromáticas
71.- Resto de especies
Semilleros Hortícolas
16.- Plantel de Hortalizas injertado y NO injertado
56.- Plantel de Tabaco
Producción de
Semillas
43.- Alcachofa
44.- Cebolla
45.- Remolacha
46.- Zanahoria
47.- Resto de semillas hortícolas (1)
58.- Resto de semillas no hortícolas (1) 59.- Alfalfa 60.- Cardo
72.- Resto semillas forrajeras
76.- Microbulbos de cebolla
(Excepto: producciones de semillas de los cultivos de arroz, cereales de invierno, primavera,
leguminosas grano y oleaginosas).
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DEFINICIONES
ARRAIGUE: Se considera que una planta se encuentra arraigada cuando posee un sistema radicular que le permite absorber los elementos
nutricionales y el agua del terreno de siembra o asiento por sí misma y no depende exclusivamente de sus reservas propias. La parcela
alcanza el arraigue cuando al menos el 50% de las plantas de la parcela se encuentran en dicha condición.
ASEGURAMIENTO A PRIMER RIESGO: Modalidad de seguro, en la que se establece un capital asegurado inferior al valor del bien
asegurado, determinando dicho capital el importe hasta el cual queda cubierto el riesgo, y en la cual el asegurador renuncia a la aplicación
de la regla proporcional.
CULTIVO EN ROTACIÓN: Sucesión en el tiempo de cultivos, de la misma o diferente especie, sobre la misma superficie cultivada, durante
una misma campaña agrícola.
CULTIVO ÚNICO: Aquel cuya producción es objeto exclusivo de la plantación, sin ser sustituido por otro de la misma especie o de especies
distintas, a lo largo de toda la campaña agrícola.
DAÑO EN CALIDAD: Es la depreciación del producto asegurado, a consecuencia de los riesgos cubiertos, ocasionada por la incidencia
directa del agente causante del daño sobre dicho producto u otros órganos de la planta.
DAÑO EN CANTIDAD: Es la pérdida, en peso o en unidades sufrida en la producción real esperada a consecuencia de los riesgos cubiertos,
ocasionada por la incidencia directa del agente causante del daño, sobre dicha producción u otros órganos de la planta.
No se considerará daño en cantidad o en calidad la pérdida económica que pudiera derivarse para el asegurado como
consecuencia de la falta de rentabilidad en la recolección o posterior comercialización del producto asegurado.
DAÑO A INDEMNIZAR: Es el porcentaje que resulta de deducir la franquicia del daño, siempre que éste haya superado el siniestro mínimo
indemnizable.
DAÑO EN LAS INSTALACIONES: Es el deterioro de las instalaciones incluidas en la declaración de seguro, a consecuencia de los riesgos
cubiertos, que haga necesario su reconstrucción o el establecimiento de una nueva instalación.
EDAD DE LA INSTALACIÓN:
ESTRUCTURA: Años transcurridos desde su construcción o desde la última reforma.
Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de
la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos.
CERRAMIENTO: Meses trascurridos desde su instalación.
EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE CONTRATACIÓN: Conjunto de parcelas de los bienes asegurables, situadas en el ámbito de aplicación del
seguro, gestionadas empresarialmente por su titular para la obtención de producciones destinadas primordialmente al mercado y que
constituyen una unidad técnico – económica. En consecuencia las parcelas, objeto de aseguramiento, cultivadas por un mismo agricultor o
explotadas en común por Entidades Asociativas Agrarias (Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, etc.), Sociedades
Mercantiles (Sociedad Anónima, Limitada, etc.) y Comunidades de bienes, se considerarán como una sola explotación.
EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE INDEMNIZACIÓN: Conjunto de parcelas de la explotación situadas dentro de una misma comarca agraria.
FRANQUICIA: Parte del daño que queda a cargo del asegurado. Según su forma de aplicación se diferencian dos tipos:
FRANQUICIA ABSOLUTA: Se aplica restando el porcentaje de esta franquicia del porcentaje del daño evaluado sobre la producción
real esperada.
FRANQUICIA DE DAÑOS: Se aplica multiplicando el porcentaje de esta franquicia por el porcentaje del daño evaluado sobre la
producción real esperada.
INSTALACIONES ASEGURABLES: Se definen los siguientes tipos de instalaciones: CORTAVIENTOS ARTIFICIALES: Instalación de materiales plásticos no deformables o de obra, así como sus medios de sostén y anclaje
que, constituyendo una cortina continua, moderan la velocidad del viento en su zona de influencia.
CABEZAL DE RIEGO: Instalación que abastece exclusivamente a la explotación del asegurado, constituida por: Los equipos de bombeo de agua, filtrado, fertilización, controladores de caudal y presión. Automatismos de cuadro eléctrico y sus sistemas de protección, variadores y arrancadores. Red de tuberías desde el cabezal de riego, hasta el punto de acceso a cada parcela.
CABEZAL DE CLIMATIZACIÓN: Instalación que abastece exclusivamente a la explotación del asegurado, constituida por: Los equipos necesarios para recibir información de los sensores y aparatos de control de climatización de los invernaderos, y
remitir a su vez la respuesta adecuada para el control de dicha climatización. Automatismos de cuadro eléctrico y sus sistemas de protección.
INVERNADEROS: Aquella estructura de protección permanente, accesible y con cerramiento total, provista de estructura de
madera, metálica u hormigón, con material de cerramiento de malla, plástico, policarbonato, metacrilato o cristal, en cuyo interior
se cultivan las producciones asegurables. Forman parte del invernadero las puertas, las ventanas y las mallas de sombreo, incluida
su motorización.
Se consideran invernaderos diferentes, los aislados entre sí en el espacio o cuando estando adosados no compartan ningún
elemento estructural.
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ESTRUCTURAS DE PROTECCIÓN ANTIGRANIZO Y UMBRÁCULOS: Aquella estructura de protección cuyo fin es la utilización de
mallas de sombreo o antigranizo, pudiendo tener o no, cerramiento lateral.
MICROTÚNEL: Instalación formada por arquillos metálicos semicirculares en hierro generalmente galvanizado de hasta 1,5 m. De
base y 1 m. de altura en su punto más alto, sobre los que se tiende una lámina de plástico no rígido.
RED DE RIEGO EN PARCELAS: RIEGO LOCALIZADO: Dispositivos de riego dispuestos en las parcelas, que dosifican el caudal de agua a las necesidades de la
planta. RIEGO POR ASPERSIÓN: Dispositivos que distribuyen el agua pulverizada en forma de lluvia a través de los aspersores. TRADICIONAL: Dispositivos encargados de regar una parcela por sectores, que pueden ser tanto fijos como móviles, con
tubería enterrada o en superficie donde se fijan los aspersores. PIVOT: Dispositivo de riego que se caracteriza por ser un sistema dinámico, mediante un sistema de torres con ruedas,
propulsado por motor reductor, compuesto por distintos tramos de tubería metálica, que proporciona riego a medida que avanza.
ENROLLADORES: Dispositivo de riego móvil compuesto de manguera y sistema de riego mediante cañón o barras nebulizadoras.
RED DE CLIMATIZACIÓN:
Dispositivos de climatización y nebulización (paneles evaporadores, nebulizadores, ventiladores, sistemas de calefacción,
iluminación...) y sus sensores, dispuestos en el invernadero.
Automatismos de cuadro eléctrico, iluminación y sus sistemas de protección.
LEVANTAMIENTO: El alzado del cultivo en el total o parte de la parcela asegurada siempre que suponga una superficie continua y
claramente delimitada, al no ser viable continuar con el mismo a consecuencia de siniestros cubiertos en la declaración de seguro, no
siendo viable llevar a cabo una reposición por suponer un cambio en el ciclo de cultivo inicialmente previsto antes del siniestro.
MÍNIMO INDEMNIZABLE: Cuantía del daño por debajo del cual el siniestro no es objeto de indemnización.
PARCELA A EFECTOS DEL SEGURO: Superficie total de un mismo grupo de cultivo asegurable (definidos en la condición octava de estas
especiales), incluida en un recinto SIGPAC.
No obstante, también se considerarán parcelas distintas:
Las superficies que cuenten con alguno de los sistemas de protección preventiva, previstos en el condicionado del seguro; y las
separadas bajo diferente estructura de protección (aire libre, umbráculos e invernaderos).
Las superficies ocupadas por el mismo grupo de cultivo cuya fecha de trasplante sea superior a :
o 7 días para los grupos de semilleros de hortícolas y los grupos de cultivo de flor cortada (excepto próteas y rosas).
o 15 días para los grupos de planta de temporada y de interior (subsector de planta ornamental).
o 30 días en el resto de los grupos asegurables.
Las superficies de cultivos, que siendo del mismo grupo asegurable, tengan elementos diferentes: edad, cultivo en suelo, cultivo
en maceta, césped cálido, césped templado.
Las superficies separadas por caminos de red viaria de servicio, fija en el tiempo, de anchura superior a un metro, de tierra
compactada con capa de rodadura de gravilla, hormigón, o asfalto, para el acceso de maquinaria propulsada.
Si la superficie continua del mismo grupo de cultivo, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de
superficie inferior a 0,10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será
identificada con el recinto de mayor superficie.
En los subsectores de planta ornamental, flor cortada y semilleros hortícolas, la parcela a efectos del seguro se podrá conformar: Sin incluir el recinto. Agrupando en una única parcela, toda la superficie del mismo grupo de cultivo que esté situada en la misma parcela SIGPAC.
PRODUCCIÓN DE PLANTEL: Aquella actividad destinada exclusivamente a producir material de reproducción para la venta, mediante
germinación de semilla, enraizado de fragmentos de tallo u hoja, o técnicas de cultivo de tejidos.
REPOSICIÓN: La nueva plantación de la misma superficie perdida del cultivo en la parcela, a consecuencia de siniestros cubiertos en la
declaración de seguro en las primeras fases de desarrollo del cultivo, siempre que suponga una superficie continua y claramente
delimitada. Se considera que es posible hacer la reposición cuando no suponga cambio en el ciclo de cultivo inicialmente previsto antes de
la ocurrencia del siniestro.
SUPERFICIE DE LA PARCELA: Será la superficie (incluyendo el espacio entre las mismas), ocupada por las plantas al final del periodo de
garantía, del mismo grupo de cultivo asegurable, según la definición de parcela a efectos del seguro.
No computarán como superficie, los pasillos de acceso a las diferentes agrupaciones de plantas.
En cualquier caso, no se tendrán en cuenta para la superficie, las zonas improductivas o levantadas.
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ESQUEMA DE RIESGOS CUBIERTOS
ADVERSIDADES CLIMÁTICAS
Helada
Pedrisco
Viento
Resto Adversidades Climáticas
CLIMÁTICOS
Inundación – Lluvia Torrencial
RIESGOS EXCEPCIONALES
Lluvia Persistente
Nieve
NO CLIMÁTICOS Incendio
Fauna silvestre
Con carácter general: Se excluyen los daños producidos por sequía, plagas, enfermedades, pudriciones en la planta debidas a lluvias o a otros factores, o cualquier otra causa que pueda preceder, acompañar o seguir a los riesgos cubiertos. Con carácter particular:
Helada, en ningún caso se considerarán como perdidas por siniestro de helada aquellas posibles pérdidas imputables a un retraso vegetativo como consecuencia de la paralización de la actividad vegetativa. Resto de riesgos (ver C.E)
A DE RUESGOS CBIERTOS
ESQUEMADE RUESGOS CUBIERTOS
RIESGOS CUBIERTOS Y DAÑOS CUBIERTOS PARA CADA RIESGO
Daños cubiertos para cada riesgo y grupos asegurables
Daños cubiertos por subsector
Riesgos cubiertos Planta
Ornamental Flor Cortada
Viveros Semilleros Hortícolas
Producción de Semillas Viveros de Vid
(2) Resto de viveros
Helada Cantidad y calidad (1)
Cantidad y calidad (1)
Cantidad o calidad (1)
No Cubierto Cantidad y calidad (1)
No Cubierto
Pedrisco Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad
Viento Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad
Riesgos Excepcionales
Fauna Silvestre
Inundación-Lluvia torrencial
Lluvia Persistente
Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad
Incendio y Nieve Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad Cantidad y calidad
Cantidad y calidad
Cantidad
Resto adversidades climáticas (3) Cantidad Cantidad Cantidad Cantidad Cantidad Cantidad
(1) Se garantiza el riesgo de helada en el ámbito especificado en los anexos (CE)
─ Planta Ornamental – Anexo II
─ Flor cortada – Anexo II
─ Viveros de Vid – Anexo II
─ Semilleros de Hortícolas – Anexo II
(2) En las cepas madre de patrones e injertos, no
están cubiertas las mermas en cantidad por un desarrollo insuficiente de los sarmientos, salvo para el riesgo de pedrisco que sí estarán cubiertas si se cumplen los dos requisitos siguientes:
─ Los siniestros garantizados ocurran con anterioridad al 10-6.
─ Se proceda a la poda de la planta, bajo la previa aceptación por ambas partes de su realización.
(3) Se garantiza en el riesgo de Resto de
adversidades climáticas, la reposición del cultivo según se especifica en la Condición Especial Reposición y Levantamiento del cultivo.
Ficha resumen
320-2018 PLANTA VIVA, FLOR CORTADA, VIVEROS Y SEMILLAS EN PENÍNSULA Y BALEARES
Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 10
MODULOS DE ASEGURAMIENTO Y CONDICIONES DE COBERTURA
MODULO 1 Condiciones de coberturas
Garantía Riesgos cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable
Franquicia
P R O D U C C I Ó N
Pedrisco
Helada
Viento
Riesgos Excepcionales
Resto de Adversidades climáticas
100%
Para los Grupos de árboles, palmáceas y cícadas, se podrá elegir de forma conjunta para todos los riesgos:
30% a primer riesgo 10% a primer riesgo
Estos capitales se fijan para el conjunto de la declaración de seguro, suponiendo el límite máximo de indemnización para la producción en cada póliza.
Explotación (comarca)
30% Absoluta: 20%
MÓDULO 2 Condiciones de coberturas
Garantía Riesgos cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable
Franquicia
P R O D U C C I Ó N
Pedrisco (1) Helada (1) Viento (1)
100%
Para los Grupos de árboles, palmáceas y cícadas, se podrá elegir de forma conjunta para todos los riesgos:
30% a primer riesgo 10% a primer riesgo
Estos capitales se fijan para el conjunto de la declaración de seguro, suponiendo el límite máximo de indemnización para la producción en cada póliza.
Parcela (1) 4%, 5%,
6%, 10%
Daños: 10%
Riesgos Excepcionales Parcela 20% Absoluta: 20%
Resto de Adversidades Climáticas
Explotación (Comarca)
20% Absoluta: 20%
MODULO 3 Condiciones de coberturas
Garantía Riesgos cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable
Franquicia
P R O D U C C I Ó N
Pedrisco (1) Helada (1) Viento (1)
100%
Para los Grupos de árboles, palmáceas y cícadas, se podrá elegir de forma conjunta para todos los riesgos:
30% a primer riesgo 10% a primer riesgo
Estos capitales se fijan para el conjunto de la declaración de seguro, suponiendo el límite máximo de indemnización para la producción en cada póliza
Parcela (1) 4%, 5%,
6%, 10%
Daños: 10%
Riesgos Excepcionales Parcela 20% Absoluta:
20%
Resto de Adversidades climáticas
Parcela 20% Absoluta:
20%
MODULO P Condiciones de coberturas
Garantía Riesgos cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización
Mínimo Indemnizable
Franquicia
P R O D U C C I Ó N
Pedrisco (1) Helada (1) Viento (1)
100%
Para los Grupos de árboles, palmáceas y cícadas, se podrá elegir de forma conjunta para todos los riesgos:
30% a primer riesgo 10% a primer riesgo
Estos capitales se fijan para el conjunto de la declaración de seguro, suponiendo el límite máximo de indemnización para la producción en cada póliza
Parcela (1) 4%, 5%,
6%, 10%
Daños: 10%
Riesgos Excepcionales Parcela 20% Absoluta: 20%
(1) Módulos, 2, 3 y P, para los riesgos de helada, pedrisco y viento:
4% En los grupos asegurables de flor cortada de: Áster, Clavel, Miniclavel, Solidáster, Paniculata, Rosa (excepto: En cultivos al aire libre y umbráculos)
5% En el grupo asegurable de flor cortada de Strelitzia.
6 % Resto de situaciones de riesgo y grupos asegurables de flor cortada.
10% Resto de grupos asegurables del resto de subsectores.
Aseguramiento a primer riesgo.- Modalidad de seguro, en la que se establece un capital asegurado inferior al valor del bien asegurado, determinando dicho capital el importe hasta el cual queda cubierto el riesgo, y en la cual el asegurador renuncia a la aplicación de la regla proporcional.
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RENDIMIENTOS
El asegurado fijará el rendimiento en cada una de las parcelas, ajustándolo a las esperanzas reales de producción. (Deberá tener en cuenta, entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, de cuyo cómputo se eliminará el mejor y el peor).
Para los semilleros de hortícolas, se fijará los números de unidades existentes en la época del año de máxima ocupación.
PERIODOS DE GARANTÍAS
Garantías a la Producción:
Se inician: con la toma de efecto y nunca antes de: Para el trasplante: el arraigue Para siembra directa: la 1ª hoja verdadera Fechas o estado fenólogico, Anexo III (Condiciones Especiales)
Finalizan: en la fecha más temprana de las siguientes: Con la recolección En el momento que los frutos sobrepasen la madurez comercial. En las fechas especificados en - Anexo III (Condiciones Especiales) En el momento en el que, la suma del valor de las producciones perdidas en la parcela asegurada, supere el
capital asegurado inicial de la misma. La toma de efecto de la siguiente declaración de seguro para la misma parcela.
En caso de destrucción total de la estructura de protección, las garantías del seguro quedarán en suspenso hasta que el agricultor comunique a AGROSEGURO, la reconstrucción total del invernadero. En caso de destrucción parcial de la estructura de protección, se cubren los daños originados por los riesgos cubiertos al cultivo, durante un plazo de 10 días naturales, a contar desde la fecha en que se originó el desperfecto. Una vez transcurrido el plazo, las garantías del seguro quedarán en suspenso, hasta que agricultor comunique a AGROSEGURO que dichas reparaciones han sido efectuadas.
Garantías a la Plantación y a las Instalaciones:
Se inician.- con la toma de efecto.
Finalizan.- en la fecha más temprana de las siguientes: Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías. La toma de efecto de la campaña siguiente.
SUBVENCIONES ENESA Y CC.AA
Subvenciones ENESA:
Para poder aplicar las subvenciones, el asegurado debe figurar en la BASE DE DATOS DE ENESA.
INSTALACIONES.- Todos los módulos Riesgos cubiertos Capital asegurado Cálculo indemnización Mínimo Indemnizable Franquicia
Todos los cubiertos en la producción y cualquier otro riesgo climáticos
100% Parcela (1) -
(1) Para los Módulos 1, 2, 3 y P los mínimos indemnizables para los daños en las instalaciones serán el menor entre: el 10% del capital asegurado y 300 € en cabezal de climatización, 1.000 € en cabezal de riego, 500 € para cortavientos plásticos, 600 € para estructuras antigranizo y umbráculos, 1200 € para cortavientos de obra, 300 € para microtúneles, 1500 € para invernaderos, 800 € en red de climatización y 300 € en red de riego.
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Módulos Base Contratar Colectivo
Financiación (SAECA)
Características Asegurado
Renovación
Prácticas de Reducción de riesgo y Condiciones Productivas
Entidad Asociativa
(Subv. Única)
Agricultor/a Profesional, Explot. prioritaria, Joven
agricultor/a, ATRIA, ADV, ASV Producción
ecológica
1 75
75
2 19 6 1 11 5 2 2 45
3 13 6 1 11 5 2 2 38
P 7 6 1 9 5
31
Sólo se subvencionan las tasas de coste hasta el 23%; para tasas superiores se aplicará un coeficiente en función de éste límite.
Se deducen 60€ del importe de la subvención (Sólo una vez por Asegurado y plan).
El porcentaje de modulación se le aplica una vez deducido dicho importe (60€).
Para asegurados con recargo no se tendrá en cuenta éste para el cálculo de las subvenciones.
El importe de la subvención no puede exceder del 65% del importe del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos de contratación).
Subvenciones de las Comunidades Autónomas:
Comunidades % Subv. Aplica sobre % Límite Subv. Observaciones
Andalucía
Aragón 40 Módulo P
45 Módulos 2 y 3
65 Jóvenes agricultores
Enesa (1)
GESTIONA LA PROPIA C.A.
Plan 2017, pólizas contratadas entre 1-1-2017 a 31-7-2018. La solicitud es la póliza de seguro.
(1) No subvencionable importes inferiores a 40€. El coste a cargo del asegurado no podrá ser inferior al 35% del recibo de prima.
Asturias 50 Enesa 65%
del recibo de prima Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.
Baleares 32,5
Recibo de prima Base
Neta
65%
del recibo de prima
Pólizas contratadas entre el 1-1-2018 y el 31-12-2018 inclusive.
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. Consultar en el manual de Subv. Consideraciones de interés (catálogo de productos/Subv.)
Bizkaia 55 Enesa 65%
del recibo de prima Sólo planta ornamental (primavera verano)
Canarias
Cantabria 25 Enesa
60%
del recibo de prima
Tendrán derechos los asegurados los asegurados incluidos en Base de Datos suministrada por la C.A.
Excluidas las Grandes Empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas.
Castilla-León
10
Módulos: 1, 2, 3 y P
Prima comercial Base Neta, sin
recargos de contratación
(1)
Cultivos: Cebolla, Pimiento, Judía verde Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
(1) Límite mínimo.- No subvencionan las pólizas ≤ 75€
Máximo 3.000€ por póliza
Castilla -Mancha No subvenciona
Cataluña
51 Módulo P
66 Resto de Modulos
6,7 (1)
Enesa
65% del recibo de prima
Sin tener en cuenta los recargos
de contratación (2)
Pólizas con fecha de entrada en vigor entre el 1-1-2018 y 31-10-2018 Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.
(1) Se aplica sobre el importe de la bonificación (2) Importe máximo por póliza: 6.000€
Extremadura 30 Enesa 65%
del recibo de prima
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.
Galicia 22
Prima Comercial
Base, Incluidas
Bonificaciones y Recargos
65 Recibo prima (sin tener en cuenta
los recargos de contratación)
Exclusiones: Grandes Empresas, Administraciones…- Manual de Subv.
Una vez aplicada los % y los límites máximos, se RESTARÁ 15€. Sin subvención a las declaraciones, en las que el importe resulte igual o inferior a 15€. Se aplicará siempre sobre la última situación de la póliza.
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Comunidades % Subv. Aplica sobre % Límite
Subv. Observaciones
Rioja
10 Módulo 2 y 3 5 Módulo P
5 (1)
Enesa
65% del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos
de contratación)
Se otorga subvención a los asegurados que tengan condición de: Agricultor o Ganadero Profesional Titular de Explotación Prioritaria
Joven Agricultor Comunidades de Bienes y sociedades Civiles SIN personalidad jurídica.
Las que carezcan de personalidad jurídica podrán ser beneficiarias aunque no sean explotaciones prioritarias, si al menos el 50% de sus socios o comuneros cumplen, a título individual, los requisitos que se establecen por dicha subvención. (1) Asegurados que cumplan la condición de JOVÉNES AGRICULTORES y que se haya instalado en los últimos 5 años, tomado como fecha de la instalación el alta en la seguridad social. Los complementarios: mismo % que la póliza principal. No subvenciona las pólizas cuya subvención sea inferior a 60€
Madrid
Murcia
Navarra No subvenciona
Comunidades % Subv. Aplica sobre % Límite
Subv. Observaciones
Valencia
Subvenciones / Base / Adicionales: IGP, CAECV / Tipo asegurado/Entidad Asociativa (%)
Módulos Subv. Base
IGP/ CAECV
Tipo Asegurado
Entidad Asociativa
1 10 1,0 1,0 2,0
2 20 2,0 2,0 4,0
3 25 2,5 2,5 5,0
P 25 2,5 2,5 5,0
IGP (Indicación Geográfica Protegida)
CAECV (Comité Agricultura ecológica de la C.A Valenciana.
La Prima Comercial Base
Neta de Bonificaciones
(sin tener en cuenta el recargo de contratación)
65% del recibo de prima (sin
tener en cuenta los recargos de contratación)
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.
Exclusiones: Administración Pública Pólizas contratadas por empresas que no tengan la condición de pequeña o mediana empresa (PYME)
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PAGO DE LA PRIMA
El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:
FORMA DE PAGO IMPORTE A ABONAR PLAZO DE ABONO COMO SE REALIZA EL
ABONO
CONTADO El 100% de la prima En el momento de la
suscripción del seguro
Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la
cuenta de AGROSEGURO.
FRACCIONADO (1)
1º Recibo
Se corresponderá al menos con el 10%
de la prima, más el total de recargo por fraccionamiento y aval.
En el momento de la suscripción del seguro
Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la
cuenta de AGROSEGURO.
Sucesivos No podrá superar el 90% del coste
del seguro.
Se pasará al cobro en el plazo elegido por el Asegurado:
3, 6, 9 ó 12 meses.
Mediante recibo domiciliado a la cuenta corriente del
asegurado.
(2) Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro cumplan los siguientes
requisitos:
Fraccionada.- a través de SAECA, siempre que se cumplan las dos condiciones: El seguro debe tener una prima sea igual o superior a 1.000€ El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de SAECA, por la cuantía que debe cubrir al menos el importe de la
segunda fracción.
Existen dos impresos de slicitud diferentes según importe a avalar, los impresos se pueden descargar del catálogo de productos o de la página Web de SAECA: www.saeca.es.
Para avalar una cantidad hasta 25.000€ se utilizará el modelo “reducido y a partir de ese importe, se presentará el modelo “completo” en ambos casos se acompaña la siguiene documentación.
Documentación a adjuntar:
Solicitud de Aval REDUCIDA (hasta 25.000€) Enviar formulario
Fotocopia DNI/CIF
IRPF / Impuestos sociedades.
Solicitud de aval COMPLETA (>25.000€)
Enviar Formulario
Fotocopia DNI/CIF
IRPF / Impuestos sociedades.
Documentación acreditativa Bienes
SAECA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, acompañará la póliza de afianzamiento
mercantil que incluye el nº de aval concedido, por correo electrónico, que no será necesario la intervención notarial cuando el importe
avalado sea inferior a 25.000€ intervenida notarialmente para importes superiores.
Contratar la póliza y enviar “poliza de afianzamiento” por correo electrónico a: [email protected],
Enviar solicitud la solicitud del aval (ORIGINAL) y la póliza de afianzamiento firmada y sellada (ORIGINAL) a la siguiente
dirección: calle Jorge Juan, 19, 4ª planta 28001 Madrid.
Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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ENTRADA EN VIGOR Y CARENCIA
La póliza entrará en vigor a partir de las cero horas del día siguiente al pago de la prima.
Se establece un período de 6 desde la entrada en vigor del seguro.
No se aplicará carencia: En las declaraciones de seguro de aquellos asegurados que contrataron la campaña anterior. No obstante: Para Entidades Asociativas que contraten por primera vez, no se aplica carencia en las parcelas que fueron aseguradas por los
socios de la entidad en la campaña anterior. En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron
aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio,
SINIESTROS
Comunicarán mediante la Declaración de Siniestro - en la Aplicación pestaña Gestión de Pólizas - Siniestros. Dentro de plazo de 7 días en que fue conocido y para:
Si el asegurado tuviese que recolectar antes de que las parcelas hayan sido peritadas, o bien, no se hubiese llegado a un acuerdo en ésta, podrá recolectar dejando obligatoriamente la muestra testigo.
Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por parcela, las muestras testigo se dejarán solamente en las parcelas afectadas.
Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por explotación, deberá dejarlas en todas las parcelas de la explotación (comarca)
Distribución de las muestras – testigo: El tamaño de las muestras será como mínimo el 5% del nº. total de plantas de la parcela afectada con la producción que
hubiera en las mismas en el momento de la ocurrencia del siniestro.
Las muestras deberán ser representativas del estado del cultivo y repartidas uniformemente dentro de toda la superficie de la parcela, o bien a lo largo de una o varias franjas representativas, excluyendo las que conforman el contorno de las mismas.
En el caso de siniestros ocurridos en la última recolección de un cultivo en alternativa y siempre que se tenga que proceder al trasplante o siembra directa de otro cultivo a continuación del siniestrado, el plazo de mantenimiento de las muestras será de 15 días a partir de la fecha de finalización de la última recolección, o de la fecha de recepción de la declaración de siniestro por AGROSEGURO si ésta fuera posterior.
Para los siniestros de Incendio, el asegurado está obligado, a prestar declaración ante la autoridad competente del lugar donde haya ocurrido. La copia autentificada deberá ser remitida a Agroseguro debiendo indicar:
Las circunstancias del siniestro
Sus causantes conocidos o presuntos.
La cuantía aproximada de los daños y los medios empleados para aminorarlos
En caso de siniestro por fauna silvestre cinegética, cuando Agroseguro lo solicite.
LÍMITE MÁXIMO DE DAÑOS
En ningún caso los daños por la totalidad de siniestros acaecidos en cada periodo podrán superar los porcentajes anteriormente
señalados para viveros de vid y los relacionados a continuación para flor cortada:
Para cada siniestro indemnizable producido en las especies de Áster, Clavel, Miniclavel, Solidáster y Paniculata, se establecen para los
daños en producción los siguientes límites máximos de daños:
Clavel y Miniclavel: 40%.
Áster, Paniculata y Solidáster: 50%.
Ambos porcentajes, están referidos sobre el valor de la Producción Real Esperada.
Para los daños en planta, no se aplicará el límite máximo de daños.
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CARACTERÍSTICAS APLICACIÓN SAC
El seguro se compone:
Consta el de cuatro Módulos: 1, 2, 3 y P.
Se realiza una póliza por:
ÁRBOLES (FRONDOSAS Y CONÍFERAS), PALMÁCEAS Y CÍCADAS PLANTA VIVA (ORNAMENTAL) DE PRIMAVERA PLANTA VIVA (ORNAMENTAL) DE VERANO FLOR CORTADA AL AIRE LIBRE FLOR CORTADA BAJO CUBIERTA VIVEROS DE VID – CEPAS MADRES DE PATRONES VIVEROS DE VID – CEPAS MADRES DE INJERTOS VIVEROS DE VID – ESTACAS INJERTADAS RESTO DE VIVEROS SEMILLEROS HORTÍCOLAS PRODUCCIÓN DE SEMILLAS
ÁRBOLES: Cultivos: 001 Árboles (Frondosas y Coníferas) 005 Palmáceas 006 Cícadas
Tipo de
Capital
007 Producción (m²)
Tipo de
Plantación
019 suelo
020 Maceta
Edad
001 ÁRBOLES (FRONDOSAS Y CÓFERAS) Se indica a nivel de parcela en meses : Tipo de plantación: 019 suelo:
001 de 1 mes a 11 meses 002 de 12 a 23 meses 003 de 24 a 35 meses 004 de 36 a 47 meses 005 de 48 a 59 meses 006 mayor de 59 meses
Tipo de plantación 020 maceta: 001 de 1 mes a 11 meses 002 de 12 a 23 meses 003 de 24 a 35 meses 004 de 36 a 47 meses 005 de 48 a 59 meses 006 mayor de 59 meses
005 PÁLMACEAS Tipo de plantación: 019 suelo:
006 menor de 24 meses 007 de 24 a 59 meses 008 mayor de 59 meses
Tipo de plantación 020 maceta: 006 de 24 meses 007 de 24 a 59 meses 008 mayor de 59 meses
006 CÍCADAS Tipo de plantación: 019 suelo:
006 menor de 24 meses 007 de 24 a 59 meses 008 mayor de 59 meses
Tipo de plantación 020 maceta: 000 sin valor en factor
Sistema de
Protección
Todas las parcelas: 002 sin protección 001 invernadero 007 mallas/umbráculos
Material de
cubierta
Para las parcelas que tengan sistema de protección: 001 invernadero: 002 malla 003 rígida 004 plástico térmico 005 plástico no térmico
Capital
asegurado
Elegible:
100% de la producción asegurada
30% a primer riesgo
10% a primer riesgo
Los capitales a primer riesgo, se fijan para la producción en el conjunto de la declaración de seguro.
Fecha de
siembra /
trasplante
Para cada parcela se indicará la fecha de trasplante o de siembra en su caso.
Sistema de
Producción
Se incluye para acceder a la Subv. de Valencia.
001.- Ecólogico
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002.- Tradicional
Planta viva (ornamental) Cultivos: 002 Arbustos coníferas 003 Arbustos (excepto los de coníferas) 004 Trepadoras 007 Cactáceas y Suculentas 008 Aromáticas, medicinales y culinarias 009 Plantas de Temporada 010 Césped precultivado 011 Plantas de interior 012 Planteles ornamentales
013 Producción esquejes desde plantas madres 014 Plantel de Coníferas 015 Plantas acuáticas y palustres
073.- Bonsáis de exterior
074.- Bonsáis mediterráneos
075.- Bonsáis de interior
Tipo de Capital
007 Producción (m²)
Sistema de cultivo Cultivos 009 Plantas de Temporada y 012 Planteles Ornamentales:
004 Verano
005 Primavera
Tipo de Plantación Cultivos 002 Arbustos Coníferas y 003 arbustos (excepto coníferas):
019 suelo
020 Maceta
Destino
Cultivo 012 Planteles Ornamentales:
027 Venta
028 Reemplazo
Fecha de
siembra/trasplante Se indicará en cada parcela
Tipo de plantación
Cultivos: 002 Arbustos Coníferas y 003 Arbustos (excepto Coníferas), se indicará a nivel de parcela:
019 suelo
020 maceta
Edad
Cultivos 002 Arbustos Coníferas, en suelo, se indicará a nivel de parcela la edad en meses. Edad mínima 1 mes.
002 Arbustos Coníferas Tipo de plantación: 019 suelo:
001 de 1 mes a 11 meses 002 de 12 a 23 meses 003 de 24 a 35 meses 004 de 36 a 47 meses 005 de 48 a 59 meses 006 mayor de 59 meses
Tipo de plantación 020 maceta: 001 de 1 mes a 11 meses 002 de 12 a 23 meses 003 de 24 a 35 meses 004 de 36 a 47 meses 005 de 48 a 59 meses
006 mayor de 59 meses
Sistema de
Protección
002 Sin protección
001 Invernadero
007 Mallas / Umbráculos
Para el cultivo 011 Planta de Interior y 075 bonsáis de interior sólo están cubiertas las explotaciones bajo invernadero 001 y/o bajo Mallas/Umbráculos 007
Material de cubierta
Sistema de Protección: 001 Invernadero, se ha de indicar el Material de la Cubierta 002 Malla 003 rígida 004 Plástico térmico 005 Plástico no térmico
Sistema de
Producción
Se incluye para acceder a la Subv. de Valencia.
001.- Ecólogico
002.- Tradicional
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Flor Cortada Cultivos: 017 Aster 018 Anthurium 019 Cattleya 020 Clavel 021 Deandranthema Grandiflora 022 Dianthus 023 Gerbera 024 Gypsophila Paniculata 025 Iris 026 Limonium 027 Lilium 028 Miniclavel 029 Plantel Flor Cortada 030 Próteas 031 Rosa 032 Solidago 033 Solidaster 034 Strelitzia 035 Verde Ornamental 036 Restantes Especies Cultivos Únicos 037 Rotación Dos Cultivos 038 Rotación Tres Cultivos 039 Rotación Cuatro Cultivos
Tipo de Capital
007 Producción (m²)
Sistema de
Protección
Cultivos que existen fechas de contratación diferentes en función del sistema de protección (relacionado en fechas de contratación): 002 Sin Protección 001 Invernadero 007 Mallas/Umbráculos
Material de
cubierta
Sistema de Protección: 001 Invernadero, se ha de indicar el Material de la Cubierta
002 Malla
003 rígida
004 Plástico térmico
005 Plástico no térmico
Edad
Cultivo 030 Próteas (edad mínima 1 mes):
006 De 1 A 23 Meses
009 Mayor de 23 Meses
Fecha de
siembra/trasplante
Se indicará en cada parcela, la fecha de trasplante o de siembra en caso de cultivo único, y del primer trasplante o
siembra en el caso de rotación.
Sistema de
Producción
Se incluye para acceder a la Subv. de Valencia.
001.- Ecólogico
002.- Tradicional
Viveros de Vid Cultivos: 040 Planta Injerto 041 Cepas Madres De Patrones 042 Cepas Madres De Injerto Al ser Clases distintas, se hará una póliza independiente para cada cultivo.
Tipo de Capital
004 Producción (unidades)
Número de
Unidades Se indica el nº de unidades, según C.E Anexo III.5.1. En el caso de campos de cepas madres de patrones y de cepas
madres de injertos, así como de estacas injertadas en el caso de viveros de planta-injerto
Fecha de
siembra/trasplante
Se indicará en cada parcela, la fecha de trasplante o de siembra en caso de cultivo único, y del primer trasplante o
siembra en el caso de rotación.
Ficha resumen
320-2018 PLANTA VIVA, FLOR CORTADA, VIVEROS Y SEMILLAS EN PENÍNSULA Y BALEARES
Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 19
Sistema de
Producción
Se incluye para acceder a la Subv. de Valencia.
001.- Ecólogico
002.- Tradicional
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Resto de Viveros: Cultivos: 048 Viveros De Plantas Aromáticas 049 Viveros De Cítricos Para Patrones 050 Viveros De Cítricos Para Plantones 051 Viveros De Forestales 052 Viveros De Fresón Y Fresa 061 Frutales No Cítricos Para Patrones 062 Frutales No Cítricospara Plantones 063 Frutales Tropicales Y Subtropicales Para Patrones 064 Frutales Tropicales Y Subtropicales Para Plantones 065 Frutales Frutos Secos Para Patrones 066 Frutales Frutos Secos Para Plantones 067 Olivar Para Patrones 068 Olivar Para Plantones 071 Resto De Especies
Tipo de Capital
Cultivos 048 Viveros de Plantas Aromáticas y 071 Resto de Especies el tipo de capital ser: 007 Producción (m²) Resto de cultivos: 004 Producción (unidades)
Tipo de Plantación Cultivo 051 Viveros Forestales: 021 1 Savia 022 2 Savias o más
Fecha de
siembra/trasplante
Se indicará en cada parcela, la fecha de trasplante o de siembra para todos aquellos cultivos cuyo inicio de garantía, viene
establecido a partir del arraigo de la planta o a partir de la 2ª hoja verdadera.
Nº de Unidades Se indica el nº de unidades a asegurar existentes en la parcela, excepto para los cultivos 48 Plantas Aromáticas y 71 Resto de
Especies.
Sistema de
Protección
002 Sin protección
001 Invernadero
007 Mallas / Umbráculos
Material de
cubiertos
Sistema de Protección: 001 Invernadero, se ha de indicar el Material de la Cubierta 002 Malla 003 rígida 004 Plástico térmico 005 Plástico no térmico
Sistema de
Producción
Se incluye para acceder a la Subv. de Valencia.
001.- Ecólogico
002.- Tradicional
Semilleros de hortícolas Cultivos: 016 Planteles de hortalizas 056 Planteles de tabaco
Tipo de Capital
004 Producción (unidades)
Número de
Unidades Se indica el nº de unidades existentes en la época del año de máxima ocupación.
Tipo de plantación 005 Plantel injertado 006 Plantel no injertado
Fecha de
siembra/trasplante Se indicará en cada parcela, la fecha del primer trasplante o de siembra en su caso.
Sistema de
Producción
Se incluye para acceder a la Subv. de Valencia.
001.- Ecólogico
002.- Tradicional
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Producción de Semillas: Cultivos: 043 Semilla de Alcachofa 059 Semilla de Alfalfa 060 Semilla de Cardo 044 Semilla de Cebolla 045 Semilla de Remolacha 046 Semilla de Zanahoria 047 Resto de Semillas Hortícolas 058 Resto de Semillas No Hortícolas 072 Resto de semillas forrajeras 076 Microbulbos de cebolla
Tipo de Capital 076.- Microbulbos de cebolla: 004 unidades
Resto de cultivos: 002 producción.
Número de
unidades Cultivo: 076 Microbulbos de cebollas: número de unidades existentes en cada parcela
Fecha de
siembra/trasplante Se indicará en cada parcela, la fecha de trasplante o de siembra en su caso.
Sistema de
Producción
Se incluye para acceder a la Subv. de Valencia.
001.- Ecólogico
002.- Tradicional
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COMPORTAMIENTO DE LA APLICACIÓN SAC
Cálculo del Seguro: Las medidas del Asegurado, se obtienen en la página de AGROSEGURO www.agroseguro.es / atención al cliente / Consulta de
rendimientos (manual completo publicado en el catálogo de productos)
Cumplimentar todos los
datos
Elegir un Módulo como principal y Seleccionar los campos variables
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Una vez Cumplimentados
los datos de la parcela asegurar
pulsar en Calcular
1
2
Elegir un Módulo como principal y Seleccionar los campos variables
En función de los cultivos, seleccionar el Tipo de capital: m², unidades o producción
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