INSTITUCION EDUCATIVA FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
ESTADOS Y SUS FORMAS
INTEGRANTES: MIGUEL EDUARDO PEREZ CASTELLANO CASTRO GARCIA KAREN DANIELA
PALLARES ALZATE MAIRA ALEJANDRA CORREA MOSQUERA LUIS YEFERSO
VERGARA ELLES ANILETH
DOCENTE OLGA LUCIA VILLERO
GRADO 11-2 JM
AGUSTIN CODAZZI CESAR
2015
EL ESTADO Y SUS FORMAS
El estado es el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para estblecer las normas que regulan una sociedad ,teniendo soberania interna y externa sobre un territorio determinado. Los diferentes modelos que los estados pueden adoptar en base a la relacion dada entre sus tres elementos constitutivas, que son el territorio, la poblacion y el poder. De acuerdo a lo dicho el estado puede ser:
*ESTADO UNITARIO O CENTRAL.
*ESTADO REGIONAL O AUTONOMICO.
*ESTADO FEDERAL.
*ESTADO CONFEDERADO.
ESTADO UNITARIO O CENTRAL
Es aquel en donde existe un solo centro de poder politico que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegados de ese mismo poder central.
• Un solo PODER LEGISLATIVO que legisla a todo el pais.
• Un solo PODER JUDICIAL, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del estado y que en su seno establece a la Cortte Suprema de Justicia, la que tiene jurisdiccion a nivel nacional.
• Un solo PODER EJECUTIVO que esta conformado por todos los gobernantes ( presidentes, gobernadores, alcalde...).
Toma las decisiones, las cuales afectan al conjunto del territorio por igual lo que supone que:
• La autoridad de la administracio local es pequeña o nula.
• El cuerpo de funcionarios depende de Estado o administracion General.
• El poder central se encuentra en la capital de Estado.
DIFERENCIA ENTRE LOS ESTADOS UNITARIOS Y OTROS ESTADO
NORMA QUE UNE A LOS MIEMBROS DEL ESTADO UNITARIO: Constitucion Naconal ( nombra de ordenamiento juridico).
MIEMBROS: En su mayor parte, se los llama departamentos o regiones. En muy pocos se les llama provincias o estados.
No hay derecho de secesion (derecho que se reserva los estaos por el hecho de ser soberanos de retirarse libremente de la confederacion de Estados).
La mayor parte son autarquicos ( capacidad de gobernar a si mismo). Crean normas atinentes a su funcionamiento llamadas Reglamentos o Estatus, en los cuales se preven las causas para el nombramiento y remocion de sus agentes de gobierno, forma y destino de los recursos.
1. con atribucion territorial:
Ej. Municipios o comunes. No pueden dictar sus propias normas, salvo las de su funcionamento. Tienen un territorio de aplicacion de sus propias normas.
2. Sin atribucion territorial:
Puede ser creacion de los organos centrales federales o unitarios .Su particularidad es que se los crea para la administracion de un servicio publico, una obra publica o para la administracion y ejecucion de un suceso o acontecimiento particular.RANGO DISTINTIVO: no tiene atribucion territorial, no tiene territorio especifico, salvo su propio edificio. Ej. Administracion de un servicio publico: entes reguladores.
ESTADO DESCENTRALIZADO O REGIONAL
El poder se reparte en unidades territoriales mas pequeñas con autonomia propia.
ESTADO ( administracion general)
Legislativo: parlamento, congreso de diputados o corte general.Ejecutivo: gobierno nacional.Judicial: consejo superior de poder judicial.
COMUNIDADES AUTONOMAS (administracion regional)
Legislativo : parlamento regional o asamblea legislativa.Ejecutivo: gobierno regional.Judicial: tribunal superior de justicia.
PROVINCIAS (adminstracion provincial)MUNICIPIOS (administracion municipal)
* Concejales.* alcaldes.
TIPOS DE ESTADOS REGIONLES
1. ESTADO REGIONAL ADMINISTRATIVO: En el cual existen unidades sub-nacionales de gobierno central, pero a los cuales solo se les ha transferido competencias y funciones especificas de orden administrativo o de ejecucion de competencias sectoriales que cumplen los sectores.
2. ESTADO REGIONAL POLITICO: Es aquel donde se ha transferido no solo competencias y funciones sectoriales a los niveles sub-nacionales de gobierno, sino que adicionalmente estos gozan de autonmia normativa.
• REGIONAL SIMPLE: sera simple cuando los niveles intermedios regionales sean los unicos que gocen de autonomia politica plena, teniendo los otros niveles de gobierno unicamente autonomia administrativa plena.( españa).
• REGIONAL COMPLEJOS: Poseeria autonomia politica plena en sus distintos niveles de gobierno, es decir, todos ellos son electos po el pueblo y ademas pueden emitir normas con caracter y rango de ley. (peru).
• ESTADO MUNICIPAL: Donde solo existen municipios o gobiernos locales (GGLL), no existiendo nivel intermedios de gobierno, o al menos si este existe no es elegido
Democraticamente por el pueblo o no tiene las mismas facultades normativas y funcionales que los GGLL.
ESTADO FEDERAL
Es aquel que esta formado a su vez por varios Estados que se ponen de acuedos entre si para respetar una misma ley suprema, la constitucion. Se divide en:
• FEDERAL COMPLEJO: Dependiendo de la organizacion nacional que posea, de cara a las especificas divisiones que se hayan establecido en el territorio por motivo de las nacionalidades, o los elementos que confor man a estas, tales como el idiom, la religion o la pertenencia etnica por ejemplo REINO UNIDO.
• FEDERAL SIMPLE: Son todos los restantes que no tienen este tipo de divisiones linguisticas o etnicas de manera tan marcadas como los anteriores por ejemplo ALEMANIA.
ESATADO CONFEDERADOPosee una estructura semejante a la de una federacion, pero con un gobierno
central dismnuido en relacion a un gobierno federal.
Posee una estructura semejante a la de una federacion, pero con un gobierno central disminuido en relacion a un gobierno federal.
DERECHO DE NULIFICACION: Cualquiera de estos estados, por el hecho de ser soberano puede declarar nula una disposicion que haya sido dictada por un organo comun confederado.
DERECHO DE SECESION: Derecho que se reservan los estados por el hecho de ser soberanos de retirarse libremente de la confederacion de estados.
Top Related