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El hurto de cobre como insumo utilizado en los medios de comunicación
y su impacto socio-económico ocasionado en establecimientos
comerciales del sector informal
Ensayo presentado al doctor Julio Cesar Gonzalez, coordinador de la
especialización Administración de la Seguridad
Universidad Militar Nueva Granada
Orlando Prada Téllez
2015
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Tabla de contenido
Capítulo 1 Hurto de Cobre ............................................................................................................1
Capítulo 2 Marco Legal .................................................................................................................4
Capítulo 3 Tablas de Estadística ...................................................................................................7
Bibliografía ................................................................................................................................... 10
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Resumen
El hurto de cable de cobre es un flagelo que viene afectando a las empresas que lo
usan como insumo en el desarrollo de su actividad comercial desde hace aproximadamente
15 años, tomando gran fuerza en los años 2002 al 2006, causando gran impacto social
debido a la afectación y daño que causa en las familias y en los negocios que operan en el
sector comercial informal.
Afectan con su accionar varios derechos fundamentales contemplados en la
Constitución Nacional, como los son el derecho a la comunicación y al trabajo, pues no
solo afectan a las empresas que ofrecen este servicio a la sociedad, también afecta a todo
el sector informal los cuales se lucran y subsisten de una línea telefónica, canal por el cual
viajan la mayoría de los proveedores de internet en el mercado, medio utilizado para
comercializar productos y realizar un sin número de transacciones.
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Introducción
Uno de los flagelos de la delincuencia común y organizada que sufren los
colombianos es el hurto de cable de cobre, el cual aunque no demanda una agresión directa
contra las personas, si lo hace sobre las cosas, ocasionando un impacto social de grandes
magnitudes.
Las medidas que el gobierno a tomando frente a este flagelo no han sido las mejores
a pesar que la corte suprema de justicia en su buen saber, dio las herramientas a los
administradores de justicia, para contrarrestar este delito.
Debido a la fuerza que venía tomando este delito y en razón a que las normas
penales lo calificaban como como un hurto simple, sancionan la Ley 1142 de 2007, la cual
tífica este acto delincuencial que tanto daño le causa a la sociedad, como hurto calificado,
con circunstancias de agravación punitiva, contemplando pena de prisión entre cinco y 12
años, lo cual lo excluye de los beneficios de gozan los delitos excarcelables.
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Capítulo 1
Hurto de Cobre
El hurto de cobre como insumo utilizado en los medios de comunicación y su
impacto socio-económico ocasionado en los establecimientos de comercio del sector
informal.
El cobre (Cu) por naturaleza es un metal noble, sus principales características son
que no se oxida, no contamina y no se degrada, se destaca entre todo los metales por su
alto nivel de conductividad eléctrica y metálica, propiedades que conserva aún en su estado
de reciclaje, es también llamado el metal rojo por su aspecto físico de color rojo intenso y
puede ser utilizado solo o en aleación con otros elementos, siendo el bronce el más común
y antiguo.
El cobre es utilizado es varias industrias pero especialmente en el sector emergente
y de alto impacto como lo son las empresas cuya actividad comercial está relacionada con
las telecomunicaciones, debido a que el comportamiento del cobre para la trasmisión de
datos, sonido e imágenes es altamente confiable y de excelente rendimiento. (Engeniari,
2013)
El cobre el utilizado para la fabricación de muchos elementos relacionados con
corriente directa y corriente alterna, en el caso de las telecomunicaciones es utilizado en la
fabricación de cables rellenos utilizados en la trasmisión de vos, datos, imágenes y sonido
a través del canal internet.
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Colombia se ubica como el tercer exportador de cobre a nivel mundial y solo cuenta
con una mina de cobre en todo el país, ubicada en el departamento de choco, municipio
Carmen de Atrato, llamada El Roble, sin embargo ocupa este prestigioso lugar en la escala
de exportación. (Energia, 2008)
Se genera una gran incertidumbre al preguntarnos, si no tenemos minas de cobre
¿Cómo es posible que ocupemos el tercer lugar a nivel mundial?, la respuesta es muy
sencilla, parte de ese cobre lo tenemos enterrado a escasos 40, 60 o 100 centímetros, lugar
en cual las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones, ubican sus redes
canalizadas, que consta de cable relleno de cobre en diferentes calibres en donde
encontramos que un metro puede llegar a pesar 14 kg, otra parte de cobre está colocada
sobre los postes que soportan la red en donde los calibres son menores pero de igual manera
es atractivo.
Es aquí en donde comienza el problema, debido a que en la actualidad el precio de
cobre reciclado, goza de un excelente precio en el mercado y su venta no genera ningún
esfuerzo, pues esto lo hace demasiado comercial.
Las redes de telecomunicaciones tienen una desventaja muy grande y es que están
expuestas a la confianza pública por su naturaleza, pues su objetivo es llevar a cada familia
un servicio de primera necesidad, como lo es la comunicación, la cual se ve afectada cuando
dicha red es cortada con el fin de ser hurtada.
Comienza aquí un problema netamente social, es tan apetecido el cobre y es tan
bueno su precio, que actualmente existen grupos delincuenciales dedicados al hurto de
cobre, lo hacen directa o indirectamente, algunos participan en la ejecución del delito y
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otros han creado organizaciones bien estructuradas en las cuales unos, hurtan el cable, otros
lo transportan, otros le quitan la coraza protectora y otros lo comercializan como producto
reciclado.
No es necesario tener en cuenta la forma en que lo realizan, su modus operandi o el
tipo de delincuente que participa, para determinar que los más afectados son las personas,
mediana y pequeñas empresas los dependen en buena parte de esta conexión para
desarrollar su actividad comercial. (Elnuevosiglo, 2015)
Encontramos en este grupo a aquellas personas que laboran desde sus residencias,
cuya activad está relacionada en la mayoría de los casos en la compra y venta de productos
a través de internet o de su línea telefónica básica, desde el momento en que el delincuente
realiza el corte, esta persona queda fuera de línea y por ende su negocio se paraliza, pero
sus obligaciones financieras, sustento familiar, educación, entre otros no paran, generando
un caos en esta familia.
Aunque las empresas prestadoras de este servicio generan un plan de acción
tendiente a recuperar el servicio en el menor tiempo posible, la afectación para esta familia
es bastante grande y más aún cuando en el peor de los casos, la empresa de
telecomunicaciones, opta por no recuperar el cable hurtado debido a la cantidad de
incidencias que se ha presentado sobre esa parte de la red, tomando como referencias las
estadistas delincuenciales, en estos casos el caos es total, pues la familia se ve forzada a
cambiar su residencia o cambio de actividad comercial.
Esta misma situación la viven las pequeñas empresas como el café internet y
cabinas telefónicas, si bien no dependen totalmente de una línea telefónica, la ausencia del
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internet si afecta su actividad comercial, sin embargo al igual que las familias, sus
obligaciones continúan corriendo sin tener en cuenta el tipo de daño causado por un tercero.
Entra en juego una activa participación de la comunidad en el cuidado y custodia
de dicha red, pues finalmente son los más afectados, las empresas de telecomunicaciones
han realizado acercamientos con la comunidad para motivarlos a denunciar cuando
observen la presencia de estas personas pues generalmente no pertenecen al sector o barrio
y son fáciles de identificar, pues su accionar lo realizan sobre la red que está instalada sobre
los postes o sobre la red canalizada, o sea aquella que va bajo tierra, para lo cual retiran
una tapa de las llamadas cámaras.
Si logramos que las autoridades, la comunidad y las empresas se unan para
contrarrestar este flagelo, muy seguramente lo logramos y de esta manera le evitamos un
gran traumatismo a nuestra sociedad. (Espectador, 2015)
Capítulo 2
Marco Legal
Hasta el año dos mil seis (2006) el hurto de cable de cobre era considerado por la
ley como hurto simple, los delincuentes dedicados a este flagelo no veían ninguna amenaza
en la justicia de nuestro país, poco a poco, los administradores de justicia se fueron
concientizando del impacto social que estas personas venían causando en la comunidad, en
la medida en que la internet toma fuerza y las empresas en pequeña y gran escala se veían
afectadas, las familias que dependían de una línea Telefonica o de la internet para subsistir,
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el gobierno colombiano a través del poder judicial, tuvo a bien colocar en consideración
una norma que regulara este delito dando a él otra calificación, fue así con junio 28 de
2007, se reglamenta la Ley 1142, la cual en su artículo 37 numeral 4 párrafo quinto,
modifica parcialmente el artículo 240 de la Ley 599 de 2000, Código Penal Colombiano,
tipificando el hurto de cable destinado a Comunicaciones telefónicas como como hurto
calificado con circunstancias de agravación punitiva, generando así, una herramienta
fundamental a los jueces y fiscales, para administrar justicia y minimizar de esta manera el
daño causado por estos delincuentes. (Fiscalia General de la Nacion, 2007) (MINTIC,
2015)
“Artículo 37. El artículo 240 de la Ley 599 de 2000, Código Penal; Título VII: Delitos
contra el patrimonio económico; Capítulo I: Del Hurto, quedará así:
Artículo 240. Hurto calificado. La pena será de prisión de seis (6) a catorce (14) años, si el
hurto se cometiere:
1. Con violencia sobre las cosas.
2. Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose
de tales condiciones.
3. Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado
o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentren sus moradores.
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4. Con escalonamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento
similar, o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes.
La pena será de prisión de ocho (8) a dieciséis (16) años cuando se cometiere con violencia
sobre las personas.”
Las mismas penas se aplicarán cuando la violencia tenga lugar inmediatamente después del
apoderamiento de la cosa y haya sido empleada por el autor o partícipe con el fin de
asegurar su producto o la impunidad.
La pena será de siete (7) a quince (15) años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre
medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve
en ellos. Si la conducta fuere realizada por el encargado de la custodia material de estos
bienes, la pena se incrementará de la sexta parte a la mitad.
La pena será de cinco (5) a doce (12) años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre
elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas
y satelitales, o a la generación, transmisión o distribución de energía eléctrica y gas
domiciliario, o a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado” (Ley 599 de
200 Codigo Penal Colombiano, 2000)
Incluye esta norma a todas las empresas de servicios públicos, siendo la comunidad
la más beneficiada, dando inicio a una nueva era en materia penal en cuanto a hurto de
cobre se refiere.
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Los resultados obtenidos hasta el momento con la aplicación de norma han sido
muy buenos, los jueces usando esta herramienta han dictado condenas superiores a los 60
meses, lo cual no permite el escarcelamiento como se presentaba antes de entrar en vigencia
esta Ley, sin embargo es necesario que los fiscalías tomen conciencia y no duden al
momento de solicitar condenas. (Patria, 2015)La condena más alta solicitada por la Fiscalía
a Juez tuvo lugar en la ciudad de Cali por un hecho relacionado con un cable telefónico
que dejo sin servicio de internet y línea básica a 2400 familias, en donde el ente acusador
solicitar al administrador de justicia le fuera aplicada una pena de 31 años de prisión,
finalmente estas personas fueron condenadas a 72 meses de prisión y aun pagan dicha
condena.
Capítulo 3
Tablas de Estadística
Colombia Telecomunicaciones ESA ESP – Telefonica Movistar (Comgeser, 2015)
(Movistar, 2015)
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Conclusiones
Es evidente que el más afectado con el flagelo de hurto de cable destinado a las
telecomunicaciones, es la comunidad y su impacto social es alto, es necesario que las
autoridades comprometidas con es esta problemática, como lo son los administradores de
justicia (Fiscales y Jueces) tomen conciencia de la problemática y apliquen la ley de
acuerdo a los estatutos vigentes, pues hasta el momento se han mostrado débiles y flexibles
frente a este delito.
Las autoridades de Policía en coordinación con la comunidad generen escuela de
autoprotección frente a este delito.
Las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones apoyen a las
autoridades de policía en cuanto al conocimiento e identificación de la red susceptible de
hurto.
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Bibliografía
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Patria, L. (28 de Mayo de 2015). La Patria.com. Obtenido de La Patria.com:
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cafetero-196577
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