Disposiciones y Lineamientos para las Escuelas del Nivel
Medio Superior
San Luis Potosí, S.L.P. Julio de 2013
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PRESENTACIÓN
La Educación es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la
cultura; es un proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la
transformación de la sociedad; es factor determinante para la adquisición de
conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad
social.
En 1986 el entonces Secretario de Educación y Servicios Sociales del Gobierno del
Estado, Profesor Rafael Turrubiartes Macías, gestionó la creación de las primeras
Escuelas Preparatorias por Cooperación del Nivel Medio Superior con el objetivo de
ofrecer el Bachillerato a los jóvenes egresados de Educación Secundaria.
Atendiendo a esa petición, el Gobernador Constitucional del Estado, Lic. Florencio
Salazar Martínez, publicó en el Periódico oficial el Acuerdo administrativo número 20
de fecha 10 de marzo de 1987, en el que se autorizan dichas instituciones que
ofrecen a la sociedad potosina una alternativa educativa de calidad que desarrolle en
el individuo su capacidad de aprender, ser, hacer y convivir, cimentándose en los
principios de equidad, pertinencia y trascendencia.
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“ORIGEN ES DESTINO…”
PROFR. RAFAEL TURRUBIARTES MACÍAS
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ÍNDICE
1. LINEAMIENTOS GENERALES PAG 7
- JUSTIFICACIÓN 7
- DIMENSIÓN ADMINISTRATIVA 8
- DIMENSIÓN FINANCIERA 10
- DIMENSIÓN ACADÉMICA 13
- DIMENSIÓN LABORAL 14
2. FUNCIONES DEL PERSONAL 15
- DIRECTOR 15
A) FUNCIONES GENERALES 15
B) FUNCIONES ESPECÍFICAS 16
EN MATERIA DE:
PLANEACIÓN 16
ORGANIZACIÓN ESCOLAR 17
RECURSOS HUMANOS 19
RECURSOS FINANCIEROS 19
RECURSOS MATERIALES 20
TRABAJO ACADÉMICO 21
SERVICIOS ASISTENCIALES 22
EXTENSIÓN EDUCATIVA 22
CONTROL ESCOLAR 23
SUPERVISIÓN 25
- SUBDIRECTOR 26
- MAESTRO DE PLANTA 28
- COORDINADOR DEPORTIVO 31
- ENTRENADOR (ACTIVIDADES DEPORTIVAS) 34
- INSTRUCTOR (ACTIVIDADES CULTURALES Y
ARTÍSTICAS) 36
- DOCENTE FRENTE A GRUPO 37
4
- OFICIAL ADMINISTRATIVO 41
- PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS 43
- VELADOR 45
- PROGRAMADOR 46
- RESPONSABLE DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPO
DE CÓMPUTO 48
- CONTADOR 49
- RESPONSABLE DE TUTORÍAS 51
- PSICÓLOGO 53
3. DISPOSICIONES PARA ALUMNOS 55
- I.- DE LA ESTANCIA DE LOS ALUMNOS EN EL PLANTEL 55
- II.- DE LOS JUSTIFICANTES DE INASISTENCIAS 56
- III.- DEL TRABAJO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS 57
- IV.- DE LOS HÁBITOS DE CONDUCTA ESCOLAR 58
- V.- DE LOS CASOS EN QUE LOS ALUMNOS PUEDEN
CAUSAR BAJA DEFINITIVA DEL PLANTEL ESCOLAR 62
- VI.- DE LOS CASOS EN QUE ES PROCEDENTE
EL TRASLADO DE ALUMNOS ENTRE DIFERENTES
INSTITUCIONES DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR 65
4. REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 67
PARA LAS ESCUELAS PREPARATORIAS DEL SEER
- DISPOSICIONES GENERALES 67
- CALIFICACIONES 68
- EXAMENES ORDINARIOS 69
- EXAMENES A EXTRAORDINARIO 71
- EXAMENES A TÍTULO DE SUFICIENCIA 71
- EXAMENES ESPECIALES DE REVALIDACIÓN Y/O CONVALIDACIÓN 72
- EXAMENES PARA LOS ALUMNOS QUE RECURSAN SEMESTRE 74
5
5. DISPOSICIONES PARA LA EVALUACIÓN
DE LAS MATERIAS DE FORTALECIMIENTO
DE LA FORMACIÓN INTEGRAL 75
- PRESENTACIÓN 75
- COMPONENTE DE SALUD Y DEPORTE 77
CONTEXTO NORMATIVO 77
CARACTERIZACIÓN 78
OBJETIVO GENERAL 79
OBJETIVOS ESPECÍFICOS 79
OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
DE SALUD Y DEPORTE 80
- COMPONENTE DE CULTURA 84
CONTEXTO NORMATIVO 84
CARACTERIZACIÓN 85
OBJETIVO GENERAL 87
OBJETIVOS ESPECÍFICOS 87
OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
ARTÍSTICAS Y CULTURALES 88
- DESARROLLO DE HABILIDADES DEL PENSAMIENTO 91
JUSTIFICACIÓN 91
ACREDITACIÓN 92
EVALUACIÓN 93
BIBLIOGRAFÍA 94
6. TIENDA ESCOLAR 95
7. UNIFORME ESCOLAR 95
8. SANCIONES 96
6
- ANEXOS 97
- ANEXO 1
- ANEXO 2
- ANEXO 3
- ANEXO 3.1
- ANEXO 3.2
- ANEXO 3.3
- ANEXO 3.4
- ANEXO 4
- ANEXO 4.1
- ANEXO 4.2
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1. LINEAMIENTOS GENERALES
JUSTIFICACIÓN
Las Escuelas Preparatorias por Cooperación pertenecientes al Sistema Educativo
Estatal Regular realizan un esfuerzo permanente con el propósito de cumplir con las
metas de cobertura y calidad que establece como requisito la Reforma Integral de
Educación Media Superior, identificándose como instituciones que, ubicadas en
distintas regiones geográficas de San Luis Potosí, han sido creadas en diferentes
tiempos para responder a las necesidades de la entidad generando con ello una
diversidad de puestos laborales.
El Sistema Educativo Estatal Regular, con el objetivo de satisfacer la demanda de un
número creciente de jóvenes que tienen la necesidad de estudiar en este nivel, así
como garantizar que la educación que se brinda en sus planteles sea de calidad,
actualiza los lineamientos generales que han permitido cumplir y mejorar a lo largo
del tiempo con el servicio educativo que se brinda en cada una de las Instituciones.
Estas Disposiciones y Lineamientos del Nivel Medio Superior están fundamentados
en la Ley Estatal de Educación, Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos al Servicio del Estado de San Luis Potosí, Manuales de Organización y
Procedimientos para el Nivel Medio Superior (ver anexos), Manual de Ingresos y
Egresos del Sistema Educativo Estatal Regular y las disposiciones emitidas por parte
de la Dirección General del Sistema.
Representan una importante herramienta para unificar y direccionar las actividades
que se llevan a cabo; de manera inmediata inciden en el manejo académico,
administrativo y de recursos humanos, lo cual se traduce a mediano y largo plazo en
procesos de operación más eficaces y en mejores condiciones de desempeño para
el personal.
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El presente documento está conformado por las dimensiones necesarias para la
administración de las escuelas preparatorias en todos sus aspectos, atiende también
las funciones del personal, las disposiciones para los alumnos y los procesos de
evaluación, traslado y la normatividad para las materias de Fortalecimiento de la
Formación Integral. Con estas disposiciones se crea certidumbre en las acciones
administrativas y financieras ya que se alinean con normatividades de carácter
superior. Se impulsan las tareas académicas y principios laborales que acerquen a
la educación que se imparte a la definición de calidad educativa y al ambiente de
trabajo digno y colaborativo de la comunidad escolar.
DIMENSIÓN ADMINISTRATIVA
1. Todas las actividades que se realicen en el Nivel Medio Superior estarán
determinadas por el planificador respectivo.
2. La distribución de horas clase para cada uno de los semestres se realizará de
lunes a sábado, haciéndose la observación de que en este último deberá
existir una carga curricular de 3 horas clase como mínimo.
3. El personal que cubra la función de Maestro de Planta tendrá una carga
académica de 14 horas clase por semana, frente a grupo, habiendo margen
de una hora sin pago.
4. El personal que cubra la función de Coordinador Deportivo tendrá una carga
académica de 14 horas clase por semana, frente a grupo, en las materias de
Componente de Salud y Deporte y Componente de Cultura, debiendo cubrir la
jornada completa de trabajo y supervisando los talleres y equipos deportivos,
habiendo margen de una hora sin pago.
5. Los Directores, Subdirectores y Maestros de Planta con nombramiento oficial
de 40 HSM, no deben prestar sus servicios en más de una Institución de este
Nivel Educativo.
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6. Los Directores y Subdirectores podrán impartir cátedra de manera provisional,
sin percepción alguna.
7. El Director de la escuela no está facultado para crear cargos adicionales
internos. (Anexo 2)
8. La Dirección de la Institución deberá respetar los nombramientos del personal
de base, así como lo señalado en las tarjetas asignadas al personal
contratado con recursos propios.
9. Toda Institución contará con un Programador y un Responsable de
Mantenimiento del Equipo de Cómputo, debiendo hacer las tareas de captura
el personal administrativo de la misma.
10. La escuela tendrá la obligación de proporcionar, sin costo por primera vez:
constancias de estudio, credencial, certificado total y cartas de buena
conducta (excepto certificados parciales).
11. Toda constancia expedida por la Institución llevará el visto bueno del
Inspector.
12. Los planteles deben tener actualizados sus inventarios (bienes, muebles y
equipos) contemplando todo lo que constituya un bien del plantel, otorgándole
un número de control interno. Esta información deberá ser presentada en
tiempo y forma al Departamento de Recursos Materiales de la Dirección de
Servicios Administrativos del S.E.E.R., para lo cual debe sujetarse a los
formatos establecidos.
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13. Dentro de las instituciones educativas del Nivel Medio Superior se establecerá
la Tienda Escolar que venderá alimentos nutritivos a los alumnos. Los
lineamientos para generar el servicio están señalados en el presente
documento (apartado 5).
14. Se autoriza en las Instituciones Educativas del Nivel Medio Superior la
implementación únicamente del Uniforme Deportivo, cuyo proveedor, costo y
procedimiento de adquisición será designado por la Dirección General del
Sistema Educativo Estatal Regular (apartado 6).
DIMENSIÓN FINANCIERA
1. La Institución podrá pagar hasta un máximo de 10 horas clase a los Maestros
del Planta que no cuenten con nombramiento de 40 HSM, teniendo éstos el
compromiso de cubrir 4 Hrs. más sin remuneración.
2. La Institución podrá pagar hasta un máximo de 10 horas clase a los
Coordinadores Deportivos que no cuenten con nombramiento de 40 HSM,
teniendo éstos el compromiso de cubrir 4 Hrs. más sin remuneración (La
Coordinación Administrativa, Representación Sindical y la Dirección del plantel
valorarán la factibilidad de dicho pago).
3. Los Coordinadores Deportivos que no cuenten con tiempo completo y el
Personal Administrativo e Intendentes pagados con recursos propios, podrán
laborar en otra Institución del Nivel Medio Superior a contra turno.
4. El pago a Programador, Responsable de Mantenimiento del Equipo de
Cómputo, Psicólogo, Contador, Personal Administrativo, Intendente, Velador y
demás pagados con recursos propios deberá realizarse conforme al tabulador
vigente. (Anexo 3)
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5. El pago del Contador que preste sus servicios en varias instituciones, deberá
comprobar el pago de sus servicios mediante recibo de honorarios, con
requisitos fiscales expedido por el mismo. El Contador puede ser incluido en la
nómina única y exclusivamente si presta sus servicios en un sólo plantel y no
deberá tener parentesco alguno con el Director de la Institución.
6. El pago de los Entrenadores e Instructores se realizará por hora clase,
conforme al tabulador vigente del Nivel Medio Superior.
7. Cualquier proyecto de construcción, ampliación o remodelación del edificio
escolar deberá solicitarse en primera instancia autorización a la Dirección
General a fin de que la Dirección de Planeación evalué la factibilidad del
mismo.
8. Para cualquier petición económica extraordinaria a los alumnos (fuera del
pago de la inscripción y bimestre), realización de actividades para recaudar
fondos para el mejoramiento de la Institución, u otro concepto deberá
presentarse la solicitud a la Dirección General del S.E.E.R. para su posible
autorización, conteniendo la descripción del proyecto, con las tres cotizaciones
respectivas, turnándose copia a la Coordinación Administrativa, a la Jefatura
del Departamento e Inspección para su seguimiento y evaluación. Dicha
solicitud debe hacerse por ciclo escolar y presentarse cuando menos un mes
antes del termino del mismo.
9. En el caso de que la Institución reciba la autorización para la realización de
algún proyecto deberá presentar al término del mismo y en un plazo no mayor
al ciclo escolar un informe detallado de las tareas realizadas y los
comprobantes fiscales del gasto ejercido.
10. Queda prohibida la organización de eventos de cualquier índole con el fin de
recaudar fondos para la fiesta de graduación. La Institución organizará
exclusivamente la ceremonia oficial para la entrega de documentos.
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11. Las cuentas bancarias deben ser registradas a nombre de las instituciones.
Los diarios de recursos financieros y estados de cuenta estarán sujetos a
supervisión permanente de la Coordinación Administrativa e Inspecciones.
12. Queda estrictamente prohibida la venta, de manera independiente, de libros
de texto, antologías, fotocopias o cualquier medio que represente la
reproducción total o parcial no autorizada de algún material bibliográfico.
13. Las nóminas llevarán el visto bueno de la Inspección y la autorización de la
Coordinación Administrativa, debiéndose entregar de acuerdo a la
calendarización.
14. El pago de gratificación por prestación social del personal adscrito a la
Institución será preferente a cualquier otra erogación.
15. Para la aplicación y pago de exámenes a Extraordinario, a Título de
Suficiencia y Títulos Especiales deberá presentarse la planta respectiva
indicando el nombre del Presidente y Secretario, en los casos que aplique, así
como el número de alumnos sustentantes en cada materia.
16. La Institución designará como Presidentes y Secretarios, para el caso de
Exámenes a Título de Suficiencia y Títulos Especiales, preferentemente a
docentes sin horas oficiales, siendo Secretarios quienes impartan la misma
materia y/o aquellos que tengan el perfil.
17. Los subsidios que otorga Gobierno del Estado a las preparatorias deben
justificarse por medio de nómina. Al recibirse el cheque respectivo deberá
depositarse de forma inmediata en la cuenta bancaria del plantel, y entregarse
copia del comprobante en la Inspección respectiva.
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18. La Dirección de la Escuela entregará a la Inspección el estado de cuenta
bancario mensual los primeros días del mes siguiente, esta última remitirá los
estados de cuenta de todas las escuelas de la zona a la Coordinación
Administrativa.
DIMENSIÓN ACADÉMICA
1. Podrán organizarse cursos, talleres y conferencias tanto para alumnos como
para docentes, previa autorización de las Inspecciones, visto bueno de la
Coordinación Académica y de la Jefatura del Departamento, presentando el
proyecto para su revisión.
2. Los horarios de clase se presentarán para su revisión y autorización a la
Inspección correspondiente, Coordinación Académica y Jefatura del
Departamento del Nivel durante el primer mes de actividades en el semestre.
3. La Dirección de la Institución, por conducto de la Subdirección, deberá contar
con las planeaciones académicas mensuales de cada uno de los docentes
frente a grupo, recabadas en tiempo y forma, debidamente validados
(impresas, firmadas y selladas por la Dirección).
4. No habrá permisos para modificar las fechas establecidas en el planificador
respecto a la aplicación de Exámenes Ordinarios, Extraordinarios, a Título de
Suficiencia y Títulos Especiales.
5. Cada Institución deberá realizar reuniones de academia en forma mensual,
presentando el calendario respectivo a la Inspección al inicio de cada
semestre.
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6. La Coordinación Académica, Jefatura del Departamento e Inspecciones
llevarán a cabo visitas de supervisión del trabajo realizado en las
Instituciones.
7. La Dirección del plantel será responsable de supervisar el trabajo realizado
por los docentes frente a grupo. Esta actividad deberá realizarse de manera
formal a través de una guía de observación e informar a la Inspección,
Jefatura y Coordinación Académica.
8. El docente frente a grupo es el único responsable de la asignación y
asentamiento de evaluaciones, no debiendo existir modificaciones y/o
alteraciones una vez entregadas.
9. Queda estrictamente prohibido a todo el personal adscrito a la Institución
solicitar o recibir cualquier tipo de obsequio o gratificación para el
otorgamiento de calificaciones u otorgamiento de cualquier beneficio.
DIMENSIÓN LABORAL
1. El personal que ingrese a laborar en las instituciones del Nivel será bajo
propuesta de la Sección 52 del SNTE, con la autorización de la Dirección
General de SEER.
2. Los familiares en primer grado de los directivos, no podrán ser contratados
dentro de las mismas instituciones.
3. El personal de base que se incapacite sólo recibirá, por parte de la Institución,
el pago de la compensación. En el caso del personal pagado con recursos
propios que presente incapacidad médica, el pago correspondiente será sujeto
a valoración por parte de la Dirección del Plantel, Coordinación Administrativa
y la Organización Sindical.
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4. Quien ingrese a cubrir una incapacidad en condición de personal pagado con
recursos propios debe recibir una remuneración.
2. FUNCIONES DEL PERSONAL
DIRECTOR
A) FUNCIONES GENERALES
1. Administrar la prestación del servicio educativo en el Nivel Medio Superior, en
el plantel a su cargo, conforme a las normas y lineamientos establecidos por
el S.E.E.R.
2. Planear, dirigir, controlar y evaluar las actividades del plantel de acuerdo con
los objetivos, políticas educativas y lineamientos instituidos por el S.E.E.R.
3. Prever y organizar las actividades, los cursos y apoyos necesarios para el
desarrollo de un plan anual de actividades, de los programas de las
asignaturas y de las tareas señaladas en el planificador del nivel.
4. Dirigir la ejecución de las actividades de organización y control escolar,
servicios asistenciales y de extensión educativa del plantel a su cargo.
5. Administrar los recursos asignados al plantel, de acuerdo con las normas y
lineamientos emitidos por el S.E.E.R.
6. Aplicar las normas y lineamientos técnico-administrativos dados por el
S.E.E.R., vigilando su cumplimiento.
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7. Desarrollar actividades de relaciones públicas en la comunidad.
8. Representar, ante la comunidad de la zona de influencia, al plantel educativo
como su máxima autoridad.
9. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del S.E.E.R a
través de las instancias correspondientes.
10. Atender y resolver los problemas que se presenten en el plantel.
11. Informar a la Dirección General del S.E.E.R., y a la Inspección, en los
términos y plazos requeridos, acerca del funcionamiento del plantel bajo su
dirección.
B) FUNCIONES ESPECÍFICAS
EN MATERIA DE PLANEACIÓN
1. Determinar y establecer, en coordinación con la Inspección, las estrategias
para el logro de objetivos del plantel.
2. Integrar planes de desarrollo institucional a mediano y largo plazo, así como el
programa anual de operaciones del plantel, en la observancia de que deberán
atenderse de manera prioritaria las necesidades en los siguientes aspectos:
a) Coordinación del personal docente, administrativo y especial.
b) Preparación y actualización del personal.
c) Mantenimiento, conservación y ampliación del edificio escolar.
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d) Mantenimiento, conservación y adquisición de materiales.
3. Integrar el proyecto anual de presupuesto del plantel al inicio del ciclo escolar,
presentándolo a la Dirección General del S.E.E.R. para su autorización y a la
Inspección para su conocimiento.
4. Establecer métodos que permitan revisar periódicamente la estructura y la
organización de los sistemas en el manejo de la información, a fin de
actualizarlos y adecuarlos a las necesidades del plantel.
5. Organizar y dirigir mensualmente las reuniones de planeación y evaluación de
las actividades del plantel.
EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN ESCOLAR
1. Integrar las unidades orgánicas del plantel, conforme a las normas y
lineamientos establecidos por la Dirección General del S.E.E.R. a través de
la Inspección de zona.
- CONSEJO TÉCNICO PEDAGÓGICO (CoTePe)
1. Coordinar la elección del Consejo.
2. Dirigir los trabajos de este organismo.
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- ACADEMIAS
1. Organizar, dirigir y vigilar la integración de academias mensualmente,
por disciplinas, procurando la transversalidad de las asignaturas,
presentando copias de las actas respectivas a la Inspección.
2. Supervisar que las academias sean auxiliares en la aplicación de los
programas de estudio, atendiendo a los lineamientos establecidos por
la Dirección General del S.E.E.R. a través de la Inspección de zona.
- COMISIONES
1. Crear comisiones para apoyar el desarrollo de la tarea educativa.
2. Asignar al personal en general, tareas y actividades propias del cargo.
3. Presentar a la Coordinación Académica, a la Coordinación
Administrativa y a la Inspección de Zona, la propuesta de estructura
educativa del plantel, y una vez autorizada, aplicarla atendiendo a las
normas establecidas.
4. Asignar a los Maestros de Planta los grupos que estarán bajo su
supervisión, las asignaturas que correspondan a la carga académica de
14 hrs. así como las acciones que el plantel requiera en materia de
aprovechamiento escolar y control de la disciplina.
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EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS
1. Difundir entre el personal, las disposiciones administrativas y reglamentarias
que en materia de recursos humanos emita la Dirección General del S.E.E.R.
a través de la Inspección de zona.
2. Brindar información sobre el desempeño profesional de los docentes al
Colegiado de Asuntos Laborales del Nivel Medio Superior, para su posible
promoción ó contratación.
3. Asignar responsabilidades al personal, conforme al nombramiento,
lineamientos y necesidades de la Institución.
4. Identificar necesidades específicas del plantel y tomar decisiones inmediatas
para satisfacerlas.
5. Llevar estricto control de asistencia y puntualidad del personal en un registro
diario.
6. Autorizar los permisos al personal cuando procedan.
7. Sancionar económica y administrativamente, de acuerdo a la normatividad
vigente, al personal por incumplimiento en sus obligaciones.
EN MATERIA DE RECURSOS FINANCIEROS
1. Planear y controlar el ejercicio del presupuesto asignado al plantel.
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2. Administrar, ejercer y comprobar los ingresos propios del plantel, conforme a
las normas, políticas y lineamientos establecidos por la Dirección General del
S.E.E.R.
3. Realizar con oportunidad el pago de remuneraciones al personal.
4. Otorgar el visto bueno a la documentación justificativa del gasto ejercido en el
plantel, y presentarla para su revisión ante las instancias correspondientes en
el momento que se le solicite.
5. Asistir obligatoriamente a la revisión de libros contables atendiendo al
calendario emitido por la Dirección de Servicios Administrativos.
6. Manejar los recursos económicos de la escuela a través de una cuenta a
nombre del plantel y en forma mancomunada entre Director y Subdirector o
Director e Inspector.
EN MATERIA DE RECURSOS MATERIALES
1. Vigilar el uso y control apropiado de bienes muebles e inmuebles con que
cuenta el plantel.
2. Realizar las altas de bienes muebles adquiridos a través de recursos propios,
así como los que asigne el S.E.E.R.
3. Solicitar al Departamento de Recursos Materiales la baja de bienes muebles
que se encuentren en desuso, del activo fijo.
4. Aprobar las compras de material y equipo que requiera el plantel, utilizando
recursos propios.
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5. Gestionar ante las autoridades del ramo, aportaciones y recursos para el
incremento y mantenimiento de los muebles e inmuebles del plantel.
6. Establecer normas entre los alumnos para el correcto uso de los bienes del
plantel.
EN MATERIA DE TRABAJO ACADÉMICO
1. Implementar estrategias pedagógicas consensadas, orientadas a elevar la
calidad del trabajo que se realiza.
2. Gestionar programas de actualización y capacitación para el personal docente.
3. Orientar al personal docente, en la interpretación y aplicación de los
lineamientos técnicos para el manejo del plan de estudios y los programas
vigentes.
4. Vigilar que el proceso enseñanza-aprendizaje se lleve a cabo de acuerdo a las
reformas y enfoques vigentes.
5. Promover la interacción entre el alumnado y el personal docente, a fin de
generar un ambiente de trabajo que permita elevar el nivel académico.
6. Motivar y sensibilizar al personal docente para mejorar la calidad y el
rendimiento escolar.
7. Atender las sugerencias e iniciativas que el personal docente proponga para
la realización de sus clases.
8. Detectar y canalizar alumnos con problemas de aprendizaje a las instancias
correspondientes.
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9. Implementar los programas de apoyo indicados por la Dirección General del
S.E.E.R. a través de la Inspección de zona.
EN MATERIA DE SERVICIOS ASISTENCIALES
1. Detectar a los alumnos que no cuenten con el servicio médico del IMSS,
gestionando su incorporación ante las autoridades respectivas.
2. Implementar una comisión de primeros auxilios a fin de atender casos de
emergencia.
3. Apoyar a los alumnos en la inscripción y permanencia en el programa de
Becas de Oportunidades.
EN MATERIA DE EXTENSIÓN EDUCATIVA
1. Promover las actividades sociales, cívicas, culturales, artísticas y deportivas a
que se convoque, condicionándose en la no afectación de las horas clase, del
trabajo académico y en consecuencia del aprovechamiento escolar.
2. Organizar actividades sociales donde la comunidad escolar participe en la
mejora y conservación del medio ambiente.
3. Hacer partícipes a los alumnos y personas invitadas en actos cívicos,
destacando la importancia de realizar este tipo de eventos como un medio
para fortalecer la identidad nacional.
4. Realizar con la comunidad educativa actividades de servicio social en la zona
de influencia de la Institución.
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5. Programar actividades de estudio que fortalezcan los componentes
curriculares (talleres, visitas, excursiones, etc.).
6. Fomentar los servicios de las bibliotecas escolares y/o públicas, así como
impulsar el uso de las TIC’S entre la comunidad escolar.
7. Procurar el incremento de textos en la biblioteca de la comunidad escolar.
8. Supervisar la eficiencia del servicio de la biblioteca.
9. Informar por escrito cualquier irregularidad en el uso de las instalaciones que
se compartan con otros niveles educativos.
EN MATERIA DE CONTROL ESCOLAR
1. Vigilar que las acciones que se realizan en el ámbito de control escolar
interno estén apegadas a los procedimientos establecidos.
2. Validar la documentación que acredite la escolaridad de los alumnos.
3. Supervisar la permanencia de los alumnos en el plantel, de acuerdo a las
normas y disposiciones establecidas:
a) Respecto a la Inscripción.
- Organizar, dirigir y supervisar el proceso, que deberá reportarse en los
documentos respectivos.
- Designar comisiones para la integración de los expedientes de los
alumnos de nuevo ingreso, por parte de los maestros de planta.
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- Comprobar que los alumnos a inscribirse hayan concluido su educación
secundaria.
b) Respecto a la acreditación.
- Organizar, dirigir y supervisar la elaboración del registro de inscripción,
estadística y evaluación (R.I.E.E.).
- Supervisar el registro de los créditos de los alumnos proporcionados
por los docentes, evitando la alteración de los mismos.
- Asignar comisiones a los maestros de planta para el control de
Evaluaciones Parciales, Ordinarias, Extraordinarias y a Título de
suficiencia.
- Llevar un control de movimientos de alumnos (altas, bajas, existencia,
aprobados y reprobados).
- Asignar comisiones al personal administrativo para la elaboración de la
documentación de los alumnos que egresan.
- Supervisar la integración de los expedientes de los alumnos con los
antecedentes legales y escolares respectivos.
- Enviar con oportunidad a la Inspección, para validarse :
- Certificados totales de la generación que egresa.
- Proyectos.
- Constancias.
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- Enviar con oportunidad a la plataforma de Profesiones de Gobierno del
Estado el registro de alumnos egresados.
EN MATERIA DE SUPERVISIÓN
1. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y administrativas que
regulen el funcionamiento del plantel.
2. Evaluar el desempeño del personal y proponer a la Dirección General del
S.E.E.R. los estímulos necesarios, así como, en caso contrario, las medidas
correctivas que procedan.
3. Supervisar que se cumpla con los siguientes aspectos:
a) Respetar el calendario y horario escolar establecidos.
b) Realizar visitas periódicas en los salones de clase.
c) Detectar problemas de conducta en los grupos, derivados de un mal
desempeño o uso de una metodología inadecuada por parte del
personal docente.
d) Vigilar que se utilicen instrumentos de evaluación apropiados.
e) Investigar y atender las causas de reprobación a fin de implementar
medidas para su disminución.
4. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
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(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
SUBDIRECTOR
1. Realizar de manera corresponsable todas las funciones del Director de la
Institución, así como aquellas que le sean delegadas o asignadas.
2. Proponer estrategias y alternativas al Director del Plantel, que incidan en
la toma de decisiones y que permitan cumplir acertadamente con los
siguientes aspectos:
a) Organización Escolar.
b) Recursos Humanos, Materiales y Financieros.
c) Técnico Pedagógico.
d) Servicios Asistenciales.
e) Extensión Educativa.
f) Control Escolar.
g) Supervisión.
3. Manejar los recursos económicos de la escuela a través de una cuenta a
nombre del plantel y en forma mancomunada entre Director y Subdirector
haciendo a ambos responsables en los movimientos que se realizan en la
misma.
4. Desempeñar el cargo de Subdirector de tiempo completo.
5. Revisar y validar las planeaciones mensuales de los docentes.
6. Verificar la asistencia del personal docente para el cumplimiento de sus
labores.
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7. Llevar un estricto control de puntualidad y asistencia del personal que
labora en la Institución.
8. Organizar, coordinar y verificar las actividades de los Maestros de planta,
atendiendo a las funciones del puesto y a las indicaciones del Director.
9. Organizar, coordinar y verificar las actividades del Personal de Apoyo y
Asistencia a la Educación, atendiendo a las funciones del puesto y a las
indicaciones del Director.
10. Vigilar y revisar la correspondencia y documentación que se remita a las
instancias correspondientes.
11. Supervisar la elaboración, revisión y entrega de los documentos que
acrediten la escolaridad de los alumnos.
12. Asistir obligatoriamente a la revisión de nóminas mensuales y de
exámenes de regularización ante las instancias correspondientes.
13. Elaborar y presentar a la Dirección del Plantel, para su autorización,
horarios y estadísticas.
14. Realizar los trámites correspondientes para el Programa de Becas de
Oportunidades y el Seguro Facultativo.
15. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y
no dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se
menoscabe su buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga
encomendado. (Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del
Personal de la Secretaría de Educación Pública).
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MAESTRO DE PLANTA
1. Permanecer en la escuela el horario de clases establecido, aclarando que se
estará 15 minutos antes de la hora de entrada y salida para recibir y ubicar a
los alumnos a su cargo, y a la salida, después de que no haya alumnos bajo
su responsabilidad en la Institución o alguna otra actividad.
2. Realizar las guardias programadas por la Dirección del Plantel, debiendo
presentarse 30 minutos antes del ingreso de los alumnos y permanecer 15
minutos al término de la jornada laboral.
3. Realizar las actividades del cargo en el horario de trabajo, más las comisiones
que la Dirección del plantel le asigne.
4. Supervisar que se mantenga la disciplina en los grupos a su cargo, respecto
al cuidado y buen uso del edificio escolar.
5. Asesorar a los grupos que el Director del plantel le designe. La asesoría
consistirá en:
a) Fomentar hábitos de estudio.
b) Proporcionar estrategias de estudio (lectura de comprensión, subrayado,
elaboración de resúmenes, exposición de temas, manejo de técnicas
grupales, elaboración de esquemas, mapas conceptuales, mapas
mentales, ejercicios de ortografía, toma de apuntes, etc.).
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c) Informar a los alumnos bajo su responsabilidad respecto a:
- Disposiciones Internas
- Plan de Estudios
- Evaluaciones
- Seriaciones
- Calendario y Horario Escolar
- Calendarización de Exámenes
- Funcionamiento del plantel
d) Motivar a los alumnos para que participen y destaquen en las actividades
culturales, deportivas y académicas a que se convoque.
e) Coordinar las actividades de extensión educativa que la Dirección del
plantel organice.
f) Coordinar y verificar la captura de calificaciones de los alumnos a su
cargo, y rendir la información oportunamente a la Subdirección del plantel.
g) Informar al padre de familia o tutor de la conducta de su hijo de forma
verbal y/o escrita (firma de reportes o cartas compromiso).
30
h) Atender a sus grupos durante la inasistencia de algún docente.
i) Recomendar y sugerir a la Dirección de la Institución, estrategias y
actividades que promuevan la adquisición de conocimientos, el desarrollo
de habilidades y el fomento de valores tanto para los docentes como para
los alumnos.
j) Informar a la Dirección de la escuela las problemáticas de los alumnos,
proponiendo alternativas de solución.
k) Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y
no dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se
menoscabe su buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga
encomendado. (Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del
Personal de la Secretaría de Educación Pública).
31
COORDINADOR DEPORTIVO
El objetivo de la actividad física en el Nivel Medio Superior es el de inculcar en el
alumno el deporte como una forma de vida, resaltando los beneficios que su práctica
constante genera, y de manera específica, promover, organizar, capacitar y
supervisar las actividades deportivas, cívicas y culturales que se llevan a cabo en las
instituciones con el propósito de fortalecer el desarrollo integral de los alumnos.
1. Realizar las actividades que corresponden al tipo de plaza y/o nombramiento.
La Institución que cuente con el recurso podrá pagar hasta un máximo de 10
horas clase a quien no cuente con nombramiento de 40 HSM, teniendo el
compromiso de cubrir 4 Hrs. más sin remuneración.
2. Proporcionar asistencia técnica a los Entrenadores e Instructores de las
actividades que se lleven a cabo en la Institución.
3. Organizar, dirigir y supervisar al equipo de Entrenadores e Instructores y a los
docentes, en su caso, de las materias de Formación Cultural y Artística y
Formación de la Salud y Deportiva.
4. Organizar y supervisar los concursos deportivos y culturales de su Institución
o Zona Escolar.
5. Coordinar y supervisar las actividades en las competencias a que sea
convocada la Institución (Ligas Deportivas, CONADEMS, Olimpiadas
Nacionales, etc.).
6. Dar seguimiento a las convocatorias y concursos convocados por la
Dirección General.
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7. Respaldar a la Jefatura, Inspección, Coordinación General Deportiva y a la
Dirección del Plantel en las actividades deportivas, cívicas y culturales a que
convoque la Dirección General.
8. Planear, organizar y conducir las reuniones de información con el personal a
su cargo, supervisando que se cumpla debidamente con las disposiciones
que para ello se señalen.
9. Vigilar que los entrenamientos y la asistencia a competencias se lleve a cabo
en los horarios establecidos.
10. Gestionar el préstamo de escenarios, la propuesta de jueces y árbitros para la
realización de eventos.
11. Realizar las comisiones o funciones encomendadas, rindiendo un informe por
escrito al final de la comisión, a la instancia correspondiente.
12. Entregar memoria fehaciente a su superior, de los eventos realizados.
13. Preparar la documentación que se requiera para participar en los eventos
deportivos, culturales y cívicos.
14. Entregar en tiempo y forma las cédulas correspondientes para la inscripción
de los equipos y grupos en concursos y competencias.
15. Mantener informados a los entrenadores de los roles de juego y
convocatorias del Nivel, así como de las actividades de la Semana Cultural a
los Instructores que corresponda.
16. Informar al Director sobre el comportamiento de los alumnos en las
actividades, y el avance de los equipos en los torneos y competencias.
33
17. Asistir a los talleres de actualización que sean convocados por la Dirección
General.
18. Solicitar el material deportivo y botiquín que los entrenadores requieran para
las prácticas y competencias, vigilando que se utilice y conserve de manera
apropiada.
19. Vigilar que se apliquen los fundamentos correspondientes a cada deporte.
20. Asistir con los contingentes a las ceremonias inaugurales, cívicas y de
cualquier índole que convoque la Dirección General.
21. Informar al personal a su cargo sobre el Reglamento de las Condiciones
Generales de Trabajo del Personal de la Secretaria de Educación Pública.
22. Vigilar que no exista suplantación de identidad entre los alumnos que
representen a la Institución, en cualquier tipo de evento.
23. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
34
ENTRENADOR (ACTIVIDADES DEPORTIVAS)
1. Realizar la planeación del entrenamiento considerando las partes inicial,
medular y final.
2. Asistir con puntualidad a los entrenamientos y competencias.
3. Apoyar al Coordinador Deportivo en la formación de equipos en las diferentes
disciplinas, promoviendo la participación en todas las etapas (intramuros, de
zona, nivel, etc.).
4. Tratar en lo posible de uniformar a su equipo, con la autorización del Director
del plantel.
5. Vigilar que se haga buen uso del material deportivo y médico del equipo,
además de verificar que los alumnos estén inscritos al seguro facultativo.
6. Recoger los roles de juego e informar a su equipo los horarios
correspondientes.
7. Informar al Coordinador Deportivo de las incidencias en los juegos realizados
y las ausencias de los alumnos.
8. Evitar en todo momento que los alumnos utilicen vocabulario ofensivo y
mejoren su comportamiento, así como mantener la disciplina.
9. Respetar a las autoridades de las competencias, a los compañeros, contrarios
de equipo y a los árbitros.
10. Elaborar un directorio telefónico de los alumnos a su cargo para cualquier
imprevisto, que en primer lugar deberá notificarse al Coordinador Deportivo.
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11. Asistir con ropa adecuada y el material deportivo necesario, a entrenamientos
y competencias.
12. Adecuar el entrenamiento al tiempo asignado y a las características del
equipo.
13. Formular y esforzarse por alcanzar objetivos a corto, mediano y largo plazo.
14. Desarrollar adecuadamente las 3 etapas de un entrenamiento:
a) Preparatorio
b) Competitivo
c) Transitorio
15. Desarrollar en el alumno la preparación física, técnica y táctica del deporte a
practicar.
16. Evaluar el desempeño del alumno en forma constante, garantizando las
mismas oportunidades para todos los alumnos, evitando la discriminación de
cualquier índole.
17. Mostrar en todo momento solidaridad, responsabilidad y respeto para el
equipo y la Institución que representa.
18. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
36
INSTRUCTOR (ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTÍSTICAS)
1. Planear sus actividades abarcando los momentos esenciales (inicio, desarrollo
y cierre).
2. Asistir con puntualidad a los ensayos y presentaciones.
3. Apoyar al Coordinador Deportivo en la formación de grupos y/o contingentes
artísticos y culturales para participar en las actividades que se requiera.
4. Tratar en lo posible de uniformar a su grupo, con la autorización del Director
del plantel.
5. Prever y procurar el material necesario para su disciplina.
6. Informar al Coordinador Deportivo de las incidencias en las actividades
realizadas y las ausencias de los alumnos.
7. Evitar en todo momento que los alumnos utilicen vocabulario ofensivo y vigilar
que mejoren su comportamiento, así como mantener la disciplina.
8. Respetar a las autoridades, jurados, instructores, participantes y demás
asistentes a cualquier competencia.
9. Elaborar un directorio telefónico de los alumnos a su cargo para cualquier
imprevisto, que en primer lugar deberá notificarse al Coordinador Deportivo.
10. Asistir a sus actividades con ropa adecuada y el material necesario.
11. Adecuar las sesiones de trabajo al tiempo asignado y a las características
del grupo.
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12. Formular y esforzarse por alcanzar objetivos a corto, mediano y largo plazo.
13. Desarrollar en el alumno habilidades de apreciación y ejecución de la
actividad a realizar.
14. Evaluar el desempeño del alumno en forma constante garantizando las
mismas oportunidades para todos los alumnos, evitando la discriminación de
cualquier índole.
15. Mostrar en todo momento solidaridad, responsabilidad y respeto para el
equipo y la Institución que representa.
16. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
DOCENTE FRENTE A GRUPO
1. Elaborar el plan de clase mensual de acuerdo a los programas y enfoques
vigentes entregándolo a la Dirección en tiempo y forma.
2. Aplicar las disposiciones de carácter técnico y de organización emitidas por la
Dirección General del S.E.E.R., para elevar el nivel académico del alumnado.
3. Analizar los programas, hacer las adecuaciones y modificaciones necesarias
sin alterar su contenido, apegándose a las dosificaciones elaboradas en la
reunión general de academias.
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4. Hacer una evaluación diagnóstica al inicio del ciclo escolar a fin de detectar
los problemas a resolver, definiendo estrategias para una mejora continua.
5. Utilizar los materiales didácticos de apoyo necesarios para el logro de los
objetivos, tomando en cuenta las características de cada materia.
6. Realizar el trabajo diario cumpliendo con las etapas de una clase (inicio,
desarrollo, cierre y evaluación), de acuerdo a su planeación.
7. Cumplir con los programas de estudio, vinculando la teoría con la práctica.
8. Elaborar los instrumentos necesarios para la evaluación del aprendizaje, de
acuerdo a las reformas vigentes.
9. Evaluar periódicamente su actividad a fin de conocer la perspectiva y opinión
del alumno.
10. Registrar el resultado de las evaluaciones obtenidas por los alumnos y darlas
a conocer; el reporte oportuno de evaluaciones permitirá la revisión por parte
de las instancias correspondientes (Asesores, Subdirección y Dirección).
11. Formular, aplicar y evaluar exámenes Ordinarios y de regularización
(Extraordinarios y a Título de Suficiencia).
12. Registrar la asistencia de los alumnos en su clase.
13. Verificar que los alumnos del grupo a su cargo cumplan con los trabajos
designados.
39
14. Vigilar que los alumnos dentro del aula se conduzcan en un ambiente de
orden, respeto y participación.
15. Colaborar en las actividades cívicas, culturales, deportivas y artísticas del
plantel con los alumnos.
16. Participar en las jornadas de capacitación y actualización del personal docente
a que se convoque.
17. Participar en las reuniones de academia a que sea convocado.
18. Promover entre los alumnos el buen uso del mobiliario y los materiales de
apoyo didáctico.
19. Participar en las acciones relacionadas con la conservación y mantenimiento
del plantel.
20. Tener conocimiento de la materia que imparte, utilizar estrategias didácticas y
mantener la disciplina del grupo.
21. Conservar e incrementar buenas relaciones con los colegas.
22. Respetar y reconocer el esfuerzo del alumno.
23. Establecer límites de confianza con los alumnos.
24. Reconocer y conciliar las diferencias individuales entre los alumnos.
25. Mantener un diálogo permanente con sus alumnos.
26. Orientar con técnicas adecuadas de estudio promoviendo la autoformación.
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27. Evitar sobrecargas innecesarias de trabajo extraescolar.
28. Propiciar y promover el trabajo colaborativo.
29. Motivar a los alumnos para elevar el rendimiento escolar.
30. Ayudar a enfrentar y resolver dificultades académicas.
31. Brindar un trato igual para todos los alumnos del plantel.
32. Aprovechar las características del grupo para elevar el nivel académico.
33. Evitar actitudes negativas y de enfrentamiento con el grupo.
34. Aplicar los reportes por escrito al alumno que lo amerite de acuerdo al
reglamento.
35. Promover el desarrollo académico de los alumnos, estimulando su
imaginación y creatividad.
36. Participar como docente tutor en el proyecto de Acción Tutorial de la
Institución como una actividad inherente a su cátedra.
37. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe
su buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
( Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
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OFICIAL ADMINISTRATIVO
1. Asistir puntualmente a sus labores.
2. Entrar y salir a la hora estipulada, de acuerdo a su jornada de 36 horas
semanales, permaneciendo de manera ocasional cuando la actividad lo
requiera.
3. Mantener organizada su área de trabajo.
4. Desempeñar las funciones propias de su cargo con la intensidad y calidad que
éste requiera.
5. Obedecer las órdenes e instrucciones que reciban de sus superiores en
asuntos propios del servicio.
6. Comportarse con la discreción debida en el desempeño de su cargo.
7. Tratar con cortesía y diligencia al público.
8. Comunicar oportunamente a sus superiores cualquier irregularidad que
observe en el servicio.
9. Recibir, clasificar, registrar y turnar la correspondencia en forma inmediata.
10. Recibir, revisar y conservar la documentación de los alumnos de nuevo
ingreso. (Acta de Nacimiento, Certificado de Secundaria, Clave Única de
Registro de Población, etc.).
11. Elaborar el Registro de Inscripción, Evaluación y Estadística (RIEE) que será
remitido a la Inspección, para su validación.
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12. Recibir, revisar y archivar convenientemente los Registros de Inscripción,
Evaluación y Estadística (RIEE), validados por las instancias
correspondientes.
13. Capturar mensualmente las calificaciones de los alumnos, llevando un control
de las mismas por ciclo escolar.
14. Elaborar los proyectos y constancias de los alumnos de acuerdo a los
formatos establecidos.
15. Ordenar y cotejar la documentación expedida por la Institución para su
control, registro y validación.
16. Atender las llamadas telefónicas e informar en forma inmediata a la autoridad
correspondiente.
17. Trabajar en equipo y cooperar con los demás compañeros de trabajo.
18. Permanecer en la oficina demostrando dedicación y esmero en el trabajo, sin
emplear el tiempo en actividades que no se relacionen con sus funciones.
19. Archivar permanentemente la documentación concerniente a la Institución.
20. Mantener la confidencialidad de los expedientes y datos del personal adscrito
al Plantel, que se encuentran bajo resguardo de la Dirección.
21. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
Estas funciones son enunciativas más no limitativas.
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PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS
1. Asistir puntualmente a sus labores.
2. Entrar y salir a la hora estipulada, evitando abandonar el plantel en el horario
de sus actividades.
3. Barrer y trapear salones, oficinas, corredores, patios y anexos que le
correspondan así como barrer y regar calles colindantes.
4. Lavar los pisos, vidrios, baños y contenedores del edificio escolar,
manteniéndolos en óptimas condiciones.
5. Limpiar pizarrones, pintar instalaciones, mobiliario y demás utilería escolar.
6. Mantener en buenas condiciones y reparar cuando se requiera, el mobiliario
escolar.
7. Manejar el equipo de sonido, bajo la supervisión de la Dirección.
8. Realizar tareas de mantenimiento que requiera el edificio (plomería,
electricidad, etc.).
9. Dar mantenimiento y arreglo a jardines.
10. Realizar con eficiencia las comisiones que la Dirección le asigne: entrega de
correspondencia, depósitos y compras, etc.
11. Vigilar la puerta de acceso de acuerdo con las indicaciones del Director,
haciendo hincapié en que el encargado de la guardia y los Asesores de grupo
son los únicos responsables de supervisar la entrada y salida de los alumnos.
44
12. Cuidar el patrimonio escolar conforme a las indicaciones del Director.
13. Tratar con comedimiento y respeto a los maestros, alumnos y padres de
familia.
14. Cumplir comisiones especiales que se deriven de las actividades que la
buena marcha de la escuela requiera.
15. Solicitar oportunamente a la Dirección, el material y los artículos necesarios
para el desarrollo de sus actividades.
16. Cumplir sus guardias durante los periodos de receso de clase y vacaciones.
17. Depositar la basura en los medios recolectores con que se cuente.
18. Entregar y recibir las instalaciones informando a la Dirección de las
incidencias suscitadas.
19. Cubrir la jornada de trabajo realizando con calidad las actividades propias del
puesto y las comisiones asignadas.
20. Comunicar oportunamente al Director cualquier irregularidad que observe en
el servicio.
21. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
Estas funciones son enunciativas más no limitativas.
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VELADOR
1. Vigilar y resguardar los bienes de la Institución y las instalaciones.
2. Revisar que las áreas y accesos estén debidamente cerrados.
3. Realizar recorridos constantes durante su jornada de trabajo.
4. Reportar al Director las anomalías que detecte en su recorrido.
5. Mantener actualizado el directorio de las diferentes unidades de emergencia.
6. Atender las comisiones que le solicite el Director del plantel.
7. Permanecer en las instalaciones durante su jornada de trabajo.
8. Evitar el consumo de productos que alteren su estado físico.
9. Evitar el ingreso de personas ajenas al plantel.
10. Entregar el turno al Personal de mantenimiento.
11. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
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PROGRAMADOR
1. Diseñar un sistema óptimo para el manejo y control de información (registro de
inscripción, calificaciones, elaboración de constancias, proyectos, certificados,
etc.), que facilite la ejecución de los procedimientos.
2. Procesar la información para generar los reportes que se requieran.
3. Revisar permanentemente el sistema a fin de atender y cumplir con las
indicaciones que señalen las autoridades correspondientes.
4. Mantener actualizada la información (calendario, listas de alumnos, de
personal, calificaciones, movimientos de alumnos, etc.).
5. Imprimir los documentos que acrediten la situación académica del alumno
(boleta de calificaciones, proyectos, certificados, etc.).
6. Participar en las actividades que la Dirección del Plantel indique.
7. Informar a la Dirección de la Institución de las actividades realizadas.
8. Mantener la confidencialidad de la información de los alumnos y el personal
adscrito a la Institución.
9. Implementar estrategias a fin de optimizar las tareas que se realizan.
10. Asistir a las reuniones y capacitaciones a que sea convocado.
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11. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
Estas funciones son enunciativas más no limitativas.
48
RESPONSABLE DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPO DE CÓMPUTO
1. Dar mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos y a la red interna.
2. Mantener actualizados los programas que se utilicen (antivirus, paquetería,
etc.).
3. Supervisar el procedimiento para el registro y control de asistencia del
personal (reloj checador), elaborando los reportes que le sean solicitados.
4. Gestionar y administrar los materiales que se requieran para realizar las tareas
de mantenimiento.
5. Realizar las tareas y actividades que señale el Director del plantel.
6. Implementar estrategias para verificar que las tareas y procesos se lleven a
cabo de manera óptima.
7. Reportar los desperfectos en los equipos.
8. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
Estas funciones son enunciativas más no limitativas.
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CONTADOR
1. Contabilizar y ordenar la documentación respectiva, realizando:
a) Pólizas de ingresos (pagos realizados por alumnos, subsidios,
aportaciones extras, etc.)
b) Pólizas de egresos
c) Pólizas de diario
d) Conciliaciones bancarias mensuales
e) Registro en libros contables
2. Asistir puntualmente a la revisión de libros contables siempre y cuando sea el
responsable de la contabilidad del plantel, conjuntamente con el Director y de
acuerdo al calendario emitido por el Departamento de Recursos Financieros.
3. Elaborar la nómina de subsidio.
4. Elaborar nóminas de gratificación mensual y fin de año, así como de
exámenes Extraordinarios y a Título de suficiencia.
5. Elaborar, sin remuneración extra, los informes financieros semestrales.
6. Expedir recibos de honorarios con requisitos fiscales, si presta sus servicios
en 2 o más planteles.
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7. Apoyar al Director en trámites de solicitud de chequeras, estados de cuenta y
presupuestos para ejercer gastos mayores a $ 5,000.00 (cinco mil pesos
00/100 M.N.)
8. Cumplir con sus obligaciones laborales los días que le indique el Director del
plantel.
9. Resguardar la documentación contable en el edifico escolar.
10. Verificar que se aplique el tabulador vigente de sueldos. (Anexo 2)
11. Ser corresponsable en la administración de los recursos y de las
observaciones de auditoría.
12. Vigilar que la información referente al manejo de los recursos financieros se
apegue al Manual de Ingresos y Egresos, notificando cualquier irregularidad a
las autoridades competentes.
13. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
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RESPONSABLE DE TUTORÍAS
1. Contribuir al desarrollo de las capacidades del estudiante, para adquirir y
asumir responsabilidades en su proceso de formación.
2. Diagnosticar y detectar las necesidades de los alumnos.
3. Establecer, de acuerdo a los resultados de las evaluaciones realizadas, el
Plan Institucional Tutorial (PIT) y el Plan de Acción Tutorial (PAT).
4. Planificar las actividades de tutoría, involucrando al personal de la Institución.
5. Capacitar, orientar y supervisar al personal comisionado para la realización de
las actividades de tutoría.
6. Trabajar colaborativamente con el personal Directivo, Asesores, Psicólogo,
Orientadores, Profesores Tutores y Padres de familia.
7. Comunicar las actividades de tutoría en reunión de CoTePe y en las reuniones
de academia.
8. Fomentar en el estudiante el desarrollo de valores y actitudes de integración,
pertenencia e identidad institucional.
9. Propiciar la disposición de los estudiantes por el aprendizaje, mediante el
desarrollo de procesos motivacionales que generen un compromiso con su
desarrollo educativo.
10. Favorecer los procesos de toma de decisiones por parte de los estudiantes.
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11. Impulsar en el alumno el desarrollo de habilidades para aprender a aprender,
a fin de mejorar su desempeño académico, posibilitando su ingreso al nivel
superior.
12. Ofrecer al estudiante apoyo y asesoría en temas de las diversas asignaturas.
13. Propiciar el uso de los recursos y medios tecnológicos por parte de los
alumnos, con el fin de lograr mejores niveles de aprovechamiento escolar.
14. Orientar al estudiante en los problemas escolares y/o personales que surjan
durante el proceso formativo y, en su caso, canalizarlo al Psicólogo.
15. Asesorar al alumno para el uso apropiado de los servicios administrativos.
16. Ofrecer a los Profesores – Tutores los recursos, condiciones y apoyos
institucionales necesarios para facilitar la operación del PIT.
17. Evaluar y dar seguimiento de manera continua al PIT y al PAT para su
óptimo desarrollo, estableciendo mecanismos que permitan su reorientación
oportuna.
18. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
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PSICÓLOGO
1. Trabajar colaborativamente con Directivos, Asesores, Docentes, Padres de
familia y estudiantes con el propósito de asegurar la permanencia del
alumnado.
2. Conocer la situación de los alumnos en los aspectos social, cultural,
emocional, etc., enfatizando en aquellos casos que requieran atención
específica por encontrarse en riesgo su desempeño.
3. Orientar a los alumnos con alto índice de reprobación proporcionándoles
estrategias con el objetivo de elevar su desempeño académico.
4. Detectar a los alumnos con necesidades especiales con y sin discapacidad, e
informar y asesorar a los Docentes.
5. Brindar atención a los alumnos con problemas de disciplina y necesidades
especiales.
6. Detectar a los alumnos con aptitudes sobresalientes y canalizarlos a los
programas establecidos.
7. Proponer estrategias para elevar el nivel académico de los estudiantes y lograr
los objetivos de las asignaturas.
8. Apoyar al Orientador Vocacional y al Tutor en la implementación de
actividades con el objetivo de asesorar a los alumnos en la elección de
carreras.
9. Promover en los alumnos sentimientos de pertenencia al grupo y a la escuela.
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10. Detectar y canalizar a los estudiantes que requieran atención especializada
(no está permitido dar terapia).
11. Dar seguimiento a los jóvenes que reciben apoyos externos con la finalidad de
propiciar su integración escolar.
12. Trabajar colaborativamente con los Tutores, con la finalidad de identificar las
situaciones que pongan en riesgo la permanencia y el desempeño académico
de los estudiantes.
13. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no
dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su
buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.
(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la
Secretaría de Educación Pública).
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3.. DISPOSICIONES PARA LOS ALUMNOS
I. DE LA ESTANCIA DE LOS ALUMNOS EN EL PLANTEL:
1. La permanencia de los alumnos en el edificio e instalaciones de la escuela será
únicamente en el horario señalado para las actividades académicas y
complementarias que es otorgado a cada estudiante, el cual comprenderá de las
__ horas a las __ horas de lunes a viernes y los sábados de las ___ horas a las
___horas.
2. En las actividades que se lleven a cabo fuera del horario anteriormente señalado,
la asistencia del alumno será únicamente en el horario necesario para el desarrollo
de dicha actividad, y que estará indicado por las autoridades escolares.
3. El ingreso al plantel escolar será en la hora en que para tal efecto se señale,
contando el alumno con una tolerancia de 10 minutos ocasionalmente después
de la misma, sirviendo para este efecto a la hora que señale el reloj fijado en las
oficinas administrativas escolares de atención al público en general. Finalizados
los 10 minutos de tolerancia se tendrá al alumno por ausente y no se le otorgará la
posibilidad del ingreso al plantel salvo que cuente con justificante para su retardo
debidamente aprobado por la Dirección del plantel.
4. Para la eventualidad de que cualquiera de las sesiones académicas no pueda
llevarse a cabo por el titular de la materia, es obligación de los alumnos
permanecer en el aula, en la que serán asistidos por un maestro de planta en la
clase que corresponda.
5. En todo momento en que el alumno permanezca en las instalaciones y en los
alrededores del plantel escolar, deberá demostrar educación y respeto a las
56
autoridades de la escuela, docentes, personal administrativo y de apoyo, alumnos
y cualquier persona que se encuentre en el lugar.
6. El alumno deberá demostrar interés y disposición para el estudio y formación que
imparte la Institución, y de igual forma se conducirá adecuadamente en cuanto a
los aspectos de salud e higiene y todas aquellas actividades que lleve a cabo el
plantel.
7. Es obligación de los alumnos evitar en todo momento quebrantar la disciplina
escolar, ya sea en sus aspectos individual o colectivo.
8. Los alumnos deberán hacer uso adecuado del edificio, anexos, mobiliario y
equipo de la Institución.
9. Aquel alumno o alumnos que llegaran a ocasionar daños materiales a la
Institución, deberán cubrir en su totalidad el costo de la reposición o reparaciones
que resulten necesarias, y asumir las sanciones disciplinarias que corresponda
para el caso de que se hubieren ocasionado con dolo o imprudencia del
estudiante.
II. DE LOS JUSTIFICANTES DE INASISTENCIAS:
1. Para justificar las faltas o inasistencias, los alumnos deberán presentarse con
alguno de sus padres o tutor ante las autoridades escolares en un período no
mayor de los dos días hábiles siguientes.
2. Cualquier padecimiento o enfermedad del alumno deberá ser comunicado
oportunamente al maestro de planta, informándole específicamente si el alumno
requiere del consumo de algún medicamente dentro del horario escolar,
mostrando en todo caso la prescripción médica correspondiente.
57
3. Es obligación de los alumnos hacer llegar a sus padres o tutor los citatorios que
emitan las autoridades escolar, igualmente es obligación para éstos últimos
acudir a las entrevistas concertadas, para que se esté en condiciones de poder
atender cualquier situación académica en relación a los educandos.
III. DEL TRABAJO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS:
1. Los alumnos deberán cumplir con todas y cada una de las actividades escolares
que les indiquen los docentes de cada asignatura, ya sea tanto en el trabajo del
aula correspondiente o en aquellas que se fijen de carácter extra clase.
2. Demostrar interés por su aprovechamiento individual, avocándose a poner el
empeño necesario en las evaluaciones y programa de exámenes.
3. Deberán fortalecer sus hábitos de estudio en forma continua para lo cual se
encuentran obligados a realizar:
a) Lectura de los textos señalados por sus docentes así como de aquellos que
formen parte de investigaciones de los temas relacionados, y en general de
literatura universal que fomente la cultura del alumno.
b) Procurar horarios extra clase para llevar a cabo el estudio de los temas vistos
en el aula, así como para realizar la investigación y los trabajos académicos
encomendados.
c) Elaborar con limpieza, calidad, responsabilidad y seriedad debidos los trabajos
académicos que les sean solicitados.
d) Revisar que en los trabajos escritos e investigaciones que vayan a ser
presentados en cualquiera de las materias, se haga uso adecuado del idioma
español, ya que esto es parte de la evaluación de los mismos.
58
4. De los exámenes y evaluación a los alumnos:
a) Es obligación de los alumnos contar con un mínimo del 80% de asistencias en
cada materia para tener derecho a la evaluación respectiva.
b) Cuando el alumno no se presente en la fecha en que se encuentre fijada la
realización de un examen de cualquier materia de los períodos ordinarios de
evaluación, se hará merecedor a que en su calificación se señale un “N.P.”(no
presentó), lo cual será causa para que el mismo alumno sea evaluado en la
misma materia dentro del período de exámenes a títulos de suficiencia.
c) No obstante que el alumno llegara a obtener un “N.P.” (no presentó) en
cualquiera de sus evaluaciones ordinarias con la consecuencia señalada en el
inciso anterior, tiene a su cargo la obligación de continuar asistiendo a las
clases de la materia de que se trate y cumplir con los requisitos de la misma.
d) No existe la exención de exámenes para ninguna de las materias en beneficio
de los alumnos, por lo que es obligación de éstos presentarse a todos y cada
uno de los periodos de evaluación.
e) Es obligación de los alumnos cumplir con la totalidad del programa señalado
en el componente de fortalecimiento, que consiste en las materias de
Orientación Escolar, Formación Cultural y Artística y Promoción de la Salud y
el Deporte.
IV. DE LOS HÁBITOS DE CONDUCTA ESCOLAR:
1. Los alumnos se encuentran obligados a observar buena conducta, tanto en las
actividades que se realicen en el edificio escolar como en aquellas que se
lleven a cabo fuera del mismo, deberán asistir con responsabilidad, madurez y
59
decoro que se requiere para cada una de las actividades extra clase que se
les señale como asistencia obligatoria, en la que se les fijarán los términos en
que deberán de presentarse a los diferentes a los diferentes eventos según la
naturaleza de los mismos como son:
a) Actos cívicos y deportivos.
b) Conferencias.
c) Recitales.
d) Exposiciones.
e) Concursos y demostraciones.
f) Eventos culturales y científicos en general
2. Se consideran actos de indisciplina y por tanto son causa de sanción los
siguientes:
a) Provocar lesiones u hostigamiento (bullying) a cualquier alumno o personal
de la Institución en forma dolosa e intencionalmente, en el interior o en las
inmediaciones del edificio escolar así como en las actividades extra
escolares.
b) Hacer uso de vocabulario soez, injurioso y denostativo dentro del edificio
escolar, en sus inmediaciones o en las actividades extra escolares
señaladas por la Institución, por el que se considere una agresión verbal o
falta de respeto a cualquiera de los alumnos o al personal de la Institución.
60
c) Realizar dolosa e intencionalmente daños materiales al edificio escolar, al
mobiliario y equipo del mismo, o a las propiedades y posesiones de
cualquiera de los alumnos o personal escolar.
d) Abandonar el plantel dentro de la jornada escolar sin autorización, o
retirarse de las actividades extra escolares sin justificación alguna.
e) Incumplir con las indicaciones referentes a la vestimenta adecuada para la
jornada escolar o actividades extra escolares y los hábitos de higiene y
urbanidad que deberán ser observados en las misma, como son:
Uso de short, bermudas, cachuchas y cualquier accesorio de
vestimenta que no esté autorizada.
Para el caso de las alumnas, el uso de minifaldas y blusas cortas.
Uso de collares, pulseras o accesorios que por sus dimensiones,
colorido o forma se consideren extravagantes.
Para el caso de los alumnos varones, el uso de aretes o accesorios
decorativos faciales.
El uso de peinados, depilación de cejas, corte de pelo y tintes que
por su estilo resulten ser extravagantes a juicio de las autoridades
escolares.
El uso de maquillaje y esmalte en las uñas en el caso de los alumnos
varones, así como el exceso de los mismos para el caso de las
alumnas.
61
Presentarse los varones a clases y actividades extra curriculares sin
el calzado adecuado y sin el uso de calcetines.
El uso por parte de alumnos varones de bigotes, barba o patillas.
Hacer uso de tecnologías portátiles que no se encuentren
autorizadas, como es el caso de reproductores de música ipod,
iphone, MP, PSP, etc.), así como de cualquier otro dispositivo
electrónico que sea causa de distracción entre los alumnos.
El hacer uso de aparatos celulares o de radio comunicación dentro
de la jornada escolar, específicamente en el horario de clase o en las
actividades extra clase, en las que se pueda propiciar la distracción
del alumno o de cualquiera de los asistentes.
Para aplicar la sanción que corresponda por las conductas anteriormente descritas,
la Dirección del plantel escolar a través de la Subdirección y Asesorías
correspondientes, tomarán en cuenta los siguientes criterios:
a) Para el caso de que se trate de la primera ocasión en que el alumno haya
incurrido en alguna de las conductas que han sido señaladas como causa de
sanción por las presentes disposiciones y que no sea considerada como
grave, originará una llamada de atención al alumno por escrito (reporte),
dando aviso de la incidencia a los padres de familia o tutor.
b) Para el caso de que no sea la primera ocasión en que el alumno incurre en
cualesquiera de los actos de indisciplina, o bien que por su gravedad se
considere procedente, se suspenderá al alumno de uno a tres días
separándolo de clases, por lo que deberá de hacerse del conocimiento de los
padres de familia o tutor de la naturaleza de la falta de conducta así como la
sanción que haya sido impuesta.
62
c) Si el alumno llegara a acumular tres sanciones dentro del mismo ciclo escolar
independientemente del origen y naturaleza de las mismas, habrá lugar a la
expulsión o suspensión definitiva del alumno una vez que sea comunicada tal
decisión a los padres de familia o tutor, se hubiese desahogado cualquier
objeción de los mismos que pudieran tener al respecto, y se cuente con la
autorización de la Inspección Escolar correspondiente.
V. DE LOS CASOS EN QUE LOS ALUMNOS PUEDEN CAUSAR
BAJA DEFINITIVA DEL PLANTEL ESCOLAR:
1. En cuanto a la conducta de los alumnos:
Podrá tener lugar el que se origine la baja definitiva de los alumnos en los casos
que por la gravedad de la falta conducta, o por la situación académica de los
mismos, no sea posible continuar con la presentación del servicio educativo en la
Institución, en cuyos casos será motivo de valoración por parte del Consejo
Técnico Pedagógico del plantel integrado por personal directivo, de asesoría y
docentes, notificándosele previamente al alumno, padres de familia o tutores del
caso para que de considerarlo conveniente presente su objeción, tras de lo cual
el mismo Consejo tomará la determinación que corresponda comunicándola a su
superior jerárquico que es la Inspección Escolar de la Zona.
Además de lo señalado por estas disposiciones, los casos en que por su
conducta llegarán los alumnos a causar baja definitiva del plantel son los
siguientes:
a) Cuando se sorprenda al alumno fumando, inhalando, ingiriendo, inyectando o
proporcionándole a cualquier otro alumno drogas o cualquier clase de
productos que sean nocivos para la salud, ya sea dentro de las instalaciones
63
del plantel escolar así como en los alrededores de la misma, o bien en el lugar
que ha sido destinado para la práctica de actividades extra escolares.
b) En el caso de que se sorprenda al alumno portando dentro del plantel o en el
lugar en que se desarrollen actividades extra escolares, cualquier tipo de
armas o instrumentos que pongan en riesgo la integridad física del mismo
alumno, de sus compañeros o del personal de la Institución.
c) Que se le compruebe al alumno su participación en cualquier robo que haya
sido efectuado dentro de las instalaciones de la Institución, en sus alrededores
o bien en las actividades extra escolares a las que acudan los alumnos.
d) Que sea señalado con su probable responsabilidad penal en procesos de
averiguación previa o judiciales, con motivo de actos ilícitos en el edificio
escolar, sus alrededores o en el desarrollo de actividades extra escolares que
haya señalado la escuela.
e) Que se compruebe su participación en actos vandálicos que perjudiquen a la
institución escolar con pintas y/o grafitis, ya sea que se realicen en las
instalaciones del plantel o bien en cualquier otro inmueble.
f) Organizar y/o participar en juegos de azar dentro de las instalaciones del
plantel.
g) Falsificar documentos escolares ya sean de carácter administrativo interno u
oficial como son justificantes, calificaciones, exámenes, entre otros, o bien
participar en la sustracción no autorizada de los mismos.
h) Organizar y participar en la suspensión de clases o de cualquier otra actividad
escolar sin tener justificación alguna ni contar con la autorización
correspondiente.
64
i) Agredir en forma verbal o física al personal docente, administrativo o de
Dirección de la Institución.
j) Cuando se le compruebe haber originado o participado en los daños
materiales que se lleguen a ocasionar en las propiedades o posesiones del
personal docente, administrativo o de Dirección de la Institución.
k) Ocasionar o participar en riña entre alumnos de la escuela que tenga lugar en
las instalaciones del plantel o en sus alrededores.
2. Causas de la baja definitiva de los alumnos por su situación académica:
a) Para el caso de que el alumno repruebe tres o más materias en el primer
semestre después de haber presentado el período de exámenes a título de
suficiencia; y en el caso de los semestres dos y tres si el alumno llegara a
reprobar cuatro o más materias incluyendo aquellas que son seriadas.
Para estos supuestos, los alumnos cuentan con dos opciones académicas de
regularización según corresponda, que son el recursar el semestre de lo que se
trate únicamente en las Escuelas Preparatorias por cooperación “Profr. J.
Natividad Sánchez” y “Lic. Antonio Rocha Cordero”, y la segunda es la
regularizarse en el período programado para exámenes a título de suficiencia.
b) Cuando el alumno acumule seis o más inasistencias consecutivas injustificadas
en el período escolar.
65
VI. DE LOS CASOS EN QUE ES PROCEDENTE EL TRASLADO DE
ALUMNOS ENTRE DIFERENTES INSTITUCIONES DEL NIVEL
MEDIO SUPERIOR:
1. Cuando el traslado sea entre Instituciones del Sistema Educativo Estatal
Regular:
a) El alumno deberá contar con la constancia (proyecto) de que concluyó el
semestre inmediato anterior de la forma regular, al en que solicite su
cambio de Institución.
b) Que acredite no contar con adeudos de ninguna naturaleza o con
antecedentes graves de conducta en la Institución de procedencia.
c) Haber obtenido autorización, a través de un Memorándum, por parte de la
Inspección Escolar a la que se encuentra adscrita la Institución en que
solicita su ingreso.
2. Cuando el traslado sea entre alguna Institución externa hacia una Institución
del Sistema Educativo Estatal Regular:
a) El alumno deberá contar con la constancia (certificado parcial) que
acredite que concluyó de manera regular el o los semestres inmediatos
anteriores al en que solicite su cambio de Institución.
b) Presentar la documentación personal que le requiera la Institución a la que
solicita su ingreso, así como conocer y aceptar las presentes
disposiciones manifestándolo en el documento que para tal efecto se le
exhiba.
66
c) Haber obtenido autorización, a través de un Memorándum, por parte de la
Inspección Escolar a la que se encuentra adscrita la Institución en que
solicita su ingreso.
Todos aquellos caso que no se encuentran previstos por las presentes disposiciones
serán resueltos por el Consejo Técnico de cada Institución, o bien, si la naturaleza
del asunto lo amerita por las Autoridades Educativas del Sistema Educativo Estatal
Regular, en los que se aplicarán los criterios señalados por la normatividad educativa
que rige el funcionamiento del Nivel Medio Superior.
San Luis Potosí, S.L.P., _____ de________ de 20____.
Vo.Bo.
_____________________________ Inspector de la Zona Escolar
(Nombre y Firma)
_____________________________ Director (a) de la Escuela
(Nombre y Firma)
Los abajo firmantes, padres de familia y alumno manifestamos que conocemos todas
y cada una de las disposiciones contenidas en el presente documento, las cuales
aceptamos y nos sujetamos a su cumplimiento y observación con el objeto de
obtener el servicio educativo del Nivel Medio Superior en la Escuela Preparatoria por
cooperación ________________.
Padre de Familia
_______________________ (Nombre y Firma)
Madre de Familia
________________________ (Nombre y Firma)
Alumno
__________________ (Nombre y Firma)
67
4.- REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN DE LAS ESCUELAS
PREPARATORIAS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR
DISPOSICIONES GENERALES
1. Las Escuelas Preparatorias del Sistema Educativo Estatal Regular, se regirán
por los Planes y Programas que establezca la Universidad Autónoma de San
Luis Potosí, considerando las materias o actividades académicas
extracurriculares que determine el S.E.E.R. para el fortalecimiento académico
del nivel.
2. La Evaluación del Proceso Enseñanza-Aprendizaje en las escuelas del Nivel
Medio Superior, será y servirá para comprobar que sean cumplidos los
propósitos de los contenidos de los Planes y Programas de la Universidad
Autónoma de San Luis Potosí, con la finalidad de ver reflejados en los
alumnos los componentes básicos (Adquisición de conocimientos, desarrollo
de aptitudes y habilidades).
3. El Sistema Educativo Estatal Regular reconoce la evaluación por
competencias como el medio para la acreditación del proceso Enseñanza-
Aprendizaje en los cursos de escolaridad formal. La evaluación, los
procedimientos y requisitos de acreditación, serán precisados por este
Reglamento interno.
4. Deberá aplicarse examen de Diagnóstico Selección como un requisito de
ingreso a las Escuelas Preparatorias del nivel y los que determine la Dirección
General (PISA, ENLACE, CENEVAL, etc.).
68
5. El Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R., deberá
determinar:
a) Las fechas y la forma en que se aplicarán los diferentes exámenes.
b) El número de exámenes parciales y su periodicidad.
c) Las actividades académicas cuyo cumplimiento mínimo sea necesario para
obtener calificación y en su caso, aprobar la materia.
6. El Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior será el responsable
de que se apliquen las demás disposiciones que al respecto dicte el Consejo
Técnico Consultivo del S.E.E.R.
CALIFICACIONES
1. Estas disposiciones están sustentadas en el Reglamento de Evaluación de la
Universidad Autónoma de San Luis Potosí, las calificaciones representarán
los resultados de los períodos de evaluación Ordinarios, Extraordinarios, a
Título de Suficiencia y Especiales; las calificaciones se expresarán del Uno al
Diez, en número entero, de la siguiente manera:
a) La calificación mínima aprobatoria será de seis.
b) En la calificación aprobatoria de punto cinco o menor, corresponderá al
número entero inmediato anterior y la calificación aprobatoria de punto seis o
mayor, corresponderá al número entero inmediato superior.
c) La calificación reprobatoria se expresará con número entero y los decimales
corresponderán al número inmediato anterior.
69
d) El Docente responsable de asignar la calificación, deberá informar en el plazo
que establezca la Institución.
e) El registro de las calificaciones o sus rectificaciones por error o revisión, será
responsabilidad del Docente; sin embargo, dichos cambios deberán ser
notificados al Asesor, el cual deberá informar al Subdirector y después de
haber analizado la situación, solicitará la autorización al Director de la
Institución.
2. La evaluación deberá apegarse a los contenidos programáticos, los exámenes
escritos deberán fomentar el razonamiento lógico, sin que a la aplicación de
éstos existan alumnos exentos en alguna de las materias que forman el mapa
curricular.
EXÁMENES ORDINARIOS
a) Cada materia deberá ser evaluada en cuatro momentos, en el marco de la
evaluación por competencias los exámenes correspondientes se aplicarán en
las fechas señaladas en el planificador del nivel, y versarán sobre los temas
tratados en el período.
b) Las actividades académicas complementarias requeridas por el Docente, las
tareas y trabajos de investigación, representan un porcentaje en la evaluación
de cada período.
c) El proceso de evaluación en cada período deberá apegarse al enfoque por
competencias, contemplando conocimientos (prueba escrita), habilidades
(productos) y actitudes (guía de observación), ninguno de estos aspectos
deberá representar más del 50% de la calificación y la evaluación no
dependerá de un solo instrumento.
70
d) Los exámenes serán escritos y contendrán un mínimo de 40 reactivos.
e) Los exámenes ordinarios serán aplicados por el profesor de la materia.
En estos tipos de examen, el docente respectivo podrá ser sustituido cuando
no pueda asistir por causa de fuerza mayor, por un profesor de la misma
materia que será autorizado por el Director de la Institución.
f) Los exámenes deberán contener por lo menos tres tipos de reactivos.
g) Para tener derecho a presentar la evaluación de cada período el alumno
deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Ser alumno inscrito y haber cursado la materia durante el periodo.
II. Acreditar una asistencia mínima del 80% a clases de acuerdo a las
disposiciones internas para los alumnos.
h) Los alumnos que obtengan una NP (No Presentó) en alguno de los periodos
de cualquier materia, deberán presentar examen a Título de Suficiencia para
acreditarla, aún cuando obtengan 24 puntos o más en la suma de los
períodos.
i) Para asignar la calificación final, se deberán promediar los resultados de las
cuatro calificaciones de período.
j) Todo alumno que obtenga 24 puntos o más en la suma de los cuatro
períodos, será aprobado.
k) El docente que presente un porcentaje de reprobación mayor al 50% del total
del grupo, tendrá la obligación de regularizar a los alumnos no acreditados, en
el mismo periodo de evaluación, presentando previamente la estrategia a la
71
Dirección del plantel para su autorización, la implementación de esta no
implicará una gratificación adicional para el docente.
EXÁMENES A EXTRAORDINARIO
a) El alumno que no acredite en el promedio final de los cuatro períodos en una
materia, podrá presentar un examen a Extraordinario, el cual se realizará
dentro del período señalado en el planificador del nivel, versará sobre los
temas tratados en el curso y formará parte de la evaluación que obtenga el
alumno.
b) El examen a Extraordinario será aplicado por el Titular de la materia, en el
caso de presentar un alto índice de reprobación podrá ser sustituido por otro
Docente que tenga el perfil académico, nombrado por el Director de la
Institución.
c) Tendrán derecho al examen a Extraordinario los alumnos que cumplan con los
siguientes requisitos:
I. Haber asistido al curso de la materia, y acreditar cuando menos un 80%
de asistencia.
II. Quienes hayan reunido a la suma de las cuatro evaluaciones de
período, de 20 a 23 puntos.
EXÁMENES A TÍTULO DE SUFICIENCIA
a) Cada materia podrá ser evaluada con un examen a Título de suficiencia, se
aplicará en las fechas establecidas en el planificador del nivel y versará sobre
72
los contenidos tratados en el curso. El examen formará parte de la evaluación
que obtenga el alumno.
b) El examen a Título de suficiencia deberá ser aplicado por los Docentes que
determine la Dirección del Plantel.
c) Tendrán derecho a presentar examen a Título de suficiencia los alumnos que
se encuentren en alguno de los siguientes casos:
I. Reprobar la evaluación a Extraordinario.
II. Obtener un NP (No Presentó) en el periodo de exámenes a
Extraordinario.
III. Obtener una puntuación menor a 20 puntos a la suma de los cuatro
periodos de evaluación.
IV. Obtener un NP (No Presentó) en los exámenes de período.
En todos los casos anteriores el alumno deberá acreditar un 80% de asistencias en
el curso.
EXÁMENES ESPECIALES DE REVALIDACIÓN Y/O
CONVALIDACIÓN
a) El interesado deberá presentar original del certificado parcial de materias de la
Institución de procedencia al Inspector de zona.
b) El Inspector presentará los documentos al Jefe del Depto. de Control Escolar
para que éste dictamine las materias a convalidar y/o revalidar, así como el
semestre en que debe incorporarse.
73
c) Conforme al Acuerdo del Consejo Técnico Consultivo, el Inspector designará
las Instituciones donde el alumno se inscribirá, en el entendido de que
únicamente se considera las Escuelas Prof. J. Natividad Sánchez, Lic. Antonio
Rocha Cordero y Rafael Nieto Compeán, por medio de oficio indicando las
materias que deberá cursar y presentar en periodo de exámenes a Título de
Suficiencia (especiales de revalidación).
d) El alumno deberá asistir a clases en las materias y grupos asignados por el
Director del plantel, debiendo cubrir como mínimo el 80% de asistencia del
período que comprenda el examen.
e) Los créditos de los solicitantes a revalidación y/o convalidación de materias,
serán considerados únicamente hasta el semestre asignado por el
Departamento de Control Escolar.
f) El alumno deberá tener como mínimo cinco materias equivalentes a nuestro
plan de estudios, para dar por cursado el semestre respectivo y ser inscrito en
el semestre siguiente.
g) El alumno, después de cursar las materias, tendrá dos oportunidades de
exámenes a Título de Suficiencia Especial para acreditar las materias
indicadas.
SEMESTRE I Y III
1er. Examen Especial: Se realizará en la segunda semana del mes de
noviembre, con un costo que será determinado por el Consejo Técnico
Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.
74
2do.Examen Especial: Se realizará en la primera semana del mes de
febrero, con un costo que será determinado por el Consejo Técnico
Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.
SEMESTRE II Y IV
1er. Examen Especial: Se realizará en la segunda semana del mes de
mayo de acuerdo al planificador, con un costo que será determinado por el
Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.
2do. Examen Especial: Se realizará en la primera semana del mes de
junio de acuerdo al planificador, con un costo que será determinado por el
Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.
h) La fecha de RIEE de Títulos Especiales, será el día hábil siguiente al término
de los mismos.
i) El Director nombrará Presidentes y Secretarios responsables para la
elaboración y aplicación de los exámenes a Título de Suficiencia Especiales, y
los resultados se asentarán en el documento correspondiente (planta de
sustentantes).
EXÁMENES PARA LOS ALUMNOS QUE RECURSAN SEMESTRE
a) Si después de presentar los exámenes a Título de Suficiencia el alumno
causa baja por el número de materias no acreditadas, podrá recursar el
semestre en las Escuelas Preparatorias “Prof. J. Natividad Sánchez” y
“Lic. Antonio Rocha Cordero” o regularizarse en período programado para
Exámenes a Título de Suficiencia.
75
b) El alumno que recurse algún semestre deberá asistir a todas las clases,
con la observación de que solo se asentarán las calificaciones que
obtenga en las materias pendientes de acreditar. El alumno y el padre de
familia firmarán un documento de consentimiento.
c) Al término del semestre, la Institución registrará las calificaciones
aprobatorias que aparecen en el antecedente (proyecto o certificado
parcial), completando las materias restantes como se indica en el inciso
anterior.
d) Todo alumno que recurse el semestre, tendrá las obligaciones y derechos
que establece en su normatividad la Dirección General del S.E.E.R.
TRANSITORIOS:
a) Los casos no previstos en el presente reglamento, serán puestos a
consideración del Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior.
5. DISPOSICIONES PARA LA EVALUACIÓN DE LAS
MATERIAS DE FORTALECIMIENTO DE LA FORMACIÓN
INTEGRAL
PRESENTACIÓN
El Bachillerato General Universitario, tiene como uno de sus propósitos
fundamentales, el de promover en los alumnos un desarrollo integral, es decir,
procura desarrollar tanto las capacidades intelectuales, físicas y afectivas.
76
Por lo que estableció en la estructura del plan de estudios, componentes a partir de
los cuales sea posible incorporar actividades esenciales para la formación integral
del estudiante y que no necesariamente requieren ser desarrolladas como una
actividad académica, es importante considerar aquellos que promuevan los aspectos
intelectuales, socio afectivos y psicosociales, que le preparan para el constante
aprendizaje en su vida cotidiana.
Estas actividades no deberán estar separadas del grupo de materias académicas,
sino que deberán relacionarse con sus contenidos, con la finalidad de potenciar de
una manera completa el propósito del desarrollo integral de los estudiantes.
Es así que se pretende que a través de la formación integral se fortalezca una
personalidad, que se exprese en actitudes individuales y sociales de superación tales
como: responsabilidad, disciplina, honestidad, respeto por los demás, autoestima,
creatividad e iniciativa; el interés por la cultura física y la práctica del deporte, para
que mantenga un estado de salud y disciplina corporal de acuerdo a su etapa
psicobiológica; introduzca al estudiante en la riqueza de las experiencias que
conlleva cualquier manifestación del arte y de la cultura, además de una adecuada
orientación educativa, que promueva una consciente y comprometida definición
vocacional.
Para lograr lo anterior, se ha implementado a partir del Plan Curricular 2007 del
Bachillerato General Universitario, el Componente de Fortalecimiento de la
Formación Integral, integrado por cuatro grupos de actividades, las cuales tienen la
característica de ser propuestas pertinentes al entorno y al contexto que enfrentan
día a día los estudiantes de bachillerato:
a) Orientación (tres horas por semana, seis créditos por semestre)
b) Salud y Deporte (ocho créditos)
77
c) Cultura (ocho créditos)
d) Tutorías
COMPONENTE DE SALUD Y DEPORTE
CONTEXTO NORMATIVO
La Ley General de Educación, en su artículo 7°, establece que entre otros fines, la
educación deberá:
I.- “Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente
sus capacidades humanas.”
IX. “Estimular la educación física y la práctica del deporte.”
En el artículo 8° de esta misma ley se determina que la educación:
III.- “Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que
aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio por la dignidad
de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la
sociedad cuanto por el cuidado que se ponga a sustentar los ideales de
fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres…”
El artículo 14° que corresponde a las autoridades educativas federales y locales,
refiere lo siguiente:
IX. “Fomentar y difundir las actividades artísticas, culturales y físico-deportivas
en todas sus manifestaciones.”
78
En el documento Perspectivas para el Futuro de la Universidad Autónoma de
San Luis Potosí, se señala en la línea de trabajo número siete, “fortalecer la
construcción de una comunidad escolar sana, alegre, activa y diversa, que de
vitalidad y energía a nuestro quehacer institucional, por lo que propone incrementar
la participación de los alumnos en los programas deportivos y de atención a la salud
con el propósito de que estén conscientes de la importancia del cuidado y la
responsabilidad hacia su propio cuerpo, así como abrir los espacios para canalizar
otras inquietudes y energías estudiantiles, tales como la expresión artística, social y
humanística.”
A manera de conclusión y recuperando la idea básica de todas las disposiciones, se
puede citar que la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de la
UNESCO, afirma que la educación física y el deporte deben reforzar su acción
formativa y favorecer los valores humanos fundamentales que sirven de base al
pleno desarrollo de los pueblos.
CARACTERIZACIÓN
El plan curricular del Bachillerato General Universitario, en el componente de
fortalecimiento de la formación integral, define que, las actividades deportivas y
recreativas promueven la integración de habilidades, hábitos, actitudes y valores que
se reflejan en el desarrollo de los aspectos físico, social y psicológico del estudiante.
La importancia de las actividades deportivas y recreativas, desde la perspectiva de la
formación integral, radica en la posibilidad de que éstas trasciendan al tiempo libre
con categoría de hábito formativo y saludable, que logrará en el estudiante un
equilibrio entre los valores adquiridos y su participación social que repercute no sólo
en el ámbito deportivo, sino que lo proyecte como un ser creativo y con capacidad de
adaptarse a su medio circundante.
79
La práctica del deporte y la promoción de la cultura de la salud, se consideran de alto
valor formativo ya que trae consigo una influencia positiva en algunos aspectos, tales
como:
o Adaptación: que se expresa en los cambios benéficos que el organismo
presenta para enfrentarse a las exigencias del medio. Se entiende como una
aceptación por parte del individuo de las demandas de su contexto, así como
las relaciones personales con los otros, sin fricciones o conflictos.
o Ascendencia social: consiste en la influencia que ejerce un individuo sobre
otros en virtud de su actitud personal. Para que un sujeto pueda adquirirla, es
necesario que cuente con ciertas características como vitalidad, valor moral,
capacidad intelectual, habilidades técnicas, etc.
o Extroversión: se manifiesta cuando un individuo se muestra abierto, dispuesto
a la convivencia, confiado en sí mismo y con la capacidad de establecer una
relación adecuada con las demás personas.
OBJETIVO GENERAL
Promover en los estudiantes la cultura de la salud, la actividad física y el deporte
como un elemento que le admitirá poseer habilidades y destrezas que le permitan
mantener su cuerpo sano y el desarrollo de aspectos físico, social y psicológico.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
o Propiciar en el estudiante la práctica de actividades que le permitan mantener
un estado físico y psicológico, así como la formación de hábitos, actitudes,
habilidades y valores.
80
o Fortalecer el desarrollo psicomotor y funcional del bachiller mediante la
ejercitación de habilidades físicas complejas, con el fin de lograr un equilibrio
entre las esferas intelectual, ética, afectiva y motora.
o Promover a través del deporte y la recreación, la manifestación de actitudes
apropiadas, que coadyuven a la sana convivencia y a una mejor integración
social. Dichas actitudes pueden ser el espíritu de superación, la solidaridad, la
cooperación y el trabajo en equipo.
o Impulsar en la comunidad estudiantil la responsabilidad individual y social
referente a la salud, que facilite la conformación de estilos de vida saludables
que eleven su calidad de vida, a través de la educación preventiva.
OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE LA SALUD Y DEPORTE
La realización de actividades de salud y deporte se sustentarán en las siguientes
fases:
I.- PLANEACIÓN
Diseñar la instrumentación de las actividades de salud y deporte, considerando los
siguientes aspectos:
o Tomar en cuenta las características, los intereses y las necesidades del
adolescente para la programación de actividades.
o Ofrecer, de acuerdo a los recursos y condiciones de la preparatoria, diversas
opciones a los alumnos para la práctica de algún deporte.
o Promover en cada semestre la participación de los estudiantes en las
actividades deportivas y de salud que programe la preparatoria.
81
o Promover la participación de los estudiantes en torneos deportivos internos,
externos e inter prepas.
o Programar y promover la participación de los estudiantes en conferencias,
pláticas, foros, talleres, etc. en el área de la salud.
o Establecer estrategias que incrementen la participación de los alumnos en
estas actividades.
II.- DESARROLLO
El desarrollo de las actividades de salud y deporte deberán tener en cuenta los
siguientes rubros:
o Proporcionar los recursos materiales necesarios para el ejercicio de las
actividades deportivas, de acuerdo a las condiciones de la preparatoria.
o Formar en lo posible selecciones deportivas representativas de la
preparatoria.
o Programar torneos internos deportivos con fines recreativos (futbol, voleibol,
básquetbol, ajedrez, etc.).
o Programar actividades que fomenten la cultura del auto cuidado.
o Programar conferencias y talleres a través de invitados externos en los temas
de sexualidad, adicciones y nutrición, entre otros.
82
o Promover la participación de los estudiantes en las fechas nacionales o
internacionales que fomenten la salud (Día nacional de no fumar, día mundial
del sida, día nacional contra el sida, etc.).
o Realizar actividades apoyadas por los principios de individualización y
socialización para ofrecer al estudiante oportunidades para descubrir sus
aptitudes y establecer contacto con el medio social y natural.
III.- ACREDITACIÓN
Para la acreditación de este componente, se deberá cumplir con lo siguiente:
El alumno deberá reunir para la acreditación de esta área de 50 a 60 puntos por
semestre, los cuales podrá obtener:
a) Mediante la participación en los equipos deportivos representativos, lo cual
equivale a 30 puntos como máximo, la asignación de los 30 puntos
restantes le corresponderá a las conferencias, pláticas, foros o torneos y
demás actividades que en este mismo componente sean programadas.
b) En caso de que el alumno no pertenezca a algún equipo deportivo
representativo podrá acreditar el componente asistiendo al menos a cinco
conferencias, pláticas o foros y demás actividades que en este
componente sean programadas y promovidas durante el semestre.
c) Los alumnos que no acrediten este componente deben asistir al curso de
recuperación de actividades con una duración de 15 horas semanales, el
Coordinador Deportivo será quien supervise dicho curso, la Dirección
nombrará al profesor responsable que lo llevará a cabo en el período
establecido para los exámenes de regularización de acuerdo al
planificador.
83
La preparatoria debe contar con un responsable para la programación de actividades
de este componente durante el semestre, quien llevará el control y registro de la
participación en las actividades por parte de los alumnos.
El control de este componente se llevará por semestre a través de un tarjetón por
estudiante, en donde al final del semestre se debe contar una suma de puntos que
represente el 100% del porcentaje establecido.
IV.- EVALUACIÓN
Es importante señalar que las actividades de este componente son obligatorias por
su carácter formativo, en el resultado final deberá aparecer como “Acreditado (A)” o
“No acreditado (NA)”.
Al concluir el bachillerato el estudiante deberá cumplir con el puntaje requerido en
cada semestre.
COMPONENTE DE
FORTALECIMIENTO DE LA
FORMACIÓN INTEGRAL
HORAS / SEMANA
CRÉDITOS
Componente de Salud y
Deporte.
(U.A.S.L.P.)
2
6
Las 2 horas/semana se llevarán a cabo de la siguiente manera:
o 1 sesión teórica
o 1 sesión práctica (todos los alumnos invariablemente deberán estar
participando de la actividad física)
84
COMPONENTE DE CULTURA
CONTEXTO NORMATIVO
En el Artículo 3º Constitucional, se establece que “La educación que imparta el
Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser
humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la
solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”. Además señala que “el
estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativas - incluyendo
la educación superior- necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la
investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y difusión de
nuestra cultura”.
En la Ley General de Educación en su Art. 2º, señala que “la educación es medio
fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura…” su Art. 7º, estipula que
“la educación que imparta el estado, sus organismos descentralizados y los
particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios
tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del Art. 3º de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:
(…) I. Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza
plenamente sus capacidades humanas.
(…) III. Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio
por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la
valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas
regiones del país.
85
(…) VIII. Impulsar la creación artística y propiciar la adquisición, el
enriquecimiento y la difusión de los bienes y valores de la cultura universal,
en especial de aquellos que constituyen el patrimonio cultural de la Nación”.
En el documento Perspectivas para el Futuro de la Universidad Autónoma de
San Luis Potosí, se señala como línea de trabajo número siete, “fortalecer la
construcción de una comunidad escolar sana, alegre, activa y diversa, que de
vitalidad y energía a nuestro quehacer institucional, por lo que propone incrementar
la participación de los alumnos en los programas deportivos y de atención a la salud
con el propósito de que estén conscientes de la importancia del cuidado y la
responsabilidad hacia su propio cuerpo, así como abrir los espacios para
canalizar otras inquietudes y energías estudiantiles, tales como la expresión
artística, social y humanística.”
Lo anterior, conforma el marco que fundamenta y justifica la inserción de actividades
artísticas y culturales, como parte del currículum del Bachillerato General
Universitario a partir 2007.
CARACTERIZACIÓN
En la Educación Media Superior, la difusión cultural ha sido tradicionalmente un
elemento de enriquecimiento y equilibrio en la formación educativa y se considera
que: “El completo desarrollo de las facultades humanas será posible en la medida en
que se imparta una educación de carácter integral. Solo por esta vía el educando
podrá alcanzar una comprensión más profunda de su entorno social, de la
idiosincrasia de los distintos grupos y comunidades y de las manifestaciones de la
cultura nacional y universal, al ofrecerle una formación cultural adecuada en cada
una de las etapas del proceso educativo.”
86
Introducir al estudiante en la riqueza de las experiencias que conlleva cualquier
manifestación del arte y de la cultura, significa despertar su sensibilidad, no sólo
hacia este tipo de experiencias, sino también a aquellos aspectos que conforman su
mundo interior y su mundo social, ya que la cultura y el arte constituyen la
representación de los rasgos y aspiraciones distintivos de una sociedad.
La educación artística se caracteriza por ser un eje fundamental en la formación
integral de los estudiantes por el valor intrínseco que tiene el conocimiento de las
formas en que se expresa el arte, como son: el teatro, la danza, la música, la pintura,
la escultura, el cine y las artes gráficas, entre otras, además permite fomentar en
ellos la capacidad creativa. Por ello, este conocimiento y el desarrollo de estas
habilidades, promueven la formación de jóvenes sensibles a los valores estéticos,
con una visión del mundo enriquecida, a la vez que se posibilita una preparación
para asimilar y apreciar diversas expresiones culturales y artísticas.
En este sentido, las actividades artísticas se abocan al desarrollo de habilidades, que
permiten a los estudiantes expresar sus emociones, sentimientos y pensamientos,
por medio de su participación en talleres diversos tales como: teatro, música, danza,
pintura, escultura, alfarería, fotografía, rondallas y coros, entre otros.
Las dimensiones fundamentales de estas actividades son:
Cognoscitiva: proporciona el conocimiento de materiales, técnicas y procedimientos
para plasmar aquello que se desea expresar; fortalece además, la conciencia de su
identidad nacional y de las tradiciones culturales.
Comunicativa: mejora sus posibilidades para interactuar con sus semejantes.
Lúdico-expresiva: contribuye a que se exterioricen las emociones, a partir del
desarrollo de sus potencialidades y el libre juego que involucra el trabajo artístico.
87
Estética: proporciona elementos teóricos para la apreciación del valor estético de las
obras de arte y la recreación a través de las mismas.
La difusión cultural promueve el acercamiento de los estudiantes a las diversas
manifestaciones que derivan del arte, la ciencia, la tecnología y la historia, dicha
promoción puede hacerse a través de exposiciones, conferencias, cursos, periódicos,
murales, boletines o folletos informativos, cineclubes, teleclubes, etc.
Es así como, por medio de la difusión, se rescatan las tradiciones culturales de las
diversas regiones del país y se fortalece la formación integral del estudiante.
OBJETIVO GENERAL
Promover en los alumnos los elementos básicos de las artes, así como los espacios
para la apreciación, expresión y creatividad de éstas, mediante talleres,
exposiciones, funciones y conciertos, que tengan la intención de enriquecer su
espíritu, permitir la expresión de sus ideas y puntos de vista acerca del mundo y de la
vida, fomentar la capacidad creativa y desarrollar habilidades que permitan a los
estudiantes expresar sus emociones, sentimientos y pensamientos.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
o Favorecer en el estudiante la práctica consciente y constante de actividades
artísticas y culturales, que le permitan mantener un estado físico y mental
saludable y que a la vez le posibiliten una adecuada utilización del tiempo
libre.
88
o Promover, a través de las actividades planeadas, la cultura y la soberanía
nacional, para fortalecer así la identidad del pueblo mexicano, sin menoscabo
de la difusión de la cultura universal.
o Fomentar el arraigo a la comunidad a través del conocimiento y valoración de
la cultura, mediante el desarrollo de acciones que permitan al estudiante
identificarse con ella.
OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y CULTURALES
La realización de actividades artísticas y culturales se sustentará en las siguientes
fases:
I.- PLANEACIÓN
Elaboración del programa de actividades que se realizarán en el ciclo escolar. Se
sugiere incluir lo siguiente:
o Organizar eventos como exposiciones o exhibiciones internas y externas
dirigidas a la comunidad en general.
o Promover la vinculación con instituciones que puedan brindar apoyos para el
desarrollo de estas actividades.
o Relacionar, en la medida de lo posible, las actividades artísticas y culturales
con materias del plan de estudios (Filosofía, Literatura, Historia, etc.).
o Rescatar las tradiciones de la comunidad, a través de los programas y
acciones de difusión cultural, a fin de fortalecer el arraigo con su cultura.
89
o Programar y promover actividades internas y externas por semestre, tales
como conferencias, exposiciones, pláticas, foros, conciertos, recitales o
funciones de teatro.
II.- DESARROLLO
Para llevar a cabo la planeación es necesario considerar los siguientes aspectos:
o Incluir el mayor número de eventos de difusión cultural y talleres de educación
artística, de acuerdo a las posibilidades de la institución.
o Promover durante el semestre la participación de los estudiantes en las
actividades tanto artísticas como culturales, mediante campañas de difusión.
o Propiciar la formación de un grupo representativo o participación individual de
la escuela en las actividades artísticas.
o Programar y exhibir el producto final de cada actividad artística o cultural, para
destacar el trabajo desarrollado y difundir el talento estudiantil.
o Promover intercambios con otras instituciones educativas o culturales.
o Promover la participación de estudiantes en concursos de expresiones
artísticas y culturales (declamación, oratoria, canto etc.) que se organicen de
manera interna, local y regional.
III.- ACREDITACIÓN
Para la acreditación de este componente, se deberá cumplir con lo siguiente:
El alumno deberá reunir para la acreditación de esta área de 50 a 60 puntos por
semestre, los cuales podrá obtener:
90
a) Mediante la participación en los grupos o talleres de actividades artísticas,
que equivale a 30 puntos como máximo.
b) A través de la asistencia a por lo menos cinco conferencias, concursos,
exposiciones, pláticas, foros, conciertos, recitales o funciones de teatro y
demás actividades que en este componente sean programadas y
promovidas durante el semestre, lo cual representará los 30 puntos
restantes.
c) Los alumnos que no acrediten este componente deben asistir al curso de
recuperación de actividades con una duración de 15 horas semanales, el
Coordinador Deportivo será quien supervise dicho curso, la Dirección
nombrará al profesor responsable que lo llevará a cabo en el período
establecido para los exámenes a regularización de acuerdo al planificador.
La preparatoria debe contar con un responsable para la programación de actividades
de este componente durante el semestre, quien llevará el control y registro de la
participación en las actividades por parte de los alumnos.
El control de este componente se llevará por semestre a través de un tarjetón por
estudiante, en donde al final del semestre se debe contar una suma de puntos que
represente el 100% del porcentaje establecido.
IV.- EVALUACIÓN
Es importante señalar que las actividades de este componente son obligatorias por
su carácter formativo, el resultado final deberá aparecer como “Acreditado (A)” o
“No acreditado (NA)”.
91
Al concluir el bachillerato el estudiante deberá cumplir con el puntaje requerido en
cada semestre.
COMPONENTE DE
FORTALECIMIENTO DE LA
FORMACIÓN INTEGRAL
HORAS / SEMANA
CRÉDITOS
Componente de Cultura.
(U.A.S.L.P.)
2
6
Las 2 horas/semana se llevarán a cabo de la siguiente manera:
o 1 sesión teórica
o 1 sesión práctica (todos los alumnos invariablemente deberán estar
participando de la actividad artística)
DESARROLLO DE HABILIDADES DEL PENSAMIENTO
JUSTIFICACIÓN
El objetivo del programa es desarrollar habilidades que propicien un aprendizaje
perdurable, significativo y de mayor aplicabilidad en la toma de decisiones y en la
solución de problemas, procesando información que repercuta en el desarrollo de
esquemas que faciliten el almacenamiento, la recuperación y el uso apropiado de los
conocimientos.
Pensar es un proceso dirigido que permite resolver problemas, en otras palabras,
pensar es lo que pasa en la mente de un sujeto cuando resuelve un problema, esto
es, la actividad que mueve al individuo (o trata de moverlo) a través de una serie de
etapas o pasos de un estado dado a uno deseado.
92
Las habilidades de pensamiento constituyen hoy en día una de las prioridades y
retos de la educación en el contexto de un mundo en constante cambio, que
demanda actualización profesional permanente y en donde es necesario formar a los
estudiantes en los conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para lograr un
pensamiento lógico, crítico y creativo que propicie la adquisición y generación de
nuevos conocimientos, la resolución de problemas y una actitud de aprendizaje
continuo que permita la autoformación a lo largo de toda la vida.
Las competencias para el desarrollo de las habilidades de pensamiento encuentran
su justificación como una experiencia de aprendizaje que pretende hacer conciencia
en los estudiantes de la importancia de desarrollar habilidades de pensamiento
crítico y creativo a lo largo de su trayectoria escolar, lo que implica que cada
estudiante ha de contribuir a tal fin utilizando sus habilidades de pensamiento en
cada una de las experiencias educativas que cursa y haciendo transferencia a la vida
cotidiana, personal y posteriormente, profesional.
ACREDITACIÓN
Para la acreditación de esta materia, se deberá cumplir con lo siguiente:
El alumno deberá obtener de 50 a 60 puntos por semestre, para lograrlo se
requiere:
o Presentar evaluaciones en el marco de trabajo por competencias, en cada
periodo y según la planeación de la Academia.
o Asistir y participar en las actividades estipuladas en horario de clase y extra-
clase.
93
o Participar en forma activa, mostrando una actitud responsable y positiva así
como disponibilidad en la realización de dichas actividades, ya sea individual
o colaborativamente.
o Los alumnos irregulares aprobarán la asignatura presentando el 100% de las
actividades en el cuaderno de trabajo así como Examen a extraordinario o a
Titulo de Suficiencia según corresponda.
El control de la materia se realizara a través de un tarjetón por estudiante, en donde
al final del semestre se deberá contar con el puntaje establecido.
EVALUACIÓN
Es importante señalar que las actividades de esta materia son obligatorias por su
carácter formativo, en el resultado final deberá aparecer como “Acreditado (A)” o
“No acreditado (NA)”.
Al concluir el bachillerato el estudiante deberá de cumplir con el puntaje requerido de
cada semestre.
COMPONENTE DE
FORTALECIMIENTO DE LA
FORMACIÓN INTEGRAL
HORAS / SEMANA
Desarrollo de Habilidades del
Pensamiento.
(S.E.E.R.)
2
-
94
BIBLIOGRAFÍA
1.- .- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,
Procesos Básicos del Pensamiento, Cuaderno del Alumno, Editorial Trillas, México.
2.- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,
Procesos Básicos del Pensamiento, Guía del Instructor, Editorial Trillas, México.
3.- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,
Razonamiento Verbal y Solución de Problemas, Cuaderno del Alumno, Editorial
Trillas, México.
4.- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,
Razonamiento Verbal y Solución de Problemas, Guía del Instructor, Editorial Trillas,
México.
5.- Universidad Autónoma de San Luis Potosí, División de Servicios Escolares y
Estudiantiles, Componente de Fortalecimiento de la Formación integral de
Estudiante, Componente Salud y el Deporte, Junio 2007.
6.- Universidad Autónoma de San Luis Potosí, División de Servicios Escolares y
Estudiantiles, Componente de Fortalecimiento de la Formación integral de
Estudiante, Componente de Cultura, Junio 2007.
95
6.- TIENDA ESCOLAR Dentro de las instituciones educativas del Nivel Medio Superior serán creados
espacios físicos denominados “tiendas escolares” en los que existirá la posibilidad de
ofrecer a los estudiantes alimentos y bebidas saludables al interior de la escuela.
En el presente documento se establecen los Lineamientos que rigen la constitución y
funcionamiento de las tiendas escolares en las escuelas preparatorias por
cooperación. (Anexo 4).
Es necesario coordinar esfuerzos en beneficio de la salud de los educandos para
incrementar su calidad de vida y evitar enfermedades degenerativas y crónicas que
sean consecuencia de los inadecuados hábitos de alimentación que se relacionan
con el sobrepeso, obesidad y/o trastornos alimenticios como una problemática de
salud pública que afecta a toda sociedad.
7.- UNIFORME ESCOLAR.
A través de la historia el S.E.E.R. se ha caracterizado en sus niveles educativos en
proporcionar a los alumnos una formación integral que abarque conocimientos,
saberes, haceres, disciplina, valores y hábitos que fortalezcan sus proyectos de vida.
Es así que con el objeto de propiciar y fortalecer el sentido de pertenencia en el Nivel
Medio Superior perteneciente al Sistema Educativo Estatal Regular, resulta
necesario el establecer un código de vestimenta para los alumnos a través del cual
se identifiquen con su plantel escolar.
Por lo anteriormente señalado, la Dirección General del S.E.E.R. establecerá los
términos y modalidades para el uso de uniformes escolares del nivel educativo en
mención, a través de la circular vigente en el ciclo escolar de que se trate.
96
8.- SANCIONES.
1. El incumplimiento a cualquiera de los puntos establecidos en el documento
denominado Disposiciones y Lineamientos del Nivel Medio Superior del Sistema
Educativo Estatal Regular, será sancionado de acuerdo a la Ley de Servidores
Públicos al Servicio del Estado.
2. Los casos no previstos así como la duda sobre la interpretación y cumplimiento de
los preceptos y contenidos en este ordenamiento, serán resueltos por la Dirección
General del Sistema Educativo Estatal Regular.
97
ANEXO 1
FORMATO PARA REGISTRO DE CALIFICACIONES DE LAS
MATERIAS DE FORTALECIMIENTO
FRENTE
SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR
DIRECCIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
NIVEL MEDIO SUPERIOR
ESCUELA PREPARATORIA
" __________________________ "
Tarjetón de las Materias del Componente de
Fortalecimiento de la Formación Integral
Nombre del Alumno:_________________________________________________________________
Semestre:_______________ Grupo:___________________ Ciclo Escolar:_______________
COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE RESULTADO
DE DE DE DE FINAL
CULTURA CULTURA CULTURA CULTURA
PUNTOS PUNTOS PUNTOS PUNTOS
COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE RESULTADO
DE SALUD DE SALUD DE SALUD DE SALUD FINAL
Y DEPORTE Y DEPORTE Y DEPORTE Y DEPORTE
PUNTOS PUNTOS PUNTOS PUNTOS
ESCUDO
PREPARATORIA
98
REVERSO
HABILIDADES HABILIDADES HABILIDADES HABILIDADES RESULTADO
DEL DEL DEL DEL FINAL
PENSAMIENTO PENSAMIENTO PENSAMIENTO PENSAMIENTO
PUNTOS PUNTOS PUNTOS PUNTOS
PERIODOS FIRMA DEL PADRE O TUTOR OBSERVACIONES
PRIMERO
SEGUNDO
TERCERO
CUARTO
DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN SUBDIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN
______________________________ ______________________________
99
ANEXO 2
CATALOGO DE PUESTOS
Director
Subdirector
Maestro de Planta
Coordinador Deportivo
Docente Frente a Grupo
Oficial Administrativo
Oficial de Mantenimiento
Velador
Velador RC
Contador
Programador
Responsable de Mantenimiento del Equipo de Computo
Administrativo RC (Recursos por cooperación)
Intendente RC (Recursos por cooperación)
100
Entrenador Actividades Deportivas: Basquetbol, Futbol, Voleibol, Atletismo,
Beisbol, (Ramas Varonil y Femenil).
Instructor (Actividades Artísticas y Culturales: Banda de Guerra, Declamación,
Danza, Escolta, Himno Nacional, Música, Poesía Coral, Oratoria, Ajedrez).
Responsable de prácticas de (laboratorio de Física, laboratorio de Química
laboratorio de Biología e Informática).
Responsable de Tutorías
Docente Tutor
Psicólogo
Bibliotecario
NOTA: Todo puesto y función que se describa en nóminas, oficios, proyectos,
informes, etc. deberá apegarse a este catálogo.
101
ANEXO 3
RECURSOS POR COOPERACION
3.1 GRATIFICACION SOCIAL
Docente $ 72.60 Hr./clase
Responsable de Taller Académico $ 72.60 Hr./clase
Entrenador e Instructor $ 72.60 Hr./clase
Psicólogo $ 72.60 Hr./clase
Responsable de Practicas $ 72.60 Hr./clase
Administrativo RC $ 2,835.00
Intendente RC $ 2,625.00
Velador RC $ 2,415.00
Responsable de Mantenimiento del Equipo de Computo $ 2,400.00
Bibliotecario $ 3,045.00
RC (Recursos por cooperación)
NOTA: Corresponde al Administrativo RC y Oficial Administrativo atender 3 grupos
por Plantel.
102
3.2 PAGO MENSUAL A
PROGRAMADOR
NUM. DE
ALUMNOS PAGO
900 801 $ 3,000.00
800 701 $ 2,630.00
700 601 $ 2,260.00
600 501 $ 1,890.00
500 401 $ 1,520.00
400 301 $ 1,150.00
300 201 $ 780.00
200 101 $ 410.00
100 menos $ 350.00
103
3.3 TABULADOR PARA PAGO DE CONTADORES
PROPUESTA DE PAGO
RANGO ALUMNOS
NUM. DE
ALUMNOS PAGO
900 801 $ 3,700.00
800 701 $ 3,300.00
700 601 $ 2,900.00
600 501 $ 2,500.00
500 401 $ 2,100.00
400 301 $ 1,700.00
300 201 $ 1,300.00
200 101 $ 900.00
100 menos $ 500.00
104
3.4 TABULADOR DE CUOTAS
APORTACIONES SEMESTRALES
CONCEPTO CANTIDAD PAGO PARA
DOCENTE
Inscripción $ 392.70
Bimestre $ 542.85
Examen a Extraordinario $ 50.00 $ 15.00
Examen a Título de Suficiencia $ 70.00 $ 16.00
Examen Especial 1a. Oportunidad $ 150.00 $ 50.00
Examen Especial 2a. Oportunidad $ 250.00 $ 83.00
105
ANEXO 4
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TIENDAS ESCOLARES EN LAS ESCUELAS PREPARATORIAS POR COOPERACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR
Capítulo I
Disposiciones Generales: Artículo 1.- El presente ordenamiento regirá la organización y funcionamiento de las tiendas escolares que se constituyan en las escuelas preparatorias por cooperación dependientes del Sistema Educativo Estatal Regular. Artículo 2.- En cada uno de los planteles escolares señalados en el artículo anterior, se deberá constituir una Tienda Escolar. Artículo 3.- La Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular tendrá a su cargo la elaboración de convocatorias para el proceso de adjudicación de tiendas escolares, designando a las autoridades educativas que considere convenientes. Artículo 4.- El registro y supervisión de las Tiendas Escolares, estará a cargo de la Dirección de Servicios Administrativos y de la Dirección de Servicios Educativos a través de la Coordinación Administrativa, Jefatura e Inspecciones del Nivel Medio Superior. Artículo 5.- La creación, organización, control y vigilancia de las Tiendas Escolares estarán bajo la responsabilidad de un Consejo Administrativo Interno, integrado por el director(a), subdirector(a), maestro de planta y contador de la institución de cada uno de los planteles escolares. El consejo se encargará de: I.- Verificar el proceso de la tienda escolar en colaboración con los integrantes. II.- Tomar acuerdos que permitan el buen funcionamiento de la tienda escolar. III.- Registrar quincenalmente en los libros contables los ingresos que se recauden por ese concepto. IV.- Reportar cualquier tipo de anomalía a la Inspección correspondiente. Artículo 6.- Se considera como domicilio de la Tienda Escolar, el de cada plantel.
106
Capítulo II Finalidades de las Tiendas Escolares.
Artículo 7.- Las Tiendas Escolares tendrán por objeto: I.- Brindar mayor atención a la comunidad escolar mediante la venta de productos alimenticios autorizados por la Secretaría de Salud. II.- Procurar que el precio de venta de los alimentos y bebidas sea inferior al que priva en el mercado. lll.-Contar con la autorización de la Secretaria de Salud del Estado para dar inicio a sus actividades. lV.- Mantener en buenas condiciones el espacio destinado para el funcionamiento de la tienda escolar. V.- Manejar en forma transparente los rendimientos económicos. Vl.-Los responsables de la venta de productos en la Tienda Escolar, serán personas ajenas a la Institución Escolar. VII.- Evitar la distracción y el dispendio de tiempo del alumno con tareas y responsabilidad es que trae consigo la venta de productos.
Capítulo III
Concesión y Funcionamiento de la Tienda Escolar.
Artículo 8.- La Tienda Escolar operará bajo la modalidad de concesión a particulares. Artículo 9.- Los particulares que deseen prestar el servicio referido en el artículo anterior, deberán participar en un concurso que publicará conjuntamente la inspección y dirección del plantel escolar, dentro de los quince días posteriores a la emisión de la convocatoria, presentando sus propuestas en las instalaciones del mismo, quienes junto con el consejo administrativo interno elegirán la propuesta que garantice las mejores condiciones, de acuerdo con estos lineamientos. Artículo 10.- Una vez concluido el proceso referido en el artículo anterior la inspección entregará copia de la documentación respectiva a la Jefatura del Nivel Medio Superior, quien a su vez remitirá a las autoridades superiores que correspondan. Artículo 11.- Los requisitos a que deberán sujetarse los particulares para obtener la concesión son:
107
I.- Acreditar solvencia económica. II.- Garantizar la prestación del servicio de tienda escolar. III.- Acreditar experiencia mínima de un año en el manejo de administración de tiendas escolares o de consumo. lV.- La aportación económica será de acuerdo al número de alumnos con que cada institución cuente. V.- El precio de los productos que se expendan en la tienda escolar deberá ser menor al valor de mercado. VI.-Depositar en garantía el importe correspondiente al pago de una semana (6 días de venta). VlI.- Garantizar el cumplimiento en la prestación del servicio, respecto de las condiciones de salud e higiene que en el ámbito de sus respectivas competencias fijen la Secretaría de Salud y la Procuraduría Federal del Consumidor. VllI.- Firmar el contrato de concesión respectivo. Artículo 12.- La concesión tendrá vigencia un ciclo escolar, (Agosto- Junio); las partes podrán anticipar su vencimiento previa comunicación por escrito por lo menos con 15 días de anticipación. Artículo 13.- No podrá renovarse u otorgarse una nueva concesión al particular que haya sido retirado por incumplimiento de sus obligaciones como concesionario. Artículo 14.- Durante el ciclo escolar no podrán los particulares obtener o gozar de más de una concesión de tienda escolar en las escuelas preparatorias por cooperación del Sistema Educativo Estatal Regular. Artículo 16.- Sólo los concesionarios podrán prestar los servicios de venta de alimentos y bebidas que puedan venderse de acuerdo con los criterios establecidos por la Secretaria de Salud y Secretaria de Educación en el documento denominado “Manual para la preparación e higiene de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica” (http://basica.sep.gob.mx/seb2010/start.php). Artículo 17.- Queda estrictamente prohibido a las instituciones recibir cualquier tipo de aportaciones en dinero y/o especie que otorguen los proveedores del concesionario. Artículo 18.- El acondicionamiento del local donde se preste el servicio de la tienda escolar estará a cargo del concesionario; las mejoras que se realicen quedarán en beneficio del plantel escolar.
108
Artículo 19.- El concesionario recibirá por inventario los bienes muebles e inmuebles, disponibles para tal fin y se comprometerá a cuidarlos, conservarlos y reponerlos en caso de pérdida o daño; al momento de concluir o cancelarse la concesión deberá devolverlos en el estado recibido. El concesionario podrá retirar los bienes muebles de su propiedad que haya utilizado durante la concesión. Artículo 20.- El concesionario tendrá las siguientes obligaciones: I.- Cubrir la cuota que se establezca de acuerdo al número de alumnos de la institución educativa de que se trate, y se encuentre señalado en el contrato respectivo. Il.-La cuota deberá ser depositada por semana en la cuenta bancaria de la institución y el comprobante entregado a la dirección del plantel. III.- Respetar el horario de venta especificado en el documento que acredite la concesión otorgada. IV.-Acatar los comunicados que le indique la dirección del plantel escolar en cuanto a las fechas de suspensión de venta por la organización de algún evento escolar o suspensión de labores docentes. V.-Asumir plenamente la relación laboral con los empleados que contrate para otorgar el servicio de la concesión, liberando de toda responsabilidad al plantel escolar.
Capítulo IV Manejo del Rendimiento Económico
Artículo 21.- El rendimiento económico se integrará en base al pago de la cuota diaria realizada por el concesionario y se destinará para el mejoramiento de los planteles escolares, debiéndose enterar en el libro de ingresos y egresos mediante un registro especifico denominado “tienda escolar”. Artículo 22.- El manejo de estos ingresos y la aplicación de los mismos está sujeto a revisión periódica por parte de la inspección escolar correspondiente, y aplicará en su caso el procedimiento administrativo y amonestaciones a las que haya lugar. Artículo 23.- En caso de incumplimiento la Contraloría Interna del S.E.E.R. determinará las responsabilidades y sanciones que correspondan al director de la institución y demás servidores públicos involucrados.
109
Capítulo V Cancelación de la Concesión
Artículo 24.- Será motivo de cancelación de la concesión, el traslado de la misma a terceras personas o la violación a las disposiciones de los presentes lineamientos. Artículo 25.- La concesión será cancelada de inmediato si el concesionario interviene en asuntos escolares o laborales, o que afecte de cualquier manera el orden, la disciplina y en general el servicio educativo. Artículo 26.- También es motivo de cancelación la falta de cumplimiento del pago semanal de la cuota establecida. Artículo 27.- Toda controversia por la prestación del servicio, será resuelta por las autoridades del Sistema Educativo Estatal Regular, quienes tendrán la facultad de realizar las investigaciones que correspondan.
TRANSITORIOS Primero.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Segundo.- No se otorgará la concesión de la tienda escolar en aquellos casos que no cumplan con lo dispuesto en los presentes lineamientos. Tercero.- Los casos no previstos, así como la duda sobre la interpretación y cumplimiento de los preceptos y contenidos en este ordenamiento, serán resueltos por la Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular.
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ANEXO 4.1
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR
ESC. PREP. POR COOPERACIÓN__________________
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE TIENDA ESCOLAR CICLO 2013-2014
En cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 5, anexo 4, de las Disposiciones y Lineamientos para las Escuelas Preparatorias por Cooperación del Nivel Medio Superior del Sistema Educativo Estatal Regular, relativo a las normas que establecen la existencia y funcionamiento de las tiendas escolares, el S.E.E.R., a través de la Dirección Escolar de esta Institución Educativa, convoca a participar en el concurso que tiene como propósito concesionar la tienda escolar bajo las siguientes:
B A S E S 1.- Características de los convocados: a).- Personas físicas o morales que cuenten con la capacidad técnica y económica suficientes para operar el establecimiento de tienda escolar, otorgando el servicio a _____ usuarios potenciales que conforman la comunidad educativa de la Institución dentro del receso escolar de las ______ hrs. a las _____ hrs., en el presente ciclo escolar 2013-2014, en las instalaciones de este plantel ubicado en ______________ C.C.T. _____________, teléfono ___________, localidad _______________. b).- Ser mayor de edad y encontrarse debidamente registrado ante las autoridades fiscales y administrativas para el caso de personas morales, y contar con experiencia comprobable mínima de un año en otorgar el servicio de alimentos al público. c).- No tener parentesco alguno con las autoridades oficiales ni sindicales, con el personal o alumnos de la Institución (familiares consanguíneos y por afinidad, en primer o segundo grado), en cualquiera de las preparatorias del S.E.E.R., ni contar con la adjudicación de concesión de tienda escolar en un plantel distinto a éste. d).- Cubrir una cuota diaria por alumno consistente en $ 1.50 (un peso con cincuenta centavos), por los días en que se desempeñen labores en la institución educativa y en la tienda escolar. e).- No haber dado lugar a la cancelación de concesión de tienda escolar en ciclos escolares que anteceden al presente, para el caso en que la hubiera tenido a su cargo en esta o en cualquier otra de las Escuelas Preparatorias por Cooperación del Sistema Educativo Estatal Regular.
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2.- Documentos que deberán presentar los solicitantes: a).- Solicitud por escrito en la que se expongan las razones por las cuales desea prestar sus servicios para proporcionar alimentos, señalando con claridad su nombre, razón social y en su caso el de su representante legal, así como también su domicilio fiscal y el particular, número de teléfono, lugar y fecha. De igual manera se habrá de indicar el nombre, dirección y teléfono del deudor solidario. b).- Copia del comprobante de domicilio y su identificación oficial con fotografía o del representante legal en su caso, así como presentar lo correspondiente de la persona que funja como su deudor solidario. c).- Carta expedida por Institución Bancaria o establecimiento comercial reconocido, en la que se indique la solvencia económica del solicitante. d).- Dos referencias personales que expresen que el solicitante cuenta con la experiencia requerida para la prestación de servicios de alimentos al público, y señalen con claridad el lugar y la modalidad en que el solicitante haya adquirido dicha experiencia. e).- Carta del solicitante en que señale que conoce el contenido de la presente convocatoria y las bases del concurso y manifieste bajo protesta de decir verdad no tener parentesco con las autoridades escolares, sindicales, con el personal y alumnos de la Institución. f).- Firmar el registro de control interno de esta Escuela Preparatoria de los participantes al concurso para la asignación de la tienda escolar. g).- Relación de cada uno de los productos y servicios que pretenda ofrecer a los alumnos, personal docente y administrativo del plantel especificando cantidad, marca y calidad así como su respectivo costo vigente por un ciclo escolar, misma que será rubricada al margen y al calce, procurando que los alimentos expedidos tengan un mayor aporte nutricional evitando los alimentos procesados altos en grasa y azucares simples, cumpliendo con lo especificado en el “Manual para la preparación e higiene de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica” que puede consultarse en la siguiente dirección electrónica (http://basica.sep.gob.mx/seb2010/start.php). 3.- Procedimiento del concurso: a).- El solicitante hará entrega de los documentos señalados en los puntos 1 y 2 de la presente convocatoria en la Dirección de esta Escuela, a más tardar el día 21 de agosto del 2013. b).- El inspector(a) de la zona escolar y el Consejo Administrativo Interno para la tienda escolar, conformado por el (la) Director(a), Subdirector(a), Asesor(a) y Contador(a) de la Institución, examinarán los expedientes de los solicitantes y elegirán de entre ellos a quien consideren ser la mejor propuesta bajo su más estricta responsabilidad, elaborando para tal efecto un acta en la que se expongan con claridad los motivos y el fundamento que se tiene para elegir a quien fungirá como concesionario.
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c).- La Dirección Escolar comunicará por escrito a la persona física o moral que resulte ganadora del concurso, para el efecto de que se presente en un lapso de tres días hábiles posteriores a la fecha en que firme de recibido el aviso respectivo para signar el contrato de concesión en las oficinas de la dirección del plantel; por lo que una vez transcurrido dicho plazo sin que se presente la persona que haya resultado ganadora, perderá su adjudicación, por lo que se asignará la concesión a la segunda mejor propuesta. d).- El resultado que determine la Inspección Escolar y el Consejo Administrativo Interno del plantel será inapelable. e).- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por las autoridades educativas competentes que nombre la Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular. San Luis Potosí, S.L.P., a ____ de Agosto del 2013
A T E N T A M E N T E
EL DIRECTOR(A) EL INSPECTOR(A)
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ANEXO 4.2
CONTRATO DE CONCESIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA ESCUELA PREPARATORIA POR COOPERACIÓN _______________, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR(A) ____________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA “EL OTORGANTE”, Y A ___________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA “EL CONCESIONARIO”, Y A ___________________ EN SU CARÁCTER DE DEUDOR SOLIDARIO, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S.
DECLARA EL OTORGANTE: I.- La Escuela Preparatoria por Cooperación “___________” es una Institución Educativa que presta los servicios del Nivel Medio Superior, inició sus actividades en el año de _____ quedando registrada ante el Sistema Educativo Nacional con la clave oficial No. _______, y su sostenimiento es con subsidio del Gobierno del Estado de San Luis Potosí y las cuotas de cooperación de sus estudiantes. II.- La Institución Educativa mencionada en la declaración que antecede se encuentra representada por su Director(a), quien cuenta con las facultades suficientes de administración del plantel para suscribir el presente documento en virtud a su nombramiento y órdenes de servicio, las cuales son inherentes al cargo que se le confirió. El domicilio de la Escuela en mención, se encuentra ubicado en _______________. III.- Que es interés de la Escuela Preparatoria por Cooperación que se ha venido mencionando, concesionar los servicios de la tienda escolar bajo los criterios establecidos de mantener la continuidad y elevar la calidad del servicio educativo, otorgando prioridad a que los maestros y alumnos no desvíen su atención de las actividades escolares en cuanto al cumplimiento de planes y programas, regular el consumo de alimentos dentro del plantel cuidando los aspectos adecuados de higiene, calidad y precio y en su caso allegarse de fondos para apoyar la economía del alumnado y el funcionamiento general del plantel. DECLARA EL CONCESIONARIO: IV.- Que es una persona (física y/o moral) con capacidad jurídica, técnica y económica para celebrar el presente contrato, acreditándolo con la documentación que se anexa al presente instrumento. V.- Que tiene el interés de prestar el servicio del establecimiento de consumo escolar, a través del cual se ofrecerá a la comunidad escolar del plantel educativo a que se ha venido haciendo mención productos alimenticios.
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VI.- Que cumple con todos los requisitos para quienes ejercen actividades comerciales, los de higiene, salud y sanidad establecidos por la Secretaría de Salud, así como con el permiso correspondiente que otorga dicha autoridad para elaborar alimentos y ofrecerlos al público. VII.- Que conoce y llevará a cabo todas las indicaciones que le señale el plantel educativo por conducto de las autoridades escolares que son Director, Subdirector y/o Asesores en cuanto a la forma y términos en que prestará el servicio. VIII.- Que ha cubierto la cantidad de $________(letra) correspondiente a doce días de cuota diaria a razón de $1.50 (un peso con cincuenta centavos) por alumno, por concepto de garantía prendaria mediante depósito bancario a la cuenta N° ____ de la Institución Bancaria ________ , cuya copia del depósito antes mencionado se adjunta al presente, misma que podrá ser recuperable al término de la vigencia del presente contrato. IX.- Que para los efectos legal y administrativo de este contrato, señala como domicilio el ubicado en la calle _________________, colonia __________________ en esta localidad. X.- Que el C.____________ se constituye por medio del presente instrumento en deudor solidario del concesionario para efecto de cubrir en caso de incumplimiento las obligaciones derivadas del presente contrato a “el otorgante”, para lo cual señala tener solvencia económica suficiente para hacer frente al pago que corresponda en su caso; señalando como domicilio particular _________________ e identificándose mediante la copia de su credencial de elector que se anexa al presente documento.
C L A U S U L A S:
PRIMERA.- Que la Escuela Preparatoria por Cooperación ________________, concesiona la tienda escolar del plantel turno_____________, prestando sus servicios durante el horario de receso de _________ a _______ hrs. SEGUNDA.- Se autoriza a “el concesionario” a que única y exclusivamente expenda los productos alimenticios que le son autorizados y se encuentran señalados en el “Manual para la preparación e higiene de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica” (http://basica.sep.gob.mx/seb2010/start.php). TERCERA.- “El otorgante” a través del consejo administrativo interno del plantel y/o autoridades educativas verificarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente contrato, razón por la cual “el concesionario” se obliga a otorgar todas las facilidades necesarias para llevar a cabo dicha verificación. CUARTA.- La vigencia del presente contrato será precisamente la que corresponda al ciclo escolar 2013-2014, esto de conformidad con el planificador respectivo y en consecuencia el plazo de vigencia será improrrogable. QUINTA.- “El otorgante” autoriza a “el concesionario” para que utilice el espacio asignado y ubicado en el plantel a que se hace mención en la cláusula primera del presente instrumento, para que única y exclusivamente lleve a cabo la actividad comercial, objeto del presente y obligándose éste último a conservarlo en excelentes condiciones y en su caso hacerle las mejoras pertinentes, mismas que subsistirán en beneficio de la Escuela Preparatoria citada con anterioridad, esto sin que ello implique contraprestación alguna de ninguna naturaleza,
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de igual forma “el concesionario” suscribirá el resguardo de los bienes del plantel que se encuentren en el espacio asignado. SEXTA.- Las partes convienen que “el concesionario” deberá recabar el consentimiento previo y por escrito de “el otorgante” representada por el Director, para realizar cualquier tipo de adaptación, instalación o modificación que pretenda hacer en el espacio asignado. SEPTIMA.- “El concesionario”, se obliga a desocupar y entregar de forma pacífica a “el otorgante” el espacio o local asignado a que se refiere la cláusula inmediata anterior precisamente al término de la vigencia del presente contrato, esto sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, renunciando a los derechos que en materia de arrendamiento pudiera existir. En el supuesto de que “el concesionario” incurra en alguna de las cláusulas de recisión del presente contrato se obliga igualmente a desocupar el citado espacio y entregarlo de forma pacífica y sin demora alguna a “el otorgante” de no hacerlo así, por medio del presente se suscribe la autorización expresa y tácita para que “el otorgante” por sí mismo o por quien designe, realice la desocupación a la cual hacemos referencia, siendo como único responsable “el concesionario” de todos y cada uno de los gastos administrativos o judiciales a que diera lugar dicha desocupación. OCTAVA.- Bajo ninguna circunstancia “el concesionario” podrá ceder, traspasar, vender ni arrendar los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato, esto en razón y dada la naturaleza administrativa que a este corresponde por tratarse de un servicio público que otorga la Escuela Preparatoria ya mencionada. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula y/o de cualquiera de las obligaciones que son asumidas por “el concesionario” dará suficiente motivo para la revocación o rescisión del presente contrato, esto sin perjuicio de hacer efectivas las garantías constituidas para el presente. NOVENA.- “El otorgante” a través del consejo administrativo interno de la institución señalará por escrito a “el concesionario” los días de suspensión en que no aportará cantidad alguna de acuerdo al calendario escolar o que por alguna otra disposición de la superioridad señale en dicho calendario. DECIMA.- “El concesionario” deberá cubrir a “el otorgante”, para la Escuela Preparatoria ya multicitada una aportación diaria por la concesión de la tienda escolar, la cantidad de $1.50 (un peso con cincuenta centavos) por alumno a través de un depósito bancario al termino de la semana, esto en la cuenta No. _________ Sucursal _________ de_____________. DECIMA PRIMERA.- En caso de retraso de pago imputable a “el concesionario”, será el consejo administrativo interno los encargados de hacer la rescisión del contrato previa reclamación formal, quien gestionará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato ante “el concesionario” y en su caso a su deudor solidario. DECIMA SEGUNDA.- “El concesionario” se obliga a mantener en buenas condiciones de uso y conservación las instalaciones de gas, energía eléctrica y agua para el correcto funcionamiento de los servicios materia del presente contrato, teniendo como obligación y a su cargo la recolección y retiro de la basura generada por dicho servicio en las instalaciones del plantel.
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DECIMA TERCERA.- Las partes convienen en que “el otorgante” será responsable en primera instancia de la custodia de sus instalaciones y equipo, solidarizándose a la vez con las áreas de la tienda escolar; pero en caso de robos, accidentes o daños, la Institución Educativa no será responsable por las pérdidas totales y/o parciales ocasionadas a los bienes existentes en el espacio asignado ya referido. DECIMA CUARTA.- Las partes convienen en que “el otorgante” no tiene ninguna responsabilidad civil o laboral en relación a los trabajadores que emplee “el concesionario”, siendo responsabilidad total y exclusiva de “el concesionario” la relación laboral, así como cualquier daño o perjuicio que sus empleados o en el proceso mismo de la prestación del servicio ocasione tanto a la comunidad escolar como a sus instalaciones. DECIMA QUINTA.-Son causas para que “el otorgante” de por terminado en cualquier momento el presente convenio, el hecho de que “el concesionario” incurriere en cualquiera de los siguientes supuestos: 1.- Por no cumplir con el pago oportuno y total de la cuota semanal en que se concesione la tienda escolar. 2.- El intentar o efectuar el traspaso o cesión del uso o goce parcial o total de los derechos derivados del presente contrato. 3.- Utilizar el local destinado al servicio para habitación o para un giro distinto del especificado. 4.- Poseer o vender sustancias peligrosas, explosivas, corrosivas, volátiles o inflamables. 5.- Tener el local en mala condiciones higiénicas, contraviniendo las disposiciones sanitarias y de seguridad o en su caso, si la licencia otorgada por la Secretaria de Salud le es cancelada. 6.- Vender productos nocivos para la salud de los consumidores, así como bebidas alcohólicas. 7.- Por no cumplir con los requisitos que le fije la Secretaria de Salud para el permiso sanitario. 8.- Exhibir carteles o rótulos, así como ejercer cualquier propaganda de tipo político o religioso que lesionen la estabilidad, así como la imagen de la institución y de su comunidad escolar. 9.- Ejecutar obras que alteren o modifiquen el local sin autorización de “el otorgante”. 10.- No respetar el horario que le sea autorizado por “el otorgante”. 11.- Efectuar o permitir que se realicen fiestas, convivios, reuniones o juntas de personal docente, administrativo, del alumnado o de terceros dentro del local dado en uso, sin autorización escrita de “el otorgante”. 12.- Permitir que en el local se lleven a cabo juegos de azar.
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13.- Operar equipos de audio y/o video sin control, cuyo uso altere el orden dentro y fuera del plantel. 14.- En general la celebración de contratos o la realización de actos que contraríen de cualquier forma las disposiciones convenidas en el presente instrumento. 15.- Que “el concesionario” efectué pagos en efectivo o en especie a terceros, por supuesto beneficio a cambio de la posesión de la concesión objeto del presente. 16.- Que “el concesionario” o su personal, intervenga directa o indirectamente en asuntos administrativos o laborales de la institución e interfiera de alguna manera en el buen funcionamiento del plantel. DECIMA SEXTA.- El convenio se podrá dar por terminado por cualquiera de las partes previo aviso por escrito con 15 días de anticipación. DECIMA SEPTIMA.- Para la interpretación y cumplimiento de este contrato en caso de controversia, las partes se someterán expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P. EL OTORGANTE EL CONCESIONARIO DIRECTOR(A) DE LA ESC. PREPARATORIA C. _____________________
DEUDOR SOLIDARIO _______________________ TESTIGO TESTIGO ______________________________ ____________________________
_____________, S.L.P. a ______ de agosto 2013.
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El presente documento, disposiciones y lineamientos de las Escuelas
Preparatorias del Sistema Educativo Estatal Regular, es producto del análisis y
los acuerdos tomados en Reuniones Colegiadas del Nivel.
Vo. Bo.
__________________________________________
Profra. Griselda Álvarez Oliveros.
Directora General del Sistema Educativo Estatal Regular
Ing. Mauricio Leyva Ortiz Profr. José Enrique Méndez Herrera
Dirección de Servicios Educativos Subdirección de Educación M.Terminal, M.Superior y Superior
Prof. Ruvén Cuellar Cerda Lic. Silvia Escareño García
Coordinador Académico de Educación Media Superior Coordinador Administrativo de Educación Media Superior
Mtro. Francisco Javier Zamudio Cortés Ing. Salvador Anzaldo Cerda
Jefe del Depto. de Educación Media Superior Inspector de Educación Media Superior Zona 01
Prof. Juan Carlos García Rocha Mtro. Mario Alberto Martínez Lechuga
Inspector de Educación Media Superior Zona 02 Inspector de Educación Media Superior Zona 03
Profa. Claudia Virginia Gamboa Turrubiartes Dr. Bonfilio Pozos Galván
Inspector de Educación Media Superior Zona 04 Inspector de Educación Media Superior Zona 05
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Dirección General
Profra. Griselda Álvarez Oliveros
Dirección de Servicios Educativos
Ing. Mauricio Leyva Ortiz
Subdirección de Educación Media
Terminal, Media Superior y Superior
Profr. José Enrique Méndez Herrera
Coordinación Académica del Nivel
Medio Superior
Profr. Ruvén Cuellar Cerda
Coordinación Administrativa del Nivel
Medio Superior
LAP. Silvia Escareño García
Jefatura del Departamento de
Educación Media Superior
Mtro. Francisco Javier Zamudio Cortés
Inspección de Educación
Media Superior Zona 05
Dr. Bonfilio Pozos
Galván
Inspección de Educación
Media Superior Zona 04
Profra. Claudia
Virginia Gamboa
Turrubiartes
Inspección de Educación
Media Superior Zona 02
Profr. Juan Carlos
García Rocha
Inspección de Educación
Media Superior Zona 03
Mtro. Mario Alberto
Martínez Lechuga
Inspección de Educación
Media Superior Zona 01
Ing. Salvador
Anzaldo Cerda
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