INICIO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVAINICIO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
TRAMITEse presenta en la Oficina de
Trámite Documentario
TRAMITEse presenta en la Oficina de
Trámite Documentario
Negociación directa
Negociación directa
Plazo de presentaciónno antes de 60 días calendarios anteriores a la fecha de caducidad de la convención vigente.
Una vez presentado el pliego de reclamos la negociación directa debe iniciarse dentro de los 10 días calendario. .
Obligación de Negociar de Buena Fe Las partes están obligadas a negociar de buena fe y a abstenerse de toda acción que pueda resultar lesiva a la contraria
Presentación del
proyecto de
convenio colectivo
Presentación del
proyecto de
convenio colectivo
Negociación directa
Negociación directa conciliaciónconciliación Decisió
n?Decisió
n?
Ejercicio del derecho
constitucional de la huelga
Ejercicio del derecho
constitucional de la huelga
arbitrajearbitraje
LA NEGOCIACION COLECTIVA
F. Formalidad y Plazos
La negociación colectiva se realizará en los plazos y oportunidad en que las
partes acuerden.
La negociación colectiva se realizará en los plazos y oportunidad en que las
partes acuerden.
G. Ventajas de la negociación directa
Son las partes las que analizan las soluciones posibles sin intervención de un
tercero.
Son las partes las que analizan las soluciones posibles sin intervención de un
tercero.
LA NEGOCIACION COLECTIVALA NEGOCIACION COLECTIVA
Enfoques comunes de una negociación
directa.
Enfoques comunes de una negociación
directa.
Negociación posicional: Se presenta cuando las posiciones planteadas inicialmente por las partes, empiezan con exigencias altas, para luego ceder lentamente en forma mínima. Se caracteriza el uso de la imposición, confrontación y amenazas.
- Negociación basada en intereses: Esta estrategia de negociación involucra a las partes a adoptar un esfuerzo cooperante, para afrontar conjuntamente las necesidades de cada una de ellas, lo fundamental es que las partes identifican los intereses comunes, las necesidades y valores que desean preservar.
La conciliación
. CONVENCIÓN COLECTIVA
Características de la Convención Colectiva Art 43
. Efectos
Es el producto de la negociación colectiva entendida como el acuerdo destinado a regular las remuneraciones y condiciones de trabajo como factores sustanciales, que concierne a las relaciones entre trabajadores y empleadores.
La convención colectiva de trabajo puede tener efectos generales (erga omnes) si se aplica a todos los trabajadores (sindicalizados o no) comprendidos en determinado nivel de negociación, o limitados si solamente se le aplica a los trabajadores que se encuentren afiliados a la organización que la suscribió. .