DEFENSORÍA DEL PUEBLO • No. 41. Quito-Ecuador, agosto del 2006
Editorial
Servicios de salud a· supervisión 11 Infantes fallecidos en Hospital por Contamina-
ción"; "No hay insumos ni atención básica en . los centros de salud"; "Paro de los profesionales de la salud" ... No es ·extraño ver, escuchar u oír los problemas que actualmente atraviesa el pueblo ecuatoriano en cuanto a la satisfacción de uno de los servicios más básicos para su bienestar y supervivencia: LA SALUD. Muchos casos han conmocionado a la opinión pública y se refieren fundamentalmente a la falta de atención en este importante sector. Falta de presupuesto, defic_iente atención, inconformidad de los profesionales del área, incumplimiento de planes y propuestas para mejorar el sistema de salud, etc., son partes de un gran mal endémico que azota, fundamentalmente, a las clases más pobres y desamparadas de nuestro país. Y es que el ciudadano que tiene recursos puede "darse el lujo" de ser atendido en los hospitales y clínicas privadas, mientras que la clase popular, que en el Ecuador alcanza el 80% de la población, debe madrugar para solicitar un turno para ser atendido después de varios días. Amén de que sea una emergencia y si ocurre el milagro de encontrar una cama limpia en alguno de los hospitales y cen- . tros de Salud públicos. Por ello, a fin de realizar un análisis más profundo de este lacerante problema y por iniciativa del Defensor del Pueblo, se dispuso a los comisionados y comisionadas provinciales de la Institución ejecutar una estrategia de acción institucional para monitorear y supervisar los servicios que prestan las unidades de salud pública y privada del país, en cada una de sus jurisdicciones. Esta iniciatiy:a tiene tres aristas. La primera tarea de los comisionados será elaborar un documento donde consten los datos completos de ubicación y servicios que prestan los funcionarios que laboran en el área de la salud, es decir, de hospitales, clínicas, institutos médicos, centros médicos; policlínicos, dispensarios· médicos y cualquier otro tipo de unidad de atención de salud. En una segunda acción, los funcionarios de la Defensoría del Pueblo deben efectuar un programa de visitas a los centros médicos para realizar inspecciones, peritajes y pedido de inform_es que determinen el estado en que se encuentran las unidades de salud. Finalmente, el Defensor del Pueblo promueve la plena vigencia de la Ley de Amparo al Paciente, como 'un medio de asegurar un trato digno a toda
·s y
todos los pacientes. Con estas disposiciones emanadas por el máximo titular de la Defensoría del Pueblo se espera que las autoridades de salud toinen conciencia de que la solución del problema de la Salud en el país es una tarea conjunta que parte de todos: dire.ctivos, funcionarios, profesionales y público en general, a fin de que se procuren mecanismos de atención eficiente y oportuna, con niveles óptimos de calidad y cobertura médica para los grupos sociales más vulnerables del Ecuador. La propuesta está lanzada. Sería importante contar con toda la colaboración posible para llevar adelante este plan, a fin de que se cumplan las disposiciones contenidas en dicha Ley, tutelando, principalmente, el acceso a la salud de niños, niñas, adolescentes y mujeres embarazadas, grupos que requieren mayor atención de nuestra parte, con el único propósito de reivindicar este sector en el país y ga
. rantizar el derecho a la salud de todos y cada uno - de los ecuatorianos y ecuatorianas.
· · MuecKav ratiticado como Defensor del Pu eblo L a Primera Sala del Tribunal Constitucional ra
tificó el nombramiento de Defensor del Pueblo por parte del Congreso Nacional, en la persona del Claudia MuecKay Arcos. La mencionada Sala resolvió negar la acción de amparo que interpuso Patricio Pazrniño ante el Juez Décimo Cuarto de lo Penal de Pichincha, con la que pretendió impugnar la designación del Defensor del Pueblo, puesto que no cumple con los requisitos de procedibilidad. Además, resolvió revocar la resolución del Juez Décimo Cuarto de lo Pe-
España, el Defensor del Pueblo de Ecuador informó que el Juez Primero de lo Penal de Pichincha extendió orden de prisión preventiva a Carlos Guevara Coello, dentro de la instrucción fiscal que se inició con la denuncia presentada por la Defensoría del Pueblo, en Guayaquil. La demanda es por abuso de confianza en la gestión pública encomendada a Guevara corno ex comisionado de la Institución en España.
Jorge Cano Racines, Fiscal <;le la Unidad de Delitos Misceláneos de Pichincha, ratificó el pedido de prisión preventiva, solicitado anteriormente por el Fiscal de lo Penal de Guayas, Juan Ramos
Mancheno, por la presunta participación de Guevara en las irregularidades _por el cobro de in
demnizaciones civiles y más nal, J airne Santos, de aceptar ese amparo constitucional. De esta manera, los constitucionalistas vocales de esa Sala, Juan Montalvo, Tarq_uino Orellana y Enrique Tamariz, despejaron toda duda que se pretendiÓ originar respecto de la actuación del Congreso Nacional en la designación de MuecKay, hecho que se dio con la votación de 83 legisladores,
1
ACIARJ\CION ·
beneficios económi-cos generados por la muerte de algunos
ecuatorianos. A
el 13 de julio de 2005. Al respecto, MuecKay dijo que este pronunciamiento del Tribunal Constitucional
. es una trascendente contribución jurídica para consolidar la institucionalidad y el estado de derecho en el país. La legitimidad de la elección de MuecKay corno Defensor del Pueblo de Ecuador, fue sustentada y defendida enérgicamente por el Presidente del Congreso, Wilfredo Lucero, y por el Procurador del Estado, José María Borja, durante todo el trámite de la indebida acción interpuesta por el candidato perdedor Pazrniño. En cuanto a la extradición del ex Comisionado en
ESPECIAL SEPARATA
su vez el Juez Primero de lo Pe
nal de Pichincha (E), Antonio Pa
chacarna, avocó conocimiento de . la
causa y pidió al Jefe de la Policía Judicial
de Pichincha que proceda a la localización y
captura de Carlos Guevara Coello. La disposi
ción del Juez Pachacarna es fundamental para poder
iniciar un proceso de extra-· dición, destacó MuecKay. "El désernp-eñó de Guevara fue tan perjudicial para la Defensoría del Pueblo, que permitió a ciertos miembros de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción (CCCC) preparar y exhibir un informe incompleto y dañino en contra de la Defensa-: ría y sus funcionarios y funcionarias", recalcó el Defensor·del Pueblo.
PRIMER PLANO Guayaquil fue sede del Taller Internacional "El Derecho a la Educación", organizado por la Red de Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano (INDH), cuyo anfitrión fue el Defensor del Pueblo de Ecuador. Pág. 5
En e'ste núrneró entregarnos la Ley Sobre Discapacidades, documento básico para tutelar y proteger los derechos de este gru
Comunidades indígenas del Oriente ecuatoriano han solicitado protección al Defensor del Pueblo, debido ·a los atropellos de las. compañías petroleras . po vulnerable del país. Páginas
centrales. Pág.4
a a · DEFENSOR(A DEl PUEBlO: Av. de t.a Pre-nsa N54-97 y Jorge Piedra. Telefax: (593-2) 3301 115,3301 112, ext. 401-404
Internet: www.defensordelpueblo.gov.ec '
SE EXIGE ENTREGAR INFORMACIÓN SOBRE REDONDEO
P Rt de erá i demnizar a us ari s eriudicados E l Superintendente de Telecomunicacio
nes, Javier Egea Ortega, compareció a la Defensoría del Pueblo para explicar el procedimiento mediante el cual la empresa de telefonía móvil- PORTA deberá devolver a sus usuarios cobros indebidos por facturación redondeada al minuto inmediatamente superior, por el servicio ofrecido entre febrero de 1999 y julio del2000. El Defensor del Pueblo, Claudio MuecKay, exigió al Superintendente de Telecomunicaciones que obligue a los principales del Consorcio Ecuatoriano . de Telecomunicaciones (CONECEL) establecer el mecanismo para reconocer a los usuarios perjudicados los valores correspondientes. MuecKay indicó que el CONECEL se excusa bajo argumentos técnicos de que es imposi-
. ble determinar la cantidad de usuarios perjudicados y establecer los montos de indemnización, lo que según el funcionario es una forma de querer evitar las obligaciones de la empresa. El Defensor mostró su contrariedad por cuanto la telefónica condiciona a sus clientes el adquirir nuevas tarjetas o realizar. consumos adicionales, lo cual es violatorio á los derechos del consumidor y advier-te que toda indemnización tiene el ca:. rácter de incondicional. Sin embargo, en una segunda audien-cia, el propio Superintendente de Telecomunicaciones, Iván Burbano, y el·· Apoderado Legal de la empresa CO-
NECEL-PORTA, Eduardo Carmigniani, Ílegaron con una solución y explicaron el mecanismo que se aplicará en el pago de indemnizaciones a usuarios perjudicados por cobros indebidos por facturación redondea-da.
Antes de que - el Estado suscriba la renovación de los con
tratos de concesión con las operadoras de te-
Quito,. 21 de 111ayo de 2006 Señor · ·· , . '
DEFENSOR DEL PUEBLO Presente.-De mis consideraciones: Yo, MARÍA CHIMBO, portadora de la cédula de identidad No. 140033234-0, deseo hacer conocer a ustedes mis más sinceros agradecimientos por las gestiones realizadas para que sea posible la traída del cadáver del que en vida fue mi hijo JOSÉ GÓMEZ, desde la ciudad de Chiapas, el mismo que falleció el 26 de abril del presente año, en un accidente de tránsito. Con el deseo de que sigan estas gestiones para ayudar a los familiares que no contamos con los recursos necesarios para estos trámites, me suscribo de usted.
Atentamente, María Chimbo 140033234-0
LA ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS DEL GUAYAS 12 DE JUNIO "ASODIS-G" En Asamblea General Ordinaria del 6 de abril del 2006, declara como SOCIO HONORARIO de nuestra institución al Dr. Claudia MuecKay Arcos, por su valerosa participación como DEFENSOR DEL PUEBLO, en la Campaña de Accesibilidad al Transporte Público, que dio como resultado la eliminación total de los torniquetes en esos medios de transportación masiva. También su intervención al archivar la demanda de anticonstitucionali-
Quito-Ecuador, agosto del2006
lefonía celular, éstas deben devolver a sus usuarios los valores excesivamente cobrados por redondeo de tarifas. Así lo considera el Defensor del Pueblo, quien lleva adelante el
expediente para determinar el monto del perjuicio causado. Ante la negligencia de PORTA MuecKay insiste en la orden impartida para que entregue la información que se necesita, a fin de calcular los cobros ilegales por la práctica del redondeo. El Defensor del Pueblo recuerda que la Corte Suprema de Justicia, mediante fallo de casación de fecha 12 de julio del año 2004, ratificó la resolución emitida por la Su-
perintendencia de Telecomunicaciones ellO de octubre del 2000, en la que se condenó a PORTA a devolver a sus usuarios lo cobrado por redondeo de tarifas.
dad presentada por el Presidente de la Cámara de Industrias de Guayaquil, la cual fue una acción que merece el reconocimiento de quienes formamos esta Organización de personas que pertenecemos a los grupos vulnerables, de acuerdo a la Constitución Política de la República del Ecuador. La actual Resolución se sustenta en los artículos 10 y 11 de Nuestros ESTATUTOS Internos. Dado y firmado en la ciudad de Guayaquit Ecuador, Local del CONADIS GUAYAS, a los seis días del mes de abril del 2006.
Ing. Com. Gonzalo paredes Fuentes Presidente
Sra. Gladys Alay Quiroz Secretaria
EL DEFENSOR ·····�···································································································································
Relat r e E 1 Relator Especial de Naciones Unidas para los dere
chos humanos de los Pueblos Indígenas, Rodolfo Stavenhagen, recabó de la Defensoría del Pueblo el trabajo encaminado a proteger los derechos humanos de las comunidades indígenas al interior del Ecuador. El Relator fue atendido por René Maugé, Adjunto Primero del Defensor del Pueblo, que junto al Director Nacional de Pueblos Indígenas, Alberto Anrango; al Director Nacional de Defensa de los Migrantes, Camilo Restrepo; y, al Coordinador de Derechós Humanos de esta Institución, Francisco Bonilla, pusieron en su conocimiento los casos relevantes en los que ha intervenido la Defensoría del Pueblo para proteger a los pueblos indígenas: Sarayacu, Shiwayacu, Huaorani, comunidades del cordón fronterizo colombo-ecuatoriano, entre otros. En esta reunión se destacó que las comunidades indígenas son asediadas por las multinacionales petroleras, mineras y madereras, especialmente en la Amazonía ecuatoriana, donde el Estado, lejos de proteger a las comunidades, pone al servicio de las compañías extranjeras la intervención de la Fuerza Pública. Stavenhagen solicitó de los funcionarios de la Defensoría del Pueblo documentos relacionados a la intervención de su Institúción en los casos señalados, muy particularmente, sobre los informes presentados a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) relacionados a las fumigaciones colombianas en la línea de frontera, que afectaron a sus pobladores y al medio ambiente. El Director de Defensa de los Pueblos Indígenas informó
N.UU. visit' f ns
sobre la conformación de la Red de Defensores Indígenas y Promotores de los Derechos Humanos con representantes de cada una de las nacionalidades, pueblos y organizaciones indígenas del país, quienes actúan como mediadores comunitarios. Además, pidió a Stavenhagen mantener vínculos de comunicación para informarle sobre los avances que se logran en materia de derechos colectivos de los pueblos indígenas.
Información sobre ''PRESUNTO e o Y o T A J E es d es m e n ti da ''
E 1 Defensor del Pueblo de Ecuador, Claudio MuecKay Arcos, manifestó
que jamás facilitó o gestionó visa alguna a Estados Unidos de Norteamérica para la ex funcionaria Patricia Tacuri y que, además, jamás le otorgó el nombramiento de Representante de Derechos Humanos en ese país. Esta declaración la hace en torno a la publicación aparecida en el diario El Universo, el 23 de junio del año en curso. MuecKay aclaró que la ex funcionaria cumplía funciones de Asistente de Secre-
taría y que es falso que renunciara a su cargo a los pocos 'días, pues ella laboró por más de un año de forma eficiente, según consta en los informes enviados por el Director de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo en los Estados Unidos. Agregó que desde que ingresó a trabajar a la Defensoría del Pueblo era prometida de un oficial de las FF.AA. estadounidense, Carlos Cortez, quien laboraba para la Embajada de ese país, con quien está legítimamente casada
y ha procreado una hija. El Defensor del Pueblo sostuvo que Tacuri solicitó su visa por medio de la Cancillería ecuatoriana y que su renuncia se debió a razones médicas, pues, debido a lo riesgoso de su embarazo, no podía seguir trabajando. Agregó, además, que la información generada desde la redacción de Quito, por el diputado Guillermo Haro, es de falsedad absoluta y que la Defensoría del Pueblo lo probará con documentos.
Quito-Ecuador, agosto del2006 EL ftEFENSOR ------------------------�----------
Comunidades kichwas denuncian atropellos de petrolera P ueblos indígenas de la nacionalidad
Kichwa, asentados en la provincia oriental de Orellana, denunciaron al Defensor del Pueblo que la Compañía Petrolera PERENCO utiliza métodos violentos y dolosos para ingresar a sus territorios, persigue, amenaza a líderes indígenas con el fin de generar conflictos y divisiones internas, y ha intentado ase-sinar al sacerdote de Puerto Murial-do. René Maugé Mosquera, Adjunto Primero del Defensor del Pueblo, decidió adoptar medidas de protección y corrió traslado de la denuncia a los ministros de Gobierno y Defensa Nacional, así como al Comandante General de Policía, para que garanticen la seguridad de los habitantes y dirigentes de las comunidades: Bajo Huino, Centro Huino, Alto Huino, Fano, El Inca y Aguas Coloradas, Jandiayku, Subcentro Suyuno, San Carlos y Runallacta. También ofició a la Ministra Fiscal General de la Nación para que
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disponga la apertura de la indagación fiscal en tomo al intento de asesinato del padre Salomón Torres, sacerdote de la parroquia Puerto
Murialdo, hecho ocurrido el 26 de abril del 2006. El Adjunto Primero notificó a los representantes de la Compañía PERENCO, para que bajo las prevenciones de ley, se abstengan de realizar cualquier actividad que suponga violencia,
coacción o cualquier /;. . .
otra actividad
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que in•. funda temor, inseguri-
dád o división en los pobladores de las co
' .� munidades menciona� @) r-\ das. Maugé también .·. <f!.J ofició a la Ministra del · r, Ambiente para que, en el
ámbito de su competencia, garantice a los habitantes de las comunidades de ese sector del Oriente el goce del derecho fundamental a un ambiente sano y. libre de contaminación, establecido en la Constitución. Además, Maugé dispuso que Edgar Guatemal, funcionario de la Dirección Nacional de los Pueblos
Indígenas de la Institución, se traslade hasta la parroquia de Puerto Murialdo,
cantón Loreto, para participar en . una asamblea extraordinaria que decidirá so
bre la oposición de los habitantes a las actividades de exploración y explotación de la petrolera en la zona.
Protección defensorial para Napo, Orellana y Sucumbíos
Ante la prolongada vigencia del estado de emergencia decretado en las provincias de Napo, Orellana y Sucumbíos, que ha generado una grave situación de inestabilidad social e indefensión de la población por las continuas violaciones a sus derechos fundamentales, el Adjunto Primero del Defensor del Pueblo, René Maugé Mosquera, emitió un Pronunciamiento Defensoría! que declara bajo su protección a la población de dichas provincias y que los Comisionados locales activen todos los mecanismos de protección ante las amenazas que puedan presentarse. Exhorta, también, al presidente del Congreso Nacional, Wilfrido Lucero, para que, en aplicación del art. 182 de la Constitución Política, revoque el decreto de emergencia, el cual ha generado una situación de totál inseguridad y no ha solucionado los graves problemas sociales en estas provincias. Además, excita al Presidente de la República para que disponga a los funcionarios de las carteras de Energía y Ambiente, el estricto cumplimiento de la normativa de precaución, manejo, remediación ambiental e indemnizaciones en la zona de actividad petrolera, sitio donde se han cometido constantes abusos que han sido denunciados por los pobladores de dichas áreas. Finalmente, Maugé pide al Juez Segundo de la Cuarta División del Ejército "Amazonas", para que en observancia de los derechos fundamentales a la libertad, debido proceso, igualdad ante la ley y seguridad jurídica, disponga la inmediata libertad del ciudadano Wilman Adolfo Jiménez Salazar, ya que no se han presentado cargos en su contra.
Caso OXY baio vigilancia del Defensor L a Sociedad de Ingenieros del Ecuador Zona
Norte (SIDEN) y el Colegio de Ingenieros en Geología, Minas y Petróleos del Ecuador (CIGMPE) solicitaron al Defensor del Pueblo, Claudio MuecKay Arcos, de manera urgente, la vigilancia del debido proceso administrativo .de la caducidad del contrato con la Compañía Occidental Exploration and Production C.O. (OXY), a fin de garantizar el cumplimiento de la Ley de Hidrocarburos 'y la defensa de los intereses de los trece millones de ecuatorianos. Vladimiro Jijón Solórzano y Gustavo Pinto Arteaga, presidentes del SIDEN y CIGMPE, respectivamente, insistieron en la necesidad de realizar todas las gestiones necesarias ante el Presidente de la República, el Ministro de Energía y Minas y el Procurador General del Estado, para que cumplan con lo
dispuesto en la Ley y en el contrato existente con la petrolera. El Defensor del Pueblo dispuso que inmediatamente se proceda a ejercer la vigilancia del debido proceso. Por ello, convocó al Ministro de Energía y a los directivos de Petroecuador para que expliquen la situación del trámite correspondiente. Además, emitió una Resolución que impidió al titular de Energía y Minas someter el asunto de caducidad del contrato con la OXY a otro tipo de trámites o acuerdos, que no son pertinentes al tema. MuecKay señaló que conforme a la naturaleza jurídica del juzgamiento, materia de vigilancia del debido proceso administrativo solicitado por la SIDEN y el CIGMPE, el Ministro de Energía únicamente deberá emitir su resolución en mérito de los autos y pruebas, fundamentalmente de las obligaciones bi-
laterales contraídas en el contrato entre el Estado ecuatoriano y dicha compañía; como de la constancia del documento relativo a la cesión de derechos realizada por la OXY a ENCANA y otras empresas, que constituye el origen de la caducidad. Tampoco se puede dejar de observar que han transcurrido 21 meses desde que se inició este proceso y que deben proeurarse principios de celeridad y oportuna administración de justicia, con la finalidad de garantizar la defensa de los intereses de los ecuatorianos. La Constitución Política establece que. entre los deberes primordiáles está la obligación de defender el patrimonio natural del país, como lo .es el petróleo, columna fundamental de la economía nacional, que es el sostén para efectivizar los derechos básicos de los ecuatorianos, consignados en el mismo cuerpo fundamental.
... Re��aZo·•·a·��iriití�·dé..fl.tmigaciones. ..• �nfronti!raCblOmbm-�c'tl"átimfití�•. · ·r tenteaJ:e�e11f�g �e�u!lcias.��I gdstble �einiciode fumigaciones .• enlaz��a qe tr?�teráconColomb��, elD�f��sor�elPue� ·�
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persiones porlos daños quep}"ovqcan.a laspersonélsy almedióambiel).te. .
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. MuecKay ra_tificó su posición dé hacer pre:Vé3.lecer �Fdeiecl1o el derecl1cri!ltepnacional a·través d� los pl'incipios de.pre<:é3.U<:i?n ..
para evitar que eldaño afe�t� a lospes.identes en. ·zona de· fron.tera. AlJnismo tiempo;. hizo un llamado a los.po"bladol'e�. par·ét;:.
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por esteteil:la,y ID;aiiliest6·qp.e•no dét;cailsará hasta lograr •que e¡ gobierno col'oJJ:Ibiano asuma ·su resporxsabilida<:t pties elda::·· · ño éausad.o es .mayor al' p.iell q11e .s:Up1,1estamente se-pretendelogra:t corilas·aspérsiones�
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EL DEFENSOR Quito-Ecuador, agosto del2006 ·····················································································································•···················
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1
GUAYAQUil FUE SEDE DEl CÓNClAVE DE AlCANCE lATINOAMERICANO
T � VVlítfVV YUitOLo-V\ICVl; �� d;etvedu>- (Ñ' 'Uiv �V\1
D efensores del Pu
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eblo, Comisionados y Procurado
res. de Derechos Humanos de quince países de América Latina, expertos de la Organización de
las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se reunieron en Guayaquil para redactar el borrador final del Plan de Acción que deberán seguir sus gobiernos, a fin de velar por la protección y salvaguarda del Derecho a la Educación. Javier Moctezuma Barragán, Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México, y a cuyo cargo está la Red de países llamada a elaborar programas relativos a la enseñanza e investigación en la esfera de los DD.HH., y a participar en su aplicación en el ámbito escolar, universitario y profesional, extendió una cordial bienvenida a los 20 delegados de los países latinoamericanos que asistieron a la cita denominada "El Derecho a la Educación y las Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos", en el puerto principal del Ecuador. En su disertación, Moctezuma dio a conocer que persisten reali-
da des laceran tes en nuestros países como las siguientes: • Al iniciar la presente déca
da, alrededor de 92 millones de personas mayores de 15
años, no han concluido sus estudios primarios en los países de América Latina y el Caribe.
• De ese total, 36 millones de personas declaran no saber leer ni escribir.
• Once de 29 países en nuestro continente registran una tasa de analfabetismo superior al 10%.
• El 25% de niñas y niños en edad escolar desertan de la escuela antes de llegar al quinto grado.
El Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México explicó que esta situación se dificulta más, puesto que actualmente existen 130 millones de niñas y niños en el mundo que no asisten a la escuela; y, 872 millones de adultos carecen de formación básica indispensable. Las delegaciones internacionales de las Defensorías del Pueblo expresaron que los gobiernos latinoamericanos y del Caribe están todavía a tiempo de evitar los mismos errores cometidos durante el siglo XX, y de corregir los vergonzosos tropiezos con los que hemos comenzado el siglo veintiuno. Para ello, es indispensable que se analice qué es la educación y qué puede llegar a ser.
La Red de Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano (INDH) culminó el proceso de delinear las políticas sobre educación con la firma protocolaria del Plan de Acción, llevada a cabo en Nuevo Vallarta:, estado de Nayarit (México), el pasado 19 de junio, lugar donde el Defensor del Pueblo de Ecuador selló con su firma este importante documento qué recoge las propuestas y planteamientos de los mismos actores que deliberaron en Guayaquil, ciudad que fue escogida como sede por su desarrollo social y progreso urbanístico, y que anteriormente lo hicieron en Copán Ruinas (Honduras). Antes de concurrir a la cita de Guayaquil, los miembros de la INDH se reunieron en el Municipio de Copán Ruinas, los días 22 y 23 de septiembre del 2005, para la celebración del Primer Seminario Internacional "El Derecho a la Educación y las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos", organizado por la misma Red, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR); la UNESCO y el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras (CONADEH).
(Continúa en la página 8).
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Este primer cónclave tuvo el objetivo principal de diseñar un esquema de plan y acordar una metodología común para la promoción y protección del derecho a la educación desde las INDH, en el marco de la Red de Instituciones Nacionales de las Américas, tomando en cuenta el rol y aporte de la Red Latinoamericana de Investigación de Defensores del Pueblo y Organismos Similares (LARNO). En Guayaquil se reforzó y amplió el debate, el cual concluyó con la redacción del borrador fi:.
nal del documento que fue puesto en consideración de los Defensores del Pueblo, Comisionados y Procuradores de Derechos Humanos de doce instituciones na-
1 cionales de América Latina -pertenecientes a' la Red-, en Nuevo Vallarta, y que gracias a este esfuerzo conjunto podrá ser formalizado en cada uno de los países que participaron en esta iniciativa, a fin de que cada uno de los gobiernos lo sepa
implementar con la finalidad de garantizar y fomentar el derecho y acceso a la Educación de todos los latinoamericanos. Es necesario que las naciones del
continente que participaron en el· debate brinden un sentido eficaz al Plan elaborado, ya que el derecho a la Educación está contemplado en el conjunto de instrumentos internacionales y regionales, y constituye una exigencia ética establecer con urgencia los mecanismos institucionales para que su ejercicio y disfrute se convierta en una realidad en nuestras sociedades. Por ello, fue fundamental el apoyo brindado por otras instituciones, sobre todo la UNESCO, que guió con solvencia la preparación de este Plan de Acción para el· Derecho a la Educación en nuestra región, y colaborará en su divulgación y, por supuesto, en su implementación en cada uno de los países miembros de la Red de Instituciones Nacionales
de Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano. La educación es un derecho inalienable del ser humano. Además, es un derecho único, ya que permite a cada persona ejercer sus otros derechos (civiles, políticos, sociales y culturales) y llevar una vida digna. Pero, para que la educación se convierta realmente en un instrumento del aprendizaje y conocimiento, para vivir en sociedad, debe estar disponible, ser accesible, acepta.,. ble y adaptable para la sociedad. Estos son los criterios fundamentales que deben guiar los tres tipos de obligaciones que emanan del derecho a la educación: la obligación de proteger, de respetar y de hacer valer este derecho como tal.
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Asunción, 05 de junio de 2006 Nota No.: 2074/06 Excmo. Señor Defensor del Pueblo de la República del Ecuador Dr. Claudia MuecKay En su despacho:
En nombre de la Defensoría del Pueblo de la República del Paraguay, tengo el honor de dirigirme a V.E., a fin de felicitarle por su excelente trabajo y el de las funcionarias y funcionarios de la Defensoría a su digno cargo, en ocasión del Taller Internacional "El Derecho a la Educación", realizado en Guayaquil (Ecuador), del24 al26 de mayo de 2006.
Nuevamente en esos días pudo constatarse el espíritu hospitalario del pueblo ecuatoriano y la solvencia profesional del personal de la Defensoría del Pueblo de la República del Ecuador.
Le saludo con la más alta consideración: ·
Manuel María Páez Monges Defensor del Pueblo
De: �'Vernor Muñoz", <[email protected]> Para: "Contacto Defensoría del Pueblo", <[email protected]> Enviado: martes, 30 de mayo de 2006 9:36 Asunto: Gracias
Queridos amigos y amigas: Les agradezco la magnífica experiencia de solidaridad y amistad que tuvimos en Guayaquil. Especialmente gra
cias a los colegas de Ecuador y de México, que organizaron el evento. Un abrazo:
Vernor Muñoz Special Rapporteur on the Right to Education
Commission on Human Rights United Nations
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L a Defensoría del Pueblo y el Municipio de Guaranda firmaron un convenio de cooperación in
terinstitucional para ejecutar acciones que mejoren las condiciones de infraestructura y servicios que presta el Centro de Rehabilitación Social de Guaranda, especialmente en las áreas de cocinas, comedores, bibliotecas y servicios higiénicos . . En el marco del convenio, las dos instituciones se comprometen a realizar las gestiones necesarias para obtener recursos que permitan mejorar las condiciones de vida de los y las internas, sobre todo en el equipamiento de talleres de capacitación de mecánica automotriz, computación y demás ramas artesanales con que cuenta el centro.
· Por la Defensoría del Pueblo firmó el entonces defensor adjunto, Rubén Chávez del Pozo, y por el Municipio el alcalde, Alberto Coles. El convenio tiene un año de duración y entró en ejecución el momento de su suscripción.
Vigilan situación de presos en Tulcán E 1 comisionado provincial de Carchi, Mar
celo Santamaría, y los representantes de la Defensoría del Pueblo de Colombia, Germán Treja y Ernesto Rasero, visitaron el Centro de Rehabilitación Social de Tulcán para comprobar la situación en que viven los internos, luego del violento hecho ocurrido el21 de mayo, donde murieron dos empleados del centro penitenciario. Los funcionarios recogieron testimonios de varios internos en los que señalaron que son víctimas de maltratos y vejámenes. Santamaría comprobó que tres presos mostraban hematomas en sus cuerpos y que la situación al interior es delicada. Fuera de la cárcel también se vive un ambiente de malestar, pues las visitas a los reclusos están suspendidas hasta segunda orden y sus familiares lloran y reclaman verlos.
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CORTOS DE PROVINCIAS .
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CARCHI El comisionado provincial, Marcelo Santamaría, y el Director Provincial de Educación, Felipe López, iniciaron una serie de visitas a los diferentes establecimientos educativos de la provincia, a fin de supervisar la calidad de educación que debe brindarse a la niñez y juventud carchense. Los funcionarios coordinaron el trabajo de supervisión conjuntamente con los presidentes de las comunidades, de los comités de padres de familia, Tenientes Políticos y los maes-tros, para vigilar el correcto funcionamiento del proceso educativo. El comisionado Santamaría, además, condenó el ataque perpetrado en el Centro de Rehabilitación Social de Tulcán, en el que perdieron la vida dos personas que laboraban en el mismo, el pasado 21 de mayo.
BOLÍVAR Los directivos de la Cooperativa de Crédito CEPESIU solicitaron que la comisionada provincial, Catalina Guerrero, intervenga como mediadora en una Audiencia Pública para solucionar problemas crediticios que mantienen varios clientes con la cooperativa. Fructífera resultó la reunión de trabajo para las partes en conflicto, ya que algunos de los clientes llegaron a un acuerdo de pago con la entidady otros cancelaron sus deudas en la misma reunión. Además, la comisionada solicitó que el Ministerio Público asista legalmente a Norma Yánez, quien pidió ayuda a la Defensoría del Pueblo para iniciar un juicio contra el profesor Manuel Viscarra, acusado de presunta violación a una hija menor de edad de la demandante.
TUNGURAHUA Blanca Vela Enríquez cumplió con todos los requisitos exigidos por la Dirección de Servicios Públicos del Municipio de Ambato para participar en el sorteo de ubicación de puestos de ventas en el Mercado Central y resultó favorecida con la ubicación 135, de manera permanente. Sin embargo, de forma unilateral el Administrador Municipal del mercado le comunicó su traslado
a otro puesto de venta y de no acatar la disposición sería desalo-
jada. Frente a esta situación, Vela acudió a la Defensoría del Pueblo en esta provincia en búsqueda de ayuda, donde el Comisionado Freddy Figueroa admitió la queja y corrió traslado de la misma a los personeros municipales encargados del tema. Finalmente, el Director de Servicios Públicos del municipio certificó que la adjudicataria se encuentra legalmente ubicada en el puesto asignado en primera instancia. Otro ·caso resuelto por el comisionado Figueroa fue el de Ángela Loor Rengifo, quien sufrió un accidente en el bus No. 22 de la Cooperativa de
Transporte "Trasandina-Ambato" y acudió a la comisión provincial por asistencia legal para lograr el pago de la correspondiente indemnización. El comisionado convocó a audiencia al propietario del autobús, a fin de llegar a un acuerdo satisfactorio para la quejosa. Juan Manuel Jeigua, dueño del bus, entregó 150 dólares de ayuda para gastos médicos y la aseguradora de la empresa de transporte, "Hispana de Seguros", canceló 608 dólares correspondientes a facturas por gastos ocasionados.
IMBABURA Mediante audiencias de mediación se resolvieron quejas presentadas por varios ciudadanos contra la empresa "Consorcio Pichincha". Los quejosos ingresaron al plan de adquisición de vehículos mediante sorteo, pero, por razones personales, decidieron retirarse del plan y solicitar la devolución de los valores cancelados. En primera instancia recibieron respuesta negativa de la empresa, por lo que presentaron sus quejas al comisionado Provincial, Víctor Hugo Echeverría, quién propició audiencias de media-ción con los principales de Consorcio
y se llegó a acuerdos satisfactorios para las par-· tes. Además, el comisionado conoció la queja presentada por· el policía Geovanny Arroyo contra el subteniente Sandro Pilco, que lo acusa de discriminación por el color de su piel. El comisionado Echeverría trasladó la queja al Comandante Provincial de Policía "Imbabura" No. 12, quien comprobó la veracidad de la denuncia y sancionó al subteniente Pilco con 24 horas de arresto al interior de la unidad policial.
Quito-Ecuador, agosto del2006 ·······································································································�·································· EL DEFENSOR
MANABÍ El abogado de la Defensoría del Pueblo en Manta, Raúl Rivas, acompañado de miembros de la Marina y periodistas locales, realizó una inspección al barco pesquero Repaku, cuyo dueño denunció ser víctima de abuso de autoridad por marinos norteamericanos. Rivas solicitó información y documentación a Ramón Moreira, propietario del barco, para iniciar las acciones legales pertinentes.
COTOPAXI En días pasados fue posesionado como nuevo comisionado provincial de Cotopaxi el doctor José Singaña Carrillo. La posesión la realizó el Defensor del Pueblo de Ecuador, Claudio MuecKay Arcos, en la capital de la provincia.
PASTAZA El comisionado provincial, Marcos Díaz, visitó el Centro de Detenciones del Fuerte Militar Amazonas para constatar el respeto a los derechos humanos del activista Wilmar Jiménez Salazar, detenido el pasado 19 de junio en las afueras de la empresa petrolera Perenco, en la parroquia Nuevo Paraíso del cantón Coca. Jiménez se encuentra a órdenes del Fiscal de la IV Zona Militar y está acusado de motivar movilizaciones campesinas contra la empresa petrolera. Declaró al comisionado que su estado de salud es normal, se han respetado sus derechos y no ha sido maltratado ni física ni psicológica-
mente. Sin embargo, Díaz estará vigilante del respeto al debido proceso.
ESMERALDAS Moradores del km 17, vía a la parroquia Lagarto, cantón Eloy Alfara, acudieron donde el comisionado provincial Ornar Mina para encontrar una solución al cierre del camino por donde
transitan desde hace más de treinta años, por parte del nuevo propietario de los terrenos, José Rosemberg Villamil. El comisionado acudió al lugar de los hechos y dialogó con el propietario de las tierras para encontrar una solución, pero éste solicitó la presencia del Gobernador Provincial para realizar una nueva inspección. Aceptada la petición, el comisionado y el gobernador acudieron hasta la parroquia Lagarto y lograron un acuerdo entre Rosemberg y los comuneros para que éstos puedan transitar libremente hasta que se construya una nueva vía de acceso.
CHIMBORAZO Juan Quito Igllón y Francisco Monar presentaron sendas quejas contra los administradores locales de la empresa "Consorcio Pichincha", por sentirse perjudicados dentro del plan de adquisición de vehículos mediante sorteos y adjudicación de vehículos que promociona la mencionada empresa. Ambos quejosos recla
maron reiteradamente la devolución de los dineros depositados, pero no tuvieron eco de parte de Consorcio. Al conocer las quejas, el comisionado Jorge Luís Hidrovo ofició a los principales de la empresa, sin recibir respuesta alguna. Por ello, trasladó la queja al Intendente General Policía para que actúe en el ámbito de su competencia. Los personeros de Consorcio Pichincha decidieron llegar a una fórmula de arreglo con los quejosos y devolvieron el dinero.
NAPO El comisionado provincial, Edmundo Mejía, mantuvo una reunión de trabajo con el personal administrativo y representantes del Comité de Internos del Centro de Rehabilitación Social de Tena. La razón fue agilitar la construcción del nuevo centro penitenciario, pues el actual -de propiedad del Municipio-, alberga una población que alcanza los doscientos internos con y sin sentencia, lo que genera una sobrepoblación cuya situación es insostenible.
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Solucionan conflicto de Hospital Yca Bustamante Comisionado constató explotación a mineros
L a comisionada provincial
de Guayas, María del Pilar Serna, convocó a representantes de los cincos sindicatos de salud del Hospital Francisco de Y caza Bustamante y al director del centro hospitalario, Dalton Solís, para buscar una solución definitiva a los problemas que mantienen trabajadores y directivos del hospital. Producto de la reunión, las partes en conflicto resolvieron que los problemas internos que mantienen los sindicalistas con el director de la entidad no afecten a los aproximadamente 1 200 menores que se atienden cada día. Además, Serna realizará inspecciones
continúas al centro de salud para comprobar el cumplimiento de los acuerdos. En cuanto a las denuncias que pesan sobre algunos dirigentes que supuestamente cobran sin trabajar, la comisionada explicó que ese tema le compete conocer y resolver a la Inspectoría de Trabajo.
Quito-Ecuador, agosto del 2006
E 1 comisionado provincial de Esmeraldas, Ornar Mina, visitó la localidad de San José, cerca del río Cachaví -al
norte de la provincia-, a fin de comprobar la denuncia realizada contra un grupo de empresarios mineros de la zona que supuestamente habrían disparado contra cinco mineros. Mina comprobó que la denuncia fue errada, pero determinó la presencia de elementos extraños, presuntamente colombianos, cuya labor es buscar confrontaciones entre los moradores. El comisionado escuchó de los mineros sus reclamos por sueldos atrasados que les adeudan los empresarios y sobre daños ambientales que provocan los explotadores de yacimientos de oro en la región.
Capacitación para asociaciones comunitarias E 1 comisionado provincial de Azuay, Wilson Barahona,
firmó un convenio de cooperación interinstitucional con los principales de la Asociación de Parroquias Rurales de Cuenca para que el personal de la Defensoría capacite a miembros de 50 organizaciones comunitarias en temas relacionados con derechos de niñez, mujeres y consumidores. Barahona explicó que es obligación de la institución impulsar procesos de capacitación para que los ciudadanos conozcan las leyes. En la primera etapa del convenio, se trabajará con miembros del sistema de agua, comités barriales y clubes deportivos de la ciudad. También convocó al resto de asociaciones comunitarias para que se acerquen a la comisión provincial, a fin de poder incluirlas en el programa de capacitación.
EL DEFENSOR .........................................................................................................................................
Audiencia por pretendido cobro de peaie en túnel Guavasamín E 1 Alcalde
de Quito, Paco Moncayo y el Gerente General de la Empresa de Obras Públicas EMOP-Q Iván Alvarado, fueron convocados por la Defensoría del Pueblo a una Audiencia Pública, a fin de que expliquen por qué el Municipio pretende cobrar peaje en el rec i e nt e me n te inaugurado túnel "Oswaldo Guayasamín". La audiencia fue presidida por el Director Nacional de Quejas, Ru-bén Chávez del Pozo.
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Los moradores de las parroquias Cumbayá y Tumbaco, representados por el Presidente de la Corporación de Comunidades del Valle, Fernando Endara, solicitaron la intervención de la Defensoría del Pueblo para evitar el cobro de este peaje. Los residentes del valle, en su mayoría familias de ingresos limitados y que diariamente se des-
plazan a Quito por trabajo o estudios, argumentan que no es posible hacer nuevas contribuciones al Municipio, cuando todos quienes viven en el Distrito Metropolitano ya tributan con impuestos, tasas y contribuciones especiales. Chávez del Pozo señaló que se mantendrá alerta del caso y realizará las diligencias correspondientes que lleven a una mediación entre los habitantes de Tumbaco y Cumbayá, y el Cabildo capitalino, en _salvaguarda de los derechos fundamentales del pueblo quiteño.
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POR lOS DOS AÑOS DE VIGENCIA DE lA lOTAIP
Capacitación en lev de Defensoría inspecciona tránsito Acceso a la Información 11 A los dos años de la Ley Orgánica de Transparencia y
Acceso a la Información Pública (LOTAIP), Alcances y Limitaciones", fue el tema del taller dirigido a instituciones públicas, entidades privadas y la ciudadanía en general, convocado por el Defensor del Pueblo, Claudio MuecKay Arcos, para reafirmar los contenidos de la Ley y del Regla-
. mento, y su nivel de implementación. "El cabal cumplimiento de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública depende del compromiso del sector público y de la activa participación ciudadana, a fin de promover la transparencia y la lucha contra la corrupción", puntualizó Claudio MuecKay, Defensor del Pueblo. El evento que se efectuó el 16 de mayo, en el Salón de la Ciudad, contó con las exposiciones de René Maugé Mosquera, Defensor Adjunto Primero; y, Carmen Rodríguez, abogada de la Institución. La organización y logística corrió de cuenta de la Dirección Nacional de Capacitación y Cultura de la Defensoría del Pueblo. El objetivo fundamental fue instituir un espacio para reafirmar los contenidos de la LOTAIP, su nivel de implementación a los dos años de vigencia; así como los contenidos de su Reglamento, ya que la Defensoría del Pueblo es la entidad encargada de la promoción y vigilancia de su cumplimiento. La implementación efectiva de la LOTAIP depende del com-, promiso del sector público y de la activa participación ciudadana, por lo que este foro constituye el marco adecuado para el análisis de estrategias conjuntas en pro del fortalecimiento de su aplicación.
en sector del triángulo de San Rafael F u n c i o n a
rios de la Defensoría del Pueblo realizaron una inspección en el sector del Triángulo de San Rafael, el lunes 5 de junio del presente año, a las llhOO, para verificar in situ la contaminación ambiental, ruido y peligro a la integridad personal de los moradores de este sector, debido al potencial incremento de la circulación v.erucular. A consecuencia de la queja presentada en la Dirección Nacional de Quejas de Defensoría del Pueblo, el 30 de mayo se efectúo . una Audiencia Pública con la · presencia. del representante del Comité Pro Mejoras "General Rumiñahui" y los representantes de los Alcaldes de Quito y de Rumiñahui, a fin de
que los habitantes del Valle sean escuchados y se planteen mecanismos de solución al caos vehicular en la zona. Las Alcaldías de Quito y Rumiñahui se comprometieron a difundir el Plan de Reordenamiento Rumiñahui 2006, donde se cataloga a Rumiñahui como Sector 1, para proporcionar soluciones efectivas y urgentes a sus demandas.
Quito-Ecuador, agosto del 2006 • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • o • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •A • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • EL DEFENSOR
.Primer p l a n o EN ENTREVISTA MANTENIDA CQN ·DEFENSOR DEL PUEBLO DE ECUADOR
. Relator de libertad de expresión de la CIDH hace recomendaciones a Ecuador E n la visita de trabajo realizada al Defensor
del Pueblo de Ecuador, Claudio . MuecKay Arcos, el -Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Ignacio J. Álvarez, solicito al funcionario interponga sus buenos oficios ante las autoridades competentes para que proce� dan a la derogación del delito de desacato, contemplado en los artículos 128, y del 230 al 233 del Código Penal del Ecuador.
crática los funcionarios y funcionarias públicos deben estar expuestos a un mayor nivel de crítica que posibilite un mayor debate público respecto a sus actuaciones.
qños nueve países de la región han derogado las leyes de desacato. Esto revela una tendencia que debe ser tomada en cuenta por las autoridades de los Estados en donde aún están vigentes dichas leyes. Además, resaltó que la protección de! honor y reputación de los empleados públicos debe garantizarse a través de la aplicación de sanciones civiles proporcionadas y del derecho de rectificación. Muec�ay saludó la gestión emprendida por el Relator Éspecial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, presentó algunos casos llevados adelante por su Institución, en procura de salvaguardar este
Álvarez señaló que las leyes de "desacato" son aquellas·que otorgan especial protecCión al honor y reputación de los funcionarios públicos, por lo
El principio 11 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión señala que "los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos, generalmente conocidas como "leyes de desacato", atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información". El Relator Especial destacó que en los últimos
que la CIDH ha señalado que tales leyes son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión contemplado en el art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, pues en una sociedad demo-
�-.P---�--------�
EN CONFLICTO CONSTRUCCIÓN DE AUTOPISTA AL NUEVO AEROPUERTO
Defe nso r actua rá como med iador D irigentes de organizaciones que habitan en los valles de Tumbaco,
Cumbayá y sectores aledaños, presentaron una queja al Defensor del Pueblo, Claudia MuecKay, mostrando su oposición al trazado de la ·
vía que conducirá al �l¡.�vo aeropuerto de Quito; que, según el diseño del Cabildo, pasaría por. el Valle de Tumbaco. El dirigente Gustavo Terán, en- nombre de los moradores de los valles, señaló que la construcción de la vía afectaría al medio ambiente y :al ecosistema de la zona.
El Defensor del Pueblo se comprometió a estudiar e investigar los argumentos expuestos en la queja y buscar un acercamiento entre las aut9ri.:. dades del municipio y los habitantes de los valles en procura de llegar a un acuerdo que se encuadre en la protección de :los derechos ciudadanos. Los moradores plantearon varias alternativas para la construcción de la nueva autopista, al tiempo éie señalar su confianza de encontrar, con la intervención mediadora del Defensor del Pueblo, una solución justa a sus -reclamos.
• • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • � • • ¡, • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • . . . . . : Acude a la DEFENSORfA DEL PUEBLO . . . . . • . . . •
• Si estás detenido o preso injustamente. : ·
• Si en un juicio o trámite administrativo se viola tu derecho a una justi- : cía efectiva, transparente y sin demora. :
: . Si dentro de un juicio penal se atenta contra tu l ibertad, tu derecho a : . . • .
defenderte o no se lo tramita con imparcialidad . . • • . Si se niega tu derecho a. acceder a las autoridades judiciales y obtener : . . . . .
. .
de ellas protección efectiva y rápida. / • Si se violan de cualquier modo tus derechos h umanos en el Ecuador,
siendo o no residente. • Si se lesionan el medio ambiente o el Patrimonio Cultural. • Si eres perseguido político, nacional o extranjero. • · Si se violan cualquiera de tus derechos humanos consagrados en la
Constitución. · ·
• Si se irrespeta tu derecho de acceso a la información pública.
La DEFENSORfA DEL PI:JEBLO intervendrá gratuitamente a tu favor
En Qu ito, Defensar del Pueblo. Telf.: 330 1 1 1 2, ext. 30 1 a 30§. En Gu�yaquil, Defensorr Adjunto del Lito ral. lielf.: (04) 2569 964,
2569 97 1 . En €ada provinCia, el · · · · · · · · · · · · · · · � Gomisianado Provincial
fundamental derecho humano, y comprometió su labor para que la legislación en cuanto a desacato no sea con-
. traria al principio bási- ·
co de la libertad de expresión de los ciudadanos y ciudadanas ecuatorianas.
E 1 Consejo Rector de la Federación Iberoamericana de Qmbudsman (FiO).durante lá reunión 'llevada a cabo en la ciudad d� Gua-
yaquil, el 26 de mayo del 2006, conoció el · ·
MuecKay Arcos, Defensor del Pueblo de informe presentado por e,l Dr. Claudio
� 1 �· .. Ecuador, sobre la muerte de neonatos en el Hospital Napoleó:tl Dávila <C:órdova de 11cdera,ción l�cro mcric na la ciu<dad de Chane,. provrncia Manabí, . O,.. M 6 U Q,- S. M A · Ecuador.
·
El Consejo Rectar decidió e'X!presar su gran .preocupa..dén p0r estos acontecimientos y respaldar las acciones de la Defens0ría del Pueb>J:o de Ecuador, que buscan �sclare�er tan trágicas hechos, que eplut�m a decenas de famjlias ecuatorianas.
Wr. Manuel t.iguilar Belcla, En<eargado de .la Presidem;:iá de la Federación ilieroamer,icana
de Orneu.<dsrnan; Espa:ií:a Dr. J avíer Moctezuma,
l?rimera iVicep�esidencia de la Federación lberoamerÍGana · de Ombudsman (e), México . Dra. Beatríce Alamanni, · -
Se&PJlda Vicepresidencia cle la Fecleracióli iJberoarneri<mna . de Qmbudsman, El Salvador,
·
Dr. Claudia M:uecKay Jircos, 'fercera Vicepresidencia de la Fe'deraci@n Theroa:mer.icana
ae Q)mbudsman, Ecuador Dr. Manuel María Fáez,
Cuarta 'Vicepresiden¿ia de la F-ederación Iberoamer.icana ' de OmlJudsman, Paraguay 1
EL DEFENSOR 9.�!:?.-.����.�?!� .�?.��:?. �:� .�?.�� . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Ley sobre di idade CODIF ICACIÓN
Codificación 000, Registro Oficial 30 1 de 6 de abril del 200 1 . H . CONGRESO NACIONAl lA COMISION DE lEGISlACION Y CODIFICACION En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 2 del articulo 1 39 de la Constitución Política de la República. Resuelve: Expedir la codificación de la ley sobre Discapacidades
Título I
Principios y objetivos
Art. l . ÁMBITO La presente ley protege a las personas
con discapacidad; establece un sistema de prevención de discapacidades, atención e integración de personas con discapacidad que garantice su desarrollo y evite que sufran toda clase de discriminación, incluida la de género.
Art. 2 . PRINCIPIOS Esta ley se fundamenta en el principio
constitucional de igualdad ante la ley, y en lo establecido en los artículos 23 , 47 , 53 y 102 de la Constitución Política de la República.
Art. 3. OBJETIV OS Son objetivos de
esta ley: a) Reconoci
m i e n t o p i e -
que cor r e s -
ponden a las per
sonas con discapacidad;
b) Eliminar toda forma de discriminación por razones de discapacidad y sancionar a quienes incurrieron en esta prohibición;
e) Establecer un sistema de prevención de discapacidades;
d) Crear mecanismos para la atención e integración social de las personas con discapacidad atendiendo las necesidades particulares de cada sexo; )"
e) Garantizar la igualdad de oportunidades para desempeñar un rol equivalente
-al
que ejercen las demás personas y la participación equitativa de hombres y mujeres en las instancias de decisión y dirección.
Art. 4. INTEGRACIÓN SOCIAL El Estado a través de sus organismos y
entidades garantiZa el pleno ejercicio de los derechos que la Constitución y las leyes reconocen a todas las personas con discapacidad, mediante las siguientes acciones:
a) Sensibilización y concientización de la sociedad y la familia sobre las discapacidades, los derechos y deberes de las personas con discapacidad;
b) Eliminación de barreras físicas, psicológicas, sociales y comunicacionales;
e) Formación, capacitación e inserción en el sector laboral formal e informal; así como, otras modalidades de trabajo, pequeña industria y microempresa, talleres protegidos, trabajo en el domicilio, autoempleo, etc.;
d) Adaptación, readaptación, restitución y reubicación laboral de los tra-bajadores que adquieran la discapacidad como producto de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo u otras causas, tanto en el
sector público como privado; e) Concesión de becas para educación, formación profesional y capacitación;
-
f) Concesión de subsidios para acceder a: servicios de salud, vivienda, asistencia técnica y provisión de ayudas técnicas
y tecnológicas, a través de los organismos públicos y privados responsables de las áreas indica-
das; -
g) Tratamiento preferente en la obtención de créditos a través
de las instituciones del sistema financiero;
h) Elaboración y aplicación de la normativa sobre accesibilidad al medio físico en las edificaciones públicas y privadas de uso público, a cargo de los Municipios;
i) Impulso a los servicios (necesarios) para la dotación, fabricación, mantenimiento o distribución de órtesis, prótesis y otras ayudas técnicas y tecnológicas, que suplan o compensen las deficiencias. Las ayudas técnicas y tecnológicas serán entregadas obliga-
. toriamente por el Estado y las instituciones de seguridad social, directamente, bajo convenio o contrato con otras instituciones públicas o privadas;
j) Disponer, a través del Ministerio de Salud ·-Pública, la producción y distribución de medicamentos genéricos y esenciales, ademásde los insumos que se necesiten para
la atención de deficiencias y discapacidades que requieran de un tratamiento prolongado;
k) Fomento, cooperación y apoyo a las actividades culturales, deportivas y recreacionales de las personas con discapacidad, a través de programas de integración y otros específicos a que hubiere lugar;
l) Crear residencias para personas con discapacidad que no pueden valerse por si mismas; y,
m) Fortalecimiento y apoyo a las organizaciones de y para personas con discapacidad.
Título II
El Consejo - Nacional de Discapacidades
Art. 5. CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDADES
El Consejo Nacional de Discapacidades CONADIS-, con domicilio principal en la ciudad de Quito, es una persona jurídica de derecho público, autónoma, con patrimonio y presupuesto propio.
El CONADIS ejercerá las funciones y atribuciones que le asigna esta ley dentro de un régimen administrativo y económicamente descentralizado, mediante el traspaso de responsabilidades y recursos a sus comisiones provinciales y cantonales.
Art. 6. FUNCIONES DEL CONADIS Compete al CONADIS a) Formular las po-
líticas nacionales relacionadas con las discapacidades y someterlas para la aprobación del Presidente de la República;
b) Planificar acciones que permitan el fortalecimiento de los programas de prevención de discapacidades, atención e integración de las personas con discapacidad;
e) Defender jurídicamente los derechos de las personas con discapacidad;
d) Realizar investigaciones y coordinar las acciones que, en relación con las discapacidades, realicen
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . �::�:�� ��::���:: .�?��:�.�e_��?.�?. EL DEFENSOR
organismos y entidades de los sectores público y privado; y,
e) Vigilar por el eficaz cumplimiento de esta ley y exigir la aplicación de la sanción a quienes la incumplan.
Art. 7. ÓRGANOS DEL CONADIS
Son órganos
a ) El Directorio;
b ) La Dirección Ejecutiva; y,
del Consejo Nacio
nal de D i s c a pacida
des:
e) La Comisión Técnica.
Art. 8. DIRECTORIO El Directorio estará integra
do por: a) El representante del Pre
sidente de la República, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente;
b) El Ministro de Salud Pública o el Subsecretario;
e) El Ministro de Educación o el Subsecretario;
d) El Ministro de Trabajo o el Subsecretario;
e) El Ministro de Bienestar Social o el Subsecretario;
f) El Ministro de Economía o el Subsecretario de Presupuesto;
g) La Presidenta del Instituto Nacional del Niño y la Familia o su delegado;
h) El Presidente de la Federación Nacional de Sordos del Ecuador, o su delegado;
i) El Presidente de la Federación Nacional de Ciegos del Ecuador, o su delegado;
j) El Presidente de la Federación Nacional de Ecuatorianos con Discapacidad Física, o su delegado;
k) El Presidente de la Federación Ecuatoriana Pro Atención a la Persona con Deficiencia Mental, o su delegado; y,
1) El Presidente de la Federación de los Organismos N o Gubernamentales que trab�jan en el área de las discapacidades, o su delegado.
Los miembros del Directorio deberán ser ecuatorianos.
En la conformación del Directorio se tomará en cuenta lo dispuesto en el artículo 102 de la Constitución Política de la República. El Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Discapacidades actuará como Secretario del Directorio, con voz informativa y sin derecho a voto.
Art. 9. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO
, El Directorio ejercerá las siguientes funciones y atribuciones:
a) Determinar las políticas nacionales en materia de discapacidades e impulsar su cumplimiento;
b) Aprobar y vigilar el cumplimiento del Plan Nacional de Discapacidades;
e) Expedir los reglamentos internos en los que se establecerá la estructura orgánica funcional del Consejo;
d) Designar al Director Ejecutivo del Consejo Nacional . de Discapacidades, en base a la terna presentada por el Presidente del Consejo;
e) Designar de entre sus miembros al Vicepresidente del Directorio del Consejo Nacional de Discapacidades, a quien le corresponde subrogar al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva;
f) Autorizar al Director Ejecutivo la suscripción de acuerdos de cooperación técnica y ayuda económica con organismos nacionales e internacionales;
g) Conocer e impulsar la creación de las comisiones provinciales de discapacidades que se conformarán con la participación de la sociedad civil, los organismos seccionales y provinciales respectivos, propendiendo a
Quito-Ecuador, agosto del2006
la descentralización y la representación equitativa de hombres y mujeres;
h) Conocer sobre las situaciones de discriminación y las acciones que se han tomado al respecto;
i) Conocer y aprobar los planes operativos, presupuestarios e inversiones, así como los informes periódicos correspondientes;
j ) Decidir sobre los objetivos, montos y programas del Consejo Nacional de Discapacidades para el financiamiento de beneficios, aportes y subvenciones para personas con discapacidad u organismos de y para personas con discapacidad, sin fines de lucro;
k) Fijar un porcentaje de recursos del Consejo Nacional de Discapacidades para el financiamiento de proyectos que impulsen el desarrollo y fortalecimiento de las organizaciones de y para personas con discapacidad y programas de prevención, atención e integración;
1) Vigilar el cumplimiento de las actividades que realizan las personas jurídicas vinculadas a las discapacidades;
m) Fiscalizar el buen manejo de los recur-sos provistos por el CONADIS, a · las personas jurídicas vinc u l a d a s con las discapaci d a d e s ; y,
n ) C o n o c e r de los viajes al exterior del Presidente, Director Ejecutivo y funcionarios del CONADIS.
L a s resoluciones d e 1 D i -
rectorio del
C o n s e j o
Nacional de Discapacidades tienen efecto obligatorio para las instituciones, organizaciones o personas naturales y jurídicas vinculadas con las organizaciones del área de las discapacidades. Su incumplimiento acarreará las sanciones que se establecen en esta ley.
Art. 10. DEL PRESIDENTE DEL CONADIS
Para ser Presidente del Consejo Nacional de Discapacidades se requiere: ser ecuatoriano; tener experiencia en el área de discapacidades y estar en goce de los derechos políticos.
El Presidente del CONADIS será el Presidente nato del Directorio, laborará a tiempo completo, será remunerado y tendrá las siguientes funciones:
a) Promover, a través de las Defensorías, la defensa de los derechos constitucionales y legales de las personas con discapacidad en todos aquellos casos de discriminación, violación de derechos humanos o abandono, que representen un riesgo para la calidad de vida o dignidad de las personas;
b) Elaborar y presentar la terna ante el Directorio para el nombramiento del Director Ejecutivo;
e) Requerir de las entidades u organismos de los sectores público y privado la entrega de información y co-laboración
en la ejecución de
actividades relati
vas a discapacidades;
d) Conocer el proyecto de pre
supuesto del CONADIS y ponerlo en
conocimiento del Directorio para su apro
bación hasta el 1 de junio de cada año; e) Gestionar y poner en
conocimiento del Directorio la consecución de re
cursos económicos, técnicos y otros, · sean nacionales
_ o internacionales, que permitan el cumplimiento de las
funciones que la ley le asigna al CONADIS;
f) Conocer y suscribir conjuntamente con los miembros de la comisión designada por el Directorio las resoluciones de la concesión de beneficios relativos a la importación de bienes establecidos en la ley;
g) Presentar el informe
EL DEFENSOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
anual de actividades al Presidente de la República para su informe a la Nación; y,
h) Las demás que le asigne el Directorio.
Art. 11. DEL DIRECTOR EJE C UTI-V O
E l D i r e c tor Ejec u t i v o es nomb r a d o por el Direct o r i o d e 1 Cons e j o N a -
cional de Discapacidades. Es el representante legal del Consejo Nacional de Discapacidades y tiene a su cargo la dirección técnica, la gestión administrativa y la coordinación con las demás instituciones encargadas del cumplimiento de esta ley.
Para desempeñar el cargo de Director Ejecutivo, se requiere ser ecuatoriano, poseer título profesional, tener experiencia en discapacidades y funciones administrativas, de conformidad con el reglamento.
Las funciones y atribuciones del Director Ejecutivo serán las siguientes:
a) Coordinar la elaboración, ejecución y aplicación del Plan Operativo Anual y la ejecución de los convenios nacionales e internacionales sobre discapacidades;
b) Administrar los recursos y los bienes del CONADIS en cumplimiento de las leyes y reglamentos;
e) Requerir de las entidades u organismos de los sectores público y privado, la entrega de información y colaboración en la ejecución de actividades relati-
vas a discapacidades, reconociendo su autoría y participa-ción;
d) Coordinar y supervisar las actividades de
prevención de discapacida
des, atención e integración social
de personas con discapacidad que
se realicen en el ámbito nacional para ve-
rificar la ejecución del Plan Nacional de Discapa
cidades y del Plan Operativo Anual;
e) Mantener registros y estadísticas a escala nacional de personas con discapacidad y de instituciones públicas y privadas dedicadas al trabajo en el área de las discapacidades; f) Representar judicial y ex
trajudicialmente al CONADIS;
g) Conocer de oficio sobre situaciones de discriminación por razones de discapacidad y tomar acciones necesarias para solucionarlas a través de las instancias pertinentes;
h) Convocar y presidir la Comisión Técnica del CONADIS y estructurar las sub
comisiones de asesoramiento y apoyo que la
misma considere necesarias;
i) Preparar y proponer el presupuesto y el programa anual de inversiones al Directorio para su conocimiento y aprobación;
j ) Nombrar a los funcionarios, empleados y trabajadores del CONADIS y removerlos en caso de que incumplan con sus obligaciones de acuerdo a la ley;
k) Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los funcionarios, empleados y trabajadores del CONADIS;
1) Autorizar las comisiones de servicios de los funcionarios y empleados del CONADIS;
m) Supervisar y coordinar las acciones de las comisiones provinciales de discapacidades; y,
n) Las demás que se le asignen en el reglamento.
Art. 12. DE LA COMISIÓN TECNICÁ.
La Comisión Técnica estará integrada por los directores o delegados permanentes con capacidad de deci-
e re� · e·· r'"'�:¡ � """ """""Jf
sión, del área técnico administrativa de discapacidades de los ministerios de Educación, Salud, Trabajo y Bienestar Social; un representante del Instituto Nacional del Niño y la Familia (INNFA); un representante de la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME); un representante de la Corporación Aduanera Ecuatoriana; un representante del Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP); un representante de los organismos no gubernamentales; un representante de cada una de las Federaciones Nacionales de Personas con Discapacidad; un representante del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); un representante del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA); y, un representante del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL).
Las reuniones de la Comisión Técnica se realizarán con los miembros corresppndientes al Directorio y se convocarán a otros de acuerdo a los temas a tratarse.
Podrán participar en las deliberaciones de la Comisión, sin �erecho a voto, las personas que el Director Ejecutivo considere necesarias in-vitar para el tratamiento de temas esp e c í f i -e o s e o n s tan tes en el o r d e n d e 1 d í a . L a s d e c i siones q u e tome 1 a
m i -s i ó n T é cni c a s e -
rán de carácter obligatorio para las instituciones allí representadas.
Art. 13. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN TÉCNICA
Son funciones y atribuciones de la Comisión Técnica:
a) Participar en la formulación de políticas nacionales y en la elaboración del Plan Nacional de Discapacidades con enfoque de género; b) Estudiar y analizar la proforma presupuestaria del sector de discapacidades y emitir recomendaciones al Directorio del CONADIS;
e) Proponer mecanismos y estrategias de coordinación entre el CONADIS y los sectores público y privado en el ámbito de las discapacidades;
d) Apoyar el diseño de planes operativos, programas y proyectos que deben desarrollar las entidades que conforman la Comisión Técnica y otras entidades públicas y privadas, en el área de discapacidad; y,
e) Las demás que le asigne el Director Ejecutivo y el reglamento.
Art. 14. CENTRO DE INFORMACION, DOCUMENTACION Y REGISTRO NACIONAL DE DISCAPACIDADES
El Consejo Nacional de Discapacidades mantendrá para el cumplimiento de sus fines y para el servicio al público, un centro interconectado de informa-
ción y documentación bibliográfica y audiovisual en materia de discapacidades,
apoyando y c o o r d i -
nando sus ac-
tividades . con otros centros similares tanto
nacionales como internacionales. Tendrá a su cargo el Registro Nacional de Discapacidades de personas naturales y de instituciones públicas y privadas dedicadas a este trabajo en el área de discapacidades.
Art. 15. DEPARTAMENTO DE RELACIONES PUBLICAS Y COMUNICACIÓN SOCIAL
El Consejo Nacional de Discapacidades, creará el Departamento de Relaciones Públicas y Comunicación Social que tendrá
Quito-Ecuador, agosto del2006 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . EL DEFENSOR
a su cargo la información y sensibilización a la comunidad. Sus funciones y organización se determinarán en el respectivo reglamento.
Título III Del patrimonio, rentas y destino de los fondos
Art. 16. PATRIMONIO DEL CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDADES
El Patrimonio del Consejo Nacional de Discapacidades está constituido por:
a) Las asignaciones que se harán constar obligatoriamente en el Presupuesto General del Estado;
b) El 25% de las multas que se impusieran por la falta de medidas de seguridad e higiene laboral, conforme a los artículos 442 y 626 del Código del Trabajo,
e) El 50% de las multas que se recauden por violación a los derechos que esta ley consagra para las personas con discapacidad;
d) El 50% de las multas que los municipios del país recauden por la inobservancia de las normas de accesibilidad que sus ordenanzas establezcan, las mismas que deberán ser depositadas en la cuenta del Consejo N acional de Discapacidades dentro de los primeros quince días del mes siguiente a aquel en que se efectuó la recaudación;
e) Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad;
f) Los recursos que obtenga provenientes de la autogestlón, tales como ingresos por la prestación de sus servicios a entida.., des públicas y privadas así como de franquicias . concedidas y de otros derechos;
g) Los · créditos no reembolsables, provenientes de instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras; y,
h) Los legados y donaciones.
Los recursos a los que se refiere el presente artículo se administrarán dentro del régimen descentra�izado previsto en esta ley y serán transferidos automáticall\ente al CONADIS, a la cuenta especial que se abi-irá en una de las instituciones del
\ sistema fínanciero.
Los recursos previstos en los literales: b), e), d), e) y f), serán considerados recursos de autogestión y se someterán a las normas sobre la utilización de
recursos de autogestión que tiene el Ministerio de Economía y Finanzas. El regla-mento de la p r e s e n t e ley det e r -
m i nará los m e c a n i s mos para efectivizar la participación del CONADIS en las recaudaciones establecidas en estos literales.
·
Título IV De la cobertura
Art. 17. PERSONAS AMPARADAS
Están amparadas por esta ley :
a) Las personas naturales, nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, con discapacidad, causada por una deficien-
. cía, . pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica o anatómica, de carácter permanente, que tengan restringida total o parcialmente, por su situación de desventaja, la capacidad para realizar una actividad que se considere normal;
. , b) Los padres, madres o re
presentantes legales que tengan ba-
jo su responsabilidad y 1 o dependencia económica a una per-
sona con discapacidad; y,
e) Las insti
tu-
cion e s
públicas y las personas
jurídicas de derecho privado sin fines de lucro que trabajan en el campo de las discapacidades.
A'rt. 18. CALIFICACIÓN, INSCRIPCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Para efecto de esta ley, la calificación de las personas con discapacidad la realizará el Ministerio de Salud Pública y el INNFA a través de sus unidades autorizadas. En el caso de afiliados y jubilados, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, la calificación la harán sus unidades autorizadas.
· El Consejo Nacional de Discapacidades podrá conformar equipos calificadores cuando las
Quito-Ecuador, agosto del2006
entidades nombradas en el inciso precedente no puedan cubrir la demanda, o en el caso de zonas geográficas que no cuenten con unidades autorizadas. La calificación es gratuita y el reglamento de esta ley establecerá las normas que deben seguirse para realizarla.
El Consejo Nacional de Discapacidades diseñará un siste
ma . único de calificación que
será de estricta observancia por parte de las instituciones señaladas como responsables de la calificación, que se encargará del control y seguimiento de la calificación y está facultado para solicitar la recalificación en los casos
que amerite, de acuerdo con el reglamento. De comprobar-
se una calificación dolosa, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales pertinentes, el Consejo Nacional de Discapacidades anulará la calificación y eliminará de sus registros a los beneficiarios de ella. Una vez calificadas, las personas con discapacidad deberán inscribirse en el Registro Nacional de Discapacidades y obtener el carné del Consejo Nacional de Discapacidades, de acuerdo a las normas que para el efecto dicte el reglamento a esta ley.
El comité o registro será documento suficiente para acogerse a los beneficios de esta ley y el único requerido para todo trámite en los sectores público y privado, salvo los casos en que la ley determine otros requisitos.
Las personas con discapacidad o las organizaciones de y para personas con discapacidad que violen las disposiciones de esta ley, sus reglamentos o que hagan mal uso de su condición o finalidades serán sancionadas de acuerdo al reglamento.
(CONTINUARÁ)
EL DEFENSOR • • • . . . . . . . . . . . . • • • . . . . . . . . . . . . . . . . • • • • • • . • . . . . . . . . . . . . . • • • . . . . • • • • • • • • • • • . • . . . • • • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . • . • . . . • . . .
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